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CONVENIO DE COLABORA CIÓN

QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL INSTITUTO DE LA JUDICATURA FEDERAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL INSTITUTO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MAESTRO SALVADOR MONDRAGÓN REYES, MAGISTRADO DIRECTOR DEL INSTITUTO DE LA JUDICATURA FEDERAL Y POR LA OTRA EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, EN LO SUCESIVO "EL IPN", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DOCTOR FRANCISCO JOSÉ PLATA OLVERA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE EXTENSIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ECONOMÍA REPRESENTADA POR SU DIRECTOR EL M. EN C. FILIBERTO CIPRIÁN MARÍN, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DEFINICIONES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A cuerdo

Cédula de evaluación Cédula de

inscripción Consejo

Cursos

D iplomado

D EFI N I C I O NES Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamente la organización y funcionamiento del propio Consejo y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el22 de noviembre de 2013 Formato de registro, mediante el que se califica el desempeño del instructor y el desarrollo del curso. Formato de registro de participación del curso, mediante el que el servidor público anota datos personales e institucionales. Al Consejo de la Judicatura Federal Tipo de educación formal. Conjunto de cursos que por su duración y contenido es necesario impartirlos por separado, así como la aplicación de los conocimientos obtenidos entre cada módulo.

Institución Educativa

Organización establecida cuya finalidad es prestar educación.

Instituto Al Instituto de la Judicatura Federal. Paquete Documentos integrados por bitácora, lista de calificaciones, lista de asistencia, cédul

didáctico inscripción, cédula de evaluación, y en su caso exámenes.

Programa Programa de Formación, Capacitación, Actualización, Investigación y Desarrollo par Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación 2015 L A N TE CED E N TE S ) 1. Que con fecha 30 de junio de 2015, el Instituto de la Judicatura Federal y el Instituto Politécnico

Nacional, celebraron un Convenio de Colaboración Académica para las actividades académicas de capacitación integral concernientes al Programa de Formación, Capacitación, Actualización, Investigación y Desarrollo para los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación parta el ejercicio fiscal 2015, en lo sucesivo "EL CO NVENIO DE COLABORA CIÓN".

2. Que en la Cláusula Décima Tercera de "EL CO NVENIO DE COLABORA CIÓN", se estableció una vigencia del 01 de julio de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015.

l. Declaraciones de "EL INSTITUTO"

D E C L A R A C I O NE S � 1.1 Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley Orgánica del V \ Poder Judicial de la Federación, el Instituto de la Judicatura Federal es el órgano auxiliar del Consejo de la Judicatura Federal en materia de investigación, formación, capacitación y actualización de los miembros del Poder Judicial de la Federación y de quienes aspiren a pertenecer a éste. El fun

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11. Declaraciones de "EL IPN"

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Judicatura se regirán por las normas que determine el Consejo de la Judicatura Federal en el reglamento respectivo. El Instituto de la Judicatura podrá establecer extensiones regionales, apoyar los programas y cursos de los poderes judiciales locales en los términos que le sea solicitado y coordinarse con las universidades del país para que éstas lo auxilien en la realización de las tareas señaladas en el párrafo anterior.

1.2. Que el maestro Salvador Mondragón Reyes, en su calidad de Magistrado Director del Instituto de la Judicatura Federal, tiene las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, conferidas en el artículo 109 del ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se expide el similar que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; y reforma y deroga diversas disposiciones de otros acuerdos generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de noviembre de 2013.

1.3. Que mediante Acuerdo generado en la sesión ordinaria del 1 O de diciembre de 2015, la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal, autorizó dar continuidad a los eventos iniciados en 2015 y que concluyen en 2016 en el marco del Programa de Formación, Capacitación, Actualización, Investigación y Desarrollo para los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación, así como las acciones conducentes para su operación, tal como lo señala el oficio STCA/ 2648/ 2015, de fecha 10 de diciembre de 2015. (A nexo 1). 1.4. Que tiene la necesidad de recibir de "EL IPN", las actividades académicas de capacitación integral señaladas en la Cláusula Primera del presente convenio, por lo que, tomando en cuenta la aplicación de sus programas a los requerimientos específicos, las metodologías utilizadas, el material didáctico y la experiencia de sus docentes, ha considerado que es la institución más conveniente a sus intereses.

1.5. Que cuenta con la disponibilidad presupuesta! necesaria para cubrir las erogacione que representan los compromisos que se derivan del presente Convenio, tal como señala el oficio SEA/ DGPP/STP/ DPP/ 4362/ 2015, de fecha 14 de diciembre de 20 (A nexo 2).

1.6. Que señala como su domicilio legal el ubicado en la Sidar y Rovirosa # 236, Col nia

t del Parque, Delegación Venustiano Carranza, México, Distrito Federal, Código Postal 15960.

11.1 Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 2 y 6 de su Ley Orgánica y 2 de su Reglamento Interno, el Instituto Politécnico Nacional es una Institución Educativa del estado con personalidad jurídica y patrimonio propio.

11.2. Que tiene como finalidades, entre otras, realizar investigación científica y tecnológica con vista al avance del conocimiento, al desarrollo de la enseñanza tecnológica y al mejor aprovechamiento social de los recursos naturales y materiales, así como participar en los programas que para coordinar las actividades de investigación se formulen para la planeación y desarrollo de la política nacional de ciencia� tecnología, de acuerdo con los requerimientos del desarrollo económico, político y soci del país.

11.3. Que entre sus atribuciones está la de promover el intercambio científico, tecnológico y cultural con instituciones educativas y organismos nacionales, extranjeros e internacionales, de acuerdo a lo señalado porr l artí lo 4, fracción XVII de la Ley Orgánica del Instituto.

