motivaciÓn de resoluciones judiciales

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EL PROCESO CAUTELAR Teoría General del Proceso Cautelar Teoría General de las Medidas Cautelares Resumen Abog. Alejandro Blanco Zevallos

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EL PROCESO CAUTELARTeoría General del Proceso Cautelar

Teoría General de las Medidas Cautelares

Resumen

Abog. Alejandro Blanco Zevallos

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EL PROCEDIMIENTO CAUTELAR

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El sentido de la Motivación de las Decisiones jurídicas

Alexy: Decisión Jurídica, es expresable en enunciado normativo singular, no seguida lógicamente, en muchos casos, de las formulaciones de las normas que hay que presuponer como vigentes, juntamente con los enunciados empíricos que hay que reconocer como verdaderos o probados.

Kelsen: Jurisdicción, tiene carácter netamente constitutivo y es verdadero acto creador del derecho.

Ross: La administración de justicia no se reduce a una derivación lógica a partir de normas positivas.Hart o Dworkin: Jurisprudencia mecánica resulta insostenible

Hoy: existe necesidad de acreditar la racionalidad de las decisiones y que el ejercicio más o menos discrecional de poder que representa la sentencia no es un ejercicio arbitrario. El instrumento jurídico que garantiza que el poder actúe racionalmente y dentro de unos límites: Motivación.

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El sentido de la Motivación de las Decisiones jurídicas

La Motivación: es justificación, exposición de las razones que el órgano en cuestión ha dado para mostrar que su decisión es correcta o aceptable, constittuyendo una exigencia del estado de derecho. Es el fundamento de la legitimidad de los Jueces.

Cappelletti: lo que distingue al juez del legislador es la necesidad de justificar las decisiones, demostrar su racionalidad o no arbitrariedad, ahí reside la principal fuente de legitimidad de su poder.Un estado de derecho que encuentra su legitimidad (externa) en la protección de los individuos y sus derechosy consagrarlos en la Constitución, condiciona también la legitimidad (interna) de los actos del poder a la protección de esos derechos: Motivación cobra dimensiób político jurídica garantista, de tutela de derechos.

La sentencia es un acto público colectivo, por cuanto representa el ejercicio de un poder que es público y que, por tanto ha de ser no sólo interna, sino también externamente controlado.

La base para el uso del poder por parte del juez, reside en la aceptabilidad de sus decisiones y no en la posición formal de poder que pueda tener

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El sentido de la Motivación de las Decisiones jurídicas

Motivar una decisión es justificarla, aportar razones que permitan considerarla correcta, afianzándose distinción en estructura de la justificación de decisiones: Justificación interna y externa.

Decisión judicial puede concebirse como:I. Justificación interna: Conclusión de un silogismo práctico, por lo que

su justificación deberá mostrar la corrección del razonamiento lógico que conduce de las premisas a la conclusión.

II. Justificación Externa: Las premisas de las que se parte sean correctas: justificadas.según los estandares utilizados por qiuenes hacen la calificación.

Cuando ni la premisa normativa ni fáctica plantean problemas, la justificaciónse reduce a mostrar la corrección del raz lógico que conduce, a partir de laspremisas, a la conclusión = caso fácil.Cuando la premisa normativa o la fáctica exigen nuevas argumentaciones =Caso Díficil.Justificación de decisióm solo puede entenderse completa cuando está internaY externamente justificada.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

a) Sentido de la Motivación de los Hechos:Juicio de hecho durante mucho tiempo perteneció al ámbito de las cuestiones jurídicas no problemáticas o a una zona de penumbra en el funcionamiento del sistema judicial sostenida por tradición que atribuía este juicio al ámbito del arbitrio judicial.

i. Primera tendencia: Concepción demostrativa de la prueba, esta es instrumento de conocimiento de una verdad material incontrovertible (sistemas inquisitivos continentales).

ii. Segunda tendencia: Concepción argumentativa o retórica de la prueba, es argumento persuasivo (sistema de common law, corriente antiformalista: irracionalistas).Common Law: procedimiento decisorio: racional pero mecanicista, se obvian los arduos problemas que plantea inducción, haciendo innecesaria la motivación: ppio de libre convicción.

