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Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos. Departamento de Derecho Internacional 17 de Octubre de 2011.

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Page 1: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Organización de los Estados Americanos

Seminario de Derecho Internacional

Cooperación Jurídica en materia de Familia y

Niñez

Secretaría de Asuntos Jurídicos. Departamento de Derecho Internacional

17 de Octubre de 2011.

Page 2: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

“Compatibilidad de las convenciones interamericanas y

universales en materia de familia y niñez:

evolución y análisis”

Dra. Nuria González Martín

Investigadora

Instituto de Investigaciones Jurídicas

Universidad Nacional Autónoma de México

[email protected]

Page 3: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

SUMARIO

I. BASES PRELIMINARESI. BASES PRELIMINARES

- A. Técnicas de reglamentación: del Hard Law al Soft Law.- A. Técnicas de reglamentación: del Hard Law al Soft Law.

- B. La codificación del Derecho Internacional Privado Interamericano.- B. La codificación del Derecho Internacional Privado Interamericano.

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ NIÑEZ

- A. Tercera Reunión de la Comisión Especial del Convenio de la Haya de - A. Tercera Reunión de la Comisión Especial del Convenio de la Haya de 1993.1993.

- B. Sexta Reunión de la Comisión especial sobre el funcionamiento - B. Sexta Reunión de la Comisión especial sobre el funcionamiento práctico del Convenio de la Haya de 1980 y del Convenio de la Haya de práctico del Convenio de la Haya de 1980 y del Convenio de la Haya de 1996.1996.

III. CONCLUSIONES.III. CONCLUSIONES.

Page 4: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

I. BASES PRELIMINARES

El Derecho Internacional Privado El Derecho Internacional Privado (DIPr) es un área del (DIPr) es un área del conocimiento jurídico complejo.conocimiento jurídico complejo.

Page 5: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Esta complejidad se hace más evidente Esta complejidad se hace más evidente por la variedad o multitud de supuestos por la variedad o multitud de supuestos jurídicos privados, con algún elemento de jurídicos privados, con algún elemento de internacionalidad, que son regulados por internacionalidad, que son regulados por el DIPr.el DIPr.

I. BASES PRELIMINARES

Page 6: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Así es, el cruce de fronteras, por razones personales, Así es, el cruce de fronteras, por razones personales, laborales, comerciales, etcétera es cada vez más continuo laborales, comerciales, etcétera es cada vez más continuo o asiduo y por lo tanto el conocimiento del DIPr y el o asiduo y por lo tanto el conocimiento del DIPr y el fomento de la seguridad jurídica deben ser premisas fomento de la seguridad jurídica deben ser premisas fundamentales para esta rama del derecho; además de su fundamentales para esta rama del derecho; además de su actualización y vigencia.actualización y vigencia.

I. BASES PRELIMINARES

Page 7: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

En éste contexto, a estos elementos: En éste contexto, a estos elementos:

1.1. Complejidad, Complejidad,

2.2. Variedad, Variedad,

3.3. Conocimiento, Conocimiento,

4.4. Seguridad jurídica, Seguridad jurídica,

5.5. Actualidad y Actualidad y

6.6. Vigencia, Vigencia,

Se le une al DIPr el carácter de:Se le une al DIPr el carácter de:

7.7. Armonización, unificación y/o codificación.Armonización, unificación y/o codificación.

I. BASES PRELIMINARES

Page 8: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

La región americana se ha caracterizado por un La región americana se ha caracterizado por un ideal codificador, claro y contundente, - finales ideal codificador, claro y contundente, - finales del siglo XIX principios del siglo XX- con una del siglo XIX principios del siglo XX- con una gran proyección y grado de especialización.gran proyección y grado de especialización.

I. BASES PRELIMINARES

Page 9: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

A raíz del nacimiento de la Organización de Estados A raíz del nacimiento de la Organización de Estados Americanos (OEA) se actualiza la idea codificadora del Americanos (OEA) se actualiza la idea codificadora del DIPr regional: DIPr regional:

Conferencias Especializadas Interamericanas de Conferencias Especializadas Interamericanas de Derecho Internacional Privado (CIDIP´s).Derecho Internacional Privado (CIDIP´s).

