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Ley 1314 de julio 13 Ley 1314 de julio 13 de 2009 de 2009 VENTANA DE LA CONVERGENCIA A NORMAS INTERNACIONALES DE INFOPRMACION FINANCIERA NIIF - IFRS - NIC

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Ley 1314 de julio 13 de Ley 1314 de julio 13 de 20092009

VENTANA DE LA CONVERGENCIA A

NORMAS INTERNACIONALES DE INFOPRMACION FINANCIERA NIIF -

IFRS - NIC

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Ley 550 de 1999Ley 550 de 1999

• Articulo 63. Articulo 63. Artículo 63. Artículo 63. Armonización Armonización de las normas contables con los usos de las normas contables con los usos y reglas internacionalesy reglas internacionales.. (…) El (…) El Gobierno Nacional revisará las normas Gobierno Nacional revisará las normas actuales en materia de contabilidad, actuales en materia de contabilidad, auditoría, revisoría fiscal y divulgación auditoría, revisoría fiscal y divulgación de información, con el objeto de de información, con el objeto de ajustarlas a los parámetros ajustarlas a los parámetros internacionales y proponer al Congreso internacionales y proponer al Congreso las modificaciones pertinentes.las modificaciones pertinentes.

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Hacia la convergencia de Hacia la convergencia de Normas Internacionales de Normas Internacionales de

ContabilidadContabilidad"POR LA CUAL SE REGULAN LOS "POR LA CUAL SE REGULAN LOS

PRINCIPIOS Y NORMAS DE PRINCIPIOS Y NORMAS DE CONTABILIDAD E INFORMACION CONTABILIDAD E INFORMACION

FINANCIERA Y DE ASEGURAMIENTO FINANCIERA Y DE ASEGURAMIENTO DE INFORMACION ACEPTADOS EN DE INFORMACION ACEPTADOS EN

COLOMBIA, SE SEÑALAN LAS COLOMBIA, SE SEÑALAN LAS AUTORIDADES COMPETENTES, EL AUTORIDADES COMPETENTES, EL

PROCEDIMIENTO PARA SU PROCEDIMIENTO PARA SU EXPEDICIÓN Y SE DETERMINAN LAS EXPEDICIÓN Y SE DETERMINAN LAS

ENTIDADES RESPONSABLES DEENTIDADES RESPONSABLES DE

VIGILAR SU CUMPLIMIENTO".VIGILAR SU CUMPLIMIENTO".

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FIN A LAS ESPECULACIONES Y FIN A LAS ESPECULACIONES Y CAMINO A LAS REDEFICIONESCAMINO A LAS REDEFICIONES

•Academia Academia (Pilares de formación – Registro, (Pilares de formación – Registro, Arquitectura financiera y contable del Ente Arquitectura financiera y contable del Ente Económico, Legislación y Aseguramiento)Económico, Legislación y Aseguramiento) – AJUSTE DE CONTENIDOS – AJUSTE DE CONTENIDOS A LOS PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE FORMACION PARA CONTADORES PROFESIONALES DE LA - A LOS PRONUNCIAMIENTOS INTERNACIONALES DE FORMACION PARA CONTADORES PROFESIONALES DE LA -

IFAC.IFAC.

•DocenciaDocencia•EstudiantesEstudiantes•ProfesionalesProfesionales•EmpresariosEmpresarios•ConceptosConceptos

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ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.(Intervención de la Economía con limitación a (Intervención de la Economía con limitación a

la libertad).la libertad).

• SistemaSistema Único – Único – Estatuto Contable.Estatuto Contable.• Elementos – (Elementos – (Informes contables - Estados Informes contables - Estados

Financieros – Libros – Tecnología) Financieros – Libros – Tecnología) • Cualidades de la información financieraCualidades de la información financiera. .

(Comprensible, (Comprensible, transparentetransparente y comparable, y comparable, pertinente y confiable, útil para la toma de pertinente y confiable, útil para la toma de decisiones económicas.)decisiones económicas.)

•Destinatarios –Destinatarios – Estado, los propietarios, Estado, los propietarios, funcionarios y empleados de las empresas, los funcionarios y empleados de las empresas, los inversionistas actuales o potenciales y otras partes inversionistas actuales o potenciales y otras partes interesadas. interesadas.

•Objetivos –Objetivos – (Mejorar- productividad - (Mejorar- productividad - competitividad - desarrollo armónico de la actividad competitividad - desarrollo armónico de la actividad empresarial de las personas naturales y jurídicas empresarial de las personas naturales y jurídicas nacionales o extranjeras).nacionales o extranjeras).

•Finalidad - Interés público.Finalidad - Interés público.

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ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.ARTÍCULO 1°._ Objetivos de esta Ley.(Intervención de la Economía con limitación a (Intervención de la Economía con limitación a

la libertad).la libertad).

•Principios –Principios – ( (Equidad, Equidad, reciprocidad y reciprocidad y conveniencia nacional - la internacionalización conveniencia nacional - la internacionalización de las relaciones económicasde las relaciones económicas) )

•Acción del Estado –Acción del Estado – Convergencia.Convergencia.• (Con estándares internacionales de aceptación (Con estándares internacionales de aceptación

mundial, con las mejores prácticas y con la mundial, con las mejores prácticas y con la rápida evolución de los negocios).rápida evolución de los negocios).

•Sistema documental contable –Sistema documental contable – Conservación, difusión y depósito electrónico Conservación, difusión y depósito electrónico de la información de la información

•Registro de libros –Registro de libros – (Una vez (Una vez diligenciados).diligenciados).

