funciones de cada comité consejo comunal

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Funciones de Cada Comité consejo comunal

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FUNCIONES DE CADA COMITFunciones de la Unidad EjecutivaArtculo 29. La Unidad Ejecutiva del consejo comunal tendr las siguientes funciones:1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el rea de su competencia.2. Crear y organizar el sistema de informacin comunitario interno.3. Coordinar y articular todo lo referido a la organizacin, funcionamiento y ejecucin de los planes de trabajo de los comits y su relacin con la Unidad de Contralora Social, la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria y las dems organizaciones sociales de la comunidad.4. Promover la creacin de nuevas organizaciones con la aprobacin de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en defensa del inters colectivo y el desarrollo integral de la comunidad.5. Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia y activadora del deber social en cada comit de trabajo.6. Promover la participacin de los comits de trabajo u otras formas de organizacin comunitaria en la elaboracin y ejecucin de polticas pblicas, mediante la presentacin de propuestas a los rganos y entes del Poder Pblico.7. Promover, participar y contribuir, conjuntamente con la Milicia Bolivariana, en la seguridad y defensa integral de la Nacin.8. Coadyuvar con los rganos y entes del Poder Pblico en el levantamiento de informacin relacionada con la comunidad, conforme al ordenamiento jurdico vigente.9. Impulsar y promover la formulacin de proyectos comunitarios que busquen satisfacer las necesidades, aspiraciones y potencialidades de la comunidad.10.Conocer las solicitudes y emitir las constancias de residencias de los habitantes de la comunidad, a los efectos de las actividades inherentes del consejo comunal, sin menoscabo del ordenamiento jurdico vigente.11.Las dems que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria Artculo 30.La Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria es la instancia del consejo comunal que funciona como un ente de administracin, ejecucin, inversin, crdito, ahorro e intermediacin financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, privilegiando el inters social sobre la acumulacin de capital. Estar integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas a travs de un proceso de eleccin popular. Funciones de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria Artculo 31. Son funciones de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria:1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas en el rea de su competencia.2. Elaborar los registros contables con los soportes que demuestren los ingresos y egresos efectuados.3. Presentar trimestralmente el informe de gestin y la rendicin de cuenta pblica cuando le sea requerido por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinacin comunitaria o por cualquier otro rgano o ente del Poder Pblico que le haya otorgado recursos.4. Prestar servicios financieros y no financieros en el rea de su competencia.5. Realizar la intermediacin financiera comunitaria, privilegiando el inters social sobre la acumulacin de capital.6. Apoyar las polticas de fomento, desarrollo y fortalecimiento de la economa social, popular y alternativa.7. Proponer formas alternativas de intercambio de bienes y servicios para lograr la satisfaccin de las necesidades y fortalecimiento de la economa local.8. Promover el ahorro familiar.9. Facilitar herramientas que permitan el proceso de evaluacin y anlisis de los crditos de las organizaciones socio productivas previstas en el Decreto N 6.129 con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economa Popular. 1610.Consignar ante la Unidad Contralora Social del consejo comunal, el comprobante de la declaracin jurada de patrimonio de los voceros y voceras de la Unidad Administrativa y Financiera Comunitaria al inicio y cese de sus funciones.11.Administrar los fondos del consejo comunal con la consideracin del colectivo de coordinacin comunitaria y la aprobacin de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.12.Elaborar y presentar el proyecto anual de gastos de los fondos del consejo comunal.13.Presentar y gestionar ante el colectivo de coordinacin comunitaria el financiamiento de los proyectos aprobados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.14.Las dems que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean aprobadas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas. Responsabilidades Artculo 32. Los voceros o voceras de la Unidad Administrativa y Financiera incurrirn en responsabilidad civil, penal y administrativa, segn sea el caso, por los actos, hechos u omisiones que alteren el destino de los recursos del consejo comunal, por lo cual sern sancionados conforme a las leyes que regulen la materia.Unidad de Contralora Social Artculo 33.La Unidad de Contralora Social es la instancia del consejo comunal para realizar la evaluacin de la gestin comunitaria y la vigilancia de las actividades, recursos y administracin de los fondos del consejo comunal. Estar integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas, a travs de un proceso de eleccin popular. Esta unidad realizar sus funciones sin menoscabo del control social que ejerza la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas y otras organizaciones comunitarias, de conformidad con el ordenamiento jurdico. Funciones de la Unidad de Contralora Social Artculo 34. Son funciones de la Unidad de Contralora Social:1. Ejecutar las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas que correspondan a sus funciones. 172. Ejercer seguimiento, vigilancia, supervisin y control de la ejecucin de los planes, proyectos comunitarios y socioproductivos, organizaciones socioproductivas, fases del ciclo comunal y gasto anual generado con los fondos y los recursos financieros y no financieros asignados por rganos y entes del Poder Pblico o instituciones privadas al consejo comunal.3. Rendir anualmente cuenta pblica de sus actuaciones.4. Presentar informes de sus actuaciones cuando les sean solicitados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, por el colectivo de coordinacin comunitaria o cuando lo considere pertinente.5. Cooperar con los rganos y entes del Poder Pblico en la funcin de control, conforme a la legislacin y dems instrumentos normativos vigentes.6. Conocer y procesar los planteamientos presentados por los ciudadanos y ciudadanas con relacin a la gestin de las unidades del consejo comunal e informar de manera oportuna a la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.7. Remitir ante el ministerio del poder popular con competencia en participacin ciudadana, las declaraciones juradas de patrimonio de los voceros y voceras de la unidad de gestin financiera comunitaria del consejo comunal.8. Las dems que establezca la presente Ley, los estatutos del consejo comunal y las que sean aprobadas por la asamblea de ciudadanas y ciudadanos. Coordinacin con el Poder Ciudadano Artculo 35. La Unidad de Contralora Social del consejo comunal deber coordinar, en el ejercicio de sus funciones, con los rganos del Poder Ciudadano.Est conformado por los diversos comits que se aprueben en la comunidad, entre ellos estn:

