Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Estructura del Sistema EducativoHasta 2004 – Ley 23384
Estructura del Sistema EducativoEstructura del Sistema Educativo
Educación PrimariaEducación PrimariaEducación Inicial Educación Inicial
MenoresMenores AdultosAdultos EspecialEspecial
Educación Secundaria Educación Secundaria Educación SuperiorEducación Superior NIVELES
MenoresMenores AdultosAdultos OcupacionalOcupacionalEspecialEspecial MODALIDADES
Educación FormalEducación Formal Educación no FormalEducación no Formal
• Auto aprendizaje• Familia, Comunidad* Centro de Trabajo• Agrupaciones: - Políticas - Religiosas - Culturales* Medios de Comunicación
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
2005 – Ley 28044
Estructura del Sistema EducativoEstructura del Sistema Educativo
E. B. Regular E. B. Regular
InicialInicial
Educ. Técnica ProductivaEduc. Técnica Productiva MODALIDADFORMA
NIVELCICLO
Educ. BásicaEduc. Básica Educ. SuperiorEduc. Superior ETAPAS
E. B. EspecialE. B. EspecialE. B. Alternativa E. B. Alternativa
PrimariaPrimaria
Secund.Secund.
InicialInicial
IntermedioIntermedio
EBREBR
EBAEBA
ETPETP
BásicoBásico
MedioMedio
UniversidadUniversidad
Sup. Pedag.Sup. Pedag.
Sup. Tecn.Sup. Tecn.
Esc. Super.Esc. Super.AvanzadoAvanzado
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Inciso h, establece la reasignación como un derecho del profesor.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
REASIGNACIÓN DEL PROFESOR
Art. 41 LRM
Art. 67 LRMLa Reasignación se realiza en base a los criterios y condiciones que establece el Reglamento de la LRM.
El MINEDU establecerá los lineamientos y procedimientos del proceso de reasignación.
Normas de Procedimientos para Reasignaciones y Permutas.
Art. 154 RLRM
R. M. Nº 0582-2013-ED
Ley de Reforma Magisterial – Ley Nº 29944
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Unidad de Personal
Resolución Ministerial Nº 0582-2013-EDCOMPETENCIA
Ministerio de Educación
Direcciones Regionales
de Educación
Unidades de Gestión
Educativa Local
Instituciones Educativas Públicas de Educación
Básica y Técnico
Productiva
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
ALCANCE
Gestión
Pedagógic
a
• Profesores, profesor Coordinador PRONOEI, Profesor Coordinador de ODEC/ONDEC, personal Jerárquico de I.E.P.
Gestión
Institucion
al
• Especialistas en Educación, Directores y Subdirectores de I.E.P.
Formación Docente
Innovación
e Investigaci
ón
A los docentes de las Áreas de Desempeño Laboral
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Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
DEFINICIÓN
Reasignación
Desplazamiento del profesorde carrera de la plaza de la cuales titular a otra plaza orgánica
vacante y presupuestada del mismo cargo y
área de desempeño laboral.
Es un desplazamiento permanente y de carácter definitivo, sin interrupcióndel vínculo laboral y manteniendo la jornada de trabajo y escala magisterialalcanzada por el profesor.
Resolución Ministerial Nº 0582-2013-ED
CAUSALES DE REASIGNACION:
a)
b)
c)
d) Por racionalización
e)
Reasignaciones y Permuta
Por Unidad Familiar
Por interés Personal
Por razones de salud
Por situaciones de emergencia
TIPOS DE REASIGNACION:
a) Tipo 1: Dentro de la jurisdicción de la instancia de gestión educativa Descentralizada (DRE/ UGEL
b) Tipo 2: Entre instancias de gestión educativa descentralizada (DRE/ UGEL) de la misma región.
c) Tipo 3: Entre instancias de gestión Educativa Descentralizada (DRE/UGEL) de distintas regiones.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Procedimiento:
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Los profesores presentaran su expediente ante la Dre/Ugel de destino
indicando el Tipo a la que desea postular, adjuntando documentos indispensable.
•Pase semestral emitido por Escalafón de la entidad de origen, con excepción para los casos de Tipo 1.•Constancia de la Ugel de origen que acredite zona rural o de frontera de la I.E. donde labora el docente.•Para reasignación por Unidad Familiar, presentar documento que acredite el vínculo.
La publicación de plazas vacantes
para el Tipo 1, es el último día del mes
de septiembre.
