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4.1 CONCEPTO DE NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA Las Declaraciones de Normas de Auditoría o SAS (Statements on Auditing Standards) son interpretaciones de las normas de auditoría generalmente aceptadas que tienen obligatoriedad para los socios del American Institute of Certified Public Accountants AICPA, pero se han convertido en estándar internacional, especialmente en nuestro continente. Las Declaraciones de Normas de Auditoría son emitidas por la Junta de Normas de Auditoría (Auditing Standard Board ASB). En Colombia las Normas de Auditoría de General Aceptación (NAGA) fueron elevadas a categoría de Normas Legales por el artículo séptimo de la ley 43 de 1990 el cual reza: De las normas de auditoría generalmente aceptadas: se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo. [Ley 43, 7° ] En otras palabras, aunque la Ley no plantea una definición propiamente dicha, se puede afirmar que las Normas de Auditoría de General Aceptación (NAGA) se consideran como el conjunto de cualidades personales y requisitos profesionales que debe poseer el Contador Público y todos aquellos procedimientos técnicos que debe observar al realizar su trabajo de Auditoría y al emitir su dictamen o informe, para brindarles y garantizarle a los usuarios del mismo un trabajo de calidad. Son normas de Auditoría todas aquellas medidas establecidas por la profesión y por la Ley, que fijan la calidad, la manera como se deben ejecutar los procedimientos y los objetivos que se deben alcanzar en el examen. Se refieren a las calidades del Contador Público como profesional y lo ejercitado por él en el desarrollo de su trabajo y en la redacción de su informe. Las normas de Auditoría se definen como aquellos requisitos mínimos, de orden general, que deben observarse en la realización de un trabajo de auditoría de calidad profesional. El SAS-1 trata en una forma amplia el tema de responsabilidades profesionales del auditor independiente. Estas responsabilidades son descritas en el contexto de las tres normas generales, las tres normas de ejecución del trabajo y las cuatro normas sobre la información. Auditoría Es una revisión analítica hecha por un contador público, del control interno y registros de contabilidad de una empresa

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4.1 CONCEPTO DE NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA 

Las Declaraciones de Normas de Auditoría o SAS (Statements on Auditing Standards) son interpretaciones de las normas de auditoría generalmente aceptadas que tienen obligatoriedad para los socios del American Institute of Certified  Public Accountants AICPA, pero se han convertido en estándar internacional, especialmente en nuestro continente. Las Declaraciones de Normas de Auditoría son emitidas por la Junta de Normas de Auditoría (Auditing Standard Board ASB). En Colombia las Normas de Auditoría  de General Aceptación (NAGA) fueron elevadas a categoría de Normas Legales por el artículo séptimo de la ley 43 de 1990 el cual reza:  

De las normas de auditoría generalmente aceptadas: se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo. [Ley 43,  7° ]    

  En otras palabras, aunque la Ley no plantea una definición propiamente dicha, se puede afirmar que las Normas de Auditoría de General Aceptación (NAGA) se consideran como el conjunto de cualidades personales y requisitos profesionales que debe poseer el Contador Público y todos aquellos procedimientos técnicos que debe observar al realizar su trabajo de Auditoría y al emitir su dictamen o informe, para brindarles y garantizarle a los usuarios del mismo un trabajo de calidad. Son normas de Auditoría todas aquellas medidas establecidas por la profesión y por la Ley, que fijan la calidad, la manera como se deben ejecutar los procedimientos y los objetivos que se deben alcanzar en el examen. Se refieren a las calidades del Contador Público como profesional y lo ejercitado por él en el desarrollo de su trabajo y en la redacción de  su informe.  Las normas de Auditoría se definen como aquellos requisitos mínimos, de orden general, que deben observarse en la realización de un trabajo de auditoría de calidad profesional. El SAS-1 trata en una forma amplia el tema de responsabilidades profesionales del auditor independiente.  Estas responsabilidades son descritas en el contexto de las tres normas generales, las tres normas de ejecución del trabajo y las cuatro normas sobre la información.

Auditoría

Es una revisión analítica hecha por un contador público, del control interno y registros de contabilidad de una empresa mercantil u otra unidad económica, que precede a la expresión de su opinión acerca de la corrección de los estados financieros.

NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS

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Se declara de aplicación obligatoria las Normas Internacionales de Auditoría Relacionados y las Declaraciones Internacionales para la Práctica de Auditoría que se enuncian a continuación en este pronunciamiento.

El presente pronunciamiento tendrá vigencia a partir del 1º de julio de 2000.

Normas internacionales de auditoría

Las Normas Internacionales de Auditoria (NIAs) se deberán aplicar en la auditoria de los estados financieros. Las NIAs también deberán aplicarse, con la adaptación necesaria, a la auditoria de informaciónde otra clase y a servicios relacionados.

