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Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental 1 XIV Congreso Internacional de la Academia de Ciencias Administrativas A. C. (ACACIA). Título del trabajo. Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental Capítulo o mesa en el que se registra el trabajo Capítulo: 7. Administración Pública Nombre del autor y coautores C.P. y M. A. María del Carmen Morales Tostado. Profesor de Asignatura nivel D. Departamento de Contabilidad. Universidad de Sonora. Hermosillo, Sonora. Estudiante del Doctorado en Estudios Fiscales de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Sinaloa. PNPC- CONACyT. Culiacán, Sinaloa. Email: [email protected]. Teléfono: 01 66 71 72 07 84 C.P. y M. I. Angélica María Alor Ham. Maestro de Asignatura B. Universidad Autónoma de Sinaloa. Culiacán, Sinaloa. Colaboradora del Cuerpo Académico Consolidado Desarrollo de las Organizaciones. Estudiante del Doctorado en Estudios Fiscales de la Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Sinaloa. PNPC- CONACyT. Culiacán, Sinaloa. Email: [email protected]. Teléfono: 66 71 25 82 56 L.I. y M.D.E. Sara Ruiz Iduma. Profesor de Tiempo completo. Departamento de Contabilidad. Universidad de Sonora. Hermosillo, Sonora. Candidata a Doctor por la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Madrid. España. Email: [email protected]. Teléfono: 01 66 22 18 02 16 Dirigir las comunicaciones a: María Del Carmen Morales Tostado. Email: [email protected] Domicilio: Avenida Dr. Mora No. 1330 Entre Avenida Sinaloa y Laguna del Carmen Colonia Las Quintas. Culiacán, Sinaloa. Teléfono: 01 66 71 72 07 84 Teléfono celular. 66 21 39 07 97

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  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    1

    XIV Congreso Internacional de la Academia de Ciencias Administrativas A. C.(ACACIA).

    Título del trabajo.Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    Capítulo o mesa en el que se registra el trabajo

    Capítulo: 7. Administración Pública

    Nombre del autor y coautoresC.P. y M. A. María del Carmen Morales Tostado. Profesor de Asignatura nivel D.

    Departamento de Contabilidad. Universidad de Sonora. Hermosillo, Sonora. Estudiante

    del Doctorado en Estudios Fiscales de la Facultad de Contaduría y Administración de la

    Universidad Autónoma de Sinaloa. PNPC- CONACyT. Culiacán, Sinaloa.

    Email: [email protected]. Teléfono: 01 66 71 72 07 84

    C.P. y M. I. Angélica María Alor Ham. Maestro de Asignatura B. Universidad Autónoma

    de Sinaloa. Culiacán, Sinaloa. Colaboradora del Cuerpo Académico Consolidado

    Desarrollo de las Organizaciones. Estudiante del Doctorado en Estudios Fiscales de la

    Facultad de Contaduría y Administración de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

    PNPC- CONACyT. Culiacán, Sinaloa. Email: [email protected].

    Teléfono: 66 71 25 82 56

    L.I. y M.D.E. Sara Ruiz Iduma. Profesor de Tiempo completo. Departamento de

    Contabilidad. Universidad de Sonora. Hermosillo, Sonora. Candidata a Doctor por la

    Universidad Nacional de Educación a Distancia. Madrid. España.

    Email: [email protected]. Teléfono: 01 66 22 18 02 16

    Dirigir las comunicaciones a:María Del Carmen Morales Tostado. Email: [email protected]

    Domicilio: Avenida Dr. Mora No. 1330 Entre Avenida Sinaloa y Laguna del Carmen

    Colonia Las Quintas. Culiacán, Sinaloa. Teléfono: 01 66 71 72 07 84

    Teléfono celular. 66 21 39 07 97

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]:[email protected]

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    Título del trabajo.

    Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    Resumen (20 renglones)

    El análisis se centra en el Federalismo que se entiende como unión o alianza de partes

    que antes estaban separadas y que se unieron a través de un pacto o acuerdo. Las

    partes separadas son las Entidades Federativas que eran estados soberanos y

    decidieron unirse a través de un pacto y conformar la federación, para con ello dar

    origen a dos órganos de gobierno: los federales y los locales.

    Para adherirse al Sistema Nacional de Coordinación fiscal las autoridades fiscales

    federales y estatales deberán celebrar un convenio de adhesión y con ello las

    entidades federativas y sus municipios se obligan a suspender o derogar determinados

    gravámenes a efecto de eliminar la doble o tributación y la federación se compromete a

    distribuir las participaciones federales entre las diferentes entidades, todo esto en el

    marco de la Ley de Coordinación fiscal.

    La Ley Federal de Transparencia y acceso a la Información pública gubernamental,

    obliga a poner a disposición de la sociedad la información sobre el desempeño del

    gobierno, por lo que es un instrumento que coadyuva a la rendición de cuentas y el

    combate a la corrupción del gobierno. Con la participación activa de la sociedad civil se

    enriquece el proceso de transparencia, asegurando la difusión, participación y discusión

    de la sociedad como una responsabilidad entre los actores sociales: ciudadanos,

    congresos estatales, ayuntamientos, instituciones educativas, de investigación,

    empresarios, medios de comunicación, organizaciones civiles y público en general.

    Tres palabras claves

    Federalismo, transparencia, gubernamental

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    Sumario: 1. Introducción, 2. Objetivos, 3. Metodología de investigación, 4. Análisis del

    Federalismo, 4.1. Antecedentes del Federalismo, 4.2. Retos del Federalismo, 5. Leyes y

    acuerdos, 5.1.Antecedentes, 5.2. Conferencia Nacional de Gobernadores, 6.

    Transparencia de la información pública gubernamental, 6.1. Antecedentes, 6.2.

    Transparencia y Responsabilidad, 6.3. Avances de transparencia en el presupuesto de

    egresos, 7.Organos que participan en la transparencia del gobierno. 7.1. Antecedentes,

    7.2. Tecnologías de la información en la transparencia del gobierno, 7.3. Instituto

    Federal de Acceso a la Información Pública, 7.4. Secretaria de la Función Pública, 7.5.

    Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 7.6. Instituto para el Desarrollo Técnico de

    las Haciendas Públicas, 8. Conclusiones.

    Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    1.- Introducción

    Este trabajo relaciona el federalismo fiscal con la obligación de transparencia de la

    información del gobierno y se abordarán temas inherentes a ambos, dentro de ellos se

    revisarán los antecedentes tanto del Federalismo como de la Transparencia del

    gobierno, las leyes que les dan sustento, haciendo énfasis en la Ley de Coordinación

    fiscal y el convenio de adhesión que deberán celebrar la autoridad federal con la

    autoridad estatal para adherirse al Sistema Nacional de Coordinación fiscal y con ello

    las entidades federativas se obligan a dejar de recaudar impuestos por conceptos

    gravados por impuestos federales y a cambio reciben participaciones federales.

