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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F' R. F C. SCJ·950204.61'5 DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Fis r cA 16 DF SFPTIEM8RE No 36. G• PISO. COL CENTRO. C P 06000, Ml:XICO. O f TELS .. 41131100 1:xt S305. 532'. y 5304 FAX· 41 131751 DIRECCN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 MEXI CO, o F / CONTRATO SIMPLIFICADO 4519001228 FN SUS REMISIONES FACTURAS Y'' CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO •• S001 PROVEEDOR: MARIO HINOJOSA NAVARRO / CAMINO REAL AL COLIMA No. 285 INTERIOR 53, LA TIJERA EN TLAJOMULCO DE ZÚN!GA. GUADALAJARA, JALISCO, 45647 / 331 600 77 96, 331 600 77 96 / FECHA DEL DOCUMENTO 08/07/2019 FECHA DE ENTREGA 30 DIAS NATURALES Partida Clave art. 10 ' 1 ;: \ -r ' L FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS·HINM611 01 4-5H7 LUGAR DE ENTREGA Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF Cantidad Unidad OesC(tpcion P.Unitario Importe Total 1.000 UP MANTO. INST HIDROSANIT GUADALAJARA 39,078.00 39, 078.00 OBSERVACIONES MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES HIDROSANIT ARIAS DE LA CASA DE LA CULTURA JURiDICA EN GUADALAJARA, JALISCO. DE ACUERDO A LO SIGUIENTE: INSTALACIÓN HIDRÁULICA Y SANITARIA IHS. 001 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN W.C., CONSISTENTE EN REVISIÓN, DESASOLVE DE SALIDAS Y REGISTROS, LIMPIEZA, Y EN SU CASO CAMBIO DE REFACCIONES MENORES, COMO ES LA MANGUERA COFLEX, LA LLAVE ANGULAR , ACCESORIOS DEL TANQUE BAJO • EMPAQUES, Y SELLO DEL W.C. (JUNTA PROEL), AJUSTE DE PIJAS DE SUJECIÓN. INCLUYE ADEMAS : PROTECCIÓN DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA , DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERA RECIBI DO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI MISMO LOS MATERIALES. MANO DE OBRA, EQUIPO DE SEGURIDAD, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS TANTO VERTICALES COMO HORIZONTALES DENTRO Y FUERA DEL EDIF ICIO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U. 0.C.T. (PZA 15.00) IHS.00 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN LAVABO CONSISTENTE EN REVISIÓN, DESASOLVE DE SALIDAS, LIMPIEZA DE APARENTES DE CROMO CON PAIÍIO HUMEDO Y DEL DEPÓSITO DE PORCELANA CON AGUA Y VINAGRE EN PROPORCIÓN DE 50-50 O EN SU CASO, ALGÚN PRODUCTO ANTISARRO COMERCIAL AUTORIZADO POR LA SUPERVISIÓN, REPARACION, CAMBIO DE REFACCIÓNES MENORES COMO PUEDE 1 1 C ONTI N UA Página 1 de 5 " / /

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F' R. F C. SCJ·950204.61'5

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FisrcA 16 DF SFPTIEM8RE No 36. G• PISO. COL CENTRO. C P 06000, Ml:XICO. O f TELS .. 41131100 1:xt S305. ~72'1 532'. ~721 y 5304 FAX· 41 131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 fK~.J~~1 E~~!~t¿::t7a'.lii100. MEXICO, o F ~1Thrt~'

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CONTRA TO SIMPLIFICADO

4519001228

FN SUS REMISIONES FACTURAS Y' ' CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO ••

S001

PROVEEDOR: MARIO HINOJOSA NAVARRO / CAMINO REAL AL COLIMA No. 285 INTERIOR 53, LA TIJERA EN TLAJOMULCO DE ZÚN!GA. GUADALAJARA, JALISCO, 45647 / 331 600 77 96, 331 600 77 96 /

FECHA DEL DOCUMENTO 08/07/2019

FECHA DE ENTREGA 30 DIAS NATURALES

Partida Clave art.

10

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L

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS·HINM611 014-5H7

LUGAR DE ENTREGA Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

Cantidad Unidad OesC(tpcion P.Unitario Importe Total

1.000 UP MANTO. INST HIDROSANIT GUADALAJARA 39,078.00 39,078.00 OBSERVACIONES

MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES HIDROSANITARIAS DE LA CASA DE LA CULTURA JURiDICA EN GUADALAJARA, JALISCO.

DE ACUERDO A LO SIGUIENTE:

INSTALACIÓN HIDRÁULICA Y SANITARIA IHS.001 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN W.C., CONSISTENTE EN REVISIÓN, DESASOLVE DE SALIDAS Y REGISTROS, LIMPIEZA, Y EN SU CASO CAMBIO DE REFACCIONES MENORES, COMO ES LA MANGUERA COFLEX, LA LLAVE ANGULAR , ACCESORIOS DEL TANQUE BAJO • EMPAQUES, Y SELLO DEL W.C. (JUNTA PROEL), AJUSTE DE PIJAS DE SUJECIÓN. INCLUYE ADEMAS : PROTECCIÓN DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA , DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERA RECIBIDO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI MISMO LOS MATERIALES. MANO DE OBRA, EQUIPO DE SEGURIDAD, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS TANTO VERTICALES COMO HORIZONTALES DENTRO Y FUERA DEL EDIFICIO Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.0.C.T. (PZA 15.00)

IHS.00 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN LAVABO CONSISTENTE EN REVISIÓN, DESASOLVE DE SALIDAS, LIMPIEZA DE APARENTES DE CROMO CON PAIÍIO HUMEDO Y DEL DEPÓSITO DE PORCELANA CON AGUA Y VINAGRE EN PROPORCIÓN DE 50-50 O EN SU CASO, ALGÚN PRODUCTO ANTISARRO COMERCIAL AUTORIZADO POR LA SUPERVISIÓN, REPARACION, CAMBIO DE REFACCIÓNES MENORES COMO PUEDE

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CONTRATO SIMPUACAOO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURIDICA (HASTA 25,000 UDIS)

D E CLARACIO N ES l. La Supr<ma Colt& de Justicia de la l'l•ción, en lo suce4lvo "I• Supr"ma Corte" por conducto de 1u repruentante pu• lo• otectoa de esto inatru,,,.,,to manlfloata que: 1.1 !;sol móxirno órgano depcoilafio del Poder Judicial ée la Federación en térmínos de lo di•puesto en lo• anlculos 94 de la ConslitUClón Polltica de los E•l~do1 Unido• Mexicanos y 1° fracción l. do la Ley Or11árica del Poder Judicial de la Federación. 1.2 La prosonto contratación fue autonzada por el (Ja) Hulw de la Casa d• la Cu:\IM'a Jurld1C11 en donde twtrin de efeauarse los 1ervi<:io• medianlo el proced111iento de adjudo<acióo d1-ecta de ccn!cm"lad con lo previato on el an·cuio :!2. Pí rrt!o gujnto. del M uerdo Gentctl dt Admlníalrlción VJ/200!!. del \'eirlt!CIOOO de ae¡>\1emtx-e de do• mil ocho. del Comot~ do Cobiomo y Admlrostradón de la Su;><erna Corte de JuaUcia de la Nac.ón por el que ss r11gulan los procedimie<ilo• para la 8dqui1ieión. adminstración y deomcorpocacíón de b....,1 y le con'Jalaaón do ob<as, uso• y s<•r>i:•~• rec:uoodos pcy este T rlbuMI 1.3 El D1rec:1or de ta Casa de la Cutura Jurfdlca. esté •acuitado para suset bir et presorr.e lnstrunento, do conlormida<l oon lo diSJ)Uesto en el articulo 10 P'fralo cuarto, del Acoer00 Geoerol de Admi1'11strac16n VV2008, del veinticinco de ••pbembre de dos mol oc'lO, del Comité de Goblorno y Aáníristracl61\ de "1 Suprema Corle de Ju-st d a de la NIK!ón por el que s.. reg.ifan te• proced 'Tlier.1os para ta aoqws1a6n. admini$1r3ci6n y d&aineotp0t3eión d& bienea y la ccntratac:ón de obt~a. uso• y s.ervie&os requeódos por es:e Tribt.rial , y en analogía al pro~.amianto emuldo por la S1.1bdirécc16n Gcnorol do lo Consultivo de la Secretoria Jurldica de la Pre1ideno1a mediante ofie«> SJP/043912016 ee fed"ia 15 de abril de 2016. l.~ Para todo lo relacionado ccn el preserte contrato se~ala como su domlciio el ubicado en la Ca11e de Joú María Pino Sué,ez núnero 2. colonia Centre>, delegación Cuet.t\lém<)C, c6<l.go postal 06060, en la ciudad do México, Distrito Fode<al. 11. El prntodor do sel"llclos• por conducto de su repruentante le!Jal manifiesta ba/o protesta de doclr verdad que: 11. 1 Cuerto con personal con la suficlon!e ex:ieriencia Y califocaclén para ejecutar los servidos requert:los por "1 Suprema Corte, es! como con los ele memos técniccs y capacidad económica necesarios para tal f.n 11.2 No se encuenlra en ninguno de tos supuestos a que so refioron los enlt1.11os 48 treCClOnes 1, 11, 111, fil, v . VI, VII. VIII y X a.i como 59 1111oción XVI, dol Acuordo Cenoral do Adm1M1taaon Vlr.!008. 11.3 Conoce ~ acepta sujo!arso a lo provosto on ol Acuerdo Vl/2008, do! velnlldncc de soptiembre da dos mil ocho, del Comí tl> do Gob orno y Adm1ri•traci6n da I• Sl4'fema Corte do Ju.t•ci• dé I• Noción por el que se regtian lo• procedimientos para la adqu11icoón, adm1ristra<:i611 y des1ncorporaaón do bienes y la cortralae16n de obras, usos y &erv1cios requerido• ~or esto Alto Tribunal. 11.4 Para todo lo relacionado con e• presente contrato, se~ale como su domicil o el ubicado en la caultula d.el presente instrumento, en el apertedo denominado "Proveedor y/o Prestador dOJ sorvldos' 11.5 El Prestador de aervit1oa meroifiesla que so encuentra dobtdemente constituido conlorme a tas ley"" Mexlcanaa y ccn insaipdOn v!Qen'.e en el Rogistro Públ!CC correapondionte 111. La "Suprema Corte" y "El prostador de stl"llclos" decluan que: 111.1 Reconocen mutuomen:e la per~onalidad ¡11idica con la que oomparece.i a ta celebr.1C1ón del presellle Instrumento y man;fieslan que todas las conl.l'licaaones <r.JB se realcen entre e las se dirigí~, • los dom.cilios indicados en los antecedentes U y 11.4 de este 111S1rumento, al lenor de la• slgUientes

