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DROGAS: ¿QUÉ DEBEMOS SABER?
1.INTRODUCCIÓN:
1.1 Concepto:
En primer lugar, antes de entrar en detalles debemos explicar el concepto de droga.
Existen muchas definiciones de droga. La definición más clásica es la de la OMS, que
considera droga a toda sustancia que introducida en un organismo vivo, puede
modificar una o más funciones de éste. Esta definición, que es muy amplia, es la que se
usa en el mundo anglosajón en el que, el concepto de droga, abarca tanto a los
medicamentos como a las drogas de abuso.
Podemos definir droga como aquella sustancia psicoactiva que puede producir
dependencia física, psicológica o ambas. Entendemos como sustancia psicoactiva a
toda sustancia que actúa sobre el Sistema Nervioso Central modificando su
funcionamiento habitual.
Al margen de todas las consideraciones que puedan existir al respecto, existen unas
características fundamentales, bastante objetivas, que hacen que una sustancia pueda
ser considerada droga:
1. Es una sustancia que actúa sobre el Sistema Nervioso Central, sin perjuicio de que
actúa además sobre otros sistemas.
2. Produce tolerancia, que es la necesidad de ir aumentando progresivamente la dosis
para inducir el mismo efecto que al principio se lograba con menos cantidad.
3. Produce dependencia física, que es un estado de adaptación fisiológica a la droga
que se manifiesta por un síndrome de abstinencia cuando se interrumpe el consumo
de la sustancia.
4. Produce dependencia psicológica, que es el sentimiento de satisfacción y de
deseo de repetir la experiencia con la droga ya sea buscando esa satisfacción, o por
evitar el malestar que produce su privación.
Los síntomas y grados de tolerancia y de cada una de estas dependencias son
diferentes para las distintas drogas.
1.2 Marco histórico:
Los usos de las drogas no son nuevos, tienen el mismo recorrido y en paralelo que la
historia de la Humanidad. Las sustancias, algunas de ellas actualmente en desuso, han
sido objetos de constante convivencia e intercambio dentro de los pueblos y entre
ellos.
El significado de las drogas ha variado según la cultura y el momento histórico. Los
fines de su uso han sido muy dispares, desde rituales mágicos, religiosos, terapéuticos,
festivos, hasta simplemente ociosos. El significado y el sentido que se les atribuye ha
determinado la relación que el individuo o el grupo establece con ellas. Podemos
diferenciar los siguientes momentos:
a) Primer momento histórico la droga se asocia a la contracultura.
b) Segundo momento histórico la gente se drogaba para evadirse de la realidad.
c) Tercer momento histórico la gente se droga para conseguir integración social.
d) Cuarto, y último, momento histórico la gente se droga por ocio, la sociedad del
bienestar.
2.TIPOLOGÍA SEGÚN SUS EFECTOS
2.1 Por sus efectos sobre el Sistema Nervioso Central (SNC).
Se diferencia entre depresores, estimulantes y perturbadores del SNC.
● Depresores del SNC: son sustancias que bloquean el funcionamiento del cerebro
provocando reacciones que pueden ir desde la desinhibición hasta el coma, en un
proceso progresivo de adormecimiento cerebral. Las más importantes de este
grupo son:
- Alcohol
- Opiáceos (heroína, metadona, morfina, etc.)
- Tranquilizantes (Valium, Tranxilium, etc.)
- Hipnóticos (barbitúricos y no barbitúricos)
● Estimulantes del SNC. Sustancias que activan el funcionamiento del cerebro, entre
las que podemos destacar:
- Cocaína
- Anfetaminas
- Nicotina
- Xantinas
● Perturbadores del SNC. Sustancias que alteran el funcionamiento del cerebro,
dando lugar a distorsiones perceptivas, alucinaciones, etc. Entre estas sustancias
tenemos:
- Alucinógenos (LSD, etc.)
- Derivados del cannabis.
- Inhalantes (acetonas, bencenos, etc.)
- Drogas de diseño (éxtasis, etc.)