    Los objetivos del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, es dar uniformidad y

    armonía a los procedimientos para distribuir las participaciones entre las diferentes

    entidades y fortalecer las haciendas púbicas de los tres niveles de gobierno; así como

    la obligación a las entidades federativas y sus municipios de suspender o derogar

    determinados gravámenes a efecto de eliminar la doble o tributación.

    Se presenta un cuadro con las participaciones pagadas a las Entidades Federativas en

    el ejercicio 2009 en orden descendente según el monto de participaciones, el papel que

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    ha desempeñado la Conferencia Nacional de Gobernadores como motor para cambios

    importantes en beneficio de las entidades federativas,

    Se analizan artículos de la Ley Federal de Transparencia y acceso a la Información

    pública gubernamental, considerada como un instrumento que coadyuva a la rendición

    de cuentas y el combate a la corrupción del gobierno, los avances en este tema que se

    ven reflejados en el presupuesto de egresos para el ejercicio 2010.

    Los gobiernos tienen la obligación de poner a disposición de la sociedad la información

    sobre su desempeño y en cuestión de repartición de dinero es necesario ser claros ya

    que la ciudadanía requiere conocer como se distribuyen y que se hace con sus

    contribuciones.

    En el cumplimiento de la obligación de hacer transparente la información pública

    gubernamental en el ámbito federal, estatal y municipal, participan algunas Secretarias

    de Estado e instituciones diversas que señalaremos en el presente trabajo.

    Así mismo se considera que la Reforma del Estado, requiere un marco legal que

    privilegie la participación ciudadana y lo más importante requiere llevarse a la práctica;

    por ello, se realizar un análisis de la sociedad donde se posicione como la base

    fundamental para que realmente el gobierno informe sobre su desempeño y rinda

    cuentas de su función.

    2.- Objetivos

    2.1. Analizar el marco jurídico del Federalismo y la transparencia de la

    información pública gubernamental.

    2.2. Organizar la información sobre las participaciones federales a las

    entidades federativas

    2.3. Identificar las entidades federativas que reciben mayor cantidad de

    participaciones federales

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    2.4. Investigar la información que se proporciona a través de las páginas

    electrónicas de instituciones involucradas en el cumplimiento de la obligación de

    transparencia.

    2.5. Distinguir los retos que se tienen en nuestro país en el cumplimiento de la

    transparencia de la información pública gubernamental.

    3.- Metodología de investigación

    Para la realización de esta investigación se revisaron libros, artículos en revistas

    especializadas y páginas electrónicas de las instituciones gubernamentales

    relacionadas con el tema de transparencia y acceso a la información.

    La Técnica utilizada fue el análisis documental y el instrumento lo constituyó la guía de

    análisis documental. El tipo de investigación es informativo ya que brinda una

    panorámica del impacto del Federalismo en las finanzas públicas de Estados y

    Municipios, así como la obligación de transparencia y acceso a la información.

    Una vez revisada la información se procedió a estructurar el tema vinculando el

    federalismo con la transparencia y acceso a la información pública gubernamental.

    Posteriormente se visitaron las páginas electrónicas de las instituciones relacionadas a

    la transparencia de información y se realizaron búsquedas para evaluar el grado de

    facilidad o complejidad para obtener la información relacionada a leyes, reglamentos,

    acuerdos, presupuestos, participaciones a los estados, partidas especiales, entre otras.

    Con la información obtenida se elaboró un cuadro que permite conocer el monto de las

    participaciones pagadas a las entidades federativas en el ejercicio fiscal de 2009 en

    orden descendente.

    Finalmente se dan a conocer las conclusiones de nuestra investigación.

    4.- Análisis del Federalismo

    4.1. Antecedentes del Federalismo

    Al abordar el tema de Federalismo es necesario como punto de partida definir el

    termino Federalismo y para ello se debe recurrir a la raíz etimológica del vocablo

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    federalismo que proviene del latín de las raíces fodeus o federare cuyo significado es

    unión o alianza, pacto o acuerdo1. Al darle significado a las raíces del vocablo

    Federalismo se entiende como unión o alianza de partes que antes estaban separadas

    y que se unieron a través de un pacto o acuerdo.

    Las partes que estaban separadas son las Entidades Federativas que eran estados

    soberanos y decidieron unirse a través de un pacto y conformar la federación, para con

    ello dar origen a dos órganos de gobierno: los federales y los locales. Dentro de estos

    últimos se pueden señalar a las Entidades Federativas, al Distrito Federal y los

    Municipios.

    Un rasgo que caracteriza a esta unión es que las partes están coordinadas entre sí, no

    debe existir relación de supra o subordinación, razón por la cual los funcionarios de las

    entidades federativas son autónomos para tomar decisiones. Cada uno como órganos

    federales y órganos locales tienen su propia esfera competencial y se encuentran

    ambos subordinados a la Constitución. De ahí la idea de autonomía entre estas dos

    órganos de gobierno.

    El Federalismo según Hernández, (1984, p. 49) es una estructura vinculada al Estado

    en su dimensión formal reducida a su naturaleza estrictamente jurídica y es también un

    régimen que se involucra con los problemas políticos y no exclusivamente con las

    reglas formales.

    En este sentido al estudiar el Federalismo está implícito analizar también los problemas

    de México, ya que de alguna forma están condicionados por la manera en que se

    distribuyen los recursos económicos.

    Bobbio, (1985 p.691), concibe teóricamente al federalismo de la siguiente forma:

    ..es la teoría política que por primera vez en la historia establece el valor de

    la paz como objetivo específico de lucha. Y se distingue de todas las

    expresiones modernas del pensamiento político y social que conciben la paz

    1 Gamiz Parral (2000). Derecho y Doctrina Estatal. P. 19.

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    como consecuencia automática y necesaria de la transformación de las

    estructuras internas de los estados en sentido liberal, democrático y

    socialista y le asignan, por lo tanto, una posición subordinada.

    Retomando los postulados de los autores del Federalista Hamilton, Jay y Madison

    (1982), se infiere que el federalismo es un proceso evolutivo relacionado directamente

    con el constitucionalismo y que inicialmente fue considerado como un principio de

    configuración política, sin embargo, en la actualidad se incluye primordialmente el

    aspecto económico, como un elemento fundamental para alcanzar una mejor relación

    entre la federación y los estados miembros, mediante el establecimiento de limitantes

    sobre el poder federal.

    Reyes, (1974), en su libro El Liberalismo Mexicano, postula que son los estados

    soberanos quienes celebran un pacto (Federan: hacer alianza o pacto) mediante sus

    representantes, por el que crean la federación y expresan los derechos que le ceden;

    establece además, que entre lo poco que el liberalismo mexicano consigue plenamente

    en sus orígenes, está la consignación de la forma federal.

