organización y funciones del poer legeslativo peruano

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ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL POER LEGESLATIVO PERUANO 1. Introducción 2. El Poder Legislativo 3. Historia del Poder Legislativo peruano 4. Organización del Poder Legislativo o Congreso de la República 5. Servicios parlamentarios 6. Conclusiones 7. Bibliografía Introducción El poder legislativo es el organismo que tiene la misión o la facultad de hacer leyes , los parlamentos de las comunidades autónomas son asambleas legislativas. El poder legislativo por definición, es el poder que crea las leyes, potestad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus ciudadanos en armonía con las normas y disposiciones constitucionales. Para ejercer tal facultad está otorgada de una incuestionable autoridad que le concede la representación de la voluntad popular. El Poder Legislativo El poder legislativo por definición, es el poder que crea las leyes, facultad que involucra de regular en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en concordia con los mandatos legislativos. Para ejecutar dicha facultad está investida de una incuestionable autoridad que le confiere la representación de la voluntad. El cronista y pensador político francés Montesquieu propuso, en su célebre libro El espíritu de las leyes, que era necesario que las funciones del Estado se dividieran entre diferentes poderes "legislativo, ejecutivo y judicial", para que mediante los acomodos de las características el poder se autocontrole, con la finalidad de evitar la tiranía. Las figuras presentes más importantes son el senado y los diputados.

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organizacion y funcion del poder legislativo

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ORGANIZACIN Y FUNCIONES DEL POER LEGESLATIVO PERUANO1. Introduccin2. El Poder Legislativo3. Historia del Poder Legislativo peruano4. Organizacin del Poder Legislativo o Congreso de la Repblica5. Servicios parlamentarios6. Conclusiones7. BibliografaIntroduccinElpoder legislativoes el organismo que tiene lamisino la facultad de hacerleyes,los parlamentos de las comunidades autnomas son asambleas legislativas. Elpoderlegislativopor definicin, es el poder que crea las leyes, potestad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, losderechosy lasobligacionesde sus ciudadanos en armona con lasnormasy disposiciones constitucionales. Para ejercer tal facultad est otorgada de una incuestionableautoridadque le concede la representacin de la voluntad popular.El Poder LegislativoElpoder legislativopor definicin, es el poder que crea las leyes, facultad que involucra de regular en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en concordia con los mandatos legislativos. Para ejecutar dicha facultad est investida de una incuestionable autoridad que le confiere la representacin de la voluntad.El cronista y pensador polticofrancsMontesquieupropuso, en su clebrelibroEl espritu de las leyes, que era necesario que lasfuncionesdelEstadose dividieran entre diferentes poderes "legislativo,ejecutivoyjudicial", para que mediante los acomodos de las caractersticas el poder se autocontrole, con la finalidad de evitar latirana. Las figuras presentes ms importantes son el senado y los diputados.El poder legislativo es uno delos tres poderesque nacen dentro delgobiernoa partir de la nocin de divisinmanejada por variosfilsofosen el siglo XVIII. De acuerdo a esta nocin, el ejercicio del poder en un rgimen no deba estar concentrado en una solapersonacomo suceda con las monarquas absolutistas de la poca, si no que se deban crearinstitucionesconcertadaspor representantes del pueblo que tuvieran a su cargo una actividad especfica y que sirvieran de contrapeso entre s para evitar que alguna de ellas sobrepase a las dems o concentre demasiado poder. Comnmente, los tres poderes que surgen a partir de esta idea son:Elpoder ejecutivo(encargado de tomar decisiones y ejecutarlas), el poder legislativo (encargado de las funciones de legislar y establecer normativas legales) y elpoder judicial(encargado de controlar y juzgar que esas leyes sean puestas en marcha y cumplidas).El poder legislativo por lo general en la mayor parte de los pases del mundo se compone de dos cmaras (es decir que es bicameral): la cmara de senadores y la cmara de diputados.Una de estas dos cmaras est compuesta por mayor cantidad de representantes y tiene menos poder que la cmara con menor nmero de representantes. En el caso de muchos de los pases occidentales, la cmara de diputados es la cmara baja y la de senadores la cmara alta. Comnmente, lostratadosyproyectosdeleyse inician en la cmara de diputados donde se deben votar y aprobar para luego pasar a la cmara de senadores donde tambin debern ser votados y aprobados para convertirse en ley. Si casualmente la cmara de senadores decidiera no aceptar elproyectode ley, el mismo vuelve a su lugar de inicio para ser tratado en un perodo detiempofuturo. Es importante tener en cuenta que en muchos pases, para que la ley se efectivice tiene que ser promulgada por el poder ejecutivo como sucede en el Per.Se considera que el poder legislativo es quizs el que ms cerca se encuentra del pueblo ya que todos los que all desempean sus cargos son elegidos por el pueblo.Adems, los senadores y diputados representan a todos los distritos y regiones de un pas, por lo cual se razona que la proporcin es equitativa y en este espacio es donde ms se discuten los