2.2 Otra clasificación en relación a los efectos es la siguiente:
• Analgésica o analgésico-euforizantes. Se denominan a sí las drogas que producen
un efecto analgésico sobre el sistema nervioso central, pero que además provocan
también un estado anímico conocido con el nombre de euforia (de ahí la acción).
Ejemplos: morfina, opio, heroína.
• Embriagantes. Se caracterizan por producir efectos bifásicos sucesivos, bifásicos
por qué se producen en dos fases: primero se produce una excitación física ligada a un
estado de euforia, y en un segundo momento se produce la depresión del sistema
nervioso central. El cloroformo y los halcones forman parte de este grupo.
• Tranquilizantes. Aquellas drogas que actúan para mitigar la sensación de ansiedad.
• Hipnóticos. Son fármacos cuyo efecto produce un sueño de características
análogas a las del sueño fisiológico. Barbitúricos.
• Psico-estimulantes. Generan una excitación de la actividad psíquica, reducen el
sueño, incrementan ciertos rendimientos intelectuales. Después produce una
depresión del sistema nervioso central. Ejemplo: café, tabaco, nicotina (droga muy
importante, va directamente al cerebro, adicción muy fuerte, por eso se calcula en
miligramos).
• Alucinógenos y psico-dilépticos. Son sustancias que se caracterizan por interferir el
mecanismo de la perfección, provocando alteraciones en la misma (alucinaciones
parciales o totales). LSD, marihuana, mescalina.
2.3 Por su peligrosidad:
● Duras: aquellas que provocan una dependencia psíquica y física. Se caracterizan
por las siguientes notas:
-Provocan una necesidad compulsiva de continuar utilizando dicha droga
-Presentan mayor tolerancia, para generar los efectos deseados por el consumidor es
necesario ir incrementando la dosis
-Producen modificaciones importantes fisiológicas tanto a nivel del sistema nervioso
central como de otros órganos
-Cuando se suspende la administración de la sustancia se produce el síndrome de
abstinencia
-Poseen mayor toxicidad
● Blandas: aquellas que solamente crean una dependencia psíquica. Además estas
drogas se caracterizan por:
-Crean dependencia con menor rapidez
-Poseen menor toxicidad
-Poca tolerancia
2.4 Por el medio sociocultural:
● Drogas institucionalizadas: aquellas que tienen un reconocimiento legal y un uso
normativo, cuando no una clara promoción (publicidad, etc.), a pesar de ser los que
más problemas socio-sanitarios generan. Su uso está asimilado socialmente y gozan
de respaldo legal.
Entre otras podemos destacar: el alcohol, el tabaco y los psicofármacos.
● Drogas no institucionalizadas: aquellas cuya consumo y tráfico está sancionada por
la ley, teniendo un uso minoritario entre diversos colectivos para los que juegan un
rol identificador. Pese a su consumo restringido son las que mayor alarma social
generan como consecuencia de los estereotipos con los que se correlacionan
(delincuencia, marginalidad, etc.).
2.5 Por su origen:
● Naturales: aquellas sustancias que provienen de algunos de los reinos de la
naturaleza tanto vegetal ( hoja de coca que al masticarla produce efectos, opio,
cannabis…) como del animal ( sapos que producen al chuparlos sustancias
psicoactivas, serpientes que son alucinógenos…).
● Semi-sintéticas: aquellas que se producen como consecuencia de una modificación
química de esos productos naturales. Se realizan en laboratorios a través de lo que
se conoce como síntesis parcial ( morfina, heroína, cocaína…).
● Sintéticas: aquellas que sostienen a través de la síntesis total de elementos
químicos. Sólo se pueden producir en laboratorios (anfetaminas, éxtasis, LSD…).
3.LEGISLACIÓN:
3.1 Legislación española:
● Norma reguladora: Código Penal. Art.368-385
● Conducta tipificada: Ejecutar actos de cultivo, elaboración, tráfico, promover o
facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias
psicotrópicas así como, la posesión con esos fines.
