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ISSN:1659-4169

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ISSN:1659-4169

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Revista Intercambio

Universidad LATINA Número 32, ABRIL 2010

Consejo Editorial:

Máster Henry Rodríguez Serrano

Máster Oscar Fonseca Zamora

Carolina Calvo Chacón

Ing. Giovanni Gutiérrez de la O

Lic. Guido Álvarez González

Dr. Johnny Vargas Durán

Diseño, Arte y Diagramación:

Departamento de Mercadeo

Laureate International Universities ® Costa Rica

Tel.: 2277-8027

Periodistas:

Dr. Johnny Vargas Durán

Colaboración estudiantil:

Armando Céspedes

Filólogo: Jorge Fonseca Vargas

Universidad LATINA Campus Heredia

Frente al Mall Paseo de las Flores, carretera a Heredia

Teléfono: (506) 2277-8000

Fax: (506) 2261-3212

www.ulatina.ac.cr

La Universidad LATINA no comparte,

necesariamente, todas las opiniones de los autores.

Presentación

En portada

La enseñanza del Derecho, algunas refl exiones

La formación corporativa en el Derecho

La digitalidad en el Derecho

Formas alternativas de solución de confl ictos (Métodos RAC)

La ética y el profesional en Derecho

El Derecho: una visión humanista

Internoticias

Opinión

Laura Chinchilla

Paulino Mora Mora

Francisco Dall’anese

Ericka Hernández Sandoval

Experiencias de Éxito

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Editorial

de

la

Universidad

INTERAMERICA

NA

de

C

osta

Rica

GAUDEAMUS

ISSN:1659-4169

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Presentación PresentaciónPresentación

PresentaciónUn profesional integral para un mundo globalizado

El Derecho como realidad práctica ha sido, por

siempre, consustancial al ser humano; desde sus más

antiguos orígenes, su organización, cualquiera que

haya sido, tiene al Derecho como ciencia jurídica y

fundamento de la organización social.

La relación hombre-sociedad-cultura-derecho, es la

base del estudio y del análisis en la construcción de

cualquier modelo del amplísimo mundo jurídico en el

que todos, sin excepción, estamos inmersos.

No cabe duda de que la cultura, resultado y expresión

de la interacción de los individuos ha cambiado

la sociedad. Los grandes pasos que ha dado la

Humanidad, desde sus orígenes, hasta el actual

mundo globalizado, implican, necesariamente, la

adaptación del Derecho a una nueva cultura, en fin,

a un nuevo ser humano.

Este número de la Revista Intercambio, dedicado a

la ciencia del Derecho, se enmarca en una realidad

social en la que, como indiqué antes, todos estamos

inmersos; tiene como objetivo plantear el nuevo

paradigma de la enseñanza del Derecho, ante el

cambio cultural manifiesto y el necesario cambio

jurídico que esto implica.

Nos llena de satisfacción presentar en esta

oportunidad, la opinión de juristas costarricenses y

valores del Derecho, con vasta experiencia en el

campo de la docencia y de la práctica jurídica al

más alto nivel, entre ellos, la señora presidenta electa,

doña Laura Chinchilla M., el presidente de la Corte

Suprema de Justicia, don Luis P. Mora M., el Fiscal

General de la República, don Francisco Dall’anesse

R., y la presidenta del Colegio de Abogados de Costa

Rica, doña Ericka Hernández S (véase sección de

Opinión).

Incluye el presente número una serie de artículos de

fondo sobre temas relacionados con la actualidad

jurídica, escritos por algunos de nuestros profesores.

Valga destacar que los colaboradores de nuestra

sección de Opinión, coinciden en algunos tópicos

puntuales en relación con la enseñanza del Derecho,

coinciden en que los tiempos actuales requieren de

un profesional más especializado, ya no es posible

aquel abogado generalista, ocupado en todas las

ramas del Derecho, se necesita de un abogado más

investigativo. Las herramientas tecnológicas actuales

ponen a nuestro servicio la información más variada

acerca de cualquier tema imaginable. Las bibliotecas

especializadas están disponibles por Internet. Se

requiere de un abogado estratégico, con un esquema

de pensamiento elaborado en términos de objetivos y

tácticas, que tiendan a la consecución de una meta

estratégicamente establecida, por un abogado de

mente imbuida de ética y humanismo, en síntesis, de

un profesional multidimensional en todos los alcances

que esta concepción encierra.

El Derecho como ciencia, desde su carácter positivo

y ético configura sin duda, las relaciones jurídicas

y sociales y busca una armonía en la convivencia

humana y, por tanto, la Academia, responsable de

su enseñanza, debe buscar esa suerte de formación,

que permita un ejercicio profesional colmado de la

preparación para enfrentar un mundo globalizado.

Este número de Intercambio, continúa con la línea de

presentar, a nuestros lectores, un trabajo monolítico

que busca integrar nuestra Academia con la realidad

del ejercicio profesional.

Como en las anteriores ediciones de la Revista,

recomendamos su lectura integral con el deseo de

que sea de su interés y utilidad.

MBA. Henry RodríguezRector Universidad LATINA, Campus Heredia

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En portadaLa enseñanza del Derecho, algunas refl exiones

ResumenSi sabemos, al conocer y estudiar, quién es nuestro estudiante actual, los profesores debemos cambiar el modelo tradicional de enseñanza, ser menos el eje central para dar paso a que lo sea el estudiante; tratar de que sea analítico, cuestionador, solucionador, creador, formarlo con valores, ética y, sobre todo, con las competencias necesarias para desempeñarse como un profesional de alto relieve.

El tema sobre del exceso de abogados, es bastante viejo. Ya Piero Calamandrei en 1926, escribió la célebre obra Troppi Avvocati (Demasiados Abogados) (en Barrientos, 2003). La discusión ahora, por lo tanto, no podemos centrarla en la cantidad de abogados, pues no se le puede a nadie coartar el derecho a estudiar, sino en la calidad. En la calidad del aprendizaje de los futuros profesionales, de los profesores que los forman, en la correcta orientación de los planes curriculares con el fi n de construir un perfi l de salida adecuado, de una investigación, desarrollo e implementación de las correctas y necesarias competencias que los profesionales en derecho deben de tener, de cara a la nueva realidad de un mundo cada vez más competitivo, más globalizado, más interconectado, más digitalizado, más rápido; donde es evidente que la sociedad ha cambiado, que la familia tiene una

composición muy diversa, donde los valores y principios básicos pareciera que se han relativizado, la seguridad

ciudadana se ha deteriorado, el crimen organizado se ha enraizado en lo más profundo y vulnerable, las brechas sociales y económicas se han ensanchado y el Poder Judicial está en serios aprietos para administrar justicia.

El modelo

Debemos abocarnos a la tarea de ir superando el sistema tradicional de enseñanza hacia propuestas académicas que, además de proporcionar conocimiento jurídico, ayuden al estudiante a tener las destrezas, competencias y cualidades que requiere un abogado globalizado ( Arroyo , 2009: 40 A) .

El modelo tradicional de enseñanza, eminentemente teórico, de lección magistral, en el cual el profesor es el elemento central y el estudiante es un receptor casi pasivo, con poca posibilidad de debate, de análisis, de resolución y discusión de casos prácticos, interesado en abarcar la totalidad doctrinaria de los programas ofertados en detrimento de la profundidad, debe de estar completamente superado, es más, deberíamos prohibirlo. Como profesores debemos ir más allá de la simple transmisión de aspectos conceptuales, porque si no, estaríamos condenando al estudiante a quedarse en el nivel más bajo de las habilidades del pensamiento humano. En esta era digital, los profesores estamos obligados, además de transmitir conocimiento, a procurar que el estudiante comprenda ese conocimiento, que lo aplique, que lo analice, que lo evalúe para que tenga la capacidad de crear o construir nuevo conocimiento (Anderson, L. W. y Krathwohl, D. R, 2008).

“Pasar del modelo de enseñanza al modelo del aprendizaje, no basarse o concentrarse únicamente en la memorización, ya que el objeto de conocimiento en el Derecho es “material perecedero”, cambiante, efímero. Los procesos tienen un ritmo de cambio cada vez más vertiginoso. Lo que hoy se memoriza, con toda seguridad mañana cambiará. Es superlativo que el estudiante de derecho, además de adquirir los conocimientos teóricos, aprenda a tener gran capacidad de autoaprendizaje, de adaptación a un medio caracterizado por la evolución global altamente acelerada” (González, 2007: 3).

La diferencia entre enseñar y aprender, está en quién ejerce el papel activo. En el primero el profesor, en el segundo el estudiante, el cual debe ir construyendo su conocimiento, mediante un proceso guiado, identifi cando y resolviendo por sí mismo los problemas,

Lic. Jorge León Vargas. MBAProfesor Universidad LATINA, Campus Heredia

Director Académico Escuela de Derecho

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el lado izquierdo del cerebro, primero hay que haber estimulado el derecho” (p.3).

El rol del profesor de hoy ha cambiado y tenemos que adaptarnos a las nuevas realidades y guiarnos mediante el uso de las nuevas tecnologías existentes, haciendo nuestras lecciones más interactivas, interesantes, divertidas, dinámicas. Mediante este entendimiento y esta negociación lograremos nuestros objetivos educativos.

Los profesores

Sin estar formados en docencia, los abogados en la academia realizamos nuestro mejor esfuerzo, por lo que debemos trabajar en capacitarnos en competencias docentes, en estrategias de comunicación, en mediación de confl ictos, en manejo de recursos tecnológicos, en metodologías de investigación. Buenos profesores son los que, más que abogados son formadores, pero más que formadores son comunicadores. Conocer nuestra materia extremadamente bien, estar al día, estudiar con cuidado las novedades de nuestras disciplinas, leer de muchas cosas de otros campos, procurar simplifi car y clarifi car conceptos complejos, llegando a la esencia del asunto con revelaciones motivadoras. No podemos aspirar meramente a que nuestros estudiantes hagan bien los exámenes, sino a producir una infl uencia duradera e importante en la manera en que la gente piensa, actúa y siente. Crear lo que se llama entorno para el aprendizaje crítico natural, donde los alumnos aprenden enfrentándose a problemas importantes, atractivos o intrigantes, evitando objetivos arbitrarios, superfl uos, favoreciendo los que ponen de manifi esto la forma de razonar y actuar (Baen, 2007).

Competencias

Competencia se defi ne “como el conjunto de conocimientos, destrezas y aptitudes cuya fi nalidad es la realización de actividades defi nidas y vinculadas a una determinada

creando soluciones. Nuestra función como profesores es dirigir, estimular al estudiante para que tenga la adecuada actitud, iniciativa, esfuerzo, hábito, confi anza en sí mismo, empoderarlo en las técnicas sobre la utilización de los instrumentos precisos para obtener información. Esto, según González, le permitirá al estudiante acomodarse a los inevitables y profundos cambios que se le presenten. Debemos los profesores poner atención más en la calidad, que en la cantidad. La teoría debe de adquirir un sentido estrictamente instrumental para dar paso al análisis, la disertación, la práctica, la investigación (p. 3).

El examen debe de dejar de ser el elemento central de evaluación ya que este en la mayoría de los casos, es dirigido fundamentalmente a evaluar predominantemente los aspectos de tipo memorista, se valida más lo que se ha estudiado que lo que se ha aprendido (p.3). Por más que su discurso sea muy diferente, el alumno defi ende, acepta, y lo que es más interesante, exige el modelo de enseñanza tradicional. “La víctima del sistema se ha convertido en su defensor…” (p.4). Pareciera ser que lo más importante para el alumnado, más que formarse, es aprobar, y eso los profesores debemos, con nuestra guía, ir cambiándolo completamente.

Los alumnos

Los operadores de la enseñanza del derecho, debemos tener clara la honda y severa transformación cultural que ha sufrido nuestro país en las últimas cuatro décadas, por ejemplo en creencias políticas y religiosas, hábitos de consumo, diversión y otras costumbres. “Los costarricenses de hoy son urbanos, bastante más ricos pero más desiguales, más educados, más diversos, menos ingenuos y menos mojigatos, más independientes y críticos; quiere decir vivimos en una Costa Rica más heterogénea” (Ramírez, 2010: 23 A).

