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Poder Judicial de la Nacin///nos Aires, 1 de octubre de 2009. AUTOS Y VISTOS: Para resolver en la presente causa n 9.789/00, caratulada: GALEANO, Juan Jos y otros sobre malversacin de caudales pblicos y otros, en trmite por ante este Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n 4, a mi cargo, Secretara n 8, la situacin procesal de: 1) CARLOS SAL MENEM, (argentino, D.N.I. n 6.705.066, nacido el 2 de julio de 1930, casado en segundas nupcias, de profesin abogado, domiciliado en la calle Echeverra 3535, de esta ciudad y constituido en la calle Maip 631, 2 cuerpo, piso 2, oficina A27", de esta ciudad); 2) MUNIR MENEM (argentino, D.N.I. n 6.707.406, nacido el 23 de julio de 1932, casado, domiciliado en la calle Virrey Loreto 1724, 17 piso, de esta ciudad, y constituido en la Avenida Crdoba 838, 2 piso, oficina 4, de esta ciudad); 3) JUAN JOS GALEANO (argentino, D.N.I. n 12.082.718; nacido el 11 de marzo de 1958, hijo de Juan Nstor y de Susana Foronda, divorciado, de profesin abogado, domiciliado en la calle Cervio 3421, de esta ciudad); 4) HUGO ALFREDO ANZORREGUY (argentino, D.N.I. n 4.273.429, nacido el 10 de julio de 1938, hijo de Hugo Alfredo Benedicto y de Hortensia Beatriz Recobiche, casado, de profesin abogado, domiciliado en la calle Esmeralda 1319, 6 piso, de esta ciudad, y constituido en Libertad 1213, 5 piso, de esta ciudad); 5) JUAN CARLOS ANCHEZAR (argentino, D.N.I. n 4.145.493, nacido el 21 de junio de 1934, hijo de Benjamn Vicente y de Mara Edelmira Aderrondo, casado, de profesin marino de guerra retirado, domiciliado en la calle Arce 851, 8 piso, departamento Ab@, de esta ciudad y constituido en la Avenida Santa Fe 1531, 8 piso, de esta ciudad); 6) CARLOS ANTONIO CASTAEDA (argentino, D.N.I. n 5.526.411, nacido el 25 de junio de 1948, hijo de Juan y de Julia Franco, viudo, de profesin oficial retirado de la Polica Federal Argentina, domiciliado en la calle 8 n 2240 de Berazategui, Provincia de Buenos Aires, actualmente detenido en el Complejo II del Servicio Penitenciario Federal y constituido en la calle Doblas 540, de esta ciudad); 7) JORGE ALBERTO PALACIOS (argentino, D.N.I. n 7.668.555, nacido el 7 de abril de 1949, hijo de Jess (f) y de Faustina Ercillia Scaramella, casado, de profesin Comisario Mayor (r) de la Polica Federal Argentina, domiciliado en la calle Maip 216, 7 piso AB@, de esta ciudad, y constituido en la calle Pasaje Rivarola 140, 5 piso, oficina 9, de esta ciudad).

Y CONSIDERANDO: I. Hechos imputados. En funcin de que en las actuaciones existan elementos objetivos que conformaron el motivo bastante para sospechar (motivacin interna estructurada en elementos objetivos de conviccin) que Carlos Sal Menem, Munir Menem, Hugo Alfredo Anzorreguy, Juan Carlos Anchezar, Juan Jos Galeano, Jorge Alberto Palacios y Carlos Antonio Castaeda, haban participado en la comisin de un delito, el da 12 de noviembre de 2008, se los convoc a prestar declaracin indagatoria. Ello, a los efectos de que ejerzan su defensa material en razn de la interrupcin de la investigacin efectuada con relacin a los hechos que involucraban a Alberto Jacinto Kanoore Edul con el atentado a la sede de la A.M.I.A. En las respectivas audiencias, a cada uno de ellos se les imput el abandono de la investigacin de dicha pista y las conductas ilcitas que en concreto se registraron en la tramitacin del expediente, las cuales se habran producido a partir de la visita del Sr. Alberto Kanoore Edul a la Casa Rosada, sede del Poder Ejecutivo Nacional, el da 1 de agosto de 1994 -fecha en la que deban efectivizarse las rdenes de allanamiento en los domicilios de la calle Constitucin al 2633, 2695 y 2745 y de detencin de su hijo Alberto Jacinto Kanoore Edul libradas el 31 de julio de 1994 por el Dr. Galeano- y el posterior llamado telefnico efectuado por el entonces Presidente de la Nacin, Carlos Sal Menem a travs de su hermano, Munir Menem, al juez a cargo de la investigacin. La maniobra habra sido consecuencia de una serie de hechos investigativos lcitos previos que conformaron un grado de sospecha vlido respecto de Alberto Kanoore Edul y se concret a partir de conductas puntuales ilcitas por parte de los funcionarios a cargo de la investigacin. El da 26 de julio del ao 1994 Juan Carlos Anchezar, en su carcter de Subsecretario de Inteligencia de Estado le solicit a Juan Jos Galeano la intervencin telefnica de los abonados 941-8060, 942-9181 y 449-4706, los cuales pertenecan segn se hizo explcito posteriormente en el expediente a la familia Kanoore Edul. En la misma fecha el Dr. Galeano orden la intervencin de los abonados autorizando al personal de la S.I.D.E. a cumplir con el retiro de los cassettes y efectuar sus desgrabaciones. Al da siguiente, el 27 de julio de 1994, Juan Jos Galeano, Jorge Alberto Palacios y Carlos Antonio Castaeda habran concurrido a una reunin de

Poder Judicial de la Nacininformacin en la sede de la Secretara de Inteligencia de Estado en la que personal de Contrainteligencia los habra puesto en conocimiento de investigaciones previas al atentado que el servicio de inteligencia habra realizado respecto de Mohsen Rabbani, quien en ese entonces se desempeaba como Consejero Cultural de la Embajada de la Repblica Islmica de Irn en la Argentina y de quien se tena sospechas de que podra estar preparando un atentado terrorista en el pas. En particular, los nombrados fueron puestos en conocimiento de fotografas obtenidas durante el ao 1993 en las que Rabbani buscaba una camioneta Trafic en comercios de la Av. Juan B. Justo a la altura del barrio porteo de Floresta. Al mismo tiempo, a raz de las tareas realizadas en las inmediaciones de la sede de la A.M.I.A. en los das que siguieron al 18 de julio de 1994, se pudo determinar que el da del ataque la empresa Santa Rita, cuyos dueos seran de origen sirio, habra colocado un volquete en la puerta de la Asociacin Mutual y, luego, otro similar en la calle Constitucin n 2657 - esto es, en la misma cuadra de dos de los domicilios que perteneceran a la familia Kanoore Edul-. Las intervenciones telefnicas fueron conectadas el 29 de julio de 1994 en el caso de los abonados 449-4706 y 941-8060 y al da siguiente la lnea 49429181 por orden de quien en ese entonces se desempeaba como Subsecretario de Inteligencia del Estado, Juan Carlos Anchezar. Valindose de dicha informacin y segn hizo constar expresamente En atencin a las investigaciones que se fueron realizando hasta el momento por las Fuerzas de Inteligencia... Juan Jos Galeano dispuso el da 31 de julio de 1994 el allanamiento de los domicilios de la calle Constitucin 2633, 2695 y 2745, todos ellos pertenecientes a la familia Kanoore Edul y en los que se hallaran instaladas las lneas telefnicas cuya intervencin se haba ordenado el 26 de julio de 1994; as como la detencin de Alberto Jacinto Kanoore Edul. Tales registros domiciliarios fueron encomendados al Jefe del Departamento de Proteccin del Orden Constitucional de la Polica Federal Argentina Carlos Antonio Castaeda en la misma fecha, quedando autorizados para participar de su realizacin los miembros de la Divisin Operaciones Federales de la Superintendencia de Drogas Peligrosas de la Polica Federal a cargo de Jorge Alberto Palacios. El da 1 de agosto de 1994, en horas de la maana, el personal policial designado se constituy en las inmediaciones de los domicilios de la familia

Kanoore Edul, momento a partir del cual se registraron una serie de irregularidades que fundaron las imputaciones que a continuacin se detallan: I.a.- Carlos Sal Menem y Munir Menem. En particular a Carlos Sal Menem y a Munir Menem se les imput el hecho de haber determinado a Juan Jos Galeano y a las fuerzas de seguridad e inteligencia actuantes en la causa, mediante un llamado telefnico realizado por Munir Menem, a abandonar el seguimiento de la lnea de investigacin que se desprenda a partir de la sospecha fundada de participacin en el atentado contra la A.M.I.A. de Alberto Jacinto Kanoore Edul o miembros de su familia, que en principio se encontrara vinculado a Mohsen Rabbani sobre quien en aquel momento y en la actualidad recae una fuerte sospecha de participacin en la ideacin y concrecin del atentado terrorista. De esta forma, a partir de las escuchas telefnicas registradas en el abonado 941-8060 el da 1 de agosto de 1994, cuyas transcripciones se conservaron en carpeta N 849 de la Secretara de Inteligencia de Estado cuya desclasificacin fue ordenada por resolucin SI R 119/05, se infiere que Alberto Kanoore Edul a partir de su relacin personal con Carlos Sal Menem quien se desempeaba como Presidente de la Nacin-, habra concurrido en esa fecha y en forma previa a que los registros sobre sus domicilios se llevaran a cabo, a la Casa Rosada sabiendo que una comisin policial se encontraba en las inmediaciones del lugar y teniendo conocimiento de que buscaban a su hijo Alberto Jacinto, con el objeto de detener los registros. Asimismo, de las escuchas telefnicas se desprende que Alberto Kanoore Edul luego de haber concurrido a la Sede de Gobierno se habra comunicado por va telefnica a Audiencias de Presidencia de la Nacin en donde habra brindado ms precisiones de la causa y de la situacin de su hijo solicitando que sean transmitidas a Munir Menem o a Beatriz, pudindose inferir que la comunicacin se realiz en forma concomitante o posterior a los allanamientos. En esa oportunidad tambin le precis a su interlocutor que cualquier pregunta sobre la causa que le efectuaran, respondiera que deban hablar con Munir Menem. Luego de dicha visita se habra producido un llamado telefnico en el que el entonces Presidente de la Nacin Carlos Sal Menem, a travs de su hermano Munir Menem, habl con el Juez Juan Jos Galeano, quien luego de dicha comunicacin detuvo esa lnea de investigacin, con el fin de evitar que Alberto Jacinto Kanoore Edul y personas de su entorno, -entre las que se encuentra Mohsen

Poder Judicial de la NacinRabbani-, que se encontraban sindicadas como posibles responsables del atentado, no fueran sometidos al proceso penal. I.b.- Juan Jos Galeano. Se le imput a Juan Jos Galeano, en su carcter de Juez a cargo de la instruccin de la causa, el hecho de haber interrumpido la pista denominada Kanoore Edul a partir del llamado telefnico realizado por Munir Menem, hermano del entonces Presidente de la Nacin, por motivos contrarios a derecho y destinados a sustraer de la investigacin y de las consecuencias penales a Alberto Jacinto Kanoore Edul y a otras personas de su entorno que se encontraban sospechadas de haber realizado el atentado, incluso en forma previa a su comisin, como es el caso de Mohsen Rabbani y a sabiendas de tales circunstancias. Para ello habra ordenado el da 1 de agosto de 1994 la interrupcin del allanamiento dispuesto respecto del domicilio de la calle Constitucin n 2633, perteneciente a la familia Kanoore Edul, alegando en el expediente motivos falsos y prescindiendo de los elementos que fundaron tal orden. Asimismo, habra consentido y ordenado la baja de las intervenciones telefnicas de los abonados pertenecientes a los domicilios y al telfono celular de Alberto Kanoore Edul, abonados 941-8060, 942-9181 y 449-4706, a escasos das de haber sido ordenadas y prescindiendo del anlisis del valor informativo de su contenido. Por otro lado, se le imput haber omitido el anlisis de los elementos secuestrados en el allanamiento realizado en la calle Constitucin 2695 por ms de dos aos, en particular, la agenda telefnica perteneciente a Alberto Jacinto Kanoore Edul en la que figuraba el nmero de telfono y direccin de Mohsen Rabbani, de cuyas sospechas de participacin en el hecho principal se habra puesto en conocimiento el da 27 de julio de 1994 en la reunin de informacin a la que concurri en la sede de la S.I.D.E. Tambin habra postergado por varios aos la investigacin en torno a los once talleres mecnicos que se encontraban detallados en la agenda secuestrada, a pesar de que tal indicio, aunado al llamado telefnico realizado a Telleldn el da 10 de julio de 1994 y el rubro econmico al que se dedicaba Kanoore Edul, resultaba la pista ms fuerte que se tena a dos semanas del atentado. Se le imput asimismo la desaparicin de los legajos de transcripciones de escuchas telefnicas correspondientes a las intervenciones ordenadas el da 26 de julio del ao 1994 respecto de los abonados 941-8060 y 942-

