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PODER LEGISlATI va CONGRESO DE IA REPUBLICA LEV N' 29854 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PQR CUANTO' EI Congreso de la Repubtca Ha dado la Ley siguienle: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEV QUE ESTABLECE MEDIDAS EN MATERIA FISCAL VCONSTITUVE UNA COMISION TECNICA ENCARGADA DE EVALUAR V ELABORAR UNA PROPUESTA PARA PERFECCIONAR ELMARCO NORMATIVO MACROFISCAL VIGENTE Articulo 1. Medidas en materia fiscal para el enc 2012 Durante el ana 2012, para delerminar el gasto de consume a que se rene-e er literal b) del numeral 1) del articulo 4 del rextc Unico Ordenado de la Ley 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobado por el Decreta Supremo 066-2009-EF, se excluyen los 9a5105 de manlenimienlo de infraeslruclura, los gaslos en bienes y servicios de programas scciales en el marco del Presupuesto per Resultados y los gastos de equiparnientc destinados a la funci6n Orden Publico y Sequridad. Para la determinaci6n del mceementc a que se refiere el citado literal, se utiliza la infiaci6n promedio anoet del lnotce de Precios al Consum idor (IPC) de Lima Metropolrtana registrada par el Instrtuto Nacional de Estadislica e Informatica (INEI) Arti cul o 2, Prin cipio general de respon sabilidad v transparencia fiscal , En concordancia con el articulo 2 del Texto Unico Ordenado de la ley 27245 , ley de Responsabilidad y 'rransparencia Fiscal , aprobado per et Decreto Supremo 066-2009-EF, a parti r del anc 20 13 el resuftado econ6mico del Sector Publico No Financiero medido en termtnos estructurales. que excluye ractores crcucos 0 transilorios, cebera seguir una trayecloria proqresfva hacia el equilibrio fiscal de al menos 0,2% de! PSI per a no. Arti cul o 3, Constiluci6n de comisi6n tecnrea Ccnstmryese una cormsicn tecmca encargada de evafuar y elabora r una propuesta tecntcc-normauva para e! perfeccionamiento del marco normativo macrofiscal vigente. en especial en 10 re renoo a los rnecamsmos de responsabilidad, lransparencia y reglas fiscales, con Ia flnalldad de tortaiecer la gest iOn de las nnanzas pubncas del pals. Esla comisi6n tecnca esta integrada par los siguienles represenlantes: a) Des representantes del Minislerio de Economla y Finanzas , uno de los cuales la presidira , b) Un representante del Banco Central de Reserva del Peru ; y, c) Un equipo de al menos cuatro profesionales nacionales e lntemacicnales expertos en Ia materia, los mismos que se-an designados por el Ministerio de Economia y Finanzas . las enlidades publicae que integran la comiscn tecmca deaqnaran a sus representanles a naves de resolucc n eerututar. en un ptazo no mayor de cinco eras nebnes de viqencia de fa presenle ley, y pueden designar un representante alterno. la cornts.on tecnica oeserronara su labor haste ocr un plazo maximo de cJnco meses, conlados a partir de 1 au instalaoon. luego de los cuales debe presenter su propuesla tecmco-normauva al Ministerio de Economla y Finanzas . EI Minislerio de Econom!a y Finanzas mediante resoluci6n minisleriai , per (mica vez, puede modihcar los plazos establecidos en los panatos precedentes . EI Poder Ejecutivc. en un plazo que no exceoa del 30 de noviembre del presente ano. remite para su aprobaci6n al Congreso de Ia Republica un proyecto de ley en materia macrofiscal que estabiezca las medidas par a perfeccionar el marco normative macrofiscal viqente . Comunlquese al senor Presidente Constrtucional de la Republica para su promulgaci6n . En Lima, a los doce dias del mes de abril de dos mil dcce. DANIELABUGATTAS MAJLUF Presidente del Cong reso de la Republica YEHUDE SIMON MUNARO Segundo Vicepresidenle del Congreso de la Republica tk CONSTITUCIONAl DE PORTANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en ra Casa de Gobemo. en Lima, a los oiecinueve eras del mes de abril del anc dos mil dcce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Const itucional de la Republica OSCAR DANCUART Presidenle del Consejo de Minislros 779111-1 PODER EJEaJTIVa DECRETOS LEGISIATIVOS DECRETO LEGISLATI VO N 91107 DECRETO LEGISLATI VO QUE ESTABLECE MEDIDAS DE CONTROL VFISCALIZACION EN LA DISTRIBUCION, TRANS PORTE V COMERCIALIZACION DE MAQUINARIAS V EQUIPOS QUE PUEDAN SER UTILIZADOS EN LA MINERiA ILEGAL Asi COMO DEL PRODUCTO MINERO OBTENIDO EN DI CHA ACTIVIDAD El PRESIDEN TE DE LA REPUB LICA POR CUANTO : EI Gongreso de la Republica, mediante Ley N" 29815 , ha delegado en el Pcder Ejecutivo la facultad de Iegislar score las matertas senaiaoas en el articulo 2· de dicha Ley sobre mineria ilegal, encont-andose centre de las matenas comprendidas en dicha delegaci6n la interdicci6n de la mineria ilegal y ta Iucha contra ta criminalidad asocraoa a dicha actividad; Que, el numeral 22 del articulo 2· , y los articulos 7· y 58· de ra Ccnstitucicn ccunca del Peru. senatan que toda persona tiene derecho a gozar de un ambienle equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida y a la protecci6n de su salud EI Eslado orienta et progreso del pals actuando princ ipaImente en las areas de promoci6n de empleo , salud , educaci6n , seguridad, servctos pubticos e infraestructura;