Las generaciones de estudiantes que tenemos en las aulas son predominantemente las famosas generaciones “Y” y “X”, y el impacto de esta realidad en el salón de clases es muy importante. El profesor debe tener claro cuáles son las características de cada una de estas generaciones, su manera de ser, de comportarse, sus intereses, descubrir cuáles son sus valores principales.

“Se distinguen estas generaciones, por una actitud desafi ante y retadora, lo cuestionan todo, no quieren leer y sus destrezas de escritura son pésimas, no piden permiso, solamente informan…nos retan porque tienen el poder que viene del acceso continuo que tienen a la información y al conocimiento,… tienen altas destrezas tecnológicas, son impacientes, interactivos, con sus cerebros casi ‘intoxicados’ de datos” (Fonseca, 2003:2).

Los profesores tenemos dos opciones: o pelear con ellos o negociar. Además - y esto es lo que me parece más interesante - tenemos que reconocer que el joven ha desarrollado más el lado derecho de su cerebro, aquel que se concentra más en lo creativo (p. 2).

“Los maestros tenemos que entender que es necesario utilizar estrategias que vayan dirigidas a estimular. No es que la clase magistral, o la lectura hayan dejado de ser importantes. La diferencia es que ahora, para que utilicen

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El reto de la evaluación. Consultado el 25 de enero del 2010, desde http://www.udg.edu/Portals/49/Docencia%202010/AntonioRial(textcomplementari).pdf

Sáenz Elizondo, María Antonieta (1999). Una nueva visión del proceso civil, oralidad y democratización. San José, Costa Rica: Editorial Investigaciones Jurídicas S.A.

profesión. La interrelación de capacidades produce la competencia” (Rial, 2008:2).

La Escuela de Derecho debe contribuir enfáticamente a dotar al alumno de las competencias transversales requeridas, en un determinado marco histórico, para que pueda superar de una manera efi caz y efi ciente los cambios permanentes que tienen lugar en el marco profesional, laboral, empresarial, institucional, nacional, social, etc. Hoy necesitamos estar en un proceso de cambio y mejora continua si queremos estar a la altura y no perder respecto al resto de profesiones ni de profesionales. Eso se consigue aumentando nuestros conocimientos técnicos específi cos y desarrollando nuevas competencias. Los conocimientos son el qué, las competencias son el cómo; esta mixtura es realmente importante y es en lo que, a mi juicio, los profesores y los alumnos debemos de concentrarnos. El verdadero cambio se produce cuando evolucionamos del tipo de observador que uno es, cuando ampliamos nuestra visión, nuestras creencias, entonces se produce el llamado aprendizaje de segundo orden o aprendizaje generativo. Este tipo de aprendizaje permite aprender a aprender, a partir de una nueva lectura de los resultados obtenidos.

Bibliografía

Anderson, Lorin. W y Krathwohl, David R. (2008). A Taxonomy for Learning, Teaching, and Assessing: A Revision of Bloom’s Taxonomy of Educational Objectives. Recuperado el 28 de diciembre del 2009, desde http://bit.ly/8knCcu

Arroyo Álvarez, Wilbert (21 de septiembre del 2009). “¿Más o mejores abogados?”. La Nación, p.40 A.

Baen, Ken. (2007). “Lo que hacen los mejores profesores universitarios”, PUV, Universidad de Valencia. Recuperado el 28 de diciembre del 2009, desde http://www.lcc.uma.es/~ppgg/librios/kbain.html

Barrientos R, Jaime (2003). Demasiados abogados (Reseña del libro Troppi Avvocati). Revista Chilena de Derecho, en línea. Recuperado el 28 de diciembre del2009, desde http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2650450

D’Antoni, Maurizia (2008). Nuevas propuestas pedagógicas y el papel social del docente. Heredia, Costa Rica: Universidad Nacional, Editorial de Educología.

Fonseca, Julio A. (2003). Conociendo la generación “Y”, Novena Conferencia Anual del College Board. Consultado el 29 de diciembre del 2009, desde http://oprla.collegeboard.com/ptorico/academia/diciembre03/conociendo.html

González Rus, Juan José (2003). “Refl exiones sobre el futuro de la enseñanza del Derecho y sobre la enseñanza del Derecho del futuro”. Revista Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, en línea. Consultado el 29 de septiembre del 2009, desde http: //criminet.ugr.es/recpc05-r1.pdf

Oreamuno Blanco, Rodrigo (2 de julio del 2009) “El Arbitraje Legal es Imprescindible”. La Nación, p. 27.

Ramírez, Víctor. (1 de enero de 2010) “Retrato de Familia”. En Página Quince, periódico La Nación, 23 A.

Rial Sánchez, Antonio. Diseño curricular por competencias:

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La formación corporativa en el Derecho

Resumen

El Derecho de cada nación evoluciona conforme lo hace la sociedad de la que emerge, de modo que ante un mundo tan cambiante como el actual, así lo debe hacer el orden jurídico y sus operadores, para dar una solución adecuada a las diferentes situaciones que la realidad les plantea. Cuando hablamos de operadores del Derecho, incluimos a profesores y estudiantes, quienes deben adecuarse al fenómeno de la globalización jurídica, donde cada vez es más necesario el aprendizaje integral de las ciencias jurídicas, incluyendo la normativa extranjera, que con el auge del comercio internacional demanda profesionales especializados en dar soporte a las grandes compañías locales y foráneas; cual visión de abogados corporativos como profesionales de empresa.

La globalización jurídica

El tema de la globalización, no es solamente un tópico sociológico, que atañe únicamente a la política o a las ciencias económicas; por el contrario, afecta a muchas disciplinas dentro de las que podemos ubicar al Derecho. El auge de la economía mundial de mercados y la revolución tecnológica han ido determinando la creación y difusión de relaciones jurídicas nuevas, muchas veces no previstas por los ordenamientos jurídicos internos de los países; lo que los convierte en insufi cientes. Aunque el Derecho no puede eludir soluciones, más bien, debe auxiliarse en otras disciplinas y normativas extranjeras.

Tradicionalmente, las escuelas de Derecho de nuestro país han seguido un esquema dogmático de enseñanza, legalista e introvertido, con poca inclusión del Derecho internacional en el desarrollo de la carrera, circunscribiendo al estudiante a un territorio o a una sola materia, obviando la normativa foránea que penetra en el Derecho interno expresamente mediante tratados o, tácitamente mediante actos jurídicos entre particulares. Sobre el particular, es importante lo dicho por don Carlos José Gutiérrez (en Kozolchyk y Torrealba, 1983:6), cuando señala que:

“La enseñanza exegética fue sustituida en la mayoría de los países europeos a fi nales del siglo XIX y en nuestro país, en algunas disciplinas, durante el segundo tercio del siglo XX, por la enseñanza sistemática… De acuerdo con este criterio, lo importante es que el abogado conozca las instituciones jurídicas y los principios que la animan.”

El aprendizaje del Derecho no implica solamente el estudio de leyes y materias tradicionales, existen otras fuentes que informan mejor si se estudian en su contexto social y político, porque en otras latitudes el Derecho avanza más rápido, aportando conocimiento y experiencia indispensables para alcanzar un mejor nivel académico, y obtener un adecuado perfi l profesional.

La internacionalización del derecho

El Derecho internacional, público ó privado, puede positivarse en un medio jurídico ajeno, por lo que tanto el abogado litigante, el institucional o el juez, debe conocerlo y estar preparado para aplicarlo adecuadamente frente a confl ictos de competencia internacional, reconocimiento de sentencias extranjeras o ante la presencia de elementos de extranjería, como en los casos de diferencia en domicilios y nacionalidades (Rosabal, 2002).

Asimismo, como complemento, destaca el obligado estudio de la jurisprudencia nacional o extranjera, judicial o administrativa, que ante la marcada tendencia hacia el comercio internacional y atracción de la inversión extranjera, según las políticas económicas de los últimos años en Costa Rica (Ruiz, 2009), es tarea ineludible para el docente y para el

Lic. Óscar Mario VillalobosProfesor Universidad LATINA, Campus Heredia

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de estudios es sincrónico con la realidad con la que se encontrará afuera, lo que constituye un verdadero compromiso académico y social.

NOTA(1) DUE DILIGENCE: Procedimiento a seguir con el fin de asegurar los estudios jurídicos para el cierre exitoso de un negocio

Bibliografía

Cortez, César (2006). Introducción al Derecho Corporativo. Recuperado el 16 de enero 2010, desde http://derecho-corporativo.blogspot.com/

Kozolchyk, Boris y Octavio Torrealba (1983). Curso de Derecho mercantil, Tomo I. San José, Costa Rica: Trejos Hnos. Sucs., S.A.

Ortega y Gasset, José (1959). La rebelión de las masas. Madrid: Revista de Occidente.

Rosabal C., Jane (2002). Jurisprudencia sobre Derecho internacional privado costarricense. San José, Costa Rica: Investigaciones Jurídicas, S.A.

Ruiz, Marco V. (2009). Política comercial: informe de labores del 2009 y perspectivas para el 2010. San José, Costa Rica: COMEX. Consultado el 15 de enero del 2010, desde http://www.comex.go.cr/Documents/Informe%20de%20labores%202009%20y%20persepctivas%202010-prensa%2011dic09.pdf

Sánchez, Fernando F. (23 de diciembre del 2009). “La política internacional importa”. La Nación, p. 36.

Sepúlveda, Myriam; García, David y Solano, Nancy (2008). “Hacia una nueva enseñanza del Derecho”. Misión Jurídica. Revista de Derecho y Ciencias Sociales. No 1. Consultado el 17 de enero 2010, desde

http://www.unicolmayor.edu.co/WEB%20MISION/hacia%20una%20nueva%20ensenanza.pdf

Torres, Fernando J. Derecho Corporativo. Consultado el 16 de enero 2010, desde http://www.monografias.com/trabajos56/derecho-corporativo/derecho- corporativo.shtml#ubicac

Vargas C., Edmundo. (1992). Introducción al Derecho internacional. San José, Costa Rica: Editorial Juricentro.

futuro profesional en Derecho, porque es la forma de palpar su vitalidad, refl ejada en una visión pragmática del Derecho y que trasciende a la simple norma escrita.

El advenimiento de empresas transnacionales y multinacionales, de economías de escala y con fuertes infl uencias sobre integración, competitividad y consolidación a nivel mundial, han conformado importantes fusiones, adquisiciones y transformaciones de empresas comerciales y fi nancieras para hacer frente al movimiento de grandes capitales, impulsados por las leyes de la oferta y la demanda (Sánchez,2009). Esta situación involucra a profesionales de diferentes ámbitos de la economía, el comercio, las fi nanzas y por supuesto, del Derecho, por lo que el abogado no puede aislarse, por el contrario, debe estar preparado, cual profesional interdisciplinario y corporativo, para hacerle frente a los nuevos requerimientos que estas grandes empresas demandan en cuanto a la domiciliación de capitales, que debe hacerse de forma legal, evitando caer en algún tipo penal o transgresión fi scal.

La especialización en el derecho

Dado el desarrollo tecnológico, social, económico y político del que hablamos, se requiere de los profesionales una preparación cada vez más amplia, pero a su vez especializada, sin caer necesariamente en lo que Ortega y Gasset (1959) denominó La barbarie del especialismo. Por el contrario, el profesional en cualquier rama que se desenvuelva, en este caso el abogado y específi camente, el abogado corporativo, va a requerir el dominio de diferentes ramas del Derecho, otrora opuestas pero que hoy se unen y se complementan, verbigracia el Derecho público y el Derecho privado, el Derecho penal y el Derecho civil, que necesitan de una decisión intelectual y profesional integradora, ética y responsable.

