reglamento ogj definitivo 2013

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1 PROPUESTA DE REGLAMENTO ÚNICO OFICINA DE GESTIÓN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE. 1. Misión de la Oficina de Gestión Judicial Lograr una efectiva y eficiente administración de recursos humanos y materiales a los efectos de optimizar la organización de la actividad administrativa del Colegio de Cámara de Apelación y de Primera Instancia. Esto impacta significativamente en el aumento de productividad de la tarea jurisdiccional. La Ley 13.018 en el artículo 33, establece la misión de la Oficina de Gestión Judicial del Fuero Penal: “encargarse de todas las tareas no jurisdiccionales necesarias para la aplicación del Código Procesal Penal”. Asimismo, el artículo 31 define el alcance de su misión: “organización de carácter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad judicial”. 2. Principios de la Oficina de Gestión Judicial Para el cumplimiento de su misión, la Oficina de Gestión Judicial ejercerá su función con arreglo a los siguientes principios, enunciados en el art. 31 de la Ley 13.018: a. Principios de jerarquía : la Oficina de Gestión Judicial cumplirá las políticas generales que en materia de administración de los recursos materiales, humanos, financiero, tecnológicos, de análisis estadísticos, de comunicación institucional, determine la Corte Suprema de Justicia, cumpliendo las demás funciones que legal y/o reglamentariamente se establezcan; b. División de funciones: la adopción de decisiones de naturaleza administrativa compete exclusivamente al Director. El Director de la Oficina de Gestión Judicial observará estrictamente la prohibición de realizar funciones jurisdiccionales dispuesta por el art. 30 de la Ley 13.018;

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Reglamento de la Oficina de Gestión Judicial 2013

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    PROPUESTA DE REGLAMENTO NICO

    OFICINA DE GESTIN JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE.

    1. Misin de la Oficina de Gestin Judicial

    Lograr una efectiva y eficiente administracin de recursos humanos y

    materiales a los efectos de optimizar la organizacin de la actividad

    administrativa del Colegio de Cmara de Apelacin y de Primera Instancia.

    Esto impacta significativamente en el aumento de productividad de la tarea

    jurisdiccional.

    La Ley 13.018 en el artculo 33, establece la misin de la Oficina de

    Gestin Judicial del Fuero Penal: encargarse de todas las tareas no

    jurisdiccionales necesarias para la aplicacin del Cdigo Procesal Penal.

    Asimismo, el artculo 31 define el alcance de su misin: organizacin de

    carcter instrumental que sirve de soporte y apoyo a la actividad judicial.

    2. Principios de la Oficina de Gestin Judicial

    Para el cumplimiento de su misin, la Oficina de Gestin Judicial ejercer

    su funcin con arreglo a los siguientes principios, enunciados en el art. 31

    de la Ley 13.018:

    a. Principios de jerarqua: la Oficina de Gestin Judicial cumplir las

    polticas generales que en materia de administracin de los recursos

    materiales, humanos, financiero, tecnolgicos, de anlisis estadsticos, de

    comunicacin institucional, determine la Corte Suprema de Justicia,

    cumpliendo las dems funciones que legal y/o reglamentariamente se

    establezcan;

    b. Divisin de funciones: la adopcin de decisiones de naturaleza

    administrativa compete exclusivamente al Director. El Director de la Oficina

    de Gestin Judicial observar estrictamente la prohibicin de realizar

    funciones jurisdiccionales dispuesta por el art. 30 de la Ley 13.018;

  • 2

    c. Coordinacin: la Oficina de Gestin Judicial establecer mecanismos

    de coordinacin para asegurar una gestin administrativa uniforme del

    servicio de justicia en todas las circunscripciones. Asimismo, procurar

    establecer coordinaciones efectivas con las instituciones relacionadas a la

    justicia penal, brindando toda la cooperacin que, en el marco de su

    competencia, le sea solicitada por estas, y;

    d. Control: la Oficina de Gestin Judicial ha de implementar instancias y

    procesos de control que permitan analizar, evaluar, verificar y medir el

    desempeo de la gestin, as como prever y corregir desviaciones para

    lograr los objetivos.

    3. Criterios de actuacin de la Oficina de Gestin Judicial

    La referida ley tambin establece los criterios directrices con los que la

    Oficina de Gestin Judicial debe actuar en el desempeo de sus funciones:

    a) Agilidad Desformalizacin Transparencia y Control

    Deber priorizarse el criterio de desformalizacin a los fines de lograr

    agilidad en el trmite sin descuidar un control que garantice la trasparencia

    del proceso.

    b) Eficacia

    Los procesos administrativos debern tender siempre al cumplimiento de

    las funciones definidas y los resultados esperados.

    c) Eficiencia

    La Oficina de Gestin Judicial deber enfocarse en la ptima utilizacin

    de los recursos, desarrollando los procesos de trabajo necesarios para la

    obtencin de los resultados esperados de la gestin.

    d) Racionalidad del trabajo

    e) Responsabilidad por la gestin

    f) Coordinacin Colaboracin y Trabajo en Equipo

    La coordinacin y colaboracin en los equipos de trabajo, entendindolos

    tanto como un esquema interdisciplinario e interjerrquico, nos permitir

  • 3

    obtener la flexibilidad organizativa necesaria para desarrollar una gestin

    administrativa acorde a las expectativas del nuevo sistema.

    g) Comunicacin

    Realizar los esfuerzos necesarios para mantener la coordinacin y

    comunicacin con las distintas dependencias del Estado que intervienen

    regularmente en un proceso penal y la ciudadana.

    4. Alcance del Proyecto de Reglamento

    Es deber aclarar que el presente proyecto se materializ con

    conocimientos en materia de gestin y administracin, homogeneizando

    criterios entre los distintos Directores de Gestin Judicial de nuestra

    Provincia, conforme a la experiencia personal de cada uno.