● Pena: Para sustancias que causan grave daño a la salud como la cocaína, el éxtasis
o la heroína se dan penas de prisión de 3 a 10 años según agravantes como la edad,
los compradores, la implicación en el tráfico, las consecuencias que conlleve ese
tráfico, ostentar un cargo público, etc. Para sustancias que no causan grave daño a
la salud como el hachís o la marihuana ha penas establecidas de prisión de 1 a 5
años. (según agravantes)
3.2 Legislación en los principales países de la UE:
FRANCIA:
● Norma reguladora: Código Penal. Artículos 222-235
● Conducta tipificada: Transportar, poseer, suministrar, vender, adquirir o emplear
ilícitamente drogas tóxicas o estupefacientes. La venta o suministro de drogas para
uso personal. La producción o fabricación de drogas ilícitas
● Penas: El transporte, la posesión, la venta… tiene una pena de prisión de 10 años.
La venta para el uso personal, conlleva una pena de 5 años de prisión
ALEMANIA:
● Norma reguladora: Ley de estupefacientes
● Conducta tipificada: Tráfico de drogas, modalidad básica, sin agravantes.
● Penas: Prisión de hasta 5 años.
HOLANDA:
● Norma reguladora: Legislación sobre las drogas duras.
● Conducta tipificada: Importar o exportar drogas duras. Venta, transporte o
fabricación de las sustancias psicotrópicas ligadas a drogas duras. Porte de drogas
duras.
● Penas: Importar conlleva una pena de prisión de 12 años. La venta, el transporte , o
la fabricación está penado con 8 años de prisión. El porte de drogas duras se pena
con 4 años de prisión
ITALIA:
● Norma reguladora: Artículo 73 y siguientes del Decreto presidencial del 9 de
octubre modificado por la Ley Nº49 2/09
● Conducta tipificada: Cultivar, producir, extraer, refinar, vender, ofrecer, distribuir,
transportar, adquirir o enviar a países sustancias estupefacientes o psicotrópicas.
Importar, exportar, comprar o recibir de alguna manera las sustancias
estupefacientes o psicotrópicas.
● Penas: Cultivar, producir, transportar, vender…acarrean una pena de entre 6 y 20
años de prisión. Importar, exportar… acarrean también de entre 6 y 20 años.
BÉLGICA:
● Norma reguladora: Ley de tráfico de estupefacientes y psicotrópicos
● Conducta tipificada: Tráfico de drogas, modalidad básica.
● Penas: Prisión de entre 1 mes a 5 años según las circunstancias o agravantes en
función de la edad, los compradores, de la implicación en el tráfico y de las
consecuencias que conlleve ese tráfico.
PORTUGAL:
● Norma reguladora: Ley 15/93. Artículos 21 y siguientes
● Conducta tipificada: Tráfico de sustancias de alta peligrosidad. Tráfico de
sustancias de mediana peligrosidad. Tráfico de sustancias de baja peligrosidad. Se
tiene en cuenta el grado de dependencia del traficante, si la venta fuera para
financiar su consumo propio, la pena será inferior o superior, dependiendo del
grado de peligrosidad de la sustancia.
● Penas: Sustancias de alta peligrosidad: Prisión de 4 a 12 años. Para sustancias de
mediana peligrosidad, prisión de 2 a 10 años y para sustancias de baja peligrosidad,
se dan penas de entre 1 y 5 años.
LUXEMBURGO:
En Luxemburgo el consumo de drogas esta castigado con penas de 8 días a 5 años de
privación de libertad y multas de 248 a 247.894 euros. La producción y el trafico de
drogas esta castigado con penas de 1 a 20 años de privación de la libertad y multas de
498 a 1.239.468 euros.
Apreciaciones:
Cabe destacar que, dentro de la Unión Europea, España y Portugal no consideran que
la posesión de drogas para consumo personal sea un delito punible. La posesión para
uso personal sigue siendo ilegal en los Países Bajos, Alemania y la República Checa,
pero se establecieron directrices para que la policía, los fiscales y los tribunales no
impongan pena alguna, ni siquiera multas, hasta cierta cantidad. Otros países imponen
sanciones administrativas y solo unos pocos, como Suecia, Letonia y Chipre,
contemplan sentencias de prisión por la tenencia de pequeñas cantidades.
