programa de fiscalizacion para el seniat de la...
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PROGRAMA DE FISCALIZACION PARA EL SENIAT DE LA REGION CENTROCCIDENTAL CON EL PROPOSITO DE FISCALIZAR EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (SECTOR ACARIGUA)
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA
COORDINACION DE POSTGRADO GERENCIA TRIBUTARIA CONVENIO UCLA-UCAT
Autor: Saulo J. Sánchez González
Tutor: Jacqueline Viera
BARQUISIMETO, MARZO DE 2002
UNIVERSIDAD CATOLICA DEL TACHIRA VICERRECTORADO ACADEMICO
DIRECCION GENERAL DE INVESTIGACION Y POSTGRADO CONVENIO UCLA-UCAT
PROGRAMA DE FISCALIZACION PARA EL SENIAT DE LA REGION CENTROCCIDENTAL CON EL PROPOSITO DE FISCALIZAR EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (SECTOR ACARIGUA)
Autor: Saulo J. Sánchez González
Tutor: Jacqueline Viera
BARQUISIMETO, MARZO DE 2002
APROBACION DEL TUTOR
En el carácter de tutor del Proyecto de Trabajo de grado titulado
PROGRAMA DE FISCALIZACION PARA EL SECTOR ACARIGUA DEL
SENIAT DE LA REGION CENTROCCIDENTAL CON MIRAS A
FISCALIZAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, presentado por el
participante Saulo J. Sánchez Gonzáles para optar al título de Especialista en
Gerencia Tributaria, considero que dicho trabajo reúne los requisitos y méritos
suficientes para ser sometido a la presentación pública y evaluación por parte
del jurado examinador que se designe.
En Barquisimeto, a los treinta días del mes de marzo del 2002.
Lic. (M. Sc.) Jacqueline Viera C.I. V-
INDICE GENERAL
Pág.
Resumen Introducción
1
CAPITULO I. EL PROBLEMA
Título Planteamiento Objetivos Justificación e Importancia Alcance
II. MARCO TEORICO Antecedentes de la Investigación Bases Teóricas Los Tributos El Impuesto Características del Impuesto Clasificación de los Impuestos Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) El I.V.A. y su origen El I.V.A. en Venezuela Características generales del I.V.A. El I.V.A. y sus ventajas La Auditoría Programas de Auditoría La Muestra en Auditoría La Evidencia en Auditoría Suficiencia de la Evidencia Los Papeles de Trabajo para la Auditoría Auditoría Tributaria Objetivos de la Auditoría Organo Encargado de Ejecutarlo Pruebas a Utilizar en una Auditoría Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria Bases Legales Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Código Orgánico Tributario
3 3 3 5 5 6
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10 10 11 12 13 15 16 17 18 19 19 20 20 20 21 22 23 23
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Ley del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado Ordenamiento Jurídico del Seniat
III. MARCO METODOLOGICO Naturaleza y Diseño de la Investigación Fase I: Diagnostico Población y Muestra Instrumentos de Recolección de Datos Validación de los Instrumentos Procesamiento y Análisis de Datos Conclusiones del Diagnostico Fase II: Factibilidad En lo Jurídico En lo Técnico En lo Económico Fase III: Diseño del Proyecto
IV. ANALISIS E INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS
V. DISEÑO DEL PROYECTO
VI. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES Conclusiones Recomendaciones
BIBLIOGRAFIA ANEXOS
28 30 31
32 32 32 33 33 33 33 33 34 34 34 34 34
35
47
81 81 82
INTRODUCCION
En programas de fiscalización (tipo fondo), como el Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A.), su éxito depende esencialmente, entre otras cosas, de la aplicación
de auditorías que permite constatar y determinar el cumplimiento de las obligaciones
tributarias de los contribuyentes ordinarios y especiales. Como consecuencia de ello
se puede minimizar significativamente la evasión fiscal, la cual es uno de los
principales desafíos de la hacienda pública nacional, quien confronta, en estos
momentos, una de las situaciones más difíciles de la historia de Venezuela, donde los
índices de evasión se estiman, aproximadamente, en el 75% y el marcado déficit
fiscal pone en detrimento las expectativas presupuestarias y con ello los compromisos
que tiene el Estado.
Por lo que se desarrolla esta investigación orientada a la elaboración de
procedimientos de auditoría tributaria para el Sector Acarigua del SENIAT Región
Centroccidental, de forma uniforme, detallada e integral, orientada a los funcionarios
en ejercicio de sus funciones de control del cumplimiento de las obligaciones de éstos
contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
Por ello, en este proyecto de grado, en el cual, en primera instancia en el
Capítulo I, muestra la problemática objeto de estudio, los objetivos, importancia y
limitaciones de la investigación. En el Capítulo II, se muestra el marco teórico, en
donde se señalan los antecedentes de la investigación, las bases teóricas y legales que
la sustentan. El Capítulo III describe la metodología aplicada que rige los procesos
de análisis de la información para luego desarrollar la propuesta sobre procedimientos
de auditoría fiscal en materia de éste importante tributo, y por último se indica la
bibliografía empleada y los anexos que soportan este proyecto de trabajo de grado.
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Título
Programa de fiscalización para el SENIAT de la Región Centroocidental con
el propósito de fiscalizar el Impuesto al Valor Agregado (Sector Acarigua).
Planteamiento
Venezuela ha sido un país tradicionalmente rentista, pero en la actualidad se encuentra en las postrimerías de un modelo económico que a
través de muchas décadas se ha fundamentado en financiar el desarrollo con la renta petrolera, por lo que se impone diversificar las fuentes de ingresos
fiscales para compensar la sensible pérdida de dinamismo del petróleo como proveedor de recursos al Fisco Nacional. El colapso de ese modelo es
consecuencia del deterioro de los precios de los hidrocarburos iniciado desde principios de los años ochenta, lo cual ha obligado al Gobierno a realizar cortes
en el gasto público.
Por esa necesidad de fomentar ingresos fiscales distintos a la renta
petrolera que se planteó en Venezuela a partir del año 1994, la reingeniería del
gobierno, entre otros objetivos, implicaba modernizar su sistema de finanzas
públicas, para hacer eficiente la recaudación de impuestos y la administración
del gasto.
A pesar de haber creado un conjunto de procedimientos administrativos para la recaudación de impuestos, mecanismos de control fiscal y por otra
parte, sanciones para quienes incumplan con las disposiciones establecidas en
el Impuesto al Valor Agregado, persisten conductas o prácticas evasivas por parte de los contribuyentes, responsables o terceros, tendentes a sustraerse
parcial o totalmente de la obligación de pagar este tributo.
Según Crespo M. y otros (1999), el nivel normativo de la institución desarrolló manuales de auditoria para el Impuesto al Consumo Suntuario y las Ventas al Mayor, contentivos de procedimientos utilizados por los Fiscales
actuantes en auditorias realizadas. Se observó que estos manuales son restrictivos y pocos flexibles, en cuanto al tiempo de la ejecución de la
auditoria, tamaño de la muestra e insuficiencia en los papeles de trabajo, lo cual imposibilita la ejecución de una auditoria a fondo o exhaustiva, que
permite destacar con mayor exactitud prácticas evasivas en que incurren los contribuyentes de este tributo.
Continúan los autores indicando que el Ejecutivo Nacional, a través de
la Oficina de Auditoria Interna, dependiente de la Superintendencia Nacional Tributaria, ha ido implantando una serie de manuales de auditoria fiscal para llevar a cabo las investigaciones fiscales en materia de impuesto, pero sólo se
realizaron para controlar las operaciones con respecto al Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor y no así para el Impuesto al Valor Agregado
actualmente en vigencia, lo cual limita detectar las evasiones de los contribuyentes y conduce a procedimientos empíricos por parte de los Fiscales en ejercicio, quienes no podrían con exactitud establecer los reparos, es decir, las diferencias determinadas entre los soportes y registros presentados y los
datos contenidos en las declaraciones de este impuesto.
Debido a estos factores se hace necesario elaborar un programa de fiscalización en materia del Impuesto al Valor Agregado.