I. BASES PRELIMINARES

Page 10: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Las CIDIP´s inciden en ese ideal de armonización y éste se ha Las CIDIP´s inciden en ese ideal de armonización y éste se ha materializado a través de diferentes técnicas de reglamentación como: materializado a través de diferentes técnicas de reglamentación como:

- La Convención Internacional (21+1?), - La Convención Internacional (21+1?),

- Protocolos Adicionales (2), - Protocolos Adicionales (2),

- Instrumentos Uniformes (2) y - Instrumentos Uniformes (2) y

- Leyes Modelos (1+1?).- Leyes Modelos (1+1?).

Page 11: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

En las CIDIP´s han convivido, En las CIDIP´s han convivido, básicamente, dos técnicas de básicamente, dos técnicas de reglamentación muy diferentes pero reglamentación muy diferentes pero compatibles (del compatibles (del HardHard al al Soft LawSoft Law).).

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Page 12: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

El nacimiento de una Convención Internacional o de una El nacimiento de una Convención Internacional o de una Ley Modelo se determinará: Ley Modelo se determinará:

- Según la materia particular que se trate de regular; y - Según la materia particular que se trate de regular; y

- La inclinación o conveniencia que tenga el Estado, que - La inclinación o conveniencia que tenga el Estado, que “promociona” el instrumento, hacia una técnica u otra.“promociona” el instrumento, hacia una técnica u otra.

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Page 13: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

La región americana aboga por:La región americana aboga por:

- Un proceso de codificación viable y necesario - Un proceso de codificación viable y necesario

- La elaboración de instrumentos de diferente - La elaboración de instrumentos de diferente naturaleza y diferente caladonaturaleza y diferente calado

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Page 14: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Para ello, es necesario que los Estados miembros Para ello, es necesario que los Estados miembros de la OEA se involucren, aún más, en el proceso de la OEA se involucren, aún más, en el proceso de las CIDIP`s para fortalecerlas como la vía de las CIDIP`s para fortalecerlas como la vía idónea para la codificación y desarrollo idónea para la codificación y desarrollo progresivo del DIPr interamericanoprogresivo del DIPr interamericano..

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Page 15: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

En una cuestión de la compatibilidad y/o idoneidad entre En una cuestión de la compatibilidad y/o idoneidad entre diferentes técnicas de reglamentación. Las luces que tienen las diferentes técnicas de reglamentación. Las luces que tienen las Leyes Modelos (Leyes Modelos (Soft Law)Soft Law) las convierte en eje de armonización las convierte en eje de armonización de las normas de DIPr en las Américas, con importantes de las normas de DIPr en las Américas, con importantes beneficios en la forma de adoptarlas e implementarlas en la beneficios en la forma de adoptarlas e implementarlas en la legislación interna de cada uno de los Estados.legislación interna de cada uno de los Estados.

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Page 16: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Las sombras que, de manera general, proyectan las convenciones Las sombras que, de manera general, proyectan las convenciones internacionales, universales y regionales, son: internacionales, universales y regionales, son:

- La lentitud en las tareas preparatorias y negociaciones previas a - La lentitud en las tareas preparatorias y negociaciones previas a la celebración de cada conferencia y la celebración de cada conferencia y

- Sobre todo la lentitud en el proceso de incorporación de los - Sobre todo la lentitud en el proceso de incorporación de los Estados a las convenciones.Estados a las convenciones.

I. BASES PRELIMINARESA. TÉCNICAS DE REGLAMENTACIÓN: DEL HARD LAW AL SOFT LAW.

Page 17: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

I. BASES PRELIMINARESB. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTERAMERICANO.

El nacimiento de la CIDIP fue difícil por: El nacimiento de la CIDIP fue difícil por:

- La existencia de un foro de codificación, universal, como es la - La existencia de un foro de codificación, universal, como es la Conferencia de La Haya de DIPr donde:Conferencia de La Haya de DIPr donde:

1. Discutían temas de gran actualidad y1. Discutían temas de gran actualidad y

2. En donde se veía innecesario la existencia de otro foro destinado a un 2. En donde se veía innecesario la existencia de otro foro destinado a un mismo trabajo.mismo trabajo.