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UUTITUTO OE lA JUbiCAT-U •. .\ FEDUAL

111. Declaración Conjunta

INSTITUTO DE LA jUDICATUI\A FEDERAL f.SClJ�L\ )l}()ICIAL

11.4. Que cuenta con un Fondo de investigación Cientffica y Desarrollo Tecnológico creado en términos de lo establecido por el artículo 50 de la Ley de Ciencia y Tecnología cuyos fines son, entre otros, los de regular la aplicación y destino de los recursos que se obtienen por los proyectos vinculados que realiza "EL IP N", el cual para efectos del presente Convenio será quien emita los comprobantes fiscales digitales por internet para el pago de los servicios. Los datos correspondientes al citado fondo son: Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Politécnico Nacional, con cédula de Registro Federal de Contribuyentes (R.F.C.) FIC000330LK9, con domicilio fiscal en Avenida Paseo de la Reforma número 510, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Ciudad de México, Distrito Federal.

11.5. Que según lo dispuesto en los artículos 12 y 14, fracción XIX de la Ley Orgánica; 137 del Reglamento Interno y 5 del Reglamento Orgánico; ordenamientos todos del Instituto Politécnico Nacional, la representación legal de esta Casa de Estudios la tiene su Director General, el Doctor Enrique Pablo Alfonso Fernández Fassnacht, quien conforme a lo dispuesto en el artículo 139 del propio Reglamento Interno, tiene facultades para delegarla.

11.6. Que el Doctor Francisco José Plata Olvera, en su carácter de Secretario de Extensión e Integración Social, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento en representación de este instituto, tal y como lo acredita en términos del nombramiento de fecha 01 de febrero de 2015, otorgado a su favor por el Doctor Enrique Pablo Alfonso Fernández Fassnacht, Director General del propio instituto y cuenta con facultades suficientes para comprometer a su representado en los términos del poder notarial número 74,694 de fecha veintiséis de febrero de 2015, otorgado ante la fe del Licenciado Carlos Cataño Muro Sandoval, Notario Público Número 51 del Distrito Federal, y del patrimonio inmobiliario federal.

1

11.7. Que dentro de su estructura orgánica - administrativa se encuentra la Escuela Superior de Economía, en adelante referida como la "ESE" la cual cuenta con la infraestructura y los recursos necesarios para dar cumplimiento al objeto del presente instrumento.

11.8. Que el M. en C. Filiberto Cipriano Marín, es el Director de la "ESE", personalidad que acredita en términos del nombramiento de fecha 12 de enero de 2015, otorgado a su favor por el Director General del propio Instituto.

11.9. Que para todo lo relacionado con el cumplimiento del presente convenio, "EL IP N", señala como su domicilio legal el edificio de la Dirección General, ubicado en avenida Luis enrique erro sin número, unidad profesional "Adolfo López mateas", colonia Zacatenco, Delegación Gustavo A. Madero, código postal 07738, México, Distrito Federal.

11.10. Que la "ESE" señala, como su domicilio operativo el ubicado en Plan de Agua Prieta número 66, Colonia Plutarco Elías Calles, Delegación Miguel Hidalgo código postal 1134 México, Distrito Federal.

Las partes, reconocen que este documento constituye un Convenio que incluye las definiciones, especificaciones, reglas y condiciones aplicables a la colaboración, que es su objeto, por lo que representan el único Acuerdo entre "EL IP N" y "EL INST ITUTO", respecto de dicha colaboración, sustituyen�/o e

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verbal o escrito celebrado con anterioridad, por lo que las partes lo consideran como definitivo.

Ambas partes, reconocen que las actividades objeto del presente Convenio, se realizarán de conformidad a las fechas de instrucción emitidas, por la Comisión de Administración del Consejo de la Judicatura Federal antes señaladas.

Expuesto lo anterior y estando de acuerdo en realizar eventos y/o actividades conjuntas y cumpliendo todos los requisitos consignados en sus respectivas leyes orgánicas, estatutos, normas laborales y disposiciones aplicables, es su voluntad celebrar el presente Convenio y están conformes en sujetar su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes:

C LÁUS ULA S

PRIMERA Objeto del Convenio

El presente Convenio tiene por objeto establecer los mecanismos de colaboración entre ambas partes, con el fin de que "EL IPN" a través de la ESE , desarrolle e imparta diversos eventos académicos relativos a la capacitación integral de los

SEGUNDA Compromisos IPN"

Servidores Públicos en el marco del Programa de Formación, Capacitación, Actualización, Investigación y Desarrollo para los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio fiscal 2016, a través del Instituto de la Judicatura Federal, de conformidad a las necesidades de capacitación interna y a la disponibilidad presupuesta! autorizada para tal efecto. Para el debido cumplimiento del presente Convenio "EL IPN", realizará las siguientes actividades: impartir diversos eventos académicos relativos a la capacitación integral de los Servidores Públicos y que se contemplan en "EL PROGRAMA".

Para la consecución del objeto materia del presente Convenio, "EL IPN", se� de "EL compromete a realizar para "EL INSTITUT O" las siguientes actividades:

a) Designar y aportar al cuerpo docente integrado por académicos con nive y trayectoria profesional avalados por esa institución educativa, quienes asistirán al curso de "Inducción y Ética Institucional" que se imparte en \­alguna de las instalaciones de "EL INSTITUTO" por personal del propio "INSTITUTO" con la duración y las fechas que se acuerden entre el "EL IPN" y "EL INSTITUTO", con la finalidad de aproximarlos al conocimiento de esta organización y obtengan una mejor orientación para el desarrollo de los programas de capacitación de acuerdo a las necesidades de los servidores públicos del Poder Judicial de la Federación.

b) Impartir los eventos de capacitación aprobados, concernientes al programa de capacitación en las ciudades, fechas y horarios que se establezcan coordinadamente entre ambas partes, durante el desarrollo \ J de "EL PROGRAMA". Lo cual se formalizará a través de los anexo!< técnicos u actas que acuerden las partes para tal efecto.

e) En caso de que "EL INSTITUTO" lo requiera, "EL IPN" proporcionará aulas dentro de sus instalaciones en la Ciudad de México, para la impartición de la capacitación que se trate, sin costo adicional para "EL INST ITUTO". ¡' ¡/ �

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TERCERA Compromisos de "EL INSTITUTO"

CUARTA de la contrétprestación

d) Proporcionar a los asistentes a los eventos y/o actividades de "EL PROGRAMA" objeto de este Convenio, material didáctico, con calidad y presentación idóneas, que incluye manual del participante y/o carpeta, y en su caso, fotocopias adicionales sobre los temas que se aborden. El material deberá presentar los emblemas, logotipos o la identificación de ambas instituciones, en reconocimiento a la colaboración conjunta.

e) Entregar en un plazo máximo de cinco días hábiles posteriores a la conclusión de cada evento y/o actividad concerniente a "EL PROGRAMA", el reporte técnico correspondiente, elaborado y firmado por el académico que lo impartió. Este reporte contendrá el paquete didáctico y el análisis y comentarios sobre el desempeño del grupo y desglose de los resultados alcanzados al término del evento, en relación con los objetivos planteados. En el caso de los diplomados, deberá entregar en el plazo señalado en este inciso, notas para dar seguimiento a los resultados, en la secuencia progresiva de cada módulo.

