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1 REPÚBLICA DE GEORGIA Actualización sobre la pena de muerte ENERO DE 1994 RESUMEN ÍNDICE AI: 56/01/94/s DISTR: SC/CO/GR La ex república soviética de Georgia, al igual que los 15 estados que han surgido tras la disolución de la URSS, es retencionista en materia de pena de muerte. Aunque fue la primera república que abolió realmente este castigo para algunos delitos incluidos en el código penal vigente en la época en la que formaba parte de la URSS, una disposición constitucional posterior en favor de la abolición no se ha consagrado en la legislación, y Georgia afronta hoy en día un número creciente de peticiones de ampliación del ámbito de aplicación de la pena de muerte. Según los informes, al menos 13 personas fueron ejecutadas en 1993, entre ellas 7 en el mes de noviembre, después de la promulgación de un decreto transitorio que permite las ejecuciones sumarias. Este informe examina los antecedentes de la pena de muerte en Georgia, y actualiza la información que contenía el documento Georgia: Alleged human rights violations during the conflict in Abkhazia (índice AI: EUR 56/07/93). Amnistía Internacional se opone sin reservas a la pena de muerte en todos los casos en todo el mundo, porque considera que es una violación del derecho a la vida, garantizado universalmente. La organización pide a las autoridades georgianas que conmuten todas las condenas a muerte pendientes, que garanticen que toda persona condenada a muerte goza del derecho de apelación ante un tribunal de jurisdicción superior y que anulen todas las órdenes oficiales que autorizan las ejecuciones sumarias. PALABRAS CLAVE: PENA DE MUERTE1 / CONDENA A MUERTE / EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL / TRIBUNALES MILITARES / GRUPOS ÉTNICOS / LEGISLACIÓN DE EMERGENCIA / CONFLICTO ARMADO / CAMBIO CONSTITUCIONAL Este informe resume un documento titulado República de Georgia: actualización sobre la pena de muerte (índice AI: EUR 56/01/94/s), publicado por Amnistía Internacional en enero de 1994. Cualquier persona que desee conocer más detalles o emprender

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REPÚBLICA DE GEORGIA Actualización sobre la pena de muerte ENERO DE 1994 RESUMEN ÍNDICE AI: 56/01/94/s DISTR: SC/CO/GR La ex república soviética de Georgia, al igual que los 15 estados que han surgido tras la disolución de la URSS, es retencionista en materia de pena de muerte. Aunque fue la primera república que abolió realmente este castigo para algunos delitos incluidos en el código penal vigente en la época en la que formaba parte de la URSS, una disposición constitucional posterior en favor de la abolición no se ha consagrado en la legislación, y Georgia afronta hoy en día un número creciente de peticiones de ampliación

del ámbito de aplicación de la pena de muerte. Según los informes, al menos 13 personas fueron ejecutadas en 1993, entre ellas 7 en el mes de noviembre, después de la promulgación de un decreto transitorio que permite las ejecuciones sumarias. Este informe examina los antecedentes de la pena de muerte en Georgia, y actualiza la información que contenía el documento Georgia: Alleged human rights violations during the conflict in Abkhazia (índice AI: EUR 56/07/93). Amnistía Internacional se opone sin reservas a la pena de muerte en todos los casos en todo el mundo, porque considera que es una violación del derecho a la vida, garantizado universalmente. La organización pide a las autoridades georgianas que conmuten todas

las condenas a muerte pendientes, que garanticen que toda persona condenada a muerte goza del derecho de apelación ante un tribunal de jurisdicción superior y que anulen todas las órdenes oficiales que autorizan las ejecuciones sumarias.

PALABRAS CLAVE: PENA DE MUERTE1 / CONDENA A MUERTE / EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL / TRIBUNALES MILITARES / GRUPOS ÉTNICOS / LEGISLACIÓN DE EMERGENCIA / CONFLICTO ARMADO / CAMBIO CONSTITUCIONAL

Este informe resume un documento titulado República de Georgia: actualización sobre la pena de muerte (índice AI: EUR

56/01/94/s), publicado por Amnistía Internacional en enero de 1994. Cualquier persona que desee conocer más detalles o emprender

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acciones sobre esta cuestión deberá consultar el documento completo. SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA

REPÚBLICA DE GEORGIA ACTUALIZACIÓN SOBRE LA PENA DE MUERTE

Enero de 1994 Índice AI: EUR 56/01/94/s Distr: SC/CO/GR

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SECRETARIADO INTERNACIONAL, 1 EASTON STREET, LONDRES WC1X 8DJ, REINO UNIDO TRADUCCIÓN DE EDITORIAL AMNISTÍA INTERNACIONAL, ESPAÑA ÍNDICE DE MATERIAS Introducción ............................................... 2 Los derechos humanos y la pena de muerte ................... 2 La pena de muerte en la Georgia soviética .................. 2 Aplicación de la pena de muerte en la Georgia soviética .... 2 Estadísticas sobre la aplicación de la pena de muerte en la

Georgia soviética ................................ 2 El desarrollo de una política georgiana independiente ...... 3 Pasos hacia la abolición-Georgia, primera república en tomar

medidas dentro de la URSS ........................ 4 Se anuncia una moratoria sobre la pena de muerte ........... 4 Restauración de la Constitución de 1921 y abolición de la pena

de muerte para más delitos. ...................... 5 Crece la oposición a la abolición .......................... 5 Ejecuciones en Abjasia ..................................... 6 Introducción de nuevas leyes que conllevan posibles condenas

a muerte ......................................... 7 El decreto de Eduard Shevardnadze sobre ejecuciones sumarias

................................................. 8 El argumento de la «disuasión» en favor de la retención de

la pena de muerte ................................ 9 Conclusión ................................................ 10

APÉNDICE I- La pena de muerte en el código penal APÉNDICE II- Presos pendientes de ejecución en febrero de 1992 APÉNDICE III- Extractos de normas internacionales APÉNDICE IV- Información estadística sobre la pena de muerte