8191 pertenecientes a la familia Kanoore Edul, los cuales fueron aportados al juzgado a su cargo por la Secretara de Inteligencia de Estado mediante notas firmadas por Juan Carlos Anchezar en las siguientes oportunidades: a) El da 10 de agosto respecto del abonado 941-8060 desde el 29 de julio al 1 de agosto de 1994, b) Nota del 18 de agosto de 1994 respecto del abonado 942-9181 desde el da 30 de julio al 12 de agosto de 1994. La investigacin de la pista Kanoore Edul desarrollada en el legajo n 129 fue retomada a partir de febrero del ao 2000. I.c.- Jorge Alberto Palacios. Se le imput a Jorge Alberto Palacios en su funcin de Comisario a cargo de la Divisin Operaciones Federales de Drogas Peligrosas haber prestado una colaboracin necesaria en el ocultamiento de la informacin que podra incriminar a Alberto Jacinto Kanoore Edul y a su entorno familiar al momento de los allanamientos ordenados sobre sus domicilios el da 1 de agosto de 1994. Concretamente, Palacios se habra comunicado por va telefnica desde el abonado 411-5884 a su nombre (pese a no haber sido reconocido como propio en el testimonio brindado ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n 3, al ser preguntado sobre el punto) el da 1 de agosto de 1994 con los telfonos 9410024 y 942-9146 los cuales se encontraran instalados en los domicilios de la calle Constitucin 2633 y 2745, respectivamente, a las 11.29 y 11.36 horas, siendo que el primero de los allanamientos finalmente no se realiz an existiendo la orden previa del juez- y el segundo se realiz transcurridas las 19 horas, sin secuestrarse elemento alguno. Asimismo, se le imput haber ocultado a la investigacin la existencia de dichos abonados telefnicos, de manera tal de imposibilitar su observacin por parte de las autoridades judiciales, contribuyendo de manera positiva a obstaculizar la pista Kanoore Edul. Se le imput, por otro lado, la sustraccin u ocultacin de los cassettes de escuchas telefnicas correspondientes al producido de la intervencin ordenada respecto de los abonados 449-4706, 941-8060 y 942-9181 con fecha 26 de julio de 1994, los cuales fueron remitidos por la Secretara de Inteligencia de Estado para su anlisis los das 30 de julio de 1994, as como el 1, 2, 3 y 4 de agosto del mismo ao conforme surge de las constancias que en copias obran a fojas 13.995/7 y 13.999 y 14.000 de la presente causa. I.d.- Carlos Antonio Castaeda.

Poder Judicial de la NacinSe le imput a Carlos Antonio Castaeda, en su calidad de Comisario Inspector a cargo del Departamento de Proteccin del Orden Constitucional, haber colaborado en el ocultamiento de la informacin que podra incriminar a Alberto Jacinto Kanoore Edul y a su entorno familiar al momento de los allanamientos ordenados sobre sus domicilios el da 1 de agosto de 1994. En concreto se le imput haber incumplido una orden de allanamiento consignando expresamente motivos falsos, constancias stas que fueron

incorporadas al expediente como fundamento de la no realizacin de la medida de prueba ordenada. I.e.- Hugo Alfredo Anzorreguy y Juan Carlos Anchezar. Se les imput a Hugo Alfredo Anzorreguy y a Juan Carlos Anchezar en su calidad de Secretario y Subsecretario respectivamente- de la Secretara de Inteligencia de Estado el hecho de haber realizado conductas tendientes a ocultar la informacin recabada respecto de Alberto Jacinto Kanoore Edul y su entorno familiar a partir de las intervenciones telefnicas ordenadas por el juez Juan Jos Galeano respecto de los abonados telefnicos 449-4706, 941-8060 y 942-9181 el da 26 de julio de 1994. En concreto se les imput la baja de la intervencin telefnica del abonado 941-8060 el da 2 de agosto de 1994, sin orden escrita del magistrado interviniente, la cual fue informada el da 23 de agosto de ese ao, omitiendo brindar dicha informacin relevante en sus notas elevadas al Tribunal de fecha 8, 10 y 18 de agosto de 1994. Asimismo, se les atribuye haber consignado falsamente que las escuchas realizadas respecto de los abonados sealados carecan de valor informativo mediante notas firmadas por Juan Carlos Anchezar en razn de su rango funcional- presentadas ante el juzgado con fecha 8 y 10 de agosto de 1994 e incorporadas al expediente n 1156, cuando segn surge de la carpeta n 849 de la Secretara de Inteligencia de Estado, de las transcripciones all agregadas se desprenden elementos relevantes para la pista investigada. II.- ELEMENTOS DE PRUEBA RESPECTO DE LOS HECHOS IMPUTADOS. Enunciar, en los puntos que conforman este acpite, aquellas constancias incorporadas al expediente que poseen relevancia en lo que hace a los hechos por los cuales se les recibi declaracin indagatoria a los imputados.

II.a.- Expediente n 1.156/94, caratulado: PASTEUR n 633 sobre atentado; damnificados: A.M.I.A. y D.A.I.A.: En primer trmino, sern detalladas las constancias de los primeros diecisiete (17) cuerpos de la causa n 1.156/94, a fin de describir materialmente el orden en que fueron aconteciendo las conductas de los distintos funcionarios involucrados directa e indirectamente en la maniobra bajo investigacin, y que, considero, poseen relevancia en la imputacin realizada, a saber: II.a.1.- El 18 de julio de 1994, alrededor de las 9.50 hs., explot el edificio de Pasteur n 633, sede de la A.M.I.A. (acta de fs. 1/6 del expediente n 1.156/94). II.a.2.- Claudio Camarero, Ayudante de la P.F.A., declar que entrevist a dos efectivos de la Polica Federal Argentina de apellidos, Guzmn y Bordn, quienes refirieron que la nica circunstancia que les llam la atencin fue la aparicin en el lugar de un camin que dej un volquete frente al edificio de la A.M.I.A. (fs. 12/3 y vta. del expediente n 1.156/94). II.a.3.- Fabin G. Prado, Inspector de la P.F.A., manifest que el pedido de volquete se recibi en la Cascotera Santa Rita entre las 8.30 y las 8.45hs. del da 18. El traslado se encomend a Alberto Lpez, quien tambin deba dirigirse a Constitucin n 2657, a dejar otro volquete. El propietario del comercio sera el Sr. Nasalb Haddad de origen libans con telfono 4201-4637. (fs. 24/5 del expediente n 1.156/94). II.a.4.- Alberto Lpez, por su parte, declar que la A.M.I.A. era cliente de la empresa de volquetes, a julio de 1994. El 18, a las 08.00, fue requerido un volquete, que se descarg a las 10.45 [textual] frente a la sede de la asociacin. (fs. 27/8) II.a.5.- Julio Barriga Loaiza, empleado de la empresa de construccin C.P.I., dijo que trabajaba en la A.M.I.A. cuando tuvo lugar la explosin. Y aclar, en relacin con el volquete, que ste no estaba y que en su lugar haba escombros. (fs. 72/73). II.a.6.- Carlos A. Nistal, Subcomisario del D.P.O.C., deja asentado que el 25 de julio de 1994, personal de Superintendencia de Bomberos hall entre los escombros del edificio de la A.M.I.A., el motor n 2831467, correspondiente a un vehculo Renault Trafic. El nmero, segn inform la Divisin Sustraccin de Automotores, pertenecera a la camioneta dominio C1-498.506, y su titular sera

Poder Judicial de la NacinMESSIN S.R.L, con domicilio en Paran 1140. (constancia de fs. 215 del expediente n1.156/94). II.a.7.- Carlos A. Castaeda, del D.P.O.C., deja constancia que de la factura n 0000-00001126 de la concesionaria Alejandro Automotores, se desprende que la camioneta Renault Trafic habra sido vendida, el 4 de julio de 1994, a Carlos Alberto Telleldn, DNI n 14.536.215, domiciliado en la calle J. Salk n 1798, de Olivos, provincia de Buenos Aires. (constancia de fs. 272 del expediente n1.156/94). II.a.8.- Claudio Camarero, Ayudante de la P.F.A., declar que el 26 de julio de 1994, mientras esperaba que Telleldn se presentara a retirar un vehculo en la concesionaria Alejandro Automotores, ste se habra comunicado con el dueo del lugar, seor Delacour, para preguntarle si en la agencia estaba todo bien o si lo buscaban, ya que lo estaban siguiendo. (fs. 299 y vta. del expediente n1.156/94). II.a.9.- Carlos A. Salomone, Principal de la P.F.A., refiri que el 26 de julio de 1994 se present en el domicilio de la calle Repblica 107, Villa Ballester, Pcia. de Buenos Aires, donde se entrevist con quien dijo ser la esposa de Telleldn y tener conocimiento de la venta de la Renault Trafic que concret su esposo. Aport la mujer, en esa ocasin, la documentacin de la operacin. (fs. 300 y vta. del expediente n1.156/94). II.a.10.- Ana Mara Boragni, esposa de Telleldn, indic que la Renault Trafic se public para su venta en el diario Clarn, La nica persona que se present el da domingo fue la que haba llamado por telfono el da sbado. El domingo a la maana tambin llam y pareca no entender el interesado de la Trafic, la ubicacin del domicilio. Para la confeccin del boleto de compraventa, el comprador exhibi un DNI a nombre de Ramn Martnez. No se le entreg, en aquella oportunidad, toda la documentacin correspondiente al automotor, pero ste jams se present a reclamarla. (fs. 305/6 y vta. del expediente n1.156/94). II.a.11.- Boleto de compraventa a travs del cual Telleldn vende a Ramn Martnez, DNI n 47.372.118, con domicilio en la calle San Jos n 972 de esta ciudad, una Renault Trafic, patente C1-498.506, el 10 de julio de 1994. (fs. 308, del expediente n1.156/94). II.a.12.- Fabin G. Prado, Inspector de la P.F.A., declar el 26 de julio de 1994, que el domicilio consignado en el boleto de compraventa de la Renault Trafic como perteneciente a expediente n1.156/94) Ramn Martnez, es inexistente. (fs. 313, del