    Al analizar la evolución del Federalismo en nuestro país coincidimos con Carpizo (1983,

    p.88) que señala lo siguiente: ...el sistema federal fue una necesidad, que sirvió para

    unir lo que se estaba desuniendo, y que en los últimos años de la colonia existió un

    principio de descentralización política que constituye el germen del Sistema Federal

    Mexicano...

    Es necesario profundizar en cada uno de los actores principales en el federalismo como

    son el estado federal y los estados miembros o federados, tenemos que Jellinek (1958,

    p.622) se refiere al Estado Federal como .. un Estado soberano formado por una

    variedad de Estados. Su poder nace de la unidad estatista de los Estados miembros.

    Se trata de una unión de Derecho Público entre Estados...Y definía a los Estados

    miembros o federados como aquellos ...que en conjunto son soberanos, o mejor

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    cosoberanos, en tanto que, tomados particularmente, por el contrario, están sometidos

    a determinadas obligaciones...

    En su libro Faya (1998, p. 25), nos expresa que al referirnos al federalismo se tiene que

    partir de la existencia de dos estructuras constitucionales e interdependientes: la

    organización central, creada por acuerdo de todas las entidades en ejercicio pleno de

    su soberanía y la organización constitucional local creadora de la primera.

    La Constitución Política de los Estados Unidos mexicanos de 1824 es un antecedente

    de la estructura de organización del país como sistema federal ya que en su artículo 4

    señalaba la Nación Representativa Popular Federal. Nacieron 17 estados y los

    territorios de las Californias y Colima.

    Desde 1857 la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ha mantenido el

    federalismo como uno de los postulados fundamentales del constitucionalismo

    mexicano.

    La federación invitó a los estados a coordinarse en los impuestos y su primer acuerdo

    fue el relacionado a la coordinación del impuesto federal a la producción y consumo de

    cervezas, cerillos y fósforos y de energía eléctrica. La coordinación genero diferencias y

    con el objetivo de lograr consensos y solucionar la problemática se realizaron las

    primeras convenciones fiscales que se llevaron a cabo en los años 1925,1933 y 1947.

    Es importante apuntar que la evolución del federalismo ha sido producto según

    Martínez (1996, p.13) de un proceso histórico de la sociedad mexicana expresado en

    luchas armadas, en confrontaciones ideológicas y en acuerdo de voluntades que nos

    han dado un marco constitucional y un régimen de instituciones.

    Elementos fundamentales en este tema han sido las Convenciones Nacionales

    Fiscales y las Reuniones de Funcionarios Fiscales, así como el sustento jurídico con la

    promulgación de la Ley de Coordinación fiscal, la firma del convenio de adhesión, el

    convenio de colaboración y sin duda la integración de la Conferencia Nacional de

    Gobernadores.

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    Cabe señalar la relación estrecha que guarda del tema de Federalismo Fiscal con el

    desempeño del gobierno, esto en virtud de que el Federalismo permea en todo el

    quehacer gubernamental, como lo menciona en pocas palabras Prieto, (1983, p. 16): La

    cuestión de hacienda es la gran cuestión de vida del país, contiene en sí todas las

    demás.

    4.2. Retos del Federalismo

    El gobierno mexicano tiene el compromiso de lograr una redistribución objetiva del

    poder político, distribución de los recursos económicos, facultades y atribuciones entre

    los diferentes poderes y ámbitos de gobierno, con el fin de construir un verdadero

    Federalismo que satisfaga las necesidades de sus ciudadanos y que considere el

    cambio constante que enfrenta la sociedad en su conjunto que obligan a realizar ajustes

    y adaptaciones a las instituciones gubernamentales para que respondan al reclamo

    social.

    El federalismo como forma de organización y distribución territorial del poder político

    debe basarse en una armoniosa relación entre los representantes de los niveles de

    gobierno participantes, al efecto Martínez, (1996, p.31) señala que las relaciones

    fiscales y financieras intergubernamentales constituyen una parte importante en el

    estudio de las finanzas públicas.

    El grado de complejidad de esas relaciones se encuentra vinculada a tres factores: el

    primero referido a que las relaciones intergubernamentales presentan formas distintas,

    según la organización política de que se trate, en segundo lugar las disposiciones

    constitucionales, las leyes fundamentales, el grado de descentralización y las

    tradiciones existentes en cada estado y en tercer lugar el nivel de desarrollo económico

    y social de cada estado y la situación de sus finanzas públicas.

    Camargo (2009, p.146), aborda el tema de la distribución de competencias y expresa lo

    siguiente:

    …hemos detectado en el análisis del Sistema Nacional de Coordinación

    Fiscal, que éste ha llevado a la dependencia económica de las haciendas

    públicas, a tal grado que sus ingresos propios constituyen tan sólo el 2 o 3 %

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    aproximadamente de sus respectivos presupuestos.

    En el proceso de Reforma del Estado, el tema del Federalismo es una prioridad y se

    debe ser consciente de que lo que funciono en el pasado hoy no responde a las

    necesidades de la sociedad, en ese sentido comparto las ideas que comunico Santín,

    (2001), en el Foro: Hacia una nueva cultura federalista, donde expresa que a pesar de

    que han transcurrido muchos años se sigue buscando en nuevo Federalismo: La deuda

    histórica que México tiene desde hace más de un siglo, es la conformación de un

    federalismo cooperativo, subsidiario y corresponsable entre las partes integrantes de la

    alianza federal, junto con establecimiento de una democracia incluyente, pluralista,

    representativa en condiciones de igualdad y participativa.

    Otro de los autores que han aportado a este tema es Astudillo, (1999, p.10) quien

    después de realizar un diagnostico emite la siguiente propuesta, “El fortalecimiento del

    Federalismo debería basarse en una descentralización financiera hacia los gobiernos

    estatales para que éstos cuenten con recursos propios”.

    5.- Leyes y acuerdos

    5.1. Antecedentes

    Los problemas que representaba la concurrencia en materia fiscal para el gobierno

    postrevolucionario de México, obligaron a éste a buscar mecanismos de coordinación y

    cooperación entre el gobierno central y los Estados. Para ello se adicionaron y

    modificaron artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se

    promulgaron otras leyes para dar sustento legal a la distribución de las facultades y

    participaciones fiscales. Así, se dieron tres Convenciones Nacionales en materia fiscal:

    la primera en 1925, la segunda en 1933 y la tercera en 1947.

    A la Primera Convención Nacional Fiscal asistieron los gobernadores de los estados. El

    objetivo de esta reunión fue delimitar las competencias locales y la competencia federal

    en materia impositiva. Esta Convención no brindó los resultados esperados, por lo que

    se convocó a una Segunda y a una Tercera Convención Nacional Fiscal.

