honorarios que causan iva

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Servicio de Administración Tributaria Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx HONORARIOS (Servicios profesionales que causan IVA) Qué necesita para elaborar la Declaración Anual 2012 DECLARACION automática versión 2013 que tiene precargados los datos del contribuyente o DECLARASAT 2013. Equipo de cómputo y servicio de internet para el envío de la declaración. Pagos mensuales del ISR, IETU e IVA efectuados durante el 2012 (Bitácora). Información del IVA causado, acreditable y retenido en cada uno de los meses del 2012. En su caso, formato 37-A, Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS o Anexo 2 de la forma electrónica 30 del DIM. En su caso, constancias otorgadas por las instituciones de crédito por intereses percibidos, retenciones del ISR efectuadas e IDE recaudado durante el 2012 y el comprobante de pago cuando haya efectuado por su cuenta el pago del IDE. En su caso, relación de pérdidas fiscales de años anteriores pendientes de aplicar. Total de ingresos efectivamente cobrados en cada uno de los meses del 2012, separando el IVA correspondiente. Total de deducciones autorizadas identificando las que correspondan al ISR de las que apliquen para el IETU (gastos e inversiones, estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos, desglosadas por mes, por concepto y separando el IVA correspondiente). Acreditamientos efectuados contra el IETU durante el 2012, por concepto de sueldos y salarios y aportaciones de seguridad social. Crédito fiscal aplicado contra el IETU por inversiones realizadas durante 1998 y hasta el 2007. Deducciones personales: gastos médicos, honorarios a enfermeras, hospitalarios, dentales, funerarios, estudios clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación, medicinas incluidas en las facturas emitidas por hospitales, compra de lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos; donativos (hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para determinar el ISR del 2011, antes de aplicar las deducciones personales), intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios por la adquisición de su casa habitación, aportaciones voluntarias al SAR, transporte escolar obligatorio, depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro y primas de seguro para el retiro (cumpliendo con los requisitos del Art. 218 de la LISR). Los pagos por concepto de colegiaturas, efectuados durante el ejercicio 2012, correspondientes ha dicho ejercicio. La Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) a 18 dígitos proporcionada por los bancos en los estados de cuenta, para que, en caso de que proceda la devolución del saldo a favor del ISR, se deposite en la misma. Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) actualizada o Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente. Las personas físicas que presenten su Declaración Anual 2012 y elijan la opción de devolución del saldo a favor en el ISR, igual o superior a 13,970 pesos deberán utilizar la FIEL vigente. Si aún no cuenta con FIEL o concluyó su vigencia, previa cita, debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente más cercana para obtenerla. Si está por vencer, para renovarla automáticamente ingrese al Portal de internet del SAT. Para programar una cita o mayor información marque a INFOSAT: 01 800 46 36 728. NOTA: Los contribuyentes obligados a acumular a sus demás ingresos, los obtenidos por concepto de intereses, podrán optar por no declarar en su declaración anual los montos percibidos por dicho concepto, siempre que consideren como pago definitivo la retención efectuada, y, así lo manifiesten en su declaración anual. HONORARIOS (Servicios profesionales que causan IVA) Qué necesita para elaborar la Declaración Anual 2012 DECLARACION automática versión 2013 que tiene precargados los datos del contribuyente o DECLARASAT 2013. Equipo de cómputo y servicio de internet para el envío de la declaración. Pagos mensuales del ISR, IETU e IVA efectuados durante el 2012 (Bitácora). Información del IVA causado, acreditable y retenido en cada uno de los meses del 2012. En su caso, formato 37-A, Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e IEPS o Anexo 2 de la forma electrónica 30 del DIM. En su caso, constancias otorgadas por las instituciones de crédito por intereses percibidos, retenciones del ISR efectuadas e IDE recaudado durante el 2012 y el comprobante de pago cuando haya efectuado por su cuenta el pago del IDE. En su caso, relación de pérdidas fiscales de años anteriores pendientes de aplicar. Total de ingresos efectivamente cobrados en cada uno de los meses del 2012, separando el IVA correspondiente. Total de deducciones autorizadas identificando las que correspondan al ISR de las que apliquen para el IETU (gastos e inversiones, estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos, desglosadas por mes, por concepto y separando el IVA correspondiente). Acreditamientos efectuados contra el IETU durante el 2012, por concepto de sueldos y salarios y aportaciones de seguridad social. Crédito fiscal aplicado contra el IETU por inversiones realizadas durante 1998 y hasta el 2007. Deducciones personales: gastos médicos, honorarios a enfermeras, hospitalarios, dentales, funerarios, estudios clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación, medicinas incluidas en las facturas emitidas por hospitales, compra de lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos; donativos (hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para determinar el ISR del 2011, antes de aplicar las deducciones personales), intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios por la adquisición de su casa habitación, aportaciones voluntarias al SAR, transporte escolar obligatorio, depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro y primas de seguro para el retiro (cumpliendo con los requisitos del Art. 218 de la LISR). Los pagos por concepto de colegiaturas, efectuados durante el ejercicio 2012, correspondientes ha dicho ejercicio. La Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) a 18 dígitos proporcionada por los bancos en los estados de cuenta, para que, en caso de que proceda la devolución del saldo a favor del ISR, se deposite en la misma. Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) actualizada o Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente. Las personas físicas que presenten su Declaración Anual 2012 y elijan la opción de devolución del saldo a favor en el ISR, igual o superior a 13,970 pesos deberán utilizar la FIEL vigente. Si aún no cuenta con FIEL o concluyó su vigencia, previa cita, debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente más cercana para obtenerla. Si está por vencer, para renovarla automáticamente ingrese al Portal de internet del SAT. Para programar una cita o mayor información marque a INFOSAT: 01 800 46 36 728. NOTA: Los contribuyentes obligados a acumular a sus demás ingresos, los obtenidos por concepto de intereses, podrán optar por no declarar en su declaración anual los montos percibidos por dicho concepto, siempre que consideren como pago definitivo la retención efectuada, y, así lo manifiesten en su declaración anual.