II.a.13.- Carlos A. Salomone, Principal de la P.F.A., da cuenta de la detencin en la zona de preembarque del Aeropuerto Internacional de Ezeiza, el 27 de julio de 1994, de Carlos Alberto Telleldn. (fs. 346, del expediente n1.156/94). II.a.14.- El 27 de julio de 1994, el juez Galeano orden el allanamiento de los siguientes domicilios, a saber: EE.UU. n 459, piso 2, dpto. c y piso 3, dpto. d, Campana n 3928 y Carlos Calvo n 447, piso 4, dpto. e, todos de esta ciudad, y Alsina n 3785, de Villa Martelli, Repblica 107, de Villa Ballester, e Ituzaing n 2335, de Villa Maip, estos de la pcia. de Buenos Aires, vinculados a Carlos A. Telleldn. (constancia de fs. 351, del expediente n1.156/94). II.a.15.- Enrique Barreda, Jefe del Grupo Operativo policial en el gabinete de Robos y Hurtos de la Brigada de Investigaciones de Caseros, declar que conoce hace mucho tiempo a Telleldn y que, el 12 o 13 de julio, se encontraron en la calle, y charlando ste le coment que estaba contento por que haba vendido una Trafic algunos das atrs, a u$s 11.500. (fs. 352/3, del expediente n1.156/94). II.a.16.- Mario N. Bareiro, Inspector de la P.F.A., refiri que el 12 de octubre de 1998, aproximadamente, se enter que Carlos -por Telleldn-haba vendido una Trafic en $ 11.500. (fs. 354/5, del expediente n1.156/94). II.a.17.- Nota enviada por el titular de la S.I.D.E., Dr. Hugo A. Anzorreguy, el 21 de julio de 1994, al juez Galeano, haciendo saber que dio expresas instrucciones para que diariamente y con intervencin de la Subsecretara de Inteligencia del Estado A, se informe al juzgado las novedades que se produzcan en el mbito de su jurisdiccin (fs. 606, del expediente n1.156/94) II.a.18.- Decreto del 21 de julio de 1994, firmado por el juez Galeano, donde ordena la constitucin del juzgado en la S.I.D.E. A continuacin, la Dra. SPINA deja constancia de que, en el organismo, se reunieron el juez Galeano, el Dr. de Gamas, Jos Pereyra, la Dra. Spina, los fiscales Mullen y Barbaccia, y los comisarios Castaeda y Palacios. (fs. 640 del expediente n1.156/94). II.a.19.- Nota del 21 de julio de 1994, en la que el juez Galeano hace constar que en la reunin celebrada en la S.I.D.E el Dr. Anzorreguy y el Subsecretario, Anchezar, le informaron que una persona de nacionalidad iran con proteccin del ACNUR que estaba en Caracas, Venezuela, dijo que si Abbas Zarrabi Khorasani, Mahvash Mousef Gholamreza, Falsafi Ahmas Allameh y Asghari Ahmad Reza estaban en Argentina, no haba que dejarlos salir del pas por que sin duda haban intervenido en el atentado a la A.M.I.A. Efectivamente, se constat que los nombrados eran diplomticos iranes, y el sujeto protegido por ACNUR los

Poder Judicial de la Nacinidentific a travs de fotografas. Durante la reunin se le entreg a GALEANO copias de los cables enviados desde Caracas por la Embajada argentina. (fs. 641 del expediente n1.156/94). II.a.20.- Copia de los cables diplomticos cuyos asuntos son: DIPLOMTICOS IRANES EXPULSADOS DE VENEZUELA e

IDENTIFICACIN DE IRANES. Del primero, se desprende que 4 funcionarios de la Embajada iran en Venezuela fueron expulsados de ese pas por intentar hacer regresar a la fuerza a un iran all refugiado, acusado de espa Motamer Manuchehr. Representara ste un grave riesgo para Irn en caso de delatar y/o reconocer a sus miembros. En el otro cable, se brinda informacin sobre los iranes identificados por el refugiado: sera Khorasani un fantico radical en contra de Israel, Gholamreza un terrorista que planifica y ejecuta atentados, Allameh uno de los principales organizadores del Hezbollah, y Reza, la mano derecha de un iran que daba el visto bueno para la ejecucin de personas en la poca del Sh (fs. 642/5, del expediente n1.156/94). II.a.21.- Decreto del 21 de julio de 1994, del juez Galeano, donde ordena la incorporacin de los cables al expediente (fs. 642/6, del expediente n1.156/94) II.a.22.- Actuaciones del 20 de julio de 1994, labradas por el Comisario Palacios, Jefe de la Divisin Operaciones Federales de la

Superintendencia de Drogas Peligrosas de la P.F.A., a pedido del juez GALEANO, originadas en la informacin del recepcionista del hotel Bisonte Palace, sobre dos extranjeros nativos de Qatar (fs. 662/671, del expediente n1.156/94). II.a.23.- Nota del 22 de julio de 1994, firmada por Galeano, donde deja constancia de que recibi un llamado telefnico de la Embajadora de Argentina en Venezuela que confirm la posibilidad de que el juzgado se constituya en la sede diplomtica para recibir el testimonio de Motamer Manuchehr. Idntica confirmacin recibi del Dr. Anzorreguy (fs. 704 del expediente n1.156/94). II.a.24.- Decreto del 22 de julio de 1994, en el que Galeano ordena la constitucin del juzgado en la ciudad de Caracas, Venezuela; solicita autorizacin para ello a sus superiores; da aviso a los fiscales Mullen y Barbaccia, que tambin se trasladaran, y pide al Jefe de la P.F.A. que designe a una comisin que lo acompae, hacindolo en las personas de los comisarios Castaeda y Palacios. Tambin consulta al Dr. Anzorreguy sobre la posibilidad de obtener un avin para el traslado, quien, ms tarde, le hace saber que poda utilizarse uno de los aviones

Tango, de la Presidencia, pero habra que solicitarlo formalmente al Dr. Carlos S. Menem (fs. 705/6, del expediente n1.156/94). II.a.25.- Decreto de 22 de julio de 1994, a travs del cual Galeano ordena librar rogatoria internacional al juez en lo criminal con jurisdiccin en Caracas, Venezuela, con el objeto de que reciba el testimonio de Motamer Manuchehr. Pidi a Menem, tambin, que ponga a disposicin los medios para concretar el viaje (fs. 707, del expediente n1.156/94). II.a.26.- Copia de iranes identificados como terroristas y fotografas de iranes acreditados como diplomticos o que solicitaron visa para ingresar al pas con pasaporte diplomtico, acompaadas por la S.I.D.E., el 22 de julio de 1994. Incorporadas por GALEANO al expediente en la misma fecha (fs. 711/45, del expediente n1.156/94). II.a.27.- Nota del 22 de julio de 1994, suscripta por Galeano, ultimando los detalles administrativos del viaje a la Repblica de Venezuela. El avin partira, segn constancia de la secretaria Spina, a las 9.30 hs. del da 23 (fs. 746/7 del expediente n1.156/94). II.a.28.- Decreto del 25 de julio de 1994, mediante el cual el juez Liporaci, subrogando a Galeano, pide la detencin de una ciudadana iran (fs. 784/5, del expediente n1.156/94) II.a.29.- Actuaciones labradas en la Embajada argentina en Venezuela, con motivo del viaje realizado entre los das 23 y 24 de julio de 1994. Al brindar su testimonio, Manuchehr Motamer dijo que Abbas Zarrabi Khorasani, Mahvash Mousef Gholamreza, Falsafi Ahmas Allameh y Asghari Ahmad Reza trabajaron en la embajada de Irn y son los responsables del atentado a la Embajada de Israel en nuestro pas. Indic que si estos sujetos estn en el pas no haba que dejarlos salir por que tuvieron que haber participado en la voladura de la A.M.I.A. Luego, exhibidas que le fueron una serie de fotografas de personas acreditadas como pertenecientes a la Embajada de Irn en la Argentina, entre las que estaban las de aquellos sujetos mencionados por l, Moatamer los reconoci y agreg que eran fanticos radicales en contra de Israel (fs. 788/862, del expediente n1.156/94). II.a.30.- Nota del 25 de julio de 1994, firmada por Galeano, en la que da cuenta que, durante su retorno a la Repblica Argentina, se le inform que el Dr. Carlos S. Menem esperaba al Tribunal en la Residencia Presidencial de Olivos, a la que concurrieron tambin los fiscales Mullen y Barbaccia y la comitiva policial que los acompa a Venezuela. Durante la reunin, consign, el presidente de la Nacin

Poder Judicial de la Nacinofreci toda la colaboracin para el esclarecimiento del hecho, poniendo a disposicin de Galeano a la P.F.A. y la S.I.D.E. (fs. 863, del expediente n1.156/94). II.a.31.- El Subsecretario de la S.I.D.E., Juan C. Anchezar, por disposicin del Secretario, solicita el 26 de julio de 1994 al juez GALEANO, la intervencin telefnica de los abonados n 941-8060, n 942-9181 y n 449-4706 (fs. 870, del expediente n1.156/94). II.a.32.- Decreto del juez Galeano, del 26 de julio de 1994, mediante el cual orden la intervencin, por tiempo indeterminado, de los abonados n 4494706, n 941-8060 y n 942-9181 vinculados a Kanoore Edul a efectos de establecer la existencia de conversaciones que permitan el esclarecimiento del hecho investigado, las que debern ser grabadas en cassettes, debindose remitir los mismos al Tribunal. La orden consignaba, tambin, que las escuchas deban ser por tiempo indeterminado. Solicit, adems, a las compaas de telefona la remisin de los registros de llamadas nacionales e internacionales realizadas desde tales abonados desde el mes de mayo de 1994 (fs. 871/2, del expediente n1.156/94). II.a.33.- Decreto del 26 de julio de 1994, a travs del cual el juez GALEANO ordena informar a la Corte Suprema de Justicia de la Nacin y a la Cmara del fuero, la situacin que motiv el viaje a la ciudad de Caracas, Venezuela, las actividades all desarrolladas y el posterior encuentro con el entonces presidente de la Nacin, Dr. Carlos S. Menem. En el oficio librado a tal efecto, Galeano consign hallndome en vuelo, el Comandante de la Nave, me hizo conocer que el Secretario de Inteligencia del Estado, Dr. Hugo Anzorreguy, y el Jefe de la Polica Federal, Comisario General Adrin Pelacchi, se encontraban aguardndome en el sector militar del Aeroparque y que me invitaban a una reunin con el Sr. Presidente de la Nacin, Dr. Carlos Sal Menem, quien me esperaba, en cuanto arribara al suelo argentino, para una entrevista personal (fs. 902/8, del expediente n1.156/94 ). II.a.34.- Decreto del 26 de julio de 1994. De l surge que el juez Galeano solicit al Dr. Carlos S. Menem que instruya a los miembros del Poder Ejecutivo Nacional respecto del secreto de sumario dispuesto en la investigacin (fs. 909/10, del expediente n1.156/94). II.a.35.- Decreto del 27 de julio de 1994, mediante el cual Galeano orden dar explicaciones del viaje a la ciudad de Caracas, Repblica de Venezuela, a la Cmara Nacional de Casacin Penal (fs. 915/20, del expediente n1.156/94).

II.a.36.- Decreto del 27 de julio de 1994, en el que el juez ordena obtener publicaciones periodsticas sobre los atentados ocurridos el da 26 en la ciudad de Londres. Estos artculos se incorporan al expediente luego, advirtindose de su lectura que los objetivos de los atentados en Londres fueron el Consulado Israel y un barrio judo (924/30, del expediente n1.156/94). II.a.37.- El 27 de julio de 1994, el juez GALEANO da lectura a un comunicado de prensa (fs. 932/4, del expediente n1.156/94). II.a.38.- Decreto del 28 de julio de 1994. Ordena el juez Galeano a la S.I.D.E. la realizacin de un informe sobre los funcionarios iranes relativo a sus fechas de ingreso y egreso del pas, movimientos de correos diplomticos, estructura, ideologa, objetivos y responsabilidades de la organizacin Hezbollah, entre otras diligencias probatorias (fs. 1013 y vta. del expediente n1.156/94). II.a.39.- Informe de la empresa Movicom, del 29 de julio de 1994, del que se desprende que el aparato celular n 449-4706 pertenece a la firma Aliantex S.R.L., a nombre de Alberto Kanoore Edul, con domicilio en la calle Constitucin n 2695, de la Capital Federal, con el telfono n 941-8060 asignado. Aport la empresa, en dicha ocasin, un listado de llamadas realizadas por el abonado n 4494706 en el que consta la llamada realizada por el celular 449-4706 al nmero 7680902, el da 10 de julio de 1994, a las 15:30 horas, con una duracin de 2 minutos -1 pulso-. (fs. 1345/56, del expediente n1.156/94). II.a.40.- Informe de la S.I.D.E., firmado por Juan Carlos Anchezar, por disposicin del Secretario de Inteligencia, remitido el 29 de julio de 1994 al juzgado federal n 9, donde informa que, meses antes del atentado a la sede de la A.M.I.A., se haba detectado a Moshen Rabbani buscando camionetas tipo Trafic, por la avenida Juan B. Justo de esta ciudad (fs. 1376/87, del expediente n1.156/94). II.a.41.- Decreto del 31 de julio de 1994. Galeano ordena el allanamiento de los domicilios ubicados en la avenida Constitucin n 2745, n 2633 y n 2695 de la Ciudad de Buenos Aires vinculados todos a Kanoore Edul, y la detencin de Alberto Jacinto Kanoore Edul. Ordena tambin que los procedimientos sean realizados por el Comisario de la Divisin Operaciones Federales de la P.F.A., Jorge Alberto Palacios, o quien ste designe (fs. 1591/98 del expediente n1.156/94). II.a.42.- Informe de la S.I.D.E. elevado por Anchezar el 1 de agosto de 1994, con la nmina de funcionarios, empleados administrativos y correos diplomticos de la Embajada de la Repblica Islmica de Irn en nuestro pas, desde