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

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    Finalmente, y a raíz de dichas convenciones, en 1953 se expidió la primera Ley de

    Coordinación Fiscal, la cual habría de evolucionar en lo que se conoce como Sistema

    Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF), creado mediante ley del 22 de diciembre de

    1978, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 del mismo mes.

    Con la Ley de Coordinación Fiscal de 1980, se sentaron las bases de un esquema de

    coordinación más amplio y se comenzó a resolver el problema del reparto desigual de

    las participaciones, modificándose sustancialmente la forma de repartirlas pues se

    consideró que cierta cantidad de ellas deberían distribuirse no sólo en función de donde

    se generara la recaudación, sino dependiendo del grado de desarrollo regional. Se

    consignó igualmente que la colaboración administrativa de los estados con la

    federación debería hacerse mediante convenios.

    La creación del SNCF responde a que la idea del federalismo, como mecanismo de

    división de poderes. En los últimos años, se ha venido promoviendo la idea de

    federalismo cooperativo. El cuál significa que, en lugar de enfatizar sobre los derechos

    y la independencia de las entidades federativas, encara el problema federal

    esencialmente desde el punto de vista de la división de poderes, con el objeto de

    maximizar la efectividad de la política fiscal.

    La Ley de Coordinación Fiscal se publico en el Diario Oficial de la Federación el 27 de

    diciembre de 1978 y en el artículo 1 detalla:

    Esta Ley tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con los

    de los Estados, Municipios y Distrito Federal, establecer la participación que

    corresponda a sus haciendas públicas en los ingresos federales; distribuir

    entre ellos dichas participaciones; fijar reglas de colaboración administrativa

    entre las diversas autoridades fiscales; constituir los organismos en materia

    de coordinación fiscal y dar las bases de su organización y funcionamiento.

    El Sistema Fiscal de la Federación que se menciona en el artículo 1 de la Ley de

    Coordinación fiscal se le llama Sistema Nacional de Coordinación Fiscal en el capítulo II

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    12

    de la misma ley y en el artículo 10 describe que se debe hacer para participar en ese

    sistema y a la letra dice:

    Las Entidades que deseen adherirse al Sistema Nacional de Coordinación

    Fiscal para recibir las participaciones que establezca esta Ley, lo harán

    mediante convenio que celebren con la Secretaría de Hacienda y Crédito

    Público, que deberá ser autorizado o aprobado por su legislatura. También,

    con autorización de la legislatura podrán dar por terminado el convenio.

    El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal nace como institución en el año 1980 con la

    promulgación de la Ley de Coordinación Fiscal el 1 de enero de 1980, la cual contiene

    el Sistema Nacional de Participaciones y los instrumentos jurídicos de adhesión y de

    colaboración.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno de la Entidad de que se

    trate, ordenarán la publicación en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico

    Oficial de la Entidad, respectivamente, del convenio celebrado, por el cual la Entidad se

    adhiere; así como del acto por el que se separe del sistema; y de los decretos de la

    Legislatura de la Entidad por los cuales se autoricen o se aprueben dichos actos, que

    surtirán efectos a partir del día siguiente a la publicación que se efectúe en último lugar.

    El Sistema Nacional de Coordinación Fiscal ha resultado de beneficio en el sentido de

    que propicia la simplificación técnica y la armonización de los sistemas fiscales de los

    tres niveles de gobierno; optimización de los procedimientos recaudatorios y de

    fiscalización, ya que su consecuencia no ha sido sólo la captación de mayores

    recursos, sino la menor evasión fiscal; una mayor y mejor relación de los tres ámbitos

    tributarios.

    Los objetivos del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, es darle uniformidad y

    armonía a los procedimientos para distribuir las participaciones entre las diferentes

    entidades y fortalecer las haciendas púbicas de los tres niveles de gobierno; así como

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    13

    la obligación a las entidades federativas y sus municipios de suspender o derogar

    determinados gravámenes a efecto de eliminar la doble o tributación.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público celebrará convenio con las Entidades

    que soliciten adherirse al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que establece esta

    Ley. Dichas Entidades participarán en el total de los impuestos federales y en los otros

    ingresos que señale esta Ley mediante la distribución de los fondos que en la misma se

    establecen.

    Cada año se publica en el Diario Oficial de la Federación los acuerdos sobre la

    distribución y calendarización de recursos, en el ejercicio 2009 dichos acuerdos se

    publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 19 de Diciembre de 2008 el Acuerdo

    por el que se da a conocer a los gobiernos de las entidades federativas la distribución y

    calendarización para la ministración durante el Ejercicio Fiscal 2009, de los recursos

    correspondientes a los ramos generales 28 Participaciones a Entidades Federativas y

    Municipios, y 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios.

    La Secretaría de Hacienda y Crédito Público publica en el Diario Oficial de la

    Federación, el calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, así

    como el monto estimado que recibirá cada Entidad Federativa del Fondo General de

    Participaciones y del Fondo de Fomento Municipal para el ejercicio fiscal de 2009 a

    más tardar el 31 de enero de 2009, de conformidad con el artículo 3o. de la Ley de

    Coordinación Fiscal.

    5.2. Conferencia Nacional de Gobernadores

    En la búsqueda de lograr el desarrollo equitativo de todos los miembros de la

    federación, se han realizado reuniones con los Gobernadores que son protagonistas en

    la toma de decisiones en su respectiva Entidad Federativa, ellos que conforman la

    Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO) que busca fortalecer el

    Federalismo mediante mecanismos democráticos y manteniendo pleno respeto de las

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    14

    instituciones, funciona como un espacio institucional permanente de vinculación,

    consulta, deliberación, diálogo y concertación para lograr un equilibrio entre los

    gobiernos tanto federal y estatal.

    La CONAGO impulsa el fortalecimiento de las Entidades Federativas para que

    contribuyan al desarrollo nacional y cuenten con los recursos y capacidad de respuesta

    a las demandas de sus comunidades.

    En la reunión celebrada por la CONAGO en agosto de 2003, los Gobernadores

    reconocieron la necesidad de realizar esfuerzos en todos los órdenes para administrar

    con mayor eficiencia y transparencia los recursos públicos, procurando proteger y

    elevar el nivel de vida de las familias mexicanas.

    Los Ejecutivos Estatales señalaron que los principios básicos del Federalismo servirán

    para establecer un método de colaboración para alcanzar de manera progresiva los

    consensos, y así construir un Federalismo acorde a la realidad nacional. Donde se

    incrementen los recursos de las haciendas públicas estatales y municipales y se

    fiscalice la utilización de los mismos, así como procurar afianzar el marco jurídico.

