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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. “2018, Año de los Juegos Olímpicos de la Juventud”. _____________________________________________________________________________________ _____________________________________________________________________ Página 1 de 115 PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA OBRA PÚBLICA OBRA “PLAZA ROMA”

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    “2018, Año de los Juegos Olímpicos de la Juventud”. _____________________________________________________________________________________

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    PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES LICITACIÓN PÚBLICA

    OBRA PÚBLICA

    OBRA “PLAZA ROMA”

  • Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

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    ÍNDICE 2.1 GENERALIDADES

    2.1.1 Objeto de la Contratación y Trabajos a realizar

    2.1.2 Terminología

    2.1.3 Plazo de Ejecución

    2.1.4 Presupuesto Oficial

    2.1.5 Anticipo Financiero

    2.1.6 Visita al lugar de la obra y su constancia

    2.1.7. Retiro de Pliegos de Bases y Condiciones

    2.1.8. Facultad del contratante

    2.1.9. Consultas y aclaraciones

    2.2 OFERENTES

    2.2.1 Requisitos de los Oferentes

    2.2.2 Ejecución de Obras por empresas asociadas

    2.2.3 Inhabilidades

    2.2.4 Constitución de domicilios

    2.2.5 Certificados a presentar por los Oferentes

    2.2.5.1 Certificado de capacidad anual

    2.2.5.2 Certificado del Registro de deudores/as alimentarios morosos/as

    2.2.6 Capacidad financiera

    2.2.7 Representante Técnico

    2.3. OFERTAS

    2.3.1 Forma de Contratación

    2.3.2 Formalidades de la presentación

    2.3.3 Tipo de Procedimiento

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    2.3.4 Documentos que deben integrar la Oferta

    2.3.5 Documentación a presentar por Personas Físicas

    2.3.6 Documentación Inexcusable

    2.3.7 Presentación de las ofertas

    2.3.8 Error en el monto de garantía de Oferta

    2.3.9 Lugar de presentación de las Ofertas

    2.3.10 Lugar de apertura de sobres de Ofertas

    2.3.12 Defectos de forma

    2.3.13 Ampliación de Información

    2.3.14 Vista de las Ofertas

    2.4 PREADJUDICACIÓN

    2.4.1 Estudio de las Ofertas

    2.4.2 Anuncio de la Pre-adjudicación

    2.4.3 Impugnaciones

    2.5. ADJUDICACIÓN

    2.5.1 Cuestiones Generales

    2.5.2 Garantía de Adjudicación

    2.6 CONTRATO Y CONTRATA

    2.7 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

    2.7.1 Orden de Comienzo

    2.7.2 Plan de Trabajos

    2.7.3 entrega del terreno, Replanteo de las obras y estudios Previos

    2.7.4 Inasistencia del Representante Técnico o Responsable en Obra

    2.7.5 Inspección

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    2.7.6. Horario de trabajo

    2.7.7 Plan De Señalización

    2.7.8 Conexiones, Desconexiones y Traslados

    2.8 PERSONAL

    2.8.1 Salarios

    2.9. MATERIALES Y TRABAJO

    2.9.1 Calidad de los materiales y trabajos

    2.9.2 Maquinaria y equipos

    2.10 DESARROLLO DE LAS OBRAS

    2.10.1 Ritmo de inversión

    2.10.2 Recaudos para los trabajos

    2.10.3 Perjuicio por incendio

    2.10.4 Seguros

    2.10.5 Indemnización por caso fortuito o fuerza mayor

    2.10.6 Higiene y seguridad en el trabajo

    2.10.6.1 Responsabilidad del área Higiene y seguridad

    2.10.6.2 Programa de Seguridad

    2.10.6.3 Libro de Higiene y seguridad

    2.10.6.4 Documentación a presentar previo ingreso a obra

    2.10.6.5 comunicación entre Contratista e Inspección de Obra

    2.10.7 Libro de Órdenes de Servicio

    2.10.8 Libro de Notas de Pedido

    2.10.9. Partes Diarios

    2.10.10 Bibliorato de certificados

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    2.11. SANCIONES

    2.11.1 Tipo de sanciones

    2.11.2 Forma de Aplicación

    2.11.3 Aplicación de Sanciones

    2.11.4 Penalidades a Empresas Asociadas

    2.11.5 Multas

    2.11.6 Rescisión del contrato

    2.12 CERTIFICACIÓN, PAGOS Y GARANTÍAS

    2.12.1 Medición de las obras

    2.12.2 Certificación

    2.12.3 Aprobación de los certificados

    2.12.4 Retenciones sobre los certificados

    2.12.5. Fondo de reparos

    2.12.6 Sustitución del Fondo de Garantía y Reparo

    2.12.7 Pago de los certificados de obra

    2.12.8 Demora en los pagos

    2.12.9 Retenciones sobre los pagos

    2.12.10 Comisiones bancarias para el pago de certificados

    2.12.11 Gastos y Derechos

    2.12.12 Presentación de Facturas

    2.13 MODIFICACIONES DE OBRA

    2.13.1 Fijación de precios

    2.13.2 Aprobación de Modificaciones de Obra

    2.14 APROBACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA OBRA

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    2.14.1 Acta de Recepción Provisoria – Planos Conforme a Obra

    2.14.2 Plazo de Garantía

    2.14.3 Fiscalización durante el período de garantía

    2.14.4 Recepción Definitiva de la Obra

    2.14.5 Liquidación final y devolución de la garantía de adjudicación

    2.15 VARIOS

    2.15.1 Tribunales competentes

    2.15.2 Trámites

    2.15.3 Interferencias: Instalaciones afectadas por las Obras

    2.15.4 Facilidades para la Inspección

    2.16. REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

    2.16.1 Estructura de ponderación

    ANEXOS

    Anexo I Carta de presentación de la propuesta

    Anexo II Aspectos Legales

    Anexo III Modelo de Contrata

    Anexo IV Planilla de Cotización

    Anexo V Análisis de Precios

    Anexo VI Índices para Redeterminación de Precios

    Anexo VII Coeficiente de Pase

    Anexo VIII Seguridad e Higiene

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    PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

    2.1 GENERALIDADES El presente Pliego de Condiciones Particulares tiene por objeto completar y aclarar las

    estipulaciones del Pliego de Condiciones Generales, para las obras mayores,

    aprobado por el Decreto Nº 1.254/GCABA/08, pertenecientes al Gobierno de la Ciudad

    de Buenos Aires, en un todo de acuerdo a los planos y pliegos del proyecto.

    2.1.1 OBJETO DE LA CONTRATACIÓN Y TRABAJOS A REALIZAR Sujeto a las estipulaciones del presente Pliego, la Secretaria de Atención y Gestión

    Ciudadana, sita en Uspallata Nº 3160, piso 2º, llama a licitación pública para la obra “PLAZA ROMA”. El objetivo principal de la intervención es la puesta en valor integral de la plaza, profundizando en las áreas y puntos más críticos, aprovechando, además,

    el emplazamiento del Metrobus que descomprime las veredas de la calle Alem en

    cuanto a paradas de colectivos y circulación, para generar una cazoleta corrida

    aumentando la superficie absorbente y verde. Como meta principal también podemos

    mencionar la posibilidad de generar nuevos usos a la plaza mediante la construcción

    de un equipamiento sustentable con un diseño orgánico adecuado a las necesidades

    actuales de la misma.

    2.1.2 TERMINOLOGÍA En el presente pliego y en la documentación de los contratos que se celebren, se

    emplean, con el significado que aquí se indica en los siguientes términos:

    a) Órgano Licitante: La Secretaria de Atención y Gestión Ciudadana.

    b) Adjudicación: Es el acto administrativo por el cual se acepta la oferta más

    conveniente.

    c) Circular con consulta: Respuestas del órgano licitante a todo pedido de

    aclaración.

    d) Circular sin consulta: Aclaraciones de oficio que puede realizar el órgano

    licitante en el marco de esta licitación.

    e) Contrato: Instrumento por el cual se formaliza el objeto de la presente licitación,

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    una vez adjudicada la Oferta más conveniente y aprobada dicha adjudicación, y

    que rige las relaciones entre el órgano licitante y el adjudicatario, cuyas

    condiciones se estipulan en todos los documentos técnicos y legales.

    f) Documentación: La totalidad de los elementos del contrato, detallados en los

    Pliegos de Bases y Condiciones Generales, de Bases y Condiciones

    Particulares y de Especificaciones Técnicas.

    g) Garantía de Adjudicación: Constituye el depósito o seguro de caución obligatorio

    que asegura el cumplimiento fiel del contrato en cabeza del adjudicatario

    (numeral 1.4.4. del Pliego de Condiciones Generales).

    h) Garantía de la Oferta: Constituye el depósito o seguro de caución obligatorio

    (numeral 1.3.6. del Pliego de Condiciones Generales), para el mantenimiento de

    la oferta de la presente licitación.

    i) GCABA: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    j) PCP: El presente Pliego de Condiciones Particulares, complemento del Pliego

    de Bases y Condiciones Generales, que tiene por objeto especificar las

    condiciones de la contratación, las obligaciones de las partes, el procedimiento

    de la Licitación Pública, así como también el trámite de perfeccionamiento de la

    Adjudicación y del Contrato.

    k) PET: El Pliego de Especificaciones Técnicas es el documento donde se

    establecen las condiciones de carácter técnico de la Licitación Pública. Se

    subdivide en Pliego de Especificaciones Técnicas Generales (PETG) y Pliego

    de Especificaciones Técnicas Particulares (PETP).

    l) Adquirente: Toda persona interesada en el proceso que adquiere/retira el Pliego.

    m) Oferente: Persona Física o Jurídica que presenta una oferta ante el llamado

    licitatorio.

    n) Oferta: Es la propuesta realizada por los oferentes que desean participar del

    presente procedimiento licitatorio y acompañan toda la documentación y demás

    información incorporada en la presentación.

    o) Comitente: Es el Órgano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que

    suscriba la Contrata.