temas a resolver en vez de ejercerse por decisin de una sola persona como sucede en los otros dos poderes.https://es.wikipedia.org/wiki/Poder_legislativoHistoria del Poder Legislativo peruanoEl Per nace como unanacinlibre e independiente luego de un largoprocesoemancipador, iniciado desde las primeras rebeliones de indgenas y criollos. Ese proceso tuvo uno de sus momentos cumbres en la declaracin de laindependencianacional el 28 de julio de 1821.La primera convocatoria a congreso constituyente fue realizada por el general don Jos deSan Martnmediante el Decreto N 146, del 27 de diciembre de 1821. Para darcumplimiento al dispositivo mencionado se conform una comisin encargada de preparar el reglamento de elecciones y se fij el nmero de diputados -79 propietarios y 38 suplentes-, los cuales seran elegidos con arreglo alclculode lapoblacinde cada departamento.Los primeros diputados se reunieron el 20 de setiembre de 1822, a las 10 a.m., en el palacio de gobierno. Desde all se dirigieron a la catedral a solicitar la asistencia divina, mediante la misa votiva delEspritu Santo, que celebr el Den Gobernador Eclesistico del arzobispado de Lima, doctor Francisco Javier de Echage. Concluida esta se enton el himno Veni Sancte Spiritus; despus, el Den hizo una exhortacin a los diputados sobre la protestacin de la fe y el juramento que deban prestar. En seguida, el ministro de Estado y Relaciones Exteriores, doctor. Francisco Valdivieso, pronunci la frmula de juramento:Juris conservar la santareligincatlica, apostlica, romana, como propia del Estado; mantener en su integridad el Per; no omitir medio para libertarlo de sus opresores; desempear, fiel y legalmente, los poderes que os han confiado los pueblos; y llenar los altos fines para que habis sido?"Los diputados respondieron: "S, juramos".Despus de ello pasaron de dos en dos a tocar el libro de los Santos Evangelios. Para finalizar el acto, San Martn aadi:"Si cumpliereis lo que habis jurado, Dios os premie; y, si no, l y la Patria os lo demanden".A continuacin, el gobernador eclesistico enton el Te Deum, seguido por el coro. En ese momento reson en la plaza mayor una salva de 22 caonazos, repetida en el Callao y en los buques de la armada. En la ciudad se produjo un repique general de campanas hasta la llegada de los diputados al recinto de laUniversidadde San Marcos. El primer congreso constituyente se instal el 20 de setiembre de 1822 en la capilla de la universidad, ubicada entonces en parte del terreno que corresponde actualmente al Palacio del Congreso. Ante l renunci San Martn para dejar a lanacinenlibertadpara decidir su destino. En aquella oportunidad el Protector pronunci la siguiente alocucin:Desde este momento queda instalado el Congreso Soberano y el pueblo reasume el poder supremo en todas sus partes.Una vez retirado San Martn de la sede del Congreso, los diputados eligieron como Presidente y Secretario momentneos a los doctores Toribio Rodrguez de Mendoza y Jos Faustino Snchez Carrin. En seguida, se procedi a realizar la eleccin de la primera junta directiva del Congreso. Resultaron elegidos: Presidente, el doctor Francisco Javier de Luna Pizarro; Vicepresidente, donManuel Salazar y Baqujano; Primer Secretario, el doctor Jos Faustino Snchez Carrin; y Segundo Secretario, el doctor Francisco Javier Maritegui.El primer Congreso inaugurado en 1822 fue un smbolo de una rebelin social frente alsistemade base aristocrtico-estamental; es decir, implic formalmente el desmantelamiento del antiguo rgimen, del Virreinato. Desde un punto de vista terico, la burguesa criolla -acompaada por unos pocos y resignados sobrevivientes de la antigua nobleza hereditaria, a la que se le haba escapado el comando del proceso independentista- obtuvo el usufructo del poder poltico con una cobertura liberal.La promulgacin de leyes cuya finalidad era acabar con las llamadas "vinculaciones" y especialmente con los mayorazgos (1838, 1848), y la dacin delCdigoCivil (1851), abrieron el camino hacia la titularidadpersonalde lapropiedadas como hacia la disminucin de las desigualdades hereditarias de los hijos y destruyeron algunas de las bases econmicas que sustentaban a la antigua aristocracia; de esta manera, se avanz ms hacia laigualdadque con la legislacin antigua.El primer Congreso Constituyente del Per (1822-1825) estuvo conformado -entre titulares y suplentes- por 28 abogados, 26 eclesisticos, 8 mdicos, 9 comerciantes, 6 empleados, 5 militares y 5 propietarios. De estos, 14 eran naturales de otros pases de Hispanoamrica: 9 de la llamada posteriormente GranColombia(Venezuela, la actual Colombia y el futuroEcuador), 3 de Argentina, 1 de Chile y 1 de la actualBolivia. En la primera mitad del siglo XIX predominaron abogados y religiosos; a partir de 1870 figuran con una tendencia creciente catedrticos, ingenieros, rentistas, profesores, etc.Conforme seala el artculo 102 de laConstitucinPolticadel Per, son atribuciones del Congreso: Dar leyes y resoluciones legislativas, as como interpretar, modificar o derogar las existentes.Velar por elrespetode la Constitucin y de las leyes, y disponer lo conveniente para hacer efectiva laresponsabilidadde los infractores.Aprobar los tratados, de conformidad con la Constitucin.Aprobar elPresupuestoy la Cuenta General.Autorizar emprstitos, conforme a la Constitucin.Ejercer el derecho de amnista.Aprobar la demarcacin territorial que proponga el Poder Ejecutivo.Prestar consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio dela Repblica, siempre que no afecte, en