1.COMIT DE SALUD.Garantizar salud y calidad de vida para todos y todasLograr una atencin especial para la poblacin en pobreza extrema (nios, nias y adolescentes, mujeres, personas adultas mayores y discapacitadas);Coordinar con las instituciones pblicas y la comunidad los Operativos de Riesgo de Enfermedades, Vacunacin, Abastizacin, etc.Enlace con la Misin Barrio Adentro, Vuelvan Caras, Programas de la 3era edad, Defensores de los Derechos del nio, nia y adolescente, Programas de Proteccin a la Familia.Capacitacin a la comunidad en materia de Desarrollo Social, programas de prevencin para el embarazo precozFomentar la Base de Dato Comunitario.Incentivar la promocin, prevencin y fomento de la salud.Divulgar los Servicios prestados por las instituciones pblicas de salud comunitaria: Mdulos, ambulatorios, medicaturas, CDI, NAP.Implementar los operativos de Misin Barrio Adentro, en donde la comunidad carezca de estas instituciones.Identificar, sealar y controlar los riesgos para la salud. Tales como: Disposicin de aguas negra, drenajes, recoleccin de desechos slidos.Normatizar los negocios privados y pblicos que puedan afectar la salud fsica y mental de la poblacin. Tales como: Expendidos ambulantes de alimentos, venta de CD, centros de informtica y navegacin por Internet, etc.2.COMIT DE EDUCACIN.Garantizar, a nivel de la comunidad, la educacin integral de calidad para todos y todas en los diferentes niveles, etapas y modalidades del sistema educativo.Supervisar e incorporar los programas educativos como: Misin Robinson I y II, Ribas, Sucre al desarrollo integral de la comunidad.Promover proyectos y propuestas en la comunidad en materia de formacin ciudadana.Informar a nivel escolar y comunal sobre las causas ms frecuentes de enfermedades locales, producto de riesgos biolgicos, fsicos y qumicos.Promover la Educacin para la Salud, con el fin de preservar la salud fsicaymental de la comunidad.

3.COMIT DE TIERRA URBANA O RURAL.Promover la adopcin de decisiones por parte de la comunidad y mantenerla informada permanentemente.Crear comisiones auxiliares que faciliten la ejecucin eficaz y eficiente de su misin.Ejecutar las decisiones de la comunidad en materia de la regularizacin de tierras urbanas.Proponer las poligonales urbanas de los asentamientos urbanos populares.Elaborar con la participacin de la comunidad la Carta del BarrioElaborar el registro inicial de parcelas y usos del asentamiento urbano popular.Elaborar el registro inicial de propietarios y poseedores de viviendas, edificaciones y bienhechuras en la comunidad en coordinacin con los organismos competentes.Certificar la informacin recaudada y analizada sobre la situacin de la propiedad y tenencia de las parcelas de la poligonal respectiva.Elaborar el plan de ordenacin urbana bsica de la comunidad, en coordinacin con los organismos respectivos.Coordinar con la Oficina Tcnica Nacional para la Regularizacin de la tenencia de la Tierra y dems organismos competentes las acciones conducentes a la regularizacin de la tenencia de la tierra.