    En la reunión de la CONAGO del 20 de agosto de 2003: Hacia la Convención Nacional

    Hacendaria de 4 Ciénagas, Coahuila, el entonces Gobernador de Zacatecas Ricardo

    Monreal Ávila, hace señalamientos importantes en su mensaje que reafirma la

    necesidad de realizar cambios en el Sistema Fiscal y define también objetivos claros:

    Del diagnóstico del sistema hacendario prevaleciente surge la necesidad

    de una Reforma Hacendaria que considere ingreso, gasto y deuda; la

    interacción de estos tres componentes; la descentralización y la

    colaboración administrativas; la armonización de los sistemas hacendarios

    federal, estatales y municipales; y la transformación del Sistema Nacional

    de Coordinación Fiscal en un Sistema Nacional de Coordinación

    Hacendaria, que contribuya al crecimiento económico, al desarrollo

    nacional y la generación de empleo.

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    15

    Han transcurrido algunos años desde la reunión de la CONAGO donde se realizó el

    diagnostico anterior y sin embargo es poco lo que se ha avanzado desde entonces. Se

    sigue en la búsqueda de una reforma que permita hacer llegar los recursos

    gubernamentales suficientes y oportunos a las entidades y municipios para ser

    utilizados con mayor eficiencia y oportunidad y otorgar los servicios públicos a los

    ciudadanos.

    A pesar de que la CONAGO ha realizado treinta y siete reuniones ordinarias y cinco

    reuniones extraordinarias hasta diciembre de 2009, se puede apreciar que no se han

    logrado los consensos y los cambios que han propuesto algunos Gobernadores. Otro

    aspecto que es preciso puntualizar es la disminución de reuniones anuales de 2007 a

    2009.2

    6.- Transparencia de la información pública gubernamental

    6.1. Antecedentes

    En México en el año 2002 entró en vigor la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la

    Información Pública gubernamental, que obliga al Gobierno Federal a poner a

    disposición del público en medios electrónicos la información relevante de los tres

    poderes y sus órganos autónomos.

    El derecho a la información en nuestro país está incorporado a la Constitución en el

    artículo 6 desde el año 1977, que a la letra dice:

    La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial

    o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de

    terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho a la

    información será garantizado por el estado.

    2 Reuniones de la CONAGO: 2002=5, 2003 = 8, 2004 = 9, 2005 =4, 2006 = 4, 2007 = 3,2008 = 2 y 2009 = 2. http://www.conago.org.mx/reuniones/Anteriores.aspx

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    16

    El artículo 6 constitucional se reforma mediante decreto 13 de Noviembre de 2007

    para quedar como sigue:

    La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición

    judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los

    derechos de terceros, provoque algún delito, o perturbe el orden

    público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos

    por la ley, el derecho a la información será garantizado por el estado.

    Para constituir el fundamento legal para la protección de la garantía del derecho

    al acceso a la información tanto en la federación, los estados y municipios se

    realizaron adiciones mediante decreto el artículo 6 constitucional, que se

    publicaron en el diario oficial de la federación el día 20 de julio de 2007

    adicionando siete fracciones.

    A continuación se describe de forma resumida el contenido de cada una de las

    fracciones que se adicionaron al artículo 6 constitucional:

    I.- Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y

    organismo federal, estatal y municipal, es publica y solo podrá ser reservada

    temporalmente por razones de interés público.

    II.- La información que se refiere a la vida privada y los datos personales

    será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes.

    III.- Toda persona sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su

    utilización. Tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos

    personales o a la rectificación de estos.

    IV.- Se establecerán mecanismos de acceso a la información y

    procedimientos de revisión expeditos.

    V.- Los sujetos obligados deberán preservar sus documentos en archivos

    administrativos actualizados y publicaran a través de los medios electrónicos

    disponibles.

    http://www.conago.org.mx/reuniones/Anteriores.aspx

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    17

    VI.- Las leyes determinaran la manera en que los sujetos obligados deberán

    hacer pública la información relativa a los recursos públicos que entreguen a

    personas físicas o morales.

    VII.- La inobservancia a las disposiciones en materia de acceso a la

    información pública será sancionada en los términos que dispongan las

    leyes.

    Con estas adiciones al artículo 6 constitucional se describen con mayor detalle

    situaciones que estaban sujetas al criterios de los sujetos obligados. A partir de

    estas adiciones se brinda la oportunidad de ejercer el derecho de acceso a la

    información con un marco constitucional ampliado.

    Los sujetos obligados a proporcionar la información pública gubernamental son

    señalados en el artículo 3 fracción XIV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a

    la información pública Gubernamental, donde se enlista a los funcionarios públicos del

    Poder Ejecutivo Federal, la Administración Pública Federal y la Procuraduría General

    de la República, el Poder Legislativo Federal, integrado por la Cámara de diputados, la

    Cámara de Senadores, la Comisión Permanente y cualquiera de sus órganos, el Poder

    Judicial de la Federación y el Consejo de la Judicatura Federal, los Órganos

    Autónomos3

    El artículo 7 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    gubernamental señala las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados y

    dentro de ellas se mencionan las siguientes: deben informar sobre la estructura

    orgánica de la entidad donde presten sus servicios, las facultades de cada unidad

    administrativa, el directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de

    departamento o sus equivalentes, la remuneración mensual por puesto y las

    3 Órganos constitucionales autónomos: Instituto Federal Electoral, la Comisión Nacional de losDerechos Humanos, el Banco de México, las universidades y las demás instituciones deeducación superior a las que la ley otorgue autonomía y cualquier otro establecido en laConstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Art. 3 fracción IX de la Ley Federal deTransparencia y acceso a la información pública gubernamental

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    18

    compensaciones que se reciban, el domicilio de la unidad de enlace y la dirección

    electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información, las metas

    y objetivos de las unidades administrativas señalados en sus programas operativos.

    López, Cohen. (2004). Describe que cada uno de los Órganos constitucionales

    autónomos cumplieron con sus obligaciones en materia de acceso a la información, a

    que estaban obligadas al desarrollar en los reglamentos o acuerdos generales, según

    lo establecido en el artículo 61 de la Ley Federal. Desde el punto de vista institucional

    deberían establecer los siguientes puntos:

    Las unidades administrativas responsables de publicar la información a que se refiere el

    artículo 7 de la Ley de acceso a la información

    Las unidades de enlace a los comités de información o sus equivalentes

    La instancia interna responsable de aplicar la Ley de acceso a la información y resolver

    los recursos, es decir, la instancia equivalente al Instituto Federal de acceso a la

    información.

    La obligación de la transparencia de la información gubernamental se presenta en el

    contexto de un compromiso internacional por contener la corrupción el cual fue

    expresado en la Convención de la ONU contra la Corrupción, cuyo texto se publico en

    diciembre de 2003.