C L Á US ULAS

Primer•. Condiciones generales. "El prestador de servicios· se compromclc a proporcionar el ser-Aclo dcsa1to en la carátl.lla dot presente Instrumento y a respetar on lodo momerdo el p1eoo, plazo y conooe1ones de pago señaladoo on la referid• carátula, durante y hasta el cumplimiento 10111 del objalo de esto ocuetdo de vohnad••· El P<1go .. 11a1ado en la prosen1e dá,..i.da, Cllllre el total del servido contratado, por lo cual ' la Suptet\'14 Corto• no Utne obligeeién eta cubrir ningún importo odlcionet Segunda. Pena convencional. En ca,10 de fflc;umplimiento dt las oblígaciones pactadas en ef contrato. s.a aphc:até una ~na convenclonal equivalente al monto que res~te de. aplicar~ 10% al val<Jr del aeN ao o •er•iclos que no se hayen reelizado a satislaoci6n de la S...,.-ema Corte. En caso do !!1C\l!1onmi!!!)tO en los p!a291 establecidos on ol contrato slmpl!ieado, oe apl cará une pena convenctonel por etra101 que te .. an lmp.i.ables en la rea!i:z:aclón do los serv1aos. eo,.•5erte al monto QUB resule <le aplicar ol 10 ol mill,.. diario a la cantidad que mponen los !rebajos no ejeruados dentro del plazo Indicado en el apartado Inciso "fecha de entrega· de la car&ula del Conuato S1mp1.f!Clldo y no podrá exc&d9< del 10'41 del monto total eoma\ado. Tercera. Requisitos para realizar los paQos n!$pectlvos. Para electos fiscales ' El preS1ador de sCNldos' debenl presentar la o les facturas a nombre de la "Suprema Corte" sogún consta en la c8cMii de ldent1ficad 6n fosca! expeoida por la Secte1arla do Hacienda y Cródno Púb~co con .i R99istro Federal do Conitibuyent~ SCJ9502046PS Indicando ol domlcUlo sel'talado en la clttlarao16n 1.4 do es1a inslí\lmento y demé• reqUisllos fiscal•• e que hoya lugar. Cuarta. Plazo dt entrega de facluru. "El prestador de seMcios' deberá enltegar sus facturas al administrador del contrato, en un plazo no mayor a 8 díu h6b1tes (acompallada de , .. evtdoncios de ontrege a safi&facción ante este Alto Trtbunel), pare su pos1erior pago medienle tranfferencia elect~n;ca. previa reallzad6n de los 1rebajos, a entera satisleooión de la Su:irema Corto do Juot1cm do "1 Nadór~ Quinta Rstención de pagos. En el supuesto de que "El prestador de oer.Aaos• incumplo CU8lqlJe:11 de tas obligadone• descritas en et presente lnstr\rTlenlo, 1.a Suprema Corte" podra retener los µa~os qua teníj8 pendienies de cubrir 1 'El pr ... tador de servicios' hasta por el importe correapondi"'1te al incumplirriento. Sexta. Pagos en Exceso. ''El prestador de seriAclos· deberá reintegrar la. canlldades pagadas en exceso, más los Intereses que corresponda" conforme a la tasa preV1sta en la Lor dO Ingresos oc 10 F8<leraci6n, pa111 lo1 casos de prórroga pa1a el pago de cnld•tos f ,scaJos del eje<cioo correopondion1e a la foclla de pago. los cargos se cala.ilarén sobre las cantidade• paga~as en exceso en cada ca"" y so oompU1arén pcr die• naturales, desde la fecha del pago a ·¡;1 prestaqor de acMáos' "8ste la lecha on quo se pongan elect!vamenle las cantidades a disposición de 'La Suprema Corte". Séptima. Modlncactones de este Instrumento. La• condiciones pactadas en el presento Instrumento podrlin ser objeto óe modificación en términos de lo prev11lo en los ar1lculos 12. fracc•én XXII, 143, fracción 1y162 del reforidoAcuordo CaneralVl/2008. Octava. lnoxlstoncla do relación laboral. 'El prestador de servicios', como empresario y patrón del personal que ocupe para la prestación de les servicios profesionales mnteri• de este contrato sor(J el un1co responsable de las obligaciones derivadas de la• diopos o.enes laborales y demés ordenamientos on materia do traba¡o y segundad •ociet por lo que reoponderá de todas •as reclamaciones que sus trabajadores presentasen en su centra o de ·1a Suprema Corte', eo relación con lo• servicios motivo de este contreto. · La S\Jprema Cone' estaré lactAtada para requer1r • "El prestador de servicios• los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, asl como los comprobantes de pago de les cuotas al SAR INFONAVlT e IMSS En caso de que alguno o algunos de los trabafadores de "El prestador de seNldM". eje<:IAen o pretendan ejtOJtar alguM redamadl>n en contra de "la 3uprcma Corte" "El prestador de ~;oos· deoerá re<1rrbolsar la totatidad de los gastos que et09ue ia Supra~ Corte", por c0'1Ceplo de traslado, viállcos, hospedaje, transportación, alimentos y demh inh«entes, con el fon de aaed ta· arre la al.l\oridad competen!• qtu> no existe relaci6n lab<nl alguna ccn los mismos y deslindar 1 11 Supr"""' Corte' de t1.1alquler tipo de responsabiidad en ese ••nl•do. las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrán ser deducidos por "la Suprema. Corle' de las facture• que se encuentren pendientes de pogo, 1ndependlonterrente de la• acciones legeles que se pudieran ejercer. Novena. Subcontratación Para ef&CIO& de este ccnfi'atc s mptiftcado, se entiende por subcontratadón, el aCIO mediante el cual "El prestador do s.eniidos· encomienda a otra pe:sona, OS1ca o "'°'ª' la realizllaón parda. del ob¡eto da ésle contrato simpl í>CridO Cuando el prestador d<I se•vicos o contrat.sla pre\enda S\lba:Jntrala• . debeni comunicarlo prelAenwue y por estrilo a ia Suprema Corle" la ~uc tarrb1én por esaíto resol•era si acepta o rechaza la suocomratación. En ning'-l caso se aceptara la s\locontratacoón 1<>1a1 de los seMcioa o uaba¡oa con un so o 1U>contraosta En todo caso de subcontratadón. el responsable será ·¡;¡ prestador de servicios" y senl a ásto a qu,enes l u cubnl ol pag.o. No exisbrá sub<og•ción por parle del 1ut>coniratist• ní i.ndrá relación con ·1a Suprema Corte•. Declma. Confidencialidad. La documentación que se proporcione a "El praslador de servicio.o" con molivo de 18 cetebreóón de esta contrato, es propiedad de ia Suprema Corte', por lo que "El prestador de sel'ilcios". por •i o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación cualquier resuhldo o deto obtenido de tos servicios o trabajos prestadOs a la primera. Décima primara. Rescl&ión. Queda expresa.,..nte convenido que ia Suprema Corte' podiá dar ¡x .. rasaodido el preserll!I é<>nltato ª'"necesidad de que medie deci,..aclón jud1cial, on ceso de que ·e1 prestador de servid os' deje de cumplir rualqo.ie!'a de las obligaoooes que as!Mne en este ccnlrato por cauSBs que lo sean 1mautable•, o bien, en c;a!JQ do º"' objeto de embargo. hue ga estallada, concun;o merc;intll o hqu1dac.on ~es de declarar la reseiSIÓI!, 1a Suprema Corte' notificará por escrito las causas reSJ)ecdvas a "El prestador de servicios· en su dormcil10 oel'.alado en la declar.oón IL4 de este onstn.mento. co~ quien ar el acto se encuentre. otorgjndole vn plazo de quince dlas hábíles para que mar\fieste lo que a .su derecho convenga, anexe k>s documentos que estime convenie-ntes y aporto, en su easo, ia. pru&bas que eS1ima pertne!'ltes. Vanc'do ese pla20 el ór~ano ccmpelante de ia Suprema Corte' determinará sobre Is procedencia de la rescisión. 1o que ae commicaril a "El prestador de ser\Ócios".., su domicilio seiialado en la dcdaración 11.4 de lns\r\Jmenlo 06cima sogunda. Dtl fomento a la tnnaparoncla v de la protección de datos ~rsonolos. L• portes están de &CIJ~ en QUG ol prosonte instrumente constituyo lnlormaciOn p(sblica en términos do lo dispueS!o en tos articulo• 1 •. 70. 103 y 116 de la Ley General de Transp1ronaa y Ac<:eoo a la 1nrormocl6n PUbllca Gubernemanlal, por lo que !Os gobemadOs podrán realizar su corsulta. De conlo<midod con lo estaoteddo en el articulo 71 del Acuerdo Gon&rat de la Coml&16n de Trar.s~aréncla, Acceso a ta lnformac16n Publica Gubernamental y Protew6n do Datos Porsonalos d~ la Suprema Cort~ de Just ici a de le Nación. del l"l.JIAV& de julio da dos mil ocho, relatlYO a loa órganos 1/ pmcedimientos para tutelar en el •mbito de este Tribuno! los dorecños de acceso• ., infonT'ac16n. a la pnvaóded y a IQ pro1occi6n cio datos personales garantaados en el artiruo 6' Consblucional, "El prestador de sefVldos' se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ning1in m<!dio aun eleclrénicc. ri por eonlcrencias y/o ,.,,ormos los da1os personolos a que tengo acceso con moti~ de la doa.Wnontaaón que monoio o conozca al desarrollar les ac!IV.dades ob1sto del p·esente COIWat<> En caso de incumplimiento la "Suprema Corte• podr6 eldgir el p8Qo correspondiente al 10% del monto total de eote instrumento, por concepto de pene convenaonal. 06címa tercero. Legisl ación apllcabi.. El ecue<do de voluntades previsto en este lns:nrnento ccnttactual se rige por lo dispúeslo en la constitución pclillca do los Es:acos U1'1ido1 Mexi;anoe. el AaJerdo ()eneral de Adm1nístrac16n Vl/2008, del veín1icinco do Septiembre do dos m~ echo, del Comité de Gobierrw: y AdmlniS'Jaeión do la Suprema Corte do Justicia de la Naci6n y .,, lo no pro•1Sto en éSle pcr el Código Ch,1 Feoeral, Código Federal de Procedimientos C1vl'.es, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidados administrativas de los sel"ildores plbticcs y la Ley Federal cel Prorodiml<Jr!IO adml,.S1rat1vo. en lo conducente. Décima cuarta. Resolución de controvenilaa. Para efecto do la Interpretación y cumpllmlanto de lo esttpulado en este Instrumento, ' El prestador do scr-Aeoos' so somolo expresamonle a las decisiones del Tnbunal Pleno de 1a Suprema Cofle' renunciando a cualquier tuero quo en razón de su domicilio tonga o llegare e tener, de conformídad c.:n lo indicado en ol o,1ículo 11 , lra;aén XX. de ta Ley Orvéniea del Podar Juá1ciat de la Federación renu'lCiando en forme e;q:reu a Ct1Slquier otro fuero que en razón de eu domicilio o vecindad, l8"Qan o lleger11n a t"""r

Las palles aa.ierdan que cualq<Oer notiliceción que tengan que raalizarse de una p&tte a 01111, ae rea;ize<é por esetito en el domici'io que ha oel'>e!ado en las declaraciones 1.4 r 11.4 de es:e nstruiiento

RECEPCION Y CONFORMIOAD DEL PRESEN Ti; CONTRATO SIMPLIFICADO POR El PRESTADOR DE SERVICIOS

Focha

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC. OGOGO, O F. R r.c SCJ-55020ol~5

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 , 6 ' PISO, COL C€N í RO. C P 06000, M EXICO, O F TEl.S 4113'100 Exl s:ios, 5722, 5321. 5721y 5;()4 FAX. 4113175•

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P 09100, MEXICO, o.r, TELS 5701 2C3G y 5763 70S3

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519001228

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

. $001

PROVEEDOR: MARIO HINOJOSA NAVARRO I CAMINO REAL Al COLIMA No. 285 INTERIOR 53. LA TIJERA EN TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA. GUAOALAJARA, JALISCO, 45647 / 331 600 77 96, 331 600 77 96 /

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 08/07/2019 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS.HINM611014-5H7

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 30 DIAS NATURALES Calle de José Marra Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065 MX, DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descripcion · P.Unitari<i Importe Total

SER LA MANGUERA COFLEX, LLAVES ANGULARES, CESPOL, ACCESORIOS DEL LAVABO, ASI COMO CAMBIO DE EMPAQUES, Y AJUSTE DE TORNILLERIA, INCLUYEN ADEMÁS : PROTECCION DE ÁREAS Y ELEMENTOSALEDA!ilOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA , DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISION HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI MISMO TODOS LOS MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO DE SEGURIDAD, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y Al FINAL DE LOS TRABAJOS. ACARREOS TANTO VERTICALES COMO HORIZONTALES, INTERIORES Y EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.C.T. (PZA 15.00

IHS.003 DESASOLVE DE BAJADAS DE AGUAS PLUVIALES MEDIANTE PROCESOS ELECTROMECÁNICOS Y A BASE DE PRESIÓN DE AGUA CON EQUIPO TIPO KARCHER. INCLUYE: PROTECCION DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS CON PLÁSTICO Y CARTÓN CORRUGADO DE ALTA DENSIDAD, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA , DEBERÁ SER. REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISION HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS. ASI TAMBIÉN MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, , LlMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS VERTICALES Y HORIZONTALES TANTO INTERIORES COMO EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.C.T . (ML 72.00)

IHS.004 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE MINGITORIO ECOLOGICO MARCA MAKECH SERIE 4000 MRA LARGO MRA 4003 CON REJILLA DE ACERO INOXIDABLE, INCLUYE EL REEMPLAZO DEL DISPOSITIVO ODORSTOP EN El MOMENTO DEL MANTENIMIENTO Y A LOS SEIS MESES, TAPETE ANTISALPICADURAS Y DESODORANTE MARCA WEISE PARA CADA MINGITORIO Y DOS GALONES DE PRODUC O ANTIOX PARA LAVAR LOS MINGITORIOS COMO STOCK PARA LA CCJ TAMBIEN:

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CONTRATO SIMPLIACADO DE PRESTACION DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURIDICA (HASTA 25,000 UDIS)

