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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE VIGENCIA: MARZO DE 2015 ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento OBJETIVO ESTRATÉGICO: Coadyuvar a la disminución de accidentes en las vías generales de comunicación, mediante la implementación de políticas, normas y programas en materia de protección y medicina preventiva en el transporte CÓDIGO: MP-313-PR09-P11 REV. 1 PÁGINA 1 DE 8 OBJETIVO Aplicar la prueba de alcohol en aliento al personal del Transporte Público Federal a través de los equipos médicos de alcoholimetría, para verificar la aptitud psicofísica, con la finalidad de contribuir a la disminución de accidentes en las Vías Generales de Comunicación y sus Servicios Auxiliares y conexos relacionados con el Factor Humano. LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN 1. La Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, serán las únicas autorizadas a dictaminar una no aptitud al personal que interviene en la conducción, operación y auxilio del Transporte Público Federal, derivada de una prueba de alcohol en aliento que forme parte del Examen Médico en Operación y Examen Psicofísico Integral, Examen Psicofísico Integral Post-Accidente y el Programa de Drogas y Alcohol. 2. La detección de alcohol en aliento se deberá aplicar al 100% de los usuarios por el Medico Dictaminador o el técnico certificado en toma de muestras de alcohol de la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte 3. Los módulos de Exámenes Médicos en Operación de la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte deberán realizar notificación al usuario en el momento de la aplicación del examen del resultado y en caso de la no aptitud. 4 Los módulos de Exámenes Médicos en Operación de la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte deberán notificar a su vez a la Unidad de Protección y Medicina Preventiva en el transporte de la cual dependan, para que se realice el trámite de notificaciones a las empresas, y a las autoridades administrativas emisoras de la Licencia Federal, Titulo, Certificado, Libreta de Mar y de Identidad Marítima. .

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Page 1: OBJETIVO LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN · en aliento que forme parte del Examen Médico en Operación y Examen Psicofísico Integral, Examen Psicofísico Integral Post-Accidente y el

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento

OBJETIVO ESTRATÉGICO: Coadyuvar a la disminución de accidentes en las vías generales de comunicación, mediante la

implementación de políticas, normas y programas en materia de protección y medicina preventiva en el transporte

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11 REV. 1 PÁGINA 1 DE 8

OBJETIVO

Aplicar la prueba de alcohol en aliento al personal del Transporte Público Federal a través de los equipos médicos de alcoholimetría, para verificar la aptitud psicofísica, con la finalidad de contribuir a la disminución de accidentes en las Vías Generales de Comunicación y sus Servicios Auxiliares y conexos relacionados con el Factor Humano.

LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN

1. La Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, serán las únicas autorizadas a dictaminar una no aptitud al personal que interviene en la conducción, operación y auxilio del Transporte Público Federal, derivada de una prueba de alcohol en aliento que forme parte del Examen Médico en Operación y Examen Psicofísico Integral, Examen Psicofísico Integral Post-Accidente y el Programa de Drogas y Alcohol.

2. La detección de alcohol en aliento se deberá aplicar al 100% de los usuarios por el Medico Dictaminador o el técnico certificado en toma de muestras de alcohol de la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte

3. Los módulos de Exámenes Médicos en Operación de la Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte deberán realizar notificación al usuario en el momento de la aplicación del examen del resultado y en caso de la no aptitud.

4 Los módulos de Exámenes Médicos en Operación de la Dirección General de

Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte deberán notificar a su vez a la Unidad de Protección y Medicina Preventiva en el transporte de la cual dependan, para que se realice el trámite de notificaciones a las empresas, y a las autoridades administrativas emisoras de la Licencia Federal, Titulo, Certificado, Libreta de Mar y de Identidad Marítima. .

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento

RESGUARDO 1 año

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Actv. N°

Responsable Descripción Tiempo

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11 REV. 1 PÁGINA 2 DE 8

01 Personal Autorizado para la Toma de Muestra de Alcohol de la

Subdirección de Investigación de Accidentes y Exámenes Médicos

en Operación

Para el inicio de la prueba:

a. Comprueba que el equipo este en óptimas condiciones técnicas para su uso.

b. Verifica instrumento o comprueba que se encuentre previamente verificado.

c. Registra en bitácora la verificación y/o calibración que se realice a los alcoholímetros.

15 minutos

02 Solicita al usuario sus documentos que avalen su identidad., así como la constancia de aptitud psicofísica vigente y coteja documentación

1 minuto

03 Notifica al usuario del aviso de que el examen es un acto de autoridad.

Realiza el llenado del paso 1 del Formato Federal de Prueba de Alcohol en Aliento MP-313-PR09-P11-F01 (FFPAA).

Solicita la firma del operador en el paso 2 del FFPAA

4 minutos

05 Pide al usuario que seleccione una boquilla individual verificando que este envuelta o sellada.

30 segundos

06 Abre la boquilla en presencia del usuario e inserta en el dispositivo de acuerdo a las instrucciones del fabricante del instrumento.

30 segundos

07 Indica al usuario que INSPIRE PARA DESPUÉS SOPLAR LARGO Y SOSTENIDO en la boquilla por al menos 6 segundos o hasta que el dispositivo indique que hay una cantidad adecuada de aire.

30 segundos

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento

RESGUARDO 1 año

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Actv. N°

Responsable Descripción Tiempo

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11 REV. 1 PÁGINA 3 DE 8

08 Muestra al usuario el resultado de la prueba PREELIMINAR desplegada en el aparato.

30 segundos

09 Imprime los resultados y pide la rúbrica del usuario en cada uno de los bloques impresos

1 minuto

10 Pega los resultados con cinta evidencial en cada una de las hojas, cubriendo con esta, el Número de modelo del RBT IV, la fecha y el resultado de la prueba.