    En la investigación de Becerra y Lujambio (2006, p.9) se plantea que el acceso a la

    información forma parte de una corriente universal, que va mucho más allá de una

    coyuntura, de una administración y se ha convertido en auténtico derecho que ya no

    puede ser ignorado, evadido o pospuesto.

    6.2.-Transparencia y responsabilidad

    En las sociedades democráticas resulta cada vez más imperativa la transparencia de la

    gestión pública y con ello una mayor claridad en el presupuesto mediante la

    identificación del origen de los ingresos y su destino, y una mayor participación de la

    sociedad en el examen de la ejecución del presupuesto.

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    19

    Los funcionarios públicos deben informar a los ciudadanos sobre su desempeño y de

    esta forma justificar la utilización de los recursos económicos en la satisfacción de

    necesidades de orden público para que los contribuyentes perciban la función del

    gobierno como honesta, responsable y eficiente.

    A partir de la entrada en vigor de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información

    Pública Gubernamental, más de 250 dependencias y entidades del gobierno federal

    tienen la obligación de atender las solicitudes de información, esta obligación brinda a la

    sociedad la oportunidad de que recupere la confianza en el gobierno, por medio del

    conocimiento de la información sobre la gestión pública, incluyendo los presupuestos

    donde se identifique el origen de los ingresos y el destino a cubrir los gastos que deben

    generar el bien común considerado este como el objetivo de todo gobierno, Pazos,

    (1991, p. 33) señala que el fin del gobierno es la generación del bien común que se

    refiere a lo siguiente: Crear, mantener y proteger la atmósfera propicia para que

    individuos y grupos se desarrollen plenamente.

    Los gobiernos tienen la obligación de poner a disposición de la sociedad la información

    sobre su desempeño y en cuestión de repartición de dinero es necesario ser claros ya

    que la ciudadanía requiere conocer como se distribuyen y que se hace con sus

    contribuciones.

    Uno de los adelantos más grandes de las últimas administraciones es precisamente la

    transparencia y el poder accesar a través de Internet a información de entidades

    públicas y esto debe hacerse extensivo a toda institución que recibe fondos que

    provienen de los contribuyentes. No se deben excluir los fideicomisos y las Instituciones

    de beneficencia pública o privada que reciben fondos del erario.

    El cumplimiento de la Ley de Transparencia y acceso a la información Pública

    Gubernamental, requiere de un compromiso político por parte del Presidente y de los

    gobernadores para dar seguimiento a los lineamientos de transparencia y de controlar y

    vigilar el ejercicio del poder de los sujetos obligados. Bajo este entendido se han vertido

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    20

    conferencias dentro de las que interesa destacar la difundida por el periódico La

    Crónica el 8 de Enero de 2010 donde Téllez publica:

    Tras afirmar que es momento de la transparencia en el ejercicio del gasto

    público, el presidente Felipe Calderón llamó a los tres órdenes de gobierno a

    terminar con la opacidad y rendir cuentas hasta del último peso aportado por

    los mexicanos. El presidente retomó palabras de Gurría, quien le antecedió

    en el discurso, para señalar que es fundamental que estados y municipios

    apliquen las mismas medidas de eficiencia, de rendición de cuentas, de

    responsabilidad y de transparencia, que son aplicables a nivel federal.4

    A pesar de que en el discurso se maneja el deber ser, en la realidad sucede lo que

    menciona Pineda, (2007, p. 196)

    Con mucha frecuencia, la visión resultante de este proceso de interacción y

    negociación de la realidad entre los actores políticos no está libre de

    conflictos ni exento de revisiones y reconstrucciones; de hecho, la historia

    política registra múltiples ciclos de revisión y reinterpretación antes de

    establecer un juicio general sobre algún gobierno.

    Al considerar lo que implica cumplir con la obligación de brindar información del

    gobierno, se puede presentar el problema de que los sujetos obligados disfracen o

    simulen situaciones y por ende información donde se presenten datos falsos, por eso

    en el tema de transparencia falta mucho por hacer y en el 2009 México bajo dos puntos

    según el Índice Latinoamericano de Transparencia Presupuestaria.

    El 10 de noviembre se difundieron los resultados de la 5a edición del Índice

    Latinoamericano de Transparencia Presupuestaria. Para 2009, el estudio

    contó con la participación de 12 países de la región. En México, la

    percepción general sobre el nivel de transparencia presupuestaria y

    4 http://www.cronica.com.mx/nota.php?id_nota=479635

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    21

    participación ciudadana sigue deteriorándose con 48 puntos: en 2007

    estaba en 50 y en 2005 llegó a los 54 puntos.5

    No hay que perder la perspectiva de que el derecho de acceso a la información es un

    derecho humano fundamental consagrado en una serie de instrumentos internacionales

    de derechos humanos, a decir, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el

    Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana de

    Derechos Humanos. En 1946, la Asamblea General de Naciones Unidas, afirmó en su

    resolución 59.6 La libertad de información es un derecho humano fundamental y la

    piedra angular de todas las libertades a las que están consagradas las Naciones

    Unidas. De esta resolución se desprende que el derecho de acceso a la información

    debe defenderse como un fin en sí mismo, en su carácter de derecho fundamental, y

    como un medio, en su dimensión de derecho facultativo para la exigencia de otros

    derechos.

    La Corte Interamericana de Derechos Humanos dictaminó en el caso Claude Reyes y

    otros: La información pertenece a las personas. La información no es propiedad del

    Estado y el acceso a ella no se debe a la gracia o favor del gobierno. Éste tiene

    información sólo en cuanto representante de los individuos.7

    5 http://www.fundar.org.mx/boletines2009/10nov1.htm

    6 En el sistema universal: Artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948);Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); Convención sobre elDerecho Internacional de Rectificación (1952); Artículo 3Convención Internacional sobre laEliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer CEDAW (1981); Artículo13de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989). A nivel regional, el SistemaInteramericano de Protección de los Derechos Humanos protege el derecho de expresión en elArtículo 13de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1978) y en el Artículo 4 dela Declaración Americana de los Derechos y Responsabilidades del Hombre. Algunosinstrumentos regionales, tales como, la Convención Americana de Derechos Humanos (Art. 42),el Protocolo de San Salvador (Art. 19), y el Pacto Internacional de Derechos Económicos,Sociales y Culturales (Art. 16),7 Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, OEA, Estudio Especial sobre el Derecho deAcceso a la Información, 2006.

    http://www.cronica.com.mx/nota.phphttp://www.fundar.org.mx/boletines2009/10nov1.htm

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    22

    Las instituciones del Estado tienen mandatos cuyo objetivo es precisamente la

    protección de los derechos de las personas y es en este sentido que cuentan con

    información de interés público. Siguiendo esta idea, la información de interés público es

    también toda aquella información que surge o se encuentra en posesión de las

    autoridades en función de las atribuciones del Estado cuyo objetivo es la protección de

    los derechos humanos.

