normas legales de la educación argentina
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Normas Legales de la educación argentina
Normas legales de la
argentina
En esta presentación se analizarán distintos puntos de la educación desde:
Ley de educación nacional Ley de educación provincial Reglamento general de las
instituciones educativas de la provincia de Bs As
Definición de educación
Bien públicoDerecho personal y social
Prioridad nacional y provincial
Ley de educación nacional N°26.206 ; articulo 1 y 2Ley de educación provincial N° 13688/7; articulo 2 y 3
Responsables de la educación
Ciudad autónoma de Bs As
Provincias
Estado nacional
Ley de educación nacional N°26.206 ; articulo 4,8 , 9, 12 Ley de educación provincial N° 13688/7; articulo 5 y 6
Fines y objetivos Fortalecer la
identidad nacional
Construir una
sociedad justa
Garantizar la inclusión
educativa a través de políticas
universales
Ejercicio de la ciudadanía
democrática
Respetar los derechos
humanos y libertades.
Respetar la diversidad
cultural
Brindar una educación
igualitaria y equitativa
Mantener vínculos
Ayudar a definir el proyecto de
vida
Ley de educación nacional. Art.3 y 8.Ley de educación provincial. Art. 16Reglamento Gral. de educación de las prov. de Bs As. Art. 2
Obligatoriedad y gratuidad
La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria.
Ley de educación nacional. Art. 16
En provincia: Dirección Gral. de cultura y
educación
En nación: El Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología y las
autoridades jurisdiccional
es competentes
¿Quiénes lo garantizan?
Ley de educación Nacional. Art.17Ley de educación provincial. Art. 5, 6 y 20
Estructura del sist. Educativo nacional y bonaerense
Sistema Educativo Nacional
Educación Secundaria.
(obligatorio 6 años)
Educación Primaria. (obligatorio 6 años)
Educación Superior
Educación Inicial (45 dias a 5 años de edad.
Ultimo año oblig en nación y los últimos
dos en prov.
Ley de educación Nacional. Art.16 y 17Ley de educación provincial. Art. 24
Características y objetivos del nivel secundario
ObligatorioDuración: 6 añosRequisito: haber cumplido con el nivel primario
Objetivos:Brindar una formación éticaFormar sujetos responsablesDesarrollar procesos de orientación vocacionalReconocer a los adolescentes como sujetos de derechoPromover respeto a la interculturalidadConcebir y fortalecer la cultura del trabajo
Ley de educación Nacional. Art.19, 30Ley de educación provincial. Art. 18
Derechos y obligaciones de los distintos actores institucionales
DOCENTES
Derechos:Al desempeño en cualquier jurisdicciónA la capacitación y actualización integral, gratuita y en servicioAl desarrollo de sus tareas en condiciones dignas de seguridad e higieneA participar en el gobierno de la educación Libertad de cátedraMeritos por antecedentesOtros…
Ley de educación Nacional. Art.67Ley de educación provincial. Art. 93Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 18
Obligaciones
A respetar y hacer respetar los principios constitucionalesA cumplir con los lineamientos de la política educativa de la NaciónA ejercer su trabajo de manera idónea y responsableA proteger y garantizar los derechos de los/as niños/as y adolescentesMejorar las practicas pedagógicas en forma constanteEvitar todo tipo de discriminación
Ley de educación Nacional. Art.67Ley de educación provincial. Art. 94Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As Art. 18
PADRES
Derechos:
Ser reconocidos/as como agentes naturales y primarios de la educación.Participar en las actividades de los establecimientos educativosElegir para sus hijos/as o representados/as, la institución educativaSer informados/as periódicamente acerca de la evolución y evaluación del proceso educativo de sus hijos/as o representados/as.
