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Mano de Obra

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mano de obra

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Page 1: Mano de obra

Mano de Obra

Page 2: Mano de obra

Mano de Obra

• La mano de obra de producción se utiliza para convertir las materias primas en productos terminados. La mano de obra es un servicio que no puede almacenarse y no se convierte, en forma demostrable, en parte del producto terminado.

Page 3: Mano de obra

CLASIFICACIÓN DE LA MANO DE OBRA

• Mano de obra directa: Es la que interviene en forma precisa en la trasformación de la materia prima, considerándose como uno de los factores del costo.– Ejemplo: Prensita, Minero, Carpintero, etc. Cada uno de

ellos realiza la manipulación del producto

• Mano de obra indirecta: Es la que no puede aplicarse específicamente a una orden de producción o proceso y se acumula dentro de los gastos de Fabricación, para aplicarlos a la producción, también se puede visualizar como los trabajos administrativos de seguridad entre otros.– Ejemplo: Diseñador, equipo de mantenimiento.

Page 4: Mano de obra

SALARIO

• Es la retribución que el patrón debe pagar al trabajador en virtud del cumplimiento del contrato de trabajo o de la relación de trabajo vigente entre ambos. Articulo 88 del Código de Trabajo.

• Salario no debe ser menor al mínimo establecido

Page 5: Mano de obra

Formas de remuneración

Por unidad de tiempo

(Jornadas)

Diurna

Nocturna

Mixta

Por unidad de Obra

(Destajo)

Producción libre

Producción limitada

Por participación en utilidades (Comisión)

Page 6: Mano de obra

Sistemas de

retribución

TIPOCosto por unidad de

productoIngreso del trabajador Características

Destajo Constante (fijo) Variable

En función a las unidades

producidas. El ingreso del

operario depende de su

rendimiento.

Tiempo Variable Constante

El trabajador "alquila" el

tiempo que está a

disposición de la empresa y

cobra por el solo hecho de

estar presente e

independientemente de lo

que produzca.

Incentivo Semivariable Semivariable

Se conforma con una

asignación fija (sueldo

básico) más un componente

variable a partir de

determinados niveles de

producción.

Page 7: Mano de obra

JORNADAS

• La jornada ordinaría de trabajo DIURNA no puede ser mayor de 8 horas, ni exceder de un total de 48 horas a la semana. Articulo 116 CT.

• Trabajo diurno es el que se ejecuta entre las 6:00 y 18:00 horas de un mismo día.

Page 8: Mano de obra

JORNADAS

• La jornada ordinaría de trabajo NOCTURNA no puede ser mayor de 6 horas, ni exceder de un total de 36 horas a la semana. Articulo 116 CT.

• Trabajo nocturna es el que se ejecuta entre las 18:00 y 6:00 horas de un mismo día.

Page 9: Mano de obra

JORNADAS

• La jornada ordinaría de trabajo MIXTA no puede ser mayor de 7 horas, ni exceder de un total de 42 horas a la semana. Articulo 116 CT.

• Jornada mixta es el que se ejecuta durante un tiempo que abarca el periodo diurno y nocturno.

Page 10: Mano de obra

Datos

• 1 año Laboral = 360 días

• 1 mes laboral = 30 días

• 1 hora extraordinaria = 150% hora ordinaria

• 𝑆𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜 𝑑í𝑎 =𝑆𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜 𝑀𝑒𝑠

30

Page 11: Mano de obra

Pre

stac

ion

es

Aguinaldo

Indemnización

Séptimo día

Bono 14

Bono Incentivo

Page 12: Mano de obra

Ded

ucc

ion

es TRABAJADORISR

IGSS

PATRÓN

INTECAP

IRTRA

IGSS

Page 13: Mano de obra

Prestaciones

• Indemnización (Titulo Segundo, Capitulo 8. Art. 82 del Código de Trabajo) (Si es despedido o el contrato finaliza)

– Promedio del salario de los últimos 6 meses

– Periodo de prueba 2 meses.

Page 14: Mano de obra

Prestaciones

• Aguinaldo (Articulo 1. de Ley Reguladora del Aguinaldo Decreto 76-78.)– A la hora de terminación del contrato el

trabajador tiene derecho a la parte proporcional del mismo.

– Promedio de los salario de los 6 meses.

– Pago: Primera quincena Diciembre 50% y Segunda quincena de Enero 50%.

– Se calcula del 1 de Diciembre al 30 de Noviembre del próximo año.

Page 15: Mano de obra

Prestaciones

• Bono 14, Articulo 1 Ley de Bonificación Anual. Decretro 42-92.

– Promedio de los sueldos del ultimo año.

