potestad de fiscalizacion de la administraciÓn pÚblica”

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FACULTAD DE INGENIERIA Y CIENCIAS ECONOMICAS TRABAJO DE INVESTIGACIÓN POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” PARA OPTAR TÍTULO PROFESIONAL DE: ABOGADO PRESENTADO POR: BACHILLER JULIO GIOVANNI YARLEQUE MENDEZ ASESOR: DR. JOSÉ JORGE CAMPOS MARTÍNEZ ICA PERU 2018

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Page 1: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

FACULTAD DE INGENIERIA Y CIENCIAS ECONOMICAS

TRABAJO DE INVESTIGACIÓN

“POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

PARA OPTAR TÍTULO PROFESIONAL DE:

ABOGADO

PRESENTADO POR:

BACHILLER

JULIO GIOVANNI YARLEQUE MENDEZ

ASESOR:

DR. JOSÉ JORGE CAMPOS MARTÍNEZ

ICA – PERU

2018

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2

DEDICATORIA

Dedico el esfuerzo realizado en primer lugar a Dios,

por siempre darme fuerza espiritual y la

perseverancia y asimismo también agradezco a mi

familia que en todo momento estuvo a mi lado,

siempre alentándome.

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3

RESUMEN

La sociedad peruana, a través de sus autoridades, a pesar de los esfuerzos

realizados por crear conciencia del cumplimiento de las obligaciones que todo

ciudadano debe realizar y cumplir, con las disposiciones de carácter

administrativo, tributarios y laborales, debidamente establecidas en las normas

que regulan dichas actividades y que en la mayoría de los casos existe

incumplimiento de las obligaciones establecidas.

En tal sentido, con el fin de determinar las consecuencias que generan dicho

incumplimiento, se ha establecido , como una de las formas de su

cumplimiento, es darle a la Administración Pública la potestad para que al

menor indicio de incumplimiento a las disposiciones normativas establecidas,

pueda iniciar acciones de supervisión, y de encontrar indicios razonables

debidamente sustentadas de incumplimiento de las normas, aperturar la etapa

de fiscalización, en contra de las actuaciones de las personas naturales y

jurídicas.

Dicho proceso se realiza dentro del respeto de las principios generales

administrativos establecidos en el ordenami9ento jurídico, que permitan una

adecuada fiscalización, es decir tener en cuenta el correcto ejercicio de las

funciones de control y fiscalización a cargo de la Administración Pública.

La actividad fiscalizadora de la Administración, es la potestad administrativa

que permitirá garantizar la correcta adecuación de las actividades sujetas a

control, establecidas en el ordenamiento jurídico, que además permitirá

establecer si las personas naturales y jurídicas se encuentran cumpliendo y

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4

respetando las normas establecidas de carácter administrativo, tributario y

laboral, demostrar que han tramitado y cuentan con títulos habilitantes

vigentes y a partir de ella si cumple con las obligaciones establecidas en las

respectivas normas.

En tal sentido, es necesario tener en cuenta las atribuciones con que cuenta la

Administración Pública, para el ejercicio de la potestad de supervisión y

fiscalización, debiendo existir una regulación básica o general, estarán

delimitadas por las normas sectoriales donde se realicen tales funciones, en

donde se fijaran las atribuciones necesarias para el cumplimiento de la

finalidad de cada administración.

De manera general existen básicamente tres atribuciones que normalmente se

realizan durante el proceso de fiscalización, la primera se da cuando al

momento de ingresar a los domicilios y locales intervenidos con el fin de

determinar que cuenta con la habilitación para que pueda funcionar, la segunda

de las facultades es el requerimiento de información, en relación al desarrollo

de las actividades sujetas a fiscalización, que permitan comprobar su

adecuación a la legalidad aplicable, asimismo , la tercera de la atribuciones se

refiere a la adopción de las llamadas medidas correctivas, dirigidas a redefinir

la actividad de los administrados hacia el cumplimiento de los patrones de

conducta legalmente establecidos, vale decir restablecer la vigencia del

ordenamiento que ha sido vulnerado.

Es necesario tener en cuenta la importancia de la intervención de la

Administración Pública en el procedimiento administrativo de fiscalizar la

Page 5: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

5

actuación de las personas naturales y/o jurídicas que intervienen en la

actividad económica,

Page 6: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

6

INDICE

DEDICATORIA ................................................................................................... 2

RESUMEN ......................................................................................................... 3

INDICE ............................................................................................................... 6

I. INTRODUCCIÓN ......................................................................................... 8

II. PROBLEMÁTICA DE LA INVESTIGACIÓN .............................................. 11

2.1 DESCRIPCION DE LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LA

FUNCION FISCALIZADORA DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA Y MARCO

LEGAL……………… ........................................................................................ 11

2.2 FORMULACION DEL

PROBLEMA…………………………………………………11

2.3 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN ......................................... 14