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PODER LEGISlATI va

CONGRESO DE IA REPUBLICA

LEV N' 29854

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

PQR CUANTO'

EI Congreso de la RepubtcaHa dado la Ley siguienle:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEV QUE ESTABLECE MEDIDAS EN MATERIAFISCAL VCONSTITUVE UNA COMISION TECNICA

ENCARGADA DE EVALUAR V ELABORAR UNAPROPUESTA PARA PERFECCIONAR ELMARCO

NORMATIVO MACROFISCAL VIGENTE

Articulo 1. Medidas en materia fiscal para el enc2012

Durante el ana 2012, para delerminar el gasto deconsume a que se rene-e er literal b) del numeral 1) delarticulo 4 del rextc Unico Ordenado de la Ley 27245 , Leyde Responsabilidad y Transparencia Fiscal, aprobadopor el Decreta Supremo 066-2009-EF, se excluyen los9a5105 de manlenimienlo de infraeslruclura , los gaslos enbienes y servicios de programas scciales en el marco delPresupuesto per Resultados y los gastosde equiparnientcdestinados a la funci6n Orden Publico y Sequridad. Parala determinaci6n del mceementc a que se refiere el citadoliteral, se utiliza la infiaci6n promedio anoet del lnotcede Precios al Consum idor (IPC) de Lima Metropolrtanaregistrada par el Instrtuto Nacional de Estadislica eInformatica (INEI)

Arti cul o 2, Prin cipio general de responsabilidad vtranspa renci a fi scal ,

En concordancia con el articulo 2 del Texto UnicoOrdenado de la ley 27245 , ley de Responsabilidad y'rransparencia Fiscal , aprobado per et Decreto Supremo066-2009-EF, a parti r del anc 20 13 el resuftadoecon6mico del Sector Publico No Financiero med ido entermtnos estructurales. que excluye ractores crcucos 0transilor ios, cebera seguir una trayec loria proqresfvahacia el equilibrio fiscal de al menos 0,2% de! PSI perano.

Arti cul o 3, Const il uc i6 n de co mis i6n tecnreaCcnstmryese una cormsicn tecmca encargada de

evafuar y elabora r una propuesta tecntcc-normauva parae! perfeccionamiento del marco normativo macrofiscalvigente . en especial en 10 rerenoo a los rnecamsmos deresponsabilidad, lransparencia y reglas fisca les, con Iaflnalldad de tortaiecer la gest iOn de las nnanzas pubncasdel pals.

Esla comisi6n tecnca esta integrada par los siguienlesrepresenlantes:

a) Des representantes del Minislerio de Economla yFinanzas, uno de los cuales la presidira ,

b) Un representante del Banco Central de Reservadel Peru ; y,

c) Un equipo de al menos cuatro profesionalesnacionales e lntemacicnales expertos en Iamateria, los mismos que se-an designados por elMinisterio de Economia y Finanzas.

las enlidades publicae que integran la comiscntecmca deaqnaran a sus representanles a naves deresolucc n eerututar. en un ptazo no mayor de cinco erasnebnes de viqencia de fa presenle ley, y pueden designarun representante alterno.

la cornts.on tecnica oeserronara su labor haste ocrun plazo maximo de cJnco meses, conlados a partir de

1au instalaoon. luego de los cuales debe presenter supropuesla tecmco-normauva al Ministerio de Economla yFinanzas.