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    p) Contratista: Adjudicatario que ha suscripto la correspondiente Contrata con el

    comitente, aceptando todos los términos, deberes y obligaciones que se derivan

    del contrato mismo, de los Pliegos de Condiciones Generales , Particulares y

    Pliego de Especificaciones Técnicas y específicas como del resto de la

    documentación: circulares, respuestas, libro de órdenes de servicio, libro de

    notas de pedido, cedulas, notificaciones, notas, documentación gráfica y

    cualquier otra no mencionada en el ítem relacionada con aquellos y que se

    refieran a la ejecución de la obra directa o indirectamente.

    q) Representante Técnico (Profesional Responsable): Persona física que ejercerá

    la representación técnica del Contratista durante la ejecución del contrato objeto

    de la presente licitación.

    r) Responsable en Obra: Persona física, técnico o profesional capacitado para

    dirigir los trabajos y ser responsable de supervisar las tareas objeto de la

    presente licitación, en ausencia del Representante Técnico, por parte de la

    Contratista, en concordancia con el numeral 1.6.22 P.C.G. Debe estar presente

    en forma permanente en el lugar donde se realizan las obras y tareas contratadas.

    Todo otro término empleado en la documentación y no mencionado en este artículo

    tiene el significado dado por el uso y la costumbre.

    2.1.3. PLAZO DE EJECUCIÓN Para la ejecución de los trabajos contratados, se fija un plazo total de CIENTO CINCUENTA (150) DÍAS CORRIDOS, contados a partir de la fecha de comienzo de

    trabajos fijados en el Acta de Inicio.

    Se llama la atención que deben preverse como normales los días de lluvia

    comprendidos en la media mensual conforme la información suministrada por el

    Servicio Meteorológico Nacional, por el semestre anterior para cada mes del año,

    procediendo al reconocimiento de prórrogas por este concepto a la cantidad de días

    que superen la media y subsiguiente que por sus consecuencias y tipo de tareas a

    realizar, no se puedan trabajar.

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    Si por cualquier circunstancia se demoraran los trabajos, el Contratista arbitrará los

    medios para recuperar tiempos y cumplir los plazos contractuales.

    Solicitud de ampliaciones de plazo

    Los hechos de cualquier naturaleza que impidan la ejecución de la obra, incluyendo

    los enumerados en el Art. 39 de la Ley 13.064, deberán ser puestos en conocimiento

    de la Inspección dentro de las CUARENTA Y OCHO (48)hs de producido el hecho

    que los motiva mediante Nota Pedido, aportando la documentación que acredite dichos hechos.

    Las solicitudes de prórrogas o ampliaciones de plazo deberán presentarse por Nota de

    Pedido ante la Inspección de Obra, dentro de los CINCO (5) días hábiles de la

    producción o terminación del hecho o causa que las motiva.

    La falta de notificación de estos hechos a la Inspección en la forma indicada impedirá

    que sean alegados posteriormente para fundamentar cualquier solicitud de ampliación de plazos

    La falta de solicitud de ampliación del plazo de la obra en el plazo indicado producirá la caducidad del derecho a reclamarlo en forma posterior por dichos hechos.

    El contratista deberá fundar su solicitud de ampliación de plazos, indicando la causal

    que la sustente, precisar su influencia sobre el desarrollo en el tiempo de cada uno de

    los ítems o partidas afectadas y efectuar un análisis para establecer el tiempo neto de

    ampliación de plazo que solicita, eliminando la posible superposición de las distintas

    causales que invoque.

    Estando pendiente de resolución por el comitente una solicitud de ampliación de

    plazos de la obra, se suspenderá provisoriamente la aplicación de las multas por la

    demora en la ejecución de las obras hasta que la solicitud fuese resuelta. En caso de

    que la solicitud de ampliación de plazos fuese rechazada las multas cuya aplicación se

    hubiera suspendido, se liquidarán al valor que corresponda en el momento de su percepción.

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    En el caso de que el acto administrativo que apruebe la ampliación de plazos del

    contrato no hubiese aprobado el ajuste del plan de trabajos y la curva de inversión, el

    contratista deberá presentar dentro del plazo de QUINCE (15) días corridos de

    aprobada la ampliación de plazos un nuevo plan de trabajos y curva de inversión

    ajustados al nuevo plazo contractual, modificándolos solamente a partir de la fecha en que se produjo el hecho en que se fundamentó el otorgamiento de la prórroga.

    Suspensión de la obra

    El Art.1.12.7 del PBCG se complementa con lo siguiente:

    La aprobación de ampliaciones de los plazos de obra o la modificación del Plan de

    Trabajos no da derecho al reconocimiento de gastos improductivos, ni mayores gastos

    generales e indirectos por mayor permanencia en obra, con excepción de los que se

    generen como consecuencia de una suspensión total de la obra dispuesta por el comitente por motivos no imputables al contratista.

    El reconocimiento al que alude el párrafo anterior deberá vincularse a los gastos que el

    contratista acredite y se limitará por todo concepto a los porcentajes que surgen de la

    tabla incluida en este artículo, calculados sobre el valor de los trabajos que, de

    acuerdo con el plan de trabajos vigente al momento de la suspensión, deberían haberse realizado durante la suspensión de la obra.

    Monto de Obra a Ejecutar en el Periodo de Suspensión

    (en millones de pesos)

    Porcentaje máximo a reconocer

    %

    Hasta 5 millones 6

    Más de 5 hasta 10 5

    Más de 10 hasta 20 4

    Más de 20 hasta 50 3

    Más de 50 hasta 100 2

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    Esta tabla se aplicará en forma acumulativa para los distintos montos de obra en ella

    indicados y hasta un máximo de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000), no reconociéndose gasto improductivo alguno sobre el excedente de ese monto.

    Si el contratista pretendiera un reconocimiento por encima de los límites aludidos, su

    reclamo deberá ser analizado por una Comisión integrada por un representante del

    Comitente, uno del Órgano Rector para todas las contrataciones de Obras Públicas de

    la Administración Central del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad establecido por el Decreto N° 344/17 y otro por el Ministerio de Economía y Finanzas.

    Para el supuesto que el Comitente y el Órgano Rector coincidieran en un mismo

    Organismo, la Comisión se integrará con un miembro en representación de ambos y con un representante del Ministerio de Economía y Finanzas.

    2.1.4. PRESUPUESTO OFICIAL El presupuesto oficial de la obra asciende a la suma de PESOS VEINTE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SIETE CON 13/100 ($20.280.607,13), CON UN ANTICIPO FINANCIERO DEL TREINTA POR CIENTO (30%). 2.1.5. ANTICIPO FINANCIERO

    El contratista podrá solicitar un TREINTA POR CIENTO (30 %) del monto del contrato

    en concepto de anticipo financiero, debiendo formalizar dicha solicitud dentro de los DIEZ (10) días corridos contados desde la notificación de la Orden de Comienzo.

    Dicho anticipo es a los fines de facilitar el desarrollo financiero de la obra posibilitando de esa manera una mayor participación de oferentes.

    Los montos abonados en concepto de anticipo financiero no estarán sujetos al

    régimen de redeterminación a partir de la fecha de su efectivo pago (conf. artículo 3°

    del Anexo I, Decreto N° 127/GCABA/14).

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    El contratista deberá presentar el Certificado de anticipo financiero, que se tramitará

    como sus similares de obra, conforme numeral 2.12. “Certificación, Pagos y Garantías” del presente Pliego.