•Limites – No aplica Limites – No aplica (a la contabilidad (a la contabilidad financiera gubernamental)financiera gubernamental)

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INTERES PUBLICOINTERES PUBLICO

• Concepto de orden funcional para Concepto de orden funcional para justificar diversas formas de justificar diversas formas de intervención del Estado en la esfera intervención del Estado en la esfera de los particulares previendo limites de los particulares previendo limites de distinto grado.de distinto grado.

• Para la IFAC (International Para la IFAC (International Federation of Accountants) Uno de Federation of Accountants) Uno de los ubjetivos generales de la profesión los ubjetivos generales de la profesión es proteger el “Interés Publico”es proteger el “Interés Publico”

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CONVERGENCIACONVERGENCIA

• Uno de los objetivos mas importantes del Uno de los objetivos mas importantes del IASC IASB International Acounting IASC IASB International Acounting Standards Committee International Standards Committee International Acounting Standards BoardAcounting Standards Board

• Lugar donde ocurre esta reunión (…).Lugar donde ocurre esta reunión (…).• Coincidencia de ideas y tendencias sociales, Coincidencia de ideas y tendencias sociales,

políticas, culturales o económicas. políticas, culturales o económicas. Confluencia(…).Confluencia(…).

• Convergencia adaptativa o convergencia Convergencia adaptativa o convergencia evolutiva. Proceso adaptativo según el cual evolutiva. Proceso adaptativo según el cual los organismos que se desenvuelven en un los organismos que se desenvuelven en un mismo medio desarrollan órganos parecidos mismo medio desarrollan órganos parecidos aunque estos tengan un origen diferente.aunque estos tengan un origen diferente.

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ARTÍCULO ARTÍCULO 2°._ 2°._ Ámbito de Ámbito de aplicaciónaplicación..

(Contadores públicos, funcionarios y demás personas (Contadores públicos, funcionarios y demás personas encargadas de la preparación de estados financieros)encargadas de la preparación de estados financieros)

• Contabilidad Simplificada. Contabilidad Simplificada. (Nivel (Nivel Moderado)Moderado)

• Contabilidad para Contabilidad para Microempresas. Microempresas. (Articulo 499 del Estatuto (Articulo 499 del Estatuto Tributario).Tributario).

• Contabilidad para no obligados. Contabilidad para no obligados. (Quienes pretendan valor probatorio).(Quienes pretendan valor probatorio).

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Obligados a llevar Obligados a llevar contabilidadcontabilidad

• Comerciantes Comerciantes (Articulo 19 al 73 Co. Co. ).(Articulo 19 al 73 Co. Co. ).

• Sociedades Civiles y demás Sociedades Civiles y demás Comunidades Organizadas.Comunidades Organizadas. (Articulo 23, 98 del (Articulo 23, 98 del Co. Co – Articulo 1 de la Ley 222 de 1995).Co. Co – Articulo 1 de la Ley 222 de 1995).

• ACTOS MERCANTILES.ACTOS MERCANTILES.• ACTOS CIVILES.ACTOS CIVILES.• Empresas del Grupo 1 – Decreto 2784 de dic.28 de Empresas del Grupo 1 – Decreto 2784 de dic.28 de

20122012• Empresas del Grupo 2Empresas del Grupo 2• Empresas del Grupo 3 – Decreto 2706 de dic.27 de Empresas del Grupo 3 – Decreto 2706 de dic.27 de

20122012

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EJES DE EJES DE IMPLEMENTACIONIMPLEMENTACION

• Empresas de interés publico y otras Empresas de interés publico y otras empresas privadas grandes NIIF y empresas privadas grandes NIIF y NAIF. NAIF. (Que cotizan en bolsa o simplemente se (Que cotizan en bolsa o simplemente se consideran de gran tamaño).consideran de gran tamaño).

• Sectores informales, micro, Sectores informales, micro, pequeñas y medianas empresaspequeñas y medianas empresas (Mipymes)(Mipymes)

- Contabilidad simplificada para medianas y pequeñas Contabilidad simplificada para medianas y pequeñas empresas.empresas.

- Contabilidad con base en caja para las microempresas.Contabilidad con base en caja para las microempresas.- Mecanismos para formalizar empresarial.Mecanismos para formalizar empresarial.

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ARTÍCULO ARTÍCULO 3°._ 3°._ De las normas de De las normas de contabilidad y de información contabilidad y de información

financiera.financiera.

• Sistema – Digno de Crédito y Sistema – Digno de Crédito y comparable.comparable.

• Reconocimiento de los hechos Reconocimiento de los hechos económicos económicos (Esencia o realidad económica / su (Esencia o realidad económica / su forma legal).forma legal).

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ARTICULO 4°. Independencia y autonomía ARTICULO 4°. Independencia y autonomía de las normas tributarias frente a las de de las normas tributarias frente a las de contabilidad y de información financiera.contabilidad y de información financiera.

• Remisión de las normas tributarias.Remisión de las normas tributarias. (Cuando las Leyes tributarias remitan expresamente a estas – a las (Cuando las Leyes tributarias remitan expresamente a estas – a las Contables)Contables)

• Supletoriedad de las normas Contables.Supletoriedad de las normas Contables. (Cuando las tributarias no regulen la materia). (Cuando las tributarias no regulen la materia).

• Autonomía de las normas tributarias.Autonomía de las normas tributarias. (Las declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados (Las declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lo determina la legislación fiscal).según lo determina la legislación fiscal).

• Prevalecía de las normas tributariasPrevalecía de las normas tributarias. . (Cuando se presente incompatibilidad entre las normas contables y (Cuando se presente incompatibilidad entre las normas contables y las de carácter tributario, prevalecerán estas últimas).las de carácter tributario, prevalecerán estas últimas).