Poder Judicial de la Nacin1992 hasta agosto de 1994. En l figuran los iranes sindicados por Moatamer en su testimonio, y el Consejero Cultural, Mohsen Rabbani (fs. 1610/5, del expediente n1.156/94). II.a.43.- Nota de la S.I.D.E., suscripta por Juan Carlos Anchezar, del 1 de agosto de 1994, mediante la cual envi cassettes, videocassettes y dems documentacin relacionada con el atentado a la sede de la A.M.I.A., y certificacin de igual fecha, firmada por la secretaria del juzgado n 9, Dra. Spina, de la que surge que el contenido de la documentacin aportada por la S.I.D.E. concordaba con lo vertido en las actas de declaracin testimonial labradas durante la visita a la Repblica de Venezuela (fs. 1650/5 del expediente n1.156/94). II.a.44.- Juan Carlos Anchezar remite al juzgado n 9, el 2 de agosto de 1994, un informe con la nmina de funcionarios de la Embajada de Irn en la Argentina, la nmina de ciudadanos iranes en trnsito con pasaporte oficial, un listado de franquicias diplomticas, e informacin sobre la estructura, ideologa, objetivos y responsabilidades de Hezbollah y acerca del radicalismo chita. Son agregadas por Galeano y a continuacin se agrega un informe de Telecom Argentina que da cuenta de los llamados entrantes del 768-0902 entre los das 9 y 12 de julio de 1994, registrndose uno slo el da 10, desde el abonado 757-4193, perteneciente a Eduardo Telleldn. (fs. 1677/1759, del expediente n1.156/94). II.a.45.- Nota de la secretaria del juez Galeano, Dra. Spina, del 2 de agosto de 1994, donde hace constar que aquel da, en circunstancias en que se encontraba en el D.P.O.C. de la P.F.A., se le entreg, entre otras, la orden de allanamiento y registro del inmueble ubicado en la calle Constitucin n 2633 domicilio de Kanoore Edul- sin diligenciar, en razn del resultado obtenido en los procedimientos realizados con anterioridad a ese. La orden fue slo agregada al expediente a travs del decreto del 2 de agosto de 1994, firmado por el juez GALEANO (fs. 1764/8, del expediente n1.156/94). II.a.46.- Acta suscripta por el Inspector Carlos A. Castaeda, Jefe del D.P.O.C. de la P.F.A., el 30 de julio de 1994, donde consta que Nassib Haddad, titular de Volquetes Santa Rita, tiene acceso documentado a importantes cantidades de explosivos de una fbrica de la localidad de Olavarria, pcia. de Buenos Aires. Se aclara tambin, que el da 10 de julio de 1994 cuando se vendi la Trafic se efectu, alrededor de las 15.30 hs., un llamado telefnico de dos minutos de duracin al telfono n 768-0902 de Telleldn desde el n 449-4706 de Kanoore Edul. Finalmente, Castaeda menciona la circunstancia de que el 18 de

julio de 1994 uno de los volquetes deba ser trasladado al domicilio de Constitucin n 2657, esto es, a metros del domicilio de Kanoore Edul (fs. 1770/2, del expediente, n1.156/94). II.a.47.- Nota suscripta por el Inspector Carlos A. Castaeda sin sello, dando cuenta de la recepcin en el D.P.O.C., el 31 de julio de 1994, de las rdenes de allanamiento de los domicilios de la calle Constitucin n 2695, n 2745 y n 2633, vinculados a Kanoore Edul. En la nota, adems, se deja constancia de que se comisiona a personal del D.P.O.C. para el cumplimiento de los procedimientos (fs. 1783, del expediente n1.156/94). II.a.48.- Testimonio del Principal Carlos A. Salomone, de la P.F.A. Refiri que se constituy en el inmueble emplazado en la calle Constitucin 2745/7, perteneciente a Kanoore Edul, y que el procedimiento dio resultado negativo. No efectiviz la orden de allanamiento contra el domicilio de la calle Constitucin n 2633, dijo, por tratarse del domicilio y comercio del padre de Alberto Jacinto Kanoore Edul (fs. 1885 y vta. del expediente n1.156/94). II.a.49.- Actuaciones realizadas por el D.P.O.C. relativas a los allanamientos realizados en los domicilios de la calle Constitucin n 2745 y n 2695, en particular: constancia de designacin del Principal Carlos A. Salomone para el allanamiento de la calle Constitucin n 2745, firmada por el Comisario Castaeda fs. 1888 vta., constancia del Principal Salomone en la que consta que el allanamiento de la calle Constitucin n 2745 se llev a cabo el da 1 de agosto de 1994 a las 19:30 hs. fs. 1890, testimonio del Ayudante Claudio Camarero del 1 de agosto de 1994 fs. 1892/3, constancia de que la ejecucin de la orden de registro domiciliario librado contra la finca de la calle Constitucin n 2695, fue encargada al oficial ayudante Claudio Camarero fs. 1895 vta., acta de allanamiento realizado en el domicilio de la calle Constitucin n 2695, el 1 de agosto de 1994, a las 17:20 hs., oportunidad en la que se incautaron dos (2) agendas, un (1) anotador, diez (10) cassettes y varios sobres comerciales, al mismo tiempo que se detuvo a Alberto Jacinto Kanoore Edul (fs. 1896/9 del expediente n1.156/94). II.a.50.- Nota del Comisario Carlos A. Castaeda, del 1 de agosto de 1994, mediante la cual consinti la devolucin al juzgado federal n 9, de la orden de allanamiento del domicilio de la calle Constitucin n 2633, cuya utilizacin, seal, no haba sido necesaria (fs. 1912, del expediente n1.156/94).

Poder Judicial de la NacinII.a.51.- Constancia del 1 de agosto de 1994, suscripta por el Comisario Carlos A. Castaeda, dando cuenta de que se efectu consulta con el juez Galeano, quien dispuso que se reciba, el 2 de agosto, declaracin testimonial a Kanoore Edul (fs. 1923, del expediente n1.156/94). II.a.52.- Testimonio de Alberto Jacinto Kanoore Edul, ante Castaeda en el DPOC, el 2 de agosto de 1994. Dijo que vive en el domicilio de la calle Constitucin n 2695 de esta ciudad, y se dedica a la manufactura, industrializacin y comercializacin de productos textiles a travs de la firma ALIANTEX S.R.L., de su propiedad, instalada en su domicilio. Reconoci haber estado buscando en los avisos clasificados publicados en el diario Clarn alrededor de mitad de julio de 1994 una Renault Trafic de chasis largo, de aproximadamente $ 15.000, pero que no concret su adquisicin. Y, finalmente, dijo no recordar haberse comunicado el da 10 de julio, al abonado n 468-0902 -perteneciente a Telleldn- para consultar sobre la venta de la Trafic (fs. 1929/30, del expediente n1.156/94). II.a.53.- El Comisario Castaeda hace constar la entrega en mano, el 2 de agosto de 1994, a la secretaria del juzgado federal n 9, Dra. Spina, de la orden de allanamiento no utilizada por la prevencin, correspondiente al domicilio de la calle Constitucin n 2633 de esta ciudad (fs. 1937, del expediente n1.156/94). II.a.54.- Declaracin de Alberto Jacinto Kanoore Edul, del 3 de agosto de 1994, recibida en los trminos del artculo 279 del C.P.P.N. Sostuvo que desde los primeros das del mes de julio buscaba una camioneta Trafic para reemplazar la camioneta que tena. A tal fin, dijo, consult los clasificados del diario Clarn e hizo varias llamadas a oferentes. Buscaba un vehculo no superior a los $ 15.000. No recuerda haber llamado al n 768-0902, pero dado que efectu varios llamados, afirm, es factible que se haya comunicado a ese abonado (fs. 1996/7, del expediente n1.156/94). II.a.55.- Informe de la S.I.D.E., del 3 de agosto de 1994, sobre Medio Oriente. E informe del 4 de agosto, sobre el accidente del avin panameo, proporcionado por los gobiernos de Panam y Estados Unidos, sobre el accidente en Bangkok, aportado por el gobierno de Italia (fs. 2023/35 y 2055/64, del expediente n1.156/94) II.a.56.- Decreto del 5 de agosto de 1994, a travs del cual Galeano ordena la produccin de medidas respecto de funcionarios y diplomticos iranes en la Repblica Argentina (fs. 2066, del expediente n1.156/94).

II.a.57.- Informe del Departamento de Asuntos Extranjeros y Culto de la P.F.A., del 5 de agosto de 1994, relativo a la situacin poltica, racial y religiosa en Medio Oriente. E informe de la S.I.D.E., de igual fecha, firmado por Anchezar, acerca del frustrado atentado a la Embajada de Israel en Bangkok, proporcionado por los gobiernos de Estados Unidos, Panam e Italia, correos diplomticos iranes y figura del agente de seguridad en diplomacia (fs. 2123/62, del expediente n1.156/94). II.a.58.- Informacin proporcionada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nacin, el 5 de agosto de 1994, relativa a la nmina de funcionarios de la Embajada iran en Buenos Aires, los funcionarios diplomticos y administrativos de esa representacin acreditados en la Cancillera Argentina desde 1988, sus fichas personales completas, los cables recibidos en la Direccin Nacional de Ceremonial solicitando autorizacin de visas oportunamente autorizados, y las fichas correspondientes a las visas otorgadas por la Embajada argentina en Irn (fs. 2188/9, del expediente n1.156/94). II.a.59.- Decreto del juez Galeano, del 5 de agosto de 1994, ordenando se reserve la documentacin aportada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nacin (fs. 2190, del expediente n1.156/94). II.a.60.- Informe de la S.I.D.E., firmado por Juan C. Anchezar, del 8 de agosto, solicitando, entre otras cosas, el cese de la intervencin telefnica del abonado n 449-4706, perteneciente a ALIANTEX S.A., usuario Alberto Kanoore Edul, por carecer de valor informativo. En funcin de este pedido, el juez Galeano orden, el mismo da, el cese de la intervencin y observacin de la lnea argumentando en idntico sentido al utilizado por Anchezar para pedir su desintervencin (fs. 2232/3, del expediente n1.156/94). II.a.61.- Resolucin del 9 de agosto de 1994. Galeano dicta el procesamiento de Carlos A. Telleldn, Marcelo F. Jouce y Ariel Nitzcaner, y decreta la captura nacional e internacional de Ahmad Allameh Falsafi, Mahvash Monsef Gholamreza, Akbar Parvaresh y Abbas Zarrabi Krorasani, a efectos de recibirles declaracin indagatoria (fs. 2306/72, del expediente n1.156/94). II.a.62.- Informa el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nacin, del 10 de agosto de 1994, que Ahmad Reza Asghari tena acreditacin de funcionario diplomtico y ces en su misin (fs. 2391/2, del expediente n1.156/94).