2.4 VARIABLES ............................................................................................... 16

2.5 LIMITACIONES ................................................................................... 16

3 OBJETIVOS ............................................................................................... 18

3.1 OBJETIVOS ........................................................................................ 18

4 MARCO TEÓRICO .................................................................................... 20

4.1 ANTECEDENTES ............................................................................... 20

4.1.1 CONCEPTO DE LA POTESTAD SANCIONADORA DEL

ESTADOPERUANO………………………………………..…………….16

4.2MARCOTEORICO………………………………………………………………16

4.3 ATRIBUCIONES DE LA POTESTAD

FISCALIZADORA………………………….17

Page 7: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

7

4.3.1 INGRESO A DOMICILIO9S NO LOCALES

FISCALIZADOS…………………………………………………………………..…18

4.3.2 EL REQUERIMIENTO DE

INFORMACION…………………………………………………………..…………19

V. METODOS O PROCEDIMIENTO ....................................................... 29

5.1 TIPO Y NIVEL DE INVESTIGACION .................................................. 29

5.2 DISEÑO DE INVESTIGACION ........................................................... 29

5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA ................................................................. 30

5.4 TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS ..... 30

5.5 TÉCNICAS DE ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS ............ 31

VI. RESULTADOS ............................ ……32¡Error! Marcador no definido.

VII. RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES ...................................... 41

7.2 CONCLUSIONES................................................................................ 43

BIBLIOGRAFIA ................................................................................................ 45

ANEXOS .......................................................................................................... 47

ENCUESTA ...................................................................................................... 47

Page 8: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

8

I. INTRODUCCIÓN

En el devenir histórico, al Estado de Derecho, se le han ido invistiendo de

normas jurídicas que le otorgaron potestades –poderes, y asimismo a través

de la facultad de sancionar o castigar que ostenta el estado – el IUS

PUNIENDI- que constituye el ejercido por aquellos órganos a los cuales,

por ley expresa son atribuidos y limitado por el Derecho, en todas sus

expresiones jurídicas.

Podemos definir de alguna manera que la potestad sancionadora con que

es investida la Administración Pública es aquella facultad de imponer

sanciones a través de un debido procedimiento, y que de comprobar

conductas ilícitas, que se traducen en infracciones, se le aplicara sanción

administrativa.

En tal sentido, es necesario señalar que la potestad, nace del poder político

y que entra en el mundo de lo jurídico y se normaliza y se contextualiza a

través de la Constitución.

La potestad de supervisar en un primer momento y de existir indicios, la

etapa de fiscalización.

Son etapas de control por parte de las entidades de la Administración

Pública, son las acciones que, históricamente y en la mayoría de los casos

no estamos acostumbrados los peruanos, sin embargo son acciones

necesarias e importantes por parte de la Administración, en representación

Page 9: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

9

del Estado Peruano, y que las denominamos como acciones de

fiscalización, inspección, supervisión.

El crecimiento y desarrollo económico, social y cultural de un país requiere

de un país, donde la formalidad y el cumplimiento de las normas son un

factor trascendental, que demostraría y aseguraría el bienestar económico y

social.

Por tanto, es importante porque a través de estas acciones se evitan y

controlan excesos por parte de las empresas, tales como evasión tributaria,

el contrabando, que en buena cuenta va en desmedro e incidencia en los

ingresos del Estado.

Asimismo estas acciones de control permiten establecer la legalidad, que

avala la formalidad que del funcionamiento de las empresas, ya sea

personal o jurídicas, verificar que cuentan con los permisos o licencias

habilitantes para funcionar legalmente.

Es necesario precisar, que durante en todo proceso del cumplimiento de la

función o potestad administrativa de fiscalización, se realiza y se aplica

sometida a las leyes, decretos legislativos, normas reguladoras que de

alguna garantizan el debido procedimiento, que se da envestido del

principio de legalidad y el derecho a la defensa, que limitan el accionar de

la Administración Pública en su labor de supervisión y fiscalización, con el

fin de que no puedan cometer excesos, durante las etapas de investigación

permitiendo que el administrado cuenta con todas las garantías que permita

que sus derechos serán respetados y evitar que las entidades de la

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10

Administración Publica cometan excesos que perjudiquen a los

administrados fiscalizados.

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11

I. PROBLEMÁTICA DE LA INVESTIGACIÓN

2.1 DESCRIPCION DE LAS PRINCIPALES FUNCIONES DE LA

FUNCION FISCALIZADORA DE LA ADMINISTRACION

PÚBLICA Y MARCO LEGAL

La Administración Publica, por ley expresa, tiene atribución de potestad

sancionadora, que es la facultad de imponer sanciones a través de un

procedimiento administrativo.

En tal sentido es necesario señalar cuales, básicamente, son esas

facultades que le son inherentes a la función de fiscalización, son el

ingreso a domicilios o locales, el de poder requerir documentación y al

final del proceso la adopción de medidas cautelares.

Es necesario señalar que todas las acciones o facultades que ejerce la

Administración Pública, deben realizarse respetando los derechos y losa

principios que protegen a las empresas naturales y jurídicas

intervenidas y que básicamente están consideradas en la Ley General

de Procedimientos Administrativos, (LPAG) Ley 27444, que

recientemente ha sido modificado por el Poder Ejecutivo, en merito a las

facultades Legislativas otorgadas por el Congreso.

La modificación realizada a la LPAG se aprobó mediante el Decreto

Legislativo Nª 1272, entrando en vigencia el 21 de marzo del 2017 y tal

como lo dispone la sexta disposición complementaria transitoria dispone,

que las entidades tendrán un plazo de sesenta días (60 días) contado

desde la vigencia del presente Decreto Legislativo, para adecuar sus

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12

procedimientos especiales según lo previsto en el numeral 2 del artículo

II del Título Preliminar del presente Texto Único Ordenado de la Ley

27444.