Objetivos
Objetivo General
Elaborar un programa de fiscalización para el SENIAT de la Región Centroccidental con el propósito de fiscalizar el Impuesto al Valor Agregado
(Sector Acarigua).
Objetivos Específicos
ü Diagnosticar la necesidad de crear un programa de fiscalización para el Sector Acarigua del SENIAT de la Región Centroocidental en
materia del Impuesto al Valor Agregado.
ü Evaluar la factibilidad de un programa de fiscalización en el Sector Acarigua del SENIAT de la Región Centroocidental en materia del
Impuesto al Valor Agregado.
Justificación e Importancia
Es evidente que en cada Estado, la Administración Tributaria, tiene una
experiencia diferente con respecto a la lucha contra la evasión fiscal; agudizando las
condiciones existentes con respecto a la recesión económica, lo que hace imperioso el
mejoramiento de los procesos de recaudación por vía de esfuerzos masivos de
fiscalización. Los problemas y estrategias de actuación para resolverlos son tan
particulares e intransferibles para las personas, como para las instituciones, puesto
que las vivencias, los contextos vitales e históricos son diversos en todo tiempo y
lugar.
De este modo, resulta importante normalizar y estandarizar programas vigentes para tal fin, ya que de crearse nuevos impuestos o aumentar los ya
existentes, en lugar de incrementar significativamente la recaudación, se traduciría en un aumento de la presión tributaria soportada por los sectores que
cumplen apropiadamente sus obligaciones tributarias, además que podría estimular una mayor voluntad evasora dentro de los contribuyentes, afectando con ello principalmente a la pequeña y mediana industria, así como al resto del
aparato productivo del país.
De esta manera, esta investigación pretendió suministrar un instrumento que sirva de apoyo a los funcionarios Fiscales del Sector Acarigua del
SENIAT de la Región Centro Occidental, para la ejecución de las fiscalizaciones de las obligaciones tributarias en materia de Impuesto al Valor Agregado, lo que permitirá a los funcionarios Fiscales determinar el grado de
cumplimiento de los contribuyentes no exportadores.
Debido a la transformación estructural que ha surgido en materia tributaria, se justifica este estudio, por cuanto se crea la necesidad por parte del
empresario de solicitar asesorías de profesionales especializados que
dispongan de herramientas adecuadas que determinen eficientemente la magnitud de sus obligaciones tributarias y prevean las sanciones comprendidas
en la normativa legal vigente.
Alcance
La formulación de este trabajo se encontró orientada a reducir los altos índices arrojados del incumplimiento de las obligaciones tributarias en el
Sector Acarigua del SENIAT de la Región Centroocidental pretendiendo con este dar un aporte no sólo a este sector sino también a todas las instituciones
interesadas en este ámbito, de manera que se mejoren los programas de fiscalización en materia de Impuesto al Valor Agregado. Esta investigación fue
realizada en la Ciudad de Acarigua, Estado Portuguesa.
CAPITULO II
MARCO TEORICO
Antecedentes de la Investigación
Existen numerosos estudios referidos al análisis de la Leyes Impositivas, que
de una u otra manera conforman antecedentes a esta investigación, por cuanto se
desarrollan aspectos relacionados con los diferentes impuestos, sin embargo, son
escasos los estudios realizados con esta investigación. Entre los trabajos de
investigación se señalan:
Chaviero y otros (1994), determinaron que existe escaso material en
materia de Auditoria Tributaria, concluyendo que la base de este tipo de auditoria está sustentada en la normativa legal vigente al momento del
nacimiento de la obligación tributaria.
Delgado A. y otros (1997), determinaron que la mayoría de los encuestados
conocen ciertas situaciones en materia tributaria así como infracciones y sanciones,
pero desconocen otras, como la extinción de las deudas tributarias, el tiempo de
prescripción, otras sanciones y sus accesorios, recursos a utilizar a la hora de una
sanción o infracción cometida. Además determinarán que un notable número de
encuestados opina que la Administración Tributaria no ejerce cabalmente sus
funciones para lograr su objetivo y en su totalidad manifestaron cumplir sus
obligaciones tributarias, en calidad de contribuyentes o responsables.
Crespo M. y otros (1999), consideran que los manuales de auditoría que
existen en la actualidad para practicar cualquier investigación, por parte de los
Fiscales actuantes en auditorías realizadas, son poco flexibles en cuanto al tiempo de
ejecución de la auditoría, que imposibilita establecer una auditoría a fondo o
exhaustiva, para detectar con exactitud las evasiones en que incurren los
contribuyentes.
Alvarado y otros (1999), en su estudio de Auditoria Tributaria llegaron a la
conclusión de que esta posee una clara autonomía ya que los principios que la guían,
los propósitos que persigue y el método que se aplica para su ejecución, difiere del
resto de las especialidades de auditoria; principios que se construirán a su propio
amparo y su método se perfeccionara a la sombra del propósito que la orienta: el
examen y evaluación del cumplimiento de la obligación tributaria.
Una vez indicada las investigaciones que sirvieron de antecedente, es opinión
del autor, que se hace necesario elaborar un programa de fiscalización para el Seniat
Sector Acarigua de la Región Centroocidental.
Bases Teóricas
A continuación se definen y explican sistemáticamente algunas teorías y
principios que sirvieron de base para esta investigación.
Los Tributos
Las rentas tributarias son aquellos que el Estado obtiene mediante el ejercicio
de su poder de imperio, o sea por las Leyes que crean obligaciones a cargo de los
individuos en la forma y cuantía que dichas leyes establezcan.
Los tributos según Villegas (1990), los define como “las prestaciones” en
dinero que el Estado exige en el ejercicio de su poder de imperio en virtud de una Ley
y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. (p. 67).
De los conceptos indicados anteriormente se desprenden los aspectos formales
de todo tributo, como lo son: forma de pago, quién lo exige, la legalidad y el objetivo.
La forma de pago generalmente en dinero está dada por las propias características de
una economía monetaria. El Estado no puede cobrar un impuesto que no esté
previamente contenido en una Ley (legalidad tributaria). El objetivo del cobro del
tributo está dado en la necesidad que tiene el Estado de obtener ingresos para cubrir
los gastos que la colectividad le demanda, además de servir de medida protectora o de
incentivo a las actividades productivas, caso tributo aduanero.
El Impuesto
El impuesto es el tributo que se establece sobre los sujetos en razón de una
manifestación de riqueza, teniendo en cuenta las circunstancias personales de los
sujetos pasivos.
Según Moya (2000), define el impuesto como “el tributo exigido por el estado
a quienes se hallan en las situaciones consideradas por la ley como hechos
imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a toda actividad estatal relativa al
obligado”. (p.113)
Características del Impuesto
– Es un pago forzoso, en virtud de que lo establece el Estado mediante el uso de su
poder soberano y es de obligatoria aceptación por todos los ciudadanos, que se
encuentran en el supuesto de hecho.
– Se establece mediante un instrumento legal sancionado por la autoridad
competente (Asamblea Nacional Constituyente), adaptado a la realidad
económica y social del país.
– No se prevé una contraprestación inmediata para quién lo paga, ya que de ser así,
no se lograrían los fines que se persiguen, que son entre otros, el logro de
distribuir mejor las riquezas y satisfacer las necesidades colectivas.
– Es un pago definitivo e irreversible, por cuanto no confiere a quien lo paga un
privilegio exclusivo alguno, ni hay obligación de restituírselo.
Clasificación de los Impuestos
Los impuestos han sido objeto, en la doctrina y en la legislación, de varias
clasificaciones. Las principales, pueden variar según lo siguiente:
- Impuestos directos e indirectos: Aparece como más sólido y más profundo,
por cuanto agrupa los impuestos según reales caracteres económicos. Los
impuestos directos o indirectos, tendientes a superar los reparos que ofrecen
los dos criterios anteriores, agrupa como impuesto directos a los que gravan
manifestaciones directas de la capacidad contributiva.