Preocupación de juristas se ha centrado en problemas de interpretación de normas, asumiendo que conocimiento de hechos no plantea problemas.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

a) Sentido de la Motivación de los Hechos:

Valorar consiste en verificare los enunciados fácticos, en estimar su correspondencias con hechos que describen. La valoración de ser una operación racional, entendida como manifestaciónde que, a la vista de las pruebas disponibles, es razonable dar por verdaderos( probables más allá de la duda) ciertos enunciados fácticos.

Ppio valorativo de la libre convicción tiene sentido si se conecta con la exigencia de motivar., de lo contrario seía valoración libre, discresional, libre y arbitraria, comoen los siguientes casos:

La inmediación, es la intervención personal y directa del juez en la práctica de la prueba y se presenta como condición inexcusable para libre valoración, pues solo fundando su convicción en la impresión inmediata recibida y no en referencias ajenas, puede reputarse libre. Pero,estas impresiones recibidas por juez no pueden ser comunicadas; por tanto se carga de irracionalidad y subjetivismo y anular por completo posibilidad de MOTIVAR.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

a) Sentido de la Motivación de los Hechos:

Inmediación, instituye una zona opaca al control racional que contradice la motivación: pueden existir intuiciones que sean inevitables pero no significa que sean esgrimidas como justificación de una decisión o excusa para no justificación.

Apreciación conjunta de la prueba en proceso civil: excusa para quitar valor probatorio privilegiado a documentos aportados al proceso y a la confesión en juicio ha producido resultados perversos para motivación

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

a) Sentido de la Motivación de los Hechos: Fallar con arrglo a conciencia no puede significar basar

sentencia en íntima e intransferible convicción, de corazonada no exteriorizable ni controlable, es decir, prescindir de motivar las pruebas y refugiarse en declaración de hechos probados, sin razonar los motivos por los que lo han sido. La exigencia de motivación como garantía de cierre del sistema cognocitivista. Se refleja:

Todos los sistemas procesales son conscientes de la estructura probalística de la decisión sobre hechos.

Todos los sistemas procesales, incluso los retóricos conciben el procedimiento de valoración de la prueba como verificación de las distintas hipótesis de los hechos.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

b) Funciones de la Motivación de los Hechos: Sentido de Motivación es evitar el ejercicio arbitrario de un

poder (instaurado por libre valoración de prueba) que se reconoce más o menos discresionalDos funciones cumple:

I. Extra procesal o político jurídico o democrática: muestra el esfuerzo realizado por juez en el juicio de hecho, posibilitando de este modo un control externo o público., Tiene dimensión pedagógica: de explicación de la racionalidad de la decisión y constituye garantía de Publicidad que se conecta con la exigencia de control democrático y de responsabilidad externa de la función judicial. Asimismo quiere ser persuasiva de su bondad o corrección, es una función respecto del pueblo en general y de las partes en el proceso, a quienes el razonamiento podría convencer de corrección de sentencia.Bentham: No basta con que su decisi´no sea justa, sino es necesario que lo parezca,

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

b) Funciones de la Motivación de los Hechos:

I. Extra procesal o político jurídico o democrática (cont)

Bentham: No basta con que su decisi´no sea justa, sino es necesario que lo parezca, sino es preciso quese encuentre en situación de hacer partícipe de su convicción al pueblo.

A través de la motivación el juez debería convencer, como mínimo a las partes, sobre todo a la que se siente perjudicada por fallo.

En cuanto pública es manifestación de las razones de desición, siendo preservativo de la arbitrariedad: lo que menos se debe temer son los poderes discresionales que solo se les confía con condición expresa que motiven en todos los casos el uso que hacen de ellos.

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b) Funciones de la Motivación de los Hechos:

II. Endo procesal o técnico jurídico o burocrática :

complemento: facilita el control interno de las decisiones judiciales, garantizando que la exigencia de actuación racional del poder, pueda hacerse efectiva y no quede en mera proclamación de buenas intenciones.Garantiza la racionalidad de la decisión a través de instaurar mecanismos de control: Tribunales superiores, que sin duda resolverán con mayor acierto los recursos si conocen las razones del juicio de hecho.