Proponer las reas de usos reservados no modificables en el ordenamiento natural bsico a ser suscrito por la comunidad.Planificar y ejecutar planes y proyectos de transformacin integral del hbitat en coordinacin con los organismos correspondientes.Participar conjuntamente con otras formas asociativas de la comunidad, en la planificacin y ejecucin de planes y proyectos de transformacin fsica de su asentamiento, de manera. autogestionaria o cogestionaria, segn lo establecido en la Ley del Rgimen Prestacional de Vivienda y Hbitat.Cumplir funciones de Contralora Social en coordinacin con otras organizaciones de base con respecto a las polticas pblicas relacionadas con los asentamientos urbanos populares.Incentivar la participacin protagnica de los y las integrantes de los CTU y en la actividad que realice el Consejo Comunal.

INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE TIERRA URBANA:Ministerio del Poder Popular para la Economa ComunalMinisterio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y JusticiaMinisterio del Poder Popular del Despacho de la PresidenciaMinisterio del Poder Popular para el AmbienteMinisterio del Poder Popular para la Participacin y Desarrollo SocialMinisterio del Poder Popular para la Comunicacin y la InformacinMinisterio del Poder Popular Para Las Comunas y Proteccin Social.Ministerio del Poder Popular Para la Vivienda y Hbitat. Procuradura General de la Repblica y la Corte Suprema de Justicia.Comisin de Desarrollo Social de la Asamblea Nacional, Ministerio del Poder Popular para la Finanza, Cartografa Nacional, Fogade, Alcaldas4.COMIT DE VIVIENDA Y HBITAT.Garantizar vivienda y hbitat integral apropiado.Democratizar la propiedad de la tierra.Lograr el equipamiento social e incorporacin de programas de rehabilitacin de viviendas y sustituciones de ranchos por viviendas dignas.Mejorar los servicios pblicos.

Promover el Diagnstico Participativo en el rea catastral, de inmuebles y terrenos que permitan el desarrollo de proyectos y planes comunitarios de viviendas, sociales y productivos.Tramitar en conjunto con los vecinos los requisitos para la elaboracin de expedientes en materia de vivienda y hbitat.Presentar acuerdos para potenciar, a las pequeas empresas cooperativas (Bloquera, Herrera, Carpintera, arenera) de la comunidad que permitan desarrollar proyectos de viviendas con los recursos humanos y materiales de la comunidad.Coordinar con los organismos competentes la realizacin de estudios de suelos, riesgos y permisologa necesaria para la implementacin de proyectos de viviendas que ejecuten los gobiernos local, regional y nacional.INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE VIVIENDA Y HABITAT

Ministerio del Poder Popular para LA Vivienda y Hbitat.(INAVI, CONAVI, BANAP, FONDUR, FUNDABARRIOS, SAVIR,).Misin Villanueva.Ministerio del Poder Popular para la Comunicacin y la InformacinMinisterio del Poder Popular Para Las Comunas y Proteccin Social.(FUNDACOMUNAL, INCES, FONDEMI, FUDACION CHE GUEVARA).Ministerio del Poder Popular para el Despacho de la Presidencia.

5.COMIT DE ECONOMA COMUNALEstimular y promover el desarrollo endgeno.Diversificar la produccin de bienes y servicios.Generar empleo productivo en nuestra comunidad.Garantizar la soberana alimentaria.Fortalecer la economa social (cooperativas, microempresas, cajas de ahorro, empresas comunitarias).Promover incentivos para la localizacin de actividades productivas y poblacin en zonas especiales de desarrollo, a nivel de la comunidad.Crear un sistema de economa comunal sobre las base del socialismo.Promover el conocimiento y estudio de la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economa Popular, Ley para la Promocin y Desarrollo de la Pequea y Mediana Industria.