- Impuestos reales y personales: Los impuestos personales son aquellos
impuestos que buscan determinar la capacidad contributiva de las personas,
discriminando la cuantía del gravamen según las circunstancias económicas
del contribuyente, tales como: conjunto de riqueza o de réditos de la persona;
deducción para un mínimo de existencia y cargas de familia, con la
consecuencia de la progresión del impuesto. Por el contrario se clasifican
como reales los impuestos que eligen como hecho imponible manifestaciones
objetiva de la riqueza, prescindiendo de las circunstancias del contribuyente.
- Impuestos generales y especiales: Esta es la que los agrupa en las dos
categorías de impuesto, generales y especiales. Designándose generales,
aquellos impuestos que gravan todas las manifestaciones de riquezas de una
determinada naturaleza, sea en forma personal o real. Por lo que se
consideran especiales los impuestos que gravan sólo una determinada especie
de manifestación de riqueza, dejando libre de tributo a las demás especies de
la misma naturaleza.
- Impuestos periódicos e impuestos por una sola vez: El impuesto se aplica una
sola vez cuando el hecho imponible sea permanente o periódico, cuando el
Estado elige este impuesto, es para cubrir necesidades extraordinarias que se
limitan a un momento determinado, sin que se prolongue en el tiempo.
El Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.)
Cosciani (1969), expresa “El impuesto al valor agregado se paga en todas las
etapas de la producción pero no tiene efecto acumulativo, pues el objeto de la
imposición no es el valor total de bien sino el mayor valor que el producto adquiere
en cada etapa de la producción y distribución, desde la materia prima hasta el
producto terminado, y como las sumas de valores agregados en las diversas etapas del
proceso productivo y distributivo corresponden a un importe igual al valor total del
bien adquirido por el consumidor, el impuesto permite gravar en distintas
oportunidades las cuotas sin omisiones tributarias ni dobles imposiciones”.(p.12)
Fonrouge (1993), expresa de igual forma que este gravamen que sustituye al
impuesto a las ventas (de etapa única) que afecta paulatinamente cada una de las
etapas del proceso de elaboración y comercialización, con lo cual libera al primer
productor de la carga del impuesto, como ocurría en el gravamen a las ventas, pues
aunque lo recuperará posteriormente, le imponía un primer sacrificio muy oneroso
para la industria. Pero esa ventaja se balancea por la fragmentación del número de
contribuyentes, con la consiguiente complicación de la fiscalización, sobre todo en la
etapa minorista en la que resultaba incontrolable en la práctica, sistema que ha sido
sustituido por un régimen simplificado.
Se hace necesario ubicar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) en el
conjunto de los ingresos tributario, que permitan una mejor comprensión de los
aspectos básicos de este nuevo tributo, cuyas implicaciones prácticas comienzan a
percibirse.
El I.V.A. y su origen
Para hacer frente a la crisis financiera de 1993, el Ejecutivo Nacional,
investido de potestades normativas extraordinarias, instrumentó una serie de
modificaciones en el área tributaria.
En este marco, se dictó el Decreto Ley Nº 3145 de fecha 16 de septiembre de
1993, mediante la cual se creó el Impuesto al Valor Agregado, destinado a gravar la
enajenación de bienes muebles, la prestación de servicio y la importación de bienes y
servicios en todo el territorio nacional.
En sus primeros tres meses de vigencia, el I.V.A. sólo se aplicó en el ámbito
de mayoristas, pues la Ley que autorizó al Ejecutivo Nacional para dictar medidas
extraordinarias en materia económica y financiera dispuso que el I.V.A. sería un
Impuesto General a las Ventas hasta el nivel de mayorista. A partir del 1º de enero
de 1994, se extenderá a las operaciones que se efectúen con los consumidores finales
o ventas al detal.
El 1º de enero de 1994, se inició la aplicación del I.V.A. en las ventas y
servicios prestados a los consumidores finales. Sin embargo, el proceso fue tan
traumático que el Presidente de la República con fundamento en que la aplicación a
los consumidores finales del Impuesto al Valor Agregado, a creado una gran
confusión y protesta que han generado trastornos del orden público y social,
suspendió las garantías constitucionales previstas en el artículo 96 de la Constitución
Nacional de 1961, con la única finalidad de suspender en todo el territorio nacional la
aplicación del I.V.A.
Como sustituto del I.V.A. se implantó el Impuesto al Consumo Suntuario y
Ventas al Mayor, tributo que fue puesto en vigencia mediante Decreto Ejecutivo con
rango y fuerza de Ley Nº 187 de fecha 25 de mayo de 1994, parcialmente modificado
mediante Ley del 25 de julio de 1996. Este impuesto conservó las mismas
características y naturaleza que el Impuesto al Valor Agregado y el cambio obedeció
exclusivamente a incorporar un mecanismo que permitiera trasladar, el impuesto
causado en las operaciones con consumidores finales no contribuyentes.
A los fines de corregir tales distorsiones que se suscitaba con este impuesto, el
20 de julio de 1998, el Ministro de Hacienda presentó a la Cámara de Diputados del
Congreso Nacional, un Proyecto de Ley General a las Ventas, aprobado en la Sesión
de Consejo de Ministro del día miércoles 15 de julio de 1998, a través del cual se
modificaba nuevamente la denominación del impuesto y se incorporaban diversas
modificaciones al régimen vigente, que obedecía a las necesidades de adaptarla al
sistema tributario.
Este proyecto presentado no llegó a ser aprobado por el Congreso, pero su
regulación básica fue aprovechada por el nuevo gobierno como papel de trabajo, a los
fines de puesta en vigencia, nuevamente del Impuesto al Valor Agregado, lo que se
concretó mediante el Decreto Ley Nº 126 de fecha del 1º de junio de 1999.
El I.V.A. en Venezuela
El Impuesto al Valor Agregado o al Valor Añadido como es igualmente
conocido, es una derivación del Impuesto a las ventas. En Venezuela, este impuesto
fue creado mediante la Ley Habilitante otorgada al entonces Presidente Ramón J.
Velásquez, el cual de paso, creo mucho malestar en la población. Posteriormente en
época electoral y mediante una promesa de carácter populista a este impuesto se le
cambió el nombre por el de Impuesto General a las Ventas y con una alícuota de un
15,5% sobre el Valor del producto agregado o añadido.
Es así, que a partir de 1989 comienza un proceso de cambio en la estructura al
sistema tributario con la propuesta de unas reformas, entre otras, al Impuesto sobre la
Renta y la implantación de un Impuesto General a las Ventas de Bienes y Prestación
de Servicios. Todo ello sobre la base de la Carta de Intención dirigida al Fondo
Monetario Internacional, por el Ejecutivo Nacional en donde señaló: “…El ahorro del
Sector Público se aumentará significativamente mediante las siguientes medidas…
Aumento de la renta no petrolera a través de reformas fiscales, lo cual contempla la
aplicación de un Impuesto General a las Ventas que se trasformaría, en forma
progresiva, en un Impuesto al Valor Agregado.”
El 26 de septiembre de 1992, se consigna el anteproyecto elaborado para la
Comisión de Finanzas de la Cámara de Diputados para su primera discusión. No
obstante, es a través del Decreto N° 3.145 de fecha 16 de Septiembre de 1993,
publicado en la Gaceta Oficial N° 35.304 del 24 de septiembre de 1993, que se crea
y se implanta en el Territorio Nacional el Impuesto al Valor Agregado, se creó en
Venezuela con la finalidad de gravar, el total del consumo de la población y lograr
recursos que serían dirigidos en su mayor parte a disminuir el déficit fiscal existente
en ese momento.
Ahora bien, es necesario como punto previo, para realizar cualquier análisis a la
Ley de Impuesto al Valor Agregado, tener una aproximación de las características
esenciales de la imposición al consumo tipo valor agregado y de aquellos aspectos
relevantes que ha permitido su generalización.
Características generales del I.V.A.
Las características más resaltantes de la imposición tipo valor agregado
(I.V.A.), según Badell (1999) y Moya (2000) entre otros, son las siguientes:
– Es un impuesto el cual está establecido en una ley, cumple con un principio
legal.
– Es un impuesto indirecto, ya que grava los consumos que son
manifestaciones mediatas de riquezas o exteriorización de la capacidad
contributiva.
– Es un impuesto real, ya que no toma en consideración las condiciones
subjetivas del contribuyente, tales como sexo, nacionalidad, domicilio.