forma alguna, lasoberananacional.Autorizar al Presidente de la Repblica para salir del pas.Ejercer las dems atribuciones que le seala la Constitucin y las que son propias de lafuncinlegislativa.Periodificacin de lahistoriadel Congreso. Realizar una periodificacin de la historia del Congreso de la Repblica del Per presupone enfrentarse a enormes dificultades provenientes de nuestra historia poltica; en particular, a la preponderancia de los gobiernos militares, las continuas rupturas del orden constitucional, las diferencias doctrinarias y programticas entre las diversas tendencias que han predominado al interior del Parlamento, etc. A pesar de tales obstculos, por la enorme importancia que tiene el Congreso para la vigencia de lademocracia, tal tarea resulta necesaria. Entender el sentido histrico de laevolucindel Congreso nos ayudar a alcanzar unaimagenobjetiva y clara de la democracia peruana.Democracia nominal (1822-1895). La denominamos as porque durante este perodo losprocesoselectorales, de tales, solo tenan el nombre. Los comicios, en lneas generales, se desarrollaban segn el siguienteprocedimiento:Las autoridades locales preparaban losregistroselectorales.Los ciudadanos con derecho a voto acudan a or la misa votiva del Espritu Santo, despus de lo cual elegan a los miembros de las mesas.Constituida cada mesa, se designaba a los respectivoselectores, quienes, en cada distrito, formaban el colegio electoral.Los electores, en las capitales de provincia, deban elegir entre los candidatos a senaduras, diputaciones y a la presidencia de la Repblica. Estos actos eran verdaderas batallas campales en las que se enfrentabangruposde mercenarios para tomar a lafuerzaelcontrolde las mesas. Los sectores desplazados presentaban ante el Congreso las denominadas"dualidades" o "trialidades".La nica instancia de control del proceso era el Congreso. Cada una de las cmaras calificaba las credenciales de los elegidos para integrarlas y resolva los casos de las "dualidades" y "trialidades" presentadas. Estas decisiones se basaban principalmente en criterios decarcterpoltico, vicio que se vio agudizado por la Constitucin de 1860 en la que se dispuso la renovacin del Congreso por tercios ya que, por medio de este mecanismo, la mayora en ejercicio buscaba mantener el control sobre su respectiva cmara.Democracia censataria (1896-1931).Las irregularidades del sistema electoral llevaron al desprestigio de los comicios y de las credenciales realizadas por las cmaras.Sesin conmemorativa de Centenario de la Independencia del Per. Este perodo abarca desde la denominada, por Basadre, Repblica aristocrtica hasta la culminacin del oncenio legusta. La hemos denominado democracia censataria porque se establecieron, como base del mecanismo desufragio, los censos o padrones de contribuyentes.As, para cada eleccin general, la Junta Electoral Nacional deba formar - por orden de cuotas, segn los censos del Ministerio de Hacienda- una lista de veinticinco mayores contribuyentes con residencia en lacapitalde cada provincia. Luego, deba designar, mediante sorteo entre los mayores contribuyentes, a las personas que constituiran las juntas deregistroprovinciales. Estas procedan a la eleccin de los ciudadanos para las juntas distritales, el registro cvicogeneral de la provincia y las comisiones receptoras del sufragio.Las atribuciones otorgadas en las Juntas de Registro a los mayores contribuyentes obedecieron, segn se asever, a que entre ellos viva laciudadanade mayorculturaen un pas de tantos desniveles y porque se presuma que haban de ser amantes del orden y de la juridicidad. Resulta obvio observar ahora que era un modo de consolidar el predominio de quienes ostentaban mayor fuerza econmica.A pesar de las mencionadas limitaciones, en esta etapa destacaron, entre otros parlamentarios, Guillermo Billinghurst, Antonio Mir Quesada, Julio C. Tello y Mariano H. Cornejo.Democracia masculina alfabeta (1931-1955)Despus de la cada de Legua, la Junta Nacional de Gobierno, presidida por David Samanez Ocampo, design unacomisinpara que formulase el proyecto de ley de elecciones sobre las siguientes bases: el establecimiento de un poder electoral autnomo; la representacin de las minoras; el voto secreto y obligatorio; yla organizacincientfica del registro electoral. La reforma electoral llevada a cabo otorg a los comicios garantas hasta entonces desconocidas, sobre la base de laorganizacinde un verdadero registro electoral y la eliminacin de los privilegios de los grandes contribuyentes.Sin embargo, mantuvo excluidos deljuegodemocrtico a las mujeres y a los analfabetos. En este perodo tuvieron destacada actuacin, entre otros, los parlamentarios Jos Glvez Barrenechea, Julio de la Piedra, Emilio Romero Padilla, Fernando Belande Terry y Manuel Seoane Corrales.Democracia mixta alfabeta (1956-1978). A partir de la segunda mitad del siglo XX, bajo el impulso de la Declaracin Universal de losDerechos Humanos(1948) y de las nuevas ideas entornoa la igualdad de derechos y deberes de las personas de ambos sexos, se reconoce a las mujeres el goce pleno del derecho al sufragio y a participar como candidatas en los procesos electorales.As, el 7 de setiembre de 1955, durante el gobierno del general Manuel A. Odra, el Congreso de la Repblica, mediante la Ley N 12391, otorg la ciudadana a las mujeres mayores de edad que supiesen leer y escribir. De este modo, a travs de dicha ley, el Congreso modific la Constitucin Poltica entonces vigente. Con ello se ampli la participacin del