También, es función respecto de las partes implicadas en el proceso sobre todo la perjudicada por fallo, a la que conocimiento de razones facilitaría su eventual impugnación

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b) Funciones de la Motivación de los Hechos:La motivación desempeña una tercera: respecto del propio juez, estaría en mejores condiciones de descubrir errore de su razonamiento que pudieran haber pasado desapercibidas. La conciencia de tener que motivar condiciona la formulación de la desición sometiéndola a controles racionales y jurídicos. De alguna manera esta función viene a levantar acta de las relacionesa existentes entre contextto de descubrimiento y contexto de justificación: el descubrimiento de hipótesis no tiene que ser campo de pura emotividad o inventiva sino acompañados con elementos de aceptación o validación de la misma.

La exigencia de motivar retroactúa sobre el propio iter de adopción de la decisión, reforzando su racionalidad, provocando la expulsión de elementos de convicción no susceptibles de justificación propiciando que adopción de decisión se efectúe conforme a criterios aptos para ser comunicados, en detrimento de corazonada que resultará más díficil de justificar.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

c) La exigencia de Motivación se extiende a todas las pruebas:Hay una tendencia a reducir el ámbito de lo que necesita ser motivado:

i. unas excusando directamente la necesidad de probar determinados hechos ( hechos notorios, hechos admitidos).

ii. Otras aliviando(hasta casi anular) las exigencias de motivación de ciertas pruebas (constataciones, prueba directa)

La convición del juez debe formarse los hechos adquiridos ritualmente al proceso que después deben ser motivados, sobre los hechos notorios (aún no habiéndolos percibido el juez directamente, su existencia está plenamente acreditada y es de dominio público) no pesa esta exigencia, se ve cumplida con su simple manifestación, no hay necesidad de probar lo que es públicamente conocido.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

c) La exigencia de Motivación se extiende a todas las pruebas:

No sucede lo mismo con los hechos que el juez pueda conocer privadamente, para que juez pueda fundar válidamente su convicción sobre estos hechos, no sólo deben ser adquiridos al proceso a través de las formas legalmente previstas sino también justificadas.

Los hechos notorios deben probarse, cuando exista duda sobre su existencia.

Son hechos admitidos aquellos que, alegados por una parte, son admitidos por la contraria, en el ámbito de ese proceso sólo exigen prueba y consecuentemente justificación, los hechos controvertidos o no admitidos: que sean objeto de controversia.

Las constataciones, se ven cumplidas con su simple manifestación; son las pruebas que derivan de la observación directa del juez, por ello, la motivación se resume en la expresión de esa constatación. Aportando razones que apoyan la verificación. Si hay error, es válido mientras no se pongan de manifiesto esos errores.

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De la Resistencia a la Necesidad de motivar los Hechos

c) La exigencia de Motivación se extiende a todas las pruebas:

no todas la rebajas en la necesidad de motivar tienen algún fundamento.

Distinción entre prueba directa: surge directa y espontáneamente el hecho principal que se pretende acreditar; y de la prueba indirecta ( que requiere del razonamiento). La prueba directa tiene también naturaleza inductiva y lo que la separa de la segunda es el número de pasos inferenciales de que consta. Nada la exime de exigencia de motivación.

La exigencia de motivación se extiende a todas las pruebas, en su cumplimiento juez encuentra legitimidad de su actuación al margen de los supuestos en que pueda rebajarse o incluso anular las exigencias de motivación.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

a) Motivación – actividad y Motivación – Documento. Las relaciones entre justificación y el descubrimiento:La motivación puede ser entendida como:

i. Motivación – Actividad: procedimiento mental que ha conducido al juez a formular como verdadero un enunciado sobre los hechos del caso. Versa sobre el contexto del descubrimiento.

ii. Motivación – Documento: conjunto de enunciados del discurso judicial (documento en el que se plasman) en ls que aportan las razones que permiten aceptar otros enunciados fácticos como verdaderos. Versa sobre contexto de Justificación.