    Asimismo, se destaca que el presente proyecto podr sufrir ajustes y

    ciertas modificaciones que debern ser realizadas durante el funcionamiento

    de la Oficina de Gestin Judicial, en funcin a variables tales como volumen

    de carpetas judiciales ingresadas, personal disponible, herramientas

    informticas, etc., de acuerdo a la realidad de cada Distrito.

    5. Estructura organizacional y funcional de la Oficina de Gestin

    Judicial

    Sin perjuicio de las directrices establecidas en los artculos 31, 32 y 33

    de la Ley 13.018 en relacin a la misin y funciones de la Oficina de

    Gestin Judicial, la Ley otorga discrecionalidad al Director para distribuir y

    asignar las funciones entre las diferentes unidades de la Oficina (ver Art.33

    y ltimo prrafo del Art.32).

    En funcin de la legislacin arriba mencionada, la Oficina de Gestin

    Judicial, tendr la estructura organizacional y funcional que figuran como

    Anexo I y II adjuntos a la presente, incluyendo una descripcin detallada de

    los cargos y funciones.

  • 4

    6. Requisitos para la titularidad del rgano, Subdirecciones y

    Unidades Internas

    De acuerdo al organigrama de la Oficina de Gestin Judicial (Anexo I),

    para ser titular responsable de los rganos internos se deber reunir los

    siguientes requisitos:

    a) Direccin:

    Profesional con ttulo universitario con incumbencias en Administracin

    de Empresas o Ingeniera Industrial, con remuneracin equivalente a la de

    Juez de Primera Instancia, segn lo establece el art. 32 de la Ley 13.018.

    b) Subdirecciones:

    o Sub-Director Jurisdiccional

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca,

    con no menos de cuatro aos en el ejercicio de la profesin y

    preferentemente con especializacin y/o experiencia en la gestin pblica o

    en el Fuero Penal.

    Categora presupuestaria: Asesor de Menores.

    o Sub-Director Administrativo

    Profesional con ttulo universitario de grado en las carreras de Ciencias

    Econmicas o Ingeniera Industrial o con incumbencias en Administracin de

    Empresas, con no menos de cuatro aos en el ejercicio de la profesin y

    preferentemente con especializacin y/o experiencia en la gestin pblica.

    Categora presupuestaria: Asesor de Menores.

    o rea de Ingeniera de Procesos y Mejora Continua

    Profesional con ttulo universitario de grado en las carreras de Ciencias

    Econmicas o Ingeniera Industrial o en Sistemas, con no menos de cuatro

  • 5

    aos en el ejercicio de la profesin y preferentemente con especializacin

    y/o experiencia en la gestin pblica.

    Categora presupuestaria: Secretario de Distrito.

    c) Jefes de Unidades Internas

    A los efectos de asegurar una gestin eficiente, se establece que dado el

    grado de importancia de las Unidades Internas, las mismas sean lideradas

    por un Jefe de Unidad o de Oficina, que reportar directamente al

    Subdirector respectivo. Para la asignacin de estas jefaturas, se tendr en

    cuenta la carga de trabajo de cada Oficina.

    o Jefe Unidad de Atencin al Pblico:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca o

    personal administrativo con 5 aos de experiencia en el Poder Judicial.

    Categora presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe Unidad de Administracin de Causas:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca.

    Categora presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Oficina de Agenda y Despacho:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca o

    personal administrativo con 5 aos de experiencia en el Poder Judicial.

    . Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

    o Jefe de Oficina de Apoyo a Magistrados:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca o

    personal administrativo con 5 aos de experiencia en el Poder Judicial.

    . Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

    o Jefe de Oficina de Registros:

  • 6

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca o

    personal administrativo con 5 aos de experiencia en el Poder Judicial.

    Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

    o Jefe Unidad de Control de Condenas Condicionales:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Oficina de Coordinacin:

    Profesional con ttulo con incumbencias en Terapia Ocupacional.

    Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

    o Jefe Unidad de Control de Ejecucin de Penas:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Unidad de Sala:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Unidad de Notificaciones y Comunicaciones:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Oficina de Notificaciones:

    Profesional con ttulo universitario de grado en la carrera de Abogaca o

    personal administrativo con 5 aos de experiencia en el Poder Judicial.

    Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

    o Jefe de Oficina de Comunicaciones:

    Profesional con ttulo universitario de grado en las carreras de Ciencias

    de la Comunicacin Social.

    Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

  • 7

    o Jefe de Unidad de Informtica:

    Profesional con ttulo universitario de grado en las carreras de

    Licenciatura en Informtica, Licenciatura en Sistemas o Ingeniera en

    Sistemas.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Unidad de Recursos, Estadsticas y Servicios:

    Profesional con ttulo universitario de grado en las carreras de Ciencias

    Econmicas.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Unidad Financiera:

    Profesional con ttulo universitario de grado en las carreras de Ciencias

    Econmicas.

    Categora Presupuestaria: Secretario de Distrito.

    o Jefe de Unidad de Elementos Probatorios:

    Personal administrativo con 5 aos de experiencia en el Poder Judicial.

    Categora Presupuestaria: Oficial de Justicia.

    d) Unidades internas

    Unidad de Atencin al Pblico

    Unidad de Administracin de Causas

    Unidad de Control de Condenas Condicionales.

    Unidad de Control de Ejecucin de Penas.

    Unidad de Notificaciones y Comunicaciones

    Unidad de Salas

    Unidad de Informtica

    Unidad de Recursos, Servicios y Estadsticas

    Unidad Financiera

    Unidad de Elementos Probatorios

    El desarrollo de las actividades diarias en las Unidades Internas estar a

    cargo de personal administrativo.