3.3 Legislación de otros países a nivel mundial.
EE.UU :
En estados unidos la legislación sobre drogas, es de las más restrictivas sino la que
más. La posesión y la venta de drogas son delitos de los Estados Unidos, según la Ley
de Control de Drogas Integral de la Prevención del Abuso de 1970. Esta ley federal
clasifica algunas drogas como peligrosas, dejando en manos de los estados la tarea de
perseguir a los delincuentes y sentenciarlos en la mayoría de los casos. Si el tráfico de
drogas es interestatal o internacional, se aplicarán también los cargos penales
federales. Las listas I y II incluyen las drogas heroína, LSD, marihuana, metanfetamina y
la preparación de cocaína. Las penas por tráfico puede ser de 5 años a cadena
perpetua según agravantes como la edad, reincidencia, personas implicadas, cantidad
incautada, daños a terceros ya sean muertes o lesiones graves, etc.
Actualmente en varios estados como Washington, Nueva York o California, han
despenalizado el consumo de marihuana en mayores de 21 años que porten 28.5
gramos o menos de esta droga para uso recreativo personal, aunque limitando su
consumo en lugares públicos y restringiendo la conducción de vehículos bajo sus
efectos. Tras estos, son muchos los estados y condados que comienzan a votar
reformas de despenalización aunque con diferentes condiciones y restricciones según
cada caso.
URUGUAY:
La legislación uruguaya vigente establece que el consumo de drogas es legal, mientras
que son ilegales toda forma de producción, fabricación, plantación, tráfico o posesión
de drogas, salvo que las cantidades de esta última sean para uso personal. La decisión
sobre si la cantidad poseída era para uso personal o con intención de traficar, la realiza
el juez encargado en cada caso. En la actualidad, Uruguay es el primer país del mundo
que ha legalizado la marihuana permitiendo la producción y distribución por parte del
Estado y la tenencia o uso personal, de esta droga recreativa.
Los umbrales máximos de consumo para el cannabis son de 40 gramos semanales.
MÉXICO:
En abril de 2009, el Congreso de la Unión adoptó el ‘Decreto del Narcomenudeo’,
eliminando todas las sanciones por cantidades para uso personal: 5 gramos de
cannabis, 2 gramos de Opio, 0,5 gramos de Cocaína, 50 miligramos de Heroína o 40
miligramos de Metanfetamina. Los adictos serán sometidos a tratamiento obligatorio
solamente después del tercer arresto. El decreto entró en vigor en agosto de 2009.
La ley define estrictamente la dosis personal, lo que podría conducir a condenas de
cárcel para los que sean portadores de cantidades mayores a las que permite.
BRASIL:
En 2002 y en 2006, se aplicaron se fijaron cambios en las leyes antidrogas con los que
quedaron parcialmente despenalizados los delitos por consumo, sustituyendo las
penas de prisión por medidas educativas y de servicios a la comunidad. A pesar de
esto, el delito por posesión para el menudeo de pequeñas cantidades sigue fijando
penas de prisión de hasta 5 años.
BOLIVIA:
Ni la posesión ni el consumo son delito. Sin embargo en la práctica, los consumidores
son criminalizados. De acuerdo con la Ley 1008, no se establece diferencia entre
menudeo y narcotráfico por lo que las penas para ambos casos van desde de 1 hasta
25 años de prisión.. Esta no diferenciación entre narcomenudeo y narcotráfico, genera
una sobre-criminalización y el consiguiente aumento progresivo de la población
carcelaria. La ley es muy ambigua también en la definición de fabricación, posesión,
almacenamiento, entrega, suministro, compra, venta o cualquier tipo de transacción
COLOMBIA:
En 2011 se promulgó la Ley de Seguridad Ciudadana que reforma el Código Penal y
elimina la excepción de no castigar el delito de porte de estupefacientes en cantidades
de dosis personal. Pero, y a pesar de la oposición de la Procuraduría General de la
Nación, se mantuvo el fallo de no sancionar el porte de dosis mínimas. Una vez más, la
Corte Constitucional, mediante la sentencia C-491 de 2012, aclaró que la dosis
personal se mantiene despenalizada y que el consumo de drogas sigue entendiéndose
como una actividad amparada por el derecho al libre desarrollo de la personalidad.