Es necesario señalar que cuando la norma se refiere a “las entidades”,

se refiere al alcance al artículo I del Capítulo I, que señala que las

entidades de la Administración Pública son:

1. El Poder Ejecutivo, Incluyendo Ministerios y

Organismos Públicos.

2. El Poder Legislativo

3. El Poder Judicial

4. Los Gobiernos Regionales

5. Los Gobiernos Locales

6. Los Organismos a los que la Constitución Política del Perú y las

leyes confieren autonomía.

7. Las demás entidades, organismos proyectos especiales y

programas estatales, cuyas actividades se realizan en virtud de

potestades administrativas y, por tanto se consideran sujetas a las

normas comunes de derecho público, salvo mandato expreso de

ley que las refiera a otro régimen; y

8. Las personas jurídicas bajo el régimen privado que prestan

servicios públicos o ejercen función administrativa, en virtud de

concesión, delegación o autorizaciò0n del Estado, conforme a la

normativa de la materia.

Page 13: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

13

Es necesario señalar que cuando la administración Publica, al ejercer la

potestad fiscalizadora, debe hacerlo respetando los principios del

procedimiento Administrativo, señalados en el artículo IV de la LPAG, de

no hacerlo estaría vulnerando los derechos de los fiscalizados.

Entre los principales principios administrativos que garanticen

procedimiento administrativo fiscalizador son:

a. Principio de legalidad

b. Principio del debido procedimiento

c. Principio de impulso de oficio.

d. Principio de razonabilidad

e. Principio de presunción de veracidad

Es necesario mencionar que en la modificación de la LPAG, a diferencia

de los alcances de la anterior ley, se ha incluido un aspecto que antes no

existía, se ha considerado, en el Capítulo II, la Actividad Administrativa

Fiscalizadora y en el capítulo III relacionado al Procedimiento

Sancionador

2.2 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿En el Perú, la Administración Pública en su potestad fiscalizadora, en

calidad de administrador respeta los derechos de defensa que de los

administrados fiscalizados?

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14

2.3 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN

Teniendo en cuenta que, cuanto a la función supervisora, fiscalizadora

es sin lugar a duda una de las importantes funciones de la Administración

Publica, sin embargo, así mismo también es uno de los problemas más

importantes que por su corta aplicación no ha tenido el tiempo suficiente

para su difusión, para establecer análisis adecuado de los mecanismos y

adecuados procedimientos administrativos que permitan una adecuada

proceso que por un lado permita una aplicación de la labor fiscalizadora y

por el otro lado en dicho proceso se respete el derecho de defensa,

respaldado por los principios administrativos que se encuentran

claramente señalados en la LPAG, es decir permita ir formulando y

proponiendo mejoras en el régimen normativo.

La potestad sancionadora que le ha sido conferida a la Administración

Pública, a través del procedimiento administrativo establecido, tiene

como finalidad determinar si las empresas personales o jurídicas,

cumplen con los requisitos o cumplir con sus obligaciones. Por las

experiencias obtenidas, no existe una adecuada actuación, en donde se

ha demostrado que con frecuencia se ha trasgredido principios

elementales constitucionales, asimismo no existe una regulación general

de las infracciones y sanciones administrativas,

En ese contexto es necesario señalar que la potestad fiscalizadora de la

Administración Publica, se encuentra sometida a una diversidad de

normas legales que requieren de un ordenamiento normativo, qaue

Page 15: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

15

permita establecer principios comunes extensivos a los diferentes

campos de la actividad administrativa, que permita que la potestad

sancionadora de la administración permita otorgar garantía al

administrado, tales como los principios de legalidad, tipicidad,

irretroactividad de normas desfavorables, derecho a la defensa,

presunción de inocencia, non bis in ídem, entre otros.

Es necesario señalar que en el Perú no existe una norma que pueda

regular con carácter de aplicable a todas las entidades de la

Administración Pública, en cuanto a establecer las disposiciones para la

imposición de sanciones administrativas, tal ausencia está siendo

suplida con la modificación de la LPGA, pero que es insuficiente, es por

tanto una tarea pendiente de las miembros del Congreso.

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16

2.4 VARIABLES

VARIABLE DEPENDIENTE VARIABLE INDEPENDIENTE

DEBIDO PROCEDIMIENTO

SANCIONADOR POTESTAD SANCIONADORA

2.5 LIMITACIONES

Normas que establecen potestad sancionadora: Se ha

comprobado que la mayoría de los peruanos desconocen las

normas que regulan el proceso sancionador por parte de las

entidades de la Administración Pública, y por tanto mucho

menos conocen sus derechos, por lo que de alguna manera

desconoce qué acciones tomar durante las etapas de

supervisión y fiscalización.

Manifestación del ius puniendi del Estado: Es la facultad

del Estado, que a través de la Administración Publica tiene la

potestad de sancionar a las personas, sean naturales o

jurídicas, que se ha demostrado no siempre la realiza teniendo

en cuenta el debido procedimiento.