Esta es precisamente la tendencia actual, la conformación de grandes fi rmas de abogados especializados, lo que provoca la exclusión de aquellos con menor preparación, con el objeto de brindar un servicio exclusivo a un cliente exigente.

El abogado corporativo

Cuando nos referimos al término de abogado corporativo, no es más que un concepto importado, esto por cuanto estrictamente hablando, no existe propiamente tal rama del Derecho, más bien es, que en términos actuales, como consecuencia de la traducción del idioma inglés del corporate law, se habla de un tipo de profesional en Derecho, dedicado a la atención y asesoría de grandes empresas corporativas, nacionales o extranjeras, que requieren de una atención especializada, mediante sistemas de due diligence(1) en diferentes materias del derecho, quizá tantas como giros comerciales existentes.

Por lo anterior, en la Universidad Latina de Costa Rica, se plantea la necesidad de continuar en sus estudiantes con este modelo de enseñanza del Derecho, pretendiendo lograr la formación de un nuevo perfi l de profesionales integrales, que puedan competir libremente en un mercado cada vez más exigente, en completo acople con profesionales de otras disciplinas, de modo tal que el egresado en Derecho se adecue a las necesidades actuales, y sienta que lo aprendido en su casa

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Resumen

Los sistemas jurídicos de nuestros días enfrentan grandes retos para adaptarse a una realidad indiscutible que se muestra a través del desarrollo vertiginoso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. El particular caso de Internet, basado en un ámbito de aterritorialidad, genera la necesidad de crear nuevas reglas en algunos casos y adaptar algunas ya existentes en otros. He ahí el reto máximo que deberá enfrentar la Costa Rica del Siglo XXI la cual debe adaptarse a la nueva Sociedad de la Información.

Más de una década ha transcurrido desde la comercialización de Internet a inicios de los años noventa1 . La llamada Revolución Digital2 o del Conocimiento continúa demostrando que efectivamente es un fenómeno vivo, y que tanto los países desarrollados como los que están en vías de desarrollo pueden gozar de altos benefi cios al incorporarse adecuadamente en esta etapa que vive gran parte de la humanidad.

Lo cierto es que nos encontramos en un período de transición que ha permitido la interacción de los individuos en un nuevo espacio, el virtual –o ciberespacio3 -, en el cual, como sabemos, no importa la presencia física de los sujetos para que sea viable una comunicación internacional. El simple hecho de poder entrar a un salón de chat y comunicarse a tiempo real con personas de varias partes del mundo es por sí solo un fenómeno revolucionario. La posibilidad de contratar o bien realizar declaraciones con efectos jurídicos, por este mismo medio son todavía más sorprendentes. Aunado a esto, el desarrollo vertiginoso del software, de la industria computacional y de las tecnologías de la información y comunicaciones (TICs), son el más fi el refl ejo de que efectivamente afrontamos un período de cambios para nuestro diario vivir y el Derecho no es ajeno a ésto.

El crecimiento impresionante de las TICs nos hace ver que, así como a fi nes del siglo pasado, la combinación del conocimiento e información junto con la introducción de

técnicas industriales renovadas revolucionó la concepción de la economía, creando la conocida Revolución Industrial, hoy nos encontramos en pleno auge de procesos mediante los que, a través de la implementación de nuevas tecnologías centradas en el desarrollo del conocimiento, nos sumergimos en lo que ha dado en llamarse la Revolución de la Información.

Debido a lo anterior se nos presenta un panorama en el cual es constante poder adquirir productos vía Internet, de un proveedor en cualquier país del mundo; surge el teletrabajo como un nuevo mecanismo en el cual los empleados pueden, desde sus casas, realizar sus labores. La información actualizada de nuestro interés nos llega por correo electrónico, e incluso las amistades y encuentros amorosos pueden darse solamente en un ámbito virtual, en los Chat Rooms. Esta realidad cambia la perspectiva en la que las relaciones humanas y económicas deben ser analizadas.

Ciertamente, nuestra ciencia jurídica no avanza al paso de las tecnologías de la información y las comunicaciones lo que, sin embargo, no obsta para procurar establecer una adaptación a las nuevas, y algunas no tan nuevas, circunstancia que acaecen en el ámbito de lo virtual. Igualmente, la adaptación de lo métodos de enseñanza del Derecho encuentra en Internet grandes retos que deben cumplirse con la fi nalidad de hacer llegar, de una forma más ágil y efi ciente, la información a los estudiantes utilizando precisamente medios como el chat, las aulas virtuales, el e-mail, los foros de discusión, los sitios web, etc.

Cuando se habla de digitalidad se hace referencia a la capacidad de un medio, una persona o bien una organización para adaptarse y moverse dentro de lo digital. Y he ahí el gran reto para el ámbito del Derecho, que se ve enfrentado a la problemática de establecer criterios normativos que sean, no solo adecuados, sino viables en un mundo como Internet, en donde la aterritorialidad es la norma y la ausencia física de los individuos es un aspecto inherente a la red.

Ante ello, la no implantación de programas basados en una

Profesor Universidad LATINA, Campus HerediaL.L.M. Juan José Obando Peralta

La digitalidad en el Derecho

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puede denominarse como una Revolución Digital. 3El ciberespacio es el espacio electrónico creado por un sistema de redes computacionales, el cual puede ser utilizado por los individuos para su exploración. Este término tiene su origen en una novela de ciencia-fi cción del autor William Gibson llamada Neuromancer (1998) la cual defi ne al ciberespacio de una futura red computacional, como una alucinación colectiva. Como podemos notar, la noción del ciberespacio surge, en referencia a un mundo utópico e irreal, el cual el autor probablemente no imaginó que llegara a existir.

Bibligrafía

Comisión de Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, (1996). Ley modelo sobre comercio exterior. Consultado el 20 de enero del 2010, desde www.uncitral.org/sp-index.htm

Gibson, William (1998). Neuromancer. New York, USA: ACE.

Secretaría de Comercio del Gobierno de los Estados Unidos, (1998). Emerging Digital Economy Report. Washington D.C.: E.E.U.U.

Economía del Conocimiento podría ser uno de los peores enemigos de los países en desarrollo. Casos como el de Costa Rica, en los que la Agenda Digital de los diversos gobiernos no ha tenido verdadera continuidad (o no ha existido en algunas ocasiones) son precisamente un referente de limitaciones que deben ir eliminándose en los próximos años para lograr un aprovechamiento efectivo de las nuevas posibilidades.

Desde las primeras referencias al tema que encontramos ya hace más de una década por parte de instituciones como las Organización de las Naciones Unidas, en su Guía para la incorporación al derecho interno de la Ley Modelo de Comercio Electrónico (LMCE) de 1996, preparada por la CNUDMI4 , hasta nuestros días, se ha presentado una constante evolución de las relaciones comerciales y personales a través de medios digitales.

Es por ello que en estos días (de tanta agitación política), es indispensable que el país determine cuál será el rumbo que seguirá la regulación de la economía digital, para lo cual deberán resolverse materias tan sensibles como los derechos de autor y derechos conexos en Internet, privacidad en línea, delitos informáticos, contratación internacional electrónica, validez jurídica y probatoria de los documentos electrónicos, entre muchos otros temas.

Igualmente, en el caso de la enseñanza del Derecho, el momento se presenta como muy oportuno para determinar los mejores mecanismos que deben ser implementados para que estudiante y profesor puedan poseer una comunicación virtual adecuada, así como que se presente un control apropiado de los cursos que hoy pueden ser impartidos por medios electrónicos, ya sea total o parcialmente. Hoy existen múltiples aplicaciones que permiten la interacción a tiempo real entre el profesor y sus alumnos, y sin importar su localización física, es viable lograr un método efectivo que promueve el alza en la calidad de la enseñanza del Derecho y una mejoría, por ende, de los profesionales de un área de tan alta relevancia para el país.

Notas1A saber la National Science Foundation de los Estados Unidos, levantó las restricciones a la utilización comercial de Internet en 1991, sin embargo no fue hasta 1993, con la versión alfa del programa gráfi co de interface con la WWW y Mosaic, que los usuarios pudieron realmente navegar en la red.2El Gobierno de Estados Unidos mediante la Secretaría de Comercio, describió hace ya unos años en su informe La Economía Digital emergente, que el ritmo de crecimiento de Internet, eclipsa todas las otras tecnologías que la preceden. La radio, existió 38 años antes de que al menos 50 millones de personas la utilizaran. A la televisión le tomó 13 años obtener un auge comercial respetable. Las computadoras personales no fueron populares sino hasta 16 años después de su invención, en donde alcanzaron la cifra de 50 millones de usuarios. Internet en cambio, sólo necesitó de cuatro años después de su comercialización, para superar la barrera de los 50 millones de usuarios. Esto confi rma la importancia de Internet para la humanidad y la determinación de que efectivamente nos encontramos ante un proceso de cambios sociales que incluso

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Resumen

Después de la Segunda Guerra Mundial las relaciones comerciales aumentan considerablemente en el mundo, desembocando en lo que hoy día se denominan los bloques económicos producto de la era globalizada, resultando así, que los Sistemas tradicionales de administración de justicia lleguen a ser completamente inefi cientes, por lentos y por la cantidad de trámites requeridos.

Los métodos RAC surgen como una alternativa efi ciente y dinámica, y como respuesta a este mundo cambiante y complejo que se manifi esta en el presente siglo.

La Generalidades de los métodos RAC

El lenguaje es una creación netamente humana y es principalmente mediante éste que se logra establecer la comunicación moderna. Es el lenguaje el principal instrumento de la convivencia entre seres humanos, y debe tener vigencia para que exista una adecuada comunicación. La comunicación crea cultura y es el hombre la única especie biológica creadora de cultura. Con una adecuada comunicación las personas logran darse a entender satisfactoriamente, pero una inadecuada comunicación puede causar confl ictos serios, de difícil solución.

El Derecho es cultura y el sistema judicial su herramienta. Ha servido al ciudadano para dirimir sus confl ictos a través de la historia. Sin embargo, el sistema judicial hoy día, se encuentra colapsado por los trámites que son requeridos y la gran cantidad de asuntos que son tratados en cada juzgado, o sea, resulta inefi ciente ante la necesidad de una justicia pronta y cumplida. Es por esto que surgen como una nueva alternativa para solucionar confl ictos los métodos RAC (formas alternativas y pacífi cas de solución de confl ictos), en los cuales el elemento comunicación es vital. Una de las ventajas de la aplicación de los métodos RAC es la celeridad con que se llevan a cabo, lográndose así el fi n del Derecho cual es la Justicia inmediata. Entre los más comunes

tenemos la negociación que se da a nivel de dos partes, o sea, de dos interlocutores. También tenemos la mediación y el arbitraje, entre otros.

Antecedentes del movimiento RAC en Costa Rica

En la mayoría de los países de América Latina, los mecanismos RAC fueron introducidos por la empresa privada. En nuestro país, por el contrario, fue el propio Poder Judicial el precursor del movimiento RAC, ante una necesidad inmediata pues los tribunales se veían congestionados e inefi cientes; al respecto, Arias S. (2001:71), nos narra lo siguiente:

“En el caso de Costa Rica, la Corte Suprema de Justicia, con fondos de la Agencia para el Desarrollo Internacional de los Estados Unidos de América (USAID), desarrolló el Proyecto de Mejoramiento del Sector Justicia, con motivo del Convenio de Asistencia fi rmado con el Gobierno de la República en setiembre de 1988…Este proyecto de Modernización, incluía un componente sobre Resolución Alternativa de Confl ictos, que posteriormente se convirtió en el Programa RAC. El objetivo de este programa consistió en dar a conocer y promover los mecanismos RAC en Costa Rica.”

A pesar del gran esfuerzo que se hizo desde entonces y la esperanza puesta en todo este movimiento, no ha sido mucho el descongestionamiento logrado en los tribunales, pues es poca la confi anza que los ciudadanos han depositado en estos mecanismos, probablemente por falta de una adecuada divulgación y educación ciudadana.

