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CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple No Consolidado Clave de Cotización: CARZACK Trimestre: 2 Año: 2018 1 de 125 Información Financiera Trimestral [105000] Comentarios de la Administración .................................................................................................................... 2 [110000] Información general sobre estados financieros ............................................................................................ 57 [210000] Estado de situación financiera, circulante/no circulante.............................................................................. 58 [310000] Estado de resultados, resultado del periodo, por función de gasto ........................................................... 60 [410000] Estado del resultado integral, componentes ORI presentados netos de impuestos...............................61 [520000] Estado de flujos de efectivo, método indirecto ............................................................................................. 62 [610000] Estado de cambios en el patrimonio / Activo neto - Acumulado Actual .................................................... 64 [610000] Estado de cambios en el patrimonio / Activo neto - Acumulado Anterior .................................................65 [800100] Notas - Subclasificaciones de activos, pasivos y patrimonio / Activo neto..............................................66 [800200] Notas - Análisis de ingresos y gastos ............................................................................................................ 69 [800500] Notas - Lista de notas ....................................................................................................................................... 70 [800600] Notas - Lista de políticas contables .............................................................................................................. 106 [813000] Notas - Información financiera intermedia de conformidad con la NIC 34 .............................................125

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CIBanco S.A. Institución de Banca Múltiple No ConsolidadoClave de Cotización: CARZACK Trimestre: 2 Año: 2018

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Información Financiera Trimestral[105000] Comentarios de la Administración ....................................................................................................................2

[110000] Información general sobre estados financieros ............................................................................................57

[210000] Estado de situación financiera, circulante/no circulante..............................................................................58

[310000] Estado de resultados, resultado del periodo, por función de gasto...........................................................60

[410000] Estado del resultado integral, componentes ORI presentados netos de impuestos...............................61

[520000] Estado de flujos de efectivo, método indirecto .............................................................................................62

[610000] Estado de cambios en el patrimonio / Activo neto - Acumulado Actual ....................................................64

[610000] Estado de cambios en el patrimonio / Activo neto - Acumulado Anterior .................................................65

[800100] Notas - Subclasificaciones de activos, pasivos y patrimonio / Activo neto..............................................66

[800200] Notas - Análisis de ingresos y gastos ............................................................................................................69

[800500] Notas - Lista de notas.......................................................................................................................................70

[800600] Notas - Lista de políticas contables ..............................................................................................................106

[813000] Notas - Información financiera intermedia de conformidad con la NIC 34 .............................................125

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[105000] Comentarios de la Administración

Comentarios de la administración [bloque de texto]

El 19 de enero de 2018 se constituyó el Fideicomiso Emisor con número CIB 2711 que tiene por objetivo llevar a cabo a través del Fideicomiso Controlador y otros vehículos de inversión, inversiones en desarrollos inmobiliarios en México que generen plusvalía por su ubicación y diseño.El 24 de enero de 2018 se emitió en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV) los Certificados Bursátiles Fiduciarios (CKD's) con clave de cotización CARZACK 18. El Fideicomiso Emisor con número CIB 2711, responsable de la emisión, tiene como administrador, fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar a Go Proyectos S.A. de C.V (el "Administrador"); a Carza S.A.P.I. de C.V. como Coinversionsta (el "Coinversionista"); a CI Banco S.A. de C.V., Institución de Banca Múltiple como fiduciario (el "Fiduciario"), y a Monex, Casa de Bolsa S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero Monex, como Representante Común de los Tenedores de los Certificados Bursátiles. Se emitieron 4,940,000 Certificados Bursátiles de los cuales el precio de colocación fue de $100.00 M.N., lo que generó recursos por $494,000,000.00 M.N, que representan el 20% del Monto Máximo de Emisión de $2,470,000,000.00 M.N. con vigencia de 3,652 días, misma que podrá ser prorrogada en 2 ocasiones, hasta por 2 años cada vez, previa autorización de la Asamblea de Tenedores.

Información a revelar sobre la naturaleza del negocio [bloque de texto]

El Fideicomiso Emisor (o el "Fideicomiso") tienen por objeto realizar aportaciones al Fideicomiso Controlador para que éste por cuenta propia o a través de vehículos de inversión, realice inversiones a lo largo de la cadena de valor inmobiliaria dentro de México. Las inversiones se realizarán en proyectos en curso (en donde el Coinversionista ya haya hecho alguna inversión) y en proyectos nuevos hasta por el Monto Máximo de la Emisión y durante los 7 años que dura el periodo de inversión, mismo que podrá ser extendido previa autorización de la Asamblea de Tenedores. Los recursos se obtendrán de los Tenedores a través del mecanismo de llamadas de capital conforme se presenten y aprueben los proyectos por el Comité Técnico o las Asamblea de Tenedores, según corresponda, conforme al nivel de autorización requerido.

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El Administrador es el responsable de seleccionar, proponer y evaluar la factibilidad de los Proyectos que cumplan con los requisitos de elegibilidad, además deberá gestionar y administrar las inversiones y realizar las desinversiones de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso.

Información a revelar sobre los objetivos de la administración y sus estrategias para alcanzar esos objetivos [bloque de texto]

El objetivo del Fideicomiso es tener inversiones en proyectos inmobiliarios principalmente residenciales verticales y horizontales ubicados en la República Mexicana que ofrezcan plusvalía por su ubicación y diseño, además de una alta diferenciación y calidad de vida para los clientes finales que, por el valor agregado, le otorguen a los tenedores una rentabilidad esperada, no garantizada de 17.9% promedio ponderada para el portafolio de proyectos. Desde la detección de la oportunidad hasta la venta y entrega del producto, el Administrador cuenta con procesos estandarizados, conocimiento profundo del negocio y una posición privilegiada en el mercado que le permite aprovechar las mejores oportunidades del mercado.Las inversiones se realizarán a lo largo de la cadena de valor inmobiliaria incluyendo, entre otras cosas la planeación estratégica dentro del mercado inmobiliario, la gestión de permisos y licencias necesarios para llevar a cabo la urbanización, la construcción y la comercialización de desarrollos inmobiliarios, ésta última con precios de venta por unidad superiores al millón de pesos, buscando i) rentabilidad, ii) crecimiento, iii) calidad en los desarrollos y iv) calidad de vida del cliente final. El Administrador propondrá inversiones en proyectos en curso que consistan en desarrollos inmobiliarios ya sea de vivienda, lotes, lotes comerciales o departamentos y cuyo mercado meta se enfoque a la población de los niveles socioeconómicos A a D. Adicionalmente, el Administrador buscará que el Fideicomiso efectúe inversiones en proyectos nuevos, a través de los vehículos de inversión, para buscar una cartera selectiva de inmuebles, incluyendo tierra para su desarrollo, considerando su ubicación y características particulares, que otorguen mayores rendimientos de la inversión en cada proyecto.

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Información a revelar sobre los recursos, riesgos y relaciones más significativas del fideicomiso [bloque de texto]

A continuación, se describen algunos riesgos que los inversionistas deberían tomar en cuenta al momento de considerar invertir. La lista pretende destacar los riesgos principales de la compañía, pero no es exhaustiva. La materialización de cualquiera de los riegos que se enlistan a continuación podría tener un efecto adverso significativo sobre las operaciones, la situación financiera o los resultados de operación del instrumento. Los Certificados Bursátiles no incorporan el derecho a recibir pago alguno por concepto de principal o intereses

Los Certificados Bursátiles no incorporan el derecho a recibir pago alguno por concepto de principal o intereses, ni se encuentran garantizados en forma alguna, de esta manera no es posible asegurar que los Tenedores recibirán cantidad alguna bajo los Certificados Bursátiles.

Los Certificados Bursátiles no son instrumentos de deuda. La adquisición de los Certificados Bursátiles implica invertir en instrumentos con características distintas a las de los instrumentos de deuda tradicionales. Dicha inversión conlleva riesgos asociados a la estrategia de inversión del Administrador descrita en el presente Prospecto. Los inversionistas deben conocer y entender las características de los Certificados Bursátiles antes de tomar su decisión de inversión.

Estrategia de Inversión

La estrategia de inversión se encuentra sujeta a ciertos riesgos que podrían afectar el rendimiento sobre la inversión en los Certificados Bursátiles. Las distribuciones del Fideicomiso y el monto de las mismas están sujetos a ciertos riesgos derivados de la estructura de la operación y de las inversiones respectivas, cuyos términos específicos no se conocen actualmente y podrían no llegar a conocerse al momento de llevar a cabo la Emisión de los Certificados Bursátiles.

Liquidez, derechos que incorporan los Certificados Bursátiles, ausencia de dictamen de calidad crediticia y ausencia de historial de operaciones

Los Certificados Bursátiles (i) podrían no tener liquidez en el mercado; (ii) otorgan el derecho a recibir la parte de los frutos, rendimientos o, en su caso, el valor residual de los bienes o derechos afectos al Fideicomiso, los cuales serán variables e inciertos; y (iii) no cuentan con un dictamen sobre su calidad crediticia. Asimismo, no se dispone de información que permita hacer una evaluación de los Vehículos de Inversión o los propios Proyectos con anterioridad a la realización de la oferta pública.

Activos Limitados del Fideicomiso

En el caso de que, por cualquier motivo, los recursos líquidos del Patrimonio del Fideicomiso no sean suficientes para pagar íntegramente las cantidades invertidas bajo los Certificados Bursátiles, los Tenedores

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no tendrán el derecho de reclamar su pago al Fideicomitente, al Fiduciario, al Administrador, al Coinversionista, al Representante Común, al Intermediario Colocador o a cualquier otra persona.

Las Inversiones Permitidas podrían acarrear pérdidas

Entretanto se destina el Monto Invertible, el Fiduciario invertirá los recursos que forman parte del Patrimonio del Fideicomiso en Inversiones Permitidas, de conformidad con las instrucciones del Administrador o el Régimen de Inversión Supletorio previsto en el Contrato de Fideicomiso. En la medida en que dichas inversiones otorguen rendimientos bajos o negativos, la capacidad de invertir en los Proyectos podría verse afectada en forma negativa.

Un aumento en las tasas de interés por parte del Banco de México podría traducirse en un aumento del costo de crédito.

El pasado 21 de junio de 2018, el Banco de México aumentó la tasa de referencia interbancaria en 25 puntos base, para ubicarse en 7.75%, el nivel más alto desde enero de 2009. En el transcurso del año 2016, la tasa de referencia interbancaria del Banco de México aumentó 200 puntos base y en este año se han llevado a cabo dos incrementos, el primero en 25 puntos base el pasado 8 de febrero de 2018, el segundo en 25 puntos base el pasado 21 de junio de2018 con el objetivo de atenuar el traspaso de la volatilidad del tipo de cambio y mantener la inflación dentro del objetivo del Banco de México. El aumento de la tasa de referencia interbancaria se ha traducido en un aumento en el costo del crédito a los desarrolladores de vivienda, aumentando el costo de financiamiento y reduciendo la capacidad de inversión.

El aumento de tasas antes mencionado también podría tener un efecto adverso y significativo sobre la disponibilidad y costo de los créditos puente utilizados por desarrolladoras de vivienda para financiar la construcción. En caso de que la disponibilidad o viabilidad financiera de los créditos puentes se vea afectada, el Coinversionista, y por lo tanto el Fideicomiso, podrían verse afectados en su capacidad para continuar desarrollando proyectos, o financiando la construcción a tasas de interés y costos atractivos.

Aumento en los Precios de los Insumos de Construcción

La depreciación del Peso frente al Dólar y otros factores podrían resultar en una mayor inflación y alzas en los precios de los insumos de construcción, los cuales podrían no estar reflejados en el precio de venta de las viviendas, o bien estar reflejados en el precio de las viviendas y tener un efecto negativo en la absorción. Esto podría afectar los márgenes de utilidad de los desarrollos y por lo tanto las distribuciones y rentabilidad de los Tenedores.

En los últimos 5 años, México ha experimentado un alza en los precios de insumos para la construcción de vivienda superior al alza en los precios de las viviendas. De acuerdo con datos del INEGI, la inflación anual para el desarrollo de vivienda residencial al cierre de 2016 fue de 10.0% y de 7.9% en el mismo periodo de 2017, a marzo de 2018 la inflación anual se registró en 7.3% según datos del INEGI.

Régimen fiscal aplicable al Fideicomiso

Aun cuando se pretende que el Fideicomiso cumpla con lo establecido en la regla 3.1.15. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, a fin de ser considerado como un fideicomiso a través del cual no se realizan actividades empresariales, es posible que la citada regla sea modificada o derogada en el futuro lo cual pudiera implicar que el régimen fiscal aplicable al Fideicomiso se modificara, de manera tal que el Fideicomiso pudiera llegar a ser considerado como un fideicomiso a través del cual se realizan actividades empresariales, o pudiera estar sujeto a algún régimen fiscal especial distinto que se estableciera en el futuro.

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En términos de la regla 3.1.15. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y demás normatividad vigente a la fecha del presente Prospecto, el Administrador, por cuenta del Fiduciario, será el responsable de cumplir con lo establecido en la fracción I de la citada regla y verificará que los ingresos pasivos representen cuando menos el 90% de la totalidad de los ingresos que se obtengan a través del Fideicomiso, durante el ejercicio fiscal de que se trate.

El Fiduciario, a través del Administrador, llevará un registro de los ingresos generados a través del Fideicomiso, a fin de poder evidenciar, en su caso, que los ingresos pasivos generados de forma acumulada desde el inicio del ejercicio y hasta el último día de cada mes calendario representen cuando menos el 90% de los ingresos totales generados a través del Fideicomiso en ese mismo periodo. En caso que (i) en cualquier día último de algún mes calendario no se logre el porcentaje del 90% de ingresos pasivos respecto de los ingresos totales generados a través del Fideicomiso, y (ii) el Comité Técnico, habiendo consultado con asesores en materia fiscal, determine que el Fiduciario debe efectuar pagos provisionales y estar a lo dispuesto en el artículo 13 de la LISR para cumplir con la legislación aplicable, entonces, a partir del mes inmediato siguiente a aquél en que se hubiere hecho el cálculo y hasta el último día del ejercicio, ya no se podrá aplicar lo previsto en la fracción I de la regla 3.1.15. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 13 de la LISR.

En el caso que el Fideicomiso no cumpla con los requisitos aplicables establecidos en la fracción I de la regla 3.1.15. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018 y deba considerarse como un fideicomiso a través del cual se desarrollan actividades empresariales, el Fiduciario, por instrucciones del Comité Técnico deberá solicitar el cambio de obligaciones fiscales ante el Servicio de Administración Tributaria y realizará las demás gestiones de carácter obligatorio ante las autoridades fiscales.

De conformidad con las leyes fiscales mexicanas, no calificamos como un fideicomiso de inversión en bienes raíces mexicano o FIBRA, razón por la cual no estamos sujetos a las disposiciones establecidas en la Ley del Impuesto Sobre la Renta para este tipo de fideicomisos y, particularmente, no estamos obligados a distribuir porcentaje alguno de nuestros resultados para mantener un tratamiento fiscal determinado.

El Fideicomiso Controlador aportará los recursos del Fideicomiso directamente al Coinversionista a cambio de los derechos cedidos.

Conforme a la estructura de la operación el Coinversionista recibirá del Fideicomiso Controlador los recursos derivados de las Aportaciones del Fideicomiso respecto a cada Proyecto en Curso y el Coinversionista a su vez, cederá al Fideicomiso Controlador los derechos cedidos que correspondan a dicho Proyecto en Curso. De conformidad con lo anterior, el Coinversionista mantendrá el control de todos los recursos aportados por el Fideicomiso a través del Fideicomiso Controlador. Asimismo, la cobranza de los flujos derivados de Proyectos en Curso correrá a cargo del Coinversionista quien concentrará dichos recursos en su patrimonio. Toda vez que los recursos permanecerán en el patrimonio del Coinversionista, en caso de insolvencia o litigios contra Carza, existe el riesgo de que se dicten medidas judiciales o de cualquier otra naturaleza que impidan la libre disposición de dichos recursos para continuar realizando Inversiones o distribuciones al Fideicomiso. Adicionalmente, el Fiduciario (ya sea directamente o a través del Fiduciario Controlador) tendrá las acciones que le da la ley para separar del patrimonio de Carza la porción de la cobranza que le corresponde al Fideicomiso Controlador, y no existe garantía alguna de que dichas medidas sean exitosas. Por lo anterior, en caso de litigio o insolvencia de Carza la capacidad del Fideicomiso de recibir flujos de derechos de cobro se podría ver afectada, lo que podría tener un afecto material y adverso sobre los Tenedores.

Los activos inmobiliarios tienen liquidez limitada

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Las inversiones de carácter inmobiliario tienen liquidez limitada como las que llevará a cabo el Fideicomiso. Lo anterior, puede afectar la flexibilidad para construir un portafolio óptimo de propiedades de acuerdo con las condiciones dinámicas de los mercados. De existir la necesidad de vender algún Proyecto durante la vigencia del Fideicomiso, existe la posibilidad que se tuviera que realizar alguna Desinversión por debajo de los niveles del mercado, sujeta además al pago de impuestos por traslado de dominio, derechos registrales y otros gastos necesarios para llevar a cabo la Desinversión, lo que pudiera impactar negativamente el Patrimonio del Fideicomiso y, consecuentemente, el monto de las distribuciones.

Tanto por su nivel de riesgo como por su liquidez limitada, la inversión de carácter inmobiliario como las que se llevarán a cabo dentro del Fideicomiso, es una actividad para inversionistas diversificados y de largo plazo. Los Certificados Bursátiles son para inversionistas que no requieran de liquidez continúa y que puedan soportar la pérdida total de su inversión.

Riesgos operativos

Los Inmuebles objeto de inversión estarán sujetos a riesgos operativos y a riesgos relacionados con el desarrollo y la construcción del inmueble, y la comercialización del Proyecto, así como deficiencias adicionales de los nuevos desarrollos y deficiencias no detectadas en la construcción. Adicionalmente, no existe garantía de que las necesidades de capital o los gastos del Proyecto correspondiente no excederán las estimaciones del Administrador y/o el Coinversionista o que un determinado Proyecto generará suficientes ingresos para cubrir sus necesidades de capital, así como para servir la deuda respectiva incluyendo sin limitar los créditos puente que existan en su caso.

Cambios en las necesidades de capital

Por cada Proyecto se efectuarán inversiones cuantiosas para la adquisición de terrenos y se incurrirá en gastos para su desarrollo y construcción, entre otras cosas. El volumen de estas inversiones y gastos, y el momento en que deben efectuarse, dependen de la demanda de inmuebles. En algún Proyecto, se podría dar la posibilidad de no poder predecir acertadamente el volumen de las inversiones y gastos que se tendrán que efectuar o el momento en que deban hacerse. Como resultado de lo anterior, es posible que no se cuente siempre con la liquidez suficiente para cubrir las necesidades de capital de trabajo al nivel necesario para respaldar las operaciones.

El desarrollo de nuevos Proyectos inmobiliarios puede enfrentar retrasos o incremento en los costos

Los Vehículos de Inversión podrían adquirir tierra con la intención de desarrollar Proyectos. Dichos Proyectos pueden estar sujetos a riesgos relacionados con la habilidad de los contratistas de controlar los costos y ejecutar los planes de construcción en los términos y tiempos previstos. El adecuado desarrollo de dichos Proyectos inmobiliarios está también sujeto a riesgos que no dependen del Fideicomiso, del Fideicomiso Controlador, del Administrador, del Coinversionista, de los Vehículos de Inversión o de los contratistas respectivos, tales como efectos económicos, climáticos, políticos, laborales u otros que no se contemplan actualmente. Retrasos y costos adicionales que puede encontrar el Coinversionista en el proceso de selección, adquisición y desarrollo, pueden retrasar el inicio de obtención de flujos y tener efectos adversos sobre la rentabilidad de las inversiones incurridas.

Legislación aplicable al desarrollo de los Proyectos inmobiliarios

El desarrollo de los Proyectos inmobiliarios se encuentra relacionado con materias estrictamente reguladas a nivel federal y local. Si en el desarrollo de los Proyectos se llegara a incumplir con estas regulaciones se podría estar sujeto a multas o se podría perder el derecho para desarrollar los Proyectos inmobiliarios, o

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ambos. Las entidades gubernamentales tienen facultades para implementar leyes, regulaciones y normas que pueden afectar las operaciones y el valor de los Proyectos inmobiliarios, mismas que pueden depender de consideraciones políticas.

Asimismo, la viabilidad de los Proyectos inmobiliarios puede depender frecuentemente de permisos, autorizaciones, concesiones, contratos otorgados por autoridades gubernamentales locales o federales, acuerdos con ejidatarios y acuerdos con comuneros, los cuales imponen un alto nivel de obligaciones. Si algún Proyecto llegara a incumplir con éstos, podría estar sujeto a multas o se podrían perder los derechos para desarrollar el Proyecto, o ambos. La concesión, permiso, autorización o contrato con el gobierno podría también contener cláusulas más favorables para la entidad gubernamental que un contrato comercial típico. Por ejemplo, la concesión, permiso, autorización o contrato podría facultar al gobierno a rescindir la concesión, permiso, autorización o contrato en ciertas circunstancias (como lo pudieran ser razones de interés público) sin requerir el pago de una compensación adecuada. Adicionalmente, las entidades gubernamentales que actúan como contrapartes en dichas concesiones, permisos, autorizaciones o contratos podrían tener la facultad discrecional de modificar, incrementar la regulación aplicable o nacionalizar las operaciones de los Proyectos inmobiliarios o implementar leyes, regulaciones o políticas que afecten las operaciones, independientemente de cualesquiera derechos contractuales que tengan las contrapartes gubernamentales. En los casos en que la capacidad para operar un Proyecto inmobiliario dependa de la obtención de una concesión, permiso, autorización o contrato con el gobierno, la concesión, permiso, autorización o contrato con el gobierno podrían restringir la manera de operar el Proyecto inmobiliario de forma tal que se afecte el flujo de efectivo o rentabilidad.

Conflictos de Interés

El Administrador y el Coinversionista son parte del mismo grupo corporativo. En el curso ordinario de sus negocios, el Administrador y el Coinversionista se involucran en actividades donde sus intereses o los intereses de terceras personas pudieran estar en conflicto con los intereses de los Tenedores. No existe la certeza de que un resultado no sea más ventajoso para el Administrador, el Coinversionista u otros inversionistas que para los Tenedores. El Fideicomiso podría llegar a realizar operaciones que podrían implicar un conflicto de interés. De ser éste el caso, conforme a lo dispuesto en el Contrato de Fideicomiso, el Comité Técnico y/o la Asamblea de Tenedores (según corresponda) deberán aprobar cualesquier operaciones con partes relacionadas respecto de los Vehículos de Inversión y del Administrador o aquéllas que representen un conflicto de interés. Con la finalidad de mitigar cualquier conflicto de interés que pudiera surgir, los miembros en conflicto no tendrán derecho a emitir su voto respecto de dicho punto en la sesión del Comité Técnico en la que se discutan dichas operaciones con partes relacionadas, sin embargo, no se puede asegurar que el conflicto se elimine en su totalidad o se limite de forma satisfactoria para los Tenedores. El Administrador o sus funcionarios no serán responsables por los actos que realicen de conformidad con las decisiones del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, con respecto a un posible conflicto de interés.

El Administrador o terceras Personas Afiliadas al Administrador podrán prestar servicios al Fiduciario (previa instrucción escrita entregada al Fiduciario por el Administrador, al Fideicomiso Controlador, a cualquier Vehículo de Inversión, a cualquier Fideicomiso de Proyecto y al Coinversionista), los cuales podrán incluir, sin limitación alguna, servicios de operación, de desarrollo de Proyectos inmobiliarios, de administración de Proyectos inmobiliarios, de urbanización y/o construcción de Proyectos inmobiliarios e inmuebles, de comercialización de Proyectos inmobiliarios, servicios de contabilidad y cualesquiera otros servicios que requiera el Fiduciario para el cumplimiento de los fines del Fideicomiso, cualquier Vehículo de Inversión o cualquier Fideicomiso de Proyecto; siempre y cuando la contraprestación que pague el Fiduciario, el

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Fideicomiso Controlador o el Vehículo de Inversión correspondiente por los mismos sea equivalente a una contraprestación de mercado, similar a la que cobraría un tercero por servicios del mismo tipo y de una calidad similares; la prestación de dichos servicios al Fiduciario no se considerará una operación entre Partes Relacionadas del Administrador y por lo tanto no será necesaria la autorización del Comité Técnico y/o la Asamblea de Tenedores, para tal efecto, en el entendido que el Administrador continuará siendo responsable frente al Fideicomiso Emisor respecto a los servicios prestados por terceras personas afiliadas ("Afiliada(s)") al Administrador el Fiduciario deberá, previa instrucción escrita entregada por el Administrador al Fiduciario, reembolsar al Administrador, o a cualquier Afiliada del Administrador o tercero prestador de servicios, los costos debidamente documentados por cualesquiera Gastos de Inversión incurridos por el Administrador, o por cualquier Afiliada del Administrador o tercero prestador de servicios, siempre y cuando éstos hayan sido erogados a nombre y por cuenta del Fiduciario, en relación con la prestación de servicios por el Administrador, o cualquier Afiliada del Administrador o tercero prestador de servicios, al Fiduciario, al Fideicomiso Controlador, al Coinversionista, a cualquier Vehículo de Inversión o a cualquier Fideicomiso de Proyecto de conformidad con el Contrato de Fideicomiso.

Asimismo, las Afiliadas del Administrador, del Coinversionista y otras empresas del grupo corporativo de los mismos podrían competir directamente con el Fiduciario.

Al adquirir una participación en el Fideicomiso a través de su tenencia de los Certificados Bursátiles, se asumirá que cada Tenedor reconoce la existencia de dichos conflictos de interés actuales o potenciales y sus excepciones.

Existe la posibilidad de que Carza desarrolle Proyectos por su cuenta en zonas geográficas distintas o con diferentes productos, sujeto a las obligaciones de exclusividad que se prevén en los Documentos de la Operación.

Información a revelar sobre los resultados de las operaciones y perspectivas [bloque de texto]

No aplica. Durante el trimestre que se reporta el Administrador no presentó ningún proyecto, por lo que no tiene inversiones sobre las cuales reportar.

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Información a revelar sobre las medidas de rendimiento fundamentales e indicadores que la administración utiliza para evaluar el rendimiento del fideicomiso con respecto

a los objetivos establecidos [bloque de texto]

Las medidas de rendimiento que se utilizan para aprobar los proyectos es la de Valor Presente Neto (VPN) y Tasa Interna de Retorno (TIR), derivadas de la utilización de la Metodología de Valuación y Metodología para la Determinación de Porcentaje de Ventas en Proyectos Nuevo, definidas en el Fideicomiso Emisor. Las medidas de rendimiento se utilizan para calcular el porcentaje de ventas que debe distribuirse a los Tenedores de acuerdo con lo establecido en el Fideicomiso Emisor. Al 30 de junio de 2018, el Fideicomiso no tiene ninguna inversión realizada, por lo que no tiene medidas de rendimiento sobre las cuales reportar.

