procedimiento para insctripcion de marca
DESCRIPTION
propiedad intelectual, marcasTRANSCRIPT
-
PROPIEDAD INTELECTUAL
-
ANTECEDENTES HISTRICOS En el mundo clsico no se conoca nada sobre propiedad
intelectual.
La industria editorial era apoyada en las copias manuales que los esclavos hacan de los textos ms destacados pero los autores carecan de cualquier derecho.
Pueden encontrarse textos que reflejaban cierto respeto, pero de tipo moral.
En la Edad Media, los monasterios
fueron los que continuaron
manufacturando libros.
En la Edad Moderna, la invencin de
la imprenta supone una revolucin
en la produccin y distribucin de obras literarias.
-
Los privilegios de impresin se concedan al editor, no al autor.
Entre 1695 y 1710 no existi marco legar regulador del privilegio de impresin.
En 1710 se aprueba el Estatuto de la Reina Ana, primera ley conocida sobre derechos de autor.
No se beneficiaba nicamente a los editores sino a los escritores.
Con distintas formas y matices el sistema se extenda poco a poco. La necesidad de incentivos para mantener el acelerado desarrollo tecnolgico consolidaron la lgica de la propiedad intelectual y extenderan las legislaciones protectoras.
-
En el Siglo XIX los regmenes modernos de propiedad intelectual adoptaron en gran medida su estructura bsica, aunque el proceso de introduccin de mejoras contina en la actualidad.
Los dos principales tratados en materia de propiedad intelectual se adoptaron durante ese perodo:
Convenio de Paris para la Proteccin de la Propiedad Industrial 1983.
Convenio de Berna para la Proteccin de Obras Literarias y Artsticas 1986.
A comienzo del Siglo XX muchos pases haban adoptado leyes modernas de marcas, patentes y derechos de autor.
-
ORGANIZACIN MUNDIAL DEL COMERCIO
Organizacin internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los pases.
Objetivo: Apertura del comercio en beneficio de todos.
Establecida en enero de 1995.
Sede Ginebra.
160 miembros.
Guatemala es miembro desde el 21 de julio de
1995.
Los acuerdos abarcan las mercancas, servicios
y propiedad intelectual.
Sus acuerdos no son estticos.
Contiene disposiciones especiales para los
pases en desarrollo.
-
PROPIEDAD INTELECTUAL
DERECHO DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS
Artsticas
Literarias
Cientficas
PROPIEDAD INDUSTRIAL
Industria
Comercio
-
Ms de un tipo de propiedad intelectual puede aplicarse a un solo producto.
Productos protegidos por ms de un tipo de propiedad intelectual
-
Ley de Propiedad Industrial Decreto 57-2000
Objeto
Artculo 1
Signos distintivos
Patentes de invencin
Modelos de utilidad
Diseos industriales
Proteccin de los secretos empresariales
Disposiciones sobre combate a la competencia desleal.
-
SIGNOS DISTINTIVOS
Artculo 4 Decreto 57-2000
Marca
Nombre comercial
Emblema
Expresin o seal de propaganda
Denominacin de origen
-
MARCA Definicin Legal. Artculo 4 Decreto 57-2000
Denominativo
Figurativo
Mixto
Tridimensional
Olfativo
Sonoro
-
DEFINICIN DOCTRINARIA
Nombre, trmino simblico o diseo que sirve para identificar los productos o servicios de un vendedor o
grupo de vendedores, y para diferenciarlos de los productos competidores.
Laura Fischer y Jorge Espejo
Todo signo o medio que sirve para distinguir en el mercado los productos o servicios de una persona fsica o
jurdica de los de otra.
Eli Salis
-
NATURALEZA JURDICA DE LA MARCA
Artculo 17 de la Ley
Las marcas tienen la calidad de bienes muebles.
-
SIGNOS QUE PUEDEN CONSTITUIR MARCAS
Artculo 16 de la Ley
-
FUNCIONES DE LA MARCA
Elemento distintivo de productos o servicios
Garanta de cierta calidad
Indica procedencia
Busca publicidad autnoma
Elemento de valoracin de la empresa
Herramienta de competencia
-
CLASIFICACIN DE LAS MARCAS
Marcas Individuales
Marcas colectivas Arto. 48 de la Ley
Marcas de certificacin Arto.55 de la Ley
-
PROTECCIN DE LA MARCA
Vigencia de 10 aos. Arto. 31 de la Ley.
Renovacin indefinida por perodos iguales y sucesivos de 10 aos, contados a partir de la fecha del vencimiento. Arto. 32 de la Ley.
-
PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCIN DE MARCA
Bsqueda retrospectiva
Solicitud ante el Registro de Propiedad Intelectual.
Arto. 22, 5
Arto. 6 del Reglamento
Arto. 61 CPCM
El Registro anota fecha y hora de presentacin de la solicitud
Arto. 24
-
Examen de forma.
Examen de fondo.
Arto. 25
Publicacin de edicto. Arto. 26 (oposicin Arto. 27)
Presentacin de publicaciones al Registro, dentro del mes siguiente a la fecha de la ltima publicacin. Arto. 26
-
Inscripcin y extiende el Registrador el certificado de registro de marca. Arto. 28 de la Ley
-
ENAJENACIN DE LA MARCA Y CESIN DE DERECHOS
Arto. 41 al 47de la Ley.
-
EXTINCIN DEL REGISTRO DE LA MARCA
Arto. 62 al 67 de la Ley.
Por vencimiento del plazo;
Cancelacin a solicitud del titular;
Cancelacin debida a la generalizacin de la marca;
Por falta de uso de la marca;
Por sentencia ejecutoriada.