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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES FACULTAD : Ciencias Administrativas y Contables CURSO : Peritaje Administrativo Judicial DOCENTE : José Guerrero Febres INTEGRANTE : - CARHUAMACA INOCENTE ROXANA - QUINTANA CABRERA KAREM - ZARARTE HURTADO ALICIA - ZÚÑIGA SUAZO GIULIANA AULA : A1 CICLO : VIII AÑO : 2013

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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES

FACULTAD : Ciencias Administrativas y Contables

CURSO : Peritaje Administrativo Judicial

DOCENTE : José Guerrero Febres

INTEGRANTE :

- CARHUAMACA INOCENTE ROXANA- QUINTANA CABRERA KAREM- ZARARTE HURTADO ALICIA- ZÚÑIGA SUAZO GIULIANA

AULA : A1

CICLO : VIII

AÑO :

2013

PERITAJE

Es un arte o ciencia, es una creatividad procesal preparada por personas especialmente calificadas por su conocimientos técnicos, artísticos o científicos para la formulación de su convenio respecto a ciertos hechos.

La peritación lo va a determinar un juez, en torno a la existencia o inexistencia de los hechos.

El peritaje judicial es la prueba técnica y científicamente por expertos, y que va a ser una ayuda para que el administrador de justicia pueda dar una solución real.

La pericia viene a ser toda operación efectuada por un perito, con conocimientos

calificados, experiencias y habilidades.

BASE LEGAL Y PROCEDIMIENTOS DEL PERITAJE CONTABLE JUDICIAL

Constitución de 1993 D. Legislativo del Lic. Administración n° 22087 Código civil D. Leg. 295 Código procesal civil D. Leg. 768 Código procesal penal D. Leg. 638 Ley orgánica poder judicial D. Leg. 767.

PROCEDIMIENTOS:Son aquellos que el perito ejecuta para desarrollar con eficiencia y con orden el trabajo pericial.

Entre ellos tenemos:

Leer y estudiar el expediente judicial, identificando los asuntos que interesan al juzgador y que van ser útil para el trabajo judicial.

Copia del auto judicial en que se designa o nombra al perito. Datos de las partes y los profesionales que los representan. Revisión de la situación legal de los hechos de los sistemas administrativos.

OBJETIVO GENERAL

Tiene por objeto capacitar al estudiante en el conocimiento de la pericia administrativa judicial, a fin de que esté en condiciones de colaborar con los tribunales de justicia en el campo civil, penal y laboral.

- Identificar, comprender y valorar los principales antecedentes del peritaje.

- Distinguir, comprender y valorar el peritaje administrativo en el campo, civil, penal y administrativo.

- Comprender e interpretar las bases legales del peritaje en cuanto a su aplicación en los hechos conflictivos y otros que se presenten en nuestra sociedad.

En el peritaje se debe identificar y evaluar en forma objetiva, las pruebas aportadas por el origen y causas de los hechos.

EL PERITAJE JUDICIAL

Es la prueba elaborada por expertos, que ayudan a que el administrador de justicia pueda dar una solución a las partes en litigio.

CARACTERISTICAS

a) ACTIVIDAD HUMANA

Consiste en la intervención transitoria, en el proceso de personas que deben efectuar determinados actos para luego emitir el dictamen solicitado.

b) ACTIVIDAD PROCESAL

Es una actividad procesal, porque debe producirse en el curso del proceso o en diligencias procesales previas o posteriores y complementarias.

c) ACTIVIDAD CALIFICADA

Es una actividad de personas calificadas en virtud de su técnica, sus ciencias, sus conocimientos de arte, es decir de su experiencias.

d) ENCARGO JUDICIAL

En este aspecto se distingue del testimonio y de la confesión.

e) VINCULACION DE LOS HECHOS

Esto debe de estar versado sobre hechos y no sobre cuestiones, ni sobre exposiciones abstractas.

f) HECHOS ESPECIALES

Los hechos sobre los que debe versar el peritaje deben ser especiales, en virtud de sus características técnicas, artísticas o científicas.

g) DECLARACION DE CIENCIA

El peritaje es una declaración de ciencia, porque el perito expone lo que conoce, mediante la observación y por deducción o inducción de los hechos.

EL PERITO –E L AUDITOR – EL TESTIGO

El perito que reúne las condiciones de capacidad técnica y científica, así mismo se dice que el perito es la persona competente en determinado orden de conocimientos llamado a emitir dictamen sobre algún punto que debe dilucidarse.

PERFIL PROFESIONAL DEL PERITO

Todo perito debe contar con un adecuado perfil profesional en cuanto a condiciones y cualidades personales.

a) CONDICIONES PERSONALES

Son los valores que representan su valor intangible.