Las NIAs contienen principios básicos y procedimientos esenciales (identificados en letra negra) junto con lineamientos relacionados en forma de material explicativo y de otro tipo. Los principios básicos y los procedimientos esenciales deberán ser interpretados en el contexto del material explicativo y de otro tipo que proporciona lineamientos para su aplicación.

Para comprender y aplicar los principios básicos y los procedimientos esenciales junto con los lineamientos relacionados, es necesario considerar todo el texto de la NIA incluyendo el material explicativo y de otro tipo contenido en la NIA, y no sólo el texto resaltado.

En circunstancias especiales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma más efectiva el objetivo de una auditoría. Cuando tal situación surge, el auditor deberá estar preparado para justificar la desviación.

Las NIAs necesitan ser aplicadas sólo a asuntos importantes

Organismo y fecha en que se decidió la adopción en Venezuela de las normas internacionales de auditoría (NIA)

La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV), en su Directorio Nacional Ampliado, celebrado en la ciudad de Acarigua - Araure el 30 y 31 de enero de 2004, decidió la adopción en Venezuela de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), emitidas por la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en Inglés).

FECHA EN QUE INICIA LA ADOPCION DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA (NIA)

En el Directorio de la FCCPV, celebrado en la ciudad de Valencia durante el mes de agosto de 2006, fue acordada la fecha de adopción en Venezuela de las mencionadas normas de la forma siguiente:

Para las entidades en general, excepto las que cotizan en el mercado de valores y las que califiquen como Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), la fecha inicial de adopción será la correspondiente al cierre del ejercicio económico que termine el 31 de diciembre de 2008, o la del cierre inmediatamente posterior a esa fecha.

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Para las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME), la fecha inicial de adopción será la correspondiente al cierre del ejercicio económico que termine el 31 de diciembre de 2010, o la del cierre inmediatamente posterior a esa fecha.

Para las entidades que cotizan en el mercado de valores, la fecha inicial de adopción será la que establezca la Comisión Nacional de Valores, como organismo regulador.

Normas Internacionales de  Auditoría

Número de Tema y Título de la NIA

   

100 – 199 Asuntos Introductorios  

100 Contratos de Aseguramiento

120 Marco de Referencia de las Normas Internacionales de Auditoría

200 – 299 Responsabilidades

200Objetivos y Principios Generales que Rigen una Auditoría de Estados Financieros

210 Términos de los Trabajos de Auditoría

220 Control de Calidad para el Trabajo de Auditoría

230 Documentación

240Responsabilidad del Auditor de Considerar el Fraude y Error en una Auditoría de Estados Financieros

250Consideración de Leyes y Reglamentos en una Auditoría de Estados Financieros

260 Comunicación de Asuntos de Auditoría con los Encargados del Mando

300 – 399 Planeación

300 Planeación

310 Conocimiento del negocio

320 Importancia relativa de la auditoría

400 – 499 Control Interno

400 Evaluación de riesgos y control interno

401 Auditoría en un ambiente de sistemas de información computarizado.

402Consideraciones de auditoría relativas a entidades que utilizan organizaciones de servicios

500 – 599 Evidencia de Auditoría

500 Evidencia de auditoría

501Evidencia de auditoría – Consideraciones adicionales para partidas específicas

505 Confirmaciones externas

510 Trabajos iniciales – Balances de apertura

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520 Procedimientos analíticos

530 Muestreo en la auditoría y otros procedimientos de pruebas selectivas

540 Auditoría de estimaciones contables

545 Auditoría de mediciones y revelaciones hechas a valor razonable

550 Partes relacionadas

560 Hechos posteriores

570 Negocio en marcha

580 Representaciones de la administración

600 – 699 Uso del Trabajo de Otros

600 Uso del trabajo de otro auditor

610 Consideración del trabajo de auditoría interna

620 Uso del trabajo de un experto

700 – 799 Conclusiones y Dictamen de Auditoría

700 El dictamen del auditor sobre los estados financieros

710 Comparativos

720Otra información en documentos que contienen estados financieros auditados

800 – 899 Áreas Especializadas

800El dictamen del auditor sobre compromisos de auditoría con propósito especial

810 El examen de información financiera prospectiva

900 – 999 Servicios Relacionados

910 Trabajos para revisar estados financieros

920Trabajos para realizar procedimientos convenidos respecto de información financiera

930 Trabajos para compilar información financiera

1000 – 1100

Declaraciones Internacionales de Auditoría

1000 Procedimiento de confirmación entre bancos

1001 Ambientes de CIS – Microcomputadoras independientes

1002 Ambientes de CIS – Sistema de computadoras en línea

1003 Ambientes de CIS – Sistemas de base de datos

1004 La relación entre supervisores bancarios y auditores externos

1005 Consideraciones especiales en la auditoría de entidades pequeñas

1006 La auditoría de bancos comerciales internacionales

1008Evaluación del riesgo y el control interno – Características y consideraciones del CIS

1009 Técnicas de auditoría con ayuda de computadora

1010 La consideración de asuntos ambientales en

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la auditoría de estados financieros

1012Auditoría de instrumentos financieros derivados

NIAS DE LA 300 A LA 499 PLANEACION Y CONTROL INTERNO 300-399 Planificación

300 Planificación (NIA 4) Esta norma establece que el auditor debe documentar por escrito su plan general

y un programa de auditoría que defina los procedimientos necesarios para implantar dicho plan.