electorado -el cual se duplic- y as el Congreso alcanz una mayor y mejor representatividad.Las primeras representantes femeninas fueron elegidas en 1956:En el Senado Nacional:Irene Silva Linares de Santolalla.En la Cmara de Diputados:Mara Mercedes Colina Lozano de Gotuzzo;Mara Eleonora Silva y Silva;Juana Ubilluz de Palacios;Lola Blanco Montesinos de La Rosa Snchez;Alicia Blanco Montesinos de Salinas;Manuela C. Billinghurst Lpez;Matilde Prez Palacio Carranza; yCarlota Ramos de Santolaya.A esta relacin debemos agregar los nombres de algunos parlamentarios varones que destacaron en este perodo: Hctor Boza, Eduardo Miranda, Ral Porras Barrenechea, Armando Villanueva del Campo, Alberto Arca Parr, Ramiro Prial y Carlos Manuel Cox.Democracia universal (1979-hasta la actualidad)La primera Constitucin Poltica del Per que reconoci plenamente el derecho de los analfabetos a participar en los procesos electorales fue la de 1979, al disponer que:Son ciudadanos los peruanos mayores de dieciocho aos. Para el ejercicio de la ciudadana se requiere estar inscrito en el registro electoral.Tienen derecho de votar todos los ciudadanos que estn en el goce de su capacidad civil.El voto es personal, igual, libre, secreto y obligatorio hasta los setenta aos. Es facultativo despus de esta edad.Con esta disposicin, los legisladores suprimieron todo tipo dediscriminacin, fortaleciendo la legitimidad de los procesos electorales comoproductode la decisin libre y soberana de todos los peruanos mayores de edad.Adicionalmente, nuestra actual Constitucin Poltica, aprobada por el Congreso Constituyente Democrtico en 1993,amplila participacin de los ciudadanos en los asuntos pblicos mediante el referndum, la iniciativa legislativa, la remocin o revocacin de autoridades y lademandade rendicin decuentas.Estos derechos tienden a beneficiar a los sectores tradicionalmente marginados de nuestra poblacin, haciendo posible la intervencin de los ciudadanos en el proceso detoma de decisionese integrndolos as a la conduccin del destino nacional.Entre los principales congresistas de este perodo podemos sealar a Vctor Ral Haya de la Torre, Presidente de la Asamblea Constituyente de 1978; Luis Alberto Snchez; Manuel Ulloa Elas; Andrs Arambur Menchaca; Hctor Cornejo Chvez y RobertoRamrez del Villar.https://es.wikipedia.org/wiki/Congreso_de_la_Rep%C3%BAblica_del_Per%C3%BAOrganizacin del Poder Legislativo o Congreso de la RepblicaIV.I El pleno del congresoEl Pleno es la mxima asamblea deliberativa del Congreso. Lo constituyen todos los congresistas incorporados y funciona conforme con las reglas de qurum y de procedimiento que establecen la Constitucin y el presente Reglamento. All se debaten y se votan todos los asuntos y se realizan los actos que prevn las normas constitucionales, legales y reglamentarias.Al inicio del perodo anual de sesiones, los grupos parlamentarios y el Consejo de Ministros presentan una propuesta, donde se detalla los proyectos de ley que consideren necesario debatir y aprobar durante dicho perodo. El pleno del Congreso votar la inclusin de estos proyectos en la agenda legislativa, en la que se incluye solo a los que obtengan mayora simple. Eldebatede estos proyectos de ley tiene prioridad, tanto en comisiones como en el pleno del Congreso, salvo lo dispuesto por el artculo 105 de la Constitucin Poltica del Estado, que no impide que puedan dictaminarse y debatirse otros proyectos.IV, 2 El consejo directivoEl Consejo Directivo est compuesto por los miembros de la Mesa Directiva y los representantes de los grupos parlamentarios, que se denominan Directivos-Portavoces, elegidos por su respectivogrupo. A cada Directivo Portavoz titular corresponder un suplente elegido por cada grupo parlamentario. En la conformacin del Consejo Directivo se procurar guardar similar proporcionalidad a la que exista entre los grupos parlamentarios en ladistribucinde escaos en el Pleno del Congreso. Tiene las siguientes funciones y atribuciones: 1.Adoptar acuerdos y realizar coordinaciones para el correcto proceso de las actividades del Congreso. 2.Aprobar el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso primitivamente de su presentacin al Pleno del Congreso por el Presidente. 3.Recibirinformesperidicos de la Mesa Directiva, Oficiala Mayor y de laOficinadeAuditora Interna, respecto eldesarrollode los procesos parlamentarios,la administracinyel estadode laeconomadel Congreso. 4.Recibir informes sobre laspolticasdeadministracin de personalyrecursoseconmicos y los reglamentos administrativos necesarios, as como la ejecucin de licitaciones pblicas para la realizacin de obras o la adquisicin debienesyservicios. 5.Aprobar la agenda de cada sesin del Pleno, definiendo los proyectos que se tratarn en el orden del da de la sesin, ponindolas enconocimientode los congresistas veinticuatro horas antes del inicio de la sesin. 6.Fijar el tiempo de debate de los asuntos contenidos en la agenda de la sesin del Pleno. Si la sesin no agota la agenda, el Consejo Directivo elabora una nueva agenda. 7.Aprobar los planes detrabajolegislativo, el cuadro de comisiones y cualquier otroplano proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y el buen funcionamiento del Congreso. 8.Acordar el otorgamiento de distinciones especiales. 9.Acordar las autorizaciones de licencia particular por enfermedad o viaje que soliciten los congresistas, cuidando que en todo momento el nmero de congresistas licenciados no exceda del 10% y, solo en casos especiales y extraordinarios debidamente justificados, no exceda del 20% del nmero legal de miembros del Congreso. Esta regla no comprende lashiptesisa que se refiere el segundoprrafodel artculo 92 de la Constitucin Poltica. 