el ciclo tributario -...
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Según Adam Smith…
Los vasallos de cualquier Estado, deben contribuir al sostenimiento del Gobierno a
proporción de sus respectivas facultades, en cuanto sea posible esta regulación, esto
es a proporción de las rentas o haberes de que gozan bajo la protección del aquel
Estado…
Las cuatro máximas citadas (Justicia –es decir, Proporcionalidad y Equidad- Certeza,
Comodidad y Economía de los Tributos o Contribuciones), por su justicia clara y
evidente, a la vez por su manifiesta utilidad, han sido siempre
recomendadas y han merecido la mayor atención de todas las
naciones. Todas han procurado que sus tributos fuese los más
iguales que ha sido posible, tan fijos y ciertos en cantidad, y
tan cómodos al contribuyente en el tiempo y en el modo de la
exacción o cobranza, como proporcionados a la renta que
efectivamente rinden para el príncipe. Igualmente, han
procurado que sean lo menos gravosos al pueblo, según las
circunstancias del Estado.
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Según Adam Smith…
Adam Smith. Investigación de la Naturaleza y Causas de la Riqueza de las Naciones
Pero las cosas, al fin, se han de manejar siempre por hombres. Sus talentos, por grandes que sean, están sujetos a la flaqueza humana que por fatal herencia nos legaron nuestros primeros padres, y las siguientes reflexiones, sobre algunos de los principales impuestos que se conocen, harán ver cómo en diferentes siglos y países, los bien intencionados esfuerzos de todas las naciones no han sido igualmente felices en este aspecto
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Aplicar las leyes
Facilitar el Cumplimiento
Incrementar el cumplimiento voluntario, correcto y
oportuno de las obligaciones fiscales
Objetivo de las administraciones tributarias
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Elementos que inciden en la recaudación
El dinamismo de la economía es evidente que repercute en una mayor recaudación, quienes están actualmente pagando, ven incrementados sus flujos y el volumen de actividades y en consecuencia pagan mayores montos de impuestos
2. Nuevos impuestos
El Congreso, en uso de sus facultades, puede determinar nuevos impuestos a los contribuyentes cautivos, lo que le traerá mayores recursos
3. Tasas más altas
El Congreso en ejercicio de sus atribuciones, puede incrementar las tasas de los impuestos ya existentes, lo cual repercutiría en una mayor recaudación
4. Rendición de cuentas,
transparencia y uso eficiente de los recursos.
Informar a la ciudadanía en que se usan sus impuestos y hacer un uso eficiente de los mismos, contribuye a generar voluntad de pago. Si el contribuyente observa que sus impuestos son usados eficientemente, disminuye la animadversión a pagarlos, se propicia la cultura de pago.
1. Actividad económica
5. Eficiencia en la administración
tributaria
La administración tributaria está obligada a ejercer de manera eficaz y eficiente sus atribuciones para fomentar el cumplimiento voluntario, correcto y oportuno
La recaudación de un país depende, principalmente de cinco aspectos
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Modelo BISEP* de cumplimiento
Razones que influyen
las decisiones y el
comportamiento del
contribuyente
Modelo desarrollado en Australia con base en la investigación de la
Dr. Valerie Braithwaite (Académica Australiana). Este modelo o una
variante del mismo ha sido adoptado por países como: Dinamarca,
Holanda, Nueva Zelanda y el Reino Unido; países con un alto nivel de
cumplimiento.
Contribuyente
* Business, Insdustry, Sociological, Economic and Psychological
Co
br
an
za
Educación / mantenimiento de registros / entrega de
servicios (conveniencia, control de elección de acceso)
Revisiones en tiempo real / revisión
de registros
Auditoría con o sin
sanción
Estrategias de
cumplimientoEstrategias de aplicación
No deseado
Deseado
Act
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del co
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ibu
yen
te
Dispuesto a
hacer lo
correcto
Intenta cumplir
pero no siempre lo
logra; resignado a
cumplir
Cumple sólo si es
forzado
Ha decidido no
cumplir
Facilitar medios
Asistir para que cumpla
Disuadir por detección
Utilizar toda la fuerza
de la LeyAcción
judicial
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Eficiencia en la administración tributaria
Debe contar con mecanismos
oportunos para generar
percepción de riesgo. Es decir,
su capacidad para detectar al
incumplido y al omiso, debe
ser inmediata, de tal manera
que quien no paga, sufra las
consecuencias previstas en las
disposiciones fiscales. De otro
modo se genera impunidad y
la impunidad provoca mayor
incumplimiento.
