legal institucional del convenio de estocolmo sobre cops

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Estudio Legal Institucional Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras 2014

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Page 1: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

EstudioLegal

Institucional

Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre

Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

2014

EstudioLegal

Institucional

Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre

Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos

Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148

Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]

EstudioLegal

Institucional

Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre

Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos

Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148

Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]

Page 2: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

 

 

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA) Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)

Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) Fondo Mundial para el Ambiente (GEF)

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo en

Honduras sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs)

Estudio Legal Institucional

Actualizado al 2014 Agosto 2014

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA)

Abg. Rigoberto Cuellar (Secretario de Estado, 2010-2013)

2014

Page 3: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Dr. Roberto Cardona (Secretario de Estado, 2013-2014)

Ing. José Antonio Galdámez (Secretario de Estado, 2014)

Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)

Dr. Víctor Manuel Meléndez, Director

Dra. Alma Sabillón de Nájera, Subdirectora

Dra. Ana Gabriela Ramírez, Gestión de Productos Químicos

Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI)

Dr. Alfredo Cueva, Director de Proyectos

Ing. Mireya Valladares, Coordinadora Nacional del Proyecto

Lic. Ángela Maldonado, Asistente Administrativo del Proyecto

Lic. María Elena Flores, Asistente Técnico del Proyecto

Abg. Claudia María Castro Valle, Consultora Responsable

 

 

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA) Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO)

Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI) Fondo Mundial para el Ambiente (GEF)

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo en

Honduras sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs)

Estudio Legal Institucional

Actualizado al 2014 Agosto 2014

Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA)

Abg. Rigoberto Cuellar (Secretario de Estado, 2010-2013)

Page 4: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Proyecto de Actualización del PNI del Convenio de Estocolmo sobre la Gestión de COPS en Honduras

Presentación

Secretario de Estado

Incluir Foto

Como Secretario de Estado en el Despacho de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas, puedo confirmar que una de las prioridades más inmediatas del Gobierno de Honduras reside en el bienestar de la población y su salud. El Gobierno ha hecho suya la protección del ambiente, comprometido con las obligaciones internacionales que ha ratificado, así como el cumplimiento de sus leyes nacionales y el fortalecimiento de su institucionalidad.

Habiendo suscrito el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en el año 2002, y habiéndolo ratificado tres años después, en el 2005, Honduras patentiza una vez más su compromiso con la protección del ambiente y la salud de su población, en particular, la de los grupos que se encuentran en mayor situación de vulnerabilidad: infantes, mujeres gestantes, mujeres lactantes, personas con discapacidades y personas de la tercera edad.

Honduras, con el apoyo del Fondo Global del Ambiente (GEF por sus siglas en inglés) y la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (ONUDI), cumple con su obligación y compromiso de revisar y actualizar el Plan Nacional de Implementación (PNI) del Convenio de Estocolmo formulado en el año 2009, incorporando datos de interés que consideran los once nuevos Contaminantes Orgánicos Persistente suma el Convenio en su listado, sumando veinte y tres las sustancias reguladas al 2014. Esta ampliación ha hecho necesario que el país, por mandato de la Conferencia de la Partes, revise los compromisos que se ha impuesto para regular la gestión de estas sustancias, a lo largo de su ciclo de vida, a través de nuevas estrategias y estrategias de seguimiento de aquellas que estén vigentes o incompletas en su ejecución previa.

Para tal fin, el presente documento contiene el Estudio Legal e Institucional, el cual se ha desarrollado a cabo dentro uno de los componentes previstos en el proceso de actualización del PNI. Presenta un análisis detallado de las modificaciones que el ordenamiento jurídico nacional ha sufrido y que son relevantes para la gestión ambientalmente racional de productos químicos en general, y de los COPs en especial. También, detalla los vacíos y lagunas jurídicas que persisten y que necesitan ser abordados para que las obligaciones internacionales adquiridas sean resueltas satisfactoriamente.

El Estudio, presenta un análisis institucional que permite entender las capacidades reguladoras y de control que están asignadas en la legislación para la gestión de los COPs, frente a las acciones que el Estado de Honduras implementa, como un bagaje de conocimiento y análisis que sienta las bases para priorizar las estrategias en la realidad de su propio contexto y, que contribuyan a reducir y/o eliminar las amenazas de los COPs a la salud humana y el ambiente.

Se extiende un particular agradecimiento a la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos (CNG), a la Unidad Coordinadora de Proyecto en Honduras, al Centro de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO) y al resto de las instituciones claves por su invalorable contribución al esfuerzo intersectorial, interinstitucional e interdisciplinario de revisar y actualizar el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, sus Estudios e Inventarios en Honduras.

Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras, 12 de septiembre de 2014.

Ing. José Antonio GaldamesSecretario de Estado

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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racionalde Productos Químicos en Honduras

Proyecto ActualizaciónPNI COPsHonduras

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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Contenido

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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Resumen Ejecutivo.

1. Introducción.

2. Antecedentes Históricos sobre la Gestión de COPs.

3. Marco Teórico.

4. Metodología.

5. Resultados.

5.1. Marco Legal Actual.

5.1.1. Constitución de la República de Honduras.

5.1.2. Tratados Internacionales Ratificados por Honduras y Vinculados con COPs.

5.1.3. Tratados Regionales Ratificados por Honduras relacionados con la Gestión

de COPs.

5.1.4. Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la Gestión

de COPs.

5.1.5. Legislación Nacional.

5.1.6. Normativa Legal decretada, publicada o en proceso de aprobación en el

marco del PNI 2009.

5.1.7. Vacíos en el Marco Legal-Institucional de la Gestión de COPs a Nivel

Nacional.

5.2. Marco Institucional.

5.2.1. Competencias Asignadas.

5.2.2. Recursos Disponibles.

5.2.3. Acciones Implementadas.

5.3. Gestión de COP’s y su Vinculación con la Visión de País y el Plan de Nación.

5.4. Análisis del Cumplimiento de Indicadores 4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.

5.4.1. Indicador 4 de los Resultados del PNI 2009.

5.4.2. Indicador 5 de los Resultados del PNI 2009.

6. Conclusiones.

a. Marco Legal Nacional Vinculante.

b. Marco Legal Internacional Vinculante.

c. Marco Institucional Existente.

d. Vinculación con el Sistema Nacional de Planificación.

7. Recomendaciones.

15171824252728303034

37

3946

47

4951525458595961626264656666

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8. Bibliografía.

9. Anexos

Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio.

Anexo 2. Preguntas de Investigación.

Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional.

Anexo 4. Instrumento de Validación.

Anexo 5. Rubrica para validación del Estudio Legal- Institucional.

Anexo 6. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs y la Constitución de la República de Honduras.

Anexo 7. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

Índice de Tablas

Tabla 1. Listado de Doce COPs Iniciales y Once Nuevos COPs.

Tabla 2. Listado de las sustancias incluidas en los anexos A, B y C del Convenio de

Estocolmo.

Tabla 3. Sustancias propuestas para ser incluidas en el Convenio de Estocolmo.

Tabla 4. Instrumentos Jurídicos vigencia desde 2009 relevantes para la gestión de COPs.

Tabla 5. Convenios parte de la Agenda Química Internacional, que han sido ratificados o a

los que se ha adherido el Estado de Honduras.

Tabla 6. Listado de COPs incluidos en el Arancel Centroamericano.

Tabla 7. Listado de Instrumentos Jurídicos aprobados, publicados o que han entrado

en vigencia de 2009 al primer semestre de 2014 que incluyen medidas relacionadas a las

obligaciones adquiridas por Honduras en el marco del Convenio de Estocolmo.

Tabla 8. Instituciones a las que se les asigna competencias relevantes para la gestión de

COPs en los Instrumentos Jurídicos que han sido aprobados entre 2009 y el primer

semestre de 2014.

Tabla 9. Funciones de regulación atribuidas a dependencias gubernamentales en la

legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 al primer semestre de 2014 de

acuerdo al ciclo de vida.

7075757879849092

94

1823

252833

3540

49

51

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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la

legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014

de acuerdo al ciclo de vida.

Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras.

Tabla 12. Tasas de Variación del Presupuesto Plurianual del Período 2012-2015.

Tabla 13. Acciones Institucionales Implementadas para la Gestión de Productos Químicos

2010-2013 en Honduras.

Tabla 14. Cooperación Interinstitucional para la gestión de Productos Químicos.

Índice de Figuras

Figura 1. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en el ámbito

internacional.

Figura 2. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en Honduras.

Figura 3. Metodología utilizada en el Estudio Legal-Institucional

Figura 4. Áreas de Cooperación Internacional propuestas por la Agenda 21.

51

525354

57

19

212732

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Abreviaturas

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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Siglas

ANC Autoridad Nacional Competente

CAFTA-RD Tratado de Libre Comercio entre Centro América, Estados Unidos y

República Dominicana

CESCCO Centro de Estudios y Control de Contaminantes

CGG Coordinación General de Gobierno

CMNUCC Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

CNG Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los

Productos Químicos

CONASA Comisión Nacional de Agua Potable y Saneamiento

CONEANFO Comisión Nacional para el Desarrollo de la Educación Alternativa No

Formal

COPECO Comité Permanente de Contingencias

COPs Contaminantes Orgánicos Persistentes

DDT Dicloro Difenil Tricloroetano

DECA Dirección de Evaluación y Control Ambiental

DGA Dirección de Gestión Ambiental

DGPQ Departamento para la Gestión de Productos Químicos

ENEE Empresa Nacional de Energía Eléctrica

ESCASAL Escuela y Casa Saludable

FAO Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura

(por sus siglas en inglés)

FISQ Foro Intergubernamental sobre Seguridad Química

GEF Fondo Mundial para el Ambiente (por sus siglas en inglés)

HCH Hexaclorociclohexano

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SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y

Vida Silvestre

INFOP Instituto Nacional de Formación Profesional

INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas1

INSEP Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

ISO Organización Internacional de Normalización (por sus siglas en inglés)

LANAR Laboratorio Nacional de Residuos

LOT Ley de Ordenamiento Territorial

MPA Mejores Prácticas Ambientales

MTD Mejores Técnicas Disponibles

OIT Organización Internacional del Trabajo

OMS Organización Mundial de la Salud

ONUDI Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial

PBB Difenilo Polibromado (por sus siglas en inglés)

PCB Bifenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)

PCT Terfenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)

PEI Plan Estratégico Institucional

PN Policía Nacional

PNI Plan Nacional de Implementación

POA Plan Operativo Anual

RETC Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

RTCA Reglamento Técnico Centroamericano

                                                                                                                         1  De acuerdo a la nueva estructura del Poder Ejecutivo, contenida en el Artículo 1 del Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, el Instituto Hondureño de Geología y Minas ha sido ahora absorbida por la SERNA.  2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida

ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y

Vida Silvestre

INFOP Instituto Nacional de Formación Profesional

INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas1

INSEP Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

ISO Organización Internacional de Normalización (por sus siglas en inglés)

LANAR Laboratorio Nacional de Residuos

LOT Ley de Ordenamiento Territorial

MPA Mejores Prácticas Ambientales

MTD Mejores Técnicas Disponibles

OIT Organización Internacional del Trabajo

OMS Organización Mundial de la Salud

ONUDI Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial

PBB Difenilo Polibromado (por sus siglas en inglés)

PCB Bifenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)

PCT Terfenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)

PEI Plan Estratégico Institucional

PN Policía Nacional

PNI Plan Nacional de Implementación

POA Plan Operativo Anual

RETC Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

RTCA Reglamento Técnico Centroamericano

                                                                                                                         1  De acuerdo a la nueva estructura del Poder Ejecutivo, contenida en el Artículo 1 del Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, el Instituto Hondureño de Geología y Minas ha sido ahora absorbida por la SERNA.  2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida

Page 13: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras - 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

SERNA / ONUDI / GEFProyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

ICF Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y

Vida Silvestre

INFOP Instituto Nacional de Formación Profesional

INHGEOMIN Instituto Hondureño de Geología y Minas1

INSEP Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

ISO Organización Internacional de Normalización (por sus siglas en inglés)

LANAR Laboratorio Nacional de Residuos

LOT Ley de Ordenamiento Territorial

MPA Mejores Prácticas Ambientales

MTD Mejores Técnicas Disponibles

OIT Organización Internacional del Trabajo

OMS Organización Mundial de la Salud

ONUDI Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial

PBB Difenilo Polibromado (por sus siglas en inglés)

PCB Bifenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)

PCT Terfenilo Policlorado (por sus siglas en inglés)

PEI Plan Estratégico Institucional

PN Policía Nacional

PNI Plan Nacional de Implementación

POA Plan Operativo Anual

RETC Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

RTCA Reglamento Técnico Centroamericano

                                                                                                                         1  De acuerdo a la nueva estructura del Poder Ejecutivo, contenida en el Artículo 1 del Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, el Instituto Hondureño de Geología y Minas ha sido ahora absorbida por la SERNA.  2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida

SAG Secretaría de Agricultura y Ganadería

SAICM Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel

Internacional (por sus siglas en inglés)

SDE Secretaría de Desarrollo Económico

SED Secretaría de Educación

SEFIN Secretaría de Finanzas

SEPLAN Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa2

SERNA Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

SESAL Secretaría de Salud

SIC Secretaría de Industria y Comercio3

SIECA Secretaría de Integración Económica Centroamericana

SINAGER Sistema Nacional de Gestión de Riesgos

SINEIA Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

SINIA Sistema Nacional de Información Ambiental

STSS Secretaría de Trabajo y Seguridad Social

UNAH Universidad Nacional Autónoma de Honduras

UNITEC Universidad Tecnológica Centroamericana

                                                                                                                         2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida por la Secretaría de Desarrollo Económico.

SAG Secretaría de Agricultura y Ganadería

SAICM Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel

Internacional (por sus siglas en inglés)

SDE Secretaría de Desarrollo Económico

SED Secretaría de Educación

SEFIN Secretaría de Finanzas

SEPLAN Secretaría Técnica de Planificación y Cooperación Externa2

SERNA Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

SESAL Secretaría de Salud

SIC Secretaría de Industria y Comercio3

SIECA Secretaría de Integración Económica Centroamericana

SINAGER Sistema Nacional de Gestión de Riesgos

SINEIA Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental

SINIA Sistema Nacional de Información Ambiental

STSS Secretaría de Trabajo y Seguridad Social

UNAH Universidad Nacional Autónoma de Honduras

UNITEC Universidad Tecnológica Centroamericana

                                                                                                                         2 De acuerdo a ese mismo Decreto 266-2013 del 23 de enero de 2014, la anterior Secretaría de Planificación ha sido ahora absorbida por la Secretaría Coordinación General de Gobierno. 3 Igual que en la nota al pie de página precedente, la anterior Secretaría de Industria y Comercio ha sido ahora absorbida por la Secretaría de Desarrollo Económico.

Page 14: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

14

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Resumen Ejecutivo

Resumen Ejecutivo

En el presente Estudio Legal Institucional se describe el recorrido del Estado de Honduras en la

gestión de sustancias que son objeto del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos

Persistentes (COPs), el cual inicia antes de que éste se hubiera pactado. Se establece

cronológicamente cómo Honduras ha suscrito y ratificado el instrumento antes mencionado, y la

designación que ha hecho de la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

(SERNA) como la Autoridad Nacional Competente responsable de su operativización. Se relata el

impacta de la demora en el proceso de ratificación para el cumplimiento por el Estado de Honduras

de las obligaciones adquiridas, particularmente en la elaboración y puesta en marcha del Plan

Nacional de Implementación. También, se describe los logros significativos en el proceso de

implementación hasta la actualidad desde la perspectiva normativa, institucional y técnica, así como

los principales avances en la vinculación que se ha hecho entre las estrategias de gestión de COPs y

los planes nacionales de desarrollo.

En el Marco Teórico del Estudio se plantea el objetivo que se pretende alcanzar por medio de la

operativización del Convenio de Estocolmo basado en el ciclo de vida de los COPs, permitiendo

entender la situación del Estado de Honduras con relación a la gestión racionalmente ambiental de

estas sustancias. Se incluye en ese apartado una explicación de las obligaciones adquiridas por el país

con la suscripción y ratificación del Convenio, así como la resolución de la Conferencia de las Partes

que impulsó la actualización del Plan Nacional de Implementación.

En el apartado dedicado a la Metodología se plantea los instrumentos y mecanismos de valoración

cualitativa de: los cambios del marco jurídico que incidió en la gestión de COPs desde el 2009 hasta

el 2014; la influencia PNI 2009 en la incorporación de la gestión de COPs en la legislación nacional;

la distribución de las capacidades institucionales; y, determinar las acciones que han sido o que están

siendo ejecutadas y aquellas que están planificadas por estas entidades.

En el Capítulo dedicado a los Resultados, se identifica el marco jurídico nacional e internacional

relevante para la gestión de COPs que ha entrado en vigencia desde 2009 como referencia para

determinar los vacíos normativos e institucionales que aún existen. Se analiza las capacidades

institucionales y de infraestructura recientes, y su relación con el proceso nacional de planificación.

Esto se complementa con la descripción de los recursos disponibles a nivel nacional para abordar las

Page 15: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

15

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Resumen Ejecutivo

En el presente Estudio Legal Institucional se describe el recorrido del Estado de Honduras en la

gestión de sustancias que son objeto del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos

Persistentes (COPs), el cual inicia antes de que éste se hubiera pactado. Se establece

cronológicamente cómo Honduras ha suscrito y ratificado el instrumento antes mencionado, y la

designación que ha hecho de la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

(SERNA) como la Autoridad Nacional Competente responsable de su operativización. Se relata el

impacta de la demora en el proceso de ratificación para el cumplimiento por el Estado de Honduras

de las obligaciones adquiridas, particularmente en la elaboración y puesta en marcha del Plan

Nacional de Implementación. También, se describe los logros significativos en el proceso de

implementación hasta la actualidad desde la perspectiva normativa, institucional y técnica, así como

los principales avances en la vinculación que se ha hecho entre las estrategias de gestión de COPs y

los planes nacionales de desarrollo.

En el Marco Teórico del Estudio se plantea el objetivo que se pretende alcanzar por medio de la

operativización del Convenio de Estocolmo basado en el ciclo de vida de los COPs, permitiendo

entender la situación del Estado de Honduras con relación a la gestión racionalmente ambiental de

estas sustancias. Se incluye en ese apartado una explicación de las obligaciones adquiridas por el país

con la suscripción y ratificación del Convenio, así como la resolución de la Conferencia de las Partes

que impulsó la actualización del Plan Nacional de Implementación.

En el apartado dedicado a la Metodología se plantea los instrumentos y mecanismos de valoración

cualitativa de: los cambios del marco jurídico que incidió en la gestión de COPs desde el 2009 hasta

el 2014; la influencia PNI 2009 en la incorporación de la gestión de COPs en la legislación nacional;

la distribución de las capacidades institucionales; y, determinar las acciones que han sido o que están

siendo ejecutadas y aquellas que están planificadas por estas entidades.

En el Capítulo dedicado a los Resultados, se identifica el marco jurídico nacional e internacional

relevante para la gestión de COPs que ha entrado en vigencia desde 2009 como referencia para

determinar los vacíos normativos e institucionales que aún existen. Se analiza las capacidades

institucionales y de infraestructura recientes, y su relación con el proceso nacional de planificación.

Esto se complementa con la descripción de los recursos disponibles a nivel nacional para abordar las

Page 16: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

16

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

necesidades identificadas. Este Capítulo concluye con el análisis del cumplimiento de los Indicadores

4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.

El Estudio finaliza con una serie de conclusiones y recomendaciones en las que se recoge los aportes

más relevantes de los resultados obtenidos, y dictan la pauta para la elaboración del marco

estratégico en el que se basará la actualización de las estrategias de fortalecimiento legal e

institucional del PNI 2015.

1. Introducción

El problema ambiental puede manifestarse de diferentes formas, algunas perceptibles, otras no, pero

que constituyen verdaderos obstáculos para el desarrollo sostenible, y peligros para la salud humana.

Estas manifestaciones son normalmente consecuencia del desarrollo tecnológico e industrial, siendo

la misma humanidad la víctima de sus efectos, particularmente aquellos grupos que, por sus

condiciones de vulnerabilidad, ameritan una tutela especial del Estado. En esta categoría se incluye

especialmente a la primera infancia, las madres gestantes y lactantes, las personas con necesidades

especiales y los adultos mayores, quienes pueden ser más susceptibles a sus efectos y atentar contra

sus derechos más básicos dadas las condiciones actuales y los factores contaminantes.

Esa preocupación por la salud humana y por el ambiente llevó a la aprobación el Convenio de

Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes en el 2001, tratando de reducir los efectos

causados por productos químicos altamente peligrosos, mediante su restricción o eliminación. En

dicha Convención los Estados Parte se comprometieron a preparar e implementar un plan para el

cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el Convenio.

El Convenio de Estocolmo aborda veintitrés (23) sustancias contaminantes orgánicas persistentes,

de las cuales algunas son plaguicidas tales como la aldrina, el alfa hexaclorociclohexano y beta

hexaclorociclohexano, clordano, clordecona, dicloro difenil tricloroetano (DDT), dieldrina, andrina,

heptacloro, hexaclorobenceno, lindano, mirex, pentaclorobenceno y toxafeno; otras son de uso

industrial como el hexabromobifenilo, los éteres tetra, penta, hexa y heptabromodifenilo, el ácido

sulfónico perfluorooctano y sus sales, y el pentaclorobenceno. Además incluye subproductos no

intencionales tales como las dibenzodioxinas policloradas (dioxinas) y los dibenzofuranos

policlorados (furanos).

Originalmente, sólo doce (12) de estas sustancias eran reguladas por el Convenio, sin embargo, éste

sufre modificaciones desde 2009 que hacen necesario que los Estados Parte revisen los planes de

acción propuestos, y los actualicen para que puedan cumplir a cabalidad las nuevas obligaciones del

Tratado. Estas enmiendas a los anexos A, B y C del texto del Convenio incluirán los nuevos

contaminantes orgánicos persistentes, que vendrán a sumarse a la docena inicial que era contenida

por el Tratado, siendo algunos de ellos pesticidas, pero la mayoría, químicos de uso industrial.

Page 17: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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necesidades identificadas. Este Capítulo concluye con el análisis del cumplimiento de los Indicadores

4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.

El Estudio finaliza con una serie de conclusiones y recomendaciones en las que se recoge los aportes

más relevantes de los resultados obtenidos, y dictan la pauta para la elaboración del marco

estratégico en el que se basará la actualización de las estrategias de fortalecimiento legal e

institucional del PNI 2015.

1. Introducción

El problema ambiental puede manifestarse de diferentes formas, algunas perceptibles, otras no, pero

que constituyen verdaderos obstáculos para el desarrollo sostenible, y peligros para la salud humana.

Estas manifestaciones son normalmente consecuencia del desarrollo tecnológico e industrial, siendo

la misma humanidad la víctima de sus efectos, particularmente aquellos grupos que, por sus

condiciones de vulnerabilidad, ameritan una tutela especial del Estado. En esta categoría se incluye

especialmente a la primera infancia, las madres gestantes y lactantes, las personas con necesidades

especiales y los adultos mayores, quienes pueden ser más susceptibles a sus efectos y atentar contra

sus derechos más básicos dadas las condiciones actuales y los factores contaminantes.

Esa preocupación por la salud humana y por el ambiente llevó a la aprobación el Convenio de

Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes en el 2001, tratando de reducir los efectos

causados por productos químicos altamente peligrosos, mediante su restricción o eliminación. En

dicha Convención los Estados Parte se comprometieron a preparar e implementar un plan para el

cumplimiento de las obligaciones adquiridas en el Convenio.

El Convenio de Estocolmo aborda veintitrés (23) sustancias contaminantes orgánicas persistentes,

de las cuales algunas son plaguicidas tales como la aldrina, el alfa hexaclorociclohexano y beta

hexaclorociclohexano, clordano, clordecona, dicloro difenil tricloroetano (DDT), dieldrina, andrina,

heptacloro, hexaclorobenceno, lindano, mirex, pentaclorobenceno y toxafeno; otras son de uso

industrial como el hexabromobifenilo, los éteres tetra, penta, hexa y heptabromodifenilo, el ácido

sulfónico perfluorooctano y sus sales, y el pentaclorobenceno. Además incluye subproductos no

intencionales tales como las dibenzodioxinas policloradas (dioxinas) y los dibenzofuranos

policlorados (furanos).

Originalmente, sólo doce (12) de estas sustancias eran reguladas por el Convenio, sin embargo, éste

sufre modificaciones desde 2009 que hacen necesario que los Estados Parte revisen los planes de

acción propuestos, y los actualicen para que puedan cumplir a cabalidad las nuevas obligaciones del

Tratado. Estas enmiendas a los anexos A, B y C del texto del Convenio incluirán los nuevos

contaminantes orgánicos persistentes, que vendrán a sumarse a la docena inicial que era contenida

por el Tratado, siendo algunos de ellos pesticidas, pero la mayoría, químicos de uso industrial.

Page 18: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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2. Antecedentes Históricos sobre la Gestión de COPs

Al adquirir la sociedad internacional la certeza de que los COPs significaban una amenaza a la salud

humana y al ambiente, el Programa de Naciones Unidas para el Ambiente (PNUMA), solicita en

1995 sea llevado a cabo un proceso internacional de evaluación de una lista inicial de doce

sustancias, la que posteriormente será conocida como la “docena sucia”.

12 COPs Iniciales 11 Nuevos COPs 1. Aldrina 2. Clordano 3. DDT 4. Dieldrina 5. Endrina 6. Heptacloro 7. Hexaclorobenceno 8. Mírex 9. Toxafeno 10. Bifenilos Policlorados 11. Dibenzodioxinas

policloradas 12. Dibenzofuranos

policlorados

1. Clordecona 2. Alfa-hexaclorociclohexano 3. Beta- hexaclorociclohexano 4. Lindano 5. Pentaclorobenceno 6. Hexabromobifenilo 7. Éter de hexabromodifenilo y

éter de heptabromodifenilo 8. Ácido perfluorooctano

sulfónico, sus sales y perfluorooctano sulfonilo

9. Éter de tetrabromodifenilo y éter de pentabromodifenilo

10. Endosulfán 11. Hexabromociclododecano

Tabla 1. Listado de Doce COPs Iniciales y Once Nuevos COPs (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Dicho proceso incluyó la participación del Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) y

de la Organización Mundial de la Salud (OMS), demostrando la necesidad de crear un instrumento

internacional que regulara las formas más adecuadas de reducción o eliminación de las emisiones de

esas doce (12) sustancias, para minimizar los riesgos que generaban. La Convención que fue

diseñada con ese propósito, fue adoptada y abierta para firma en la Conferencia de Plenipotenciarios

celebrada en Estocolmo, Suecia, en mayo de 2001, y entró en vigencia tres años después, en mayo de

2004. A continuación se presentan los principales hitos históricos relevantes para la gestión de COPs

a nivel internacional.

Page 19: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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2. Antecedentes Históricos sobre la Gestión de COPs

Al adquirir la sociedad internacional la certeza de que los COPs significaban una amenaza a la salud

humana y al ambiente, el Programa de Naciones Unidas para el Ambiente (PNUMA), solicita en

1995 sea llevado a cabo un proceso internacional de evaluación de una lista inicial de doce

sustancias, la que posteriormente será conocida como la “docena sucia”.

12 COPs Iniciales 11 Nuevos COPs 1. Aldrina 2. Clordano 3. DDT 4. Dieldrina 5. Endrina 6. Heptacloro 7. Hexaclorobenceno 8. Mírex 9. Toxafeno 10. Bifenilos Policlorados 11. Dibenzodioxinas

policloradas 12. Dibenzofuranos

policlorados

1. Clordecona 2. Alfa-hexaclorociclohexano 3. Beta- hexaclorociclohexano 4. Lindano 5. Pentaclorobenceno 6. Hexabromobifenilo 7. Éter de hexabromodifenilo y

éter de heptabromodifenilo 8. Ácido perfluorooctano

sulfónico, sus sales y perfluorooctano sulfonilo

9. Éter de tetrabromodifenilo y éter de pentabromodifenilo

10. Endosulfán 11. Hexabromociclododecano

Tabla 1. Listado de Doce COPs Iniciales y Once Nuevos COPs (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Dicho proceso incluyó la participación del Foro Intergubernamental de Seguridad Química (FISQ) y

de la Organización Mundial de la Salud (OMS), demostrando la necesidad de crear un instrumento

internacional que regulara las formas más adecuadas de reducción o eliminación de las emisiones de

esas doce (12) sustancias, para minimizar los riesgos que generaban. La Convención que fue

diseñada con ese propósito, fue adoptada y abierta para firma en la Conferencia de Plenipotenciarios

celebrada en Estocolmo, Suecia, en mayo de 2001, y entró en vigencia tres años después, en mayo de

2004. A continuación se presentan los principales hitos históricos relevantes para la gestión de COPs

a nivel internacional.

Figura 1. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en el ámbito internacional (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Sin embargo, el Gobierno de Honduras comenzó su propio camino para la regulación de algunas de

estas sustancias, antes del proceso descrito. Para tal efecto, emite la resolución 09-91 del 9 de mayo

de 1991, y prohíbe el registro de las siguientes sustancias: Aldrin, Amitrole, B.H.C., Compuestos

Mercuriales, Mercuriales y de Plomo, 2, 4, 5-T, Dieldrin, Dinozeb, Etyl Paration o Paration,

Heptacloro, Lindano, Mirex, Toxafeno y Terbutilazina, seis de las cuales son ahora COPs.

Tres (3) años después, el Gobierno de la República emite la resolución 17-91 del 23 de septiembre

de 1991 de 1994 restringiendo el uso del Endosulfán, aunque esta posteriormente fue derogada por

la resolución 02-94. Cinco (5) años más tarde, emite también la resolución 014-99 del 17 de junio de

1999 prohibiendo el registro de manera indefinida del Clordano, Captafol y Dicofol.