EI Minislerio de Econom!a y Finanzas medianteresoluci6n minisleriai , per (mica vez, puede modihcar losplazos establecidos en los panatos precedentes .

EI Poder Ejecutivc. en un plazo que no exceoadel 30 de noviembre del presente ano. remite para suaprobaci6n al Congreso de Ia Republica un proyecto deley en materia macrofiscal que estabiezca las medidaspara perfeccionar el marco normative macrofiscalviqente .

Comunlquese al senor Presidente Constrtucional de laRepublica para su promulgaci6n .

En Lima , a los doce dias del mes de abril de dos mildcce.

DANIELABUGATTAS MAJLUFPresidente del Cong reso de la Republica

YEHUDE SIMON MUNAROSegundo Vicepresidenle delCongreso de la Republica

tk ~~~3~J~!SIDENTE CONSTITUCIONAl DE

PORTANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en ra Casa de Gobemo.en Lima, a los oiecinueveeras del mes de abril del anc dos mil dcce.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Const itucional de la Republica

OSCAR VALD~S DANCUARTPresidenle del Consejo de Minislros

779111-1

PODER EJEaJTI Va

DECRETOS LEGISIATIVOSDECRETO LEGISLATIVO

N91107

DECRETO LEGISLATIVO QUE ESTABLECEMEDIDAS DE CONTROL VFISCALIZACION

EN LADISTRIBUCION, TRANSPORTE VCOMERCIALIZACION DE MAQUINARIAS V

EQUIPOS QUE PUEDAN SER UTILIZADOS ENLAMINERiA ILEGAL Asi COMO DEL PRODUCTO

MINERO OBTENIDO EN DICHA ACTIVIDAD

El PRESIDEN TE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

EI Gongreso de la Republica, mediante Ley N" 29815 ,ha delegado en el Pcder Ejecutivo la facultad de Iegislarscore las matertas senaiaoas en el articulo 2· de dicha Leysobre mineria ilegal, encont-andose centre de las matenascomprendidas en dicha delegaci6n la interdicci6n de lamineria ilegal y ta Iucha contra ta criminalidad asocraoa adicha actividad;

Que, el numeral 22 del articulo 2· , y los articulos 7· y58· de ra Ccnstitucicn ccunca del Peru. senatan que todapersona tiene derecho a gozar de un ambienle equilibradoy adecuado al desarrollo de su vida y a la protecci6n desu salud EI Eslado orienta et progreso del pals actuandoprinc ipaImente en las areasde promoci6n de empleo ,salud ,educaci6n , seguridad, servctos pubticos e infraestructura;

REAL TIME EIRL
REAL TIME EIRL

Articulo 2",- Definic ionesPara etectos de l presente Decreto Leg islatlvo. se

enteoce po r:

Articulo 3°,- Del Co ntro l y Fisca llzac l6n deMaquinatias, Equlp os y Productos Minero s

La SUNAT controrara y fiscal izara er ing reso ,cermenenca.t ranspo rte 0 Iras lado Vsalida de maq uina riasy equipos utllizados en la actillidad moera . y de losproductos mineros . asl como ta distribu tiO n, haci a y desdeenerrecoc aduanero yen e1terntorio nacion al , sin pe~uicio

de las com petencias de ctr as enl idades del ESlado , deconformidad con Ia 1eg151sei6n lIigente.

Art iculo 4°,. Establecimiento de Rutas FiscalesEI transpo r1e 0 traslado de las maquinanas. equipos

V de los productos mineros sera efectuado por las RutasFiscales estab lecldas y contara con Ia documenlaciOn quecorresponda, conlorme se diSponga en el Reg lamenlode Comprobantes de Page y demas norm as apl icab les,estanclo faculada Ia SUNAT para venficar los docu mentosy los biene s en los puestos de control que para dichosefectos implemente . en ra oportunidad y lugar Que seanrequericlos , Sill perjuicio de las demas ob ligaciones queeslablezca n las norm as cor respo nchen les.