Se entenderá que la conclusión de cada evento y/o actividad es el último día de impartición del curso, o módulo en caso de diplomados.

f) Entregar a cada participante que concluya y acredite la totalidad de los eventos de capacitación objeto del presente convenio, el diploma o reconocimiento institucional y/u oficial de acuerdo al programa que así corresponda, en un plazo máximo de 60 días naturales posteriores a la conclusión del evento de capacitación; en el caso de diplomado a la conclusión del último módulo o en su caso de los módulos de recuperación.

g) Salvo pacto en contrario y atendiendo a la naturaleza de los cursos o actividades que conforme a "EL PROGRAMA" imparta "EL IPN", s.., ... ----.

considerarán como requisitos mínimos para la aprobación de éstos, e 80% de asistencia, así como el 8 de calificación en una base sobre 1 O, o bien, 80 en una base sobre 1 OO. �

"EL INSTITUTO" se compromete ante "EL IPN" a: �\ a) Proporcionar las instalaciones en que se desarrollarán los eventos y/o

actividades de "EL PROGRAMA" objeto de este Convenio, en el área metropolitana y entidades federativas, así como el mobiliario en condiciones aptas, que sea necesario para el cumplimiento del objeto del presente convenio.

b) Brindar a "EL IPN" el apoyo administrativo y logístico necesario para el buen desempeño de los eventos y/o actividades de capacitación integral, objeto del presente instrumento.

e) Aportar la cantidad señalada en la cláusula Cuarta, en la forma y término que la misma establece.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio las partes acuerdan que la contraprestación mínima a ejercer a través del presente instrumento es de un monto de$ 21,000.00 (Veintiún mil pesos 00/ 100 M. N. ) y el monto máximo a

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�F PODlll JUOICIIol D! lA fl'OflloOdN Consejo do la Judicatura

UHTITUTO DE LA JUDIC.I,;T-UIIJ.A FI!DfiiJAt. INSTITUTO DE LA JUDICATUilA FEDERAL

f.SClJHA JUDICIAl.

QUINTA Casos de suspensión o cancelación

SEXTA Representación Institucional y

ejercer a través del presente convenio será de $165'508,511.00 (Ciento sesenta y cinco millones quinientos ocho mil quinientos once pesos 00/100 M.N.}, la cual corresponderá exclusivamente para el ejercicio fiscal 2016.

La aportación por las actividades a realizar, se calculará sobre la base de horas­instrucción debidamente impartidas, de conformidad a lo establecido y acordado en el "Anexo 3" del presente Convenio, el que firmado por ambas instituciones es parte del mismo.

La aportación se efectuará mediante transferencia bancaria o con la emisión de cheques certificados, en la Dirección General de Tesorería del Consejo de la Judicatura Federal, ubicada en Carretera Picacho Ajusco Número 170, Cuarto Piso, Colonia Jardines de la Montaña, Código Postal 14210, Delegación Tlalpan, en México, Distrito Federal, veinte días hábiles posteriores a la fecha en que "EL IPN" entregue la factura correspondiente, misma que deberá cumplir con todos los requisitos fiscales de ley.

La cantidad a que se refiere, será cubierta en moneda nacional, a través de transferencia bancaria, en la cuenta número 0447943725 (cero, cuatro, cuatro, siete, nueve, cuatro, tres, siete, dos, cinco), Convenio cie número 1112104 (uno, uno, uno, dos, uno, cero, cuatro), referencia ESE00000000000000007 (cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero, cero , cero , cero , siete), clabe 012180004479437257 (cero, uno, dos, uno, ocho, cero, cero, cero, cuatro, cuatro, siete, nueve, cuatro, tres, siete, dos, cinco, siete) del banco BBVA Bancomer, S.A., a nombre del Fondo de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico del Instituto Politécnico Nacional.

La aportación de la contraprestación por las actividades objeto del presente Convenio no paga el Impuesto al Valor Agregado, con fundamento en el Artículo 15, Fracción IV de la Ley del Impuesto al Valor Agregado por tratarse de servicio de enseñanza ..

La cancelación de cualquier evento y/o actividad concerniente a "EL PROGRAMA" por causas fortuitas o de fuerza mayor y que por su origen no sean \ imputables a ninguna de las partes, no generarán responsabilidad para ninguna de ellas.

Cuando se cancelen o suspendan eventos y/o actividades de "EL PROGRAMA" por causas imputables a "EL INST ITUTO", éste cubrirá únicamente los gastos comprobables que se hubieran realizado para dicho evento y/o actividad que hubiese sido programada con anticipación, y en su caso las horas de instrucción efectivamente realizadas, calculadas sobre la base de la cotización autorizada en el "Anexo 3".

Cuando se cancelen o suspendan eventos y/o actividades de "EL PROGRAMA" por causas imputables a "EL IPN", ésta se obliga a reponer la actividad pendie�

·· sin costo adicional para "EL INST ITUTO", en las fechas y horarios que e· coordinación con este último sean acordados.

Las partes convienen en que para la coordinación de los eventos y/o actividades materia de este Convenio, nombran en su representación:

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Responsabilidad Operativa

SÉPTIMA Juntas de trabajo seguimiento

OCTAVA Cesión y Transmisión

NOVENA Relación Laboral

a) Por "EL IPN", al Licenciado Leobardo Flores Gonzalez, teléfono 57296000 extensión 62026, correo electrónico [email protected].

b) Por "EL INSTITUTO", a la Licenciada Ada Aracely de la Torre Delgado, Secretaria Técnica de Proyectos Especiales teléfono, 55338900 extensión 6630 y 6626, correo electrónico

y/o al Maestro Julio César Ceja Garnica, Director de Proyectos Especiales.