• Contabilización de las revelaciones y Contabilización de las revelaciones y conciliaciones fiscales.conciliaciones fiscales. (Conciliación Fiscal)(Conciliación Fiscal)

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ARTÍCULO 5°. De las normas ARTÍCULO 5°. De las normas de aseguramiento de de aseguramiento de

información.información.• Aseguramiento de información.Aseguramiento de información. (Normas éticas, Normas de auditoria de información (Normas éticas, Normas de auditoria de información

financiera histórica, Normas de revisión de información financiera histórica, Normas de revisión de información financiera histórica y normas de aseguramiento de financiera histórica y normas de aseguramiento de información distinta de la anterior).información distinta de la anterior).

• Normas de auditoria integral.Normas de auditoria integral. (Aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las (Aplicables a los casos en que hubiere que practicar sobre las

operaciones de un mismo ente diferentes auditorias) operaciones de un mismo ente diferentes auditorias)

• Contratación de servicios de Contratación de servicios de aseguramiento de la aseguramiento de la información financiera.información financiera. (Con personas (Con personas jurídicas o naturales – Con la dirección y responsabilidad de jurídicas o naturales – Con la dirección y responsabilidad de contadores públicos).contadores públicos).

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DE LA PROTECCION DE LA INFORMACION Y DE LA PROTECCION DE LA INFORMACION Y DE LOS DATOSDE LOS DATOS

Ley 1273 de enero 5 de 2009Ley 1273 de enero 5 de 2009

Adiciona al código penal delitos tales como:Adiciona al código penal delitos tales como:• Acceso abusivo a un sistema informático.Acceso abusivo a un sistema informático.• Obstaculización ilegitima de sistema Obstaculización ilegitima de sistema

informático o red de telecomunicaciones.informático o red de telecomunicaciones.• Interceptación de datos informáticos.Interceptación de datos informáticos.• Daño informático.Daño informático.• Uso de Software maliciosoUso de Software malicioso• Violación de datos personales.Violación de datos personales.• Suplantación de sitios web para capturar Suplantación de sitios web para capturar

datos personales y otros atentados datos personales y otros atentados informáticosinformáticos

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JUSTIFICACION DEL JUSTIFICACION DEL ASEGURAMIENTO DE LA ASEGURAMIENTO DE LA

INFORMACION INFORMACION (L. 1273 de enero 2009)(L. 1273 de enero 2009)

• Es la base sobre la que se construye la toma Es la base sobre la que se construye la toma de decisiones de una organización.de decisiones de una organización.

• Sin aseguramiento, las empresas no tienen Sin aseguramiento, las empresas no tienen certidumbre de que la información sobre la certidumbre de que la información sobre la que sustentan sus decisiones es confiable, que sustentan sus decisiones es confiable, segura y está disponible cuando se necesita.segura y está disponible cuando se necesita.

• Es la realización de actividades, con el fin de Es la realización de actividades, con el fin de proteger la información, los sistemas de proteger la información, los sistemas de información , y preservar la disponibilidad, información , y preservar la disponibilidad, la integridad, la confidencialidad, la la integridad, la confidencialidad, la autenticidad, ante el riesgo de amenazas autenticidad, ante el riesgo de amenazas locales, o remotas a través de locales, o remotas a través de comunicaciones e Internet.comunicaciones e Internet.

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ARTÍCULO 6°._ Autoridades de ARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación y normalización técnicaregulación y normalización técnica

• En materia de contabilidad En materia de contabilidad públicapública (Contaduría General de la Nación)(Contaduría General de la Nación)

• Regulación.Regulación. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio,

Industria y Turismo)Industria y Turismo)

• Normalización Técnica.Normalización Técnica. (Consejo Técnico de la Contaduría Pública)(Consejo Técnico de la Contaduría Pública)

• Órganos de supervisión y sus Órganos de supervisión y sus límites.límites.

(En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – (En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de las normas; Expedición de normas Vigilar el cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco normativo).técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco normativo).

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ARTÍCULO 6°._ Autoridades de ARTÍCULO 6°._ Autoridades de regulación y normalización técnicaregulación y normalización técnica

• En materia de contabilidad En materia de contabilidad públicapública (Contaduría General de la Nación)(Contaduría General de la Nación)

• Regulación. Regulación. (Ministerios de Hacienda y Crédito (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo)Público y de Comercio, Industria y Turismo)

• Normalización TécnicaNormalización Técnica..(Consejo Técnico de (Consejo Técnico de la Contaduría Pública)la Contaduría Pública)

. Órganos de supervisión y sus . Órganos de supervisión y sus límites.límites. (En los términos señalados en el artículo 10 de la (En los términos señalados en el artículo 10 de la presente Ley – Vigilar el cumplimiento de las normas; Expedición presente Ley – Vigilar el cumplimiento de las normas; Expedición de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco de normas técnicas, interpretaciones y guías, dentro del marco normativo).normativo).

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REGULACIONREGULACION

• Las regulaciones son entendidas como el Las regulaciones son entendidas como el amplio rango de instrumentos legales y amplio rango de instrumentos legales y decisiones constituciones, leyes decisiones constituciones, leyes parlamentarias, legislaciones parlamentarias, legislaciones subordinadas, decretos, ordenes, normas subordinadas, decretos, ordenes, normas licencias, códigos y aún los instrumentos licencias, códigos y aún los instrumentos informales mediante los cuales los informales mediante los cuales los gobiernos establecen condiciones en la gobiernos establecen condiciones en la conducta de los ciudadanos, las conducta de los ciudadanos, las empresas y el gobierno mismo (OCDE)empresas y el gobierno mismo (OCDE)

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NORMALIZACION O NORMALIZACION O ESTANDARIZACIONESTANDARIZACION

• Modificación de un establecimiento existente con la Modificación de un establecimiento existente con la finalidad de adecuarlo a ciertas normas finalidad de adecuarlo a ciertas normas predeterminadas.predeterminadas.