El Convenio de Estocolmo es suscrito por el Estado de Honduras el 17 de mayo de 2002, lo

aprueba mediante Decreto 24-2004 en diciembre de 2004, y lo ratifica el 23 de mayo de 2005,

entrando en vigencia para este país el 21 de agosto del mismo año. Al incorporarse Honduras como

Page 20: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Estado Parte del Convenio, adquiere la obligación internacional de presentar un Plan Nacional de

Implementación (PNI), requerido por el artículo 7 del texto convencional4.

Entre los años 2006 y 2009 se ejecuta el Proyecto “Asistir al Gobierno de Honduras a cumplir con

sus obligaciones bajo el convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes

(COPs)” (2006-2009), conocido como PNI-COPs, coordinado por la SERNA a través de CESCCO,

bajo la administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y con

recursos financieros del Fondo Mundial del Ambiente (GEF, por sus siglas en inglés), con el

objetivo puntual de elaborar el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para

Honduras. Dicha obligación es cumplida el 13 de enero de 2010, como resultado del Proyecto PNI-

COPs.

Posteriormente, a partir de 2011 y vigente hasta el 2015, se está implementado el Proyecto

“Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión y Reducción de las Emisiones COPs en Honduras”,

conocido como COPs 2, el cual tiene por objetivo reducir los riesgos a la salud y al ambiente de los

COPs, por medio de la aplicación de los principios de la gestión ambientalmente racional de

productos químicos en el contexto del Plan Nacional de Implementación del Convenio de

Estocolmo en Honduras.

A continuación se presenta los hitos históricos más relevantes para la gestión de COPs en Honduras.

                                                                                                                         4 El Artículo 7 de la Convención de Estocolmo, refiriéndose a los planes de aplicación establece que: “1. Cada Parte: (a) Elaborará un plan para el cumplimiento de sus obligaciones emanadas del presente Convenio y se esforzará en aplicarlo; (b) Transmitirá su plan de aplicación a la Conferencia de las Partes dentro de un plazo de dos años a partir de la fecha en que el presente Convenio entre en vigor para dicha Parte; y (c) Revisará y actualizará, según corresponda, su plan de aplicación a intervalos periódicos y de la manera que determine una decisión de la Conferencia de las Partes”.

Page 21: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Estado Parte del Convenio, adquiere la obligación internacional de presentar un Plan Nacional de

Implementación (PNI), requerido por el artículo 7 del texto convencional4.

Entre los años 2006 y 2009 se ejecuta el Proyecto “Asistir al Gobierno de Honduras a cumplir con

sus obligaciones bajo el convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes

(COPs)” (2006-2009), conocido como PNI-COPs, coordinado por la SERNA a través de CESCCO,

bajo la administración del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y con

recursos financieros del Fondo Mundial del Ambiente (GEF, por sus siglas en inglés), con el

objetivo puntual de elaborar el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo para

Honduras. Dicha obligación es cumplida el 13 de enero de 2010, como resultado del Proyecto PNI-

COPs.

Posteriormente, a partir de 2011 y vigente hasta el 2015, se está implementado el Proyecto

“Fortalecimiento de las Capacidades de Gestión y Reducción de las Emisiones COPs en Honduras”,

conocido como COPs 2, el cual tiene por objetivo reducir los riesgos a la salud y al ambiente de los

COPs, por medio de la aplicación de los principios de la gestión ambientalmente racional de

productos químicos en el contexto del Plan Nacional de Implementación del Convenio de

Estocolmo en Honduras.

A continuación se presenta los hitos históricos más relevantes para la gestión de COPs en Honduras.

                                                                                                                         4 El Artículo 7 de la Convención de Estocolmo, refiriéndose a los planes de aplicación establece que: “1. Cada Parte: (a) Elaborará un plan para el cumplimiento de sus obligaciones emanadas del presente Convenio y se esforzará en aplicarlo; (b) Transmitirá su plan de aplicación a la Conferencia de las Partes dentro de un plazo de dos años a partir de la fecha en que el presente Convenio entre en vigor para dicha Parte; y (c) Revisará y actualizará, según corresponda, su plan de aplicación a intervalos periódicos y de la manera que determine una decisión de la Conferencia de las Partes”.

Figura 2. Hitos históricos más relevantes en la gestión de COPs en Honduras (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND,

2014).

En dicho Plan Nacional se le da prioridad al establecimiento de un mecanismo de coordinación y

organización del proceso que es liderado por la Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente

y Minas (SERNA), en su rol de Autoridad Nacional Competente, por medio del Centro de Estudio y

Control de Contaminantes (CESCCO), Punto Focal del Convenio. En ese marco se crea el Comité

Nacional para la Gestión Racional de Sustancias Químicas y Residuos Peligrosos, ahora Comisión

Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos (CNG).

El Plan Nacional 2009 incluyó seis (6) objetivos estratégicos: a) reducción del riesgo de la población

frente a los plaguicidas COPs; b) reducción del riesgo de la población frente a los PCBs basada en

una gestión ambientalmente racional; c) reducción de las liberaciones de dioxinas y furanos en las

fuentes de emisión priorizadas; d) armonización e implementación de las disposiciones establecidas

Page 22: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

en el marco legal; e) creación de las capacidades y estructuras institucionales para la gestión

ambientalmente racional de las sustancias químicas; y, f) educación y sensibilización de la población

hondureña sobre la importancia de la gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas,

con énfasis en COPs.

De acuerdo al artículo 15 del Convenio5, los Estados Parte adquieren también la obligación de

reportar a la Conferencia de las Partes cada cuatro (4) años sobre las medidas que ha tomado para

implementar lo acordado, así como de la efectividad de estas para alcanzar los objetivos planteados.

La relevancia de estos reportes radica en que son la referencia más importante que tiene dicha

Conferencia para evaluar la efectividad del Convenio.

Honduras no cumple con el envío del reporte cuya fecha límite de entrega era el 31 de julio de 2007,

ya que aún no había presentado el Plan Nacional de Implementación. La segunda ronda de reportes

de las partes, programada para el 31 de octubre de 2010, se prolongó hasta el 31 de julio de 2011. La

SERNA en representación del Estado de Honduras remite el reporte a la Conferencia de las Partes

con retraso, el 27 de enero de 20126.

En el reporte del 2012 se estableció que el Estado de Honduras había desarrollado un Plan Nacional

de Implementación refrendado como parte de una estrategia de desarrollo sostenible. En el mismo

documento se aclara que el PNI aún no había sido actualizado para abordar los nuevos COPs

agregados a los anexos de la Convención a partir de 2009.

Además, el documento señala que las principales fuentes de contaminación identificadas son la

generación de energía eléctrica, la quema a cielo abierto, la producción minera y la disposición e

incineración de residuos. Establece que en el país no se produce ninguna de las sustancias incluidas

en los Anexos A y B de la Convención. Con relación al artículo 3, párrafo 2(b) del Convenio7, y se

reporta que en el 2000 el país exportó a los Países Bajos, Clordano, Hexaclorobenceno y DDT, para

                                                                                                                         5 Por su parte, el Artículo 15 del mismo Convenio, al indicar la obligación de la presentación de informes señala: “1. Cada Parte informará a la Conferencia de las Partes sobre las medidas que haya adoptado para aplicar las disposiciones del presente Convenio y sobre la eficacia de esas medidas para el logro de los objetivos del Convenio”. 6 Convención de Estocolmo, Reporte del Estado de Honduras, 2012, disponible en http://www.pops.int/Art15/Print/Print.aspx 7 El artículo 3 de la Convención de Estocolmo se refiere a las medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción y utilización intencionales. Específicamente el párrafo 2(b) se refiere a la posibilidad de exportar estas sustancias, únicamente para fines de su eliminación ambientalmente racional, a una Parte que tiene autorización para utilizar ese producto químico, o a un Estado que no es Parte en el presente Convenio, que haya otorgado una certificación anual a la Parte exportadora”.

Page 23: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

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en el marco legal; e) creación de las capacidades y estructuras institucionales para la gestión

ambientalmente racional de las sustancias químicas; y, f) educación y sensibilización de la población

hondureña sobre la importancia de la gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas,

con énfasis en COPs.

De acuerdo al artículo 15 del Convenio5, los Estados Parte adquieren también la obligación de

reportar a la Conferencia de las Partes cada cuatro (4) años sobre las medidas que ha tomado para

implementar lo acordado, así como de la efectividad de estas para alcanzar los objetivos planteados.

La relevancia de estos reportes radica en que son la referencia más importante que tiene dicha

Conferencia para evaluar la efectividad del Convenio.

Honduras no cumple con el envío del reporte cuya fecha límite de entrega era el 31 de julio de 2007,

ya que aún no había presentado el Plan Nacional de Implementación. La segunda ronda de reportes

de las partes, programada para el 31 de octubre de 2010, se prolongó hasta el 31 de julio de 2011. La

SERNA en representación del Estado de Honduras remite el reporte a la Conferencia de las Partes

con retraso, el 27 de enero de 20126.

En el reporte del 2012 se estableció que el Estado de Honduras había desarrollado un Plan Nacional

de Implementación refrendado como parte de una estrategia de desarrollo sostenible. En el mismo

documento se aclara que el PNI aún no había sido actualizado para abordar los nuevos COPs

agregados a los anexos de la Convención a partir de 2009.

Además, el documento señala que las principales fuentes de contaminación identificadas son la

generación de energía eléctrica, la quema a cielo abierto, la producción minera y la disposición e

incineración de residuos. Establece que en el país no se produce ninguna de las sustancias incluidas

en los Anexos A y B de la Convención. Con relación al artículo 3, párrafo 2(b) del Convenio7, y se

reporta que en el 2000 el país exportó a los Países Bajos, Clordano, Hexaclorobenceno y DDT, para

                                                                                                                         5 Por su parte, el Artículo 15 del mismo Convenio, al indicar la obligación de la presentación de informes señala: “1. Cada Parte informará a la Conferencia de las Partes sobre las medidas que haya adoptado para aplicar las disposiciones del presente Convenio y sobre la eficacia de esas medidas para el logro de los objetivos del Convenio”. 6 Convención de Estocolmo, Reporte del Estado de Honduras, 2012, disponible en http://www.pops.int/Art15/Print/Print.aspx 7 El artículo 3 de la Convención de Estocolmo se refiere a las medidas para reducir o eliminar las liberaciones derivadas de la producción y utilización intencionales. Específicamente el párrafo 2(b) se refiere a la posibilidad de exportar estas sustancias, únicamente para fines de su eliminación ambientalmente racional, a una Parte que tiene autorización para utilizar ese producto químico, o a un Estado que no es Parte en el presente Convenio, que haya otorgado una certificación anual a la Parte exportadora”.

su disposición final. En la siguiente tabla se enumeran las sustancias incluidas en los anexos A, B y C

del Convenio de Estocolmo.

Anexo A Eliminación

Anexo B Restricción

Anexo C Producción No Intencional

- Aldrina - Alfa-hexaclorociclohexano - Beta- hexaclorociclohexano - Beta-clordano - Clordecona - Dieldrina - Edrina - Heptacloro - Hexabromobifenilo - Éter de hexabromodifenilo y éter

de heptabromodifenilo - Hexaclorobenceno - Lindano - Mírex - Pentaclorobenceno - Bifenilos policlorados - Éter de tetrabromodifenilo y éter

de pentabromodifenilo - Toxafeno - Hexabromociclododecano

- DDT - Ácido perfluorooctano

sulfónico, sus sales y perfluorooctano sulfonilo

- Hexaclorobenceno - Pentaclorobenceno - Bifenilos Policlorados - Dibenzoparadioxinas

policloradas y dibenzofuranos policlorados

Tabla 2. Listado de las sustancias incluidas en los anexos A, B y C del Convenio de Estocolmo (Organización de Naciones Unidas, Convenio enmendado sobre contaminantes orgánicos persistentes (COPs), Estocolmo, 2009).

Se señala que la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos

Químicos en Honduras (CNG) es el mecanismo oficial de intercambio de información sobre el

Convenio. Con relación a la CNG, los adelantos desde la perspectiva jurídica son amplios, pues en el

año 2013 se logró la aprobación del Decreto Ejecutivo de creación para esta Comisión8. Además, se

logró se aprobara la Política Nacional de Gestión Ambiental Racional de Productos Químicos9y en

mayo de 2014 el Acuerdo Ministerial para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos

Policlorados (PCB).

Es necesario en este apartado establecer que los esfuerzos que se han realizado en Honduras para

cumplir con las obligaciones del Convenio de Estocolmo, han estado en sintonía con la Agenda 21,

                                                                                                                         8 Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,206 de 19 de agosto de 2013. 9 Decreto Ejecutivo PCM 029-2013, Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,201 de 13 de agosto de 2013.

Page 24: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

suscrita en 1992 en la Cumbre de Río, en la que se considera que la gestión ambientalmente racional

de los productos químicos debe realizarse enfocándose en el ciclo de vida de cada una de estas

sustancias, es decir, tratando de regular, vigilar y controlar las fuentes antropogénicas de estas

sustancias, o la liberación de emisiones tóxicas a partir de sus utilización, transporte, almacenamiento

o disposición.

 

3. Marco Teórico

El Convenio de Estocolmo fue aprobado internacionalmente en 2001 y está vigente desde mayo de

2004. Su objetivo es proteger la salud humana y el ambiente de los Contaminantes Orgánicos

Persistentes. En el texto del Convenio se identifican y listan estos peligrosos químicos tóxicos, de tal

forma que se restrinjan o se eliminen, haciendo enfoque en todas las etapas de su ciclo de vida.

Estos contaminantes se clasifican en tres categorías: los que se producen y usan intencionalmente,

los que se producen y usan sin intención, y los que emanan de depósitos y desechos.

Específicamente, el Convenio de Estocolmo busca que los Estados Parte se comprometan con la

protección de la salud humana y el ambiente, investigando las repercusiones de condiciones

ambientales variables que puedan incidir en las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs10.

El ciclo de vida de las sustancias, que incluye la importación, producción, formulación,

almacenamiento, transporte, distribución, uso y disposición final es relevante porque permite

entender la amplitud del abordaje y la dimensión de sus efectos desde la perspectiva de la gestión,

estableciendo los principales riesgos en el país, dependiendo de su rol de productor o un

consumidor. En el caso de Honduras como consumidor.

Honduras suscribió este Convenio el 17 de mayo de 2002 y lo ratificó mediante decreto 24-2004 y

publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de abril de 2005. Dentro de las obligaciones

adquiridas por los Estados Parte se incluye, en el artículo 7 del Convenio, diseñar, establecer e

implementar planes de acción que efectivamente aseguren la gestión ambientalmente racional de

productos químicos. El país presenta en 2010 el Plan Nacional de Implementación correspondiente.

                                                                                                                         10  Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Agosto de 2010, pp. 7.      

Page 25: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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suscrita en 1992 en la Cumbre de Río, en la que se considera que la gestión ambientalmente racional

de los productos químicos debe realizarse enfocándose en el ciclo de vida de cada una de estas

sustancias, es decir, tratando de regular, vigilar y controlar las fuentes antropogénicas de estas

sustancias, o la liberación de emisiones tóxicas a partir de sus utilización, transporte, almacenamiento

o disposición.

 

3. Marco Teórico

El Convenio de Estocolmo fue aprobado internacionalmente en 2001 y está vigente desde mayo de

2004. Su objetivo es proteger la salud humana y el ambiente de los Contaminantes Orgánicos

Persistentes. En el texto del Convenio se identifican y listan estos peligrosos químicos tóxicos, de tal

forma que se restrinjan o se eliminen, haciendo enfoque en todas las etapas de su ciclo de vida.

Estos contaminantes se clasifican en tres categorías: los que se producen y usan intencionalmente,

los que se producen y usan sin intención, y los que emanan de depósitos y desechos.

Específicamente, el Convenio de Estocolmo busca que los Estados Parte se comprometan con la

protección de la salud humana y el ambiente, investigando las repercusiones de condiciones

ambientales variables que puedan incidir en las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs10.

El ciclo de vida de las sustancias, que incluye la importación, producción, formulación,

almacenamiento, transporte, distribución, uso y disposición final es relevante porque permite

entender la amplitud del abordaje y la dimensión de sus efectos desde la perspectiva de la gestión,

estableciendo los principales riesgos en el país, dependiendo de su rol de productor o un

consumidor. En el caso de Honduras como consumidor.

Honduras suscribió este Convenio el 17 de mayo de 2002 y lo ratificó mediante decreto 24-2004 y

publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 23 de abril de 2005. Dentro de las obligaciones

adquiridas por los Estados Parte se incluye, en el artículo 7 del Convenio, diseñar, establecer e

implementar planes de acción que efectivamente aseguren la gestión ambientalmente racional de

productos químicos. El país presenta en 2010 el Plan Nacional de Implementación correspondiente.

                                                                                                                         10  Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Agosto de 2010, pp. 7.      

Sin embargo, en el anexo a la decisión SC-1/12 de la Conferencia de las Partes11 establece que el

PNI deberá ser revisado cuando surjan factores internos o externos que afecten su implementación.

De hecho, el Convenio se enmienda en 2009, 2011 y 2013, adicionando once (11) nuevas sustancias

a sus anexos, por lo que la revisión se vuelve necesaria, como efectivamente se está haciendo por

medio del Proyecto de Actualización del PNI del Convenio de Estocolmo sobre la Gestión de

COPs en Honduras, financiado por el Fondo Mundial para el Ambiente (GEF, por sus siglas en

inglés) y administrado por la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial

(ONUDI) y la SERNA.

Es válido mencionar que en el 2014 hay cuatro (4) sustancias adicionales que han sido propuestas a

ser incluidas en el Convenio12. Cuando esto suceda, Honduras deberá repetir el ejercicio de revisión

y actualización de su Plan Nacional de Implementación, como se realiza entre 2014 y 2015. A

continuación se listan las sustancias propuestas.

Sustancias Propuestas para ser Incluidas en el Convenio de Estocolmo

Pentaclorofenol

Hexaclorobutadieno

Neftalinas Cloradas

Parafinas Cloradas de Cadenas Cortas

Tabla 3. Sustancias propuestas para ser incluidas en el Convenio de Estocolmo (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs

en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

4. Metodología

Este estudio se elaboró desde una perspectiva jurídico-descriptiva, disgregando el objeto de estudio

en los diversos aspectos que lo conforman, estableciendo las relaciones que hay entre los diferentes

instrumentos jurídicos analizados, de tal forma que se pueda ofrecer una imagen del funcionamiento

                                                                                                                         11 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, SC-1/12, disponible en http://chm.pops.int/Implementation/NIPs/Overview/tabid/565/Default.aspx 12  Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Chemicals proposed for listing under the Convention, disponible en http://chm.pops.int/TheConvention/ThePOPs/ChemicalsProposedforListing/tabid/2510/Default.aspx

Page 26: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

del marco jurídico e institucional disponible para la gestión ambientalmente racional de los COPs.

Para tal fin se ha utilizado el método deductivo, yendo de la normativa más general a la más

específica. La metodología incorporó la elaboración de las preguntas de investigación (Anexo 2), un

análisis documental de la normativa sectorial vigente nacional e internacional. De la misma manera,

se revisó los compromisos internacionales que Honduras adquirió por medio de la ratificación de

instrumentos, o por la implementación de instrumentos no vinculantes en el país, que son

significativos para la actualización del PNI.

El análisis anterior sirvió para determinar: a) si entraron en vigencia instrumentos jurídicos que se

vinculen con la gestión de COPs desde la elaboración del PNI hasta la fecha; b) si en estos

instrumentos jurídicos se asignaron competencias a las diferentes instituciones del país que tienen

relevancia para la gestión de COPs y que deben ser tomadas en cuenta en la actualización del PNI; c)

si existe alguna vinculación entre estos nuevos elementos normativos e institucionales, con el Plan

de Nación y Visión de País vigente desde el 2010.

La revisión documental se complementó utilizando el método de la entrevista a los principales

actores involucrados. El instrumento diseñado para el levantamiento de la información en la etapa

de entrevista se encuentra en el Anexo 3 de este documento. Por último, la información analizada se

sometió a una primera validación por medio de un taller en el que participaron miembros de la

CNG. En el Anexo 4 se encuentra el instrumento aplicado en el taller de validación.

El proceso finalizó en Junio de 2014 con otro proceso de revisión y validación con los miembros de

la CNG, aplicando para ese efecto una rúbrica que se encuentra incluida en el Anexo 5. También se

aprovechó el evento para presentar la propuesta preliminar de las líneas que conforman el Plan

Estratégico.

Page 27: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

del marco jurídico e institucional disponible para la gestión ambientalmente racional de los COPs.

Para tal fin se ha utilizado el método deductivo, yendo de la normativa más general a la más

específica. La metodología incorporó la elaboración de las preguntas de investigación (Anexo 2), un

análisis documental de la normativa sectorial vigente nacional e internacional. De la misma manera,

se revisó los compromisos internacionales que Honduras adquirió por medio de la ratificación de

instrumentos, o por la implementación de instrumentos no vinculantes en el país, que son

significativos para la actualización del PNI.

El análisis anterior sirvió para determinar: a) si entraron en vigencia instrumentos jurídicos que se

vinculen con la gestión de COPs desde la elaboración del PNI hasta la fecha; b) si en estos

instrumentos jurídicos se asignaron competencias a las diferentes instituciones del país que tienen

relevancia para la gestión de COPs y que deben ser tomadas en cuenta en la actualización del PNI; c)

si existe alguna vinculación entre estos nuevos elementos normativos e institucionales, con el Plan

de Nación y Visión de País vigente desde el 2010.

La revisión documental se complementó utilizando el método de la entrevista a los principales

actores involucrados. El instrumento diseñado para el levantamiento de la información en la etapa

de entrevista se encuentra en el Anexo 3 de este documento. Por último, la información analizada se

sometió a una primera validación por medio de un taller en el que participaron miembros de la

CNG. En el Anexo 4 se encuentra el instrumento aplicado en el taller de validación.

El proceso finalizó en Junio de 2014 con otro proceso de revisión y validación con los miembros de

la CNG, aplicando para ese efecto una rúbrica que se encuentra incluida en el Anexo 5. También se

aprovechó el evento para presentar la propuesta preliminar de las líneas que conforman el Plan

Estratégico.

Figura 3. Metodología utilizada en el Estudio Legal-Institucional. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

 

5. Resultados

En este apartado se presentan, en primer término, los resultados de los análisis a los que han sido

sometidos el Marco Legal para la gestión de COPs en Honduras, que servirá de base a la

actualización del PNI, que incluye a la Constitución de la República, los Tratados Internacionales

ratificados por el Estado de Honduras, así como las leyes y reglamentos del ordenamiento jurídico

nacional relacionados con la gestión de COPs.

Del análisis general del Marco Legal actual antes planteado, se desprende un análisis más específico

en el que se vincula los instrumentos normativos vigentes en Honduras con las principales

obligaciones establecidas en el Convenio de Estocolmo para los Estados que lo suscriben y ratifican.

Este análisis será la base para establecer los vacíos encontrados en el marco legal analizado.

Posteriormente se presenta el análisis del Marco Institucional disponible en el país para la

implementación de las acciones que deberán incluirse en la antedicha actualización. Este incluirá la

Page 28: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

evaluación de las fortalezas y debilidades de los actores más relevantes, así como las competencias

que se les asigna en la normativa vigente a partir de 2009. También se específica los recursos que

actualmente están disponibles para la gestión de COPs, así como las acciones que las instituciones de

gobierno han ejecutado en el mismo período. Además, se lista los espacios de cooperación

interinstitucional que se identifican para la gestión de productos químicos.

Lo anterior se complementa con el estudio que el PNI tiene con la Visión de País y el Plan de

Nación. Para finalizar, se hace una revisión de los indicadores 4 y 5 de los resultados del PNI 2009,

que en su orden son: Fortalecimiento de las capacidades nacionales para la gestión ambientalmente

racional de las sustancias químicas; y, armonización e implementación del marco legal para lograr la

gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas.

5.1. Marco Legal Actual

A continuación se presenta una tabla que contiene los instrumentos jurídicos que han entrado en

vigencia desde finales del 2009, año en que se elaboró el PNI, y que son relevantes para la Gestión

Ambientalmente Racional de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.

Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs Constitución

de la República Reforma al Artículo 145 Decreto 232-2012

Leyes

Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental Ley General de Aguas Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público Ley de Minería Ley de Cambio Climático

Decreto 181-2007 Decreto 151-2009 Decreto 158-2009 Decreto 181-2009 Decreto 286-2009 Decreto 17-2010 Decreto 238-2012

evaluación de las fortalezas y debilidades de los actores más relevantes, así como las competencias

que se les asigna en la normativa vigente a partir de 2009. También se específica los recursos que

actualmente están disponibles para la gestión de COPs, así como las acciones que las instituciones de

gobierno han ejecutado en el mismo período. Además, se lista los espacios de cooperación

interinstitucional que se identifican para la gestión de productos químicos.

Lo anterior se complementa con el estudio que el PNI tiene con la Visión de País y el Plan de

Nación. Para finalizar, se hace una revisión de los indicadores 4 y 5 de los resultados del PNI 2009,

que en su orden son: Fortalecimiento de las capacidades nacionales para la gestión ambientalmente

racional de las sustancias químicas; y, armonización e implementación del marco legal para lograr la

gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas.

5.1. Marco Legal Actual

A continuación se presenta una tabla que contiene los instrumentos jurídicos que han entrado en

vigencia desde finales del 2009, año en que se elaboró el PNI, y que son relevantes para la Gestión

Ambientalmente Racional de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.

Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs Constitución

de la República Reforma al Artículo 145 Decreto 232-2012

Leyes

Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental Ley General de Aguas Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público Ley de Minería Ley de Cambio Climático

Decreto 181-2007 Decreto 151-2009 Decreto 158-2009 Decreto 181-2009 Decreto 286-2009 Decreto 17-2010 Decreto 238-2012

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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

evaluación de las fortalezas y debilidades de los actores más relevantes, así como las competencias

que se les asigna en la normativa vigente a partir de 2009. También se específica los recursos que

actualmente están disponibles para la gestión de COPs, así como las acciones que las instituciones de

gobierno han ejecutado en el mismo período. Además, se lista los espacios de cooperación

interinstitucional que se identifican para la gestión de productos químicos.

Lo anterior se complementa con el estudio que el PNI tiene con la Visión de País y el Plan de

Nación. Para finalizar, se hace una revisión de los indicadores 4 y 5 de los resultados del PNI 2009,

que en su orden son: Fortalecimiento de las capacidades nacionales para la gestión ambientalmente

racional de las sustancias químicas; y, armonización e implementación del marco legal para lograr la

gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas.

5.1. Marco Legal Actual

A continuación se presenta una tabla que contiene los instrumentos jurídicos que han entrado en

vigencia desde finales del 2009, año en que se elaboró el PNI, y que son relevantes para la Gestión

Ambientalmente Racional de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.

Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs Constitución

de la República Reforma al Artículo 145 Decreto 232-2012

Leyes

Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental Ley General de Aguas Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público Ley de Minería Ley de Cambio Climático

Decreto 181-2007 Decreto 151-2009 Decreto 158-2009 Decreto 181-2009 Decreto 286-2009 Decreto 17-2010 Decreto 238-2012

Instrumentos Jurídicos vigentes desde 2009, Relevantes para la Gestión de COPs

Reglamentos

Reglamento del SINEIA Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales Reglamento de Auditorías Ambientales Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos Tabla de Categorización Ambiental Reglamento de la Ley General de la Minería Reglamento para el Control Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico, Jardinería, Industrial y Salud Pública Creación del Departamento de Residuos Sólidos Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB) Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

Acuerdo 189-2009 Acuerdo 826-2009 Acuerdo 887-2009 Acuerdo 031-2010 Acuerdo 032-2010 Acuerdo 1566-2010 Acuerdo 1567-2010 Acuerdo 1714-2010 Acuerdo 042-2013 Acuerdo 1071-2014 Acuerdo 1070-2014

Decretos Ejecutivos

Creación de la Dirección de Cambio Climático Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos

Decreto Ejecutivo PCM 022-2010 Decreto Ejecutivo PCM 029-2013 Decreto Ejecutivo PCM 035-2013

Tabla 4. Instrumentos Jurídicos vigencia desde 2009 relevantes para la gestión de COPs (Proyecto de Actualización

del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

 

 

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

5.1.1. Constitución de la República de Honduras

La vinculación de la norma fundamental del Estado con la gestión de COPs parte de dos artículos

cuyo contenido es determinante. En primer término, la Constitución13 reconoce en su artículo 145,

el derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento a los ciudadanos, y establece un mandato a

los poderes públicos de conservar el ambiente, particularmente las fuentes de agua. Este artículo 145

fue modificado en 201214, siendo la única reforma constitucional con incidencia directa en la gestión

de COPs desde que se presentara el PNI 2009. En segundo término, el artículo 146 establece que el

Estado será el encargado de regular la gestión de productos químicos, función que deberá poder

coordinarse con otras funciones que la misma Constitución le asigna como la planificación de la

salud, la planificación del desarrollo económico y social, la planificación estratégica, la protección del

ambiente, entre otras.

En el Anexo 6 se hace amplía la relación de la vinculación del Texto Constitucional con el Convenio

de Estocolmo.

5.1.2. Tratados Internacionales Ratificados por Honduras y Vinculados con COPs

El Convenio de Estocolmo, así como los demás instrumentos internacionales que conforman la

Agenda Química Internacional, encuentran sus antecedentes jurídicos internacionales en dos (2)

instrumentos: La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo15 y la Agenda 2116. Ambos

son aprobados en el marco de la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el

Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, en la que participaron 178 países. En dicha

conferencia se refleja una visión antropocéntrica que determinará los intereses y el bienestar de las

personas como preocupación fundamental en la agenda ambiental internacional.