Poder Judicial de la NacinII.a.63.- Presentacin de los fiscales federales Eamon Mullen y Jos C. Barbaccia, del 10 de agosto de 1994, en la que expresan su absoluta conformidad con el pronunciamiento del juez Galeano, y lo consienten en forma expresa (fs. 2397/2400, del expediente n1.156/94). II.a.64.- El 10 de agosto de 1994, Juan C. Anchezar, de la S.I.D.E., acompa las transcripciones de las grabaciones obtenidas hasta el 1 de agosto de ese ao, del abonado telefnico n 941-8060, de Kanoore Edul (fs. 2438/9, del expediente n1.156/94). II.a.65.- Galeano decide, el 11 de agosto de 1994, tener presente los informes remitidos por la S.I.D.E. relacionados con las intervenciones telefnicas dispuestas durante la investigacin, y ordena la formacin de un legajo de transcripciones telefnicas, y su reserva en el juzgado (fs. 2445, del expediente n1.156/94). II.a.66.- Decreto del 12 de agosto de 1994, en el que el juez Galeano ordena, entre otras diligencias, solicitar a la Direccin de Ceremonial del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nacin, la obtencin de informacin de los consulados argentinos en Sudn, Lbano, Siria, Irn, Afganistn y Pakistn, relativa a las visas otorgadas a ciudadanos de esos pases (fs. 2569/75, del expediente n1.156/94). II.a.67.- Decreto del 12 de agosto de 1994, mediante el cual Galeano solicit al titular de la S.I.D.E., Dr. Hugo A. Anzorreguy, que, a travs del organismo, realice las averiguaciones necesarias para acreditar si Moatamer Manuchehr se present en la Embajada argentina en la ciudad de Quito, Ecuador, expresando que posea informacin de inters para la investigacin (fs. 2590/1, del expediente n1.156/94). II.a.68.- Nota del 16 de agosto de 1994. Deja constancia Galeano de una comunicacin mantenida con Anzorreguy, quien le hizo saber que haba recibido la llamada del embajador argentino en Paraguay, dando cuenta ste de que en aquel pas haba un libans detenido que, segn se le haba informado, tendra vinculacin con el atentado a la A.M.I.A. En igual fecha, Galeano orden a INTERPOL que informe acerca de las circunstancias enunciadas (fs. 2621/2, del expediente n1.156/94). II.a.69.- Galeano decide, el 16 de agosto de 1994, que el tribunal se constituya en la sede de la S.I.D.E. a fin de recabar informacin sobre las pruebas existentes en la Repblica del Paraguay, que guardaran vinculacin con el atentado.

El entonces juez titular del juzgado n 9, dej constancia de la visita (fs. 2639/40, del expediente n1.156/94) II.a.70.- Decreto de Galeano, del 16 de agosto de 1994, ordenando el libramiento de un exhorto a la Repblica del Paraguay a efectos de que se reciba declaracin testimonial a Edith Gmez. La Dra. Spina, y los fiscales Mullen y Barbaccia, fueron autorizados para su diligenciamiento (fs. 2641/3, del expediente n1.156/94). II.a.71.- Nota del 17 de agosto de 1994, firmada por la Dra. Spina, de la que surge que recibi un llamado de la S.I.D.E., en el que se le hizo saber que se haba obtenido autorizacin para que el personal del juzgado y los fiscales sean trasladados a ciudad de Asuncin en el avin presidencial Tango 02, y que, a tal efecto, partiran el 18 de agosto de 1994, a las 2:00 hs., desde el sector militar de aeroparque (fs. 2644/6, del expediente n1.156/94). II.a.72.- Informe entregado por el Subsecretario de la S.I.D.E., Juan C. Anchezar, sobre Terrorismo y guerra no convencional, de la Cmara de Representantes de los Estados Unidos, Comisin Republicana de Investigacin. En l se consigna, en relacin con la Repblica Argentina, que la red de apoyo local en Buenos Aires, incluyendo la totalidad de la logstica y el reclutamiento de mano de obra local, sta fue responsabilidad del Agregado Cultural Iran Imn, Moshen RABBANI. RABBANI, quien es actualmente un predicador en la Mezquita de Floresta en Buenos Aires, estuvo implicado en el ataque de 1992 a la Embajada israel. A fines de marzo de 1994, con el objeto de asegurarse de que sera posible adquirir los autos apropiados para coches-bomba, RABBANI, protegido por su pasaporte diplomtico como Agregado Cultural iran en Buenos Aires, realiz una investigacin sobre la disponibilidad de autos usados, buscando aquellos modelos que pudiesen ser ms fcilmente convertidos en coches-bomba. Este informe fue formalmente agregado al expediente, el 17 de agosto de 1994, por el juez Galeano (fs. 2679/95, del expediente n1.156/94). II.a.73.- Exhorto dirigido a la Repblica de Paraguay, y decreto del juez Galeano, del 16 de agosto de 1994, en el que orden agregar la rogatoria diligenciada y el resultado obtenido. El 18 de agosto, la Dra. Spina deja constancia de los detalles del viaje al vecino pas (fs. 2709/39 y 2742/4, del expediente n1.156/94). II.a.74.- Informe de la S.I.D.E., firmado por Juan C. Anchezar, del 18 de agosto de 1994, en el que puso en conocimiento del juez Galeano que el 30 de

Poder Judicial de la Nacinjulio se inici la escucha directa del abonado n 942-9181 de Kanoore y acompa las transcripciones de los cassettes grabados hasta el 12 de agosto. Galeano orden, el 22 de agosto, reservar en el juzgado los legajos de las transcripciones telefnicas aportadas (fs. 2799/800 y 2804, del expediente n1.156/94). II.a.75.- Decreto del 22 de agosto de 1994. GALEANO solicit a la S.I.D.E. y al D.P.O.C. que aporten toda la informacin que registren relativa a las reuniones que se hubiesen realizado en las Mezquitas EL IMAN y AT TAHUID, y sobre los integrantes y la actividad que desarrolla la sociedad IMACO S.R.L. (fs. 2811, del expediente n1.156/94). II.a.76.- Informe del Comisario Inspector Carlos A. Castaeda, del 22 de agosto de 1994, en el que hace saber al juez Galeano que arrojaron resultado negativo en cuanto al hecho investigado y toda otra circunstancia, las escuchas de los TE: () 941-8060 () 942-9181 (fs. 2818 y vta., del expediente n1.156/94). II.a.77.- Informe de la SIDE, del 23 de agosto de 1994, a travs del cual Juan C. Anchezar informa que, en virtud de lo ordenado por Galeano el 8 de agosto, se procedi a cesar con la observacin e intervencin del abonado en cuestin [n 449-4706], correspondiente a ALIANTEX S.A., usuario Alberto K. EDUL, por carecer de valor informativo... (fs. 2821, del expediente n1.156/94). II.a.78.- Informe de la S.I.D.E., suscripto por Juan C. Anchezar, del 23 de agosto 1994, mediante el cual hizo saber a Galeano que con fecha 2 de agosto de 1994 se interrumpi la escucha directa (BAJA), del abonado en cuestin [n 9418060]. El anlisis de inteligencia realizado sobre el producido del abonado del 29 de julio del 94 al 01 de agosto de 1994, carece de valor informativo. Con relacin al abonado n 449-4706, inform que el 29 de julio de 1994 se inici la escucha directa, y adjunt las transcripciones de los cassettes grabados hasta el 2 de agosto de ese ao. Dijo, respecto de esta ltima lnea telefnica, que el anlisis de inteligencia realizado sobre el producido del abonado hasta la fecha, carece de valor informativo. Galeano orden, el 23 de agosto, que los legajos de transcripciones telefnicas sean reservados (fs. 2823/6, del expediente n1.156/94). II.a.79.- Declaracin de Norberto Antonio Godoy, del 5 de agosto de 1994. Dijo que desde junio de 1988 es empleado de la firma ALIANTEX S.R.L., propiedad de Kanoore Edul. Utilizaba para hacer trmites un vehculo que tiene instalado en forma fija el aparato celular n 449-4706. En general slo reciba llamadas cuando estaba arriba del vehculo, pero, en ocasiones, tambin lo utilizaba.

Aunque seal que no trabaja nunca los das domingos, con lo cual es imposible que haya realizado el domingo 10 de julio, a las 15.30 hs., un llamado telefnico desde dentro del automvil (fs. 2967, del expediente n1.156/94). II.a.80.- Informe del D.P.O.C., firmado por Carlos A. Castaeda, del 26 de agosto de 1994, mediante el cual se envi al juzgado federal n 9 el anexo de intervenciones judiciales, parte I, de 467 fojas, en el que consta el resumen de las intervenciones telefnicas de, entre otros abonados, los n 942-9181 y n 941-8060 ambos vinculados a Kannore. El mismo da fue reservado en Secretara, por el juez Galeano (fs. 3180/2, del expediente n1.156/94). II.a.81.- Informe de la S.I.D.E., firmado por Juan C. Anchezar, del 29 de agosto de 1994. Hizo saber, en l, que se continu con la escucha directa del abonado n 941-9181, y adjunt las transcripciones de los cassettes grabados del 19 al 23 de agosto. A su vez, se inform que ...el anlisis de inteligencia realizado sobre el producido del abonado, carece de valor informativo... (fs. 3208/10, del expediente n1.156/94). II.a.82.- Informe remitido por el D.P.O.C., firmado por Castaeda, con fecha 29 de agosto de 1994, relacionado con el atentado ocurrido en la ciudad de Londres, Inglaterra (fs. 3211/3229, del expediente n1.156/94). II.a.83.- Auto de fecha 31 de agosto de 1994, por el cual Juan Jos Galeano orden medidas relacionadas con ciudadanos iranes y las posibles vinculaciones de ciudadanos de pases del medio oriente con grupos terroristas del fundamentalismo islmico. (fs. 3329 del expediente n1.156/94). II.a.84.- Informe de fecha 13 de septiembre de 1994, en el cual Juan Carlos Anchezar inform respecto del abonado 942-9181 que se continu con la escucha directa del abonado en cuestin, anex las transcripciones de los cassettes grabados del 3 al 11 de septiembre de 1994 e hizo saber que el producido de los abonados careca de valor informativo. (fojas 3644 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.85.- Nota de Anchezar, de fecha 26 de septiembre de 1994, por la cual solicit el cese de la intervencin y observacin, entre otras, de las lneas 9418060 y 942-9181 por carecer de valor informativo para la causa en cuestin. Con fecha 28 de septiembre de 1994, Galeano decret suspender la escucha directa de los abonados 941-8060 y 942-9181. (fojas 4299/4300 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00).

Poder Judicial de la NacinII.a.86.- Informe de la Secretara de Inteligencia de la Presidencia, de fecha 27 de septiembre de 1994, en el que consta que remiti las transcripciones correspondientes al abonado 942-9181 desde 12 al 21/23 de septiembre de 1994. (fojas 4380/4382 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.87.- Informe de Telefnica de Argentina, de fecha 22 de mayo de 1995, sobre la titularidad de las lneas telefnicas nmeros 941-7591 y 252-1537 pertenecientes a Jos Arcuri y Mario Daz respectivamente. (fojas 11.829/11.830 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.88.- Auto de fecha 29 de mayo de 1995, del que surge que Galeano orden -nuevamente- la intervencin de los abonados 449-4706 y 942-9181 por considerar que resultaba de inters a la investigacin. (fojas 11.912/11.913 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.89.- Auto de fecha 17 de agosto de 1995, ordenando la intervencin de las lneas 941-8060, 941-8846 (ambas de Aliantex) y 415-1086 de Kanoore Edul, por resultar de inters para la causa. (fojas 14.583 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.90.- Escrito de Eamon Mullen, de fecha 24 de agosto de 1995, en el que indic que resultara de inters citar a prestar declaracin testimonial a los titulares de las lneas 941-7591 y 252-1537 que, a su vez, se comunicaron el 10 de julio de 1994 con el telfono celular 449-4706 perteneciente a Kanoore Edul. (fojas 14.657 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.91.- Decreto de fecha 31 de agosto de 1995 en el que consta que Galeano le encomend a la S.I.D.E. que practique distintos procedimientos de reunin de informacin en forma subrepticia tendiente a identificar a los propietarios y ocupantes de los talleres (). Asimismo, se deber establecer en todos los casos qu tipo de relacin exista entre stos y Alberto Jacinto KANOORE EDUL..., entre otras medidas. (fojas 14790/2 del expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.a.92.- Despacho, de fecha 13 de noviembre de 1995, en el cual se orden agregar el informe de la S.I.D.E., relacionado con los domicilios de los talleres que surgan de la agenda de KANOORE EDUL. (fojas 20.244 del