Page 18: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

La idea de una duplicidad innecesaria de esfuerzos La idea de una duplicidad innecesaria de esfuerzos se descartó: se descartó:

la CIDIP trabajó en una atención especializada a los la CIDIP trabajó en una atención especializada a los problemas que la región americana presenta, problemas que la región americana presenta, aterrizándolos o ubicándolos a su realidad concreta.aterrizándolos o ubicándolos a su realidad concreta.

I. BASES PRELIMINARESB. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTERAMERICANO.

Page 19: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

La codificación en el continente americano es un éxito y esto es debido a dos notas La codificación en el continente americano es un éxito y esto es debido a dos notas fundamentales: fundamentales:

1. Es la especialización temática de este foro de codificación;1. Es la especialización temática de este foro de codificación;

2. Es la constatación de dos etapas, a saber, una primera etapa donde la unificación 2. Es la constatación de dos etapas, a saber, una primera etapa donde la unificación se hace a través de Convenios internacionales (CIDIP I a V) y una segunda etapa se hace a través de Convenios internacionales (CIDIP I a V) y una segunda etapa donde la unificación deja de lado la herramienta convencional y se decanta por donde la unificación deja de lado la herramienta convencional y se decanta por otras técnicas de reglamentación, por ejemplo, el uso de la Ley Modelo (CIDIP VI y otras técnicas de reglamentación, por ejemplo, el uso de la Ley Modelo (CIDIP VI y VII).VII).

I. BASES PRELIMINARESB. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTERAMERICANO.

Page 20: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Se puede decir que a partir de la CIDIP Se puede decir que a partir de la CIDIP VI, en 2002, hay un cambio de VI, en 2002, hay un cambio de paradigma de la codificación paradigma de la codificación iberoamericana.iberoamericana.

I. BASES PRELIMINARESB. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTERAMERICANO.

Page 21: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Esta afirmación la podemos constatar en el debate actual sobre la materia de Esta afirmación la podemos constatar en el debate actual sobre la materia de consumidores que ofrecen propuestas diversas reafirmando el cambio introducido en consumidores que ofrecen propuestas diversas reafirmando el cambio introducido en 2002 :2002 :

Brasil , Convenio internacional; Brasil , Convenio internacional; Canadá, Ley Modelo- Canadá, Ley Modelo- Estados Unidos de América, Guía Legislativa sobre disponibilidad de Estados Unidos de América, Guía Legislativa sobre disponibilidad de

disputas de consumidores.disputas de consumidores.

I. BASES PRELIMINARESB. LA CODIFICACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO INTERAMERICANO.

Page 22: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Las “herramientas” utilizadas bajo el Las “herramientas” utilizadas bajo el Soft LawSoft Law tienen tienen diferentes formas tales como recomendaciones, diferentes formas tales como recomendaciones, resoluciones, dictámenes, códigos de conducta, resoluciones, dictámenes, códigos de conducta, principios, Leyes Modelos, Guías de Buenas Prácticas, principios, Leyes Modelos, Guías de Buenas Prácticas, Manuales para la aplicación práctica, etcétera.Manuales para la aplicación práctica, etcétera.

Page 23: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Las características del Las características del Soft Law, Soft Law, son dos son dos fundamentalmente: fundamentalmente:

a) la falta de un poder de vinculación directa, y a) la falta de un poder de vinculación directa, y

b) su innegable influencia en el futuro desarrollo b) su innegable influencia en el futuro desarrollo legislativo y su referencia en la actuación judicial.legislativo y su referencia en la actuación judicial.

Page 24: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Hay una tendencia, comprobada, hacia la Hay una tendencia, comprobada, hacia la implementación de técnicas de implementación de técnicas de Soft LawSoft Law frente a las técnicas de frente a las técnicas de Hard Law.Hard Law.