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REPÚBLICA DE GEORGIA Actualización sobre la pena de muerte Introducción Amnistía Internacional se opone sin reservas a la pena de muerte en todos los casos en todo el mundo, porque considera que es una violación del derecho a la vida, garantizado universalmente. La ex república soviética de Georgia, al igual que los 15 estados que han surgido tras la disolución de la URSS, es retencionista en materia de pena de muerte. Aunque fue la primera república que abolió realmente este castigo para algunos delitos incluidos en

el código penal vigente en la época en la que formaba parte de la URSS, Georgia afronta hoy en día un número creciente de peticiones de ampliación del ámbito de aplicación de la pena de muerte. Según los informes, al menos 13 personas fueron ejecutadas en 1993, entre ellas 7 en el mes de noviembre, después de un decreto transitorio que permitía las ejecuciones sumarias. Este informe examina los antecedentes de la pena de muerte en Georgia, y proporciona una actualización sobre la información anterior que contenía el documento titulado Georgia: Alleged human rights violations during the conflict in Abkhazia (índice AI: EUR 56/07/93). Este último informe también proporciona información general sobre la República de Georgia. Los derechos humanos y la pena de muerte Cualquiera que sea la razón que dé un gobierno para matar a presos y cualquiera que sea el método de ejecución utilizado, la pena de muerte no puede separarse de la cuestión de los derechos humanos. El artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos proclama que "Todo individuo tiene derecho a la vida". El artículo 5 afirma categóricamente que "Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes". Amnistía Internacional considera que la pena de muerte viola estos derechos. La pena de muerte en la Georgia soviética

Georgia entró a formar parte del imperio ruso a comienzos del siglo XIX. Después de la revolución bolchevique se instauró una república independiente en mayo de 1918, pero a principios de 1921 cayó ante las fuerzas del Ejercito Rojo soviético y Georgia se convirtió en una república de la URSS. El sistema legal y los códigos penales que se elaboraron posteriormente estaban basados en modelos centralizados soviéticos. Gran parte de la doctrina socialista clásica ha rechazado el uso de la pena de muerte y, conforme a los principios socialistas, la teoría criminal y penal soviética tendió formalmente a dar preferencia a la corrección y a la reeducación más que al castigo como forma de acabar con los delincuentes y la criminalidad. A pesar de esto, la pena de muerte judicial se utilizó

a lo largo de la mayor parte de la historia de la URSS, excepto

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durante cortos períodos de tiempo en 1917, 1920 y entre 1947 y 1950. Aunque se hacía referencia a la pena de muerte como a "una medida de castigo excepcional" vigente solamente "hasta su completa abolición", hasta 1991 podía imponerse por 30 delitos incluidos en el código penal de la República Socialista Soviética de Georgia, incluidos delitos cometidos en tiempo de paz en los que no se había utilizado la violencia. Al igual que en el resto de la URSS y en otros casos penales, los casos que conllevaban una posible condena a muerte eran juzgados por un tribunal de 3 jueces, de los cuales solamente uno estaba capacitado profesionalmente. Los otros eran jueces no profesionales conocidos como "asesores del pueblo" que se reunían durante un

máximo de 4 semanas en 2 años. La sentencia se dictaba por un veredicto mayoritario. Los presos podían apelar contra la sentencia o el veredicto ante el tribunal inmediatamente superior, pero en algunos casos juzgados ante el Tribunal Supremo de Georgia como tribunal de primera instancia, a los presos se les denegaba explícitamente el derecho de apelación (véase más adelante). Las condenas a muerte también podían reducirse a través de una nueva vista judicial, si la autoridad judicial pertinente presentaba una objeción y, si todo lo demás fallaba, los presos podían pedir clemencia. Ésta podía ser concedida por el Presidium del Soviet Supremo (parlamento) de Georgia, y por su equivalente en la URSS. Aplicación de la pena de muerte en la Georgia soviética

Todos los aspectos relativos a la aplicación de la pena de muerte en la Georgia soviética estaban rodeados de secreto, al igual que en otras partes de la URSS. La siguiente información sobre la forma en que se llevaban a cabo las ejecuciones fue proporcionada a delegados de Amnistía Internacional durante una visita que realizaron a Georgia en febrero de 1992 por el entonces director de la prisión de Ortachala en la capital, Tiflis. Los detalles parecen seguir una pauta común al resto de la Unión Soviética. Justo antes de la ejecución, algunos funcionarios, entre los que se encontraba un médico, el director de la cárcel y un representante del ministerio fiscal, estaban presentes para ser testigos de la lectura de la orden de ejecución. Un sólo verdugo llevaba a cabo la ejecución, por disparo de arma de fuego, en una

cámara especial. A los presos no se les permitía ver a sus familias antes de la ejecución, y a éstas no se les entregaban los cadáveres posteriormente, sino que se enterraban en tumbas sin identificar en los terrenos de la prisión. Las ejecuciones tenían lugar en la Prisión de Ortachala. Los presos condenados a muerte en las repúblicas soviéticas vecinas de Armenia y Azerbaiyán, que carecían de instalaciones propias, también eran enviados allí para su ejecución. Esta práctica se había interrumpido en enero de 1992, después de la disolución de la URSS. Estadísticas sobre la aplicación de la pena de muerte en la Georgia soviética