DEC LA RACIONES l. La Suprema Corte de Justicia de 11 Nación, en lo sueesivo "la Suprema Cort~" por conducto de su representante para los efectos de eote Instrumento manlfle•t.a que: 1.1 Es ul mó•imo órgano depositario del Poder Judicial de la Federocrón, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Conotitución Pollbca de tos Estados Ul'lidot Mexicanos y 1•. fraccióri 1, de I& Lay Orgénfca del Podar Judicial de la Federación. t.2 La preSénte contrataci<ln fue autoraooa por el (ta) Titular do la Casa do la Cuft11a Jurldica en donde habrán de efectuarse los serficios mediame el proced1mien:o ce aojudt<:eción <frecto de corlormldod con lo previsto ..,., al articuto 42. pU!afo quinto. del Acuerdo Gent(l!I d! Adninistrocjón VY2908 del ""r11ic.nco de sep11embre d& dos m~ OCho, del Comtté de Gcb emo y Adm1ruS11'8c 6n de la Sl4>(9ma Cotte de Justicia de la Nación por ol q.., so rcglllan los procedimlerios pera 18 adquisldOn. admlnlstracion y desmccrporacien de btenes y la contrataaón de obras. usos y ..,rvoc;.oc r9qU9<.do• por a.to Tribunal. 1.3 Et D~eclor de la Casa do la C..hu'a Jurid ea. esté !ocultado para suscribir el presente 1nstn.monto de conformidad con lo dispuesto en el artieu!o 10 P'tralo cuarto del A"""'do Gener~I de Adrriristroción Vl/2008, dol •einticlnco do soptiombre de dos rmr ocho, del Coimlé de Gobierno y Admírnstraaón de la Suprema ente ée Justicia de >a Nación P"' el que se ragtAan tos procedimientcs para la adquts106n. administración y desincorporación da bienes y la con1rataci6n de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal. y on analogía al pionunc•amíen!o emitido por la Subdlro<eión General da lo Consu1tivo de la Secretaría Jurldlea do Is Pres><lena• mediante oficio SJP/0-439/2016 de fO<:ha 1~ de abril de 2016. t.4 Pan. todo lo reladonae!O con el p<'Gsent.o contrato sellala como su domicilio et ubicado '"' la Ca.le de José Maria Pino SuáftlZ n\'.rTioro 2, colonia Centro, delegacléw> Cuauhtómoc. cóc1go postal 06060 en ta oudad de MtlJOCO, Distrito Federal. 11 El preslador de servicios" por conducto de su representante legal manlflesla bajo protesta de decir verdad qut: 11.1 Cuenta con porsonal con la sutlc onto OJCperienc:a y callflcaaón P"'ª ejoc:Uar los servic os requeridos por la S14><ema Corte, 0$1 como con los elomeo'.cs téctuccs y eapacidlld econórnic;a oecessrios pam tal fin 11.2 No se enc\lentra on ninguno de lo• SUpUCs!os a que se refleron los art!culos 48, fracc:ones 1, 11, 111. IV, V, VI, VII. VIII y X, asl como 58 fl'8cci6n XVI. del AclJerdo General de Admíristraci6n Vl/2008 11.3 Conoce y """f>IB sujotoroc o lo ptevls:o on el llc!.>erdo Vlr.1008, d<!I veinticinco do septiembre de dos mil ocho, dol Comi!é de Gob.omo y Administraoión do la S14"ema CO<te de Juat1eia de la Nación por el Que •• regul•n los pioced1miento• para la adqu10ición, administración y d$$OCO<pQfación de bienes y la contratación de obras. usos y servicios requeridos P"' este Alto Tribunal 11.4 Para todo to relacionado con el presente contrato. se~ala como su domicilio el ubicado en la cwáhJa del presenle lnsuumento. en el apartado denomtnodo 'Proveedor y/o Prestador de seí\l\dos" 11.s El P1'8Stador o& S&rviclos manifiesta que se encuentra debidamente conslltU<do conforme a la• leyas Mexicanas y con lll$CCipci6n vlgenle en el Registro Público corrospcndil!nte 111. La "Sup111m1 Corte" y"Et prost.ador do sarvlelos" declaran que: HJ.1 Rttconocan mutuaMente la personalidad j\lklica con la qu.e c:ornparecen a le celebración del presente inltrumanto y manlier.tan que todas tas comtKlicact0nes que se reahc.en ertre ellas se ding~~' a los domici•c• ir>eicados en los antecedentes L4 y 11.4 de es:e onslrunento, at leno< de las s guienles.

C LÁ US U LAS

Prtmer~. Condlclonos genera.lea. ·et presta<for de servidos'' &e compromete a proporci()flar el .senAdo desa1lo en la carátula del presente. Instrumento y a respetar en l<Xlo momento e! precio, p azo y condiciones do pago sellalados on la referido carátula. d&rante y hasta el cumplimiento tocol del obj~lo de oste oruordo de voluntades El pago se~lado en la presente cláugula. o.bre el total del seNlcio contratado, por lo cual 1a Suprema Corte' no Uene obligación de cubrir ningun importe ed1cional S&gunda. Pen• convencional. En c11c d• jnc;ymplimiento ckt las obljgadorws padltdaa en el contrato, 1e aplK:ar• una pena convencional equivaleli'e al monto que 1vsutte dG ap!1car ol 10% al -valor dei servicio o sentic•os qu• no se hayan reelizado • salisfacción de la S~a Corto En caso do l!JCIJ!!'Dhmjen!o en los p'azos establecidos en el controlo simpifioado. se apicara ....,., pena oonwnoonal por alfasos que le tean 1mputebfes en I• reahzac·ón oe los ser\'io°' -"'•lente al monlo quu resulo de aplic:ar el 10 al m ffar d ario a la cantidad que Importen los lnlb8¡os no ejeculados dertro del pla:zo indicado en el apan9do roso "f•cha de entreg•· de la carálUla del Conc•ato S1mpl¡f1codo y no podrá exceder del 10'!1. del monto total coruatado Tercera. Requisitos p1ra re«llZlr los pagos respectivos. Para efectos fiscales El prestador de servidos· deberá preaentar la o las facturas a nombre de la 'Suprema Corte" según coru\a en Je cé<lulo de identlf1cac.6n fiscal, ox,oodida por la Secretaria do Hacioodo y Crédito Público con ol Reg1s:ro Federal do Contribuyentes SCJ9502046P5 inélcando et dom1C1ho S<Oñala<:o • • ra declaración 1.4 do este imtrumenlo y demás r<>t¡uisr1os fiscales a que haya lugar. Cuarta. Plazo de entrega do facturas. 'El prestador de servidos" deberó entregar sus l•cturaa al aémlnls1redor del contrato, en un plazo no mayor e 8 días hábiles (acompañada de tas evldonciao de entn,~ a aat1a1accf6n ante este Alto Tribunal), para su pcs1ericr pego mediante trarurerencie elactr6l'tica, previa realización de los trabajos, • antéfs satisfacción do le Suprema Corto do Ju&ticfa co t3 Nación. Quinta. Rotenclóo de p1goll. En el supueslo de 11"" 1'1 prestador de servicios• i~mpla culllqliefa de las obligaciones descri1as en el presente instn.menlo, •La Suprema eorte• podri retener los ¡;agos que tenga pendieotes de c:Wrir a 1'1 pre•lltdar de oenlidos' hasta por el i~rte correspondiente al incumplimiento. Sexta. Pagos en Exceso. "El pieslado< de serlllclos• debera reintegrar tas cantidades pagadas en exceso, íM• los Intereses que cO<Tespondan eontorm• • la tasa pr&vista en ta Ley de lngruos d" 18 Fe<!erac.ón, para loa c:uos de prórroga para al pago de cr&d11os fiacalas del aj&lCÍCIO correaponóíen:a a la focha de pago. Les ca<gos te calcularán sobre ,., canhdaaes pagadas en exceso en cada easo y.., computarin por dies naturales, desde la fecha del P•QO a 'El presta.dar de servidos" hasta la fecha en que se pongan afectivamente 1 .. ca11tidadet a dispo•id6n de 'La Suprema Corte•. Séptima. Modificaciones do esto Instrumento. Los cond.aoncs pocledes en al prosont.a lnstrum&nlo podrén sor objeto de modincoclOn en tcrmmos do lo prov1Sto en los articulo• 12, fracción XXII; 143, fracción 1y162 del ret"'ido Acuerdo General Vl/2008 Octav"' lnoxlatencla de relación laboral. 'El pre3tador de servidos". como empresarto y patl'ÓJ'\ del per10nal que ocupe para la pre3tad6n de los servicios profesionales materia de este contra:o, seré el ünico re.sponaab!e de ls,s obl gaciones derívadas de las d1apostclon6$ laborales y demás ordenamiento• en matena de trabaJO y seguridad social, por lo que ntspordGt• de !odas las reclamaciones que sus tmbajadonss praae·ntasen en su contra o de '"la Suprema Corte". en reteoón con los servtaos motivo de Mle contrato. "La Suprema Corte" eatarll facultada para requerir a "El preotador de saMc:ioo" los comprobante• de aliQci6n da sus lral>ajadores al IMSS, aal como los comprobantes de pago de las cuotas ar SAR, INl'ONAVIT e IMSS En caso do que al!J'lf'O o mguoos de los trabajadores de 'El P1'9Slador de servidos", ejecuten o prelendan ojecúar elguna redemaáón en contra de "la S<e>rema Corte". ·El prostndor de servicos· deberé r ... rnbol...- te totalidad de los gestos que L'(()gue ia Suprema Corte•, por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transpcrtacíón, alimentos y dem~• lnhontntos, con el fin de ocred1t;Jr or•e la autoridad compctcnle que no e>ds1e relación laboral alguna con lo• mismos y deslindar a i e Suprema Corte' de cualqlÍer tipo de rosponsabtUdad en ese sent do Las parte3 acvordan que el importe de los referidos g151os que se Regaran e ocasionar podnln ser deducidos por ia Suprema Corte• de las factures que se encuentren pendientes de pago. 1f'JdeJ)9rn;fifW"tement• da tes acciones lega es: que se pudieran OJercer Novena. Subcontrataclón. Para ofecios do este contrato slmpNncado, se entiende por subcon1ra1adón, el acto mediante el cual "El prestador de servidos· encomienda a otra persona, n.,ca o moral la reai.zación p&·c:.at <Sel obje:o de ésta contrato srmplifieado. Cuando el pmstacor de servicios o con'J'atisla pretenda subcontratar, d"benl comunicarlo prnlltamcnte y P"' escrito a "11 Sl4)1en"' Cort&", la qJe tamb én por eser.to resolverá si acepta o red'laz.a la subcortatllclón. En nif9ÚO caso • eoeptará la subcontralación IOtal de tos 101V1Clos o traoajos con un soto sUbcontrabsta E' todo caso de subcontratación. el rcspo11:1able será ·s prestador de sCf\/idos" y será a este a quienes les cubni el pago. No eidstiré subtogación po< pano dol 1..bcor11ratisla ri 1endra relación eon 'la Suprema Corte'. Declma. Conndenclalldad. La documentación que se proporcione a 'El pre3tador de ser.iicios· con motivo de la celebración de este contrato. es propledlld de 1a Suprema Corte', por lo que -El prestador de servidos", por si o a través do sus trabajadores. se compromete a no dlvut~ar a 1rav6s de cualqu.er medio de comunlcaciórl, cualquier reaultado o dato ctte!lÍdo do los sorv<e10s o ttabafcs prestados a la pnmera. ~cima primera. RHcl olón. Queda ei<prosamenla convenido que ia S1.4>r-• Corta" podré dar por rescindido al pi·esonte contra!o sin necesida<:I de que medie declanaciOn ¡UCi<:ial, en caso de Que 'Et preslacor <le servicios" deja do cumplir cualquiera de las obllgadones que asume en esle contrato por causas que le sean imputables, o bien. en CHO ce ser objeto de embargo huolga ostaliwa. ccncur&o mereanrn o tiquidao6n. Antes de declarar la resdslón, •ta Suprema Corte" r.otíñcaní por esenio las causas respectivas a "El prestador de 5efVldos" en su dom1ciho S<!l\alado en la dedartlClón 11.4 oo &Sta 1nstn.mento. con quien en el ad.a so e~~re. otorgándole un plazo de quince dfas hábiles paro Cf.Je manifieste lo que a su deredio convenga. anexe Jo.a documen!Os que estime conven.enlea. y apone en au caso. las pruebas que es1ime per1i'l90te• V9nci<lo ese plazo el 6rgano competente de ·1a 514l<ema Corte" deteminará sobre la procedencia de la rescisión, lo c¡ue se comuricará a ·Et prestador de senicios· en su domidlo seilalado en la dedareción 11.4 de .,.trumenlo O.CI'""' aegund•. Del fomento a ta tronaparencia y d• ta P<Otecclón de dato• personolta. l as partes es1án da acuerdo en que el presente instrumerllo oon•11:uye ui'ormación pública on tomines de to º'"f>U0ll!O en lo• anicutos 1•. 70, 103 y 116 de ta Ley General de Tronsparenela y Ac:ce&o a la Información Pibllca Gúbe!nameniat, por lo que los gobernados podrán realizar su con•ulla. De conformidad con lo u:ableádo en el artíOJlo 71 dal Acuerdo General de la Comisión de Transparencia Aoceso a la Información Pública G!Jbernamen1at y Protecooo d• Datos Por5onalos de la Suprema Cono do Justicia da la NaciÓI\ del nuevo de ¡ulio de doa mil ocho. relativo a los órgano• y ;iroced1mlentos para lutolar on ol ámbito de este Triburol los derechos de ecooso o la !nfcnnación, a la prtvaddad y a la prot•roón O. aetoe P"'"°""'"' garentiz•dos en el elliculo &• Constitucional, 'B preS\ador de servicios' se obliga a guardar seaelo y e no divulgar por ningún medio, ª"" e~ectrórnoo. "' por con!erenciao ylo ir.formes los cato• personales a que te,.,,.a acceso con mouvo de la documentacion que maneje o conozca el dessrrollw tas ac'Jvidedes objeto del preseme contrato. En caso de incumplirriento la "S<e>rema Corte" podrá exigir et p1190 correspondiente el 10~ del monto total de este imtruman:o por concepto de pvno convenc;¡ooal. Décima tercera. Legisla<i6n aplicable. El acuerdo do vok.lltedes previsto en este instr...-nenlo c:cntractual ae nge por lo dispU63IO en la cons~tución po itiea do los Estados Unidos llexicancs el Accerd~ Genoml do Admm stración Vl/2008, del veinliciflCO de Septiembre de <l08 -nd ocho. del Comité oe Go:> '"'"° y Admu•strac:ón de 18 Suprema Coite "8 Juat1áa de la Nación y en o no t)"ev.s~o on és<e por ol Cod1go Crvi Federal, Códrgo Federal de Procedimiontos Crvaes. la Ley F-.11 de Presupuqto y Respo~b1l.(l3de1 edm1rvstrahv8' de los aervJdoces públicos y !a ley Federal del Proc<>di11icn:o admulistrabvo, en to conduoema. Décima evarta. Resolución de c:ontroveralaa. Pst& etecio de In lt\lerprctadón y a 1mpfirnionto cte ro estipulado en este instmmcnto, ~e.l pr~!ltedor de scf'\lfdoS"' se someto expressmente a las decisiones del Tnb<mat Pleno de "la Suprema C0<1é' renunclondo • CIJl!lqlier fuero que en rezón de su do1nicilio tenga o llegf!re a 1ener, da conl.,,mídad con lo Indicado on ol aniculo 11. fracción XX. de le Ley Or¡¡Snlca del Pode< judic.el do le Federación renunciando en forma expresa e walQuior olro f\16ro que en ra.tón de su aomlcUio o voclndod. tengoo o llegaren a tener.