– Es un impuesto que iguala la carga fiscal de los productos importados, los
nacionales, se dispensa del pago del impuesto al valor agregado tanto las
importaciones como la transferencia en el mercado interno de los bienes y
servicios señalados en la normativa exentiva.
– Es un impuesto que desalienta y dificulta la evasión ya que los agentes
económicos ejercerán un control indirecto a través de la facturación, ello
en virtud de que para poder trasladar sus créditos fiscales deben derivarlos
de una factura legal y reglamentariamente emitida.
– No es un impuesto acumulativo o piramidal.
– Es un impuesto cuya creación, control y recaudación debe ser
necesariamente atribuida al Poder Nacional.
El I.V.A. y sus ventajas
Las ventajas del Impuesto al Valor Agregado se analizan de la siguiente
manera:
– Permite el tratamiento equitativo de las importaciones y exportaciones, en
consideración en que al conocerse la carga con exactitud, se puede efectuar con
sencillez la desgravación de aquellas y las compensaciones impositivas de estas.
– El tributo responde de cerca de las fluctuaciones de la actividad económica.
– En la medida en que el impuesto se causa en todas las etapas del proceso
de producción, distribución y ventas de los bienes y en cada oportunidad
sobre el valor agregado, no incide, como el impuesto en cascada o los
impuestos monofásicos de primera o segunda etapa, en la integración de
las empresas ni estimula por sí solo la concentración de riqueza.
– Lleva implícito un mecanismo de auto control entre los responsables del
tributo toda vez que la posibilidad de descontar contra el propio impuesto
de un contribuyente implica la declaración de las ventas de sus
proveedores.
– Es menos susceptible de evasión.
La Auditoria
El significado original de la palabra “auditar” era “el que escucha” y era
correcto para la época, debido a que los registros contables de gobierno se aprobaban
solamente después de una audiencia pública en la que las cuentas se leían en voz alta.
Desde los tiempos medievales hasta la Revolución Industrial se hicieron auditorias,
para poder determinar si las personas que ocupaban puestos de responsabilidad fiscal
en el gobierno y en el comercio, actuaban e informaban de manera honesta.
En este sentido Gómez (1984), define la auditoria como una revisión y
análisis minucioso con espíritu crítico de los registros y de los estados
financieros de una organización, con la finalidad de dictaminar el grado de
confiabilidad que ofrecen considerando las leyes, principios y usos que norman
tales registros.(p. 1-2)
De igual modo, la Enciclopedia de la Auditoria (1998) señala que la
misma se podría definir como “un proceso sistemático de obtener
objetivamente y evaluar la evidencia referida a ciertas afirmaciones acerca de
acciones y hechos económicos, para asegurar el grado de correspondencia
entre dichas afirmaciones y los criterios establecidos, comunicando los
resultados a los usuarios interesados”. (p. 40).
Programas de Auditoria
El programa de auditoria, según la Enciclopedia de la Auditoria (1998)
es un plan para la obtención de la evidencia justificativa o contradictoria de las
distintas afirmaciones de los estados financieros. El programa de auditoria
deberá determinar con un grado de detalle razonable los procedimientos de
auditoria que el Auditor crea necesario para alcanzar los objetivos del examen.
Los programas de auditoria son normalmente de dos clases:
predeterminados y progresivos. En un programa predeterminado se incluyen
todos los procedimientos de auditoria, aun cuando no todos pueden ser
necesarios en ella. El progresivo consiste en un esquema del alcance,
características y limitaciones generales de la auditoria.
Los procedimientos de auditoria pueden definirse en grandes términos
como los actos o hechos que realiza el Auditor para alcanzar los objetivos del
examen.
La Muestra en Auditoría
La Declaración de Normas de Auditoria No. 39 define el muestreo de
auditoria como “la aplicación de un procedimiento de auditoria a menos del 100% de
las partidas o asientos de una cuenta o clase de transacciones con el fin de evaluar
algunas características del saldo de la cuenta o clase de transacciones”. La muestra
constituye una parte de un grupo de transacciones, estados financieros, u otro
universo de datos relacionados, seleccionados para reflejar o ayudar a determinar la
exactitud, acierto u otras características del conjunto, por lo que el muestreo es un
elemento importante en el proceso de auditoria.
La Evidencia en Auditoría
Según la Declaración Sobre Normas y Procedimientos de Auditoria No
10 (DNA 10), “para ser adecuada la evidencia tiene que ser válida y relevante.
La validez de una evidencia depende en tal grado de las circunstancias bajo las
cuales se obtiene, que las generalizaciones acerca de la confiabilidad de varios
tipos de evidencia están sujetas a importantes excepciones”.
Suficiencia de la Evidencia
De igual forma él (DNA 10), expresa que el objetivo del Auditor es obtener
suficiente y competente evidencia comprobatoria que le proporcione una base
razonable para formarse una opinión. La cantidad y clase de la evidencia requerida
para soportar una opinión, son extremos que debe determinar el Auditor aplicando su
juicio profesional, después de un cuidadoso estudio de las circunstancias en cada caso
particular.
La decisión sobre la cantidad de evidencia que necesita el Auditor depende de
su juicio profesional, sin embargo deberá tomar en consideración la validez (bondad)
del control interno, la materialidad de las partidas involucradas, el costo de obtención
de la evidencia adicional, las circunstancias concomitantes (riesgo relativo) del caso
específico y la competencia de la evidencia obtenida.
Los Papeles de Trabajo para la Auditoría
La Enciclopedia de la Auditoria (1998) define los papeles de trabajo
“son los registros que el Auditor mantiene de los procedimientos seguidos, las
pruebas efectuadas, la información obtenida y las conclusiones alcanzadas en
la auditoria” (p. 390). En consecuencia, los papeles de trabajo pueden incluir
programas, análisis, memorándums, cartas de confirmación y representación,
extractos y/o copias de documentos y tablas o comentarios preparados u
obtenidos por el Auditor.
Auditoria Tributaria
Según Figueroa y otros (1996) la definieron como la revisión del
cumplimiento de las disposiciones legales por parte de una persona, sea natural
o jurídica, para dictaminar sobre el fiel cumplimiento de la obligación fiscal de
esta como contribuyente, luego de haberse satisfecho con evidencia suficiente
y competente de la veracidad de tal aseveración para dejar además constancia
del trabajo realizado en las cédulas empleadas y del informe presentado al final
de la misma.
Según Cruz y otros (1998), la Auditoria Tributaria: Es un examen sobre los
elementos de la obligación tributaria con el propósito de determinar el grado de
cumplimiento de esa obligación, vale decir la aplicación sistemática de
procedimientos y técnicas de auditoria para verificar, evaluar y comprobar los
elementos de la obligación tributaria, a fin de determinar el incumplimiento de la
misma. Desde luego el examen debe apoyarse en las normas y leyes impositivas
vigentes para el momento del nacimiento de la obligación tributaria, y teniendo como
base principios, elementos, objetivos, programas y procedimientos propios en algunos
aspectos y tomado de la auditoria de estudios financieros entre otros.
Además Moreno y Romano (1999), la explican como “la aprobación o
improbación que se le da al contribuyente de su declaración de ventas y de la
información de su capacidad tributaria” (p. 42).
En atención a lo dicho anteriormente Cruz, (1998) señala y define los
principios que rigen la auditoria tributaria, entre los que se encuentra la existencia de
un modelo preestablecido donde estos serán utilizados para tomar cualquier cantidad
indeterminada en el proceso de selección de evidencias, para el estudio de los mismos
con la finalidad de conocer la realidad de los hechos y aplicar la solución perfecta e
ideal del asunto auditado.
Así mismo, la destreza y el conocimiento que todo Auditor debe tener sobre la
parte auditada, descansa sobre la responsabilidad del análisis siendo también, de suma
importancia la objetividad, que es la realidad de los hechos que el Auditor debe
relacionar con el objeto que la disciplina propuesta esté sustentada sobre una verdad
verificable e independiente del interés. El principio de independencia en toda
auditoria es fundamental para la efectividad de la misma, debido a que no se debe
dudar que el examen no está subordinado a los intereses del cliente, sino regidas a las
normas preestablecidas.