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Entre 1934 y 1991 no se publicaron estadísticas oficiales sobre la aplicación de la pena de muerte en la Unión Soviética, y en las que se dieron a conocer referentes a 1991 no se desglosaban los datos sobre las distintas repúblicas constituyentes. Según la información que tiene Amnistía Internacional, las primeras estadísticas oficiales pormenorizadas que hizo públicas la Georgia soviética fueron las que facilitó a la organización el entonces Ministro de Justicia, un abolicionista llamado John Khetsuriani, en marzo de 1992. Estas cifras abarcaban los años entre 1980 y 1991 y documentaban que durante este período habían sido condenadas a muerte 124 personas y ejecutadas 65. La mayor parte de las condenas y ejecuciones fueron impuestas por asesinato premeditado con agravantes (artículo 104 del Código Penal de Georgia), aunque las

cifras también indicaban que había habido 6 ejecuciones por delitos económicos en los que no se había utilizado la violencia. En el Apéndice IV hay una lista de las estadísticas completas, tal y como fueron entregadas por el ministro. Durante los años de la influencia soviética en Georgia ninguna de estas cifras estuvieron disponibles públicamente. Al igual que ocurría en el resto de la URSS, los informes que aparecían en la prensa sobre casos individuales eran a menudo ejemplarizantes, y con frecuencia se utilizaban asociados a campañas contra el crimen o para destacar una determinada cuestión política. Otro tipo de información surgía solamente con poca frecuencia, a través de canales no oficiales y, generalmente, sólo si el caso provocaba una controversia pública excepcional. Amnistía Internacional tiene

conocimiento de dos casos de este tipo en la Georgia soviética, y en ambos hubo peticiones no oficiales públicas de clemencia. El primero fue presentado ante el Tribunal Supremo de la República Socialista Soviética de Georgia en octubre de 1982, y pidió una revisión de la condena a muerte dictada para Georgy Dzhandzhalashvili, que había sido condenado por matar a un hombre de 19 años en una reyerta. Los demandantes alegaron que el cargo contra Dzhandzhalashvili había sido inventado por personas que se oponían a sus actividades como devoto cristiano. La responsable de la apelación fue Valentina Pailodze, miembro de la Iglesia Ortodoxa de Georgia que tenía un historial de encarcelamiento como presa de conciencia.

En 1984, fuentes no oficiales dentro de la URSS calcularon que hasta 3.000 personas, entre las que había tres miembros del Soviet Supremo de la República Socialista Soviética de Georgia, habían firmado una petición apelando contra las condenas de muerte dictadas contra cuatro jóvenes. German Kobakhidze, Paata Iverieli, su hermano Kakha Iverieli y Teymuraz Chikhadze habían sido condenados a muerte por el Tribunal Supremo de Georgia el 15 de agosto de 1984, después de que fueran declarados culpables de intento de secuestro de un avión, durante el cual murieron ocho personas (véase el informe de Amnistía Internacional titulado USSR: Petition against death sentences in Georgia, índice AI EUR 46/01/85). Según informes de fuentes no oficiales, al menos uno de los

secuestradores condenados mencionados antes fue ejecutado, pero

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Amnistía Internacional sigue sin tener información sobre la suerte que corrieron los otros. Una medida de la sensibilidad que había en torno a la pena de muerte en la época soviética, al igual que en torno a otras cuestiones que las autoridades consideraban inaceptables políticamente, puede verse en la detención del georgiano Emmanuil Tvaladze en junio de 1985, después de que se encontraran en su piso documentos que incluían material sobre el secuestro mencionado anteriormente y la protesta pública que se desencadenó con la imposición de las condenas a muerte. En junio de 1986 fue condenado a ocho años de cárcel y exilio interno por "agitación y propaganda antisoviéticas", pero quedó en libertad en marzo de 1987.

El desarrollo de una política georgiana independiente Con la llegada a la URSS de la "perestroika" y la política de "glasnost" o apertura, algunos de los temas que antes eran tabú comenzaron a discutirse en público, con menor temor a represalias oficiales. Entre estos temas, junto al de la pena de muerte, estaban las aspiraciones nacionales de una mayor independencia entre las repúblicas constituyentes. En los pasos que dieron para alejarse de la autoridad soviética centralizada, las repúblicas intentaron cada vez más tomar sus

propias iniciativas legislativas. En el caso de Georgia, en noviembre de 1988 el parlamento proclamó la soberanía de la República Socialista Soviética de Georgia y la primacía de sus propias leyes sobre las de la URSS, y en marzo del año siguiente declaró nulos los tratados de 1921 y 1922, mediante los cuales Georgia había pasado a formar parte de la Unión Soviética. Pasos hacia la abolición - Georgia, primera república en tomar medidas dentro de la URSS Aunque el debate sobre la necesidad de limitar los delitos punibles con la muerte había tenido lugar durante varios años a nivel federal, Georgia se convirtió en 1991 en la primera república de la ex Unión Soviética que tomó medidas concretas para abolir

la pena de muerte. El 20 de marzo el parlamento abolió la pena de muerte para cuatro delitos de tipo económico que no entrañaban el uso de la violencia: falsificar dinero o valores, o hacerlos circular (artículo 88 del Código Penal), violación de las normas de cambio de moneda (artículo 89), robo a gran escala de bienes sociales o estatales (artículo 96-I) y aceptación de sobornos (artículo 189). Varios meses después, una ley del 2 de agosto de 1991 abolió la pena de muerte para dos delitos más: evasión de llamada a filas por movilización (artículo 82) y secuestro aéreo (artículo 242-2), algo digno de mención a la luz de la petición descrita anteriormente. Aunque estas medidas tuvieron eco en el parlamento soviético, que en julio de 1991 redujo el ámbito de aplicación de la pena de

muerte a cinco delitos y eximió a todas las mujeres (véase el informe

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de Amnistía Internacional titulado URSS: Perspectivas para la abolición de la pena de muerte, índice AI 46/20/91/s), había pasado tiempo desde que las repúblicas constituyentes incorporaron toda la legislación federal a sus propias leyes. El fallido intento de golpe de estado en Moscú en agosto de 1991 anunció la extinción de la URSS hacia finales de ese año, dejando que los estados recién independizados siguieran su propia línea política. Se anuncia una moratoria sobre la pena de muerte Las primeras medidas encaminadas hacia la abolición descritas previamente se tomaron bajo el gobierno de Zviad Gansakhurdia, que en mayo de 1991 resultó reelegido por una abrumadora mayoría de