Cuando en discurso jurídico, se habla de necesidad de que motivación se extienda a premisa fáctica: interresa Motivación – Documento, plasmada en sentencia, pues las funciones que desempeña motivación desempeña solo pueden entenderse ecumplidas mediante la publicidad y seguridad que sobre las mismas aporta el documento.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

a) Motivación – actividad y Motivación – Documento. Las relaciones entre justificación y el descubrimiento:

Modos o posiciones extremas de entender:

I. La motivación contenida en la sentencia, no guarda ninguna relación con el procedimiento mental que ha conducido al juez a adoptar la decisión sobre los hechos del caso, es decir los motivos del juez para adoptar la decisión no son racionales o siendolos, so de una racionalidad distinta y no coincidente con la exigible en motivación – documento. La motivación es entendida como una ficción o como una racionalización a posteriori de la decisión. Esta posición no resulta aceptable, porque supone la apertura a un irracionalismo extremo en la adopción de decisión, no resultando lógico que prescinda de la justificación de esa razones

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

a) Motivación – actividad y Motivación – Documento. Las relaciones entre justificación y el descubrimiento:

Modos o posiciones extremas de entender:II. Motivación – documento ha de ser fiel reflejo de la motivación – actividad, la

justificación de sentencia se alcanza cuando se hace explícito el iter mental que ha conducito al juez a adoptar la decisión ( sea cual sea el tipo de racionalidad o en su ausencia). Esta posición tampoco es correcta, se basa en una falta de distinción entre contexto e descubrimiento y de justificación.

Descubrimiento: Es iter intelectivo, que conduce de unos hechos anómalos o controvertidos a la formulación de un enunciado sobre aquellos.

Justificación: Hace referencia a razones por las que ese enunciado puede aceptarse como verdadero.

Si descubrimiento pudiera concebirse como proceso estrictamente racional, tal vez justificación podría enterderse como descripción de un correcto proceso de descubrimiento, afirmación que no puede sostenerse

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

a) Motivación – actividad y Motivación – Documento. Las relaciones entre justificación y el descubrimiento:

En ambos contextos han de tener en común una racionalidad empírica capaz de descubrir o de justificar una verdad que se concibe como correspondencia con mundo exterior

la racionalidad es una, los contextos son dos.

La motivación – documento no puede ser entendida como la reproducción de las causas reales que han conducido a la formulación de un enunciado fáctico, sino como el conjunto de argumentos que permiten presentar tal enunciado como verdadero, por ello la motivación documento ha de coincidir con la motivación actividadm pero eliminando de ella los elementos no susceptibles de justificación racional

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

a) Motivación – actividad y Motivación – Documento. Las relaciones entre justificación y el descubrimiento:La separación entre descubrimiento y justificación cobra especial importancia en un contexto de descubrimiento institucionalizado, donde en virtud de diversas reglas jurídicas, hay pruebas que no deben ser atendidas o conocimientos extraprocesales que no deben ser tomados en consideración.La distinción resulta relevante para el establecimiento de mecanismos de control, cuando no se deseaa atribuir a la instancia fiscalizadora la competencia para adoptar una nueva decisión: Control de motivación solo enjuicia si argumentaciones a favor permiten sostener ésta, de manera que si motivación no resulta adecuada no se le abre órgano de control la vía para valorar él mismo la prueba, sino sólo la posibilidad de poner de manifiesto el vicio de motivación. Si se identifica justificar con descubrir: Órgano de Control revisa la propia decisión.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

a) Motivación – actividad y Motivación – Documento. Las relaciones entre justificación y el descubrimiento:En doctrina y en la practica jurisprudencial,no siempre se es conciente de esta distinción, provocando confusiones: Concepción mentalista o psicológica de la motivación, la librre valoración de la prueba se ha concebido como criterio de valoración consistente en la convicción intima: Descubrimiento no es susceptible de justificar.Cuando se distingue entre motivación – documento y iter mental que conduce a la decisión desaparece cualquier diferencia esencial entre motivación de juez unipersonal y de órgano colegiado ( fuero interno dec/u de jueces del órgano colegiado se expresará en debate anterior a sentencia)En suma, motivar enunciados fácticos es justificarlos en la sentencia y no reflejarlos en el iter decisional. Entre Descubrimiento y justificación existe una relación; donde la motivación asume una tarea depuradora sobre actividad cognoscitiva a la luz de argumentos racionales, que son los únicos que ineludiblemente ha de emplear para fundar su decisión.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

b) La Motivación de la premisa fáctica es conceptualmente distinto de la motivación de la premisa normativa:

Motivar la premisa fáctica es justificarla y no reproducir el iter mental que ha conducido a ella.