Todos los principios nombrados anteriormente deben ser enmarcados bajo los
lineamientos de la conducta ética del Auditor, ya que representa el comportamiento
moral enmarcado dentro de las reglas de conducta, la cual el Auditor se sujetará a
ella, dando fe de su idoneidad y rectitud profesional, y por último la utilidad que es la
respuesta acertada que desea el cliente o usuario en la auditoria tributaria para revelar
la realidad de hacer congruente el mensaje con la verdad constatada y en el empleo de
sus resultados.
Objetivos de la Auditoria Tributaria
Según Crespo M. (1999), los objetivos de la auditoría son:
- Obtener seguridad razonable sobre la declaración del hecho imponible.
- Verificar la exactitud de la determinación de la base imponible.
- Verificar el cumplimiento de los deberes formales por parte del
contribuyente.
- Verificar la determinación, pago y contabilización de los tributos.
- Conocer la existencia de reparos, actas, resoluciones y cualquier otra
comunicación emitida por la Administración Tributaria y a las cuales esté
sujeto el contribuyente.
Organismo a quien Compete la Ejecución de la Auditoría Tributaria
El Ministerio de Finanzas, por medio del Servicio Nacional Integrado
de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), ejerce la potestad
tributaria, poder de imperio consagrado en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, en el ordinal 12 del Artículo 156.
Pruebas a utilizar en una Auditoria Tributaria
De cumplimiento: Son las que sirven para determinar si los controles
internos sobre los que se va a depositar confianza, existen realmente y se
cumplen, estos pueden ser de dos tipos:
- Pruebas: En las cuales los detalles de registro y transacciones, tales
como los cheques comprobantes y la documentación de las ventas se
examinan cuidadosamente.
- Observación de los controles que no dejan ningún rastro auditable:
Tales como la segregación de ciertas responsabilidades y
obligaciones entre los empleados de la empresa auditable.
Sustantivas: Se aplican para evidenciar la propiedad y validez del
tratamiento que se da a las transacciones y a los saldos o viceversa, la
impropiedad o invalidez de los errores e irregularidades que ellos tengan. Se
clasifican en:
- Pruebas de detalles de transacciones y saldos.
- Pruebas analíticas.
De doble propósito: Proporcionan información dentro del tratamiento
contable de las transacciones y saldos, como del cumplimiento con el sistema
de control interno.
Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria
(SENIAT)
Es un organismo creado mediante decreto presidencial Nº 310 de
fecha 10-08-94, publicado en la Gaceta Oficial Nº 35.525, de fecha 16-08-94,
como servicio con autonomía financiera y funcional, organizado como una
entidad de carácter técnico dependiente solo del Ministerio de Hacienda y con
un sistema propio de personal.
La Administración Tributaria establece que el SENIAT tendrá las
siguientes funciones o atribuciones:
– Recaudación de los Tributos, intereses, sanciones y otros accesorios de
estos.
– Aplicación de leyes tributarias, tareas de fiscalización y control del
cumplimiento de las obligaciones tributarias, induciendo a su cumplimiento
voluntario.
– Requerir el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante medidas
cautelares, coactivas y de acción ejecutiva.
– Inscripción de los registros de los contribuyentes y responsables.
– Establecimiento y desarrollo del sistema de información y de análisis
estadístico, tributarios.
– Función normativa y de divulgación tributaria, de naturaleza técnica,
jurídica y administrativa.
Como puede observarse, el objetivo de este instituto autónomo, es el de recaudación de los ingresos tributarios del país que se encuentran bajo su
control.
Entre los tributos administrados por el SENIAT, tenemos el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.), este tributo objeto de estudio en la presente
investigación fue creado en el marco de la más reciente reforma tributaria emprendida por el Ejecutivo Nacional, con la finalidad de diversificar las
fuentes de ingresos públicos, y de esta forma atender las ingentes necesidades de salud, educación que requiere la colectividad en general.
Bases Legales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
La Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
(1999) en materia del Sistema Tributario, establece en sus artículos:
“Artículo 156: (…)
Ordinal 12.- Es de la competencia del Poder Nacional: La creación,
organización, recaudación, administración y control de los Impuestos sobre la
renta, sobre sucesiones, donaciones y demás ramos conexos, el capital, la
producción, el valor agregado, los hidrocarburos y minas, de los gravámenes a
la importación y exportación de bienes y servicios, los impuestos que recaigan
sobre el consumo de licores, alcoholes y demás especies alcohólicas,
cigarrillos y demás manufacturas del tabaco, y los demás impuestos, tasas y
rentas no atribuidas a los Estados y Municipios por esta Constitución y la ley.”
“Artículo 316. El sistema tributario procurará la justa distribución de las
cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente,
atendiendo al principio de la progresividad, así como la protección de la
economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población y se
sustentará para ello en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos”
“Artículo 317.- No podrá cobrarse ningún impuesto, tasa, ni contribución
alguna que no estén establecidos en la Ley, ni concederse exenciones y rebajas,
ni otras formas de incentivos fiscales, sino en los casos previstos por la ley que
cree el tributo correspondiente. Ningún tributo puede tener efecto
confiscatorio.
No podrán establecerse obligaciones tributarias pagaderas en servicios
personales. La evasión fiscal, sin perjuicio de otras sanciones establecidas por
la ley, podrá ser castigada penalmente.
En los casos de los funcionarios públicos o funcionarias públicas se
establecerá el doble de la pena.
Toda ley tributaria fijará su lapso de entrada en vigencia. En ausencia
del mismo se entenderá fijado en sesenta días continuos. Esta disposición no
limita las facultades extraordinarias que acuerde el Ejecutivo Nacional en los
casos previstos por esta Constitución.
La administración tributaria nacional gozará de autonomía técnica,
funcional y financiera de acuerdo con lo aprobado por la Asamblea Nacional y
su máxima autoridad será designada por el Presidente o Presidenta de la
República de conformidad con las normas previstas en la Ley.”
De la supra transcrita se evidencia que la Constitución Nacional de la
República Bolivariana de Venezuela sienta las bases en materia tributaria, en
razón de ser la disposición legal más importante y vista su ubicación, en el
vértice de la Pirámide de Kelsen; por lo que a raíz de ella se elaboran todas las
otras leyes.
Código Orgánico Tributario.
Claro y prudente es entender que el Código Orgánico Tributario es en el
orden jurídico, la normativa especifica en todo lo que responde a la cuestión
impositiva (salvo las excepciones de la propia ley). Nuestro Código Orgánico
Tributario original data de 1982, donde sufrió unas reformas en 1992. Pero
tanto la versión primera como la actual de 1994 son muy semejantes e
idénticas en la estructura y la concepción jurídica. Existen en nuestro país
diversas leyes que establecen tributos, sean sobre los bienes de las personas
fallecidas, sobre las rentas o ganancias de las personas que trabajan o tienen
inversiones, sobre las importaciones o los artículos que se venden. Lo que
hace el Código Orgánico Tributario es unificar las reglas, al menos, aquellas
que puedan servir de normas fundamentales para todos los tipos de tributo y
para todas las autoridades, sean el Fisco Nacional o los institutos oficiales, los
municipios o los mismos estados.
El artículo 225 del Código Orgánico Tributario establece la facultad al
Ejecutivo Nacional para otorgar a la Administración Tributaria, autonomía
funcional y financiera, para la cual se destinará directamente de los ingresos
que generen los tributos que ella administre, un mínimo de tres por ciento (3%)
hasta un máximo de cinco por ciento (5%), con exclusión de los ingresos
provenientes de la explotación de hidrocarburos y actividades conexas, para
atender el pago de las erogaciones destinadas al cumplimiento de sus
funciones.
Al respecto, el Ejecutivo Nacional creará y en su caso, reestructurará,
fusionará o extinguirá Servicio Autónomo sin personalidad jurídica para
asegurar la administración eficiente de la tributación interna y aduanera.
Parágrafo Unico – para dar cumplimiento a lo dispuesto en este artículo,
se asignará en la Ley de Presupuesto de cada año, el monto equivalente al
porcentaje que el Ejecutivo Nacional determine para cada Servicio Autónomo
creado.