votos, en las primeras elecciones presidenciales directas celebradas hasta el momento en Georgia. Sin embargo, a finales de año había estallado un conflicto armado en la capital, Tiflis, y el presidente Gansakhurdia fue depuesto en enero de 1992. Un Consejo Militar asumió el poder. En febrero de ese año, una delegación de Amnistía Internacional visitó Tiflis, y los dirigentes del Consejo Militar le comunicaron que tenían intención de imponer una moratoria sobre la aplicación de la pena de muerte hasta que se debatiera el nuevo código penal. Los delegados también pudieron obtener más información sobre la pena de muerte en la visita que realizaron a la prisión de Ortachala, donde están encarcelados los presos condenados a muerte en Georgia. En aquel momento había nueve hombres pendientes de ejecución. Cinco

de ellos habían sido condenados a muerte en 1991, y de esos cinco dos habían sido condenados sin derecho de apelación. Aunque sus condenas podían haber sido reducidas mediante una revisión judicial o una petición de clemencia (véase más arriba), la primera sólo es posible a instancias de la autoridad judicial pertinente, y la segunda sólo examina pruebas atenuantes, más que revisar la sentencia. Amnistía Internacional instó a las autoridades entonces y posteriormente a que garanticen que todos los condenados a muerte en Georgia tenían el derecho de recurrir contra la sentencia ante un tribunal de jurisdicción superior, de conformidad con las normas aceptadas internacionalmente (véanse extractos de esas normas en el apéndice III). Los nombres y detalles disponibles sobre las personas pendientes de ejecución en febrero de 1992 se encuentran en el Apéndice II.

Restauración de la Constitución de 1921 y abolición de la pena de muerte para más delitos. El Consejo Militar cumplió su intención de imponer una moratoria promulgando una declaración el 21 de febrero de 1992 según la cual se restauraba la Constitución de 1921 de la República de Georgia, que fue independiente durante un período muy breve. El artículo 19 de esta constitución consagra la abolición de la pena de muerte. Al mes siguiente el Consejo Militar traspasó los poderes legislativo y ejecutivo a un Consejo de Estado recién creado, y Eduard Shevardnadze, el ex ministro de Asuntos Exteriores de la

URSS y dirigente del Partido Comunista de Georgia en los años

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ochenta, regresó a Georgia para convertirse en su presidente. El 3 de agosto de 1993, el Consejo de Estado abolió la pena de muerte para 14 delitos militares, la mayor parte de los cuales conllevaban una posible condena a muerte si eran cometidos en tiempos de guerra o en situación de combate. Estos delitos se enumeran en el Apéndice I. Crece la oposición a la abolición Sin embargo, para pesar de Amnistía Internacional, la abolición de la pena de muerte tal y como se consagra en la constitución no se incorporó a la legislación georgiana. Aunque el Consejo de Estado promulgó un decreto el 11 de junio de 1992

dando instrucciones a las autoridades pertinentes para que redactaran propuestas a fin de adecuar la legislación a la constitución, el decreto también dejaba claro que, mientras estuvieran pendientes estas acciones, en el territorio de Georgia continuaban en vigor el sistema legal y las medidas de castigo existentes. Sigue sin aclararse la forma en que este decreto afectó a los nueve hombres que estaban pendientes de ejecución en febrero de 1992. En diciembre de 1993, por ejemplo, los parientes que Igor Tomilov tenía en Rusia todavía no sabían nada sobre la suerte que había corrido, y hasta la fecha Amnistía Internacional no ha recibido respuesta a ninguna de sus peticiones de información sobre la situación de esta persona. Desde aquel momento, algunos factores, como el aumento del

número de delitos y el conflicto armado en Abjasia (una región del noroeste de Georgia), han ido endureciendo cada vez más la opinión pública en contra de la abolición de la pena de muerte, y han dado como resultado un cambio de la tendencia anterior en favor de la abolición, que habían recibido una buena acogida. Según los informes recibidos, se llevaron a cabo ejecuciones durante los combates por el control de Abjasia, se introdujeron en el código penal dos nuevos delitos que podían conllevar una condena a muerte y, en noviembre de 1993, Eduard Shevardnadze promulgó un decreto transitorio que permitía las ejecuciones sumarias para los saqueadores. Ejecuciones en Abjasia El conflicto armado estalló en Abjasia el 14 de agosto de 1992,

cuando las tropas georgianas entraron en la región y se hicieron con el control de la capital, Sujumi (para información general sobre este conflicto y las preocupaciones de Amnistía Internacional, véase el documento titulado Georgia: Alleged human rights violations in Abhazia, índice AI: EUR 56/07/93/s). Según los informes recibidos, cientos de personas murieron en el conflicto y, al parecer, tanto las fuerzas abjasias como las georgianas llevaron a cabo algunas ejecuciones. El primer caso sobre el que tuvo información Amnistía Internacional fue el de Vitaly Gladkikh, miembro de la etnia rusa que, según la información aparecida en la prensa, fue condenado a muerte el 10 de noviembre de 1992 por un tribunal militar georgiano en Sujumi. Según los informes, fue acusado de ser un mercenario

al servicio de los abjasios y ejecutado cinco días después. Al

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parecer, un segundo hombre también fue condenado por un tribunal similar por aquellas fechas. Según los informes recibidos, Gia Khachirashvili, perteneciente a la etnia georgiana, fue declarado culpable de traición y fusilado posteriormente, aunque Amnistía Internacional no conoce las fechas exactas. Después de estos informes, Amnistía Internacional escribió a una serie de funcionarios de Georgia para solicitar que se aclarase la condición de estos tribunales militares. La organización también preguntó si los dos hombres habían tenido derecho a un abogado defensor de su propia elección durante el proceso legal y si se les había dado la oportunidad de presentar un recurso durante el tiempo transcurrido entre la sentencia y la ejecución, que al

parecer fue muy corto. Durante una visita realizada a Londres en febrero de 1993, el doctor Ramaz Klimiashvili, vicepresidente del Comité Estatal de Georgia para los Derechos Humanos y las Relacione Étnicas, manifestó a Amnistía Internacional que estas ejecuciones habían tenido lugar sin el consentimiento ni la autorización del gobierno georgiano, que las consideraba extrajudiciales. El entonces ministro de Justicia, Konstantin Kemularia, añadió, en una carta fechada el 14 de abril de 1993, que los militares georgianos en Abjasia habían establecido los consejos de guerra en Abjasia por iniciativa propia, que habían sido declarados nulos inmediatamente, probablemente por las autoridades civiles, y que el Ministerio Fiscal estaba llevando a cabo una investigación sobre los casos.

