planilla electrÓnica y contrato de trabajo · desnaturalización de los contratos sujetos a...
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PLANILLA ELECTRÓNICA Y CONTRATO DE TRABAJO
Abg. Pedro Rodriguez ZamudioIntendencia Nacional de Prevención y Asesoría - INPA
¿QUÉ ES LA SUNAFIL?
Sunafil (Ley N° 29981)
Ente rector del SIT y pertenece al Sector Trabajo.
Sanciona la vulneración de derechos sociolaborales y de seguridad y salud en el
trabajo.
Promueve (información, difusión, capacitación y asesoramiento),
supervisa y fiscaliza el cumplimiento del ordenamiento jurídico
sociolaboral.
Sunafil (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral)
I. PLANILLA ELECTRÓNICA
Definición
Documento llevado a través de medios informáticos desarrollados por SUNAT,en el que se encuentra la información de los empleadores, trabajadores,pensionistas, prestadores de servicios, beneficiarios de las modalidadesformativas laborales, personal de terceros y derechohabientes.
A partir del 01.08.2011 la Planilla Electrónica tiene dos componentes que sonel Registro de Información Laboral (T-Registro) y la Planilla Mensual de Pagos(PLAME)
Obligaciones del empleador
T-REGISTRORegistro de información
laboral(empleadores, trabajadores, personal
en formación, etc.)
PLAMEPlanilla mensual de pagos.
Declaración mensual.
i) Alta: En caso del trabajador, personal enformación laboral y personal de terceros,dentro del día que se produce su ingreso aprestar sus servicios, independientementede la modalidad de contratación y de losdías laborados.
ii) Modificación: Cinco (5) días hábiles de lafecha de ocurrencia del evento o de habertomado conocimiento.
iii) Baja: Al día hábil siguiente de la fechade término de la prestación de servicios.
Comprende información mensual de losingresos de los sujetos inscritos en el T-Registro, así como de los prestadores deservicios que obtengan rentas de cuartacategoría; los días laborados y nolaborados, horas ordinarias y ensobretiempo del trabajador; así como losdescuentos, tributos, aportes ycontribuciones vinculados a dichossujetos. Se elabora obligatoriamente apartir de la información consignada en elT-Registro.
Entrega de constancias
CONSTANCIA DE ALTA
Al día hábil siguientede inicio de labores
CONSTANCIA DE MODIFICACIÓN O ACTUALIZACIÓN
Dentro de 15d. Calendariosiguientes a la fecha en quese produjo la modificación oactualización
CONSTANCIA DE BAJA Dentro de 2d.calendario de solicitadopor el trabajador
Últimas modificaciones
Mediante Resolución Ministerial N° 260-2016-TR publicada el 27 de octubre de2016, se modificó, entre otros, el Anexo 1 aprobado por el artículo 1 de laResolución Ministerial N° 121-2011-TR, que aprueba la información de la PlanillaElectrónica, de la siguiente manera:
Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica
- Se incorpora el numeral 1.17. “Indicador si es un empleador que cuenta concomité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo”.
- Se modifica la denominación del numeral 2.2.9 a “Situación especial deltrabajador: de dirección, confianza, teletrabajo, ninguna”.
II. CONTRATACIÓN LABORAL
(directa)
• Ante la discordancia entre lo que revelan los documentos y loshechos, hay que darle preferencia a estos últimos.
• Solo tiene un reconocimiento expreso en las normas inspectivas,sin embargo se ha reconocido que es una pauta derivada delcarácter tuitivo que la Constitución le brinda al trabajo (principioimplícito).
• Es empleado tanto a nivel inspectivo como judicial (ordinaria yconstitucional).
Primacía de la realidad
Órdenes y directivas
Cambio de funciones
Supervisiones internas
Pagos fijos y periódicos
Cargo está incluido en el organigrama, manual de organización y funciones o cuadro de asignación de personal
Cargo y labores idénticas a las que hacía bajo contrato laboral
Entrega de fotocheck y materiales
Derecho a vacaciones
Servicios continuos
Acta de infracción o informe de actuaciones inspectivas
Primacía de la realidad
Contrato de trabajo VS Contrato de locación
Contrato de trabajo
•Prest. pers. de servicios
•Subordinación
•Remuneración
Locación de servicios
•Prest. pers. de servicios
•Autonomía
•Contraprestación (honorarios, retribución)
Principio de la primacía de la realidad
Contrato de trabajo
Es un acuerdo de voluntades entre el trabajador y el empleador,por el cual una de las partes se compromete a prestar susservicios personales de forma dependiente y la otra al pago de laremuneración correspondiente.