El texto se refiere: a su carácter de la ley orgánica: contiene artículos
que refieren, al ámbito de aplicación del código; al desarrollo del principio de
legalidad; la interpretación de las leyes tributarias; de la obligación tributaria
de los administradores; señala de manera clara las infracciones y sanciones;
con determinación, comprende las normas que han de regir la administración
tributaria; los procedimientos administrativos y contenciosos; el ámbito
territorial y extraterritorial; entre otros objetivos; define la clasificación de
impuestos, tasas y contribuciones especiales y en términos generales regula la
obligación tributaria.
Ley de Impuesto al Valor Agregado (I.V.A)
El I.V.A. constituye, en la actualidad, el más importante tributo desde el
punto de vista de la recaudación que genera, así como por los controles
sustanciales y formales a los cuales se encuentran sujeto los contribuyentes.
De allí, la importancia de conocer en detalle su regulación legal.
A los fines de explicar los regímenes de este impuesto, la presente Ley
se dividió en 8 capítulos que se examinan a continuación. El primero de ellos
se analizan los antecedentes, el concepto y las características fundamentales
del I.V.A. y a tal efecto, se resaltan los antecedentes legislativos del I.V.A., su
condición de impuesto indirecto sobre el consumo y su carácter no
acumulativo, así como la reserva efectuada a favor del Poder Nacional en todo
lo relativo al establecimiento, recaudación y supervisión de este impuesto. En
el segundo capítulo, se estudian los hechos imponibles del I.V.A. y a estos
fines se adopta un esquema en el cual prevalece como criterio orientador, el
aspecto sustancial del impuesto. Se analizan allí, los diversos hechos
susceptibles de generar obligación tributaria, sus aspectos temporales y
espaciales, así como los casos límite de no sujeción contenidos en la Ley.
Especial interés reviste en este punto el desarrollo de las operaciones
asimiladas a ventas y a servicios, así como la determinación de los supuestos
de importaciones no definitivas de bienes y servicios. En el tercer capítulo,
esta dedicado a los sujetos pasivos del I.V.A. En tal sentido, se aborda la
distinción entre contribuyentes y responsables. En la primera categoría –
Contribuyentes – se examina la diferencia entre Contribuyentes Voluntarios y
Contribuyentes Forzosos propias del I.V.A. Al tratar el tema de los
responsables se alude igualmente a la distinción entre Agentes de Retención y
Percepción del impuesto y se detallan los supuestos contenidos en la Ley del
I.V.A. y los regulados en el Código Orgánico Tributario. Finalmente se
considera en este capítulo una figura propia del I.V.A.; los sujetos incididos, es
decir, las personas que en una determinada operación están obligadas a
soportar el impuesto, aún sin tener en esa operación la condición de
Contribuyente o Responsable.
En el cuarto capítulo, se estudia el régimen general de dispensa del
I.V.A., esto es, los casos en los cuales se otorgan exenciones y exoneraciones
del impuesto. También se analiza en este capítulo el régimen de recuperación
de los créditos fiscales establecidos a favor de los exportadores y agentes
diplomáticos, para evitar que estos sujetos sufran el impacto económico del
I.V.A. Los aspectos vinculados a la determinación del impuesto causado se
desarrollan en el quinto capítulo, allí se explica el conjunto de actos u
operaciones aritméticas que debe efectuar el Contribuyente para establecer la
existencia y cuantía del tributo en un periodo fiscal determinado.
También se desarrolla en este mismo capítulo los requisitos que deben
cumplirse para que nazca el crédito fiscal a favor de un Contribuyente, así
como la forma y cuantía de su deducción, y por último se hace referencia a los
supuestos en que procede la determinación oficiosa del impuesto por parte de
la Administración Tributaria, así como los métodos, base cierta y base presunta
que puedan utilizarse para ello. En el sexto capítulo se dedica a la exposición
de los deberes de los sujetos pasivos del I.V.A. En especial se exponen los
principios y reglas inherentes a la declaración y pago del impuesto, la
inscripción en el Registro de Contribuyentes y la emisión de documentos y
registros contables. En los dos capítulos siguientes, se estudian las
disposiciones transitorias y finales de la Ley entre las cuales se destacan las
afectaciones específicas de porcentajes del I.V.A. al financiamiento del FIDES
y de la Administración Tributaria.
Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
El presente Reglamento apareció en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº
5.363 de fecha 12 de julio de 1999, Gaceta que no estuvo al alcance del
público sino el 30 de agosto del mismo año. Por lo tanto hay que considerar
que la vigencia del Reglamento comenzó en esta última fecha.
Conforme al artículo 90 del presente Reglamento, deroga el Reglamento
del Consumo Suntuario y Ventas al Mayor de 1994 y que se refiere a la Ley
anterior.
Ordenamiento Jurídico del Seniat
La misión del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera
y Tributaria, según el Ordenamiento Jurídico del Seniat (1994), establece que
el mismo ha sido organizado para:
Contribuir activamente con la formulación de la política fiscal tributaria, modernizar y administrar eficaz y eficientemente el sistema de recaudación de los tributos nacionales, propiciando el desarrollo de una cultura tributaria, con apego a los principios de legalidad, honestidad, y
respeto al contribuyente con el fin de contribuir a mejorar la calidad de vida de la población. (p. 24).
Así mismo, se destaca que la organización de este servicio comienza a
finales de octubre de 1994, pero no fue sino en enero de 1995, cuando en la
práctica empezó a estructurarse formalmente el nivel normativo y a
desarrollarse el proceso de integración de las administraciones de rentas y
aduanas.
CAPITULO III
MARCO METODOLOGICO
Naturaleza y Diseño de la Investigación
La investigación consistió en elaborar un programa de fiscalización para el
Sector Acarigua del SENIAT de la Región Centroocidental con el objeto de verificar
el cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia del Impuesto al Valor
Agregado, esta investigación fue concebida como un proyecto factible apoyado con
un diseño de campo descriptivo, por cuanto se obtuvo datos de origen primario, es
decir, recolectar información en la institución objeto de estudio, el cual fue realizado
en tres fases: diagnostico, factibilidad y diseño del proyecto, para poder llegar a la
solución del problema planteado.
Fase I: Diagnostico
Población y Muestra
La población objeto de estudio está conformada por mil trescientas treinta (1.330) personas, adscritas al SENIAT Región Centro Occidental, los cuales se tomará para efecto de la investigación, de acuerdo a los objetivos
planteados, solamente el grupo involucrado que es el Sector Acarigua, con el proceso de verificación del cumplimiento de las obligaciones tributarias en
materia del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
La muestra está conformada por diecinueve (19) funcionarios adscritos
al Sector Acarigua del SENIAT de la Región Centro Occidental, personal esté
que está involucrado con las fiscalizaciones que tiene por objeto verificar el
cumplimiento de las obligaciones tributarias en materia del Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
Este personal está conformado por un Jefe del Sector Acarigua del
SENIAT y dieciocho (18) Fiscales actuantes. Cabe destacar que la selección de
la muestra se realizó de manera no probabilística considerando los objetivos y
diseño de la investigación.
Instrumentos de Recolección de Datos
Para la recolección de la información se hizo necesario elaborar una ficha observacional donde se dejó constancia de las observaciones efectuadas en el proceso del Sector Acarigua del Seniat de la Región Centroccidental y
una encuesta tipo cuestionario (Ver Anexo Nº1 y Nº2).
Validación de los Instrumentos Para la validación de los instrumentos se consultó a expertos en materia tributaria y metodólogo, de manera que aprobaran los instrumentos, para ello revisaron la claridad de los items y su relación con los objetivos del estudio, cuyas observaciones fueron plasmadas en una matriz de análisis. (Ver Anexo
3)
Procesamiento y Análisis de Datos Una vez aplicados los instrumentos (encuesta tipo cuestionario), estos datos se recogieron de forma manual y se procesaron a través del programa Microsoft Word, para hacer los reportes que muestran el valor obtenido para
cada items.