Las pa11es acuefdan que cuatq1Jl8r n01if'oeac1ón que tengan quo realizarse de una parte e ora. se realizar<! por eecrlto en el domiciio q"8 ha Millalado en las :ledaracionos 1.4 y IL4 ce esle instrumento

Fecha

J" .Jl)L .l. C l 9

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No 2 COL CENTRO Df"I FGACION CUAUHTEMOC. 06060, O F R F C SCJ-S.502o.-6PS

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 8' PISO. COL CENTRO, C.P 06000. MEXICO, D.F. 1 ELS .11131 '00 l:xt. ~. 5122. 5321, 5721 y 5304 FAX 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUl\N ESCUTIA, C.P. 09100 MEXICO, D.F. TELS. 5701 2036 y 5763 7883

COKTRA TO SIMPLIFICADO

4519001228

EN SUS REMISIONES, FACnJRAS Y -CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: MARIO HINOJOSA NAVARRO / CAMINO REAL Al COLIMA No 285 INTERIOR 53, LA TIJERA EN TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, GUADALAJARA, JALISCO, 45647 / 331 600 77 96, 331 600 77961

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 0810712019 INMEDIATA R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERVICIOS:HINM611014-5H7

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 30 D(AS NATURALES Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 • Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

Partida Clave art Cantidad Unidad Descripclon .. P.Unitario Importe Total

PROTECCIÓN DE ÁREAS y ELEMENTOS ALEDAfms. YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA, DEBERÁ SER REPARADO POR

, LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISIÓN HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, ASI TAMBIÉN MATERIALES, MANO DE OBRA, EQUIPO Y

- HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS, ACARREOS VERTICALES Y HORIZONTALES TANTO INTERIORES COMO EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN. P.U.O.C.T. (PZA 4.00)

IHS.005 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE EQUIPO, LIMPIEZA DE CISTERNA Y

~ TINACOS CON CAPACIDAD DE 1100 L TS SEGÚN NORMA DE LA SSA. A BASE DE UN

Í' CEPILLADO CON CERDA DURA Y AGUA POTABLE CORRIENTE EN DOS A TRES

' EVENTOS SEGÚN El GRUESO DE LA CAPA DE SARRO, ENJUAGAR CON MAQUINA ' KARCHER SOBRE TODAS LAS SUPERFICIES DE LA CISTERNA O El TINACO, PARA

DESPUÉS APLICAR HIPOCLORITO PURO DILUIDO AL 50 % EN AGUA , HACIENDO USO OBLIGADO DE MASCARILLA DE GAS Y ASISTENCIA EXTERIOR EN PARALELO PARA MONITOREAR ESTA ÜLTIMA TAREA DESDE AFUERA, ADEMÁS SE INCLUYE LA REVISIÓN, DIAGNOSTICO, LIMPIEZA, REPARACION Y CAMBIO DE REFACCIONES MENORES, DE LLAVES DE RETENCIÓN, DEL SISTEMA AUTOMÁTICO, ELECTRO NIVELES, FLOTADORES TODOS MARCA ROTOPLAS Y EN GRAL. TODOS Y CADA UNO DE LOS ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN EL BUEN FUNCIONAMIENTO DEL EQUIPO, ESTOS TRABAJOS INCLUYEN: MATERIALES, MANO DE OBRA, HEQUIPO, HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCION P.U.O.C.T. (PZA 6.00)

IHS.006 MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UNA TARJA DE ACERO INOXIDABLE, CONSISTENTE EN REVISIÓN, LIMPIEZA CON PAÑO HUMEDO Y ALGÚN SOLVENTE DE SER NECESARIO, REPARACION, CAMBIO DE REFACCIONES MENORES, TALES COMO MANGUERAS COFLEX, LLAVES ANGULARES, CESPOL, CONTRA,ASI COMO CAMBIO DE EMPAQUES, Y AJUSTE DE TORNILLERIA, SE DEBERÁ DE INCLUIR ADEMÁS

CO NTINU A

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CUL T\JRA JURIDICA (HASTA 25,000 UOIS)

DECLARACIONES l. La Supn!ma Corte de Justicia de la Nación, en lo suc.,slvo " la Suprema Corte" por conducto dt su reprnentante para loa efecto• de .. t• instrumento manifi$$tl que: 1.1 Es el máximo órgano dePoSrtario del Poder Judicial de le Federación. an término$ de lo d1tpueslo en los artícutos 94 de la Consliluci6n Polllica de los Estados Unklos Mexicano• y 1'. fntcc1ón 1, de la Ley Orgénica dol Poder Judicial de la FedetaciOn 1.2 La preoente oorint"J1C1ón fue alSlor1zada por el (l • ) Titular de la casa de la CU1111 Jur;dica on donde habrin de afecluatse los servidos mediante el proced.mian!o de ad,udlC8ci6n d¡raela de co'totm1aad coo lo previsto én el articulo 42. parrafo quinto. del Acuerdo Gcnorel $ AdtKlni!l[!cjón Vl/299§, del "9lnll<>nc<> de aoptJembre de dos md ocho. del Comne de Gob"""° y Ad:Tl:nostracrón ae la Suprema Cone oa Ju111cia de la NaeiOn por el que se reg.Jan los procedimienlos para la adqu siciór>, adminislrac<ón y desrncorpO'aoó<I de b.ones y to con:rata<>ón de obras usos y scrv1C1os requondos por esto Tribunal. 1.3 él 01reáor ele la casa de ta Cut111 Jurld•ca, esta facuttado P<1ra suscnbir • I p<e••nt• inolcumenlo, de oonfonn•dad 00<1 lo diapueato en el art;C\llo 10 párrafo <:ua!10, del Acuerdo GeM<a! aa A<lminísttac~ Vl/2006, del veinticinco de septiembre de do• mil ocho, del Comité de Gobierno y AdroinillraQón de la Suprema Cort& de Juollcia de la Nación por et quo oo ro~u.an los prooeaimleotos p•ra la adquiS1c ón, admin.straclón y d""1ncorp<)<ación do bienet y I• conlratación da Obras, uaos y S<11Vicios requendos por este Tlit>unal, y en an31ogia al pronunciamlenlo emitido por la Suodirero6n General ca IO COO$Ullivo de la Seetetaria Jurldica de la Presidencia mediante oficio SJP/()(39/2016 de fecha 15 de abril de 2016. 1.4 Para lodo lo relacionada con et presen1e contralo sel\ala como •u domicílio el ubicado en la Calle de Josó Maria Pino Suárez nllnero 2 , colonia Centro, delegación Cuauhtl>moc, código postal 06060 en ta ciudad da México. Distrito Federal. 11. El prestador do servicios" por conducto de su rap,.serit•nto legal manifiHta b.io proteata de decir wrdad que: 11. 1 Cuonto C100 personal con la suflcicnto CJ!llCr\en<;ia y ca~ftcaáón para"!~ los servicios requeridos por la s...,rema Corte, asl como con los elementos técOJcos y capaCidad econó'Tlica necesarios pera taJ f;n. 11.:Z No se encuenlta en rnnguno de los supuestos a qll6 se refiaren loe artk:ulos 46 fracciones l. ti, 111, IV, V. VI, VII, VIII y X, asl como 58 fracción XVI. del Acuerdo General de Admin11t'11C'O<I Vl/2008. 11.3 Cooo<;e y ~ sujetarse a 10 PfeYISto en el Acueroo Vl/2008, del •elnticio<:o do sep!lembre de dos mll oeno, del Comité da Gobierno y AamlnisiractOn de la Sup<ema CM& d& Just eta ce la Nación por el que se reguan les proced.mientos para la adqursici6n, 8dm1nís!raCfón. y doslnr.orporeci6n de blen&S y le conlratación de obras, usos y 98Nicios requeridos por esto Alto Tribunal 11.4 Para todo lo rela::ionado ccn el presente contrato, senala como su domicilio el ubicado en I• catálula del presente inslrumenlo. en el aportado denominado "Provuedor ylo Prestador da servidos' 11..5 El Prestador de serv1cros man111esta qoe se encuentra debidamente cons1it\Jldo conforme a las leyes Me);icanas y con inscripción vigerne en el Registro PúbUco correspond1srte 11' La ºSuprema Corte .. y "'fl prestador de servicios" declaran que: lh., Reconocen mutu.1men:e la penonalidad 1urldica con la que comporoccn a la colebf'aci6n del presente in1tn..mento y ma:iif~tan que toda~ las comunicaciones Qúe se reeJ,c;.en el"ltre et aa ae cingirá' a los domicilios ind.cados en los arteoedentes 1.4 y 11.4 de este instrumerno, al tenor da los sigtientes