Distinción: Los quaestio facti concierne a hechos jurídicamente

calificados: el hecho en el proceso se concibe en relación con una norma jurídica. Dicha calificación no elimina la existencia de previo juicio de hecho de indudable relevancia en la decisión judicial al que como juicio de hecho no puede atribuirsele naturaleza normativa.. La calificación comienza cuando han sido fijados los hechos

Taruffo: que derecho define lo que constituye hecho con relevancia jurídica, no implica ni permite confusiones entre hecho y derecho y mucho menos autoriza a privar de autonomía al hecho para diluirlo y anularlo en la genérica dimensión jurídica de la controversia.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

b) La Motivación de la premisa fáctica es conceptualmente distinto de la motivación de la premisa normativa:

Distinción:. Lo que cuenta como quaestio facti o iuris varía de sistema en

sistema, incluso de jurisdicción en jurisdicción, lo cual dificulta establecer distinción. Dicha distinción se deriva de que esta se formula muchas veces con objeto de delimitar ámbitos jurídicos basados en esa distinción.

Esta separación, lleva consigo la distinción entre motivación de la premisa jurídica y motivación de la premisa fáctica: Justificar un enunciado normativo, consiste en sostener con razones suvalidez o corrección; justificar enunciado fáctico, consiste en aducir razones que permitan sostener que es verdadero o probable

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

b) La Motivación de la premisa fáctica es conceptualmente distinto de la motivación de la premisa normativa:

Distinción:. Observación: enunciado fáctico justificado puede ser una de las razones

para justificar otro enunciado fáctico, para probar otro enunciado. La justificaciónde la premisa fáctica de una decisión judicial es una cadena de justificaciones. Son verdaderos si los hechos que describen han sucedido y el principal criterio de verdad de tales enunciados es la comprobación empírica: directa, agotaría la justificación si todos los enunciados fácticos que deben justificarse fuesen enunciados de percepción: Constataciones. No es aswi, la mayoría versa sobre hechos del pasadoy han sido obtenidos a través de otros enunciados a través de proceso inferencial.puede

i. Deductivo, cuando su resultado son conclusiones, la justificación consiste en mostrar corrección argumental y justificación de premisas.

ii. En la mayor parte de supuestos es inductivo, su resultado son hipótesis y su justificación resulta compleja.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

b) La Motivación de la premisa fáctica es conceptualmente distinto de la motivación de la premisa normativa:

Distinción:. Observación: (cont.)

Las condiciones que permiten presentar como jusitificadas la versión de los hechos que presentan, son criterios que presiden su valoración. La justificación de una hipótesis se inserta en el esquema valorativo del grado de confirmación, es justificación sólo probalística, inductiva, pues las pruebas pueden hacer más o menos probalbe la hipótesis, pero nunca infalible.

Von Wright: Inducción es la mejor manera de razonar sobre lo desconocido.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

c) La Motivación de las constataciones, de las conclusiones y de las hipótesis:El criterio de comprobación empírica plantea exigencias según se trate de justificar: constataciones o conclusiones e hipótesis.

1) Motivación de Constataciones: son enunciados perceptuales, sobre hechos formulados por el juez tras la observación (comprobación empírica directa) de ese hecho. En sentido estricto no requieren motivación, se reduce a dar cuenta de que los hechos que describen fueron efectivamente observados.

2) Motivación de las Conclusiones: exige tres cosas:i. Debe exponerse y justificarse el enunciado probatorio singular del que se

parte. Premisa menor del silogismo deductivo.ii. Debe exponerse y justificarse la regla universal de la que parte. Premisa

mayor del silogismoiii. Debe mostrarse que el enunciado probatorio singular constituye instancia

particular del antecedente de regla universal y que el razonamiento seguido es una inferencia válida.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

c) La Motivación de las constataciones, de las conclusiones y de las hipótesis:

2) Motivación de las Conclusiones:Dos precisiones:

I. Que el enunciado probatorio singular que constituye la premisa menor puede ser constatación, conclusión o hipótesis, por lo que justificación habría de hacerse en cada caso como corresponda.En los dos primeros el valor epistemológico dse conclusión es mayor que en el tercero.