Sin embargo, en la práctica la Ley de Seguridad Ciudadana ha aportado bastante
confusión e incertidumbre respecto al tema de la dosis mínima. A pesar de que tanto la
Corte Constitucional como la Corte Suprema de Justicia han dejado en claro que la
dosis mínima no está penalizada, y a pesar de que la reforma de 2009 solo habla de
sanciones administrativas, en la calle un policía puede aplicar una medida represiva en
caso de tener que actuar frente a una persona que esté portando una cantidad
mínima, especialmente si esta persona pertenece a bloques desfavorecidos de la
sociedad. Se podrían portar hasta 200 miligramos o tres comprimidos de derivados de
las anfetaminas (excepto metanfetaminas, cuyo uso seguiría prohibido). Se
mantendrían las dosis autorizadas de cocaína (1 gramo) y de marihuana (20 gramos),
pero las autoridades podrían recurrir a Medicina Legal cuando se encuentren frente a
portadores de las variedades más concentradas.
4. Consecuencias positivas para la salud
Son consabidos los riesgos que acarrea el consumo continuado y excesivo de las drogas
para nuestra salud, pero lo cierto, es que ya son muchos los investigadores que
publican estudios sobre el beneficio de algunas de las drogas más comunes con fines
médicos o terapéuticos. A continuación, detallaré algunos de los beneficios que se
pueden encontrar, en las drogas más utilizadas con fines recreativos.
● Marihuana: Es posiblemente la droga ilegal más consumida a nivel mundial. Las
propiedades terapéuticas de esta droga han quedado certificadas en diversos
estudios a lo largo de los años, resultando beneficiosa para el dolor crónico, el
trastorno por estrés post-traumático, la prevención de la estimulación del apetito,
el alivio de la presión intraocular asociada con el glaucoma, el tratamiento a
dependientes de opiáceos y la mejora de los síntomas en los pacientes afectados
por la enfermedad de Crohm .
● Hongos alucinógenos: Hay pruebas de que en pequeñas dosis, estos hongos
ayudan a aliviar los síntomas de la cefalea en racimos, el trastorno
obsesivo-compulsivo, la depresión así como un aumento de la memoria. Según
Carhart Harris, autor de dos estudios sobre estos hongos publicados en el British
Journal of Psychiatry y en Proceedings of the National Academy of Sciences , “esta
droga nos está diciendo algo sobre cómo funciona el cerebro”.
● Éxtasis: Sus efectos, provocan cordialidad, alucinaciones y altos niveles de energía,
pero son precisamente estas propiedades las que sirven para el tratamiento de
estrés post-traumático. Otros estudios como el realizado por los investigadores de
la Universidad de Birmingham en 2011 han encontrado en una forma modificada
del éxtasis un potente aliado en la lucha contra el cáncer, en particular contra la
leucemia, el linfoma y el mieloma.
● Cocaína: La planta de coca lleva utilizándose como estimulante en América del Sur
desde hace miles de años. El contenido en alcaloides de la hoja de coca, favorece la
normalización intestinal, como así lo acreditan los estudios realizados por el
director del Centro de Arizona para la Medicina Integrativa, el Dr. Andrew Weil. La
cocaína, puede ser utilizada como anestésico tópico en intervenciones quirúrgicas
gracias a su rápida acción anestésica. Combinada con otros compuestos en un
preparado llamado TAC, puede tratar pequeñas laceraciones de la piel, siendo un
vaso-constructor bastante eficaz.