Conclusiones del Diagnóstico A través del análisis de los resultados se pudo determinar las siguientes
conclusiones: 1. Necesidad de un programa de fiscalización que contenga los
procedimientos para hacer cumplir las obligaciones tributarias en materia del Impuesto al Valor Agregado.
2. Factibilidad para desarrollar y aplicar la propuesta.
Fase II: Factibilidad
En lo Jurídico
Para comprobar la factibilidad del proyecto fue necesario estudiarlo desde el punto de vista jurídico, por cuanto no viola ninguna disposición legal
en el SENIAT Región Centro Occidental, específicamente del Sector Acarigua, por lo que este proyecto es factible jurídicamente.
En lo Técnico
La Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental, dispone de los funcionarios y recursos necesarios para desarrollar
el programa, lo que resulta factible técnicamente.
En lo Económico El desarrollo de éste programa conlleva al incremento de la recaudación
en materia del Impuesto al Valor Agregado, lo que se deduce que el proyecto es factible económicamente.
Fase III: Diseño del Proyecto
El proyecto contendrá los aspectos generales del programa de
fiscalización, conjuntamente con los formularios que utilizará el Fiscal actuante para la mejor ejecución de la investigación en materia del Impuesto al
Valor Agregado.
CAPITULO IV
ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS
En este capítulo se señalan los resultados de la aplicación de los
instrumentos descritos en el capitulo III, tal como se indica a continuación:
Item 1. El tiempo disponible para la ejecución de la fiscalización del I.V.A. es. Cuadro 1
Alternativas Frecuencia Porcentaje 05 días 0 0,00 10 días 16 84,21 15 días 2 10,52 20 días 1 5,26 30 días 0 0,00
Gráfico 1. Fuente: Datos propios del interesado.
Tal como lo señala el cuadro 4 y el gráfico 1, el 84,21% de la muestra realizan
las fiscalizaciones en 10 días, seguido del 10,52% lo efectúan en 15 días y sólo el
5,26% los realiza en 20 días.
84,21%
10,52% 5,26%
5 días10 días15 días20 días30 días
Item 2. Al momento de realizar la fiscalización del I.V.A. usted, ¿qué
audita?
1. Débito Fiscal 2. Crédito Fiscal 3. Deberes Formales
Cuadro 2
Alternativas Frecuencia Porcentaje 1,2 0 0,00 1,3 0 0,00
1,2,3 19 100,00
Gráfico 2. Fuente: Datos propios del interesado.
El 100% del total de la muestra coincidió en los puntos sobre el cual realizan
la auditoría.
100%
1,2
1,3
1,2,3
Item 3. ¿Tiene conocimiento de un programa de fiscalización para
verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias del I.V.A.?
Cuadro 3
Alternativas Frecuencia Porcentaje SI 0 0,00
NO 19 100,00
Gráfico 3. Fuente: Datos propios del interesado.
El 100% de la muestra declaró su desconocimiento sobre algún programa de
auditoría sobre el I.V.A.
0%
100%
SI
NO
Item 4. ¿Esta usted de acuerdo con utilizar el programa del I.C.S.V.M. para
fiscalizar el I.V.A.?
Cuadro 4
Alternativas Frecuencia Porcentaje SI 0 0,00
NO 19 100,00
Gráfico 4. Fuente: Datos propios del interesado.
El 100% de la muestra confirmó el no estar de acuerdo con la utilización del
programa de I.C.S.V.M. para el I.V.A.
0%
100%
SI
NO
Item 5. ¿La Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región
Centroccidental, le ha propuesto participar en la elaboración de un
programa de fiscalización del I.V.A.?
Cuadro 5 Alternativas Frecuencia Porcentaje
SI 0 0,00 NO 19 100,00
Gráfico 5. Fuente: Datos propios del interesado.
En este sentido, el 100% de la muestra consultada coincide en que La
Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centroccidental no les ha
hecho ninguna propuesta a este respecto.
100%
SINO
Item 6. ¿Cree usted necesario el disponer de un programa de fiscalización
para el I.V.A.?
Cuadro 4 Alternativas Frecuencia Porcentaje
SI 17 89,48 NO 2 10,52
Gráfico 6. Fuente: Datos propios del interesado.
En la muestra consultada, la mayoría de la misma 89,48% pusieron en
evidencia la necesidad de tener un programa que sirva como guía y apoyo para la
ejecución de las auditorías en materia del I.V.A.
89,48%
10,52%
SINO
Item 7. ¿Usted le ha propuesto a su supervisor la necesidad de crear un
programa de fiscalización del I.V.A.?
Cuadro 5
Alternativas Frecuencia Porcentaje SI 0 0,00
NO 19 100,00
Gráfico 7. Fuente: Datos propios del interesado.
Todos coinciden en el no haber tenido la iniciativa para proponer un programa
de fiscalización en materia del I.V.A..
0
100
SI
NO
Item 8. ¿Si se fuese a crear un programa de fiscalización del I.V.A., que aspectos abarcaría? 1. Verificar débito fiscal
2. Verificar crédito fiscal 3. Verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias
4. Y otros Cuadro 8
Alternativas Frecuencia Porcentaje 1,2,3 0 0,00 1,3,4 0 0,00 1,2,4 0 0,00 2,3,4 0 0,00
1,2,3,4 19 100,00
Gráfico 8.
Fuente: Datos propios del interesado.
El 100% de la muestra coincidió en los puntos que abarcaría el
programa de fiscalización del I.V.A.
100%
1,2,3
1,3,41,2,42,3,4
1,2,3,4
Item 9. ¿Los programas que usted a manejado aparte de los elementos anteriores debe contener los procedimientos a utilizar para practicar la
fiscalización? Cuadro 9
Alternativas Frecuencia Porcentaje SI 0 0,00
NO 19 100,00
Gráfico 9.
Fuente: Datos propios del interesado.
El 100% de la muestra confirmó el alcance de las auditorías, dando a entender
que los Fiscales actuantes abarcan mucho más en el proceso de investigación fiscal.
0
100
SINO
Item 10. ¿Considera usted importante que un programa de fiscalización contenga los procedimientos a seguir en una fiscalización de I.V.A.?
Cuadro 10
Alternativas Frecuencia Porcentaje SI 19 100,00
NO 0 0,00
Gráfico 10. Fuente: Datos propios del interesado.
Todos los sujetos que representan la muestra, demuestran con su
respuesta la necesidad de la implantación de un programa de fiscalización en
materia del I.V.A.
100
SINO
Item 11. ¿Considera usted necesario el desarrollo de un programa de
fiscalización en materia de I.V.A.?
Cuadro 11 Alternativas Frecuencia Porcentaje
SI 19 100,00 NO 0 0,00
Gráfico 11. Fuente: Datos propios del interesado.
El 100% de la muestra coincidió que es necesario un programa de
fiscalización en materia del I.V.A.
100
SINO
CAPITULO V
DISEÑO DEL PROYECTO
A continuación se presenta el programa de fiscalización como solución
a la ausencia del mismo, para fiscalizar el Impuesto al Valor Agregado, en el
SENIAT Región Centrooccidental Sector Acarigua, el cual pretende brindar
lineamientos generales en cuanto a los procedimientos, con el objeto de elevar
la recaudación de este impuesto.
PROGRAMA DE FISCALIZACION
I.V.A.
GERENCIA DE TRIBUTO INTERNO SECTOR ACARIGUA
BARQUISIMETO, MARZO 2002
CAPITULO VI
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones
A través del análisis de los resultados se pudo determinar la necesidad
de elaborar un programa de fiscalización en materia del Impuesto al Valor
Agregado (I.V.A.), para el Sector Acarigua del SENIAT de la Región
Centroccidental.
Así mismo se comprobó la factibilidad del proyecto desde el punto de
vista jurídico, operativo y económico, no violando así, disposiciones legales
del SENIAT Región Centroccidental y específicamente en el Sector Acarigua.
El programa de fiscalización del Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.),
permite determinar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los
contribuyentes y por consiguiente su aplicación genera incremento en la
recaudación de dicho impuesto, además de orientar a los funcionarios Fiscales
en la práctica de las fiscalizaciones.
La ejecución del programa de fiscalización servirá de herramienta
administrativa de control, por cuanto permitirá la correcta aplicación de las
normativas legales relacionadas con este tributo.