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II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

La Conferencia de La Haya de DIPr tiene una serie de objetivos y entre ellos destacamos La Conferencia de La Haya de DIPr tiene una serie de objetivos y entre ellos destacamos que funciona como: que funciona como:

a) puente entre los diferentes sistemas legales –y confiamos que entre foros o sistemas de codificación- con el a) puente entre los diferentes sistemas legales –y confiamos que entre foros o sistemas de codificación- con el fin de lograr una armonización entre los distintos ordenamientos jurídicos de los Estados y fin de lograr una armonización entre los distintos ordenamientos jurídicos de los Estados y

b) se ha convertido en un centro internacional de b) se ha convertido en un centro internacional de cooperación jurídico-administrativocooperación jurídico-administrativo en el área del DIPr y en el área del DIPr y particularmente en el campo familiar con el único fin de proteger a sus miembros además de proporcionar particularmente en el campo familiar con el único fin de proteger a sus miembros además de proporcionar seguridad jurídica en sus relaciones.seguridad jurídica en sus relaciones.

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El Law in Action – Mise en oeuvre progressive- hace referencia al compromiso de la Conferencia de La Haya de DIPr de propiciar, con una serie de “herramientas”, la aplicación práctica de los convenios internacionales de CIA gestados en su seno y que regulan, concretamente, la protección internacional del menor.

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Page 27: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

El Law in Action tiene un objetivo fundamental que consiste en que dicha normativa convencional sea dinámica, funcional y sobre todo que ante la dificultad-por no decir la imposibilidad-que entraña la modificación de dicha normativa internacional pues que haya posibilidades de adaptación a las nuevas circunstancias con respecto a aquellas que le dieron forma y sentido de ser a un determinado tratado internacional relacionado con los menores.

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Page 28: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Las vías del Law in Action para lograr sus objetivos son dos:

1.Las Comisiones Especiales de seguimiento de los respectivos Convenios internacionales;2.La labor realizada por la Oficina o Buró de La Conferencia de la Haya de DIPr.

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Page 29: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Las Comisiones Especiales, convocadas periódicamente por el Secretario General de la Conferencia, tienen la finalidad de:

Examinar y revisar el funcionamiento práctico de un Convenio en concreto.

Detectar y resolver las dificultades suscitadas en su aplicación.

Unificar criterios de interpretación y aplicación entre los Estados parte.

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Page 30: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Con este claro objetivo se han realizado una Con este claro objetivo se han realizado una sucesión de reuniones de las comisiones sucesión de reuniones de las comisiones especiales relacionados con la familia y la niñez: especiales relacionados con la familia y la niñez:

Tercera reunión de la Comisión Especial del Tercera reunión de la Comisión Especial del Convenio de La Haya de 1993 en materia de Convenio de La Haya de 1993 en materia de adopción internacional;adopción internacional;

Sexta reunión de la Comisión Especial del Sexta reunión de la Comisión Especial del Convenio de La Haya de1980 en materia de Convenio de La Haya de1980 en materia de sustracción internacional de menores y del sustracción internacional de menores y del convenio de La Haya de 1996 en materia de convenio de La Haya de 1996 en materia de responsabilidad parental.responsabilidad parental.

II. BALANCE DE LAS DOS ÚLTIMAS COMISIONES ESPECIALES DE LA HAYA EN TORNO A LOS CONVENIOS INTERNACIONALES CON CONTENIDO DE COOPERACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL EN MATERIA DE FAMILIA Y NIÑEZ.

Page 31: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

17-25 de junio de 2010 Aproximadamente:

80 Autoridades Centrales,14 Estados No miembros, 3 Representantes de organizaciones intergubernamentales, 10 representantes de ONG y5 expertos independientes

Se celebra cada 5 años 42 Conclusiones y

Recomendaciones (R&C) disponibles en www.hcch.net sección adopción internacional

Idiomas: inglés, francés y español

Representación de ASADIP

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

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Una de las grandes características y/o ventajas del Convenio de La Haya de 1993 es el grado de flexibilidad que brinda a los Estados contratantes para decidir la forma en que sus disposiciones deben ser aplicadas.

Esta misma flexibilidad es precisamente la que provoca falta de coherencia, concretamente, en la calidad y profesionalidad de los organismos privados debidamente acreditados por las Autoridades Centrales.