Articulo 5' ,- Bi enes Involuc rados en la Co m is i6 ndel Delito

La SUNAT procederitl a fa incautaciOn de las maQuinarias,equipos y de los produelos mineros que constiluyan objetodel de lrto de comercio dandestino,asl como de los medios detransporte utilizados para su Iraslado, cuando en el ejerciciode sus aeluaciones adminislratil/ as deteele la presunt acomiSi6n de los delrtos prellistos en los numerales 4) V 5)del articulo 272' del C6digo Penal. debiendo comun icar alMlnisteno PUblICO para las acoones correspondenles

Los produdos mineros lt1caulados se emlendenadjuclicados al Estado, y Is SUNAT acIIJa en represeniaciOndeeste

Los productos mlneros V medics de ttans pol1eincautados 0 decomiSados cuya lIenta. C1tCUlaciOn,usc 0 tenencta se encuentre prohtbida de acuerclo a Ianorm atividad nacional , seran destruidos . En ningun casoprocedera el reintegro del lIa lor de los mismos . salvo quepe r mariclato judICial sediSponga Is de llOluei6n .

La SUNAT podr a d1Spofler el almacenamiento de losproductos mineros y medics de Iranspotle incautados. aslcomo su venta . donaCiOn, destlno a entidades pubhcas yentrega al sector compelenle Para el caso de los medicsde tt ansporte , la lIenl a proeedera una vez cuminado elproceso judiCial correspondiente .

La diSposiCiOn de los productos mineros se efectuaritlaun Qlando se encuentre la inlles tigaei6n fiscal 0 procesojudicial en curso, dando cuenta al fiscal 0 juez penal q ueconoce Ia causa

Los ingresos que la SUNAT obtenga de la lIenla delos produ etos mineros y med ios de transporte sera nconsiderad os ingresos prop ios

Que. los artlculos 67" , 68° y 69° de la referidaConstituciOn Polilica del Peru indican que el Esladodelermina la Pollt iCa National de l Ambiente . promueve etusa sostenible de sus recursos naturales. y esta obhgadoa prom over ta con serv aei6n de Ia diversidad biol6gica yde las areas naturales protegidas, asi como del eeserrceesostenee de Ia Amazon ia, con una IegrslaciOn adecuada:

Que. finalmente. en su articulo 63° estee eee que laproclucci6n de bienes y come rcio exterior son ~bres :

Que, el articulo So de Ia Ley Ofganica para elAprovechamiento Sosten ible de los Recursos Naturales• Ley N" 26821. estabIece que el Eslado vela pa ra que elOlorgamiento del derechode al)fOYe(:.hamienlo sostenible delos recutSOS naturales se rea lice en armon la con el inter&.> deIa Naci6n. el bien comunY dentro de los Ilmltes y principioseeteeeeecs en Ia ct ada ley. en las !eyesescecees y en lasnormas reglamentanas sobre Ia mateoe:

Que. el articulo 28° de Ia ley N" 26821, dISpone quelos recursos naturales deben aorcvecnerse en formascs tenee El aprovechamienl o sostenlble implica elmanl!JO raco nsr de los recursos naturales lemendo encuenta su capacidad de reocvaceo. evaenec su scoreexplotaei6n y reponiendolos cual itat iva y cueoutauvam ente .de ser er case. EI aprovechamiento sostemble de losrecursos no rennvablesccnsisteen raexplotacien eficientede los mismos. bajo el principio de sustituccn de vaicres 0eenenccsreales. eveanoc 0 mrtigando etsnpactc neqanvosobre otros recursos del entorncVdel amnrente:

Que . el articulo I del Titulo Prel iminar de la LevGeneral del Ambiente - Lev N" 28611 . establece quetoda pers ona tiene er derecho irrenunciable a lI il/ir en unambiente satuoable, equilibrado Vade cuado para et plenodesarrollo de la vida : Vel eeeerde contribu ir a una elect iliagesli6n ambienta l Vde proteqer el ambiente, as l como suscomponenle s. asegu rando partlCUlarmente Ia salud de laspers onas en forma ind ividua l y coledrva. Ia censerveccede la diversidad biol6gica. el apro ved'lam iento sos teniblede los recursos naturales y el desarrol lo sostenible de lpa is ;

Que. segun el art iculo 103" de Ia ley N" 26842 ­Lev General de Salud . Ia protecci6n del ambiente esresponsabilidad del Estado y de las personas naturalesy juridieas. los que tienen la ool ig8Cl6n de ma ntenenodentro de los estandares pa ra preserva r Is sa lud de laspersonas;

Que . el art icu lo 22 " de Ia Ley General del Ambiente ­ley N" 28611. establece que el ordenamiento lerritorial esun oojetillo de Ia descentralizaci6n en maleria de gestiOnambienta !;