  • 8

    Las condiciones laborales del personal administrativo, seguirn siendo

    las previstas en la Ley 10.160.

    7. Horarios de funcionamiento de la Oficina

    La Oficina de Gestin Judicial cumplir sus funciones en los horarios y

    turnos que se detallan a continuacin:

    Horario de Atencin al Pblico: das y horarios hbiles

    establecidos por la legislacin vigente: Lunes a Viernes de

    7:15 a 12:45 hs., siendo el horario del personal

    administrativo de 7:00 a 13:00 hs.

    Horario de Audiencias Vespertinas: en el caso que las horas

    de la maana sean insuficientes para fijar las audiencias

    necesarias, se llevarn a cabo de Lunes a Viernes de 12:45

    a 18:30 hs. para audiencias vespertinas. El personal de

    este turno deber cumplir con una jornada horaria de seis

    horas desde las 12:30 a 18:30 hs. Se provoca un

    solapamiento de media hora en el horario del personal a

    efectos que se coordinen las tareas que requieren

    continuidad.

    Turnos: de lunes a viernes de 18:30 a 7:00 hs del da

    siguiente, y sbados y domingos durante todo el da, se

    cubrirn con una guardia pasiva a organizar por la Oficina

    de Gestin Judicial.

    Si finalizado el horario de trabajo contina la audiencia, deber

    permanecer el personal afectado hasta que la misma finalice.

  • 9

    El presente proyecto de reglamento para Oficinas de Gestin Judicial se

    encuentra encuadrado dentro de las Leyes N 12.734, N 13.018 y sus

    modificatorias, estableciendo las pautas normativas generales de dichas

    Oficinas dentro del territorio de la Provincia de Santa Fe. Se presenta un

    diseo nico con el objeto de unificar procesos de trabajo.

  • 10

  • 11

    ANEXO I

    ORGANIGRAMA

    rea de Ingeniera de

    Proceso y Mejora

    Continua

  • 12

  • 13

    ANEXO II

    FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA ESTRUCTURA

    I) DE LA DIRECCIN Y LAS SUB-DIRECCIONES:

    DIRECCION OFICINA DE GESTIN JUDICIAL:

    El Director es el responsable mximo de la gestin administrativa. Tiene

    a su cargo implementar en su Colegio de Jueces la poltica de gestin que

    garantice estndares de calidad y eficiencia en el servicio judicial.

    Conforme la misin de la O.G.J., el Director tendr las siguientes

    atribuciones y responsabilidades:

    a) Proponer los criterios de gestin y la distribucin del personal para asistir

    a la funcin jurisdiccional de los Jueces, posibilitar el proceso judicial y el

    control de la gestin de la O.G.J. en cada uno de los niveles de su

    competencia.

    b) Rendir cuentas y efectuar propuestas al Juez Coordinador y elaborar el

    informe anual de gestin que se elevar al Colegio en Pleno.

    c) Procurar la unificacin de los criterios de actuacin entre los Colegios de

    Jueces y la O.G.J., a fin de coordinar y elaborar prcticas de apoyo

    administrativo al trabajo jurisdiccional que sean comunes para todos los

    jueces, propendiendo a la estandarizacin de procesos.

    d) Garantizar la asignacin y distribucin de las carpetas judiciales y

    requerimientos jurisdiccionales a los Jueces, contemplando una carga de

    trabajo razonable y equitativa.

    e) Dictar y suscribir decisiones de mero trmite y entender, eventualmente,

    en los recursos que pudieran deducirse contra las decisiones de los

    Subdirectores.

    f) Dirigir a los funcionarios y agentes con funciones en la O.G.J. El ejercicio

    de esta competencia comprende:

  • 14

    1. Ser autoridad de aplicacin del reglamento,

    con excepcin de las atribuciones reservadas a estamentos jerrquicos

    superiores.

    2. Proponer y coordinar proyectos de

    capacitacin y evaluacin al Centro de Capacitacin Judicial, contemplando

    estrategias de seguimiento, monitoreo y realizando los ajustes necesarios.

    3. Colaborar con la Corte Suprema de Justicia

    en el proceso de seleccin del personal de la O.G.J.

    4. Informar, oportunamente, al Juez

    Coordinador el listado de personal y funcionarios que cumplirn funciones

    durante las ferias judiciales.

    5. Conceder licencias a su personal,

    comunicndolo al Juez Coordinador y a la Corte Suprema de Justicia.

    6. Aplicar las sanciones disciplinarias para el

    personal de su dependencia, comunicndoselo al Juez Coordinador.

    7. Requerir de los responsables de los

    organismos internos, los informes que estime pertinentes y necesarios.

    8. Realizar el cronograma de turnos de

    empleados y funcionarios para desarrollar actividades en horarios y das no

    hbiles.

    9. Realizar la evaluacin anual de los

    empleados de la O.G.J. y comunicarlo a la Corte Suprema de Justicia.

    g) Controlar y evaluar la correcta aplicacin de los recursos financieros al

    proceso penal.

    h) Coordinar con los Directores de las otras Oficinas de Gestin Judicial, el

    buen desempeo de las funciones en conjunto y proponer a los Jueces

    Coordinadores la formacin de servicios comunes.

    i) Representar a la O.G.J. ante toda otra entidad pblica o privada

    relacionada con la Justicia Penal, con el fin de coordinar aquellas acciones

    que permitan el buen desenvolvimiento de la funcin jurisdiccional y gestin

    del despacho y las relaciones administrativas con las oficinas respectivas del

    Ministerio Pblico de la Acusacin, Servicio Pblico Provincial de la Defensa

    Penal y los abogados particulares.