30 segundos

11 Si el resultado es menor a 0.020g/210L entonces:

Asienta su nombre completo y firma en el paso 2 del FFPAA. Entrega la copia del FFPAA al usuario del FFPAA.

30 segundos

12 Si el resultado es mayor a 0.020 g/210L entonces

a. Solicita al usuario la realización de prueba confirmatoria en un lapso no menor a 15 minutos y no mayor de 30 minutos (no se debe de perder de vista al usuario, así como no permitir el consumo de alimentos, bebidas o coloque algún tipo de objeto en su boca como chicle, cigarros, etc).

15 minutos

13 Trascurridos los 15 minutos, repetir los pasos 5, 6, 7 y 8

2 minutos

14 Muestra al usuario el resultado de la prueba CONFIRMATORIA desplegada en el aparato.

30 segundos

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento

RESGUARDO 1 año

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Actv. N°

Responsable Descripción Tiempo

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11 REV. 1 PÁGINA 4 DE 8

15

Si el resultado de la prueba confirmatoria es menor a 0.020 g/210L entonces:

Entrega la copia del FFPAA al usuario.

30 segundos

16 Si el resultado de la prueba confirmatoria es mayor a 0.020 g/210L entonces:

a. Llena el paso 4 de FFPAA b. Informa al médico dictaminador el resultado de la prueba para elaborar el dictamen de no aptitud c. Notifica de manera inmediata a la DGPMPT o en su caso a la Unidad de Protección y Medicina Preventiva en el Trasnporte de su adscripción, enviando de forma electrónica, fax o físicamente la copia 3. d. Notifica al Médico dictaminador del resultado para elaborar el dictamen de No Aptitud.

1 minuto

17 Médico Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte y las Unidades de Protección y Medicina Preventiva

en el Transporte

Elabora dictamen de no aptitud con el diagnóstico correspondiente, y hace entrega al usuario.

3 minutos

18

Captura la no aptitud en el sistema institucional de Medicina Preventiva en el Transporte (MED-PREV) con el fundamento y motivo correspondiente.

5 minutos

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento

RESGUARDO 1 año

DESCRIPCIÓN DEL PROCEDIMIENTO Actv. N°

Responsable Descripción Tiempo

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11 REV. 1 PÁGINA 5 DE 8

19 Informa al jefe de la Unidad de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte, Responsable del Módulo y/o a la Subdirección de Investigación de Accidentes y Exámenes Médicos en Operación (según corresponda) de la no aptitud generada a partir de la prueba de alcohol en aliento.

TERMINA PROCEDIMIENTO

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento FORMATO : FEDERAL DE PRUEBA DE ALCOHOL EN ALIENTO

RESGUARDO 1 año

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11-F01 REV. 1 PÁGINA 6 DE 8

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento FORMATO : FEDERAL DE PRUEBA DE ALCOHOL EN ALIENTO

RESGUARDO 1 año

GUÍA DE LLENADO

Campo Datos que deberán anotarse

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11-F01 REV. 1 PÁGINA 7 DE 8

1 Tomar número consecutivo correspondiente del Formato Federal de Prueba de Alcohol en Aliento.

2 COLOCAR EN EL PASO 1: 2.1 Nombre completo del personal del Transporte Público Federal empezando por apellido paterno, materno y nombre(s)

2.2 Número del expediente clínico y número de la licencia federal del operador

2.3 Nombre y domicilio donde labora el personal del Transporte Público Federal

2.4 Indicar con una “X” el motivo por la que se practica la Prueba de Alcohol en Aliento

3 COLOCAR EN EL PASO 2: 3.1 Firma del personal del Transporte Público Federal, autorizando la practica de Prueba de Alcohol en Aliento

3.2 Fecha empezando por día, mes y año, en que se realiza la Prueba de Alcohol en Aliento

4 COLOCAR EN EL PASO 3: 3.1 Nombre y firma del Técnico Certificado que realiza la Prueba de Alcohol en Aliento Colocar la(s) impresiones cubriendo con cinta evidencial la fecha y hora en que realiza la prueba y el resultado de la misma. Ubicando la impresión en los espacios designados.

3.2 EN CASO QUE NO SE IMPRIMAN LOS RESULTADOS DE LA ALCOHOLIMETRÍA, ANOTAR EN LOS SIGUIENTES CAMPOS:

3.2.1 Número de prueba realizada

3.2.2 Nombre del aparato de prueba

3.2.3 Número de serie del aparato de prueba

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN Y MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE

VIGENCIA: MARZO DE 2015

ÁREA RESPONSABLE: Subdirección de Investigación de Accidentes y Examen Medico en Operación

PROCEDIMIENTO: Aplicación de la prueba para detección de alcohol en aliento FORMATO : FEDERAL DE PRUEBA DE ALCOHOL EN ALIENTO

RESGUARDO 1 año

GUÍA DE LLENADO

Campo Datos que deberán anotarse

CÓDIGO: MP-313-PR09-P11-F01 REV. 1 PÁGINA 8 DE 8

3.2.4 Hora en que se realiza la Prueba de Alcohol en Aliento

3.2.5 El resultado de la Prueba de Alcohol en Aliento

3.2.6 Anotar en caso necesario las observaciones pertinentes

05

EN CASO DE RESULTAR CON CIFRA < A 0.020 G/210L EN LA CONFIRMATORIA COLOCAR EN EL PASO 4:

11.1 Firma del personal del Transporte Público Federal en la que confirma los resultados de la Prueba de Alcohol en Aliento

11.2 Fecha empezando por el día, mes y año en que se realizó la Prueba de Alcohol en Aliento