Page 17: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

17

Potestad discrecional o potestad arbitraria: Es una de las

formas negativos que asume la Administración Publica, como

queriendo decir que a el Estado se le respeta. Es una forma

equivocada de demostrar el empoderamiento del Estado,

puesto que puede inducir a cometer excesos que atentan

contra los derechos fundamental del derecho a la defensa de

los administrados.

Razonabilidad de las sanciones impuestas: Como

consecuencia de la potestad arbitraria de la Administración

Publica puede dar como resultado sanciones o multas

irracionales y desproporcionados, que afectan a los

administrados, hasta llegar a atentar con la estabilidad

económica y financiera de las empresas fiscalizadas.

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18

3 OBJETIVOS

3.1 OBJETIVOS

3.1.1 OBJETIVO GENERAL

Conocer en qué medida la Administración Pública en su potestad

fiscalizadora y como administrador, es capaz de respetar, el debido

procedimiento y el derechos de defensa de los administrados durante

el proceso de supervisión y fiscalización.

3.1.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Describir los derechos de defensa, derecho de presunción de

inocencia, derecho al respeto de sus domicilios, de los principios

de legalidad, del debido procedimiento, que protegen a los

administrados contra el abuso de la potestad sancionadora que

pueda asumir la Administración Publica.

Describir la facultad sancionadora de la Administración Pública,

teniendo en cuenta que es una innovación incorporada en el

nuevo TUO de la Ley 27444, y que hubo plazo para que se

adecue a las normas de todas las entidades de la Administración

Publica, es decir en la mayoría de los casos las misma

Administración Pública, a través de sus funcionarios todavía no

están involucrados en poder interpretar y aplicar estas cambios

en los procedimientos administrados y esa incertidumbre puede

Page 19: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

19

ocasionar que se puedan tomar decisiones que puedan perjudicar

a los administrados, más aun teniendo en cuenta que puede

generar multas como sanción como producto del procedimiento

administrativo sancionador.

Aplicar un cuestionario para conocer cuál es el efectivo

conocimiento de los derechos de los administrados fiscalizados,

que a partir del proceso de aplicación, la recolección

interpretación de los resultados de la aplicación del instrumento

utilizado como es un cuestionario de preguntas que buscan

recoger de los directamente implicados la percepción de la

aplicación de la aplicación de la Potestad Sancionadora de la

Administración Publica.

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20

4 . MARCO TEÓRICO

4.1 ANTECEDENTES

4.1.1 CONCEPTO DE LA POTESTAD SANCIONADORA

DEL ESTADO PERUANO

El Estado Peruano, está constituido por elementos que la configuran

como tal y donde convergen la poblaciò0n, el territorio y el poder, dichas

configuraciones históricas y políticas han ido variando a través del

tiempo.

El Estado Peruano ejerce funciones legislativas, jurisdiccionales,

gubernativas y administrativas.

Una de las funciones que el Estado ha realizado esfuerzos por

implementar adecuadamente es la potestad de fiscalización, con el fin de

verificar el cumplimiento de las obligaciones de los administrados, tanto

en el orden tributario, administrativo hy laboral.

Por tanto el concepto de potestad sancionadora aceptada es aquella

facultad que le es concedida a la Administración Pública de imponer

sanciones a través de un procedimiento administrativo, establecido en la

Ley de Procedimientos Administración General – LPAG, respetando el

derecho de la defensa.

Es necesario señalar que el concepto de potestad, está circunscrito al

ámbito político, que forma parte de la soberanía del Estado, y que es

transferido del ámbito político al ámbito jurisdiccional al definir y

Page 21: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

21

establecer que dicha potestad en este caso sancionadora será delegado

a la Administración Pública, como depositario de dicha soberanía.

Se entiende como sanción administrativa a la falta, a la conducta ilícita,

infringida por un administrado a lo cual la administración establecerá la

tipicidad y la gravedad de la sanción.

Teniendo en cuenta, que históricamente, esta potestad administradora,

es una innovación, en relación a anteriores legislaciones, en donde esta

facultad se daba a nivel judicial y en muchos de los casos en perjuicio de

los administrados.

En el actual TUO de la LPAG, que fue aprobado por el Ejecutivo en

virtud a las facultades otorgadas por parte del Congreso, introdujo como

una novedad la Potestad Sancionadora de la Administración Publica, y

las etapas que debía cumplir hasta determinar o dejar sin efecto, luego

de un proceso administrativo, la sanción o multa o su archivamiento de

ser el caso.

Como vemos, dado su reciente implementación, las entidades de la

Administración Pública, no se encuentran debidamente implementadas o

preparadas para la aplicación de dicho proceso sancionador , hecho que

puede afectar a los administrados.

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22

4.2 MARCO TEORICO

La Potestad Sancionadora atribuida a la Administración Pública es una

función cuya finalidad es la de, a través de las acciones supervisar,

fiscalizar a las empresas y el debido procedimiento administrativo, se

verificara si han cumplido con las obligaciones establecidas en el

ordenamiento normativo de carácter tributario, laboral y administrativo.

Esta labor se realiza teniendo en cuenta la protección del interés general

que busca protegerlos derechos fundamentales de la sociedad.

Básicamente la potestad administrativa es un poder abstracto y genérico

que se ha entregado a la Administración Pública y que a partir de dicha

situación está facultado a modificar, aprobar o extinguir normas que

permitan que dicha función se realice en irrestricto respeto del derecho

de defensa de los administrados.