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Page 33: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

Tema Central: Seguimiento del Convenio de La Haya de 1993

• Guía Práctica Nº 2 sobre “Acreditación y organismos acreditados para la adopción. Principios generales y guía de buenas prácticas” (Presentación y revisión borrador)

• Guía Práctica Nº 1 sobre “La puesta en práctica y el funcionamiento del Convenio de La Haya de 1993 sobre Adopción Internacional para los actuales y futuros Estados contratantes” (Revisión del funcionamiento práctico)

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Page 34: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

1. “Sustracción, venta y tráfico de niños y su captación ilegal en el contexto de la adopción internacional”

R&C 1. Aplicación efectiva de los procedimientos y salvaguardas del Convenio de La Haya de 1993 y, de manera muy puntual, de aquellas adopciones internacionales que se realizan fuera o al margen de dicho Convenio. Todo ello a través de la CIA.

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Page 35: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

R&C 2. Creación de un grupo informal, coordinado por la Autoridad Central de Australia y con la participación de la Oficina Permanente, para estudiar y desarrollar procedimientos prácticos y eficaces en materia de Cooperación entre los Estados con el fin de evitar y responder ante situaciones específicas de abusos relacionados con la adopción internacional y la sustracción, venta o tráfico de menores.

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Page 36: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

2. Revisión en paralelo:

Borrador de Guía de Buenas Prácticas sobre Acreditación, Guía Práctica Nº 2,

Revisión del Funcionamiento Práctico del Convenio, Guía Práctica Nº 1.

Se Concluyeron y se Recomendaron un total de 42 puntos fundamentales sobre la materia.

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

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Aplicación de las garantías del convenioAplicación de las garantías del convenio::

-Principio de subsidiariedad;-Principio de subsidiariedad;

-Decisión sobre la situación de adoptabilidad de un niño;-Decisión sobre la situación de adoptabilidad de un niño;

-Consentimiento para la adopción;-Consentimiento para la adopción;

-Selección, asesoramiento y preparación de los futuros padres adoptivos;-Selección, asesoramiento y preparación de los futuros padres adoptivos;

-Consentimientos otorgados según el artículo 17;-Consentimientos otorgados según el artículo 17;

-Aspectos económicos de la adopción internacional.-Aspectos económicos de la adopción internacional.

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Page 38: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Cuestiones relativas con la CooperaciónCuestiones relativas con la Cooperación::

-Cooperación, comunicación y -Cooperación, comunicación y trabajo en redtrabajo en red entre Autoridades Centrales; entre Autoridades Centrales;

-La adopción internacional en el contexto de la globalización y la movilidad internacional;-La adopción internacional en el contexto de la globalización y la movilidad internacional;

-Proyecto de cooperación (ayuda al desarrollo): estableciendo los límites de la actuación -Proyecto de cooperación (ayuda al desarrollo): estableciendo los límites de la actuación ética)ética)

Page 39: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Asuntos relativos a los procedimientos previstos en el convenioAsuntos relativos a los procedimientos previstos en el convenio::

-Certificado de conformidad al artículo 23;-Certificado de conformidad al artículo 23;

-Reconocimiento y efectos de la adopción;-Reconocimiento y efectos de la adopción;

-Adopciones privadas e independientes;-Adopciones privadas e independientes;

-Maternidad Subrogada y adopción internacional: conexiones y problemas planteados.-Maternidad Subrogada y adopción internacional: conexiones y problemas planteados.

Page 40: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

ORDEN DEL DÍA DE LA COMISIÓN ESPECIAL 2010:DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES DEBATES, BALANCE Y RECOMENDACIONES

A. TERCERA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 29 DE MAYO DE

1993

Aprendiendo de la experienciaAprendiendo de la experiencia::

-Cuestiones posteriores a la adopción;-Cuestiones posteriores a la adopción;

-Estadísticas: el papel de la Oficina Permanente …;-Estadísticas: el papel de la Oficina Permanente …;

-El programa de asistencia técnica y otros programas…;-El programa de asistencia técnica y otros programas…;

-Países que son parte del convenio…;-Países que son parte del convenio…;

-Respuestas a las situaciones de catástrofes…;-Respuestas a las situaciones de catástrofes…;

-El Convenio de 1996 sobre protección de los niños;-El Convenio de 1996 sobre protección de los niños;

-Otros asuntos;-Otros asuntos;

-Tareas prioritarias para el futuro-Tareas prioritarias para el futuro

Conclusiones y RecomendacionesConclusiones y Recomendaciones..