Estructura de la operación [bloque de texto]

Con los recursos obtenidos de la Emisión Inicial y/o las Llamadas de Capital Subsecuentes el Fideicomiso Emisor aportará recursos al Fideicomiso Controlador, para que éste a su vez por cuenta propia o a través de otro Vehículo de Inversión realice inversiones en inmuebles de uso residencial principalmente, para su desarrollo, comercialización o administración. El periodo de inversión del Fideicomiso Emisor es de 7 años a partir de la fecha de Emisión Inicial, mismo que podrá prorrogarse en caso de ser necesario, previa autorización por la Asamblea de Tenedores. Las decisiones para llevar a cabo las Aportaciones del Fideicomiso que pretendan realizarse, deberán ser autorizadas por el Comité Técnico cuando dichas Aportaciones del Fideicomiso se destinen a operaciones que representen entre el 5% (cinco por ciento) y menos del 20% (veinte por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos restantes de los Tenedores, tomando en consideración el monto que el Comité de Inversiones les presente en términos de lo establecido en el Fideicomiso, lo anterior, en el entendido que: (i) no se requerirá de autorización alguna por parte del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores para que el Administrador instruya, previa autorización del Comité de Inversiones, al Fiduciario para realizar Aportaciones del Fideicomiso cuando la inversión que se pretenda llevar a cabo a través de un Vehículo de Inversión con dichas aportaciones representen menos del 5% (cinco por ciento) del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta Compromisos restantes de los Tenedores; y (ii) se requerirá la autorización escrita de la Asamblea Ordinaria de Tenedores para operaciones, que sean iguales o mayores al 20% (veinte por ciento) del

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Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos restantes de los Tenedores, con independencia de que dichas operaciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola. Podrán participar personas distintas al fiduciario del Fideicomiso Controlador y al Coinversionista en los Proyectos Nuevos, según lo determine el Comité Técnico, en cuyo caso la coinversión se podrá canalizar a través de una sociedad o vehículo que a su vez se asociará con el tercero. Para tal efecto, el Administrador deberá considerar y evaluar las características propias de la oportunidad de inversión de que se trate, así como las características propias de la persona de que se trate (incluyendo enunciativa más no limitativamente: el grado de experiencia probada para el tipo de inversión, su historial de operación en inversiones similares, su reputación en el mercado, sus relaciones en el sector respectivo y que tenga los recursos necesarios para llevar a cabo la coinversión) para determinar la manera en que dicha asociación podrá realizarse, en beneficio de los Tenedores. Las inversiones en "Proyectos en Curso" que realice el Fideicomiso deberán ser por el 50% del Valor del Proyecto. El Proyecto deberá ser valuado por 2 (dos) valuadores inmobiliarios, previamente autorizados por el Comité Técnico, en base a la "Metodología de Valuación" descrita en el Contrato de Fideicomiso, que considere una Tasa Interna de Retorno de 15% para determinar el porcentaje de ventas que se deberá distribuir a los Tenedores para que alcancen el retorno no garantizado del 15%. La valuación que resulte menor será la "Valuación Revisada" y se compara con la valuación que realice el Administrador, "Valuación Propuesta". Si la Valuación Revisada es mayor o menor en un porcentaje menor de 10% respecto de la Valuación Propuesta, la Valuación Revisada del valuador será considerada como la "Valuación Definitiva", de lo contrario, el Administrador deberá exponer al valuador las razones o criterios que considere no fueron tomados en cuenta por el valuador, para que en caso de que aplique, se modifiquen la Valuación Revisada y ésta se convierta en la Valuación Definitiva. Si la Valuación Revisada resultante es menor en más de 10% respecto a la Valuación propuesta del Administrador, éste podrá optar por no presentar el proyecto y notificar por escrito su decisión al Comité Técnico o Asamblea de Tenedores, según corresponda. A más tardar 6 (seis) meses después de la notificación, el Administrador deberá de presentar el proyecto ante la Asamblea de Tenedores o Comité Técnico, según sea el caso, de acuerdo a los niveles de autorización. El Coinversionista realizará la cobranza de las ventas del Proyecto, y una vez liquidada la cobranza de los derechos cedidos correspondientes a la venta de cada unidad de un proyecto en curso, y depositados los recursos correspondientes en las cuentas del Fideicomiso Controlador, el fiduciario del Fideicomiso Controlador distribuirá los recursos al Fideicomiso Emisor, y entregará los recursos remanentes en las cuentas del Fideicomiso Controlador al Coinversionista, de conformidad con las instrucciones del Administrador. La prelación de pagos en Proyectos en curso es como sigue:

1. Pago o reembolso de gastos y gastos de inversión pagaderos a la fecha, incluyendo la comisión del Administrador.

2. Constitución o reconstitución de la "Reserva para Gastos", definida en el Fideicomiso Emisor.

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3. Remanente a los Tenedores.

Para las inversiones en "Proyectos Nuevos", el Fideicomiso deberá aportar el 50% del presupuesto inicial del proyecto. El Administrador contratará a un valuador inmobiliario para que determine en base a la "Metodología de Valuación para la Determinación de el Porcentaje de Ventas", que se define en el Fideicomiso Emisor, el porcentaje que deberán recibir los Tenedores respecto a la venta del proyecto, el "Porcentaje de Ventas Revisado".Si el Porcentaje de Ventas Revisado es igual o superior al propuesto por el Administrador, el "Porcentaje Propuesto", el primero será considerado como el porcentaje de ventas al que tendrá derecho el Vehículo de Inversión, y será el "Porcentaje de Ventas Definitivo". En caso contrario, el Administrador podrá realizar una revisión junto con el valuador para llegar a un Porcentaje de Ventas Definitivo con el que ambos concuerden. Si el Administrador y el valuador no llegan a un acuerdo respecto del porcentaje, el Administrador podrá optar por no presentar el proyecto nuevo y notificarlo ante el Comité Técnico o Asamblea de tenedores según corresponda. Las inversiones deberán manejar los porcentajes de concentración máxima por tipo de desarrollo como sigue:

Casas 75%Departamentos 65%Lotes residenciales 30%Desarrollos Comerciales 15%

El Coinversionista invertirá por el mismo tiempo que el Fideicomiso Emisor en los proyectos directamente en los vehículos de inversión, el Fideicomiso Controlador será el responsable de hacer las distribuciones conforme los acordado al Fideicomiso Emisor y el Coinversionista como corresponda según la prelación de pagos. La prelación de pagos en Proyectos Nuevos es como sigue:

1. Pago o reembolso de Gastos y Gastos de Inversión pagaderos a la fecha, incluyendo la comisión del Administrador.

2. Constitución o reconstitución de la Reserva para Gastos.

3. El 100% a los Tenedores, hasta que éstos hayan recibido distribuciones acumuladas iguales al

monto solicitado para la inversión en Proyectos Nuevos

4. El 100% a los Tenedores, hasta que hayan recibido distribuciones acumuladas que satisfagan el retorno preferente, respecto del monto solicitado para la inversión.

5. Del remanente el 80% a los Tenedores y 20% al Administrador.

El Fideicomiso distribuirá a los Tenedores los rendimientos al menos de manera trimestral, siempre y cuando exista efectivo distribuible por al menos $10,000,000.00 M.N., según lo determine el Administrador de conformidad con los términos del Contrato de Fideicomiso.

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Patrimonio del Fideicomiso [bloque de texto]

Patrimonio del Fideicomiso Los términos con mayúscula de este documento tendrán el significado que se les atribuye en el Fideicomiso Emisor número CIB 2711 constituido el 19 de enero de 2018. El 24 de enero de 2018 el Fideicomiso Emisor recibió recursos de los Tenedores por $494,000,000.00 M.N. correspondientes al 20% del Monto Total de la Emisión de $2,470,000,000.00 M.N. I. Evolución de los activos fideicomitidos, incluyendo sus ingresos.

i. Desempeño de los activos.

El saldo al 30 de junio de 2018 se registró en $440,314,753 M.N. Los ingresos por interés generados en el trimestre por el Fideicomiso sobre los recursos líquidos de acuerdo a la "Política de Inversión" del mismo fueron de $6,850,699 M.N. causando una retención de ISR por $515,180 M.N., para registrar un ingreso de interés neto de $6,335,519 M.N.

ii. Composición de la totalidad de los activos al cierre del periodo.

30 de junio de 2018Efectivo y equivalentes de efectivo $440,314,753Total de activos $440,314,753

iii. Variación en saldo y número de activos.

Los movimientos en saldo y número de activos del Fideicomiso CIB 2711 se resume como sigue:

Saldo inicial 442,123,603Gasto de Valuadores Inmobiliarios 272,600Gastos de Administración 191,171Seguro Responsabilidad Profesional 581,321Comisión del Administrador 7,025,203

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Emolumentos 74,075Intereses brutos 6,850,699ISR 515,180Saldo final 440,314,753

iv. Estado de los activos por nivel de cumplimiento. No aplica. Al 30 de junio de 2018, el Fideicomiso no tiene cobranza que reportar dado que no mantiene ninguna inversión.

v. Garantías sobre los activos.

No aplica. Al 30 de junio de 2018 el Fideicomiso no mantiene ninguna inversión sobre la cual reportar.

vi. Cargas y limitaciones. No aplica.

II. Desempeño de los valores emitidos. Durante el periodo que se reporta, no se realizaron pagos a los tenedores.

III. Contratos y acuerdos. Salvo que se indique lo contrario en este documento, los términos con mayúscula inicial tendrán el significado que se les atribuye en el Contrato de Fideicomiso Emisor de Certificados Bursátiles Fiduciario número CIB/2711 constituido el 19 de enero de 2018.

Resumen de Contrato de Fideicomiso Emisor CIB 2711 Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios de Desarrollo número CIB/2711 (el "Contrato", el "Contrato de Fideicomiso" y/o el "Fideicomiso") celebrado el 19 de enero de 2018 entre: i. Go Proyectos, S.A. de C.V., en su carácter de fideicomitente, fideicomisario en segundo lugar y

administrador (el "Administrador" o el "Fideicomitente") representado en este acto por Rogelio Reyes Romo;

ii. CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple como fiduciario (el "Fiduciario") representado en este acto por sus delegados fiduciarios Cristina Reus Medina y Ricardo Antonio Rangel Fernández Macgregor;

iii. Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común (el "Representante Común") representado en este acto por José Luis Urrea Sauceda; y

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con la comparecencia y acuerdo de:

iv. Carza, S.A.P.I. de C.V., como coinversionista (el "Coinversionista") representado en este acto por Rogelio Zambrano Garza.

Declaraciones: I. Declara el Fideicomitente y Administrador por conducto de su representante legal que:

a)Es una sociedad legalmente constituida y válidamente existente como una sociedad anónima de

capital variable conforme a las leyes de México, según consta en la escritura pública número 8,015 de fecha 19 de octubre de 2016, otorgada ante la fe del licenciado Adrián Gárate Ríos, titular de la notaría pública No. 105 de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Monterrey, bajo el número NCI201600099875 de fecha 29 de noviembre de 2016.

b)Su objeto social le permite celebrar este Contrato y cumplir con sus obligaciones bajo el mismo y la

consumación de las operaciones aquí establecidas (i) no están en conflicto con, ni resultan en algún incumplimiento de los términos contenidos en sus estatutos sociales; (ii) no contravendrán o resultarán en un incumplimiento de algún contrato, obligación, acta o cualquier otro instrumento del cual el Fideicomitente y Administrador sea parte o en virtud del cual su patrimonio se encuentre sujeto; y (iii) no viola de forma material, ninguna ley, reglamento o disposición legal alguna ni resolución aplicable emitida por algún tribunal u órgano judicial o administrativo federal o local alguno o de cualquier otra entidad gubernamental que tenga competencia sobre el Fideicomitente y Administrador o su patrimonio.

c)Cuenta con todas las autorizaciones, consentimientos, licencias y permisos (las cuales se encuentran

vigentes y no están sujetos a condición alguna), ya sean gubernamentales, corporativas o de cualquier otra naturaleza, que sean necesarias de conformidad con las disposiciones legales aplicables para celebrar este Contrato y cada uno de los Documentos de la Operación de los que es parte, así como para cumplir con sus obligaciones como Fideicomitente y Administrador, en términos del presente Contrato y de los Documentos de la Operación de los cuales es parte.

d)Su representante cuenta con las facultades legales y corporativas suficientes para celebrar este

Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales el Fideicomitente y Administrador es parte, en representación del Fideicomitente y Administrador, y tiene suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, según consta en la escritura pública descrita en el inciso (a) anterior.

e)No se encuentra y la celebración de este Contrato y el cumplimiento de sus obligaciones bajo el mismo

no resultará en que el Fideicomitente (i) sea insolvente o sujeto a procedimiento alguno de quiebra o concurso mercantil en cualquiera de sus etapas; (ii) caiga en un procedimiento de disolución, liquidación o algún otro de naturaleza similar; o (iii) caiga en incumplimiento generalizado de sus obligaciones.

f)No existen acciones, juicios, reclamaciones, procedimientos o investigaciones pendientes o inminentes

ante cualquier tribunal, órgano regulatorio, comisión o cualquier otra entidad gubernamental que

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tenga jurisdicción sobre el Fideicomitente y Administrador o su patrimonio, este Contrato, los demás Documentos de la Operación o las operaciones contempladas en los mismos; (i) cuyo objetivo sea anular o invalidar el presente Contrato o los demás Documentos de la Operación de los cuales el Fideicomitente y Administrador sea parte; (ii) que pretendan impedir la consumación de cualquiera de las operaciones contempladas en el presente Fideicomiso o cualquiera de los demás Documentos de la Operación de los cuales el Fideicomitente y Administrador sea parte; o (iii) que tengan como objetivo la emisión de cualquier resolución o sentencia que pudiera esperarse que razonablemente resulte en un evento material adverso en el negocio, la operación, los recursos, los pasivos o la situación (ya sea financiera o de otra índole) del Fideicomitente y Administrador, que afecte o pudiera afectar el resultado de sus operaciones o su capacidad para cumplir con sus obligaciones conforme a este Contrato o conforme a cualquiera de los Documentos de la Operación de los que sea parte.

g)No se encuentra en violación de (i) ley relevante alguna a la cual se encuentre sujeta; y (ii) término o

condición alguna que se contenga en contratos relevantes de los que sea parte, su escritura constitutiva, estatutos sociales u otros documentos importantes de los cuales sea parte o en virtud de los cuales pueda estar obligada y cuya violación, ya sea de manera individual o conjunta, resulte o pudiera esperarse, razonablemente, que resulte en un evento material adverso.

h)La constitución del presente Fideicomiso no constituye violación a ningún contrato del que el

Fideicomitente y Administrador o sus Afiliadas sean parte.

i)No ha ocurrido hecho o acontecimiento alguno en o antes de la fecha de celebración del presente Contrato que tenga o pudiera tener un evento material adverso en el negocio, la operación, los recursos, los pasivos o la situación (ya sea financiera o de otra índole) del Fideicomitente y Administrador que afecte o pudiera afectar el resultado de sus operaciones o su capacidad para cumplir con sus obligaciones conforme a este Contrato o conforme a cualquiera de los Documentos de la Operación de los que sea parte.

j)El presente Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte, han sido

debidamente celebrados y constituyen obligaciones legales, válidas del Fideicomitente y Administrador, y exigibles en su contra conforme a sus términos respectivos.

k)Con excepción de las autorizaciones de la CNBV y de la BMV requeridas para llevar a cabo la oferta

pública de los Certificados Bursátiles, en términos del presente Contrato, no requiere de ningún permiso o autorización, corporativa, gubernamental, o de cualquier otra naturaleza para la celebración y cumplimiento del presente Contrato, así como para llevar a cabo las operaciones contempladas en el presente Fideicomiso, distintas de las que ha obtenido, las cuales se encuentran en pleno vigor y efecto.

l)Todas las declaraciones contenidas en este Contrato son ciertas, correctas y verdaderas en esta fecha

y lo serán en la Fecha de Emisión Inicial.

m)Los bienes que en este acto transmite al Fiduciario en cumplimiento del presente Contrato son de procedencia lícita y se encuentran libres de todo gravamen.

n)Es su voluntad constituir el fideicomiso a que se refiere el presente Contrato para los fines previstos en

el mismo.

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o)El Fiduciario le hizo saber de manera inequívoca, clara y precisa el contenido y alcance legal del

artículo 106 fracción XIX inciso b) de la LIC y de otras disposiciones legales, mismas que se transcriben en la Cláusula 23 del presente Contrato.

p)Reconoce y conviene que la celebración del presente Contrato lo obliga a entregar al Fiduciario de

forma anual, y según sea requerido por el Fiduciario, de tiempo en tiempo, la actualización de la información y documentación solicitada por el Fiduciario al amparo de sus Políticas de Identificación y Conocimiento de Clientes (identificadas como "Know Your Customer").

q)El Representante Común puso a su disposición en su oportunidad y a su entera conformidad, antes de

la celebración del presente Contrato e inclusive previo a la entrega de sus datos y/o los de su personal a éste, el aviso de privacidad que se contiene en la página de internet www.monex.com.mx.

II. Declara el Fiduciario por conducto de sus delegados fiduciarios que:

a)Es una sociedad anónima debidamente constituida y válidamente existente bajo las leyes de México y

se encuentra autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para actuar como institución de banca múltiple conforme al artículo 46, fracción XV de la LIC, según lo acredita con la escritura pública número 57,840 de fecha 6 de febrero de 2008, otorgada ante la fe del licenciado Roberto Núñez y Bandera, titular de la notaría pública número 1 de la Ciudad de México, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de dicha entidad, bajo el folio mercantil electrónico número 384235 el día 25 de julio de 2008.

b)El presente Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y cualquier otro documento celebrado en su nombre o representación en relación con las operaciones descritas en este Contrato o en cualquiera de los Documentos de la Operación, han sido debidamente autorizados y constituyen una obligación legal y válida del Fiduciario, exigible en su contra de conformidad con sus respectivos términos.

c)Cuenta con las autorizaciones corporativas y demás necesarias para celebrar válidamente el presente Contrato y cada uno de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte, así como para cumplir con sus obligaciones en términos del presente Contrato y de dichos Documentos de la Operación.

d)Sus delegados fiduciarios cuentan con las facultades necesarias para la celebración de este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte en nombre y representación del Fiduciario y tienen suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, las cuales no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna, según consta en la escritura pública número 118,737 de fecha 14 de mayo de 2015, otorgada ante la fe del licenciado Amando Mastachi Aguario, notario público número 121 de la Ciudad de México, inscrita en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio mercantil 384235.

e)La celebración y cumplimiento del presente Contrato y de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte no contravienen disposición legal, administrativa, estatutaria o contractual alguna que le resulte aplicable.

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f)Con excepción de las autorizaciones de la CNBV y de la BMV requeridas para llevar a cabo la oferta pública restringida de los Certificados Bursátiles, en los términos del presente Contrato y el depósito que realice en Indeval del Título, no requiere de algún permiso o autorización, corporativa, gubernamental, o de cualquier otra naturaleza para la celebración y cumplimiento del presente Contrato, así como para llevar al cabo las operaciones contempladas en el presente Fideicomiso, distintas de las que ha obtenido, las cuales se encuentran en pleno vigor y efecto.

g)Todas las declaraciones hechas por el Fiduciario en cualquier certificación o cualquier otro documento relacionado con la celebración del presente Contrato y cualquier otro Documento de la Operación del cual sea parte, en esta fecha o en la fecha en que se realice cualquier operación prevista en alguno de ellos, según sea aplicable, son verdaderas y correctas en todos sus aspectos importantes, a la fecha en que fueron hechas.

h)Está de acuerdo en celebrar el presente Fideicomiso en los términos y condiciones que se establecen en el mismo.

i)Ha explicado a las demás partes del Fideicomiso de manera expresa e inequívoca el contenido y el alcance de las disposiciones previstas en el Párrafo b) Sección XIX del artículo 106 de la LIC y el Número 5.5. de la Circular 1/2005 publicada el 23 de junio de 2005 por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, transcrita en el clausulado del presente Contrato.

j)No conoce ni debe conocer los términos y condiciones de contratos relacionados con o derivados del Fideicomiso que por este instrumento se celebran (excepto por aquéllos de los que el propio Fiduciario sea parte), que hayan sido o sean celebrados por las partes con anterioridad, en el entendido de que el Fiduciario no es ni será responsable en forma alguna de la veracidad, legitimidad, autenticidad o legalidad de dichos contratos, y que el Fiduciario, salvo que sea parte de los mismos y los celebre en cumplimiento de las instrucciones de la parte que esté facultada para ello conforme al presente Contrato, no se encontrará obligado en forma alguna bajo los términos y condiciones de dichos contratos, cualesquiera otros documentos y sus respectivos anexos relacionados con los mismos.

k)El Representante Común puso a su disposición en su oportunidad y a su entera conformidad, antes de la celebración del presente Contrato e inclusive previo a la entrega de sus datos y/o los de su personal a éste, el aviso de privacidad que se contiene en la página de internet www.monex.com.mx.

III. Declara el Representante Común por conducto de sus apoderados que:

a)Es una sociedad anónima de capital variable debidamente constituida y válidamente existente de

conformidad con las leyes de México y se encuentra autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para actuar como representante común de conformidad con el artículo 171, fracción XIII, de la LMV, según lo acredita con la escritura pública número 5,940 de fecha 27 de noviembre de 1978, otorgada ante la fe del licenciado Jorge Alfredo Domínguez Martínez, titular de la notaría pública número 140 de la Ciudad de México, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio de esta misma ciudad bajo el folio mercantil número 686 de fecha 27 de febrero de 1979.

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b)El presente Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y cualquier otro documento celebrado en su nombre o representación en relación con las operaciones descritas en este Contrato o en cualquiera de dichos documentos, han sido debidamente autorizados y celebrados y constituyen obligaciones legales, válidas y existentes a su cargo y exigibles en su contra de conformidad con sus términos.

c)Cuenta con todas las autorizaciones corporativas y demás necesarias para celebrar válidamente el presente Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte, así como para cumplir con sus obligaciones en términos del presente Contrato y de los documentos mencionados.

d)Su apoderado cuenta con las facultades necesarias para la celebración de este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte en representación del Representante Común y tiene suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, según consta en la escritura pública 49,522 de fecha 25 de noviembre de 2015, otorgada ante la fe del licenciado Jesús Zamudio Rodríguez, titular de la notaría pública número 45 del Estado de México, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México el 12 de febrero de 2016.

e)La celebración y cumplimiento del presente Contrato y de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte están permitidos conforme a su objeto social y han sido debidamente autorizados a través de los actos corporativos necesarios y no contravienen disposición legal, estatutaria o contractual alguna que le resulte aplicable.

f)No requiere de ningún permiso o autorización, corporativa, gubernamental, o de cualquier otra naturaleza para la celebración y cumplimiento del presente Contrato, así como para llevar a cabo las operaciones contempladas en el presente Fideicomiso, distintas de las que ha obtenido, las cuales se encuentran en pleno vigor y efecto.

g)Es su voluntad celebrar el presente Contrato y fungir como representante común de los Tenedores en los términos y condiciones que se establecen en el presente Fideicomiso y en los demás Documentos de la Operación.

IV. Declara el Coinversionista por conducto de sus representantes legales que:

a)Es una sociedad legalmente constituida y válidamente existente como una sociedad anónima

promotora de inversión de capital variable conforme a las leyes de México, según consta en la escritura pública número 12,836 de fecha 20 de enero de 1981, otorgada ante la fe del licenciado Atanasio González Lozano, notario público número 31 de la ciudad de Monterrey, cuyo primer testimonio fue debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Monterrey, Nuevo León bajo el número 265, folio 269, volumen 242, Libro Tercero, Segundo Auxiliar, Escrituras de Sociedades Mercantiles, Sección de Comercio con fecha 11 de marzo de 1981.

b)Su representante cuenta con las facultades legales y corporativas suficientes para celebrar este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y tiene suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, según consta en la escritura pública número 24,279 de fecha 25 de enero de 2013 otorgada ante la fe de la licenciada Alida Enriqueta del Carmen Bonifaz Sánchez, notaria pública número 24 de la ciudad de Monterrey,

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Nuevo León, cuyo primer testimonio fue debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Monterrey, Nuevo León bajo el folio mercantil número 17253.

c)Comparece a la celebración del presente Contrato, para darse por enterado y manifestar su conformidad respecto de los términos y condiciones del mismo que le son aplicables en su carácter de coinversionista.

d)El Representante Común puso a su disposición en su oportunidad y a su entera conformidad, antes de la celebración del presente Contrato e inclusive previo a la entrega de sus datos y/o los de su personal a éste, el aviso de privacidad que se contiene en la página de internet www.monex.com.mx.

Patrimonio del Fideicomiso:

El patrimonio del Fideicomiso estará integrado y/o se integrará de tiempo en tiempo con los siguientes activos (el "Patrimonio del Fideicomiso"):

a)la Aportación Inicial del Fideicomitente;

b)el Monto Total de la Emisión;

c)los derechos, acciones o participaciones de cualquier tipo y/o derechos fideicomisarios del Fideicomiso Controlador de los que sea titular el Fiduciario en virtud de las Inversiones que realice, así como los frutos y rendimientos derivados de los mismos;

d)los derechos de cobro y los flujos relacionados con los mismos derivados de los préstamos (incluyendo

capital e intereses) que se otorguen al Fideicomiso Controlador y/o a los Vehículos de Inversión;

e)los recursos derivados de las Distribuciones del Fideicomiso Controlador;

f)el Compromiso Restante de los Tenedores;

g)el Efectivo disponible en las Cuentas del Fideicomiso;

h)las acciones, partes sociales, participaciones o cualquier otro documento o derecho que ampare la participación o inversión, en su caso, del Fiduciario en los Vehículos de Inversión;

i)los valores en los que sean invertidas las cantidades líquidas del Fideicomiso, así como los

rendimientos derivados de las Inversiones Permitidas, conforme al Régimen de Inversión o al Régimen de Inversión Supletorio; y

j)las demás cantidades, bienes y derechos de los que, actualmente o en el futuro, sea titular el Fiduciario

en relación con el presente Fideicomiso por cualquier causa, incluyendo el ejercicio de cualquier derecho que por cualquier causa válida le corresponda.

Fines del Fideicomiso:

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Los fines principales del Fideicomiso consisten en (i) emitir los Certificados Bursátiles y llevar a cabo la Colocación y oferta pública restringida de los mismos a través de la Emisión Inicial de los Certificados Bursátiles, así como las Emisiones Subsecuentes de Certificados Bursátiles y, en su caso, las Ofertas Adicionales, así como cualquier reapertura y/o ampliación de la Emisión; (ii) adquirir, mantener y disponer de derechos y activos que comprendan el Patrimonio del Fideicomiso; (iii) distribuir y administrar, invertir y entregar los recursos que se obtengan de la Emisión de los Certificados Bursátiles en las Cuentas del Fideicomiso; (iv) efectuar Inversiones directamente a través del Fideicomiso Controlador e indirectamente a través de los Vehículos de Inversión para efectos de que el Fideicomiso pueda recibir los Derechos Cedidos y flujos de efectivo provenientes de los Vehículos de Inversión; (v) llevar a cabo las Aportaciones del Fideicomiso de acuerdo a lo establecido en el presente Contrato y en el Contrato de Coinversión; (vi) realizar cualquier otro tipo de actividades que el Administrador y/o el Comité Técnico y/o la Asamblea de los Tenedores, en su caso, consideren necesarias, recomendables, convenientes o incidentales a lo anterior; y (vii) realizar cualquier acto jurídico o actividad que resulte consistente con lo anterior y con las demás disposiciones del presente Contrato (los "Fines del Fideicomiso"). Estructura; Régimen de Inversiones. I. Condiciones de Exclusividad.