– Pago. Primera quincena del mes de Julio.

– Se calcula del 1 julio al 30 de junio del próximo año.

Page 16: Mano de obra

Prestaciones

• Vacaciones, Titulo Tercero, Capitulo 4, Articulo 130 del Código de Trabajo.

– 15 días hábiles.

– Tiene derecho si ha trabajado 150 días en el año. Articulo 131.

Page 17: Mano de obra

Prestaciones

• Bonificación Incentiva, Decreto 78-89. y 37-2001

– Pago de Q250 mensuales.

– No esta sujeta a pago del IGSS, IRTRA e INTECAP

– No se toma en cuenta para el pago de indemnización.

Page 18: Mano de obra

Prestaciones

• Séptimo día,

– El trabajador gozará con un día de descanso, preferentemente el domingo, por cada seis días de trabajo. El día de descanso o séptimo día será remunerado.

– El trabajador que no labore la semana completa sin causa justificada no tiene derecho al pago del séptimo día.

Page 19: Mano de obra

Prestaciones

• Septimo día

– Será el promedio que resulte de la sumatoria de los salarios ordinarios y extraordinarios y de la bonificación de incentivo ganados por el trabajador, divido dentro de 6 días de labor.

– 𝑆𝑒𝑝𝑡𝑖𝑚𝑜 𝑑í𝑎 = 𝑠𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠 𝑜𝑟𝑑𝑖𝑛𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠+ 𝑠𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠 𝑒𝑥𝑡𝑟𝑎𝑜𝑟𝑑𝑖𝑛𝑎𝑟𝑖𝑜𝑠

6

Page 20: Mano de obra

Prestaciones

• Ejemplo Séptimo día

– Calcular el 7mo día de un obrero que en cierta semana hizo 6 jornadas diurnas y 10 horas extraordinarias; que devenga un salario ordinario de Q30 diarios, el valor de una hora extraordinaria que paga la fábrica excede en un 50% el valor de una hora ordinaria

– 𝑇𝑜𝑡𝑎𝑙 𝐷𝑒𝑣𝑒𝑛𝑔𝑎𝑑𝑜 = 𝑆𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜 𝑂𝑟𝑑𝑖𝑛𝑎𝑟𝑖𝑜 +𝑆𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜 𝐸𝑥𝑡𝑟𝑎𝑜𝑟𝑑𝑖𝑛𝑎𝑟𝑖𝑜 + 7𝑚𝑜 𝑑í𝑎.

Page 21: Mano de obra

Prestaciones

• Siendo que la jornada ordinaria consta de 8 horas, en este caso el valor de la hora ordinaria es de Q3.75 y el de la hora extraordinaria es de Q5.625

Tiempo Ordinario: 6 días a Q30 Q180

Tiempo Extraordinario: 10 horas a Q5.625

Q56.25

Subtotal 236.25

Séptimo día (236.25/6) 39.37

Total de Salario Bruto 275.62

Page 22: Mano de obra

Deducciónes

• IGSS– El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)

es una institución gubernamental, autónoma, dedicada a brindar servicios de salud y seguridad social a la población que cuente con afiliación al instituto, llamada entonces asegurado o derechohabiente.

– IGSS (Laboral) Este es de 4.83% sobre el importe de sueldos ordinarios y extraordinarios devengados.

– IGSS (Patronal) Este es de 10.67% sobre el monto de los salarios ordinarios y extraordinarios pagados.

Page 23: Mano de obra

Deducciones

• IGSS

Page 24: Mano de obra

Deducciones

• IRTRA (Instituto de recreación de los trabajadores de la empresa privada de Guatemala) Es un institución guatemalteca dedicada a proveer esparcimiento y recreación con excelencia en el servicio.

– Este es el de 1% sobre el monto de los salarios de la planilla.

Page 25: Mano de obra

Deducciones

• El Instituto Técnico de Capacitación y Productividad - INTECAP- es la Institución Guatemalteca líder en la Formación Profesional de los trabajadores y del Recurso Humano por incorporarse al mundo laboral. .

– Este es el de 1% sobre el monto de los salarios de la planilla.

Page 26: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Realice los cálculos respectivos de las prestaciones laborales de Juan Dominguez

– Inicio Relación Laboral: 1 Abril 2009

– Finalizo relación laboral: 15 de Agosto del 2010

– Motivo: despido

– Sueldo promedio de los últimos 6 meses

• Q 1930

Page 27: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• 𝐿𝐼𝑄𝑈𝐼𝐷𝐴𝐶𝐼Ó𝑁 = 𝐼𝑁𝐷𝐸𝑀𝐼𝑍𝐴𝐶𝐼Ó𝑁 + 𝐵𝑂𝑁𝑂 14 +𝐴𝐺𝑈𝐼𝑁𝐴𝐿𝐷𝑂 + 𝑉𝐴𝐶𝐴𝐶𝐼𝑂𝑁𝐸𝑆.