    El contratista deberá ofrecer y presentar a entera satisfacción de la Comitente una

    garantía equivalente a la totalidad del monto que reciba como anticipo, la que podrá

    afianzarse mediante alguna de las siguientes formas:

    a) Fianza otorgada por una institución bancaria o por entidad autorizada por el Banco Central de la República Argentina la que, endosada a favor del

    Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, será aceptada por su valor escrito y

    será pagadera incondicionalmente al primer requerimiento por escrito. La

    fianza no contendrá reservas, limitaciones, restricciones o salvedades y será

    emitida en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a

    los beneficios de división y excusión, con arreglo a los artículos 1584 y 1590

    del Código Civil y Comercial de la Nación. Las firmas de los representantes

    de la entidad emisora actuantes, deberán hallarse certificadas y legalizadas

    por el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

    b) Seguro de caución cuya póliza deberá estar endosada a favor del Gobierno

    de la Ciudad de Buenos Aires, otorgado por una Compañía de Seguros de

    reconocida solvencia en los términos autorizados por las normas vigentes,

    emitida en carácter de fiador liso y llano y principal pagador con renuncia a

    los beneficios de división y excusión, con arreglo a los artículos 1584 y 1590

    del Código Civil y Comercial de la Nación. Las firmas de los representantes

    de la entidad aseguradora actuantes, deberán hallarse certificadas y

    legalizadas por la Superintendencia de Seguros de la Nación Argentina.

    Si el Contratista no integrara la garantía mencionada, el Comitente no efectivizará el

    anticipo, y esto no constituirá causal de mora en la iniciación de los trabajos imputable

    al Comitente

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    Se fija un plazo de TRES (3) días hábiles administrativos a partir del día siguiente de la

    presentación del Certificado de adelanto a efectos de que la Comitente proceda a

    conformar el mismo. Dentro del plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos

    siguientes el contratista deberá presentar la garantía mencionada por dichos

    conceptos.

    De cada Certificado de Obra se descontará una suma que resulta de afectar al monto anticipado por el porcentaje de avance correspondiente a ese mes.

    En caso de rescisión del contrato por culpa del Contratista, o que por cualquier otra

    circunstancia la obra no pudiere ejecutarse, el anticipo financiero deberá ser restituido,

    en la proporción que corresponda, aplicando al saldo a restituir la tasa de descuento

    del BANCO DE LA NACION ARGENTINA para certificados de obra desde su percepción hasta su efectiva restitución.

    La falta de pago del anticipo no puede ser alegada como causal para no dar comienzo a la ejecución de las obras o para demorar o suspender su ejecución.

    2.1.6. VISITA AL LUGAR DE LA OBRA Y SU CONSTANCIA

    Los interesados deberán visitar y conocer perfectamente el lugar donde se hallan las

    instalaciones a intervenir, con el fin de recoger toda la información complementaria

    que pueda obtenerse de la observación del terreno y sus adyacencias, como así

    también por referencias de terceros; sobre aprovisionamiento de materiales, personal,

    provisión de agua y energía, y cuantos otros antecedentes puedan permitir una exacta apreciación de las características de los trabajos, sus dificultades y su costo.

    Asimismo, el oferente deberá presentar, junto con la oferta, la respectiva constancia de

    visita a obra extendida por el órgano licitante al momento de efectuar la misma. Dicha

    constancia se extenderá en el lugar donde se realizarán los trabajos, en la fecha

    prevista para la visita a obra en la publicación del llamado a licitación. En caso de no concurrir a la visita de obra, la oferta presentada será desestimada.

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    En consecuencia, no se aceptará bajo ningún pretexto desconocimiento de la obra, su

    estado y características particulares, por lo que se considerará que su oferta incluye

    todas las reparaciones y trabajos necesarios de acuerdo con las reglas del arte, aunque éstos no se mencionen en la documentación del presente pliego y/o el PET.

    2.1.7. RETIRO DE PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES

    Los Pliegos de Bases y Condiciones y demás documentación técnica licitatoria que rige la presente licitación podrán retirarse en forma gratuita, en la GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS, OBRAS Y MANTENIMIENTO SITA EN LA CALLE USPALLATA Nº 3160, PISO 2º (INTERNOS 7797/7191/7474), Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Lunes a Viernes en el horario de 11 a 17 horas, hasta DOS (2) días

    antes de la fecha de Apertura de Ofertas.

    2.1.8 FACULTAD DEL CONTRATANTE El GCABA se reserva el derecho de dejar sin efecto la licitación en todo o en parte,

    previo a la adjudicación, sin que ello genere a favor de los proponentes derecho a

    reclamo o indemnización, conforme se establece en el numeral del 1.18 PCG.

    2.1.9 CONSULTAS Y ACLARACIONES

    El artículo 1.1.5 del P.C.G. queda complementado de esta manera:

    Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los Pliegos de

    Bases y Condiciones, se presentarán por escrito en la GERENCIA OPERATIVA DE

    COMPRAS, OBRAS Y MANTENIMIENTO, SITA EN LA CALLE USPALLATA Nº 3160,

    PISO 2º (INTERNOS 7797/7191/7474), Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta

    CUATRO (4) días hábiles administrativos previos a contar desde la fecha de apertura

    de las ofertas. La aclaración que el órgano licitante emita a tal efecto deberá ser

    remitida hasta los DOS (2) días hábiles administrativos antes de la fecha de apertura de las ofertas.

    El Órgano Licitante podrá formular aclaraciones de oficio hasta DOS (2) días hábiles

    anteriores a la fecha de apertura de ofertas.

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    Los Oferentes deberán constatar en la sede del Gerencia Operativa de Compras,

    Obras y Mantenimiento, hasta los DOS (2) días antes del Acto de Apertura, todas las

    Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y

    vigencia. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en

    el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.

    2.2. OFERENTES

    2.2.1 REQUISITOS DE LOS OFERENTES Podrán presentarse todas aquellas empresas que acrediten ser especialistas en este

    tipo de obras. Si los antecedentes no son considerados suficientes a exclusivo juicio

    del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la oferta será desestimada, por

    decisión fundada.

    2.2.2 EJECUCIÓN DE OBRAS POR EMPRESAS ASOCIADAS

    En el caso de que dos o más sociedades comerciales se presenten asociadas a la

    Licitación deberán hacerlo en forma conjunta y solidaria, dando cumplimiento a los

    requisitos exigidos para las Uniones Transitorias en los artículos 1463 a 1469 del

    Código Civil y Comercial de la Nación y a lo establecido en el numeral 1.2.4. PCG

    Una vez presentadas a la Licitación, las Uniones Transitorias no podrán modificar su

    integración, es decir cambiar las empresas que la componen ni aumentar o disminuir

    su número, ante ninguna situación relacionada con la Licitación y en caso de ser

    contratadas no podrán hacerlo hasta el cumplimiento total de las obligaciones

    emergentes del mismo, salvo que durante la ejecución del contrato lo autorice previamente el organismo comitente de la obra.

    El representante legal de las Sociedades y de la UT, deberá acompañar constancia de

    estar facultado para contratar en su nombre y para representarlo ante el GCBA

    durante el presente proceso licitatorio, contratación y ejecución de la obra.

    Las empresas asociadas deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1) Constituir domicilio legal en la Ciudad de Buenos Aires.

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    _____________________________________________________________________ Página 17 de 115

    2) El plazo de constitución de la UT deberá tener una duración superior al tiempo

    que demande la obra, incluido el plazo de garantía, y que los trabajos a realizar

    se encuentren comprendidos dentro de su giro comercial.

    3) Las resoluciones de los órganos sociales que aprueban la celebración de la

    UT, su fecha y número de acta.

    4) Grado o porcentaje de participación de cada integrante de la UT;

    5) Compromiso expreso de asumir la responsabilidad solidaria de todas las obligaciones contractuales emergentes del contrato en todos sus aspectos;

    6) El compromiso irrevocable de inscribir en el organismo registral competente la UT en caso de resultar adjudicataria, previo a la firma de la contrata.

    La documentación referida deberá ser autenticada por Escribano Público, cuya firma

    deberá ser legalizada, en caso que corresponda, por el Colegio pertinente indicando el

    notario interviniente de manera expresa, libro, folio, numero de acta y demás

    circunstancias identificatorias del documento original cuya copia legaliza.

    2.2.3. INHABILIDADES. No podrán concurrir como oferentes:

    1. Las personas jurídicas, las UT y/o las empresas que la integren, que tuvieran

    vinculación directa o indirecta con las empresas consultoras que el GCABA

    hubiera contratado para la elaboración de los documentos de la convocatoria o

    con el GCABA. La empresa que integre una UT, a efectos de esta

    convocatoria, no podrá participar en forma individual o formando parte de otra

    UT.

    2. Las personas jurídicas que se presenten en forma individual o UT, cuyos

    directivos, profesionales y técnicos tuvieran relación de dependencia o

    vinculación directa o indirecta con las empresas consultoras que el GCABA

    hubiera contratado para la elaboración de los documentos de licitación, o con el GCABA.