Que , Ia actill idad mlllera debe desarrol larse en el marcode Is normalilla de la materia . de 10conlrario ocasiona unserio perju icio social a l raves de Ia ellasi6n fiscal. t rala depe rsonas , t rasgresi6n a los derechos laborales y danos enIa sa lud humana:

Que. consecuentemente. es necesario aprobarmedidas que permitan desa rrollar el aprovechamientosostenible y ordenado de lOS recursos naturales. aspectosque propiciaran una mayor recaudaciOn fiscal pa ra financiarinllersiones publicas. las cuales pueden ser orien tadas ala recuperaciOn de las areas afectadas por la actividadminera Hegal. as l como las actividades cone~as que es tagenera ;

En uso de las facult ades con feridas per el art iculo104" de la ConstituciOn Pol itica de l PerU y el numeral 1 de lart icu lo 11· de la Ley Organica de l Poder Ejecut illo _ LevN" 29158;

Con el IIOtO aprobat orio de l Co nsejo de Minislros; y.Co n cargo de dar cuenta al Co OQreso de la RepUblica:Ha dado el Decre to LegiSlat lVO slQulefl te :

DECRETO LE GISLATIVO QUE ESTA BLECEME DIDAS DE CONTR,OL Y FISCALIZACI6N

EN LA DISTRIBUCION, TRANSPORTE YCOMERCIA UZACI6 N DE MA QUINARIAS Y EQUIPO S

Q~i~~~~r~J:JI~~~gu~NT~M~~~~~AOBTENIOQ EN DICHA ACTMDAD

Artic ulo 1°,- ObjetoEI presente Decrelo Leg islatillo tiena por otlj eto

establecer med idas de control y fiscalizaciO n en ladistribu tiOn, Iransporte y come rcializaci6n de maquinariasVeqUiPOS que pueda n ser utilizados en la act lvidad mlne railega l, as! como de los prod uctos mineros obtenidos endicha aelividad

2

Maquina-ias

Equipos

Ruta Fiscal

A~las Subpartidas AJancelarias~ndidasdenlro de IIIPartida Arancelllria N" 64.29.

A~lIas Subp:utidas Arancelllrias ~ndidasdentrodeIIIPartida Arancelaria N" 85.02.

Via de transporte de uso obIigatorio autorilada JXlI'e! MiniS!eriO de Transportes y ccm ocaccees •MTC,a propuesta de IaSuperintendencia Nacionalde Aduanas y de Adminislraci6n Tributaria ­SUNAT, para e!msaocce rraqulreras.eqeipos yprodocios rreneros, que puede ser desde 0 tecaerarea geografica referida en la Pril'Tl&ra Oispo$ici6nColll)lernentaria Final deIs presents norma,

Si por resclucicn judicial con calidad de cosa juzgadase dispone la devoluci6n de los productos mineros ylomedios de transporte, prccedera a la devoluci6n del bien 0el reintegro de su valor al propietario.

Mediante pecretc Supremo sedictaran lasdisposicionesnecesarias para la mejor aplicaci6n de 10dispuesto en elpresents articulo .

Articul o 6°,· Acci ones de Fiscali zaci 6n y Con tro lEI Mmisterio Publico, ta concra Naconat del Peru y la

Direcci6n General de Gapitania y Guardacostas - DIGAPI,en el ambito de sus competenc ias, bnncaran e! apoyoy cotabcraran con ra SUNAT en las accicnes de controly fisca lizaci6n de las maquinarias , equipos y productosminercs .

En los lugares de diflcil acceso que impliquenedemas la ausencia de etecuvcs suficientes de laPolicia Nacional del Peru 0 sin log lstica 0 infraestructuranecesarre. ra SUNAT puede excepcionalmente soncnarla intervenci6n de las Fuerzas Armadas para lasaccio nes que asequren la efec hv idad del presenteDecreto Leqislativc.

La intervenci6n de las Fuerzas Armadas no implica enmodo alguno la restricci6n, suspensi6n , ni afectaci6n de loscerecbos rcnoamentaes consag rados en ra coneutoceoPolltica del Peru,

Art icul o r .-Uso Obligatorio de GPSDisp6ngase el usa obligatorio del sistema de

posicionamienlo ii1lobal (GPS) en las unidades quetranspcrten maqumanas y equipos . contrclados por rapresente norma , las que deberan regis trarse ante elMTG.