CLAUSULAS

Primera. Condiciones gonornles. "El preslador do servidos• so compromete a proporcionar et ser.ido descrito en la C&fáttU del preunte lns!rumen.to y• respe!Ar en ledo momento el precio, pia7.0 y condiciones de pago setlalados en ta referida carátula, duranle y hasta ol cumpUmlemo total del objeto tle este acuerdo de vo1Lf11ades. El pago set\nlodo en le presente cláuslJla, cubre et total del servicie controlado, por lo cual ia Suprema Corte" no !len& obligación de c:ubnr n.ngún importe adicional. Segunda. Pen• convtnclonal. En caso de jQGUmolrmíe;n;o <k: las ob!jgadooes pactadas en el contrato, ¡9 aplican\ una pe.na convftf'lCtanai equiva;leri.e éll rnonto que resUte de apltca· el 10°~ a! va·or aot servicio o sorvlCios quo no so O<Jyon realizado a sa~sfacción de la S14>Cema Corte En e.aso de ncumo'im e.nto en toz p 3zoa esta.bJeados en e! eoritrato símp[ficado, so aplicará U'Ul pena convencion1I por atrasos que le aaan imputabres en la reatización de los serv cos equivalente al nonto que ruutte de aplicar al 10 el m>har d:eno a le cantided que in1Jorten los trabajos no ejerulados dentro del plazo indicado en el aparllldo incisc "techa de entrega" de !a caratulo del Cont"ato S1mp1ificado y ne podr4 exceder del 10% del monto total C<lnlnllado. Tercera. Requtaltoo pare reallzar los pagos respectivos. Pam efectos fiscale.\ -a prelltador de servicios" deberá presentar ta o las fact\lflls a n<>rrlbr" de la "Supn!ma Corte" según consta en la céd.Ja de lderd:ficación fiscal. expedida por la Secretar<a de Hacienda y Crédi:o PúbllOJ con el Registro Federal do Contribuyentes SCJ9502046P5 ndicando el domlciio sella!aao en la decfarac.lln 1.4 de este instrumento y demés requisitos fiscales a que haya lugar. Cuarta. Phu:o d1 •ntrega de factura.. •Et presl;idor de •ervicios' deberá entregar sus faáuras al adrrinlsllador tlel contrato, en un plazo no mnyor a B dias MbUos (ocompallado de los cvldoncios de anlrega a satillf&ee ón 8r\ta este Allo 'rr.t>unat). pera ~u postetJOr pago median:• transferencia elee"Jónica, previa reallzaeion de los trat>ajos, a entera sahsfaoci6n de la Suprema Corto da Justicia de :a N&etón Quinta. Retención de pagos. En "' 5Up\JU1o de que "El pres\ador de servidos• l~a CUl!lql<era de las oblig8ciones desaítas en et presente iffl!l\lmenfo, 'La Suprema Corte• poOOi retefler los pagos que tenga pendientes de cubrir a ·El prcsl<>dor de servicios• hasta por el ifl1)0<1e corresponden1e al ~in"iento. Seirta. Pagos en Elc960, ·a prestador de s..rvicios• deber~ rertegr• tas ca:llidades pagadas en eJICeSo, má1 los intereses que correspondan conforme a la !<loa prev ata en la ~•Y de lrvescs de la Federación. para los casDs de prórroga para et pago tle cred1to• fiscal& del e)efááo C011espon<1-ente a ta recna dé pago. Los cargos se calwlarán 50br11 11!.S cantidades pagadas an exceso en c;a:ja caso y se computaran por dios natu;ales, desde ta fecha del pago a "El prestador de se Nido•· ha&la la fecha er\ que .., pongan efectivamente l~s c¡omidades a disposlciOn de 1.a Swema Corte". Séptima. Modiflcaclones de eat• lnolt\lmenlo. Las condicione• pactadas en el presente Instrumento po<1nln 1er objeto de mod1ficacl6n en términM de lo prev111a en les articulo• 12, fracc16n XXII: 143, fracción 1y 162 del no1eríclo Aweroo General V11200B Octava. lne•l1tencl1 de n!laclón laboral. "El prestador de servicios", como empresa~o y patrón det personal que ocupe para Ja prestación de los s•N1C1os profesionales materia de esle contrate, será el único responsable de la• obli¡¡acionllS derivadeo de las d sposidones laborales y demás ordenarr1.enlo1 en materia di> trabajo y seg..,.idad social, por lo que respcnderA de todas tas redomociones que sus lntbojadores presentasen en su C100tra o de 1a Suprema Corte", en relación con los seNlclos motivo de eote concreto "La Supnoma Corte• estará feaAlada para raquerlr a "El prestador de se.vicios" los comprobanles de Bllhdón de sus trabajadore; al IMSS, asl C<lmo Jos comprobantes de pego de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS En caso de que e'9uno o lllgunos de los trabajadOn!• de ·Et pn!slador de servicios", ejeruten o p~tendan ejecutar alguna redamaclón en contra de 1a Suprema Corta", ·et p111stador de urvidos· debera reembolsar ta tOlalidad de los gastos que erogue 1a. Suprema Cort.,-, por conc<!plo de trllSfado, '1é'llcoa. hosped•íe tra11SportaClón, alimentes y demos inherentes. con al fii de acreditar ente la autoridad competente qu• no existe relación laboral alguna con los mismos y deslindar a 1a Suprema Corte• da cualquier tipo de responsabilidad en ase sentido. Las partes aouotdan q1Je el importe de los referidos gestes que se legaran a ocasícn8r podrlin ser deducidos por •ta Supremo Corte' de las faciunso que se encuentren pendiemes do pago, mdependienlem~nte dt las ~ecione» legales que se pudieran ejet'atr. Novena. Subcontratoclón. Paro efecios de este controlo simplincado, se enllendc por subccntralllción. et acto mediante et cual •Et prestador de sOfVÍdos· encomienda a otra persona. fisiea o metal la reaJi<Bción percial del obje:O de •ste contrate •implifJCado. Cuendo al prestador de servicio• o contratista pretenda subcon!ratar, deben! comunicarlo prev amente y por escñto a ia Suprema Corte•. te que :amtitn por escrito rescl.e<á si ecep1a o rechaza Je •lbcontretación. En ningún caso oe ai;eptará la s~tratación 1otal de tos •ervlt>OS o trabajos con un solo slboon:ra'Jsta. En todo caso de súbcontr..:Sáón, et responsable sera 'El prestador de seNído•· y seril a éste a qt.ienes les ctilfa el pago. No eldsdrá subrogación por parte del subcomrat<sta no tendrá re•ac 6n co~ ·1a Sup1ema Cone•. Decimo. Confidencialidad. L;o documentación que "" propordone a "B prestador de serv1dos" con moti\00 de ta ~lebraclon de ~· contrato, es propiedad de "fa Suprema Cono•, por lo que "El prestador de servicios·, por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a ~av&s de cualqu1et medío de comunicoc.6n. cua'quior resultado o date ob!crido de los servicios o trabajes prestado• o 1 e primera. Dócln1a prfmora. Rosclofón. Quedo expresamente convenido que ~a Suprema Corte' podrá dar por rescindido el presente con!rato sin necesidad de que medie declaración judicial, en case do que "El pres1ador de seNtcios· deje de CU0'11>11r cualquiera de las obtlgedones Q<le asumo on este contrato por causas que le sean imputables, o bían, en caso de ser objeto de emtargo. huelga eSlallada. concurso mercantil o liquiáaCtón. Antes de declarar ta rescisión, 1a Suprema Ccrte• notlftcará por escrito tas ceusas reipectives a ·et prestador de servidos· en su domicilio sel\alado en la dedar.ac>ón 11.4 de esto l1'1Slc1.m.,nto. c~r cu1en en c1 ~lo so encuentre. otcrgérd~o uri plaZo de quinco dias hábiles para que marrfieale lo que a su derecho convenga, anexe los documentos qye Gs!ime conver entes. y aporte. en su caso. las p~s que 951 me pett'nentes. Vencido ese plazo el órgano COIT'peterle de 1a 514>rema Corte' detcrmrnará sobre la procedonae do le rescisión, lo que se comuricará • 'El prestador de servicios· en su domicilio sehllado en la d!ldaraoón 11.4 de .. .a1rurnen10 06cfma segundo. 0.1f01TH1nto1 la tron1<parencla y do la protocclón do datos pon;cnales. Las partes estAn de acuerdo en qJe el presento ins:rumonto corstituye ,nformación pUt:lhca en ler1'><t1<>S ce lo d spuesto en los artículos 1·. 70, 103 y 116 de la Ley G~neral de Transparoncla y Acceoc a ta lrlormación Públ.ca Gubernamental. por lo que leo gobernados podrán realizar su consulta Oe CQr,lormidad con lo establecido en el ar11culo 71 del Acuerdo General de ta ComloiOn de Trenspt!rer1Cle, Aocaso e la lnlorm•c1ón Públice Gubernamental y P•otección de Datos Peroonales de la Suprema C0<te de Justicia de la Nación. del rueve de julio de dos mil ocho, ralat<vo a Jos órganos y prooedunienlos para Melar en el ámbito do este Tribunal los derechos da acceso a ta lnlormaci6n. a la pnvacidad y a Ja protecciOn de datos personales garantizados en ef 811icuo 6' Constitucional, "El ~stador de S<!Nicios.• se obliga a guardar secreto y a no divulgar por n.ngón medlo. au~ elactrÓt'Moo, ni por conf•encias ylo informes los datos person~es a quv tenga acceso con motivo de Ja doeumerUc.ión que manet• o conozca al desarroner las 11ctivdi!des obJoto cal ~raeenta controlo. En caso de lncunplirriento lo •Suprema Corte" podrá exigir el paoo correspondiente al 10% del monto total de este Instrumento, por cona>pb do pena convencion•I. Décima tercera. Leglalación aplicoble. Et ..,._do dB volu11:&<1e1 previsto an este 111sin.manto co!tracll.e oe ñgo por lo dispueoto en ta constíiuc;.6n polltc.o de los Eslados Unido• Me•!canos et Acuemo General de Adm1m1ración Vl/2008. del vell\tíanco de Septiembre de dos mi ocho del Comité de Gobcemo y Administrac'On de 11 5-ema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previ•to en éste por el Código Civil Fede•aJ. Código Federal d" Procedimientos Civiles la Ley Federal de Presupuesto y Responsabaidades administrativas de los urvidor .. pit>licos y la Ley Federal del Procedmlonlo admirwstrativo, en lo condueeotJ>. 06clma cuarta. Rtacluclón de conttovel'9tao. Para efecto de ta Interpretación y cumplimiento de lo esUputado en este lnstrnmento, "El prestador de •elVlcios· se somete exprosamonie a as decisiones del Tribunal Pleno de 1a Suprema Corte• renunciando a cualquier f i.Jeto que en razón de su dorrid~o tenga o aegare a tenttt, da confotmidad ron to lndic.do ~n eJ articulo l 1 fracción XX do la Ley Orgánica del Poder .l<JdÍClal de la Federación ronunoando on forma expre•a a cualquier otro fuero que en razón de su do111c1lio o vecindad tengan o llegaren a teie:.

Los partas acuerdan quo cua'quior not frcaclón qua tengan quo realizarse da una pane a otra ae realizará por ea<:rito en el domiciho que ha señalado en tas declaraciones t.4 y11.4 de este inslMT'tnto

Facha

I<; / ...lv1-- (,.019

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL CENTRO OELEGllCION CUAUHTEMOC. 06060, O.F. RF.C sc.i-~5

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6º PISO. COL CENTRO, C.P. 06000, MEXICO D.F. TELS:~113111Xlbl. ~. S7Z2. ~1, !>f21y~ FAX: ~113 1751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAl.Z. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESClfTIA. C.P. 09100, MEXICO, D F ras : 5701 2036 y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4519001228

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDEN CIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: MARIO HINOJOSA NAVARRO I CAMINO REAL AL COLIMA No. 285 INTERIOR 53, LA TIJERA EN TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA, GUADALAJARA, JALISCO, 456471331 600 77 96. 331 600 n96 1

FECHA DEL DOCUMENTO FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES 0810712019 INMEDIATA R.F.C. DEl PR~~TAOOR ~E SER~?.~?~:HINM~__::-~~SH~. - - · -

FECHA DE ENTREGA LUGAR DE ENTREGA 30 DIAS NATURALES Calle de José María Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX DF

Partida Clave art. Cantidad Unidad Descrjpcion P.Unitario lmpc;>rte Total

PROTECCION DE ÁREAS Y ELEMENTOS ALEDAÑOS, YA QUE DE LO CONTRARIO CUALQUIER DAÑO QUE SE CAUSE POR NEGLIGENCIA , DEBERÁ SER REPARADO POR LA EMPRESA SIN CARGO ALGUNO PARA LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y ESTE SERÁ RECIBIDO POR LA SUPERVISION HASTA QUEDAR CONFORME CON LOS RESULTADOS, AS( TAMBIÉN TODOS LOS MATERIALES, MANO DE OBRA.

