reglamentación de bolsas plásticas · antecedentes - alcance la ley 19.655 de agosto de 2018...
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Reglamentación de bolsas plásticas
junio 2019
ESTUDIO DE PROGRETEC-CNCS
Especialistas
Anabela Aldaz GUYER & REGULES
Mariana RobanoREACCIÓN
Antecedentes - alcance
● La ley 19.655 de agosto de 2018 declaró de interés general el uso
sustentable de bolsas plásticas
● Esta norma y su reglamentación alcanza a todas las bolsas plásticas
utilizadas para contener y transportar productos y bienes que sean
entregados a los consumidores en cualquier punto de venta o entrega, sin
perjuicio de algunas exclusiones que se mencionan
¿Por qué importa este tema?
REDUCIRLOEL ABUSO
INSENSIBLES A LA PROBLEMÁTICA
En la temporada 2017-2018 Karumbé (Uruguay)registró
86varamientos de tortugas verdes, algunas vivas y otras muertas;
96%había ingerido plástico.
NOTICIA DE LA ACTUALIDAD
NOTICIA DE LA ACTUALIDAD
RELLENOSANITARIO
FILTRACIONESPOR TODOS LADOS
Cronograma de implementación
¿Qué comercios están alcanzados?
¿Qué comercios están alcanzados?supermercados, almacenes y autoserviciosferreterías y barracasIndumentaria y accesoriosartículos eléctricos, electrónicos, electrodomésticosartículos de oficina, papelería, impresionesjuguetería, librería, disquería venta de artículos del hogar, bazarpanadería, confiteríarotisería y locales de comidafábrica de pastaspescaderíacarnicería lavandería y tintoreríainformáticaveterinaria y agroveterinariasfarmaciasfree shopdeliveryópticasrepuestos vehículos y maquinarias
¿qué comercios están alcanzados? - Ejemplos
feria
s
pescadería
s
carnicerías
rotisería
s
fábricas
de
pastas
almacenes
y
autoservicios
tiendas de
música
ferreterías
y barracas
papelerías
y oficina
indumentari
a
artículos
electrónico
s
delivery
¿qué comercios están alcanzados? - Ejemplos
¿Qué bolsas están permitidas?
BIODEGRADABLES O COMPOSTABLES
MATERIAL RECICLADO
¿Qué deben cumplir las bolsas permitidas?
Tipo de bolsa plástica
Dimensiones mínimas (en centímetros)
Largo = L Ancho = A (+Fi)
Camiseta 50 cm 40 cm
Asa de lazo 50 cm 40 cm
Asa troquelada 45 cm 40 cm
Rectangular 50 cm 40 cm
CaracterísticaResistenciamínima
Carga nominal (excepto para bolsas plásticas rectangulares)Dinámica 6 kg
Estática 6 kg
Tracción (probetas sin soldadura) ≥ 2,04 kgf/mm²
Elongación ≥ 150%
¿Qué deben cumplir las bolsas permitidas?
http://gestiones.latu.org.uy/latu/publico/2.0/consultas/modelos_bolsas/modelos_bolsas.php
empresas registradas en LATU a la fecha
bolsas permitidas por exclusión
● bolsas rollos
● chismosas
● bolsas de envasados en
origen
● presentación del producto
● pescado y carnes
● etc
bolsas permitidas por exclusión
bolsas permitidas por exclusión
¿qué tipos de bolsas NO están permitidas?
Todas las bolsas de polietileno (mayormente utilizadas hasta ahora por los
comercios)
Tamaños menores, mayores ¿?
bolsas no alcanzadas
Infracciones graves
● Fabricar, importar, distribuir, vender o entregar a cualquier título, bolsas plásticas que, no
cumplan con las especificaciones técnicas en los plazos establecidos para ello; que no
cuenten con la certificación o la constancia de cumplimiento; o que no cuenten con el logo
correspondiente o con el texto de identificación exigido por el Decreto.