La importancia de la negociación como antesala de un encuentro entre contrapartes

La negociación como método RAC se ha convertido en una de las claves del antes mencionado ejercicio, la cual es un proceso que se lleva a cabo entre dos partes que interactúan entre sí con la intención de resolver un confl icto y que se divide en etapas como la defi nición del asunto y el plan de acción. Hay que tener presente que el propósito de la negociación no es siempre lograr un acuerdo; la negociación puede estar dirigida a explorar si sus intereses se pueden alcanzar en forma más efectiva a través de otros medios. Tenemos que la base de toda negociación es una comunicación asertiva (la persona asertiva va al grano y no se ofende ante la crítica constructiva) y que esta sea por intereses y no por posiciones, o sea, con el fi n ganar-ganar. El buen negociador, resuelve problemas, logra resultados sabios, separa a las personas del problema, es duro con el problema y suave con las personas, no se enfoca en las posiciones sino en intereses, desarrolla múltiples opciones, y no cede bajo presión. O sea, la negociación es el primer peldaño por escalar para solucionar un confl icto por medio de los métodos RAC. Si esta

Profesora Universidad LATINA, Campus Heredia

Licda. Sophie Santana Sasso, MBA

Formas alternativas de solución de confl ictos (métodos RAC)

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Nuestra ley de RAC no tiene estipulado nada respecto en esta materia, o sea, tenemos un gran vacío en este sentido. En cuanto al arbitraje internacional, nos establece lo siguiente, Artavia V. (2000:74):

“El carácter internacional de un arbitraje puede hacerse en función del domicilio de las partes, de su residencia habitual, del lugar del desarrollo del arbitraje, del lugar de la fi rma del acuerdo arbitral, del factor económico o de la sumisión de las partes.”

Actualmente en Costa Rica no existe legislación alguna que regule la materia, sin embargo, en la Asamblea Legislativa se encuentra un Proyecto de Ley, que incorpora la Ley Modelo de la UNCITRAL (United Comition For International Trade Law), a nuestra legislación con algunas adaptaciones. Dicha ley fue creada para unifi car todas las legislaciones en materia de arbitraje comercial internacional y vendría a llenar el vacío que existe en esta materia, lo que solucionaría la problemática que al respecto tenemos.

Costa Rica sería centro ideal de arbitrajes internacionales, primero que nada por la solidez de sus instituciones, por su democracia y por la belleza de sus recursos naturales.

Cultura de paz: fi n de los mecanismos RAC:

El fi n de los mecanismos RAC es el establecimiento de una cultura de paz. Tratándose de Costa Rica, podemos decir que el artículo 1 de la Ley Sobre Resolución Alterna de Confl ictos y Promoción De La Paz Social, Ley N° 7727, establece la obligación que tiene todo ciudadano de una educación digna para la paz, de una cultura de paz.

Desgraciadamente, el artículo 1 de la Ley de

no se puede lograr se podría recurrir a la negociación asistida o mediación, y si esta no tuviese éxito por qué no recurrir a un arbitraje.

La mediación como método importante de solución de disputas

En Costa Rica, la ley de Resolución de Confl ictos y promoción de la paz social equiparó los términos mediación y conciliación.

La mediación es un método por medio del cual un tercero neutral e imparcial acerca a las partes y las ayudas a elaborar opciones, para que juntas lleguen, de ser posible, a la solución de su situación.

El mediador, luego de una mediación, garantiza y legitima el acuerdo de mediación a través de su fi rma, teniendo este carácter de sentencia judicial, esto en el caso de la mediación extrajudicial, y en el caso de la mediación judicial es el juez el que homologa el acuerdo de conciliación.

El arbitraje como otro método de solución de disputas efi ciente y muy actual

El arbitraje es considerado otro método RAC, porque aunque una de las partes queda en confl icto, pues será la perdedora, al ser estas las que escogieron dicho procedimiento privado, como una futura solución de una posible controversia entre ellas, el o los árbitros que han sido escogidos son los que deciden cuál parte va a ser la que tenga la razón.

El arbitraje puede ser institucional o ad hoc, puede ser de derecho o de equidad.

Hoy día los arbitrajes que generan más confi anza son los institucionales y los de derecho, pues las personas sienten más seguridad al ser respaldados por una institución y por un cuerpo normativo.

Una vez que una cláusula arbitral es incorporada a un contrato o un compromiso arbitral es fi rmado, la posibilidad de acudir a los tribunales de justicia queda excluida y si alguna de las partes incumpliere este compromiso, la otra parte está en la facultad de interponer la excepción de cláusula arbitral o compromiso arbitral previo, quedando el juicio inmediatamente suspendido.

El compromiso arbitral no requiere de ninguna formalidad pero es estrictamente necesario que sea por escrito. Es ideal que tanto la cláusula arbitral como el compromiso arbitral detallen en la medida de lo posible, por ejemplo, el lugar donde se efectuará el arbitraje, el idioma, la ley procesal y de fondo; si es posible hasta cuáles podrían ser los futuros árbitros y, por supuesto, si es institucional, la institución donde se realizaría el arbitraje.

Es el o los árbitros, a través del laudo, los que deciden la situación de la controversia y sobre el tema.

Sobre el arbitraje comercial internacional

El arbitraje comercial internacional es un nuevo potencial que se presenta para nuestro país.

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RAC, no se aplica a cabalidad; en la sociedad costarricense hay mucho desconocimiento de los mecanismos RAC y de su gran utilidad, será que por su carácter de justicia privada los públicos, en general, desconfían de su veracidad y de que se haga realmente justicia.

Las relaciones humanas deben perpetuarse, mejorarse; la convivencia humana debe coexistir en un marco de libertad y armonía, donde el respeto por los derechos y libertades civiles de los ciudadanos sean garantizados mediante métodos alternativos como los métodos RAC, que no son nuevos, métodos que desde la antigüedad resultaron efectivos pero que cayeron en desuso con el advenimiento del Estado Moderno, y que en la actualidad son rescatados como un solución a las demandas de la vida moderna.

Bibliografía

Arias, R. (2001). Acceso a la justicia y resolución alterna de confl ictos en Costa Rica: la experiencia de las casas de justicia. San José, Costa Rica: Ministerio de Justicia y Gracia. Dirección Nacional de Resolución Alterna de Confl ictos.

Artavia, S. (2000). El arbitraje en el Derecho costarricense. San José, Costa Rica: Editorial Sapiencia/Dupas.

Ley Sobre Resolución Alterna de Confl ictos y Promoción de la Paz Social (2002). Ley N° 7727. Editorial Investigaciones Jurídicas, S.A.

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RESUMEN

El profesional en derecho debe ser y actuar como individuo ético, bajo una fuerte formación en valores y conocimiento, para que cada labor que realice lo haga apegado al interés de la colectividad, la legalidad y en busca de una sociedad más justa y equitativa. Y aquí es donde su formación académica debe ir adherida no sólo a lo científi co, sino también a los valores y principios fundamentales de la sociedad.

Constantemente nos vemos bombardeados por informaciones acerca de la ética y la responsabilidad social, que debemos asumir al vivir en comunidad en virtud de que lo que somos y hemos logrado a través del tiempo, se lo debemos a ella.

En la actualidad el mensaje social que se respira en todos los ámbitos de la comunidad es el de obtener riquezas y poder, sin importar el precio que ello conlleva. Entonces surgen las malas noticias al respecto, de personas u organizaciones que, por su egoísmo, en algunos casos, y dejándose llevar por su avaricia o necesidad de la apariencia social, se ven involucradas en actos que dejan mucho que desear en perjuicio del ejemplo social que debe de prevalecer. Y es ahí donde los profesionales deben de mantenerse sólidos en su toma de decisiones.

Por otro lado, en forma positiva, pero muy pocas veces, los medios nos hablan de algunas personas, empresas, asociaciones y organizaciones que cumplen labores sociales en benefi cio de la colectividad y la naturaleza.

Ahora bien, ¿qué está sucediendo entonces en el ámbito profesional?

En el diario quehacer, con todo esto que se mencionaba anteriormente, cuando vemos a nuestro alrededor nos preguntamos ¿será lo mismo la ética a ser ético?

Ciertamente no lo es. Así, verbigracia, se habla de ética social, familiar, ambiental o con la naturaleza, profesional, etcétera, no obstante, a pesar de que se expresa o se cuestiona, en muchos casos no se aplica. Ahí entramos en el tema de la doble moral que

algunas veces existe, no sólo en la sociedad sino también en el ámbito profesional.

En los medios se nos informa acerca de las diferentes situaciones que salen a la luz pública en virtud de una mala praxis profesional, sea en la medicina, ingeniería, administración pública, empresarial, entre otras.

La palabra de las personas tiene un menor valor al que se le daba en el pasado, donde el empeño de esta signifi caba honor y responsabilidad. Esto ha sido producto de la pérdida de valores que ha ocurrido, y es ahí donde el profesional debe de ganarse la confi anza de su entorno.

Ante todo esto, entonces, qué es lo que se quiere específi camente del perfi l profesional de un abogado.

En Costa Rica, dicha profesión conlleva dos vertientes, por un lado la función meramente como abogado, en donde como profesional actúa con base a las pretensiones e intereses parcializados de su cliente, y por otro , como notario, donde debe actuar apegado a la justicia, equidad y legalidad, en benefi cio de todas las partes involucradas.

Y justamente es ahí, en esas dos vertientes, donde la formación del experto en derecho debe ir enfocada no sólo a la parte propiamente académica, sino también que la misma debe ser vigorizada en su papel como ser humano con valores dentro de este engranaje social.

El ser un profesional ético implica una total forma de integralidad, y esto se forja a partir de los principios que siempre deben prevalecer, por encima de los intereses personales que se puedan tener, sean económicos, familiares, de popularidad, o de cualquier otra naturaleza. En estos casos no basta la apariencia, sino más bien es necesario el ser tal.

Profesor Universidad LATINA, Campus HerediaLic. Alonso Arley Alvarado, MBA

La ética y el profesional en Derecho

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Bibliografía

Barquero Corrales, Alfredo (1998). Ética Profesional, San José, Costa Rica: Editorial Universidad Estatal a Distancia, EUNED.

Al graduado universitario se le llama profesional, por su condición de objetividad al momento de su actuación. Factores externos a esa voluntad la envician y generan un mal servicio en la función legal, que a la postre marcan a esa persona negativamente.

No en vano se le atribuyen cinco elementos a la ética: el conocimiento, la libertad, la voluntad, el deber y los valores (Barquero, 1998: 39).

El conocimiento, a partir de la inducción académica que debe recibir y al momento de aplicarla en su vida profesional; la libertad, para emplear esos conocimientos sin factores externos que vicien sus criterios objetivos, la voluntad de hacer las cosas de la mejor forma en cumplimiento de su deber, y los valores que siempre deben de prevalecer.

La obtención de estos elementos se forja mediante un proceso social que se va desarrollando, tanto a nivel interno como externo en el ser humano. Internamente se van programando a partir del estímulo familiar que va recibiendo desde su formación. Externamente, a partir de las herramientas que se le otorgan, por ejemplo, en su proceso formativo social.

Un profesional en derecho que ostente su formación basado en todo lo anterior, viene a dar como resultado un excelente profesional, que no sólo va a rendirle a su cliente en lo que este espera, sino que va a dar más allá de lo que se pide, y que a la postre va a recibir su mérito por todo esto.

Es claro que la ética implica algo más allá de sólo hacer lo bueno, también actuar en función de nuestros propios valores, y no apartarnos de ellos sin importar el ámbito donde nos encontremos, porque al fi n y al cabo eso será lo que determinará nuestro futuro personal y profesional en el entorno global en que vivimos.

Entonces, el papel que juega la universidad, en el transcurso del tratamiento de ese estudiante, es importantísimo, pues si el profesional en Derecho se logra pulir dentro de esos elementos de la ética, su formación será la más adecuada para ver los resultados en el tiempo.