expediente n1.156/94 conforme certificacin obrante a fojas 14.918, de la causa n9789/00). II.b.- El Legajo n 129, Relativo a Alberto Jacinto Kanoore Edul y Vctor Chaban. En este legajo se concentr la lnea de investigacin relativa a Kanoore Edul y Victor Chaban, lleva el nmero 129 y consta -de acuerdo a los cuerpos formados en este Tribunal con las fotocopias parciales remitidas por la Unidad Fiscal de investigacin del atentado a la sede de la AMIA- de siete cuerpos identificados con las letras A, B, C, D, E, F, G. Fue iniciado por el Dr. Galeano en septiembre de 1996, razn por la cual, ciertas pruebas resultan ser fotocopias de las ya detalladas en el acpite que precede, sin perjuicio de ello algunas pruebas se reiteran en su detalle puesto que ser ampliada su descripcin para otorgarle mayor logicidad a la comprensin del legajo. En relacin con la foliatura citada, la primera corresponde a la que se realiz en este Tribunal de las fotocopias parciales y la segunda pertenece a la original del legajo n 129. II.b.1.- Legajo identificado con letra a. II.b.1.i.- Decreto del 31 de julio de 1994, mediante el cual el juez Galeano orden el allanamiento de los domicilios de la calle Constitucin n 2633, n 2695 y n 2745, entre otros, y el arresto de Alberto Jacinto Kanoore Edul. Para fundar la diligencia, sostuvo que en atencin a las investigaciones que se fueron realizando hasta el momento por las fuerzas de inteligencia que intervienen en este sumario, y resultando de sumo inters realizar medidas requisa tanto domiciliaria como personal y el secuestro de elementos que sirvan a la dilucidacin del hecho que nos ocupa. Dispuso, adems, que los allanamientos sean llevados a cabo por el jefe de la Divisin Operaciones Federales de la P.F.A., Jorge A. Palacios (fs. 1/2 fs. 1/2 del Legajo 129). II.b.1.ii.- Acta de allanamiento del domicilio ubicado en la calle Constitucin n 2695 de esta ciudad. De ella surge que el Ayudante Claudio Camarero se constituy, el 1 de agosto de 1994, en el domicilio de la calle Constitucin 2695, oportunidad en la que accedi a la finca y secuestr una agenda personal manuscrita, diez cassettes marca TDK, un aparato Movicom marca Motorola, con su batera y un repuesto, un cargador para el aparato y un anotador con datos de clientes, entre otras cosas (fs. 3/4 fs. 3/4 del Legajo 129). II.b.1.iii.- Actuaciones vinculadas al allanamiento practicado sobre el domicilio de la calle Constitucin n 2695 de esta ciudad. Entre ellas, est la propia

Poder Judicial de la Nacinorden de allanamiento, una nota en la que el Crio. Inspector Carlos Castaeda design al Ayudante Claudio Camarero para que efecte la diligencia, dos actas que dan cuenta de las circunstancias en que se desarroll el procedimiento y la detencin de Kanoore Edul, y un acta ms donde consta exclusivamente ese ltimo extremo. La orden es del 31 de julio de 1994, y dirigida al jefe del Departamento de Prevencin del Orden Constitucional de la P.F.A., para ser ejecutada el 1 de agosto de ese ao, a partir de las 00:00 hs. y hasta que dure el procedimiento, pudiendo habilitar da y hora para el caso que la diligencia se prolongue. Del acta, se desprende que Alberto Jacinto Kanoore Edul fue detenido en el domicilio de la calle Constitucin 2695, el 1 de agosto de 1994, a las 17:20 hs, cuando el personal policial ingres a la finca (fs. 5/10 -fs. 5/10 del legajo 129-). II.b.1.iv.- Testimonio de Alberto Jacinto Kanoore Edul. La declaracin se recibi en la sede del Departamento Proteccin del Orden Constitucional de la P.F.A, el 2 de agosto de 1994. Precis que los ltimos quince das antes de esa declaracin estuvo observando los avisos clasificados del diario Clarn de los das domingo para adquirir una Renault Trafic cuyo valor se aproxime a los $ 15.000; pero para ello, le deban tomar como parte de pago una camioneta Mercedes Benz. Record que trat con una persona de apellido Leme de la localidad de Lans en forma telefnica; tambin con otra persona de la que no supo recordar su nombre, de la zona de Ramos Meja, ms precisamente de la calle Castelli, aunque afirm no tener presente haber efectuado algn otro llamado sobre ese vehculo a ningn otro particular. Concretamente, al serle preguntado para que diga si el da 10 de julio efectu un llamado desde el Movicom 449-4706 al nmero 768-0902 ubicado en el Partido de San Martn, con relacin a la compra de un vehculo Trafic publicado en el diario Clarn, manifest no recordar haber efectuado llamado alguno. Aclar que Norberto Godoy empleado administrativo de la empresa Aliantex S.R.L., y su chofer era quien utilizaba el abonado Movicom referido (fs. 11/2 fs. 11/2 del Legajo 129). II.b.1.v.- Testimonio de Alberto Jacinto Kanoore Edul, en sede judicial, del 3 de agosto de 1994. Un da despus de declarar como testigo en la sede del D.P.O.C. hizo lo propio en los estrados del juzgado n 9 del fuero. Se expidi en trminos similares. No obstante, expres su deseo de cambiar la camioneta Mercedes Benz por una modelo Trafic. Al serle preguntado para que diga si efectu un llamado al abonado n 768-0902 volvi a ratificar que no lo recordaba, aunque luego contempl la posibilidad de que efectivamente s lo haya realizado. Indagado

sobre si era posible que otra persona haya usado el vehculo Peugeot 505, donde se encontraba instalado el telfono Movicom aludido y desde donde se efectu ese llamado, respondi de forma afirmativa, refirindose a su chofer Norberto Godoy, aunque coment que ese da no lo pudo haber utilizado ya que los das domingos Godoy no trabajaba en su empresa. Afirm, de todas formas, que a Godoy le encarg la bsqueda del rodado para la compra. Record, finalmente, haber contratado dos aos antes de esa audiencia a una empresa de volquetes, aunque no aclar cual. Neg conocer a la empresa de ese rubro denominada Santa Rita (fs. 13/4 fs. 13/4 del Legajo 129). II.b.1.vi.- Testimonio de Alberto Antonio Godoy. Declar en el D.P.O.C. el 5 de agosto de 1994. Manifest que es empleado de la firma Aliantex S.R.L., cuyo responsable era Alberto Jacinto K. Edul. Explic que se desempeaba como empleado administrativo y como chofer de la empresa referida. Indic que el vehculo Peugeot 505 tena instalado en forma fija el aparato movicom n 449-4706 y que lo utilizaba para recibir llamados cuando haca diligencias con el rodado, es decir, entre los das lunes a viernes entre las 9:00 y 19:00 hs., y los das sbados, slo cuando le era requerido. Insisti en que nunca trabaj un domingo (fs. 15 fs. 15 del Legajo 129). II.b.1.vii.- Decreto del 31 de agosto de 1995. El juez Galeano ordena a Crio. My. Oreste Vern, Director de Coordinacin e Inspeccin de la Polica de la Provincia de Buenos Aires, que: (i) determine si los Oficiales Bareiro y Barreda han compartido destino durante su carrera con el Oficial Inspector Jousef Chaban, (ii) averige si los vincul algn tipo de relacin, (iii) individualice el domicilio de Jousef Chaban e implante servicio de observacin subrepticia en sus cercanas a fin de obtener informacin de sus movimientos, (iv) determine en qu dependencia policial estn instalados los telfonos n 757-0194 y n 757-4444, y si a travs de ellos el Oficial Inspector Bareiro reciba mensajes, identificando a su transmitente, (v) constate la distancia que hay entre el domicilio que habitaba Bareiro en 1994 y aquel que corresponda con los abonados referidos, (vi) verifique si el Crio. Carlos Bareiro, titular del telfono 601-6016, perteneci a la fuerza, y si, adems, tiene algn vnculo de parentesco con el Oficial Bareiro o de amistad con los Oficiales Barreda y Chaban, (vii) rena igual informacin respecto del Crio. Omar Hamze, y (viii) establezca el tipo de relacin que exista entre el Oficial Chaban y Alberto J. K. Edul, y cul entre este ltimo y Bareiro, Hamze, Barreiro y Barreda; entre otras medidas. A su vez, encomienda a la S.I.D.E. que rena informacin sobre los

Poder Judicial de la Nacinocupantes y propietarios de once (11) talleres mecnicos, y establezca qu tipo de relacin exista entre estos y Alberto J. K. Edul (fs. 16/8 -fs. 16/8 del Legajo 129-). II.b.1.viii.- Informe del Director de Coordinacin e Inspeccin de la Polica de la Pcia. de Buenos Aires, Crio. My. Oreste Vern, del 18 de septiembre de 1995. Da respuesta parcial a las diligencias encomendadas por el juez Galeano el 31 de agosto. Entre otras cosas, seala que Chaban y Bareiro trabajaron en el mismo edificio, en San Martn, aunque en dependencias distintas; que entre Bareiro y Barreda existe un vnculo de amistad de familias; que existe un Suboficial Mayor llamado Omar Hamze, quien jams prest funciones junto a los nombrados y se desconoce su relacin con ellos. Hace saber, adems, que Vctor Jos Chaban es pariente de Alberto J. Kanoore Edul dado que la madre del primero lleva el apellido del segundo. Y, finalmente, indica que tratar de establecerse la relacin que exista o existi entre Alberto Jacinto Kanoore Edul y los efectivos policiales, tras lo cual se informar oportunamente (fs. 19 fs. 114 del Legajo 129). II.b.1.ix.- Oreste Vern pone en conocimiento del juez Galeano, el 19 de marzo de 1996, que durante todo el ao 1994, Vctor Jos Chabn se desempe como Of. Inspector de la Comisara de la P.F.A. de Santos Lugares, pcia. de Buenos Aires (fs. 22/5 fs. 130/3 del Legajo 129). II.b.1.x.- Informe de Juan C. Anchezar, de la S.I.D.E. Hace saber al juez, el 26 de marzo de 1996, que Hasin Salomn es uno de los propietarios del inmueble ubicado en el domicilio de la calle Cervantes n 883 de esta ciudad, donde se aloja el diplomtico iran Rabbani, y que el clan Salomn est emparentado con las principales familias de la colectividad shita, de Floresta, entre ellas, Hamze (fs. 27/8 fs. 135/6 del Legajo 129). II.b.1.xi.- Informa la empresa Movicom, el 13 de mayo de 1996, que las nicas tres llamadas realizadas desde el abonado n 449-4706, el 10 de julio de 1994, fueron efectuadas desde la misma celda de origen, la 40. Tiempo despus, el 14 de junio, hace saber que durante el mes de julio de 1994 el equipo vinculado a la lnea n 449-4706 corresponda a un modelo que se instalaba en los vehculos y no era, en principio, transportable, ya que para movilizarlo deba ser adaptado (fs. 31/2 fs. 139/40 del Legajo 129). II.b.1.xii.- Informe confeccionado por el Comisario Mayor Ramn Orestes Vern de la Polica de la Provincia de Buenos Aires, del que se desprende lo siguiente: (i) Victor Chabn y Alberto Kanoore Edul son primos, (ii) durante 1994 se efectuaron desde un locutorio prximo al domicilio de la calle Salguero n 223,