• Sometimiento de un conjunto de fenómenos, Sometimiento de un conjunto de fenómenos, situaciones u objetos a un modelo, reglamento o situaciones u objetos a un modelo, reglamento o patrón. La normalización se expresa actualmente en patrón. La normalización se expresa actualmente en todo el abanico de actividades humanas especializadas todo el abanico de actividades humanas especializadas (ciencia, técnica, economía, comercio, industria, etc.(ciencia, técnica, economía, comercio, industria, etc.

• Actividad que aporta soluciones para aplicaciones Actividad que aporta soluciones para aplicaciones repetitivas que se desarrollan fundamentalmente, en el repetitivas que se desarrollan fundamentalmente, en el ámbito de la ciencia, la tecnología y la economía, con ámbito de la ciencia, la tecnología y la economía, con el fin de conseguir una ordenación óptima en un el fin de conseguir una ordenación óptima en un determinado contexto determinado contexto

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ARTICULO 7°. Criterios a los cuales debe ARTICULO 7°. Criterios a los cuales debe sujetarse la regulación autorizada por esta sujetarse la regulación autorizada por esta

Ley.Ley.(Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, (Los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio,

Industria y Turismo, observarán los siguientes criterios)Industria y Turismo, observarán los siguientes criterios)• 1. Que los proyectos por parte del Consejo Técnico de la 1. Que los proyectos por parte del Consejo Técnico de la

Contaduría Pública sean.Contaduría Pública sean. (Sean abiertos, transparente y de público (Sean abiertos, transparente y de público conocimiento).conocimiento).

• 22. . Considerar las recomendaciones y observaciones de la Considerar las recomendaciones y observaciones de la DIAN y organismos responsables del diseño y manejo de la DIAN y organismos responsables del diseño y manejo de la política económicapolítica económica y y entidades de inspección, vigilancia o entidades de inspección, vigilancia o control.control.

• 3. Para un texto definitivo, se deben tener en cuenta las 3. Para un texto definitivo, se deben tener en cuenta las observaciones aportadas durante la etapa de exposición pública de observaciones aportadas durante la etapa de exposición pública de los proyectos.los proyectos.

• 4. Publicación y divulgación, de las normas.4. Publicación y divulgación, de las normas.• 55. . Velaran porVelaran por que las reglamentaciones de otras autoridades de la que las reglamentaciones de otras autoridades de la

rama ejecutiva estén acorde a la ley emitiendo conjuntamente rama ejecutiva estén acorde a la ley emitiendo conjuntamente opiniones no vinculantes; velaran porque los procesos de desarrollo opiniones no vinculantes; velaran porque los procesos de desarrollo de esta Ley, se realicen de manera abierta y transparente.de esta Ley, se realicen de manera abierta y transparente.

• 6. Garantizar buenas prácticas y un debido proceso en la 6. Garantizar buenas prácticas y un debido proceso en la regulación.regulación.

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Artículo 8°._Artículo 8°._ Criterios a los cuales Criterios a los cuales debe sujetarse el Consejo Técnico de debe sujetarse el Consejo Técnico de

la Contaduría Pública.la Contaduría Pública.• 1.1. Enviará a los Ministerios, al menos una vez cada seis (6) Enviará a los Ministerios, al menos una vez cada seis (6)

meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los meses, para su difusión, un programa de trabajo que describa los proyectos que considere emprender o que se encuentren en proyectos que considere emprender o que se encuentren en curso.curso.

• 2. M2. Mejores prácticas internacionales,ejores prácticas internacionales, utilizando procedimientos utilizando procedimientos

que sean ágiles, flexibles, transparentes y de público que sean ágiles, flexibles, transparentes y de público conocimiento teniendo en cuenta, la comparación entre el conocimiento teniendo en cuenta, la comparación entre el beneficio y el costo que producirían sus proyectos en caso de ser beneficio y el costo que producirían sus proyectos en caso de ser convertidos en normas.convertidos en normas.

• 3.3. E Estándares más recientes y de mayor aceptación que hayan stándares más recientes y de mayor aceptación que hayan sido expedidos o estén próximos a ser expedidos - Conveniencia e sido expedidos o estén próximos a ser expedidos - Conveniencia e implicaciones de acuerdo con el interés público y el bien común.implicaciones de acuerdo con el interés público y el bien común.

• 4, Tendrá en cuenta la Escalabilidad entre los entes económicos4, Tendrá en cuenta la Escalabilidad entre los entes económicos

• 5. Propenderá por la participación voluntaria de reconocidos 5. Propenderá por la participación voluntaria de reconocidos expertos en la materia. expertos en la materia.

• 6.6. Establecerá Comités Técnicos ad - honoremEstablecerá Comités Técnicos ad - honorem..

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Artículo 8°._Artículo 8°._ Criterios a los cuales Criterios a los cuales debe sujetarse el Consejo Técnico de debe sujetarse el Consejo Técnico de

la Contaduría Pública.la Contaduría Pública.• 7. Considerará las recomendaciones de formuladas por la DIAN, por los 7. Considerará las recomendaciones de formuladas por la DIAN, por los

organismos responsables del diseño y manejo de la política económica, por organismos responsables del diseño y manejo de la política económica, por quienes ejercen funciones de inspección, vigilancia o control y por quienes quienes ejercen funciones de inspección, vigilancia o control y por quienes participen en los procesos de discusión pública.participen en los procesos de discusión pública.

• 8. Dispondrá la publicación, amplia divulgación, de los borradores de sus 8. Dispondrá la publicación, amplia divulgación, de los borradores de sus proyectos y remisión a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de proyectos y remisión a los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, publicará los proyectos definitivos.Comercio, Industria y Turismo, publicará los proyectos definitivos.