Durante el Periodo de Inversión y, en su caso, durante la Extensión del Periodo de Inversión, el Coinversionista se abstendrá de constituir directa o indirectamente algún otro vehículo de inversión nacional, cuya estrategia de inversión sea sustancialmente similar a la del Fideicomiso y esté enfocada en activos que sean sustancialmente iguales a los manejados por el Fideicomiso, hasta el momento en que el 85% (ochenta y cinco por ciento) del Monto Invertible ya haya sido comprometido (las "Condiciones de Exclusividad").

II. Objetivo de las Inversiones.

El Fideicomiso tiene como objetivo principal realizar las Aportaciones del Fideicomiso al Fideicomiso Controlador, para que este último realice Inversiones en Proyectos Inmobiliarios a lo largo de la Cadena de Valor Inmobiliaria. Las Inversiones en Proyectos en Curso y las Inversiones en Proyectos Nuevos serán realizadas a través del Fideicomiso Controlador, sujeto a la autorización del Comité Técnico y/o de la Asamblea de Tenedores, según corresponda. Las decisiones para llevar a cabo las Aportaciones del Fideicomiso que pretendan realizarse deberán ser autorizadas por el Comité Técnico cuando dichas Aportaciones del Fideicomiso se destinen a operaciones (incluyendo Inversiones) que representen entre el 5% (cinco por ciento) y menos del 20% (veinte por ciento) del valor del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los Tenedores, tomando en consideración el monto que el Comité de Inversiones les presente en términos de lo establecido en el presente Fideicomiso, lo anterior, en el entendido que: (i) no se requerirá de autorización alguna por parte del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores para que el Administrador instruya, previa autorización del Comité de Inversiones, al Fiduciario para realizar Aportaciones del Fideicomiso cuando la Inversión que se pretenda llevar a cabo a través de un Vehículo de Inversión con dichas aportaciones representen menos del 5% (cinco por ciento) del valor del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los

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Tenedores; y (ii) se requerirá la autorización escrita de la Asamblea Ordinaria de Tenedores para operaciones (incluyendo Aportaciones del Fideicomiso que se pretendan destinar a una Inversión, a través de un Vehículo de Inversión), cuando éstas sean iguales o mayores al 20% (veinte por ciento) del valor del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los Tenedores, con independencia de que dichas operaciones se ejecuten de manera simultánea o sucesiva en un periodo de 12 (doce) meses contados a partir de que se concrete la primera operación, pero que pudieran considerarse como una sola (los "Niveles de Autorización de Inversiones").

III. Procedimiento de Inversión

Las Aportaciones del Fideicomiso al Fideicomiso Controlador, que incluirán el cálculo de los Gastos de Inversión, según los determine el Administrador, que el Fideicomiso Controlador destine a la Inversión para la realización de cada uno de los Proyectos Inmobiliarios, aprobadas por el Administrador, el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según corresponda conforme a los Niveles de Autorización de Inversiones, se sujetarán a lo siguiente:

a)El Administrador deberá elaborar y entregar al Comité Técnico un memorándum de inversión respecto a cada Inversión que sea sometida a aprobación del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores.

b)El Fiduciario, siguiendo las instrucciones que por escrito le entregue el Administrador tomará recursos

de la Cuenta de Inversiones para llevar a cabo las Aportaciones del Fideicomiso que se requieran a juicio del Administrador; y

c)una vez que hubiere sido aprobada y efectuada la Aportación del Fideicomiso al Fideicomiso

Controlador, el fiduciario del Fideicomiso Controlador deberá aportar directa o indirectamente incluyendo sin limitar, a través de aportaciones, préstamos u otros mecanismos, de conformidad con las instrucciones que reciba del Administrador, total o parcialmente dichos recursos al Coinversionista para Inversiones en Proyectos en Curso o al Vehículo de Inversión que corresponda para Inversiones en Proyectos Nuevos, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Coinversión y en el Fideicomiso Controlador.

El Fiduciario deberá transferir a las cuentas del Fideicomiso Controlador, cualesquiera cantidades derivadas de la Emisión Inicial (salvo por las cantidades correspondientes a la Reserva para Gastos y a la Reserva para Gastos de Asesoría), en su caso, que se encuentren depositadas en las Cuentas del Fideicomiso una vez que concluya un plazo de 120 (ciento veinte) Días Hábiles a partir de la Fecha de Emisión Inicial.

IV. Requisitos de Elegibilidad y Criterios de Diversificación

a)Requisitos de Elegibilidad.

Todas las Inversiones deberán llevarse a cabo en territorio nacional. Para ser presentadas por el Administrador y aprobadas en términos de este Fideicomiso, los Proyectos Inmobiliarios deberán cumplir con los Requisitos de Elegibilidad que se establecen en el Anexo H del Contrato de Fideicomiso Emisor.

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b)Criterios de Diversificación.

En el caso de Proyectos Nuevos, el Administrador procurará mantener un sano equilibrio de diversificación dentro de dos o más de los siguientes tipos de desarrollos: i. vivienda unifamiliar,ii. vivienda condominal (departamentos),iii. desarrollo de lotes residenciales, yiv. desarrollos comerciales y de usos mixtos.

El Administrador buscará mantener un equilibrio entre Inversiones en Proyectos Nuevos y en Proyectos en Curso equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del Monto Máximo de la Emisión en Proyectos en Curso y el equivalente al 50% (cincuenta por ciento) del Monto Máximo de la Emisión en Proyectos Nuevos, en el entendido que las Inversiones en Proyectos en Curso en ningún caso podrán exceder del 70% (setenta por ciento) del Monto Máximo de la Emisión. Las Inversiones en Proyectos Inmobiliarios ubicados fuera de la Zona Metropolitana de Monterrey no podrán exceder, en conjunto, por cada ciudad o municipio en cuestión, el 30% (treinta por ciento) del valor del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los Tenedores, en el entendido que el Administrador deberá presentar a la Asamblea de Tenedores, cualquier oportunidad de Inversión que exceda el límite antes señalado, siempre y cuando dicha oportunidad de Inversión cumpla con los demás Requisitos de Elegibilidad para que, en su caso, ésta otorgue una dispensa a dicho Requisito de Elegibilidad de conformidad con la Cláusula 9.3.5 inciso (g) del Contrato de Fideicomiso.

V. Inversiones en Proyectos en Curso; Coinversión.

a)Inversiones en Proyectos en Curso.Las Inversiones que realice el Fiduciario en Proyectos en Curso deberán ser por un monto equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de la valuación de los flujos que generará el Proyecto en Curso respectivo. En relación con lo anterior, el Coinversionista cederá al Fideicomiso Controlador los Derechos Cedidos. Cualesquiera Inversiones en Proyectos en Curso, incluyendo el porcentaje de las ventas que deberá recibir el Fideicomiso Controlador conforme a la Cláusula 12.1 del Contrato de Fideicomiso, deberán ser aprobadas por el Comité Técnico y/o la Asamblea de Tenedores, según corresponda. Las valuaciones de los flujos de cada Proyecto en Curso que se pretenda presentar como Inversión potencial se sujetará a las siguientes reglas: i. El Administrador preparará una valuación preliminar de los flujos del Proyecto en Curso respectivo

con base en la Metodología de Valuación, misma que se considerará como una propuesta de valuación de los flujos del Proyecto en Curso en cuestión (cada una, una "Valuación Propuesta").

ii. El Comité Técnico determinará, con el voto favorable de la mayoría de los Miembros Independientes a 3 (tres) o más Valuadores Inmobiliarios que serán autorizados para realizar la valuación de los flujos que generará el Proyecto en Curso respectivo (los "Valuadores Autorizados").

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iii. El Administrador, con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, contratará a cualesquiera 2 (dos) Valuadores Autorizados para que lleven a cabo una valuación de los flujos del Proyecto en Curso en cuestión que, entre otras cosas, deberán considerar una tasa interna de retorno (neta de cualesquiera Gastos, Gastos de Inversión, y cualesquiera cantidades utilizadas para la constitución o reconstitución de reservas del Fideicomiso) estimada, no garantizada equivalente al 15% (quince por ciento) para determinar el porcentaje de ventas respectivo. Para efectos del presente Fideicomiso, la valuación que resulte más baja de las valuaciones realizadas por dichos Valuadores Autorizados será considerada como la "Valuación Revisada".

iv. En caso de que la Valuación Revisada (i) sea superior, o (ii) sea inferior en menos de 10% (diez por ciento) a la Valuación Propuesta, la Valuación Revisada será considerada como la valuación definitiva de los flujos del Proyecto en Curso en cuestión.

v. En caso de que la Valuación Revisada sea inferior en más de un 10% (diez por ciento) a la Valuación Propuesta, el Administrador tendrá derecho a realizar una revisión de dicha Valuación Revisada en conjunto con los Valuadores Autorizados, exponiendo las razones o consideraciones que estime no hayan sido tomadas en cuenta en la Valuación Revisada. En caso de que el Administrador y los Valuadores Autorizados acuerden un ajuste a la Valuación Revisada y dicha Valuación Revisada ajustada no resulte inferior en más de un 10% (diez por ciento) de la Propuesta de Valuación, ésta será considerada como la valuación definitiva de los flujos del Proyecto en Curso en cuestión, en caso de que el Administrador y los Valuadores Autorizados no logren un acuerdo para ajustar la Valuación Revisada, el Administrador podrá optar por no presentar dicho Proyecto en Curso a consideración de la Asamblea de Tenedores y/o del Comité Técnico, según sea el caso, y deberá notificar dicha decisión al Comité Técnico.

vi. En el supuesto de que el Administrador decida no presentar dicho Proyecto en Curso a consideración de la Asamblea de Tenedores o del Comité Técnico conforme al inciso (v) anterior, éste deberá presentarlo, en una ocasión, a consideración de la Asamblea de Tenedores y/o del Comité Técnico, según corresponda, dentro de un plazo que no exceda de 6 (seis) meses a partir de la fecha en que haya realizado la notificación al Comité Técnico conforme al inciso (v) anterior, y siguiendo para tal efecto las reglas que se establecen en los incisos (i), (ii), (iii), (iv) y (v) anteriores.

vii. La valuación definitiva de los flujos del Proyecto en Curso en cuestión, deberá haber sido emitida

dentro de los 90 (noventa) días naturales anteriores a la fecha en la que se realice la Inversión en dicho Proyecto en Curso.

viii. La Propuesta de Valuación deberá contener la lista de precios por metro cuadrado para cada unidad que forme parte del Proyecto en Curso en cuestión (según los mismos sean actualizados de tiempo en tiempo, los "Precios Base"). La lista de Precios Base se actualizará de manera semestral y el Administrador estará obligado a reportar semestralmente al Comité Técnico la actualización de los Precios Base. En caso de que el Coinversionista realice ventas de unidades del Proyecto en Curso en cuestión a precios menores en un 5% (cinco por ciento) de los Precios Base, éste deberá entregar un informe al Comité Técnico al que deberá adjuntar las razones o justificaciones que motivaron la realización de dichas ventas. El Comité Técnico deberá realizar análisis semestrales de la tendencia de los Precios Base de cada Proyecto en Curso, en caso de que considere que los flujos de un Proyecto en Curso en cuestión se encuentran considerablemente afectados por la estrategia del Coinversionista o del Administrador, podrá citarlos a que comparezcan y expongan su estrategia de

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mercado, asimismo, el Comité Técnico, con el voto favorable de los Miembros Independientes tendrá la facultad de realizar recomendaciones y modificaciones respecto a dicha estrategia de mercado.

ix. Para los efectos de lo establecido en el inciso (viii) anterior se considerará como Precio Base el que esté vigente al momento en que el Coinversionista pacte la venta y el precio de cada unidad de los Proyectos en Curso.

b)Reversión de Derechos Cedidos. El Coinversionista tendrá el derecho, sujeto a la autorización del Comité Técnico (con el voto favorable de los Miembros Independientes) y/o de la Asamblea de Tenedores, según corresponda, de adquirir del Fideicomiso Controlador cualesquier Derechos Cedidos al precio que apruebe el Comité Técnico (con el voto favorable de los Miembros Independientes) y/o la Asamblea de Tenedores, según corresponda, a la fecha en que el Coinversionista realice la adquisición del Derecho Cedido. c)Coinversión en Proyectos Nuevos.

El Fiduciario deberá celebrar el Contrato de Coinversión con el Coinversionista. Conforme a los términos del Contrato de Coinversión, el Fideicomiso Controlador efectuará las Inversiones para ser utilizadas en Proyectos Nuevos, de conformidad con los Fines del Fideicomiso, y en los términos y condiciones establecidas en el presente Contrato, el Fideicomiso Controlador y el Contrato de Coinversión.El monto de las Aportaciones del Fideicomiso al Fideicomiso Controlador que serán destinadas a la realización de los Proyectos Nuevos a través de Vehículos de Inversión será determinado con base en el Presupuesto Inicial que en su momento se presente y, sea aprobado por, el Comité Técnico y/o la Asamblea de Tenedores, según corresponda. Las Aportaciones del Fideicomiso Controlador deberán ser equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) del monto señalado en el Presupuesto Inicial respectivo, y el 50% (cincuenta por ciento) restante deberá ser cubierto mediante las Aportaciones del Coinversionista Durante el desarrollo de Proyectos Nuevos cualesquiera gastos, honorarios, comisiones, cuotas, impuestos que no estén a cargo del Vehículo de Inversión respectivo, derechos y demás erogaciones adicionales que no hayan sido incluidas en el Presupuesto Inicial del Proyecto Nuevo respectivo y que se requieran para realizar o llevar a cabo el Proyecto Nuevo respectivo serán cubiertos exclusivamente por el Coinversionista. El Coinversionista mantendrá las Aportaciones del Coinversionista por el mismo tiempo que el Fideicomiso, a través del Fideicomiso Controlador y los Vehículos de Inversión mantenga su participación en el Proyecto Nuevo respectivo, y se obliga a pagar cualesquiera gastos, erogaciones o contribuciones que se deriven de manera directa como consecuencia de las Aportaciones del Coinversionista realizadas en los Proyectos Nuevos correspondientes. Inicialmente, las Aportaciones del Coinversionista deberán ser aportadas al Proyecto Nuevo que corresponda de la misma manera y en los mismos términos y condiciones económicas en que el Vehículo de Inversión aporte recursos al Proyecto Nuevo respectivo, conforme a los términos y plazos señalados en la Cláusula 11.6 anterior.

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La Coinversión será fondeada con recursos propios del Coinversionista, excluyendo cualesquiera recursos provenientes de comisiones que tenga derecho a recibir conforme al presente Fideicomiso o los Documentos de la Operación. El Coinversionista estará obligado a llevar a cabo las Aportaciones del Coinversionista, salvo que se sustituya al Administrador o el Administrador renuncie en los términos del Contrato de Administración.

d)Determinación del Porcentaje de Ventas en Proyectos Nuevos.

i. El Fideicomiso Controlador tendrá derecho a recibir un porcentaje de las ventas que genere la Inversión que realice a través de los Vehículos de Inversión en Proyectos Nuevos.

ii. El Administrador preparará, con base en la Metodología para la Determinación de Porcentaje de Ventas en Proyectos Nuevos, una propuesta del porcentaje de ventas que tendrá derecho a recibir el Vehículo de Inversión respectivo en relación con el Proyecto Nuevo en cuestión (el "Porcentaje de Ventas Propuesto").

iii. El Administrador contratará, con cargo al Patrimonio del Fideicomiso, a 1 (un) Valuador Inmobiliario para que determine, con base en la Metodología para la Determinación de Porcentaje de Ventas en Proyectos Nuevos, el porcentaje de ventas que tendrá derecho a recibir el Vehículo de Inversión respectivo en relación con el Proyecto Nuevo en cuestión (el "Porcentaje de Ventas Revisado").

iv. En caso de que el Porcentaje de Ventas Revisado sea igual o superior al Porcentaje de Ventas Propuesto, el Porcentaje de Ventas Revisado será considerado como el porcentaje de ventas definitivo que tendrá derecho a recibir el Vehículo de Inversión respectivo en relación con el Proyecto Nuevo en cuestión.

v. En caso de que el Porcentaje de Ventas Revisado sea inferior al Porcentaje de Ventas Propuesto, el Administrador tendrá derecho a realizar una revisión de dicho Porcentaje de Ventas Revisado en conjunto con el Valuador Inmobiliario, exponiendo las razones o consideraciones que estime no hubieren sido tomadas en cuenta. En caso de que el Administrador y el Valuador Autorizado acuerden un ajuste al Porcentaje de Ventas Revisado y dicho Porcentaje de Ventas Revisado no resulte inferior al Porcentaje de Ventas Propuesto, será considerado como el porcentaje de ventas definitivo que tendrá derecho a recibir el Vehículo de Inversión respectivo en relación con el Proyecto Nuevo en cuestión. En caso de que el Administrador y el Valuador Autorizado no logren un acuerdo para ajustar el porcentaje de ventas revisado, el Administrador podrá optar por no presentar dicho Proyecto en Nuevo a consideración de la Asamblea de Tenedores y/o del Comité Técnico, según sea el caso, y deberá notificar dicha decisión al Comité Técnico por escrito.

e)Asociación de los Vehículos de Inversión. Podrán participar personas distintas al Fiduciario y al Coinversionista en los Proyectos Nuevos, según lo determine el Comité Técnico, en cuyo caso la coinversión se podrá canalizar a través de un vehículo de inversión que a su vez se asociará con el tercero. Para tal efecto, el Administrador deberá considerar y evaluar las características propias de la oportunidad de Inversión de que se trate, así como las características propias de la Persona de que se trate (incluyendo enunciativa más no limitativamente: el grado de experiencia probada para el tipo de inversión, su historial de operación en inversiones similares, su reputación en el mercado, sus relaciones en el sector respectivo y que tenga los recursos

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necesarios para llevar a cabo la coinversión) para determinar la manera en que dicha asociación podrá realizarse, en beneficio de los Tenedores. Dicha participación podrá derivar de acuerdos relacionados con la adquisición de los Inmuebles, aportación de los mismos en los Vehículos de Inversión o acuerdos similares. La participación de cualquier Persona en una oportunidad de asociación será completamente responsabilidad y decisión de dicha Persona.

VI. Financiamiento

El Fideicomiso podrá obtener financiamiento con o sin garantías reales o personales, de acuerdo con los términos previstos en la Cláusula de Financiamiento del Contrato de Fideicomiso:

i. el Fideicomiso Emisor únicamente podrá contratar Líneas de Suscripción;

ii. los financiamientos (a) con cargo al Patrimonio del Fideicomiso no podrán exceder el 65%

(sesenta y cinco por ciento) del valor del Patrimonio del Fideicomiso, incluyendo los Compromisos Restantes de los Tenedores, en el entendido que para efectos de dicho cálculo, no deberán ser tomados en cuenta los financiamientos (incluyendo sin limitar créditos puente) que contraten los Fideicomisos de Proyecto; y (b) los financiamientos contratados a nivel Fideicomisos de Proyecto no podrán exceder del 65% (sesenta y cinco por ciento) del valor de las ventas del Proyecto Nuevo respectivo, calculado en la fecha en que se contrate el financiamiento en cuestión, (conjuntamente el inciso (a) y (b), el "Límite de Apalancamiento");

iii. los Tenedores deberán, en Asamblea Ordinaria de Tenedores, discutir y, en su caso, aprobar el o los financiamientos de conformidad con el Límite de Apalancamiento, así como los términos y condiciones de los mismos, cuando éstos excedan el 20% (veinte por ciento) del valor del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior, y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los Tenedores, con independencia de que dichas financiamientos se adquieran de manera simultánea o sucesiva en un periodo de 12 (doce) meses, contado a partir de la fecha que se adquiera el primer financiamiento, y que por sus características puedan considerarse como uno solo en el entendido que para efectos de este inciso, no deberán ser tomados en cuenta los financiamientos (incluyendo sin limitar créditos puente) que contraten los Fideicomisos de Proyecto;

VII. Fondos Paralelos

Durante los 12 (doce) meses siguientes a la Fecha de Emisión Inicial, el Fideicomitente o alguna de sus Afiliadas podrá constituir, levantar o participar en uno o más vehículos de inversión cuya finalidad sea invertir conjuntamente con el Fideicomiso en uno o más Vehículos de Inversión (cada uno, un "Fondo Paralelo"). El Administrador seleccionará de buena fe a las personas que participarán como inversionistas en los Fondos Paralelos, quienes podrán ser, en forma enunciativa mas no limitativa, inversionistas institucionales e inversionistas calificados, según dichos términos se definen en la LMV y la Circular Única, considerando las características propias del inversionista de que se trate. La participación de Fondos Paralelos deberá ser aprobada por la Asamblea Ordinaria de Tenedores.

Adicionalmente, los Fondos Paralelos se sujetarán a las siguientes reglas:

a)Los Fondos Paralelos deberán ejercer cualesquiera derechos u obligaciones derivados de la Inversión en cuestión de forma coordinada con el Fideicomiso Emisor;

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b)Los Fondos Paralelos deberán realizar, en la proporción que corresponda, cualesquiera aportaciones adicionales o futuras que sean necesarias en relación con la Inversión respectiva;

c)En caso de que el Fideicomitente o alguna de sus Afiliadas decida enajenar o transmitir parte o la totalidad de su participación en cualquier Fondo Paralelo, el Administrador estará obligado a presentarlo como una oportunidad de Inversión al Comité Técnico y/o a la Asamblea de Tenedores, según sea el caso, de conformidad con los Niveles de Autorización de Inversiones, antes de ofrecerlo a cualquier tercero; y

d)Las inversiones que, en su caso, se realicen a través de Fondos Paralelos deberán considerar y cumplir con la regulación aplicable al régimen de inversión de sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro.

VIII. Distribuciones del Fideicomiso

Las Distribuciones del Fideicomiso se distribuirán a los Tenedores correspondientes en proporción al número de Certificados Bursátiles de los que sea titular cada Tenedor.

La entrega de cualesquiera cantidades que deba hacerse a los Tenedores en términos de lo establecido en el presente Fideicomiso, se hará (i) por lo menos de forma trimestral; (ii) en cualquier Fecha de Pago de Distribuciones del Fideicomiso siempre y cuando exista Efectivo Distribuible por la cantidad de al menos $10,000,000.00 M.N. (diez millones de Pesos Moneda Nacional) según lo determine el Administrador; (iii) por la actualización de un Evento de Sustitución de conformidad con lo establecido en la Cláusula 18 de este Contrato; o (iv) en la Fecha de Vencimiento, según determine el Fiduciario el monto que corresponda por la liquidación del Patrimonio del Fideicomiso.

El Fiduciario realizará las Distribuciones del Fideicomiso con el Efectivo Distribuible derivado de Inversiones en Proyectos en Curso de conformidad con la siguiente prelación de pagos:

a)primero, al pago o reembolso de los Gastos y los Gastos de Inversión, en su caso, pagaderos a la Fecha de Pago de Distribuciones del Fideicomiso de que se trate mediante transferencia a las Personas correspondientes, siempre y cuando dichos Gastos no se encuentren reservados o no existan cantidades para cubrirlos en la Cuenta General o en la Cuenta de Inversiones;

b)segundo, a la Cuenta de Reserva para Gastos para constituir, y en su caso, reconstituir la Reserva para Gastos; y

c)tercero, el remanente a los Tenedores.

El Fiduciario realizará las Distribuciones del Fideicomiso con el Efectivo Distribuible derivado de Inversiones en Proyectos Nuevos de conformidad con la siguiente prelación de pagos:

a)primero, al pago o reembolso de los Gastos y los Gastos de Inversión, en su caso, pagaderos a la Fecha de Pago de Distribuciones del Fideicomiso de que se trate mediante transferencias a las Personas correspondientes, siempre y cuando dichos Gastos no se encuentren reservados o no existan cantidades para cubrirlos en la Cuenta General o en la Cuenta de Inversiones;

b)segundo, a la Cuenta de Reserva para Gastos para constituir, y en su caso, reconstituir la Reserva para Gastos;

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c)tercero, el 100% (cien por ciento) a los Tenedores, hasta que dichos Tenedores hayan recibido distribuciones acumuladas iguales al Monto Solicitado a los Tenedores para Inversión en Proyectos Nuevos;

d)cuarto, el 100% (cien por ciento) a los Tenedores, hasta que dichos Tenedores hayan recibido distribuciones acumuladas que satisfagan el Retorno Preferente para los Proyectos Nuevos respecto del Monto Solicitado a los Tenedores para Inversión en Proyectos Nuevos; y

e)quinto, del remanente, el 80% (ochenta por ciento) a los Tenedores, y el 20% (veinte por ciento) al Administrador.

Comisión Anual del Administrador

Como contraprestación por los servicios prestados, el Administrador recibirá (a) durante los 2 (dos) años siguientes a la Fecha de Emisión Inicial (el "Periodo Inicial"), una comisión equivalente al 1.0% (uno punto cero por ciento) anual más el IVA correspondiente, sobre el Monto Máximo (excluyendo los Gastos de Emisión y Colocación), y (b) posteriormente al Periodo Inicial, una comisión equivalente al 1.0% (uno punto cero por ciento) anual más el IVA correspondiente, sobre el Monto Total Invertido (en el entendido que para efectos de la determinación del Monto Total Invertido en este caso, no se deberán tomar en cuenta los Gastos de Emisión y Colocación) menos, en su caso, el monto de las Inversiones realizadas que ya hayan sido materia de una Desinversión a esa fecha y cualesquiera cantidades invertidas en proyectos que hayan sido declarados como pérdida por el Valuador Independiente o el Auditor Externo (según la misma pueda ser modificada por aprobación de la Asamblea Ordinaria de Tenedores en términos del presente Contrato y del Contrato de Administración, la "Comisión Anual del Administrador").

Resumen de Contrato de Fideicomiso Controlador 75016 CONTRATO DE FIDEICOMISO IRREVOCABLE identificado con el número 75016, (el "Contrato", "Contrato de Fideicomiso" o "Fideicomiso Controlador") de fecha 19 de enero de 2018, celebrado entre: i. Banca Afirme, S.A. Institución de Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero, (División Fiduciaria) (el

"Fiduciario"), en su carácter de fiduciario;

ii. CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, como fiduciario del Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios de Desarrollo número CIB/2711 (el "Fideicomiso Emisor"), en su carácter de fideicomitente y fideicomisario en primer lugar; y

iii. Carza, S.A.P.I. de C.V. (el "Coinversionista"), en su carácter de fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar;

Con la comparecencia y acuerdo de: iv. Go Proyectos, S.A. de C.V. (el "Administrador"),en su carácter de administrador bajo el Fideicomiso

Emisor. Antecedentes

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I. En esta misma fecha, el Administrador, en su carácter de fideicomitente y administrador, CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple como fiduciario, Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común y el Coinversionista, como coinversionista, celebraron el contrato de fideicomiso irrevocable de emisión de certificados bursátiles fiduciarios de desarrollo identificado con el número CIB/2711 (el "Fideicomiso Emisor") cuyos fines incluyen, entre otros, emitir los Certificados Bursátiles y llevar a cabo la Colocación y oferta pública de los mismos para efectuar Inversiones directamente a través del Fideicomiso Controlador e indirectamente a través de los Vehículos de Inversión.