10.Acordar las autorizaciones de licencia para desempear las funciones a que se refiere el segundo prrafo del artculo 92 de la Constitucin Poltica. 11.Acordar el nombramiento del Oficial Mayor, a propuesta del Presidente, dando cuenta al Pleno. 12.Las dems contenidas en otros artculos del presente Reglamento y aquellas que le encargue el pleno del Congreso.IV, 3 Junta de portavocesLa Junta de Portavoces est conformada por la Mesa Directiva y por un portavoz por cada grupo parlamentario, quien tiene un voto proporcional al nmero de miembros que conforman su bancada. Le corresponde: 1.La elaboracin del cuadro de comisiones para su aprobacin por el Consejo Directivo y, posteriormente, por el pleno del Congreso. 2.La exoneracin, con la aprobacin de los tres quintos de los miembros del Congreso all representados, de los trmites de envo a comisiones y prepublicacin. En caso de proyectos remitidos por el Poder Ejecutivo con carcter de urgente, estas exoneraciones son aprobadas por la mayora del nmero legal de los miembros del Congreso all representados. 3.La ampliacin de la agenda de la sesin y la determinacin de prioridades en el debate; todo ello con el voto aprobatorio de la mayora del nmero legal de los miembros del Congreso all representados. 4.Las dems atribuciones que le seale el presente Reglamento.(Artculo adicional. Resolucin Legislativa del Congreso N 011-2001-CR, publicada el 13 de octubre de 2001) (Artculo modificado. Resolucin Legislativa del Congreso N 025-2005-CR, publicada el 21 de julio de 2006).http://www.congreso.gob.pe/organizacion/congreso.htmIV, 4 La mesa directivaLa Mesa Directiva tiene a su cargo ladireccinadministrativa del Congreso y de los debates que se realizan en el Pleno del mismo, de la Comisin Permanente, del Consejo Directivo y de la representacin oficial del Congreso en los actos protocolares. Est compuesta por el Presidente y tres Vicepresidentes.(Prrafo modificado. Resolucin Legislativa del Congreso N 002-2001-CR, publicada el 10 de agosto de 2001) (Prrafo modificado. Resolucin Legislativa del Congreso N 022-2005-CR, publicada el 8 de julio de 2006)La Mesa Directiva fiscaliza laadministracindel Congreso bajo las polticas administrativas y financieras que establece, de acuerdo con los lineamientos adoptados por el Pleno y el Consejo Directivo del Congreso.Decide el nombramiento de los funcionarios de ms alto nivel del Congreso, a propuesta del Oficial Mayor, dando cuenta al Consejo Directivo.Tambin autoriza la contratacin de servicios, la realizacin de concursos y el nombramiento ycontratode los profesionales, tcnicos y auxiliares que se requieran para el normal desarrollo de las actividades parlamentarias. Aprueba el Presupuesto y la Cuenta General del Congreso antes de su presentacin al pleno del Congreso por el Presidente.IV, 5 Presidencia del congreso Representar al Congreso, y recibir los honores que correspondan a su investidura Presidir las sesiones del pleno del Congreso, de la Comisin Permanente, y de la Mesa Directiva, concediendo el uso de la palabra, haciendo guardar el orden y dirigiendo el curso de los debates y las votaciones, conforme a las normas procesales constitucionales, legales y reglamentarias. Cumplir el ordenamiento jurdico de la nacin y este Reglamento, as como proteger los derechos y atribuciones de los congresistas y los diversos grupos parlamentarios, facilitar los consensos y acuerdos, respetar y hacer respetar la organizacin y funcionamiento del Congreso, como una entidad dialogante y esencialmente deliberante, que encarna el pluralismo poltico de la nacin. Firmar, con uno de los vicepresidentes, las autgrafas de las leyes, para ser enviadas al Presidente de la Repblica para su promulgacin, as como ejercer la facultad de promulgar las leyes a que se refiere el primer prrafo in fine del artculo 108 de la Constitucin Poltica. Tambin firman el Reglamento del Congreso, las autgrafas de las resoluciones legislativas, los acuerdos del Congreso y las normas reglamentarias para su publicacin, como las resoluciones administrativas que le correspondan en sucalidadde titular del pliego presupuestal y losdocumentosoficiales a que haya lugar Someter a consideracin del pleno del Congreso los proyectos de Presupuesto y Cuenta General del Congreso, e informar al Consejo Directivo sobre los procesos de licitacin de obras y adquisicin de bienes y servicios por cuenta de los recursos presupuestales asignados al Congreso. Someter a consideracin del Consejo Directivo la agenda de las sesiones del Pleno y de la Comisin Permanente, el cuadro de conformacin de las comisiones y de la Comisin Permanente y cualquier plan o proyecto destinado a facilitar o mejorar el desarrollo de las sesiones y laproductividaddel Congreso. Exigir u ordenar a los rganos del gobierno y de laadministracinen general para que respondan los pedidos deinformacinremitidos por los congresistas, de conformidad con lo que dispone el artculo 96 de la Constitucin Poltica. De no recibirse respuesta, a los quince das de remitido el pedido, dispone que uno de los vicepresidentes lo reitere, en la forma prevista en el artculo 87 del presente Reglamento.Disponer la expedicin del pasaporte que corresponda a los seores congresistas a que se refiere la Ley N 23274, modificada por el Decreto Legislativo N 832, e igualmente a quienes han presidido