Integridad, independencia de criterio, puntualidad, trato social, discreción, capacidad intelectual.

b) CONDICIONES ADQUIRIDAS

Conocimiento y experiencia adquirida en el campo profesional.

El profesional antes de realizar las labores, debe preparase y capacitarse de tal forma que realice satisfactoriamente su trabajo.

INTERVENCION DE LOS PERITOS

En el caso que se hayan nombrado peritos de oficio y existiera discrepancias en las conclusiones entre ambas pericia. El Magistrado designara un nuevo perito con el carácter de dirimente.

EL AUDITOR

Es el profesional contratado por la propia empresa o entidad para expresar una opinión sobre los estados financieros, previa evaluación de sus controles internos administrativos.

Su opinión la expresara a través de un dictamen, su actuación le permite abarcar campos de auditoría financiera, tributaria y operatoria.

CARACTERISTICAS

- Su opinión la expresara a través de un dictamen.

- Su actuación profesional le permite abarcar los campos de la auditoria financiera, tributaria y operativa.

- Conviene puntualizar que el auditor, al examinar un examen especial no tiene como objetivo dictaminar sobre la situación financiera. Su finalidad es obtener alguna información específica.

EL TESTIGO

El testigo es la persona física que en calidad de tercero declara en el juicio sobre hechos controvertidos y a cuyas consecuencias no se encuentra vinculado.

CARACTERISTICAS DEL TESTIGO

- Esta motivado en razonamientos propios, pues no se exige al testigo opinión fundada sobre conocimientos particulares.

- Su saber es común, presentándose como un narrador, debiendo responder a preguntas precisas que le formulan los juzgados o la corte superior.

- Su deber del testigo es comparecer ante la citación del juzgado y declarar conforme al interrogatorio a que se somete y prestar juramento.

CLASIFICACION DE LOS TESTIGOS

- Por razón de su función.- Narrador y fedatario.

- Por razón del nexo.- Directos e indirectos.

- Por razón del conocimiento.- Perito y profano.

- Por razón del sujeto que recibe el testimonio: Judicial y extrajudicial

- Por razón del procedimiento: Hábiles, sospechosos e infalibles.

DIFERENCIAS ENTRE EL AUDITOR Y EL PERITO

AUDITOR

- Su labor es pasiva.

- 20% de investigación y 80% de comprobación y análisis.

- Su informe va dirigido a los empresarios y a terceros.

- Utilizan una literatura técnica.

PERITO

- Su labor es activa.

- 80% de investigación y 20% de comprobación y análisis.

- Su informe va dirigido al juez.

- Utiliza una literatura menos técnica.

DIFERENCIAS ENTRE PERITO Y EL TESTIGO

PERITO

- No está obligado a la aceptación del cargo.

- Basa su informe en sus conocimientos técnicos y en su experiencia técnica.

- Tiene una elevada moral.

TESTIGO

- Está obligado a concurrir al llamado del juez.

- Basa su informe utilizando el sentido visual y auditivo.

- La mayoría carece de moralidad.

Estudio preliminar del caso

FASE DEL OBJETO DE CONTROVERSIA Descripción básica y comprensión

Del objeto de pericia.

Plan especifico

PLANEACION Programa de procedimientos

Control de calidad de planeación.

FASE DE EJECUCIÓN

- Estudio intensivo del caso judicial y examen del objeto de controversia.

- Desarrollo de los procedimientos periciales programados.

- Registro en papeles de trabajo.

- Evaluación final de papeles de trabajo y obtención de conclusiones finales.

FASE DEL INFORME

Redacción del informe

Revisión de calidad informe pericial

Sustentación oral (opcional)

PARTE LEGAL

Especial para administradores.

1. Sistema judicial en el Perú

1.1 El poder judicial

1.2 El consejo nacional de la Magistratura.

2. Juicios concepto y clases

2.1 Ordinario

2.2 Sumario o de menor cuantía.

3. La prueba

3.1 Clasificación de las pruebas

a) La confesión

b) Juramento decisorio

c) Inspección ocular

d) Instrumentos

e) Testigos

f) Peritos

4. Resoluciones judiciales

4.1 Decreto

4.2 Autos

4.3 Sentencias

5 Nulidad de resoluciones y recursos

6. Ejecución de sentencias

PERITAJE ADMINISTRATIVO

- Delitos contra el Patrimonio Público y Privado.

- Delitos de robo.

SANCION

Pena privativa de la libertad

- Causar incendio, explosión, etc. ( no menor de 3 años ni menor de 10 años).

- Manejar ebrio, drogado, etc. ( Servicio comunitario no mayor de 20 jornadas e inhabilitación no mayor de 4 años).

- Fabricar o portar bombas, municiones, etc. ( no menor de 3 años ni mayor de 10 años ).