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Se
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Toda administración tributaria
está obligada a establecer
mecanismos que faciliten el
cumplimiento voluntario;
herramientas que hagan sentir
al contribuyente que cumplir
es fácil y que es bien atendido
La eficiencia de la administración tributaria depende básicamente de
dos elementos: El servicio y el control.
Es muy importante que estos dos elementos encuentren equilibrio. Si una
administración tributaria sólo se orienta al control, incurrirá en el terrorismo fiscal; si
sólo se orienta al servicio, será muy vulnerable y crecerá la defraudación fiscal.
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Control
Con el Control, las Administraciones Tributarias buscan generar percepción
de riesgo y combatir la impunidad, es decir, que la sociedad perciba que
quien incumple, sufre las consecuencias de su omisión.
El Control tiene dos componentes: La querella (análisis técnico fiscal) y el
Procedimiento Administrativo de Ejecución. Estos son, por excelencia, los
dos mecanismos con los que cuenta el Estado para generar percepción de
riesgo en materia tributaria
Dos circunstancias generan percepción de riesgo en el contribuyente: perder
su libertad o sus propiedades.
Análisis Técnico Fiscal: Presentación de
querellas por evasión o
delitos equiparables
Procedimiento
Administrativo de
Ejecución
Elementos que generan percepción de riesgo
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Percepción de riesgo
La regla universal indica: a mayor percepción de riesgo, mayor
cumplimiento voluntario y viceversa: una menor percepción de riesgo
provoca impunidad y en consecuencia menor cumplimiento voluntario. C
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Percepción de riesgo
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Obligación de contribuir
La obligación tributaria tiene su fundamento en la fracción IV, del
artículo 31 constitucional y en el 1° del Código Fiscal de la Federación
Artículo 31
Son obligaciones de los mexicanos:
IV. Contribuir para los gastos
públicos, así de la Federación,
como del Distrito Federal o del
Estado y Municipio en que
residan, de la manera
proporcional y equitativa que
dispongan las leyes
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¿Qué es el Servicio de Administración Tributaria ?
El Servicio de Administración Tributaria
es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, que tiene la responsabilidad de
aplicar la legislación fiscal y aduanera,
con el fin de que las personas físicas y
morales contribuyan proporcional y
equitativamente al gasto público; de
fiscalizar a los contribuyentes para que
cumplan con las disposiciones tributarias
y aduaneras; de facilitar e incentivar el
cumplimiento voluntario, y de generar y
proporcionar la información necesaria
para el diseño y la evaluación de la
política tributaria.
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Ley del Servicio de Administración Tributaria
Artículo 1° El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el carácter de autoridad fiscal, y
con las atribuciones y facultades ejecutivas que señala esta Ley.
El Servicio de Administración Tributaria tiene las siguientes
responsabilidades:
a) Aplicar la legislación fiscal y aduanera
b) Fiscalizar a los contribuyentes
c) Facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario
d) Generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la
evaluación de la política tributaria.
Artículo 2°
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Fuente: Ley del Servicio de Administración Tributaria, www.sat.gob.mx/
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Ley del Servicio de Administración Tributaria
Las referencias que se hacen y atribuciones que se otorgan en otras leyes,
reglamentos y demás disposiciones a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público o a cualquiera de sus unidades administrativas, se entenderán hechas
al Servicio de Administración Tributaria cuando se trate de atribuciones
vinculadas con la materia objeto de la presente Ley, su reglamento interior o
cualquier otra disposición jurídica que emane de ellos.
Artículo 3°
Transitorio
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Atribuciones
Fuente: Ley del Servicio de Administración Tributaria, www.sat.gob.mx/
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Organigrama
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Jefatura del SAT
Órgano Interno de Control
Administración General de Evaluación
Administración General de Recursos y Servicios
Administración General de Grandes
Contribuyentes
Administración General de Recaudación
Administración General de Auditoria Fiscal
Federal
Administración General Jurídica
Administración General de Aduanas
Administración General de Servicios al Contribuyente
Administración General de Planeación
Administración General de Auditoria de
Comercio Exterior
Administración general de Comunicaciones y
tecnología de la información
1. Hecho generador
2. Inscripción al RFC
3. Vigilancia de obligaciones
4. Liquidación / autodeterminación
5. Notificación
6. Parcialidades / diferido
7. Controversias
8. Garantías
9. PAE
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El ciclo
tributario
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Ciclo Tributario
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Hecho generador
Inscripción al RFC
Vigilancia de obligaciones
Liquidación / autodeterminaci
ón
Notificación Parcialidades /
diferido
Controversias
Garantías
P A E
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Adicionalmente el Código Fiscal de la Federación, en sus artículos 70ª y 74,
prevé la posibilidad de condonar las multas y reducir los recargos.