                                                                                                                         13  Decreto 131-1982, Constitución de la República de Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #23,612 de 20 de enero de 1982.  14  Decreto 232-2012, Ratificación de la Reforma al Artículo 145 Constitucional, publicado en Diario Oficial La Gaceta #33,033 de 24 de enero de 2013. 15  Organización de las Naciones Unidas, Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm  16  Organización de las Naciones Unidas, Agenda 21, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/agenda21sptoc.htm  

Page 31: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

5.1.1. Constitución de la República de Honduras

La vinculación de la norma fundamental del Estado con la gestión de COPs parte de dos artículos

cuyo contenido es determinante. En primer término, la Constitución13 reconoce en su artículo 145,

el derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento a los ciudadanos, y establece un mandato a

los poderes públicos de conservar el ambiente, particularmente las fuentes de agua. Este artículo 145

fue modificado en 201214, siendo la única reforma constitucional con incidencia directa en la gestión

de COPs desde que se presentara el PNI 2009. En segundo término, el artículo 146 establece que el

Estado será el encargado de regular la gestión de productos químicos, función que deberá poder

coordinarse con otras funciones que la misma Constitución le asigna como la planificación de la

salud, la planificación del desarrollo económico y social, la planificación estratégica, la protección del

ambiente, entre otras.

En el Anexo 6 se hace amplía la relación de la vinculación del Texto Constitucional con el Convenio

de Estocolmo.

5.1.2. Tratados Internacionales Ratificados por Honduras y Vinculados con COPs

El Convenio de Estocolmo, así como los demás instrumentos internacionales que conforman la

Agenda Química Internacional, encuentran sus antecedentes jurídicos internacionales en dos (2)

instrumentos: La Declaración de Río sobre Medio Ambiente y Desarrollo15 y la Agenda 2116. Ambos

son aprobados en el marco de la Conferencia de la Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el

Desarrollo, celebrada en Río de Janeiro en 1992, en la que participaron 178 países. En dicha

conferencia se refleja una visión antropocéntrica que determinará los intereses y el bienestar de las

personas como preocupación fundamental en la agenda ambiental internacional.

                                                                                                                         13  Decreto 131-1982, Constitución de la República de Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #23,612 de 20 de enero de 1982.  14  Decreto 232-2012, Ratificación de la Reforma al Artículo 145 Constitucional, publicado en Diario Oficial La Gaceta #33,033 de 24 de enero de 2013. 15  Organización de las Naciones Unidas, Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/riodeclaration.htm  16  Organización de las Naciones Unidas, Agenda 21, Río de Janeiro, 1992, disponible en http://www.un.org/spanish/esa/sustdev/agenda21/agenda21sptoc.htm  

La Declaración de Río recomienda como medida idónea la evaluación de impacto ambiental para

abordar cualquier problema que implique daño al ambiente, y prever y prevenir así los efectos

nocivos. Además reconoce el derecho soberano de cada Estado de diseñar políticas y promulgar la

legislación ambiental que sea necesaria para asegurar la sostenibilidad en el desarrollo,

recomendando de manera puntual la eliminación de aquellas formas de producción y de consumo

que impiden dicha sostenibilidad.

Establece como parte del concepto del desarrollo sostenible, tanto la equidad intra-generacional

como la inter-generacional, por lo que las estrategias impulsadas por cada Estado deben tener una

visión de largo plazo para alcanzar este acometido, además de tener la prevención y la precaución

como criterios para la gestión adecuada del ambiente. La responsabilidad ambiental por causa de

daño y la internacionalización de los costos de la contaminación vendrían a complementar estas

pautas.

Fomenta decididamente la cooperación internacional tanto para el intercambio de conocimiento

científico y tecnologías y el intercambio de información ambiental, particularmente en los casos de

riesgo y de emergencia que puedan tener impacto transfronterizo. Promueve la solución pacífica de

controversias. Señala además la relevancia del acceso a la información ambiental por parte de la

ciudadanía, así como la necesaria participación directa de mujeres, jóvenes y grupos indígenas.

La Agenda 21, por su parte, busca cambiar el modelo económico actual, el cual está basado en la

explotación indiscriminada de los recursos naturales, en otro, que se base en el desarrollo sostenible.

En ella se propone la gestión ecológicamente racional de los productos químicos tóxicos, incluyendo

la prevención del tráfico internacional ilícito de dichos productos. Reconoce los obstáculos que el

desarrollo científico y tecnológico actual supone para la comprensión exacta de los efectos del uso

de estos químicos en la salud y el ambiente, y las evaluaciones de los efectos que sí son conocidos

pueden suponer. Entiende las características nocivas de los contaminantes químicos, particularmente

que sus efectos pueden extenderse y ser transfronterizos. Reconoce además el derecho a la

información de las comunidades y los trabajadores sobre los riesgos que suponen los productos

tóxicos. Establece además varias áreas de cooperación internacional (Vid. Figura 4).

Page 32: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

32

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Figura 4. Áreas de Cooperación Internacional propuestas por la Agenda 21 (Organización de las Naciones Unidas,

Agenda 21, Río de Janeiro, 1992).

El Convenio de Estocolmo (cuyos antecedentes se incluyen en el Apartado 2 de este Estudio),

forma parte, junto con los Convenios de Basilea y Rotterdam, de lo que se denomina la Agenda

Química Internacional, junto con el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos en

el Ámbito Internacional, conocido como SAICM por sus siglas en inglés (el cual se analiza en el

acápite 5.a.iv, dedicado a los Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la

Gestión de COPs).

El Convenio de Basilea17 se aprobó en 1989 con el objetivo de evitar daños a la salud y al ambiente

por medio de la gestión adecuada de desechos peligrosos, especialmente en lo que a los movimientos

transfronterizos y su eliminación se refiere. Entra en vigencia en mayo de 1992. Honduras se adhirió

a esta Convención desde 1995. En él se establece las facultades de las partes de prohibir la

importación y exportación de desechos peligrosos, establecer medidas para reducir la generación de

estos desechos, eliminar tan cerca como sea posible de la fuente de generación y regular la gestión

adecuada de los mismos, relacionadas con las medidas para reducir o eliminar las emanaciones

derivadas de existencias y desechos, señaladas en el Convenio de Estocolmo.

                                                                                                                         17  Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de los Residuos Peligrosos y su Eliminación, Basilea, 1992, disponible en http://www.pic.int/ElConvenio/Generalidades/TextodelConvenio/tabid/1980/language/es-CO/Default.aspx    

Page 33: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Figura 4. Áreas de Cooperación Internacional propuestas por la Agenda 21 (Organización de las Naciones Unidas,

Agenda 21, Río de Janeiro, 1992).

El Convenio de Estocolmo (cuyos antecedentes se incluyen en el Apartado 2 de este Estudio),

forma parte, junto con los Convenios de Basilea y Rotterdam, de lo que se denomina la Agenda

Química Internacional, junto con el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos en

el Ámbito Internacional, conocido como SAICM por sus siglas en inglés (el cual se analiza en el

acápite 5.a.iv, dedicado a los Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la

Gestión de COPs).

El Convenio de Basilea17 se aprobó en 1989 con el objetivo de evitar daños a la salud y al ambiente

por medio de la gestión adecuada de desechos peligrosos, especialmente en lo que a los movimientos

transfronterizos y su eliminación se refiere. Entra en vigencia en mayo de 1992. Honduras se adhirió

a esta Convención desde 1995. En él se establece las facultades de las partes de prohibir la

importación y exportación de desechos peligrosos, establecer medidas para reducir la generación de

estos desechos, eliminar tan cerca como sea posible de la fuente de generación y regular la gestión

adecuada de los mismos, relacionadas con las medidas para reducir o eliminar las emanaciones

derivadas de existencias y desechos, señaladas en el Convenio de Estocolmo.

                                                                                                                         17  Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Control de Movimientos Transfronterizos de los Residuos Peligrosos y su Eliminación, Basilea, 1992, disponible en http://www.pic.int/ElConvenio/Generalidades/TextodelConvenio/tabid/1980/language/es-CO/Default.aspx    

El Convenio de Rotterdam18 fue aprobado en 1998. Este Convenio aparece en el escenario

internacional como una respuesta al incremento en la producción de sustancias químicas,

particularmente de químicos peligrosos y pesticidas que puedan significar daños a la salud y al

ambiente. De ahí que se estableciera este procedimiento para el Consentimiento Fundamentado

Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos que son comercializados

internacionalmente, entrando en vigor en febrero de 2004.

Honduras se adhirió al Convenio de Rotterdam desde el 2011. Este Convenio establece mecanismos

de intercambio de información que permiten a las partes incluir productos químicos industriales y

plaguicidas peligrosos en el listado de sustancias que pudieran comercializarse con ese

consentimiento previo, así como aquellos que permiten retirar el consentimiento de productos que

previamente han sido incluidos. Se vincula con el Convenio de Estocolmo, en lo referente a las

medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

de COPs.

La SERNA, Autoridad Nacional Competente, por medio del Centro de Estudios y Control de

Contaminantes (CESCCO), es el Punto Focal para la implementación de estos tres instrumentos en

Honduras. Desde 2010, en el ámbito internacional se ha promovido la sinergia entre estos tres

convenios, con el fin de crear un mecanismo único de coordinación.

Tratado Internacional Fecha de Adherencia o Ratificación Convenio de Basilea 27 de diciembre de 1995(a) Convenio de Rotterdam 26 de septiembre de 2011(a) Convenio de Estocolmo 23 de mayo de 2005(r)

Tabla 5. Convenios parte de la Agenda Química Internacional, que han sido ratificados o a los que se ha adherido el Estado de Honduras. (Proyecto de

Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

En el caso de Honduras, otro instrumento que se debe considerar con relación a los riesgos de los

químicos peligrosos en las diferentes etapas de su ciclo de vida, es el Protocolo de Montreal relativo

                                                                                                                         18  Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, Rotterdam, 1998, disponible en http://www.pic.int/Inicio/tabid/1925/language/es-CO/Default.aspx  

Page 34: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

a las sustancias que agotan la capa de ozono19. Este Protocolo entre en vigencia a partir de 1989,

intentando reducir la producción y consumo de dichas sustancias, como parte de las obligaciones

adquiridas por los Estados Parte del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono20.

Honduras se adhirió a dicho Convenio en Octubre de 1993 así como al Protocolo de Montreal. En

el 2002 ratificó las primeras dos (2) enmiendas que ha sufrido el Protocolo (Londres y Copenhague),

y en el 2007 se adhirió a las últimas dos (2) enmiendas (Montreal y Beijing).

Igual relevancia tiene el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

(CMNUCC)21. Esta reconoce la existencia del cambio climático, incorporando el principio

precautorio, obligando a los Estados Parte a actuar sobre esta temática para proteger la salud

humana, aún ante la falta de certeza científica. Entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Honduras lo

suscribe el 13 de junio de 1992, y lo ratifica el 19 de octubre de 1995, entrando en vigencia el 17 de

enero de 1996. El Convenio fue modificado por el Protocolo de Kyoto en 199722, por medio del

cual los países industrializados se comprometen a estabilizar las emisiones de los gases de efecto de

invernadero. Dicho Protocolo fue renovado en 2012.

La vinculación de los instrumentos internacionales arriba descritos con la gestión de los COPs se

basa en que las variaciones en las condiciones ambientales favorecen al transporte de los

contaminantes que repercuten en la salud de las personas y en el ambiente.

5.1.3. Tratados Regionales Ratificados por Honduras relacionados con la Gestión de COPs

Entre los instrumentos regionales cabe destacar el Código Aduanero Uniforme Centroamericano

(CAUCA)23 y su Reglamento (RECAUCA)24. Ambos se derivan del Tratado General de

                                                                                                                         19 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=2 20 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, Viena, 1985, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=1 21 Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York, 1992, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/la_convencion/items/6196.php    22  Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/protocolo_de_kyoto/items/6215.php  23  Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=1455    

Page 35: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

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a las sustancias que agotan la capa de ozono19. Este Protocolo entre en vigencia a partir de 1989,

intentando reducir la producción y consumo de dichas sustancias, como parte de las obligaciones

adquiridas por los Estados Parte del Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono20.

Honduras se adhirió a dicho Convenio en Octubre de 1993 así como al Protocolo de Montreal. En

el 2002 ratificó las primeras dos (2) enmiendas que ha sufrido el Protocolo (Londres y Copenhague),

y en el 2007 se adhirió a las últimas dos (2) enmiendas (Montreal y Beijing).

Igual relevancia tiene el Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático

(CMNUCC)21. Esta reconoce la existencia del cambio climático, incorporando el principio

precautorio, obligando a los Estados Parte a actuar sobre esta temática para proteger la salud

humana, aún ante la falta de certeza científica. Entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Honduras lo

suscribe el 13 de junio de 1992, y lo ratifica el 19 de octubre de 1995, entrando en vigencia el 17 de

enero de 1996. El Convenio fue modificado por el Protocolo de Kyoto en 199722, por medio del

cual los países industrializados se comprometen a estabilizar las emisiones de los gases de efecto de

invernadero. Dicho Protocolo fue renovado en 2012.

La vinculación de los instrumentos internacionales arriba descritos con la gestión de los COPs se

basa en que las variaciones en las condiciones ambientales favorecen al transporte de los

contaminantes que repercuten en la salud de las personas y en el ambiente.

5.1.3. Tratados Regionales Ratificados por Honduras relacionados con la Gestión de COPs

Entre los instrumentos regionales cabe destacar el Código Aduanero Uniforme Centroamericano

(CAUCA)23 y su Reglamento (RECAUCA)24. Ambos se derivan del Tratado General de

                                                                                                                         19 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=2 20 Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, Viena, 1985, disponible en http://ozone.unep.org/new_site/sp/Treaties/treaty_text.php?treatyID=1 21 Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York, 1992, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/la_convencion/items/6196.php    22  Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997, disponible en http://unfccc.int/portal_espanol/informacion_basica/protocolo_de_kyoto/items/6215.php  23  Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=1455    

Integración Centroamericana suscrito por los Estados de la Región en 1962, el cual trata de

establecer un marco normativo para el adecuado funcionamiento del mercado común regional.

En el CAUCA se puede encontrar referencias a medidas que podrían ayudar a la restricción o

prohibición de COPs. Entre estas medidas están la habilitación de aduanas especializadas,

prohibiciones que buscan evitar el trasiego por puntos ciegos, y el ingreso al territorio de mercancías

peligrosas. Se faculta a las autoridades aduaneras a realizar controles aduaneros, retener mercancías

prohibidas y a implementar técnicas comunes para la gestión de riesgos. Por ser un instrumento de

aplicación regional, fomenta el intercambio de información entre los servicios aduaneros por medio

de la creación de bases de datos comunes.

El RECAUCA amplía las disposiciones anteriores, facultando no sólo la retención sino la

incautación de mercancías, estableciendo regulaciones para el transporte de mercancías peligrosas,

estandarizando la información de los manifiestos de carga y autorizando la extracción de muestras

para ser analizadas en los laboratorios que coordine el servicio aduanero. Busca armonizar los

criterios para la gestión del riesgo en la región como parte de los mecanismos de intercambio de

información entre los Estados Parte, que incluyen no sólo bases de datos, sino que registros

especiales. Contiene disposiciones para la asistencia técnica, primordialmente con capacitación del

personal que labora en las aduanas respecta. El contenido de ambos documentos se encuentra

relacionado con el Convenio de Estocolmo en el Anexo 7 de este documento.

Es importante señalar que en el Arancel Centroamericano25 se encuentran incluidas muchas de las

sustancias COPs, como se observa en la siguiente tabla.

CODIGO SUSTANCIA 2710.91.00.00 Desechos de aceites que contengan difenilos policlorados (PCB), terfenilos

policlorados (PCT) o difenilos polibromados (PBB) 2903.81.00.00 1,2,3,4,5,6-Hexaclorociclohexano, incluido el lindano 2903.82.10.00 Aldrina 2903.82.20.00 Clordano 2903.82.30.00 Heptacloro 2903.89.10.00 Canfecloro (Toxafeno) 2903.89.20.00 Mirex

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       24  Sistema de Integración Centroamericano, Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=1102  25 Dirección Ejecutiva de Ingresos, Arancel Centroamericano, Tegucigalpa, disponible en http://www.dei.gob.hn/website/index.php?cat=1434&title=Consulta%20de%20Arancel%20Centroam%E9ricano%20%28SAC%29&lang=es

Page 36: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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CODIGO SUSTANCIA 2903.92.10.00 Hexaclorobenceno 2903.92.20.00 DDT (clofenotano), 1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil)etano) 2903.99.10.00 Pentaclorobenceno 2903.99.20.00 Hexabromobifenilo 2904.90.20.00 Sulfonato de perfluorooctano 29.09.30.10.00 Éteres de octabromodifenilo 2909.30.20.00 Eteres de pentabromodifenilo 2910.40.00.00 Dieldrina 2914.70.10.00 Clordecona 3808.50.12.00 Que contengan DDT, aldrín, dieldrín, toxafeno, clordimeform, clordano,

heptacloro 3808.50.14.00 Que contengan lindano, compuestos de mercurio, fluoroacetamida,

pentaclorofenol, monocrotofós, fosfamidón. 3808.50.22.00 Que contengan hexaclorobenceno, pentaclorofenol, binpacril, óxidos de

mercurio 3808.91.50.00 Mirex o declordano 3824.82.00.00 Que contengan bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o

bifenilos polibromados (PBB)

Tabla 6. Listado de COPs incluidos en el Arancel Centroamericano (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

En julio de 1997 se constituye el Consejo de Ministros de Integración Económica dentro del Sistema

de Integración Centroamericano26. Dentro de ese marco, en junio de 2004 se suscribe la Resolución

118-200427, que establece el marco para la Unión Aduanera Centroamericana en lo referente a

insumos agropecuarios en el campo de los agroquímicos, incluyendo una codificación para el

número de registro de estas sustancias y el procedimiento para la inclusión de ingredientes activos en

la lista armonizada de plaguicidas prohibidas de la Unión.

La Resolución 258-201028 de diciembre de 2010 establece el Reglamento RTCA 65.03.44:07

Plaguicidas. Plaguicidas de Uso Doméstico y de Uso Profesional. Requisitos de Registro; y del

Procedimiento para reconocimiento de registro de plaguicidas de uso doméstico y plaguicidas de uso

                                                                                                                         26 Vid. Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=960 27 Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 2004, disponible en  http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=840 28 Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración Económica LIX, Guatemala, 2010  http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=695

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CODIGO SUSTANCIA 2903.92.10.00 Hexaclorobenceno 2903.92.20.00 DDT (clofenotano), 1,1,1-tricloro-2,2-bis (p-clorofenil)etano) 2903.99.10.00 Pentaclorobenceno 2903.99.20.00 Hexabromobifenilo 2904.90.20.00 Sulfonato de perfluorooctano 29.09.30.10.00 Éteres de octabromodifenilo 2909.30.20.00 Eteres de pentabromodifenilo 2910.40.00.00 Dieldrina 2914.70.10.00 Clordecona 3808.50.12.00 Que contengan DDT, aldrín, dieldrín, toxafeno, clordimeform, clordano,

heptacloro 3808.50.14.00 Que contengan lindano, compuestos de mercurio, fluoroacetamida,

pentaclorofenol, monocrotofós, fosfamidón. 3808.50.22.00 Que contengan hexaclorobenceno, pentaclorofenol, binpacril, óxidos de

mercurio 3808.91.50.00 Mirex o declordano 3824.82.00.00 Que contengan bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o

bifenilos polibromados (PBB)

Tabla 6. Listado de COPs incluidos en el Arancel Centroamericano (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

En julio de 1997 se constituye el Consejo de Ministros de Integración Económica dentro del Sistema

de Integración Centroamericano26. Dentro de ese marco, en junio de 2004 se suscribe la Resolución

118-200427, que establece el marco para la Unión Aduanera Centroamericana en lo referente a

insumos agropecuarios en el campo de los agroquímicos, incluyendo una codificación para el

número de registro de estas sustancias y el procedimiento para la inclusión de ingredientes activos en

la lista armonizada de plaguicidas prohibidas de la Unión.

La Resolución 258-201028 de diciembre de 2010 establece el Reglamento RTCA 65.03.44:07

Plaguicidas. Plaguicidas de Uso Doméstico y de Uso Profesional. Requisitos de Registro; y del

Procedimiento para reconocimiento de registro de plaguicidas de uso doméstico y plaguicidas de uso

                                                                                                                         26 Vid. Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=960 27 Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración Económica, Guatemala, 2004, disponible en  http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=840 28 Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración Económica LIX, Guatemala, 2010  http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=695

profesional. En él se prohíbe el registro de organofosforados, organoclorados y carbamatos.

Participó por Honduras la Secretaría de Salud.

El Consejo de Ministros de Integración Económica dentro del Sistema de Integración

Centroamericano, por medio de la Resolución 273-201129, aprueba el Reglamento Técnico

Centroamericano, RTCA 65.03.57:10 Plaguicidas. Plaguicidas de uso Doméstico y de uso

Profesional. Requisitos de Etiquetado en diciembre de 2011, representando a Honduras la Secretaría

de Salud. En él se regula lo pertinente al adecuado etiquetado, como las obligaciones para que dichas

etiquetas incluyan medidas para la destrucción de envases y la prevención de contaminación.

5.1.4. Instrumentos Internacionales No Vinculantes relacionados con la Gestión de

COPs

El más relevante de estos instrumentos es el Enfoque Estratégico Internacional para la Gestión

Ambientalmente Racional de Productos Químicos (SAICM, por sus siglas en inglés), el cual se basa

en tres (3) documentos aprobados en Dubai en 2006, en el marco de la Conferencia Internacional

sobre la Gestión de Productos Químicos: la Declaración Ministerial de Alto Nivel, la Estrategia de

Política Global y el Plan de Acción Mundial30.

La Estrategia incluye aspectos ambientales, económicos, sociales, de salud y trabajo de la seguridad

química, incluyendo productos químicos usados en la agricultura y la industria con la idea de

promover el desarrollo sostenible y cubrir todas las etapas del ciclo de vida de las sustancias

químicas, planteándose como plazo el 2020. El Punto Focal del SAICM para Honduras es el Centro

de Estudios y Control de Contaminantes (CESCCO) de la SERNA.

Con el fin de emprender dicho enfoque estratégico en Honduras, se ha implementado dos (2)

proyectos hasta la fecha: “Fortalecimiento de la Gobernabilidad Nacional para la Implementación de

SAICM” (SAICM 1) e “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos

Químicos en el Plan de Nación” (SAICM 2), ambos con fondos de la Secretaría de SAICM y

ejecutados desde la SERNA.                                                                                                                          29 Disponible en Secretaría de Integración Económica, Resolución 273-2011 de Consejo de Ministros de Integración Económica LIX, San Salvador, 2011  http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=671 30 Disponibles en http://www.saicm.org/images/saicm_documents/saicm%20texts/SAICM_publication_SPA.pdf

Page 38: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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El primero de estos proyectos tiene por objetivo fortalecer la capacidad nacional para el desarrollo

de un plan de país para la implementación del Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos

Químicos a Nivel Internacional31. El segundo de estos proyectos tiene como propósito para el año

2020, que los productos químicos que se produzcan y se utilice en el país no causen efectos nocivos

para la salud y el ambiente, al establecer mecanismos de coordinación que involucren y sensibilicen a

los tomadores de decisión para que la SAICM se incluya en el Plan de Nación así como en los Planes

Estratégicos Institucionales32.

Igual relevancia tiene el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), que es un

inventario de emisiones de sustancias químicas, que informa sobre la naturaleza y cantidad de

emisiones al aire, agua, suelo y transferencia de contaminantes. Este modelo de registro tiene sus

antecedentes en la Declaración de Río de 1992 y en la Agenda 21, y es impulsado por el Foro

Intergubernamental sobre Sustancias Químicas (FISQ). En el marco europeo, el Convenio de

Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación Pública en la Toma de Decisiones y Acceso a

la Justicia en los Asuntos Ambientales de 1998 adopta el protocolo sobre RETCs, sin embargo, el

mayor impulso de este modelo es a través de la adopción del SAICM33. En Honduras se ha

implementado el Proyecto “Diseño de las Características Clave de un Registro de Emisiones y

Transferencia de Contaminantes (RETC) e Implementación de una Primera Prueba Piloto del

RETC en Honduras”34 (2011-2012). El Proyecto se desarrolló por el CESCCO-SERNA con fondos

del Reino de España a través del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación e Investigación

(UNITAR).

Es relevante señalar el Código Internacional de Conducta sobre la Distribución y Uso de

Plaguicidas, elaborado en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y

la Alimentación (FAO), y revisado en 200235. Este Código establece estándares voluntarios para

                                                                                                                         31  Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Perfil Nacional para la Gestión de Sustancias Químicas en Honduras, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www2.unitar.org/cwm/publications/cw/np/np_pdf/Honduras_National_Profile_2009.pdf    32  Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Documento de Proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www.hn.undp.org/content/dam/honduras/docs/proyectos/00076058_PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf  33  Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Acerca de los RETC, disponible en http://prtr.unitar.org/es/inicio/acerca-de-los-retc  34  Disponible en http://www.retchn.org/    35 Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Código Internacional sobre la Distribución y Uso de Plaguicidas, Roma, 2003, disponible en http://www.fao.org/docrep/006/y4544s/y4544s00.HTM

Page 39: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

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El primero de estos proyectos tiene por objetivo fortalecer la capacidad nacional para el desarrollo

de un plan de país para la implementación del Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos

Químicos a Nivel Internacional31. El segundo de estos proyectos tiene como propósito para el año

2020, que los productos químicos que se produzcan y se utilice en el país no causen efectos nocivos

para la salud y el ambiente, al establecer mecanismos de coordinación que involucren y sensibilicen a

los tomadores de decisión para que la SAICM se incluya en el Plan de Nación así como en los Planes

Estratégicos Institucionales32.

Igual relevancia tiene el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), que es un

inventario de emisiones de sustancias químicas, que informa sobre la naturaleza y cantidad de

emisiones al aire, agua, suelo y transferencia de contaminantes. Este modelo de registro tiene sus

antecedentes en la Declaración de Río de 1992 y en la Agenda 21, y es impulsado por el Foro

Intergubernamental sobre Sustancias Químicas (FISQ). En el marco europeo, el Convenio de

Aarhus sobre Acceso a la Información, Participación Pública en la Toma de Decisiones y Acceso a

la Justicia en los Asuntos Ambientales de 1998 adopta el protocolo sobre RETCs, sin embargo, el

mayor impulso de este modelo es a través de la adopción del SAICM33. En Honduras se ha

implementado el Proyecto “Diseño de las Características Clave de un Registro de Emisiones y

Transferencia de Contaminantes (RETC) e Implementación de una Primera Prueba Piloto del

RETC en Honduras”34 (2011-2012). El Proyecto se desarrolló por el CESCCO-SERNA con fondos

del Reino de España a través del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación e Investigación

(UNITAR).

Es relevante señalar el Código Internacional de Conducta sobre la Distribución y Uso de

Plaguicidas, elaborado en el marco de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y

la Alimentación (FAO), y revisado en 200235. Este Código establece estándares voluntarios para

                                                                                                                         31  Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Perfil Nacional para la Gestión de Sustancias Químicas en Honduras, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www2.unitar.org/cwm/publications/cw/np/np_pdf/Honduras_National_Profile_2009.pdf    32  Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Documento de Proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009, disponible en http://www.hn.undp.org/content/dam/honduras/docs/proyectos/00076058_PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf  33  Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Acerca de los RETC, disponible en http://prtr.unitar.org/es/inicio/acerca-de-los-retc  34  Disponible en http://www.retchn.org/    35 Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Código Internacional sobre la Distribución y Uso de Plaguicidas, Roma, 2003, disponible en http://www.fao.org/docrep/006/y4544s/y4544s00.HTM

entidades públicas y privadas que participen de la distribución y uso de plaguicidas. Provee los

lineamientos sobre los que deberá diseñarse la legislación nacional para la regulación de plaguicidas,

particularmente en lo que a su registro y control se refiere. De hecho, en Honduras, este Código es

la base sobre la que se elabora el Acuerdo No. 642-98, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control

de Plaguicidas y Sustancias Afines, cuya aplicación actualmente le corresponde a la SAG.

Además, es importante hacer referencia al Codex Alimentarius, que es un conjunto de normas

internacionales para alimentos cuyo propósito es la protección de la salud de los consumidores,

elaborado por la Comisión que para este propósito establecieron la FAO y la Organización Mundial

de la Salud (OMS). Dentro de las normas que lo integran se encuentran los estándares para los

límites máximos de residuos de pesticidas en los alimentos36.

5.1.5. Legislación Nacional

En el PNI 2009 se identifica la dispersión normativa como el principal problema que hay con

relación al marco legal nacional para la gestión de COPs. Pero a esto hay que agregar que salvo los

reglamentos que se elaboran en el marco del PNI 2009, los demás instrumentos sectoriales no son

específicos para la gestión de COPs, sino que para productos químicos en general.

Sin embargo, el ordenamiento jurídico vigente, como sistema abierto y flexible que es, ha sufrido

modificaciones causadas por la entrada en vigencia desde finales de 2009, año en que se finaliza la

elaboración del PNI. En dichos instrumentos es posible encontrar regulaciones que se vinculan al

cumplimiento de las obligaciones principales adquiridas por Honduras a través del Convenio de

Estocolmo, contenidas en los artículos 3, 5 y 6 de dicho Tratado Internacional, como se observa en

la tabla a continuación.