310 Conocimiento del negocio (NIA 30) El propósito de esta norma es determinar qué se entiende por conocimiento del

negocio, por qué es importante para el auditor y para el equipo de auditoría que trabajan en una asignación, por qué es relevante para todas las fases de una auditoría y cómo el auditor obtiene y utiliza ese conocimiento.

320 La importancia relativa de la auditoría (NIA 25) Esta norma se refiere a la interrelación entre la significatividad y el riesgo en el

proceso de auditoría. Identifica tres componentes distintos del riesgo de auditoría: riesgo inherente, riesgo de control y riesgo de detección. Tomando conciencia de la relación entre significatividad y riesgo, el auditor puede modificar sus procedimientos para mantener el riesgo de auditoría en un nivel aceptable

400-499 Control Interno 400 Evaluación de riesgos y control interno ( NIA 6) El propósito de esta norma es proporcionar pautas referidas a la obtención de

una comprensión y prueba del sistema de control interno, la evaluación del riesgo inherente y de control y la utilización de estas evaluaciones para diseñar procedimientos sustantivos que el auditor utilizará para reducir el riesgo de detección a niveles aceptables.

401 Auditoría en un ambiente de sistemas de información por computadora (NIA 15)

Esta norma proporciona la orientación necesaria para cumplir con los principios básicos de auditoría cuando ésta es llevada a cabo en un ambiente computacional.A los fines de esta norma, existe un ambiente de sistemas de información computarizada cuando un computador de cualquier tipo o tamaño es utilizado por la entidad en el procesamiento de información financiera de importancia para la auditoría, ya sea que el computador es operado por la entidad o por un tercero. Enfatiza que el auditor debería conocer en forma suficiente el hardware y los sistemas de procesamiento para planificar el trabajo y comprender de qué manera afectan al estudio y a la evaluación del control interno y la aplicación de los procedimientos de auditoría, incluyendo técnicas asistidas por computador.

402 Consideraciones de auditoría en entidades que utilizan organizaciones prestadoras de servicios (Addendum 2 a NIA 6)

Esta norma establece que el auditor debe obtener una comprensión adecuada de los sistemas contables y el control interno para planificar la auditoría y desarrollar un enfoque de auditoría efectivo. La entidad emisora de los estados

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financieros puede contratar los servicios de una organización que, por ejemplo, ejecuta transacciones y lleva la contabilidad o registro de las transacciones, y procesa los datos correspondiente. El auditor debe considerar de qué manera una organización prestadora de servicios afecta los sistemas contables y el control interno del cliente.

Leer más: http://www.monografias.com/trabajos81/normas-internacionales-auditoria/normas-internacionales-auditoria2.shtml#ixzz2eGLdYEc7

Leer más: http://www.monografias.com/trabajos81/normas-internacionales-auditoria/normas-internacionales-auditoria.shtml#ixzz2eGHuiHnN

Normas Internacionales de  Auditoría*

 Asuntos Introductorios

120.  MARCO CONCEPTUAL DE LAS NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORÍA Introducción El propósito de este documento es describir el marco de referencia dentro del cual se emiten las NIAs en relación a los servicios que pueden ser desempeñados por los auditores.Para fácil referencia, excepto donde se indique, el término “auditor” se usa a lo largo de las NIAs cuando se describe tanto la auditoría como los servicios relacionados que pueden ser desempeñados.  Tal referencia no tiene la intención de implicar que una persona que desempeñe servicios relacionados necesite ser el auditor de los estados financieros de la entidad. Marco Conceptual para Informes Financieros

 

Los estados financieros ordinariamente son preparados y presentados anualmente y están dirigidos hacia las necesidades comunes de información de un amplio rango de usuarios.  Muchos de esos usuarios confían en los estados financieros como su fuente principal de información porque no tienen el poder de obtener información adicional para satisfacer sus necesidades específicas de información.   Así, los estados financieros necesitan ser preparados de acuerdo con una o la combinación de: (a)    Normas Internacionales de Contabilidad;(b)    Normas Nacionales de Contabilidad;(c)    Algún otro marco conceptual para informes financieros integral y con autoridad que haya sido diseñado para uso en los informes financieros y que es identificado en los estados financieros. Marco Conceptual para Auditoría y Servicios Relacionados Este Marco Conceptual distingue la auditoría de servicios relacionados.  Servicios relacionados comprende revisiones, procedimientos convenidos y compilaciones.  Según se ilustra en el diagrama siguiente, las auditorías y revisiones son diseñadas

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para hacer posible que el auditor proporcione niveles altos y moderados de certeza respectivamente, usándose tales términos para indicar su jerarquización comparativa.  Los trabajos para realizar procedimientos convenidos y compilaciones no tienen la intención de hacer posible que el auditor exprese certeza.   