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    “2018, Año de los Juegos Olímpicos de la Juventud”. _____________________________________________________________________________________

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    3. Las sociedades no constituidas regularmente, ni las sociedades constituidas en

    el extranjero que no hubieran cumplido con los requisitos exigidos por el Art. 118 de la ley 19.550 para el ejercicio de actos habituales en el país.

    4. Las personas jurídicas que hubieran sido sancionadas con suspensión o

    inhabilitación por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública por el

    tiempo que dure la sanción.

    5. Las personas jurídicas cuyos socios o miembros del directorio, o sus cónyuges

    según el caso, hubieran sido sancionados con suspensión o inhabilitación por el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública.

    6. Las personas jurídicas que hubieran sido sancionadas con suspensión o

    inhabilitación por alguno de los Poderes u Órganos del GCABA mencionados

    en el artículo 2 de la Ley N° 2.095, o cuyos socios o miembros del directorio o

    sus cónyuges hubieran sido sancionados, mientras dichas sanciones sigan vigentes.

    7. Las personas jurídicas cuyos socios o miembros del directorio fueran agentes y

    funcionarios del sector público de la Nación, las provincias, municipalidades o del GCABA.

    8. Las personas jurídicas en estado de quiebra o liquidación. En el caso de

    aquellas en estado de concurso, pueden contratar siempre que mantengan la

    administración de sus bienes mediante autorización judicial. Las que se

    encuentran en estado de concurso preventivo pueden formular ofertas, salvo decisión judicial en contrario.

    9. Los inhibidos.

    10. Las personas jurídicas cuyos socios o miembros del directorio se encuentren

    procesadas por delitos contra la propiedad, contra la administración pública o

    contra la fe pública o por delitos comprendidos en la Convención Interamericana contra la Corrupción.

    11. Los evasores y deudores morosos tributarios de orden nacional o local, previsionales, alimentarios, declarados tales por autoridad competente.

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    12. Las personas jurídicas, que hayan sido sancionadas por incumplimiento a las

    previsiones de los artículos 1.3.10.1.- Arrojo, carga o descarga de escombros u

    otros elementos -.y 3.1.14 Arrojar hormigón del Libro II “De las faltas en

    particular“, Sección 1°, Capítulo III Ambiente ” del Anexo I de la Ley N° 451

    Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado según Ley 5.666).

    13. Las personas jurídicas que participen en más de una oferta ya sea por sí solas o como integrante de una UT.

    2.2.4. CONSTITUCIÓN DE DOMICILIOS.

    De acuerdo al artículo 1.2.3 del PCG.

    El GCBA, constituye domicilio legal a los efectos de toda notificación judicial, conforme

    lo establecido en el artículo 20 de la Ley N° 1.218, en la Procuración General de la

    Ciudad, Departamento Oficios Judiciales y Cédulas, sito en la calle Uruguay N° 458 de

    la Ciudad de Buenos Aires. Para el caso de notificaciones extrajudiciales, se fija

    domicilio especial en la GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS, OBRAS Y

    MANTENIMIENTO sita en la calle Uspallata Nº 3160, PISO 2º (Internos 7797/7191/7474), Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

    Los Oferentes y eventualmente el Adjudicatario, serán notificados:

    a) En el domicilio que hubieran declarado al obtener los pliegos para el caso de los

    oferentes.

    b) En el domicilio que hubieran constituido con la presentación de la oferta para el

    adjudicatario y/o contratista.

    Todo cambio de domicilio deberá ser comunicado fehacientemente al GCBA y surtirá efecto una vez transcurridos diez (10) días de su notificación.

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    2.2.5 CERTIFICADOS A PRESENTAR POR LOS OFERENTES

    2.2.5.1 CERTIFICADO DE CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN ANUAL. Complementa el artículo 1.2.2 del P.C.G.

    Los oferentes deben estar inscriptos en el Registro Nacional de Constructores de

    Obras Públicas y contar con una capacidad de contratación libre mayor o igual al importe de la licitación y/o contratación en la especialidad de arquitectura e ingeniería.

    Deberán presentar una declaración jurada del saldo de capacidad de contratación

    disponible a la fecha de la oferta en caso de que hubieran comprometido nuevas obras

    en fechas posteriores a la emisión del certificado exigido en el párrafo anterior.

    La capacidad mínima requerida surge de la siguiente fórmula:

    C.C.A. = Po + Po (12 – PE)

    12

    C.C.A.: Capacidad de contratación anual.

    Po: Presupuesto Oficial

    PE: Plazo de ejecución de la obra expresado en meses.

    En caso de presentarse con la oferta fotocopia del Certificado o Solicitud del mismo,

    deberán estar certificadas por Escribano Público.

    En el caso de ofertas de UT, cada una de las empresas que la integran debe presentar

    el Certificado de Saldo de Capacidad de Contratación emitido por el Registro Nacional

    de Constructores de Obra Pública. El saldo de capacidad de contratación anual

    exigido será integrado por la suma de los saldos de contratación anual de cada una de las empresas que integren dicha UT.

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    2.2.5.2 CERTIFICADO DEL REGISTRO DE DEUDORES/AS ALIMENTARIOS/AS MOROSOS/AS Conforme los términos de la Ley N° 269, texto consolidado por Ley Nº 5666, deberá

    acompañarse el Certificado del que resulta que el oferente, concursante o postor en el

    caso de personas físicas o que los directores o miembros del Organismo de

    Administración, en caso de sociedades, no se encuentran inscriptos en el Registro de

    Deudores/as Alimentarios/as Morosos /as, dependiente del Gobierno de la Ciudad de

    Buenos Aires, en caso de presentarse copia de dicho certificado, deberá estar

    debidamente certificado por ante Escribano Público. En caso de UT debe ser

    presentada por cada una de las empresas que la integren y por la totalidad de los

    directivos del oferente.

    2.2.6. CAPACIDAD FINANCIERA

    El Oferente deberá presentar para avalar la Capacidad de financiación un compromiso

    firme – con fecha de emisión y plazo de vigencia, no inferior al plazo de ejecución de la

    obra– de una entidad bancaria o financiera por el SESENTA POR CIENTO (60 %) del

    importe total del Presupuesto Oficial, para el cumplimiento de la obra objeto de la presente Licitación. El oferente podrá presentar más de un aval bancario o financiero

    En el caso de UT se computará para su análisis la suma de los compromisos en firme

    otorgados a cada uno de los integrantes de la UT y no se admitirá que presenten

    alternativas de financiación entre los miembros de una misma asociación

    Como alternativa a ésta, el Oferente podrá presentar una certificación contable por

    contador público, con su firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias

    Económicas que corresponda, de la facturación mensual efectuada en los últimos

    doce (12) meses, cuya antigüedad no sea mayor de dos meses con respecto al mes

    de la fecha de apertura de ofertas.

    Del promedio mensual de la referenciada certificación, deberá surgir que el oferente

    realiza operaciones habituales por un importe igual o superior al equivalente a una

    certificación mensual del Presupuesto Oficial, calculadas como el resultante de dividir

    el Presupuesto Oficial por el plazo, en meses, de la obra.

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    Estados contables de los últimos dos (2) ejercicios económicos anuales y copia

    legalizada del Acta de Asamblea de accionistas o de reunión de socios (SRL)

    aprobatoria de dichos estados. Los mismos deberán contar con dictamen sobre su

    razonabilidad emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con la firma

    certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

    Cuando el último estado contable anual tenga una antigüedad mayor a cinco (5)

    meses respecto al mes de apertura de ofertas, deberá presentarse un estado de

    situación patrimonial o estados contables intermedios que abarque desde el último

    ejercicio anual y cuyo cierre opere a no más de dos (2) meses del mes de apertura de

    las ofertas, debiendo contar con un dictamen sobre su razonabilidad o Informe de

    revisión limitada, emitido por un profesional en Ciencias Económicas, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

    a. La evaluación económica – financiera de las ofertas se hará en base a los

    indicadores detallados a continuación:

    Al momento de presentar la documentación requerida en el numeral 1.3.5. PCG,

    el oferente deberá cumplir con los siguientes índices económicos financieros, que

    deberán surgir del último Estado Contable anual:

    Indicadores Económicos Financieros (en valores absolutos)

    Indicador Fórmula Rangos Normales

    1. Liquidez: ACTIVO CORRIENTE > a 1

    PASIVO CORRIENTE

    2. Endeudamiento: PASIVO TOTAL < al 100 %

    PATRIMONIO NETO

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    3. Solvencia: PATRIMONIO NETO> a 1

    PASIVO TOTAL

    4. Inmovilizaciones: PATRIMONIO NETO + GANANCIA A REALIZAR> a 1

    ACTIVO NO CORRIENTE

    5. Rentabilidad (%): Utilidad Neta

    Patrimonio Neto

    Los valores de las fórmulas definidas precedentemente se extraerán de los rubros

    correspondientes (activo corriente, pasivo corriente, patrimonio neto, etc.) de los

    estados contables presentados por el oferente.

    b. Documentación a presentar cuando un oferente sea una Empresa Unipersonal

    - Estado de Situación Patrimonial, emitido por Contador público con su firma

    autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas

    - Certificación Contable de la facturación acumulada en los últimos doce meses,

    con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo Profesional de

    Ciencias Económicas que corresponda.