1 EQUIPO Y HERRAMIENTA, LIMPIEZA DURANTE Y AL FINAL DE LOS TRABAJOS,

1 ACARREOS VERTICALES Y HORIZONTALES TANTO INTERIORES COMO EXTERIORES Y TODO LO NECESARIO PARA SU CORRECTA EJECUCIÓN, P.U.O.C.T. (PZA 1.00)

¡ -ÁREA SOLICITANTE: C.C.J. GUADALAJARA, JALISCO -A.QMINISTRADOR DEL CONTRATO: C.C.J. GUADAlAJARA. JALISCO

; -NUMERO DE SOLICITUD: OFICIO No. CCJ/GDU00270 " ..CENTRO GESTOR 1116801

-POSICIÓN PRESUPUESTAL: 35101 ·DESTINO: C.C.J. GUADALAJARA, JALISCO -TIPO DE CONTRATACIÓN: ADJUDICACIÓN DIRECTA ·CLASIFICACIÓN: MÍNIMA -ÓRGANO Ó FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ LA CONTRATACIÓN: DIRECTOR DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDlCA EN GUADALAJARA, JALISCO -FUNDAMENTO LEGAL DEL AGA Vl/2008: ARTICULOS 39, 42, 43, 82, 91, 92 Y 93 Y DEL AGA Vll/2008 LOS ARTICULOS 64, 81 Y 82 -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 2.7 DE JUNIO DE 2019 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2019: SI

FORMAN PARTE DE ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO TODOS LOS DOCUMENTOS RELACIONADOS CON EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN INCLUYENDO, DE MANERA ENUNCIATIVA Y NO LIMITATIVA, LO SIGUIENTE:

"EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, LAS ESPECIFICACIONES PARTICULARES, LAS

CO NTIN U A

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACtON DE SERVICIOS PARA CASA DEL.A CUl TURA JURIOICA IHASTA 25,000 UOIS)

DECLARACIONES J. L• Suprtm• Cona de Justicia de 11 Nación, en lo suc .. ivo "fa Suprema Cone" por conducto d• su represMl•n~ para Jos erectos de "9te lnslmmonto manifiesta que: 1.1 Es el néximo órgano aepositarlo del Poder Judicial de la federación En téurtnos de lo dlspue•lo en los articulos 94 de la Com11tuci6n Pclílica de los E•tados Unidos Mexica1os y 1•. Jracc06n l de la Ler Orgár>ca del Poder Judíci&I de la F'ed&rec:•ón 1.2 La presente cor&rat&eión fue au!onzada por el (la) ntuiar da a Casa de la Cult11a Jurldiea en donde habfán do efectoorse los •GtV1cios mediante al procod.m10rto de adjuolcaoón cirec:a de a>'1'0<m.oao CO"l lo previsto en el ..Uculo 12. párrafo gulnto1 del Acuerdo G!neral do Admir,i•traclón \11120081 <lel veiriicinco do scptiorr.b<e do dos m~ ocho. de Co<r 1' de Gob1emo y M-i11·uttadón de la S~rema Corte de Jusi cia de le Noción pcr el que •e regula"l lo! prooeclrrnwitos pera ta ad~:.11ición. admristracion y des1,,.,.,,po•acil>n de bienes y ta ooMrataci6r do ooras, uses y •er11cios requerfdos por es:e Tribunal. J.3 El Olroc1or de la Casa de ta C1.lt1.<a Jurld1ca, está facuttado para IUSCfib'r el proaente in1\r\Jfllento ce oonlorm1dad con lo a •puesto en el artlculo 10 párrofa cuarto, del Acuerdo G<inoral de Adrlilllstraci6o Vl/2008, del \"eínlicinco de septiembre do dos m11 ocio, col Comtt6 oe Gobiomo y Adnínls:t3Clon do la Supr<1ma Corte oa .Justicia de la Nación por al qua se rogcJ!an los oroceoim1entos pare la adq.r.•te16n, admihistracion y dosínco<¡lOfaclón de oienes y la con1Tataci6r, do obras, usos y ..,,..,ieio• requeridos por este Tribunal, y en enalo¡¡ía al pronunciamiento omitido pot la Subd·re::cón General <fe lo Corll!ultl vo de fa SecrataMa JlM'1dica de la Prasidenca mediante oficio SJP/043912016 do fecha 15 de abnt de 2016. 1.4 P•·• todo lo re·ecionado oon el preoen!e oontra!o senete coma su domici'io el ubicado en la Ca '• de Jasó Mario Pl"IO Suároz numero 2, colol'la Centro, dotegae:ón C\.lllullth>oc c0d110 postal 06:»J. en ta c:.udad de Méx•co Oislrilo Federal. 11. El prestador de servicios"' por conducto de su repres•ntante legal manifiestl ~JO protesta de decir verdad que: 11.1 Cuenta con perscnal con la sufi<:1ame experiencia y cakf1C11ci6n para ej«: .. ar lot aervicioa requeridos p0< la SU!M'e'l'la Cort8, asl como con los et.montos técnicos y capaodad económico necesanos para taJ nn. 11.2 No se enc:uenn on f'lnguno de 101 sup-101 a que •• rafiwen lo• anlculos 48, fi'aocioneo 1, 11, m, rv. v, VI, VII, VIII y X. asi oomo 58 fracción XIII, óel Acuerdo General de Aánon117acoórt Vl/2008 11.3 Conoce y a<:ep1• su¡etarse • lo previsto en e! Acuerdo Vl/2008, del vaintíénco do Hptiembre de des mH ocho. del Cemhé de Gob.emo y Administración de la Suprema Corto de Justicia de 'ª Noción por el que se regulan los procedlmlen!os pare le adqu1stckln. administración y desincorporaci6n de blerioa y la contretac:.ón do obras, usos y setvlc:.os requertdoe por este Allo Tr bunal. 11.4 Pora todo lo re!ecioNldo con el pres•m• contrate, solla la como su domicilio oJ ublcodo on lo can\tule dol prosonto lnollt.rnento, on el apartado denominado •Prove.,dor y/o Prestador do ser\'lcios" 11.5 El Prestedor de servicios martlf<o•ta que se cno.oerua dob'damente conS:ltlfdo cortorme o las leyes Mex una. y con 1n&aipei6n vigente en el Registro Público correooond1ente. 111. L<1 "SUprema Corte" y "El pr0&lador de aerviclos" decloran que: 111. 1 Reconocen m"iuamerne la p<1r1on1lld1d jurídica con I• que comparecen a la celebración dol presente insttUManto y manifiestan <l-"' todas las comU11Jca::Jones que se 1eal"""1 enha "'I"' t e ci-ig¡réo a los dom1cihos 1nd·oad0s en los ar4ecedentes t.4 y 11.4 de oate lns:rumanto, al tano< da taa slguentas

C lÁUSULAS

Primera. Condiciones generales. "El pres!ad0< de servicios· se compromete a proporcionar el sen/.cio desctito en 1• carat:J!a del presente lnstromelllo y a respetBr en IOdo momento al prOCtO pazo y cono1c1onas de pago senalados en la referida carátu'a, dur1;nla y Nisla •I cu:npfimlanto tolal del obja:o d& •st• acuerdo de vob.r.tados El oago !e~oledo en lo presente dáusula, cubro el !otlil del servicio contratado, por lo cual ia Suprema Corte• no Uerte ol:lllgact6n de cubrir ningú,"l Impone ad1c1cnal Sc11unda. Pena conveAA)onal. Er> e&oo de incl.'mpl'mieruo de le• ob' gaéone• pactadas on ol contrato "epllCllrB una pena oonvencional equi~alente •I 'TIOnlO ~"" resu!te ce apllc:ir e 10% al \31or del """'100 o scrvl~ oue no•• hO'¡an realizado a oalisfacci6n de la Suprema Corte En cas.c de !fCUDpl·mief!.c en IOJ p1azos establee.dos en el contrato aimpl:fi::ado, se aphcar6 t.na pena convenaonl!IJ pct atrases que le Man i.."'\'\pUtablcs ..,_la reaf2aei6n do tos servte1os aquiva!e"'lte al monte que res.Ate de "Piicar al 10 al m.llar d;a~o a la cantidad que irrl>o<ten ios trabajos no e{ecúados dentro del plazo inc:!iClldo en el •panado inciso "locha de anttega• de la oar61ula del Co'ltra~o Su"l~~ficado y rio podrA a-.cedef del 10'16 del monto total contratado. Tercen1. Requisitos para realizar Jos pagos respectivos. Para ehtá"" nscales •EJ prestador de senñdo•· deberá preeentar la o las facturas • nomllre de la "Suprema Cono• segun cons!a en 'ª cédu'a ce idenliíicecón fiscal , expedida por la Socrerarla de Hacienda y Cr~d1to Publ.co con el Reg1Stro Federal de Contnbu<¡entes SCJ95020<!6P5 lndicanoo el domleiio •eñalado en la deotarael6n 1.4 de esto trn1t1ume~to y demás roquí•lto1 fiscolff a que haya lugar Cuarta. Ptuo do entrega de factura•. 'El prestador de S<lrvidcs· deben\ entregar SU!l facturas al a<lminis1rador del contrato, en un plazo no mayor a 8 dias Mbl!es (aeompat'iada de las avldendas de entrega a satislacc1ón ante ••te Alto Triburltll). patd su. poslertor pe~o mediante tren$1erellCta elec:r6nice. prev1e re.elil.Bofón de ios trebo, os. • entera salístaoci6n de la Su¡¡rema Corte de Ju1t1cia oe la NaciQn. Quinta. Retención de pagos. En el supuesto de que "El prestador de servicios• incu~a cuotquíera de tas ollllgadones desclitas en el presente instrumento, "la Suprema Corte• podré re tener los pagos que ter>ga pendientes de cubrir a "El prestador ce seN!cios" hasta Jl(JC' el irT'plfte correspondiente 81 incumpRmlento. Sexta. Pagos en f.J<ceso. "El prestao()( de se"1icios" debeni relnt09r;ll' las ca~odes paga!laJi en eXI:Bso, máá la. ln:eno .. • que correspondan cortorme a Ja tasa prevista en la Ley de Ingresos de ~ F edarac·ór<, para 101 ea.os de prórroga para &! pago de crédi10s fiscales del ajemao com!'!'ondien:e a la rectia de pa¡¡<>. Los cargos ae csk:u!arén 60bre las t:allidades pagadas en • •ceso on cada caso y se complllarán por dfas naturales, desde 13 fecha del pago a "El prestaoor de •arvicios" hasta ta techa on que"' pongan efecllvamenta las ca'ltid•d•• a disposición de "La Suprema Cone•. S4ptima. Modlfieae>lones de eot<I ina.trumeoto. Las eondicicnes pactadas"" el preHnle 1Nt:umei:10 po:!r'n aer objeto c!ft modificación en términos M lo pravtelo en IOs ª"íoulos 12, fracción XXil; 143, fr,,cción 1y162 del referido Acuerdo GonDfal Vl/2008. Ocia••.' lnulatencla de relación laboral. "El prestador de servicios", corno empresarto y patrón d•I personal que ocupe para Ja prestadón de los servicios profesionales materia de este cor.tnno, sera el ún.co responsable d<! les obfigacione• de<ivadaa de las d;.posicioneo laboraJas y domé ordenemientoo en materia de traba,o y seguridad socíol pot lo que res¡:onderí ce todas tas recl81T'..,cione• que sus t'l!bajadores presentasen en su contra o de "la Suprem11 Corte•, en relación con los oervtcios motivo da em eontteto ·La Sup<ema Corte• estara facultada para requerir a "El prestador de aeMcios· tos eo~bantes de ant,adón de sus trabajed0<es al ttASS. as! como los comprobames de pago de las cuo"'s al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de tos trabajadora$ de "El pre&todor de seNldO.-, e)eolllen o pn;tandan 1je0J1at alguna r&elamadón en contra de 1• Suprema Corte•, "El prestador de servioos" debera reembolsar la 1otalldad de lo• giste• quo erogue ia Suprema Corte•, p0< conc<1pto de lraslado, \'!éticos, ho'pedaje, 1ransponad6n, at!merr.os y dem~• lnf'laNlmos, ce~ 01 f,n d~ .cred !ar ant~ la aUlorided competenta que no e>íste relación laboral alguna con loa mismos y deslindar a 1a Suprema Corte' de ~alQt.ier Upo de 1&apon1abllldad ""H• 50n0do. L~s p;>rtos acu<>rdon quo eJ importe de Ice referid~• ga.stos que so .llegaran e oea..Jon!ll' podrán !'"1' deducidos por ie Suprem• Corte' de las !aduras que se encuentren pendienles do pa¡¡o, .n<iepend!entemonta de las OCC:onos legalu que se pudieran ejercer. Novena. Subcontr•htclón. Paro efectos de este contrato oí,,,pllfic.ado, ••entiende por S1Jbcontta.lación, el acto mediante el cual •EJ prestador de servidos' encomiMda a otra perso"3, l isien o moral ta rea!iz.eción parcial del objeto de ~•le oortrato slmp!~icado. Cuando el preotedor de servltlOS o contratista pretenda s<t>cxmtra!Br deberá comunic.a~o pre>iamente y por eSCl'ilo a 1a Suprema Corte". ta <r.JB también por esctilo 'l!solvera si acepta o recnaza la SLbcontra1aci6n. En nl"lg"1 caso se aceptará la sUXOntrataclón total <le los serv,c.os o ttaba,os cori un solo stbcortratista En 1000 caso de subeontrátadón, et responsatle sern "El prestador de servidos" y ser.! a éste a quienes les cubfa eJ paoo. No eldstlré subrogación por part9 del subcontraUsta "' ~erorá ro1t;c16n con 1a Suprema Con•'. Oeclma. Conndenc!afldacl. La documentadón que se proporcione a "El prestador de servicios• con motivo de la celebración de este comra!o, es propiedad d" 1a Suprema Corto', por to que "El prestado< de ser\>Íaos•. por si o a lraves do •us 1Tebsjadores. se compromclc a no divulgar e tre-;és de cualqlier medio de comunieectén. ::l.'Slquier resul:ado e dalo obtenido dO lo• •erv•c•oo o trabajos prootados a la primera. Décima prfm<0r•. Resclolótl. Quede 8><presamenle convenido que ·10 Suprema Cort~· podrá dar por r••cindido el proscn!• contrato •in necesidad de que media dedarac:í6n j~<l1c:al, en caso d• que "El prestador de servidos' deje de cumplir cualauiera de las obligaciones que asume en este contrato por causas que le sean imputables o bien. en caso ce "81' objeto ca embar¡¡o. /\\ietga u1a'lada conc:urso men:antil o fquida<:ióO. Antes de declarar ta resoslón. ' IB SupremB Corte• notlf!U!r.I por esa1to las cousas '"'Ped1vas a •EJ prestador de servidos" en su domicilio senel&do en la declaradón 11.4 de esl• ir!lrurrenlo con qu an ., e acto se enc!Jentle, otorgándole un plazo de quince dlas hábiles para que manir.este lo que a su oerectlO comer.o•. ane~ Jos documen:os que esUme converientes y oporte er llJ caso, las p1uebas qua ast;me pertíncrnes. Voncido ese piafa el crgario compelente de ia Suprema Corte• delenmnará sobfe la PfOt:edencia de ta resetSt6n, lo que se eomunícar.! a ~I pre&tador de seMaos• en gu d~io u~adn en la declaración 11 . .t de inst rumento 06clm• aegund1. Del foman!o • la transparencia y de la protección de dalo• poraonal ... Las partos "tán de acuerdo en c¡yo ol preaen:e in•1Tllmento congtlt.iye 1rtormac 6o pútl ioa en términos de lo disovesto en los Mfculos t', 70, tOJ y\ 16 de la Ley Genef3! do Transparuncio y Acco•o o la lrtOfrnac:.ón Pública Gubemamo'lt<>I, por lo que los gote'l'llldos podrán reahzat su oonsu1ta. De conformidad con lo esta~le<:1do en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión do Transparencia, Acceso e le Información Pública G\bernamental y Prolna:'ón de Datos Personales de la Suprom& Corte de Ju&l icie de la NociOI\ del ooeve de julio do dos mil ocho, re'ativo a 101 órganos y procedimiento• para tu!alar"" el émbilo de aste Trlburul los derect,o• de ª"""'º a la inlO"mao~n. a 18 pnvacidaa y a la preteec:on de dalos personales ger¡ntlzedcs en el artl<:ulo 6. Constitucional. "El prestador de seivlcios• se obligo a guardar secreto y a no divulgar por nlngtlr> mc~o. aui electrónico, ni por (X)f"lfe rencias y/o riormes los datos pet-sonale.s a (l".J8 terge acceao oon motivo de la documentación que maneje o conozca al desurro'I• 'as actividades ot;e'.o del p<~lr'lta contrato. En caso de lncunplirriento la "Suprema Certe• podd eldglr el pago corraapondlente al 10% del mor&o total de aste insirumamo po• COnc:&plo da pena corvenci~I. Décima tercera. Legl1l1ción •plicable. El aet.1erdo ~e \10k.nl8de1 previsto en este instrumento conttsctual se rige por fo dspuesto en I• constitución po íl1ca de k>1 Estados Untdos MexicarVJs~ e1 Ac~erdo General de AdminlSltación Vl/200S, det •einticmco do Sept,embre de dos mol ocllo, dol Corr1té de Gob11mo y Admriotr1ct6<t do I• Supr"1fla Corte de Juotlcia de 11 f'i•c~ y on te no previ010 ~n h le por el Código Civil Federal, Código Federal ce Prooedimlentos Civies. fa ley Federal de Fresup1199fo y Raopon ... bilidade• admin;strativ~ da los aervidores p~blioos y la Lay F'edorlll del Procedimiento admirisvatvo. an Jo oondueente. Oócím~ cuarto, Ro1olucl6n de contro'lcrslns.. Para "'1ecto de fa interpretación y cumptimlcnto do lo estipulado en es!e !n~f/llmento , "El pmstador de serJldos• se somele •ll>t1'SO'l1ente " 'as decisiones del Tribunal Pleno de 1a Suprema Corte• renunciando a cualquier tuero que en razón de su dotricillo tenga o ll09are a tener. de conlormidSd eon lo lndieedo en el 111\lculo 11. fre<:ci6n XX. de la Ley Or¡¡inic:a del Poder Judieiol de le Federación renunciando en f0rme expresa e cwitquier olto tuero que en razón de su domieíllo o vecindad, tengan o r. e~erei e tener.