● Entregar a cualquier título las bolsas plásticas sujetas a la obligación de cobro, de forma gratuita
o a un precio menor al establecido en virtud de este reglamento.
● Importar o fabricar bolsas plásticas sin estar inscripto en el Registro de fabricantes e
importadores de bolsas plásticas.
● Utilizar cualquiera de los logos en productos o bienes que no cuenten con las certificaciones
correspondientes y que no cumplan con los requisitos definidos a tales efectos.
● Usar las bolsas plásticas excluidas según la ley, en condiciones distintas a las establecidas.
● Presentar información falsa a la Administración o a cualquiera de las instituciones u organismos
intervinientes.
● Impedir u obstaculizar la labor de inspección de la Dirección Nacional de Medio Ambiente.
Sanciones
Las multas aplicables son las siguientes:
Infracciones consideradas leves, entre 10 y 500 UR.
Por la reiteración de infracciones consideradas leves o por la primera
infracción grave, entre 50 y 5000 UR.
Por la segunda y subsiguientes infracciones consideradas graves, entre 250 y
10.000 UR.
Para infracciones graves o reincidentes
● Proceder a la difusión pública de la resolución sancionatoria, la cual será a costa del infractor.
● Proceder al decomiso de las bolsas plásticas que no cumplan con los requisitos exigidos.
● En los casos en que los objetos decomisados deban ser destruidos, el infractor podrá optar por
hacerlo él mismo, según indicaciones y a entera satisfacción de la Administración o dejarlo a cargo
de la misma, en cuyo caso los gastos en que se incurra serán de cargo del infractor.
● Disponer la suspensión hasta por ciento ochenta días, del registro, de la certificación o de la
constancia de cumplimento correspondiente y en ciertos casos disponer la caducidad de tales
registros, certificaciones o constancias de cumplimientos.
Agregar comentario, está bien esto, cumple con la ley?
FAQ
¿Cuáles son las bolsas
prohibidas? ● Las bolsas plásticas que no estén
certificadas ni tengan constancia de
cumplimiento.
● A partir del 1° de marzo de 2019
solo podrán fabricarse o importarse
las bolsas permitidas.
● A partir del 30 de junio de 2019 sólo
podrán distribuirse, venderse o
entregarse las bolsas permitidas.
¿Cuáles son las bolsas
permitidas?
● Las bolsas de plástico
biodegradable o compostable
certificadas.
● Las bolsas de plástico reciclado con
espesor mayor o igual a 100
micrómetros que contengan la
constancia de cumplimiento.
● Las bolsas rollos con espesor
menor o igual a 15 micrómetros,
solo para la contención de frutas y
verduras.
● Bolsas reutilizables tipo
“chismosa” tejidas o de TNT.
● Bolsas plásticas que estén en
contacto directo con alimentos de
consumo humano o animal.
¿Cuáles son las bolsas que
se deben cobrar?● Las bolsas de plástico biodegradable
o compostable certificadas y las
bolsas de plástico reciclado que
contengan la constancia de
cumplimiento.
¿A partir de qué fecha se
deben cobrar?
● A partir del 30 de junio de 2019
es obligatorio el cobro de las bolsas
plásticas utilizadas para contener y
transportar productos y bienes que
sean entregadas a un consumidor
en cualquier punto de venta o
entrega.
● Se pueden cobrar con anticipación a
esa fecha.
¿A qué precio se deben
cobrar?● El precio debe ser siempre igual o
superior al precio mínimo fijado en
$3,3 + IVA (UI 0,82 + IVA). Este
precio se ajustará anualmente de
acuerdo al valor de la UI del primer
día hábil del año correspondiente.
¿Como verificar que las
bolsas cumplen con la
normativa?
● Las bolsas certificadas deben tener
impresa la siguiente información:
○ Razón social de
fabricante/importador
○ País de origen
○ N° de lote
○ Fecha fabricación
● Además deberán tener impreso los
logo específicos, ocupando al menos
una superficie de 4 x 3,5 cm.