II. En esta misma fecha, el Administrador, el Fiduciario y el Coinversionista celebrarán un contrato de coinversión (el "Contrato de Coinversión") que regule, entre otras cosas, los términos conforme a los cuales el Coinversionista realizará inversiones en Proyectos Nuevos en forma conjunta con el Fiduciario.

III. En esta misma fecha, el Administrador y el Fiduciario del Fideicomiso Emisor celebraron un contrato de prestación de servicios de administración (el "Contrato de Administración") con el objeto de establecer los derechos y obligaciones del Administrador en relación con las Inversiones y la realización de los Proyectos Inmobiliarios en términos de lo establecido en el Fideicomiso Emisor.

IV. Tal y como se establece en el Fideicomiso Emisor, el Fiduciario Emisor comparece a celebrar este Contrato en términos de lo dispuesto por la Cláusula 11.7 del Fideicomiso Emisor a efecto de constituir el presente Fideicomiso Controlador y asumir los derechos y obligaciones que se contemplan en el presente Fideicomiso.

Declaraciones I. Declara el Fiduciario, a través de sus delegados fiduciarios, que:

a)Es una sociedad anónima debidamente constituida y válidamente existente bajo las leyes de México y

se encuentra autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para actuar como institución de banca múltiple conforme al artículo 46, fracción XV de la LIC, según lo acredita con la escritura pública número 16,675 de fecha 2 de enero de 1995, otorgada ante la fe del licenciado Gilberto Federico Allen, titular de la notaría pública número 33 de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de dicha entidad, bajo el número 2903, Folio 249, Volumen, Libro número 3 , Segundo Auxiliar, de fecha 21 de Febrero de 1995.

b)El presente Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y cualquier otro documento celebrado en su nombre o representación en relación con las operaciones descritas en este Contrato o en cualquiera de los Documentos de la Operación, han sido debidamente autorizados y constituyen una obligación legal y válida del Fiduciario, exigible en su contra de conformidad con sus respectivos términos.

c)Cuenta con las autorizaciones corporativas y demás necesarias para celebrar válidamente el presente Contrato y cada uno de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte, así como para cumplir con sus obligaciones en términos del presente Contrato y de dichos Documentos de la Operación.

d)Sus delegados fiduciarios cuentan con las facultades necesarias para la celebración de este Contrato en nombre y representación del Fiduciario y tienen suficientes poderes y facultades para obligar a su

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representada en los términos de los mismos, las cuales no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.

e)La celebración y cumplimiento del presente Contrato no contravienen disposición legal, administrativa, estatutaria o contractual alguna que le resulte aplicable.

f)No requiere de algún permiso o autorización, corporativa, gubernamental, o de cualquier otra naturaleza para la celebración y cumplimiento del presente Contrato, así como para llevar al cabo las operaciones contempladas en el presente Fideicomiso, distintas de las que ha obtenido, las cuales se encuentran en pleno vigor y efecto.

g)Todas las declaraciones hechas por el Fiduciario en cualquier certificación o cualquier otro documento relacionado con la celebración del presente Contrato, en esta fecha o en la fecha en que se realice cualquier operación prevista en alguno de ellos, según sea aplicable, son verdaderas y correctas en todos sus aspectos importantes, a la fecha en que fueron hechas.

h)Está de acuerdo en celebrar el presente Fideicomiso en los términos y condiciones que se establecen en el mismo.

i)Ha explicado a las demás partes del Fideicomiso de manera expresa e inequívoca el contenido y el alcance de las disposiciones previstas en el Párrafo b) Sección XIX del artículo 106 de la LIC y el Número 5.5. de la Circular 1/2005 publicada el 23 de junio de 2005 por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, transcrita en el clausulado del presente Contrato.

j)No conoce ni debe conocer los términos y condiciones de contratos relacionados con o derivados del Fideicomiso que por este instrumento se celebran (excepto por aquéllos de los que el propio Fiduciario sea parte), que hayan sido o sean celebrados por las partes con anterioridad, en el entendido de que el Fiduciario no es ni será responsable en forma alguna de la veracidad, legitimidad, autenticidad o legalidad de dichos contratos, y que el Fiduciario, salvo que sea parte de los mismos y los celebre en cumplimiento de las instrucciones de la parte que esté facultada para ello conforme al presente Contrato, no se encontrará obligado en forma alguna bajo los términos y condiciones de dichos contratos, cualesquiera otros documentos y sus respectivos anexos relacionados con los mismos.

II. Declara el Fiduciario Emisor a través de su representante que:

a)Es una sociedad anónima debidamente constituida y válidamente existente bajo las leyes de México y

se encuentra autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para actuar como institución de banca múltiple conforme al artículo 46, fracción XV de la LIC, según lo acredita con la escritura pública número 57,840 de fecha 6 de febrero de 2008, otorgada ante la fe del licenciado Roberto Núñez y Bandera, titular de la notaría pública número 1 de la Ciudad de México, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de dicha entidad, bajo el folio mercantil electrónico número 384235 el día 25 de julio de 2008.

b)El presente Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y cualquier otro documento celebrado en su nombre o representación en relación con las operaciones descritas en este Contrato o en cualquiera de los Documentos de la Operación, han sido debidamente

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autorizados y constituyen una obligación legal y válida del fiduciario del Fideicomiso Emisor, exigible en su contra de conformidad con sus respectivos términos.

c)Cuenta con las autorizaciones corporativas y demás necesarias para celebrar el presente Contrato y cada uno de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte, así como para cumplir con sus obligaciones derivadas del presente Contrato y de dichos Documentos de la Operación.

d)Sus delegados fiduciarios cuentan con las facultades necesarias para la celebración de este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte en nombre y representación del fiduciario del Fideicomiso Emisor y tienen suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, las cuales no les han sido revocadas ni limitadas en forma alguna.

e)La celebración y cumplimiento del presente Contrato y de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte no contravienen disposición legal, administrativa, estatutaria o contractual alguna que le resulte aplicable.

f)Está de acuerdo en celebrar el presente Fideicomiso en los términos y condiciones que se establecen en el mismo.

g)Es su voluntad constituir el fideicomiso a que se refiere el presente Contrato para los fines previstos en el mismo.

h)El Fiduciario le hizo saber de manera inequívoca, clara y precisa el contenido y alcance legal del artículo 106 fracción XIX inciso b) de la LIC y de otras disposiciones legales, mismas que se transcriben en la Cláusula 23 del presente Contrato.

i)Reconoce y conviene que la celebración del presente Contrato lo obliga a entregar al Fiduciario de forma anual, y según sea requerido por el Fiduciario, de tiempo en tiempo, la actualización de la información y documentación solicitada por el Fiduciario al amparo de sus Políticas de Identificación y Conocimiento de Clientes (identificadas como "Know Your Customer").

III. Declara el Coinversionista a través de su representante que:

a)Es una sociedad anónima promotora de inversión de capital variable legalmente constituida conforme

a las leyes de México, según lo acredita con la escritura pública número 12,836 de fecha 20 de enero de 1981, otorgada ante la fe del licenciado Atanasio González Lozano, notario público número 31 con ejercicio en el Primer Distrito Registral del estado de Nuevo León, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Primer Distrito Registral del estado de Nuevo León bajo el número 265, folio 269, volumen 242, Libro Tercero, Segundo Auxiliar, Escrituras de Sociedades Mercantiles, Sección Comercio, el 11 de marzo de 1981.

b)La celebración y el cumplimiento del presente Contrato están comprendidos dentro de su objeto social y no violan ni constituyen un incumplimiento de (i) cualquier disposición de sus estatutos sociales; (ii) cualquier convenio, contrato, acuerdo, licencia, permiso, concesión, sentencia, resolución, laudo u orden al que se encuentre obligado; o (iii) cualquier ley, reglamento, circular, orden o decreto de cualquier autoridad.

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c)Cuenta con las autorizaciones corporativas y demás necesarias para celebrar válidamente el presente

Contrato y cada uno de los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte, así como para cumplir con sus obligaciones en términos del presente Contrato y de dichos Documentos de la Operación.

d)Su representante cuenta con las facultades legales y corporativas suficientes para celebrar este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y tiene suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos.

e)La celebración y cumplimiento del presente Contrato no contravienen disposición legal, administrativa, estatutaria o contractual alguna que le resulte aplicable.

f)No requiere de algún permiso o autorización, corporativa, gubernamental, o de cualquier otra naturaleza para la celebración y cumplimiento del presente Contrato, así como para llevar al cabo las operaciones contempladas en el presente Fideicomiso, distintas de las que ha obtenido, las cuales se encuentran en pleno vigor y efecto.

g)Está de acuerdo en celebrar el presente Fideicomiso en los términos y condiciones que se establecen en el mismo.

h)El Fiduciario le hizo saber de manera inequívoca, clara y precisa el contenido y alcance legal del artículo 106 fracción XIX inciso b) de la LIC y de otras disposiciones legales, mismas que se transcriben en la Cláusula 23 del presente Contrato.

i)Reconoce y conviene que la celebración del presente Contrato lo obliga a entregar al Fiduciario de forma anual, y según sea requerido por el Fiduciario, de tiempo en tiempo, la actualización de la información y documentación solicitada por el Fiduciario al amparo de sus Políticas de Identificación y Conocimiento de Clientes (identificadas como "Know Your Customer").

IV. Declara el Administrador, a través de su representante, que:

a)Es una sociedad legalmente constituida y válidamente existente como una sociedad anónima de

capital variable conforme a las leyes de México, según consta en la escritura pública número 8,015 de fecha 19 de octubre de 2016, otorgada ante la fe del licenciado Adrián Gárate Ríos, titular de la notaría pública No. 105 de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Monterrey, bajo el número NCI201600099875 de fecha 29 de noviembre de 2016.

b)Sus representantes cuentan con las facultades legales y corporativas suficientes para celebrar este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte y tiene suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, según consta en la escritura pública referida en el numeral anterior.

c)Comparece a la celebración del presente Contrato, para darse por enterado y manifestar su conformidad respecto de los términos y condiciones del mismo que le son aplicables en su carácter de Administrador.

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Definiciones. Salvo que se especifique lo contrario en este Contrato los términos utilizados con mayúscula inicial, tendrán el significado que se les atribuye en esta Cláusula 1 o bien, en la Cláusula 1 del Fideicomiso Emisor, a menos que el uso de mayúsculas iniciales se requiera gramaticalmente. Constitución del Fideicomiso. A efecto de establecer el presente Fideicomiso en términos de lo dispuesto por la cláusula 11.7 del Fideicomiso Emisor, los Fideicomitentes en este acto constituyen un fideicomiso irrevocable con el Fiduciario, para lo cual (i) en la fecha del presente, el Coinversionista transfiere al Patrimonio del Fideicomiso la Aportación Inicial, como aportación inicial para la constitución del Fideicomiso, y (ii) nombran a Banca Afirme, S.A. Institución de Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero, (División Fiduciaria), como fiduciario bajo el presente Contrato para los Fines del Fideicomiso, para tener y ejercer la titularidad del Patrimonio del Fideicomiso de conformidad con este Contrato y la legislación aplicable, así como para cumplir con las obligaciones del Fiduciario establecidas en el presente Contrato y de conformidad con la legislación aplicable. Patrimonio del Fideicomiso. El patrimonio del Fideicomiso (el "Patrimonio del Fideicomiso") estará integrado por los siguientes bienes y derechos:

a)la Aportación Inicial;

b)cualesquiera Aportaciones del Fideicomiso Emisor en términos del Contrato de Fideicomiso Emisor;

c)cualesquiera montos derivados de (i) la cobranza de los Derechos Cedidos correspondientes a las ventas de las Unidades de cada Proyecto en Curso; y (ii) los Proyectos Nuevos;

d)los Derechos Cedidos que se transmitan al Fiduciario en términos de los Convenios de Cesión respectivos y de conformidad con la Cláusula 6.2 del Fideicomiso Controlador;

e)los productos, ingresos y ganancias de, o cualesquiera activos, incluyendo efectivo, en sustitución de, por cualquier razón, cualquier parte o la totalidad del Patrimonio del Fideicomiso;

f)los recursos líquidos depositados por las personas facultadas para tal efecto, de tiempo en tiempo, en las Cuentas del Fideicomiso y cualesquiera productos, rendimiento y accesorios de dichos depósitos;

g)los derechos de cobro y los flujos relacionados con los mismos derivados de los préstamos (incluyendo capital e intereses) que se otorguen a los Vehículos de Inversión;

h)las acciones, partes sociales, participaciones, derechos fideicomisarios o cualquier otro instrumento o derecho que ampare y/o represente la participación o inversión del Fiduciario en los Vehículos de Inversión; y

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i)cualquier otra cantidad, bien o derecho que sea cedido al, o adquirido por el, Fiduciario por cualquier

concepto de conformidad con el Contrato de Coinversión, cualesquiera Documentos de la Operación o las instrucciones que en su caso reciba del Administrador, y por los frutos o productos de todos los bienes y derechos anteriormente descritos.

Fines del Fideicomiso. Los fines principales del presente Fideicomiso (los "Fines del Fideicomiso") consisten en:

a)que el Fiduciario sea el único y legítimo propietario y titular del Patrimonio del Fideicomiso transmitido en esta fecha al Fiduciario, y/o transmitido en cualquier momento posterior al mismo conforme a los términos de este Contrato, durante la vigencia del mismo;

b)que el Fiduciario reciba las Aportaciones del Fideicomiso Emisor.

c)que el Fiduciario efectúe las Aportaciones para Proyectos, de conformidad con las instrucciones por escrito que reciba del Administrador para tal efecto;

d)que el Fiduciario reciba cualesquiera Derechos Cedidos, de conformidad con los Convenios de Cesión que para tal efecto suscriba, previa instrucción por escrito del Administrador;

e)que el Fiduciario reciba (i)del Coinversionista los recursos líquidos provenientes de la cobranza de los Derechos Cedidos correspondientes a las ventas de cada Proyecto en Curso y (ii) de los Vehículos de Inversión los recursos derivados de cada Proyecto Nuevo en términos y en los porcentajes que se acuerden previamente;

f)que el Fiduciario celebre el Contrato de Coinversión, previa instrucción por escrito del Administrador;

g)que el Fiduciario abra las Cuentas del Fideicomiso, conforme a lo establecido en el presente Contrato;

h)que el Fiduciario celebre, en su carácter de cesionario, los Convenios de Cesión con el Coinversionista respecto de los Derechos Cedidos, de conformidad con las instrucciones por escrito que reciba del Administrador para tal efecto;

i)que el Fiduciario, de conformidad con las instrucciones previas y por escrito que reciba del Administrador, efectúe las Distribuciones de Proyectos en Curso y las Distribuciones de Proyectos Nuevos en cada Fecha de Pago de Distribuciones de Proyectos en Curso y/o de Proyectos Nuevos, respectivamente, de conformidad con los términos y condiciones del presente Fideicomiso;

j)que el Fiduciario otorgue y revoque poderes para pleitos y cobranzas de conformidad con la Cláusula 14 del Fideicomiso Controlador;

k)que el Fiduciario lleve a cabo, de conformidad con las instrucciones previas y por escrito que reciba del Administrador, aquellos actos, incluyendo la celebración de contratos, que sean necesarios, apropiados o convenientes para cumplir con los Fines del Fideicomiso;

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l)que el Fiduciario, de tiempo en tiempo y por instrucciones previas y por escrito que reciba del

Administrador y una vez que este último verifique que se hubieren obtenido las autorizaciones que en su caso se requieran conforme al Fideicomiso Emisor, comparezca ante el notario público que el Administrador le señale para constituir, según sea el caso, el Vehículo de Inversión correspondiente y suscribir y pagar las acciones del capital social que el Administrador le indique o adquirir los derechos fideicomisarios correspondientes. Asimismo, a solicitud del Administrador, deberá comparecer a otorgar los poderes necesarios (incluyendo sin limitar, facultades para actos de administración, pleitos y cobranzas, poderes especiales y cualesquier otro necesario a juicio del Administrador) para que el Administrador o las personas que éste designe, cumplan con las funciones establecidas en el presente Contrato, el Fideicomiso Emisor, el Contrato de Administración y el Contrato de Coinversión sujeto a los términos y condiciones establecidos en el presente Contrato;

m)que el Fiduciario, previa instrucción por escrito del Administrador, ejerza cualesquiera derechos corporativos y/o económicos que deriven de su participación en los Vehículos de Inversión;

n)que previa instrucción por escrito del Administrador, el Fiduciario pague con cargo al Patrimonio del Fideicomiso cualesquiera gastos relativos a la defensa de cualesquiera reclamaciones contra el Patrimonio del Fideicomiso conforme se estipula en el presente Contrato;

o)que el Fiduciario proporcione al Coinversionista y al Administrador la información que éstos razonablemente le soliciten por escrito con 5 (cinco) Días Hábiles de anticipación, en relación con el presente Fideicomiso;

p)en caso de ser necesario, que el Fiduciario firme los documentos que el Administrador le instruya previamente por escrito a firmar con el fin de proteger el Patrimonio del Fideicomiso. El Fiduciario sólo podrá negarse a firmar si tiene una causa justificada determinada en apego a la legislación que rige su carácter de institución fiduciaria;

q)que el Fiduciario realice las Inversiones Permitidas de conformidad con la Cláusula 8 del Fideicomiso Controlador; y

r)en general, que el Fiduciario lleve a cabo acciones análogas a las anteriores de conformidad con las instrucciones previas y por escrito del Administrador, así como todas y cada una de las acciones establecidas expresamente en el presente Contrato o en cualquier otro Documento de la Operación.

Aportaciones del Fideicomiso Emisor A fin de cumplir con los Fines del Fideicomiso, el Fiduciario recibirá del Fideicomiso Emisor las Aportaciones del Fideicomiso Emisor, conforme al Contrato de Fideicomiso Emisor y a los Documentos de la Operación. Las Aportaciones del Fideicomiso Emisor al Fideicomiso Controlador, se sujetarán a lo siguiente:

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Una vez que el Fideicomiso Controlador reciba las Aportaciones del Fideicomiso Emisor, el Fideicomiso Controlador deberá, previa instrucción que al efecto reciba del Administrador y sujeto al procedimiento establecido en las Cláusulas 6.2 y 6.3 del Contrato de Fideicomiso Controlador: transferir total o parcialmente dichos recursos al Coinversionista para Inversiones en Proyectos en Curso de conformidad con lo establecido en la Cláusula 6.2 del Fideicomiso Controlador (las "Aportaciones para Proyectos en Curso"); o bien otorgar, constituir y/o aportar total o parcialmente dichos recursos al Vehículo de Inversión que corresponda para Inversiones en Proyectos Nuevos de conformidad con lo establecido en el Contrato de Coinversión ya sea por concepto de aportaciones para el aumento del capital social o patrimonio del Vehículo de Inversión correspondiente, o a través de préstamos o cualquier otro mecanismo o concepto que se le instruya (las "Aportaciones para Proyectos Nuevos"). I. Aportaciones para Proyectos en Curso.

a)De conformidad con lo establecido en el Fideicomiso Emisor y en el Fideicomiso Controlador, el

Coinversionista realizará Inversiones en Proyectos en Curso.

b)Las Aportaciones para Proyectos en Curso deberán ser por un monto equivalente al 50% (cincuenta por ciento) de la valuación de los flujos que generará el Proyecto en Curso respectivo y, en relación con lo anterior, el Coinversionista cederá en la manera prevista en el Fideicomiso Controlador y en el Convenio de Cesión respectivo, los Derechos Cedidos. Asimismo, el Coinversionista deberá llevar a cabo todos los actos que sean necesarios con el objeto de perfeccionar dicha cesión. Una vez cedidos, los Derechos Cedidos formarán parte del patrimonio del Fideicomiso Controlador.

c)La valuación de los flujos que generará cada Proyecto en Curso será realizada conforme a la Cláusula 11.9, inciso (a) del Fideicomiso Emisor.

d)Para llevar a cabo las Aportaciones para Proyectos en Curso, se seguirá el siguiente procedimiento:

i. El Administrador, siempre que cuente con la autorización correspondiente en términos del Fideicomiso Emisor, deberá entregar en la misma fecha en que el Fiduciario reciba las Aportaciones del Fideicomiso para el Proyecto en Curso en cuestión, un aviso por escrito al Fiduciario y al Coinversionista que contenga, al menos: (i)una confirmación por escrito de la autorización del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores, según sea necesario conforme a las disposiciones del Fideicomiso Emisor, para la realización de la Inversión, en la cual adicionalmente se describan los términos y condiciones de dicha Inversión;(ii)la valuación de los flujos que generará el Proyecto en Curso elaborada conforme a lo establecido en el inciso (c) anterior y al Fideicomiso Emisor;(iii) el monto de las Aportaciones para Proyectos en Curso para dicho Proyecto;(iv)los documentos que el Fiduciario deberá celebrar para formalizar la cesión de Derechos Cedidos y/o la Aportación para Proyectos en Curso respectiva, incluyendo sin limitar el proyecto de Convenio de Cesión respectivo;(v)la fecha programada para la cesión de Derechos Cedidos y/o la Aportación para Proyectos en Curso respectiva; (vi)el lugar y hora en el que se llevará a cabo la firma de la documentación respectiva; (vii)el detalle de los Derechos Cedidos a ser aportados al Fideicomiso Controlador; (viii) el Porcentaje de Ventas del Fideicomiso Emisor; (ix) la instrucción para que el Fiduciario abra una cuenta o subcuenta en la que serán depositados los montos derivados de la cobranza de los Derechos Cedidos correspondientes a las ventas de las Unidades del Proyecto en Curso respectivo; y (x) cualesquiera otra información que el Administrador considere relevante (el "Aviso de Aportación para Proyecto en Curso");

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ii. dentro de los 5 (cinco) Días Hábiles siguientes a que el Fiduciario reciba el Aviso de Aportación para Proyecto en Curso, el Coinversionista y el Fiduciario celebrarán y/o formalizarán el Convenio de Cesión respectivo, así como todos los actos jurídicos necesarios para perfeccionar dicha cesión y/o transmisión de los Derechos Cedidos señalados en el Aviso de Aportación para Proyectos en Curso correspondiente en favor del Fiduciario (incluyendo, sin limitar su ratificación ante fedatario público y/o su inscripción en el RUG).

iii. El Coinversionista y el Fiduciario deberán llevar a cabo todos los actos adicionales que le solicite

el Administrador a fin de perfeccionar la cesión de los Derechos Cedidos en favor del Fiduciario.

e)El Coinversionista tendrá el derecho, sujeto a la autorización del Comité Técnico (con el voto favorable de la mayoría de los Miembros Independientes) y/o de la Asamblea de Tenedores, según corresponda, de adquirir del Fideicomiso Controlador cualesquier Derechos Cedidos al precio que apruebe el Comité Técnico (con el voto favorable de la mayoría de los Miembros Independientes) y/o la Asamblea de Tenedores, según corresponda, a la fecha en que el Coinversionista realice la adquisición del Derecho Cedido.

II. Aportaciones para Proyectos Nuevos.

a)El monto de las Aportaciones para Proyectos Nuevos será determinado conforme al Presupuesto

Inicial (según dicho término se define en el Fideicomiso Emisor)que en su momento se presente ante, y sea aprobado por, el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según corresponda de conformidad con las disposiciones del Fideicomiso Emisor,del Contrato de Coinversión y con las instrucciones que el Fiduciario reciba del Administrador.Las Aportaciones para Proyectos Nuevos deberán ser equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) del monto señalado en el Presupuesto Inicial respectivo, y el 50% (cincuenta por ciento) restante deberá ser cubierto mediante las Aportaciones del Coinversionista (según dicho término se define en el Fideicomiso Emisor).

b)Para llevar a cabo las Aportaciones para Proyectos Nuevos, el Administrador, siempre que cuente con la autorización correspondiente en términos del Fideicomiso Emisor, deberá entregar en la misma fecha que el Fiduciario reciba las Aportaciones del Fideicomiso Emisor para el Proyecto Nuevo en cuestión, un aviso por escrito al Fiduciario que contenga, al menos: (i) una confirmación por escrito de la autorización del Administrador, del Comité Técnico o de la Asamblea de Tenedores, según corresponda conforme a las disposiciones del Fideicomiso Emisor, para la realización de la Inversión, en la cual adicionalmente se describan los términos y condiciones de dicha Inversión; (ii)el monto de la Aportación para Proyecto Nuevo que para dicho Proyecto Nuevo se requiera que aporte el Fideicomiso Controlador, determinado con base en el Presupuesto Inicial que en su momento se haya presentado y, hubiere sido aprobado por, el Comité Técnico o la Asamblea de Tenedores, según corresponda conforme a las disposiciones del Fideicomiso Emisor; (iii) las instrucciones para que el Fideicomiso Controlador constituya, según sea el caso, el Vehículo de Inversión correspondiente y para suscribir y pagar las acciones del capital social o adquirir los derechos fideicomisarios correspondientes; o bien, la manera en que el Vehículo de Inversión deberá llevar a cabo la Aportación para Proyecto Nuevo que corresponda (incluyendo sin limitar, cualesquiera instrucciones relacionadas con el Fideicomiso de Proyecto (según dicho término se define en el Contrato de Coinversión) que deba ser constituido para llevar a cabo la Inversión en el Proyecto

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Nuevo de que se trate); y (iv) cualesquiera otra información que el Administrador considere relevante, (el "Aviso de Aportación para Proyecto Nuevo").

c)Si durante el Periodo de Inversión y, en su caso, la Extensión del Periodo de Inversión, las Aportaciones del Fideicomiso al Fideicomiso Controlador fueron efectivamente entregadas como Aportaciones para Proyectos Nuevos y por alguna razón, el o los Proyectos Inmobiliarios de que se trate sean cancelados, los Vehículos de Inversión estarán obligados a restituir al Fideicomiso Controlador, las cantidades que hubieren recibido para la realización de Inversiones y que en virtud de la renuncia a los Proyectos Inmobiliarios no se hayan destinado a tal fin, netas de aquellas cantidades que efectivamente hubieren sido erogadas en relación con la Inversión de que se trate. En este caso, el Fideicomiso Controlador deberá proceder conforme al último párrafo de la Cláusula 6.1 anterior.