Los responsables de las unidades de transportesenaiaoas en el parratc precedente . deberan brindar alMTG la informaci6n provemente del GPS. Asunemo.crenainformaci6n eetera adeposicon de raSUNAT, del Ministeriodel Interior y del Ministerio de Energla y Minas - MINEM,as! como de cuaquer ctra autonoao de ra AcrmmstraconPublica que 10 requiera.

EI MTG establecera el tipo y caracle rlsticas mlnimasde los sistemas GPS, as! como e1 uso obligatorio deprecintos de seguridad, estanco facultado a establecersu aplicaci6n gradual. Asim ismo, la Superintendencia deTransporte Terrestre de Personas, Garga y Mercancias- SUTRAN, supervisara er cumpl imiento del oresentearticulo, quedando facultado para aplicar las sancionesque ccrresponcan.

EI MTG aprcbara las disposiccnesque sean necesarraspara la efect iva aplicaci6n de to dispuesto en el presentearticulo ,

Art ic ulo S".· Comercializac i6n de Maquinarias yEqu ipos

Las medidas de control a que se tenere et presenteDecrelo Legislativo para las maquinarias y equiposseran aplicadas en forma progresiva . Mediante DecreloSupremo , a propuesta de la SUNAT, refrendado por losMinistros de Economla y Finanzas y de Energla y Minas,se especificaran las Subpartldas Arancelarias de lasmaquinarias y equipos objeto de conlrol.

Articul o g",- Comercial iz3ci6n de Product osMineros

La SUNAT podra apl icar controles especiales parala comercializaci6n de los productos mineros dentro delambito de su competencia.

Los productos mineros, cualquiera sea su estado, sesujetan a lOS alcances del presente Decreto Legislativo en10 referklo a las Rutas Fiscales y sus contro les.

Mediante Decreto Supremo, a propuesta de la SUNAT,refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y deEnergla y Minas, se implementara en forma progresiva losmecanismos para el control y fiscalizaci6n antes senaladosy se sei'ialara los productos mineros objetos de control yfiscalizaci6n .

Articulo 10°,_ Responsabllidad de las Plantas deBenefi ci o

Las plantas de beneficia que brindan servicios parael producto de la actividad minera sin procesar 0 comoconcentrado, refogado, relave 0 cualquier otro estado hastaantes de su refinaci6n . deberan solic~ar los documen tosque correspondan, verificando la informaci6n contenida enellos para constatar el origen de los mismos

3Los datos consignados en los documentos no deben

conlener discrepancia con los datos que aparecen enel Registro Vnico .de Gontribuyentes • RUC, Padr6n deMinerla, G6digo Unico de ccnceecn Autorizaci6n deExplotaci6n , ni con la descripci6n, naturaleza, cantidad,peso , ley del mineral de los bienes, entre otros . por la cualse presta erservice.

EI incump limiento de 10 dispuesto sera sancionadoadminis trativamente por el MINEM con ta suspensi6n de laAutortzaccn de concescn de Beneficio hasta cor tremta(30) dlas .

La suspensi6n de la autorizac i6n no impide elcumplimiento de las normaslaborales.

Articulo 1, °.- Responsabilidad del AdquirenteTodo adqurrente de productos mineros sujetos a

contro l y fiscalizaci6n en el marco del presente DecretoLegislativo, cualquie ra sea su estado, sin importar que laecourstcoo se reauce en forma temporal 0 permanente,debera verificar el origen de los mismos , solicitando losdocumentos que correspondan , debiendo verificar laautenticidad de los datos consignados en los sistemas deinformaciOn que correspondan .

Los datos mlnimos a vertncar seran los siguientes '

a) RUC , raz6n social, nombre y apellido, asl comodocumento de tceotoeo. domicilio real del venceoordel mineral, C6d igo Unico de Concesi6n y su vigenciade donde proviene el mineral , y AutorizaciOn deExplotacon .

b) Los datos consqnados en los comprobantes deoeuo. especificando su oescnccion. y los datos del biencomerclafeado (peso, caracterrsucas y estadc).

c) Datos de la gula de remisi6n y lransportisla.

La aoqueiccn de crcooctce moeros ilegales no generaningun derecho ni beneficio tributario , sin perjuicic de laecncecon de las sane-ones acmtmstrauvas por parte delMINEM y de la SUNAT,de acuerdo a sus competencies

Articulo 12°,- Denunci a PenalLa ecucecon de las sancones administrativas a que

se reneren los articulos 10' y 11" de la presente norma,no impide el ejerccrc de la accron penal por la comtslondel oenc de comercrc cranoesnno en las modalidadesprevislas en los numerales 4) y 5) del articulo 272 ' delcoocc Penal.