    - Última Declaración Jurada de Impuesto a las Ganancias.

    La documentación detallada precedentemente no deberá diferir en más de dos (2)

    meses del mes de apertura de las ofertas.

    Dichos índices deberán ser calculados a la fecha de cierre de los estados

    contables. En caso de presentar estado de situación patrimonial intermedio los

    índices también deberán ser calculados a esa fecha.

    En caso de Uniones Transitorias de Empresas (UTE) cada una de las sociedades que

    la integran deberá presentar su propia información contable (balances, estados

    contables intermedios, etc.) y en base a esa información se han de determinar los

    índices pertinentes. En cuanto a la facturación acumulada, se considerará la suma de

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    cada facturación afectada por su porcentaje de participación. En cuanto al compromiso

    bancario, se computará para su análisis la suma de los compromisos en firme en cada

    uno de los integrantes de la U.T.E.

    2.2.7. REPRESENTANTE TÉCNICO

    El Oferente deberá designar como Representante técnico a un profesional

    responsable, quien deberá cumplir con los siguientes requisitos en su CV:

    1) Contar con matrícula de Constructor de 1ª Categoría, con una antigüedad en

    la profesión de CINCO (5) años desde la obtención de la matrícula.

    2) Estar inscripto en el Consejo Profesional correspondiente, conforme la

    normativa en la materia y fotocopia del pago de la matrícula del Consejo.

    3) Contar con antecedentes en obras de similares características a la presente

    obra pública.

    La designación y aceptación del Representante técnico deberá ser presentada por el

    Oferente junto a toda la documentación a acompañar en la Oferta.

    El Representante Técnico será el responsable, en los términos que establezca la

    documentación contractual, de la perfecta ejecución de los trabajos en lo que a la firma

    se refiere. Será además el encargado de suministrar todos los datos que estén

    establecidos en la presente licitación y todos aquellos que le sean solicitados.

    Suscribirá la Orden de Comienzo, el Acta de Inicio y los Libros de Comunicaciones. En

    caso de ser personal autónomo, deberá presentar los seguros correspondientes.

    El representante técnico deberá presentar a la Inspección de Obra tanto la nómina de

    personal admitido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo en forma previa a la

    firma de la Orden de Comienzo, como las altas y bajas que se produzcan, incluyendo el personal de subcontratistas junto con cada certificación de la obra.

    Asimismo, dicho representante técnico deberá concurrir al lugar en que se realice la

    obra, así como también, a todos los actos de replanteo y mediciones para la

    certificación de la misma. En caso que el Profesional responsable no concurriere a

    ellos, dichos actos se considerarán aceptados implícitamente por el Contratista. Las

    citaciones al Representante Técnico se llevarán a cabo con un (1) día hábil de

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    anticipación, mediante Orden de Servicio. El Representante Técnico contará con un Responsable de Obra de acuerdo al artículo 2.1.2 “Terminología”, apartado r)

    La negligencia demostrada de los trabajos, el incumplimiento de las resoluciones

    pertinentes o la incomparecencia reiterada a las citaciones que se formularen por parte

    del G.C.B.A., podrán dar lugar a la remoción del Representante técnico. En caso de

    producirse la remoción la designación del Representante Técnico por parte del

    Contratista o del G.C.B.A. el Contratista, deberá proponer un reemplazante capacitado

    para el desempeño de tales funciones, conforme las exigencias del presente pliego,

    dentro de los dos (2) días de producida la vacante, debiendo comunicar tal

    circunstancia al Comitente. La Inspección de Obra podrá aceptar o rechazar al

    profesional propuesto como Representante Técnico y en su caso, el Contratista

    deberá proponer otro cumpliendo los mismos requisitos y mecanismos mencionados

    en el presente numeral.

    Este artículo se complementa con el artículo 2.7.4 del presente P.C.P.

    2.3 OFERTAS

    2.3.1. FORMA DE CONTRATACIÓN

    La contratación de los trabajos se hará por el sistema de ajuste alzado y a todos sus

    efectos se define la obra como de Arquitectura o en la especialidad afín de los trabajos

    que se licitan.

    2.3.2 FORMALIDADES DE LA PRESENTACION

    Sin perjuicio de los requisitos exigidos en el punto 1.3.4 del Pliego de Bases y

    Condiciones Generales, con la modalidad de selección de sobre único, las propuestas

    deberán ser firmadas y selladas en cada una de sus hojas por el oferente. La firma

    deberá encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante. La foliatura deberá

    constar en el extremo inferior derecho y será independiente para cada uno de los ejemplares.

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    El Oferente deberá formular su propuesta indicando precios unitarios y globales

    cuando corresponda, con los cuales propone realizar cada uno de todos los ítems de

    las obras. Las ofertas serán presentadas de acuerdo al Anexo IV que se adjunta al

    presente pliego. La planilla de cómputo y presupuesto está dividida en ítems,

    quedando entendido que esa división está hecha con el objeto de facilitar la medición

    de los trabajos y su posterior pago. Cabe resaltar que no debe modificarse el listado

    de tareas, las unidades de medidas y las cantidades y/o cualquiera de los ítems

    descriptos en dicho Anexo. Caso contrario se procederá a desestimar la Oferta. Por lo

    tanto, los cómputos de cada ítem expresados en el Anexo IV formarán parte de la documentación contractual y se utilizarán como base para las certificaciones.

    Cuando exista discordancia en la consignación de un mismo precio siempre se dará prioridad al precio escrito en letras.

    Los Oferentes deberán presentar el análisis de precios de todos los ítems que integran

    la planilla de cómputo y presupuesto. El Gobierno podrá requerir análisis de precios adicionales si así lo juzgase necesario.

    La estructura presupuestaria y la metodología de análisis de precios deberán adecuarse a las siguientes pautas:

    a) El presupuesto desagregado por ítem, indicando volúmenes o cantidades

    respectivas y precios unitarios, o su incidencia en el precio total, cuando

    corresponda.

    b) Los análisis de precios de cada uno de los ítems, desagregados en todos

    sus componentes, incluidos cargas sociales y tributarias.

    c) Los precios de referencia asociados a cada insumo incluido en los análisis

    de precios, de conformidad con lo establecido en el artículo 5º de la Ley

    2809 (Texto consolidado por Ley Nº5666).

    d) El presupuesto desagregado por ítem y los análisis de precios o estructuras

    de costos de cada uno de los ítems en soporte magnético, en formato

    EXCEL.

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    El Oferente deberá considerar el conjunto de los ítems indicados en la planilla de

    cómputo y presupuesto como representativo de la totalidad de los trabajos objeto del

    contrato, por lo que al estudiar sus precios deberá incluir en los mismos no sólo la

    incidencia directa de los gastos que represente la ejecución del ítem, sino también la

    incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación

    y que no estén específicamente detallados como ítem en la planilla de cómputo y presupuesto.

    Si se consignasen precios que permitan suponer error evidente, el órgano licitante

    requerirá su aclaración, reservándose el derecho de desechar la oferta a su solo juicio, si dicho precio no fuese ratificado con fundamentación satisfactoria.

    El oferente deberá considerar al conjunto de los ítems indicados en las planillas de

    cómputo y presupuesto como representativo de la totalidad de los trabajos objeto del

    contrato, por lo que al estudiar sus precios deberá incluir en los mismos no sólo la

    incidencia directa de los gastos que represente la ejecución del ítem, sino también la

    incidencia de los costos de aquellos trabajos y servicios exigidos en la documentación

    y que no estén específicamente detallados como ítem en las planillas de cómputo y

    presupuesto.

    El Oferente deberá presentar los análisis de precios de todos y cada uno de los ITEMS

    del presupuesto de la oferta, detallando mano de obra, materiales y amortización de

    equipos, e indicando los precios unitarios desagregados de todos sus componentes,

    incluidas las cargas sociales y tributarias, debiendo reflejar un uso correcto de

    cantidades y rendimientos de los materiales, mano de obra y equipos a utilizar. Queda

    a cargo del Oferente reflejar en dichos análisis las alícuotas e impuestos vigentes

    (coeficiente de paso costo-precio). Los índices/precios de referencia a utilizar serán los

    informados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, la Dirección General de

    Estadística y Censos dependiente de la Administración Gubernamental de Ingresos

    Públicos del GCABA o el Organismo que la reemplace, o por otros organismos

    especializados, aprobados por el comitente. Estos precios o índices de referencia,

    aprobados por el comitente al momento de la adjudicación, serán los considerados en caso de aplicación del régimen de redeterminación de precios del contrato.