La Inspección, como se señaló anteriormente, es una potestad

administrativa y que debe ser cumplido, dentro los límites que las

normas del debido procedimiento lo permitan, respetando los derechos

del administrado

Asimismo es necesario tener en cuenta que para que la Administración

pueda realizar su potestad fiscalizadora, dentro de un proceso

administrativo, tiene la capacidad de realizar inspección, las

supervisiones necesarias, como atribuciò0nj unilateral, en tal sentido los

administrados están en la obligación de responder a las informaciones o

documentos requeridos por el ente fiscalizador, y en caso se resista a

Page 23: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

23

dar repuesta dentro del plazo establecido es plausible de ser

sancionado por dicho incumplimiento.

Una de las facultades que le otorga la potestad sancionadora a la

Administración Pública, es el grado de autonomía que se le otorga para

llevar a la práctica las funciones de fiscalización, tales como la

inspección, pero que debido a limitaciones presupuestales, que limitan

su accionar que permita que la labor se realice a una escala que permita

cada vez fiscalizar más empresas, y verificar si cumplen con la ley.

Más aun teniendo en cuenta que constitucionalmente, la economía

peruana se encuentra en un régimen de economía social de mercado,

por lo que los niveles de intervención fiscalizadora respecto de las

actividades económicas, son muchas menores que se hubiesen dado, si

fuese un sistema económica en donde exista un mayor grado de

intervención estatal.

El régimen de economía social de mercado, ha generado la

desregulación de algunas actividades económicas, políticas de

simplificación administrativa y asimismo la eliminación de barreas

burocráticas, procedimientos administrativos de aprobación automática,

que luego de su aprobación están sujetos a al control posterior, de

fiscalización, situación que hace más complicado realizar labores de

control y fiscalización, y se usa como procedimiento el de establecer

muestras representativas, situación que genera la imposibilidad material

Page 24: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

24

y presupuestal para llevar a cabo el control de todas las acciones de

fiscalización.

Situación que demuestra que es necesario adoptar acciones o medidas

para que se asegure que las aprobaciones administrativas otorgadas a

los administrados cuenten con la con criterios generales y objetivos que

ofrezcan la debida garantía y ayude a disminuir las fiscalizaciones

posteriores.

4.3 ATRIBUCIONES DE LA POPTESTAD FISCALIZADORA

Hemos tratado de exponer los alcances de la potestad fiscalizadora

atribuida por ley a la Administración Pública, así mismo como sus

limitaciones, en este punto se exp0ondra las principales atribuciones que

las leyes otorgan a las diferentes entidades de la Administración Pública

para que le permita ejercer su función fiscalizadora.

Es necesario tener en cuenta que por ser u na actividad que se esta

implementando con mayor intensidad, no existe todavía una adecuada

regulación básica o general en relación a la potestad fiscalizadora,

teniendo en cuenta que cada entidad, de acuerdo a su criterio adoptara

los criterios sectoriales en donde intentaran contextualizar las funciones

que se le son atribuidas que crean necesarias para el adecuado

cumplimiento de las funciones de cada administración.

Básicamente atribuyen tres principales atribuciones que siempre están

presentes en el la labor de fiscalización y de supervisión administrativa:

Page 25: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

25

1. Atribución por norma expresa Ingreso de poder ingresar a los

domicilios o locales a fiscalizar y de negarse pueden ser

sancionados.

2. Atribución la entidad fiscalizadora de requerir la documentación

que crea y estime necesaria para verificar que cumple con las

normas del caso.

3. Atribución de imponer medidas correctivas que estime pertinente.

Más adelante haremos se detallara como se desarrollan estas

atribuciones cuyo único fin es verificar si las empresas cumplen con las

normas en cuanto a los requisitos establecidos a su funcionamiento y al

cumplimiento de obligaciones de carácter tributario, laboral y otras

exigidas por ley expresa.

4.3.1. INGRESO A DOMICILIOS O LOCALES FISCALIZADOS

Si bien es cierto que para ingresar a un domicilio se requiere de la orden

judicial para se pueda ingresar, en el caso de las entidades públicas que

por Ley expresa, cuentan con la facultad fiscalizadora, están autorizados

por efecto de la misma ley, a ingresar solamente con la respectiva

autorización de la entidad pública para poder ejercer actividad

fiscalizadora, en tal sentido están facultados más allá de presentar la

orden judicial que autorice el ingreso al domicilio, más aun sabiendo el

propietario que el resistirse pueda agravar su situación en el proceso de

Page 26: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

26

fiscalización. Por experiencia dichas situaciones se dan cuando las

autoridades tributarias realizan acciones de fiscalización en cuanto al

cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los

contribuyentes o cuando el el las autoridades laborales ingresan a

domicilios y locales con el fin de realizar acción fiscalizadora, los

propietarios saben que no pueden resistirse más bien brindar las

facilidades del caso, tendrán menos complicaciones y que por el contario

el no consentirlo puede generar sanciones que agravarían la situación

del fiscalizado, la negativa del ingreso al domicilio o local podría

tomarse como aceptar estar en falta y por tanto susceptible de un a

investigación con mayor profundidad y acuosidad por parte de la entidad

fiscalizadora.