Recomendaciones
En síntesis y de manera precisa se detallan dos recomendaciones
importantes para que se pueda dar este programa::
1. Para la ejecución de este programa de fiscalización debe dictarse la
inducción necesaria y precisa a los funcionarios encargados del mismo.
2. El programa de fiscalización del I.V.A. propuesto, debe ser discutidos
en mesa de trabajo por los funcionarios fiscales, de tal forma que se
hagan las observaciones precisas y pertinentes, para luego ser sometido
a consideración a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la
Región Centroocidental, y esta a su vez someterla a consideración a la
Gerencia de Fiscalización (Nivel Central).
3. Una vez que sea aprobado dicho programa, debe ser autorizada su
ejecución, cuyos resultados deben ser analizados para ser aplicado a
otros sectores y unidades.
4. Se requiere que una vez ejecutado, o durante el proceso de ejecución se
le haga un seguimiento riguroso de manera tal que si existen fallas
puedan ser corregidas en el proceso de aplicación y se hagan las
adaptaciones que sean necesarias.
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Anexo 1
Ficha Observacional
FICHA OBSERVACIONAL
Anexo 2
Encuestas Tipo Cuestionario
INSTRUCTIVO
Esta encuesta va dirigida al Jefe y al grupo de Fiscales actuantes del Sector
Acarigua del SENIAT de la Región Centroccidental, con el propósito de calificar el
desempeño administrativo y operativo en los procedimientos de auditoria en materia
del Impuesto al Valor Agregado, con la finalidad de indicar alternativas en el
mejoramiento de dicha gestión.
A continuación se formulan una serie de preguntas, agradeciendo se conteste con la
mayor seriedad posible. Su información servirá de mucha ayuda por cuanto permitirá
alcanzar un mejor desempeño en la organización.
Escriba en letra de molde, en lápiz de grafito, rellene completamente los círculos que
indican sus respuestas, sin enmiendas y tómese el tiempo que considere para sus
respuestas.
Gracias por su colaboración.
1. El tiempo disponible para la ejecución de la fiscalización del I.V.A. es: 05 días � 10 días � 15 días � 20 días � 30 días �
2. Al momento de realizar la fiscalización del I.V.A. usted, ¿qué audita?
Débito fiscal ¡
Crédito fiscal ¡
Deberes formales ¡
3. ¿Tiene conocimiento de un programa de fiscalización para verificar el
cumplimiento de las obligaciones tributarias del I.V.A.?
SI ¡ NO ¡
4. ¿Esta usted de acuerdo con utilizar el programa del I.C.S.V.M. para
fiscalizar el I.V.A.?
SI ¡ NO ¡
5. ¿La Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región
Centroccidental, le ha propuesto participar en la elaboración de un
programa de fiscalización del I.V.A.?
SI ¡ NO ¡
6. ¿Cree usted necesario el disponer de un programa de fiscalización para el
I.V.A.?
SI ¡ NO ¡
7. ¿Usted le ha propuesto a su supervisor la necesidad de crear un programa
de fiscalización del I.V.A.?
SI ¡ NO ¡
8. ¿Si se fuese a crear un programa de fiscalización del I.V.A., que aspectos abarcaría?. Si elige la opción “otros”, diga cuales.
Verificar débito fiscal ¡
Verificar crédito fiscal ¡
Verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias ¡
Y otros ¡
9. ¿Los programas que usted a manejado aparte de los elementos anteriores debe contener los procedimientos a utilizar para practicar la fiscalización?
SI ¡ NO ¡
10. ¿Considera usted importante que un programa de fiscalización contenga los procedimientos a seguir en una fiscalización de I.V.A.?
SI ¡ NO ¡
11. ¿Considera usted necesario el desarrollo de un programa de fiscalización en
materia de I.V.A.? SI ¡ NO 0
Anexo 3
Validación de Instrumento
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA
BARQUISIMETO, ESTADO LARA
VALIDACION DE INSTRUMENTO
Participante:
Saulo Sánchez C.I. 7.363.362
Marzo, 2002
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO”
DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA BARQUISIMETO, ESTADO LARA
Yo, Anttonieta D’amelio, titular de la Cédula de Identidad Nº11.079.781, Licenciada en Administración, funcionaria adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Centroccidental, con el cargo de Profesional Tributario en Calidad de Fiscal Nacional de Hacienda, validador del trabajo especial de grado titulado PROGRAMA DE FISCALIZACION PARA EL SENIAT DE LA REGION CENTROCCIDENTAL CON EL PROPOSITO DE FISCALIZAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (SECTOR ACARIGUA), elaborado por el Abogado Saulo Jesús Sánchez González, Fiscal Nacional de Hacienda, adscrito al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Centroccidental; dejo constancia que he revisado y evaluado la entrevista-cuestionario, resultando aprobado en su contenido.
En Barquisimeto, a los tres días del mes de marzo del 2002.
Anttonieta D’amelio
C.I. 11.079.781
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA
BARQUISIMETO, ESTADO LARA
Yo, Yenny López, titular de la Cédula de Identidad Nº10.771.746, Licenciada en Administración, funcionaria adscrita al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Centroccidental, con el cargo de Profesional Tributario en Calidad de Fiscal Nacional de Hacienda, validador del trabajo especial de grado titulado PROGRAMA DE FISCALIZACION PARA EL SENIAT DE LA REGION CENTROCCIDENTAL CON EL PROPOSITO DE FISCALIZAR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (SECTOR ACARIGUA), elaborado por el Abogado Saulo Jesús Sánchez González, Fiscal Nacional de Hacienda, adscrito al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Centroccidental; dejo constancia que he revisado y evaluado la entrevista-cuestionario, resultando aprobado en su contenido.
En Barquisimeto, a los cinco días del mes de marzo del 2002.
Yenny López
C.I. 10.771.746
Barquisimeto, 2 de marzo del 2002 Ciudad Estimado Experto A continuación se le presenta un paquete contentivo de título, objetivo,
variable e itemes para realizar las observaciones pertinentes.
De acuerdo a su experiencia y competencia en el área se le pide por
favor haga todas las correcciones posibles para obtener un instrumento de
calidad que mida la variable en estudio.
Gracias por su colaboración
REGISTRO DE LA VALIDACION DE INSTRUMENTO
A continuación se le presenta un registro de evaluación. Considere en la
columna los items y en la horizontal la fila con los criterios.
Marque con una “x” el criterio que usted considere debe aplicar; si
escoge el “B” o el “C” por favor indique el porqué:
CRITERIO
ITEMS
A
DEJAR
B
REFORMULAR
C
ELIMINAR OBSERVACIONES
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
Título
Programa de Fiscalización para el SENIAT de la Región
Centroccidental con el Propósito de Fiscalizar el Impuesto al Valor Agregado
(Sector Acarigua).
Objetivo General
Elaborar un programa de fiscalización para el SENIAT de la Región
Centroccidental con el propósito de fiscalizar el Impuesto al Valor Agregado
(Sector Acarigua).
Objetivos Específicos
ü Diagnosticar la necesidad de crear un programa de fiscalización para el
Sector Acarigua del SENIAT de la Región Centroocidental en materia del
Impuesto al Valor Agregado.
ü Evaluar la factibilidad de un programa de fiscalización en el Sector
Acarigua del SENIAT de la Región Centroocidental en materia del
Impuesto al Valor Agregado.
OPERACIONALIZACION DE LA VARIABLE
VARIABLE DIMENSION INDICADORES ITEMS
Programa de
Fiscalización
Estructura y
Organización
Introducción
Objetivo
Basamento Legal
Alcance
Recursos
Metas a Alcanzar
Responsabilidades
Actividades (pasos
a seguir)
Formularios
Entrevista tipo
Cuestionario y
Ficha
Observacional
Impuesto al Valor
agregado
Obligaciones
Tributarias
Débitos Fiscales
Créditos Fiscales
Deberes Formales:
- Libro de
compras
- Libro de ventas
- Declaración
- Facturas o
documentos
equivalentes
Entrevista tipo
Cuestionario y
Ficha
Observacional