Desde el 10 de diciembre de 1992, los consejos de guerra habían estado funcionando en la zona y aplicaban las mismas leyes que los tribunales civiles. Según el ministro, los acusados en estos consejos de guerra tenían "generalmente" el derecho de apelación o indulto. Amnistía Internacional ha recibido informes sobre un caso más de ejecución llevada a cabo por las tropas georgianas en septiembre de 1993, antes de que perdieran el control sobre Abjasia. Según informaciones aparecidas en la prensa, al parecer tres miembros de la organización paramilitar "Mkhedrioni" (Jinetes) -N. Gelashvili, D. Maysuradze y V. Nikolayevili- fueron ejecutados junto con un comandante de las fuerzas aéreas Georgia el 19 de abril de 1993 en la cárcel de Dranda, controlada por los georgianos, por intentar secuestrar un avión en el aeropuerto de Sujumi. Amnistía

Internacional no sabe qué tribunal les juzgó. Al parecer, fuerzas leales a las autoridades abjasias en el conflicto también han llevado a cabo ejecuciones. Amnistía Internacional expresó su preocupación acerca de los informes que indicaban que al menos 12 personas acusadas de saqueo fueron fusiladas en Gagra a primeros de octubre de 1992 por unidades al mando del comandante militar abjasio. Durante una visita realizada a Londres en enero de 1994, Akri Mikhaylovich Dzhergeniya, el Fiscal de Abjasia con sede en Sujumi, confirmó a Amnistía Internacional que el código penal vigente allí está el basado en el de georgia, y que mantiene la pena de muerte en la legislación. Informó que en aquel momento había cinco a seis

personas condenadas a muerte en Abjasia, todas ellas por asesinato.

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Previamente, los funcionarios georgianos pertinentes habían oído las apelaciones finales y las peticiones de clemencia. Sin embargo, esto no ha vuelto a ocurrir desde que comenzaron las hostilidades y, en la situación actual en Abjasia no hay un organismo específico para examinar las peticiones de clemencia. Amnistía Internacional ha insistido ante las autoridades abjasias que en aplicación de la legislación internacional, toda persona condenada a muerte tiene derecho a apelar ante un tribunal de jurisdicción superior y a solicitar el indulto o la conmutación de la pena. La organización instó a las autoridades a que tomaran todas las medidas necesarias para asegurar que se establezca un sistema de apelación automático y que no puedan dictarse sentencias

de muerte mientras esté pendiente una revisión del caso o la sentencia. Introducción de nuevas leyes que conllevan posibles condenas a muerte Durante una visita realizada a Londres en octubre de 1993, Mindia Ugrekhelidze, presidente del Tribunal Supremo de Georgia, confirmó a Amnistía Internacional que el código penal vigente actualmente es el de la República Socialista Soviética de Georgia, que data del 30 de diciembre de 1960, y que no había sido enmendado para adecuarlo a la disposición que estipula la abolición. Además, en 1993 se añadieron al código penal dos nuevos delitos que conllevan una posible condena a muerte, con lo cual se eleva a 12 el número

total de delitos de este tipo. Los dos nuevos delitos son "actividades mercenarias en un conflicto armado o en operaciones militares" (artículo 65-I, introducido mediante una ley del 17 de marzo de 1993) y "genocidio" (artículo 66-I, introducido mediante una ley del 8 de julio de 1993). Las tensiones étnicas en Georgia y las acusaciones de que mercenarios del norte del Cáucaso ruso estaban ayudando a los abjasios pueden haber influido en estos cambios. En el Apéndice I se facilita una lista de los delitos que conllevan actualmente una posible condena a muerte y aquellos para los que ésta ha sido abolida, según la información entregada a Amnistía Internacional por el presidente del Tribunal Supremo.

El decreto de Eduard Shevardnadze sobre ejecuciones sumarias Durante 1993, el estado de emergencia estuvo vigente en Georgia en varias ocasiones. A finales de septiembre de 1993, las fuerzas abjasias habían controlado la mayor parte de Abjasia, y en el oeste de Georgia se complicó aún más la situación con el regreso, ese mismo mes, del ex presidente Zviad Gamsakhurdia. A esto siguió una breve guerra civil entre los georgianos, en medio de acusaciones de que fuerzas de ambas partes estaban involucradas en saqueos y otros delitos, antes de que la mayor parte de los partidarios de Gamsakhurdia huyeran o se rindieran. Con esta situación de fondo, Eduard Shevardnadze promulgó el

2 de noviembre de 1993 un decreto que autorizaba, de forma

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transitoria, medidas que permitían la ejecución sumaria para casos de bandolerismo o saqueo en zonas de combate. Cinco días después de la promulgación del decreto, el Ministerio del Interior informó que dos partidarios armados de Zviad Gamsakhurdia y siete vecinos de Zugdidi habían sido fusilados en esa localidad, acusados de saqueo. Al parecer, el comandante de la capital, Tibilisi, manifestó posteriormente ese mismo mes que "varias" personas habían sido ejecutadas sumariamente durante un toque de queda, después de haberse negado a presentar documentos de identidad. Aunque reconoció que el decreto pretendía frenar los excesos

de los agentes de policía y los soldados gubernamentales acusados de delitos violentos contra la población civil, Amnistía Internacional expresó inmediatamente su seria y apremiante preocupación por el hecho de que Georgia estuviera violando las obligaciones contraidas en virtud de la legislación internacional al permitir las ejecuciones sumarias. Cualquier derogación de las obligaciones relativas a los derechos humanos y las libertades fundamentales durante un estado de emergencia debe permanecer estrictamente dentro de los límites estipulados por la legislación internacional. Lo que es más importante, nunca puede suspenderse el derecho a la vida, ni siquiera durante un estado de emergencia. En el pasado, Eduard Shevardnadze había afirmado que Georgia cumpliría totalmente sus obligaciones como estado miembro tanto