Les pan:ea acuardltn que a.alquie< notiricaci6n qua tengan c;ue realizarse de oos parte e otra. " realizará por esct,to en el domiciho que na 111'\alaoo en raa declaiaeionea 1.4y11.4 de e11e Ritn.rnento

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD DEL PRESENTE CONTRATO SIMPUF!CAOO POR El PfY'STAOOR DE SERVICIOS

Nombre Fecha

ifo .. ~ l..

Page 9: JOSE MARIA PINO SUAREZ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE ... · 2020-01-10 · poder judicial de la federaciÓn suprema corte de justicia de la naciÓn

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No, l COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC 06060. D.F. fU' C $CJ..950204-6P5 .

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FiSICA 16 OE SEPTIEMORI: No 38 . 6' PISO. COL CC::NTRO, C.P 06000, MEXICO. D.F. ms~~1i1w100 E:-1 5305. 5722. 5321. ~1:n yro°"

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCVTIA. C.P 09100, MEXICO, D.F TELS. 5701 2036 y 5763 7883

(~1 'fr'~.~)

-CONTRA TO SIMPLIFICADO

4519001228 EN SUS REMISIONES, FAC'TuRAS 't ~ CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

PROVEEDOR: MARIO HINOJOSA NAVARRO / CAMINO REAL AL COLIMA No. 285 INTERIOR 53, LA TIJERA EN TlAJOMULCO DE ZÚÑIGA, GUADALAJARA. JALISCO, 45647 1331 600 77 96. 331 600 77 96 /

FECHA DEL DOCUMENTO 0810712019 .....___

FECHA DE ENTREGA 30 DiAS NATURALES

Partlda Clave art.

FORMA DE PAGO INMEDIATA

1 OBSERVACIONES R.F.C. DEL PRESTADOR DE SERV1CIOS:HINM611014-5H7 __,_

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No. 2 , Cuauhtemoc, 06065, MX, DF

Cantidad !Unidad! Descripcioh

ESPECIFICACIONES GENERALES, EL ACTA DE JUNTA DE ACLARACIONES. LA PROPUESTA DEL ADJUDICATARIO Y EL DICTAMEN RESOLUTIVO TÉCNICO Y ECONÓMICO".

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN HARÁ LA RETENCIÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDA.

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. INST HIDROSANIT. GUADALAJ.ARA

REINTA PESOS 48/100. M.N.

MTRO. GERAROOCASTILLO TORR'

DIRECTOR DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA

EN GUADALAJARA, JALISCO

P. Unitario

SUBTOTAL

Importe Total

39,078.00

6.252.48

45,330.48

Pág;,.5~5

Focr.a oe mores:ón 08J07fl019 16 59 24

Page 10: JOSE MARIA PINO SUAREZ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE ... · 2020-01-10 · poder judicial de la federaciÓn suprema corte de justicia de la naciÓn

CONTRA ro SIMPLIFICADO oe PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA (HASTA 25,000 UOIS>

Dl:CLARACIONES l. La Suprema Corte de Justicia de la N•ción, en lo suc•sivo · 1a Suprem• Corte" por conducto de su raprHent•nte para los efectos do OSI• i111trum1nto maníflo~t• que: 1 1 Es el má<i'.l'o 6rga:>0 dapositanc del Poder' Jud1oa1 d<> o F oderac·ón, er 1ilrm1noo de lo d spuas10 en lo& art;cuios 94 de la Cons1rtucJ6o Poli!ir.B de los Es:ados U•ido& M""iCMOS y ·• '~"'"º"l. de ,a J..ey Organ.ca cel Poder Jud>:•al de la •-ración. 1 2 La piesento con'.r.T.3a6n fuQ auto<i4ada por ol (la) Tilu!er oe la Casa de ta Cutture Ju:iélea en donde natdn de «oct"""'o lo• ser.roci:u med11rte e pt<>ced•m1efllo de a<ljud'cac<m a recta ae c:mtc-m1dae con lo pre·n•to en &I arlfe.Jc 42. piqafo quinto, del Acuerdo General de A<fminlstraclón Vl12008, dal veinticinco de gopt1embro do dos mol ocno. del Com1•.é de Goo•erro y Admíni::tt'eckln d~ la Suprema Cono de Justici.3 de la Noct6n por&~ QtJe se rogt.J!an los procedim 'ar1tog para la adqu.slei6r!, ad'1'!tnis1r~iór y de11nco.rporec,¡.6n de bien& y la cont·ataci6n de Obras. uses y s<>rvlc.os re<)Uerido• p0< o51e l'(ll)unal 1.3 El 01rea0< ce la Casa de ta C~ll\Xa Judd ca, asta facultaoo p&ra suscrib~ el presente rutru'l!mo, de oon:ormodad con lo dispuesto en et articu•o 10 párra'o e.iarto, del A::verdo Genernl ae Adml/'llotroci6n V~ del veinticinco ce 1eptiembre Ce des mil ocho del Comit• de Gobierno t A<frl>inistraoOn de le Suprema Corte de Juitiaa de~ Nación po• el que se regulan loa proced1rroe"lto• para la adq\iisioón. admlnlstracl<l<t y desincorporación de bienes y la conlretaeo6n de obras, U$0S y servicios req.'8ndos por este Tribunal, y en analogi• al pronunciarilonto enili:lo por la Su:x!<recc.óo GMem• de lo Ccnsulbro de le Seeretori• Ji;rld;ca de a Ptes1dercia mediante o~o SJP/043912016 de fecha 15 de obnl dll 2016. 1.4 Para lodo lo ·elacior~do con ti P<eseoto contrato sellala como su domicilio al uo.cado en la Calle de José !/orla Pino Suáret nlin&ra 2 coloriia Centro. delegación Cuauhlémoc, cód1¡¡0 poslal 06060. ""'la C1ué•d da M~xico. D1e1Jito Fedonil. 11 El prestador de servicios" por conducto do su ropresent1nt• lego! mantnost.o b1Jo protesu de decir verdad quo: 11.1 Cuenta .,,,, personal con ta sil dente 0>penQnC1a y ct1·d1c;:c:6n pata e¡ee.zar los ••rv>elos requ•<idc• por ta Sup·ema Co:le asi como con IOt e'.ementot técnicos y capacíOld oconón11ca ro&alS3foO• ¡)JI,. tal fin. 11.2 No se encl.llntt& en ninguno de lo• supuo•~O• •que se refieren IQs •11culo• 48, rracc¡ones l. 11. 111, IV, V, VI. VII, 11111 y X. as! como~ fracciclf> XVI, del Acuerdo Gene;al de Mn1noslr~ Vi/2008 11.3 Conooe y ecet>'.a su¡eta•se a lo ~reV'slO ., el Acuerdo Vt.'2005, del vein!IOnc:o oe $$p',,emb-e cie dos mll odio oel Comit& de Gnorerno y Ad'llinistraciór. de la S'-"reria Corto de JuSboa de • t\ac;,6f'\ por el quo so t &gu sn !0& proeed.ml&rtcs para la ad0:u11ieión. adm1rv~.ri.c:J6n y d11il'\."..orpora~6n do blenas y 11 CO"ltrat9c16n do obra.s·, usos y seN1et0s req....tenda1 por este Alto Tribunal 11.4 Pare todo to relacionado con • presente eon'Jato •efala corio su domicdlo o! ubicado en la caréll..1a del ¡>raseni• inwul!'ento, en el "Partado denominedo ·Proveedor y/o Prestador de servicios' 11.5 El Prestador co ""'""'~ merlifesta que se e<lCue"ltra dehidame'l!e onstitu do =forme a IM le}'$$ Me•icana• y con inscripeíó, vlgeru en el Regi.ltro PUblico corresoondlenle 111. L~ "Supremo Corte• y "El prntador de servicios" decl1r1n que: 111. 1 Reconc::en mutu•!T'enle la pct•onatidod juridica con la que compomeen a le eelabraci6n del pre"'1!• ins:rurnonto y manifiestan que ladas las comunu:ac1ones que se ree •cen entre e· as se dirigirán a tos dcmid!ios lndlca~o• en lo• e!lteeedootes 1.4 y11.4 de este insl.,,,11erto, ª ' tono· de las si¡¡uíentea.

