fundamentos del reconocimiento del derecho humano al agua

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La Constitución de El Salvador La Constitución de El Salvador FUNDAMENTOS DEL FUNDAMENTOS DEL RECONOCIMIENTO DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO HUMANO AL AGUA DERECHO HUMANO AL AGUA 07-02-08 07-02-08

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Ánálisis simple pero también completo sobre la importancia del derecho humano al agua que deben tener todos los Salvadoreños.

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  • La Constitucin de El SalvadorLa Constitucin de El Salvador

    FUNDAMENTOS DEL FUNDAMENTOS DEL RECONOCIMIENTO DEL RECONOCIMIENTO DEL

    DERECHO HUMANO AL AGUADERECHO HUMANO AL AGUA07-02-0807-02-08

  • EL AGUAEL AGUA

    - Un bien comn universal.- Un bien comn universal.- Patrimonio vital de la humanidad.- Patrimonio vital de la humanidad.

    El acceso al agua debe ser considerado El acceso al agua debe ser considerado como un derecho bsico, individual y como un derecho bsico, individual y

    colectivamente inalienablecolectivamente inalienable

  • La ConstitucinLa Constitucin

    La persona humana: Es el origen y el fin de La persona humana: Es el origen y el fin de la actividad del Estado, organizado para la actividad del Estado, organizado para buscar justicia, seguridad jurdica y bien buscar justicia, seguridad jurdica y bien comn.comn.

    Es obligacin del Estado asegurar a los Es obligacin del Estado asegurar a los habitantes de la Repblica, el goce de habitantes de la Repblica, el goce de la salud, la justicia social.la salud, la justicia social.

    Art. 1 Cn.Art. 1 Cn.

  • La ConstitucinLa Constitucin

    Art. 65. La salud de los habitantes de la Art. 65. La salud de los habitantes de la Repblica constituyen un bien pblico. El Repblica constituyen un bien pblico. El Estado y las personas estn obligados a Estado y las personas estn obligados a su conservacin y restablecimiento.su conservacin y restablecimiento.

    El Estado determinar la poltica nacional El Estado determinar la poltica nacional de salud y controlar y supervisar su de salud y controlar y supervisar su aplicacin.aplicacin.

  • La ConstitucinLa Constitucin

    Art.101. El orden econmico debe Art.101. El orden econmico debe responder esencialmente a principios de responder esencialmente a principios de justicia social, que tiendan a asegurar a justicia social, que tiendan a asegurar a todos los habitantes del pas una todos los habitantes del pas una existencia digna del ser humano.existencia digna del ser humano.

    Art. 102. Se garantiza la libertad Art. 102. Se garantiza la libertad econmica, econmica, en lo que no se oponga al en lo que no se oponga al inters social.inters social.

  • Compromisos InternacionalesCompromisos Internacionales

    Declaracin Universal de Derechos Declaracin Universal de Derechos Humanos. Humanos. 10 de diciembre de 194810 de diciembre de 1948

    Art. 25. Toda persona tiene derecho a un nivel Art. 25. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, as como a de vida adecuado que le asegure, as como a su familia, la salud y el bienestar, y en su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentacin, el vestido, la especial la alimentacin, el vestido, la vivienda, la asistencia mdica y los servicios vivienda, la asistencia mdica y los servicios sociales necesarios.sociales necesarios.

  • Compromisos Internacionales.Compromisos Internacionales.

    - Pacto Internacional de Derechos Pacto Internacional de Derechos Econmicos Sociales y Culturales. Econmicos Sociales y Culturales. - Ratificado por El Salvador por D.L. No.27 de Ratificado por El Salvador por D.L. No.27 de

    23-11-7923-11-79

    Fija lmites, a favor de la dignidad de la Fija lmites, a favor de la dignidad de la persona, a la discrecionalidad estatal en el persona, a la discrecionalidad estatal en el momento de definir las polticas pblicas.momento de definir las polticas pblicas.

  • Compromisos Internacionales.Compromisos Internacionales.