    6.3.- Avances de transparencia en el Presupuesto de egresos

    Así mismo es avance significativo que el Presupuesto de Egresos de la Federación

    2010, contemple aspectos en Materia de Transparencia y Rendición de Cuentas del

    Gasto Público. La transparencia y rendición de cuentas no se limitan a dar a conocer en

    qué se emplean los recursos provenientes de los contribuyentes y de la renta petrolera,

    sino también qué es lo que se logra con ellos y a quiénes benefician. Para esto, el gasto

    público debe ser evaluado por sus logros concretos y por el impacto social de los

    programas y proyectos. Uno de los elementos más importantes de la acción de

    gobierno es la transparencia y la rendición de cuentas del ejercicio del gasto público.8

    A partir del Presupuesto de Egresos de la Federación 2008, se incorporaron elementos

    para ir orientando el gasto según sus resultados concretos, es el enfoque de

    Presupuesto basado en Resultados, como un nuevo modelo de presupuestación y al

    mismo tiempo se implanta el Sistema de Evaluación del Desempeño con el objeto de

    mejorar el impacto y la calidad de los proyectos y programas de la Administración

    Pública Federal, así como la rendición de cuentas y la transparencia.

    En 2008 también modifico la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

    específicamente el artículo 134, para establecerse legalmente la presupuestación

    basada en resultados; se capacitaron a cerca de 8,000 personas de la Administración

    8http://www.indetec.gob.mx/Publicaciones/Productos/presupuesto04_2009.pdf#toolbar=0&navpanes=0&zoom=80

    http://www.indetec.gob.mx/Publicaciones/Productos/presupuesto04_2009.pdf#toolbar

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    23

    Pública Federal, Poderes Autónomos y estados en los temas de Presupuesto basado

    en Resultados; y se realizaron más de 200 evaluaciones a cerca de 150 programas.

    El Presupuesto de egresos de 2010 continua con el proceso de mejorar la

    transparencia y rendición de cuentas, y fortalece algunos puntos que tienen que ver con

    la obligación de fiscalización y con el desempeño de los programas presupuestarios,

    principalmente de los estados, con la finalidad de ir homologando en materia de

    transparencia y rendición de cuentas a todos los niveles de gobierno.

    Entre éstos, destacan los siguientes:

    6.3.1. La transferencia de recursos federales a los estados y municipios está

    sujeta al cumplimiento de las disposiciones legales aplicables y disposiciones

    federales en particular, es decir, que los estados evaluarán y rendirán cuentas de

    su gasto bajo los mismos criterios que lo hace la Administración Pública Federal.

    6.3.2. Se fortalece el sistema de evaluación del desempeño del gasto que llevan

    a cabo las entidades federativas con recursos federales, al establecer la

    obligación de informar los indicadores y resultados en los informes trimestrales y

    páginas de Internet; además de introducir el enfoque llamado Presupuesto

    basado en resultados.

    6.3.3. Se mantiene la obligación de fiscalizar el gasto federalizado, es decir el

    gasto federal que se envía a los estados, a través de la Auditoría Superior de la

    Federación, con la finalidad de verificar que se hayan aplicado a los destinos

    para los cuales fueron otorgados.

    La Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental es

    un instrumento para la rendición de cuentas y el combate a la corrupción, y solo falta

    que se concreten las sanciones y se instrumenten aspectos legales para que quienes

    no cumplan la ley reciban castigo.

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    24

    7.- Órganos que participan en la transparencia del gobierno.

    7.1. Antecedentes.

    En México el derecho a la información está incorporado en nuestra Constitución desde

    el año de 1977, sin embargo hasta el año 2002 entro en vigor la Ley Federal de Acceso

    a la Información Pública Gubernamental y con ella se presenta una nueva perspectiva

    ciudadana donde le permite conocer los motivos para determinadas decisiones en el

    gobierno, así como el manejo de los recursos económicos que le brindan los

    ciudadanos.

    Al iniciar vigencia la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Gubernamental, la mayoría de los sujetos obligados no estaban preparados para

    brindar la información y tuvieron que diseñar estrategias para poder dar cumplimiento a

    lo que obliga la Ley. Aunque el artículo segundo transitorio de la Ley Federal de

    Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental señala: La publicación

    de la información a que se refiere el artículo 7 deberá completarse, a más tardar, un

    año después de la entrada en vigor de la Ley.

    7.2. Tecnologías de la Información en la Transparencia del gobierno

    La utilización de las Tecnologías de Información es invaluable en la obligación del

    gobierno en transparentar su gestión, sin embargo, lo que México necesita son

    servidores públicos comprometidos con el cambio, capaces de romper paradigmas, con

    pensamiento innovador que nos permita rendir más y orientar nuestra capacidad y

    talento a generar valor agregado con servicios de calidad a la sociedad y sus

    instituciones.

    7.3. Instituto Federal de Acceso a la Información Pública

    El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), en colaboración con la

    Secretaría de la Función Pública, se ha dado a la tarea de buscar mecanismos para

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    25

    permitirle a la ciudadanía acceder rápida y fácilmente a la información que no se

    encuentra incluida en los portales de Internet de las dependencias.

    Misión del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública

    Trabajamos para garantizar el derecho de los ciudadanos a la información

    pública gubernamental y a la privacidad de sus datos personales, así como

    para promover en la sociedad y en el gobierno la cultura del acceso a la

    información, la rendición de cuentas y el derecho a la privacidad.

    Es el organismo encargado de: garantizar tu derecho de acceso a la información

    pública gubernamental, proteger tus datos personales que están en manos del gobierno

    federal y resolver sobre las negativas de acceso a información que las dependencias o

    entidades del gobierno federal hayan formulado.

    La dirección electrónica del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública es el

    siguiente: www.ifai.gob.mx

    7.4. Secretaria de la Función Pública

    Su Misión: Consolidar un Gobierno honesto, eficiente y transparente.

    La Visión 2020: La ciudadanía participa y confía en la Función Pública.

    La Secretaría de la Función Pública ha puesto en marcha diversos programas, basados

    en su misión, visión y estrategias, con enfoques dirigidos al ciudadano o a los

    integrantes de la Administración Pública Federal. Así cumple con sus objetivos

    estratégicos y consolida un gobierno honesto, eficiente y transparente.

    Dentro de los programas que ha puesto en marcha es importante señalar en este

    trabajo el Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la

    Corrupción, donde se presentan una serie de medidas y una de las prioridades es la de

    consolidar una nueva relación del gobierno con la ciudadanía, la aplicación irrestricta de

    la ley y la plena vigencia de los principios de integridad, transparencia y rendición de

    cuentas.

    www.ifai.gob.mx

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    26

    En la presentación del Programa el Presidente Felipe Calderón Hinojosa expreso lo

    siguiente:

    El Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate

    a la Corrupción 2008-2012 que aquí se presenta, como el resto de los

    programas sectoriales y especiales, ha sido elaborado tomando como

    punto de partida la Visión México 2030 y el Plan Nacional de Desarrollo.