Contrato de trabajoReglas generales en la contratación laboral
Reglas
Preferencia por la contratación laboral a plazo indeterminado
Aplica el periodo de prueba previsto en la
legislación laboral
Los contratos a plazo indeterminado no exigen formalidad
escrita; los temporales, sí.
Elementos esenciales del contrato de trabajo
Contrato de Trabajo
Prestación Personal
Remuneración
Subordinación
Prestación personal
• La actividad cuya realización es objeto del contrato de trabajo esespecífica de un trabajador determinado.
El trabajador es siempre una persona natural.
Esa persona concreta debe ejecutar la prestacióncomprometida (personalísimo), sin asistirse por dependientes asu cargo ni transferirla en todo o en parte a un tercero.
¿ Hay excepción? Trabajo familiar
Remuneración
• Es la retribución otorgada al trabajador como contraprestación de susservicios.
•La remuneración es el pago al trabajador por la puesta a disposición desu actividad. De ahí que ciertos períodos de inactividad no conlleva lasuspensión del pago de la remuneración.
•El pago puede ser en dinero o en especie.
•La remuneración es de libre disposición.
Remuneración
• Carácter oneroso o patrimonial del contrato laboral
• Contraprestación por los servicios prestados
• “Remuneración escondida”: pagos por terceros (Estado), facturas,recibos de honorarios, vouchers o “a la mano”.
Subordinación
• Es el vínculo jurídico entre el deudor y el acreedor de trabajo, envirtud del cual el trabajador le ofrece su actividad al empleador y leconfiere el poder de conducirla.
•Se produce una doble situación:
Sujeción, del lado del trabajador; y
Dirección, del lado del empleador.
Subordinación
• Contenido del poder de dirección: Permite al empleador dirigir,fiscalizar y sancionar al trabajador
•Límites del poder de dirección:
El trabajador no está al servicio del empleador para cumplircualquier actividad durante todo el día y todos los días y en ellugar que le parezca; sin embargo, el tiempo y el lugar de trabajoadmiten modificaciones razonables por el empleador.
El empleador debe respetar los derechos fundamentales deltrabajador (vida, salud, dignidad, libertad, etc.)
Subordinación
• Elemento determinante de laboralidad
• Poder de Dirección del Empleador:
Dirección:
¿Cuándo trabajo? (jornada + horario)
¿Dónde trabajo? (lugar)
¿Cómo trabajo? (órdenes + deberes)
Fiscalización: Control de cumplimiento de órdenes
Sanción: Amonestación/Suspensión/Despido
Modalidades de la contratación laboral
• Por tiempo indeterminado (regla)
• Sujetos a modalidad (temporales, plazo fijo, etc.); y
• A tiempo parcial.
Contratación a tiempo indefinido
• Es la regla en la contratación laboral (presunción).
• No existe límite temporal.
• No exige formalidad alguna.
• Se formaliza con la incorporación del trabajador en la planillaelectrónica.
Su celebración exige lo siguiente:
• Existencia de una causa objetiva que la justifique.
• Están sujetos a un plazo o a una condición resolutoria.
• La causa objetiva debe estar expresada y explicada suficientementeen el contrato por escrito.
• Forma escrita y ¿se inscribe en la AAT?
Contratación sujeta a modalidad
Situación objetiva, real que justifica la celebración de uncontrato sujeto a modalidad y que debe consignarse en elcontrato y verificarse en la práctica a efectos de cumplircon el principio de causalidad.
Causa objetiva en la contratación laboral
Contrato de trabajoContratos de naturaleza temporal
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Género Especie Causa
Temporal
(artículo
55)
Inicio o incremento
de actividad (artículo
57) (d.m 3 años)
El inicio de una nueva actividad empresarial. Para tal efecto debe
entenderse como inicio de una nueva actividad empresarial, tanto el inicio
de la actividad productiva, como la posterior instalación o apertura de
nuevos establecimientos o mercados, así como el inicio de nuevas
actividades o el incremento de las ya existentes dentro de la misma
empresa.