de las Naciones Unidas como de la Conferencia de Seguridad y Cooperación en Europa (CSCE). Además, la República de Georgia está obligada a cumplir las normas internacionales de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), en virtud de su condición de estado sucesor de la ex Unión Soviética. Las obligaciones con respecto al PIDCP y a la CSCE incluyen la protección inequívoca del derecho a la vida. Además, la resolución 1989/65, adoptada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) el 24 de mayo de 1989, establece que los gobiernos prohibirán por ley todas las ejecuciones extralegales, arbitrarias y sumarias, y garantizarán que todas las ejecuciones de este tipo son reconocidas como delito en sus legislaciones penales. Las circunstancias excepcionales,

tales como el estado de guerra, la inestabilidad política interna o cualquier otra emergencia pública, no pueden invocarse como justificación de tales ejecuciones, que no deben llevarse a cabo bajo ninguna circunstancia. Amnistía Internacional instó a Eduard Shevardnadze a que anulara todas las órdenes oficiales que autorizaban las ejecuciones sumarias, y a que, en su lugar, tomara todas las medidas necesarias para garantizar que todos los presuntos responsables de delitos eran juzgados, estrictamente dentro de los límites que marca la legislación internacional. La organización también le instó públicamente a que dictara órdenes que dejasen claro que se prohíbe al personal encargado de hacer cumplir la ley llevar a cabo una política de ejecuciones sumarias, y que cualquiera que lleve a cabo

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tal política será procesado. En el momento de redactar este informe no se había recibido ninguna respuesta. El argumento de la «disuasión» en favor de la retención de la pena de muerte Al tener que hacer frente a un índice de criminalidad que aumenta a un ritmo vertiginoso y a crecientes peticiones de medidas firmes, el argumento de que la pena de muerte actúa como factor disuasorio se oye con mayor frecuencia. Por ejemplo, el 24 de diciembre de 1993, el Comité de Legislación del parlamento de Georgia propuso introducir la pena de muerte para el secuestro y el tráfico de drogas.

Un número incontable de hombres y mujeres han sido ejecutados en todo el mundo. Sus muertes se justifican mediante el argumento de que disuadirán a otros de cometer delitos, especialmente el delito de asesinato. Sin embargo, los estudios realizados una y otra vez en diferentes países no han podido encontrar pruebas convincentes de que la pena de muerte tiene una capacidad especial para disuadir a otros de cometer delitos concretos. Es un error suponer que todos los que cometen un delito tan grave como el asesinato lo hacen después de haber calculado racionalmente las consecuencias. A menudo, los asesinatos se cometen en momentos de apasionamiento, en los que la emoción extrema se impone a la razón. También se cometen bajo la influencia del alcohol o las drogas, o en momentos de pánico, cuando el responsable es sorprendido

robando. Algunos asesinos son sumamente inestables y enfermos mentales. En ninguno de estos casos puede esperarse que el miedo a la pena de muerte tenga un efecto disuasorio. Hay otro punto débil importante en el argumento sobre la capacidad disuasoria. Las personas que planean delitos graves de forma calculada pueden decidir seguir adelante a pesar del riesgo, en la creencia de que no serán atrapadas. Los criminólogos sostienen desde hace mucho tiempo que la forma de disuadir a esas personas no es aumentar el rigor del castigo, sino la probabilidad de que sean identificadas y condenadas. En la práctica, la pena de muerte es un castigo arbitrario. Es irrevocable y siempre conlleva el riesgo de ejecutar a un

inocente. La pena de muerte elimina no sólo el derecho de la víctima a conseguir una compensación legal por una condena errónea, sino también la capacidad del estado para corregir sus errores. Conclusión Amnistía Internacional recibió con satisfacción las medidas que tomó Georgia en 1991 como primera república de la ex Unión Soviética para limitar el ámbito de aplicación de la pena de muerte, y los pasos que se dieron para consolidar esto en 1992. Por supuesto,

la organización lamenta profundamente que se hayan tomado medidas

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desde entonces que supongan un retroceso con respecto a aquella situación: la decisión de no incorporar inmediatamente en la legislación la disposición constitucional para la abolición, la introducción de dos nuevas leyes que conllevan una posible condena a muerte, y la muerte de al menos 9 personas después de la promulgación, en noviembre de 1993, de un decreto transitorio que permitía las ejecuciones sumarias. Amnistía Internacional continúa instando a las autoridades de Georgia a:

conmutar todas las condenas a muerte pendientes;

tomar sin dilación todas las medidas necesarias para asegurar que se incluye en la legislación la disposición constitucional en favor de la abolición;

asegurar que a todo preso acusado de un delito punible con la muerte se le dan todas las facilidades, incluido el libre acceso a un abogado de su elección, para ser sometido a un juicio justo ante un tribunal imparcial, independiente y competente, y que se protegen los derechos del acusado en todas las etapas del proceso judicial;

asegurar que toda persona condenada a muerte tiene derecho de apelación ante un tribunal de jurisdicción superior y a solicitar

el indulto o la conmutación de la sentencia;

anular todas las órdenes oficiales que autorizan las ejecuciones sumarias y, en su lugar tomar todas las medidas necesarias para asegurar que los presuntos responsables de delitos son juzgados estrictamente dentro de los límites de la legislación internacional;

publicar instrucciones públicamente dejando claro que se prohíbe al personal encargado de hacer cumplir la ley que lleve a cabo una política de ejecuciones sumarias y que toda persona que haga esto será procesada;

aclarar la suerte que corrieron los presos pendientes de ejecución a partir de febrero de 1992;

publicar estadísticas detalladas sobre la aplicación de la pena de muerte. La resolución 1989/64 del ECOSOC de las Naciones Unidas, sobre la puesta en práctica de las Salvaguardias para garantizar la protección de los Derechos de los Condenadas a la Pena de Muerte, insta a los Estados Miembros a que publiquen, para cada categoría de delito para el que se autoriza la pena de muerte, y si es posible anualmente, información sobre el uso de la pena de muerte, incluido el número de personas condenadas a muerte, el número de ejecuciones llevadas a cabo realmente, el número de personas pendientes de ejecución, el número de sentencias de muerte anuladas o conmutadas después de la apelación y el número de ocasiones en las que se ha

concedido clemencia.