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Page 1: Honorarios Que Causan IVA

Servicio de Administración Tributaria │ Av. Hidalgo, núm. 77, col. Guerrero, delegación Cuauhtémoc, México, D. F., c. p. 06300 │ Tel. INFOSAT: 01 800 46 36 728 │ documento disponible en www.sat.gob.mx

HONORARIOS

(Servicios profesionales que causan IVA)

Qué necesita para elaborar la Declaración Anual 2012

DECLARACION automática versión 2013 que tiene precargados los datos del contribuyente o DECLARASAT 2013.

Equipo de cómputo y servicio de internet para el envío de la declaración. Pagos mensuales del ISR, IETU e IVA efectuados durante el 2012 (Bitácora). Información del IVA causado, acreditable y retenido en cada uno de los meses

del 2012. En su caso, formato 37-A, Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e

IEPS o Anexo 2 de la forma electrónica 30 del DIM. En su caso, constancias otorgadas por las instituciones de crédito por intereses

percibidos, retenciones del ISR efectuadas e IDE recaudado durante el 2012 y el comprobante de pago cuando haya efectuado por su cuenta el pago del IDE.

En su caso, relación de pérdidas fiscales de años anteriores pendientes de aplicar.

Total de ingresos efectivamente cobrados en cada uno de los meses del 2012, separando el IVA correspondiente.

Total de deducciones autorizadas identificando las que correspondan al ISR de las que apliquen para el IETU (gastos e inversiones, estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos, desglosadas por mes, por concepto y separando el IVA correspondiente).

Acreditamientos efectuados contra el IETU durante el 2012, por concepto de sueldos y salarios y aportaciones de seguridad social.

Crédito fiscal aplicado contra el IETU por inversiones realizadas durante 1998 y hasta el 2007.

Deducciones personales: gastos médicos, honorarios a enfermeras, hospitalarios, dentales, funerarios, estudios clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación, medicinas incluidas en las facturas emitidas por hospitales, compra de lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos; donativos (hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para determinar el ISR del 2011, antes de aplicar las deducciones personales), intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios por la adquisición de su casa habitación, aportaciones voluntarias al SAR, transporte escolar obligatorio, depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro y primas de seguro para el retiro (cumpliendo con los requisitos del Art. 218 de la LISR).