4.3.2 EL REQUERIMIENTO DE INFORMACION

Una vez que la entidad fiscalizadora de la Administración Pública, ha

obtenido el consentimiento por parte del administrado fiscalizada de

manera voluntaria, el siguiente paso al que está facultado, el ente

fiscalizador es el requerimiento de información relativa al desarrollo de

la acción fiscalizadora, con el único propósito de verificar y comprobar

que cumple con la adecuación a la legalidad, es decir que la empresa

cuenta con la información que las normas legales le exigen para que

pueda funcionar legalmente y así mismo si cree conveniente, si al

momento que se realiza la inspección, pueden solicitar información

Page 27: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

27

adicional o complementaria y asimismo si la acción fiscalizadora, estima

conveniente puede disponer de manera unilateral y debidamente

facultado, la inmovilización y la incautación de documentación

relacionada a la fiscalización, para lo cual debe hacerlo teniendo en

cuenta la protección constitucional y asimismo protegido de ser

información confidencial, que se otorga a la documentación solicitada o

incautada por el ente fiscalizador.

Como podemos verificar, el requerimiento documentario es una de las

atribuciones básicas con que cuenta las entidades de la Administración

Pública, y tiene eficacia durante el proceso de fiscalización siempre y

cuando la información solicitada ayude a esclarecer y demostrar que el

accionar del ente fiscalizador se ajusta a la legalidad, es decir que dicho

requerimiento le permita comprobar y verificar el adecuado

cumplimiento de los deberes por parte del administrado, y se debe tener

que los requerimientos se ajusta a la necesidad de asegurar la

justificación de la labor fiscalizadora, de lo contrario estaríamos ante un

acto arbitrario.

Por tanto es necesario, que al no existir normativas cumplimiento de

obligaciones de carácter tributario, laboral y otras exigidas por ley

expresa que regulen el pedido de la documentación necesaria, se hace

imprescindible que como contrapeso a las normas arbitrarias que se

puedan generar por este vacío normativo, es necesario que el Estado fije

la necesidad de respetar limites necesaria para la reserva de los

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28

documentos privados y que se requiera documentación expresamente

necesaria durante proceso de fiscalización, porque al momento de

requerir información no se precisa con claridad el tipo de documentación

sin el sustento necesario.

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29

5.- METODOS O PROCEDIMIENTO

5.1 TIPO Y NIVEL DE INVESTIGACION

El diseño de investigación que se utilizara en el presente trabajo de

investigación es de carácter descriptivo – explicativo, debido a que la

información tabulada, procesada e interpretada se sustenta en la

presentación, descripción y correspondiente análisis de los datos e

información procesada que permitirá explicar el resultado de la

investigación y a partir de dicha información interpretar y encontrar

explicación al problema en cuestión.

5.2 . DISEÑO DE INVESTIGACION

El diseño de investigación a utilizar en el presente trabajo de investigación

es el Inductivo – deductivo, debido a que mediante la observación de los

hechos y situación particulares, que se complementan con las

experiencias del investigador, entrevistas y encuestas aplicadas que más

adelante se van a detallar de forma descriptiva y gráfica, permitirá justificar

resultados de la información procesada

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30

5.3 POBLACIÓN Y MUESTRA

Para la selección de la muestra se utilizó la formula estadística:

Z = nivel de confianza

p = probabilidad de éxito, o proporción esperada

q = probabilidad de fracaso

E = precisión (error máximo admisible en términos de proporción)

La muestra aleatoria simple, que se obtuvo en la formula estadística en los

ciudadanos mayores de edad del distrito de Chincha Alta, que aplicada la

prueba dio una muestra significativa de 384, constituyendo el 100%,.

5.4 .-TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS

La técnica que se aplicó a criterio del investigador ha sido el método de

investigación denominada encuesta, que ha sido elaborada, en función al

a la información que será recopilada en función a buscar información que

ha sido diseñada en las preguntas que constituyen la presente encuesta

problema, acompañado de entrevista personal y la observación directa.

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31

5.5 TÉCNICAS DE ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE DATOS

La técnica para la recolección de la información se utilizó la encuesta

constituida por 8 ítems de alternativas dicotómicas y para la interpretación

de los datos fue los cuadros estadísticos, representados en cuadros

gráficos, para la muestra y explicación de las respuestas en la encuesta

formulada a los 300 ciudadanos mayores de edad.

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32

VI. RESULTADOS

TABLA Y GRAFICO 1

En base a la interpretación de los resultados obtenidos por géneros son

35% de varones y un 65% de mujeres en resultado del 100%.

MUESTRA HOMBRES MUJERES

TOTAL 105 195

100% 35% 65%

Al recopilar la información en relación con el género, se encontró en la

encuesta que 105 ciudadanos hombres y 195 son ciudadanas mujeres,

haciendo un total de 100% de la población estudiada.

35%

65%

SEXO

HOMBRES

MUJERES

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GRAFICO 2

¿Cree usted que en una acción fiscalizadora se realizó respetando el

debido procedimiento?

Al revisar el resultado de la encuesta con respecto a la pregunta uno, se encuentra

que en un 52% , respondieron que, en su opinión afirman que ellos perciben que

en la acción fiscalizadora por parte del estado no respeta el principio del debido

procedimiento, mientras que el 48% considera que si los respeta.

