jurisprudencia cambio de nombre
TRANSCRIPT
poca: Dcima poca
Registro: 2004398
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federacin y su Gaceta
Libro XXIV, Septiembre de 2013, Tomo 3
Materia(s): Civil
Tesis: VII.2o.C.54 C (10a.)
Pgina: 2454
CAMBIO DE NOMBRE. LA POSIBILIDAD DE MUDARLO A QUE SE REFIERE LA FRACCIN II DEL ARTCULO 61 DEL CDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ, INCLUYE LOS APELLIDOS SIEMPRE Y CUANDO NO IMPLIQUE ALTERAR LAS RELACIONES DE PARENTESCO QUE DETERMINAN LA FILIACIN.
Del artculo 29 de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, acorde con el nuevo marco constitucional y atendiendo al principio pro persona, en relacin con el diverso numeral 61, fraccin II, del Cdigo Civil para el Estado de Veracruz, que prev la procedencia del cambio de nombre cuando una persona voluntariamente decida mudarlo, debe interpretarse en el sentido de que tal prerrogativa abarca tanto al nombre propio como a los apellidos, siempre y cuando no implique alterar las relaciones de parentesco que determinan la filiacin, lo que no sucede cuando la variacin del apellido no implica mutacin en aqulla, al no sufrir alteracin alguna el nombre de la madre o del padre.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SPTIMO CIRCUITO.
Amparo en revisin 84/2013. Gerardo Antonio Zepahua Hernndez. 9 de mayo de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ezequiel Neri Osorio. Secretario: Eduardo Castillo Robles.