Distribuciones. I. Distribuciones de Proyectos en Curso

Una vez realizada la cobranza de los Derechos Cedidos correspondientes a la venta de cada Unidad de un Proyecto en Curso, y depositados los recursos correspondientes en la Cuenta Receptora y de Distribuciones para Proyectos en Curso respectiva, el Fiduciario, con cargo a dicha Cuenta Receptora y de Distribuciones para Proyectos en Curso, realizará las Distribuciones de Proyectos en Curso, al menos una vez cada trimestre, según las instrucciones que el Fiduciario reciba del Administrador. Queda expresamente entendido que el pago que se realice de cada Derecho Cedido tendrá como consecuencia la extinción de dicho Derecho Cedido. Para llevar a cabo las Distribuciones de Proyectos en Curso el Administrador dará aviso al Fiduciario, con copia al Fideicomiso Emisor en términos del formato que se adjunta al presente como Anexo C (el "Aviso de Distribuciones de Proyectos en Curso"), con por lo menos 5 (cinco) Días Hábiles de anticipación a la Fecha de Pago de Distribuciones de Proyectos en Curso, especificando la Fecha de Pago de Distribución del Proyecto en Curso. El Coinversionista estará obligado a entregar al Asesor Contable del Fideicomiso Emisor, en cada fecha de Distribuciones de Proyectos en Curso, un reporte con la información necesaria para que éste pueda verificar la cobranza y la entrega de los flujos derivados de las ventas de las Unidades respectivas.

II. Distribuciones de Proyectos Nuevos

Depositados los recursos recibidos de los Vehículos de Inversión en la Cuenta Receptora y de Distribuciones para Proyectos Nuevos, el Fiduciario con cargo a dicha Cuenta Receptora y de Distribuciones para Proyectos Nuevos, realizará las Distribuciones de Proyectos Nuevos, al menos una vez cada trimestre, según las instrucciones que el Fiduciario reciba del Administrador. Para llevar a cabo las Distribuciones de Proyectos Nuevos, el Administrador dará aviso al Fiduciario, con copia al Fideicomiso Emisor con por lo menos 5 (cinco) Días Hábiles de anticipación a la Fecha de Pago de Distribuciones de Proyectos Nuevos, especificando la fecha en que dicha distribución deberá de ocurrir.

Resumen de Contrato de Administración

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Contrato de Prestación de Servicios de Administración (el "Contrato"), celebrado el 19 de enero de 2018 entre: i. Go Proyectos, S.A. de C.V., en su carácter de administrador (el "Administrador"), representado en

este acto por Rogelio Reyes Romo; ii. CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, no en lo personal sino actuando únicamente como

fiduciario del fideicomiso irrevocable CIB/2711 (el "Fiduciario"), representado en este acto por sus delegados fiduciarios Cristina Reus Medina y Ricardo Antonio Rangel Fernández MacGregor,

Antecedentes I. Con esta misma fecha el Administrador, como fideicomitente, el Fiduciario, como fiduciario, Monex

Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común, con la comparecencia de Carza, S.A.P.I. de C.V., como coinversionista, celebraron el Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios de Desarrollo número CIB/2711 (el "Fideicomiso"), cuyo fin es, entre otros, que el Fiduciario emita ciertos certificados bursátiles fiduciarios de desarrollo a ser colocados a través de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V., así como llevar a cabo todas y cada una de las actividades y cumplir con cada una de las obligaciones descritas en el propio Fideicomiso.

II. En términos del Fideicomiso se establece que el Administrador deberá, por cuenta del Fiduciario,

llevar a cabo la administración del Patrimonio del Fideicomiso de conformidad con los términos y sujeto a las condiciones establecidas en el presente Contrato.

Declaraciones I. El Administrador declara, a través de su representante, que:

a)Es una sociedad anónima de capital variable legalmente constituida conforme a las leyes de México, según lo acredita con la escritura pública número 8,015 de fecha 19 de octubre de 2016, otorgada ante el licenciado Adrián Gárate Ríos, notario público número 105 de la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Monterrey, bajo el número NCI201600099875 de fecha 29 de noviembre de 2016.

b)Su representante cuenta con los poderes y facultades suficientes y necesarios para celebrar el

presente Contrato y que dichos poderes y facultades no le han sido revocados, limitados o modificados en forma alguna a esta fecha, según consta en la escritura pública que se describe en el inciso (a) anterior.

c)La celebración y el cumplimiento del presente Contrato están comprendidos dentro de su objeto social

y no violan ni constituyen un incumplimiento de (i) cualquier disposición de sus estatutos sociales; (ii) cualquier convenio, contrato, acuerdo, licencia, permiso, concesión, sentencia, resolución, laudo u orden que obligue al Administrador; o (iii) cualquier ley, reglamento, circular, orden o decreto de cualquier autoridad.

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d)Cuenta con todas las autorizaciones, administrativas, corporativas y de cualquier otra naturaleza para la debida celebración y cumplimiento del presente Contrato.

e)No ha ocurrido hecho o evento alguno en o antes de la fecha del presente Contrato que tenga o pueda

tener un efecto adverso en los negocios, activos, responsabilidades o condición (financiera o de cualquier otra naturaleza) del Administrador, que pueda o pudiera afectar el resultado de las operaciones o la capacidad del Administrador para cumplir con sus obligaciones bajo el presente Contrato.

f)Tiene la experiencia, el personal, los sistemas y la infraestructura suficientes y necesarios para prestar

los servicios materia del presente Contrato.

g)Es su voluntad celebrar el presente Contrato conforme a los términos y condiciones que más adelante quedarán pactados.

II. El Fiduciario declara, a través de sus delegados fiduciarios, que: Es una sociedad mercantil debidamente constituida y autorizada para operar como una institución de banca múltiple, en los términos indicados en el Fideicomiso. Sus delegados fiduciarios cuentan con las facultades necesarias para la celebración de este Contrato y los demás Documentos de la Operación de los cuales es parte en nombre y representación del Fiduciario y tienen suficientes poderes y facultades para obligar a su representada en los términos de los mismos, las cuales no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna, según consta en la escritura pública número118,737 de fecha 14 de mayo de 2015, otorgada ante la fe de Amando Mastachi Aguario, notario público número 121 de la Ciudad de México, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México en fecha 30 de junio del 2015 bajo el folio mercantil 384235. (c) Salvo por las autorizaciones y aprobaciones que, en su caso, han sido obtenidas y que se encuentran en pleno vigor y efecto, no requiere autorización o aprobación alguna para celebrar el presente Contrato, ni para cumplir con o llevar a cabo las obligaciones asumidas por el mismo en los términos del presente Contrato, las cuales son legales, válidas y exigibles en contra del Fiduciario de conformidad con sus términos. (d) Es su voluntad celebrar el presente Contrato en cumplimiento de los Fines del Fideicomiso conforme a los términos y condiciones que más adelante quedarán pactados. Definiciones Salvo que se encuentren definidos en el presente Contrato, todos los términos con mayúscula inicial utilizados en el presente Contrato tendrán el significado que se les atribuye en el Fideicomiso Emisor. Nombramiento del Administrador, Aceptación del Administrador, Deberes de lealtad y diligencia. El Fiduciario en este acto nombra y contrata al Administrador, y el Administrador en este acto acepta el nombramiento hecho por el Fiduciario, para llevar a cabo y cumplir con todas las obligaciones a cargo del

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Administrador establecidas en el Fideicomiso, así como las obligaciones y prestación de servicios contemplados en el presente Contrato, incluyendo sin limitación: (i) la selección y aprobación de los Inmuebles en los que se podrían desarrollar los Proyectos Inmobiliarios; (ii) la selección y aprobación de las Inversiones a ser realizadas por el Fiduciario a través del Fideicomiso Controlador, del Coinversionista y/o los Vehículos de Inversión; (iii) la selección y aprobación de los estudios técnicos a ser realizados en los Inmuebles para su desarrollo como Proyectos Inmobiliarios; (iv) la selección, aprobación y supervisión de las construcciones a ser realizadas en términos de los Proyectos Inmobiliarios; (v) la supervisión y coordinación de los esfuerzos para llevar a cabo el desarrollo de los Proyectos Inmobiliarios y/o la renta o venta de los Inmuebles de los Proyectos Inmobiliarios; (vi) la administración de cada una de las Inversiones; (vii) la determinación de llevar a cabo las Desinversiones; y (viii) someter a la aprobación del Comité Técnico o a la Asamblea de Tenedores, según corresponda, las Inversiones en los supuestos establecidos en el Fideicomiso y demás Documentos de la Operación. El Administrador y sus ejecutivos relevantes deberán en todo momento cumplir con los deberes de lealtad y diligencia contenidos en los artículos 30 al 37 de la Ley del Mercado de Valores en lo que resulten aplicables al Fideicomiso y a las Inversiones, Desinversiones, y en general, a las operaciones que realice el Fiduciario del Fideicomiso, ya sea a través del Fideicomiso Controlador, el Coinversionista o a través de los Vehículos de Inversión y actuando de buena fe en el mejor interés del Fideicomiso y de los Tenedores. Comisión por Administración. Como contraprestación por los servicios prestados, el Administrador recibirá (a) durante los 2 (dos) años siguientes a la Fecha de Emisión Inicial (el "Periodo Inicial"), una comisión equivalente al 1.0% (uno punto cero por ciento) anual más el IVA correspondiente, sobre el Monto Máximo (excluyendo los Gastos de Emisión y Colocación), y (b) posteriormente al Periodo Inicial, una comisión equivalente al 1.0% (uno punto cero por ciento) anual más el IVA correspondiente, sobre el Monto Total Invertido (en el entendido que para efectos de la determinación del Monto Total Invertido en este caso, no se deberán tomar en cuenta los Gastos de Emisión y Colocación)menos, en su caso, el monto de las Inversiones realizadas que ya hayan sido materia de una Desinversión a esa fecha y cualesquiera cantidades invertidas en proyectos que hayan sido declarados como pérdida por el Valuador Independiente o el Auditor Externo (según la misma pueda ser modificada por aprobación de la Asamblea Ordinaria de Tenedores en términos del presente Contrato y del Contrato de Administración, la "Comisión Anual del Administrador"). La Comisión Anual del Administrador será pagada por el Fiduciario, con cargo al Patrimonio del Fideicomiso. La Comisión Anual del Administrador será pagadera con los recursos derivados de la Cuenta de Reserva para Gastos y/o, en su caso, con los recursos que el Administrador determine deben utilizarse para dichos efectos. La Comisión Anual del Administrador será pagadera de manera trimestral por adelantado, a elección del Administrador y según éste lo notifique por escrito al Fiduciario y al Representante Común. El Administrador se obliga a devolver la parte proporcional de la Comisión Anual que no hubiere devengado en virtud de que sea sustituido o que el Fideicomiso se extinga. En caso de que los accionistas del Administrador acuerden una venta de las acciones de su capital social que constituya un cambio de Control del Administrador y que dicho cambio de Control fuera aprobado por la Asamblea de Tenedores, los Tenedores tendrán derecho a recibir un monto equivalente al 20% (veinte por ciento) del precio que resulte de la venta de las acciones respectivas.

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Sustitución del Administrador.

a)El Administrador podrá ser removido por la Asamblea de Tenedores sin causa, de conformidad con, y sujeto a lo previsto en la Cláusula 18.3 del Fideicomiso. En caso de que el Administrador sea removido por los Tenedores sin causa, el Administrador tendrá los derechos que se señalan en dicha Cláusula 18.3 del Fideicomiso.

Descripción General de los Procesos. I. Proceso de Búsqueda i. El Administrador estará encargado de supervisar y realizar la búsqueda de Inmuebles para la

realización de Proyectos Inmobiliarios que cumplan con los Requisitos de Elegibilidad para la realización de Inversiones.

ii. Asimismo, el Administrador deberá realizar una revisión legal sobre la situación jurídica que guardan

los Inmuebles en que se realizarían los Proyectos Inmobiliarios. Finalmente el Administrador deberá realizar un análisis técnico preliminar para verificar que el Inmueble es adecuado para el desarrollo del Proyecto Inmobiliario correspondiente.

iii. En la etapa previa a la realización de cualquier análisis o estudio sobre la viabilidad de los Proyectos

Inmobiliarios, el Administrador podrá presentar oportunidades potenciales de inversión, cuya búsqueda haya sido realizada con recursos propios. Si el Comité de Inversiones aprueba la realización de los estudios y análisis de viabilidad necesarios, entonces se autorizarán también los gastos necesarios para llevar a cabo dichos estudios. Una vez que se hayan realizado los estudios de viabilidad necesarios, las oportunidades de inversión que sean presentadas al Comité de Inversiones, al Comité Técnico o a la Asamblea de Tenedores, según se requiera, podrán ser aprobadas o rechazadas. En ambos casos, las erogaciones realizadas por el Administrador para llevar a cabo los estudios y que se encuentren dentro del presupuesto autorizado, serán consideradas como Gastos de Inversión y serán reembolsados al Administrador con cargo a la Cuenta de Inversiones.

II. Proceso de Aprobación i. Durante el Periodo de Inversión o cualquier Extensión del Periodo de Inversión, el Administrador

deberá presentar al Comité de Inversiones los Proyectos Inmobiliarios identificados como viables dentro del proceso de búsqueda y que cumplan con los Requisitos de Elegibilidad y tomen en cuenta los estudios a los que hacen referencia los sub-incisos (iii) y (iv) siguientes.

ii. Una vez que el Comité de Inversiones hubiere aprobado los Proyectos Inmobiliarios, el Administrador

deberá, en su caso, presentarlo para su aprobación definitiva, sujeta a los Niveles de Autorización de Inversiones establecidos en el Fideicomiso Emisor.

iii. El Administrador se encargará de supervisar y coordinar la realización de los estudios necesarios y/o

convenientes para determinar las características de los Inmuebles. Igualmente, el Administrador

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deberá comenzar con la tramitación de los permisos, licencias y concesiones que resulten necesarios para llevar a cabo los Proyectos Inmobiliarios.

iv. El Administrador deberá comenzar con la planeación y análisis técnico definitivo de cada uno de los

Proyectos Inmobiliarios, entendiendo por esto:

a)el análisis básico de rentabilidad y compatibilidad con el objeto del Fideicomiso;

b)el análisis sobre el atractivo de una potencial inversión con el objetivo de descartar Proyectos Inmobiliarios inviables;

c)el análisis técnico de los diversos factores que determinan la inversión total, así como los ingresos

y egresos estimados, permitiendo el modelaje detallado de los flujos y desempeño estimado del Proyectos Inmobiliarios, incluyendo un análisis de escenarios;

d)definición de la estructura de la potencial inversión a ser propuesta para su aprobación al Comité

de Inversiones;

e)revisión detallada de todos y cada uno de los aspectos técnicos, legales, regulatorios y financieros de una potencial Inversión con el objetivo de asegurar que las premisas utilizadas para el análisis detallado se cumplan;

f)realizar estudios para comprobar la situación física del predio (mecánica de suelos y auditoría

ambiental) y legal de las colindancias y obtener las factibilidades de servicios (agua, drenaje, electricidad, etc.) y de uso de suelo necesarias para el desarrollo del Proyecto Inmobiliario, así como los permisos correspondientes para su desarrollo, en su caso;

g)investigar los antecedentes registrales de la propiedad del Inmueble y la no existencia de

gravámenes o adeudos;

h)ejecución y puesta en marcha de los Proyectos Inmobiliarios del cual devienen distintas opciones para determinar los destinos de los Inmuebles; y

i)estructuración y preparación definitiva de la potencial Inversión.

j)Sujeto a las características de cada Proyecto Inmobiliario, el Administrador determinará, a su juicio,

la conveniencia de llevar a cabo obras complementarias para el mejor desarrollo y, en su caso, futuro arrendamiento o venta de cada Proyecto Inmobiliario.

k)El Administrador estará a cargo de supervisar y coordinar la venta y arrendamiento de los

Inmuebles o unidades de los Proyectos Inmobiliarios correspondientes, según corresponda.

l)Por lo anterior, las actividades que realice el Administrador en términos de lo establecido en el inciso (vi) anterior serán consideradas como independientes al presente Contrato y a las obligaciones del Administrador bajo el mismo.

III. Administración y Control de las Inversiones

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i. El Administrador preparará y coordinará la formalización de la documentación legal relacionada con

una Inversión en un Proyecto Inmobiliario a través del Coinversionista o a través de uno o más Vehículos de Inversión.

ii. Una vez formalizada la Inversión en un Proyecto Inmobiliario determinado, el Administrador será

responsable de conservar y custodiar, para beneficio del Fideicomiso Controlador, del Coinversionista y/o de los Vehículos de Inversión correspondientes, los expedientes con la documentación legal y otra información relevante de las Inversiones. En todo caso, el Administrador deberá mantener una lista actualizada de las Inversiones.

iii. El Administrador verificará que las condiciones establecidas para la entrega de recursos al

Fideicomiso Controlador y éste a su vez al Coinversionista y/o a los Vehículos de Inversión, hayan sido satisfechas a fin de que se lleve a cabo la entrega de los recursos correspondientes, instruyendo por escrito al fiduciario del Fideicomiso Controlador para que lleve a cabo el desembolso que corresponda en términos del Fideicomiso y del Fideicomiso Controlador.

iv. El Administrador preparará y entregará al Fiduciario, al Comité Técnico, al Representante Común y al

Coinversionista, en su caso, en la forma y tiempo debidos, todos aquellos reportes que deba preparar y entregar conforme al Fideicomiso.

v. El Administrador llevará a cabo la supervisión de las Inversiones realizadas por el Fiduciario, ya sea

directamente o a través de subcontratistas, en el entendido que será el único obligado frente al Fideicomiso y a los Tenedores, a través del Representante Común, de la ejecución de los Proyectos Inmobiliarios.

IV. Contabilidad, Reporteo y Valuación Contable del Fideicomiso

El Administrador: i. Recibirá y analizará la información detallada de cada una de las Inversiones que se realicen.

ii. Llevará a cabo la valuación de los flujos que generarán los Proyectos en Curso y gestionará la

elaboración de las valuaciones por los Valuadores Inmobiliarios respecto de dichos Proyectos en Curso de conformidad con lo previsto en el Fideicomiso.

iii. Se asegurará de que se preparen y envíen al Fiduciario, en la forma y tiempo debidos, un reporte

sobre la valuación de los activos del Fideicomiso, así como de los Certificados Bursátiles, para lo cual deberá seguir una metodología con base en estándares internacionales de conformidad con lo dispuesto por la Circular Única.

iv. Preparará y entregará al Fiduciario la información financiera de los Proyectos en Curso y/o los

Vehículos de Inversión que representen el 10% (diez por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al cierre del trimestre inmediato anterior y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los Tenedores, así como de las Inversiones que no se reflejen en la consolidación de la información financiera del Fideicomiso y que representen 10% (diez por ciento) o más del Patrimonio del Fideicomiso, con base en cifras correspondientes al

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cierre del trimestre inmediato anterior y tomando en cuenta cualesquier Compromisos Restantes de los Tenedores.

v. Analizará la información detallada de cada una de las Inversiones que sea requerida en términos del

presente Contrato. vi. Se asegurará que los estados financieros anuales y trimestrales del Fideicomiso Controlador y de

cada uno de los Vehículos de Inversión así como todos los reportes a los que estén obligados a presentar de conformidad con el Fideicomiso, el Fideicomiso Controlador y la regulación aplicable, sean preparados y entregados al Fiduciario en el plazo y de conformidad con los requisitos establecidos en el Fideicomiso y en el Fideicomiso Controlador.

vii. Con anterioridad al inicio de cada ejercicio fiscal, el Administrador se asegurará que sea preparado y

entregado al Comité Técnico con copia al Fiduciario, una copia del presupuesto anual para dicho ejercicio fiscal detallando la proyección de gastos de operación del Fideicomiso para el ejercicio correspondiente.

viii. Los estados financieros del Fideicomiso deberán consolidar los resultados del Fideicomiso

Controlador y de cada uno de los Vehículos de Inversión, por lo que el Administrador deberá proporcionar al Fiduciario, dentro de los primeros 10 (diez) Días Hábiles de cada mes calendario, la información financiera, valuaciones y eventos relevantes de los Vehículos de Inversión, que sean necesarios para que el Fiduciario pueda cumplir con los requisitos que establece la Cláusula 14.3.4 del Fideicomiso.

ix. En general, el Administrador coordinará, supervisará y administrará todos aquellos aspectos

relacionados con el análisis, selección, aprobación y formalización de las Inversiones realizadas por el Fiduciario, el Coinversionista y/o los Vehículos de Inversión en términos de lo establecido en el Fideicomiso.

Resumen de Contrato de Coinversión

i. Carza, S.A.P.I. de C.V. (el "Coinversionista"),

ii. Go Proyectos, S.A. de C.V. (el "Administrador"),en su carácter de administrador bajo el Fideicomiso Emisor,

iii. Banca Afirme, S.A. Institución de Banca Múltiple, Afirme Grupo Financiero, (División Fiduciaria) (el "Fiduciario Controlador"), en su carácter de Fiduciario Controlador.

iv. CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, como fiduciario del Contrato de Fideicomiso Irrevocable de Emisión de Certificados Bursátiles Fiduciarios de Desarrollo número CIB/2711 (el "Fideicomiso Emisor" o "Emisor")

Antecedentes.

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El 19 de enero de 2018, Go Proyectos, S.A. de C.V., como fideicomitente y administrador, CI Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, como fiduciario, y Monex Casa de Bolsa, S.A. de C.V., Monex Grupo Financiero, como representante común de los Tenedores, con la comparecencia de Carza, S.A.P.I. de C.V., como coinversionista, celebraron un Contrato de Fideicomiso Irrevocable identificado con el número CIB/2711 (el "Fideicomiso Emisor"), cuyo fin es, entre otros, que el Fiduciario emita ciertos certificados bursátiles fiduciarios de desarrollo a ser inscritos en el Registro Nacional de Valores que al efecto lleva la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y colocados entre el gran público inversionista a través de la Bolsa Mexicana de Valores, S.A.B. de C.V. El 19 de enero de 2018, el Emisor, como fideicomitente y fideicomisario en primer lugar, el Coinversionista, como fideicomitente y fideicomisario en segundo lugar, y el Fiduciario Controlador, como fiduciario, con la comparecencia del Administrador, celebraron un Contrato de Fideicomiso Irrevocable identificado con el número 75016 (el "Fideicomiso Controlador"), cuyo fin es, entre otros, realizar Inversiones en Proyectos Inmobiliarios a lo largo de la Cadena de Valor Inmobiliaria, recibir las Aportaciones del Fideicomiso, recibir Derechos Cedidos y realizar Distribuciones del Fideicomiso Controlador. El presente Contrato se celebra de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 11.9 del Fideicomiso Emisor con el propósito de regular, entre otras cosas, los términos conforme a los cuales el Coinversionista realizará inversiones en Proyectos Nuevos en forma conjunta con el Fideicomiso Controlador. Declaraciones. El Coinversionista declara a través de su representante que: Es una sociedad anónima promotora de inversión de capital variable legalmente constituida conforme a las leyes de México, según lo acredita con la escritura pública número 12,836 de fecha 20 de enero de 1981, otorgada ante la fe del licenciado Atanasio González Lozano, notario público número 31 con ejercicio en el Primer Distrito Registral del estado de Nuevo León, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Primer Distrito Registral del estado de Nuevo León bajo el número 265, folio 269, volumen 242, Libro Tercero, Segundo Auxiliar, Escrituras de Sociedades Mercantiles, Sección Comercio, el 11 de marzo de 1981. Su representante cuenta con los poderes y facultades suficientes y necesarios para celebrar el presente Contrato y que dichos poderes y facultades no le han sido revocados, limitados o modificados en forma alguna a esta fecha. La celebración y el cumplimiento del presente Contrato están comprendidos dentro de su objeto social y no violan ni constituyen un incumplimiento de (i) cualquier disposición de sus estatutos sociales; (ii) cualquier convenio, contrato, acuerdo, licencia, permiso, concesión, sentencia, resolución, laudo u orden al que se encuentre obligado; o (iii) cualquier ley, reglamento, circular, orden o decreto de cualquier autoridad. Cuenta con todas las autorizaciones, administrativas, corporativas y de cualquier otra naturaleza para la debida celebración y cumplimiento del presente Contrato. No ha ocurrido ningún hecho o evento en o antes de la fecha del presente Contrato que tenga o pueda tener un efecto adverso significativo en los negocios, activos, responsabilidades o condición (financiera o de

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cualquier otra naturaleza) del Coinversionista, que pueda o pudiera afectar el resultado de las operaciones o la capacidad del Coinversionista para cumplir con sus obligaciones bajo el presente Contrato. Es su voluntad celebrar el presente Contrato conforme a los términos y condiciones que se establecen a continuación. El Administrador declara a través de su representante que: Es una sociedad anónima de capital variable legalmente constituida conforme a las leyes de México, según lo acredita con la escritura pública número 8,015 de fecha 19 de octubre de 2016, otorgada ante la fe del licenciado Adrián Gárate Ríos, notario público número 105 con ejercicio en el Primer Distrito Registral del estado de Nuevo León, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de Monterrey, bajo el número NCI201600099875 de fecha 29 de noviembre de 2016. Su representante cuenta con los poderes y facultades suficientes y necesarios para celebrar el presente Contrato y que dichos poderes y facultades no le han sido revocados, limitados o modificados en forma alguna a esta fecha. La celebración y el cumplimiento del presente Contrato están comprendidos dentro de su objeto social y no violan ni constituyen un incumplimiento de (i) cualquier disposición de sus estatutos sociales, (ii) cualquier convenio, contrato, acuerdo, licencia, permiso, concesión, sentencia, resolución, laudo u orden a que se encuentre obligado, o (iii) cualquier ley, reglamento, circular, orden o decreto de cualquier autoridad. Cuenta con todas las autorizaciones, administrativas, corporativas y de cualquier otra naturaleza para la debida celebración y cumplimiento del presente Contrato. Es su voluntad celebrar el presente Contrato conforme a los términos y condiciones que se establecen a continuación. El Emisor declara a través de sus delegados fiduciarios que: Es una sociedad mercantil debidamente constituida y autorizada para operar como una institución de banca múltiple, en los términos indicados en el Contrato de Fideicomiso. Sus delegados fiduciarios cuentan con los poderes y facultades suficientes y necesarios para celebrar el presente Contrato y que dichos poderes y facultades a la fecha no les han sido revocados, limitados o modificados en forma alguna a esta fecha. Salvo por las autorizaciones y aprobaciones que han sido obtenidas y que se encuentran en pleno vigor y efecto, no requiere autorización o aprobación alguna para celebrar el presente Contrato, ni para cumplir con o llevar a cabo las obligaciones asumidas en los términos del presente Contrato, las cuales son legales, válidas y exigibles en contra del Fiduciario de conformidad con sus términos. Es su voluntad celebrar el presente Contrato en cumplimiento de los fines del Fideicomiso Emisor conforme a los términos y condiciones que se establecen más adelante. El Fiduciario Controlador declara a través de sus delegados fiduciarios que:

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Es una sociedad mercantil debidamente constituida y autorizada para operar como una institución de banca múltiple, en los términos indicados en el Contrato de Fideicomiso. Sus delegados fiduciarios cuentan con los poderes y facultades suficientes y necesarios para celebrar el presente Contrato y que dichos poderes y facultades a la fecha no les han sido revocados, limitados o modificados en forma alguna a esta fecha. Salvo por las autorizaciones y aprobaciones que han sido obtenidas y que se encuentran en pleno vigor y efecto, no requiere autorización o aprobación alguna para celebrar el presente Contrato, ni para cumplir con o llevar a cabo las obligaciones asumidas en los términos del presente Contrato, las cuales son legales, válidas y exigibles en contra del Fiduciario Controlador de conformidad con sus términos. Es su voluntad celebrar el presente Contrato en cumplimiento de los fines del Fideicomiso Controlador conforme a los términos y condiciones que se establecen.Definiciones Salvo que se encuentren definidos en el presente Contrato, todos los términos con mayúscula inicial utilizados en el presente Contrato tendrán el significado que se les atribuye en el Fideicomiso Emisor respectivamente. Coinversión en Proyectos Inmobiliarios. En términos del presente Contrato, del Fideicomiso Emisor y del Fideicomiso Controlador, el Coinversionista se obliga a realizar las Aportaciones del Coinversionista, que junto con las aportaciones que realice el fiduciario del Fideicomiso Emisor a través del Fideicomiso Controlador y del Vehículo de Inversión respectivo (las "Aportaciones del Fiduciario Controlador"), serán destinadas a la inversión en Proyectos Nuevos (la "Coinversión"). Para efectos del presente Contrato, el término "Aportaciones del Coinversionista" significa las cantidades que el Coinversionista tendrá la obligación de invertir en Proyectos Nuevos, con dicho carácter de acuerdo a lo establecido en el Fideicomiso Emisor y en el presente Contrato, para la inversión en Proyectos Nuevos o para el otorgamiento de préstamos (a través de cualquier medio, incluyendo sin limitar, deuda preferente, deuda subordinada, deuda capitalizable o a través de obligaciones convertibles en acciones) para el desarrollo de Proyectos Nuevos. A efecto de realizar la Coinversión, por cada Proyecto Nuevo el Fiduciario Controlador causará y llevará a cabo todos los actos necesarios para que, el Vehículo de Inversión constituido para realizar la Inversión en el Proyecto Nuevo respectivo, se adhiera o constituya junto con el Coinversionista el Fideicomiso de Proyecto, cuyo fin y/u objeto principal serán, entre otras cosas, recibir las Aportaciones del Coinversionista y las Aportaciones del Fiduciario Controlador, así como, en su caso, adquirir el Inmueble para el desarrollo del Proyecto Nuevo de que se trate. Para efectos del presente Contrato, el término "Fideicomiso de Proyecto" significa cualquier fideicomiso, sociedad u otro vehículo de inversión, constituidos o regulados por la legislación de cualquier jurisdicción, que se utilice como vehículo para llevar a cabo la inversión y desarrollo de Proyectos Nuevos. El monto de las Aportaciones del Coinversionista será determinado con base en el Presupuesto Inicial (según dicho término se define en el Fideicomiso Emisor) que en su momento se presente y, sea aprobado por, el Comité Técnico y/o la Asamblea de Tenedores, según corresponda. Las Aportaciones del

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Coinversionista deberán ser equivalentes al 50% (cincuenta por ciento) del monto señalado en el Presupuesto Inicial respectivo, y el 50% (cincuenta por ciento) restante deberá ser cubierto mediante las Aportaciones del Fideicomiso Controlador (según dicho término se define en el Fideicomiso Emisor). Durante el desarrollo de Proyectos Nuevos cualesquiera gastos, honorarios, comisiones, cuotas, impuestos que no estén a cargo del Vehículo de Inversión respectivo, derechos y demás erogaciones adicionales que no hayan sido incluidas en el Presupuesto Inicial del Proyecto Nuevo respectivo y que se requieran para realizar o llevar a cabo el Proyecto Nuevo respectivo serán cubiertos exclusivamente por el Coinversionista. Las Aportaciones del Coinversionista deberán ser aportadas directamente al Fideicomiso de Proyecto que corresponda. La Coinversión será fondeada con recursos propios del Coinversionista, excluyendo cualesquiera recursos provenientes de comisiones que tenga derecho a recibir conforme al Fideicomiso Emisor o los Documentos de la Operación. El Coinversionista se abstendrá de realizar cualquier acto que impida u obstaculice al Fideicomiso Emisor realizar Aportaciones del Fideicomiso al Fideicomiso Controlador conforme a los términos aprobados del Fideicomiso Emisor, así como al Fiduciario Controlador a realizar Aportaciones del Fiduciario Controlador. Queda expresamente establecido que el Coinversionista podrá, individualmente o conjuntamente con el Vehículo de Inversión respectivo, según sea el caso, gravar, instruir o causar que se grave el inmueble en el cual se realice un Proyecto Nuevo como garantía para la obtención de financiamientos, incluyendo créditos puente. El Coinversionista se obliga a mantener la Coinversión por el mismo tiempo que los Vehículos de Inversión respectivos mantengan su inversión en los Fideicomisos de Proyecto respectivos. El Coinversionista en este acto se obliga a desinvertir la Coinversión en los mismos términos y condiciones aplicables, y de manera sustancialmente simultánea a la desinversión realizada por el Fiduciario Controlador a través de los Vehículos de Inversión, en el entendido que dichos términos y condiciones podrán variar, considerando disposiciones fiscales, legales u otras disposiciones aplicables al Coinversionista, lo que se convendrá en cada caso por el Coinversionista y el Administrador, con la aprobación de la mayoría de los Miembros Independientes del Comité Técnico del Fideicomiso Emisor. Lo establecido en la sección 2.10 anterior no será aplicable en caso que el Comité Técnico y/o la Asamblea de Tenedores que apruebe la Desinversión respectiva, otorgue expresamente una dispensa al Coinversionista a su deber de desinvertir la Coinversión. Las partes acuerdan que el Coinversionista tendrá la facultad de llevar a cabo la comercialización, urbanización y desarrollo de los Proyectos Nuevos. Excepción a la Coinversión. El Coinversionista quedará liberado de sus obligaciones contempladas en el presente Contrato, en el momento que el Administrador sea sustituido o renuncie a su cargo en los términos del Contrato de Administración y del Fideicomiso Emisor.

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Cumplimiento al plan de negocios y calendario de inversiones y, en su caso, desinversiones [bloque de texto]

No aplica. Al 31 de marzo de 2018 el Fideicomiso no cuenta con calendario de inversiones o plan de negocios.

Valuación [bloque de texto]

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Comisiones, costos y gastos del administrador u operador [bloque de texto]

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Las erogaciones pagadas al Administrador durante el periodo que se reporta se resumen a continuación:

Comisión Administrador Segundo Trimestre 2018: 7,025,202.81

Información relevante del periodo [bloque de texto]

El 7 de mayo de 2018 fue designado Carlos Eugenio Molina Amaya como Presidente del Consejo de Administración y Director de Finanzas de Go Proyectos S.A. de C.V., el Administrador, sustituyendo a Francisco Azcúnaga Sánchez en los mencionados cargos.

El 7 de junio de 2018 se celebró la Primera Sesión de Comité Técnico para seleccionar a los Valuadores Inmobiliarios para 2 (dos) Proyectos en Curso: Living y Andes.

Otros terceros obligados con el fideicomiso o los tenedores de valores, en su caso [bloque de texto]

No existen terceros obligados con el Fideicomiso.

Asambleas generales de tenedores [bloque de texto]

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Durante el segundo trimestre de 2018 no se llevaron cabo Asambleas de Tenedores.

Auditores externos y valuador independiente [bloque de texto]

Auditor externo: Galaz, Yamazaqui, Ruiz Urquiza, S.C. Valuador Independiente: 414 Capital, Inc.

Operaciones con personas relacionadas y conflictos de interés [bloque de texto]

No existen.

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[110000] Información general sobre estados financieros

Nombre de la entidad que informa u otras formas de identificación:

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Clave de cotización: CARZACK

Explicación del cambio en el nombre de la entidad fiduciaria:

Descripción de la naturaleza de los estados financieros:

CARZACK 18

Fecha de cierre del periodo sobre el que se informa: 2018-06-30

Periodo cubierto por los estados financieros: del 19 de enero (fecha de constitución) al 30 de Junio de 2018

Descripción de la moneda de presentación: MXN

Grado de redondeo utilizado en los estados financieros:

Miles de pesos

Estados financieros del fideicomiso consolidado: No

Fideicomitentes, Administrador, Aval o Garante: Go Proyectos, S.A. de C.V.

Número de Fideicomiso: CIB2711

Estado de Flujo de Efectivo por método indirecto: Si

Número de Trimestre: 2

Información a revelar sobre información general sobre los estados financieros [bloque de texto]

Los Estados Financieros adjuntos se prepararon de acuerdo con la IAS 34 "Información Financiera Intermedia" de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo Internacional de Normas de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés).

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[210000] Estado de situación financiera, circulante/no circulante

Concepto Cierre Trimestre Actual

2018-06-30

Cierre Ejercicio Anterior

2017-12-31Estado de situación financiera [sinopsis]Activos [sinopsis]Activos circulantes[sinopsis]Efectivo y equivalentes de efectivo 440,315,000

Instrumentos financieros 0

Clientes y otras cuentas por cobrar 0

Derechos de cobro 0

Impuestos por recuperar 856,000

Otros activos financieros 0

Inventarios 0

Comisión mercantil 0

Otros activos no financieros 0

Pagos provisionales de ISR por distribuir a tenedores 0

Total activos circulantes distintos de los activos no circulantes o grupo de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta

441,171,000

Activos mantenidos para la venta 0

Total de activos circulantes 441,171,000

Activos no circulantes [sinopsis]Clientes y otras cuentas por cobrar no circulantes 0

Derechos de cobro no circulantes 0

Impuestos por recuperar no circulantes 0

Otros activos financieros no circulantes 0

Inversiones registradas por método de participación 0

Inversión en entidad promovida / Inversión en certificados de fideicomisos de proyectos 0

Inversiones en fondos privados 0

Propiedades, planta y equipo 0

Propiedad de inversión 0

Crédito mercantil 0

Activos intangibles distintos al crédito mercantil 0

Activos por impuestos diferidos 0

Comisión mercantil no circulante 0

Otros activos no financieros no circulantes 0

Total de activos no circulantes 0

Total de activos 441,171,000

Patrimonio y pasivos [sinopsis]Pasivos [sinopsis]Pasivos circulantes [sinopsis]Proveedores y otras cuentas por pagar a corto plazo 0

Impuestos por pagar a corto plazo 26,000

Otros pasivos financieros a corto plazo 0

Otros pasivos no financieros a corto plazo 0

Provisiones circulantes [sinopsis]Provisión de obligaciones a corto plazo 0

Total provisiones circulantes 0

Total de pasivos circulantes distintos de los pasivos atribuibles a activos mantenidos para la venta 26,000

Pasivos atribuibles a activos mantenidos para la venta 0

Total de pasivos circulantes 26,000

Pasivos a largo plazo [sinopsis]Proveedores y otras cuentas por pagar a largo plazo 0

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Concepto Cierre Trimestre Actual

2018-06-30

Cierre Ejercicio Anterior

2017-12-31Impuestos por pagar a largo plazo 0

Otros pasivos financieros a largo plazo 0

Otros pasivos no financieros a largo plazo 0

Provisiones a largo plazo [sinopsis]Provisión de obligaciones a largo plazo 0

Total provisiones a largo plazo 0

Pasivo por impuestos diferidos 0

Total de pasivos a largo plazo 0

Total pasivos 26,000

Patrimonio/Activos netos [sinopsis]Patrimonio/activos netos 441,145,000

Utilidades acumuladas 0

Otros resultados integrales acumulados 0

Total de la participación controladora 441,145,000

Participación no controladora 0

Total de patrimonio / Activos netos 441,145,000

Total de patrimonio /Activos netos y pasivos 441,171,000

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[310000] Estado de resultados, resultado del periodo, por función de gasto

Concepto Acumulado Año Actual

2018-01-01 - 2018-06-30

Acumulado Año Anterior

2017-01-01 - 2017-06-30

Trimestre Año Actual

2018-04-01 - 2018-06-30

Trimestre Año Anterior

2017-04-01 - 2017-06-30

Resultado de periodo [resumen]Utilidad (pérdida) [sinopsis]Ingresos 9,857,000 6,851,000

Costo de ventas 0 0

Utilidad bruta 9,857,000 6,851,000

Gastos de administración y mantenimiento 62,712,000 8,170,000

Otros ingresos 0 0

Otros gastos 0 0

Estimaciones y reservas por deterioro de activos 0 0

Utilidad (pérdida) de operación (52,855,000) (1,319,000)

Ingresos financieros 0 0

Gastos financieros 0 0

Participación en la utilidad (pérdida) de asociadas y negocios conjuntos

0 0

Utilidad (pérdida), antes de impuestos (52,855,000) (1,319,000)

Impuestos a la utilidad 0 0

Utilidad (pérdida) de operaciones continuas (52,855,000) (1,319,000)

Utilidad (pérdida) de operaciones discontinuadas 0 0

Utilidad (pérdida) neta (52,855,000) (1,319,000)

Utilidad (pérdida), atribuible a [sinopsis]Utilidad (pérdida) atribuible a la participación controladora 0 0

Utilidad (pérdida) atribuible a la participación no controladora 0 0

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[410000] Estado del resultado integral, componentes ORI presentados netos de impuestos

Concepto Acumulado Año Actual2018-01-01 - 2018-06-30

Acumulado Año Anterior2017-01-01 - 2017-06-30

Trimestre Año Actual

2018-04-01 - 2018-06-30

Trimestre Año Anterior

2017-04-01 - 2017-06-30

Estado del resultado integral [sinopsis]Utilidad (pérdida) neta (52,855,000) (1,319,000)

Otro resultado integral [sinopsis]Componentes de otro resultado integral que no se reclasificarán a resultados, neto de impuestos [sinopsis]Otro resultado integral, neto de impuestos, utilidad (pérdida) por revaluación 0 0

Participación de otro resultado integral de asociadas y negocios conjuntos que no se reclasificará a resultados, neto de impuestos

0 0

Total otro resultado integral que no se reclasificará a resultados, neto de impuestos 0 0

Componentes de otro resultado integral que se reclasificarán a resultados, neto de impuestos [sinopsis]Activos financieros disponibles para la venta [sinopsis]Utilidad (pérdida) por cambios en valor razonable de activos financieros disponibles para la venta, neta de impuestos

0 0

Reclasificación de la utilidad (pérdida) por cambios en valor razonable de activos financieros disponibles para la venta, neta de impuestos

0 0

Cambios en valor razonable de activos financieros disponibles para la venta, neto de impuestos

0 0

Participación de otro resultado integral de asociadas y negocios conjuntos que se reclasificará a resultados, neto de impuestos

0 0

Total otro resultado integral que se reclasificará al resultado del periodo, neto de impuestos

0 0

Total otro resultado integral 0 0

Resultado integral total (52,855,000) (1,319,000)

Resultado integral atribuible a [sinopsis]Resultado integral atribuible a la participación controladora 0 0

Resultado integral atribuible a la participación no controladora 0 0

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[520000] Estado de flujos de efectivo, método indirecto

Concepto Acumulado Año Actual

2018-01-01 - 2018-06-30

Acumulado Año Anterior

2017-01-01 - 2017-06-30

Estado de flujos de efectivo [sinopsis]Flujos de efectivo procedentes de (utilizados en) actividades de operación [sinopsis]Utilidad (pérdida) neta (52,855,000)

Ajustes para conciliar la utilidad (pérdida) [sinopsis]Operaciones discontinuas 0

Impuestos a la utilidad 0

Ingresos y gastos financieros, neto (9,857,000)

Estimaciones y reservas por deterioro de activos 0

Deterioro de valor (reversiones de pérdidas por deterioro de valor) reconocidas en el resultado del periodo 0

Provisiones 0

Pérdida (utilidad) de moneda extranjera no realizadas 0

Pérdida (utilidad) del valor razonable 0

Pérdida (utilidad) por la disposición de activos no circulantes 0

Participación en asociadas y negocios conjuntos 0

Disminución (incremento) en cuentas por cobrar 0

Disminuciones (incrementos) en otras cuentas por cobrar derivadas de las actividades de operación (856,000)

Incremento (disminución) en cuentas por pagar 0

Incrementos (disminuciones) en otras cuentas por pagar derivadas de las actividades de operación 26,000

Disminución (incremento) derechos de cobro 0

Instrumentos financieros designados a valor razonable 0

Disminuciones (incrementos) en préstamos y cuentas por cobrar a costo amortizado 0

Ganancia realizada de activos designados a valor razonable 0

Otras partidas distintas al efectivo 0

Otros ajustes para conciliar la utilidad (pérdida) 0

Total ajustes para conciliar la utilidad (pérdida) (10,687,000)

Flujos de efectivo netos procedentes (utilizados en) operaciones (63,542,000)

Distribuciones pagadas 0

Distribuciones recibidas 0

Intereses pagados 0

Intereses cobrados 9,857,000

Otras entradas (salidas) de efectivo 0

Flujos de efectivo netos procedentes de (utilizados en) actividades de operación (53,685,000)

Flujos de efectivo procedentes de (utilizados en) actividades de inversión [sinopsis]Flujos de efectivo procedentes de la pérdida de control de subsidiarias, otros negocios o en certificados de fideicomisos de proyecto

0

Flujos de efectivo utilizados para obtener el control de subsidiarias, otros negocios o en certificados de fideicomisos de proyecto

0

Otros cobros por la venta de capital o instrumentos de deuda de otras entidades 0

Otros pagos para adquirir capital o instrumentos de deuda de otras entidades 0

Flujos de efectivo procedentes de fondos de inversión 0

Flujos de efectivo utilizados para la adquisición de fondos de inversión 0

Importes procedentes de la venta de propiedades, planta y equipo 0

Compras de propiedades, planta y equipo 0

Recursos por ventas de otros activos a largo plazo 0

Compras de otros activos a largo plazo 0

Préstamos otorgados a terceros 0

Cobros procedentes del reembolso de anticipos y préstamos concedidos a terceros 0

Pagos derivados de contratos de futuro, a término, de opciones y de permuta financiera 0

Cobros procedentes de contratos de futuro, a término, de opciones y de permuta financiera 0

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Concepto Acumulado Año Actual

2018-01-01 - 2018-06-30

Acumulado Año Anterior

2017-01-01 - 2017-06-30

Distribuciones recibidas 0

Intereses pagados 0

Intereses cobrados 0

Impuestos a la utilidad reembolsados (pagados) 0

Otras entradas (salidas) de efectivo 0

Flujos de efectivo netos procedentes de (utilizados en) actividades de inversión 0

Flujos de efectivo procedentes de (utilizados en) actividades de financiamiento [sinopsis]Aportaciones de los fideicomitentes 0

Pagos por otras aportaciones en el patrimonio 0

Importes procedentes de préstamos 0

Reembolsos de préstamos 0

Distribuciones pagadas 0

Intereses pagados 0

Emisión y colocación de certificados bursátiles 494,000,000

Otras entradas (salidas) de efectivo 0

Flujos de efectivo netos procedentes de (utilizados en) actividades de financiamiento 494,000,000

Incremento (disminución) neto de efectivo y equivalentes de efectivo, antes del efecto de los cambios en la tasa de cambio

440,315,000

Efectos de la variación en la tasa de cambio sobre el efectivo y equivalentes de efectivo [sinopsis]Efectos de la variación en la tasa de cambio sobre el efectivo y equivalentes de efectivo 0

Incremento (disminución) neto de efectivo y equivalentes de efectivo 440,315,000

Efectivo y equivalentes de efectivo al principio del periodo

Efectivo y equivalentes de efectivo al final del periodo 440,315,000

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[610000] Estado de cambios en el patrimonio / Activo neto - Acumulado Actual

Componentes del patrimonio /Activo neto [eje]

Patrimonio/Activo neto [miembro]

Utilidades acumuladas [miembro]

Otros resultados integrales [miembro]

Otros resultados integrales acumulados [miembro]

Patrimonio/Activo neto de la participación controladora

[miembro]

Participación no controladora [miembro]

Patrimonio/Activo neto [miembro]

Estado de cambios en el patrimonio / activo neto [partidas]

Patrimonio / Activo neto al comienzo del periodo

Cambios en el Patrimonio/Activo neto [sinopsis]

Resultado integral [sinopsis]

Utilidad (pérdida) neta (52,855,000) 0 0 0 (52,855,000) 0 (52,855,000)

Otro resultado integral 0 0 0 0 0 0 0

Resultado integral total (52,855,000) 0 0 0 (52,855,000) 0 (52,855,000)

Aumento de patrimonio / Activo neto 0 0 0 0 0 0 0

Distribuciones 0 0 0 0 0 0 0

Aportación de los tenedores neta de gastos de emisión y colocación 494,000,000 0 0 0 494,000,000 0 494,000,000

Incrementos (disminuciones) por otros cambios 0 0 0 0 0 0 0

Total incremento (disminución) en el patrimonio / Activo neto 441,145,000 0 0 0 441,145,000 0 441,145,000

Patrimonio / Activo neto al final del periodo 441,145,000 0 0 0 441,145,000 0 441,145,000

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[610000] Estado de cambios en el patrimonio / Activo neto - Acumulado Anterior

Componentes del patrimonio /Activo neto [eje]

Patrimonio/Activo neto [miembro]

Utilidades acumuladas [miembro]

Otros resultados integrales [miembro]

Otros resultados integrales acumulados [miembro]

Patrimonio/Activo neto de la participación controladora

[miembro]

Participación no controladora [miembro]

Patrimonio/Activo neto [miembro]

Estado de cambios en el patrimonio / activo neto [partidas]

Patrimonio / Activo neto al comienzo del periodo

Cambios en el Patrimonio/Activo neto [sinopsis]

Resultado integral [sinopsis]

Utilidad (pérdida) neta

Otro resultado integral

Resultado integral total

Aumento de patrimonio / Activo neto

Distribuciones

Aportación de los tenedores neta de gastos de emisión y colocación

Incrementos (disminuciones) por otros cambios

Total incremento (disminución) en el patrimonio / Activo neto

Patrimonio / Activo neto al final del periodo

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[800100] Notas - Subclasificaciones de activos, pasivos y patrimonio / Activo neto

Concepto Cierre Trimestre Actual

2018-06-30

Cierre Ejercicio Anterior

2017-12-31Subclasificaciones de activos, pasivos y patrimonio / Activo neto[sinopsis]Efectivo y equivalentes de efectivo [sinopsis]Efectivo [sinopsis]Efectivo en caja 0

Saldos en bancos 0

Total efectivo 0

Equivalentes de efectivo [sinopsis]Depósitos a corto plazo, clasificados como equivalentes de efectivo 0

Inversiones a corto plazo, clasificados como equivalentes de efectivo 440,315,000

Otros acuerdos bancarios, clasificados como equivalentes de efectivo 0

Total equivalentes de efectivo 440,315,000

Efectivo y equivalentes de efectivo restringido 0

Otro efectivo y equivalentes de efectivo 0

Total de efectivo y equivalentes de efectivo 440,315,000

Instrumentos financieros [sinopsis]Instrumentos financieros designados a valor razonable 0

Instrumentos financieros a costo amortizado 0

Total de Instrumentos financieros 0

Clientes y otras cuentas por cobrar [sinopsis]Clientes 0

Cuentas por cobrar circulantes a partes relacionadas 0

Anticipos circulantes [sinopsis]Pagos anticipados 0

Gastos anticipados 0

Total anticipos circulantes 0

Depósitos en garantía 0

Deudores diversos 0

Otras cuentas por cobrar circulantes 0

Total de clientes y otras cuentas por cobrar 0

Clases de inventarios circulantes [sinopsis]Materias primas circulantes y suministros de producción circulantes [sinopsis]Materias primas 0

Suministros de producción circulantes 0

Total de las materias primas y suministros de producción 0

Mercaderías circulantes 0

Trabajo en curso circulante 0

Productos terminados circulantes 0

Piezas de repuesto circulantes 0

Propiedad para venta en curso ordinario de negocio 0

Otros inventarios circulantes 0

Total inventarios circulantes 0

Clientes y otras cuentas por cobrar no circulantes [sinopsis]Clientes no circulantes 0

Cuentas por cobrar no circulantes debidas por partes relacionadas 0

Anticipos de pagos no circulantes[sinopsis]Pagos anticipados no circulantes 0

Gastos anticipados no circulantes 0

Total anticipos no circulantes 0

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Concepto Cierre Trimestre Actual

2018-06-30

Cierre Ejercicio Anterior

2017-12-31Depósitos en garantía no circulantes 0

Deudores diversos no circulantes 0

Otras cuentas por cobrar no circulantes 0

Total clientes y otras cuentas por cobrar no circulantes 0

Inversión en entidad promovida / Inversión en certificados de fideicomisos de proyectos [sinopsis]Inversiones en subsidiarias 0

Inversiones en negocios conjuntos 0

Inversiones en asociadas 0

Total de Inversión en entidad promovida / Inversión en certificados de fideicomisos de proyectos 0

Propiedades, planta y equipo [sinopsis]Terrenos y construcciones [sinopsis]Terrenos 0

Edificios 0

Total terrenos y edificios 0

Maquinaria 0

Vehículos [sinopsis]Buques 0

Aeronave 0

Equipos de Transporte 0

Total vehículos 0

Enseres y accesorios 0

Equipo de oficina 0

Activos tangibles para exploración y evaluación 0

Activos de minería 0

Activos de petróleo y gas 0

Construcciones en proceso 0

Anticipos para construcciones 0

Otras propiedades, planta y equipo 0

Total de propiedades, planta y equipo 0

Propiedades de inversión [sinopsis]Propiedades de inversión 0

Propiedades de inversión en construcción o desarrollo 0

Total de propiedades de inversión 0

Activos intangibles y crédito mercantil [sinopsis]Activos intangibles distintos de crédito mercantil [sinopsis]Marcas comerciales 0

Activos intangibles para exploración y evaluación 0

Cabeceras de periódicos o revistas y títulos de publicaciones 0

Programas de computador 0

Licencias y franquicias 0

Derechos de propiedad intelectual, patentes y otros derechos de propiedad industrial, servicio y derechos de explotación

0

Recetas, fórmulas, modelos, diseños y prototipos 0

Activos intangibles en desarrollo 0

Otros activos intangibles 0

Total de activos intangibles distintos al crédito mercantil 0

Crédito mercantil 0

Total activos intangibles y crédito mercantil 0

Proveedores y otras cuentas por pagar [sinopsis]Proveedores circulantes 0

Créditos bancarios a corto plazo 0

Créditos bursátiles a corto plazo 0

Cuentas por pagar circulantes a partes relacionadas 0

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Concepto Cierre Trimestre Actual

2018-06-30

Cierre Ejercicio Anterior

2017-12-31Otras cuentas por pagar a corto plazo 0

Total de proveedores y otras cuentas por pagar a corto plazo 0

Proveedores y otras cuentas por pagar a largo plazo [sinopsis]Proveedores no circulantes 0

Créditos bancarios a largo plazo 0

Créditos bursátiles a largo plazo 0

Cuentas por pagar no circulantes con partes relacionadas 0

Depósitos en garantía 0

Fondo de obra retenido 0

Otras cuentas por pagar a largo plazo 0

Total de proveedores y otras cuentas por pagar a largo plazo 0

Otros resultados integrales acumulados [sinopsis]Resultado por conversión de moneda 0

Otros resultados integrales 0

Total otros resultados integrales acumulados 0

Activos (pasivos) netos [sinopsis]Activos 441,171,000

Pasivos 26,000

Activos (pasivos) netos 441,145,000

Activos (pasivos) circulantes netos [sinopsis]Activos circulantes 441,171,000

Pasivos circulantes 26,000

Activos (pasivos) circulantes netos 441,145,000

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[800200] Notas - Análisis de ingresos y gastos

Concepto Acumulado Año Actual

2018-01-01 - 2018-06-30

Acumulado Año Anterior

2017-01-01 - 2017-06-30

Trimestre Año Actual

2018-04-01 - 2018-06-30

Trimestre Año Anterior

2017-04-01 - 2017-06-30

Análisis de ingresos y gastos [sinopsis]Ingresos [sinopsis]Ingresos por dividendos 0 0

Ingresos por intereses 9,857,000 6,851,000

Ingreso por fluctuación cambiaria de inversiones 0 0

Ingresos por cambio en el valor razonable de las acciones / de los certificados / de la propiedad de inversión

0 0

Ganancia por valuación de instrumentos financieros 0 0

Ingresos por revaluación de inversiones en empresa promovida 0 0

Ingresos por arrendamiento de inmuebles 0 0

Ingresos por servicios relacionados al arrendamiento de inmuebles 0 0

Ingresos por venta de propiedades 0 0

Otros ingresos 0 0

Total de ingresos 9,857,000 6,851,000

Gastos de administración y mantenimiento [sinopsis]Comisión por servicios de representación 32,092,000 0

Comisión por administración 12,113,000 6,056,000

Honorarios 9,365,000 495,000

Impuestos 8,619,000 1,096,000

Seguros y garantías 501,000 501,000

Cuotas y derechos 10,000 0

Publicidad 0 0

Depreciación y amortización 0 0

Gastos de mantenimiento 12,000 12,000

Intereses a cargo 0 0

Otros gastos de administración y mantenimiento 0 10,000

Total de gastos de administración y mantenimiento 62,712,000 8,170,000

Ingresos financieros [sinopsis]Intereses ganados 0 0

Utilidad por fluctuación cambiaria 0 0

Utilidad por cambios en valor razonable de instrumentos financieros 0 0

Utilidad por valuación de inversiones conservadas al vencimiento 0 0

Otros ingresos financieros 0 0

Total de ingresos financieros 0 0

Gastos financieros [sinopsis]Intereses devengados a cargo 0 0

Pérdida por fluctuación cambiaria 0 0

Pérdida por cambios en valor razonable de instrumentos financieros 0 0

Pérdida por valuación de inversiones conservadas al vencimiento 0 0

Otros gastos financieros 0 0

Total de gastos financieros 0 0

Impuestos a la utilidad [sinopsis]Impuesto causado 0 0

Impuesto diferido 0 0

Total de Impuestos a la utilidad 0 0

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[800500] Notas - Lista de notas

Información a revelar sobre notas, declaración de cumplimiento con las NIIF y otra información explicativa [bloque de texto]

Los estados financieros del Fideicomiso han sido preparados de acuerdo con las NIIF (IFRS, por sus siglas en inglés) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés).