52%

48%

PREGUNTA 1

SI

NO

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34

GRAFICO 3

¿Cuál es su percepción, acerca del accionar de la Sunat, como ente

fiscalizador, estima realiza su labor ajustado a la legalidad?

En base a la segunda pregunta, en relación a la actuación de la SUNAT, un

significativo 68% de los encuestados, perciben que son maltratados por las

dependencias de la SUNAT, mientras que el 32% percibe que cuando han

sido fiscalizados estiman que de alguna manera perciben que no son

maltratados..

68%

32%

PREGUNTA 2

SI

NO

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GRAFICO 4

¿Fue usted debidamente atendido durante la etapa de fiscalización, por la

entidad de la Administración Pública?

El ciudadano peruano, a través de los resultados de la encuesta aplicada, señala

que en un significativo 91% de los encuestados señala que no fue debidamente

atendido por la Administración Publica, a pesar de sus reclamos no fue

escuchado, mientras que un 8% manifiesta que ha sido debidamente atendido

por las Administración Publica durante proceso de fiscalización.

91%

9%

0%

PREGUNTA 3

SI NO

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GRAFICO 5

¿Percibe que ha sido debidamente asesorado por un abogado(a) para realizar su

defensa ante la actitud asumida por el ente fiscalizador?

Al revisarse los resultados de la encuesta aplicada, con relación a que ha

sido debidamente asesorado en proceso de fiscalización, respondieron que

un 70% que percibe que no ha sido debidamente asesorado, mientras que

un 30% considera que ha sido debidamente asesorado.

70%

30%

0%

PREGUNTA 4

SI

NO

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37

GRAFICO 6

¿Usted percibe que los servidores y funcionarios públicos, que llevaron a

cabo proceso de fiscalización, se encuentran debidamente preparados

para ejercer función administrativa?

Los ciudadanos después de procesar los resultados de la encuesta

perciben que el 90% de los funcionarios y servidores públicos no se

encuentran preparados para ejercer su función y solamente un 10% se

encontraría preparada.

10%

90%

PREGUNTA 5

SI

NO

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38

GRAFICO 7

¿Cree Ud. que dichos funcionarios y servidores públicos actuaron

respetando sus derechos como administrados?

El ciudadano percibe, según el resultado de la encuesta, que en un 80%

los funcionarios y servidores públicos no han sido debidamente contratados

y que han ingresado por favores políticos y solo un 20% percibe que han

ingresado debidamente mediante concurso público.

80%

20%

PREGUNTA 6

SI

NO

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GRAFICO 8

¿Usted percibe que la ineficiencia y el abuso de autoridad por parte de

funcionarios y servidores del estado se dieron durante proceso de

fiscalización?

Como resultado de la encuesta aplicada, da como resultado en trelacion a

la pregunta encuestada, que un significativo 86% considera que la

ineficiencia y el abuso por parte de los funcionarios y servidores del estado

se da a nivel nacional, mientras que el 14% percibe que no ha existido

ineficiencia ni abuso de poder por parte de la entidad fiscalizadora

86%

14%

0%

PREGUNTA 7

SI

NO

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GRAFICO 9

¿Usted o algún familiar se ha visto perjudicado por la ineficiencia del

funcionario público, durante proceso sancionador, a nivel administrativo?

En esta pregunta de la encuesta, da como resultado que un significativo

98% de los ciudadanos encuestados señalan que de manera personal y

familiares se han visto perjudicados por la ineficiencia del funcionario

público, a nivel administrativo y solo un 2% de los encuestados no han

percibido por la ineficiencia del funcionario público..

98%

0% 2%

PREGUNTA 8

SI

NO

DESCONOCE

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41

VI. RECOMENDACIONES Y CONCLUSIONES

6.1 RECOMENDACIONES

Realizando análisis del resultado de la encuesta realizada para conocer la

percepción de los ciudadanos y ciudadanos encuestados podemos deducir

que, en la gran mayoría, en algún momento han percibido que los

funcionarios de la Administración Pública, a través de sus diferentes

dependencias, son ineficientes, y que dicha ineficiencia se ha traducido en

un abuso de autoridad, primero al no atender adecuadamente a los

administrados, quizás protegidos por el poder que ostentan y que les ha

sido otorgado por el estado peruano.

En tal sentido, como resultado de las encuestas, es necesario realizar

acciones y hacer de conocimiento de las entidades que pertenecen a la

Administración Pública, de la percepción de la población, que demuestra

que su actuación no responde o respeta a los administrados, que es

necesario tomar acciones para que mejore el actuar de los funcionarios y

servidores públicos, en beneficio de la población.

En un Estado democrático de Derecho, el poder nunca es absoluto sino

más bien limitado. En ese sentido, cuando los funcionarios públicos se

exceden en sus funciones o atribuciones, corresponde una reacción de

parte del ordenamiento, se convierte en un abuso de autoridad.

El poder Legislativo, es conformado por congresistas que mediante voto

popular son elegidos por cada región del país, por tanto en la Región Ica

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42

existen cuatro (04) congresistas, que dentro de su función congresal esta la

de fiscalizar la actuación de los funcionarios públicos y que pueden ayudar

a mejorar el procedimiento que regula el proceso de fiscalización para que,

mediante la función fiscalizadora del cual esta envestido proceda a verificar

la ineficiencia del poder ejecutivo y que genera abuso de autoridad, de no

hacerlo estaremos desprotegidos antes los diferentes funcionarios públicos,

que saben que están empoderados estaremos a merced de ellos, y que

como consecuencia pueda generarse la corrupción, que es otro mal que

afecta a nuestra sociedad en todos sus niveles.