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17 *Este artículo debe considerarse un ensayo.

Resumen

Derecho y humanismo son fenómenos indisolublemente unidos. El humanismo es la base fi losófi ca del Derecho para el cumplimiento de sus fi nes, consistentes en dirigir la actividad humana al valor justicia, mediante el respeto a su propia dignidad y a todas las formas de vida con las que nos relacionamos. Si el Derecho es la forma de las relaciones sociales (en tanto que regulación de la conducta), el humanismo es lo que da contenido y valor a tal regulación. Por eso es el humanismo es componente necesario e insustituible en la enseñanza del Derecho.

Derecho y humanismo están íntimamente ligados. El estudio de las ideas originadas en Grecia y Roma, así como la compilación del antiguo derecho romano durante el Renacimiento, fueron factores para el desarrollo de la visión humanista del mundo. De allí surgieron los temas que, durante la Ilustración, llevaron a los principios emblemáticos de libertad, igualdad y fraternidad, los cuales, a su vez, dieron pie a revoluciones sociopolíticas fundamentales e impulsaron el esfuerzo codifi cador que sistematizó el Derecho y nos dio una visión civilista de la vida en sociedad.

Humanismo y Derecho tienen en común al hombre: sólo mediante el estudio del hombre es posible comprender la importancia del Derecho. Por ello, es apropiado que el estudio del hombre, materia del humanismo, tenga sello universitario, pues fue justamente el estudio del derecho romano en las universidades de Bolonia y Pavía (siglo XIII) uno de los factores que propició el advenimiento del Renacimiento.

Dar a la enseñanza del Derecho un contenido humanista es una prioridad de hoy día; sin embargo, ese contenido está condicionado por lo que entendamos como humanismo. El contexto actual, surgido de la modernidad ilustrada, ha sido escenario de la disputa sobre la validez de la fi losofía humanista en el mundo de hoy. Por un lado, la noción renacentista hace del hombre el núcleo natural del Derecho, lo que hace al Derecho un instrumento humano (posición humanista moderna). Por el otro, tenemos la visión del Derecho como parte del orden natural –el origen es metafísico– al

cual el hombre debe someterse de modo necesario (posición iusnaturalista). En esta disputa, los iusnaturalistas acusan al humanismo moderno de: (i) pretender que el hombre es el único autor del Derecho; y, (ii) simular que el hombre es el fi n supremo del Derecho.

El hombre como autor del Derecho

En el Renacimiento se dejó de lado a Dios, como fuente del Derecho, y se dijo que el hombre es su propio legislador y que éste defi ne las normas de su comportamiento de la misma manera que ha creado la sociedad en la que vive. Para los racionalistas, el Derecho es resultado de la razón (conciencia moral), que es un atributo humano: el derecho deviene de los deberes morales que tenemos grabados en nuestra conciencia (v.g., no robar, no matar, no mentir, no causar daños). Así, la razón humana ha forjado las normas de conducta que son comunes a todos y que el Estado garantiza (incluso mediante la fuerza) para mantener la paz social. Según los empiristas, el Derecho resulta de la voluntad humana que consagraba la costumbre (derecho consuetudinario), voluntad que, en último término, involucra el uso de la misma razón humana defendida por el racionalismo.

De la síntesis del racionalismo y el empirismo (Kant) surge eventualmente el positivismo, que busca convertir todo conocimiento en ciencia, donde las normas jurídicas se distancian del hombre para convertir al Derecho en un fi n que se agota en sí mismo, independiente de toda valoración humana. El cientifi cismo de autores como Kelsen fue un planteamiento que justifi có como Derecho positivo, tristemente, los regímenes más deshumanizados que el mundo ha conocido.

El Derecho natural, por su parte, se origina en los estoicos, en Grecia y Roma. Aquí, el Derecho es parte del orden cósmico o natural, y le viene al hombre desde fuera, en lugar de ser su creación. El hombre se organiza y vive en sociedad, sometido al Estado y regulado por el Derecho, como resultado de una inclinación que le es natural, independientemente de su razón o voluntad subjetivas. No es el creador de las normas que lo gobiernan, sino su compilador, pues es capaz de encontrarlas de donde nos vienen dadas (i.e., Dios, la naturaleza o como se

Abogado y egresado de la maestría en Humanidades

Universidad LATINA, Campus Heredia

Lic. Carlos Manuel Valverde

El Derecho: una visión humanista*

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una sociedad civil cuyas necesidades también cambian y de un Estado cuyas funciones han disminuido notablemente en función de la ideología prevaleciente. Es necesario contar con seguridad jurídica, claridad de conceptos, respeto a la iniciativa de los individuos, sensibilidad social e imperio de la ley. No es una tarea fácil, pero el Derecho ha probado su capacidad de adaptación a las necesidades de cada época. Pero más importante es contar con una guía fi losófi ca que sirva de marco ideológico a la regulación jurídico-social. El humanismo –entendido en la visión integral que pregonaba Maritain– es ciertamente una alternativa válida para sustentar la regulación social, especialmente si lo que se pretende es la adecuada protección de las personas y de su entorno cultural y natural. Esto es así porque toda norma jurídica tiene como trasfondo la consecución de un valor moral.

La enseñanza del Derecho requiere del humanismo para dar contenido a la fuerza de la ley. Un Derecho sin valores es un instrumento peligroso. Algunas consideraciones son claras:

(a) En primer término, la fi losofía del Derecho, basada en los principios de la libertad, la justicia, la equidad, la solidaridad, la paz social y el respeto al entorno, debe forjar todos los aspectos de la educación legal, para buscar la integridad moral, que es deber del abogado y que, desafortunadamente, no siempre se materializa en su actividad.

(b) Hay que dotar al futuro abogado de espíritu crítico para analizar la realidad en la que se desenvuelve. Esto es fundamental para el aprendizaje y posterior desarrollo de la profesión legal, pues facilita la creatividad, fomenta la disciplina de estudio, y canaliza el interés y la sensibilidad por los problemas sociales, políticos y económicos.

(c) El humanismo permite al abogado usar herramientas invaluables que son herencia directa de la Antigüedad, como la retórica, cuya importancia es evidente ahora con el surgimiento de los procesos orales en muchos de los procedimientos legales, o como la lógica, que permite la construcción de argumentos y acuerdos efectivos en la actividad profesional. Con ellas se fomenta la facilidad de expresión (oral y escrita) para el ejercicio del Derecho.

(d) Finalmente, los seminarios y talleres jurídicos fomentan el trabajo en equipo y las clínicas jurídicas, por otra parte, permiten al estudiante de Derecho un aprendizaje práctico apropiado, así como un acceso adecuado de la justicia a la comunidad, especialmente a la de escasos recursos económicos.

quiera llamar al principio ordenador del universo).

El hombre como fi n del Derecho

Aunque en Roma se dijo que el Derecho fue hecho para el hombre, como instrumento para el perfeccionamiento humano, ese principio fue tergiversado a partir del Renacimiento para hacer del Derecho un instrumento de uso individual, al servicio de las cualidades morales del sujeto (Grocio, Calvino, Rousseau y Kant) o de sus intereses materiales (Locke, Hume, Bentham, Mill). Surgen, entonces, los derechos subjetivos como punto focal del Derecho (i.e., la propiedad y la libertad individual).

El enfoque se volvió egoísta, con conclusiones necesariamente equivocadas, a partir de una fi losofía que favorecía el individualismo utilitarista.

Para el iusnaturalismo, la función verdadera del Derecho es la de buscar la justicia (dikaion), sea ordenar la acción humana al bien común y dar a cada quien lo suyo. Esto da autoridad moral y razonabilidad a los mandatos del Derecho, que se defi ne, según Tomás de Aquino, como la ordenación de la recta razón, dirigida al bien común por quien tiene el cuidado de la comunidad. Es en este sentido que Ulpiano dice que los juristas son los sacerdotes de la justicia, ya que la fi nalidad del Derecho no es un interés vinculado a nadie en particular, sino la armonía de todos los intereses involucrados, cada uno –como dice Aristóteles– en su justa proporción. Si la obligación del derecho positivo es refl ejar las exigencias de la justicia, debe entonces proteger tanta libertad como sea posible y establecer sólo las restricciones que sean necesarias para reconciliar así los intereses subjetivos con el bienestar general.

Estos intereses, sin embargo, van más allá de lo meramente humano. Nunca ha sido más claro que ahora que todo lo que el hombre hace repercute más allá del hombre y vuelve al hombre como un búmeran. La naturaleza, en general, es nuestra realidad verdadera. En un mundo armónico, el hombre debería aspirar, por medio del Derecho, a la justa relación entre los hombres y las cosas, sin prejuicios que sólo distorsionan la armonía natural. Así, el Derecho estaría al servicio del orden de la naturaleza, entendido del modo más amplio, en lugar de estar únicamente al servicio del hombre.

El modernismo olvidó a la naturaleza, en función de un humanismo hipertrofi ado donde sólo el hombre contaba. Por el contrario, nuestros derechos están limitados por el orden universal. Este contexto establece una visión humanista, universalista, apoyada en el humanismo de la stoia, según los principios de la paideia, el auténtico espíritu humanista, imbuido de medida, modestia y recíproca tolerancia, y preocupado, por lo tanto, de no transgredir los límites establecidos por el cosmos, en respeto a la unidad del universo.

Para ello se requieren dos elementos humanistas: (i) un sistema ético que otorgue valor a la conducta en sus diversas manifestaciones y que permita escoger entre bien y mal, para favorecer al primero; y, (ii) respeto por el pasado, que contiene enseñanzas para nuestra actividad presente y futura.

La actualidad presenta grandes retos para el Derecho. El mundo globalizado y digitalizado exige reglas ágiles para adaptarnos a las necesidades de un mercado que constantemente se renueva, de

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Cátedra de Educación para la Paz Académicos fortalecerán paz en Costa Rica

A través de un proyecto creado por la Universidad Latina, Campus Heredia, en colaboración con la Fundación Arias

Académicos costarricenses tendrán la oportunidad de participar en un proyecto para el fortalecimiento de una Cultura de Paz en Costa Rica, por medio de debates, diálogos y conferencias. El proyecto es dedicado al Presidente de la República, Oscar Arias Sánchez, a raíz de una iniciativa de la Universidad Latina, Campus Heredia, con la cooperación de la Fundación Arias para la Paz.

La inauguración de la “Cátedra de Educación para la Paz Dr. Oscar Arias Sánchez”, se llevó acabo el pasado jueves 8 de abril, en la Universidad Latina, Campus San Pedro. En la actividad el mandatario dedicó, a los asistentes, un espacio para felicitar a la Universidad por reconocer la necesidad de fortalecer la educación para la paz.

“La Universidad Latina me honra profundamente con esta inauguración. Pero, sobre todo, se honra a sí misma. Porque hoy le muestra al mundo que cree en la bondad del ser humano; que cree en la capacidad de los pueblos de aprender de sus errores y de reescribir la historia. Un centro educativo que se compromete con la causa de la paz, es un centro educativo que le muestra a sus alumnos, y a su país, que tiene en orden sus prioridades”, dijo Arias .

Algunos de los temas por tratar durante la cátedra, a lo largo de este año serán: la justicia social, el traslado de recursos utilizados en armas para el fortalecimiento de la educación, la responsabilidad social, el respeto del medio ambiente, los derechos humanos, la no violencia y el desarrollo sustentable. Temas desarrollados y estudiados por el Centro de Investigación y Desarrollo en Administración y Ciencias Sociales (CIDACS), de la Universidad Latina, Campus Heredia.

Henry Rodríguez, Rector de la Universidad Latina, Campus Heredia, aseguró que la iniciativa fue pensada con el fi n de implementar mecanismos que contribuyan al impulso de la enseñanza basada en la paz.

“Esta cátedra es concebida para constituirse en un espacio de diálogo para el fortalecimiento de la academia, para

el rescate de los valores fundamentales del ser humano y para el mejoramiento de la sociedad costarricense y de su entorno. Además, la confi anza del señor Presidente en nuestro proyecto educativo nos compromete aún más con Costa Rica”, concluyó.