II. En relación a justificación de regla universal. Cuando la regla pone en relación dos enunciados uno de los cuales es signo del otro o cuando regla es absolutamente indiscutible la exigencia de motivación es superflua. En caso de normas jurídicas, justificación es un juicio de validez de la misma.En caso de leyes científicas, la justificación puede ser complicada, porque existen opiniones divergentes, deberá adoptarse como regla general, por ello resultado se considerarán hipótesis.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

c) La Motivación de las constataciones, de las conclusiones y de las hipótesis:

3) Motivación de las Hipótesis:

Es el resultado de una inferencia inductiva, justificada si no ha sido refutada y confirmada por pruebas disponibles. Están presentes 3 elementos: NO REFUTACIÓN, CONFIRMACIÓN y MAYOR CONFIRMACIÓN que cualquier otra hipótesis sobre mismos hechos.

I. NO REFUTACÏÓN: que las pruebas disponibles no se hayan en contradicción con ella. Significa demostrar que no ha habido contrapruebas o que las eventuales contrapruebas han sido destruídas.

II. CONFIRMACIÓN: supone demostrar que puede explicar las pruebas disponibles, porque existe nexo causal entre aquella y éstas, que a la vista de pruebas la h´pótesis pueda estimarse probable en grado suficiente.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

c) La Motivación de las constataciones, de las conclusiones y de las hipótesis:

3) Motivación de las Hipótesis:II. CONFIRMACIÓN: Requiere tres elementos:

a. Deben exponerse y justificarse las pruebas o indicios de los que parte.

b. Debe exponerse y justificarse la ley general de la que partec. Debe mostrarse que las pruebas o indicios constituyen una

instancia particular del antecedente de esa ley general.Justificar una hipótesis exige:i. Justificar pruebas o indicios, que pueden ser constataciones ( en

rigor no necesitan ser justificadas), conclusiones o hipótesis habrán de ser justificadas.

ii. Demostrar que existe nexo causal entre hipótesis y los indicios, de manera que éstos (justificados) hacen posible a la hipótesis en grado suficiente: no solo de la consideración de cada concreto indicio, sino de todos en su conjunto.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

c) La Motivación de las constataciones, de las conclusiones y de las hipótesis:

3) Motivación de las Hipótesis:

III. MAYOR CONFIRMACIÓN QUE CUALQUUIER OTRA HIPÓTESIS:

No solo basta con superar criterios de no refutación y confirmación por pruebas disponibles, pues puede suceder que otras hipótesis revales sobre los mismos hechos no hayan sido refutadas y gocen de suficiente gradode apoyo empírico. Es necesario, justificar por qué una de las hipótesis explicativas resulta más aceptable que otra; afecta incluso la forma de estructurar el razonamiento en la sentencia, no sólo debe dar cuenta de la racionalidad de la elección, sino también debe reflejar la confrontación de las hipótesis.

La coherencia es un criterio de racionalidad, ( para determinar cuál es la más improbable)

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

c) La Motivación de las constataciones, de las conclusiones y de las hipótesis:

3) Motivación de las Hipótesis:

III. MAYOR CONFIRMACIÓN QUE CUALQUUIER OTRA HIPÓTESIS:

Las exigencias institucionales pueden imponer requisitos más o menos severos para aceptar hipótesis: en los procesos civiles, basta que resultado de prueba sea probabilidad preponderante. En los procesos penales suele exigirse un resultado( probalístico) más allá de toda duda razonable. Esta mayor exigencia probatoria se refleja en motivación de sentencia: resolución de condena, resulta adecuadamente justificada, si además de apoyar hipótesis acusatoria con una pluralidad de confirmaciones no contradichas por ninguna contraprueba, también está en condiciones de desmentir con adecuadas contrapruebas todas las contrahipótesis planteadas y planteables.

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El Contenido de la Motivación de los Hechos

d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:

Motivar no sólo consiste en consignar los hechos probados, sino también en esgrimir las razones en las que órgano judicial se ha basado para afirmar la existencia de los mismos. Breves consideraciones:

I. Sobre estructura de sentencia: escaso interés se ha prestado al juicio de hecho, mostrado en que legislaciones no han solido reservar un espacio a la motivación de la prueba. El remedio no es incluir la justificación fáctica dentro de los fundamentos de derecho, sino que resulta inadecuado. Si se quierre dotar a esta separación de toda su eficacía explicativa y normativa, entonces la estructura de la sentencia también debería reflejarla, previendo, junto a la motivación jurídica, una motivación fáctica.