Información a revelar sobre juicios y estimaciones contables [bloque de texto]

La preparación de los estados financieros de conformidad con IFRS requiere que la administración del Fideicomiso realice juicios, estimaciones y supuestos sobre los valores de los activos y pasivos que no estén disponibles de manera evidente por otras fuentes. Las estimaciones y supuestos relativos se basan en la experiencia histórica y otros factores que se consideran relevantes.Las estimaciones y supuestos se revisan sobre una base regular. Las modificaciones a las estimaciones contables se reconocen en el período en que se realiza la modificación y períodos futuros si la modificación afecta tanto al período actual como a períodos subsecuentes.

a. Juicios críticos al aplicar las políticas contablesA continuación se presentan juicios críticos, aparte de aquellos que involucran las estimaciones realizados por la Administración durante el proceso de aplicación de las políticas contables del Fideicomiso y que tienen un efecto significativo en los montos reconocidos en los estados financieros.Clasificación deuda o patrimonioLos instrumentos de deuda emitidos por el Fideicomiso se clasifican como pasivos financieros o como capital, de acuerdo con la sustancia de los acuerdos contractuales y las definiciones previstas en la IAS 32 Instrumentos Financieros. Los pasivos financieros se clasifican al valor razonable con cambios en resultados cuando el pasivo financiero es (i) la contraprestación contingente que sería ser pagada por el adquirente como parte de una combinación de negocios a la que se aplica la IFRS 3, (ii) mantenido para negociación, o (iii) se designa a valor razonable con cambios a través de resultados.Un pasivo financiero se clasifica como mantenido con fines de negociación si:

. Se adquiere principalmente con el objetivo de recomprarlo en un futuro cercano; o

. Es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que se administran conjuntamente, y para la cual existe evidencia de un patrón reciente de toma de utilidades a corto plazo; o. Es un derivado que no ha sido designado como instrumento de cobertura y cumple las condiciones para ser efectivo.

Un pasivo financiero distinto a un pasivo financiero con fines de negociación o contraprestación contingente que sería pagada por el adquiriente como parte de una combinación de negocios puede ser designado como a valor razonable con cambios a través de resultados al momento del reconocimiento inicial si:

. Con ello se elimina o reduce significativamente alguna inconsistencia en la valuación o en el reconocimiento que de otra manera surgiría; o. El rendimiento de un grupo de activos financieros, de pasivos financieros o de ambos, se administre y evalúe sobre la base de su valor razonable, de acuerdo con una estrategia de inversión o de administración del riesgo que la Entidad tenga documentada, y se provea internamente información sobre ese grupo, sobre la base de su valor razonable; o. Forme parte de un contrato que contenga uno o más instrumentos derivados implícitos, y la IAS 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición permita que la totalidad del contrato híbrido (activo o pasivo) sea designado como a valor razonable.

La duración limitada del Fideicomiso impone una obligación que surge, debido a que la liquidación es un hecho y fuera del control del Fideicomiso. Las IFRS proporcionan una excepción a la clasificación de pasivo siempre y cuando se cumplan con ciertos criterios. La administración del Fideicomiso ha evaluado criterios como la clasificación y determinó que la clasificación apropiada es como pasivo. Juicios significativos se requieren al aplicar los criterios de excepción.

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En particular, el Fideicomiso determinó que, de conformidad el contrato: i) los Tenedores de los CKD's y el Fideicomitente no tienen derecho a una participación proporcional de los activos netos del Fideicomiso en la liquidación (según los criterios de la IAS 32), y ii) el Fideicomiso tiene que hacer distribuciones durante la vida del Fideicomiso y los CKD's, según el efectivo distribuible disponible que se tenga a la fecha de pago; por lo tanto, el pago no se hace únicamente a la liquidación o terminación del Fideicomiso y de los CKD's.Riesgos relacionados con las estimaciones y conflictos de interés. Operaciones con Partes Relacionadas. La participación de Partes Relacionas del Administrador en ciertas operaciones crea posibles conflictos de intereses debido a que el Administrador podría tener un incentivo para favorecer a dichas entidades por encima del Fideicomiso.

b. Fuentes clave de incertidumbre en las estimaciones A continuación, se discuten los supuestos básicos respecto al futuro y otras fuentes clave de incertidumbre en las estimaciones al final del período sobre el cual se informa, que tienen un riesgo significativo de resultar en ajustes importantes en los valores en libros de los activos y pasivos durante el siguiente periodo financiero:

a. Valores razonables - Algunas IFRS requieren y permiten a las entidades medir y revelar el valor razonable de los activos, pasivos y sus instrumentos de capital. El valor razonable se define como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes en el mercado a la fecha de valuación. Cuando el precio por un elemento no sea observable en el mercado, el Fideicomiso estima un valor razonable mediante algunas técnicas de valuación.

Información a revelar sobre gastos acumulados (o devengados) y otros pasivos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre correcciones de valor por pérdidas crediticias [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre asociadas [bloque de texto]

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No aplica

Información a revelar sobre remuneración de los auditores [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre la autorización de los estados financieros [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre activos disponibles para la venta [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre criterios de consolidación [bloque de texto]

El Fideicomiso CIB/2711 cumple con la definición de una "Entidad de Inversión " conforme la IFRS 10, "Estados Financieros Consolidados", la cual establece que una entidad de inversión es aquella que cumple con las siguientes características: i) obtiene fondos de uno o más inversionistas con el fin de proporcionarles servicios de administración de inversiones, ii) tiene el compromiso hacia un inversionista o inversionistas del que propósito del negocio es invertir los fondos exclusivamente para retornos de capital, ingresos por inversiones, o ambos, iii) mide y evalúa el desempeño de

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sustancialmente todas sus inversiones en base al valor razonable. Consecuentemente, las inversiones en entidades promovidas en las que el Fideicomiso CIB/2711 ejerce control no se consolidan.

Información a revelar sobre criterios de elaboración de los estados financieros [bloque de texto]

Bases de preparación Los estados financieros del Fideicomiso han sido preparados sobre la base de costo histórico, excepto por las inversiones que se valúan a su valor razonable, como se explica a mayor detalle en las políticas contables más adelante.

i. Costo históricoEl costo histórico generalmente se basa en el valor razonable de la contraprestación entregada a cambio de bienes y servicios.

ii. Valor razonableEl valor razonable se define como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes en el mercado a la fecha de valuación independientemente de si ese precio es observable o estimado utilizando directamente otra técnica de valuación. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, el Fideicomiso tiene en cuenta las características del activo o pasivo, si los participantes del mercado tomarían esas características al momento de fijar el precio del activo o pasivo en la fecha de medición.Además, para efectos de información financiera, las mediciones de valor razonable se clasifican en el Nivel 1, 2 ó 3 con base en el grado en que son observables los datos de entrada en las mediciones y su importancia en la determinación del valor razonable en su totalidad, las cuales se describen de la siguiente manera:

Nivel 1 Se consideran precios de cotización en un mercado activo para activos o pasivos idénticos que el Fideicomiso puede obtener a la fecha de la valuación;

Nivel 2 Datos de entrada observables distintos de los precios de cotización del Nivel 1, sea directa o indirectamente, Nivel 3 Considera datos de entrada no observables.

Instrumentos financieros - Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando el Fideicomiso se convierte en una parte de las disposiciones contractuales de los instrumentos.Los activos y pasivos financieros se valúan inicialmente a su valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos de los activos financieros a valor razonable con cambios en resultados) se suman o reducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, en su caso, en el reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos y pasivos financieros a su valor razonable con cambios en resultados se reconocen inmediatamente en resultados.Ingresos por intereses - Los intereses generados por la operación fiduciaria, se reconocen durante el período en que se presta el servicio por inversiones en títulos valor y de dinero, así como la plusvalía por la valuación de inversiones permitidas.Clasificación de costos y gastos - Se presentan atendiendo a su función y naturaleza debido a que esa es la práctica de la industria a la que pertenece el Fideicomiso se reconocen en el estado de resultados conforme se devenguen.Activos financieros - Los activos financieros se clasifican en las siguientes categorías: activos financieros a valor razonable con cambios a través de resultados (FVTPL, por sus siglas en inglés), inversiones conservadas al vencimiento, activos financieros disponibles para su venta (AFS, por sus siglas en inglés) y préstamos y cuentas por cobrar. La clasificación depende de la naturaleza y propósito de los activos financieros y se determina al momento del reconocimiento inicial. Todas las compras o ventas de activos financieros realizadas de forma habitual se reconocen y eliminan con base en la fecha de negociación. Las compras o ventas realizadas de forma habitual son aquellas compras o ventas de activos financieros que requieren la entrega de los activos dentro del marco de tiempo establecido por norma o costumbre en dicho mercado.

1. Activos financieros a FVTPLLos activos financieros se clasifican como FVTPL los activos son (i) la contraprestación contingente que sería pagada por un adquiriente como parte de una combinación de negocios en la cual se aplique IFRS 3, (ii)cuando se conservan para ser negociados o (iii) se designan como FVTPL.Un activo financiero se clasifica como mantenido con fines de negociación si:

Se compra principalmente con el objetivo de venderlo en un periodo corto; o En su reconocimiento inicial, es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que el Fideicomiso administra

conjuntamente, y para la cual existe un patrón real reciente de toma de utilidades a corto plazo; o Es un derivado que no está designado y es efectivo como instrumento de cobertura.

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Un activo financiero que no sea un activo financiero mantenido con fines de negociación o la contraprestación contingente que sería pagada por un adquiriente como parte de una combinación de negocios podría ser designado como un activo financiero a valor razonable con cambios a través de resultados al momento del reconocimiento inicial si:

Con dicha designación se elimina o reduce significativamente una inconsistencia de valuación o reconocimiento que de otra manera surgiría; o

El activo financiero forma parte de un grupo de activos financieros, de pasivos financieros o de ambos, el cual se administra y su desempeño se evalúa sobre una base de valor razonable, de acuerdo con la estrategia documentada de administración de riesgos e inversión del Fideicomiso, y se provea internamente información sobre ese grupo, sobre la misma base;

Forma parte de un contrato que contenga uno o más instrumentos derivados implícitos y la IAS 39 permita que la totalidad del contrato híbrido sea designado como de valor razonable con cambios a través de resultados.

Activos netos atribuibles a los Fideicomisariosa. Clasificación

Son instrumentos financieros los CKD's emitidos el 24 de enero de 2018, indicados en la Nota 1.No existe obligación de pago de principal ni de intereses a los Tenedores; sólo se harán distribuciones a los Tenedores en la medida que existan recursos distribuibles que formen parte de los activos netos del Fideicomiso. En caso de que los activos netos distribuibles a los Tenedores de los CKD's resulten insuficientes para hacer distribuciones conforme al Contrato de Fideicomiso Emisor, los Tenedores de los CKD's no tendrán derecho al pago de dichas cantidades.Tanto para los Tenedores de los CKD's como para el Fideicomitente, existe el derecho de cobro al vencimiento sobre los rendimientos del Fideicomiso;, las distribuciones son a prorrata. De acuerdo con lo que indica la IAS 32, una participación a prorrata se determina mediante: i) dividir los activos netos del Fideicomiso al momento de la liquidación en unidades del mismo importe; y ii) multiplicar esa cantidad por el número de unidades en posesión del tenedor de los instrumentos financieros. En caso de que un Tenedor no acuda a una llamada de Capital, se realizará un Dilución Punitva, conforme se establece en el Contrato del Fideicomiso y recibirá un porcentaje menor de las distribuciones respecto de su participación en los CKD's..

b. ReconocimientoLos activos y pasivos financieros medidos a valor razonable a través de resultados se reconocen cuando el Fideicomiso se convierte en una parte contractual de las provisiones del instrumento. El reconocimiento se lleva a cabo en la fecha de negociación cuando la compra o venta de una inversión está bajo un contrato cuyos términos requieren la entrega de la inversión dentro del marco establecido por el mercado en cuestión.Las distribuciones a los Tenedores de los CKD's se reconocen en el estado de resultados como costos de financiamiento. Los ingresos que no se distribuyan se incluyen en los activos netos atribuibles a los Fideicomisarios.

c. MediciónEn el reconocimiento inicial, los activos y pasivos se miden a valor razonable. Los costos de transacción de los activos y pasivos a valor razonable se reconocen como gasto cuando se incurren en el estado de resultados.Posterior al reconocimiento inicial, los activos y pasivos financieros a valor razonable a través de resultados se miden a valor razonable. Las ganancias y pérdidas que surgen de los cambios en su valor razonable se incluyen en el estado de resultados en el periodo en que surgen. El valor razonable se determina como se describe en la nota 6d.

d. Bajas Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos contractuales a los flujos de efectivos de las inversiones expiran o el Fideicomiso transfiere substancialmente todos los riesgos y beneficios que le pertenecen.Los pasivos financieros a valor razonable se dan de baja cuando la obligación especificada en el contrato se cumple, cancela o expira.Las ganancias y pérdidas realizadas en la baja se incluyen en los resultados cuando se originan.

e. CompensaciónEl Fideicomiso sólo compensa los activos y pasivos financieros a valor razonable a través de resultados si el Fideicomiso tiene un derecho realizable para compensar las cantidades reconocidas y tiene la intención de liquidar sobre una base neta, o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.

Efectivo y equivalentes de efectivo - Consisten principalmente en instrumentos de reportos. El efectivo se presenta a valor nominal y los equivalentes se valúan a su valor razonable. Los intereses ganados y las utilidades o pérdidas en valuación se incluyen en los resultados, como parte de los ingresos por intereses.Impuestos a la utilidad - El Fideicomiso está sujeto al régimen contenido en los artículos 192 y 193 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), aplicables a los fideicomisos conocidos como Fideicomisos de Inversión en Capital de Riesgo (FICAPs"), debiendo cumplir con los requisitos establecidos en dichas disposiciones, así como en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente o aquélla que la sustituya en el futuro, por lo que no tributaría conforme a lo señalado en el Artículo 13 de dicha ley.El Fideicomiso está sujeto al régimen fiscal previsto por los artículos 192 y 193 de la LISR, y en las reglas contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en dichas disposiciones a fin de que las personas que inviertan en los Certificados Bursátiles tributen conforme al régimen fiscal particular previsto en la LISR para cada uno de los accionistas del Fideicomiso.Consecuentemente, el Fideicomiso no es sujeto del impuesto sobre la renta ni reconoce el impuesto diferido y estará libre de cumplir con obligaciones fiscales por cuenta de su fideicomitente o fideicomisarios.

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Estado de flujos de efectivo - El Fideicomiso presenta su estado de flujos de efectivo utilizando el método indirecto. Los intereses recibidos se clasifican como flujos de efectivo de operación, mientras que los intereses pagados se clasifican como flujos de efectivo de financiamiento.Contingencias - Las obligaciones o pérdidas relacionadas con contingencias se reconocen cuando es probable que sus efectos se materialicen y existan elementos razonables para su cuantificación. Si no existen estos elementos razonables, se incluye revelación en forma cualitativa en las notas a los estados financieros. Los ingresos, utilidades o activos contingentes se reconocen hasta el momento que existe certeza de su realización.Entidad de Inversión - El Fideicomiso CIB/2711 cumple con la definición de una "Entidad de Inversión " conforme la IFRS 10, "Estados Financieros Consolidados", la cual establece que una entidad de inversión es aquella que cumple con las siguientes características: i) obtiene fondos de uno o más inversionistas con el fin de proporcionarles servicios de administración de inversiones, ii) tiene el compromiso hacia un inversionista o inversionistas del que propósito del negocio es invertir los fondos exclusivamente para retornos de capital, ingresos por inversiones, o ambos, iii) mide y evalúa el desempeño de sustancialmente todas sus inversiones en base al valor razonable. Consecuentemente, las inversiones en entidades promovidas en las que el Fideicomiso CIB/2711 ejerce control no se consolidan.

Información a revelar sobre préstamos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre saldos bancarios y de efectivo en bancos centrales [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre efectivo y equivalentes de efectivo [bloque de texto]

El efectivo se encuentra representando por $440,314,753. Para propósitos del estado de flujos de efectivo, los equivalentes de efectivo incluyen inversiones a plazo, neto de sobregiro. Los equivalentes de efectivo al final del período como se muestra en el estado de flujos de efectivo, pueden ser conciliados con las partidas relacionadas en el estado de posición financiera como sigue:

30 de junio de 2018 Concepto Plazo Tasa Importe

Inversión a plazo diaria 6.5% 440,314,753

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El Contrato del Fideicomiso establece que el Fiduciario deberá constituir dentro de la Cuenta de Inversiones que tiene abierta para el cumplimiento de los Fines del Fideicomiso, una Reserva para Gastos de Asesoría independiente por la cantidad de $10,000,000 y una reserva para Gastos Generales de $25,000,000.

Información a revelar sobre el estado de flujos de efectivo [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre cambios en las políticas contables [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre cambios en políticas contables, estimaciones contables y errores [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre garantías colaterales [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre reclamaciones y beneficios pagados [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre compromisos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre compromisos y pasivos contingentes [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre pasivos contingentes [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre costos de ventas [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre riesgo de crédito [bloque de texto]

Información disponible en el renglón "Instrumentos financieros".

Información a revelar sobre instrumentos de deuda [bloque de texto]

Información disponible en el renglón "Instrumentos financieros".

Información a revelar sobre costos de adquisición diferidos que surgen de contratos de seguro [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre impuestos diferidos [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre depósitos de bancos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre depósitos de clientes [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre gastos por depreciación y amortización [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre instrumentos financieros derivados [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre operaciones discontinuadas [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre distribuciones [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ganancias por acción [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre el efecto de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre gastos [bloque de texto]

Información disponible en el renglón "Gastos Generales y Administrativos".

Información a revelar sobre gastos por naturaleza [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre activos para exploración y evaluación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre medición del valor razonable [bloque de texto]

Información disponible en el renglón "Criterios de elaboración de los estados financieros".

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Información a revelar sobre el valor razonable de instrumentos financieros [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ingresos (gastos) por primas y comisiones [bloque de texto]

Información disponible en el renglón "Gastos Generales y Administrativos".

Información a revelar sobre gastos financieros [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ingresos (gastos) financieros [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ingresos financieros [bloque de texto]

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Información disponible en Anexo 800200

Información a revelar sobre activos financieros mantenidos para negociar [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre instrumentos financieros [bloque de texto]

Instrumentos financieros a.Políticas contables significativas

Los detalles de las políticas contables significativas y métodos adoptados (incluyendo los criterios de reconocimiento, bases de valuación y bases de reconocimiento de ingresos y egresos) para cada clase de activo y pasivo financiero se revelan en la Nota 3.

b. Categorías de los instrumentos financieros

30 de junio

2018Activos financieros

Efectivo y equivalentes de efectivo $440,314,753

c.Objetivos de la Administración de riesgo financiero Las políticas del Fideicomiso son aprobadas por el Comité Técnico y la Asamblea de Tenedores que garantizan por escrito principios sobre el uso y administración de las inversiones y la inversión del exceso de liquidez. Estos riesgos incluyen el de mercado (precios) y el de liquidez. El Fideicomiso administra los riesgos financieros a través de diferentes estrategias, como se describe a continuación:

a. Administración del riesgo de tasa de interés El Fideicomiso no tiene financiamientos y mantiene sus inversiones temporales en instrumentos gubernamentales o libres de riesgo. La exposición del Fideicomiso al riesgo de tasa de interés está relacionada con los montos mantenidos como efectivo.

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b. Administración del riesgo de crédito

El riesgo de crédito se refiere al riesgo de que una contraparte incumpla sus obligaciones contractuales que resulten en una pérdida financiera para el Fideicomiso. El Fideicomiso ha adoptado una política de tratar sólo con contrapartes solventes y obteniendo suficientes garantías, en su caso, como una forma de mitigar el riesgo de pérdidas financieras por defecto, para esto se cuenta con manuales que establecen el proceso de análisis de las inversiones. El riesgo de crédito del saldo de efectivo se considera baja, ya que la política del Fideicomiso es la de realizar operaciones con contrapartes con alta calidad crediticia.

d. Valor razonable de los instrumentos financieros Una medición a valor razonable refleja los supuestos que participantes del mercado utilizarían en asignar un precio a un activo o pasivo basado en la mejor información disponible. Estos supuestos incluyen los riesgos inherentes en una técnica particular de valuación (como el modelo de valuación) y los riesgos inherentes a los inputs del modelo. El Fideicomiso clasifica las mediciones a valor razonable dentro del Nivel 1, 2 ó 3 con base en el grado en que se incluyen datos de entrada observables en las mediciones y su importancia en la determinación del valor razonable en su totalidad, las cuales se describen de la siguiente manera:

­Nivel 1 Se consideran precios de cotización en un mercado activo para activos o pasivos idénticos;­Nivel 2 Datos de entrada observables distintos de los precios de cotización del Nivel 1, sea directa o indirectamente,­Nivel 3 Considera datos de entrada no observables.

Información a revelar sobre instrumentos financieros a valor razonable con cambios en resultados [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre instrumentos financieros designados como a valor razonable con cambios en resultados [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre instrumentos financieros mantenidos para negociar [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre pasivos financieros mantenidos para negociar [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre gestión del riesgo financiero [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre la adopción por primera vez de las NIIF [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre gastos generales y administrativos [bloque de texto]

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Gastos de emisión Al 30 de junio, se integran como sigue:

Gastos de administración Al 30 de junio, se integran como sigue:

Información a revelar sobre información general sobre los estados financieros [bloque de texto]

Los Estados Financieros adjuntos se prepararon de acuerdo con la IAS 34 "Información Financiera Intermedia" de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas por el Consejo Internacional de Normas de Contabilidad (IASB por sus siglas en inglés).

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Información a revelar sobre la hipótesis de negocio en marcha [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre el crédito mercantil [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre deterioro de valor de activos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre impuestos a las ganancias [bloque de texto]

Información disponible en "Juicios y estimaciones contables".

Información a revelar de contratos de seguro [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre ingresos ordinarios por primas de seguro [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre activos intangibles [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre activos intangibles y crédito mercantil [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre gastos por intereses [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre ingresos por intereses [bloque de texto]

Por el período terminado al 30 de junio del 2018, el Fideicomiso devengo ingresos por intereses por $9,856,734.

Información a revelar sobre ingresos (gastos) por intereses [bloque de texto]

Información disponible en "Ingresos por intereses".

Información a revelar sobre inventarios [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre pasivos por contratos de inversión [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre propiedades de inversión [bloque de texto]

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No aplica

Información a revelar sobre inversiones contabilizadas utilizando el método de la participación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre inversiones distintas de las contabilizadas utilizando el método de la participación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre patrimonio [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre negocios conjuntos [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar anticipos por arrendamientos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre arrendamientos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre riesgo de liquidez [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre préstamos y anticipos a bancos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre préstamos y anticipos a clientes [bloque de texto]

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No aplica

Información a revelar sobre riesgo de mercado [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre el valor de los activos netos atribuibles a los tenedores de las unidades de inversión [bloque de texto]

El 24 de enero de 2018, el Fideicomiso realizó la Emisión de 4,940,000 Certificados Bursátiles Fiduciarios (CKD's) por un importe total de $494,000,000. Los CKD´s tendrán un plazo de vencimiento de 3,652 días, que puede ser extendido, previa autorización de la Asamblea de Tenedores.El Fideicomiso realizará Emisiones Subsecuentes mediante el mecanismo de llamadas de capital. El monto acumulado de la Emisión Inicial y de las Emisiones Subsecuentes será hasta por el Monto Máximo de la Emisión. El Monto de la Emisión Inicial representa el 20% del Monto Máximo de la Emisión. Los Tenedores que no acudan a las llamadas de capital y no suscriban y paguen los Certificados Subsecuentes se verán sujetos a las diluciones correspondientes establecidas en el Contrato de Fideicomiso Emisor.El valor de los activos al 30 de junio de 2018 es de $441,144,966, que consideran la disminución en los activos por $52,855,034.