  • 15

    j) Adecuar los procesos de trabajo interno, en base a las pautas y lmites

    aqu establecidos, debiendo propenderse a la estandarizacin de procesos

    de trabajo, estableciendo procedimientos internos nicos, claros y

    uniformes respecto de materias determinadas e incorporando los canales de

    comunicaciones necesarios.

    k) Adoptar y realizar, en general, todos los dems actos y gestiones

    necesarias para dar cumplimiento y eficacia al presente, con la finalidad de

    mejorar el funcionamiento de la administracin de justicia y el acceso de la

    ciudadana, cumpliendo las dems funciones que legal y

    reglamentariamente establezca el Colegio de Jueces y / o la Corte Suprema

    de Justicia.

    SUB-DIRECCIONES:

    La creacin de la figura de los Sub-Directores tiene por finalidad

    principalmente la de encargarse de asesorar al Director en materia de sus

    incumbencias profesionales, hacer ejecutar las tareas asignadas a las

    unidades internas que de ellos dependen y reemplazar al Director cuando

    fuera necesario asumiendo las atribuciones del cargo.

    SUB-DIRECCIN JURISDICCIONAL:

    Conforme la misin de la O.G.J., son funciones del Sub-Director

    Jurisdiccional las siguientes:

    a) Asistir al Director en la planificacin de las polticas de asignacin y

    distribucin de las carpetas judiciales y requerimientos jurisdiccionales,

    como en la gestin de la agenda judicial, efectuando propuestas que

    aporten a elevar la eficacia y eficiencia del sistema.

    b) Controlar y auditar la ejecucin de las polticas implementadas desde la

    direccin, en las materias referidas anteriormente.

    c) Disear, coordinar y orientar las labores administrativas de los

    responsables de las unidades a su cargo en los aspectos tcnicos

    procesales.

    d) Asesorar al Director en cuestiones jurisdiccionales.

  • 16

    e) Asistir al Director respecto de todo asunto dirigido a facilitar y uniformar

    los sistemas y procedimientos administrativo-jurisdiccionales, efectuando

    propuestas concretas y, ejecutndolas, cuando correspondiere.

    f) Dictar y suscribir las decisiones de mero trmite, y firmar las

    comunicaciones procesales que correspondan.

    g) Reemplazar al Director cuando por cualquier causa no lo pueda

    reemplazar el Sub-Director Administrativo.

    h) Advertir del cumplimiento de los plazos procesales.

    i) Atender y evacuar las preguntas de los profesionales, Fiscales, Defensores

    y otras partes requirentes.

    j) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, y el Director en el marco de su competencia.

    SUB-DIRECCIN ADMINISTRATIVA:

    Conforme la misin de la O.G.J., son funciones del Sub-Director

    Administrativo las siguientes:

    a) Planificar, dirigir y coordinar la gestin de los servicios logsticos y de

    soporte, monitoreando los resultados del desempeo de las funciones de las

    unidades dependientes, considerando el presupuesto planificado y su

    poltica de ejecucin.

    b) Asistir al Director respecto de todo asunto dirigido a facilitar y uniformar

    los sistemas y procedimientos administrativos, efectuando propuestas

    concretas y, ejecutndolas, cuando correspondiere.

    c) Proponer al Director modificaciones edilicias o de adecuacin de las

    instalaciones y la contratacin de personas o servicios, para una prestacin

    eficiente y eficaz de los mismos, efectuando su seguimiento.

    d) Planificar, controlar y dar cumplimiento a la normativa referida a las

    condiciones de trabajo, seguridad e higiene.

    e) Controlar, por medio de reportes elaborados por los responsables de las

    unidades a su cargo, el cumplimiento por parte del personal de las

    obligaciones laborales referidas a la asistencia, horario y licencia, elevando

    en su caso los informes correspondientes al Director.

  • 17

    f) Registrar las licencias concedidas al personal de la OGJ.

    g) Proponer la programacin de las licencias de ferias y sus compensatorias,

    la programacin de los turnos, y gestionar los dems tramites laborales de

    los integrantes de la O.G.J.

    h) Analizar y definir conjuntamente con el Sub-Director Jurisdiccional, y con

    la colaboracin de los responsables de las unidades internas, el perfil de los

    puestos de trabajo del personal requerido.

    i) Facilitar los medios necesarios para cumplir los planes de capacitacin

    coordinando acciones con el Centro de Capacitacin Judicial.

    j) Proveer de los insumos necesarios al resto de las reas de la OGJ.

    k) Supervisar el trabajo de los ordenanzas y choferes.

    l) Proponer mejoras en los protocolos de trabajo definidos.

    ll) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, y el Director en el marco de su competencia.

    II) REA DE INGENIERA DE PROCESOS Y MEJORA CONTINUA

    Conforme la misin de la O.G.J., son funciones del rea las

    siguientes:

    a) Elaborar, disear e implementar un Sistema de Mejora Continua de las

    funciones desarrolladas en la O.G.J.

    b) Relevar, analizar y documentar los procesos que se llevan a cabo en

    todas las reas.

    c) Confeccionar los manuales operativos o Protocolos de Actuacin.

    d) Realizar la medicin continua de los indicadores crticos establecidos.

    e) Detectar cuellos de botella y desvos ms importantes.

    f) Proponer cambios o mejoras a realizarse en los protocolos o procesos y

    su correspondiente impacto en los Sistemas de Software en uso, desde un

    enfoque multidisciplinario, en conjunto con los Sub-Directores de cada rea.

    g) Establecer requerimientos funcionales y no funcionales de los Sistemas

    Informticos.

    h) Directamente o, a travs de los Sub-Directores, interactuar con el

    responsable del Software en uso.

    i) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, y el Director en el marco de su competencia.