Por su parte, Luis Alberto Cordero, Director Ejecutivo de la Fundación Arias, aseguró que esta iniciativa es la expresión máxima del reconocimiento que se le puede hacer al Presidente, quien es promotor de la Educación para la Paz.

“La Fundación Arias para la Paz y el Progreso Humano, reconoce con entusiasmo la iniciativa de la Universidad Latina de Costa Rica de crear una Cátedra de Educación para la Paz, que lleva el nombre de su fundador. Sin lugar a dudas, como herramienta de formación, la Cátedra de Educación para la Paz debe ser un punto de encuentro del debate sobre los grandes retos que amenazan la convivencia armónica de Costa Rica”, agregó.

La cátedra, que se llevará a cabo a lo largo del año, en la Universidad Latina, Campus Heredia, estará dividida en tres grandes actividades: conferencias magistrales, conversatorios, seminarios, foros, e investigación. Las actividades serán gratuitas.

De izquierda a derecha: Rector Campus, San Pedro, Walter Bolaños; Ministro de la Presidencia de la República, Rodrigo Arias; Presidente de Laureate Centroamérica, Ricardo Phillips; Presidente de la República Oscar Arias; Presidente de Laureate para México y Centroamérica, Jorge Brake y Rector Campus Heredia, Henry Rodríguez.

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ofreciendo la posibilidad a los heredianos de resolver sus confl ictos, sin necesidad de contratar abogados o recurrir a los tribunales de justicia, lo que es una gran ventaja”, concluyó León. Por su parte, el Ministro de Justicia, Hernando París, afi rmó que: Para el Ministerio de Justicia es prioritario abrir espacios de diálogo y solución pacifi ca de confl ictos en las comunidades, en alianza con los actores de la sociedad civil. La apertura de esta nueva Casa de Justicia, en asocio con la Universidad Latina, constituye un paso adelante para la construcción de una cultura de paz.

El programa casas de justicia es desarrollado por la Dirección Nacional de Resolución Alternativa de Confl ictos, del Ministerio de Justicia, y su objetivo primordial es promover una cultura de paz, mediante la resolución de los confl ictos de manera pacífi ca.

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Cada año, las instituciones Laureate fortalecen sus relaciones y conexiones dentro de la red ofreciendo programas bilingües, de intercambio y de doble titulación; compartiendo currículos entre las mismas instituciones; y con acceso al profesorado de otros países. El intercambio de estudiantes está en constante crecimiento; los programas académicos más importantes, desarrollados por las Universidades Laureate, se comparten con otras instituciones. El potencial de la educación a distancia y los programas de

Nueva Casa de JusticiaComunidad de Heredia cuenta con nueva oportuni-dad para solucionar sus confl ictosSede se ubicará en Campus Heredia de la Universidad Latina

Los habitantes de la provincia de Heredia cuentan a partir de este 6 de abril, con un nuevo ente especializado para resolver sus confl ictos de forma pacífi ca y económica, gracias a la apertura de una nueva Casa de Justicia en el Campus Heredia de la Universidad Latina.

Esta nueva entidad será de gran utilidad para brindar ayuda a los vecinos, pues, facilitará la solución de problemas comunales, sin necesidad de llegar a la vía judicial.

Entre los problemas que se atenderán, son: confl ictos vecinales causados por daños menores a la propiedad privada, exceso de ruido, basura, parqueo indebido, entre otros. Además de confl ictos relacionados con problemas laborales, civiles, familiares y comerciales.

El Licenciado Jorge León, Director Académico de Derecho en la Universidad Latina, Campus Heredia, asegura que esta nueva sede de la Casa de Justicia no sólo benefi ciará a los vecinos de la comunidad, sino también a los estudiantes de derecho, quienes podrán ampliar el ejercicio de su profesión, a través de la mediación y la conciliación, desde el Campus de la Universidad.

A la izquierda el Rector del Campus Heredia, Henry Rodríguez, y, a la derecha el Ministro de Justicia, Hernando París.

“Para la Universidad Latina, es importante recalcar que a través de este convenio entre el Ministerio de Justicia y Laureate International Universities, los estudiantes de derecho podrán participar y tomar partido de la experiencia de atender casos reales. Además, de que estamos

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Universidade Potiguar (UnP)•

CHILE

Escuela Moderna de Música •

Institute for Executive Development (IEDE)•

Instituto Profesional AIEP•

Universidad Andrés Bello (UNAB)•

Universidad de Las Américas•

Universidad Viña del Mar•

COSTA RICA

Universidad Latina•

ECUADOR

Universidad de Las Américas (UDLA)•

HONDURAS

Centro Universitario Tecnológico (CEUTEC)•

Universidad Tecnológica Centroamericana • (UNITEC)

MEXICO

Universidad del Desarrollo Profesional • (UNIDEP)

Universidad del Valle de México (UVM)•

Universidad Tecnológica de México (UNITEC)•

PANAMA

Universidad Interamericana de Panamá • (UIP)

Universidad Latinoamericana de Ciencia y • Tecnología (ULACIT)

PERU

CIBERTEC•

Instituto Tecnológico del Norte (ITN)•

Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas • (UPC)

Universidad Privada del Norte (UPN)•

ESTADOS UNIDOS

College of Santa Fe•

Kendall College•

New School of Architecture and Design•

Walden University•

estudio del idioma inglés, agilizan el progreso hacia una comunidad global.

La red existe con el objetivo de brindar valor agregado a los estudiantes y sus familias, docentes, personal en general y a las comunidades. Al desafi ar a nuestros propios líderes para que evalúen el avance de la organización, a través de los resultados logrados por los estudiantes, Laureate camina, fi rmemente, con el compromiso de ofrecer resultados medibles a lo largo de nuestra red global.

EL ESTUDIANTE DE LAUREATE

Líderes con una visión global

Las oportunidades abundan, para aquellos que pueden visualizar un futuro de liderazgo y crecimiento alrededor del mundo.

Los estudiantes en la red Laureate International Universities, cuentan con una experiencia de aprendizaje que refl eja su particular fi losofía de educación, y el compromiso por generar programas académicos que sean:

Internacionales—que ofrezcan una perspectiva global actualizada•

Tecnológicos—como área de conocimiento y como medio de • aprendizaje e investigación

Enfocados al desarrollo profesional—transmiten el conocimiento y • las habilidades necesarias para iniciar o avanzar en sus carreras

Enfocados en resultados—que refl ejen el éxito profesional logrado • por los estudiantes de Laureate

Programas internacionales a los que pueden tener acceso los estudiantes Laureate

Intercambio Básico con otras universidades de la red•

Carreras con doble titulación•

Posgrados internacionales•

Cursos de verano en otros países•

Videoconferencias internacionales•

Red de universidades alrededor del mundo

AMERICA

BRAZIL

Business School São Paulo (BSP) •

Centro Universitário do Norte (UNINORTE)•

Escola Superior de Administração Direito e Economia (ESADE)•

Faculdade dos Guararapes (FG)•

Faculdade Potiguar da Paraíba (FPB)•

Faculdade Unida da Paraíba (UniPB)•

Instituto Brasileiro de Medicina de Reabilitação (Uni IBMR)•

Universidade Anhembi Morumbi (UAM)•

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Universidad Latina, una universidad Laureate en Costa Rica

En octubre del 2003, la Universidad Interamericana de Costa Rica se integró a Laureate International Universities. Desde entonces, su mejora continua en la calidad académica, la ha llevado a ser la universidad privada con más programas acreditados por SINAES. Igualmente, adoptó una política de mejora de la infraestructura y equipamiento, lo que trajo consigo un benefi cio inmediato a los estudiantes. En el año 2008, se une a la Red Laureate la Universidad Latina de Costa Rica.

A partir del 2010 Laureate decide integrar ambas universidades, con el objetivo de consolidar el centro de educación superior privado más prestigioso del país, teniendo como resultado una universidad única de estándares mundiales, lo que garantiza un sólido aporte al desarrollo de la educación costarricense.

La cobertura geográfi ca de la Universidad se expande, producto de la integración, teniendo presencia en las siete provincias con diez sedes regionales, y con dos campus principales en Heredia y en San Pedro.

Estas instituciones gozan de un excelente prestigio en el país y cada una de ellas tiene claras fortalezas, que, al integrarse, darán como resultado una institución más sólida, con todo el potencial para responder a los retos y necesidades educativas de la sociedad y el mundo actual.

EUROPA

CHIPRE

European University Cyprus (EUC)•

FRANCIA

École Centrale d’Electronique (ECE)•

École Supérieure du Commerce Extérieur (ESCE)•

Institut Français de Gestion (IFG)•

ALEMANIA

BiTS - Business and Information Technology School•

ITALIA

Domus Academy•

Nuova Accademia di Belle Arti Milano (NABA)•

INGLATERRA

University of Liverpool•

ESPAÑA

Les Roches International School of Hotel Management - Marbella•

Universidad Europea de Madrid (UEM) (que incluye el Centro Superior • de Edifi cación (CSE), Escuela de Estudios Universitarios Real Madrid y el Institute for Executive Development (IEDE))

SUIZA

Glion Institute of Higher Education•

Les Roches Gruyère, University of Applied Sciences•

Les Roches International School of Hotel Management •

TURQUIA

• stanbul Bilgi University

ASIA

AUSTRALIA

Australian International Hotel School•

Blue Mountains International Hotel Management School•

CHINA

Hunan International Economics University (HIEU)•

Les Roches Jin Jiang International Hotel Management College •

Sichuan Tianyi University•

Xi’an Jiaotong-Liverpool University (XJTLU)•

MALAYSIA

INTI Education Group•

www.ulatina.ac.cr Campus Heredia: 2277-8000

Campus San Pedro: 2224-1920

Sedes Regionales: 2207-6000

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Opinión

*Véase http://www.formacion,cnc.es/edl8/cvdata/curso34/info/default.asp

Laura Chinchilla MirandaPresidenta Electa de la República de Costa Rica (2010-2014)

El Derecho y los abogados en la sociedad costarricense

Una sociedad civilizada, como la nuestra, descansa sobre la efectividad del Estado de Derecho, es decir, de su capacidad para ser gobernada bajo el imperio de la ley, expresión de la voluntad general y esencia de un régimen democrático, y no bajo los impulsos arbitrarios de quienes ocasionalmente ostentan el poder. En efecto, la garantía de que la Administración Pública y sus funcionarios actuarán siempre dentro de los límites fi jados por el ordenamiento jurídico, es decir sujetos al principio de legalidad (Constitución Política de la República de Costa Rica, 2009,art. 11), mientras que los ciudadanos, en el ejercicio pleno de sus derechos individuales, podrán hacer todo lo que la ley no les impida en el tanto no se dañe la moral o el orden público, ni se dañe a un tercero (Constitución Política de la República de Costa Rica, 2009,art. 28), resumen, en mucho, la vocación costarricense por el derecho y el papel que los abogados han jugado y juegan en nuestra sociedad.

No es de extrañar entonces, la cantidad de centros de enseñanza superior que contemplan, dentro de sus programas académicos, la carrera de derecho, ni la cantidad de abogados que regularmente se gradúan de nuestras universidades. La contribución de los abogados en la construcción de una sociedad democrática ha sido quizás subvaluada: a pesar de las críticas que se hacen, su formación es la que permite el entendimiento cabal del Estado y sus instituciones, la que coadyuva diariamente en la promulgación de leyes y reglamentos, la que hace viable la ejecución de la normativa vigente y el funcionamiento de la administración pública, la que resuelve pacífi camente las disputas que normalmente surgen en el accionar del mercado y de las transacciones públicas y privadas. En otras palabras, difícilmente podemos encontrar un ámbito de nuestro diario vivir que pueda aislarse de la fuerza viva del derecho y de los operadores jurídicos.