el Congreso y no tengan impedimento alguno. Supervisar el funcionamiento de los rganos parlamentarios y delservicioparlamentario, as como disponer lo necesario para la correcta administracin de los recursos fsicos y humanos al servicio del Congreso. Publicar en el diario oficial "El Peruano", y otros de mayor circulacin, la relacin de congresistas que llegan tarde o no asisten a las sesiones o no permanecen en ellas, salvo se encuentren en sesin de comisin. Las dems que le encargue el pleno del Congreso o que se encuentren sealadas en otros artculos de este Reglamento.IV, 6 Comisiones ordinarias.Encargadas del estudio y dictamen de los contenidos ordinarios de la agenda del Congreso, con prioridad en la funcin legislativa y de fiscalizacin. El presidente del Congreso, encoordinacincon los grupos parlamentarios o previa consulta al Consejo Directivo del Congreso, propone el nmero de comisiones ordinarias teniendo en cuenta laestructuradel Estado. Sin embargo, deben conformarse por lo menos las siguientes comisiones ordinarias: 1.Agraria. 2.Comercio Exteriory Turismo 3.Constitucin y Reglamento. 4.Defensa delConsumidory Organismos Reguladores de losServicios Pblicos. 5.Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contralas Drogas. 6.Descentralizacin, Regionalizacin, Gobiernos Locales y Modernizacin de laGestindel Estado. 7.Economa,Banca,FinanzaseInteligenciaFinanciera. 8.Educacin,Ciencia,Tecnologa, Cultura,Patrimonio Cultural,JuventudyDeporte. 9.Energa y Minas. 10.Fiscalizacin y Contralora. 11.Inteligencia. 12.Justiciay Derechos Humanos. 13.MujeryDesarrollo Social. 14.Presupuesto y Cuenta General de la Repblica. 15.Producciny Micro y Pequea Empresa 16.Pueblos Andinos, Amaznicos y Afroperuanos,AmbienteyEcologa. 17.Relaciones Exteriores. 18.Salud, Poblacin,Familiay Personas conDiscapacidad. 19.Seguridad Social. 20.Trabajo. 21.Transportes yComunicaciones. 22.Vivienda yConstruccin.Las dems comisiones ordinarias se conforman procurando homologar su especialidad con las materias que correspondan a las carteras a cargo de los ministros de Estado y a los asuntos ms relevantes para el pas.IV, 7 Comisin permanenteLa Comisin Permanente del Congreso se instala a ms tardar dentro de los quince das tiles posteriores a la instalacin del primer perodo ordinario de sesiones. Ejerce sus funciones constitucionales durante el funcionamiento ordinario del Congreso, durante su receso e inclusive en el interregno parlamentario derivado de la disolucin del Congreso.La Comisin Permanente est presidida por el Presidente del Congreso y est conformada por no menos de veinte congresistas elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los representantes de cada grupo parlamentario. El Presidente somete a consideracin del pleno del Congreso lanminade los congresistas propuestos para conformar la Comisin Permanente, a ms tardar dentro de los cinco das hbiles posteriores a la instalacin del primer perodo anual de sesiones. La eleccin se realiza dentro de los cinco das hbiles posteriores. Los vicepresidentes de la Comisin Permanente son los vicepresidentes del Congreso.IV, 8 Los grupos parlamentariosLos grupos parlamentarios sonconjuntosde congresistas que comparten ideas o intereses comunes o afines y se conforman de acuerdo con las siguientes reglas:1. Los partidos o alianzas de partidos que logren representacin al Congreso de la Repblica constituyen grupo parlamentario siempre que cuenten con un nmero mnimo de seis congresistas.2. Si no lograran llegar al nmero de representantes a que se refiere el inciso anterior, sern considerados como Grupo Parlamentario Especial solo para los efectos de presentacin de proyectos de ley, salvo que se junten dos o ms agrupaciones representadas en el Congreso para constituir grupo parlamentario.3. En ningn caso pueden constituir grupo parlamentario separado los congresistas que pertenezcan a un mismo partido.4. Cada grupo parlamentario aprueba su reglamento interno que obliga a todos sus integrantes.Los grupos parlamentarios son registrados en la Oficiala Mayor. Tienen derecho a contar con personal, recursos y ambientes para el desarrollo de sus funciones, en proporcin al nmero de sus miembros.Cada grupo parlamentario elegir a sus representantes, titulares y suplentes, ante los rganos directivos que establezca el Reglamento, dando cuenta por escrito de tales nombramientos a la Oficiala Mayor.Tambin propondrn a sus candidatos a los cargos de la Mesa Directiva y para conformar las comisiones y canalizarn la presentacin de propuestas legislativas de acuerdo con lo que seala el artculo 76 del presente Reglamento. Los documentos mediante los que se d cuenta de la eleccin de los referidos representantes deben estar firmados por no menos de la mitad ms uno del nmero de miembros que conforman el grupo parlamentario.IV, 9 Ligas parlamentariasLas ligas parlamentarias funcionan en relacin a los congresistas que las integran, reactivndose durante los perodos legislativos subsiguientes. Quiere decir, entonces, que cada una de las ligas parlamentarias se reactivar de acuerdo con la solicitud de sus nuevos miembros.La relacin de integrantes que aparece en cada una de las ligas parlamentarias variar en cuanto cesen sus funciones o cuando las inicien los nuevos congresistas.La Oficina de Asuntos Interparlamentarios pondr en conocimiento de cada congresista la existencia de las ligas y los invitar a formar parte de las que sean de su preferencia.Servicios parlamentariosV, 1 Oficiala mayorLa Oficiala Mayor es el mximo