                                                                                                                         36  Codex Alimentarius, Base de datos en línea del Codex sobre los residuos de plaguicidas en los alimentos, 2012, disponible en http://www.codexalimentarius.net/pestres/data/index.html?lang=es

Page 40: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

40

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Instrumento Jurídico Medidas relacionadas con la

producción y utilización

intencional, (Art. 3)

Medidas relacionadas con la

producción no intencional, (Art. 5)

Medidas relacionadas con las

existencias y desechos, (Art. 6)

1. Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto

181-2007

X X X

2. Ley General de Aguas, Decreto 181-2009

X X X

3. Ley de Minería, Decreto 238-2012

X

4. Reglamento de la Ley General de la Minería, Acuerdo 042-2013

X

5. Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009

X X X

6. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009

X X X

7. Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-

2010

X X X

8. Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos,

Acuerdo 1567-2010

X X

9. Política para la Gestión Ambientalmente Racional de

Productos Químicos

X X X

10. Creación de la Comisión Nacional para la Gestión

Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto

Ejecutivo PCM 035-2013

X X X

11. Acuerdo Ministerial para la Gestión Ambientalmente

Racional de PCBs, Acuerdo 1071-2014

X X

12. Reglamento del Registro de Emisiones y

Transferencia de Contaminantes, Acuerdo

1070-2014

X X X

Tabla 7. Listado de Instrumentos Jurídicos aprobados, publicados o que han entrado en vigencia de 2009 al primer semestre de 2014 que incluyen medidas relacionadas a las obligaciones adquiridas por Honduras en el marco del Convenio de Estocolmo

(Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

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SERNA / ONUDI / GEF

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Instrumento Jurídico Medidas relacionadas con la

producción y utilización

intencional, (Art. 3)

Medidas relacionadas con la

producción no intencional, (Art. 5)

Medidas relacionadas con las

existencias y desechos, (Art. 6)

1. Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto

181-2007

X X X

2. Ley General de Aguas, Decreto 181-2009

X X X

3. Ley de Minería, Decreto 238-2012

X

4. Reglamento de la Ley General de la Minería, Acuerdo 042-2013

X

5. Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009

X X X

6. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009

X X X

7. Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-

2010

X X X

8. Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos,

Acuerdo 1567-2010

X X

9. Política para la Gestión Ambientalmente Racional de

Productos Químicos

X X X

10. Creación de la Comisión Nacional para la Gestión

Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto

Ejecutivo PCM 035-2013

X X X

11. Acuerdo Ministerial para la Gestión Ambientalmente

Racional de PCBs, Acuerdo 1071-2014

X X

12. Reglamento del Registro de Emisiones y

Transferencia de Contaminantes, Acuerdo

1070-2014

X X X

Tabla 7. Listado de Instrumentos Jurídicos aprobados, publicados o que han entrado en vigencia de 2009 al primer semestre de 2014 que incluyen medidas relacionadas a las obligaciones adquiridas por Honduras en el marco del Convenio de Estocolmo

(Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

En lo que a las medidas relacionadas con las obligaciones del Convenio de Estocolmo, los

principales aportes de estos once (11) Instrumentos normativos son los siguientes:

a. Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto 181-2007 Con este Decreto Legislativo, se descentraliza el otorgamiento de Licencias Ambientales, delegando

expresamente a ciertas Municipalidades. Se exceptúa aquellos proyectos cuyas actividades afectan a

la salud humana y a la contaminación, así como aquellos que en su ejecución utilicen materiales

tóxicos.

b. Ley General de Aguas, Decreto 181-2009 Atribuye a la Autoridad del Agua y a las Municipalidades la autorización de vertimientos de aguas

residuales en cuerpos de agua, previo obligatorio tratamiento, a excepción de aquellas que contengan

sustancias tóxicas o contaminantes. Manda que las aguas residuales que no puedan ser vertidas

reciban el adecuado tratamiento, lo que condiciona su reutilización o reciclaje, además de la

autorización correspondiente. Ordena se suspenda, restrinja o condicione los aprovechamientos de

agua otorgados, cuando se compruebe la contaminación de los recursos hídricos en una zona

determinada hasta que se verifique que se elimine la fuente de contaminación.

Incluye también un catálogo de infracciones administrativas que considera sancionable verter en los

cauces, o infiltrar en el subsuelo sustancias contaminantes que puedan afectar la calidad y cantidad

del recurso hídrico, cuando dicha contaminación no proceda de una autorización o sean el resultado

de violación a las autorizaciones otorgadas.

c. Ley de Minería, Decreto 232-2012 Tiene por objeto normar las actividades mineras y metalúrgicas del país. Manda la previa obtención

de licencias ambientales para que la autoridad minera pueda otorgar concesiones. Además exige que

se adopten y mantengan las medidas de seguridad, higiene y salud ocupacional y comunitaria. Esta

ley establece que las actividades mineras pueden ser suspendidas si existiera el riesgo o peligro

inminente para la vida de las personas y sus bienes, y canceladas como efecto de la cancelación

previa de la licencia ambiental, o para la penalización de un delito ambiental cometido por el titular

de la concesión.

Page 42: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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d. Reglamento de la Ley general de la Minería, Acuerdo 042-2013 Dentro de la institucionalidad para el sector de la minería, se incluye una Unidad de Laboratorios

para el ámbito minero-geológico, y la Unidad de Ambiente y Seguridad que deberá implementar las

acciones correctivas y preventivas que se deben aplicar para minimizar el riesgo de los impactos

ambientales que se produzcan por el sector. Además, las licencias ambientales y/o los planes de

manejo ambiental se convierten en requisitos para las actividades mineras. También, los titulares de

las concesiones para exploración o explotación, en sus declaraciones anuales consolidadas, deberán

indicar las actividades de protección ambiental que han implementado durante ese período.

e. Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Acuerdo

189-2009 Este instrumento pretende evaluar y controlar las actividades humanas capaces de generar efectos

adversos al ambiente. Es la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) de la SERNA la

encargada de rectorar este proceso, teniendo entre sus atribuciones la elaboración de normas

técnicas y guías de buenas prácticas ambientales.

El reglamento establece los requisitos para el trámite previo o reactivación de licencias ambientales

de acuerdo a diferentes categorías establecidas, imponiendo obligaciones específicas a los

proponentes de proyectos para el licenciamiento, tales como el cumplimiento de medidas

ambientales y de mitigación, realizar estudios de impacto ambiental y garantizar la ejecución de

planes de gestión ambiental para los proyectos con mayor impacto. También regula el control

ambiental obligatorio para los proyectos en ejecución.

El elemento más innovador incorporado en este instrumento es la evaluación de efectos

acumulativos. Es necesaria para la planificación del uso del suelo municipal o regional y se considera

un instrumento de identificación de medidas correctivas, de mitigación, saneamiento y/o

rehabilitación de las zonas afectadas.

f. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 Establece los requerimientos para la obtención de licencias ambientales para los proyectos de las

diferentes categorías desde bajo impacto, hasta muy alto impacto. También exige la suscripción de

contratos de medidas de normalización para proyectos de moderado a muy alto impacto, exigiendo

para estos últimos la obligación de realizar un estudio de auditoría ambiental con el objetivo de que

se elabore un Plan de Mejoramiento Ambiental para mitigar los impactos negativos del proyecto.

Page 43: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

d. Reglamento de la Ley general de la Minería, Acuerdo 042-2013 Dentro de la institucionalidad para el sector de la minería, se incluye una Unidad de Laboratorios

para el ámbito minero-geológico, y la Unidad de Ambiente y Seguridad que deberá implementar las

acciones correctivas y preventivas que se deben aplicar para minimizar el riesgo de los impactos

ambientales que se produzcan por el sector. Además, las licencias ambientales y/o los planes de

manejo ambiental se convierten en requisitos para las actividades mineras. También, los titulares de

las concesiones para exploración o explotación, en sus declaraciones anuales consolidadas, deberán

indicar las actividades de protección ambiental que han implementado durante ese período.

e. Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, Acuerdo

189-2009 Este instrumento pretende evaluar y controlar las actividades humanas capaces de generar efectos

adversos al ambiente. Es la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) de la SERNA la

encargada de rectorar este proceso, teniendo entre sus atribuciones la elaboración de normas

técnicas y guías de buenas prácticas ambientales.

El reglamento establece los requisitos para el trámite previo o reactivación de licencias ambientales

de acuerdo a diferentes categorías establecidas, imponiendo obligaciones específicas a los

proponentes de proyectos para el licenciamiento, tales como el cumplimiento de medidas

ambientales y de mitigación, realizar estudios de impacto ambiental y garantizar la ejecución de

planes de gestión ambiental para los proyectos con mayor impacto. También regula el control

ambiental obligatorio para los proyectos en ejecución.

El elemento más innovador incorporado en este instrumento es la evaluación de efectos

acumulativos. Es necesaria para la planificación del uso del suelo municipal o regional y se considera

un instrumento de identificación de medidas correctivas, de mitigación, saneamiento y/o

rehabilitación de las zonas afectadas.

f. Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 Establece los requerimientos para la obtención de licencias ambientales para los proyectos de las

diferentes categorías desde bajo impacto, hasta muy alto impacto. También exige la suscripción de

contratos de medidas de normalización para proyectos de moderado a muy alto impacto, exigiendo

para estos últimos la obligación de realizar un estudio de auditoría ambiental con el objetivo de que

se elabore un Plan de Mejoramiento Ambiental para mitigar los impactos negativos del proyecto.

g. Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo

1566-2010 Se establecen las directrices para la creación de un registro de emisiones, y se ordena a las actividades

que vayan a iniciar operaciones que se inscriban en él, debiendo presentar con la solicitud un

monitoreo de sus emisiones para comprobar que se está cumpliendo con las normas técnicas que

estén vigentes. El monitoreo de las chimeneas deberá hacerse periódicamente por medio de una

empresa prestadora de servicios ambientales y los registros de las mediciones deben reportarse a la

SERNA.

También promueve la adquisición de equipos para la baja generación de emisiones, al financiamiento

de los gastos generados por la reubicación de empresas ya establecidas, o para la compra de equipos

de combustión y tratamiento de emisiones, pudiendo hacer uso para esto de incentivos tributarios.

h. Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, Acuerdo 1567-2010

Por medio de este reglamento, el Estado de Honduras apuesta a implementar prácticas para la

reducción de residuos en la fuente, prácticas de reciclaje, de valoración de residuos y de mercado de

consumo. Clasifica los residuos en: a) especiales, b) no especiales, y c) inertes, sub clasificándolos de

acuerdo a su origen. También clasifica los residuos de acuerdo a su peligrosidad. Establece además

cuales son las diferentes etapas de la gestión de residuos.    

En referencia a la prevención, ordena a todas las empresas generadoras de envases que han

contenido lubricantes, plaguicidas y aditivos, así como aquellas que generan residuos con

características de peligrosidad que implementen Planes de Gestión de Residuos que vayan desde su

generación hasta su disposición final. Estos planes de gestión buscan prevenir la producción de

residuos estableciendo nuevas modalidades y modelos de manejo factibles y sostenibles.

Se propone el relleno sanitario como la alternativa más conveniente, estableciendo sus categorías

(manual, mecanizado, y semi-mecanizado), y sus características. Se reconoce la posibilidad de la

existencia de gestores privados de residuos sólidos, permitiéndoles a ellos también construir rellenos

sanitarios, plantas de generación de energía eléctrica por incineración de residuos, captura de biogás,

entre otros.

Con relación a los residuos especiales, se designa a la SERNA como la autoridad a cargo de su

control, estableciendo que las empresas o proyectos que generen este tipo de residuos, se incorporen

Page 44: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

a un registro de residuos especiales. Estos residuos, cuando no sean reciclables, deberán tratarse, y

previo a un análisis de peligrosidad, podrán disponerse en los rellenos sanitarios o celdas de

confinamiento de seguridad.

Con relación a los residuos peligrosos deberán ser tratados también, pero con el objetivo de reducir

su volumen y peligrosidad. Se excluye los residuos peligrosos generados en establecimientos de salud

y los provenientes de sustancias químicas peligrosas que tengan una regulación especial.

i. Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en

Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-2013

Establece las bases jurídico-institucionales para la gestión adecuada de productos químicos en el

país, con el objetivo de reducir los riesgos a la salud y al ambiente que su utilización puedan causar,

guiando la gestión racional de los productos químicos a lo largo de su ciclo de vida. Recoge los

compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Honduras, así como de políticas

internacionales relacionadas con la gestión de productos químicos.

Establece lineamientos que incluyen: a) desarrollar un sistema coordinado de gestión

ambientalmente racional de los productos químicos y fortalecer las capacidades nacionales para su

implementación; b) desarrollar los instrumentos legales, económicos, administrativos y técnicos

necesarios para la implementación del sistema coordinado; c) desarrollar e implementar programas

de educación, concienciación y sensibilización de la población para lograr la gestión ambientalmente

racional de los productos químicos; d) fomentar el desarrollo de investigación científica y

tecnológica en áreas prioritarias de la gestión integral de los productos químicos; e) asegurar el

funcionamiento adecuado y sostenible del sistema coordinado de gestión ambientalmente racional

de los productos químicos; f) establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del cumplimiento

de la política y sus instrumentos; g) contribuir al control del tráfico internacional de los productos

químicos y residuos peligrosos a través del establecimiento y cumplimiento de acuerdos

multilaterales de cooperación; y, h) contribuir con la formulación de medidas de prevención y

respuesta para mitigar los impactos en la salud y el ambiente generados por las situaciones de

emergencia con productos químicos.

Page 45: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

a un registro de residuos especiales. Estos residuos, cuando no sean reciclables, deberán tratarse, y

previo a un análisis de peligrosidad, podrán disponerse en los rellenos sanitarios o celdas de

confinamiento de seguridad.

Con relación a los residuos peligrosos deberán ser tratados también, pero con el objetivo de reducir

su volumen y peligrosidad. Se excluye los residuos peligrosos generados en establecimientos de salud

y los provenientes de sustancias químicas peligrosas que tengan una regulación especial.

i. Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en

Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-2013

Establece las bases jurídico-institucionales para la gestión adecuada de productos químicos en el

país, con el objetivo de reducir los riesgos a la salud y al ambiente que su utilización puedan causar,

guiando la gestión racional de los productos químicos a lo largo de su ciclo de vida. Recoge los

compromisos internacionales adquiridos por el Estado de Honduras, así como de políticas

internacionales relacionadas con la gestión de productos químicos.

Establece lineamientos que incluyen: a) desarrollar un sistema coordinado de gestión

ambientalmente racional de los productos químicos y fortalecer las capacidades nacionales para su

implementación; b) desarrollar los instrumentos legales, económicos, administrativos y técnicos

necesarios para la implementación del sistema coordinado; c) desarrollar e implementar programas

de educación, concienciación y sensibilización de la población para lograr la gestión ambientalmente

racional de los productos químicos; d) fomentar el desarrollo de investigación científica y

tecnológica en áreas prioritarias de la gestión integral de los productos químicos; e) asegurar el

funcionamiento adecuado y sostenible del sistema coordinado de gestión ambientalmente racional

de los productos químicos; f) establecer mecanismos de seguimiento y evaluación del cumplimiento

de la política y sus instrumentos; g) contribuir al control del tráfico internacional de los productos

químicos y residuos peligrosos a través del establecimiento y cumplimiento de acuerdos

multilaterales de cooperación; y, h) contribuir con la formulación de medidas de prevención y

respuesta para mitigar los impactos en la salud y el ambiente generados por las situaciones de

emergencia con productos químicos.

j. Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los

Productos Químicos, Decreto Ejecutivo PCM 035-2013

En este Decreto Ejecutivo se oficializa la CNG como mecanismo interinstitucional por medio del

cual se gestionará la Política para la Gestión Ambientalmente Racional de los productos Químicos

en Honduras. Para su funcionamiento, estará integrada por una Asamblea General multisectorial,

una Secretaría Ejecutiva, la que será desempeñada por la SERNA a través del CESCCO, y por

Comités Permanente, entre los cuales se crea uno específico para la gestión de COPs. Asimismo, por

medio de este decreto se crea del Departamento para la Gestión de Productos Químicos en el

CESCCO-SERNA, el cual deberá asesorar técnicamente a la Secretaría Ejecutiva.

k. Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de los Bifenilos Policlorados

(PCB), Acuerdo 1071-2014

Este reglamento busca establecer las medidas necesarias para minimizar los riesgos derivados del

uso, almacenamiento, manipulación, transporte, tratamiento y eliminación de equipos, aceites,

desechos o suelos contaminados con PCBs.

Uno de los aportes principales es la obligación de declarar la posesión de PCBs por parte del

propietario. Establece un procedimiento para la identificación de esas sustancias y su adecuado

etiquetado, así como las medidas necesarias para la gestión adecuada de desechos contaminados con

dichas sustancias.

l. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Acuerdo

1070-2014

Establece las características de la base de datos mediante la que operará el registro, así como su

funcionamiento. Además, promueve el acceso a la información ambiental referente a las emisiones y

transferencia de contaminantes. Todo lo anterior con la finalidad de coadyuvar en la toma de

decisiones y en la prevención y control ambiental.

Se consideran sustancias sujetas a reporte, las sustancias y contaminantes del aire, agua, suelo y

residuos peligrosos, así como compuestos orgánicos persistentes, gases de efecto invernadero y

sustancias agotadoras de la capa de ozono.

El funcionamiento de este registro está a cargo de CESCCO-SERNA a través del DGPQ en

coordinación con el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), con apoyo de la CNG.

Page 46: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

5.1.6. Normativa Legal decretada, publicada o en proceso de aprobación en el marco

del PNI 2009

En el marco del PNI 2009, se ha elaborado y posteriormente aprobado la Política Nacional de

Gestión Ambiental Racional de Productos Químicos en Consejo de Ministros en Junio de 2013,

mediante el Decreto Ejecutivo PCM 029-2013. Esta es el resultado de un proceso de consulta

liderado por la SERNA a través del CESCCO. Se vincula con el Enfoque Estratégico para la

Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional (SAICM).

También, se aprueba el Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, por medio del cual se crea la Comisión

Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos. Esta Comisión es

un mecanismo intersectorial de coordinación, consulta y socialización. Generará recomendaciones a

los tomadores de decisión en la materia. Además, coordinará el Sistema y gestionará la Política para

la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, a través de la

adopción del Enfoque Estratégico del SAICM. Igualmente, gestionará el Plan de Implementación

del Enfoque Estratégico para la Gestión de los Productos Químicos (SIP-Honduras) y otros

instrumentos de planificación derivados del cumplimiento de la Política antes mencionada, así como

los Tratados Internacionales ratificados por el Estado de Honduras sobre la materia.

Además de los dos arriba mencionados, también se logró la aprobación del Reglamento para la

Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB) y del Reglamento del Registro de

Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC). Pero es necesario señalar que la voluntad

política para la aprobación de los demás instrumentos que se elaboraron en el marco del PNI 2009

no ha sido lo suficientemente amplia, o la capacidad de cabildeo no ha sido lo suficientemente

efectiva. Los instrumentos normativos que no han sido promulgados aún, encontrándose

actualmente en diferentes momentos del proceso son:

a. Reglamento para la Gestión de Sitios Contaminados por Sustancias Químicas

b. Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Sustancias Químicas

Peligrosas

c. Reglamento para el Transporte de Mercancías Peligrosas

Se planteó además la necesidad de elaborar una norma de calidad para suelos y sedimentos, proceso

que ya ha iniciado, y de socializar las directrices del Convenio de Basilea para determinadas

corrientes de residuos.

5.1.7. Vacíos en el Marco Legal-Institucional de la Gestión de COPs a Nivel Nacional

a. Contexto Internacional El Estado de Honduras no ha ratificado aún dos Convenios de la OIT que están directamente

vinculados con la temática, el 170 de 1990 y el 184 de 2001. El Convenio 17037 regula la seguridad en

la utilización de los productos químicos en el trabajo. Fue adoptado en junio de 1990 y entró en

vigor en noviembre de 1993. En él se establece un control operativo por medio del cual los

empleadores se comprometen a evaluar los riesgos dimanantes de la utilización de productos

químicos en el trabajo, y asegurar la protección de los trabajadores contra tales riesgos.

El Convenio 184 de la OIT38 fue adoptado en el 2001, entrando en vigor en el 2003. Con él se

pretende la formulación de una política nacional en materia de seguridad y salud en la agricultura.

Esta política deberá tener por objetivo prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean

consecuencia del trabajo, mediante el control de los riesgos inherentes al ambiente de trabajo en la

agricultura.

En el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, el Estado de Honduras no ha adoptado aún

las propuestas formuladas por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA)

para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas

terrestres39, publicadas el 8 de mayo de 2009, ni el Manual Centroamericano de Normas para la

                                                                                                                         37 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los productos químicos (Núm. 170), Ginebra, 1990, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312315,es:NO 38 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura (Núm. 184), Ginebra, 2001, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312329,es:NO 39 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres, Managua, 2009, disponibles en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/F5309ED6-3CF0-4C6D-B84B-012F6BAABEC7.pdf

Page 47: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Se planteó además la necesidad de elaborar una norma de calidad para suelos y sedimentos, proceso

que ya ha iniciado, y de socializar las directrices del Convenio de Basilea para determinadas

corrientes de residuos.

5.1.7. Vacíos en el Marco Legal-Institucional de la Gestión de COPs a Nivel Nacional

a. Contexto Internacional El Estado de Honduras no ha ratificado aún dos Convenios de la OIT que están directamente

vinculados con la temática, el 170 de 1990 y el 184 de 2001. El Convenio 17037 regula la seguridad en

la utilización de los productos químicos en el trabajo. Fue adoptado en junio de 1990 y entró en

vigor en noviembre de 1993. En él se establece un control operativo por medio del cual los

empleadores se comprometen a evaluar los riesgos dimanantes de la utilización de productos

químicos en el trabajo, y asegurar la protección de los trabajadores contra tales riesgos.

El Convenio 184 de la OIT38 fue adoptado en el 2001, entrando en vigor en el 2003. Con él se

pretende la formulación de una política nacional en materia de seguridad y salud en la agricultura.

Esta política deberá tener por objetivo prevenir los accidentes y los daños para la salud que sean

consecuencia del trabajo, mediante el control de los riesgos inherentes al ambiente de trabajo en la

agricultura.

En el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, el Estado de Honduras no ha adoptado aún

las propuestas formuladas por la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA)

para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas

terrestres39, publicadas el 8 de mayo de 2009, ni el Manual Centroamericano de Normas para la

                                                                                                                         37 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los productos químicos (Núm. 170), Ginebra, 1990, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312315,es:NO 38 Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura (Núm. 184), Ginebra, 2001, disponible en http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312329,es:NO 39 Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres, Managua, 2009, disponibles en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/F5309ED6-3CF0-4C6D-B84B-012F6BAABEC7.pdf

Page 48: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Revisión Mecánica de Vehículos40, o el Manual Centroamericano de Normas para el Transporte

Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos41 que la misma SIECA publicó en 2009.

b. Ámbito Nacional Se observa que salvo el acuerdo ministerial para la gestión de PCBs, no existe ningún instrumento,

sea decreto legislativo o acuerdo ejecutivo, que prohíba o restrinja las demás sustancias reguladas por

el Convenio de Estocolmo, pues muchas habían sido prohibidas aún antes de que Honduras se

adhiriera a éste. Este vacío, definitivamente causa problemas de aplicación, en tanto las autoridades

no toman las medidas adecuadas para la restricción de ingreso y uso de las mismas en el país. Un

ejemplo claro de lo antes afirmado reside en el hecho de que no se ha trabajado en la elaboración de

normativa para la disposición adecuada de residuos electrónicos.

Además, no existe normativa suficiente en la legislación interna para la implementación de las demás

obligaciones adquiridas en el marco del Convenio de Estocolmo, tales como intercambiar

información con los Estados Parte, dedicar recursos para la investigación, desarrollo y vigilancia, o

crear mecanismos de financiamiento para su implementación. Honduras tampoco ha inscrito en el

registro creado por el Convenio de Estocolmo, las exenciones que considera necesarias para los

once nuevos COPs.

Tampoco se ha hecho énfasis en la normativa disponible sobre la tutela especial que el Estado debe

proveer a grupos especialmente vulnerables a la contaminación por químicos, tales como la primera

infancia, las madres lactantes, las madres en período de gestación, las personas discapacitadas o el

adulto mayor.

Un caso particular es el del Reglamento para el Transporte por Carretera de Mercancías y Desechos

Peligrosos, el cual ya ha sido aprobado, pero aún no ha sido publicado, ni tampoco el Manual que

para su difusión deberá publicar en el INSEP.

Asimismo, se ha identificado que aunque en el Acuerdo 1714-2010, Tabla de Categorización

Ambiental, se incluye el Transporte y Distribución de Productos Peligrosos, como una actividad que

está sujeta al licenciamiento ambiental, asignándosele una categoría tres (3), no existe ninguna                                                                                                                          40  Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009, disponible en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/E740E22E-8AEA-44AE-BE0C-BB13FE5854CF.pdf  41  Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=2344    

Page 49: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

49

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Revisión Mecánica de Vehículos40, o el Manual Centroamericano de Normas para el Transporte

Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos41 que la misma SIECA publicó en 2009.

b. Ámbito Nacional Se observa que salvo el acuerdo ministerial para la gestión de PCBs, no existe ningún instrumento,

sea decreto legislativo o acuerdo ejecutivo, que prohíba o restrinja las demás sustancias reguladas por

el Convenio de Estocolmo, pues muchas habían sido prohibidas aún antes de que Honduras se

adhiriera a éste. Este vacío, definitivamente causa problemas de aplicación, en tanto las autoridades

no toman las medidas adecuadas para la restricción de ingreso y uso de las mismas en el país. Un

ejemplo claro de lo antes afirmado reside en el hecho de que no se ha trabajado en la elaboración de

normativa para la disposición adecuada de residuos electrónicos.

Además, no existe normativa suficiente en la legislación interna para la implementación de las demás

obligaciones adquiridas en el marco del Convenio de Estocolmo, tales como intercambiar

información con los Estados Parte, dedicar recursos para la investigación, desarrollo y vigilancia, o

crear mecanismos de financiamiento para su implementación. Honduras tampoco ha inscrito en el

registro creado por el Convenio de Estocolmo, las exenciones que considera necesarias para los

once nuevos COPs.

Tampoco se ha hecho énfasis en la normativa disponible sobre la tutela especial que el Estado debe

proveer a grupos especialmente vulnerables a la contaminación por químicos, tales como la primera

infancia, las madres lactantes, las madres en período de gestación, las personas discapacitadas o el

adulto mayor.

Un caso particular es el del Reglamento para el Transporte por Carretera de Mercancías y Desechos

Peligrosos, el cual ya ha sido aprobado, pero aún no ha sido publicado, ni tampoco el Manual que

para su difusión deberá publicar en el INSEP.

Asimismo, se ha identificado que aunque en el Acuerdo 1714-2010, Tabla de Categorización

Ambiental, se incluye el Transporte y Distribución de Productos Peligrosos, como una actividad que

está sujeta al licenciamiento ambiental, asignándosele una categoría tres (3), no existe ninguna                                                                                                                          40  Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009, disponible en http://www.sieca.int/PortalData/Documentos/E740E22E-8AEA-44AE-BE0C-BB13FE5854CF.pdf  41  Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009, disponible en http://www.sieca.int/Documentos/DocumentosMostrar.aspx?SegmentoId=2&DocumentoId=2344    

resolución o reglamento que obligue al INSEP exigir la licencia ambiental como requisito previo

para la emisión de los permisos para empresas de transporte de carga especializada.

5.2. Marco Institucional

Para la adecuada implementación del marco jurídico antes descrito, es necesario que el país cuente

con la institucionalidad adecuada y suficiente. Aunque ya se ha establecido que dicho marco jurídico

se encuentra disperso, es posible observar que los actores involucrados son normalmente los

mismos.

Utilizando como base los instrumentos normativos vinculados a la gestión de COPs y que han

entrado en vigencia desde finales de 2009 hasta el primer semestre de 2014, se ha establecido en la

tabla presentada a continuación, aquellas dependencias de gobierno que tienen competencias

asignadas y relevantes.

INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO

Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, Decreto 181-2007

SERNA

Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, Decreto 151-2009

COPECO SESAL

Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental, Decreto 158-2009

Secretaría de Educación SERNA

CONEANFO INFOP UNAH SESAL

ICF Ley General de Aguas, Decreto 181-2009 CONASA

Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación para Honduras, Decreto 286-2009

Presidencia de la República Consejo de Plan de Nación

Consejo Nacional de Competitividad e Innovación Gabinetes Sectoriales

Consejos de Desarrollo Regional Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y

Racionalización del Gasto Público, Decreto 17-2010

SEFIN DEI

Ley de Minería, Decreto 238-2012 SERNA Municipalidades

DEI

Ley de Cambio Climático SERNA SEFIN

ICF

Page 50: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

50

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO

Coordinación General de Gobierno SAG

Municipalidades COPECO

ENEE Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009 SERNA

Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, Acuerdo 826-2009

SERNA OHA

Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 SERNA

Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres, Acuerdo 031-2010

ICF

Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, Acuerdo 032-2010

COPECO Municipalidades

SESAL

Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-2010

SERNA SESAL

Municipalidades

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, Acuerdo 1567-2010

Municipalidades SERNA SESAL

DEI Tabla de Categorización Ambiental, Acuerdo 1714-2010 SERNA

Reglamento General de la Ley de Minería, Acuerdo 042-2013 SERNA STSS

SESAL Municipalidades

Reglamento para el Control Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico, Jardinería, Industrial y Salud Pública

SESAL

Creación del Departamento de Residuos Sólidos SERNA

Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB), Acuerdo 1071-2014

SERNA

Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Acuerdo 1070-2014

SERNA

Creación de la Dirección de Cambio Climático, Decreto Ejecutivo PCM 022-2010

SERNA

Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-

2013

SERNA SAG

SESAL STSS

Coordinación General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico

Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto

Ejecutivo PCM 035-2013

SERNA SAG

SESAL STSS

Page 51: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

51

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO

Coordinación General de Gobierno SAG

Municipalidades COPECO

ENEE Reglamento del SINEIA, Acuerdo 189-2009 SERNA

Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, Acuerdo 826-2009

SERNA OHA

Reglamento de Auditorías Ambientales, Acuerdo 887-2009 SERNA

Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres, Acuerdo 031-2010

ICF

Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, Acuerdo 032-2010

COPECO Municipalidades

SESAL

Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas, Acuerdo 1566-2010

SERNA SESAL

Municipalidades

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, Acuerdo 1567-2010

Municipalidades SERNA SESAL

DEI Tabla de Categorización Ambiental, Acuerdo 1714-2010 SERNA

Reglamento General de la Ley de Minería, Acuerdo 042-2013 SERNA STSS

SESAL Municipalidades

Reglamento para el Control Sanitario de Plaguicidas de Uso Doméstico, Jardinería, Industrial y Salud Pública

SESAL

Creación del Departamento de Residuos Sólidos SERNA

Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos Policlorados (PCB), Acuerdo 1071-2014

SERNA

Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes, Acuerdo 1070-2014

SERNA

Creación de la Dirección de Cambio Climático, Decreto Ejecutivo PCM 022-2010

SERNA

Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en Honduras, Decreto Ejecutivo PCM 029-

2013

SERNA SAG

SESAL STSS

Coordinación General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico

Creación de la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, Decreto

Ejecutivo PCM 035-2013

SERNA SAG

SESAL STSS

INSTRUMENTO JURÍDICO DEPENDENCIAS DE GOBIERNO

Coordinación General de Gobierno Secretaría de Desarrollo Económico

Tabla 8. Instituciones con competencias relevantes para la gestión de COPs en los Instrumentos Jurídicos que han sido aprobados entre 2009 y el primer semestre de 2014. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de

Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

5.2.1. Competencias Asignadas

Las dependencias gubernamentales listadas en el apartado anterior tienen funciones que pueden

vincularse a las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs y diferenciarse en dos categorías: de

regulación, y de control y vigilancia. La siguientes dos tablas ilustran como se distribuyen las

competencias de regulación (Tabla 9) y de control y vigilancia (Tabla 10) las dependencias de

Gobierno, asignadas para las diferentes etapas del ciclo de vida de los COPs en la normativa

relevante a partir de 2009 al primer semestre de 2014.

INSTITUCION Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

SERNA X X X X X X X X X

COPECO X X X X X X X X X

SESAL X X X X X X X X X

STSS X X X X X X X X X

SEFIN X X X X X X X X X

CGG X X X X X X X X X

SAG X X X X X X X X X

Municipalidades X X X X X X X X X

Tabla 9. Funciones de regulación atribuidas a dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

INSTITUCION Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

SERNA X X X X X X X X X

SESAL X X X X X X X X X

SAG X X X X X X X X X

Municipalidades X X X X X X X

Page 52: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

52

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Autoridad del Agua

X X X X X X X X X

STSS X X X X X X X X X

DEI X X

Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

5.2.2. Recursos Disponibles

Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo

los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos

recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y

políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.

Recursos Disponibles para la Gestión de COPs

Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia

Infraestructurales ¥ Laboratorios

¥ Gestión de residuos / desechos

¥ Centros de Capacitación

¥ Centros de Investigación

¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos

¥ Almacenamiento

Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental

¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural

Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales

Autoridad del Agua

X X X X X X X X X

STSS X X X X X X X X X

DEI X X

Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

5.2.2. Recursos Disponibles

Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo

los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos

recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y

políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.

Recursos Disponibles para la Gestión de COPs

Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia

Infraestructurales ¥ Laboratorios

¥ Gestión de residuos / desechos

¥ Centros de Capacitación

¥ Centros de Investigación

¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos

¥ Almacenamiento

Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental

¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural

Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales

Page 53: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

53

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Autoridad del Agua

X X X X X X X X X

STSS X X X X X X X X X

DEI X X

Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

5.2.2. Recursos Disponibles

Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo

los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos

recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y

políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.

Recursos Disponibles para la Gestión de COPs

Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia

Infraestructurales ¥ Laboratorios

¥ Gestión de residuos / desechos

¥ Centros de Capacitación

¥ Centros de Investigación

¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos

¥ Almacenamiento

Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental

¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural

Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales

Autoridad del Agua

X X X X X X X X X

STSS X X X X X X X X X

DEI X X

Tabla 10. Funciones de vigilancia y control de las dependencias gubernamentales en la legislación vinculada a la gestión de COPs vigente de 2009 a al primer semestre de 2014 de acuerdo al ciclo de vida. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del

Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras /ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

5.2.2. Recursos Disponibles

Para comprender la situación actual desde la perspectiva institucional, el análisis inicia estableciendo

los recursos que existen en la actualidad que pueden ser utilizados en la gestión de COPs. Estos

recursos pertenecen a cuatro categorías: humanos, infraestructurales, tecnológicos, sociales y

políticos, tal y como se refleja en la tabla a continuación.

Recursos Disponibles para la Gestión de COPs

Humanos Personal Técnico - Laboratorial - Docentes/capacitadores - Investigación - Gestión de recursos - Control y vigilancia

Infraestructurales ¥ Laboratorios

¥ Gestión de residuos / desechos

¥ Centros de Capacitación

¥ Centros de Investigación

¥ Equipo para la gestión de materiales peligrosos

¥ Almacenamiento

Tecnológicos ¥ Sistema Nacional de Información Ambiental

¥ Sistema de Información de Agua y Saneamiento Rural

Sociales ¥ Cooperativas de Productores Agrícolas e Industriales

¥ Organizaciones Gremiales

Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales

Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades

Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)

GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias

gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la

publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,

incluyendo a los COPs.

En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto

Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el

renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar

la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.

Tas

as d

e V

aria

ción

del

Pre

supu

esto

P

luri

anua

l 201

2-20

15 (

SEF

IN)

Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15

Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%

Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%

Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%

Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%

Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%

Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%

                                                                                                                         42  Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf

¥ Organizaciones Gremiales

Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales

Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades

Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)

GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias

gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la

publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,

incluyendo a los COPs.

En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto

Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el

renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar

la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.

Tas

as d

e V

aria

ción

del

Pre

supu

esto

P

luri

anua

l 201

2-20

15 (

SEF

IN)

Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15

Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%

Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%

Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%

Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%

Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%

Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%

                                                                                                                         42  Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf

¥ Organizaciones Gremiales

Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales

Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades

Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)

GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias

gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la

publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,

incluyendo a los COPs.

En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto

Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el

renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar

la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.

Tas

as d

e V

aria

ción

del

Pre

supu

esto

P

luri

anua

l 201

2-20

15 (

SEF

IN)

Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15

Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%

Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%

Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%

Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%

Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%

Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%

                                                                                                                         42  Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf

¥ Organizaciones Gremiales

Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales

Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades

Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)

GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias

gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la

publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,

incluyendo a los COPs.

En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto

Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el

renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar

la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.

Tas

as d

e V

aria

ción

del

Pre

supu

esto

P

luri

anua

l 201

2-20

15 (

SEF

IN)

Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15

Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%

Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%

Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%

Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%

Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%

Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%

                                                                                                                         42  Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf

¥ Organizaciones Gremiales

Políticos ¥ Comisiones Interinstitucionales

Tabla 11. Clasificación de los recursos disponibles para la gestión de COPs en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en

Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

Es relevante repetir que se ha implementado el proyecto “Fortalecimiento de las Capacidades

Nacionales de Gestión y Reducción de Liberaciones de COPs en Honduras2011-2015” (COPs 2)

GEF, PNUD y SERNA. La disponibilidad de estos recursos ha permitido que algunas dependencias

gubernamentales, y organizaciones privadas incluso, hayan implementado acciones desde la

publicación del PNI 2009 en el marco de la gestión ambientalmente racional de productos químicos,

incluyendo a los COPs.

En referencia a los recursos financieros disponibles, la Secretaría de Finanzas, en su Presupuesto

Plurianual de 2012 a 2015 ha proyectado una variación positiva del 14.38% de incremento para el

renglón correspondiente al ambiente, como se observa en la siguiente tabla, lo que podría significar

la disponibilidad de algunos recursos para el financiamiento del PNI42.

Tas

as d

e V

aria

ción

del

Pre

supu

esto

P

luri

anua

l 201

2-20

15 (

SEF

IN)

Finalidad 2012 2013 2014 2015 2012-15

Servicios Público -2.6% 0.3% 15.8% 6.7% 5.07%

Defensa y Seguridad 9.4% 5.5% 4.9% 4.9% 6.18%

Asuntos Económicos -0.5% 5.8% 16.0% 25.6% 11.73%

Ambiente 22.4% 14.7% -2.7% 23.1% 14.38%

Vivienda y Servicios Comunitarios 31.8% -10.3% 20.9% -17.2% 6.30%

Salud 8.6% 3.8% 1.3% 4.3% 4.50%

                                                                                                                         42  Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012, disponible en http://www.sefin.gob.hn/data/2011/DGP/PresupuestoAprobado2011/Plurianual%202011-2014.pdf

Page 54: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

54

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Educación, Investigación, Cultura, Actividades Recreativas 6.8% 6.4% 7.3% 9.1% 7.38%

Protección Social 24.1% 0.3% 9.1% 17.4% 12.72%

Deuda Pública -1.4% 14.2% 11.1% 15.2% 9.76%

Tabla 12. Tasas de Variación del Presupuesto Plurianual del Período 2012-2015. (Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012).

 

Aunado a esto, el GEF ha destinado cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos

veinte dólares americanos (US$ 4,589,420) para el desarrollo de cuatro proyectos para la gestión de

COPs en el país43.

5.2.3. Acciones Implementadas

Las acciones que se implementaron en el pasado reciente han sido pocas, y han tendido sobre todo a

tratar de prevenir, o a reducir la emisión de contaminantes. Muy pocas han tendido a la remediación

de la contaminación causada por estas sustancias.

Las acciones que se están implementando actualmente, y que pueden vincularse con la gestión de

productos químicos siguen tendiendo a la prevención y a la reducción de la contaminación por las

emisiones de estas sustancias. En la Tabla 13 se reflejan las acciones vinculadas con las obligaciones

adquiridas por el Estado de Honduras en el Convenio de Estocolmo que las instituciones de

gobierno han reportado para este estudio.

Institución Medidas relacionadas con la

producción y utilización

intencional, (Art. 3)

Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.

5)

Medidas relacionadas con las existencias y

desechos, (Art. 6)

Intercambio de

Información (Art. 9)

Información, sensibilización y formación del

público (Art. 10)

Investigación, Desarrollo y

Vigilancia (Art. 11)

Mecanismos y recursos

financieros (Art. 13)

DEI X X

SESAL X X X X

INSEP X

SAG X X X X

SED X

SERNA X X X X X X X

IHCAFE X X

CGG X

                                                                                                                         43  Vid. Información disponible en http://www.thegef.org/gef/country_profile/HN?countryCode=HN&op=Browse&form_build_id=form-xx8eqhAXjohNaVadQ0fHKAiqz1-AHzZnJlQ6lri4xaM&form_id=selectcountry_form

Institución Medidas relacionadas con la

producción y utilización

intencional, (Art. 3)

Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.

5)

Medidas relacionadas con las existencias y

desechos, (Art. 6)

Intercambio de

Información (Art. 9)

Información, sensibilización y formación del

público (Art. 10)

Investigación, Desarrollo y

Vigilancia (Art. 11)

Mecanismos y recursos

financieros (Art. 13)

Bomberos X X X

CONEANFO X

Tabla 13. Acciones Institucionales Implementadas para la Gestión de Productos Químicos 2010-2013 en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

Las acciones vinculadas con la reducción o eliminación de emisiones por producción y utilización

intencional más relevantes incluyen la elaboración de la política nacional de inocuidad de alimentos y

la promoción de prácticas agrícolas amigables con el ambiente que incluyen el manejo integrado.

Por su parte, las acciones que se vinculan con la reducción o eliminación de emisiones por

producción no intencional incluyen algunos esfuerzos en la gestión de residuos hospitalarios,

particularmente, identificación de sitios para su disposición final. También se ha elaborado un

manual para gestión de rellenos sanitarios, así como algunos planes directores para la gestión de

residuos sólidos en algunos municipios. También ha habido algún avance con relación al

coprocesamiento de residuos peligrosos en conjunto con la industria cementera. Así como la

elaboración de manual de MTD/MPA para el sector industrial.

Las medidas relacionadas con las emisiones producidas por existencias y desechos, las acciones más

relevantes que se reportan se refieren a procesos de licitación internacional para la eliminación

transfronteriza de COPs, así como otras sustancias nocivas.

Con relación al intercambio de información, se ha podido identificar una instancia técnica y una

política relevante. Técnicamente, el logro más significativo es el éxito obtenido con la

implementación de la prueba piloto del RETC. Políticamente, también ha sido significativo que tres

(3) municipios hondureños (Tela, Puerto Cortés y Omoa) participaron del Proyecto Golfo de

Honduras sobre colaboración transfronteriza, el cual podría servir de referencia para futuras

experiencias.

El componente de información, formación y sensibilización al público, presenta también acciones

relevantes. En el ámbito de la formación se incluye actividades de capacitación a técnicos en salud

ambiental, así como capacitación a usuarios para el manejo seguro de plaguicidas y capacitación en

Page 55: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

55

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Educación, Investigación, Cultura, Actividades Recreativas 6.8% 6.4% 7.3% 9.1% 7.38%

Protección Social 24.1% 0.3% 9.1% 17.4% 12.72%

Deuda Pública -1.4% 14.2% 11.1% 15.2% 9.76%

Tabla 12. Tasas de Variación del Presupuesto Plurianual del Período 2012-2015. (Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012).

 

Aunado a esto, el GEF ha destinado cuatro millones quinientos ochenta y nueve mil cuatrocientos

veinte dólares americanos (US$ 4,589,420) para el desarrollo de cuatro proyectos para la gestión de

COPs en el país43.

5.2.3. Acciones Implementadas

Las acciones que se implementaron en el pasado reciente han sido pocas, y han tendido sobre todo a

tratar de prevenir, o a reducir la emisión de contaminantes. Muy pocas han tendido a la remediación

de la contaminación causada por estas sustancias.

Las acciones que se están implementando actualmente, y que pueden vincularse con la gestión de

productos químicos siguen tendiendo a la prevención y a la reducción de la contaminación por las

emisiones de estas sustancias. En la Tabla 13 se reflejan las acciones vinculadas con las obligaciones

adquiridas por el Estado de Honduras en el Convenio de Estocolmo que las instituciones de

gobierno han reportado para este estudio.

Institución Medidas relacionadas con la

producción y utilización

intencional, (Art. 3)

Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.

5)

Medidas relacionadas con las existencias y

desechos, (Art. 6)

Intercambio de

Información (Art. 9)

Información, sensibilización y formación del

público (Art. 10)

Investigación, Desarrollo y

Vigilancia (Art. 11)

Mecanismos y recursos

financieros (Art. 13)

DEI X X

SESAL X X X X

INSEP X

SAG X X X X

SED X

SERNA X X X X X X X

IHCAFE X X

CGG X

                                                                                                                         43  Vid. Información disponible en http://www.thegef.org/gef/country_profile/HN?countryCode=HN&op=Browse&form_build_id=form-xx8eqhAXjohNaVadQ0fHKAiqz1-AHzZnJlQ6lri4xaM&form_id=selectcountry_form

Institución Medidas relacionadas con la

producción y utilización

intencional, (Art. 3)

Medidas relacionadas con la producción no intencional, (Art.

5)

Medidas relacionadas con las existencias y

desechos, (Art. 6)

Intercambio de

Información (Art. 9)

Información, sensibilización y formación del

público (Art. 10)

Investigación, Desarrollo y

Vigilancia (Art. 11)

Mecanismos y recursos

financieros (Art. 13)

Bomberos X X X

CONEANFO X

Tabla 13. Acciones Institucionales Implementadas para la Gestión de Productos Químicos 2010-2013 en Honduras. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

Las acciones vinculadas con la reducción o eliminación de emisiones por producción y utilización

intencional más relevantes incluyen la elaboración de la política nacional de inocuidad de alimentos y

la promoción de prácticas agrícolas amigables con el ambiente que incluyen el manejo integrado.

Por su parte, las acciones que se vinculan con la reducción o eliminación de emisiones por

producción no intencional incluyen algunos esfuerzos en la gestión de residuos hospitalarios,

particularmente, identificación de sitios para su disposición final. También se ha elaborado un

manual para gestión de rellenos sanitarios, así como algunos planes directores para la gestión de

residuos sólidos en algunos municipios. También ha habido algún avance con relación al

coprocesamiento de residuos peligrosos en conjunto con la industria cementera. Así como la

elaboración de manual de MTD/MPA para el sector industrial.

Las medidas relacionadas con las emisiones producidas por existencias y desechos, las acciones más

relevantes que se reportan se refieren a procesos de licitación internacional para la eliminación

transfronteriza de COPs, así como otras sustancias nocivas.

Con relación al intercambio de información, se ha podido identificar una instancia técnica y una

política relevante. Técnicamente, el logro más significativo es el éxito obtenido con la

implementación de la prueba piloto del RETC. Políticamente, también ha sido significativo que tres

(3) municipios hondureños (Tela, Puerto Cortés y Omoa) participaron del Proyecto Golfo de

Honduras sobre colaboración transfronteriza, el cual podría servir de referencia para futuras

experiencias.

El componente de información, formación y sensibilización al público, presenta también acciones

relevantes. En el ámbito de la formación se incluye actividades de capacitación a técnicos en salud

ambiental, así como capacitación a usuarios para el manejo seguro de plaguicidas y capacitación en

Page 56: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

gestión de residuos sólidos para las municipalidades. También se reportan campañas de información

y sensibilización al público en general en el marco del Proyecto COPs 2. Se participó del proceso de

elaboración de una guía metodológica sobre la gestión de productos químicos para educación básica

y media, y su correspondiente validación y socialización. Y además hubo experiencias de educación

no formal sobre productos químicos.

Con relación a la investigación, desarrollo y vigilancia, la SESAL ha hecho un esfuerzo muy

interesante tratando de caracterizar los efectos de los plaguicidas en la salud de las personas.

Igualmente se ha trabajado en la certificación ISO 17025 del Laboratorio Nacional de Residuos

(LANAR). Además, el país ha adquirido por medio del Cuerpo de Bomberos equipo para el control

de materiales peligrosos. Se ha avanzado, también, con el mapeo de zonas contaminadas con

plaguicidas.

Los mecanismos y recursos financieros se han limitado a la utilización de fondos GEF para el

financiamiento de proyectos vinculados con la gestión ambientalmente racional de productos

químicos y COPs, así como este proyecto de actualización del PNI del Convenio de Estocolmo.

Es relevante señalar que ninguna de las instituciones ha implementado programas o proyectos

específicos que vinculen la equidad de género con la gestión ambientalmente racional de los COPs.

Sin embargo, la participación comunitaria sí ha sido integrada en sus acciones, encontrando

iniciativas interesantes en la Secretaría de Salud, por medio de la formación de técnicos de salud

ambiental en la utilización de la metodología ESCASAL44.

El ámbito educativo es en el que mayor incidencia ha encontrado la participación comunitaria, pues

la Secretaría de Educación también lo ha incorporado como un eje transversal en la educación

popular. Y en el ámbito organizativo, el modelo del IHCAFE puede señalarse como un ejemplo

relevante, pues los productores forman parte de los órganos de dirección de la institución.

El compartir responsabilidades con otros sectores de la ciudadanía en la gestión de los productos

químicos tampoco es un elemento que se haya desarrollado como estrategia institucional con la

regularidad esperada. Son la SERNA y la SESAL tal vez las únicas dependencias gubernamentales

que han ido implementando iniciativas de esta índole, particularmente en lo que se refiere a la

                                                                                                                         44 Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009. Págs 54-55, disponible en http://www.bvsde.paho.org/CD-GDWQ/CasosEstudiosPSA/guiaPSAHonduras.pdf

Page 57: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

57

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

gestión de residuos sólidos para las municipalidades. También se reportan campañas de información

y sensibilización al público en general en el marco del Proyecto COPs 2. Se participó del proceso de

elaboración de una guía metodológica sobre la gestión de productos químicos para educación básica

y media, y su correspondiente validación y socialización. Y además hubo experiencias de educación

no formal sobre productos químicos.

Con relación a la investigación, desarrollo y vigilancia, la SESAL ha hecho un esfuerzo muy

interesante tratando de caracterizar los efectos de los plaguicidas en la salud de las personas.

Igualmente se ha trabajado en la certificación ISO 17025 del Laboratorio Nacional de Residuos

(LANAR). Además, el país ha adquirido por medio del Cuerpo de Bomberos equipo para el control

de materiales peligrosos. Se ha avanzado, también, con el mapeo de zonas contaminadas con

plaguicidas.

Los mecanismos y recursos financieros se han limitado a la utilización de fondos GEF para el

financiamiento de proyectos vinculados con la gestión ambientalmente racional de productos

químicos y COPs, así como este proyecto de actualización del PNI del Convenio de Estocolmo.

Es relevante señalar que ninguna de las instituciones ha implementado programas o proyectos

específicos que vinculen la equidad de género con la gestión ambientalmente racional de los COPs.

Sin embargo, la participación comunitaria sí ha sido integrada en sus acciones, encontrando

iniciativas interesantes en la Secretaría de Salud, por medio de la formación de técnicos de salud

ambiental en la utilización de la metodología ESCASAL44.

El ámbito educativo es en el que mayor incidencia ha encontrado la participación comunitaria, pues

la Secretaría de Educación también lo ha incorporado como un eje transversal en la educación

popular. Y en el ámbito organizativo, el modelo del IHCAFE puede señalarse como un ejemplo

relevante, pues los productores forman parte de los órganos de dirección de la institución.

El compartir responsabilidades con otros sectores de la ciudadanía en la gestión de los productos

químicos tampoco es un elemento que se haya desarrollado como estrategia institucional con la

regularidad esperada. Son la SERNA y la SESAL tal vez las únicas dependencias gubernamentales

que han ido implementando iniciativas de esta índole, particularmente en lo que se refiere a la

                                                                                                                         44 Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009. Págs 54-55, disponible en http://www.bvsde.paho.org/CD-GDWQ/CasosEstudiosPSA/guiaPSAHonduras.pdf

gestión de residuos sólidos domésticos y hospitalarios, y la conformación de comités

interinstitucionales, siendo la CNG uno de esos ejemplos.

La cooperación interinstitucional tampoco es tan amplia como se esperaría. Habitualmente se realiza

en campos específicos como la gestión de plaguicidas, inspecciones aduaneras y control fronterizo,

control fitozoosanitario, servicios laboratoriales, auditorías ambientales y peritajes técnicos,

planificación, elaboración de normas técnicas, gestión de servicios de agua y saneamiento,

encadenamiento productivo, financiamiento, y manejo y disposición de residuos. Esta forma de

cooperación normalmente procede de la reglamentación vigente en país, excepcionalmente de

convenios interinstitucionales. La Tabla 14 refleja las diferentes instancias de Cooperación

Interinstitucional identificadas.

Institución

DE

I

SESA

L

INSE

P

SAG

SED

SER

NA

IHC

AF

E

Coo

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ació

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e

ICF

SEF

IN

SIP

DEI X X X X X X X SESAL X X X X X X X X INSEP X X X X X X SAG X X X X X X X SED X X

SERNA X X X X X X X X X X X IHCAFE X X X

CGG X X X X Bomberos X X X X X X

CONEANFO X PN X X X X

SDE X X X ALCALDIAS X X X X X

MP X X X X X X UNAH X X X SANAA X X X

COPECO X X X Marina

Mercante X X

ICF X X SEFIN X X X X X X X X X X X X X X X X X X

SIP X X

Tabla 14. Cooperación Interinstitucional para la gestión de Productos Químicos. (Proyecto de Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras/ONUDI/GEF/SERNA HND, 2014).

 

Page 58: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

5.3. Gestión de COP’s y su Vinculación con la Visión de País y el Plan de Nación45

La Visión de País, está planteada para un plazo de veintiocho (28) años, en tanto el Plan de Nación

se ha definido para un plazo más corto, de doce (12) años. Dicha Visión de País se conforma por

una declaración de principios, el planteamiento de unos objetivos nacionales y el establecimiento de

metas de prioridad nacional. El Plan de Nación incluye lineamientos estratégicos, un sistema de

indicadores, así como lineamientos presupuestarios. El modelo contiene además un tercer nivel, el

Sistema Nacional de Planificación, que incluye los planes de gobierno cuya duración son de cuatro

(4) años. Dicho Sistema se conforma por un marco jurídico, un marco institucional, un sistema de

monitoreo y evaluación y un observatorio de cumplimiento.

Los objetivos nacionales planteados en la Visión de País son cuatro: 1) una Honduras sin pobreza,

educada y sana, con sistemas consolidados de previsión social; 2) una Honduras que se desarrolla en

democracia, con seguridad y sin violencia; 3) una Honduras productiva, generadora de

oportunidades y empleo, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad

ambiental; y, 4) un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo. El primero y

el tercero de estos objetivos están directamente vinculados con la gestión de COPs, aunque se

vincula a los otros dos de manera indirecta.

Sin embargo, la mayor relación se encuentra definitivamente con el tercero de los objetivos, pues

éste involucra conceptos como el del desarrollo sostenible. Para alcanzarlo, el Estado de Honduras

ha diseñado como herramientas idóneas los Planes Territoriales de Desarrollo, como una forma de

descentralización de la gestión administrativa, incluyendo la gestión ambiental. Es así como el

cumplimiento del objetivo se vincula con la nueva lógica organizativa que ha adoptado el Estado por

medio de la aplicación de la Ley de Ordenamiento Territorial (LOT). Actualmente se ha establecido

dieciséis (16) regiones de desarrollo en la implementación de la LOT

Ninguna de las metas diseñadas para dicho objetivo se vincula de manera directa a la gestión racional

de productos químicos, mucho menos a la gestión de COPs, porque se refieren de manera muy

general a temas como empleo, relación exportaciones/PIB, energía renovable, tierras bajo riego,

represamiento y aprovechamiento hídrico, restauración de la cobertura forestal y riesgo climático.

                                                                                                                         45 Decreto 286-2009, Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,129 del 2 de febrero de 2010, disponible en http://plandenacion.hn/sites/default/files/Decreto%20286-2009%20Visi%C3%B3n%20de%20Pa%C3%ADs%20Plan%20de%20Naci%C3%B3n.pdf

Page 59: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

5.3. Gestión de COP’s y su Vinculación con la Visión de País y el Plan de Nación45

La Visión de País, está planteada para un plazo de veintiocho (28) años, en tanto el Plan de Nación

se ha definido para un plazo más corto, de doce (12) años. Dicha Visión de País se conforma por

una declaración de principios, el planteamiento de unos objetivos nacionales y el establecimiento de

metas de prioridad nacional. El Plan de Nación incluye lineamientos estratégicos, un sistema de

indicadores, así como lineamientos presupuestarios. El modelo contiene además un tercer nivel, el

Sistema Nacional de Planificación, que incluye los planes de gobierno cuya duración son de cuatro

(4) años. Dicho Sistema se conforma por un marco jurídico, un marco institucional, un sistema de

monitoreo y evaluación y un observatorio de cumplimiento.

Los objetivos nacionales planteados en la Visión de País son cuatro: 1) una Honduras sin pobreza,

educada y sana, con sistemas consolidados de previsión social; 2) una Honduras que se desarrolla en

democracia, con seguridad y sin violencia; 3) una Honduras productiva, generadora de

oportunidades y empleo, que aprovecha de manera sostenible sus recursos y reduce la vulnerabilidad

ambiental; y, 4) un Estado moderno, transparente, responsable, eficiente y competitivo. El primero y

el tercero de estos objetivos están directamente vinculados con la gestión de COPs, aunque se

vincula a los otros dos de manera indirecta.

Sin embargo, la mayor relación se encuentra definitivamente con el tercero de los objetivos, pues

éste involucra conceptos como el del desarrollo sostenible. Para alcanzarlo, el Estado de Honduras

ha diseñado como herramientas idóneas los Planes Territoriales de Desarrollo, como una forma de

descentralización de la gestión administrativa, incluyendo la gestión ambiental. Es así como el

cumplimiento del objetivo se vincula con la nueva lógica organizativa que ha adoptado el Estado por

medio de la aplicación de la Ley de Ordenamiento Territorial (LOT). Actualmente se ha establecido

dieciséis (16) regiones de desarrollo en la implementación de la LOT

Ninguna de las metas diseñadas para dicho objetivo se vincula de manera directa a la gestión racional

de productos químicos, mucho menos a la gestión de COPs, porque se refieren de manera muy

general a temas como empleo, relación exportaciones/PIB, energía renovable, tierras bajo riego,

represamiento y aprovechamiento hídrico, restauración de la cobertura forestal y riesgo climático.

                                                                                                                         45 Decreto 286-2009, Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de Nación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,129 del 2 de febrero de 2010, disponible en http://plandenacion.hn/sites/default/files/Decreto%20286-2009%20Visi%C3%B3n%20de%20Pa%C3%ADs%20Plan%20de%20Naci%C3%B3n.pdf

5.4. Análisis del Cumplimiento de Indicadores 4 y 5 de los Resultados del PNI 2009.

En el Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo de 2009 se establece seis (6)

objetivos estratégicos, siendo el cuarto el Fortalecimiento de las Capacidades Nacionales para la Gestión

Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas, y el quinto, la Armonización e Implementación del Marco

Legal para Lograr la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas.

5.4.1. Indicador 4 de los Resultados del PNI 2009

En cuanto al fortalecimiento de las capacidades nacionales se planificaron las siguientes acciones:

a. Designar la Autoridad Nacional Competente de las Sustancias Químicas y Residuos

Peligrosos en Honduras.

b. Operativizar la Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los

Productos Químicos (CNG).

c. Fortalecer la capacidad técnica de la Autoridad Competente para la gestión de las sustancias

químicas y los residuos peligrosos.