    Asimismo, toma en cuenta el resultado de una amplia consulta con actores

    relevantes de la sociedad que han aportado elementos de diagnóstico y de

    acción.

    Dentro de las acciones gubernamentales prioritarias se encuentran la de promover la

    cultura de la legalidad y el aprecio por la rendición de cuentas, ampliar la cobertura,

    Inhibir y sancionar las prácticas corruptas y promover estructuras profesionales,

    eficientes y eficaces del gobierno.

    Se puede accesar a la información de la Secretaria de la función Pública a través de

    internet en la dirección electrónica: www.funcionpublica.gob.mx

    7.5. Secretaria de Hacienda y Crédito Público

    Al revisar la información de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público en su página

    electrónica: www.shcp.gob.mx, se encontró una liga denominada: Coordinación con

    entidades federativas y al ingresar a ella se tiene acceso a informes de participaciones

    entregadas a los Estados.

    La Unidad de Coordinación con Entidades Federativas tiene como objetivo general

    contribuir conjuntamente con las Unidades Administrativas de la Secretaría de

    Hacienda y Crédito Público y del Servicio de Administración Tributaria Instituto de

    transparencia informativa del Estado de Sonora

    Dentro de esta información se presenta un cuadro con las participaciones pagadas a las

    Entidades Federativas.

    www.funcionpublica.gob.mxwww.shcp.gob.mx

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    27

    Participaciones pagadas a Entidades 2009 en orden descendente según monto

    de participaciones.9

    Entidad

    Federativa

    Total

    Participaciones

    Entidad

    Federativa

    Total

    Participaciones

    1 Distrito

    Federal

    46,694.3 17 Coahuila 9,054.0

    2 México 44,000.7 18 Guerrero 7,858.4

    3 Jalisco 24,098.6 19 Hidalgo 7,154.1

    4 Veracruz 21,640.0 20 San Luis

    Potosí

    7,003.6

    5 Nuevo León 17,992.2 21 Querétaro 6,560.5

    6 Tabasco 15,237.1 22 Yucatán 6,321.3

    7 Chiapas 15,183.5 23 Morelos 5,309.4

    8 Puebla 14,824.6 24 Zacatecas 5,223.1

    9 Guanajuato 14,006.0 25 Quintana Roo 5,097.3

    10 Tamaulipas 12,091.7 26 Campeche 4,907.5

    11 Chihuahua 10,816 27 Durango 4,870.0

    12 Sonora 11,590.4 28 Aguascalientes 4,266.4

    13 Michoacán 11,079.8 29 Nayarit 3,944.9

    14 Baja 10,707.5 30 Tlaxcala 3,916.0

    9 Cifras preliminares

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    28

    California

    15 Sinaloa 9,392.5 31 Colima 2,849.5

    16 Oaxaca 9298.2 32 Baja California

    Sur

    2,742.1

    Fuente: Secretaria de Hacienda y Crédito Público

    http://www.shcp.gob.mx/FINANZASPUBLICAS/finanzas_pub_info_relativa/2009/Participaciones%20diciembre%202009.pdf

    Elaborado: Morales Tostado María del Carmen

    7.6. Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas

    El Instituto para el Desarrollo Técnico de las Haciendas Públicas, es un organismo del

    Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, según lo determina el artículo 16, fracción III,

    y 22 de la Ley de Coordinación Fiscal, instituida para ese efecto en 1980.

    Sus funciones son la realización de tareas tales como: el apoyo en materia de

    capacitación, asesoría y consultoría técnica; en la realización de estudios e

    investigaciones fiscales; informar y difundir todo lo relacionado con la fiscalización; así

    como la de participar como secretario técnico de la Reunión Nacional de Funcionarios

    Fiscales, la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales y el los grupos de trabajo

    emanados del propio Sistema Nacional.

    8.- Conclusiones

    En México hemos avanzado con la expedición de la Ley Federal de Transparencia y

    Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como las leyes relacionadas con la

    transparencia en las entidades federativas, es sin duda, un avance sin precedente en

    la historia de las instituciones y también en la relación del gobierno con la sociedad.

    http://www.shcp.gob.mx/FINANZASPUBLICAS/finanzas_pub_info_relativa/2009/Particip

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    29

    Sin embargo, existen dentro del marco legal ciertos atrasos, adicionalmente, existe una

    cultura de la opacidad en el ejercicio gubernamental, particularmente en los Estados y

    municipios, ya que no se cuenta con un Órgano Superior de Fiscalización que revise el

    desempeño de todo el sector gubernamental incluyendo al propio Instituto Federal de

    acceso a la información. La transparencia de la gestión del gobierno, se puede ver

    amenazada por la influencia del dinero y los favores en política, lo que afecta al

    proceso.

    La Reforma del Estado, requiere un marco legal que privilegie la participación

    ciudadana, por ello se debe anteponer los intereses de la sociedad ante los intereses

    de grupos en el poder. Como consecuencia la sociedad civil debe participar

    activamente en promover la legislación en el terreno del control de las finanzas públicas

    y su impacto sobre la justicia social. Por ello se considera que los mecanismos de

    consulta y de participación de la ciudadanía, pueden y deben enriquecer el proceso de

    transparencia, asegurando la difusión, participación y discusión de la sociedad como

    una responsabilidad compartida entre los actores sociales: ciudadanos, congresos

    estatales, ayuntamientos, instituciones educativas y de investigación, empresarios,

    medios de comunicación, organizaciones civiles, sociales y no gubernamentales y

    público en general.

    Ante las Leyes y reformas a las mismas que ha efectuado el gobierno, y que responden

    a un mundo cada vez más globalizado, debemos impulsar la importancia de un cambio

    cultural en los servidores públicos y en los ciudadanos, donde prevalezcan los

    principios de responsabilidad, honestidad y transparencia.

    Estas actitudes en los servidores públicos serán cada vez más apreciadas, por lo tanto

    es fundamental contribuir a incrementar la trasparencia y abatir los índices de

    corrupción. La sociedad demanda reglas claras del juego que le permitan resolver sus

    necesidades, calidad en el servicio, eficiencia y oportunidad.

    Hay un largo camino que recorrer y mucho trabajo que realizar, y uno de los aspectos

  • Federalismo Fiscal y Transparencia de la información gubernamental

    30

    debe ir dirigido a construir los sistemas de información que den sustento y además

    permitan a los gobiernos locales un desarrollo eficiente y con resultados perceptibles

    para la sociedad.

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