rgano del servicio parlamentario del Congreso. Est a cargo de un funcionario denominado Oficial Mayor del Congreso, quien responde ante el Presidente por la marcha y los resultados de las dependencias y el personal del servicio parlamentario. Le corresponde, con este fin, la direccin,supervisiny control, directos o por delegacin, de todas las actividades del servicio parlamentario dedicadas a preparar, asistir, apoyar y facilitar las tareas orgnicas y funcionales de los congresistas.El Oficial Mayor tiene la representacin legal de la administracin, es jefe de todo el personal y cuenta concompetenciadisciplinaria. Por delegacin del Presidente, y con cargo a dar cuenta, puede celebrar loscontratosnecesarios para garantizar el normal funcionamiento del Congreso y del servicio parlamentario. Es nombrado y su nombramiento revocado por acuerdo del Consejo Directivo.Sus atribuciones y responsabilidades as como las que les corresponden a los rganos y el personal del servicio parlamentario se establecen en el Estatuto del Servicio Parlamentario. Cesa en el cargo por dimisin, prdida de su condicin de funcionario, retiro o jubilacin, imposibilidad para eldesempeodel cargo, cese orevocatoriade su designacin. En caso de ausencia o impedimento temporal es reemplazado por el Director General Parlamentario.(Artculo modificado. Resolucin Legislativa del Congreso N 025-2003-CR, publicada el 21 de febrero de 2004)V, 2AuditorainternaLa Oficina de Auditora Interna del Congreso es el rgano especializado que, aplicandotcnicasy normas de auditora, realiza el control sobre lacontabilidaddel Congreso, la aplicacin de los recursos presupuestales y la gestin de las dependencias que conforman el servicio parlamentario. Est a cargo de un auditor general del Congreso, nombrado por acuerdo de la Mesa Directiva, a propuesta del Presidente.El auditor general del Congreso puede recabar informacin de cualquier dependencia del servicio parlamentario. En forma peridica y cuando se le solicite informa a la Mesa Directiva y al Consejo Directivo sobre el desarrollo de sus funciones y, en forma obligatoria, al trmino de cada ejercicio presupuestal.V, 2, Direccin general parlamentariaV, 2,1 Departamento de relatora interna,Agenda y Actas es un rgano de lnea dependiente de la Direccin General Parlamentaria.Este departamento, mediante el Acuerdo de Mesa Directiva N 011-2008-2009/MESA-CR, tiene bajo su estructura orgnica las reas de Relatora y Agenda, deRedaccinde Actas, de Trmite Documentario y de Despacho Parlamentario.V, 2,2 DEPARTAMENTO DE COMISIONESEl Departamento de Comisiones pone a disposicin de la ciudadana este espacioweb, dentro del marco de la poltica de transparencia desarrollada por el Congreso de la Repblica.Este espacio que se actualizar peridicamente, contiene las principales funciones del Departamento de Comisiones; las guas metodolgicas que utiliza; lassntesisde las labores parlamentarias que se desarrollan en las comisiones; los cuadros de conformacin de las comisiones ordinarias, investigadoras y especiales; los dictmenes y actas emitidos por las comisiones ordinarias; los informes elaborados por las comisiones.VI, 3 Direccin general de administracinLa Direccin General de Administracin es un rgano dependiente de la Oficiala Mayor del Congreso.Tiene como responsabilidades la administracin de los recursos fsicos, humanos y tecnolgicos, los servicios, el control patrimonial, la contabilidad y la ejecucin presupuestal del Congreso, as como la organizacin y el desarrollo de las licitaciones y los concursos pblicos depreciosy mritos.Est a cargo de un Director General, nombrado por la Mesa Directiva, a propuesta del Oficial Mayor.VII Funciones del PoderLgislativo.Es el rgano representativo de la nacin y tiene como funciones principales la representacin de la nacin, la dacin de leyes, la permanente fiscalizacin y control poltico, orientados aldesarrollo econmico, poltico y social del pas, as como la eventual reforma de la Constitucin y otras funciones especiales.VII, 1 Funcin legislativaLa funcin legislativa comprende el debate y la aprobacin de reformas de la Constitucin, de leyes y resoluciones legislativas, as como suinterpretacin, modificacin y derogacin, de acuerdo con losprocedimientosestablecidos por la Constitucin Poltica y el Reglamento del Congreso.VII, 2 Funcin de control polticoLa funcin de control poltico comprende la investidura del Consejo de Ministros, el debate, la realizacin de actos einvestigacionesy la aprobacin de acuerdos sobre laconductapoltica del Gobierno, los actos de la administracin y de las autoridades del Estado, el ejercicio de la delegacin de facultades legislativas, el dictado de decretos de urgencia y la fiscalizacin sobre el uso y la disposicin de bienes y recursos pblicos, el cumplimiento por el Presidente de la Repblica del mensaje anual al Congreso de la Repblica y el antejuicio poltico, cuidando que la Constitucin Poltica y las leyes se cumplan y disponiendo lo conveniente para hacer efectiva la responsabilidad de los infractores.VII, 3 Funciones especialesSon funciones especiales del Congreso designar al Contralor General de la Repblica, elegir al Defensor del Pueblo, as como a los miembros del Tribunal Constitucional, al Directorio delBancoCentral de Reserva, y ratificar al Presidente del Banco Central de Reserva y al Superintendente de Banca ySeguros. Le corresponde tambin la remocin en los casos previstos en la Constitucin.El Poder Legislativo tiene 3 funciones principales:1.-De Representacin.2.- Legislativa.