  

  Auditoría   Servicios Relacionados

                         Naturaleza del                 Servicio

  Auditoría   Revisión   Procedimientos Convenidos

  Compilación

                         

Nivel Comparativo de Certeza Provisto por el Auditor

  Certeza alta, pero no absoluta

  Certeza Moderada

  No Certeza   No Certeza

                         

Informe que Proporciona

  Certeza Positiva sobre

Asevera-ciones

  Certeza o Seguridad Negativa

sobre Asevera-ciones

  Descubrimientos Actuales de

Procedimientos

  Identificación de Información Compilada

 

El marco conceptual no aplica a otros servicios proporcionados por los auditores como impuestos, consultoría, y asesoría financiera y contable. Niveles de Certeza Certeza en el contexto de este marco conceptual se refiere a la satisfacción del auditor sobre la confiabilidad de una aseveración hecha por una de las partes para uso de otra de las partes.  Para proporcionar tal certeza, el auditor pondera la evidencia obtenida como un resultado de los procedimientos aplicados y expresa una conclusión.  El grado de satisfacción logrado y, por  lo tanto, el nivel de certeza que pueda ser proporcionado se determina por los procedimientos desarrollados y sus resultados. En un trabajo de auditoría, el auditor proporciona un nivel alto, pero no absoluto, de certeza de que la información sujeta a  auditoría está libre de representaciones erróneas sustanciales.  Esto es expresado positivamente en el dictamen de auditoría como certeza razonable. En un trabajo de revisión, el auditor proporciona un nivel moderado de certeza de que la información sujeta a revisión está libre de representaciones erróneas sustanciales.  Esto es expresado en la forma de certeza negativa.Para procedimientos convenidos, ya que el auditor simplemente proporciona un informe de los resultados actuales, no se expresa opinión.  En vez, los usuarios del informe ponderan por sí mismos los procedimientos y resultados informados por el auditor y sacan sus propias conclusiones a partir del trabajo del auditor. En un trabajo de compilación, aunque los usuarios de la información compilada deriven algún beneficio de la participación del contador público, no se expresa certeza en el informe. 

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Auditoría El objetivo de una auditoría de estados financieros es hacer posible que el auditor exprese una opinión sobre si los estados financieros están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo con un marco conceptual para informes financieros identificado.  Las frases usadas para expresar la opinión del auditor son “dar un punto de vista verdadero o justo” o “presentar razonablemente, respecto de todo lo sustancial”, son términos equivalentes.  Un objetivo similar aplica a la auditoría de información financiera o de otro tipo preparada de acuerdo con criterios apropiados. En la formación de la opinión de auditoría, el auditor obtiene suficiente evidencia de auditoría apropiada para poder sacar conclusiones sobre las cuales basar dicha opinión. La opinión del auditor enriquece la credibilidad de los estados financieros al proporcionar un alto, pero no absoluto, nivel de certeza.  La absoluta certeza en auditoría no es obtenible como un resultado de factores tales como la necesidad de ejercer juicio, el uso de pruebas, las limitaciones inherentes de cualesquier sistema de contabilidad y de control interno, y el hecho de que la mayor parte de la evidencia disponible al auditor es de naturaleza más persuasiva que concluyente. Servicios Relacionados Revisiones El objetivo de una revisión de estados financieros es hacer posible a un auditor declarar si, sobre la base de procedimientos que no proporcionan toda la evidencia que sería requerida en una auditoría, algo ha surgido a la atención del auditor que hace que el auditor crea que los estados financieros no están preparados, respecto de todo lo sustancial, de acuerdo con un marco de referencia para informes financieros identificado.  Un objetivo similar aplica a la revisión de información financiera o de otro tipo preparada de acuerdo con criterios apropiados. Una revisión comprende investigación y procedimientos analíticos diseñados para revisar la confiabilidad de una aseveración que es responsabilidad de una parte para uso de otra parte.  Si bien una revisión implica la aplicación de habilidades y técnicas de auditoría y el acopio de la evidencia, no implica ordinariamente una evaluación de los sistemas de contabilidad y de control interno, pruebas de registros y de respuestas a observación, confirmación y conteo, que son procedimientos ordinariamente llevados a cabo durante una auditoría. Aunque el auditor trata de darse cuenta de todos los asuntos de importancia, los procedimientos de una revisión hacen que el logro de este objetivo sea menos probable que en un trabajo de auditoría, así que, el nivel de certeza provisto en un informe de revisión es correspondientemente menor que el dado en un dictamen de auditoría. Procedimientos Convenidos En un trabajo para realizar procedimientos convenidos, un auditor es contratado para llevar a cabo dichos procedimientos de naturaleza de auditoría sobre los que el auditor y la entidad y cualesquiera terceras partes apropiadas han convenido y a informar sobre los resultados actuales.  Los destinatarios del informe deben formarse sus propias conclusiones a partir del informe del auditor.  El informe se restringe a aquellas partes que han convenido en que los procedimientos se realicen ya que otros, no enterados de las razones para los procedimientos, pueden malinterpretar los resultados. Compilaciones

