retención en la furnte

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RETENCIÓN EN LA FUENTE es un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retención.

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RETENCIN EN LA FURNTE

RETENCIN EN LA FUENTEes un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retencin.

Pagos por concepto laboral

Comisiones - servicio de restaurante y hotelera

Rendimiento financiero

Productos mineros y exportacin de oro- tarjeta de crdito o debito

COMO OPERA LA RETENCIN EN LA FUENTEDebe existir una transaccin econmica entre dos personas diferenteEl retenido debe ser contribuyente del impuesto de renta El retenido debe ser el que vende o presta, es decir quien compra Sobre el concepto de la transaccin econmica, la ley expresamente clarifica la obligatoriedad de efectuar la retencin

ELEMENTOS DE LA RETENCIN DE LA FUENTESujeto pasivoAgente retenedor Pago o abono en cuenta Base de retencinTarifa

QUIENES SON LOS RETENEDORES

OBLIGACIONES1. Practicar la retencin en la fuente (Art. 375 E.T.) 2. Presentar declaraciones (Art. 382 E.T.) Periodo 3. Consignar lo retenido (Art. 376 y 377 E.T) 4. Expedir certificados (Art. 378y 381 E.T) 5.Llevar registros contables

AGENTES DE RETENCIN A TITULO DE RENTA

IVA IVA L MISMO SE RETIENEREGIMEN SIMPLIFICADOREGIME COMNREGIMEN COMN (GRAN CONTRIBUYENTE)

MANEJO CONTABLE DE LA RETENCION A TITULO DE RENTA Vendedor

compradorRgimen simplificadoRgimen comnGran contribuyenteGran contribuyente (auto retenedor)R. simplificadoNONONONORgimen comnSISINONORgimen contribuyenteSISISINORgimen Contribuyente retenedorSISISINO

Ejemplo para efectuar la retencin el la fuente

CASOS EN QUE NO SE PUEDE EFECTUAR RETENCIN1.Cuando el valor de la compra o el servicio no supere la base mnima para aplicar retencin (27 UVT en compras y 3 en servicios).2.Cuando el sujeto pasivo (quien vende el producto o presta el servicio) es une empresa perteneciente al Rgimen especial en el Impuesto a la renta (Cooperativas, ONG, fundaciones, etc.).3.Cuando el pago se hace un persona o empresa que no es contribuyente en el impuesto a la renta.4.Cuando en algunos casos por expresa disposicin legal no se debe practicar retencin en la fuente.5.No se debe practicar retencin en la fuente sobre rentas consideradas exentas.6.No se debe practicar retencin en la fuente sobre los Ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.7.Tampoco se practica retencin en la fuente sobre las transacciones que se realicen en la bolsa de energa.

8.No se practica retencin en la fuente a la Nacin, los Departamentos y sus asociaciones, los Distritos, los Territorios Indgenas, los Municipios y las dems entidades territoriales, las Corporaciones Autnomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, las reas Metropolitanas, las Asociaciones de Municipios, las Superintendencias, las Unidades Administrativas Especiales, las Asociaciones de Departamentos y las Federaciones de Municipios, los Resguardos y Cabildos Indgenas, los establecimientos pblicos y los dems establecimientos oficiales descentralizados, siempre y cuando no se sealen en la ley como contribuyentes.9.No se debe practicar retencin en la fuente cando el vendedor del bien o prestador del servicio es un autor retenedor, puesto que ste es el responsable de la retencin y es el mismo quien debe practicar la respectiva retencin.10.No estn sometidos a retencin en la fuente los pagos por concepto de recompensas, puesto que en opinin del Consejo de estado en sentencia de marzo 31 de 2000 expediente 9864, practicar retencin en la fuente por las recompensas significa revelar la identidad del beneficiario de la recompensa, lo cual rie con la proteccin de la identidad que la ley ofrece a quienes actan como informantes.

RETENCION EN LA FUENTE SOBRE LOS SALARIOSGENERALIDADES

Retencin en los salarios Es una herramienta que se utiliza como instrumento de recaudo del tributo de forma anticipada, considerando a rentas del trabajo como:Los sueldos Las comisiones Los honorarios Las compensaciones por actividades culturalesO por prestacin de servicios de personas jurdicas cuando el trabajo o la actividad se desarrollen dentro del pas.

La retencin en la fuente por salario es la nica retencin que se debe aplicar en el momento del pago, no en la contabilizacin si no que se le paga al trabajador por dicha labor.

-PROCEDIMIENTO # 1 TOMA EN CUENTA LOS INGRESOS DEL MES DONDE SE LE APLICA LA RENTENCION

PROCEDIMIENTO #2 PROMEDIO : Ingreso promedio de 12 meses anteriores los cambios se debern hacer en junio o diciembre y no es necesario llevar los 12 meses ya que con dos meses es suficiente.Ya que el segundo procedimiento toma en cuanta el ingreso del trabajador en los ltimos 12 meses

En este caso para poder aplicar el procedimiento se debe esperar hasta junio o diciembre que son los meses en los cuales se debe calcular este procedimiento.

Para pasarse al procedimiento 2 no es necesario que lleve 12 meses la norma permite que al calculo se le haga con un numero inferior a los 12 meses por lo que ha de suponer va hacer suficiente para terminar el promedio pero para poder tomar los dos meses el empleado por lo menos lleve laborando 3 meses.

MARCO LEGAL DE LA RETENCION DE LA FUENTE SOBRE SALARIOS

Segn los art. De E.T. 383-385-386-387

EJEMPLOSTrabajador en el 2do semestre del ao # 1 obtuvo ingresos bajosPara el 1er semestre del ao 2 se le duplican los ingresos en este caso se le aplicara el procedimiento #2 porque se le toma el promedio de los ltimos 12 meses y los ingresos para los meses anteriores al primer semestre del ao #2 estos ingresos fueron bajos EJEMPLO 2: en el ao 0 1 obtuvo 1.000.000 de pesosY para el ao #2 obtuvo un promedio de 4.000.000 de pesos Se le aplica el procedimiento #2 que es promedio ya que en el tiempo se le cuadriplicaron los ingresos.

PROCEDIMIENTO #2 VENTAJAS

PROCEDIMIENTO #1 DESVENTAJAS

CONCLUSIONES Despus de conocer todo lo que hemos hablado de que se trata la retencin en la fuente, podemos decir que si los ingresos de un empleado se incrementan considerablemente hacia el futuro el procedimiento mas aconsejable es el #2 bebido a que este se calcula con el promedio de los ingresos anteriores, y cuando estos son menores la base de la retencin ser menor. Cuando los ingresos son constantes prcticamente es indiferente aplicar un mtodo. Una empresa puede aplicarle a un trabajador un procedimiento diferente, no es obligacin que se le aplique el mismo procedimiento al resto de los trabajadores, lo que si es obligatorio es aplicar el mismo procedimiento a un trabajador durante los 6 meses siguientes o hasta la fecha que se calculara el procedimiento #2 Sabemos que la retencin es un mecanismo que permite pagar anticipadamente los impuestos en el caso de los asalariados, estos a veces no son disciplinados de hacer un provisin para el pago de puesto de renta y cuando llega la hora de pagar el impuesto el asalariado no tiene el dinero o la suficiente retencin y le corresponde pagar la retencin de la renta.Es una forma de ahorrar para pagar posteriormente los impuestos.

Lavf55.34.101