Art iculo 13°,_Financ iamientoLa aplicacicn de la presente norma se nnancrsra

con cargo al presupuesto instilucional de las entidadesinvoiucreoas. sin demandar recursos aorconares atTesoroPublico.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALE S

Primera ,· De las Are as Geograficas para elEsta blec imiento de Ruta s Fiscal es

EI MINEM, mediante Decreto Supremo con votoaprobatorio del Consejo de Ministros, determinaraa propuesta de la SUNAT, las areas geograficas endonde se realizan actividades de miner la ilegal, para elestablecimien to de las Rutas Fiscales a que se refiere lapresente norma.

A partir de la vigencia de la presente norma, entiendaseque el Departamento de Madre de Dies constituye areageografica para el establecimienlo de Rutas Fiscales .

Seg unda,· Del Establecimiento de las Ruta sFiscales

EI MTC, a propuesta de la SUNAT, eslableceramediante ResoluciOn Ministerial las vias de Iransporte queseran consideradas como Rulas Fiscales.

EI uso obligatorio de Rutas Fiscales para lasmaquinarias, equipos y productos mineros se estableceraprogresivamente y es exigible en los plazos que especifiquela Resoluti6n Ministerial emitida por el MTC.

Para establecer las Rutas Fiscales se deberaconsiderar las rutas mas eficienles entre los puntos deorigen y dest ino fiscalizados Deben estar relacionadascon las areas geograficas a que se reflere la PrimeraDisposici6n Complementaria Final de la presente norma,En aquelios lugares en los que no se haya implementado

Rutas Ftscaes. et nesieoc oocra reanzarse por ccarqurerruta disponible

Tercera.- So bre el Cont ro l y Fiscalizaci 6n AplicablealOro

A partir de Ia vigencia de la presen te norma se Ieaplicaran at oro y a las ateaciones que mcluy an oro ,cualqu iera sea su denominaciOn, forma 0 presentaciOn,e! control y fiscali zaciOn a que se refiere el articulo 9",

D1SPOSICIONES COMPLEMENTARIA STRAN SITORIAS

Primera.- De la VigenciaEI presenle Decreto Legislativo entra ra en vigencia ai

dla siquiente de su publica cion.

Segunda ,· Del Financiamiento para el An o Fiscal2012

Para efectos del financiamiento, en er anc fiscal2012 , de las accrcnes a car go del pliego Mi nisteriode Detensa. e r Min isterio del Interio r y er MinisterioPublico en el marco de 10 establecido en la presentenorma , el pliego SUNAT queda autoriz ado a realizartransterencras nnanceras contorme a 10es tablecido ysujeto al monte senalado en la Segunda DisposiciOnComplementaria Transitoria del Decreto Legislativo N"1103 .

DISPOSICIONES COM PLEMENTARIASMODIFI CATORIAS

uorce.. De la Modificaci6n del Articulo 307°-E delC6digo Penal

Modifiquese el articulo 307"-E del C6digo Penal en losterrmncs ecueotee :

"Art iculo 307"-E. - Trafi co Hlcltc de insumos quirmcosy maquinarias destinad as a mineria i1egal

EI que. infringien do las levee y eeqtamentos. acquiere.vende, distribuye. comercafza. transporta. lmporta ooseeo almacena insumo s qutoucoe. con el propOsrto de destinarcrctcs bienes a ta comtsion de los cence de mrnerra ilegal .sera reprimido con pena privativa de libertad no menor detres ancs ni mayor de seis enos y con cien a seiscientosdras-muta.

EI que adquiere. vende, arnenca . fransnere 0 cedeen usc bajo cuatquter titulo, distribuye. comercial iza,transports. importa. posee 0 emacena maquinarias. asaoenoas de que seran dest inadas a ta cormsicn de losdelitos de mineria ilegal, sera reprimido con pena priva livade libertad no menor de tres anos ni mayo r de sets enos ycon cen a seiscientcs dtas-multa."

Dado en la Casa de Gobierno ,en Lima , a los diecinu eveeras del mes de abril del aec dos mil ecce.

