ley antitabaco
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LEY ANTITABACO
Tramitación de la Ley Antitabaco
El Ministerio de Sanidad ha optado finalmente por el camino más fácil para conseguir la prohibición total en lugares públicos cerrados. Mediante un acuerdo entre PSOE, ERC e IU en el Congreso, se aprobará una modificación parcial de la actual norma para lograr su entrada en vigor el próximo 2 de enero de 2011. A la espera de conocer la redacción definitiva, ya se conocen los principios básicos de la nueva Ley Antitabaco.
Dónde se puede fumar con la nueva Ley Antitabaco
Con esta modificación, se prohibirá fumar en cualquier tipo de local cerrado abierto al público, lo que se traduce en bares, restaurantes y discotecas libres de humo. Sólo habrá unas pocas excepciones, pero en general se puede hablar de prohibición total, lo que iguala la legislación española a las más avanzadas en esta materia como pueden ser la estadounidense, la alemana o la británica.
¿Se puede fumar en los aeropuertos?
Aunque la prohibición de fumar en los aeropuertos lleva años vigentes, todas las terminales habían habilitado zonas para fumadores, hecho que provocaba la concentración de fumadores y mal olor en determinadas zonas de los aeródromos. Con la nueva normativa, esos espacios desaparecerán.
Por tanto, una persona fumadora debe hacerse a la idea que desde el momento que acceda a una terminal, no podrá volver a fumar hasta que llegue a su destino.
Lugares donde se podrá fumar
La ley permitirá fumar en los hoteles (aunque un 70% de las habitaciones deben reservarse libres de humo), en las prisiones, en los centros psiquiátricos y en los denominados “clubes de fumadores”.
Si alguien incumple la Ley, ¿cuáles serían las sanciones?
Las infracciones quedan divididas en tres: infracciones leves, con multa que va de 30 hasta 600 euros; infracciones graves, con multa desde 601 euros hasta 10.000, y finalmente infracciones muy graves, desde 10.001 hasta 600.000 euros.
Como afecta la ley antitabaco a los bares
Los locales con menos de 100 metros cuadrados habilitados al público tendrán que
decidir si su establecimiento será un espacio libre de humo o no. El resto de locales de
más de 100 metros cuadrados que decidan habilitar una zona para fumadores, tendrá un
plazo de ocho meses para adaptar el local a la ley antitabaco, la zona de fumadores
deberá estar señalizada y no deberá superar el 30 por ciento del local ni los 300 metros
cuadrados. Las zonas para fumadores tendrán que contar además con un sistema de
ventilación independiente y deberán estar completamente compartimentadas y separadas
físicamente de la de no fumadores. Los bares para no fumadores no podrán vender
tabaco, y además no estará permitida la entrada a menores de edad en las zonas de
fumadores de los bares de más de 100 metros cuadrados.