Los pagos por concepto de colegiaturas, efectuados durante el ejercicio 2012, correspondientes ha dicho ejercicio.

La Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) a 18 dígitos proporcionada por los bancos en los estados de cuenta, para que, en caso de que proceda la devolución del saldo a favor del ISR, se deposite en la misma.

Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) actualizada o Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente.

Las personas físicas que presenten su Declaración Anual 2012 y elijan la opción de devolución del saldo a favor en el ISR, igual o superior a 13,970 pesos deberán utilizar la FIEL vigente.

Si aún no cuenta con FIEL o concluyó su vigencia, previa cita, debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente más cercana para obtenerla. Si está por vencer, para renovarla automáticamente ingrese al Portal de internet del SAT.

Para programar una cita o mayor información marque a INFOSAT: 01 800 46 36 728.

NOTA: Los contribuyentes obligados a acumular a sus demás ingresos, los obtenidos por concepto de intereses, podrán optar por no declarar en su declaración anual los montos percibidos por dicho concepto, siempre que consideren como pago definitivo la retención efectuada, y, así lo manifiesten en su declaración anual.

HONORARIOS

(Servicios profesionales que causan IVA)

Qué necesita para elaborar la Declaración Anual 2012

DECLARACION automática versión 2013 que tiene precargados los datos del contribuyente o DECLARASAT 2013.

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del 2012. En su caso, formato 37-A, Constancia de pagos y retenciones del ISR, IVA e

IEPS o Anexo 2 de la forma electrónica 30 del DIM. En su caso, constancias otorgadas por las instituciones de crédito por intereses

percibidos, retenciones del ISR efectuadas e IDE recaudado durante el 2012 y el comprobante de pago cuando haya efectuado por su cuenta el pago del IDE.

En su caso, relación de pérdidas fiscales de años anteriores pendientes de aplicar.

Total de ingresos efectivamente cobrados en cada uno de los meses del 2012, separando el IVA correspondiente.

Total de deducciones autorizadas identificando las que correspondan al ISR de las que apliquen para el IETU (gastos e inversiones, estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos, desglosadas por mes, por concepto y separando el IVA correspondiente).

Acreditamientos efectuados contra el IETU durante el 2012, por concepto de sueldos y salarios y aportaciones de seguridad social.

Crédito fiscal aplicado contra el IETU por inversiones realizadas durante 1998 y hasta el 2007.

Deducciones personales: gastos médicos, honorarios a enfermeras, hospitalarios, dentales, funerarios, estudios clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación, medicinas incluidas en las facturas emitidas por hospitales, compra de lentes ópticos graduados hasta por 2,500 pesos; donativos (hasta por una cantidad que no exceda del 7% de los ingresos acumulables que sirvieron de base para determinar el ISR del 2011, antes de aplicar las deducciones personales), intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios por la adquisición de su casa habitación, aportaciones voluntarias al SAR, transporte escolar obligatorio, depósitos en las cuentas personales especiales para el ahorro y primas de seguro para el retiro (cumpliendo con los requisitos del Art. 218 de la LISR).

Los pagos por concepto de colegiaturas, efectuados durante el ejercicio 2012, correspondientes ha dicho ejercicio.

La Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) a 18 dígitos proporcionada por los bancos en los estados de cuenta, para que, en caso de que proceda la devolución del saldo a favor del ISR, se deposite en la misma.

Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC) actualizada o Firma Electrónica Avanzada (FIEL) vigente.

Las personas físicas que presenten su Declaración Anual 2012 y elijan la opción de devolución del saldo a favor en el ISR, igual o superior a 13,970 pesos deberán utilizar la FIEL vigente.

Si aún no cuenta con FIEL o concluyó su vigencia, previa cita, debe acudir a la Administración Local de Servicios al Contribuyente más cercana para obtenerla. Si está por vencer, para renovarla automáticamente ingrese al Portal de internet del SAT.

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NOTA: Los contribuyentes obligados a acumular a sus demás ingresos, los obtenidos por concepto de intereses, podrán optar por no declarar en su declaración anual los montos percibidos por dicho concepto, siempre que consideren como pago definitivo la retención efectuada, y, así lo manifiesten en su declaración anual.