● Ketamina: Es un tranquilizante para animales que también puede ayudar
a combatir los síntomas de la depresión. Un estudio del Journal Science descubrió
que la ketamina puede ayudar a estimular el crecimiento de la sinapsis cerebral (las
conexiones entre células nerviosas) y tener efectos beneficiosos en pacientes
depresivos en unas pocas horas. “Uno de los mayores avances en la investigación
de la depresión de los últimos 50 años”, según Ronald Duman, profesor de
psiquiatría y neurobiología en la Universidad de Yale.
● LSD: La dietilamida de ácido lisérgico, más conocida como LSD, es un alucinógeno
que, según recientes estudios noruegos publicados en el Journal of
Psychopharmacology, posee potencial para tratar el alcoholismo, ya que ayudaría
a evitar las recaídas durante el tratamiento.
● Aspectos económicos:
● La legalización de las drogas en España podría ayudar a rebajar el porcentaje de
deuda sobre el PIB. Está comprobado por el INE, que desde septiembre recoge
los datos económicos de drogas y prostitución. Con este nuevo método el
Gobierno pretende cumplir los objetivos de déficit que nos ha impuesto
Bruselas. La deuda que el año pasado cerró en el 93.3%, con la nueva
metodología caería hasta el 90%. El déficit disminuiría 3 décimas (6.62-6.34%),
siendo un 0.16% por debajo del objetivo de Bruselas.
● El problema de este método es la dificultad para calcular el peso que en la
economía tienen estas actividades ilícitas. Pero Portugal y Reino Unido sí han
especificado el dinero que anualmente llega a las arcas de traficantes. En
Portugal la cifra alcanza los 700 millones de euros, lo que representa un 0.4%
del PIB luso. Por otra parte, en Reino Unido, la cantidad asciende a 12.300
millones de euros, o expresado en términos porcentuales del PIB, un 0.6%.
El nuevo método tiene base 2010. En este año el tráfico de drogas generó un 0.5% del
producto interior bruto de ese año.
Esta gráfica muestra las variaciones porcentuales del PIB con la aplicación del método anterior y el actual, que
incluye nuevas actividades como narcotráfico y prostitución. Fuente: elpais.com e INE.
En el mundo hay países que como España realizaron estudios para calcular el dinero
que mueve anualmente el narcotráfico. En Colorado (EEUU), por ejemplo, ha sido
legalizada la venta y producción de cannabis con fines recreativos. La medida, que
entró en vigor el 1 de enero, tuvo efectos positivos inmediatos: en el primer trimestre
de 2014, el Departamento de Hacienda de Colorado recaudó 30 millones de dólares.
Otros sectores económicos también se benefician del consumo legal de marihuana. Las
compañías eléctricas, por ejemplo, ingresan facturas de luz desorbitantes producto del
cultivo interior intensivo de plantas de marihuana.
En el año 2006 se realizó un estudio para determinar cuál era el valor económico de la
producción de cannabis dentro del cultivo comercial. Las conclusiones del trabajo
determinaron que la marihuana era el cultivo comercial más importante en valor
económico de EEUU. El valor de la producción anual de hierba se estima de 35.800
millones de dólares, lo que superaría a la suma de maíz y trigo.
En esta tabla se muestran los diez estados de EEUU con la mayor producción de marihuana del país, el número de
plantas, la producción y el valor de la misma. Fuente: drugscience.org
El problema es que a nivel federal la comercialización de la marihuana es ilegal en
Estados Unidos. Las empresas que se dedican a esta actividad en los estados cuya
legislación sí lo permite, no pueden operar con bancos, por temor a ser acusados de
blanqueo de dinero procedente de una actividad delictiva. Sin embargo, estas
empresas sí pagan impuestos, contratan personal y pagan elevadas facturas eléctricas,
que llegan incluso a los 10.000 dólares al mes.
La legalización del uso recreativo la marihuana ha reportado grandes beneficios
económicos a estados y países. Los estudios acerca del dinero que mueve el negocio de
la droga son explicativos acerca de la situación real que se lleva sucediendo durante
mucho tiempo. La legalización permitiría rebajar la deuda de muchos países y las tasas
de paro.