  • 18

    III) DE LAS UNIDADES INTERNAS DE LA O.G.J.:

    UNIDAD DE ATENCIN AL PBLICO

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Brindar una adecuada atencin a las personas particulares y/o

    profesionales que legtimamente lo requieran, ya sea que concurran

    personalmente a la O.G.J. con nota escrita o a travs de medios

    electrnicos, orientndolas e informndoles el estado de la causa, la

    programacin y la realizacin de las audiencias, entre otros.

    2) Asesorar a quienes soliciten ayuda sobre el funcionamiento del sistema

    de autoconsulta.

    3) Recibir las presentaciones que se efecten, tanto en formato digital como

    en soporte papel en cuyo caso se digitalizarn, y registrar la totalidad de

    los movimientos procesales de la Unidad en el sistema informtico.

    4) Vincular las peticiones de las partes con la Carpeta Judicial respectiva, o

    en su caso, darle inicio a una nueva.

    5) Conformar y registrar informticamente los movimientos de la Carpeta

    Judicial cuando pasen por Unidad de Atencin al Pblico, relacionndola con

    el Legajo del MPA y/o SPPDP.

    6) Remitir a la Unidad correspondiente las presentaciones vinculadas a las

    carpetas judiciales -escritas y virtuales-.

    7) Recibir y registrar los efectos secuestrados que se presenten en la Unidad

    de Atencin al Pblico o los elementos o pruebas que sean presentados para

    las audiencias, requiriendo colaboracin del personal de la Unidad de

    Elementos Probatorios, informando de ello a la Unidad de Administracin de

    Causas. Estos efectos se remitirn a la Unidad de Elementos Probatorios de

    la O.G.J.

    8) Recibir de la Unidad de Notificaciones y Comunicaciones un listado de los

    testigos, peritos y dems personas que deban asistir a las distintas

    audiencias.

  • 19

    9) Atender a los testigos, peritos y dems personas citadas a las audiencias,

    corroborar sus datos con el listado recibido de la Unidad de Notificaciones y

    Comunicaciones y avisar inmediatamente de su concurrencia a la

    mencionada Unidad.

    10) Tener a disposicin del pblico un buzn de sugerencias y/o de quejas.

    11) Proponer mejoras en los protocolos de trabajo definidos.

    12) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Jurisdiccional en el

    marco de su competencia.

    UNIDAD DE ADMINISTRACIN DE CAUSAS:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Coordinar y supervisar las actividades de agenda y despacho diario.

    2) Planificar y controlar las actividades relacionadas con el apoyo a los

    magistrados.

    3) Supervisar la gestin de los registros a su cargo.

    4) Dictar las disposiciones de mero trmite.

    5) Reemplazar al Subdirector Jurisdiccional en caso de ausencia.

    6) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Jurisdiccional en el

    marco de su competencia.

    Oficina de Agenda y Despacho:

    1) Recibir de Unidad de Atencin al Pblico las Carpetas nuevas y todas las

    solicitudes de las partes, ya sean virtuales o en soporte papel, para

    someterlas a la gestin correspondiente.

    2) Planificar y organizar la agenda de las salas de audiencias. Para ello

    realizar una distribucin equitativa del trabajo entre los jueces que

    conforman los Colegios, asignando a las causas uno o ms jueces conforme

    a la reglamentacin respectiva. Fijar fecha y hora de la audiencia, su

    duracin y la sala en que se realizar. Registrar tambin en la agenda,

    entre otros, el tipo de audiencia, el delito y las partes intervinientes.

  • 20

    3) Publicar con la periodicidad necesaria la lista con las audiencias que sern

    tomadas por el o los jueces.

    4) Solicitar personal policial para seguridad en las audiencias como as

    tambin las necesidades particulares de las mismas, comunicndolo a la

    Unidad de Notificaciones y Comunicaciones para su tramitacin.

    5) Enviar a la Unidad de Notificaciones y Comunicaciones un listado especial

    de audiencias en las que deban concurrir detenidos, indicando los datos de

    los mismos y el lugar de detencin.

    6) Reprogramar las audiencias que se frustren por diversos motivos.

    7) Organizar y programar audiencias inmediatas en el caso que se soliciten

    y de acuerdo a la disponibilidad del juez respectivo.

    8) Preparar copias de las partes fundamentales de la carpeta judicial para

    que las partes interesadas las tengan disponibles al momento de la

    audiencia.

    9) Mantener actualizadas las Carpetas Judiciales tanto en soporte papel

    como digital.

    10) Llevar el control de gestin de causas.

    11) Habilitar el acceso a la informacin de las carpetas judiciales, ya sea en

    formato fsico o electrnico, a las partes que legtimamente corresponda.

    12) Archivar los protocolos de Resoluciones y Sentencias.

    13) Custodiar las Carpetas Judiciales y la documental reservada.

    14) Proceder al Archivo de las Carpetas Judiciales notificando a las partes

    que corresponda.

    15) Comunicar a la Unidad de Elementos Probatorios la orden judicial de

    entrega de los efectos secuestrados vinculados a Carpetas sobre las cuales

    se disponga el archivo de las mismas.

    16) Coordinar con la Unidad de Elementos Probatorios la entrega a la

    Unidad de Sala de Audiencias de los efectos vinculados a los casos

    sometidos a audiencias.

    17) Proponer mejoras en los protocolos de trabajo definidos.

    18) Las dems funciones que indiquen el Director, Sub-Director

    Jurisdiccional y/o Jefe de la Unidad en el marco de sus competencias.

  • 21

    Oficina de Apoyo a Magistrados:

    1) Ordenar y sistematizar la informacin jurdica y administrativo-

    jurisdiccional a fin de ser provista a los jueces.