Page 41: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

B. SEXTA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE EL FUNCIONAMIENTO PRÁCTICO DEL CONVENIO DE LA HAYA DE

1980 Y DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 1996

Parte I: 1-10 de junio de 2011 Parte II: 24 de enero-1 de

febrero de 2012 (tentativamente).

Aproximadamente:260 Asistentes entreDelegaciones estatales, Jueces Designados y, Especialistas en la materia.

75 Conclusiones y Recomendaciones (R&C) disponibles en www.hcch.net sección sustracción internacional

Idiomas: inglés, francés y español

Representación de ASADIP

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Orden del Orden del Día.Día.-Estadísticas;

-Perfil de país;

-La voz del niño;

-Manual práctico de la Convención de la Haya de 1996;Borrador de la Guía de Buenas Prácticas sobre Mediación en virtud del Convenio de la Haya de 1980;

-Red judicial y a las Comunicaciones Judiciales;

-Conclusiones y Recomendaciones.

B. SEXTA REUNIÓN DE LA COMISIÓN ESPECIAL SOBRE EL FUNCIONAMIENTO PRÁCTICO DEL CONVENIO DE LA HAYA DE

1980 Y DEL CONVENIO DE LA HAYA DE 1996

Page 43: Organización de los Estados Americanos Seminario de Derecho Internacional Cooperación Jurídica en materia de Familia y Niñez Secretaría de Asuntos Jurídicos

III. CONCLUSIONES.

1. El derecho de familia internacional cobra un papel de excepción al demandar soluciones claras, ágiles y seguras

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III. CONCLUSIONES.

2. El cruce de fronteras y la mezcla de modelos culturales y jurídicos demanda, además, la incorporación de cambios para la aplicación efectiva en las técnicas de reglamentación.

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III. CONCLUSIONES.

3. La cooperación jurídica internacional se convierte en una de las mejores técnicas de protección para la niñez en su Interés Superior.

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III. CONCLUSIONES.

4. La cooperación jurídica internacional tiene actualmente una relación más directa como sector constitutivo del contenido del DIPr, ante el trasiego transfronterizo, y su paralelismo con la protección internacional e integral de la niñez.

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III. CONCLUSIONES.

5. Los distintos foros de codificación o sistemas de los cuales se derivan o se gestan los convenios internacionales con contenido de DIPr constituyen un diálogo científico tributario de un amplio movimiento de cooperación jurídica, aún con las marcadas asimetrías en las relaciones continentales e intercontinentales.

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III. CONCLUSIONES.

Hablamos de un binomio regionalismo vis à vis universalismo.

No hablamos de un binomio regionalismo versus universalismo.

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III. CONCLUSIONES.

6. Visualizamos un cambio del iter del Hard Law al Soft Law cuando la materia en cuestión se presente idónea, como un instrumento más flexible y por ende más propicio para la multimencionada codificación.

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7. Sin lugar a dudas, consideramos a la Ley Modelo (7. Sin lugar a dudas, consideramos a la Ley Modelo (Soft Law) Soft Law) como el mejor instrumento de codificación para el presente y como el mejor instrumento de codificación para el presente y futuro del DIPr interamericano; no obstante, mientras éste logra futuro del DIPr interamericano; no obstante, mientras éste logra una aceptación general, podemos/debemos aceptar la una aceptación general, podemos/debemos aceptar la compatibilidad temporal entre distintos instrumentos o compatibilidad temporal entre distintos instrumentos o “herramientas”, ya sean de “herramientas”, ya sean de Hard LawHard Law o igualmente de o igualmente de Soft Law.Soft Law.

