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Dictamen de la Procuración General: El Tribunal del Trabajo nº 3 de Bragado dispuso -en lo que constituye materia de agravio- acoger parcialmente la demanda promovida por Pedro Oscar Decile contra María Teresa Raposo en cuanto perseguía el cobro de salarios adedudados y rechazar, en cambio, el reclamo indemnizatorio derivado del despido indirecto en que se colocó el accionante, el que consideró injustificado (fs. 507/520 vta.). Contra dicho pronunciamiento la parte actora interpuso recursos extraordinarios de nulidad y de inaplicabilidad de ley (v. fs. 526/531 vta.). I. En la primera de las quejas deducidas -única que recibo en vista (v. fs. 558)-, el apelante requiere se declare la nulidad del decisorio dictado sobre la base de sostener que se halla afectado de vicios que comprometen su validez constitucional, a saber: a) con transgresión de lo prescripto en el art. 168 de la Constitución provincial, los jueces de grado desestimaron la causal injuriante invocada por el actor para denunciar el contrato de trabajo mantenido con la demandada, sin advertir que en el escrito de responde, esta última no negó, desconoció ni impugnó el derecho invocado por Decile en sustento de la pretensión indemnizatoria impetrada, la que incluso fue admitida por

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Dictamen de la Procuracin General:El Tribunal del Trabajo n 3 deBragado dispuso -en lo que constituye materia de agraio-acoger parcialmente la demanda promoida por Pedro !scarDecile contra "ar#a Teresa $aposo en cuanto persegu#a elcobro de salarios adedudados y rec%a&ar' en cambio' elreclamo indemni&atorio deriado del despido indirecto enque se coloc el accionante' el que consider injusti(icado)(s* +,-.+/, ta*0*1ontra dic%o pronunciamiento laparte actora interpuso recursos e2traordinarios de nulidady de inaplicabilidad de ley )* (s* +/3.+34 ta*0*5* En la primera de las quejasdeducidas -6nicaque reciboen ista)* (s*++70-' elapelante requiere se declare la nulidad del decisoriodictado sobre la base de sostener que se %alla a(ectado deicios que comprometen su alide& constitucional' a saber:a0 con transgresin de loprescripto en el art* 437 de la 1onstitucin proincial'los jueces de grado desestimaron la causal injurianteinocada por el actor para denunciar el contrato de trabajomantenido con la demandada' sin adertir que en el escritode responde' esta 6ltima no neg' desconoci ni impugn elderec%o inocado por Decile en sustento de la pretensinindemni&atoria impetrada' la que incluso (ue admitida porla empleadora quien slo solicit al tribunal 8a quo8 queadecuara su cuanti(icacin a los t9rminos de lo prescriptopor el art* /:- de la ;ey de 1ontrato de Trabajo*> del 1digo 1iil*55* El recurso' en mi opinin' nodebe prosperar*a0 $esulta ajeno al contenidonormatio que delimita el ?mbito de actuacin del carril denulidad intentado' el agraio inculado con la presuntae2istencia de demas#a decisoria o de decisin 8e2trapetita8' pues tales supuestos importar#an eentualmentetransgresin de normas procesales' slo subsanable -deeri(icarse- por la #a de la inaplicabilidad de ley )con(*:4' sent* del /3-A5-4>7-B ;*+4*333'sent* del 4/-C-4>>3 y @c*-4*3,/' sent* del //-555-/,,,'entre muc%as m?s0*b0 ;a contradiccin que aparecepatenti&ada en el contenido de los puntos /0 y 30 de laparte dispositia del (allo' tampoco puede' en mi criterio'generar la nulidad del pronunciamiento atacado comopretende el impugnante*De la lectura de losconsiderandos ertidos en la segunda cuestin de lasentencia' surge n#tida la oluntad del ju&gador de origenen el sentido de descartar que la causal de despidoinocada por el dependiente con(igure injuria grae queautorice la denuncia de la relacin laboral %abida entrelas partes en los t9rminos de lo dispuesto por los arts*/:/ y /:3 de la ;ey de 1ontrato de Trabajo y su consecuentedecisin de rec%a&ar los rubros indemni&atorios emergentesde laresolucin sinjusta causa)er (s*+43 ta*.