De ahí que la enseñanza del derecho revista una importancia primordial en el fortalecimiento de la institucionalidad democrática y en la defensa de los derechos de nuestros ciudadanos. Abogados bien formados, tanto desde el punto

de vista profesional como ético, pueden hacer la diferencia entre una sociedad de avanzada y una sociedad que se queda en el pasado. Así como he dicho que el país debe dedicar mayores recursos a la formación de más ingenieros y profesionales en el área de las ciencias, para poder responder adecuadamente a los grandes retos que nos pone por delante una economía con grandes posibilidades de crecimiento económico, así también estoy convencida de que las universidades, públicas y privadas, tienen una enorme responsabilidad en la formación de profesionales en derecho que puedan entender la realidad actual y diseñar productos jurídicos acordes con esas nuevas realidades, de manera que puedan satisfacer adecuadamente las necesidades de sus clientes y, en especial, de una sociedad que sigue esperando mucho de ellos.

Junto a una enseñanza sólida de los fundamentos tradicionales del saber jurídico, los profesionales de hoy deben también manejar conceptos y herramientas que años atrás podrían considerarse como una sofi sticación: la introducción de novedosos instrumentos fi nancieros, el Project Finance* para el desarrollo de obras de infraestructura, los diversos regímenes de supervisión (en banca, seguros, pensiones), la regulación de los servicios públicos en un ambiente de apertura y competencia (como telecomunicaciones o energía), los derechos de los consumidores y la promoción de la competencia, la debida aplicación de los acuerdos comerciales internacionales y sus complejas leyes de implementación, el derecho comunitario de regímenes de integración cada vez más profundos, el desarrollo de los mercados bursátiles, la movilización permanente de los procesos productivos entre distintos países, la interacción de múltiples jurisdicciones en aspectos tan diversos como el derecho de familia, el derecho testamentario o la regulación tributaria, el arbitraje internacional, entre muchos otros temas, enfrenta a las universidades con el gran reto de revisar y actualizar, en forma permanentes, sus planes de estudios.

Calidad, excelencia, pertinencia y relevancia de lo que se enseña es, en suma, la esencia de una formación jurídica en constante proceso de cambio. En este contexto, el papel de las universidades y su capacidad para responder oportuna y efectivamente ante un entorno cada vez más competitivo, resulta fundamental para seguir siendo una sociedad de abogados y no de militares; una sociedad regida por el derecho y no por la arbitrariedad; una sociedad de derechos y deberes y no de privilegios y abusos.

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cambio en el estilo del abogado, una reingeniería en la forma de ejercer su conocimiento. Resulta muy conveniente que quienes se incorporan a la judicatura, tengan estas nuevas formaciones.

Aunque, el tema de la oralidad pareciera ser la tendencia en la mayoría de los procesos actuales, el mal uso de la tecnología podría ir en contra de esta práctica. Nos hemos tornado más escriturarios, aún cuando asistimos a más procesos orales; sólo basta con dar un enter y producimos enormes cantidades de papel. Por otra parte, la comunicación por medios electrónicos, especialmente de jóvenes, evidencia que estamos descuidando la enseñanza de la comunicación escrita y, por supuesto, oral, Se impone, entonces, de una parte, un cambio cultural y, de otra, la necesidad de Escuelas de Derecho, mucho más estratégicas, guiadoras de cómo usar la tecnología, más hacia una nueva tendencia globalizada.

Por otra parte, argumentar oralmente es diferente a hacerlo por escrito, discutir oralmente es diferente. Una universidad que se precie de crear excelencia, tendrá necesariamente que involucrarse en los temas de oralidad, darle capacitación a su gente, sobre cómo argumentar oralmente, cómo discutir oralmente, pero también deberá impartir informática jurídica, capacitar sobre cómo utilizar las nuevas tecnologías y cómo implementar los programas con los cuales se educará en la administración de justicia.

Como la academia no le es ajena, don Luis Paulino, como profesor y profesional autorizado para comentar sobre la enseñanza del derecho, analiza el papel de las escuelas de derecho de diferentes universidades, sobre el particular comenta:

Yo pondero muy bien la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica y hago las comparaciones de todas con ella, yo diría que en C.R. dichosamente tenemos varias universidad privadas que se le asemejan mucho en su búsqueda de un nivel de excelencia; desdichadamente, también, tenemos otras universidades que no se preocupan por formar debidamente al estudiantado , esas universidades no son serias, hay algunas que lo que hacen es enseñar a saber leer gramaticalmente una norma y eso lo puede hacer cualquiera, de ahí la importancia de que el Colegio de Abogados tenga, dentro de sus

Luis Paulino Mora MoraPresidente Corte Suprema de Justicia, de la República de Costa Rica

Enseñanza del derecho: ¿Un nuevo modelo?

Es claro que la sociedad cambia, las sociedades cambian, entonces la pregunta es, ¿debe cambiar el derecho, la enseñanza del derecho, o ambas?

Ciertamente, hay cambios constantes en las sociedades, en sus actores y en sus componentes; entonces, necesariamente el derecho debe irse adaptando, también, a las nuevas necesidades de la sociedad. Mas, esta circunstancia no pareciera implicar que se requiera mucha modifi cación en la forma tradicional como se ha venido capacitando a las personas en el derecho.

En razón de las complejidades de la sociedad actual, de las relaciones entre las personas y de los confl ictos que se derivan de ellas, surgen las especializaciones; es muy importante que el abogado actual conozca los principios fundamentales del derecho, que pueda analizar bien sobre ellos y que al propio tiempo, vaya buscando su canal de especialización, esto conduce también a que las universidades deban cambiar la forma como brindan la capacitación.

La enseñanza no consiste sólo en enseñar a leer los códigos, sino en entender el código, entender la ley y saber cómo aplicar los principios de normalización de convivencia, detrás de cada norma.

Esto aplica para cualquier abogado: jueces, fi scales, defensores, abogados, litigantes, deben tener un conocimiento superior. No es manejar las reglas del idioma y entender una norma, sino interpretarla, de acuerdo con las necesidades sociales del momento y darle contenido a ella, para producir convivencias sociales, esa es la fi nalidad del ordenamiento jurídico.

A mayor globalización, mayor especialización del profesional en derecho. La globalización nos multiplica las difi cultades y, entonces, cada vez resulta más complejo comprender todas las circunstancias globales. El ambiente cultural, las relaciones, las costumbres sociales y prácticas comerciales, interactúan con el tema y lo hacen mucho más complejo.

El profesional en derecho, debe tener un pensamiento más estratégico, digamos más que interpretativo de la norma, en la aplicación del derecho. Debe tener mucho conocimiento para poder aplicar bien la norma en el caso concreto, tanto como la conoce en su país, como en la posible aplicación de normas de otros países, lidiando incluso con las barreras culturales e idiomáticas del nuevo escenario.

La informática para los abogados actuales.

Es, defi nitivamente, una invaluable herramienta, que permite impulsar un

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un estratega y con las herramientas de derecho a su alcance, debe organizarlas y administrarlas, en función de un objetivo fi nal. Las universidades no están ofreciendo la metodología requerida para desarrollar el pensamiento estratégico, cual es, a fi n de cuentas, lo que impera inculcar en los estudiantes. La enseñanza del derecho debe, necesariamente, evolucionar hacia la producción de un profesional más estratégico.

El papel de los jueces

Ciertamente, se requiere un abogado más estratega, pero, a su vez, un juez que sepa valorar la prueba. Debe existir, en este apartado, un componente muy claro, la posibilidad de administrar la ley fl exiblemente, no para encubrir o promover corrupción, sino para evitar daños mayores a la sociedad.

Si bien es cierto la ley es preventiva en algunos casos y, además, existen herramientas para la investigación, es necesario realizar un cambio de mentalidad y de actitud, romper el paradigma con el cual hemos venido trabajando. Es muy seductor el anunciar el decomiso de varias toneladas de cocaína, 1, 2 ó 3, pero 40 ó 50 podrían estarse trasegando, por otra parte, simultáneamente. Ese concepto de contabilizar los triunfos en kilos, debemos cambiarlo por contabilizar los triunfos por bandas desarticuladas, ese es el punto medular del asunto.

En el tema del crimen organizado, son fundamentales los datos de inteligencia y de investigación. Para prevenir necesitamos del saber; por ejemplo, ¿cómo se hace prevenir una peste?, se impone investigar, conocer los síntomas y aplicar el remedio antes del contagio, no debemos esperar que la gente muera de la peste, debemos tomar medidas de manera proactiva. Igual, en derecho, nadie quiere que lo maten y condenen a los homicidas, sólo queremos que no nos maten.

Al menos, quienes se vayan a formar como fi scales, jueces o asesores de policía, deberían entender el valor vital de la inteligencia y del manejo oportuno de datos, fundamentales para la prevención.

Las escuelas de derecho públicas versus las escuelas de derecho privadas

Existen diferencias importantes entre ellas, sin embargo, ambas deben ocuparse por el tema de los estudios generales, por el acceso a bibliotecas internacionales especializadas.

prioridades principales, un examen de incorporación, ya que, de alguna manera, habrá que ir exigiendo un nivel mínimo a quien se va a dedicar a la abogacía.

Las nuevas generaciones de estudiantes de derecho, deben preocuparse, fundamentalmente, por ser profesionales que estén más acordes con esa época globalizada; deberían preocuparse, más temprano, por el derecho constitucional. El buen abogado debe ser una persona que lee mucho y, que lee todo lo que pueda accesar acerca del derecho, porque es necesario contar con sufi cientes elementos de juicio para ir formando su propio criterio frente a los diversos escenarios en los cuales se desenvolverá.

Francisco Dall’anese RuizFiscal General de la República de Costa Rica

La enseñanza del Derecho: ¿Un nuevo modelo?

Es claro que la sociedad cambia, las sociedades cambian; luego, la pregunta es: ¿debe cambiar el derecho, la enseñanza del derecho o ambas?

El abogado como estratega

Todo tiene que ver con el perfi l de salida, el profesional que las escuelas de derecho quieran entregar a la sociedad; quienes nos graduamos de la Universidad de Costa Rica, no sé si es así en las escuelas privadas, recibimos una formación muy sólida en derecho propiamente, es decir, somos poseedores de un conocimiento importante en la ley, en la interpretación de la ley, en la jurisprudencia, pero no todos somos abogados y, hay una gran diferencia entre ser licenciado en derecho y ser abogado. El problema o el défi cit con el cual uno u otro se graduó en la universidad radica en que el profesional en derecho conoce la doctrina, la ley y la jurisprudencia; el abogado es quien sabe cómo utilizar ese bagaje frente a los tribunales, esa es la gran diferencia; de este último es, entonces, la ventaja.

Ahora no se sabe cuál tipo de litigante se tiene al frente, encontramos profesionales que llegan a los tribunales no a litigar sino a pelear, de manera personal, con el fi scal o fi scales peleando con el defensor, o cada uno peleando con los jueces, este no es un asunto de personas, ni de gustos, debe existir, más bien, una estrategia del contradictorio. Muchas veces no se defi nen los objetivos de un juicio, ni siquiera los objetivos de un incidente y cuando no se tienen los objetivos claros, se realizan una serie de operaciones tácticas desgastantes, caras y sin ningún rumbo. Yo aprendí esto en la trinchera, no en la universidad, no hay una formación estratégica y la estrategia signifi ca que yo primero defi no los objetivos: esa es la estrategia en esencia, luego defi no la táctica en función de esos objetivos, así debo defi nir qué y luego cómo.

El abogado no es quien sabe más de derecho, el abogado debe ser

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Oralidad, conciliación, notariado y equidad de género son los cuatro ejes transversales que debe tomar en cuenta la academia actual para formar profesionales integrales en derecho.

La tecnología, es el otro gran pilar del cambio. No pueden las facultades de derecho seguir produciendo abogados que piensan en escritos que deben ser presentados en el juzgado, el expediente electrónico es una realidad. El estudiante de derecho actual debe avanzar de la mano de la tecnología. Y la tecnología trae consigo el tema de la propiedad intelectual, la cual debe ser materia obligatoria en la carrera de derecho, el conocimiento de esta materia hará que muchos profesionales no cometan, por desconocimiento, delitos en el uso y manipulación de información mediante el adecuado uso de las licencias de estilo.