• 9. Velará porque sus decisiones sean adoptadas en tiempos razonables y con las 9. Velará porque sus decisiones sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas posibles para sus destinatarios.menores cargas posibles para sus destinatarios.

• 10. Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de 10. Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de Contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información,. Contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información,.

• 11. Evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras 11. Evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de normalización internacional. (Organismos de instituciones con actividades de normalización internacional. (Organismos de Control y Vigilancia)Control y Vigilancia)

• 12. En coordinación con los Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito 12. En coordinación con los Ministerios de Educación, Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo, así como con los representantes de las Público y Comercio, Industria y Turismo, así como con los representantes de las facultades y programas de Contaduría Pública del país, promover un proceso de facultades y programas de Contaduría Pública del país, promover un proceso de divulgacióndivulgación

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Conformación del Consejo Conformación del Consejo Técnico de la Contaduría Técnico de la Contaduría Publica Publica (D. 691 de marzo 04 de 2010)(D. 691 de marzo 04 de 2010)

• Organismo permanente de normalización, Organismo permanente de normalización, de 4 miembros.de 4 miembros.

• Presidente – Nombra (1).Presidente – Nombra (1).• Ministerio de Hacienda y Crédito Publico – Ministerio de Hacienda y Crédito Publico –

(1).(1).• Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – (1).Ministerio de Comercio, Industria y Turismo – (1).

-Uno de ellos podrá no tener la calidad de -Uno de ellos podrá no tener la calidad de Contador-Contador-

- El miembro nombrado por el Presidente será el - El miembro nombrado por el Presidente será el Presidente del Organismo.Presidente del Organismo.

13/04/23 24

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Conformación del Consejo Técnico de la Conformación del Consejo Técnico de la Contaduría Publica (D. 691 de marzo 04 Contaduría Publica (D. 691 de marzo 04

de 2010)de 2010)

• Cuarto miembro del CTCP.Cuarto miembro del CTCP.• Lo nombrara el Presidente de ternas Lo nombrara el Presidente de ternas

enviadas por: Asociaciones de enviadas por: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de Contadores Públicos, Facultades de Contaduría, Colegios de Contadores, Contaduría, Colegios de Contadores, y Federaciones de Contadores.y Federaciones de Contadores.

• Procedimiento Procedimiento

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13/04/23 26

ARTÍCULO 9°. Autoridad ARTÍCULO 9°. Autoridad Disciplinaria:Disciplinaria:

• La Junta Central de Contadores, Unidad La Junta Central de Contadores, Unidad Administrativa Especial con personería Administrativa Especial con personería jurídica, continuará actuando como jurídica, continuará actuando como tribunal disciplinario y órgano de registro tribunal disciplinario y órgano de registro de la profesión contable. Para el de la profesión contable. Para el cumplimiento de sus funciones podrá cumplimiento de sus funciones podrá solicitar documentos, practicar solicitar documentos, practicar inspecciones, obtener declaraciones y inspecciones, obtener declaraciones y testimonios, así como aplicar sanciones testimonios, así como aplicar sanciones personales o institucionales a quienes personales o institucionales a quienes hayan violado las normas aplicables.hayan violado las normas aplicables. (Debido (Debido

Proceso)Proceso)

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ARTÍCULO 10°. Autoridades de supervisión.ARTÍCULO 10°. Autoridades de supervisión.(Corresponde a las autoridades de (Corresponde a las autoridades de

supervisión)supervisión)

• 1.1. Vigilar por el cumplimiento, y aplicar Vigilar por el cumplimiento, y aplicar las sanciones a que haya lugar por las sanciones a que haya lugar por infracciones a las mismas.infracciones a las mismas.

• 2.2. Expedir normas técnicas especiales, Expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de interpretaciones y guías en materia de Contabilidad y de información Contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de financiera y de aseguramiento de información dentro de los límites información dentro de los límites fijados en la Constitución, en la fijados en la Constitución, en la presente Ley y en las normas que la presente Ley y en las normas que la reglamenten y desarrollen.reglamenten y desarrollen.

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ARTICULO 11°.ARTICULO 11°. Ajustes Institucionales:Ajustes Institucionales:(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la (Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la

Constitución Política)Constitución Política)

• A los funcionarios y asesores de las entidades a que hace A los funcionarios y asesores de las entidades a que hace referencia el articulo 6, así como a los integrantes, empleados y referencia el articulo 6, así como a los integrantes, empleados y contratistas de la Junta Central de Contadores y del Consejo contratistas de la Junta Central de Contadores y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, se les aplicará en su totalidad Técnico de la Contaduría Pública, se les aplicará en su totalidad las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades, reglas para las inhabilidades, impedimentos, incompatibilidades, reglas para manejo de conflictos de interés y demás normas consagradas en la manejo de conflictos de interés y demás normas consagradas en la Ley 734 de 2002 o demás normas que la adicionen, modifiquen o Ley 734 de 2002 o demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan.sustituyan.

• Los recursos del CTCP, provendrán del presupuesto nacional, se Los recursos del CTCP, provendrán del presupuesto nacional, se administrarán y ejecutarán por el Ministerio de Comercio, administrarán y ejecutarán por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a partir del 1 de enero del año 2010.Industria y Turismo, a partir del 1 de enero del año 2010.