Las partes otorgan a los responsables designados en el punto anterior, todas las facultades necesarias para:

a) Coordinar y definir los eventos y/o actividades operativas en cada etapa de trabajo de"EL PROGRAMA " objeto de este Convenio, y

b) Dar seguimiento al resultado de los eventos y/o actividades que refiera "EL PROGRAMA", que comprende este Convenio.

Los responsables deberán enterar a la instancia jurídica o autoridad de la institución a la que representan, así como obtener la autorización del representante legal de la institución a la que pertenecen sobre las modificaciones en los alcances o contenidos materia del presente Convenio, considerando los criterios de la cláusula Décima Cuarta de este instrumento.

Cada una de las partes se obliga a notificar por escrito a la otra, el nombre de un nuevo responsable cuando éste cambiara por modificación orgánica en la estructura, o por así convenir a sus intereses, con el objeto de alcanzar el buen cumplimiento de los eventos y/o actividades producto de este Convenio.

Las partes acuerdan que el mecanismo para el control y seguimiento de lo Y eventos y/o actividades objeto de este Convenio, será la realización de junta

mensuales, a las que asistirán los responsables designados en la cláusu a anterior por ambas partes, que podrán llevarse a cabo en las oficinas de cualesquiera de ellas.

Adicionalmente a las juntas a que se refiere el párrafo que precede, podrán realizarse juntas extraordinarias de trabajo cuando alguna de las partes lo solicite por escrito a la otra a través de sus responsables.

La parte convocante elaborará la minuta de la junta de trabajo, misma que enviará firmada al responsable de la otra, dos días hábiles posteriores a la reunión. Asimismo, ésta otra la devolverá debidamente firmada, o con las observaciones que procedan, en un plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir de que la haya recibido.

Las partes no podrán ceder ni transmitir de manera alguna, las obligaciones y ��� ) derechos que adquieren derivados del presente Convenio, sin el consentimiento� previo y por escrito de la otra parte.

Las partes convienen de manera expresa que el personal aportado por cada una de ellas, para el cumplimiento del presente Convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquélla que lo empleó, aún en los casos de trabajos

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realizados conjuntamente y que se desarrollen en las instalaciones o con equipo de cualquiera de las partes; por ende, cada una asumirá su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos, debiendo la institución que contrató al trabajador de que se trate, sacar en paz y a salvo a la otra institución en caso de conflictos laborales provocados por personal de la primera.

DÉCIMA Confidencialidad

Ambas partes se obligan a mantener bajo estricta confidencialidad la información resultante o relacionada con "EL PROGRAMA" objeto de este Convenio.

DÉCIMA PRIMERA

Las partes convienen no revelar o divulgar a ninguna persona física o moral, distinta, la información a la que tuvieran acceso los involucrados por parte de ambas instituciones, ya sea en forma escrita o verbal, directa o indirectamente, así como a utilizarla única y exclusivamente para el propósito o fin para el cual les fue proporcionada, siendo responsables de la difusión no autorizada de la misma. Esta confidencialidad será permanente y no cesará con la terminación del Convenio.

Lo anterior cesará en los casos de solicitudes de información realizadas en los términos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Propiedad Intelectual Las partes convienen que las publicaciones de diversas categorías (manuales, artículos, folletos, etc.) así como las coproducciones y su difusión que se deriven del intercambio entre ambas instituciones, se realizarán de común acuerdo. La titularidad patrimonial de los derechos de autor corresponderá a la parte cuyo personal haya realizado el trabajo que sea objeto de publicación, dando el debido reconocimiento a quienes hayan intervenido en la elaboración del mismo. Ninguna de las partes podrá utilizar la marca, logotipo o emblema de la otra institución en publicaciones ni programas, si antes no está autorizado o expresamente convenido por escrito entre las partes.

Los materiales utilizados en los eventos y/o actividades de "EL PROGRAMA' , que proporcione "EL IPN" en cada una de las actividades objeto de est

la legislación aplicable. Convenio, son propiedad intelectual de "EL IPN" y se encuentran protegidos r \-

DÉCIMA SEGUNDA "LAS PARTES" estarán exentas de toda responsabilidad por los daños y Responsabilidad perjuicios que se puedan derivar en caso de incumplimiento total o parcial del

presente Convenio, debido a caso fortuito, o fuerza mayor, entendiéndose por esto a todo acontecimiento, presente o futuro, ya sea fenómeno de la naturaleza o no, que esté fuera del dominio de la voluntad, que no pueda preverse o que aún previéndose no pueda evitarse, incluyendo la huelga y el paro de labores académicas o administrativas.

DÉCIMA Vigencia

En tales supuestos "LAS PARTES" revisarán de común acuerdo el avance de los trabajos para establecer las bases de su terminación, buscando en todo mame salvaguardar los intereses de "LAS PARTES" y en su caso, celebrar e instrumento respectivo.

TERCERA El presente Convenio surtirá efectos a partir del 16 de enero de 2016 y hasta el 31 de diciembre de 2016, sin que pueda rebasar este ejercicio presupuesta!.

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J i '';L . .. : u � !<_ ¡ · u e �-f.� !lu:¡¡_.\fli:'iltT.l

DÉCIMA CUARTA El presente Convenio podrá ser modificado dentro de su vigencia por voluntad de Modificaciones las partes, cuando ello no implique contravenir, anular o cambiar el objeto de su

materia y se mantengan sin variación alguna los términos pactados en sus A nexos; dichas modificaciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha en que sean formalizadas por escrito.

La aceptación de cualquiera de las partes a los cambios o modificaciones propuestos por la otra, se hará por escrito y deberá contar con la aprobación de la instancia jurídica u órgano interno correspondiente.