Con relación a la primera de esas acciones, se emitió el Decreto Ejecutivo PCM 029-2013,

contentivo de la Política Nacional de Gestión Ambiental Racional de Productos Químicos. En dicha

política se designa a la SERNA como la Autoridad Nacional Competente, encargada de promover y

rectorar la gestión ambientalmente racional de los productos químicos en Honduras, estableciéndose

el Departamento para la Gestión de Productos Químicos (DGPQ) como parte de la estructura del

Centro de Estudios y Control de Contaminantes. Dicho departamento está conformado en la

actualidad por un (1) técnico especialista, y ubicado físicamente en las instalaciones del CESCCO.

Además, se elaboró el Manual de Funciones para el DGPQ, constituyéndose en una de las

principales fortalezas de los logros en la implementación del PNI 2009. La DGPQ es una verdadera

oportunidad para la consolidación de la gestión ambientalmente racional de los productos químicos,

incluyendo los COPs en el país.

En el marco del proyecto COPs 2 se desarrolló algunas estrategias con el propósito de manejar

adecuadamente los residuos sólidos en nueve (9) municipios, incluyendo los cinco (5) que

conforman la Mancomunidad de Colosuca, el Distrito Central, Comayagua, Siguatepeque y

Page 60: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

60

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Potrerillos. Este avance también es una oportunidad, en el sentido que puede servir como ejemplo

de experiencias exitosas para ser replicadas en otros municipios.

La Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos

también fue institucionalizada por medio de Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, sin embargo su

funcionamiento aún no ha sido reglamentado. En la actualidad, son más de cuarenta (40)

instituciones públicas y privadas las que conforman su membrecía. Su creación no obedece

exclusivamente a la implementación del PNI del Convenio de Estocolmo, sino que a la

implementación de una estrategia más general para la implementación de la gestión ambientalmente

racional de productos químicos (SAICM). En 2013 la CNG se reunió en varias ocasiones, además de

participar en actividades puntuales coordinadas por la ANC y sus contrapartes. La oficialización de

la CNG se constituye como una fortaleza, y en una oportunidad para transversalizar la gestión

ambientalmente racional de productos químicos. Pero, no se puede desconocer la amenaza para el

proceso que supone el hecho que la CNG nunca llegue a ser verdaderamente funcional y se

convierta en un espacio de encuentro forzado y no sinérgico.

Las capacidades laboratoriales de la ANC, gestionadas por CESCCO, actualmente son las siguientes:

calidad de aguas, contaminantes químicos, contaminación atmosférica, ecotoxicología y

microbiología ambiental y de alimentos46. De acuerdo a lo informado por el DGPQ, en el marco de

implementación del PNI se fortalecieron las capacidades analíticas para plaguicidas organoclorados y

bifenilos policlorados (PCBs) en diferentes matrices. Ninguno de estas capacidades analíticas está

certificada, ni ha sido sometida a ningún proceso de acreditación, sin embargo, se rigen bajo un

sistema de gestión de calidad. La falta de acreditación o certificación de estas capacidades es una

debilidad que aún no logra ser remontada, pero que desde una perspectiva muy optimista, podría

considerarse una oportunidad de mejora muy interesante.

Entre las investigaciones más recientes elaboradas en el CESCCO con la participación de otras

instituciones se encuentra:

a. UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el

Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

b. Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio

Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011.                                                                                                                          46 Vid. sitio web de CESCCO-SERNA disponible en http://cesccoserna.net/index.html .

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Potrerillos. Este avance también es una oportunidad, en el sentido que puede servir como ejemplo

de experiencias exitosas para ser replicadas en otros municipios.

La Comisión Nacional para la Gestión Ambientalmente Racional de los Productos Químicos

también fue institucionalizada por medio de Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, sin embargo su

funcionamiento aún no ha sido reglamentado. En la actualidad, son más de cuarenta (40)

instituciones públicas y privadas las que conforman su membrecía. Su creación no obedece

exclusivamente a la implementación del PNI del Convenio de Estocolmo, sino que a la

implementación de una estrategia más general para la implementación de la gestión ambientalmente

racional de productos químicos (SAICM). En 2013 la CNG se reunió en varias ocasiones, además de

participar en actividades puntuales coordinadas por la ANC y sus contrapartes. La oficialización de

la CNG se constituye como una fortaleza, y en una oportunidad para transversalizar la gestión

ambientalmente racional de productos químicos. Pero, no se puede desconocer la amenaza para el

proceso que supone el hecho que la CNG nunca llegue a ser verdaderamente funcional y se

convierta en un espacio de encuentro forzado y no sinérgico.

Las capacidades laboratoriales de la ANC, gestionadas por CESCCO, actualmente son las siguientes:

calidad de aguas, contaminantes químicos, contaminación atmosférica, ecotoxicología y

microbiología ambiental y de alimentos46. De acuerdo a lo informado por el DGPQ, en el marco de

implementación del PNI se fortalecieron las capacidades analíticas para plaguicidas organoclorados y

bifenilos policlorados (PCBs) en diferentes matrices. Ninguno de estas capacidades analíticas está

certificada, ni ha sido sometida a ningún proceso de acreditación, sin embargo, se rigen bajo un

sistema de gestión de calidad. La falta de acreditación o certificación de estas capacidades es una

debilidad que aún no logra ser remontada, pero que desde una perspectiva muy optimista, podría

considerarse una oportunidad de mejora muy interesante.

Entre las investigaciones más recientes elaboradas en el CESCCO con la participación de otras

instituciones se encuentra:

a. UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el

Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

b. Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio

Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011.                                                                                                                          46 Vid. sitio web de CESCCO-SERNA disponible en http://cesccoserna.net/index.html .

c. UNAH-CESCCO. Diagnóstico Nacional de Mercurio en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

d. UNAH-CESCCO. Diagnóstico de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos. Tegucigalpa.

2013.

e. UNAH-CESCCO. Gestión de residuos eléctricos y electrónicos en Honduras. Tegucigalpa. 2014.

El que el CESCCO logre vincularse con la academia y se desarrolle este tipo de estudios es una

fortaleza en un país donde la investigación científica es casi inexistente, pero la falta de

financiamiento para la investigación es una verdadera amenaza que podría ser revertida con las

adecuadas previsiones presupuestarias.

5.4.2. Indicador 5 de los Resultados del PNI 2009

Para el quinto objetivo estratégico, “Armonización e implementación del marco-legal para lograr la

gestión ambientalmente racional de las sustancias químicas”, se plantearon las siguientes acciones:

a. Elaborar y ejecutar la normativa para la gestión ambientalmente racional de las sustancias

químicas.

b. Regular la CNG la aplicabilidad de la legislación existente.

c. Aprobar y socializar la Política para la Gestión de productos químicos y residuos peligrosos.

d. Implementar una estrategia de capacitación en materia legal.

Para su cumplimiento se realizó algunas acciones puntuales, tales como la elaboración de

instrumentos normativos, y sentar así las bases de la gestión ambientalmente racional de los

productos químicos. Sin embargo, sólo cuatro (4) de esos instrumentos han sido aprobados: la

política para la gestión ambientalmente racional de productos químicos, la creación de la CNG, el

reglamento para la gestión ambientalmente racional de PCBs y el Reglamento del Registro de

Emisiones y Transferencia de Contaminantes.

El retraso en el logro de la promulgación de dichos reglamentos es una debilidad para la gestión de

productos químicos, pues no lograr aún la aprobación de los demás instrumentos, deja inoperativa la

Política. Para convertir dicha debilidad en una oportunidad de mejora, los esfuerzos inmediatos

deberán centrarse en la revisión y readecuación de esos instrumentos, para la consiguiente

aprobación, y poder brindarle así funcionalidad normativa.

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Vale mencionar que en el 2011, se desarrolla el Proyecto Regional “Diseño de las características

claves y pruebas piloto de un registro de emisiones y transferencias de contaminantes RETC”, con

apoyo del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR),

financiado por el Reino de España. En la actualidad se ha ejecutado una fase piloto y dos reportes

voluntarios. Este es un avance significativo, convirtiéndose en una verdadera oportunidad que se

consolidará ahora que el reglamento de RETC ya ha sido aprobado.

En el marco del proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias

Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales” (SAICM 2) se logró la inclusión de los principios

para la gestión ambientalmente racional de los productos químicos en el plan estratégico

institucional de SERNA47. También se logró la incorporación de estos principios en cinco Planes de

Desarrollo Regional con Enfoque en Ordenamiento Territorial, así como en el Plan de Desarrollo de

la Mancomunidad de COLOSUCA, como se había comentado anteriormente.

 

6. Conclusiones

a. Marco Legal Nacional Vinculante

A partir del análisis anterior se puede concluir que la creación normativa vinculada directa o

indirectamente con la gestión de COPs y productos químicos en general ha sido sustancial en los

últimos cinco (5) años, permitiendo que la gestión cuente con una base jurídica más completa que la

que estaba disponible cuando se elaboró el PNI 2009. Además, los aportes recientes no sólo se dan

en el nivel reglamentario, sino que inician desde el nivel constitucional. Esto evidencia que el

diagnóstico inicial sobre el que se construyó el PNI 2009, y que sirve de base para estrategias más

amplias como el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional

(SAICM, por sus siglas en inglés), fue pertinente.

La Constitución de Honduras refleja un carácter antropocéntrico en tanto su artículo 59 señala que

el propósito supremo del Estado de Honduras, es la persona humana, por lo que cualquier

normativa de jerarquía inferior a la Constitución, sea esta de carácter ambiental o de cualquier otro,

                                                                                                                         47 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Documento de Proyecto, Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales. Tegucigalpa. 2010. Disponible en http://www.undp.org/content/dam/undp/documents/projects/HND/00060418/PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Vale mencionar que en el 2011, se desarrolla el Proyecto Regional “Diseño de las características

claves y pruebas piloto de un registro de emisiones y transferencias de contaminantes RETC”, con

apoyo del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación (UNITAR),

financiado por el Reino de España. En la actualidad se ha ejecutado una fase piloto y dos reportes

voluntarios. Este es un avance significativo, convirtiéndose en una verdadera oportunidad que se

consolidará ahora que el reglamento de RETC ya ha sido aprobado.

En el marco del proyecto “Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias

Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales” (SAICM 2) se logró la inclusión de los principios

para la gestión ambientalmente racional de los productos químicos en el plan estratégico

institucional de SERNA47. También se logró la incorporación de estos principios en cinco Planes de

Desarrollo Regional con Enfoque en Ordenamiento Territorial, así como en el Plan de Desarrollo de

la Mancomunidad de COLOSUCA, como se había comentado anteriormente.

 

6. Conclusiones

a. Marco Legal Nacional Vinculante

A partir del análisis anterior se puede concluir que la creación normativa vinculada directa o

indirectamente con la gestión de COPs y productos químicos en general ha sido sustancial en los

últimos cinco (5) años, permitiendo que la gestión cuente con una base jurídica más completa que la

que estaba disponible cuando se elaboró el PNI 2009. Además, los aportes recientes no sólo se dan

en el nivel reglamentario, sino que inician desde el nivel constitucional. Esto evidencia que el

diagnóstico inicial sobre el que se construyó el PNI 2009, y que sirve de base para estrategias más

amplias como el Enfoque Estratégico para la Gestión de Productos Químicos a Nivel Internacional

(SAICM, por sus siglas en inglés), fue pertinente.

La Constitución de Honduras refleja un carácter antropocéntrico en tanto su artículo 59 señala que

el propósito supremo del Estado de Honduras, es la persona humana, por lo que cualquier

normativa de jerarquía inferior a la Constitución, sea esta de carácter ambiental o de cualquier otro,

                                                                                                                         47 Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo. Documento de Proyecto, Inserción de la Gestión Ambientalmente Racional de las Sustancias Químicas en los Planes de Desarrollo Nacionales. Tegucigalpa. 2010. Disponible en http://www.undp.org/content/dam/undp/documents/projects/HND/00060418/PRODOC%20SAICM%20FIRMADO.pdf

deberá anteponer los intereses de las personas por sobre las del ambiente. De ahí que, la gestión de

COPs en el país debe estar prioritariamente vinculada con la prevención de los impactos negativos

que su uso puede causar a la salud. En este sentido, la prevención debe tener siempre el propósito de

garantizar condiciones de vida dignas al ser humano. Esto se sustenta aún más con la reforma del

artículo 145 de la Constitución, con la que se incluye el derecho al acceso al agua y al saneamiento

como corolario del derecho a la salud, espacio en el que puede caber perfectamente la necesidad de

prevenir la contaminación por COPs.

Como se manifestó ya en el desarrollo del estudio, el principal problema de la legislación existente es

la dispersión normativa, faltando una adecuada sistematización. Sin embargo, a pesar de la

dispersión, se ha encontrado un número considerable de provisiones que son de aplicación para las

tres (3) principales obligaciones que Honduras ha adquirido en el Convenio de Estocolmo, que

consisten en implementar medidas para reducir o eliminar las emanaciones ya sean estas causadas

intencionalmente, no-intencionalmente, o sean consecuencia de existencias y desechos. También se

ha identificado una serie de provisiones, en las que se asignan competencias específicas a las

diferentes instituciones de la estructura estatal, que pueden ser útiles en la construcción de un Plan

Nacional de Implementación, o para adicionarse al que ya existe.

Aunada a la dispersión normativa, es necesario seguir resaltando el hecho de que, salvo los

reglamentos que se producen dentro del marco de la implementación de la gestión racionalmente

ambiental para los productos químicos, ningún instrumento normativo, se refiere directamente a los

COPs, sino que, se refieren de manera más general a la gestión de productos químicos.

Cuatro (4) de esos instrumentos están vigentes: la política para la gestión ambientalmente racional de

productos químicos, la oficialización de la CNG, el reglamento para la gestión de PCBs y el

reglamento del RETC. Los otros instrumentos que se han elaborado como parte de la

implementación de la gestión ambientalmente racional de productos químicos, aún no se encuentran

vigentes, lo que hace parcialmente inoperante la política, de la manera que fue diseñada.

Haciendo el análisis de la normativa aprobada de 2009 al primer semestre de 2014 desde la

perspectiva de las etapas del ciclo de vida de los COPs, existe aún un marcado vacío con relación a la

regulación necesaria para el transporte y disposición final de estas sustancias, y tampoco se ha

elaborado ninguna normativa para la gestión adecuada de residuos electrónicos.

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

La nueva reglamentación para el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA),

es muy significativa de frente al proceso de actualización del PNI, creando una oportunidad

interesante para la transversalización de la gestión de COPs en las diferentes etapas de su ciclo de

vida. Pero la modificación más significativa para la gestión de COPs en el esquema normativo reside

en la aplicación del Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos. Su implementación

adecuada impactaría en la reducción de las emisiones de COPs no intencionales, ya que la quema

traspatio ha sido identificada como una de las principales fuentes de contaminación de COPs.

Además, en el 2010 entra en vigencia el Decreto que crea la Dirección Nacional del Cambio

Climático, y a finales del año pasado se aprueba la Ley Nacional de Cambio Climático, siendo

Honduras uno de los pocos países en América Latina que ha promulgado una normativa de esta

naturaleza. También se ha integrado un departamento a la estructura de la SERNA para gestionar

esta temática. Se abre así un espacio interesante en el que se pueden desarrollar sinergias útiles para

la implementación de ambos Tratados Internacionales, el de Cambio Climático y el de Estocolmo.

Además, esta consideración es válida si se toma en cuenta que a diferencia de la gestión de

productos químicos, el cambio climático sí ha sido tomado en cuenta dentro de los indicadores del

sistema de planificación nacional. Por lo que, vincular el mayor impacto que las emanaciones de

COPs puedan tener en la salud de las personas, cuando se ven potenciados por la variaciones

climáticas, debe ser tenido permanentemente en consideración.

b. Marco Legal Internacional Vinculante

En los Tratados Internacionales analizados, hay suficientes provisiones que están relacionadas con

medidas para reducir o eliminar emanaciones que sean derivadas de la producción o utilización

intencional, no intencional, o de existencias almacenadas o de la gestión inadecuada de desechos.

También se ha incluido provisiones que facilitan el intercambio de información entre diferentes

Estados, incluyendo información comercial y aduanera.

Se observa menor cantidad de provisiones que pudieran servir para coadyuvar en la implementación

de mecanismos de información, formación o sensibilización del público sobre temas relacionados a

la adecuada gestión de COPs, o con asistencia técnica interestatal sobre diversos aspectos vinculados

con la temática. Sin embargo, donde se evidencia una mayor cantidad de vacíos es en los ámbitos de

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

La nueva reglamentación para el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA),

es muy significativa de frente al proceso de actualización del PNI, creando una oportunidad

interesante para la transversalización de la gestión de COPs en las diferentes etapas de su ciclo de

vida. Pero la modificación más significativa para la gestión de COPs en el esquema normativo reside

en la aplicación del Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos. Su implementación

adecuada impactaría en la reducción de las emisiones de COPs no intencionales, ya que la quema

traspatio ha sido identificada como una de las principales fuentes de contaminación de COPs.

Además, en el 2010 entra en vigencia el Decreto que crea la Dirección Nacional del Cambio

Climático, y a finales del año pasado se aprueba la Ley Nacional de Cambio Climático, siendo

Honduras uno de los pocos países en América Latina que ha promulgado una normativa de esta

naturaleza. También se ha integrado un departamento a la estructura de la SERNA para gestionar

esta temática. Se abre así un espacio interesante en el que se pueden desarrollar sinergias útiles para

la implementación de ambos Tratados Internacionales, el de Cambio Climático y el de Estocolmo.

Además, esta consideración es válida si se toma en cuenta que a diferencia de la gestión de

productos químicos, el cambio climático sí ha sido tomado en cuenta dentro de los indicadores del

sistema de planificación nacional. Por lo que, vincular el mayor impacto que las emanaciones de

COPs puedan tener en la salud de las personas, cuando se ven potenciados por la variaciones

climáticas, debe ser tenido permanentemente en consideración.

b. Marco Legal Internacional Vinculante

En los Tratados Internacionales analizados, hay suficientes provisiones que están relacionadas con

medidas para reducir o eliminar emanaciones que sean derivadas de la producción o utilización

intencional, no intencional, o de existencias almacenadas o de la gestión inadecuada de desechos.

También se ha incluido provisiones que facilitan el intercambio de información entre diferentes

Estados, incluyendo información comercial y aduanera.

Se observa menor cantidad de provisiones que pudieran servir para coadyuvar en la implementación

de mecanismos de información, formación o sensibilización del público sobre temas relacionados a

la adecuada gestión de COPs, o con asistencia técnica interestatal sobre diversos aspectos vinculados

con la temática. Sin embargo, donde se evidencia una mayor cantidad de vacíos es en los ámbitos de

la investigación y en la creación de mecanismos financieros que permitan que el plan de acción que

se diseñe pueda implementarse a cabalidad.

c. Marco Institucional Existente

Desde antes que el Estado de Honduras suscribiera y ratificara el Convenio de Estocolmo, contaba

ya con una estructura institucional para la gestión de productos químicos, que es la que sirvió de

base para el diseño del PNI 2009 y que permitió se pudiera cumplir sus indicadores 4 y 5 de la

manera que se logró.

En dicha estructura, es la SERNA, la Autoridad Nacional Competente, por medio de CESCCO

como Punto Técnico Focal, quien encabeza la institucionalidad sectorial. Sin embargo, estas

instituciones se vieron impactadas con las reformas al marco jurídico que se han identificado en este

estudio, particularmente con la creación del DGPQ, lo que demuestra que el marco institucional del

país para la gestión racional de productos químicos aún está en formación.

Se pudo identificar que la legislación analizada diferencia las competencias de regulación de las de

control y vigilancia para estas instituciones. Es así que algunas dependencias del sector público

deben participar en la regulación de COPs en todas las etapas de su ciclo de vida (SERNA,

COPECO, SESAL, ICF, SEFIN, CGG, STSS, SAG y Municipalidades). Es necesario señalar que,

estas capacidades son eminentemente técnicas, por lo que salvo algunas excepciones, las

instituciones no incluyen estrategias para su implementación que promuevan la igualdad de género,

fomenten la participación comunitaria, procuran la protección del binomio materno-infantil,

aseguren la equidad o la responsabilidad compartida.

Cuando se analiza las funciones de control o vigilancia para los COPs en sus diferentes etapas de

ciclo de vida, la situación es diferente, siendo los principales actores la SERNA, SESAL, SAG, STSS

y la Autoridad del Agua creada en la Ley General de Aguas. Las Municipalidades también pueden

ejercer funciones de control y vigilancia salvo en lo que se refiere a la importación y a la exportación

de COPs, aunque aún no hagan uso de esas capacidades, salvo ejemplo puntuales, como lo

observado en los municipios de Puerto Cortés y Comayagua.

Aunado a lo anterior, hay que mencionar que la Ley Especial de Educación y Comunicación

Ambiental hace que sumado a lo anterior, haya suficientes disposiciones para abarcar elementos

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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importantes del Convenio de Estocolmo, tales como la información, educación y sensibilización del

público, y que estas hayan sido asignadas a varias instituciones públicas, permitiendo que el espectro

de su aplicación sea amplio. Sin embargo las funciones de financiamiento y de investigación no se

plantean en ninguno de estos cuerpos normativos.

La cooperación institucional que existe en el sector es desordenada y asistemática, y no tiene una

lógica clara que rija la formas y los motivos para que esta se lleve a cabo, ni tampoco se implementa

con propósitos ni objetivos específicos. En muy pocos casos, forma parte de las estrategias

institucionales la igualdad de género, la participación comunitaria, el binomio materno-infantil, la

equidad y la responsabilidad compartida.

d. Vinculación con el Sistema Nacional de Planificación

En la actualidad es posible valorar que el Estado de Honduras ha manifestado hasta cierto punto

cierta voluntad política para crear los instrumentos necesarios que permitan la adecuada gestión de

los COPs en el país. Pero, en lo que al sistema de planificación nacional se refiere, este no contiene

indicadores nacionales que directamente se puedan vincular a la gestión racionalmente ambiental de

los COPs. Sin embargo, esto no ha sido óbice para que en el ámbito regional si se haya podido

desarrollar indicadores específicos para la gestión de COPs.

7. Recomendaciones

La nueva redacción del art. 145 constitucional abre un espacio de sinergia interesante que debe ser

aprovechado para integrar a la CONASA y la gestión del agua en los procesos para la gestión

ambientalmente racional de productos químicos. Además, para la adecuada aplicación de la

normativa que ya está vigente, es necesario crear instrumentos administrativos que faciliten el trabajo

del gestor público, así como la incorporación de la Política GAR de PQ a los PEI y POA de las

instituciones del sector, y la suficiente asignación de recursos financieros, humanos, técnicos,

políticos y logísticos.

Se recomienda también la organización y armonización de la normativa dispersa a partir de la

formulación de una Ley Marco para la Gestión de Productos Químicos, que transversalice y

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SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

importantes del Convenio de Estocolmo, tales como la información, educación y sensibilización del

público, y que estas hayan sido asignadas a varias instituciones públicas, permitiendo que el espectro

de su aplicación sea amplio. Sin embargo las funciones de financiamiento y de investigación no se

plantean en ninguno de estos cuerpos normativos.

La cooperación institucional que existe en el sector es desordenada y asistemática, y no tiene una

lógica clara que rija la formas y los motivos para que esta se lleve a cabo, ni tampoco se implementa

con propósitos ni objetivos específicos. En muy pocos casos, forma parte de las estrategias

institucionales la igualdad de género, la participación comunitaria, el binomio materno-infantil, la

equidad y la responsabilidad compartida.

d. Vinculación con el Sistema Nacional de Planificación

En la actualidad es posible valorar que el Estado de Honduras ha manifestado hasta cierto punto

cierta voluntad política para crear los instrumentos necesarios que permitan la adecuada gestión de

los COPs en el país. Pero, en lo que al sistema de planificación nacional se refiere, este no contiene

indicadores nacionales que directamente se puedan vincular a la gestión racionalmente ambiental de

los COPs. Sin embargo, esto no ha sido óbice para que en el ámbito regional si se haya podido

desarrollar indicadores específicos para la gestión de COPs.

7. Recomendaciones

La nueva redacción del art. 145 constitucional abre un espacio de sinergia interesante que debe ser

aprovechado para integrar a la CONASA y la gestión del agua en los procesos para la gestión

ambientalmente racional de productos químicos. Además, para la adecuada aplicación de la

normativa que ya está vigente, es necesario crear instrumentos administrativos que faciliten el trabajo

del gestor público, así como la incorporación de la Política GAR de PQ a los PEI y POA de las

instituciones del sector, y la suficiente asignación de recursos financieros, humanos, técnicos,

políticos y logísticos.

Se recomienda también la organización y armonización de la normativa dispersa a partir de la

formulación de una Ley Marco para la Gestión de Productos Químicos, que transversalice y

visibilice adecuadamente la gestión de COPs. Esta ley marco brindaría coherencia, conectaría todos

instrumentos existentes y permitiría que se integren los demás que están por aprobarse.

Se sugiere continuar con las acciones de cabildeo para la aprobación de los reglamentos que están

aún pendientes, pues su elaboración obedeció a vacíos que fueron identificados en el diagnóstico

que se hizo para la elaboración del PNI 2009, haciéndolos necesarios para abordar de una forma más

completa las obligaciones que Honduras ha adquirido con el Convenio de Estocolmo, para los

cuales, posteriormente, deberá crearse instrumentos administrativo similares a los señalados

anteriormente.

Se deberá, elaborar la legislación para la gestión ambientalmente racional de los residuos de aparatos

eléctricos y electrónicos, y publicarse el Reglamento para el Transporte por Carretera de Mercancías

y Desechos Peligrosos, este último gestionado por el INSEP. Pero la promulgación de todos esos

instrumentos debe ser posterior a una revisión que hagan de los mismos los operadores de justica,

especialmente el Ministerio Público, de tal forma que se asegure su funcionalidad, particularmente

para la persecución adecuada del ilícito ambiental, y no terminen siendo simples normas técnicas.

Ese marco regulatorio deberá complementarse con un sistema de estándares ambientales para el

monitoreo, seguimiento y control de los COPs en Honduras. En este sentido se recomienda

aprovechar el sistema de evaluación de impacto ambiental vigente en el país, trasnversalizando la

gestión racionalmente ambiental de COPs en todos los instrumentos que ya se han diseñado para

este efecto. Además, es necesario completar todas las normas técnicas que aún no han sido creadas

para la gestión de COPs. También se recomienda la implementación de un sistema de vigilancia

epidemiológica y toxicológica, y fortalecer el sistema de vigilancia transfronteriza.

Es necesario que SERNA emita una circular por medio del cual se notifiqué al sector público del

régimen al que están sometidos los diferentes COPs en el país, y se establezca las prohibiciones y

restricciones que devienen del Convenio, para que estas se apliquen, y el control y vigilancia puedan

ser efectivos.

Honduras, además debe terminar de alinear sus obligaciones internacionales, ratificando los

Convenios 170 y 184 de la OIT, y las propuestas para mejorar la eficiencia, productividad y

profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres, así como el Manuales

Centroamericano de Normas para la Revisión Mecánica de Vehículo y el Manual Centroamericano

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Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos de la SIECA. Así

cerraría el círculo que se plantea en el ámbito constitucional, conectando la gestión de los COPs con

la protección de la salud en todos los ámbitos, incluyendo los laborales.

Una vez definido el marco estratégico sobre el que ha de construirse el PNI 2015, será necesario

elaborar la cartera de proyectos para asegurar su cumplimiento. Para tal fin, deberá fortalecerse el

DGPQ, para que funcione como una unidad ejecutora que pueda asegurar el cumplimiento de los

compromisos internacionales adquiridos por Honduras y dirigir y gestionar adecuadamente la

planificación sectorial. Pero también se requiere fortalecer las capacidades de la Autoridad Nacional

Competente en el marco de la Agenda Química Internacional.

También es necesario, por medio de convenios interinstitucionales, lograr que los escasos recursos

existentes, tales como los laboratorios gubernamentales puedan ser utilizados sin mayores obstáculos

burocráticos, por las instituciones del sector, para poder hacer una vigilancia más adecuada. Se

recomienda crear una red laboratorial que los integre y que además se asegure su debida acreditación.

Es perentorio que la coordinación interinstitucional para la gestión de productos químicos en

general, y para la gestión ambientalmente racional de los COPs en especial, sea sistemática y

organizada. Esto deberá verificarse por medio de la incorporación de la Política Nacional de GAR

de PQ en los PEI y POA de las instituciones del sector.

La CNG debe continuar siendo el espacio político idóneo para la cooperación interinstitucional.

Para eso es necesario asegurar su funcionamiento por medio de la debida reglamentación,

asegurando la continua participación de los tomadores de decisión de más alto nivel. También es

necesario el fortalecimiento de su membresía, el que puede asegurarse por medio de iniciativas tales

como la capacitación continua de sus miembros.

La coordinación interinstitucional deberá extenderse a incluir otras iniciativas ambientales que estén

siendo impulsados por el Estado de Honduras, tales como la del Cambio Climático, de tal forma que

se pueda crear sinergias interesantes que permitan la implementación de la Política para la Gestión

Ambientalmente Racional de Productos Químicos en su total amplitud.

También es necesario replicar las experiencias exitosas que se ha tenido en algunos ámbitos, como la

gestión de residuos sólidos en dos municipios: Comayagua y Puerto Cortés, haciendo notar además,

que en este segundo municipio, la gestión se ha hecho sin mayor cooperación externa. En este

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Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

de Normas para el Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos de la SIECA. Así

cerraría el círculo que se plantea en el ámbito constitucional, conectando la gestión de los COPs con

la protección de la salud en todos los ámbitos, incluyendo los laborales.