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d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:II. Estilo de la Motivación: dos grandes técnicas:

i. Téncia Analítica: motivación ha de estructurarse en una exposición pormenorizada de todas las pruebas practicadas, del valor probatorio asignado y de toda la cadena de inferencias que ha conducido a la decisión.

ii. Técnica Holística o globalizadora: exposición conjunta de los hechos, un relato, una historia que los pone en conexión en na estructura narrativa, coherencia narrativa es su mejor apoyo teórico .

En la practica judicial domina la técnica del relato, que presenta dosdeficiencias:1. En la mayoría de casos en vez de aclarar confunde, porque no

cobra cuerpo en exposición bien narrada de la historia de los hechos.

2. Puede ser pantalla que escude una decisión judicial insuficientemente justificada.

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d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:

II. Estilo de la Motivación: (cont)

Justificar enunciados fácticos consiste en aportar razones que permitan considerarlos verdaderos o probables en grado suficiente a la luz de pruebas practicadas.

El relato presupone la verdad de los enunciados que lo componen, pero no constituye per se justificación de los mismos.

En sentencia deben expresarse claramente los criterios que pretendidamente la sostienen, para de esta manera se pueda controlar la racionalidad de la de decisión probatoria a través de los recursos, caso contrario se cierra la posibilidad de controlar de forma coherente, la actividad probatoria del juez.

Si se asume perspectiva epistemológica cognoscitivala técnica delrelato debe ser entendida como criterio empírico de verdad como razón justificatoria.

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d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:II. Estilo de la Motivación: (cont)

Motivar exige aportar razones lo bastante sólidas o convincentes para descartar la arbitrariedad, por ello, la técnica más acorde es la ANALÍTICA, la exposición y valoración individual y ordenada de todas las pruebas practicadas.

Motivar, consiste en dejar constancia de los actos de prueba rpoducidos, de los criterios de valoración usados y del resultado de esa valoración. Todo ello, con la necesaria precisión analítica, previa evaluación del material probatorio en su conjunto. Lo que permitirá:

1. Controlar exhaustivamente la entrada en la sentencia de elementos probatorios inaceptables o insuficientes justificados:tiene que ver con eñ papel de la valoración conjunta, no constituye por si sola justificación alguna, es una práctica que eventualmente camufla decisiones injustificables La técnica analítica le priva de valor probatorio si no va precedida de exposición y valoración indiidualizada de las pruebas practicadas, después se valoran conjuntamente.

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d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:

II. Estilo de la Motivación: (cont)

1. Controlar exhaustivamente la entrada en la sentencia de elementos probatorios inaceptables o insuficientes justificados:

En el estilo analítico la valoración conjunta cumple su papel cuando ya se ha justificado individualmente la valoración de cada prueba relevante practicada y traduce en realidad la exigencia de ponderar, de cara a la justificación final, el valor probatorio de todas esas pruebas conjuntamente consideradas.

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d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:

II. Estilo de la Motivación: (cont)

2. Controlar todas las inferencias que componen la cadena de justificación

La motivación debe consistir en la exposición y valoración individual y ordenada de todas las pruebas practicadas. No solo de aquellas que versan directamente sobre un hecho principal sino tambien las que versan sobre comprobación de un hecho secundario, cuando éste constituya premisa para establecer la verdad de un hecho principal. Y no sólo aquellas que estimen conducentes a la decisión, sino también aquellas otras que, de ser valoradas positivamente, conducirían a decisión distinta..

Para que la Justificación sea completa, deben examinarse y valorar todas las pruebas relevantes, así como las que no avalan la reconstrucción de los hechos que se justifica

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d) Estructura de la Sentencia y estilo de la motivación:

II. Estilo de la Motivación: (cont)

2. Controlar todas las inferencias que componen la cadena de justificación

La exigencia de motivación exhaustiva no debe confundirse con motivación simplemente profusa. La cantidad de motivación no

Se debe adoptar un estilo de motivación que se ciña a los elementos precisos para hacer racionalmente justificada y controlable la decisión. Concisión y completud de la argumentación no sonexigencias contrastantes y justificación que sigue rigurosos cánones de racionalidad es más completa, pero también más simple y lineal.