    2) Asistir a los jueces en la obtencin de la informacin relativa al

    seguimiento de los casos donde hubiere intervenido.

    3) Proveer a los jueces de la jurisprudencia que requieran.

    4) Las dems funciones que indiquen el Director, Sub-Director

    Jurisdiccional y/o Jefe de la Unidad en el marco de sus competencias.

    Oficina de Registros:

    1) Mantener actualizados los siguientes registros: Registro de Sistema de

    Capturas, Registro de Fianzas y Registro de Automotores Secuestrados,

    entre otros.

    2) Informar al RUAP (Registro nico de Antecedentes Penales) en los casos

    que corresponda.

    3) Emitir los informes que sean solicitados acerca de los datos de estos

    registros.

    4) Las dems funciones que indiquen el Director, Sub-Director Jurisdiccional

    y/o Jefe de la Unidad en el marco de sus competencias.

    UNIDAD DE NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Coordinar y supervisar las actividades de la Oficina de Notificaciones.

    2) Planificar y controlar las actividades relacionadas con la Oficina de

    Comunicaciones.

  • 22

    3) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Jurisdiccional en el

    marco de su competencia.

    Oficina de Notificaciones:

    1) Notificar las audiencias programadas oficiando a la autoridad policial

    respectiva, o si existen convenios con las partes, mediante el uso de correo

    electrnico. Estas notificaciones se realizarn a todos los protagonistas de

    las audiencias. Puede existir la posibilidad de que el sistema informtico

    prevea enviar estas notificaciones en forma automtica desde la Unidad de

    Administracin de Causas en el momento en que es fijada la audiencia, en

    cuyo caso la Unidad de Notificaciones y Comunicaciones deber verificar

    que todas las partes estn notificadas mediante la recepcin de

    confirmacin de lectura e interpretacin de la notificacin mencionada.

    2) Notificar las Resoluciones que sean remitidas por la Unidad de

    Administracin de Causas y/o corroborar su envo.

    3) Actualizar y depurar el registro de las notificaciones.

    4) Hacer recordatorios a travs de medios eficaces disponibles para que las

    audiencias no se frustren y para confirmar la efectiva recepcin de la

    notificacin, en especial a los testigos para persuadirlos de la importancia

    de su asistencia.

    5) Tramitar la asistencia del personal policial para seguridad en las

    audiencias, conforme fuera solicitado por la Unidad de Administracin de

    Causas.

    6) Solicitar y coordinar con los Organismos de Seguridad el traslado de los

    detenidos para asistir a las audiencias si ello es necesario.

    7) Enviar diariamente a primera hora a la Unidad de Atencin al Pblico un

    listado con los datos personales de los testigos, peritos y dems personas

    que en ese da tengan que presentarse para las audiencias (puede ser

    virtual) o bien enviar con antelacin listados ordenados por fecha con los

    datos de dichas personas a los mismos fines.

    8) Conducir a las Salas de Espera a dichos testigos, peritos y dems

    personas que deban asistir a las audiencias, permanecer con ellos

  • 23

    procurando que los mismos no tengan contacto entre s, y acompaarlos a

    la Sala de Audiencias cuando sean requeridos.

    9) Actualizar los registros de abogados litigantes y otros actores (altas,

    bajas, modificaciones y suspensiones), a los fines de facilitar la

    comunicacin.

    10) Coordinar con el MPA y el SPPDP, la constante actualizacin de la

    nmina de Fiscales y Defensores.

    11) Proponer mejoras en los protocolos de trabajo definidos.

    12) Las dems funciones que indiquen el Director, Sub-Director

    Jurisdiccional y/o Jefe de la Unidad en el marco de sus competencias.

    Oficina de Comunicaciones (Prensa y Difusin):

    Esta oficina se ocupar de las comunicaciones externas (hacia afuera del

    Poder Judicial) como de las internas (hacia los miembros de su estructura).

    Las comunicaciones externas comprendern:

    1) Las relaciones con los medios de comunicacin social tendientes a:

    a) Actuar como vocero o encargado de relaciones pblicas de la OGJ.

    b) Mantener nexos permanentes con los medios de comunicacin.

    c) Coordinar la realizacin de notas de carcter institucional y difundir

    resoluciones judiciales, teniendo en cuenta que la publicacin de las

    sentencias deben ser realizadas cuidando el decoro de las personas

    involucradas.

    d) Recibir los requerimientos de informacin, entrevistas, etc.,

    presentados por los medios de comunicacin.

    e) Asesorar a magistrados y funcionarios sobre el manejo de medios.

    f) Coordinar la acreditacin de periodistas y ordenar el acceso a la

    prensa a las audiencias orales, salvo orden en contrario del Juez.

    2) Las actividades que vinculan al Poder Judicial con otras instituciones,

    como ser: con el Centro de Informacin Judicial (CIJ), con los Colegios de

    Abogados de la provincia, con las Universidades, con el Sindicato de Prensa,

    y con la Asociacin Tribunales de Empleados del Poder Judicial.

  • 24

    3) Las relaciones con la comunidad:

    a) Gestionar el contenido de la seccin especial de la pgina web del

    Poder Judicial, para los Tribunales Penales y la O.G.J., en la que se

    brindar informacin relativa a los servicios que se prestan y a su

    estructura, publicando adems el calendario de audiencias con

    actualizacin permanente, estadsticas, resoluciones o disposiciones

    internas, instructivos orientativos para acceder a consultas, datos de

    contacto, etc., es decir toda la informacin que el ciudadano

    necesita para interiorizarse de manera completa, veraz, adecuada y

    oportuna del ejercicio de sus derechos.

    b) Atender los requerimientos que se formulen en la pgina web

    mencionada, como ser las consultas, libro de quejas, encuestas,

    sugerencias y observaciones, etc.

    c) Publicar los motivos de las frustraciones y/o postergaciones de las

    audiencias atento al informe que remita la Unidad de Recursos y

    Estadsticas.