○ Distintivo bolsas plásticas
BIODEGRADABLE
COMPOSTABLE o
○ Distintivo bolsas plásticas
MATERIAL RECICLADO
¿Los comerciantes
deben registrarse?
● No.
● Responsabilidades:
○ comprar solamente bolsas
permitidas
○ cobrar la bolsa
○ promover y participar en
campañas de difusión y
concientización a la población
○ ofrecer a la venta bolsas
reutilizables.
● Quienes deben registrarse son los
fabricantes o importadores.
¿Qué otras obligaciones
tiene el comerciante?
● Realizar un plan de concientización y
difusión (con criterios del MVOTMA).
● Contar con un sistema de recepción
y gestión responsable de bolsas
usadas.
¿Qué se puede entregar en
forma gratuita?
● Bolsas fabricadas con papel.
● Cajas cartón
● Bolsas reutilizables o chismosas
¿REQUISITOS O DEFINICIÓN
PARA QUE SE TOMEN COMO REUTILIZABLES?
¿Las bolsas pueden tener
publicidad?
● Sí, tanto de terceros como de
marcas o diseños propios, siempre y
cuando tengan la información
obligatoria en los tamaños previstos.
¿Se pueden distribuir
diarios y revistas
embolsados?
● Únicamente en días con condiciones
adversas de humedad o
precipitaciones.
● No incluye facturas ni recibos.
¿Qué sucede con el stock de
bolsas NO permitidas?
● Se pueden entregar hasta el 30 de
junio, luego no podrán ni entregarse
gratuitamente ni venderse.
● Lo mismo con aquellas que cumplan
con las características pero no hayan
sido registradas.
ALTERNATIVAS
Minimización: dejar de entregar bolsas y promover el uso de alternativas
Papel y/o cartón
Otras solucionesALTERNATIVAS
ADAPTACIÓN AL NUEVO RÉGIMEN
¿CÓMO IMPLEMENTO EL CAMBIO?
Proceder a un diagnóstico y asesoramiento individual:
● ¿en qué situación estoy, alcanzado o no?
● ¿cuál es el uso de las bolsas actualmente en mi comercio?
● ¿qué alternativa da solución a ese uso identificado?
¿qué bolsa es la más conveniente para mi comercio?
Seleccionar aquella alternativa que cumpla con el tamaño, la resistencia y el
material adecuado a las necesidades del comercio.
LA SOLUCIÓN VARÍA DE UN COMERCIO A OTRO
EL ROL DE LA CNCS
¿QUÉ HACE LA CNCS?
La CNCS atenta a las necesidades de sus socios y a los efectos de mantenerlos
actualizados mediante un asesoramiento oportuno, a través de PROGRETEC hizo
posible el desarrollo del estudio/presentación y de la herramienta/manual
(desarrollo de plataforma).
La CNCS gestiona a través de Progretec fondos de inefop para que los socios
puedan acceder a capacitación y asistencia técnica para la implementación de las
mejoras necesarias.
¿QUÉ HACE CNCS?
La CNCS es un actor que DINAMA considera relevante y mantiene una
comunicación fluida y continua como nexo con la realidad y problemática de los
distintos socios.
CONSULTAS Y ASERORAMIENTO WEB
Habilitado en próximos días
SOLICITAR FONDOS NO REEMBOLSABLES
PARA CAPACITACIÓN
www.progretec.cncs.com.uy
¿QUÉ HACE CNCS?
INTERROGANTES
NUEVAS INTERROGANTES
1. ¿Se AMPLIARÁ el alcance a plásticos de un solo uso como ha hecho otros
países?
1. ¿Qué pasará con las bolsas como productos, por ejemplo las de residuos?
1. ¿Qué pasará con productos envasados en origen?
¿CONSULTAS?
GRACIASBIENVENIDOS A SER PARTE
Comité de Dirección PROGRETEC-CNCSAna Petruccelli / Juan Abdala / Virginia Sarazola
Consultas: [email protected]