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APÉNDICE I INFORMACIÓN SOBRE LA PENA DE MUERTE EN EL CÓDIGO PENAL DE LA REPÚBLICA DE GEORGIA, PROPORCIONADA A AMNISTÍA INTERNACIONAL POR EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL SUPREMO EN OCTUBRE DE 1993 I. Delitos que conllevan actualmente una posible condena a muerte El código penal vigente en la actualidad en Georgia data del 30 de diciembre de 1960. Hasta 1991 incluía un total de 30 delitos que conllevaban una posible condena a muerte, entre los que había

algunos delitos cometidos en tiempo de paz sin uso de la violencia. Desde entonces se ha abolido la pena de muerte para 20 delitos (véase el apartado II) y se han introducido 2 nuevos delitos que conllevan una posible condena a muerte. Más adelante se proporciona una lista de los delitos que actualmente conllevan una posible condena a muerte. Todos ellos, excepto los artículos 65-I y 66-I, tiene su origen en el Código Penal de 1960: 1. Artículo 65Traición 2. Artículo 65-IGenocidio (Ley del 8 de julio de 1993) 3. Artículo 66-IActividades mercenarias en un conflicto armado

o en operaciones militares (Ley del 17 de marzo de 1993)

4. Artículo 67 Espionaje

5. Artículo 68 Acción terrorista contra un representante de un estado extranjero

6. Artículo 69 Sabotaje 7. Artículo 78 Bandolerismo 8. Artículo 78-IActividades que interrumpan el trabajo en las

instituciones de trabajo correctivo 9. Artículo 104 Asesinato con premeditación en circunstancias

agravantes 10. Artículo 117 Violación 11. Artículo 209-I Atentado contra la vida de un agente de policía

o de un guardia 12. Artículo 258 Resistencia a un superior u obligarle a que

viole deberes oficiales

II. Delitos para los que se ha abolido la pena de muerte: 1. Artículo 82Evasión de la llamada a filas por movilización (Ley

del 2 de agosto de 1991) 2. Artículo 88Fabricar o poner en circulación dinero o valores

falsos (Ley del 20 de marzo de 1991) 3. Artículo 89Violación de las normas de cambio de moneda (Ley

del 20 de marzo de 1991) 4. Artículo 96-IRobo a gran escala de bienes sociales o estatales

(Ley del 20 de marzo de 1991) 5. Artículo 189Aceptación de sobornos (Ley del 20 de marzo de 1991) 6. Artículo 242-2Secuestro de un avión (Nueva redacción del 2 de

agosto de 1991)

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7. Artículo 256Insubordinación (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia del 3 de agosto de 1992)

8. Artículo 260Uso de la fuerza contra un superior (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia del 3 de agosto de 1992)

9. Artículo 265Deserción (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia del 3 de agosto de 1992)

10. Artículo 266Abandono injustificado de una unidad en situación de combate (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

11. Artículo 269Daño o destrucción intencionada de propiedad

militar (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

12. Artículo 273Violación de las normas de servicio del turno de guardia (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

13. Artículo 275Violación de las reglas sobre cumplimiento de vigilancia en combate (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

14. Artículo 278Abuso de autoridad, autoridad excesiva e inclumplimiento del deber (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

15. Artículo 279Rendirse o abandonar al enemigo medios de hacer

la guerra (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

16. Artículo 280Abandono de un barco de guerra hundiéndose (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

17. Artículo 281Abandono injustificado del campo de batalla o negativa a utilizar un arma (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de de agosto de 1992)

18. Artículo 282Rendición voluntaria para ser hecho prisionero (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia, del 3 de agosto de 1992)

19. Artículo 284Saqueo (Decreto del Consejo de Estado de la

República de Georgia del 3 de agosto de 1992) 20. Artículo 285Uso de la fuerza contra la población en una zona

de operaciones militares (Decreto del Consejo de Estado de la República de Georgia del 3 de agosto de 1992)

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APÉNDICE II PRESOS PENDIENTES DE EJECUCIÓN EN GEORGIA QUE FUERON VISITADOS POR UNA DELEGACIÓN DE AMNISTÍA INTERNACIONAL EN FEBRERO DE 1992 La siguiente información fue proporcionada por los presos:

Ali DUGANOV, llevaba 4 años pendiente de ejecución.

Igor Arkadyevich TOMILOV, condenado a muerte el 25 de octubre de 1989 en Gagra por el Tribunal Supremo de la República Autónoma

Socialista Soviética de Abjasia, después de ser declarado culpable de asesinato premeditado (artículo 104), atentado contra la vida de un policía (artículo 209) y bandolerismo (artículo 78). Antes de la visita de la delegación, el caso de Igor Tomilov era el único caso individual del que Amnistía Internacional tenía conocimiento previo en aquel momento.

Alim Vladimirovich ABUKHBA, condenado a muerte el 10 de diciembre de 1989 en Sujumi por el Tribunal Supremo de la República de Abjasia. Su recurso ante el Tribunal Supremo de Georgia había sido desestimado.

Gela Otarovich CHUMBORIDZE, condenado a muerte el 3 de mayo de 1991 por el Tribunal Supremo de Georgia, por asesinato premeditado

(artículo 104).

Ali Aidin ogly ALIYEV, de 24 años de edad, procedente de Azerbaiyán. El Tribunal Supremo de Georgia en Tiflis le condenó a muerte el 18 de abril de 1991 por asesinato premeditado (artículo 104)

Vladimir Ivanovich CHUTLASHVILI. Un tribunal de Tiflis le condenó a muerte el 16 de mayo de 1990 por asesinato premeditado (artículo 104).

Vladimir Aslanovich ASLAMEZISHVILI. El Tribunal Supremo de Georgia en Tiflis le condenó a muerte el 22 de noviembre de 1991.