    Las comunicaciones internas comprendern:

    1) Difundir y canalizar informacin de inters para los magistrados y

    funcionarios a travs de correo electrnico.

    2) Confeccionar partes de prensa, que contengan una resea de artculos de

    la prensa grfica local, regional y nacional de especial relevancia para el

    quehacer judicial, ponindolos a disposicin de los integrantes de los

    Tribunales Penales y la O.G.J.

    3) Informar a magistrados, funcionarios y empleados sobre la realizacin de

    actividades acadmicas vinculadas al fuero penal.

    4) Actualizar permanentemente la base de datos sobre periodistas y medios

    de comunicacin locales, provinciales y nacionales.

    5) Las dems funciones que indiquen el Director, Sub-Director Jurisdiccional

    y/o Jefe de la Unidad en el marco de sus competencias.

    UNIDAD DE CONTROL DE CONDENAS CONDICIONALES:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

  • 25

    1) Realizar el seguimiento y control del cumplimiento de las condenas no

    privativas de la libertad.

    2) Comunicar a la Seccin Jurisdiccional correspondiente, sobre cualquier

    incumplimiento de los condenados.

    3) Coordinar con instituciones y organizaciones del medio, el desarrollo de

    actividades que posibiliten el cumplimiento, de forma eficaz y eficiente, de

    las condenas impuestas.

    4) Proponer y coordinar con el rea Jurisdiccional, la instrumentacin de

    mecanismos de cumplimiento de condenas condicionales.

    5) Realizar las comunicaciones, va la Unidad respectiva, de todo acto

    procesal que as lo disponga.

    6) Supervisar las labores de la Oficina de Coordinacin.

    7) Realizar todas aquellas actividades que les asigne la reglamentacin y

    legislacin vigente o a solicitud del Director y/o Subdirector Jurisdiccional, e

    intervenir cuando por disposicin del Cdigo Procesal Penal se requiera su

    actuacin.

    Oficina de Coordinacin:

    1) Entrevistar y formar un perfil socio cultural y laboral del condenado.

    2) Posibilitar la insercin del condenado en las actividades comunitarias

    impartidas por el rea jurisdiccional.

    3) Relevar las necesidades de las instituciones y organizaciones del medio,

    conformando un registro de las mismas.

    4) Las dems funciones que indiquen el Director, Sub-Director Jurisdiccional

    y/o Jefe de la Unidad en el marco de sus competencias.

    UNIDAD DE EJECUCIN DE PENAS:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Realizar el seguimiento y control del cumplimiento de las penas privativas

    de la libertad en la etapa de su ejecucin.

  • 26

    2) Comunicar a la Seccin Jurisdiccional correspondiente, sobre cualquier

    inconveniente en el cumplimiento de las penas.

    3) Coordinar con los Establecimientos Penitenciarios de la Jurisdiccin, el

    desarrollo de actividades que faciliten el control y seguimiento de los

    condenados con penas privativas de libertad.

    4) Auxiliar al rea Jurisdiccional en la realizacin de inspecciones efectuadas

    en los Establecimientos Penitenciarios, en caso de disponerse.

    5) Realizar las comunicaciones, va la Unidad respectiva, para efectivizar el

    traslado de condenados privados de su libertad, cuando as se requiera.

    6) Realizar todas aquellas actividades que les asigne la reglamentacin y

    legislacin vigente o a solicitud del Director y/o Subdirector Jurisdiccional, e

    intervenir cuando por disposicin del Cdigo Procesal Penal se requiera su

    actuacin.

    UNIDAD DE SALA

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Preparar las salas en que se realizarn las audiencias, proveyendo del

    personal administrativo, los materiales necesarios para su adecuado

    funcionamiento y los efectos que puedan servir de prueba.

    2) Verificar la asistencia del personal tcnico que se desempear en dichas

    audiencias.

    3) Ser responsable de la registracin de las audiencias (filmacin y audio),

    de su resguardo y custodia garantizando su inalterabilidad, de la

    individualizacin de estos registros.

    4) Garantizar la eficacia de las registraciones de las audiencias, asegurando

    el correcto funcionamiento de los sistemas de registro e interactuando con

    el personal tcnico en caso de contingencias.

    5) Realizar copias de las audiencias a solicitud de las partes.

    6) Controlar previo a la audiencia, que los testigos, peritos y dems

    personas que deban asistir a la misma estn debidamente citados, y en

    caso contrario, informar al Juez.

  • 27

    7) Requerir por va policial el inmediato traslado en caso de ausencia de

    algn testigo o imputado, y con la orden del Tribunal.

    8) Verificar que se encuentren presentes las partes antes de la hora de

    audiencia, y hacer pasar de la sala de espera a la sala de audiencias a las

    personas citadas, en el momento que se los requiera y previo aviso al

    personal que los est custodiando.

    9) Administrar los efectos secuestrados durante las audiencias, coordinando

    con los dems organismos.

    10) Preservar las condiciones de uso y seguridad de los materiales y

    recursos de salas, en los intervalos de las audiencias.

    11) Confeccionar el Acta y ponerla a disposicin de las partes.

    12) Registrar en la Carpeta Judicial las decisiones jurisdiccionales bajo

    criterios de desformalizacin.

    13) Extender certificaciones y constancias referentes a las actuaciones

    judiciales.

    14) Informar sobre la hora real en que comenzaron y finalizaron las

    audiencias, las demoras, las suspensiones, y las postergaciones, indicando

    los motivos correspondientes.