Descripción TOTAL

Indemnización

Bono 14

Aguinaldo

Vacaciones

TOTAL

Page 28: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Indemnización– Días Laborados

– 1 X 360= 360

– 4 X 30 = 120

– 14

– TOTAL 494 días.

AÑOS MESES DÍAS

FINAL 2010 8 15

INICIAL 2009 4 1

TOTAL 1 4 14

Page 29: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Regla de 3

• 360 días pagamos 1930

• Cuanto para 499

• 499*1930/360=

• Q 2648.39

Page 30: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Aguinaldo.

– 8 X 30 = 240

– 14

– TOTAL 254 días.

AÑOS MESES DÍAS

FINAL 2010 8 15

INICIAL 2009 12 1

TOTAL 0 8 14

Page 31: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Regla de 3

• 360 días pagamos 1930

• Cuanto para 254

• 254*1930/360=

• Q 1361.722

Page 32: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Bono 14.

– 1 X 30 = 30

– 14

– TOTAL 44 días.

AÑOS MESES DÍAS

FINAL 2010 8 15

INICIAL 2010 7 1

TOTAL 0 1 14

Page 33: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Regla de 3

• 360 días pagamos 1930

• Cuanto para 44

• 44*1930/360=

• Q 235.89

Page 34: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Vacaciones.– Como ya se le había pagado sus vacaciones en Marzo

2010.

– 4 X 30 = 30– 14– TOTAL 134 días.

AÑOS MESES DÍAS

FINAL 2010 8 15

INICIAL 2010 4 1

TOTAL 0 4 14

Page 35: Mano de obra

Calculo de Liquidación

• Regla de 3

• 360 días pagamos 15 días

• Cuanto para 134

• 134*15/360=

• Q 5.58

• 1930/30 = 64.33 diarios

• 64.33*5.58=358.19

Page 36: Mano de obra

Calculo de Liquidación

Descripción TOTAL

Indemnización 2648.39

Bono 14 1361.72

Aguinaldo 235.89

Vacaciones 359.19

TOTAL 4605.20

Page 37: Mano de obra

Calculo de Planilla

• 𝑆𝑎𝑙𝑎𝑟𝑖𝑜 𝐼𝑛𝑑𝑖𝑣𝑖𝑑𝑢𝑜 = 𝑆𝑢𝑒𝑙𝑑𝑜 𝑁𝑜𝑟𝑚𝑎𝑙 + 𝑆𝑢𝑒𝑙𝑑𝑜 𝐸𝑥𝑡𝑟𝑎 + 7𝑚𝑜 𝑑í𝑎 − 𝐼𝐺𝑆𝑆 𝐿𝐴𝐵𝑂𝑅𝐴𝐿 +𝐵𝑂𝑁𝑂 𝐿𝐸𝑌

• Calculo de la Bonificación– Mensual Q250

– Quincenal 125

– Semanal 62.5

• 𝑀𝑎𝑛𝑜 𝑂𝑏𝑟𝑎 𝐸𝑚𝑝𝑟𝑒𝑠 = 𝑖=1𝑛 𝑃𝑎𝑟𝑐𝑖𝑎𝑙𝑒𝑠 𝐷𝑒𝑣𝑒𝑛𝑔𝑎𝑑𝑜𝑠 + 𝐼𝐺𝑆𝑆𝑃𝐴𝑇𝑅𝑂𝑁𝐴𝐿 + 𝐼𝑅𝑇𝑅𝐴 + 𝐼𝑁𝑇𝐸𝐶𝐴𝑃 +𝐵𝑜𝑛𝑜𝑠 𝐼𝑛𝑐𝑒𝑛𝑡𝑖𝑣𝑜𝑠 − 𝐶𝑢𝑜𝑡𝑎 𝐿𝑎𝑏𝑜𝑟𝑎𝑟𝑙 𝐼𝐺𝑆𝑆

4.83%1.5

Q250

1%1%10.67%

Page 38: Mano de obra

Tarea

• Salario Mínimo– Cuanto es?

– Ultimo Acuerdo Gubernativo

• Séptimo día (Que ley)

• Decreto del Bono incentivo. (Ultimo aprobado)

• Vacaciones (Titulo 3ro, CT)

• Aguinaldo (Decreto y Presidente)

• Bono 14 (Decreto y Presidente)

• Indemnización (Titulo 2ndo, CT)