•La publicación de plazas desiertas del Tipo 1 y vacantes generadas al día viernes de la tercera semana del mes de noviembre para el Tipo 2, es el día viernes de la cuarta semana del mes de noviembre.•La publicación de plazas desiertas del Tipo 2 y vacantes generadas al día viernes de la primera semana del mes de diciembre para el Tipo 3, será el día viernes de la segunda semana del mes de diciembre.
Proceso se desarrolla del mes de octubre al mes de diciembre
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Presentación de expediente para los tres Tipos •Entre la primera y segunda semana del mes de octubre.
Evaluación de Expedientes de los tres Tipos •Entre la tercera y cuarta semana del mes de octubre.
Publicación de los Cuadros de Méritos •El día viernes de la tercera semana del mes de octubre.
Reclamos por Escrito •El día miércoles de la cuarta semana del mes de octubre.
Absolución de reclamos por escrito
•El día viernes de la cuarta semana del mes de octubre.
Adjudicación, informe a la DRE o UGEL y emisión de resolución:
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Tipo 1 Entre la primera y segunda semana del mes de noviembre
Adjudicación: entre el día lunes al miércoles de la primera semana del mes de noviembre
Remisión de Informe del Comité de Evaluación a la DRE o UGEL al día viernes de la primera
semana del mes de noviembre
Emisión de resolución al día viernes de la segunda semana del mes de noviembre
Adjudicación: entre los tres primeros días laborables de la tercera semana del mes de diciembre
Remisión de Informe del Comité de Evaluación a la DRE o UGEL al día hábil siguiente de culminadas las adjudicaciones.
Emisión de resolución al último día hábil de la cuarta semana del mes de diciembre
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Comité de ReasignaciónPor Unidad Familiar e Interés Personal
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Por Racionalización
Comité de Reasignación
Comité de Reasignación
Por reasignación por salud, por situaciones de emergencia y las permutas
Este proceso se encuentra a cargo del Comité de Racionalización.
Este proceso se encuentra a cargo del área o equipo de Personal.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Por Interés Personal y Unidad Familiar.
Requisitos:
a. Acreditar 3 años de nombrado b. Acreditar 2 años de permanencia en la
última plaza de la cual es titular nombrado.
c. Adjuntar pase semestral actualizado para reasignación.
d. No procede para estas causales de reasignación dentro del mismo distrito.
(como mínimo)
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Criterios de Evaluación
Evaluación de Desempeño Laboral
Escala Magisterial alcanzada por el profesor
Labor efectiva en zona rural o de frontera
Tiempo de Servicios oficiales en la carrera
40 puntos
20 puntos
20 puntos
20 puntos
Por Interés Personal y Unidad Familiar.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Consideraciones: Por Interés Personal y Unidad Familiar.
El docente que no acredite evaluación de desempeño favorable no puede reasignarse.
Zona Rural y de Frontera, se califica
siempre que se acredite estar
laborando el estas zonas.
Por zona Rural y por zona de frontera, por cada año 2.5
puntos
Por Tiempo de servicios, 1 punto por
cada año lectivo de servicios.
(máximo 20 puntos)
Por Unidad Familiar:Profesor acreditará la
relación de parentesco mediante acta de
nacimiento y/o de matrimonio o
resolución judicial.
Reasignaciones y Permuta
a. Acreditar 1 año de permanencia como mínimo en la última plaza de la cual es titular nombrado.
b. Pase semestral actualizado expedido por la DRE/UGEL de origen.c. Informe Médico emitido por Essalud, indicando el diagnostico de estado de
salud y tratamiento, pruebas auxiliares que acrediten el padecimiento de la enfermedad.
d. No procede reasignación por motivos de salud dentro del mismo distrito o dentro de una misma ciudad capital de provincia o de departamento.
Unidad de Personal
Requisitos: Por razones de Salud.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Procedimiento: Por razones de Salud.
• a) Profesor presenta en la Ugel destino solicitud de reasignación
• El médico de la entidad emite informe, sobre el diagnostico de la enfermedad.
• Solo se puede adjudicar las plazas vacantes de profesor.
• Se debe evitar una mal mayor del profesor.
El jefe de Personal evalúa el expediente y el Informe médico,
si cuenta con los requisitos procederá con la reasignación.
En caso de no acreditar los
requisitos o el diagnostico no
amerite una reasignación, emitirá
R.D. notificará al solicitante.
Adoptar los mecanismos
para confirmar el diagnostico.
En caso de no existir disponibilidad de plazas vacantes,
cuando exista plaza vacante se debe dar
atención por el estado de salud.