Ley de educación Nacional. Art.128Ley de educación provincial. Art. 90 Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 15
Obligaciones:
Hacer cumplir a sus hijos/as o representados/as la educación obligatoriaAsegurar la concurrencia de sus hijos/as o representados/asSeguir y apoyar la evolución del proceso educativo de sus hijos/as o representados/as Respetar y hacer respetar a sus hijos/as o representados/as la autoridad pedagógica del/de la docente y las normas de convivencia de la unidad educativaRespetar y hacer respetar a sus hijos/as o representados/as la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa
Ley de educación Nacional. Art.129Ley de educación provincial. Art. 91Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 16
ALUMNOS:
Derechos:
Una educación integral e igualitaria en términos de calidad y cantidadSer respetados/as en su libertad de concienciaConcurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria.Ser protegidos/as contra toda agresión física, psicológica o moral.Recibir orientación vocacional, académica y profesional-ocupacionalParticipar en la toma de decisiones sobre la formulación de proyectos y en la elección de espacios curriculares complementariosTrato igualitarioIngresar, permanecer y egresar de todas las propuestas educativas publicas
Ley de educación Nacional. Art.125Ley de educación provincial. Art. 88Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 8
Obligaciones:
Estudiar y esforzarse por conseguir el máximo desarrollo según sus capacidades y posibilidades.Respetar la libertad de conciencia, la dignidad, integridad e intimidad de todos/as los/as miembros de la comunidad educativa.Respetar el proyecto educativo institucional, las normas de organización, convivencia y disciplina del establecimiento escolar. Asistir a clase regularmente y con puntualidad.Concurrir a la escuela hasta completar la educación obligatoria
Ley de educación Nacional. Art.126Ley de educación provincial. Art. 89Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 9
DEL PERSONAL TECNICO, ADMINISTRATIVO, PROFESIONAL, AUXILIAR Y DE SERVICIO:
Derechos:
Participación en el gobierno de las Inst.. educativasCapacitación estatal gratuitaParticipación gremialBeneficios
Obligaciones:
Contribuir a asegurar el funcionamiento del sistema educativo y de las instituciones educativas
Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 19Ley de educación provincial. Art. 92
Preparar profesionales capaces de enseñar,
generar y transmitir los conocimientos y valores
Asegurar la protección integral
de todos sus alumnos
No deberán promover actitudes
discriminatorias
Evaluar en forma sistemática los procesos y resultados de la
tarea educativa
Promover la construcción de una identidad docente
REGLAMENTACION DE LA DOCENCIA
Ley de educación Nacional. Art.71Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 38, 39, 40y 41
INSTITUCION EDUCATIVA
Unidad pedagógica del sistema responsable de los procesos de enseñanza-aprendizaje
Favorece y articula la participación de los distintos actores que constituyen la comunidad educativa
Ley de educación nacional. Art. 122Ley de educación provincial. Art. 63Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 1
PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
personal administrativ
o, técnico, auxiliar,
social, de la salud y
de servicio
contribuir a asegurar el funcionamiento de las
instituciones educativas y de los servicios de la educación
Proyecto compartido y de cooperación con el objetivo de alcanzar los fines de la
institución
La participación
de la comunidad
ed. Es asegurada
por la dirección
general de cultura y
educación
Comunidad educativa
Ley de educación nacional. Art. 68Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 5, 6 y 22
EQUIPOS DE TRABAJO
DIRECTOR
VICEDIRECTOR
REGENTE Y SECRETARIO
conducción
Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 44
docentes
Eq. administrativo
Auxiliares de la educación
De trabajo:
Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 43
CARGOS DOCENTES DE BASE
PROFESOR/MAESTRO
PRECEPTOR
BIBLIOTECARIO
Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 72, 74 Y 76
PROYECTO INSTITUCIONAL
garantizar el acceso y la permanencia en la escuela Promoverán la inclusión de niños/as no escolarizados/as en espacios escolares no formalesAsegurar la mejor realización del acto educativoDar respuesta a problemáticas institucionales mediante los acuerdos de convivencia, evaluación diagnostica, etc.El plan de continuidad pedagógica es la herramienta de intervención institucional para asegurar los actos educativos.El acuerdo de convivencia tiene como fin facilitar las condiciones adecuadas para el ejercicio de los derechos de enseñar y aprenderLa obligatoriedad comprenderá el acceso y trayectoria de los alumnos Planta orgánica funcional y planta orgánica funcional y analítica
Ley de educación nacional. Art. 81Reglamento general de las instituciones educativas de la provincia de Bs As. Art. 93, 95, 103, 107, 121 y 206
AUTORIA:
Bargas, Juliana
Fioretta, Nancy
Pérez, María de los Ángeles
Ramírez, Federico
Rodríguez, Mónica