El abogado moderno debe saber investigar, por lo tanto, las carreras de derecho deben ofrecer cursos de metodología e investigación y debe necesariamente, escribir muy bien.

Una mujer al frente del Colegio, luego de 128 años de hegemonía masculina

Este medio aprovechó la coyuntura de entrevistar a la Presidenta del Colegio de profesionales más antiguo del país, para conocer un poco del nuevo sello que la doctora Hernández le imprimirá a esa Institución; se refi rió a tres proyectos concretos:

El Colegio de Abogados debe asumir su parte en la responsabilidad social que le corresponde como Institución que se nutre de recursos del público como es el Timbre del Colegio. Con el auspicio del Colegio se estarán abriendo próximamente dos ofi cinas en San José y una en Limón, de atención a víctimas de violencia doméstica, esto por cuanto más del 80% de los procesos de violencia son abandonados por las víctimas por falta de recursos con los cuales continuar el proceso. Para esto se requiere el concurso de otras instituciones, como el Instituto Mixto de Ayuda Social y el Colegio de Sicólogos.

El proyecto Probono que pretende, con el Colegio como rector, lograr acuerdos con diversos bufetes de abogados del país, básicamente orientado a que los abogados de esos despachos den horas de asesoría gratuita a personas o microempresas de escasos recursos en diversos campos del derecho

El jurista, el abogado, se tiene que formar sabiendo no sólo de leyes, no sólo de jurisprudencia, sino de la vida. Decía Ángel Osorio y Gallardo que el abogado es quien más sabe sobre la vida, porque van a recibir clientes que le contarán hasta las intimidades con su cónyuge, sus problemas y sus cosas particulares.

Un conocimiento amplio sobre la vida, aderezado con vasta cultura general, desarrolla la prudencia, básica en el ejercicio del derecho, aquí no se trata de abarcar muchas cosas, sino de manejar lo que se tiene con sabiduría, especialmente cuando se ejerce el poder, se requiere mucha prudencia en todos los actos. La academia ha de ocuparse de estos temas.

Ericka Hernández SandovalPresidenta del Colegio de Abogados de Costa Rica

La enseñanza del derecho: ¿un nuevo modelo?

La enseñanza del Derecho debe cambiar, sin titubear y con fi rmeza, lo señala esta doctora en derecho, a quien uno de los gremios de profesionales de mayor relevancia en el país, ha confi ado su dirección.

Los procesos judiciales han cambiado, la tendencia a la oralidad es evidente, la academia no enseña a enfrentarse o llevar adelante audiencias o juicios orales.

Los programas en las Universidades deben variar, la materia de oralidad es imprescindible para el éxito del profesional en derecho. Deben cambiar las escuelas de derecho el concepto de que la función del abogado es el litigio, la Resolución Alterna de Confl ictos, es hoy más que nunca, el norte que debe guiar su acción. No puede seguir siendo el abogado la traba en la solución de un confl icto, debe ser la solución por medio de una función más bien mediadora.

Tema particular es el de notariado, el cual debería ser un eje transversal. La reforma al Código Notarial que crea esta materia como especialidad trae como consecuencia que algunas universidades la eliminen de su curriculum de licenciatura. Muchas de las materias como penal, laboral, comercial, familia, entre otras, conllevan una parte notarial para su desempeño y aplicación por lo cual la labor notarial a nivel de la especialidad debe verse como tal –una especialidad- pero en la vida jurídica diaria y aplicación consuetudinaria, el notariado debe ser parte del conocimiento general del abogado.

La equidad de género debe ser el otro gran tema que debe tratarse como eje transversal en el curriculum del abogado. Pareciera que todos comparten esa ilusión de igualdad pero la realidad es que la formación actual de los profesionales en derecho tiene en la igualdad de género, un vacío formativo. Desde el inicio de la carrera se debe sensibilizar al profesional en la equidad de género.

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como laboral, familia, penal, comercial, entre otros. A diferencia de los Consultorios Jurídicos no se pretende llevar casos, sino brindar asesoría de organización y orientación.

Un tercer punto lo constituye el fortalecimiento del notario por medio de la defensa del notariado, este tema implica reformas legales e interpretaciones de fallos relacionados.

El buen abogado se forma luego de su carrera académica

La academia debe reforzar la práctica de los procesos y desarrollar el pensamiento jurídico estratégico.

Con sus excepciones, no hay buenas y malas universidades, un examen de admisión al Colegio es una medida que no se descarta para romper mitos, hay buenos y malos estudiantes, hay buenos y malos juristas. Los malos se limitan a lo que la academia les da, los buenos investigan, se complementan, se actualizan, estudian siempre y dignifi can la profesión.

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Exper29

Experiencias de ÉxitoExperiencias ExperienciasExperiencias

Lic. Manuel A. Calderón SeguraProfesor Escuela de Derecho, Uni-versidad LATINA, Campus Heredia.

En las grandes ligas, del derecho.

Durante muchos años alimentó su deseo de pertenecer a las ligas profesionales del beisbol de los Estados Unidos y fueron pequeños detalles los que no le permitieron alcanzar ese sueño. Su disciplina como deportista, sin embargo, lo enfi ló hacia su otra pasión, el derecho, y a esta se ha dedicado íntegramente.

Experto en Derecho Laboral, abogado externo de empresas constructoras, litigante y representante de conocidas fi guras del deporte nacional, el licenciado Calderón nos cuenta un poco de su vida profesional, laboral y desde luego, personal.

Se defi ne como estricto, disciplinado y ambicioso. Cursó estudios de posgrado en Derecho Registral y Notarial en la actual Universidad Latina, Campus Heredia, en donde ve hoy cumplida una de sus metas: integrar la academia universitaria como profesor de Derecho Laboral.

Aunque dice no considerarse exitoso, su trabajo y trayectoria lo contradicen. Es un asunto de enfoque; para este abogado, el éxito es simplemente alcanzar lo que se quiere y establecer una nueva meta; por eso su concepto de éxito es una continua lucha, alcanzar las metas. Es claro al decir que el éxito difi ere, en mucho, de la fama.

Encuentra éxito en aquellos que ponen su meta, por pequeña que sea y lo consiguen. Por eso, a su juicio, es difícil decir quién consigue el éxito o quién es exitoso, ya que es un asunto más bien interno. Ni siquiera se aventura a decir quién le parece exitoso, ya que ese podría ser sólo un famoso y como no conoce sus metas, no sabe si las ha alcanzado y cumple con su concepto de éxito.

En lo que sí está claro es en que disciplina y voluntad son los bastiones en los que descansa el desarrollo personal. Es una cuestión de querer para alcanzar.

La fórmula es sencilla: quiero con convicción + disciplina + voluntad = consigo la meta –el éxito-.

La actual Universidad Latina, Campus Heredia, le ha dado una gran fortaleza profesional. Está seguro de continuar en constante crecimiento profesional, académico y a

mantenerse, competitivamente en su campo, el derecho, desde donde lanza hoy sus mejores curvas.

Lic. Bilbia Gonzalez UlateEncargada del Departamento Jurídico del ICAFEProfesora de la Escuela de Derecho, Universidad LATINA, Campus Heredia.

“Aplicar el derecho con la frialdad de la razón pero con la sensibilidad del corazón”

Con esa contundente frase, a manera de mensaje a los estudiantes de derecho, fi nalizó una enriquecedora conversación con esta abogada y notaria, máster en Comunicación Política y estupenda conversadora.

Conciliadora, exigente y equilibrada, pero sobre todo creyente en la existencia de un Dios que da paz espiritual, así se defi ne a sí misma.

“La realización del ser humano en todas sus facetas” contestó sin titubear, cuando le preguntamos por su defi nición de éxito.

“Sí, soy exitosa, me siento realizada como hija, como madre, como compañera, como profesional y satisfecha conmigo misma”, dijo esta especialista en derecho de marcas, cuyo manejo y conocimiento especializado de las denominaciones de origen le abrieron las puertas en el Instituto del Café de Costa Rica, donde actualmente se desempeña como encargada del Departamento Jurídico, a pesar de no tomar café, agregó a manera de anécdota.

Luego de seleccionar a la Latina, Campus Heredia, como su casa de estudios de posgrado, decisión que basó en su búsqueda de calidad, cursó el programa paralelamente con su periodo de gestación de Sofía, su segunda hija, hecho que hace inolvidable su paso por esta universidad.

Luego de una larga charla con este medio, no queda duda de que el éxito va de la mano de esta graduada del programa de posgrado en Derecho Notarial y Registral de la actual Universidad Latina, Campus Heredia, a quien esta casa de enseñanza superior le ha confi ado la responsabilidad de impartir los cursos de Derecho Administrativo y Derecho Público., labor que la ha marcado al descubrir su amor por la academia como educadora. Dar herramientas que ayuden a formar a los estudiantes, ha convertido la preparación de

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Experiencias ExperienciasExperiencias

condujo a ingresar en la facultad de Derecho, en donde ha encontrado el complemento ideal para su futuro.

Su carrera como funcionaria pública la combina con sus obligaciones de esposa, madre y estudiante; confi esa el apoyo decidido de su familia en sus ocupaciones y anhelos, y comparte con nosotros su secreto: una sonrisa para todos.

las lecciones en su pasatiempo favorito.

Con la certeza de la experiencia y el conocimiento profundo de la vida, mencionó algunos eventos que le han llamado la atención y la han forjado; la biografía de Gandhi, de quien dice fue un hombre exitoso y a quien le gustaría emular en su perseverancia en el silencio, que lo llevó a la satisfacción plena de su ideal; la intensidad del amor en Los Puentes de Madisson , o la lección jurídica y de fi delidad en Philadelfi a, conocidas obras cinematográfi cas, son ejemplos de esos eventos.

La paz interna y la espiritualidad se respiran alrededor de esta profesional, que aboga por una mayor resolución de confl ictos por la vía de la conciliación antes del litigio, actitud que confi rma con su diáfana sonrisa.

Mercedes Hernández MéndezAlcaldesa del cantón de Barva

Su estandarte: una sonrisa

Luego de una hora de conversación, su entusiasmo contagia, no en vano se defi ne como una mujer alegre. Después de describir al cantón de Barva, quisiéramos irnos a su querido pueblo, a ese lugar de la provincia de Heredia; allí sus conciudadanos la han visto desde sus inicios, años atrás, como cajera en la Municipalidad, hasta hoy: la señora Alcadesa.

A esta sencilla pero incansable funcionaria, igual la vemos inspeccionando el bacheo de una calle con la camiseta naranja que distingue a los servidores municipales barveños, como vicepresidenta de la Asociación de Alcaldes, en las sesiones del Concejo, luchando por fondos para su comunidad en el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, que en los pasillos de la Universidad Latina como aventajada estudiante en la carrera de derecho.

Esta herediana de pura cepa, ha vencido, con creces, la tradición de un pueblo machista, dirigido por hombres, durante 160 años. Sin duda, Mercedes, como prefi ere que la llamen, es una mujer exitosa.

Sin olvidar sus grandes sueños como convertir a su cantón en una zona de alto tráfi co turístico, fundamentado en la naturaleza y su acervo cultural, la satisfacen también las pequeñas obras, todas ellas con un norte claro: ayudar a los barveños y una estrategia defi nida, actitud positiva y fe en Dios, su fortaleza.

Haber convertido en el ícono de su pueblo las mascaradas que los barveños llevan en el corazón, colocar en esquinas y parques del cantón esculturas de altísimo valor artístico, para disfrute del pueblo y de los visitantes, procurar albergue a desamparados y ancianos en riesgo social, son su carta de presentación.

Confi esa que se ha formado en el crisol de la experiencia y la práctica diaria, sin embargo, sintió que su deseo de superación constante la

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