donde viva Chaban, numerosas llamadas a Alberto K. Edul y una a la casa de Eduardo Telleldn, el 15 de junio, y (iii) Chaban practicara la religin musulmana, sera antisemita, habra estado preocupado por que se lo est investigando por el atentado a la A.M.I.A., junto a un polica bonaerense de apellido Cortias se dedicara al recupero de autos robados, tendra importantes contactos en la Polica Bonaerense, Gendarmera, Polica Federal y en la zona de las triple frontera, sabra como conseguir en el mercado marginal una tarjeta de identificacin del automotor, tendra conocimiento del explosivo C4, sabra el gramaje a utilizar para ocasionar algn dao, tendra acceso a dicho explosivo, se relaciona, por lo general, con gente de la comunidad a la que pertenece, sera para l Ribelli un hombre de confianza, tendra una estrecha relacin con Kanoore Edul y ste dependera de la opinin de Chaban en el tema automotores. En funcin de ello, aclara, a modo de observacin, que no puede descartarse que el llamado del 10 de julio de 1994 a Telleldn, desde el mvil instalado en el auto de Kanoore Edul, lo haya realizado Chabn y no Edul. Tambin se consigna que la S.I.D.E. hizo un relevamiento de los talleres que aparecan en la agenda de Kanoore Edul, sin ningn tipo de anlisis ni seguimiento posterior. Sobre la inscripcin SURAMI YOUSSEF-RABBANI, Inteligencia de la P.F.A. estableci que se tratara de Jos Corrado, un musulmn practicante. Reitera que, del locutorio utilizado por Chaban, ubicado a 200 metros de su domicilio de Salguero n 223, y por intermedio de las lneas n 754-1679 y n 754-1680 se efectuaron varias llamadas a Alberto K. Edul, a la Comisara de Santos Lugares y una al domicilio de Eduardo Telleldn, con fecha 15 de junio de 1994. Y, durante 1994, desde los abonados n 757-4444 y n 757-0194 de la Cria. de Santos Lugares se efectuaron numerosos llamados a Alberto K. Edul, Diego Barreda, Eduardo y Carlos Telleldn. La llamada a ste ltimo se produjo antes de que se conociera su participacin en la venta de la camioneta Trafic que se habra utilizado para volar la A.M.I.A. (fs. 34/51 fs. 144/62 del legajo 129). II.b.1.xiii.- Nota de la empresa Movicom, del 17 de diciembre de 1996, recibida un da despus en el juzgado federal n 9, acompaando el listado de llamadas correspondientes a la lnea n 449-4706 desde el 1 de enero de 1994 hasta el 28 de septiembre de igual ao, cuando se inhabilit el servicio por haber denunciado Aliantex S.A. el robo del equipo (fs. 52 fs. 221 del legajo 129). II.b.1.xiv.- Decreto del juez Galeano, del 10 de marzo de 1997, cuando orden la realizacin de tareas de inteligencia sobre los abonados 941-7591

Poder Judicial de la Naciny 252-1537, a fin de determinar su titularidad y cualquier otro dato de inters (fs. 53 fs. 225 del legajo 129). II.b.1.xv.- El Dr. Igounet, de la S.I.D.E., solicita a Galeano, el 2 de julio de 1997, la baja del nmero telefnico 941-8846, correspondiente a uno de los locales comerciales de Alberto K. Edul, por haber sido cerrado judicialmente. Pide, tambin, el alta de los abonados 942-9140 y 942-9146, correspondientes al comercio ubicado en la calle Constitucin 2745, propiedad de Alberto K. Edul. Este pedido llega al juzgado el 3 de julio de 1997. II.b.1.xvi.- Nuevo informe del Dr. Igounet, de la S.I.D.E. El 21 de julio de 1997, acompaa al juzgado un cuadro sobre las relaciones parentales y contactos de Alberto K. Edul. En el se concluye, concretamente, que en este contexto sirio, aparece un nexo libans shita, con el grupo Mazrrani, relacionado con el Consejero Cultural de la Embajada de Irn en Buenos Aires, Mohsen Rabbani. Por lo expuesto, hasta la fecha, aparecen tres puntos de inflexin a saber: Alberto Kanoore Edul, comunicacin efectuada al domicilio de Carlos Alberto Telleldn; Victor Chabn, primo hermano de Edul, oficial de la Polica Bonaerense; Elementos libaneses shitas relacionados con Irn. El informe es recibido en el juzgado el 22 de julio (fs. 59/61 fs. 269/270 del legajo 129). II.b.1.xvii.- El Dr. Igounet, de la S.I.D.E., inform a Galeano, el 28 de julio de 1997, que en la entrevista da 22 de julio de 1997, en el programa televisivo Memoria, Alberto Jacinto K. Edul habra cado en contradicciones con su exposicin judicial respecto del llamado que realiz a Carlos Telleldn (fs. 63 fs. 272 del Legajo 129). II.b.1.xviii.- Informe del secretario del juzgado federal n 9, Dr. De Gamas, del 28 de julio de 1997. All hace saber al juez que, en el Programa televisivo Memoria, Alberto Jacinto K. Edul refiri, entre otras cosas, que luego de haberse practicado el 1 de agosto de 1994 un allanamiento en su domicilio particular en el que se le secuestr documentacin y una agenda de ndole comercial, fue trasladado al D.P.O.C., donde estuvo demorado cinco horas y se le recibi declaracin testimonial. Tales procedimientos, dijo, fueron la consecuencia de una llamada telefnica que realiz el da 10 de julio desde su telfono n 449-4706 instalado en su automvil al domicilio de Telleldn, interesado en un furgn utilitario que destinara a fines comerciales, pues es dueo de una empresa textil. Ello, dado que 15 o 20 das antes le haba sido robado, a su padre, un furgn Mercedes Benz.

Refiri que tom conocimiento de la oferta a un precio considerable de la Trafic e hizo la llamada para realizar las averiguaciones del caso. Tambin, dijo, hizo otras llamadas a tal fin. Indic, adems, que la familia Edul tuvo relacin comercial y social con la comunidad juda, y que tiene un pariente en la polica bonaerense, Jos Chaban. Y manifest, por ltimo, no tener contacto poltico con organizaciones rabes, aunque, explic, su padre fue revisor de cuentas durante tres aos del Centro Islmico, que resultara ser, segn sus dichos, una entidad que nuclea a quienes profesan el islamismo (fs. 64/5 fs. 273/274 del legajo 129). II.b.1.xix.- El 30 de julio de 1997, prest declaracin testimonial Vctor Jos Chabn, ante el juez Galeano. Refiri que su primo, Edul, nunca conoci ni tuvo relacin con los funcionarios policiales Bareiro y Barreda (fs. 66/68 fs. 276/278 del legajo 129). II.b.1.xx.- Decreto firmado P.R.S. por el juez Jorge L. Ballestero, del 2 de octubre de 1997, solicitando a la S.I.D.E. un anlisis evaluativo respecto de las escuchas de los siguientes abonados: 941-8060, 308-5181, 449-4706, 941-8846, 415-1086, 757-444, 755-2819, 757-0194, 751-3606, 751-1413, 754-2292, 753-3511, 400-4936, 415-0975 y 207-9007 (fs. 69 fs. 286 del legajo 129). II.b.1.xxi.- Decreto del juez Galeano, del 18 de octubre de 1997. En l, ordena dar intervencin en el expediente al Departamento Unidad de Investigacin Antiterrorista D.U.I.A. de la P.F.A., a fin de que realice tareas de especialidad tendientes a corroborar la hiptesis de trabajo investigada (fs. 70 fs. 289 del legajo 129). II.b.1.xxii- El Crio. Jorge A. Palacios, de la D.U.I.A., solicita al juez Galeano, el 28 de octubre de 1997, que requiera a la empresa Movicom un listado de llamados efectuados por el celular n 449-4706, desde el 1 de enero de 1994 hasta el 30 de julio de igual ao (fs. 71 fs. 291 del Legajo 129). II.b.1.xxiii.- Decreto del juez Galeano, del 13 de abril de 1998, requiriendo en forma urgente a la S.I.D.E. y a la D.U.I.A. que profundicen las investigaciones que se llevan a cabo en la presente hiptesis para adoptar un temperamento concluyente respecto de la misma. Orden tambin, con carcter de urgente, la elaboracin de un informe evaluativo en el cual se evidencie y se describa la actividad desarrollada hasta la fecha respecto de la investigacin aqu sustanciada (fs. 83 fs. 314 del legajo 129).

Poder Judicial de la NacinII.b.1.xxiv.- Informe firmado por Jorge A. Palacios, de la D.U.I.A., del 17 de abril de 1998. En esa ocasin, present al juez un informe sobre Alberto J. K. Edul (fs. 84/5 fs. 317/8 del Legajo 129). II.b.1.xxv.- Informe de la S.I.D.E., del 24 de abril de 1998, donde se pone en conocimiento del juez que las investigaciones practicadas hasta la fecha no modifican lo planteado en los oficios del 21 y 28 de julio de 1997(...). Las actividades de Alberto Kanoore Edul continan dentro del plano comercial de su empresa (fs. 86 fs. 320 del Legajo 129). II.b.1.xxvi.- Decreto del juez Galeano, del 1 de julio 1998. Orden all el allanamiento de la firma Mercado Abierto Electrnico S.A., a los efectos de secuestrar toda la documentacin vinculada a aquellas operaciones comerciales que pudieran registrarse entre Telleldin, Boragni y Kanoore Edul (fs. 87 fs. 333 del legajo 129). II.b.1.xxvii.- El 25 de agosto de 1998, el juez Galeano ordena la elaboracin de un informe sobre los abonados telefnicos investigados que se investigan en el legajo. Ese da, el secretario del juzgado, Dr. Velasco, inform, entre otros telfonos, lo siguiente: n 449-4706, de Alberto K. Edul, intervenido el 29 de mayo de 1995; n 415-1086, de Alberto K. Edul, intervenido el 17 de agosto de 1995, en noviembre de 1997 y desintervenido el 24 de noviembre de 1997; n 942-9181, de Alberto K. Edul, intervenido el 29 de mayo de 1995 y desintervenido el 14 de diciembre de 1995; n 308-5181 ex-942-9181, tambin de Alberto K. Edul, intervenido el 14 de diciembre de 1995; n 941-8060, a nombre de Aliantex S.R.L., desintervenido el 28 de enero de 1998; n 941-8846, tambin de Aliantex S.R.L., intervenido el 17 de agosto de 1995, desintervenido el 15 de octubre de 1996 y vuelto a intervenir el 4 de agosto de 1998; n 757-0194, de la Seccional de 3 de febrero de la Polica Bonaerense utilizada por Chaban, intervenido el 15 de diciembre de 1995; n 757-4444, de la Seccional de 3 de febrero de la Polica Bonaerense utilizada por Chaban, intervenido el 15 de diciembre de 1995; n 755-2819, de Chaban, intervenido el 15 de diciembre de 1995; n 754-2292, de Chaban, intervenido el 21 de febrero de 1996; n 942-9140, del local de Alberto K. Edul, nunca fue intervenido; n 942-9146, del local de Alberto K. Edul, nunca fue intervenido, y n 922-3131, de Alberto K. Edul, intervenido el 25 de marzo de 1996 (fs. 111/4 fs. 409/12 del Legajo 129). II.b.1.xxviii.- Decreto del juez Galeano, del 7 de septiembre de 1998. Encomend a la D.U.I.A. intensificar las tareas respecto de los lugares y personas

sealados por Alberto J. K. Edul en sus declaraciones, a los que habra concurrido con el fin de adquirir una camioneta; profundizar las tareas a fin de establecer la vinculacin entre Vctor Chaban, Alberto J. K. Edul y el entorno de los nombrados con los dems investigados en la causa; practicar un amplio estudio patrimonial de Vctor Chaban; realizar todas las medidas de inters respecto de los titulares de las dos lneas con las que se habra entablado una comunicacin desde el telfono n 449-4706, el 10 de julio de 1994; establecer si la actividad de Chaban relacionada al recupero de autos robados est vinculada a la investigacin o a Telleldn y/o su entorno, y, entre otras cosas, intensificar la labor dirigida a profundizar el vnculo entre Alberto J. K. Edul y Vctor Chaban con la comunidad musulmana, especialmente con la Embajada de Irn y la Mezquita At-Thuid (fs. 115/7 fs. 413/5 del Legajo 129). II.b.1.xxix.- El 22 de septiembre de 1998, el juez Galeano solicita a la D.U.I.A. fotocopias del legajo personal de Francisco J. Corrado, que se recibe en el juzgado el 1 de octubre (fs. 119/36 fs. 444, 454/69 del Legajo 129). II.b.1.xxx.- El Dr. Igounet, de la S.I.D.E., informa al juez, el 11 de diciembre de 1998, que Francisco J. Corrado, al convertirse al Islam, adopt el nombre islmico de Youssef y le agreg el apellido de su madre, Sorani. ste, dijo, sola ir a la Mezquita Sunnita ubicada en Alberti 1541, de la ciudad de Buenos Aires. Se lo habra sindicado como fantico religioso, dado que cumpla con las oraciones diarias ordenadas en el Corn (fs. 146/7 fs. 499/500 del Legajo 129). II.b.1.xxxi.- Testimonio de Norberto A. Godoy, del 10 de febrero de 2000, prestado ante el juez Galeano. Dijo, entre otras cosas, que Edul reciba la visita de muchos policas, ya sea de la Seccional 20 que quedaba a la vuelta o de otros policas del crculo policial que venan por los contactos polticos que tena el padre de Edul (fs. 164/6 fs. 1138/40 del Legajo 129). II.b.1.xxxii.- El 11 de febrero de 2000, el juez Galeano ordena llevar a cabo el allanamiento de la calle Constitucin n 2745, piso 1, y autoriza a tal efecto al jefe de la D.U.I.A. (fs. 183/4 fs. 1161/2 del Legajo 129). II.b.1.xxxiii.- Galeano requiere, el 11 de febrero de 2000, a la Direccin de Contrainteligencia de la S.I.D.E., que elabore un nico informe final que explique en forma detallada la totalidad de los antecedentes y fundamentos de cada una de las relaciones de K. Edul, por resultar incompleto y disperso el informe mediante el cual se pretende explicar el cuadro de contactos de Alberto J. K. Edul