    Obligacin de respeto: Los gobiernos deben Obligacin de respeto: Los gobiernos deben abstenerse de medidas que impidan la abstenerse de medidas que impidan la satisfaccin de los derechos.satisfaccin de los derechos.

    - Interrupcin arbitrariaInterrupcin arbitraria- Aumento desproporcionado o discriminatorio Aumento desproporcionado o discriminatorio

    del precio del agua.del precio del agua.- Contaminacin y disminucin del recurso Contaminacin y disminucin del recurso

    agua.agua.

  • Compromisos InternacionalesCompromisos Internacionales..

    Obligacin de proteccin: Los gobiernos Obligacin de proteccin: Los gobiernos deben prevenir una posible violacin a los deben prevenir una posible violacin a los derechos, por parte de sus agentes y de derechos, por parte de sus agentes y de terceros: consorcios, empresas, grupos terceros: consorcios, empresas, grupos transnacionales.transnacionales.

  • Compromisos InternacionalesCompromisos Internacionales

    Obligacin de garanta: Que se adopten las Obligacin de garanta: Que se adopten las medidas necesarias para garantizar el medidas necesarias para garantizar el derecho al agua potable. Medida positiva derecho al agua potable. Medida positiva e intervencionistae intervencionista

  • Derecho Humano a la SaludDerecho Humano a la Salud

    Observacin General No. 14 del CDESC Observacin General No. 14 del CDESC sobre el derecho a la salud, abarca a ms sobre el derecho a la salud, abarca a ms de la salud oportuna y apropiada, el de la salud oportuna y apropiada, el acceso a agua limpia potable, como uno acceso a agua limpia potable, como uno de los principales factores determinantes de los principales factores determinantes de tal derecho.de tal derecho.

  • El Agua como derecho humanoEl Agua como derecho humano

    - Art. 11 y 12 del PIDESCArt. 11 y 12 del PIDESC- Noviembre 2002 el CDESCNoviembre 2002 el CDESC- Observacin General No. 15: Acceso al Observacin General No. 15: Acceso al

    agua segura como derecho humano agua segura como derecho humano fundamental.fundamental.

    - Indispensable para llevar una vida en dignidad Indispensable para llevar una vida en dignidad humana.humana.

    - Pre requisito para la realizacin de los otros Pre requisito para la realizacin de los otros derechos humanos.derechos humanos.

  • El funcionamiento de las El funcionamiento de las instituciones.instituciones.

    - Se sobrepone el mercado a la persona.- Se sobrepone el mercado a la persona.- La dignidad del ser humano y el inters - La dignidad del ser humano y el inters

    social, son atributos ignorados.social, son atributos ignorados.- Los derechos se han convertido en - Los derechos se han convertido en

    necesidades que se satisfacen en el necesidades que se satisfacen en el mercado.mercado.

    - Privilegian los TLC sobre los TDHPrivilegian los TLC sobre los TDH

  • Servicios de carcter esencialServicios de carcter esencial- El Estado y los servicios pblicos:El Estado y los servicios pblicos:

    - Prestacin directa, por medio de autnomas Prestacin directa, por medio de autnomas o los municipios, cuando o los municipios, cuando los intereses los intereses sociales as lo exijan.sociales as lo exijan.

    - Regular y vigilar los SP prestados por empresas privadas y aprobar sus tarifas.

    Art. 110 Cn.

  • Derecho Humano al AguaDerecho Humano al Agua

    Servicio de carcter esencial que no puede Servicio de carcter esencial que no puede someterse a las reglas del mercado.someterse a las reglas del mercado.

    Suficiente cobertura constitucional.Suficiente cobertura constitucional.

    Necesaria reforma constitucional.Necesaria reforma constitucional.

  • Reforma ConstitucionalReforma Constitucional

    Una prerrogativa inherente al ser humano, cuya realizacin Una prerrogativa inherente al ser humano, cuya realizacin efectiva es indispensable para el desarrollo integral de la efectiva es indispensable para el desarrollo integral de la persona, que no puede tener carcter oneroso.persona, que no puede tener carcter oneroso.

    NO PUEDE SER UNA MERCANCA ES UN NO PUEDE SER UNA MERCANCA ES UN DERECHODERECHO