Articular y participar, conjuntamente con los dems comits y formas organizativas existentes dentro de la comunidad, en la planificacin y elaboracin de planes, programas y proyectos socio-productivos, ART: 46 LOCC.Incentivar el intercambio de recursos no financieros entre las comunidades tales como jornadas de trueque comunitario.Debe coordinar y articular con otros comits de economa, Consejos Comunales y Comunas para el intercambio de bienes y servicios de produccin socialista y experiencias obtenidas.Presentar la rendicin de la memoria y cuenta cuando esta le sea requerida por la Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas del Consejo Comunal.Gestionar la implementacin de programas para la formacin, asistencia tcnica y actualizacin tecnolgica de las organizaciones socio-productivas.Realizar un censo, para calificar la mano de obra de la comunidad, nivel de empleo existente, nivel de economa informal, nivel de negocios de artculo de primera necesidad, forma de produccin, proyectos y potencialidades con el objetivo de crear mecanismos viables que ayuden a bajar el ndice de desempleo dentro de la misma.INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE ECONOMA COMUNAL

Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Proteccin Social. (FONDEMI, MISIN CHE GUEVARA, INCES, SUNACOOP)Ministerio del Poder Popular para la Industrias Ligeras y Comercio.Fondo de Desarrollo Micro financiero. (FONCREI).Ministerio del Poder Popular para LA Agricultura y Tierra. (CIARA. FONDOENDOGENO).Banco de la Mujer.Ministerio del Poder Popular para La Secretaria de la Presidencia.6.COMIT DE ALIMENTACIN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR:

El vocero o vocera del rea ser el encargad@ de la aplicacin, divulgacin y conocimiento de la Ley Contra el Acaparamiento y la Ley de Seguridad y Soberana Agroalimentaria, permitiendo as que todas las ciudadanas y ciudadanos, productoras y productores, industriales, comerciantes, funcionarias y funcionarios pblicos y, en fin todos los actores en la cadena agroalimentaria, conozcan sus derechos y deberes en esta materia.

Promover la educacin alimentaria, con el objeto de desarrollar en las ciudadanas y los ciudadanos una cultura que les permita identificar sus problemas nutricionales, las causas que los originan, con el fin de mejorar el estado nutricional personal, familiar y comunitario.Garantizar a las ciudadanas y los ciudadanos el acceso oportuno a alimentos de calidad, en cantidad suficiente, con preferencia de aquellos producidos en el pas, sobre la base de las condiciones especiales propias de la geografa, el clima, la tradicin, cultura y organizacin social venezolana.Fomentar la produccin primordialmente en base a la satisfaccin de las necesidades nutricionales alimentarias.Promover, los cambios en los hbitos y patrones de alimentacin de la poblacin, con problemas de desnutricin. Esto, conjuntamente con las actividades de formacin y capacitacin y el fomento de la cultura alimentaria.Ejercer la vigilancia, regulacin y control social sobre las actividades, servicios y funciones que faciliten el proceso de intercambio y distribucin de productos agrcolas, pecuarios, pesqueros, acucola y forestal.Facilitar las gestiones de concesiones, financiamientos, actividades, medidas e inversiones, en especial los que provengan de personas de carcter social o colectivo, como medios de produccin social en el rea agroalimentaria.Fiscalizar, vigilar el precio y la calidad de los productos, comprobar el abastecimiento, investigar cualquier queja relacionada con los delitos tipificados en la Ley, como el acaparamiento, especulacin, actuacin fraudulenta, contrabando de extraccin y boicot.Promover y realizar jornadas y acciones de informacin y capacitacin.Coordinar y presentar el plan para la creacin de los comedores populares de alimentacin.Coordinar con el comit de salud la vigilancia y control de la nutricin de los nios, nia y adolescente, personas de tercera edad, y personas con ms necesidad para que estos sean atendidos por los programas sociales de nutricin que tiene el Estado Revolucionario.INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE ALIMENTACIN Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR:Ministerio del Poder Popular del Despacho de la PresidenciaMinisterio del Poder Popular para la Comunicacin y la InformacinMinisterio del Poder Popular Para La Alimentacin.CASAMERCALFUNDAPROALSADAPDVALMinisterio del Poder Popular para la SaludMinisterio del Poder Popular Para Las Comunas y Proteccin Social.Instituto Nacional de Nutricin.Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierra.Sistema Integral de Control Agroalimentario (SICA).Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los bienes y Servicios (INDEPABIS).Servicio Nacional Integrado de Administracin Aduanera y Tributaria (SENIAT).Comedores Populares.