Poder Judicial de la Nacinque el mismo organismo haba acompaado el 21 de julio de 1997, es decir, casi tres aos antes (fs. 188 fs. 1168 del legajo 129). II.b.1.xxxiv.- Informe de la S.I.D.E., del 14 de febrero de 2000. De l se desprende, entre otras cosas, que, Alberto J. K. Edul estara vinculado con la familia Mazraani, de origen libans shita, quien guardara relacin con el Consejero Cultural de Irn, Mohsen Rabbani, y que sera primo hermano de Vctor Jos Chaban alias Youssef, quien sera Oficial de la Polica de l Provincia de Buenos Aires y tendra vinculacin con funcionarios policiales relacionados con la causa A.M.I.A. (fs. 206/13 fs. 1188/95 del Legajo 129). II.b.1.xxxv.- Decreto del juez Galeano, del 14 de febrero de 2000, a travs del que orden, entre otras diligencias, solicitar a la D.U.I.A. y la Direccin de Contrainteligencia de la S.I.D.E. que, en forma conjunta efecten un anlisis de especialidad, respecto de la totalidad de la documentacin incautada en el allanamiento realizado en el domicilio de Alberto Jacinto Kanoore Edul. Igualmente, y dado que, a criterio del juez, exista el estado de sospecha al que alude el artculo 294 del C.P.P.N., convoc a prestar declaracin indagatoria a Alberto J. K. Edul (fs. 238/49 fs. 1220/21 del Legajo 129). II.b.1.xxxvi.- Acta de declaracin indagatoria de Alberto J. K. Edul, del 17 de febrero de 2000. En esa ocasin, se le imput, concretamente, haber participado en el atentado ocurrido el da 18 de julio de 1994, en horas de la maana, en la Asociacin Mutual Israelita Argentina, sita en la calle Pasteur 633 de esta ciudad, la que provoc, mediante la utilizacin de elementos explosivos numerosas muertes, lesiones a distintas personas y daos a la propiedad, tanto en el lugar sealado como en sus alrededores; y, colaborar con Carlos Alberto Telleldn en la obtencin de diferentes partes de camionetas Renault Trafic que resultaran utilizadas en el mencionado hecho (fs. 250/8 fs. 1273/81 del Legajo 129). II.b.1.xxxvi.- Decreto del juez Galeano, del 17 de febrero de 2000. Orden, en aquella ocasin, la ampliacin de la declaracin indagatoria de Alberto J. K. Edul. Y dispuso, a su vez, la formacin de un legajo a los efectos de que Francisco Corrado indique, a travs de un reconocimiento fotogrfico, si reconoce a Edul, entre otras medidas (fs. 259 fs. 1282 del Legajo 129). II.b.2.- Legajo identificado con la letra B II.b.2.i.- Ampliacin de la declaracin indagatoria, de fecha 18 de febrero de 2000, de Alberto Jacinto Kanoore Edul, recibida en el Juzgado Federal n a cargo del Dr. Juan Jos Galeano quien al continuar con el relato de su descargo

seal -entre otras cosas- que su padre es amigo personal de Carlos S. Menem mientras que l lo conoci en la asuncin como gobernador. Agreg que la relacin de amistad entre su padre y el ex presidente data de tiempo atrs, y refiri que su progenitor contribuy en la compra de un inmueble de Menem en la calle Cochabamba entre Jujuy y Catamarca. En esa direccin tambin dijo que su padre ayud en la organizacin de reuniones sociales de la campaa poltica, aunque jams aport dinero. Coment que en una ocasin su padre concurri a la casa rosada donde se reuni con Carlos Menem para comentarle su situacin econmica desfavorable. Que el ex mandatario le agiliz las cosas para gestionar a travs de Importblanc S.R.L. un crdito de $ 50.000 ante el B.N.A. Sucursal Congreso. No obstante, afirm que ni l ni su padre se entrevistaron con Menem con motivo de la sustanciacin de la causa A.M.I.A., ni ste se interes ni expres solidaridad por su situacin. A su vez, record, en relacin a una tarjeta personal de Horacio Rodolfo BARTOL, Director General de Relaciones y Enlaces Legislativos de la Presidencia de la Nacin incautada en ocasin de concretarse un allanamiento en su domicilio, que le fue entregada por Bartol durante una reunin mantenida en el ao 1995 con Munir Menem en la Casa Rosada. Seal que en aquella oportunidad le pidi al hermano del presidente ayuda para una gestin de cobranza de su empresa, Aliantex S.R.L. (fs. 266/9 fs. 1296/9 del legajo 129). II.b.2.ii.- Ampliacin de la declaracin testimonial, de fecha 18 de febrero de 2000, de Francisco Jos Corrado, recibida en el Juzgado Federal n9 a cargo del Dr. Juan Jos Galeano oportunidad en la que se prest a realizar un muestreo fotogrfico, reconociendo en la foto identificada con el n 9, a Mohsen Rabbani. Sobre el nombrado dijo que era una autoridad religiosa de la comunidad islmica; que nunca tuvo trato personal, pero s lo vio concurrir a la mezquita de la calle San Nicols. Agreg que Rabbani era socio comercial de personas pertenecientes a la comunidad juda en el negocio referido a los frigorficos de carne. Sostuvo que en una oportunidad personas de la comunidad juda le vendieron como parte de una negociacin locales ubicados frente al Hospital Israelita (Fs. 270/271 -fs. 1300/1301 del legajo 129-). II.b.2.iii.- Declaracin testimonial, de fecha 6 de marzo de 1998, de Antonino Sbado Mascolo, recibida en la sede del Departamento Unidad de Investigacin Antiterrorista de la P.F.A. y remitida por el Comisario Palacios, el 21 de febrero de 2000, al Juzgado Federal n 9, luego del decreto firmado en la misma

Poder Judicial de la Nacinfecha por el Dr. Juan Jos Galeano en el cual le solicitaba de forma urgente a la referida fuerza policial que remita copias certificadas de las declaraciones prestadas oportunamente por los titulares y empleados de la playa de estacionamiento denominada Jujuy 1351 S.R.L.. En aquella ocasin el testigo, hizo referencia a que era propietario de la playa de estacionamiento denominada Jujuy 1351 S.R.L.. Que conoca Alberto Jacinto Kanoore Edul, quien guardaba en su local un vehculo marca Peugeot 505, y que recuerda haber tenido algn tipo de problemas respecto a los cheques que reciba por parte del nombrado en concepto de alquiler de la cochera, toda vez que algunos le eran rechazados por las entidades bancarias. Afirm desconocer la vinculacin de Edul con el atentado. Hizo saber -en relacin al terreno baldo de la calle Constitucin al 2660- que conectaba directamente a su playa de estacionamiento, lugar donde depositaba los vehculos de las personas que no pagaban por el servicio prestado. Explic que fue intimado por la municipalidad para desocupar el terreno, a lo que accedi. Finalmente, desconoci si se contrat a alguna empresa de volquetes para efectuar la limpieza del terreno (fs 283/284 -fs. 1316 del legajo 129-). II.b.2.iv.- Declaracin testimonial de Norberto Jos Perrone, de fecha 21 de febrero de 2000, recibida en el Juzgado del Dr. Juan Jos Galeano, ocasin en la que manifest ser contador externo del estacionamiento ubicado denominado Jujuy 1351 S.R.L. cuyos dueos en ese momento resultaban ser Luis y Antonio Mascolo. Al serle exhibido en la audiencia el talonario n 763 del mes de julio de 1994 vinculado a las facturas de aquella firma en las cuales se detallan los clientes del estacionamiento durante el primer semestre de 1994, en la que figura el nombre de Kanoore Edul, en la que el monto del dinero vara con relacin a otros usuarios, refiri que ello poda deberse a que Edul haya estacionado ms de un auto, o un vehculo de mayor tamao. Sobre el nombrado coment que lo conoca ya que lo haba visitado aos atrs para realizar un trabajo de contadura del que no recuerda mayores precisiones (fs. 287/290 -1321/1324). II.b.2.v.- Declaracin testimonial de Antonio Sbado Mascolo, de fecha 21 de febrero de 2000, recibida en el juzgado del Dr. Juan Jos Galeano, oportunidad en la que declar de forma similar a lo dicho oportunamente en la sede de la D.U.I.A. Hizo referencia a las circunstancias relativas a su relacin comercial con Edul, en cuanto a que el nombrado guardaba en su playa de estacionamiento su rodado particular marca Peugeot 505. Explic que luego de haber declarado en la sede de la D.U.I.A. tom conocimiento por intermedio de sus empleados que Edul

estacionaba una camioneta marca Volkswagen, tipo furgn frontal. Hizo alusin al baldo situado ubicado en la calle Constitucin 2657. Coment que lo utilizaba para colocar vehculos que la gente dejaba abandonados en su playa, aunque luego dej de hacerlo por una orden municipal. Al serle preguntado para que diga si el da 18 de julio de 1994 pudo observar a alguna persona dejando o retirando un volquete del lugar, expres que no poda precisarlo, ya que se encontraba de viaje. Neg que ocupantes del terreno entre los meses de junio o julio de 1994 estuviesen limpiando el terreno. Finalmente el testigo accedi a confeccionar un croquis sobre la ubicacin del estacionamiento de su propiedad, del terreno de la calle Constitucin 2657, del domicilio y del negocio del padre de Edul, destacando que el ingreso del terreno por la calle Constitucin se encontraba cerrado en el ao 1994, por lo que nicamente poda acceder desde la playa de estacionamiento (fs. 291/4 -1325/8-). II.b.2.vi.- Declaracin testimonial de Lus Alberto Mascolo, de fecha 21 de febrero de 2000, recibida en el Juzgado del Dr. Juan Jos Galeano, oportunidad en la que declar en similares trminos que su hermano Antonio Sbado. Dijo conocer a Kanoore Edul debido a que estacionaba el rodado particular en el estacionamiento de su propiedad e hizo referencia a circunstancias ya sealadas en la declaracin anterior (fs. 296/298 -fs. 1330/1332 del legajo 129-). II.b.2.vii.- Declaracin testimonial de Lus Alfredo Quinzio, de fecha 22 de febrero de 2000, recibida en el Juzgado del Dr. Juan Jos Galeano oportunidad en la que refiri que conoce tanto a Edul como a su padre toda vez que estacionaban sus autos en la playa de estacionamiento donde el dicente trabaja, aunque neg cualquier tipo de relacin. Mencion que Edul tena tres autos: un Peugeot 505, una Combi Volskwagen y un Renault 18. Tambin dijo que durante los aos 1992 y 1994 se dedic a guardar lo