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 En un trabajo de compilación, el contador es contratado para que use los conocimientos contables en oposición a los conocimientos de auditoría para obtener, clasificar, y resumir información financiera.  Esto ordinariamente conlleva a la reducción de datos detallados a una forma manejable y comprensible sin requerirse poner a prueba las aseveraciones subyacentes a esa información.  Los procedimientos empleados no pretenden y no hacen posible que el contador exprese ninguna certeza sobre la información financiera.  Sin embargo, los usuarios de la información financiera compilada derivan algún beneficio como resultado de la participación del contador porque el servicio ha sido desempeñado con la debida habilidad profesional y cuidado. Asociación del Auditor con la Información Financiera

Un auditor es asociado con la información financiera cuando el auditor anexa un informe a esa información o consiente en el uso del nombre del auditor en una relación profesional. Si el auditor no es asociado de esta manera, las terceras partes no pueden asumir ninguna responsabilidad del auditor.  Si el auditor se enterara que una entidad está usando inapropiadamente el nombre del auditor en asociación con información financiera el auditor requeriría a la administración que dejara de hacerlo y consideraría qué pasos adicionales, si fuera necesario, tendrían que darse, tales como informar a terceras partes usuarios de la información, del uso inapropiado del nombre del auditor en conexión con la información.  El auditor puede también estimar necesario tomar otra acción, por ejemplo, buscar asesoría legal.

4. Aplicación de las normas y problemas para las pymes

En primer lugar se pensó en la unificación de las normas exclusivamente para empresas cotizadas y grupos consolidados. A continuación su implantación será a nivel de todas las empresas.

En España se aplicaban las normas del Plan General de Contabilidad. Esto ha cambiado para algunas empresas y cambiará para otras en breve.

Los grupos consolidados que cotizaban en bolsa antes del 1 de Enero de 2005 debían aplicar las NIIF a partir de dicha fecha. Sin embargo los grupos consolidados que no cotizaban en bolsa entonces no tenían obligación de trabajar con ellas para el comienzo de año de 2005. Tenían un mayor plazo de tiempo pero también debían operar con ellas, pero una vez haber empezado no hay posibilidad de dar marcha atrás.

Las sociedades individuales que estaban en bolsa podían seguir aplicando las normas españolas obviando las NIIF, pero indicando en sus cuentas anuales las incidencias que tendrían las NIIF en ellas.

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Para el resto de sociedades que no coticen en bolsa (entre ellas las pymes), es decir la mayoría de empresas existentes, debían seguir aplicando las NIIF. Pero deben aplicarlas a partir de 2007. Pero a efectos prácticos se deben comenzar a trabajar con ellas desde comienzo de 2006. Aquí surge el gran problema para las pymes. Dado que ya en 2007 se deben presentar los estados financieros acorde con las NIIF, las pymes deben plantearse el trabajo desde 2006 con la nueva normativa.

Por ejemplo las acciones que debería llevar a cabo una pyme para respetar las normas, en concreto la NIIF 1, serían:

Preparar un balance de apertura en 2006 de acuerdo a las NIIF.

Desde la apertura del ejercicio 2006, ejecutarlo mediante el Plan General de Contabilidad, pero paralelamente observar cualquier operación que se realice pueda verse tocada por alguna NIIF, para obtener el cierre ya en 2007 con las nuevas normas y poder establecer una comparativa con el ejercicio2006.

A parte de esto se deberán crear sistemas de control de acuerdo a las NIIF.

Todo esto supondrá un esfuerzo extra para la pyme, porque puede ser que tenga que cambiar muchas cosas:

Equipos informáticos y software.

Reestructuración de los sistemas contables y su seguimiento.

El formato de la información.

La forma de gestión.

La información dada al estado.

Preparación del personal administrativo.

Es posible que comparativamente con los datos de años anteriores salgan resultados algo diferentes, y pueda dar lugar a mal interpretaciones.

5. Listado de las NIC-NIIF

En el paquete de normas a aplicar van incluidas las NIC como ya he mencionado anteriormente. Todas las normas son revisadas de continuo y se van emitiendo nuevas NIIF. La mayoría de las NIC fueron revisadas en 2003.