OlLANTA HUMALA TASSOPresklente Constitutional de la Republica

OSCAR VALDES DANCUARTPres idente del Consejo de Minislros

LUIS ALBERTO OTAROLA PENARANDAMinistro de Defensa

LUIS MIGUEL CASTI LLA RUBIOMinistro de Economia y Finanzas

JORGE MERINO TAFURMinistro de Energla y Minas

DANIEL E. LOZADA CASAPIAMinistro del Interior

JUAN F. JIMtNEZ MAYORMinistro de Justicia y Derechos Humanos

CARLOS PAREDES ROD RiGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

779112-1

4

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISfROS

Autorizan viaje de funcionarios deSERVIR a Francia, en comiston deservicios

RESOLU CIQN SUPREMAN° 113-2012 -PCM

lima. 19 de abril de 2012

VISTO; el Oficio N" 42J-.2012·SERVIR-PE delPresiden te Ejecutivc de la Autorida d Naccnat del ServlcioCivil • SERVIR y er Informe NO 004·2012·SERVIR·GDCR, de Ia Gerencia de Desarrollo de Capacidades yRendmientc de SERVIR; y,

CONSIDERANDO:

Que , la Autoridad Nacional del service Civil vieneimplement ando progresivam ente sus tuncrones como enterector del Sistema Administra tivo de Gesti6n de RecursosHuma nos, una de las cuales es pianificar, desarrollar, aslcomo gestionar y evaiuar ta ccnuce de cececaecon para ersector pub lico; con el fin de contribuir a la mejora cont inuade ra ecmorstrecoo del Estaco . a naves del tortatecenentcdel eervcic civil : .

Que, contorme ao estab lecdo en la Unica DrsposiccnComplementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N°1025 que aprueba normas de cec ecnecco y renomentcpara el sector publico, SERVIR asume las funcion es yamo uciones de la Escuela Superior de ta AdministraciOnPubl ica (ESAP) :

Que,en el mes deenero del presente ano,una delegaciOnintegrada por ta Jeta del Departamento de las Americas defa DirecciOn de RelaciO!1es Internacionales de la EscuelaNacionat de AdministraciOn (ENA). senora Helene Mazeran,y el Jefe de la Oficina de GestiOn Previsional del EmpleoPublico de ta Dseccon General de ta Funco n PUblica delMinisterio de Presupuesto. Cuentas Puotcas y Reformadel Estado de Francia, senor Dominique Schunenecker.sostuvieron encuentros con funcionarios peruanos, dondese destac6 la vountao de sever a cabo ta creacion de unaescuela de administraci6n publica;

Que, en ese contexto , la mencionada delegaciOn ind ic6fa necesid ad de una vtsuade una oeececron de expertos ytecorcos peruanos a la Republ ica Francesa , a findeconocercomo se organiza ra funcicn public a y su vmcuracron con taEscuela Nacional de Administraci6n - ENA;

Que, ra capac itaciOn at personal a! servrcic del Estadose encuentra directamente relacionada con las funcionesque co-responde a SERVIR y especlficamente a faGerencia de Des arrollo de Capacidades y Rendimiento:

Que, fa vrsrta de trabajo tiene por objetivc que losfuncionarios de SERVIR conozcan cOmo se organiza lafunciOn publica y su vinculaciOncon la ENA, e intercambienexperiencias sobre la reforma de la funciOn publica, 10quepermitira obten er informaciOn para fa implementaciOn defa Escuela Nacional del Serv icio Civil en nuestro pais :

Que , la Autoridad Nacional del Servicio - SERVIR hasometido a consideraciOn la participaciOn de los senoresJuan Carlos Cortes Carcelen, Presidente Ejecuti vo deSERVIR, y Cristian LeOn Vilela, Gerente de Desarrollo deCapacidades y Rendimiento de SERVIR, en la indica dacomis iOn:

Que ,atend iendo a 'lue el viaje acotado resulta de interesnacional. se estima neces ario autorizar la participaciOn delos citados funcion arios, disponiendose , para tal electo,'lue los gastos ppr conce pto de pasaJes aereos (el cualInouye la Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto) y viaticossean asumi dos Integramente por !a Autorid ad Nacional delServ icio Civ il - SERVIR,

De conformidad con la Ley N" 29812, Ley de Presupuestodel Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 ; ei DecretoLegislativo N° 1023, 'lue crea la Autoridad Nacional delServicio Civil: !a Ley N° 27619 .leY'lue regula la autorizaci6nde viajes al exleriorde servido res y funcionarios publicos; suReglamento aprobado mediante DeCfeto Supremo N° 047­2002~PCM Yel Reglamento de Organizaci6n y Funciones de\a Presidencia del Consejo de Ministros aprobado medianteDecreto Supremo /If 06J-.2007-PCM ; y.

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