Una vez definido el marco estratégico sobre el que ha de construirse el PNI 2015, será necesario

elaborar la cartera de proyectos para asegurar su cumplimiento. Para tal fin, deberá fortalecerse el

DGPQ, para que funcione como una unidad ejecutora que pueda asegurar el cumplimiento de los

compromisos internacionales adquiridos por Honduras y dirigir y gestionar adecuadamente la

planificación sectorial. Pero también se requiere fortalecer las capacidades de la Autoridad Nacional

Competente en el marco de la Agenda Química Internacional.

También es necesario, por medio de convenios interinstitucionales, lograr que los escasos recursos

existentes, tales como los laboratorios gubernamentales puedan ser utilizados sin mayores obstáculos

burocráticos, por las instituciones del sector, para poder hacer una vigilancia más adecuada. Se

recomienda crear una red laboratorial que los integre y que además se asegure su debida acreditación.

Es perentorio que la coordinación interinstitucional para la gestión de productos químicos en

general, y para la gestión ambientalmente racional de los COPs en especial, sea sistemática y

organizada. Esto deberá verificarse por medio de la incorporación de la Política Nacional de GAR

de PQ en los PEI y POA de las instituciones del sector.

La CNG debe continuar siendo el espacio político idóneo para la cooperación interinstitucional.

Para eso es necesario asegurar su funcionamiento por medio de la debida reglamentación,

asegurando la continua participación de los tomadores de decisión de más alto nivel. También es

necesario el fortalecimiento de su membresía, el que puede asegurarse por medio de iniciativas tales

como la capacitación continua de sus miembros.

La coordinación interinstitucional deberá extenderse a incluir otras iniciativas ambientales que estén

siendo impulsados por el Estado de Honduras, tales como la del Cambio Climático, de tal forma que

se pueda crear sinergias interesantes que permitan la implementación de la Política para la Gestión

Ambientalmente Racional de Productos Químicos en su total amplitud.

También es necesario replicar las experiencias exitosas que se ha tenido en algunos ámbitos, como la

gestión de residuos sólidos en dos municipios: Comayagua y Puerto Cortés, haciendo notar además,

que en este segundo municipio, la gestión se ha hecho sin mayor cooperación externa. En este

renglón se puede adicionar la implementación del RETC más allá de su fase piloto. Esto deberá

complementarse por medio de la normativización y regulación para la adecuada recolección y

disposición de residuos especiales y peligrosos, impulsando la innovación tecnológica, pues en la

actualidad, en la mayoría de los casos, la disposición de residuos en el país no cumple con estándares

internacionales.

La actualización del PNI debe ser la oportunidad que permita la integración de la empresa privada a

la gestión adecuada de COPs. Para eso, deberá crearse un sistema de incentivos y desincentivos que

prevengan la contaminación por COPs, e impulsar iniciativas tales como el coprocesamiento.

Además, el Estado de Honduras debe crear las condiciones adecuadas para que ese proceso de

integración sea exitoso, para lo que se recomienda la creación de programas de asesoría e

información para el sector privado.

Por último, y para complementar la visión antropocéntrica del constituyente y del legislador

hondureño, es necesario que en la normativa que se vaya promulgando para la adecuada gestión de

los COPs y en la institucionalidad que se vaya integrando a dicha gestión, se vayan visibilizando

también los grupos más vulnerables a la contaminación por químicos, y que requieren de una tutela

especial por parte del Estado, tales como la primera infancia, las madres gestantes y lactantes, las

personas con discapacidades y el adulto mayor.

Page 70: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

70

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

8. Bibliografía

Acuerdo 189-2009, Reglamento del SINEIA, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32, 102 de

31 de diciembre de 2009.

Acuerdo 826-2009, Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, publicado en

el Diario Oficial La Gaceta #32, 397 de 21 de diciembre de 2010.

Acuerdo 887-2009, Reglamento de Auditorías Ambientales, publicado en el Diario Oficial La Gaceta

#32, 114 de 15 de enero de 2010.

Acuerdo 031-2010, Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,341 de 16 de octubre de 2010.

Acuerdo 032-2010, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, publicado en

el Diario Oficial La Gaceta #32,338 de 11 de octubre de 2010.

Acuerdo 1566-2010, Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas,

publicado 21 de febrero de 2011.

Acuerdo 1567-2010, Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, publicado en el

Diario Oficial La Gaceta #32,449 de 22 de febrero de 2011.

Acuerdo 1714-2010, Tabla de Categorización Ambiental, publicado el 23 de febrero 2011.

Acuerdo 042-2013, Reglamento General de la Ley de Minería, publicado en el Diario Oficial La

Gaceta #33,220 de 4 de septiembre de 2013.

Acuerdo 1070-2014. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

Acuerdo 1071-2014, Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos

Policlorados (PCB)

Codex Alimentarius, Base de datos en línea del Codex sobre los residuos de plaguicidas en los

alimentos, 2012

Convención de Estocolmo, Reporte del Estado de Honduras de conformidad con el Artículo 15 de

la Convención, 2012.

Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York, 1992.

Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997.

Page 71: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

71

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

8. Bibliografía

Acuerdo 189-2009, Reglamento del SINEIA, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32, 102 de

31 de diciembre de 2009.

Acuerdo 826-2009, Reglamento de Registro de Prestadores de Servicios Ambientales, publicado en

el Diario Oficial La Gaceta #32, 397 de 21 de diciembre de 2010.

Acuerdo 887-2009, Reglamento de Auditorías Ambientales, publicado en el Diario Oficial La Gaceta

#32, 114 de 15 de enero de 2010.

Acuerdo 031-2010, Reglamento General de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestres,

publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,341 de 16 de octubre de 2010.

Acuerdo 032-2010, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, publicado en

el Diario Oficial La Gaceta #32,338 de 11 de octubre de 2010.

Acuerdo 1566-2010, Reglamento para el Control de Emisiones Generadas por Fuentes Fijas,

publicado 21 de febrero de 2011.

Acuerdo 1567-2010, Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos, publicado en el

Diario Oficial La Gaceta #32,449 de 22 de febrero de 2011.

Acuerdo 1714-2010, Tabla de Categorización Ambiental, publicado el 23 de febrero 2011.

Acuerdo 042-2013, Reglamento General de la Ley de Minería, publicado en el Diario Oficial La

Gaceta #33,220 de 4 de septiembre de 2013.

Acuerdo 1070-2014. Reglamento del Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes

Acuerdo 1071-2014, Reglamento para la Gestión Ambientalmente Racional de Bifenilos

Policlorados (PCB)

Codex Alimentarius, Base de datos en línea del Codex sobre los residuos de plaguicidas en los

alimentos, 2012

Convención de Estocolmo, Reporte del Estado de Honduras de conformidad con el Artículo 15 de

la Convención, 2012.

Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Nueva York, 1992.

Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Protocolo de Kyoto de la

Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, Kyoto, 1997.

Decreto 131-1982, Constitución de la República de Honduras, publicado en el Diario Oficial La

Gaceta #23,612 de 20 de enero de 1982.

Decreto 181-2007, Delegación de Licenciamiento Ambiental en las Municipalidades, publicado en el

Diario Oficial La Gaceta #32, 265 de 16 de julio de 2010.

Decreto 286-2009, Ley para el establecimiento de una Visión de País y la adopción de un Plan de

Nación, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,129 del 2 de febrero de 2010.

Decreto 151-2009, Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos, publicado en el Diario Oficial

La Gaceta #32,098 de 26 de diciembre de 2009.

Decreto 158-2009, Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental, publicado en el Diario

Oficial La Gaceta #32,099 de 28 de diciembre de 2009.

Decreto 181-2009, Ley General de Aguas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,088 de 14

de diciembre de 2009.

Decreto 17-2010, Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del

Gasto Público, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #32,193 de 22 de abril de 2010.

Decreto 232-2012, Ratificación de la Reforma al Artículo 145 Constitucional, publicado en Diario

Oficial La Gaceta #33,033 de 24 de enero de 2013.

Decreto 238-2012, Ley de Minería, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,088 de 2 de abril

de 2013.

Decreto 266-2013, Ley para optimizar la administración pública, mejorar los servicios a la ciudadanía

y fortalecimiento de la transparencia en el gobierno, publicado en el Diario Oficial La Gaceta 33.336

de 23 de enero de 2014.

Decreto Ejecutivo PCM 022-2010, Creación de la Dirección de Cambio Climático, publicado en el

Diario Oficial La Gaceta #32,251 de 30 de junio de 2010.

Decreto Ejecutivo PCM 029-2013, Política de la Gestión Ambientalmente Racional de los

Productos Químicos en Honduras, publicado en el Diario Oficial La Gaceta #33,201 de 13 de

agosto de 2013.

Decreto Ejecutivo PCM 035-2013, Creación de la Comisión Nacional para la Gestión

Ambientalmente Racional de los Productos Químicos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta

#33,206 de 19 de agosto de 2013.

Dirección Ejecutiva de Ingresos, Arancel Centroamericano, Tegucigalpa.

Page 72: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

72

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Acerca de los RETC

Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Perfil Nacional para la

Gestión de Sustancias Químicas en Honduras, Tegucigalpa, 2009.

Organización de Estados Americanos, Tratado de Libre Comercio Centroamérica, Estados Unidos y

República Dominicana, Washington D.C., 2004.

Organización de las Naciones Unidas, Agenda 21, Río de Janeiro, 1992

Organización de Naciones Unidas, Convenio enmendado sobre contaminantes orgánicos

persistentes (COP), Estocolmo, 2009.

Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el control de movimientos transfronterizos

de los residuos peligrosos y su eliminación, Basilea, 1992.

Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Procedimiento de Consentimiento

Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de

Comercio Internacional, Rotterdam, 1998.

Organización de las Naciones Unidas, Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre

el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 1992.

Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, Código Internacional

sobre la Distribución y Uso de Plaguicidas, Roma, 2003.

Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre los productos químicos (Núm. 170),

Ginebra, 1990.

Organización Internacional del Trabajo, Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura

(Núm. 184), Ginebra, 2001.

Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo, Documento de Proyecto “Inserción de la Gestión

Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Chemicals proposed for listing under the

Convention, Châtelaine.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de

la Capa de Ozono, Viena, 1985.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía

del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Ginebra, 2010.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las

sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, SC-1/12.

Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas

Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009.

Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012.

Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

Sistema de Integración Centroamericano, Reglamento del Código Aduanero Uniforme

Centroamericano.

Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de

Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997. Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración

Económica, Guatemala, 2004.

Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración

Económica LIX, Guatemala, 2010.    

Secretaría de Integración Económica, Resolución 273-2011 de Consejo de Ministros de Integración

Económica LIX, San Salvador, 2011.

Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el

Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009.

Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la

Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009.

Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la

eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres,

Managua, 2009. UNAH-CESCCO. Diagnóstico de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.

Tegucigalpa. 2013.

UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el

Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

UNAH-CESCCO. Diagnóstico Nacional de Mercurio en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

Page 73: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

73

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Instituto de las Naciones Unidas para la Formación y la Investigación, Acerca de los RETC

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Gestión de Sustancias Químicas en Honduras, Tegucigalpa, 2009.

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República Dominicana, Washington D.C., 2004.

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persistentes (COP), Estocolmo, 2009.

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de los residuos peligrosos y su eliminación, Basilea, 1992.

Organización de las Naciones Unidas, Convenio sobre el Procedimiento de Consentimiento

Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de

Comercio Internacional, Rotterdam, 1998.

Organización de las Naciones Unidas, Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre

el Medio Ambiente y el Desarrollo, Río de Janeiro, 1992.

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sobre la Distribución y Uso de Plaguicidas, Roma, 2003.

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Ginebra, 1990.

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(Núm. 184), Ginebra, 2001.

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Ambientalmente Racional de los Productos Químicos en el Plan de Nación”, Tegucigalpa, 2009.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Chemicals proposed for listing under the

Convention, Châtelaine.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Convenio de Viena para la Protección de

la Capa de Ozono, Viena, 1985.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Eliminando los COPs del Mundo: Guía

del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes, Ginebra, 2010.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Protocolo de Montreal relativo a las

sustancias que agotan la capa de ozono, Montreal, 1987.

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, SC-1/12.

Red de Agua y Saneamiento de Honduras. Guía Técnica para la aplicación de las Juntas

Administradoras del Agua Potable. Tegucigalpa. 2009.

Secretaría de Finanzas. Presupuesto Plurianual. Tegucigalpa. 2012.

Sistema de Integración Centroamericano, Código Aduanero Uniforme Centroamericano.

Sistema de Integración Centroamericano, Reglamento del Código Aduanero Uniforme

Centroamericano.

Secretaría de Integración Económica, Resolución No. 1-97 de la Constitución del Consejo de

Ministros de Integración Económica, Guatemala, 1997. Secretaría de Integración Económica, Resolución 118-2004 de Consejo de Ministros de Integración

Económica, Guatemala, 2004.

Secretaría de Integración Económica, Resolución 258-2010 de Consejo de Ministros de Integración

Económica LIX, Guatemala, 2010.    

Secretaría de Integración Económica, Resolución 273-2011 de Consejo de Ministros de Integración

Económica LIX, San Salvador, 2011.

Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para el

Transporte Terrestre de Mercancías y Residuos Peligrosos, Managua, 2009.

Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Manual Centroamericano de Normas para la

Revisión Mecánica de Vehículos, Guatemala, 2009.

Secretaría de Integración Económica Centroamericana, Propuestas formuladas para mejorar la

eficiencia, productividad y profesionalización de pequeños y medianos transportistas terrestres,

Managua, 2009. UNAH-CESCCO. Diagnóstico de movimientos transfronterizos de desechos peligrosos.

Tegucigalpa. 2013.

UNAH – CESCCO. Diagnóstico del Uso del Lindano, Clordano y Endosulfán en Honduras, en el

Marco del Convenio de Estocolmo en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

UNAH-CESCCO. Diagnóstico Nacional de Mercurio en Honduras. Tegucigalpa. 2011.

Page 74: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

74

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

UNAH-CESCCO. Gestión de residuos eléctricos y electrónicos en Honduras. Tegucigalpa. 2014.

Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio

Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011.

9. Anexos

Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio

Institución Funcionario Cargo

AMDC

German Pavón Sub.director

Silvia Becerra Asistente UGA

Erick Fortín Jefe de Control Ambiental UGA

Mario Nájera Jefe Municipal PS

APROCAHFE Raúl Bonilla Blanco Gerente de División

CGG José Silva Especialista en Planificación

CONASA Ciriaco Suazo Especialista Ambiental

Luis Romero Director Técnico

CONEANFO Nidia Pineda Coordinadora de la Unidad de Planificación Educativa

COPECO Liber Fino Jefe UGA

Cuerpo de Bomberos J. Silva Comandante

Arturo Sevilla Encardo de la Brigada de Materiales Peligrosos

DEI

Esmeralda Quintero Jefe del Departamento Técnico Aduanero

Karla Zúniga Encargada de Sección de Clasificación Arancelaria

Wendy Ochoa Clasificación Arancelaria

Nery Avilez Analista Aduanera Empresa Nacional Portuaria César Pineda Jefe del Departamento de Higiene y Seguridad Industrial y

Ambiental

FAO Mirza Castro Asesora

FHIS Fany García FHIS DIM

Hospital Escuela Isis Flores Asistente

Fredal Merlo Jefe del Departamento de Servicios Generales

IHCAFE Nelson Funez Gerente Técnico

Osmar Matute Jefe del Centro de Investigación

IHSS Denis Hernández Supervisor DSH

INSEP Pablo César Santos Inspector, Dirección General de Transporte

Eduardo Recarte Inspector, Dirección General de Transporte

Marcia López Asesor Técnico, Dirección General de Transporte Instituto Nacional del Tórax Mario Gómez Jefe de Servicios Generales

Marina Mercante Laura Rivera Jefe de Prevención de la Contaminación Marina

Ministerio Público

Doris Fu Carrasco Técnico Ambiental

Edgardo Maradiaga Técnico Ambiental

Lorena Fernández Fiscal Especial del Medio Ambiente

Municipalidad de Samuel Quan Jefe del Departamento de Gestión de Residuos Sólidos

Page 75: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

75

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

UNAH-CESCCO. Gestión de residuos eléctricos y electrónicos en Honduras. Tegucigalpa. 2014.

Universidad de Madrid, CESCCO. Evaluación del Riesgo Poblacional y Remediación del Sitio

Contaminado por una antigua Fábrica de Baterías en Tegucigalpa M.D.C. Tegucigalpa. 2011.

9. Anexos

Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio

Institución Funcionario Cargo

AMDC

German Pavón Sub.director

Silvia Becerra Asistente UGA

Erick Fortín Jefe de Control Ambiental UGA

Mario Nájera Jefe Municipal PS

APROCAHFE Raúl Bonilla Blanco Gerente de División

CGG José Silva Especialista en Planificación

CONASA Ciriaco Suazo Especialista Ambiental

Luis Romero Director Técnico

CONEANFO Nidia Pineda Coordinadora de la Unidad de Planificación Educativa

COPECO Liber Fino Jefe UGA

Cuerpo de Bomberos J. Silva Comandante

Arturo Sevilla Encardo de la Brigada de Materiales Peligrosos

DEI

Esmeralda Quintero Jefe del Departamento Técnico Aduanero

Karla Zúniga Encargada de Sección de Clasificación Arancelaria

Wendy Ochoa Clasificación Arancelaria

Nery Avilez Analista Aduanera Empresa Nacional Portuaria César Pineda Jefe del Departamento de Higiene y Seguridad Industrial y

Ambiental

FAO Mirza Castro Asesora

FHIS Fany García FHIS DIM

Hospital Escuela Isis Flores Asistente

Fredal Merlo Jefe del Departamento de Servicios Generales

IHCAFE Nelson Funez Gerente Técnico

Osmar Matute Jefe del Centro de Investigación

IHSS Denis Hernández Supervisor DSH

INSEP Pablo César Santos Inspector, Dirección General de Transporte

Eduardo Recarte Inspector, Dirección General de Transporte

Marcia López Asesor Técnico, Dirección General de Transporte Instituto Nacional del Tórax Mario Gómez Jefe de Servicios Generales

Marina Mercante Laura Rivera Jefe de Prevención de la Contaminación Marina

Ministerio Público

Doris Fu Carrasco Técnico Ambiental

Edgardo Maradiaga Técnico Ambiental

Lorena Fernández Fiscal Especial del Medio Ambiente

Municipalidad de Samuel Quan Jefe del Departamento de Gestión de Residuos Sólidos

9. Anexos

Anexo 1. Actores Claves para el Desarrollo del Estudio

Institución Funcionario Cargo

AMDC

German Pavón Sub.director

Silvia Becerra Asistente UGA

Erick Fortín Jefe de Control Ambiental UGA

Mario Nájera Jefe Municipal PS

APROCAHFE Raúl Bonilla Blanco Gerente de División

CGG José Silva Especialista en Planificación

CONASA Ciriaco Suazo Especialista Ambiental

Luis Romero Director Técnico

CONEANFO Nidia Pineda Coordinadora de la Unidad de Planificación Educativa

COPECO Liber Fino Jefe UGA

Cuerpo de Bomberos J. Silva Comandante

Arturo Sevilla Encardo de la Brigada de Materiales Peligrosos

DEI

Esmeralda Quintero Jefe del Departamento Técnico Aduanero

Karla Zúniga Encargada de Sección de Clasificación Arancelaria

Wendy Ochoa Clasificación Arancelaria

Nery Avilez Analista Aduanera Empresa Nacional Portuaria César Pineda Jefe del Departamento de Higiene y Seguridad Industrial y

Ambiental

FAO Mirza Castro Asesora

FHIS Fany García FHIS DIM

Hospital Escuela Isis Flores Asistente

Fredal Merlo Jefe del Departamento de Servicios Generales

IHCAFE Nelson Funez Gerente Técnico

Osmar Matute Jefe del Centro de Investigación

IHSS Denis Hernández Supervisor DSH

INSEP Pablo César Santos Inspector, Dirección General de Transporte

Eduardo Recarte Inspector, Dirección General de Transporte

Marcia López Asesor Técnico, Dirección General de Transporte Instituto Nacional del Tórax Mario Gómez Jefe de Servicios Generales

Marina Mercante Laura Rivera Jefe de Prevención de la Contaminación Marina

Ministerio Público

Doris Fu Carrasco Técnico Ambiental

Edgardo Maradiaga Técnico Ambiental

Lorena Fernández Fiscal Especial del Medio Ambiente

Municipalidad de Samuel Quan Jefe del Departamento de Gestión de Residuos Sólidos

Page 76: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

76

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Comayagua

Municipalidad de Potrerillos Kelvin Hernández Gerente del Relleno Sanitario

Municipalidad de Puerto Cortés Kay Bodden Jefe de Departamento Ambiental

Municipalidad de San Pedro Sula José Agurcia Jefatura de Desechos Sólidos

OIRSA José Luis Maradiaga Oficial de Servicios Delegados

Norlan Hernández Jefe Cuarentena Agropecuaria Toncontín

Policía Nacional Ramón Banegas Sub-Director Nacional de Tránsito

Proyecto COPS2 Mirta Ferrari Especialista FICE

Pablo Rodríguez Sub-Coordinador

Vivian Cárdenas Especialista Económico-Institucional

SAG

Juan Ramón Velásquez Coordinador DIA

Karen Araujo Supervisor Oficial DIA

Juan Vicente Barrios Oficial de Registro y Fiscalización de Plaguicidas

Emérita Ávila Técnico de Plaguicidas

Martha Beatriz Canales Asesor Legal

Julio Hernández Asesor Legal SENASA

Dímpida Meléndez UPEG SAG

Concepción Arias UPEG SAG

SANAA

Gerson Urtecho Asistente Técnico DIAT/SANAA

Lourdes Reyes Jefe de Control de Calidad

Ela Rivera División Técnica

Mirna Argueta Directora Nacional

SDE Santiago Mejía Secretario Ejecutivo de la Unidad Técnica de Biocombustibles

SED

Arely Argueta Jefe DECOAS

Fabio Zelaya Técnico DECOAS

Oscar Ortega Técnico DECOAS

Verónica Castellanos Asistente Técnico

Rusbelinda Sánchez Jefe del Departamento de Educación de Adultos

SEFIN Leonardo Matute Coordinador de Unidad de Cambio Climático

SERNA

Carlos Pineda Fasquelle Viceministro

Julio Eguigure Director DECA

Luisa Canelas Analista Ambiental DECA

Kessel Rosales Director DGA

Eleonora Aguilar Coordinadora DECAM

Yoycelin Rodas Asistente

Marvin Martínez Coordinador del Dpto. de Residuos Sólidos

Fresia Rovelo Planificador UPEG

Marcela Bustillo Planificador UPEG

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77

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Comayagua

Municipalidad de Potrerillos Kelvin Hernández Gerente del Relleno Sanitario

Municipalidad de Puerto Cortés Kay Bodden Jefe de Departamento Ambiental

Municipalidad de San Pedro Sula José Agurcia Jefatura de Desechos Sólidos

OIRSA José Luis Maradiaga Oficial de Servicios Delegados

Norlan Hernández Jefe Cuarentena Agropecuaria Toncontín

Policía Nacional Ramón Banegas Sub-Director Nacional de Tránsito

Proyecto COPS2 Mirta Ferrari Especialista FICE

Pablo Rodríguez Sub-Coordinador

Vivian Cárdenas Especialista Económico-Institucional

SAG

Juan Ramón Velásquez Coordinador DIA

Karen Araujo Supervisor Oficial DIA

Juan Vicente Barrios Oficial de Registro y Fiscalización de Plaguicidas

Emérita Ávila Técnico de Plaguicidas

Martha Beatriz Canales Asesor Legal

Julio Hernández Asesor Legal SENASA

Dímpida Meléndez UPEG SAG

Concepción Arias UPEG SAG

SANAA

Gerson Urtecho Asistente Técnico DIAT/SANAA

Lourdes Reyes Jefe de Control de Calidad

Ela Rivera División Técnica

Mirna Argueta Directora Nacional

SDE Santiago Mejía Secretario Ejecutivo de la Unidad Técnica de Biocombustibles

SED

Arely Argueta Jefe DECOAS

Fabio Zelaya Técnico DECOAS

Oscar Ortega Técnico DECOAS

Verónica Castellanos Asistente Técnico

Rusbelinda Sánchez Jefe del Departamento de Educación de Adultos

SEFIN Leonardo Matute Coordinador de Unidad de Cambio Climático

SERNA

Carlos Pineda Fasquelle Viceministro

Julio Eguigure Director DECA

Luisa Canelas Analista Ambiental DECA

Kessel Rosales Director DGA

Eleonora Aguilar Coordinadora DECAM

Yoycelin Rodas Asistente

Marvin Martínez Coordinador del Dpto. de Residuos Sólidos

Fresia Rovelo Planificador UPEG

Marcela Bustillo Planificador UPEG

Fausto Díaz Técnico Especial UCMR-SERNA

Manuel López Luna Director Nacional de Cambio Climático

Aracely Membreño Analista Ambiental

Julio Rivas Asesor Técnico

Julio Castrillo Asistente de Secretaría General ICF

Víctor Meléndez Director CESCCO

Alma de Nájera Sub-directora CESCCO

Indira Sierra Analista Ambiental

Nelly Cálix Analista Ambiental CESCCO

Marco Cálix Asesor Legal, CESCCO

Diana Sequeira Asesora Legal

Roger Bautista Asistente

Rina Mejía Analista Ambiental

Ramón Nuila Enlace de Comunicación

Javier Conlo Comunicación UCI

Martha Cabrera Asistente DGPQ

Ana Ramírez Jefe DGPQ

Marsy Barahona Analista Ambiental

SESAL

German Adalid Alfaro Jefe del Departamento Técnico Normativo

Wilberto Montalván PNCHL SESAL

Lavinia Silva Regulación Sanitaria

Blanca Luz Acosta Jefe del Departamento de Ingeniería

Bredy Lara Director General de Vigilancia de Salud

Gustavo Urbina Coordinador de Vigilancia de IAP

Rosibel Nasser Técnico DGRS

Amy Tovar Técnico DGVS, Coordinadora CNG

Oscar Adán Herrera Técnico del Departamento de Hospitales

STSS Cruz Rosales Inspector de Higiene y Seguridad

Selim Nazar Médico

UNITEC Marlon Brevé Vicerrector Académico

UPNFM Javier García Departamento de Ciencias Naturales

 

 

Page 78: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

78

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Anexo 2. Preguntas de Investigación  

Marco Jurídico

1. ¿Cuál es la legislación internacional vinculante a la gestión de los COPs? 2. ¿Cuál legislación internacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010

a la fecha? 3. ¿Cuál legislación nacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010 a la

fecha? 4. ¿Existe normativa vinculada a la gestión de COPs que aún no haya sido aprobada, o

habiéndolo sido no está aún en vigencia? 5. ¿Los instrumentos normativos que fueron elaborados en el marco del Programa COPs II

son pertinentes para la adecuada gestión de estas sustancias? 6. ¿Existe armonía entre la normativa vinculada a la gestión de COPs en el país? De no haberla,

¿cuáles son las causas? 7. ¿Abarca la legislación existente a todas las etapas del ciclo de vida de los COPs? 8. ¿Cuáles son los vacíos legales referentes a la gestión de los COPs?

Marco Institucional

1. ¿Existen capacidades institucionales a nivel nacional para la gestión de COPs que sean contenidas en la legislación que ha sido promulgada del 2010 a la fecha?

2. De haber capacidades nacionales instaladas para la gestión de COPs, ¿incluyen estrategias de igualdad de género, participación comunitaria, equidad y responsabilidad compartida?

3. ¿Cómo abordan la problemática de los COPs las instituciones gubernamentales más relevantes?

4. ¿Existe una estructura institucional adecuada para el cumplimiento de los indicadores para la gestión de los COPs?

Plan de Nación, Visión de País

1. ¿Puede vincularse la gestión de los COPs con la Visión de País y el Plan de Nación?

Indicadores de Resultados del PNI

1. ¿Es pertinente el diagnóstico de la gestión de COPs en Honduras sobre la que se basa el diseño del PNI?

2. ¿Hay coherencia entre la Política de Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos y el PNI?

3. ¿Se cumple el Plan nacional de Implementación del 2009, particularmente a los que los indicadores 4 y 5 se refiere?

Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional  

INSTITUCION

DEPENDENCIA

ENTREVISTADO

CARGO

FECHA

1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?

b. Si b. Algo c. No

3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?

a. Si b. Algo c. No

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SERNA / ONUDI / GEF

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Anexo 2. Preguntas de Investigación  

Marco Jurídico

1. ¿Cuál es la legislación internacional vinculante a la gestión de los COPs? 2. ¿Cuál legislación internacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010

a la fecha? 3. ¿Cuál legislación nacional vinculante para la gestión de COPs ha sido ratificada del 2010 a la

fecha? 4. ¿Existe normativa vinculada a la gestión de COPs que aún no haya sido aprobada, o

habiéndolo sido no está aún en vigencia? 5. ¿Los instrumentos normativos que fueron elaborados en el marco del Programa COPs II

son pertinentes para la adecuada gestión de estas sustancias? 6. ¿Existe armonía entre la normativa vinculada a la gestión de COPs en el país? De no haberla,

¿cuáles son las causas? 7. ¿Abarca la legislación existente a todas las etapas del ciclo de vida de los COPs? 8. ¿Cuáles son los vacíos legales referentes a la gestión de los COPs?

Marco Institucional

1. ¿Existen capacidades institucionales a nivel nacional para la gestión de COPs que sean contenidas en la legislación que ha sido promulgada del 2010 a la fecha?

2. De haber capacidades nacionales instaladas para la gestión de COPs, ¿incluyen estrategias de igualdad de género, participación comunitaria, equidad y responsabilidad compartida?