Se puede apreciar a la luz de los resultados de la encuesta realizada, que la

Administración Publica debe realizar grandes esfuerzos con el fin de

mejorar el proceso de supervisión y fiscalización, que permita cumplir su

función de fiscalizar de manera eficiente y transparente, en donde sepa

limitar su empoderamiento, que tiene que respetar los principios del debido

procedimiento, que respeten el derecho de presunción de inocencia,

derecho a la defensa, principio de legalidad, que al momento de realizar su

labor respete derecho a la inviolabilidad del domicilio de los administrados,

que deben actuar ajustados a ley.

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43

6.2 CONCLUSIONES

Las referencias efectuadas, están lejos de contemplar todos los aspectos

que interesan al Estado de Derecho, nuestro propósito ha sido mencionar

algunas líneas e instar otras reflexiones sobre algunas de las

manifestaciones más significativas. Con este alcance y en este sentido,

señalamos la convicción de que el concepto sólo resulta compatible en

cuanto adhiera al sistema democrático, por la división del poder público –

legislativo, ejecutivo y judicial - y sobre la base del equilibrio de poderes.

Supone la sujeción a la ley y al derecho, de modo tal que todos los que

ejercen el gobierno y están revestidos de autoridad, se sujeten y sometan a

la ley. Nadie puede estar por encima de la Constitución Nacional y las leyes

ni al margen de ellas. El Estado de Derecho exige que la elección por el

pueblo de representantes se produzca de forma legítima y por procesos

democráticos, donde la voluntad de la mayoría no signifique discriminación

o menoscabo de las minorías. Un Estado de Derecho reconoce y garantiza

derechos fundamentales, los cuales no deben ser meras enunciaciones,

sino traducirse en su reconocimiento, así como en el goce efectivo de

derechos económicos y sociales, de modo a evitar desigualdades y

situaciones que conducen a la miseria y falta de atención a las necesidades

básicas del ciudadano. De nada sirve el reconocimiento constitucional y

legal del principio fundamental de legalidad, de respeto a la ley y de que

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todos están sujetos a ella, si los derechos y garantías previstos no se

plasman efectivamente.

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45

BIBLIOGRAFIA

J. Mark Payne, Pablo Alonso, BID, et al. (2007). República del Perú:

Evaluación de la gobernabilidad democrática. Madrid: Universidad

Complutense, Instituto Complutense de Estudios Internacionales, [2007].

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VÁSQUEZ, Rodolfo. “El Estado de Derecho y su justificación”. En:

CARBONELL, Miguel y Rodolfo VÁSQUEZ (Compiladores). El Estado de

Derecho: Dilemas para América Latina. Lima. Palestra Editores. 2009. Pág.

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DÍAZ, Elías. “Estado de Derecho y Legitimidad Democrática”. Ídem. Págs.

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SARTORI, Giovanni.1994. Ingeniería Constitucional Comparada. Una

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AGUILÓ, Josep. “Positivismo y postpositivismo. Dos paradigmas jurídicos

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Page 46: POTESTAD DE FISCALIZACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA”

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HOFMANN, Hasso. 2002. Filosofía del Derecho y del Estado. Lima. Edit.

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FERRAJOLI´, Luigi. 2014. La Democracia a Través de los Derechos. El

Constitucionalismo garantista como modelo teórico y como proyecto

político. Madrid. Edit. Trotta. Págs. 135-137TOURAINE, Alain. 2000.

Segunda Edición en Español. México. FCE. Especialmente Cuarta Parte, X

¿Modernización o Desarrollo

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ANEXOS

ENCUESTA

Edad Sexo: ( ) M ( ) F

Cargo:

1. ¿Cree usted que en una acción fiscalizadora se realizó respetando

el debido procedimiento?

( ) Si

( ) No

2. ¿Cuál es su percepción, acerca del accionar de la Sunat, como ente

fiscalizador, estima realiza su labor ajustado a la legalidad?

( ) Si

( ) No

3. ¿Fue usted debidamente atendido durante la etapa de fiscalización, por

la entidad de la Administración Pública?

( ) Si

( ) No

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4. ¿Percibe que ha sido debidamente asesorado por un abogado(a) para

realizar su defensa ante la actitud asumida por el ente fiscalizador?

( ) Si

( ) No

5. ¿Usted percibe que los servidores y funcionarios públicos, que llevaron

a cabo proceso de fiscalización, se encuentran debidamente

preparados para ejercer función administrativa?

( ) Si

( ) No

6. ¿Cree Ud. que dichos funcionarios y servidores públicos actuaron

respetando sus derechos como administrados?

( ) Si

( ) No

7. ¿Usted percibe que la ineficiencia y el abuso de autoridad por parte de

funcionarios y servidores del estado se dieron durante proceso de

fiscalización?

( ) Si

( ) No

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8. ¿Usted o algún familiar se ha visto perjudicado por la ineficiencia del

funcionario público, durante proceso sancionador, a nivel

administrativo?

( ) Si

( ) No

Gracias por su participación…