8.COMIT DE SEGURIDAD INTEGRAL.Promover y asegurar una justicia de paz.Garantizar Seguridad ciudadana permanente.Capacitar a la comunidad Proteccin civil ante desastres naturales.Preparar y concientizar al pueblo en la Defensa popular de la Revolucin Bolivariana.Integracin pueblo-fuerza armada nacional y organizacin de los reservistas y guardias nacionales nivel de la comunidad.Promover en la adolescencia y juventud el sentimiento patritico y nacional del servicio militar para la defensa del pas y su posterior incorporacin a la guardia territorial.En este sentido debe identificar y controlar factores de riesgo en cuanto a conflictos vecinales, delincuencia, trfico y consumo de drogas, accidentes naturales (inundaciones, deslizamientos de terrenos, micro-zonificacin ssmica, etc.), sabotaje, desestabilizacin golpista, terrorismo y agresin extranjera.

9.COMIT DE RECREACIN ,DEPORTES Y CULTURA

Universalizacin del deporte y la recreacin al alcance de las mayoras.Promover programas de desarrollo integral deportivo en nios, nias, adolescentes, adultos y 3era edad.Proponer a la comunidad Normativas de uso de los espacios deportivos y recreativos, que conlleven a una distribucin equitativa y colectiva del tiempo de uso, responsabilidades, comisiones de funcionamiento y mantenimiento.Captar a travs de las actividades recreativas los talentos deportivos.Promocionar y u organizar coordinadamente con los organismos competentes y el Consejo Comunal, la realizacin de eventos recreativos para los integrantes de la comunidad, en reas tales como: excursiones, montaismo, planes vacacionales, campamentos, juegos (de mesa y tradicionales), encuentros, descanso pasivo, fiestas bailables, canto, pintura, visitas a sitios de inters histrico, cultural y arqueolgico.Ejecutar programas y proyectos de mejoramiento, ampliacin, dotacin y construccin de edificaciones deportivas, tales como canchas, campos, gimnasios, piscinas y otros.Hacer seguimiento a los proyectos introducidos en las fuentes financiadoras y esperar las aprobaciones.Llevar el control y seguimiento del cumplimiento de lo planificado estipulado en los proyectos.Llevar el control de los gastos apegados a los mecanismos de rendicin de cuenta establecidos por los entes financiadores.Realizar torneos y encuentros deportivos y captar a travs de las actividades los talentos deportivos.Articular con los dems voceros o comits de reas afines, las actividades de manera de unificar esfuerzos y recursos.Gestionar ante los organismos competentes la realizacin de cursos, charlas para la capacitacin de los integrantes de la comunidad, disciplinas deportivas que puedan practicarse fcilmente en la zona, en reas tales como: futbolito, voleibol, ftbol, ciclismo, natacin, atletismo.Asegurar el acceso pleno a la cultura (fiestas tradicionales, msica, danza, teatro, tteres, artes plsticas, artesana, literatura tradicional y contempornea, narracin oral escnica, etc.Fomentar la Cultura Popular en las instituciones de educacin, misiones, OCB, etc.Incorporar a la comunidad a las actividades y organizaciones culturales promovidas por las instituciones pblicas y privadas, al igual que al fortalecimiento y consolidacin de la Misin Cultura.Integrar las culturas de cada regin a un espacio donde todos demos a conocer nuestra idiosincrasia y tradiciones de cualquier lugar del pas o fuera de el, siempre que contenga un valor cultural popular.INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE RECREACIN, DEPORTE Y CULTURA

Ministerio del Poder Popular para el Deporte.Instituto Nacional de Parques (INPARQUES).Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.Fundacin de Educacin Ambiental (FUNDAMBIENTE).Asociacin SCOUTS de Venezuela y Guas Scouts.Ministerio del Poder Popular para el TurismoVenetur.COMIT DE EDUCACIN INTEGRAL, FAMILIA Y FORMACIN CIUDADANA.Es el comit que impulsa el derecho a la educacin integral, de calidad permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin limitaciones. Debe desarrollar proyectos que conlleven al fortalecimiento, impulso y promocin de la cultura, el cual constituye el incentivo y estmulo para las personas, instituciones y comunidades.Funciones:. Promover proyectos y propuestas en la comunidad en materia de formacin ciudadana.. Control de las reuniones del Comit. Redactar las minutas semanales. Coordinacin de la informacin.. Contacto con los otros Comits para la coordinacin de actividades. Redactar y entregar las solicitudes de las constancias de Carta de Residencia.. Informar a nivel escolar y comunal sobre las causas ms frecuentes de enfermedades locales, producto de riesgos biolgicos, fsicos y qumicos.. Promover la Educacin para la Salud, con el fin de preservar la salud fsicaymental de la comunidad.. Realizar propuestas y proyectos de mantenimiento, mejoramiento, ampliacin y dotacin de planteles y ambientes educativos.. Fomentar la formacin ciudadana, promoviendo charlas informativas y educativas en las instituciones de educacin.. Incorporar a la comunidad, a las actividades y organizaciones culturales, promovidas por las instituciones pblicas y privadas, fortaleciendo y consolidando la cultura de la comunidad.. Propiciar el desarrollo de asambleas de ciudadanos y ciudadanas con el fin de informar y dar a conocer los logros en el rea de trabajo.

INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE EDUCACIN, CULTURA Y FORMACIN CIUDADANA.

Ministerio del Poder Popular para la EducacinMinisterio del Poder Popular para la Educacin UniversitariaInstituto Nacional de Capacitacin Educativa Socialista (INCES)Ministerio del Poder Popular para la CulturaConsejo Nacional de la Cultura (CONAC)Casa de la Cultura.Grupo de Artesanos.Grupos de Teatro.Cines y Medios Audiovisuales.Emisoras comunitarias.Canales comunitarios.

MESA DE TRABAJO FAMILIA E IGUALDAD DE GNEROLevantar un censo y elaborar el diagnstico de la situacin de las familias y personas en situacin de riesgo, que ameriten asistencia con los programas sociales.El vocero del rea ser el encargado de la divulgacin y conocimiento de las leyes y reglamentos, referidos a la materia, especialmente la Ley de Proteccin de la Familia, Maternidad y Paternidad y la Ley de Rgimen Prestaciones de Servicios Sociales al Adulto Mayor.Elaborar el plan de accin, para la atencin integral de las familias que se encuentra bajo alguna circunstancia de vulnerabilidad.Elaborar una data sistematizada, sobre instituciones pblicas y privadas, que atiendan los casos sealados y generar mecanismos de articulacin y cooperacin institucional.Fomentar el inters de la comunidad, la familia y las organizaciones sociales, en la proteccin de los adultos y adultas mayores e indigentes.

Promover y fortalecer la participacin comunitaria y cooperacin de los entes pblicos y privados, a travs de la conformacin de Centros de Servicios Sociales, Redes de Servicios Sociales y voluntariado, para apoyar la ejecucin de acciones en beneficio de la familia y personas en situacin de riesgo.

Promover la incorporacin de personas adultas mayores y/o con discapacidad como instructores o facilitadores, en programas dirigidos a la alfabetizacin, capacitacin laboral, difusin de la cultura, entre otras.Promover la realizacin de asambleas informativas donde den a conocer los logros, en esta materia.

INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN ELMESA DE TRABAJO FAMILIA E IGUALDAD DE GNERO

Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Proteccin Social.Negra HiplitaIDENAINASSMisin Jos Gregorio HernndezMinisterio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Gnero.Madres del BarrioMinisterio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad SocialMinisterio del Poder Popular para la Alimentacin.Defensora del Pueblo.FUNCIONES DE LA MESA DE TRABAJO PARA LA PROTECCIN SOCIAL DE NIOS, NIAS Y ADOLESCENTESCaracterizar la informacin en sistema de datas de adolescentes embarazadas, personas con discapacidad, enfermedades terminales, adultos mayores abandonados/as o en condiciones de pobreza extrema, personas frmaco- dependientes, nios y nias no escolarizados en su comunidad.Elaborar un plan de accin para la atencin integral de los Nios Nias y Adolescentes de su comunidad, debe contemplar la actuacin integral, complementaria con las distintas misiones sociales que se estn desarrollando en el campo de salud, educacin, produccin-empleo en el caso de los adolescentes, deporte, cultura, as mismo, disear y/o buscar apoyo tcnico para la elaboracin de proyectos de atencin integral y preventivo de las personas en situacin de pobreza extrema, previa elaboracin del diagnstico participativo el cual debe estar aprobado por la comunidad.Sistematizar la informacin que tengan de las casas de alimentacin en las comunidades donde existan y realizar evaluacin de la condicin socioeconmica, familiar, laboral, y educacional de los comensales.Conocer las iniciativas comunitarias e individuales que ayuden a la poblacin ms vulnerable de la comunidad, susceptible de ser lastimado o herido ya sea fsica o moralmente y que se encuentran en situacin de alto riesgo.Elaborar un mapa de Misiones, instituciones pblicas que atienden a la poblacin ms vulnerable para generar mecanismos de articulacin y cooperacin institucional.Participar activamente en el Plan de Formacin para los integrantes de los Comit de Organizacin de Proteccin e Igualdad Social (COPIS), desarrollados por el Ministerio del Poder Popular para las Comunas y Proteccin Social.Realizar actividades de carcter preventivo en la comunidad, (charlas informativas o talleres de de embarazo precoz, sustancias psicotrpicas, entre otras).Realizar seguimiento y evaluacin al plan de accin para resolver situaciones extremas.Suministrar indicadores generales vinculados al mbito de la pobreza y su multidimensionalidad.En los conflictos que excedan las competencias del comit de Proteccin Social de Nios, Nias y Adolecentes, remitir al Consejo de Proteccin los datos registrado dentro del Consejo Comunal y la Comunidad.Impulsar la creacin de mesas de trabajos integrales con los diferentes organismos del Estado, en aras de implementar los programas sociales dentro de la comunidad y comunidades adyacentes, que ayuden a luchar contra la exclusin discriminacin de las personas en estado de vulnerabilidad.Impulsar programas deportivos, culturales y recreativos que ayuden al desarrollo vigoroso de los Nios, Nias y Adolecentes de sus comunidades y comunidades adyacentes.

Todas aquellas que de sean atribuidas por la Ley de Procedimientos Especiales en materia de Proteccin Familiar de Nios, Nias y Adolecentes.

INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE PROTECCIN SOCIAL DE NIOS, NIAS Y ADOLESCENTES:Ministerio del Poder Popular para la Alimentacin.Ministerio del Poder Popular Para Las Comunas y Proteccin Social. (IDENA, MISIN NEGRA HIPOLITA, MISIN JOSE GREGORIO HERNANDEZ).Defensora del Pueblo.Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.Ministerio del Poder Popular para el Deporte.Instituto Autnomo de Consejo Nacional de Derecho de Nios, Nias y Adolecentes.Despacho de la Presidencia de la RepblicaMinisterio del Poder Popular para la Educacin.Ministerio del Poder Popular para la Cultura.

12.COMIT DE MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOSCrear medios de comunicacin alternativos con los habitantes de la comunidad como: El Peridico Comunal, Cayapa Permanente, Radio Comunitaria, Radio Parlante, Blog de la Comunal.Propiciar el desarrollo de las asambleas de ciudadanos y ciudadanas con el fin de informar y dar a conocer los logros del Consejo Comunal.Organizar en coordinacin con los organismos del Estado tales como: cinematecas, bibliotecas pblicas, saln de lectura, presentacin de pelculas, foros, talleres y discusin de temas informativos en el mbito nacional e internacional.Elaboracin del plan de las actividades tomando en cuenta la agitacin dentro de las comunidades; y la participacin de los consejos comunales y otras organizaciones sociales que hacen vida en el sector.Fomentar la utilizacin de los medios de comunicacin alternativos como instrumento de formacin.Fortalecer los medios de comunicacin del Estado y democratizar sus espacios de comunicacin.Establecer como obligatorio la utilizacin de cdigos especiales de comunicacin para las personas con discapacidad.Consolidar, con los dems medios alternativos, un sistema red para combatir la desinformacin.Establecer contacto con los Ministerios correspondiente, para facilitar el acceso a la educacin universitaria en el rea de telecomunicaciones.Crear crculos de luchas populares y del buen vivir que permitan establecer instrumentos para organizar y movilizar a las comunidades en torno a problemas especficos, en la bsqueda de soluciones colectivas.

INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES CON COMPETENCIA EN EL COMIT DE MEDIOS ALTERNATIVOS COMUNITARIOS

Ministerio del Poder Popular para la Comunicacin y la InformacinMinisterio del Poder Popular Para Las Comunas y Proteccin Social.Defensora del PuebloMinisterio del Poder Popular la EducacinMinisterio del Poder Popular la Educacin SuperiorMinisterio del Poder Popular Para La Seguridad y DefensaMinisterio del Poder Popular Para la Ciencia y Tecnologa.13. INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS. Este comit se encargara de Las bienhechuras y areas comunes de la comunidad, llmese calles, avenidas .. Mantendr el contacto con los entes gubernamentales que se encarguen de los servicios de gas, luz ,telfono ,agua y obras publicas .. Realizara mesas tcnicas para garatizar la supervsion de los servicios para la comunidadMESA TCNICA DE AGUAUna Mesa Tcnica de Agua no es otra cosa sino la respuesta ciudadana a cualquier problema de acceso al vital alimento, por tanto su responsabilidad es lograr dotar a la comunidad los elementos necesarios al logro de un derecho vital de vida: el agua.La realizacin del plano o croquis de la comunidad, identificando el sistema de tuberas de aguas blancas y servidas. El plano que la comunidad aporta es un plano vivo, un plano hablado, un plano con una leyenda mucho ms profunda en el cual est incorporada una grandsima cantidad de informacin.Realizar un diagnstico sobre las necesidades de la Comunidad en relacin al servicio de agua potable aguas servidas y sistema hdrico que pueda haber dentro de su espacio.Establecer mesas de trabajos que lleven a la elaboracin de Proyectos Comunitarios para mejorar el sistema de agua potable, agua servida y rescate del programa hdrico comunitario.Orientar la participacin de la comunidad en general y de los suscriptores y usuarios en particular, en el desarrollo y en la supervisin de la prestacin de los servicios.Divulgar informacin sobre aspectos relativos a la prestacin de los servicios y en particular sobre los derechos y obligaciones de los suscriptores.Participar en la Mesa Tcnica Parroquial y programar con la Oficina Nacional para el Desarrollo de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento (ONDESAPS), los Programas y proyectos a ser ejecutados dentro de su comunidad.Promover la investigacin a fin de desarrollar tecnologas apropiadas y acordes con las caractersticas y modalidades de gestin de los servicios a aplicar dentro de su comunidad.Promover un sistema de rescate y saneamiento de las cuencas, ros y lagos de agua potable, donde esta lo hubiera Conjuntamente con el comit de Medios Alternativos Comunitarios.Disear e implementar un sistema de informacin del valor que tiene los sistemas hidricos en nuestra nacin, as como el racionamiento que se debe implementar dentro de las comunidades.Conocer y tratar sobre aspectos relativos al sistema tarifario y modificaciones o ajustes de las tarifas en los servicios de agua potable, donde este lo requiera.Interactuar entre los Consejos Comunales Adyacente y las Comunas en Construccin para implementar y desarrollar la potencialidades y capacidades de la comunidad en el sistema de recuperacin de del ecosistema-hdrico.Todas aquellas que le sean otorgadas por el Consejo Comunal y la Ley Orgnica para la Prestacin de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento.MESA TCNICA DE ENERGA Y GAS.Realizar el diagnstico participativo.Elaborar el Plan de Accin de la comunidad.Disear el proyecto de servicio energtico (Electricidad o Gas).Desarrollar jornadas sobre el uso racional y eficiente de la energa.Articular con las diferentes instancias de gobierno (Alcaldas, Juntas Parroquiales, CLPP), y dems organismos involucrados en el suministro de los servicios.Participar en la organizacin de una red de inteligencia social en defensa de los servicios energticos.Informar peridicamente a la comunidad sobre las actividades realizadas.Articular relaciones de trabajo entre las diferentes Mesas de Energa existentes en su jurisdiccin.14. COMIT MISIN NEVADO. Este comit tiene como principales objetivos rescatar y proteger a los animales en situacin de calle, impulsar el reconocimiento de los Derechos Animales y crear conciencia sobre el deber que tenemos los seres humanos hacia ellos y hacia la Madre Tierra.. Contribuir con el bienestar, atencin y proteccin de perros, perras, gatos y gatas en situacin de calle, maltrato o abandono, promoviendo el desarrollo y consolidacin de una conciencia crtica social sobre el deber de todos los ciudadanos de reconocer y hacer cumplir los Derechos de los animales y de la Madre Tierra.. Promover las polticas pblicas en materia de proteccin y salud animal que promuevan la atencin integral a la fauna domstica en situacin de calle, maltrato y abandono, as como la promocin de los Derechos de los Animales y la Madre Tierra.. Denunciar al ente estatal sobre casos de maltrato animal.. Contactar a los entes gubernamentales para la realizacin de operativos de vacunacin, control de natalidad y adopcin, para la buena salud y bienestar de todos y todas nuestras mascotas.