    15) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Jurisdiccional en el

    marco de su competencia.

    UNIDAD DE INFORMTICA

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Proveer el soporte tcnico necesario en caso de anomala de los equipos

    existentes en la Sala.

    2) Brindar un soporte tcnico a los usuarios de la O.G.J. bajo la modalidad

    de mesa de ayuda para cuestiones informticas.

    3) Controlar el buen funcionamiento del equipamiento utilizado en las

    Unidades de la O.G.J. y en las Salas de Audiencias, resolver inconvenientes,

    y capacitar y/o asesorar a sus integrantes respecto a su uso adecuado.

    4) Dirigir los procesos tcnicos en las distintas Unidades, implementar las

    herramientas necesarias para generar la estadstica detallada y satisfacer

    las necesidades en materia de tecnologa informtica.

  • 28

    5) Disear sistemas acordes a la labor de la O.G.J. tendientes a que el

    personal organice, coordine y controle la captacin y procesamiento de la

    informacin.

    6) Colaborar en la actualizacin de la pgina web y mantenimientos de

    rutina.

    7) Funciones del personal tcnico de registro para las audiencias:

    a) Revisar y controlar las conexiones de los distintos componentes,

    orientacin de cmaras, ajuste de iluminacin, prueba de nivel de sonido

    (micrfonos y parlantes), visualizacin de imgenes a travs del proyector,

    prueba de grabacin en distintos soportes y, asimismo de su reparacin

    ante un mal funcionamiento o falla del equipamiento, debiendo garantizar el

    normal desarrollo de las actividades que se programen.

    b) Brindar apoyo tcnico en la tarea de registracin multimedia de las

    audiencias.

    c) Realizar un seguimiento de todas las incidencias y su solucin,

    relacionadas con el software o hardware utilizado en el mbito de la O.G.J.

    8) Asesorar al Director respecto de la aplicacin y uso adecuado de nuevas

    tecnologas.

    9) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Administrativo en el

    marco de su competencia.

    UNIDAD DE RECURSOS, ESTADSTICAS Y SERVICIOS:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Implementar las polticas de gestin del personal y asesorar al Director

    y/o Subdirector Administrativo en el manejo de los recursos humanos de la

    O.G.J. de acuerdo a lo establecido en la ley.

    2) Definir los ndices de medicin de gastos para la toma de decisiones.

    3) Llevar el registro del personal, asentando los permisos, traslados,

    licencias, reemplazos y todo aquello inherente al manejo de los recursos

    humanos.

  • 29

    4) Preparar un informe de ausencias y demoras en las audiencias en base a

    las estadsticas, como as tambin de los motivos de las frustraciones y/o

    postergaciones de las mismas y publicarlo en transparentes y/o derivarlo a

    la Oficina de Comunicaciones para su publicacin en la pgina web.

    5) Realizar un seguimiento continuo y permanente de la gestin, efectuando

    informes peridicos y detallados, con formulacin de indicadores para su

    evaluacin.

    6) Elaborar los distintos informes que sean solicitados por el Director y/o

    Subdirector Administrativo.

    7) Efectuar el control de las estadsticas y emitir los reportes que dan apoyo

    a la toma de decisiones.

    8) Reportar las estadsticas o los indicadores de gestin al Director y/o

    Subdirector Administrativo.

    9) Prestar y supervisar los servicios de traslados, maestranza y

    mantenimiento, coordinando sus procesos y recursos.

    10) Gestionar las necesidades y requerimientos de las dems Unidades en

    cuanto a la prestacin de los servicios.

    11) Gestionar los pedidos de insumos con destino a las Unidades Internas.

    12) Desarrollar y supervisar la poltica de capacitacin de los empleados y

    funcionarios de la O.G.J.

    13) Reemplazar al Subdirector Administrativo en caso de ausencia.

    14) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Administrativo en el

    marco de su competencia.

    UNIDAD FINANCIERA:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Mantener el suministro de insumos necesarios en los despachos

    judiciales.

    2) Controlar y evaluar la gestin administrativa y financiera.

    3) Elaborar presupuestos anuales.

  • 30

    4) Preparar rendiciones de cuentas.

    5) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Administrativo en el

    marco de su competencia.

    UNIDAD DE ELEMENTOS PROBATORIOS:

    Conforme la misin del Organismo, son funciones de la Unidad las

    siguientes:

    1) Recibir los efectos que sean puestos a disposicin de la O.G.J.

    2) Custodiar los mismos y mantenerlos observando las normas especficas

    que garanticen la adecuada conservacin de acuerdo a su naturaleza.

    3) Llevar y mantener actualizado un inventario permanente de tales

    efectos, incluyendo entre otros datos su descripcin completa, la

    vinculacin con la causa, la fecha de ingreso y egreso, y la localizacin

    interna de los mismos.

    4) Coordinar con las dems Unidades de la O.G.J. el traslado de los

    elementos secuestrados a los fines de ser presentados en las audiencias

    correspondientes.

    5) Entregar los efectos a quien corresponda segn resolucin judicial,

    verificando la identidad de las personas que lo retiran.

    6) Analizar, estudiar y alertar sobre el crecimiento del espacio fsico

    necesario.

    7) Evitar el acumulamiento de material en el Depsito, haciendo controles

    peridicos de efectos asociados a Carpetas Judiciales sin movimiento o

    paralizadas.

    8) Informar a la Sub-Direccin sobre el estado y tramitacin de los

    elementos en custodia, comunicando cualquier circunstancia que altere la

    normalidad de su funcionamiento o la seguridad interna del depsito.

    9) Realizar todas aquellas actividades que le asigne el Cdigo Procesal

    Penal, la legislacin vigente, el Director y/o Subdirector Administrativo en el

    marco de su competencia.