III. CONCLUSIONES.

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8. La incipiente pero exitosa adopción de reglas 8. La incipiente pero exitosa adopción de reglas de de Soft LawSoft Law representa una importante representa una importante contribución en la modernización de los contribución en la modernización de los sistemas estatales de DIPr en América.sistemas estatales de DIPr en América.

III. CONCLUSIONES.

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9. Si la CIDIP representa, a su vez, un 9. Si la CIDIP representa, a su vez, un avance hacia la modernidad a través avance hacia la modernidad a través de la instauración de Leyes Modelos de la instauración de Leyes Modelos ((Soft Law).Soft Law).

III. CONCLUSIONES.

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10. En definitiva, son adecuaciones que exige 10. En definitiva, son adecuaciones que exige la evolución, adaptación y dinámica jurídica la evolución, adaptación y dinámica jurídica para el mejor funcionamiento y aplicación para el mejor funcionamiento y aplicación práctico de la normativa internacional.práctico de la normativa internacional.

III. CONCLUSIONES.

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11. América fue el continente pionero en fomentar la 11. América fue el continente pionero en fomentar la armonización y unificación del DIPr y en esa inercia debe armonización y unificación del DIPr y en esa inercia debe continuar, manteniendo el mencionado diálogo constructivo continuar, manteniendo el mencionado diálogo constructivo con los demás foros de codificación, tanto universales como con los demás foros de codificación, tanto universales como regionales, en donde regionales, en donde no hay jerarquía entre ellos ni no hay jerarquía entre ellos ni incompatibilidad ante la regulación de la misma materia.incompatibilidad ante la regulación de la misma materia.

III. CONCLUSIONES.

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III. CONCLUSIONES.

12. Se invoca la convergencia 12. Se invoca la convergencia efectiva entre los foros o sistemas efectiva entre los foros o sistemas de codificación empleando la de codificación empleando la diversidad de herramientasdiversidad de herramientas (virtuales, electrónicas y prácticas) y (virtuales, electrónicas y prácticas) y técnicas de reglamentación, así técnicas de reglamentación, así como la como la participación técnica participación técnica yy voluntad políticavoluntad política de todos los de todos los Estados.Estados.

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III. CONCLUSIONES.

13. La divulgación, conocimiento y utilización de la 13. La divulgación, conocimiento y utilización de la normativa internacional se traduce, a su vez, en normativa internacional se traduce, a su vez, en una condición sin la cual no podemos tener visos una condición sin la cual no podemos tener visos de avances:de avances:

Objetivo: Objetivo: facilitar la cooperación jurídica facilitar la cooperación jurídica internacional a favor de la protección internacional internacional a favor de la protección internacional de la familia y la niñez.de la familia y la niñez.

Estrategias:Estrategias: convergencia entre ambos sistemas o convergencia entre ambos sistemas o foros de codificación (Conferencia de La Haya de foros de codificación (Conferencia de La Haya de DIPr y CIDIP´s).DIPr y CIDIP´s).

Fin:Fin: Bajar las ideas desde la teoría a la práctica Bajar las ideas desde la teoría a la práctica diaria, en la comunicación diaria de los diaria, en la comunicación diaria de los protagonistas, de primera mano, en donde recae protagonistas, de primera mano, en donde recae una verdadera cooperación.una verdadera cooperación.

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III. CONCLUSIONES.

Objetivo: Objetivo: facilitar la cooperación jurídica facilitar la cooperación jurídica internacional a favor de la protección internacional a favor de la protección internacional de la familia y la niñez.internacional de la familia y la niñez.

Estrategias:Estrategias: convergencia entre ambos convergencia entre ambos sistemas o foros de codificación (Conferencia sistemas o foros de codificación (Conferencia de La Haya de DIPr y CIDIP´s).de La Haya de DIPr y CIDIP´s).

Fin:Fin: Bajar las ideas desde la teoría a la Bajar las ideas desde la teoría a la práctica diaria, en la comunicación diaria de práctica diaria, en la comunicación diaria de los protagonistas, de primera mano, en los protagonistas, de primera mano, en donde recae una verdadera cooperación.donde recae una verdadera cooperación.

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¡Muchas ¡Muchas Gracias!Gracias!