• Por lo menos tres cuartas partes de los miembros del CTCP Por lo menos tres cuartas partes de los miembros del CTCP deberán ser contadores públicos que hayan ejercido con buen deberán ser contadores públicos que hayan ejercido con buen crédito su profesión.crédito su profesión. Todos los miembros del Consejo Técnico de la Todos los miembros del Consejo Técnico de la Contaduría Pública deberán demostrar conocimiento y experiencia Contaduría Pública deberán demostrar conocimiento y experiencia de más de diez (10) años, en dos (2) o más de las siguientes áreas de más de diez (10) años, en dos (2) o más de las siguientes áreas o especialidades: revisoría fiscal, investigación contable, docencia o especialidades: revisoría fiscal, investigación contable, docencia contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, contable, contabilidad, regulación contable, aseguramiento, derecho tributario, finanzas, formulación y evaluación de derecho tributario, finanzas, formulación y evaluación de proyectos de inversión o negocios nacionales e internacionales.proyectos de inversión o negocios nacionales e internacionales.

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ARTICULO 11°.ARTICULO 11°. Ajustes Institucionales:Ajustes Institucionales:(Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la (Conforme a lo previsto en el artículo 189 de la

Constitución Política)Constitución Política)

• Se garantizará un grupo de la mejor combinación Se garantizará un grupo de la mejor combinación posible de habilidades técnicas y de experiencia en las posible de habilidades técnicas y de experiencia en las materias …, así como en las realidades y perspectivas materias …, así como en las realidades y perspectivas de los mercados, con el fin de obtener proyectos de de los mercados, con el fin de obtener proyectos de normas de alta calidad y pertinencia.normas de alta calidad y pertinencia.

• Una cuarta parte de los miembros serán designados por Una cuarta parte de los miembros serán designados por el Presidente de la República, de ternas enviadas por el Presidente de la República, de ternas enviadas por diferentes entidades tales como: Asociaciones de diferentes entidades tales como: Asociaciones de Contadores Públicos, Facultades de Contaduría, Contadores Públicos, Facultades de Contaduría, Colegios de Contadores Públicos y Federaciones de Colegios de Contadores Públicos y Federaciones de Contadores.Contadores.

• Las temas serán elaboradas por las anteriores Las temas serán elaboradas por las anteriores

organizaciones, a partir de una lista de elegibles organizaciones, a partir de una lista de elegibles conformada mediante concurso público de méritos que conformada mediante concurso público de méritos que incluyan examen de antecedentes laborales, examen de incluyan examen de antecedentes laborales, examen de conocimientos y experiencia de que trata este artículo.conocimientos y experiencia de que trata este artículo.

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ARTÍCULO 12°.ARTÍCULO 12°. Coordinación entre entidades Coordinación entre entidades públicaspúblicas..

(Para garantizar que las normas sean homogéneos, (Para garantizar que las normas sean homogéneos, consistentes y comparables.)consistentes y comparables.)

• Las autoridades de regulación y Las autoridades de regulación y de supervisión obligatoriamente de supervisión obligatoriamente coordinarán el ejercicio de sus coordinarán el ejercicio de sus funciones.funciones.

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ARTICULO 13°.ARTICULO 13°. Primera Primera Revisión:Revisión:

• A partir del 1° de enero del año 2010 y dentro de A partir del 1° de enero del año 2010 y dentro de los seis (6) meses siguientes a esta fecha, el los seis (6) meses siguientes a esta fecha, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública hará una Consejo Técnico de la Contaduría Pública hará una primera revisión de las normas de contabilidad, de primera revisión de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de información financiera y de aseguramiento de información.información.

• Dicho plan deberá ejecutarse dentro de los Dicho plan deberá ejecutarse dentro de los veinticuatro (24) meses siguientesveinticuatro (24) meses siguientes, , término término durante el cual el Consejo presentará a durante el cual el Consejo presentará a consideración de los Ministerios de Hacienda y consideración de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo los proyectos a que haya lugar.los proyectos a que haya lugar.

• Las normas legales sobre contabilidadLas normas legales sobre contabilidad, , expedidas expedidas con anterioridad conservarán su vigor hasta que con anterioridad conservarán su vigor hasta que entre en vigencia una nueva disposición expedida entre en vigencia una nueva disposición expedida en desarrollo de esta Ley que las modifique, en desarrollo de esta Ley que las modifique, reemplace o eliminereemplace o elimine..

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ARTÍCULO 14°. Entrada en vigencia de las normas ARTÍCULO 14°. Entrada en vigencia de las normas de intervención en materia de contabilidad y de de intervención en materia de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información financiera y de aseguramiento de

informacióninformación..

• A partir de la vigencia el 1° de A partir de la vigencia el 1° de enero del segundo año gravable enero del segundo año gravable siguiente al de su promulgación, siguiente al de su promulgación, a menos que en virtud de su a menos que en virtud de su complejidad, consideren complejidad, consideren necesario establecer un plazo necesario establecer un plazo diferente.diferente.

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ARTÍCULO 15°. Aplicación ARTÍCULO 15°. Aplicación extensiva.extensiva.

• Cuando para no comerciantes se advierta Cuando para no comerciantes se advierta que no contempla normas en materia de que no contempla normas en materia de contabilidad, estados financieros, control contabilidad, estados financieros, control interno, administradores, rendición de interno, administradores, rendición de cuentas, informes a los máximos órganos cuentas, informes a los máximos órganos sociales, revisoría fiscal, auditoria, o cuando sociales, revisoría fiscal, auditoria, o cuando como consecuencia de una normatividad como consecuencia de una normatividad incompleta se adviertan vacíos legales en incompleta se adviertan vacíos legales en dicho régimen, se aplicarán en forma dicho régimen, se aplicarán en forma supletiva las disposiciones para las supletiva las disposiciones para las sociedades comerciales previstas en el Co. sociedades comerciales previstas en el Co. Co. y en las demás normas que modifican y Co. y en las demás normas que modifican y adicionan a éste.adicionan a éste.