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    El Régimen de Redeterminación de los precios pactados en el contrato objeto de la

    presente licitación se rige por la Ley Nº 2.809 (texto consolidado según Ley Nº 5.666) y su reglamentación.

    En las fórmulas de los análisis de precios se deberá utilizar la función REDONDEAR a

    DOS (2) decimales, del programa MS Excel ® o equivalente, tanto para el cálculo de

    los subtotales de los distintos insumos, mano de obra y equipos de cada ítem, como

    para los totales. El mismo criterio se deberá aplicar al cálculo de los subtotales en la planilla del presupuesto.

    2.3.3. TIPO DE PROCEDIMIENTO La presente Licitación Pública es de Etapa Única. Es decir, la presentación de las

    ofertas en sus aspectos económicos, de calidad o técnicos se efectúa en un mismo

    acto, mediante la presentación de un Sobre Único.

    2.3.4. DOCUMENTOS QUE DEBEN INTEGRAR LA OFERTA

    De acuerdo y en forma complementaria a lo estipulado en el numeral 1.3. Del PCG.

    La oferta estará provista de un índice general, en el orden requerido, en el que se

    determinará con precisión las páginas donde se hallan ubicadas las distintas

    secciones y cada uno de los documentos que la integran. Las personas jurídicas deberán presentar la siguiente documentación:

    1) Carta de presentación según modelo de carta de presentación de la propuesta

    del Anexo I.

    2) Garantía de Oferta según numeral 1.3.6 del PCG

    3) Documentación requerida en el Anexo II según corresponda

    4) Certificado contable de los pagos de los últimos doce (12) meses de los

    Impuestos sobre los Ingresos Brutos, Valor Agregado, Ganancias y Aportes

    Previsionales, con la firma del Contador Público autenticada por el Consejo de

    Profesionales de Ciencias Económicas. Además en la respectiva certificación

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    deberá constar el siguiente detalle: período, base imponible, monto pagado,

    fecha y lugar de pago.

    5) Declaración Jurada detallando la nómina del personal inscripto en el Instituto

    de Estadística y Registro de la Industria de la construcción (IERIC) a nombre

    del oferente de acuerdo a la Resolución Nº 16 y 17/2009 del IERIC publicado

    en el Boletín Oficial de la República Argentina Nº 31.614 de fecha 13 de marzo de 2009.

    6) Constancia de inscripción en la AFIP.

    7) Presentación de los dos (2) últimos estados contables.

    8) Índices financieros.

    9) Certificado de contratación anual. En caso de que se presentara la solicitud del

    certificado de capacidad de contratación, éste deberá presentarse antes de la

    emisión del dictamen de evaluación de las ofertas.

    10) Documentación constitutiva de la Sociedad y de designación de autoridades,

    debidamente legalizada por Escribano Público, conforme Anexo Aspectos

    Legales.

    11) Listado de todas las obras realizadas en los últimos DOS (2) años. El oferente

    podrá incluir obras ejecutadas en carácter de Subcontratista. En tal caso

    deberá demostrar tal condición de manera fehaciente.

    12) Listado de obras similares a la licitada, realizadas en los últimos CINCO (5)

    años. El oferente podrá incluir obras ejecutadas en carácter de Subcontratista.

    En tal caso deberá demostrar tal condición de manera fehaciente.

    13) Declaración jurada de obras en ejecución o a ejecutar en los próximos

    VEINTICUATRO (24) meses. El oferente podrá incluir obras ejecutadas en

    carácter de Subcontratista. En tal caso deberá demostrar tal condición de

    manera fehaciente.

    14) Nómina del personal jerárquico de la empresa indicando las responsabilidades

    de cada uno.

    15) Equipamiento y maquinaria a afectar a la obra.

    16) Nombre y apellido, título profesional, matrícula y antecedentes del

    Representante Técnico que se propone, con la conformidad escrita y firmada

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    por el mismo, esto último exclusivamente en el caso de que no exista relación

    de dependencia.

    17) Plan de Trabajo y Curva de Inversión.

    18) Planilla de cotización según listado de tareas de acuerdo a la planilla detallada

    en el Anexo IV. Los oferentes deberán cotizar la totalidad de los ítems

    solicitados. El no cumplimiento del presente punto implicará la desestimación

    de la oferta.

    19) Análisis de precios de los ítems que conforman la Planilla de Cotización, con

    sus precios actualizados al momento de la oferta. De ella debe surgir el detalle

    de los costos directos e indirectos que la componen, la incidencia impositiva y

    la utilidad prevista. También se deberá indicar el índice/precio asociado a cada

    uno de los conceptos que componen la estructura real de costos.

    20) Archivo digital que contenga el presupuesto Ofertado, con sus

    correspondientes análisis de precios, la curva de inversiones y el plan de

    trabajos que se han presentado en la Oferta.

    21) Declaración jurada, manifestando que el oferente no se encuentra incurso en

    ninguna de las inhabilidades previstas en la Ley de Compras y Contrataciones

    de la Ciudad de Buenos Aires (Ley N° 2095, texto consolidado por la Ley Nº

    5.666).

    22) Certificado del registro de deudores/as alimentarios morosos/as, según inciso

    17) del numeral 1.3.5 del PCG.

    23) Declaración jurada de mantenimiento de oferta por el plazo de TREINTA (30)

    días a partir de la fecha de apertura de las Ofertas. Si el oferente no

    manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la garantía de

    mantenimiento de oferta con una antelación mínima de quince (15) días

    anteriores al vencimiento del plazo original, aquella se considerará prorrogada

    automáticamente por un lapso igual al inicial.

    24) Documentación que acredite la representación legal invocada por los firmantes

    de la Oferta.

    25) Declaración Jurada de aceptación de jurisdicción de los Tribunales en lo

    Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires,

    renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.

    26) Documentación para el análisis de la capacidad de financiación.

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    27) Nómina actualizada –con una antigüedad menor de dos (2) meses del mes de

    apertura de las ofertas– de referencias bancarias, financieras y comerciales

    con la que opera habitualmente, donde deberá indicar como mínimo TRES (3)

    referencias dando: Nombre, dirección y teléfono.

    28) Constancia de inscripción en el RIUPP o constancia de haber iniciado el trámite

    de inscripción al momento de apertura de las Ofertas. Es condición para la

    preadjudicación que el Oferente se encuentre inscripto en dicho registro.

    29) De corresponder, documentación solicitada en el PET.

    30) Constancia de la Visita de Obra.

    2.3.5 DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR PERSONAS FÍSICAS

    Las personas físicas deberán presentar la documentación detallada en el numeral

    2.3.4 a excepción de lo establecido en los incisos 7,8 y 10.

    2.3.6 DOCUMENTACIÓN INEXCUSABLE

    La falta de presentación de la documentación conforme al numeral 2.3.4 incisos 2, 17,

    18 y 24 serán inexcusables, siendo su falta causal de desestimación de la Oferta.

    La Comisión de Evaluación de Ofertas podrá solicitar la documentación faltante, en

    tanto su integración, con posterioridad al Acto de Apertura de Ofertas, no afecte el Principio de Igualdad entre los Oferentes.

    2.3.7. PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS

    El Oferente deberá cotizar la totalidad de los trabajos, siendo la omisión de cualquiera de ellos causa fundada de eliminación de la Oferta.

    De esta forma la oferta que, a criterio del órgano requirente, resulte más conveniente

    por precio, calidad del proyecto y antecedentes será adjudicada por los ítems requeridos.

    Sin perjuicio de los requisitos exigidos en el punto 1.3 del Pliego de Bases y

    Condiciones Generales, las propuestas deberán ser presentadas en original, una (1)

    copia impresa y un (1) soporte digital en idioma castellano, firmada y sellada en cada

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    una de sus hojas por el Oferente y el Representante Técnico. La firma deberá

    encontrarse aclarada indicando el carácter del firmante, debiendo presentar la

    documentación que avale el carácter invocado. La foliatura deberá constar en el extremo inferior derecho y será independiente para cada uno de los ejemplares.

    La copia en soporte digital que se presente deberá ser en formato PDF y fiel al original

    presentado en formato físico.

    2.3.8. ERROR EN EL MONTO DE LA GARANTÍA DE OFERTA

    No serán rechazadas las ofertas cuando, por error, la garantía exigida en el numeral

    1.3.6 P.C.G., fuera de un importe inferior a la que corresponda, no superando el error

    un 20% (veinte por ciento) del importe correcto.

    El error en la garantía igual o inferior al 20% (veinte por ciento) del importe correcto

    deberá ser subsanado por el oferente dentro de las 48 hs., bajo apercibimiento de considerar que existe desistimiento de la oferta.