CLÁUSULAS

Primera, Condiciones generalas. •EJ preolador de •ervicios" se compromete a ptoporcionar el servido de•tóto "" la carátula del prucnlc lnStnimento y a ,...•peúlr en lodQ mom~nl<> ~! :>t~ ole"' y cond1c.ones da pa;¡o sal\a!aoos en la rclorfda caráiu. durante y llasla el ctJmplimO¡nto total do! objeto de es!a acuerdo oe voturtades. El paoo ~et\alado en la pn!senle ciAusLla, o..Clre el tolo! ce! sor\icl<> contratado. potlo c:u8l "I• Suprema Cort•' no tiene obl¡gacoón de cubrir nlng.)n •tnP01ie od·ciona Segunda. Pena con ... encicnaL En ceso de íncymp!imlento d! las. ob''nacioots paa¡¡das ~ eJ contrato, s.e oplcorA UM pena corr-1e!lcional equivalente al mcrto que resulto av opbcar ~ 10% 31 \·a:cw del uwv.oo o afWVtc;cs que no sH hayan rcaWdo a sati&facotn de la SL41fen-a COrle En caso de iricurrRímiento e:-t kzs p!ozos establecidos en el corn·11to s;mplfi:ado, ~ apl~ una per.a corwe~ONal por atr&sos quo le sean impulilble1 en la rean:ac 6n di!! tos sarv C'.ios equ va!en<e ol monto q.,e 1esulle ele aplocar el 10 al 1ríUar dla11o A la Cat11dad que •mporten los ltabajoo no ejtcu!ados dentro del plazo Indicado en el apnrtodo inciao "fecha de enuega' d• la c.ortt.Jla del Conlr•!o s.mpli'icaec y r.o POQrá e><Cede< del 10% del monto total corlr8.lsdo Tercera. Requisitos p<>ra realizar lo• pago• r••p..iivos. Para efedos fisCBlos 'EJ presl.ldOI' de sof'Jicios" <:ebera presentar la o las facttKaS a nombre de la "Suprema Crne· ••9'"' const2. on la ::M.ta de idan!lficaCJón flscal expeoida por I• Sl'C'e!Nia de· Haciendo y Creó.lo Pút>licc con el Re91slro Federal de Cvnl!ibuyenles SCJ950204Sl'>5 tndlcando el domiciilo eo~a!ado en ta declaración l.• d• aste •n•tn;:nento y demos r<1qui1'los f05calea a que haya IUQ3t. Cuarto. Plezo d• entrega de facturas. "EJ pre:o!!!dcr d<! servicios• deber• entregar sus facturas al adll'in;stnidor del contrato, en un p•azo oo mayor a 8 días hábl!es (acompat'lada de las evidencias de entrego a ••!isfacc1~ ante ••te Allo Tril>•nal). pani su poslanor pego med:ante transferercia e!ectrénic;o, pr11vía reailzaci6" dO los trabajos, a entera sat1sla:c16n da la Supr111ns Cor!~ o• Ju.ticí• oe la N!K-!ón . , Quinta. Retención de pagos. En el lillpuesto de q<re ·s ptesll!d<>r de setlliaos' incuropla cualqiJere .de las obligaciones desa1tas en el presente ínstnrnento. 1.a Sup1ema Corle' podrá retener loa pa¡¡os que tenga oendlen1es de cubrir• ·a P<••:ador de servrcíos· hasta por el l~c COJTespondlente al lncumollmienlo. Sexta. Pagos en Exceso, ·E1 prastador de g8fllicios' debera rcin\egrar las c.imtld•d•• pa¡¡adas en exceso. más los lnlereses que COfl'esponoan con'orrne a la tau previsto ""I• Ley de ln¡¡Jo•os de la Fodmrclon. pera IO• casos de prórroga pare el P"QO de crod;\o• fi•calH del ejere<:io corrctp0ndiente a la focl\a de pago. Los cargo• sw cal<:utarán sobre fas cen11~adM pag•daa en exce!c en ca<!• ceso y se oonip\11ar3n por días nat...al~•. der;de la lecha del pago a ·e1 presiador de servidos' hasla 11! fecha en q..re se pmgan e'ectlvamente los °''"bdades a chpo•ición de 1.a Suprema Cor'.e·. Séptima. Modiflcaclonoo dt este ln5tnlmento. las ccndicior~s paetaoas .• n el presente lr1strumerno podrán ser objflto de modd:caclOn en término• de IQ prevÍ$to en lo• orticu'cs 1 ~. frece on XXII 143. frección 1 y 162 del re'.endo Acuerdo Gene .. a l Vir¿ooa. Oetava. lne.xlstenci• de "''•ción lllboral. 'El prestador de "8rvioos'. como ompresario y pa1Jón del personal que oa¡pe para la prestación d1t IO$ st!Nicios profesionales metet1e de es•• cuJ·ato sera el único respons11ble d<! Ju ttlllga<:iones deri•aoas d& l3S d.spc•;ocneo labo<a!H y dema1 onlenarmentos en matona de tiebajo y aegt.nrSll'1 &ocoal, pot lo qw reaporderá de todas loo 1ec1amacion1'$ que sus trabajadores presentasen •n su con!rll o de ·1a Suprema Corte•, en relaeión con 101 servlCJos motlvo de ttSte con(rato. 'La Su¡>1ema Co11e• estará raculuda para reqoerif á ·e1 preS(o~or de sef'Jicioa· los comprollQnhts de efiliací6n de sus lraba¡adores 111 IMSS. e.si como los comprobariles de pa¡¡o da las euctos a SAR !NFDNAVIT o IMSS En caso de que alguro o llfgvnos de los trabejadores de •et pres:ador d~ ser'Jicios', ejecuten o pretendan ejeeut01 alguna redamacion en aonlra de 18 Suprema Conc', 'El preslad0< de &l!l\'ÍCJos" deben! reembolsar le totalld•d de los gamos quu orogue 1• Suprema Corte•. por conceoto de traslado, -..álicns. hosp•daie, transportación alimentos y domá• hhorentoa, cnn el f111 de ecredil•r a'l!e I• autoridad co....,..tenle que no existe reladón laboral eloullll con los mismos y de•linda' a ia suprema Corte' de cualJlU!er hpo de responsabilldad en eu oemodo LD• partes acuerden aue el importe de los referidos gastos que se llegaran e ~oRll< podrán ser deducidos por 1a Suprema Cone• de las factura• que u encuen~en pendienl•• de pago, 1ndecen<fientemem.a ce h11s acctones legales que se pudieran a1etcer. Novona. Sub<:on1'ataclón. Pare electas de este ccntrafo simoffficado, se er.Uende ¡>« llUbcontratación. el e.do mediante el cual 'El prestador de serados• encomienda a otra persona, fi•it:>l o mo•af ta realzac'ón parcial d• ob¡eto de éste <:Orttra!o s mp~fóldo Cuando el pre$<.ador de '"rv1c.cs o cnn.-at'sta p<e<.ende ~lar. deberá comunlc:.ano prfNiameote y por esatta a 1a Suprema Corte', la que l•mb;én por cs::ri10 rftll~'vttré ., acepta o red1eza la subcot\lr•ta<;;6n. En n1ng"'1 caso se aeeptan! la aubcorrtratación tola! de tos serv;cios o tnaba,os con un'°'º stbeon:rctiote En !cdO caso de subcontratadón, lll re,,ponsable será •ei prestador <f• seNiCJos' y sení a éste a qu enes les cubta et pago. No eids1ir~ S<.t><aoación por P"'1• de' subcontra~is'.s ni te!'ldrá relación oon la Suprema Corte'.

O.Cirr11. Co11lldcncialidad. La documentación que se propon:lcne a "El prestador de H<Vicios' con motlVo de le celebración de e!l1e contrato, es propled•d de "Is Suprema Corte•. ~r lo que ·e1 prestador de seMaos·, por si u e trev.e~ de sus trabajadores, &tt oomprometc a º'° df\11.JlgBir a través da cualql.li&< medre de comunicación, cuaJQuier resuf~do o dato obte~do de los 58f'\i;c.cs e itabaios prestedos a la priniera O<!cirmr primera. Rescisión. Queda upresernerJe CM\lenldo que ia Suprema Corte• podrá dsr por rescindido el presente con(fatu sin 'lOC<!Slda:I de que medie cee!•·•coóo ¡ucl CJol .,. ca< o da que ·El wesla<lo! de servicios· deje de et.mpbr cualquiera de las obltgaóone• que asume en ••te contrato por causas que le sean lmpulable:>, o bien, en cuo de s•r Ol>jato de e"1targo, hJelgo o~ta '&de. ccncuroo mercantil o üqoideci6n Aries de declarar la re&cl&ón 1a Suprnma Corte• notificará por e5crito la. C8US11s re:;pedivas a "El Pft!Slador ce servtdos· en su domicilio sel\afado en la dodorad(ln 11.4 de ot!o irs:rUY"ento, con qu.en en elª"'º oe eneuemre. oto'gi'ldol• un plazo de quinc:o dtas hábilH para que manWlest" lo que a su dered'>o convengo. anexe los documentos que estime ccMenienl•• )'aporte, en su caso los prwbll• quo oslime pe1onentes Venado """ plazo el O•garo competente de •1a Suprema Ccrte" delerminará sobre la procedencia de la resclslól'I, lo que se comui>c.ará a ·E1 preslridor de ••r.licios· en s11 domicilio se!lafado on la declaración 11.4 de imtrumeoto Décima eegunda. Del fomento il la transparencia y de la protección de dalos personales. La• partes están de oeuerdo en que •I J)!"asente instrumerlo oon.stitc...ye Jllfotmaa6o ¡x:bl.es en t6rrr.inos ca lo dispuesto en lo• e11culo• 1 •, 70 103 y 116 o~ le Ley Goncr.:I da Transparencia y Acceso a la lnl0<-n1aón Piciica Gubemamemol, por lo qu& tos gobem~oos podrén realizar su eon•ul\8. Do wnrormi<l~:J con lo eGtobtccido en el artiwo 71 deJ Acuerdo General d" la Comisión de Tronsporencl8, Ac:eso a la lofo111aciOn Publica C,ubemamontal y Protoa:lón de OllOI Persona"'• d• la Su¡xeme Corte de Justi:•• de la Noción. del ,..... • .., de jJlío oe des mll ocho n:tabvo a IOI órganos y proceoi"'<entOI pws 1utetar en el ámbno de este Tr1btnal los cereá>cs da llCC8M a le inlormacion. a r,, p<M•e,¿ad y a la protBCCÍÓ<' do dalos personales gar&rll1Zados en el artiwa s• Cunslítucional, 'El prestador de serviaos· •• obliga a QU8fdar secreta y a no diwlgar por nlngu" medio aun e,cctrónrco, ni por a'.lt'feroooas y/o rlfo!mes los dat°" j)tjfmnale~ a que tengo occoso con mo~vo de la doeurnentación que maneje o conou:a al desarrollar las actJVl<!ades obje!o cal P<ne'te contrato. En case d1 lncumpli1iiénlo la ' Suprema eorte• podr• exigir el pago corrospondlente al 10% del monto U>tel de ea10 1nstrumenlc, p0< eoncep'.o de po¡tr a corwer"'1onat. Décima tercera. Legislación aplic•ble. E:.I C"'-Crdo ca voluntades prev sio en este if>.strumento oonuactua se rige por lo chpuaoto en ia consl!lución poli!ica de los l:Jiados Ur""'3 Mox1C11nos, e Acuo"*> Gene•al de Acmorlistracl6n VV2008 del ve;nhonco de Septiembre de do• rr .. 1 ocho, del Comtté de Gobierno y AdM.nioltac;6n de la Suprom~ Corte de Jyatfcia de a Nación f en lo no prev,oto en ést& por o! COdigo Civil Federal, Código Federal de Prooedimfentos Civiles la tey federal de Prosuoue1to y Responsablffdades a<lmlnstt 9liWls d• los sorvidores p(.tllíoos y la Lay Fod1ol oe P·ocedimi•nto edmini•tra~vo en lo ccndUCMté Décima cuarta, Re!olucl6n de controversias. Para e<edo de la interpretación y a..rmphrnienlo de lo estipc.stado en este hl5:trume11to. "EJ prestador de se.rv.clos._ se "ome1" exp··flluimente a lo~ ~ecis1ones del Tribunal Pleno de io Supr~ma Corte" renvndandn a cuelquier fuero que en razón de !U domicrno tenga o llegare o tener, º" confocm!dad oon lo indicado en ol artl<>Uo 11, f•occiór XX de ta ley Qrgán;ca dc.I Podnr Jodicia de 13 Fedei'ac16n renurc1ando an forma O)l:presa a cuaiq.uiw 01ro fuero q.J& en ~:z:ón de su domici•o o veondad. leng:an o Uegarer s ten@f.

Les part&S 8CY<W'den que cuolquier noMiceoiOn que l~ngan <¡«e roaJlza,.... de '"18 parte e aira se re&lllálá por escr•to en el domieillo que ha sa~a1a(!o Ql1 18• dcdaraciones 1.4 y 11.4 ce este '""'"""""'º

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD OEL PRESENTE CONTRA TO SIMPLIFICADO POR EL PRESTADOR DE SERVICIOS

Nombre Fecha

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