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ARTICULO 16°, Transitorio.ARTICULO 16°, Transitorio.

• Las entidades que estén adelantando Las entidades que estén adelantando procesos de convergencia …,procesos de convergencia …, podrán podrán continuar haciéndolo.continuar haciéndolo.

• Las normas así promulgadas serán Las normas así promulgadas serán revisadas por el CTCP para asegurar revisadas por el CTCP para asegurar su concordancia, una vez sean su concordancia, una vez sean expedidas por los Ministerios de expedidas por los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, con Comercio, Industria y Turismo, con las normas a que hace referencia esta las normas a que hace referencia esta LeyLey..

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ARTÍCULO 17° Vigencia y ARTÍCULO 17° Vigencia y derogatorias.derogatorias.

(La presente Ley rige a partir de la fecha de su (La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean publicación y deroga todas las normas que le sean

contrarias).contrarias).• DEROGATORIA TACITA. Deja vigente en normas DEROGATORIA TACITA. Deja vigente en normas

anteriores, aunque versen sobre la misma anteriores, aunque versen sobre la misma materia, todo aquello que no pugna con la nueva materia, todo aquello que no pugna con la nueva ley. ley. (Art. 72 del C.C.).(Art. 72 del C.C.).

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Nic. 1 – NIIF 2007. Nic. 1 – NIIF 2007. Presentación de Estados Presentación de Estados Financieros - ObjetivosFinancieros - Objetivos

• Establece las bases para la Establece las bases para la presentaciónpresentación

• Asegurando la comparabilidad respecto Asegurando la comparabilidad respecto de ejercicios anteriores y frente a otras de ejercicios anteriores y frente a otras entidades.entidades.

- Consideraciones generales.Consideraciones generales.- Determinación de la estructura.Determinación de la estructura.- Requisitos y contenidos mínimosRequisitos y contenidos mínimos

(El reconocimiento, medición, transacciones y sucesos particulares se abordan en la Nic.1.1)(El reconocimiento, medición, transacciones y sucesos particulares se abordan en la Nic.1.1) 13/04/23 36

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Nic. 1 – AlcanceNic. 1 – Alcance

• Información de propósito general.Información de propósito general.• No aplica a usuarios con requerimientos de No aplica a usuarios con requerimientos de

información especifica.información especifica.• No aplica a estados financieros intermedios.No aplica a estados financieros intermedios.

(Nic.34).(Nic.34).

• Aplica lo relativo a: imagen fiel, empresa en Aplica lo relativo a: imagen fiel, empresa en marcha, devengo, uniformidad, materialidad, marcha, devengo, uniformidad, materialidad, compensación, información comparativa.compensación, información comparativa.

• No aplica para entidades financieras. No aplica para entidades financieras. (Nic. 30-IFRS 7)(Nic. 30-IFRS 7) ºº

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Nic.1- Finalidad de los Nic.1- Finalidad de los Estados Financieros.(Estados Financieros.(

• Representación estructurada de la Representación estructurada de la situación y desempeño económico y de situación y desempeño económico y de los flujos en efectivo del ente. los flujos en efectivo del ente. (Nic. 1.7)(Nic. 1.7)

• Elementos del ente: Activos; pasivos; Elementos del ente: Activos; pasivos; patrimonio neto; gastos e ingresos, en los patrimonio neto; gastos e ingresos, en los que se incluyen las perdidas y ganancias; que se incluyen las perdidas y ganancias; otros cambios en el patrimonio neto; y otros cambios en el patrimonio neto; y flujos de efectivo.flujos de efectivo.

• Información contenida en las notas.Información contenida en las notas.(Deben ayudar a los usuarios a predecir flujos de efectivo futuros, la distribución y certidumbre (Deben ayudar a los usuarios a predecir flujos de efectivo futuros, la distribución y certidumbre

de los mismos) de los mismos)

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Nic.1 - Conjunto Nic.1 - Conjunto completo de Estados completo de Estados

Financieros Financieros (Nic.1.8)(Nic.1.8)• Balance.Balance.• Estado de Resultados.Estado de Resultados.• Estado de cambios en el patrimonio neto, Estado de cambios en el patrimonio neto,

bien sea que estos se den por operaciones bien sea que estos se den por operaciones con los propietarios o que procedan de con los propietarios o que procedan de operaciones distintas.operaciones distintas.

• Estado de flujos de efectivo.Estado de flujos de efectivo.• NotasNotas (Resumen de las políticas contables significativas y otras notas (Resumen de las políticas contables significativas y otras notas

explicativas). Los informes adicionales están fuera del alcance de las NIIF (NIC1.9-explicativas). Los informes adicionales están fuera del alcance de las NIIF (NIC1.9-10) 10)

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Nic. 1 – Consideraciones Nic. 1 – Consideraciones generales.generales.

• Presentación razonable y Presentación razonable y cumplimiento de las NIIF. cumplimiento de las NIIF. (Imagen fiel de los efectos (Imagen fiel de los efectos

de las transacciones, según criterios de reconocimiento de los activos pasivos, ingresos, de las transacciones, según criterios de reconocimiento de los activos pasivos, ingresos, y gastos fijados en el marco conceptual – NIC. 1,13 – 1,14)y gastos fijados en el marco conceptual – NIC. 1,13 – 1,14)

• Políticas contables. (Políticas contables. (No están legitimadas políticas No están legitimadas políticas

contables inadecuadas).contables inadecuadas).