DÉCIMA QUINTA Si cualquiera de las partes requiere concluir anticipadamente este Convenio, Terminación Anticipada cuando medie razón justificada de fuerza mayor, o por motivos fundados que

hayan contravenido las condiciones que se estipulan en este documento y se vea afectada en el beneficio de su participación, notificará por escrito a la otra, con 30 (treinta) días naturales de anticipación a la fecha efectiva de terminación. Ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, asim,ismo, las partes se obligan a cumplir todas las obligaciones pactadas· que se encontraren en desarrollo.

DÉCIMA SEXTA Las partes señalan como domicilios para oír y recibir todo tipo de notificaciones y Avisos Y Notificaciones documentos, los mencionados en las declaraciones del presente Convenio.

DÉCIMO SÉPTIMA Reconocimiento Contractual

Todas las notificaciones que deban realizarse serán por escrito con acuse de recibo y ser presentadas en la Oficialía de Partes para el caso de " EL INSTITUTO", y en las instalaciones de la "ESE" tratándose del " EL IPN". En caso de que cualquiera de las partes cambie de domicilio, deberá de notificarlo a la otra parte dentro de los diez días hábiles siguientes, de no ser así, las parte aceptan que todas las notificaciones que se les deban realizar, relacionadas co este instrumento, surtirán sus efectos legales por el sólo hecho de efectuarse el domicilio declarado por ellas.

Con excepción de las obligaciones contenidas en este Convenio y sus anexos, \ las partes no adquieren ni reconocen otras distintas a favor de la otra, conviniéndose que cualquier situación no regulada en el presente instrumento pero relacionada con el mismo, será resuelta en reunión de trabajo entre "EL INSTITUTO" y el " EL IPN".

DÉCIMA OCTAVA Las partes convienen en que " EL INSTITUTO" podrá rescindir Rescisión Administrativa administrativamente el presente Convenio sin necesidad de declaración judicial,

en el supuesto de que "EL IPN" incumpla con cualesquiera de las obligaciones establecidas a su cargo, previstas en este Convenio.

DÉCIMA NOVENA Aportaciones en Exceso

En el caso de que "EL IPN" reciba aportaciones en exceso, deberá reintegrar las cantidades que correspondan más los intereses, los que se calcularán conform a una tasa que será igual a la establecida en el Código Fiscal de la Federació , como si se tratara del supuesto de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los cargos se calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso, y se computarán por días naturales, desde la fecha de pago hasta que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de "EL INSTITUTO".

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INSTITUTO 0.1! t.A JUOICAfUII-A FE.DUAL

VIGÉSIMA Controversias interpretación

INSTITUTO DF ll\ i.UDICI\TURA FEDERAl t.SClloLA )lii)ICIAL

Las partes convienen que el presente instrumento es producto de su buena fe, e por lo que toda duda o diferencia de opinión en la interpretación, formalización o

cumplimiento, serán resueltas de común acuerdo entre las partes.

En el supuesto que la controversia subsista, las partes convienen en que para la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en términos del Artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando a cualquier otro fuero o legislación que pudiere corresponderles por razón de sus domicilios presente o futuro, o por cualquier otra causa.

Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman de conformidad por sextuplicado en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los dieciséis días del mes de enero de dos mil dieciséis.

OMARiN OR DE ECONOMIA

REV ISIÓN

� ���� �==�--��----------------LIC. JESÚS FEDERICO LOZANO MOLINA ABOGADO DELEGADO EN LA UPDCE

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL

EL PRESENTE CONVENIO, SE REVISA EN CUANTO A LA FORMA JURIDICA, POR LO QUE LOS COMPROMISOS SUSTANTIVOS QUE SE ASUMAN CON SU CELEBRACIÓN, AS[ COMO LOS ASPECTOS TÉCNICOS, OPERATIVOS, PRESUPUESTALES Y FISCALES SON RESPONSABILIDAD EXCLUSIVA DEL ÁREA OPERATIVA

POR "EL INSTITUTO"

YECTOS ESPECIALES

NI CA

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ACADÉMICA QUE CELEBRAN EL INSTITUTO DE LA JUDICATURA FEDERAL Y EL INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL, EL 16 DE ENERO DE 2016.

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Poder Judicial de la Federación

í' 1 "1· r:· -� ...L.L- t. .. �·

�F PODER )UDlCIAL DE LA FEDERACIÓN Consejo de la Judicatura SECRETARÍA TECNICA DE lA CO MISIÓN DE ADMONISTRACIÓN

Oficio No. STCA/2648/2015 Cuadragésimo Cuarta Sesión Ordinaria 10-12-2015

México, D.F., 10 de didembre de 2015

Doctor Julio César Vázquez Mellado Director General del Instituto de la Judicatura Federal Pre s e nte

Me refiero al punto informativo presentado a la Comisión de Administración en la cuadragésimo cuarta sesión ordinaria celebrada el día de hoy, relativo a los eventos de capacitación que iniciaron en el marco del Programa de Formación, Capacitación, Actualización, Investigación y Desarrollo para los Servidores Públicos del Poder Judicial de la Federación para el ejercicio presupuesta! 2015 y que concluyen en 2016.

Al respecto, me permito comunicarle que los Consejeros integrantes de este Cuerpo Colegiado, emitieron el siguiente acuerdo: . Se tiene por recibido el informe de referencia.

Se emite una atenta recomendación al Instituto de la Judicatura Federal, para que las acciones. relacionadas con los eventos de capacitación que iniciaron en el año 2015 y concluirán en 2016, se lleven a cabo conforme a la normatividad vigente del Consejo de la Judicatura Federal.

Sin otro asunto en particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial y afectuoso saludo.

c.c.p. Magdo. Manuel Ernesto Saloma Vera.- Consejero Presidente de la Comisión de Administración.· Presente. Magdo. J. Guadalupe Tafoya Hernández.· Consejero integrante de la Comisión de Administración.· Presente. Uc. Felipe Borrego Estrada.· Consejmo integrante de la Comisión de Administración.· Presente. Mtra. Rosa María Vizconde Ortuño.- Secretaria Ejecutiva de Administración.- Presente.

AE/FARMUE#G 19

Edificio Sede: Insurgentes Sur 2417, Piso 2 ala sur, colonia San Ángel, : • . . ...... ,_ , ___ ..:__ r n n1/"'l()() f\116vir� n 1= TP� C:.4q0-8232.