Información a revelar sobre participaciones no controladoras [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre activos no circulantes mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre activos no circulantes o grupo de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre objetivos, políticas y procesos para la gestión del patrimonio [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros activos [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre otros activos circulantes [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros pasivos circulantes [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros pasivos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros activos no circulantes [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros pasivos no circulantes [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre otros gastos de operación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros ingresos (gastos) de operación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre otros resultados de operación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre anticipos y otros activos [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre utilidades (pérdidas) por actividades de operación [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre propiedades, planta y equipo [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre provisiones [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre la reclasificación de instrumentos financieros [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ingresos de actividades ordinarias reconocidos procedentes de contratos de construcción [bloque de texto]

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No aplica

Información a revelar sobre reaseguros [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre partes relacionadas [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre gastos de investigación y desarrollo [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre reservas dentro de patrimonio [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre efectivo y equivalentes de efectivo restringidos [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ingresos de actividades ordinarias [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre acuerdos de concesión de servicios [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre patrimonio, reservas y otras participaciones en el patrimonio [bloque de texto]

No aplica

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Información a revelar sobre pasivos subordinados [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre subsidiarias [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre un resumen de las políticas contables significativas [bloque de texto]

Declaración de cumplimiento Los estados financieros del Fideicomiso han sido preparados de acuerdo con las NIIF (IFRS, por sus siglas en inglés) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés). Bases de preparación Los estados financieros del Fideicomiso han sido preparados sobre la base de costo histórico, excepto por las inversiones que se valúan a su valor razonable, como se explica a mayor detalle en las políticas contables más adelante.

i. Costo histórico

El costo histórico generalmente se basa en el valor razonable de la contraprestación entregada a cambio de bienes y servicios.

ii. Valor razonable

El valor razonable se define como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes en el mercado a la fecha de valuación independientemente de si ese precio es observable o estimado utilizando directamente otra técnica de valuación. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, el Fideicomiso tiene en cuenta las características del activo o pasivo, si los participantes del mercado tomarían esas características al momento de fijar el precio del activo o pasivo en la fecha de medición. Además, para efectos de información financiera, las mediciones de valor razonable se clasifican en el Nivel 1, 2 ó 3 con base en el grado en que son observables los datos de entrada en las mediciones y su importancia en la

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determinación del valor razonable en su totalidad, las cuales se describen de la siguiente manera: Nivel 1 Se consideran precios de cotización en un mercado activo para activos o pasivos idénticos que

el Fideicomiso puede obtener a la fecha de la valuación;

Nivel 2 Datos de entrada observables distintos de los precios de cotización del Nivel 1, sea directa o indirectamente,

Nivel 3 Considera datos de entrada no observables.

Instrumentos financieros - Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando el Fideicomiso se convierte en una parte de las disposiciones contractuales de los instrumentos. Los activos y pasivos financieros se valúan inicialmente a su valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos de los activos financieros a valor razonable con cambios en resultados) se suman o reducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, en su caso, en el reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos y pasivos financieros a su valor razonable con cambios en resultados se reconocen inmediatamente en resultados. Ingresos por intereses - Los intereses generados por la operación fiduciaria, se reconocen durante el período en que se presta el servicio por inversiones en títulos valor y de dinero, así como la plusvalía por la valuación de inversiones permitidas. Clasificación de costos y gastos - Se presentan atendiendo a su función y naturaleza debido a que esa es la práctica de la industria a la que pertenece el Fideicomiso se reconocen en el estado de resultados conforme se devenguen. Activos financieros - Los activos financieros se clasifican en las siguientes categorías: activos financieros a valor razonable con cambios a través de resultados (FVTPL, por sus siglas en inglés), inversiones conservadas al vencimiento, activos financieros disponibles para su venta (AFS, por sus siglas en inglés) y préstamos y cuentas por cobrar. La clasificación depende de la naturaleza y propósito de los activos financieros y se determina al momento del reconocimiento inicial. Todas las compras o ventas de activos financieros realizadas de forma habitual se reconocen y eliminan con base en la fecha de negociación. Las compras o ventas realizadas de forma habitual son aquellas compras o ventas de activos financieros que requieren la entrega de los activos dentro del marco de tiempo establecido por norma o costumbre en dicho mercado. 1. Activos financieros a FVTPL

Los activos financieros se clasifican como FVTPL los activos son (i) la contraprestación contingente que sería pagada por un adquiriente como parte de una combinación de negocios en la cual se aplique IFRS 3, (ii)cuando se conservan para ser negociados o (iii) se designan como FVTPL. Un activo financiero se clasifica como mantenido con fines de negociación si: Se compra principalmente con el objetivo de venderlo en un periodo corto; o En su reconocimiento inicial, es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que el

Fideicomiso administra conjuntamente, y para la cual existe un patrón real reciente de toma de utilidades a corto plazo; o

Es un derivado que no está designado y es efectivo como instrumento de cobertura.

Un activo financiero que no sea un activo financiero mantenido con fines de negociación o la contraprestación contingente que sería pagada por un adquiriente como parte de una combinación de negocios podría ser designado como un activo financiero a valor razonable con cambios a través de resultados al momento del reconocimiento inicial si:

Con dicha designación se elimina o reduce significativamente una inconsistencia de valuación o

reconocimiento que de otra manera surgiría; o El activo financiero forma parte de un grupo de activos financieros, de pasivos financieros o de ambos,

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el cual se administra y su desempeño se evalúa sobre una base de valor razonable, de acuerdo con la estrategia documentada de administración de riesgos e inversión del Fideicomiso, y se provea internamente información sobre ese grupo, sobre la misma base;

Forma parte de un contrato que contenga uno o más instrumentos derivados implícitos y la IAS 39 permita que la totalidad del contrato híbrido sea designado como de valor razonable con cambios a través de resultados.

Activos netos atribuibles a los Fideicomisarios a)Clasificación

Son instrumentos financieros los CKD's emitidos el 24 de enero de 2018, indicados en la Nota 1. No existe obligación de pago de principal ni de intereses a los Tenedores; sólo se harán distribuciones a los Tenedores en la medida que existan recursos distribuibles que formen parte de los activos netos del Fideicomiso. En caso de que los activos netos distribuibles a los Tenedores de los CKD's resulten insuficientes para hacer distribuciones conforme al Contrato de Fideicomiso Emisor, los Tenedores de los CKD's no tendrán derecho al pago de dichas cantidades. Tanto para los Tenedores de los CKD's como para el Fideicomitente, existe el derecho de cobro al vencimiento sobre los rendimientos del Fideicomiso;, las distribuciones son a prorrata. De acuerdo con lo que indica la IAS 32, una participación a prorrata se determina mediante: i) dividir los activos netos del Fideicomiso al momento de la liquidación en unidades del mismo importe; y ii) multiplicar esa cantidad por el número de unidades en posesión del tenedor de los instrumentos financieros. En caso de que un Tenedor no acuda a una llamada de Capital, se realizará un Dilución Punitva, conforme se establece en el Contrato del Fideicomiso y recibirá un porcentaje menor de las distribuciones respecto de su participación en los CKD's..

b)Reconocimiento

Los activos y pasivos financieros medidos a valor razonable a través de resultados se reconocen cuando el Fideicomiso se convierte en una parte contractual de las provisiones del instrumento. El reconocimiento se lleva a cabo en la fecha de negociación cuando la compra o venta de una inversión está bajo un contrato cuyos términos requieren la entrega de la inversión dentro del marco establecido por el mercado en cuestión. Las distribuciones a los Tenedores de los CKD's se reconocen en el estado de resultados como costos de financiamiento. Los ingresos que no se distribuyan se incluyen en los activos netos atribuibles a los Fideicomisarios. c)Medición En el reconocimiento inicial, los activos y pasivos se miden a valor razonable. Los costos de transacción de los activos y pasivos a valor razonable se reconocen como gasto cuando se incurren en el estado de resultados. Posterior al reconocimiento inicial, los activos y pasivos financieros a valor razonable a través de resultados se miden a valor razonable. Las ganancias y pérdidas que surgen de los cambios en su valor razonable se incluyen en el estado de resultados en el periodo en que surgen. El valor razonable se determina como se describe en la nota 6d. d)Bajas Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos contractuales a los flujos de efectivos de las inversiones expiran o el Fideicomiso transfiere substancialmente todos los riesgos y beneficios que le pertenecen.

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Los pasivos financieros a valor razonable se dan de baja cuando la obligación especificada en el contrato se cumple, cancela o expira. Las ganancias y pérdidas realizadas en la baja se incluyen en los resultados cuando se originan. e)Compensación El Fideicomiso sólo compensa los activos y pasivos financieros a valor razonable a través de resultados si el Fideicomiso tiene un derecho realizable para compensar las cantidades reconocidas y tiene la intención de liquidar sobre una base neta, o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.

Efectivo y equivalentes de efectivo - Consisten principalmente en instrumentos de reportos. El efectivo se presenta a valor nominal y los equivalentes se valúan a su valor razonable. Los intereses ganados y las utilidades o pérdidas en valuación se incluyen en los resultados, como parte de los ingresos por intereses. Impuestos a la utilidad - El Fideicomiso está sujeto al régimen contenido en los artículos 192 y 193 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), aplicables a los fideicomisos conocidos como Fideicomisos de Inversión en Capital de Riesgo (FICAPs"), debiendo cumplir con los requisitos establecidos en dichas disposiciones, así como en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente o aquélla que la sustituya en el futuro, por lo que no tributaría conforme a lo señalado en el Artículo 13 de dicha ley. El Fideicomiso está sujeto al régimen fiscal previsto por los artículos 192 y 193 de la LISR, y en las reglas contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en dichas disposiciones a fin de que las personas que inviertan en los Certificados Bursátiles tributen conforme al régimen fiscal particular previsto en la LISR para cada uno de los accionistas del Fideicomiso. Consecuentemente, el Fideicomiso no es sujeto del impuesto sobre la renta ni reconoce el impuesto diferido y estará libre de cumplir con obligaciones fiscales por cuenta de su fideicomitente o fideicomisarios. Estado de flujos de efectivo - El Fideicomiso presenta su estado de flujos de efectivo utilizando el método indirecto. Los intereses recibidos se clasifican como flujos de efectivo de operación, mientras que los intereses pagados se clasifican como flujos de efectivo de financiamiento. Contingencias - Las obligaciones o pérdidas relacionadas con contingencias se reconocen cuando es probable que sus efectos se materialicen y existan elementos razonables para su cuantificación. Si no existen estos elementos razonables, se incluye revelación en forma cualitativa en las notas a los estados financieros. Los ingresos, utilidades o activos contingentes se reconocen hasta el momento que existe certeza de su realización. Entidad de Inversión - El Fideicomiso CIB/2711 cumple con la definición de una "Entidad de Inversión " conforme la IFRS 10, "Estados Financieros Consolidados", la cual establece que una entidad de inversión es aquella que cumple con las siguientes características: i) obtiene fondos de uno o más inversionistas con el fin de proporcionarles servicios de administración de inversiones, ii) tiene el compromiso hacia un inversionista o inversionistas del que propósito del negocio es invertir los fondos exclusivamente para retornos de capital, ingresos por inversiones, o ambos, iii) mide y evalúa el desempeño de sustancialmente todas sus inversiones en base al valor razonable. Consecuentemente, las inversiones en entidades promovidas en las que el Fideicomiso CIB/2711 ejerce control no se consolidan.

Información a revelar sobre cuentas por cobrar y por pagar por impuestos [bloque de texto]

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No aplica

Información a revelar sobre proveedores y otras cuentas por pagar [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre clientes y otras cuentas por cobrar [bloque de texto]

No aplica

Información a revelar sobre ingresos (gastos) [bloque de texto]

No aplica

Riesgos relacionados con instrumentos financieros [bloque de texto]

Información disponible en "Instrumentos financieros".

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Inversiones conservadas al vencimiento [bloque de texto]

No aplica

Impuesto al valor agregado a favor [bloque de texto]

Información disponible en "Gastos de Administración".

Activos netos [bloque de texto]

No aplica

Posición en moneda extranjera [bloque de texto]

No aplica

Inversiones en acciones [bloque de texto]

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No aplica

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[800600] Notas - Lista de políticas contables

Información a revelar sobre un resumen de las políticas contables significativas [bloque de texto]

Declaración de cumplimiento Los estados financieros del Fideicomiso han sido preparados de acuerdo con las NIIF (IFRS, por sus siglas en inglés) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés). Bases de preparación Los estados financieros del Fideicomiso han sido preparados sobre la base de costo histórico, excepto por las inversiones que se valúan a su valor razonable, como se explica a mayor detalle en las políticas contables más adelante.

i. Costo histórico

El costo histórico generalmente se basa en el valor razonable de la contraprestación entregada a cambio de bienes y servicios.

ii. Valor razonable

El valor razonable se define como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes en el mercado a la fecha de valuación independientemente de si ese precio es observable o estimado utilizando directamente otra técnica de valuación. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, el Fideicomiso tiene en cuenta las características del activo o pasivo, si los participantes del mercado tomarían esas características al momento de fijar el precio del activo o pasivo en la fecha de medición. Además, para efectos de información financiera, las mediciones de valor razonable se clasifican en el Nivel 1, 2 ó 3 con base en el grado en que son observables los datos de entrada en las mediciones y su importancia en la determinación del valor razonable en su totalidad, las cuales se describen de la siguiente manera: Nivel 1 Se consideran precios de cotización en un mercado activo para activos o pasivos idénticos que

el Fideicomiso puede obtener a la fecha de la valuación;

Nivel 2 Datos de entrada observables distintos de los precios de cotización del Nivel 1, sea directa o indirectamente,

Nivel 3 Considera datos de entrada no observables.

Instrumentos financieros - Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando el Fideicomiso se convierte en una parte de las disposiciones contractuales de los instrumentos. Los activos y pasivos financieros se valúan inicialmente a su valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos de los activos financieros a valor razonable con cambios en resultados) se suman o reducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, en su caso, en el reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos y pasivos financieros a su valor razonable con cambios en resultados se reconocen inmediatamente en resultados. Ingresos por intereses - Los intereses generados por la operación fiduciaria, se reconocen durante el período en que se presta el servicio por inversiones en títulos valor y de dinero, así como la plusvalía por la valuación de inversiones

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permitidas. Clasificación de costos y gastos - Se presentan atendiendo a su función y naturaleza debido a que esa es la práctica de la industria a la que pertenece el Fideicomiso se reconocen en el estado de resultados conforme se devenguen. Activos financieros - Los activos financieros se clasifican en las siguientes categorías: activos financieros a valor razonable con cambios a través de resultados (FVTPL, por sus siglas en inglés), inversiones conservadas al vencimiento, activos financieros disponibles para su venta (AFS, por sus siglas en inglés) y préstamos y cuentas por cobrar. La clasificación depende de la naturaleza y propósito de los activos financieros y se determina al momento del reconocimiento inicial. Todas las compras o ventas de activos financieros realizadas de forma habitual se reconocen y eliminan con base en la fecha de negociación. Las compras o ventas realizadas de forma habitual son aquellas compras o ventas de activos financieros que requieren la entrega de los activos dentro del marco de tiempo establecido por norma o costumbre en dicho mercado. 1. Activos financieros a FVTPL

Los activos financieros se clasifican como FVTPL los activos son (i) la contraprestación contingente que sería pagada por un adquiriente como parte de una combinación de negocios en la cual se aplique IFRS 3, (ii)cuando se conservan para ser negociados o (iii) se designan como FVTPL. Un activo financiero se clasifica como mantenido con fines de negociación si: Se compra principalmente con el objetivo de venderlo en un periodo corto; o En su reconocimiento inicial, es parte de una cartera de instrumentos financieros identificados que el

Fideicomiso administra conjuntamente, y para la cual existe un patrón real reciente de toma de utilidades a corto plazo; o

Es un derivado que no está designado y es efectivo como instrumento de cobertura.

Un activo financiero que no sea un activo financiero mantenido con fines de negociación o la contraprestación contingente que sería pagada por un adquiriente como parte de una combinación de negocios podría ser designado como un activo financiero a valor razonable con cambios a través de resultados al momento del reconocimiento inicial si:

Con dicha designación se elimina o reduce significativamente una inconsistencia de valuación o

reconocimiento que de otra manera surgiría; o El activo financiero forma parte de un grupo de activos financieros, de pasivos financieros o de ambos,

el cual se administra y su desempeño se evalúa sobre una base de valor razonable, de acuerdo con la estrategia documentada de administración de riesgos e inversión del Fideicomiso, y se provea internamente información sobre ese grupo, sobre la misma base;

Forma parte de un contrato que contenga uno o más instrumentos derivados implícitos y la IAS 39 permita que la totalidad del contrato híbrido sea designado como de valor razonable con cambios a través de resultados.

Activos netos atribuibles a los Fideicomisarios a)Clasificación

Son instrumentos financieros los CKD's emitidos el 24 de enero de 2018, indicados en la Nota 1. No existe obligación de pago de principal ni de intereses a los Tenedores; sólo se harán distribuciones a los Tenedores en la medida que existan recursos distribuibles que formen parte de los activos netos del Fideicomiso. En caso de que los activos netos distribuibles a los Tenedores de los CKD's resulten insuficientes para hacer distribuciones conforme al Contrato de Fideicomiso Emisor, los Tenedores de los CKD's no tendrán derecho al pago de dichas cantidades. Tanto para los Tenedores de los CKD's como para el Fideicomitente, existe el derecho de cobro al vencimiento sobre los rendimientos del Fideicomiso;, las distribuciones son a prorrata. De acuerdo con lo que indica la IAS 32, una participación a prorrata se determina mediante: i) dividir los activos netos del Fideicomiso al momento de la liquidación en unidades del mismo importe; y ii) multiplicar esa cantidad por el número de unidades en

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posesión del tenedor de los instrumentos financieros. En caso de que un Tenedor no acuda a una llamada de Capital, se realizará un Dilución Punitva, conforme se establece en el Contrato del Fideicomiso y recibirá un porcentaje menor de las distribuciones respecto de su participación en los CKD's..

b)Reconocimiento

Los activos y pasivos financieros medidos a valor razonable a través de resultados se reconocen cuando el Fideicomiso se convierte en una parte contractual de las provisiones del instrumento. El reconocimiento se lleva a cabo en la fecha de negociación cuando la compra o venta de una inversión está bajo un contrato cuyos términos requieren la entrega de la inversión dentro del marco establecido por el mercado en cuestión. Las distribuciones a los Tenedores de los CKD's se reconocen en el estado de resultados como costos de financiamiento. Los ingresos que no se distribuyan se incluyen en los activos netos atribuibles a los Fideicomisarios. c)Medición En el reconocimiento inicial, los activos y pasivos se miden a valor razonable. Los costos de transacción de los activos y pasivos a valor razonable se reconocen como gasto cuando se incurren en el estado de resultados. Posterior al reconocimiento inicial, los activos y pasivos financieros a valor razonable a través de resultados se miden a valor razonable. Las ganancias y pérdidas que surgen de los cambios en su valor razonable se incluyen en el estado de resultados en el periodo en que surgen. El valor razonable se determina como se describe en la nota 6d. d)Bajas Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos contractuales a los flujos de efectivos de las inversiones expiran o el Fideicomiso transfiere substancialmente todos los riesgos y beneficios que le pertenecen. Los pasivos financieros a valor razonable se dan de baja cuando la obligación especificada en el contrato se cumple, cancela o expira. Las ganancias y pérdidas realizadas en la baja se incluyen en los resultados cuando se originan. e)Compensación El Fideicomiso sólo compensa los activos y pasivos financieros a valor razonable a través de resultados si el Fideicomiso tiene un derecho realizable para compensar las cantidades reconocidas y tiene la intención de liquidar sobre una base neta, o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.

Efectivo y equivalentes de efectivo - Consisten principalmente en instrumentos de reportos. El efectivo se presenta a valor nominal y los equivalentes se valúan a su valor razonable. Los intereses ganados y las utilidades o pérdidas en valuación se incluyen en los resultados, como parte de los ingresos por intereses. Impuestos a la utilidad - El Fideicomiso está sujeto al régimen contenido en los artículos 192 y 193 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR), aplicables a los fideicomisos conocidos como Fideicomisos de Inversión en Capital de Riesgo (FICAPs"), debiendo cumplir con los requisitos establecidos en dichas disposiciones, así como en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente o aquélla que la sustituya en el futuro, por lo que no tributaría conforme a lo señalado en el Artículo 13 de dicha ley. El Fideicomiso está sujeto al régimen fiscal previsto por los artículos 192 y 193 de la LISR, y en las reglas contenidas en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en dichas disposiciones

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a fin de que las personas que inviertan en los Certificados Bursátiles tributen conforme al régimen fiscal particular previsto en la LISR para cada uno de los accionistas del Fideicomiso. Consecuentemente, el Fideicomiso no es sujeto del impuesto sobre la renta ni reconoce el impuesto diferido y estará libre de cumplir con obligaciones fiscales por cuenta de su fideicomitente o fideicomisarios. Estado de flujos de efectivo - El Fideicomiso presenta su estado de flujos de efectivo utilizando el método indirecto. Los intereses recibidos se clasifican como flujos de efectivo de operación, mientras que los intereses pagados se clasifican como flujos de efectivo de financiamiento. Contingencias - Las obligaciones o pérdidas relacionadas con contingencias se reconocen cuando es probable que sus efectos se materialicen y existan elementos razonables para su cuantificación. Si no existen estos elementos razonables, se incluye revelación en forma cualitativa en las notas a los estados financieros. Los ingresos, utilidades o activos contingentes se reconocen hasta el momento que existe certeza de su realización. Entidad de Inversión - El Fideicomiso CIB/2711 cumple con la definición de una "Entidad de Inversión " conforme la IFRS 10, "Estados Financieros Consolidados", la cual establece que una entidad de inversión es aquella que cumple con las siguientes características: i) obtiene fondos de uno o más inversionistas con el fin de proporcionarles servicios de administración de inversiones, ii) tiene el compromiso hacia un inversionista o inversionistas del que propósito del negocio es invertir los fondos exclusivamente para retornos de capital, ingresos por inversiones, o ambos, iii) mide y evalúa el desempeño de sustancialmente todas sus inversiones en base al valor razonable. Consecuentemente, las inversiones en entidades promovidas en las que el Fideicomiso CIB/2711 ejerce control no se consolidan.

Descripción de la política contable de activos financieros disponibles para la venta [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para costos de préstamos [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para préstamos [bloque de texto]

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No Aplica

Descripción de la política contable para flujos de efectivo [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para construcciones en proceso [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable de los costos de adquisición [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para provisiones para retiro del servicio, restauración y rehabilitación [bloque de texto]

No Aplica

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Descripción de la política contable para costos de adquisición diferidos que surgen de contratos de seguro [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para gastos por depreciación [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para baja en cuentas de instrumentos financieros [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para instrumentos financieros derivados [bloque de texto]

No Aplica

Descripción de la política contable para instrumentos financieros derivados y coberturas [bloque de texto]

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No Aplica

Descripción de la política contable para la determinación de los componentes del efectivo y equivalentes de efectivo [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para operaciones discontinuadas [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para distribuciones [bloque de texto]

No existe obligación de pago de principal ni de intereses a los Tenedores; sólo se harán distribuciones a los Tenedores en la medida que existan recursos distribuibles que formen parte de los activos netos del Fideicomiso. En caso de que los activos netos distribuibles a los Tenedores de los CKD's resulten insuficientes para hacer distribuciones conforme al Contrato de Fideicomiso Emisor, los Tenedores de los CKD's no tendrán derecho al pago de dichas cantidades.

Tanto para los Tenedores de los CKD's como para el Fideicomitente, existe el derecho de cobro al vencimiento sobre los rendimientos del Fideicomiso;, las distribuciones son a prorrata. De acuerdo con lo que indica la IAS 32, una participación a prorrata se determina mediante: i) dividir los activos netos del Fideicomiso al momento de la liquidación en unidades del mismo importe; y ii) multiplicar esa cantidad por el número de unidades en posesión del tenedor de los instrumentos financieros. En caso de que un Tenedor no acuda a una llamada de Capital, se realizará un Dilución Punitva, conforme se establece en el Contrato del Fideicomiso y recibirá un porcentaje menor de las distribuciones respecto de su participación en los CKD's..

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Descripción de la política contable para gastos relacionados con el medioambiente [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para gastos [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de las políticas contables para desembolsos de exploración y evaluación [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para mediciones al valor razonable [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para primas e ingresos y gastos por comisiones [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para gastos financieros [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para ingresos y gastos financieros [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para activos financieros [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para garantías financieras [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para instrumentos financieros [bloque de texto]

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Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para instrumentos financieros a valor razonable con cambios en resultados [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para pasivos financieros [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para conversión de moneda extranjera [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para la moneda funcional [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para el crédito mercantil [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para coberturas [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para inversiones mantenidas hasta el vencimiento [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para deterioro del valor de activos [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para deterioro del valor de activos financieros [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para deterioro del valor de activos no financieros [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para impuestos a las ganancias [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de las políticas contables de contratos de seguro y de los activos, pasivos, ingresos y gastos relacionados [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para activos intangibles y crédito mercantil [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para activos intangibles distintos al crédito mercantil [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para ingresos y gastos por intereses [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de las políticas contables para inversiones en asociadas [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para inversiones en asociadas y negocios conjuntos [bloque de texto]

No aplica

Descripción de las políticas contables para inversiones en negocios conjuntos [bloque de texto]

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No aplica

Descripción de la política contable para propiedades de inversión [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para inversiones distintas de las inversiones contabilizadas utilizando el método de la participación [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para el patrimonio [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para arrendamientos [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para préstamos y cuentas por cobrar [bloque de texto]

No aplica

Descripción de las políticas contables para la medición de inventarios [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para activos no circulantes o grupos de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para activos no circulantes o grupos de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta y operaciones

discontinuadas [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para la compensación de instrumentos financieros [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para propiedades, planta y equipo [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para provisiones [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para la reclasificación de instrumentos financieros [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para el reconocimiento en el resultado del periodo de la diferencia entre el valor razonable en el reconocimiento inicial y el precio de

transacción [bloque de texto]

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No aplica

Descripción de las políticas contables para el reconocimiento de ingresos de actividades ordinarias [bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

Descripción de la política contable para reaseguros [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para el efectivo y equivalentes de efectivo restringido [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para costos de desmonte [bloque de texto]

No aplica

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Descripción de la política contable para subsidiarias [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para proveedores y otras cuentas por pagar [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para clientes y otras cuentas por cobrar [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para ingresos y gastos[bloque de texto]

Información disponible en "Políticas contables significativas".

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Descripción de la política contable para transacciones con participaciones no controladoras [bloque de texto]

No aplica

Descripción de la política contable para transacciones con partes relacionadas [bloque de texto]

No aplica

Descripción de otras políticas contables relevantes para comprender los estados financieros [bloque de texto]

No aplica

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[813000] Notas - Información financiera intermedia de conformidad con la NIC 34

Información a revelar sobre información financiera intermedia [bloque de texto]

La Administración optó por presentar el Anexo 800500.

Descripción de las políticas contables y métodos de cálculo seguidos en los estados financieros intermedios [bloque de texto]

La Administración optó por presentar el Anexo 800500.