● Países productores de droga:
● La conocida “Lista Negra” es el informe anual del Gobierno de Estados Unidos
donde se publica el nombre de los países productores e importadores de droga.
En 2014 la lista formada por 22 países, consta con 17 países latinoamericanos.
Destacando a México como exportador a través de la frontera de Estados
Unidos.
● La agencia antinarcóticos estadounidense (DEA) informó que los decomisos de
heroína han aumentado un 324 por ciento entre 2009 y 2013 en la frontera
entre México y Estados Unidos.
● Afganistán, Las Bahamas, Belice, Bolivia, Birmania, Colombia, Costa Rica,
República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití, Honduras, India,
Jamaica, Laos, México, Nicaragua, Pakistán, Panamá, Perú y Venezuela son los
22 países incluidos en la lista.
● Bolivia, Birmania y Venezuela son los países que más han fallado ante la lucha
de narcóticos, siguiendo los acuerdos internacionales.
● Aún así, Afganistán sigue siendo el mayor productor de opio en el mundo con
un incremento en producción de 180.00 hectáreas en 2012 a 198.000 hectáreas
en 2013. La producción de opio también aumentó en Birmania y Laos, aunque
de forma menos pronunciada que en Afganistán.
● Colombia, Bolivia y Perú son los países en que se produce la mayor parte de la
coca utilizada a nivel mundial para elaborar cocaína y otros productos
derivados. Aún así, Bolivia es un punto de tránsito para la droga producida en
otras naciones debido a su ubicación en el centro geográfico de Suramérica y a
su amplia frontera con Brasil, Argentina, Perú, Chile y Paraguay.
● Conclusiones :
1. Cada uno es libre de escoger qué sustancias ingiere. El Estado no puede mandar
sobre nosotros hasta tal punto de decidir qué podemos o no consumir.
2. La legalización de las drogas destaparía de forma radical el narcotráfico: este
dejaría de ser una práctica ilegal.
3. Las redes de narcotráfico se ven inmersas en multitud de casos de asesinatos.
Los cárteles de la droga son responsables de más del 60 % de las muertes
violentas en los países que sirven de puente entre los exportadores y los
importadores. La legalización pondría fin a la parte exageradamente lucrativa
del negocio del narcotráfico.
4. La legalización reduciría dramáticamente el precio de las drogas, al acabar con
los altísimos costos de producción e intermediación que implica la prohibición.
5. Legalizar las drogas haría que la fabricación de dichas sustancias se encuentre
dentro del alcance de las regulaciones propias de un mercado legal.
6. El narcotráfico ha extendido sus tentáculos en la vida política de los países.
7. Legalizar las drogas acabaría con un foco importante de corrupción, la cual
aumenta en todos los niveles del gobierno debido a que una substancial
cantidad de policías, oficiales de aduana, jueces y toda clase de autoridades han
sido comprados, sobornados o extorsionados por narcotraficantes, creando un
gran ambiente de desconfianza por parte de la población hacia el sector público
en general.
8. Los gobiernos dejarían de malgastar miles de millones de dólares en el combate
de las drogas, recursos que serían destinados a combatir a los verdaderos
criminales.
9. Con la legalización se acaba el pretexto del Estado de socavar nuestras
libertades con el fin de llevar a cabo esta guerra contra las drogas.
10. Legalizar las drogas desactivará la bomba de tiempo en la que se ha convertido
Latinoamérica, especialmente países como México, Centroamérica, Ecuador,
Bolivia y Colombia.
11. En una sociedad en donde las drogas son legales, el número de víctimas
inocentes producto del consumo y la venta de estupefacientes se vería
reducido sustancialmente.
12. La legalización conducirá a que la sociedad aprenda a convivir con las drogas,
tal y como lo ha hecho con otras sustancias como el alcohol y el tabaco. Sin
embargo, políticas como las de la prohibición, al convertir a los consumidores
en criminales, desincentivan la aparición de comportamientos y actitudes
sociales necesarios para poder lidiar con los problemas de la adicción y el
consumo tempranero de dichas sustancias.
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