    2.3.9. LUGAR DE PRESENTACION DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán ser presentadas en la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS , SITA EN LA CALLE USPALLATA Nº 3160, PISO 2º (INTERNOS 7191/7474/7797),

    de la Ciudad de Buenos Aires, hasta el día y hora fijado para la celebración del acto de

    apertura de ofertas.

    2.3.10. LUGAR DE APERTURA DE SOBRES El acto de apertura de ofertas se llevará a cabo en la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SITA EN LA CALLE USPALLATA Nº 3160, PISO 2º (INTERNOS 7191/7474/7797), de la Ciudad de Buenos Aires, en el día y hora fijados, a tal efecto, por la autoridad competente mediante el acto de llamado.

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    2.3.11. RECHAZO DE OFERTAS El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá rechazar todas las ofertas o aceptar

    variantes previstas en el Pliego de Condiciones Particulares, sin que ello dé derecho a

    reclamo por parte de los oferentes.

    1) Que se presente después de la hora límite fijada para la Apertura de las

    Ofertas y/o en lugar distinto del que se señala en el llamado.

    2) Que el oferente se hallare comprendido en alguna de las inhabilitaciones

    contempladas en el artículo 96 de la Ley Nº 2.095.

    3) Que no esté cumplimentada la Garantía de mantenimiento de oferta en

    cualquiera de las formas establecidas en este pliego licitatorio.

    4) Que se presente la Oferta sin firma, aclaración de firma, escritas con lápiz, no

    se fije domicilio o no fuese posible identificar al Oferente.

    5) Que se presente firmada por persona(s), sin capacidad suficiente para obligar

    al Oferente.

    6) Que no indique claramente los precios cotizados, o el monto total de la

    propuesta, y/o que no fuere posible interpretarla.

    7) Que contenga correcciones, raspaduras, enmiendas o agregados que no estén

    debidamente salvados y firmados por la misma persona que firmó la Oferta.

    8) Que existan falsedades en cualquiera de las disposiciones establecidas en el

    presente pliego licitatorio.

    9) Que contenga condicionamientos

    2.3.12. DEFECTOS DE FORMA

    No serán desestimadas las ofertas que contengan defectos de forma o imperfecciones

    que no impidan su exacta comparación con las demás presentadas. La Comisión

    Evaluadora deberá requerir a los oferentes la subsanación de los defectos que no

    implicaran el rechazo automático de la oferta en el plazo de CINCO (5) días hábiles.

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    Este plazo podrá ser prorrogado si a juicio de la Comisión existieran razones

    justificadas. En caso de incumplimiento del requerimiento en el plazo indicado, la

    oferta será desestimada.

    2.3.13. AMPLIACIÓN DE INFORMACIÓN

    El GCBA podrá requerir la ampliación de la información suministrada de acuerdo al

    artículo 1.4.1 P.C.G. dentro del plazo que a tal efecto se señale.

    Vencido dicho plazo sin que el Oferente cumpla el requerimiento indicado

    precedentemente, el GCBA procederá a analizar la oferta con la información que tenga

    en su poder.

    El GCBA se reserva el derecho de efectuar las verificaciones que fueren necesarias a

    efectos de comprobar la veracidad de la información suministrada en la propuesta. De

    establecerse la falsedad de dicha información, se desestimará la propuesta y en consecuencia se ejecutará la garantía mantenimiento de oferta.

    El personal que determine el GCBA, podrá visitar las oficinas, depósitos, equipos,

    obras realizadas entre otros, que los Oferentes declaren en su propuesta a efectos de comprobar en el lugar, su capacidad para la ejecución de la obra.

    2.3.14. VISTA DE LAS OFERTAS Los Oferentes podrán tener acceso para su consulta a las Ofertas recibidas por el

    GCBA. Los Oferentes podrán tomar vista de las Ofertas dentro de los TRES (3) días

    subsiguientes al de la apertura de las propuestas. A tal fin, una copia de las mismas

    estará a disposición de los Oferentes en la dependencia del Organismo donde se

    efectuó el Acto de Apertura. Asimismo se permitirá el pleno acceso a las actuaciones

    administrativas hasta el momento en que las actuaciones pasen a la Comisión

    Evaluadora.

    2.4. PREADJUDICACIÓN

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    2.4.1. ESTUDIO DE LAS OFERTAS

    Abiertos los sobres presentados, el órgano licitante procederá a su estudio y podrá

    requerir de los oferentes cualquier información complementaria que considere

    necesaria y que no implique una modificación de la oferta, y posteriormente emitirá un Acta de Preadjudicación.

    El análisis de conveniencia incluirá

    1) Razonabilidad del precio cotizado: Se evalúa teniendo en cuenta la relación

    entre el precio total de la oferta y el presupuesto oficial. A fin de que la

    comparación se realice sobre la base de valores homogéneos se podrá aplicar

    al presupuesto oficial un factor corrector calculado en base a la variación

    promedio experimentada por los componentes de la tabla de ponderación

    prevista en el presente pliego entre la fecha de elaboración del presupuesto

    oficial y la fecha de apertura de las ofertas.

    2) Razonabilidad de los precios unitarios del presupuesto de la oferta. En caso de

    que los precios unitarios de determinados ítems no fuesen razonables se podrá

    requerir el rebalanceo de precios unitarios previsto en el presente.

    3) Análisis de precios: Deberá verificarse que los análisis de precios presentados

    con la oferta presenten un adecuado nivel de desagregación de los costos de

    cada ítem. La Comisión podrá solicitar que los análisis de precios se presenten

    con mayor grado de apertura en cuanto a los componentes del costo.

    4) Plan de Trabajos y Curva de Inversiones: Se verificará la consistencia entre el

    plan de trabajos y la curva de inversiones presentada, pudiendo la Comisión

    solicitar las correcciones que crea conveniente.

    Rebalanceo: Si la obra se contratara total o parcialmente por ajuste alzado, el licitante

    podrá solicitar al oferente o al preadjudicatario el rebalanceo de precios unitarios

    cotizados por ese sistema en su oferta sin modificar el precio final de la misma. Si el

    oferente no aceptase realizar el rebalanceo solicitado se podrá rechazar la oferta o

    dejarse sin efecto la preadjudicación si los precios unitarios de algunos ítems, en

    particular los ítems iniciales, no fuesen razonables. La realización del rebalanceo

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    implica la correspondiente modificación de la curva de inversión y de los análisis de precios si los mismos se vieran afectados.

    Como resultado del análisis indicado, la Comisión Evaluadora aconsejará la

    desestimación de las ofertas que considere inadmisibles o inconvenientes, y

    aconsejará la adjudicación del contrato a la oferta más conveniente o la declaración de

    fracasado o desierto del procedimiento.

    2.4.2. ANUNCIO DE LA PREADJUDICACIÓN La preadjudicación será notificada a todos los oferentes en forma fehaciente y en la

    Cartelera del Organismo Licitante

    2.4.3. IMPUGNACIONES

    Las impugnaciones al dictamen emitido por la Comisión Evaluadora, deberán ser

    presentadas en la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA, ADMINISTRATIVA Y LEGAL DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, SITA EN LA CALLE USPALLATA Nº 3160, PISO 2º (INTERNOS 7191/7474/7797), Ciudad Autónoma de Buenos Aires-, previa constitución del depósito en garantía.

    Junto con la presentación de la impugnación deberá presentar fotocopia de la boleta

    de depósito y exhibir el original extendido por la sucursal actuante, conforme lo

    previsto en el Decreto Nº 1013/GCABA/08, cuyo valor se establece en el TRES POR

    CIENTO (3%) del presupuesto oficial de la obra. De no constituirse el depósito de la garantía, la impugnación será tomada como mera observación.

    La autoridad competente resolverá las impugnaciones deducidas, previa intervención

    de la Procuración General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

    Esta garantía será devuelta al impugnante únicamente en el caso que prosperare

    íntegramente su impugnación. La garantía será ejecutada a favor del GCBA en caso de rechazo total o parcial de la impugnación.

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    2.5. ADJUDICACIÓN

    2.5.1. CUESTIONES GENERALES

    La adjudicación se efectuará en la forma prevista en el numeral 1.4.3 del P.C.G.,

    basándose en el análisis de la oferta más conveniente.

    Si se diera el caso que, a juicio del Gobierno, dos (2) o más ofertas estuvieran en

    igualdad de precios, se les invitará, para una nueva fecha, a una mejora de los

    mismos, con recaudos análogos a los de los Pliegos de Bases y Condiciones y demás

    documentación emitida con motivo del llamado y, si la misma situación se mantuviera, la adjudicación se resolverá por sorteo en presencia de los interesados.

    2.5.2. GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN

    Dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado de la adjudicación, el adjudicatario

    deberá presentar la “Garantía de Adjudicación” de conformidad con lo establecido en

    el artículo 1.4.4 del PCG.

    La garantía de adjudicación será devuelta dentro de los TREINTA (30) días corridos contados a partir de la fecha de aprobación de la recepción definitiva de la obra.