Necesidades de
mercado (artículo 58)
(d.m 5 años)
La atención de incrementos coyunturales de la producción originada por
variaciones sustanciales de la demanda en el mercado, aun cuando se
trate de labores ordinarias que formen parte de la actividad normal de la
empresa y que no pueden ser satisfechas con el personal permanente.
Tales situaciones deben ser temporales e imprevisibles.
Reconversión
empresarial (artículo
59) (d.m 2 años)
La sustitución, ampliación o modificación de las actividades desarrolladas
en la empresa, y en general toda variación de carácter tecnológico en las
maquinarias, equipos, instalaciones, medios de producción, sistemas,
métodos y procedimientos productivos y administrativos
Contratos de naturaleza accidental
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Género Especie Causa
Accidental
(artículo
55)
Ocasional (artículo 60) (d.m 6
meses al año)
La atención de necesidades transitorias distintas a la
actividad habitual del centro de trabajo.
Suplencia (artículo 61) (d.m lo que
sea necesario)
La sustitución de un trabajador estable cuyo vínculo laboral
se encuentra suspendido por alguna causa justificada prevista
en la legislación vigente o disposiciones convencionales.
emergencia (artículo 62) (d.m lo
que dure la emergencia)
Atender las necesidades promovidas por caso fortuito o
fuerza mayor
Obra o servicio
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Género Especie Causa
Obra o
servicio
(artículo
55)
Obra o servicio específico (artículo 63) (d.m lo que
resulta para concluir la obra; CS 8 años)
Cubrir actividades con objeto previamente
establecido y de duración determinada
Intermitente (artículo 64) (d.m no tiene)
Cubrir las necesidades de las actividades de la
empresa que por su naturaleza son
permanentes pero discontinuas
Temporada (artículo 65) (d.m depende de la
duración de la temporada)
Atender necesidades propias del giro de la
empresa o establecimiento, que se cumplen
solo en determinadas épocas del año y que
están sujetas a repetirse en periodos
equivalentes en cada ciclo en función de la
naturaleza de la actividad productiva.
MISION
VISION
Desnaturalización de los contratos sujetos a modalidad
a) Si el trabajador continúa laborando después de la fecha de vencimiento del plazoestipulado,
b) Si después de las prórrogas pactadas, estas exceden del límite máximo permitido;
c) Cuando se trata de un contrato para obra determinada o de servicio específico, si eltrabajador continúa prestando servicios efectivos, luego de concluida la obra materiade contrato, sin haberse operado renovación;
d) Si el titular del puesto sustituido, no se reincorpora vencido el término legal oconvencional y el trabajador contratado continuare laborando;
e) Cuando el trabajador demuestre la existencia de simulación o fraude a las normasestablecidas en la presente ley.
MISION
VISION
Contratos a tiempo parcial
• Es aquel en el que se cumple una jornada de trabajoefectiva inferior a las cuatro horas diarias.
• No está sujeto a ningún límite temporal
• Formalidades:
Debe constar por escrito
Ser presentado ante la Autoridad Administrativa deTrabajo para su conocimiento y registro.
Régimen de infracciones
Contratación temporal:
El incumplimiento de disposicionesrelacionadas con la contratación aplazo determinado, cualquiera que seala denominación de los contratos, sudesnaturalización, su uso fraudulento,y su uso para violar el principio de nodiscriminación. (Art. 25.5 RLGIT)
Registro en planillas electrónicas:
No registrar a trabajadores en lasplanillas electrónicas. (Art. 25.20RLGIT)
Ambas son infracciones MUY GRAVES en materia de relaciones laborales
III. CONCLUSIONES
El uso de la Planilla Electrónica tiene un impacto relevante en la promoción deformalidad laboral a través de la sistematización ordenada y precisa de información.
Los contratos de trabajo temporales obedecen siempre a una causa objetiva para sucelebración y constituyen una excepción a la contratación a plazo indeterminado.
Se considera como falta muy grave en materia de relaciones laborales que se utilice lacontratación temporal para fines distintos a los permitidos en nuestra legislación.
La Sunafil se encarga de promover y supervisar el adecuado cumplimiento de lanormativa que regula la contratación laboral.
Conclusiones