Versión consolidada de las Normas Internacionales de Contabilidad adoptadas por la Unión Europea

NIC 1: Presentación de estados financieros

  NIC 2 Existencias

NIC 7: Estado de Flujos de Efectivo NIC 8: Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores

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NIC 10: Hechos posteriores a la fecha del balance

NIC 11: Contratos de Construcción

NIC 12: Impuesto sobre las GananciasNIC 14: Información Financiera por Segmentos

NIC 16: Inmovilizado material NIC 17: Arrendamientos

NIC 18: Ingresos Ordinarios NIC 19: Retribuciones a los Empleados

NIC 20: Contabilización de las Subvenciones Oficiales e Información a Revelar sobre Ayudas Públicas

NIC 21: Efectos de las variaciones en los tipos de cambio de la moneda extranjera

NIC 23 : Costes por InteresesNIC 24: Información a revelar sobre partes vinculadas

NIC 26: Contabilización e Información Financiera sobre Planes de Prestaciones por Retiro

NIC 27: Estados financieros consolidados y separados

NIC 28: Inversiones en entidades asociadas

  NIC 29: Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias

NIC 30: Información a Revelar en los Estados Financieros de Bancos y Entidades Financieras Similares

  NIC 31: Participaciones en negocios conjuntos

NIC32: Instrumentos financieros: Presentación e información a revelar

NIC 33: Ganancias por acción

NIC 34: Información Financiera Intermedia

NIC 36: Deterioro del valor de los activos

NIC 37: Provisiones, Activos Contingentes y Pasivos Contingentes

NIC 38: Activos intangibles

NIC 39: Instrumentos financieros: Reconocimiento y valoración

NIC 40: Inversiones inmobiliarias

NIC 41: Agricultura  

 

*Las NIC que no están han sido derogadas (3, 4, 5, 35,...)

Listado de las NIIF:

 

NIIF 1 Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera.

NIIF 2 Pagos basados en acciones.

NIIF 3 Combinaciones de negocios.

NIIF 4 Contratos de seguro.

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NIIF 5 Activos no corrientes mantenidos para la venta y actividades interrumpidas.

NIIF 6 Exploración y evaluación de recursos minerales.

NIIF 7 Instrumentos financieros: Información a revelar.

6. Resumen de las NIIF

NIIF 1. Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera. (2004).

Esta norma regula que empresas deben aplicar las NIIF, los objetivos, el procedimiento a aplicar, las exenciones de aplicar alguna NIIF.

En cuanto al procedimiento esto es lo que dice la norma:”La entidad preparará un balance de apertura con arreglo a las NIIF en la fecha de transición a las NIIF. Este es el punto de partida para la contabilización según las NIIF. La entidad no necesita presentar este balance de apertura en sus primeros estados financieros con arreglo a las NIIF”. Es decir que se actuará desde un año antes acorde a las NIIF.

Respecto a las políticas contables esto es lo que se puede leer:”La entidad usará las mismas políticas contables de acuerdo a las NIIF. Estas políticas contables deben cumplir con cada NIIF vigente en la fecha de presentación de sus estados financieros en periodo de vigencia de las NIIF”.

En definitiva si una pyme por ejemplo debe presentar sus cuentas el próximo 31 de Diciembre (2006), pues debe hacerlo según el PGC, pero para el siguiente año ya debe presentar sus cuentas según la normativa vigente en ese momento (NIIF). Pero a su vez durante el ejercicio 2006 también tendrán sus cuentas según las NIIF,

aunque no sea obligatorio, para de esta forma, poder establecer una comparativa para el próximo ejercicio de 2007

NIIF 2. Pagos basados en acciones. (2004).

El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información financiera que ha de incluir una entidad cuando lleve a cabo una transacción con pagos basados en acciones. Requiere a la empresa los efectos de las transacciones con acciones y los gastos asociados a la operación.

Va dirigido a todas aquellas transacciones con pagos basados en acciones liquidados en efectivo o mediante instrumentos de patrimonio en las que se reciba bienes o servicio a cambio.

La forma de actuar será la según dice la norma:”La entidad reconocerá los bienes o servicios recibidos en una transacción con pagos basados en acciones, en el momento de la obtención de dichos bienes o al recibir los servicios. La empresa reconocerá el incremento de patrimonio neto, si los bienes o servicios hubiesen sido recibidos en una transacción con acciones de por medio”.

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Los mencionados patrimonios adquiridos en la transferencia mediante acciones deberán reflejarse en la parcela de patrimonio por su valor razonable. Si dicho valor razonable no pudiera ser estimado con fiabilidad la empresa determinará su valor. Valor razonable es la cantidad por la cual puede ser intercambiado un activo entre un comprador y un vendedor debidamente informados, o puede ser cancelada una obligación entre un deudor y un acreedor con suficiente información, que realizan una transacción libre.