3.- DeControl.1)Funcinde Representacin:Es la principal funcin delpoder legislativopues por medio del voto directo elegimos a un representante de nuestro distrito electoral local y/federal que estar encargado de plantear nuestros intereses ante el Congreso de la Unin y las asambleas Locales.2) Funcin LegislativaEst confiada a un rgano denominado Congreso Parlamento y consiste en la formulacin oproduccin, a travs de unprocesodeterminado por laConstitucin, denormasjurdicas que se aplican a los habitantes de unEstado.Losproductosde esta funcin (leyeso decretos) pueden ser de tres tipos:procedimientoordinario, de reforma o constitucional y especial.El procedimiento ordinariose compone de los siguientes pasos: Iniciativa, discusin, aprobacin, sancin, promulgacin, publicacin y finalmente fecha de inicio de vigencia.El procedimiento de reforma Constitucionalse refiere a que la Constitucin no debe ser una institucin inmutable, por lo que se contempla la necesidad de un rgano permanente con facultades constituyentes para modificarla: el Constituyente Permanente. Su justificacin es la adaptacin deltextoconstitucional a la cambiante realidadpolticay la correccin de las lagunas que pueda tener.3) Funcin de control :El Congreso de la unin desempea esta funcin de manera preponderante (tambin la pueden ejercer tanto elpoderEjecutivo como elPoder Judicial), pues cuenta con facultades para inspeccionar, analizar, comprobar, examinar, registrar, revisar intervenir y verificar el funcionamiento de laadministracin pblica, es decir, del Ejecutivo.Esta funcin la ejerce en 4 rubros generales delos que abundaremos ms adelante en un siguiente texto y ellos sonPresupuestario o financiero, Poltico, Jurisdiccional y Administrativohttp://www.congreso.gob.pe/funciones/congreso.htmConclusionesEs elgrupode representantes populares que se ocupan tanto de proponer, estudiar, discutir, votar y aprobar o rechazar las iniciativas deLeyque presente el propio Poder Legislativo, las legislaciones de los estados, el ejecutivo y hasta cierto punto laciudadana. Pero tambin el Legislativo tiene la funcin de resolver algunos otros asuntos esenciales de la vida pblica como la vigilancia deldesempeodel Ejecutivo dentro del marco legal, o bien la ratificacin de las elecciones populares de funcionarios pblicos, comenzando por el Presidente de la repblica.Mediante la emisin de decretos y leyes, el Poder Legislativo se ocupa de crear y recrear constantemente un marco deaccinpara las principales relaciones econmicas,polticasy sociales del pas, como son las leyes que determinan lapropiedad, algunos mecanismos econmicos o polticos que influyen en ladistribucinde la riqueza (como pueden ser lospresupuestosdeingresosy egresos de las dependencias delgobierno), el uso delsuelo,la administracinde losrecursos, lasgarantas individuales, lostratadosy relaciones con otros pases.BibliografaInformacin virtualPoder Legislativohttps://es.wikipedia.org/wiki/Poder_legislativoCongreso dela Repblicadel Per,https://es.wikipedia.org/wiki/Congreso_de_la_Rep%C3%BAblica_del_Per%C3%BAPginawebdel congreso de la Repblica,http://www.congreso.gob.pe/organizacion/congreso.htmCongreso de la Repblica,ManualdeOrganizaciny Funciones delServicioParlamentariohttp://www.congreso.gob.pe/transparencia/normas/MOF.pdfDedicatoriaEstetrabajodedico Dios quien me ha dado fortaleza para continuar cada da adelante. A mis padres, Marcelino y Mara, los quiero inmensamente, son unmodeloen mi vida. A mis hermanos Marta, Carla, Gilberto y a mi hermano Alex que falleci pero que lo llevo en micorazny a mi profesora Wendy Urbina de launiversidadTelesup que mes est dando la oportunidad de convertirme en un gran profesional.AgradecimientoAgradezco a Dios por permitirme desarrollar este trabajo monogrfico, por darme fortalezas, paciencia y calma necesaria para superar los muchos obstculos que se presentaron en eldesarrollode este trabajo.Agradezco a mifamiliapor su soporte firme y constante durante estetiempo, a mis padres quienes me indujeron latica, el afecto a Dios yel amorcon el que voy recorriendo por esta vida. A mis amigos quienes son una parte ms de mi familia y a quienes les agradezco tantas cosas en mi vida, valoro muchsimo su apoyo incondicional y el cario con el que siempre nos hemos unido. Tambin deseo dejar plasmada a quien con sus consejos yamistadsiempre han estado ayudndome.Autor:Castaeda Cobian Juan OswaldoCiudad: CajamarcaCarrera: Ciencias de la ComunicacinAo: 2014Universidad Privada TELESUPFECHA: Enero 2014