Se realiza del mes de marzo a setiembre
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Requisitos: Por situaciones de emergencia.
a. Acreditar 1 años de permanencia en la última plaza de la cual es titular nombrado.
b. Informe documentado que acredite las amenazas, emitido por la autoridad superior política, militar o policial.
c. No procede por esta causal dentro de la misma Ugel.
Reasignaciones y Permutas
Unidad de Personal
Procedimiento: Por situaciones de emergencia.
Profesor presenta en la UGEL de destino su solicitud, adjunta documentación sustentatoria.
Evalúa expediente DRE/UGEL de destino, verifica norma legal del Poder Ejecutivo que declara la emergencia del lugar de origen.
Si no acredita los requisitos se emitirá la R.D. dando respuesta a la petición.
El jefe de Personal deberá de adoptar las medidas a fin de verificar la información adjunta.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Por razones de saludEntre Marzo a Setiembre
Por Interés PersonalEntre Octubre a Diciembre
Por Unidad FamiliarEntre Octubre a Diciembre
Periodos de Ejecución:
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Plazas Vacantes:
* •La plaza que genere el docente reasignado en el Tipo 1 se publicará para el Tipo 2
* •La plaza que genere el docente reasignado en el Tipo 2 se publicará para el Tipo 3
* •En la publicación de plazas para el Tipo 2 y 3 se incluye las plazas desiertas por cada Tipo y las vacantes que se genere por cese o fallecimiento.
N
o se
re
aliza
n
casc
ad
a:
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Por razones de saludVigente a partir del primer día útil del mes siguiente de la fecha de acuse de
recepción de la resolución.
Por Interés PersonalA partir del inicio del
siguiente año lectivo escolar
Por Unidad FamiliarA partir del inicio del
siguiente año lectivo escolar
Vigencia de la Resolución:
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
PERMUTA:
Acción administrativa de personal mediante el cual dos profesores de la misma escala magisterial y que desempeñan el mismo cargo intercambian plaza por mutuo acuerdo.
Desplazamiento permanente y de carácter definitivo, sin interrupción del vínculo laboral que se ejecuta una sola vez al año.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Prohibiciones:
No podrán participar en los procesos de reasignación, en cualquiera de sus causales, o permuta, los profesores que se encuentren comprendidos en las siguientes situaciones:
a. Encontrarse inmerso en un proceso administrativo disciplinario instaurado.
b. Estar en uso de licencia sin goce de remuneraciones.
c. Estar cumpliendo sanción administrativa disciplinaria.
d. Estar cumpliendo condena condicional por delito doloso o estar inhabilitado por resolución judicial.
e. Encontrarse inmerso en las medidas preventivas establecidas en el artículo 44 de la Ley de R.M.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Disposiciones Complementarias:
a. Sólo se admite las causales de reasignación prevista en la normatividad.
b. No se incluye el tiempo de licencias sin goce de remuneraciones, ni el período de sanción disciplinaria, para el período de tiempo mínimo de servicios.
c. No procede reasignación por cambio de nivel y modalidad educativa, en este caso corresponde el proceso de racionalización.
d. La zona rural y de frontera será acreditada por el MINEDU en coordinación con el INEI.
e. Las amenazas contra la integridad física de un docente por razones de índole personal con terceras personas no es causal de reasignación por emergencia.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Disposiciones Complementarias:
f. Los especialistas en Educación, Director o Jefe de Gestión Pedagógica y Director de UGEL, no podrán participar en los procesos de reasignación y permuta.
g. El Proceso se realiza a través de evaluación de expediente, siendo cancelatorio.
h. Carece de validez legal, cualquier directiva o norma administrativa que emita Gobierno Regional DRE/UGEL.
i. El Informe de Evaluación del Desempeño Laboral, queda en suspenso en tanto no se generalicen dichas evaluaciones por el MINEDU.
j. Docente que desee ser reasignado y/o permutado a una I.E. Intercultural Bilingüe debe acreditar el dominio de la lengua materna de los educandos –Constancia emite la UGEL.
Reasignaciones y Permuta
Unidad de Personal
Disposiciones Complementarias:
k. Los Directores de la DRE y UGEL, Jefes de Área o Equipo de Personal y los miembros del Comité de Reasignaciones son responsables en forma personal como colectivamente por el incumplimiento de las normas de procedimientos establecidas en el reglamento.
Reasignaciones y Permuta
UPER - MINEDU
Unidad de Personal
Gracias…!!!
Abog. Jane Vilma Atuncar Quispe Especialista Área de Normas
TELEFONO CENTRAL : 615-5800ANEXOS : 21076 - 26237