Malkhaz LOMIDZE. El Tribunal Supremo de Georgia en Tiflis le condenó a muerte sin derecho de apelación el 4 de diciembre de 1991.

Badri Vakhtangovich MATSONADZE; el Tribunal Supremo de Georgia con sede en Kareli le condenó a muerte sin derecho a apelación el 5 de diciembre de 1991 por asesinato premeditado (artículo 104).

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APÉNDICE III EXTRACTOS DE LAS NORMAS INTERNACIONALES SOBRE DERECHOS HUMANOS RELATIVAS A LA PENA DE MUERTE Declaración Universal de Derechos Humanos (artículos seleccionados) Artículo 3 Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Artículo 6 1.El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho

estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.

Resolución 1984/50 del Consejo Económico y Social: Salvaguardas para garantizar la protección de los derechos de los condenados a muerte Anexo

4.Sólo se podrá imponer la pena capital cuando la culpabilidad del acusado se base en pruebas claras y convincentes, sin que quepa la posibilidad de una explicación diferente de los hechos.

6.Toda persona condenada a muerte tendrá derecho a apelar ante un

tribunal de jurisdicción superior, y deberán tomarse medidas para garantizar que esas apelaciones sean obligatorias.

8.No se ejecutará la pena capital mientras estén pendientes algún

procedimiento de apelación u otros procedimientos de recurso o relacionados con el indulto o la conmutación de la pena.

Resolución 1989/64 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas: puesta en práctica de las salvaguardias que garantizan la protección de los derechos de los condenados a muerte (artículos seleccionados) Artículo 1 Recomienda que los Estados Miembros tomen medidas para poner en

práctica las salvaguardas y reforzar la protección de los derechos de los condenados a muerte, cuando sea pertinente, mediante:

b) El establecimiento de apelaciones o revisiones obligatorias con

disposiciones que permitan otorgar clemencia o el indulto en todos los casos de delitos punibles con la pena capital;

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c) El establecimiento de una edad máxima, más allá de la cual no se pueda condenar a muerte o ejecutar a una persona.

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Articulo 5 Insta a los Estados Miembros a publicar, para cada categoría de delitos para los que se autoriza la pena de muerte, y si es posible anualmente, información sobre la aplicación de la pena de muerte, incluido el número de personas condenadas a muerte, el número de ejecuciones llevadas a cabo realmente, el número de personas pendientes de ejecución, el número de condenas a muerte revocadas o conmutadas tras el recurso y el número de veces en que se concedió clemencia.

1

Resolución 1989/65 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, de 24 de mayo de 1989: Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias (artículos seleccionados) Artículo 1 Los gobiernos prohibirán por ley todas las ejecuciones

extralegales, arbitrarias o sumarias y velarán por que todas esas ejecuciones se tipifiquen como delitos en su derecho penal y sean sancionables con penas adecuadas que tengan en cuenta la gravedad de tales delitos. No podrán invocarse para justificar esas ejecuciones circunstancias excepcionales, como por ejemplo, el estado de guerra o de riesgo de guerra, la inestabilidad política interna ni ninguna otra emergencia

pública. Esas ejecuciones no se llevarán a cabo en ninguna circunstancia... Esta prohibición prevalecerá sobre los decretos promulgados por la autoridad ejecutiva.

Artículo 6 Los gobiernos velarán por que se mantenga a las personas privadas

de libertad en lugares de reclusión públicamente reconocidos, y se proporcione inmediatamente a sus familiares y letrados u otras personas de confianza información exacta sobre su detención y paradero, incluidos los traslados.

Artículo 9

Se procederá a una investigación exhaustiva, inmediata e imparcial de todos los casos en que haya sopecha de ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, incluidos aquéllos en los que las quejas de parientes u otros informes fiables hagan pensar que se produjo una muerte no debida a causas naturales en las circunstancias referidas.

Artículo 18 Los gobiernos velarán por que sean juzgadas las personas que la

investigación haya identificado como participantes en ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, en

1 El texto de estos artículos es una traducción no oficial.

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cualquier territorio bajo su jurisdicción... Este principio se aplicará con independiencia de quienes sean los perpetradores o las víctimas, del lugar en que se encuentren, de su nacionalidad, y del lugar en el que se cometió el delito.

Resolución 32/61 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 8 de diciembre de 1977 (artículo seleccionado) Artículo 1 [La Asamblea General] reafirma que... el principal objetivo que

debe buscarse en relación con la pena capital es restringir

progresivamente el número de delitos por razón de los cuales pueda imponerse la pena capital, con miras a la conveniencia de abolir esa pena.

Consejo de Europa: Protocolo número 6 al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, referente a la abolición de la pena de muerte (artículo seleccionado) Artículo 1 Queda abolida la pena de muerte. Nadie podrá ser condenado a tal

pena ni ejecutado.

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APÉNDICE IV

INFORMACIÓN ESTADÍSTICA SOBRE LA PENA DE MUERTE EN LA RSS DE GEORGIA 1980-1991 (proporcionada a Amnistía Internacional por el entonces Ministro de Justicia John Khetsuriani en

marzo de 1992)

Número de personas Número of persons condenadas a muerte ejecutadas Artículos 78 96-I 104 117 189 209 78 96-I 104 117 189 209 1980 4 9 1 13 1 19814 1 16 1 1 5 1

1982 4 1 12 2 4 8 1983 1 21 1 4 1 11 1984 4 16 1985 1 4 2 1986 3 7 1 2 4

1987 4 1 1 1988 5 1 1 1989 6 1 1990 4 1991 7 1 2

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En total desde 1980 a 1991, fueron condenadas a muerte* 124 personas y fueron ejecutadas 65. *Nota de AI: El número de personas condenadas a muerte que figuran en la lista supera el total de 124, cifra proporcionada por el ministro de Justicia, probablemente porque algunas personas pueden haber sido condenadas a muerte por más de un delito (por ejemplo, la violación y posterior asesinato de un menor). No se proporcionó información sobre conmutaciones.