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Poder JUdicial 12 4 2 3 . de la Federación {O!) DU: t S P 4: O i

l'bi>F.I>: J(JOkJAl IJE lA mlf.l!Aáoo Consejo de la Judicatura niP.f.c:cróN GfN,E:"RAi. OF. PF.OGI.A.MACIÓN 'f' PRHUPlJBT0

SECRETARÍA EJECUTIVA Q.E ADM!NI$.TRAC.IÓN . 'JgJgqCIQN GENERAl- D.E PROGRAMACióN V PRESUPUESTO

'di OF1CIO SEA 1 DGPP 1 STP 1 OPP /4362/2015 "' · México D.F., a 14 de diciembre de 2015

Dr. Julio César VázqUez Mellado García Director General del Instituto de la J udicatura Federal P resE}nt e

Hago de su c.onovim iento que ef Pieno del Cons�jo de la JucUca,tura Ft:lderal, autorizó la distribución por capítu lo de gasto y unidad ejecutora, del Presupuesto de Egresos del Consejo de la Judicatura Federé;il para el Ejercido Fiscal 2016 por $55,872'1t5,83S.O.O (Cincuenta y cinco mil ochocientos setenta y dos millones ciento quince mil ochocientos treinta y cinco pesos 001100 M. N.).

Por lo anterior, anexo al presente en disco compacto , el presupuesto asignado a esa Oirección General a su cargo, el cual se encuentra distribuido de la siguiente manera:

Es de resaltar que, los recursos autorizados cuentan con un destino específico de gasto, el cual se menciona en la distribución que se remite.

Asimismo; los recursos as ignados al Programa de la Implementación de la Reforma Penal, en el gasto corriente ascienden a $1,151'645,003 (Un mil ciento cincuenta y un millones seiscientos cinco mil tres pesos 001100 M.N.); y en el gasto de inversión se asig .00 (Un mil trescientos veinte nueve millones cincuenta y cinco ta y siete pesos 0011 O() M. N.). Estos últimos, de conformidad con la autorización del Pleno serán transferidos al Fideicomiso No. 80695,_y_para su , ��caal61§tst�á solicitar la autorización de los proyectos ante bom1te respeclitt.. ·

1 . . J

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Poder Judicial de fu Federación

�F k.'OCR im>iCIAt t>E lA F�OER.Ooót;l, COnsejo de la Judicat� O 1 RE C C: 1 Ó N G f. U f..&: "¡.¡:L bf l"lkOCP.ML\(JÓr'll Y Pfte�Ui-t.it�STO

OFICIO SEA l DGPP/ STP 1 DPP /4362/2015 M�xicq O.!=., a 14 de diciembre de.2ó15

Es importante señalar que, en el Sistema de Aplicaciones y Productos para el procesamiento de datos (SAP), se seguirá utilizando el área funcional para registrar los movimientos de certificado, compromiso y ejercicio presupuesta!, conforme al siguiente cuadro:

t:ompr<>mísos Pluriar:ni�1es

Área Funcional Clave

CP ¡. �:Ét��f�fó�::á�:�tm�����o��-�Q��d�:\�{R��t>w.t�·�;��P�-�fr::·.�:�:rxtt:·:;:�xrY�::{_--;�-;(;-_�\- ����-:--�:: ,-,;;:�_;:: ';. -.

• ·;···R.;.fiFt��:\· ..

De la misma forma, le comunico que el Clasificador por Objeto del Gasto y las Políticas y Lineamientos para el Ejercicio del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2016; se publicarán para su consulta en la dirección electrónica http://cjfappssvr.cJtqob. mx/DGP.P/.

f . .---.· �

Por último, le irlforr:no 9u� _el pres�.p�esto_ �erá hab· ·. � ó en $AP el día 6 de enero,

una vez que se rec1ba 1�· pnmera m1mstrac1on de · .· 1 . · .

Sin otro particular, aprovecho la ocasión par envi�le un cordial saludo.

1 am¡nte

1 Licenciada Liliana Hernández Ambriz

Directora General de Programación y Presupuesto

C.c.p. Maestra Rosa Maria Vizconde Ortuño.- Secretaria Ejecutiva de Administración.- Presente. Lic. Marino Castillo VaiiEtjo.- Contralor del Poder Judicial de la Federación.- Presente.

Magdo. José Manuel Vllfeda Ay ala.- Director General de Innovación, Planeación y Desarrollo lnstitucionai.­Presente. Lic. María Elena Baza Hernández.- Directora General de Recursos Materiales.- Presente.�

LHNCLG/A 11\RIJ Y/ipn

2

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ANEXO 3 FINANCIERO

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••

ACAPULCO

AGUA PRIETA

AGUASCALIENTES

BOCA DEL FilO

CAMPECHE

CANCÚN

CO.JUAFIEZ

CO.OBFIEGÓN

CD. VALLES

CD. VICTORIA

CELA YA

CHETUMAL

CHIHUAHUA

CHJLPANCJNGO CINTALAPA

COATZACOALCOS

COLIMA

CÓRDOBA

CUERNA VACA

CULIACAN CIUDAD DE MEXICO

Y ZONA CONURR, DA

DURANGO

ENSENADA

GUAOALAJARA

GUANAJUATO

HERMOSILLO

IGUALA

IRAPUATO

JALAPA

LA PAZ

LEÓN

LOS MOCHIS

MATAMOROS

MAZATLÁN

MÉRIDA

MEXICAU

MONCLOVA

MONTERREY

MORELIA

NOGALES

NUEVO LAREDO

OAXACA

PACHUCA

PIEDRAS NEGRAS

POZA RICA

PUEBLA

PUENTE GRANDE

QUEFIETARO

FIEYNOSA

SALINA CRUZ

SAL TILLO

S.L.P. TAMPICO

TAPACHULA

TEPIC

TI JUANA

TLAXCALA

TOLUCA

TOFIFIEON

TUXPAN

TUXTLA GUTIERREZ

URUAPAN

VlLLA ALDAMA

VlLLAHEFIMOSA

ZACATECAS

ZAPOPAN

ANEXO 3 FINANCIERO

• •l::r : :Uj=l,

n: -

$46,808 $76,808

$47,573 $77,573

$40,685 $70,685

$46,808 $76,808

$46,808 $76,808

$50,635 $80,635

$51,400 $81,400

$52,165 $82,165

$47,573 $77,573

$50,635 $80,635

$4Q,685 $70,685

$52,165 $82,165

$49,104 $79,104

$42,215 $72,215

$50,635 $80.635

$52,165 $82,165

$50,635 $80,635

$42,215 $72,215

$40,685 $70,685

$52,165 $82.165

$31,500 $61,500

$52,165 $82,165

$54,462 $84,462

$46,808 $76,808

$40,685 $70,685

$52,165 $82,165

$40,685 $70,685

$40,685 $70,685

$40,685 $70,685

$54,462 $84,462

$40,685 $70,685

$50,635 $80,635

$54,462 $84,462

$54,462 $84,462

$52,165 $82,165

$54,462 $84,462

$50,635 $80,635

$52,165 $82,165

$43,746 $73,746

$54,462 Sl\4,462

$54,462 $84,462

$49,104 $79,104

$40,685 $70,685

$54,462 $84,462

$46,808 $76,808

$40,685 $70,685

$49,869 $79,869

$40,685 $70,685

$54,462 $84,462

$51,400 $81,400

$50,635 $80,635

$49,104 $79,104

$52,185 $82.165

$52,185 $82,165

$54,462 $84,462

$54,462 $84,462

$40,685 $70,685

$40,685 $70,685

$54,462 $84,462

$43,746 $73,746

$52,165 $82,165

$43,746 $73,746

$40,685 $70,685

$52,165 $82,165

$47,573 $77,573

$40,685 $70,685

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A NEXO 3 FINANCIERO

TUXTlA GUTIERREZ $43,608 $68,608

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ANEXO 3 FINANCIERO

. 1

' �

' �·

'-�-ACAPULCO

AGUA PRIETA

AGUASCALIENTE

S

BOCA DEL RIO

CAMPECHE

CANCÚN

CD. JUAREZ

CD. OBREGÓN

CD. VALLES

CD. VICTORIA

CELA YA

CHETUMAL

CHIHUAHUA

CHILPANCINGO

CINTALAPA

COATZACOALCO

S

COLIMA

CÓRDOBA

CUERNA VACA

CULIACAN

CIUDAD DE

MEXICO Y ZONA

CONURBADA

DURANGO

ENSENADA

GUADALAJARA

GUANAJUATO

HERMOSILLO

IGUALA

IRAPUATO

JALAPA

LA PAZ

LEÓN

LOS MOCHIS

MATAMOROS

MAZATlAN

MÉRIDA

MEXICALI

MONCLOVA

MONTERREY

MORELIA

NOGALES

NUEVO LAREDO

OAXACA

PACHUCA

PIEDRAS

NEGRAS

POZA RICA

PUEBLA

PUENTE

GRANDE

QUERETARO

REYNOSA

SALINA CRUZ

SAL TILLO

S.L.P

TAMPICO

TAPACHULA

TEPIC

TIJUANA

TLAXCALA

TOLUCA

TORREON

TUXPAN

TUXTLA GUTIERREZ $64,546 $104,548 TUXTLA

GUTIERREZ

URUAPAN

VILLA ALDAMA

V!LLAHERMOSA

ZACATECAS

ZAPOPAN

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·� $57,308

$58,073

$51,185

$57,308

$57,306

$61,135

$61,900

$62,665

$58,073

$61,135

$51,185

$62,665

$59,604

$52,7 1 5

$61,135

$62,665

$61,135

$52,715

$51,165

$62,665

$42,000

$62,665

$64,962

$57,306

$51,165

$62,665

$51,185

$51,165

$51,165

$64,962

$51,165

$61,135

$64,962

$64,962

$62,665

$64,962

$61,135

$62,665

$54,246

$64,962

$64,962

$59,604

$51,165

$64,962

$57,306

$51,185

$60,369

$51,165

$64,962

$61,900

$61,135

$59,604

$62,665

$62,665

$64,962

$64,962

$51,185

$51,185

$64,962

$54,246

$62,665

$54,246

$51,185

$62,665

$56,073

$51 ,165

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$97,306

$96,073

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$97,308

$97,306

$101 ,135

$101,900

$ 102,665

$96,073

$101,135

$91,165

$102,665

$99,604

$92,715

$101,135

$102,665

$101,135

$92,715

$91,185

$102,665

$62,000

$102,665

$104,962

$97,308

$91,185

$ 102,665

$91,165

$91,165

$91,165

$104,962

$91,165

$101,135

$104,962

$104,962

$ 102,665

$ 104,962

$101,135

$102,665

$94,246

$104,962

$104,962

$99,604

$91,165

$104,962

$97,306

$91,185

$100,369

$91,165

$104,962

$101,900

$101,135

$99,604

$1 02,665

$ 102,665

$104,962

$104,962

$91,165

$91,165

$104,962

$94,246

$1 02,665

$94,246

$91,185

$102,665

$96,073

$91,165

Page 18: l (e¡; · 11.10. Que la "ESE" señala, como su domicilio operativo el ubicado en Plan de Agua Prieta número 66, Colonia Plutarco Elías Calles, Delegación Miguel Hidalgo código

ANEXO 3 FINANCIERO

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ACAPULCO $74,543 $ 1 1 8,543