En definitiva, se puede decir que es atribuir al patrimonio el valor de mercado y no el de adquisición. Esto supone que una empresa debe revisarlo anualmente, y consecuentemente puede ser que una pyme en nuestro caso obtenga beneficios o pérdidas por este concepto. Esto se aplica en algunas NIC, el concepto de valor razonable para sus activos.

NIIF 3. Combinaciones de negocio. (2004).

El fin de esta norma es aclarar la información financiera que debe ser dada por una empresa cuando tenga una combinación de negocios. Va destinado a negocios conjuntos o combinaciones de negocios entre entidades. Todo este tipo de organizaciones se contabilizarán mediante el método de adquisición.

El método de adquisición consiste en lo siguiente:

Identificación de la empresa adquiriente. Según la misma norma se define como empresa adquiriente a la que toma el mando del conjunto de entidades.

Valoración del coste de la combinación de negocios.

Distribución en la fecha de adquisición del coste de la combinación de negocios entre los activos adquiridos, y los pasivos asumidos.

Según la misma norma se define como empresa adquiriente a la que toma el mando del conjunto de entidades.

Respecto a la valoración del coste de la combinación de negocios corresponde a la empresa adquiriente. Ese coste se obtendrá de la suma de los valores razonables de los activos entregados y los pasivos asumidos. Además de los costes directamente ocasionados por la operación de negocios.

Posteriormente, la entidad adquiriente también tiene la responsabilidad de distribuir esas cuentas según la forma que establecen las normas, pero interfieren varias y son de compleja interpretación. Corresponderían a un estudio más exhaustivo.

Esta reemplaza a la NIC 22.

NIIF 4. Contratos de seguro. (Marzo de 2004).

El objetivo de esta NIIF consiste en especificar la información que de be dar una empresa a cerca de los contratos de seguro. Esta norma va destinada a la empresas que tengan un contrato de seguro, es decir todas prácticamente.

Esta dicha NIIF establece ciertas normas:

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Las compañías tienen que publicar en sus informes anuales mucha información adicional relativa a sus contratos de seguro, como por ejemplo el contrato.

Se prohíben las provisiones de estabilización y catástrofes. Al parecer esta era una práctica común en países en los que las catástrofes naturales son cotidianas. De esta forma absorbían parte del impacto producido en sus cuentas por la catástrofe.

Algunas opciones y garantías integradas del contrato de seguro están sujetas al valor razonable también.

Esta norma será de gran impacto sobre las empresas aseguradoras puesto sus activos financieros en el que se concentra la base de las aseguradoras, se contabilizaran por el valor razonable y no por el valor histórico como se venia haciendo. Según los entendidos esto supondrá un fuerte cambio que dará lugar a cambios en las estrategias de gestión de dichas empresas.

NIIF 5. Activos no corrientes mantenidos para la venta y operaciones interrumpidas. (2004).

La norma define los activos que cumplen con el criterio para ser clasificados como mantenidos para la venta.

La medición de dicho valor será al más bajo entre su valor neto y su valor razonable, menos los costes de venta y su depreciación a fecha de anulación del activo.

Una empresa clasificará a un activo no corriente como mantenido para la venta, si su importe se recuperará fundamentalmente a través de una transacción de venta.

Con esta NIIf queda derogada la N IC 35 (Explotaciones en interrupción definitiva).

NIIF 6. Exploración y evaluación de los recursos minerales. (2004).

EL objetivo de esta NIIF es especificar la información financiera relativa a la explotación y la evaluación de los recursos minerales.

Lo más destacable de la norma es:

Exige algunas mejoras contables para los desembolsos relacionados con la exploración y evaluación.

Pide que las empresas que reconozcan activos para la exploración y evaluación realicen una comprobación del deterioro del valor de los mismos mediante el procedimiento que marque la propia NIIF. Aquí entra en acción la NIC 36 a su vez (Deterioro del valor de los activos).

También se solicita que la información referente a la exploración y evaluación de recursos minerales, sea revelada. Y los importes que surjan.

En definitiva esta norma marca la devaluación de los activos obtenidos de estudios realizados sobre los recursos minerales.

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NIIF 7. Instrumentos financieros. Información a revelar. (2005).

Esta norma fue publicada en Agosto de 2005, y reemplaza a la NIC 30 (Informaciones a Revelar en los Estados Financieros de Bancos e Instituciones Financieras Similares)

En primer lugar hay que decir que los instrumentos financieros son instrumentos de financiación, bancarios y no bancarios, que canalizan el ahorro hacia la inversión y facilitan el acceso de la empresa a recursos financieros necesarios para el desarrollo de proyectos de inversión.

La norma pretende que se conozcan los riesgos de la financiación, y el rendimiento obtenido a dicha financiación.