3. ¿Cómo abordan la problemática de los COPs las instituciones gubernamentales más relevantes?

4. ¿Existe una estructura institucional adecuada para el cumplimiento de los indicadores para la gestión de los COPs?

Plan de Nación, Visión de País

1. ¿Puede vincularse la gestión de los COPs con la Visión de País y el Plan de Nación?

Indicadores de Resultados del PNI

1. ¿Es pertinente el diagnóstico de la gestión de COPs en Honduras sobre la que se basa el diseño del PNI?

2. ¿Hay coherencia entre la Política de Gestión Ambientalmente Racional de Productos Químicos y el PNI?

3. ¿Se cumple el Plan nacional de Implementación del 2009, particularmente a los que los indicadores 4 y 5 se refiere?

Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional  

INSTITUCION

DEPENDENCIA

ENTREVISTADO

CARGO

FECHA

1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?

b. Si b. Algo c. No

3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?

a. Si b. Algo c. No

Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional  

INSTITUCION

DEPENDENCIA

ENTREVISTADO

CARGO

FECHA

1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?

b. Si b. Algo c. No

3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?

a. Si b. Algo c. No

Anexo 3. Cuestionario para el Levantamiento de Información Institucional  

INSTITUCION

DEPENDENCIA

ENTREVISTADO

CARGO

FECHA

1. ¿Conoce el contenido del Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

2. ¿Conoce el Plan de Implementación del Convenio de Estocolmo en Honduras?

b. Si b. Algo c. No

3. ¿Sabe cuáles son las sustancias contaminantes prohibidas por el Convenio de Estocolmo?

a. Si b. Algo c. No

4. ¿Tiene la institución áreas/departamentos con funciones específicas vinculadas a la gestión de los COPs? ¿Cuáles son? ¿Qué funciones específicas tiene asignadas? ¿Desde cuándo?

a. Si b. Algo c. No

Page 80: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

80

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Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Page 81: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

81

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Áreas/Departamentos

Funciones Antigüedad

5. ¿Han sido estas funciones asignadas por un instrumento normativo (ley / reglamento / norma técnica)? ¿Cuál?

a. Si b. No

Instrumentos

6. ¿En cuál etapa del ciclo de vida de los COPs incide directamente la institución? ¿De qué manera incide?

Extracción

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Producción

Formulación

Exportación

Importación

Almacenamiento

Transporte

Uso

Desecho Final

Disposición

7. ¿Qué recursos tiene asignados la institución para la gestión de COPs? ¿Desde cuándo?

Recursos Antigüedad

8. ¿Qué acciones ha implementado anteriormente la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones Antigüedad

9. ¿Qué acciones está implementando la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Acciones

Antigüedad

Page 82: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

82

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

Page 83: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

83

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

10. ¿Qué acciones están por implementarse en la institución para cumplir con los mandatos del Convenio de Estocolmo?

Recursos Antigüedad

11. ¿Qué estrategias ha implementado para incluir la integración de género en esas acciones?

12. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la participación comunitaria en esas acciones?

13. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la equidad social en esas acciones?

14. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la responsabilidad compartida en esas acciones?

15. ¿Interactúa la institución con otras en acciones vinculadas a la gestión de COPs? ¿Cuáles instituciones? ¿Cuáles acciones?

a. Si b. No

Instituciones

Acciones

16. ¿Hay estrategias/acciones que pudiera implementar esa institución para cumplir el Convenio de Estocolmo que aún no se han implementado y/o planificado?

 

14. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la responsabilidad compartida en esas acciones?

15. ¿Interactúa la institución con otras en acciones vinculadas a la gestión de COPs? ¿Cuáles instituciones? ¿Cuáles acciones?

a. Si b. No

Instituciones

Acciones

16. ¿Hay estrategias/acciones que pudiera implementar esa institución para cumplir el Convenio de Estocolmo que aún no se han implementado y/o planificado?

 

14. ¿Qué estrategias ha implementado para fortalecer la responsabilidad compartida en esas acciones?

15. ¿Interactúa la institución con otras en acciones vinculadas a la gestión de COPs? ¿Cuáles instituciones? ¿Cuáles acciones?

a. Si b. No

Instituciones

Acciones

16. ¿Hay estrategias/acciones que pudiera implementar esa institución para cumplir el Convenio de Estocolmo que aún no se han implementado y/o planificado?

 

Page 84: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

84

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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Anexo 4. Instrumento de Validación

INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN

TALLER 6 DE FEBRERO DE 2014

ESTUDIO LEGAL INSTITUCIONAL

MARCO JURIDICO

1. A continuación se presenta una serie de instrumentos jurídicos. Determinar, marcando con una x, el nivel de relevancia de estos con la implementación del Convenio de Estocolmo. Si no conoce el contenido del instrumento propuesto dejar en blanco.

Instrumento Nivel de relevancia Observaciones

No es relevante

Es algo relevante

Es muy relevante

Constitución de la República

Ley General del Ambiente

Código de Salud

Ley Fitozoosanitaria

Ley de Ordenamiento Territorial

Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental

Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos

Ley General de Aguas

Ley Marco del Sector de Agua

Anexo 4. Instrumento de Validación

INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN

TALLER 6 DE FEBRERO DE 2014

ESTUDIO LEGAL INSTITUCIONAL

MARCO JURIDICO

1. A continuación se presenta una serie de instrumentos jurídicos. Determinar, marcando con una x, el nivel de relevancia de estos con la implementación del Convenio de Estocolmo. Si no conoce el contenido del instrumento propuesto dejar en blanco.

Instrumento Nivel de relevancia Observaciones

No es relevante

Es algo relevante

Es muy relevante

Constitución de la República

Ley General del Ambiente

Código de Salud

Ley Fitozoosanitaria

Ley de Ordenamiento Territorial

Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental

Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos

Ley General de Aguas

Ley Marco del Sector de Agua

Page 85: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

85

SERNA / ONUDI / GEF

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Anexo 4. Instrumento de Validación

INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN

TALLER 6 DE FEBRERO DE 2014

ESTUDIO LEGAL INSTITUCIONAL

MARCO JURIDICO

1. A continuación se presenta una serie de instrumentos jurídicos. Determinar, marcando con una x, el nivel de relevancia de estos con la implementación del Convenio de Estocolmo. Si no conoce el contenido del instrumento propuesto dejar en blanco.

Instrumento Nivel de relevancia Observaciones

No es relevante

Es algo relevante

Es muy relevante

Constitución de la República

Ley General del Ambiente

Código de Salud

Ley Fitozoosanitaria

Ley de Ordenamiento Territorial

Ley Especial de Educación y Comunicación Ambiental

Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos

Ley General de Aguas

Ley Marco del Sector de Agua

Potable y Saneamiento

Ley de Municipalidades

Ley de Pesca

Ley de Transporte

Ley de Aeronáutica Civil

Ley Orgánica de la Marina Mercante

Ley de Aduanas

Código de Trabajo

Reglamento General de la Ley del Ambiente

Reglamento del SINEIA

Reglamento de Auditorías Ambientales

Reglamento de Registro Nacional de prestadores de Servicios Ambientales

Tabla de Categorización Ambiental

Reglamento de Salud Ambiental

Reglamento para el Control Sanitario de Productos y Servicios de Establecimientos de Interés Sanitario

Page 86: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

86

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Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial

Reglamento del SINAGER

Reglamento de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento

Reglamento de Salud Pesquera y Acuícola

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos

Reglamento para el manejo de Desechos Peligrosos Generados en los Establecimientos de Salud

Reglamento sobre el registro, uso y control de plaguicidas y sustancias afines

Reglamento General de Transporte

Reglamento de Transporte Marítimo

Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales

Page 87: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

87

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial

Reglamento del SINAGER

Reglamento de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento

Reglamento de Salud Pesquera y Acuícola

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos

Reglamento para el manejo de Desechos Peligrosos Generados en los Establecimientos de Salud

Reglamento sobre el registro, uso y control de plaguicidas y sustancias afines

Reglamento General de Transporte

Reglamento de Transporte Marítimo

Reglamento Nacional de Descarga y Reutilización de Aguas Residuales

Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduana Privados de Excepción

Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Reglamento de Cuarentena Agropecuaria

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos

2. Señalar otros instrumentos jurídicos que no fueron considerados y que Usted considere relevantes, indicando por qué.

Instrumento Propuesto Observaciones

Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduana Privados de Excepción

Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Reglamento de Cuarentena Agropecuaria

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos

2. Señalar otros instrumentos jurídicos que no fueron considerados y que Usted considere relevantes, indicando por qué.

Instrumento Propuesto Observaciones

Reglamento de los Almacenes Generales de Depósito y de los Depósitos de Aduana Privados de Excepción

Reglamento General de Medidas Preventivas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

Reglamento de Cuarentena Agropecuaria

Reglamento para el Manejo Integral de Residuos Sólidos

2. Señalar otros instrumentos jurídicos que no fueron considerados y que Usted considere relevantes, indicando por qué.

Instrumento Propuesto Observaciones

Page 88: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

88

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementación del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

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MARCO INSTITUCIONAL

1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.

INSTITUCION

Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide

Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

DEI x x x x x

STSS x x x x x x x

Secretaría de Salud x x x x

INSEP x

IHSS x x x x x x x

SDE x

SAG x x x x x x x x x

Secretaría de Educación x x x x x

SERNA x x x x x x x x

Municipalidades x x x x

Ministerio Público x x x

Bomberos x x

IHCAFE x x x x x

OIRSA x x x

No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas

Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida

2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.

Nombre de la Institución

MARCO INSTITUCIONAL

1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.

INSTITUCION

Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide

Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

DEI x x x x x

STSS x x x x x x x

Secretaría de Salud x x x x

INSEP x

IHSS x x x x x x x

SDE x

SAG x x x x x x x x x

Secretaría de Educación x x x x x

SERNA x x x x x x x x

Municipalidades x x x x

Ministerio Público x x x

Bomberos x x

IHCAFE x x x x x

OIRSA x x x

No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas

Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida

2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.

Nombre de la Institución

MARCO INSTITUCIONAL

1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.

INSTITUCION

Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide

Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

DEI x x x x x

STSS x x x x x x x

Secretaría de Salud x x x x

INSEP x

IHSS x x x x x x x

SDE x

SAG x x x x x x x x x

Secretaría de Educación x x x x x

SERNA x x x x x x x x

Municipalidades x x x x

Ministerio Público x x x

Bomberos x x

IHCAFE x x x x x

OIRSA x x x

No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas

Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida

2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.

Nombre de la Institución

Page 89: Legal Institucional del Convenio de Estocolmo sobre COPs

89

SERNA / ONUDI / GEF

Estudio Legal - Institucional sobre la Gestión de los COPs en Honduras | 2014Secretaría de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas

MARCO INSTITUCIONAL

1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.

INSTITUCION

Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide

Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

DEI x x x x x

STSS x x x x x x x

Secretaría de Salud x x x x

INSEP x

IHSS x x x x x x x

SDE x

SAG x x x x x x x x x

Secretaría de Educación x x x x x

SERNA x x x x x x x x

Municipalidades x x x x

Ministerio Público x x x

Bomberos x x

IHCAFE x x x x x

OIRSA x x x

No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas

Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida

2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.

Nombre de la Institución

MARCO INSTITUCIONAL

1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.

INSTITUCION

Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide

Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

DEI x x x x x

STSS x x x x x x x

Secretaría de Salud x x x x

INSEP x

IHSS x x x x x x x

SDE x

SAG x x x x x x x x x

Secretaría de Educación x x x x x

SERNA x x x x x x x x

Municipalidades x x x x

Ministerio Público x x x

Bomberos x x

IHCAFE x x x x x

OIRSA x x x

No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas

Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida

2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.

Nombre de la Institución

MARCO INSTITUCIONAL

1. Determinar si la relación de incidencia entre las instituciones abajo señaladas y las diferentes etapas de vida de los COPs es correcta. Utilizar el segundo recuadro para indicar las inconsistencias.

INSTITUCION

Etapa del Ciclo de Vida de COPs en los que incide

Producción Formulación Exportación Importación Almacenamiento Transporte Uso Disposición Desecho

DEI x x x x x

STSS x x x x x x x

Secretaría de Salud x x x x

INSEP x

IHSS x x x x x x x

SDE x

SAG x x x x x x x x x

Secretaría de Educación x x x x x

SERNA x x x x x x x x

Municipalidades x x x x

Ministerio Público x x x

Bomberos x x

IHCAFE x x x x x

OIRSA x x x

No tienen incidencia Inciden y no fueron consideradas

Institución Etapa del Ciclo de Vida Institución Etapa del Ciclo de Vida

2. Proveer la siguiente información sobre la institución que usted representa.

Nombre de la Institución

Tipo de Institución �Gubernamental �Privada �AcadŽmica �ONG/OPD/Coop

Estructura Organizativa � Ente Funcional �Ente Formal

Dependencias Vinculadas con la Gestión de COPs

Recursos/Capacidades

Base Legal

Presupuestarios

Logísticos

Humanos

Técnicos

Funciones �Normador �Administrador �Pol’tico

Convenios Interinstitucionales Relevantes para la Gestión de COPs

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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90

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Anexo 5. Rubrica para validación del Estudio Legal- Institucional  

Nombre: _______________________________________________________________________

Institución: ____________________________________________________________________

Instrucciones:

Marcar con una X la afirmación que mejor describa al documento evaluado, de acuerdo a los criterios establecidos para cada elemento a evaluar.

En el caso de que no sea calificado de manera “excelente o muy bueno” alguno de los elementos, por favor justificar su decisión en la parte inferior del cuadro.

1.- Esquema del informe

Justificación:

Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente

Estructura general

Se ha realizado una presentación general de la estructura de forma lógica, coherente y ordenada.

Se ha realizado una presentación general de la estructura, ordenada pero discreta respecto al planteamiento del tema.

Se ha realizado una presentación general confusa, desordenada e incoherente

Distribución de temas a tratar

Los temas en los que se subdivide el problema principal son trascendentes para su solución.

Algunos de los subapartados propuestos son innecesarios. Su eliminación mejoraría el esquema final.

Hay un exceso de cuestiones a tratar. Hará difícil que se abarque el objetivo propuesto.

2.- Contenido

Justificación:

Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente

Definición del problema

El problema está definido y justificado. Se ha realizado un planteamiento correcto del problema que se pretende analizar.

El problema aparece definido pero con algunas deficiencias.

No aparece el problema definido ni justificado

Coherencia con el Problema principal

El contenido responde coherentemente al problema principal planteado. El informe responde la pregunta de investigación

Se plantea más de un problema aunque se reconduce al problema principal manteniendo cierta coherencia.

Hay varios problemas identificados. El informe carece de coherencia El informe es panorámico y no responde concluyentemente la pregunta de investigación.

Fuentes utilizadas Las fuentes son idóneas y aportan toda la información relevante para la construcción del informe.

Las fuentes son apropiadas, pero no se consideraron otras que son relevantes.

Las fuentes carecen de relevancia para la construcción del informe.

Conclusiones Las conclusiones elaboradas responden directamente a los objetivos de la investigación

Las conclusiones dejan vacíos en relación a los objetivos planteados para la investigación

Las conclusiones no abordan los temas planteados en los objetivos de la investigación

Recomendaciones Las recomendaciones planteadas son relevantes para el propósito de la investigación.

Las recomendaciones planteadas tienen alguna relevancia para el propósito de la investigación.

Las recomendaciones no tienen ninguna relevancia para el propósito de la investigación.

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Anexo 5. Rubrica para validación del Estudio Legal- Institucional  

Nombre: _______________________________________________________________________

Institución: ____________________________________________________________________

Instrucciones:

Marcar con una X la afirmación que mejor describa al documento evaluado, de acuerdo a los criterios establecidos para cada elemento a evaluar.

En el caso de que no sea calificado de manera “excelente o muy bueno” alguno de los elementos, por favor justificar su decisión en la parte inferior del cuadro.

1.- Esquema del informe

Justificación:

Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente

Estructura general

Se ha realizado una presentación general de la estructura de forma lógica, coherente y ordenada.

Se ha realizado una presentación general de la estructura, ordenada pero discreta respecto al planteamiento del tema.

Se ha realizado una presentación general confusa, desordenada e incoherente

Distribución de temas a tratar

Los temas en los que se subdivide el problema principal son trascendentes para su solución.

Algunos de los subapartados propuestos son innecesarios. Su eliminación mejoraría el esquema final.

Hay un exceso de cuestiones a tratar. Hará difícil que se abarque el objetivo propuesto.

2.- Contenido

Justificación:

Criterio Excelente/Muy bueno Adecuado/Bueno Insuficiente/Deficiente

Definición del problema

El problema está definido y justificado. Se ha realizado un planteamiento correcto del problema que se pretende analizar.

El problema aparece definido pero con algunas deficiencias.

No aparece el problema definido ni justificado

Coherencia con el Problema principal

El contenido responde coherentemente al problema principal planteado. El informe responde la pregunta de investigación

Se plantea más de un problema aunque se reconduce al problema principal manteniendo cierta coherencia.

Hay varios problemas identificados. El informe carece de coherencia El informe es panorámico y no responde concluyentemente la pregunta de investigación.

Fuentes utilizadas Las fuentes son idóneas y aportan toda la información relevante para la construcción del informe.

Las fuentes son apropiadas, pero no se consideraron otras que son relevantes.

Las fuentes carecen de relevancia para la construcción del informe.

Conclusiones Las conclusiones elaboradas responden directamente a los objetivos de la investigación

Las conclusiones dejan vacíos en relación a los objetivos planteados para la investigación

Las conclusiones no abordan los temas planteados en los objetivos de la investigación

Recomendaciones Las recomendaciones planteadas son relevantes para el propósito de la investigación.

Las recomendaciones planteadas tienen alguna relevancia para el propósito de la investigación.

Las recomendaciones no tienen ninguna relevancia para el propósito de la investigación.

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Anexo 6. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y la Constitución de la República de Honduras  

ARTÍCULO CONVENCIONAL

DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CONSTITUCIONAL

DESCRIPCIÓN

Artículo 1 Protección de la salud humana y medio ambiente

Artículo 1 Naturaleza del Estado

Artículo 65 Derecho a la vida.

Artículo 145 Derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento. Obligación del Estado a proteger el medio ambiente.

Artículo 3

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

Artículo 103

Derecho a la propiedad privada. Función social de la propiedad. Limitaciones al derecho de propiedad por motivos de necesidad o interés público.

Artículo 128.6

Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales

Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado

Artículo 155 Libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra

Artículo 24 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República

Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones

Artículo 5

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción no intencional

Artículo 128.6

Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales

Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado

Artículo 248 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República

Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones

Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos

Artículo 128.6

Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales

Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado

Artículo 248 Requisitos de validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la

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Anexo 6. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y la Constitución de la República de Honduras  

ARTÍCULO CONVENCIONAL

DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CONSTITUCIONAL

DESCRIPCIÓN

Artículo 1 Protección de la salud humana y medio ambiente

Artículo 1 Naturaleza del Estado

Artículo 65 Derecho a la vida.

Artículo 145 Derecho a la salud, al acceso al agua y al saneamiento. Obligación del Estado a proteger el medio ambiente.

Artículo 3

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

Artículo 103

Derecho a la propiedad privada. Función social de la propiedad. Limitaciones al derecho de propiedad por motivos de necesidad o interés público.

Artículo 128.6

Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales

Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado

Artículo 155 Libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra

Artículo 24 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República

Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones

Artículo 5

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción no intencional

Artículo 128.6

Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales

Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado

Artículo 248 Validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la República

Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones

Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos

Artículo 128.6

Obligación del patrono a cumplir y hacer cumplir en su establecimiento medidas de salubridad y prevención de riesgos profesionales

Artículo 146 Regulación de productos químicos por parte del Estado

Artículo 248 Requisitos de validez de los instrumentos legales creados por el Presidente de la

República

Artículo 331 Libertades ciudadanas y sus limitaciones

Artículo 7

Plan de Implementación

Artículo 111 Grupos/instituciones sociales especialmente tutelados por el Estado de Honduras

Artículo 123 Derechos del niño

Artículo 127 Derecho al trabajo

Artículo 142 Derecho a la Seguridad Social

Artículo 149

Atribución a la Secretaría de Salud para la coordinación de un plan nacional de salud

Artículo 245.22

Atribución de la Presidencia de la República de formular, dirigir y ejecutar el plan nacional de desarrollo

Artículo 329 Planificación estratégica del desarrollo económico y social

Artículo 345 La Reforma Agraria como parte esencial de la planificación estratégica

Artículo 10

Información, sensibilización y formación del público

Artículo 125 Deber de cooperación de los medios de comunicación con la formación de los niños

Artículo 162 Obligaciones de los docentes con la sociedad

Artículo 176 Obligaciones de los medios de comunicación

Artículo 182 Garantías Constitucionales. Habeas Data.

Artículo 245.29

Atribución de la Presidencia de la República para adoptar medidas para la prevención y promoción de la salud de los habitantes.

Artículo 274 Obligación de las Fuerzas Armadas de cooperar con las secretarías de Estado en temas como educación, ambiente y sanidad.

Artículo 11 Investigación, desarrollo y vigilancia Artículo 155 Libertad de investigación, de aprendizaje y de cátedra

Artículo 12 Asistencia Técnica Artículo 205.29 Atribución del Congreso Nacional para autorizar la recepción de cooperación técnica

Artículo 13 Mecanismos y Recursos Financieros Artículo 365 Atribución del Poder Ejecutivo para atender compromisos financieros internacionales

Artículo 18

Solución de Controversias Artículo 15 Principios del Derecho Internacional Público. Validez y obligatoriedad de sentencias arbitrales y judiciales de carácter internacional

Artículo 24 Firma del Convenio Artículo 245.13 Atribución de la Presidencia de la República para la celebración de tratados y convenios

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Artículo 25 Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Convenio

Artículo 16 Aprobación de tratados internacionales por parte del Congreso nacional previa ratificación

Artículo 205.30

Atribución del Congreso Nacional con relación a la aprobación de tratados internacionales

Artículo 245.13 Celebrar y ratificar tratados y convenios internacionales

 

Anexo 7. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano  

ARTÍCULO CONVENCIONAL

DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CODIFICADO

DESCRIPCIÓN

Artículo 3

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas

Artículo 9 Facultad del control aduanero

Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera

Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías

Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas

Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas

Artículo 6

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos

Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas

Artículo 9 Facultad del control aduanero

Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera

Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías

Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas

Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas

Artículo 9

Intercambio de información

Artículo 11 Implementación de técnicas de gestión de riesgo

Artículo 16 Intercambio de información entre los servicios aduaneros

Artículo 17 Reconocimiento mutuo de las actuaciones de los servicios aduaneros

Artículo 95 Creación de la base de datos regional de

transportistas aduaneros

Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano

ARTÍCULO CONVENCIONAL

DESCRIPCIÓN ARTÍCULO REGLAMENTARIO

DESCRIPCIÓN

Artículo 3

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

Artículo 8 Control Aduanero

Artículo 12 Retención o incautación de mercancías

Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones

Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas

Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados

Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas

Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte

Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo

Artículo 239 Inspección y registro

Artículo 242 Obligación de proporcionar información

Artículo 243 Información del manifiesto de la carga

Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras

Artículo 335 Establece la metodología para análisis del riesgo en la importación

Artículo 336 Establece el procedimiento para la verificación inmediata de mercaderías

Artículo 337 Establece la obligación del declarante de poner a disposición del oficial aduanero la mercancía para su verificación

Artículo 338 Obligación del declarante de manipular la mercancía cuando para su reconocimiento se requiera medidas técnicas especializadas

Artículo 341 Extracción de muestras

Artículo 344 Procedimiento de extracción de muestras

Artículo 345 Remisión de muestras a laboratorio

Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las Artículo 8 Control Aduanero

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Artículo 25 Ratificación, aceptación, aprobación o adhesión al Convenio

Artículo 16 Aprobación de tratados internacionales por parte del Congreso nacional previa ratificación

Artículo 205.30

Atribución del Congreso Nacional con relación a la aprobación de tratados internacionales

Artículo 245.13 Celebrar y ratificar tratados y convenios internacionales

 

Anexo 7. Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Código Aduanero Uniforme Centroamericano  

ARTÍCULO CONVENCIONAL

DESCRIPCIÓN ARTÍCULO CODIFICADO

DESCRIPCIÓN

Artículo 3

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas

Artículo 9 Facultad del control aduanero

Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera

Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías

Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas

Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas

Artículo 6

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de existencias y desechos

Artículo 7 Posibilidad de habilitar aduanas especializadas

Artículo 9 Facultad del control aduanero

Artículo 12 Atribuciones de la autoridad aduanera

Artículo 60 Obligación de acatar los horarios y lugares habilitados para el ingreso o salida de mercancías

Artículo 63 Retención de mercancías prohibidas

Artículo 64 Prohibición del ingreso al territorio nacional de mercancías peligrosas

Artículo 9

Intercambio de información

Artículo 11 Implementación de técnicas de gestión de riesgo

Artículo 16 Intercambio de información entre los servicios aduaneros

Artículo 17 Reconocimiento mutuo de las actuaciones de los servicios aduaneros

Artículo 95 Creación de la base de datos regional de

transportistas aduaneros

Cuadro Relacional de las Provisiones Relevantes para la Implementación del Convenio de Estocolmo sobre COPs y el Reglamento del Código Aduanero Uniforme Centroamericano

ARTÍCULO CONVENCIONAL

DESCRIPCIÓN ARTÍCULO REGLAMENTARIO

DESCRIPCIÓN

Artículo 3

Medidas para reducir o eliminar las emanaciones derivadas de la producción y utilización intencional

Artículo 8 Control Aduanero

Artículo 12 Retención o incautación de mercancías

Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones

Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas

Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados

Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas

Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte

Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo

Artículo 239 Inspección y registro

Artículo 242 Obligación de proporcionar información

Artículo 243 Información del manifiesto de la carga

Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras

Artículo 335 Establece la metodología para análisis del riesgo en la importación

Artículo 336 Establece el procedimiento para la verificación inmediata de mercaderías

Artículo 337 Establece la obligación del declarante de poner a disposición del oficial aduanero la mercancía para su verificación

Artículo 338 Obligación del declarante de manipular la mercancía cuando para su reconocimiento se requiera medidas técnicas especializadas

Artículo 341 Extracción de muestras

Artículo 344 Procedimiento de extracción de muestras

Artículo 345 Remisión de muestras a laboratorio

Artículo 6 Medidas para reducir o eliminar las Artículo 8 Control Aduanero

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emanaciones derivadas de existencias y desechos

Artículo 12 Retención o incautación de mercancías

Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones

Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas

Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados

Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas

Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte

Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo

Artículo 239 Inspección y registro

Artículo 242 Obligación de proporcionar información

Artículo 243 Información del manifiesto de la carga

Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras

Artículo 341 Extracción de muestras

Artículo 617 Destrucción de mercancías en mal estado, inservibles o prohibidas

Artículo 7

Plan de Implementación

Artículo 4 Organización del Servicio Aduanero

Artículo 5 Funciones y atribuciones del Servicio Aduanero

Artículo 24 Atribuciones de los órganos fiscalizadores

Artículo 44 Otras facultades de los órganos fiscalizadores

Artículo 9 Intercambio de información Artículo 17 Creación de bases de datos para la gestión del riesgo

Artículo 19 Armonización de los criterios para la gestión del riesgo en el ámbito regional

Artículo 20 Creación de registros aduaneros

Artículo 22 Mecanismos para intercambio de información

Artículo 54 Reconocimiento mutuo de las acciones realizadas por los servicios aduaneros

Artículo 12 Asistencia Técnica Artículo 53 Apoyo técnico para la capacitación aduanera

 

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emanaciones derivadas de existencias y desechos

Artículo 12 Retención o incautación de mercancías

Artículo 60 Facultad de inspeccionar instalaciones

Artículo 103 Obligaciones específicas de los transportistas

Artículo 233 Prohibición de ingresar mercancías fuera de los horarios y lugares especialmente habilitados

Artículo 234 Regulaciones para el trasporte de mercancías peligrosas

Artículo 237 Medidas de control en la recepción de los medios de transporte

Artículo 238 Aplicación de criterios de riesgo

Artículo 239 Inspección y registro

Artículo 242 Obligación de proporcionar información

Artículo 243 Información del manifiesto de la carga

Artículo 315 Autorización para la extracción de muestras

Artículo 341 Extracción de muestras

Artículo 617 Destrucción de mercancías en mal estado, inservibles o prohibidas

Artículo 7

Plan de Implementación

Artículo 4 Organización del Servicio Aduanero

Artículo 5 Funciones y atribuciones del Servicio Aduanero

Artículo 24 Atribuciones de los órganos fiscalizadores

Artículo 44 Otras facultades de los órganos fiscalizadores

Artículo 9 Intercambio de información Artículo 17 Creación de bases de datos para la gestión del riesgo

Artículo 19 Armonización de los criterios para la gestión del riesgo en el ámbito regional

Artículo 20 Creación de registros aduaneros

Artículo 22 Mecanismos para intercambio de información

Artículo 54 Reconocimiento mutuo de las acciones realizadas por los servicios aduaneros

Artículo 12 Asistencia Técnica Artículo 53 Apoyo técnico para la capacitación aduanera

 

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EstudioLegal

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Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

2014

EstudioLegal

Institucional

Proyecto Actualización del Plan Nacionalde Implementación del Convenio de Estocolmo sobre

Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos

Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148

Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]

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Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) en Honduras

Proyecto Actualización del Plan Nacional de Implementacióndel Convenio de Estocolmo sobre COPs en Honduras

Edificio CESCCO SERNABarrio Morazán, Frente a la Estación de Bomberos

Tegucigalpa, M.D.C., HondurasTel.: (504) 2231-1006, (504) 2239-0194, (504) 2239-4148

Correo Electrónico: [email protected]ó[email protected]