    2.6. CONTRATO Y CONTRATA

    Conforme lo establecido en el numeral 1.5.1 del PCG.

    El contrato se perfecciona con la firma de la contrata por el adjudicatario y por un

    representante autorizado del licitante, en el número de ejemplares que corresponda,

    una vez constituida la garantía de cumplimiento del contrato y la constitución de la UT, si correspondiere.

    Una vez firmada la contrata, el licitante entregará al Contratista, sin cargo, una copia de ella.

    El organismo licitante fijará día y hora en que se procederá a la firma de la Contrata. Si

    el adjudicatario no se presentase a la firma de la Contrata, el licitante podrá revocar la

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    adjudicación y podrá adjudicar la obra al oferente que le siga en orden de mérito. En este caso el adjudicatario perderá la garantía de adjudicación.

    Si el comitente no firmara la Contrata transcurridos más de treinta (30) días de

    notificada la adjudicación por causas no imputables al adjudicatario, éste podrá

    solicitar que la adjudicación quede sin efecto, en cuyo caso se le devolverá la garantía

    de adjudicación, sin que ello a reclamar indemnización de ninguna naturaleza.

    El Contratista tendrá a su cargo toda otra erogación que origine la firma del contrato y sus modificaciones.

    Se considerará documentación accesoria al contrato, la que se indica a continuación:

    1) La orden de ejecución de los trabajos;

    2) El acta de inicio;

    3) Las actas que se suscriban durante la ejecución del contrato;

    4) El plan de trabajos de la obra aprobado por el licitante;

    5) Las órdenes de servicio que por escrito imparta la Inspección de Obra;

    6) Las notas de pedido;

    7) Los planos complementarios que el Comitente entregue al Contratista durante la ejecución de la obra;

    8) Los planos elaborados y entregados por el Contratista que fueran aprobados

    por el Comitente para el caso que los mismos no sean aprobados por Libro de

    comunicaciones.

    9) Las actas de recepción que se suscriban durante la ejecución del contrato.;

    10) La documentación vinculada con trabajos adicionales o modificaciones de obra

    o de plazo ordenados por la autoridad competente;

    11) La liquidación final.

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    2.7 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA

    2.7.1 ORDEN DE COMIENZO y ACTA DE INICIO

    El numeral 1.6.1 del P.C.G. se complementa con lo siguiente:

    Se confeccionará y suscribirán una “Orden de Comienzo” y una “Acta de Inicio”.

    La orden de comienzo de los trabajos se impartirá dentro de los cinco (5) días de la

    fecha de la firma del contrato. La Adjudicataria deberá haber presentado al Comitente

    los correspondientes seguros enumerados en el presente P.C.P. y lo concerniente a

    Seguridad e Higiene en el trabajo (Ley 19587).

    Durante el lapso de tiempo de la firma de ambas, el Contratista realizará todos los

    trabajos previos y presentará planos del proyecto ejecutivo; todo lo relativo a la

    logística de obra, que deberá ser aprobado por la Inspección de Obra y demás tareas

    requeridas para el inicio de los trabajos. La fecha de la firma del “Acta de Inicio”,

    quedará establecida en la “Orden de Comienzo” junto con el Inspector de la Obra que

    designe la autoridad competente y sus colaboradores. Junto con la “Orden de Comienzo” se abrirán los Libros de Comunicaciones.

    A fin de establecer la fecha cierta de origen de los plazos contractuales, se labrará un

    “Acta de Inicio”, firmada por el Inspector de Obra y el Representante Técnico del

    Contratista. En el Acta de Inicio quedará definido el horario de trabajo y el

    Responsable en Obra de acuerdo a los numerales. 2.7.1, 2.7.6 y 2.1.2 “Terminología”

    del PCP.

    Si a los diez (10) días de la firma del Acta de Inicio el Contratista no hubiera iniciado

    realmente los trabajos el GCABA podrá rescindir el Contrato por culpa del Contratista,

    debiendo comunicar tal circunstancia al Registro Nacional de Constructores de Obras

    Públicas, el que en dicho caso perderá la garantía de adjudicación y responderá por

    los daños y perjuicios consiguientes. En este caso podrá adjudicarse el contrato a la oferta que siga en el orden de conveniencia en la convocatoria realizada.

    2.7.2. PLAN DE TRABAJOS.

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    El numeral 1.6.4 del P.C.G. queda complementado con lo siguiente:

    El Plan de Trabajo y la Curva de Inversiones definitivos, actualizado a la fecha del Acta

    de Inicio, serán presentados por Nota de Pedido y aprobados o rechazados por Orden

    de Servicio dentro de las cuarenta y ocho (48) horas hábiles de la firma del “Acta de

    Inicio”, los cuales, en caso de ser aprobados, pasarán a formar parte de la

    documentación contractual. En caso de ser rechazados, el Contratista deberá

    proceder al ajuste de los mismos de acuerdo con las observaciones que efectúe la

    Inspección de Obra sin alterar el plazo y el importe total. La Inspección de Obra

    determinará el plazo para su nueva presentación. Transcurrido el mismo y sin que el

    Plan de Trabajo haya sido elevado por el Contratista, o se rechazara nuevamente las

    modificaciones propuestas, la autoridad competente dejará sin efecto la Contrata,

    pudiendo la Comitente continuar el procedimiento con el Oferente propuesto en

    segundo orden de mérito.

    El incumplimiento del Plan de Trabajos hará pasible al Contratista de la aplicación de las sanciones o multas correspondientes.

    Como complemento al Plan de Trabajos definitivo la Contratista deberá volcar el

    mismo en un programa MS Project ® 2003. Dicho documento deberá contener todo el

    itemizado de la obra y deberá subdividirse en tareas, vinculadas a través de relaciones

    de precedencia que tengan en cuenta la lógica secuencial de las mismas. A tal efecto

    se deberán seguir los lineamientos indicados en la Sección 6.5.2.3 de la PMBOK

    Guide 4ª Edición (Project Management Body of Knowledge). Quedará establecido de

    esta manera el Camino Critico y la programación de la obra. Se entregará una copia

    por Nota de Pedido para aprobación junto con una versión digital del mismo. La apertura será semanal y la actualización de la programación cada veinte (20) días.

    2.7.3. ENTREGA DEL TERRENO, REPLANTEO DE OBRAS Y ESTUDIOS PREVIOS

    La Inspección de Obra entregará al Contratista el terreno de emplazamiento de las

    obras a construirse mediante Acta por triplicado entregándole una de ellas al Contratista. La fecha de suscripción del Acta será comunicada por Orden de Servicio.

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    Los Planos de Replanteo y Proyecto Ejecutivo, serán remitidos por Nota de Pedido

    Recibidos los mismos, la Inspección de Obra tendrá cinco (5) días para su análisis y posterior aprobación y/u observación por Orden de Servicio.

    El Inspector de la Obra notificará con una anticipación de CUARENTA Y OCHO (48)

    horas al Contratista y/o su Representante Técnico la realización del Replanteo y la

    materialización de ejes en el terreno.

    El Replanteo de los Trabajos será hecho en conjunto por la Inspección de Obra y el Contratista o su Responsable Técnico.

    Cualquier observación que deseare formular el Contratista relacionada con el

    replanteo, que pudiera dar lugar a reclamos, deberá emitirla a través del Libro de

    Comunicaciones, con forma de reserva, sin cuyo requisito no se considerará válido ningún reclamo.

    Todo reclamo relacionado con las reservas efectuadas en las órdenes de servicio

    deberá ser presentado indefectiblemente dentro de los DOS (2) días posteriores a la

    fecha emitida la misma, vencido dicho plazo el Contratista perderá los derechos

    respectivos y se considerará no efectuada la reserva.

    2.7.4. INASISTENCIA DEL REPRESENTANTE TÉCNICO O RESPONSABLE EN OBRA

    Toda justificación de inasistencia del Representante Técnico o del Responsable en

    Obra se hará por escrito ante la Inspección de Obra la que podrá aceptar o rechazar las causales, mediante su sentamiento en el Libro de órdenes de servicio.

    En su ausencia quedará siempre en Obra un técnico capacitado para reemplazarlo en

    las funciones que le competen, de su mismo nivel en forma de que no resienta la marcha de los trabajos.

    En ningún caso dicho sustituto podrá observar órdenes impartidas por la Inspección de

    Obra, todo lo cual será exclusivo del Contratista, su Representante Técnico o de su

    Responsable de Obra. Toda ausencia que no obedezca a razones justificadas a juicio

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    de la Inspección de Obra dará motivo a la aplicación de una multa igual al incumplimiento de una Orden de Servicio.

    2.7.5 INSPECCIÓN

    La Supervisión Técnica de los trabajos corresponde al G.C.A.B.A., quien realizará la

    inspección y controles pertinentes a través de profesionales, que revis