Esta es la información financiera que debe revelar una empresa en sus cuentas:

el significado de los instrumentos financieros para la posición financiera y la función de la empresa.

información cualitativa y cuantitativa acerca de los riesgos que provienen de los instrumentos financieros. Las informaciones cualitativas describen objetivos, políticas y procesos de la administración, para gestionar esos riesgos. Las informaciones cuantitativas dan información sobre la extensión en la que la entidad está expuesta al riesgo, basada en información provista internamente a los administrativos de nuestra empresa.

Entre los datos cualitativos y cuantitativos se puede uno llegar a hacer una idea real de los instrumentos financieros de la empresa.

7. Comparativa PGC-NIIF

No es fácil establecer una comparativa entre los dos tipos de normativa, simplemente se puede decir que son diferentes. Pero cabe destacar una diferencia importante: la importancia otorgada por las NIIF por dar un mayor nivel de información y más claro con el fin de poder tomar decisiones en el futuro en función de la información obtenida.

Sin embargo, en defensa del PGC aprobado en el 90 hay que decir que lleva incluidas las NIC aprobadas hasta el momento por el IASB.

Para unos expertos que tienen que trabajar con dichas normas, estas resultan la “evolución lógica hacia la homogeneidad y la convergencia en Europa y en el mundo”. En cambio, muchos otros opinan que las NIIF chocan con los principios del PGC.

Sin llegar a conocer a fondo la materia, bajo mi punto de vista parece lógico y coherente con lo que la UE persigue, que se pretenda unificar criterios contables. De esta forma yo creo que también se consigue que la economía sea mas como una ciencia, porque la ciencia también ha conseguido obtener criterios únicos, excepto salvedades como el sistema anglosajón. Incluso creo que hoy en día la unificación de normas es muy necesaria para las multinacionales, porque si no cómo se podrían interpretar los resultados obtenidos.

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Lo que me resulta mas novedoso es el concepto de valor razonable, en sustitución del antiguo concepto aplicado de valor histórico. En mi opinión, hace que la información presentada se acerque más a la realidad, para el caso de inmuebles que algunas pymes poseen para oficinas u otros usos. En esta época es evidente que el valor real de un activo de este tipo no corresponde con el histórico, sabiendo que el incremento medio del precio de la vivienda se sitúa en torno al 10% anual.

8. Bibliografía.

Dada la novedad del tema me ha resultado difícil la documentación en libros, por eso he tenido que recurrir a Internet pese a que aquí en ocasiones la información presentada esta desfasada, incompleta o es de análisis poco profundo. Entre las páginas que me han resultado de mayor utilidad están estas:

http://psicondec.rediris.es/contabilidad/lecturas/IASB/NIC-consolidadas/ NIIF1.pdf -NIC- NIIF

http://www.actualicese.com/globalizacion/Estandarizacion/Docs/ Libroblanco.pdf -Valor razonable

http://www.reports.eads.net/2005/ar_2005/es/book2/4/3/2/notes/2.html -NIIF

http://www.5campus.org/leccion/niif- Diferencias PGC-NIIF

http://www.swissre.com/internet/pwsfilpr.nsf/vwFilebyIDKEYLu/ MPDL67JEJ6/$FILE/sigma7_2004_s.pdf#search=%22Resumen%20de%20la%20NIIF%204%22- NIIF 4

http://www.sticos.es/tips/tip018.htm - Plazos de aplicación

http://www.cinif.org.mx/imagenes/aticulos/MAY %2005%20LC_VERITAS.pdf#search=%22veritas%20niif%22- NIIF generalidades.

http://serviciosweb.minhac.es/apps/icac/nic/NIIF5.pdf#search=%22NIIF %205%22 -NIIF 5

http://serviciosweb.minhac.es/apps/icac/nic/NIIF6.pdf#search=%22NIIF %206%22- NIIF 6, 7.

http://www.icpard.org/descargables/nota%20prensa%20niif%207.doc- NIIF 7

http://www.lasasesorias.com/es/publica/financiera/instrufinan.html- Instrumentos financieros

2. Índice

Portada.

Índice.

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Introducción. Historia.

Aplicación de las normas y problemas para las gimes.

Plazos de aplicación.

Problemas originados para las gimes.

Listado de las NIC-NIIF.

Resumen de las NIIF.

Comparativa PGC-NIIF.

Bibliografía.

Las NIF son un conjunto de conceptos generales y normas particulares que regulan la elaboración y presentación de la información contenida en los estados financieros y que son aceptadas de manera generalizada en un lugar y a una fecha determinada.

Estructuran la teoría contable estableciendo los límites y condiciones de operación del sistema de información contable. Sirven de regulador para la emisión de los estados financieros,haciendo más eficiente el proceso de elaboración y presentación de la información financiera sobre las entidades económicas.