AGUA PRIETA $76,050 $1 20,050

AGUASCALIENTES $62,488 $1 06,488

BOCA DEL RIO $74,543 $ 1 1 8,543

CAMPECHE $74,543 $ 1 1 8,543

CANCÚN $82,077 $1 26,077

CD. JUAREZ $83,584 $1 27,584

CD. OBREGON $85,091 $1 29,091

CO. VALLES $76,050 $120,050

CD. VICTORIA $82,077 $1 26,077

CELA YA $62,488 $1 06,488

CHETUMAL $85,091 $129,091

CHIHUAHUA $79,063 $1 23,063

CHILPANCINGO $65,501 $109,501

CINTALAPA $82,077 $1 26,077

COATZACOALCOS $85,091 $1 29,091

COLIMA $82,077 $1 26,077

CÓRDOBA $65,501 $1 09,501

CUERNA VACA $62,488 $1 06,488

CULIACAN $85,091 $1 29,091

DISTRITO FEDERAL

Y ZONA $42,000 $86,000

CONURBADA

DURANGO $85,091 $ 1 29,091

ENSENADA $89,612 $1 33,612

GUADALAJARA $74,543 $ 1 1 8,543

GUANAJUATO $62,488 $1 06,488

HERMOSILLO $85,091 $1 29,091

IGUALA $62,488 $1 06,488

IRAPUATO $62,488 $1 06,488

JALAPA $62,488 $ 1 06,488

LA PAZ $89,612 $ 1 33,612

LEÓN $62,488 $1 06,488

LOS MOCHIS $82,077 $1 26,077

MATAMOROS $89,612 $133,612

MAZATLÁN $89,612 $133,612

MtRIDA $85,091 $1 29,091

MEXICALI $89,612 $1 33,612

MONCLOVA $82,077 $1 26,077

MONTERREY $85,091 $129,091

MORELIA $68,515 $ 1 1 2,515

NOGALES $89,612 $1 33,612

NUEVO LAREDO $89,612 $1 33,612

OAXACA $79,063 $1 23,063

PACHUCA $62,488 $1 06,488

PIEDRAS NEGRAS $89,612 $1 33,612

POZA RICA $74,543 $ 1 1 8,543

PUEBLA $62,488 $1 06,488

PUENTE GRANDE $80,570 $ 1 24,570

QUERETARO $62,488 $1 06,488

REYNOSA $89,612 $1 33,612

SALINA CRUZ $83,584 $1 27,584

SAL TILLO $82,077 $126,077

S.L.P. $79,063 $1 23,063

TAMPICO $85,091 $1 29,091

TAPACHULA $85,091 $129,091

TEPIC $89,6 1 2 $ 1 33,612

TIJUANA $89,612 $1 33,612

TLAXCALA $62.488 $1 06,488

TOLUCA $62,488 $1 06,488

TORREON $89,612 $133,612

TUXPAN $68,51 5 $ 1 1 2,515

TUXTLA GUTIERREZ $85,091 $�29,091

URUAPAN $66,515 $ 1 1 2,51 5

VILLA ALDAMA $62,488 $ 1 06,488

VILLAHERMOSA $85,091 $1 29,091

ZACATECAS $76,050 $1 20,050

ZAPOPAN $62,488 $1 06,488

$50,000.00 $480,000.00

El precio total de cada evento especial,

mismo que se encontrará dentro del

rango antes establecido, engloba: número

de horas, días en los que 'se imparte y

ciudad sede.

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ANEXO 3 FINANCIERO

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'-' � ACAPULCO

AGUA PRIETA

AGUASCAUENTES

BOCA DEL RIO

CAMPECHE

CANCÚN

CD. JUAREZ

CD. OBREGÓN

CD. VALLES

CD. VICTORIA

CELA YA

CHETUMAL

CHIHUAHUA

CHILPANCINGO

CINTALAPA

COA TZACOALCOS

COUMA CóRDOBA

CUERNA VACA

CULIACAN

CIUDAD DE MEXICO

Y ZONA

CDNURBADA

DURANGO

ENSENADA

GUADALAJARA

GUANAJUATO

HERMOSILLO

IGUALA

IRAPUATO

JALAPA

LA PAZ

LEÓN

LOS MOCHIS

MATAMOROS

MAZATL.ÁN

MÉRIDA

MEXICALI

MONCLOVA

MONTERREY

MOR EllA

NOGALES

NUEVO LAREDD

OAXACA

PACHUCA

PIEDRAS NEGRAS

POZA RICA

PUEBLA

PUENTE GRANDE

QUERETARO

REYNOSA

SALINA CRUZ

SAL TILLO

S.L.P.

TAMPICO

TAPACHULA

TEPiC

TIJUANA

TLAXCALA

TOLUCA

TORREO N

TU X PAN

1 c,•,[o •l•i• '..11'1'!1 "ml!� 1� .'r· $31,495

$32,230

$25,617

$31,495

$31 ,495

$35,169

$35,904

$36,639

$32,230

$35,169

$25,617

$36,639

$33,700

$27,087

$35,169

$36,639

$35,169

$27,087

$25,6 17

$36,639

$1 6,800

$36,639

$38,843

$31 ,495

$25,617

$36,639

$25.617

$25,617

$25.61 7

$38,843

$25,617

$35,169

$38,843

$38,843

$36,639

$38,843

$35,169

$36,639

$28,556

$38,843

$38,843

$33,700

$25,617

$38,843

$31,495

$25.617

$34.434

$25,6 1 7

$38,843

$35,904

$35,169

$33,700

$36,639

$36,639

$38,843

$38,843

$25,617

$40,317

$38,843

$43,256

TUXTLA GUTIERREZ $36,639

URUAPAN $28.556

VILLA ALDAMA $40,3 1 7

VILlAHERMOSA $36,639

ZACATECAS $32.230

ZAPO PAN $40.317

ANEXO 3 FINA NCIERO

�. ·�r\ ' '

··,

tm ml • -�a IIL', • t • iJ=t

..... i1:t. , \.\

$61,495

$62,230

$55,617

$61 ,495

$61,495

$65,169

$65,904

$66,639

$62,230

$65,169

$55,617

$66,639

$63,700

$57,087

$65,169

566,639

$65,169

$57,087

$55,617

$66,639

$46,800

$66,639

$68,843

$61 ,495

$55,6 1 7

$66,639

$55,617

$55,617

$55,617

$68,843

$55,617

$65,169

$68,843

$66,843

$66,639

$68,843

$65,169

$66,639

$58,556

$68,843

$68,843

$63,700

$55,6 1 7

$68,843

$61.495

$55,6\7

$64,43-4

$55,61 7

$68,843

$65,904

$65,169

$63,700

$66,639

$66,639

$68,843

$68,843

$55,61 7

$70,317

$68.843

$73,256

$66,639

$58,556

$70,317

$66,639

$62,230

$70,317