+47ta*0*$esuelto en esos t9rminos' nocabe m?s que interpretar que la contradiccin alegada nopasa de con(ormar un mero error material desli&adoinoluntariamente por los jueces de grado y subsanable delpropio conte2to de los considerandos del acto sentencial)con(* -' sent* del //-C-4>>3B;*3/*4,>' sent* del 44-55-4>>- y ;*33*+77' sent* del 3-A55-4>>>0'cuyo remedio'por lodem?s' debiser objetodepeticin en la instancia ordinaria a tra9s del recurso deaclaratoria que el interesado soslay deducir )con(*>30*$esta por 6ltimo seDalar que ladenuncia de iolacin de derec%os consagrados en la1onstitucin nacional' es ajena a la rbita del presentemedio de impugnacin e2traordinario )con(* >>B ;* --*+4:' sent* del /4-A-/,,3' entre otras0* En autos ela (uo' tras anali&ar detalladamentelas pruebas incorporadas a la causa' lleg a la conclusinde que deuda salarial e2istente )reconocida por lademandada0 no era lo su(icientemente signi(icatia comopara con(igurar la injuria grae que autori&a el despidoindirecto por justa causa en los t9rminos de los arts* /:/y /:3 de la ;ey de 1ontrato de Trabajo' teniendo en cuentaque la relacin laboral se %ab#a e2tendido durante m?s de33 aDos y que se acredit la e2istencia de una contingenciaeconmica des(aorable para la empresa que era conocida porel actor* Dic%a conclusin' en mi opinin' debe permanecerinconmoible' desde que el recurrente no logra demostrarcon sus a(irmaciones que la aloracin de la injuria %ayasido e(ectuada por el ju&gador de grado sin la prudenciaque la ley e2ige y menos a6n que el mismo %aya incurrido enabsurda apreciacin de los %ec%os y las pruebas de la causa)icio sentencial' este 6ltimo' que ni siquiera inoca0 noadirti9ndose' por tanto' iolacin del art* /:/ de la ;eyde 1ontrato de Trabajo ni de su doctrina legal* /* Tampoco asiste ra&n al recurrente cuandosostiene que el (allo de la instancia ordinaria %atransgredido el principio de congruencia*En e(ecto' seg6n surge de los escritosconstitutios del proceso y del eredicto' la relacinlaboral se e2tingui por el despido indirecto con(iguradopor decisin del actor Decile' noti(icado a la demandadamediante la carta documento obrante a (s* 433 )*eredicto' cuestin segunda' (s* +,> ta*0* En irtud deello' el actor reclam en su demanda el pago de laindemni&acin por despido injusti(icado preista en el art*/:+ de la ;ey de 1ontrato de Trabajo )* demanda' (s* 4-+0*Kabiendo ela (uorec%a&ado la accin en talaspecto tras anali&ar si se %ab#an con(igurado lospresupuestos legales para la procedencia de dic%o reclamo'no se adierte que el (allo %aya incurrido en iolacin delprincipio de congruencia' desde que media con(ormidad entrela sentencia y el pedimento (ormulado en la demandarespecto de las personas' el objeto y la causa )con(*causas ;* 33*3-4* sent* del /4-A555-4>7:B ;* 3:*+3,' sent*del 43-5A- 4>7+B ;* +3*-43' sent* del /3-C5-4>>30' sin queobste a ello la circunstancia de que la codemandada %ayamani(estado en su responde que correspond#a aplicar laindemni&acin reducida preista en el art* /:- de la mismaley' puesto que resulta inadmisible que el recurrentepretenda introducir en el recurso e2traordinario deinaplicabilidad de ley una causal de e2tincin del contratode trabajo di(erente a la inocada en su demanda'intentando ariar en su (aor el objeto de la misma* 1abe seDalar' a mayor abundamiento' que de lanorma del art* /:3 de la ;ey de 1ontrato de Trabajo sein(iere que cuando de las causas del despido se tratae2iste una (ije&a prejudicial' deiniendo inatendible lapostura de la parte que no se compadece con la actitudasumida anteriormente en el pleito' al intentar cambiarante la instancia e2traordinaria su anterior tesitura' loque est? edado no slo por ra&ones (ormales sino-trat?ndose de las causales de despido espec#(icamente- enel orden sustancial' de con(ormidad con lo dispuesto en lanorma re(erida )con(* causa ;* 33*,7>' sent* del 3-A-4>730*555* Por lo e2puesto el recurso debe serrec%a&ado' con costas )art* /7>' 1*P*1*1*0*Aoto por la negativa* ;os seDores jueces doctoresSoria, Roncoroni,Pettigiani + Kogan' por los mismos (undamentos del seDorEue& doctor Kitters' otaron la segunda cuestin tambi9npor la negativa*1on lo que termin el acuerdo' dict?ndose lasiguienteS E N T E N C I APor lo e2puesto en el acuerdo que antecede' decon(ormidad con lo dictaminado por el seDor