• Hipótesis de negocio en marcha. Hipótesis de negocio en marcha. (Amenos (Amenos

que se pretenda liquidar el ente o cesar su actividad, en este caso se opta por que se pretenda liquidar el ente o cesar su actividad, en este caso se opta por revelaciones )revelaciones )

• Base contable de acumulación (o Base contable de acumulación (o devengo).devengo). (Las operaciones y hechos se reconocen cuando ocurren – Los (Las operaciones y hechos se reconocen cuando ocurren – Los

gastos se deben asociar directamente a los costos e ingresos – No se permiten en el gastos se deben asociar directamente a los costos e ingresos – No se permiten en el balance partidas que no estén definidas como activos y pasivos reales). – Salvo la balance partidas que no estén definidas como activos y pasivos reales). – Salvo la información sobre flujos de efectivo.información sobre flujos de efectivo.

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Nic. 1 – Otros aspectos a Nic. 1 – Otros aspectos a tener en cuentatener en cuenta

• Uniformidad. Uniformidad. (Se obliga a cambiar los importes de años precedentes (Se obliga a cambiar los importes de años precedentes

por cambios significativos para preservar la uniformidad en la presentación). por cambios significativos para preservar la uniformidad en la presentación).

• Importancia relativa y agrupación de Importancia relativa y agrupación de datos. datos. (Presentación separada, las partidas de importancia relativa – agrupación (Presentación separada, las partidas de importancia relativa – agrupación

las de menor cuantía de similar naturaleza).las de menor cuantía de similar naturaleza).

• Compensación. Compensación. (Según lo dictamine una NIC. – Activo Vs. Gasto, (Según lo dictamine una NIC. – Activo Vs. Gasto,

Pasivo Vs. Ingresos; si no son significativos).Pasivo Vs. Ingresos; si no son significativos).

• Información comparativa año anterior.Información comparativa año anterior.• Conservación de la presentación y Conservación de la presentación y

clasificación. clasificación. (De un año a otro) (De un año a otro)

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DE LAS ABREVIATURAS DE LAS ABREVIATURAS A CONOCERA CONOCER

• A.A.AA.A.A American Accounting Asociation, Asociación Americana de American Accounting Asociation, Asociación Americana de Contabilidad.Contabilidad.

•   • AICPA:AICPA:American Institute of Certified Public Accountants - Instituto American Institute of Certified Public Accountants - Instituto

Americano de Contadores Públicos Certificados.Americano de Contadores Públicos Certificados.•   • APBAPB: : Accounting Principles Board - Comité de Principios de Accounting Principles Board - Comité de Principios de

Contabilidad Contabilidad •   • FEEFEE: : Fédération Des Experts Comptables Européensthe Federation Fédération Des Experts Comptables Européensthe Federation

Of European Accountants - Federación Europea de Contadores Of European Accountants - Federación Europea de Contadores •   • IAS:IAS: International Accounting Standards - Estándares International Accounting Standards - Estándares

Internacionales de Contabilidad, también conocidos como Normas Internacionales de Contabilidad, también conocidos como Normas Internacionales de Contabilidad, NIC.Internacionales de Contabilidad, NIC.

13/04/23 42

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DE LAS ABREVIATURAS DE LAS ABREVIATURAS A CONOCERA CONOCER

• IASB:IASB: International Accounting Standards Board - Junta de International Accounting Standards Board - Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad. Reemplazó al Estándares Internacionales de Contabilidad. Reemplazó al International Accounting Standards Committee, IASC o Comité International Accounting Standards Committee, IASC o Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad. de Estándares Internacionales de Contabilidad.

• IASCIASC:: International Accounting Standards Committee - Comité International Accounting Standards Committee - Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad de Estándares Internacionales de Contabilidad

• IASCF:IASCF: International Accounting Standards Committee International Accounting Standards Committee Foundation- Fundación del Comité de Estándares Foundation- Fundación del Comité de Estándares Internacionales de Contabilidad. Internacionales de Contabilidad.

• IFAC: IFAC: International Federation of Accountants- International Federation of Accountants- Federación Internacional de Contadores Públicos Federación Internacional de Contadores Públicos

• IFRIC: IFRIC: International Financial Reporting Interpretations International Financial Reporting Interpretations Committee of the IASB - Comité de Interpretación de las Committee of the IASB - Comité de Interpretación de las Normas Internacionales de Información Financiera. Normas Internacionales de Información Financiera.

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DE LAS ABREVIATURAS DE LAS ABREVIATURAS A CONOCERA CONOCER

• IFRSIFRS:: International Financial Accounting Standards -Estándares International Financial Accounting Standards -Estándares Internacionales de Información Financiera, también conocidos Internacionales de Información Financiera, también conocidos como Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF.como Normas Internacionales de Información Financiera, NIIF.

• IOSCO:IOSCO: International Organization of securities commission- International Organization of securities commission- Organización Internacional de Reguladores del Mercado de Valores Organización Internacional de Reguladores del Mercado de Valores

• PCAOBPCAOB:: Public Company Accounting Oversight Board (United Public Company Accounting Oversight Board (United States) - Junta de Supervisión de la Contabilidad de las Compañías States) - Junta de Supervisión de la Contabilidad de las Compañías Públicas de Estados Unidos.Públicas de Estados Unidos.

• SECSEC:: Securities and Exchange Commission - Comisión de Valores Securities and Exchange Commission - Comisión de Valores de los Estados Unidos. de los Estados Unidos.

• FASBFASB:: Financial Accounting Standards Board (United States) - Financial Accounting Standards Board (United States) - Junta de Estándares de Contabilidad Financiera de los Estados Junta de Estándares de Contabilidad Financiera de los Estados Unidos. Unidos.

• US GAAPUS GAAP:: Generally Accepted Accounting Principies (United Generally Accepted Accounting Principies (United States) Principios de contabilidad generalmente aceptados de los States) Principios de contabilidad generalmente aceptados de los Estados UnidosEstados Unidos

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