EVALUACIÓN ESTRATÉGICA AMBIENTAL
SIMPLIFICADA PARA EL PLAN ESPECIAL DE
ORDENACIÓN URBANA DE LAS PARCELAS
Nº2 Y 4 DE LA CALLE AGEO
GORLIZ (BIZKAIA)
Cód. proyecto P-17D0400094
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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ÍNDICE
1 INTRODUCCIÓN. ............................................................................................................................... 3
2 OBJETIVOS DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACION URBANA. ............................................................. 5
3 CONTENIDO DEL PLAN ESPECIAL. ...................................................................................................... 7
4 ALTERNATIVAS ANALIZADAS. ......................................................................................................... 10
5 DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN. ............................................................................................... 16
6 CARACTERIZACIÓN DEL MEDIO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL AFECTADO. ....................................... 17
6.1 DESCRIPCIÓN GENERAL. ............................................................................................................ 17 6.2 CLIMA. ........................................................................................................................................ 19 6.3 GEOLOGIA Y GEOMOFORMOLOGIA. .......................................................................................... 21 6.4 EDAFOLOGIA. ............................................................................................................................. 23 6.5 HIDROLOGÍA. ............................................................................................................................. 24 6.6 VEGETACIÓN. ............................................................................................................................. 26 6.7 FAUNA........................................................................................................................................ 27 6.8 ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS. ......................................................................................... 27 6.9 RED DE CORREDORES ECOLOGICOS. .......................................................................................... 27 6.10 PAISAJE. ..................................................................................................................................... 28 6.11 PATRIMONIO. ............................................................................................................................ 28
7 RIESGOS AMBIENTALES. ................................................................................................................. 30
7.1 INUNDABILIDAD. ........................................................................................................................ 30 7.2 RUIDO. ....................................................................................................................................... 31 7.3 CONTAMINACION DE LOS ACUIFEROS. ...................................................................................... 32 7.4 SUELOS POTENCIALMENTE CONTAMINADOS............................................................................ 33
8 EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES DERIVADOS DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACION
URBANA. ........................................................................................................................................ 34
9 DETERMINACIONES DE PLANES SECTORIALES Y TERRITORIALES CON INCIDENDIA EN EL
PLAN ESPECIAL................................................................................................................................ 36 9.1 LAS DIRECTRICES DE ORDENACIÓN TERRITORIAL (D.O.T.). ........................................................ 36 9.2 PLAN TERRITORIAL PARCIAL DEL ÁREA FUNCIONAL DE BILBAO
METROPOLITANO ...................................................................................................................... 36 9.3 PTS DE PROTECCIÓN Y ORDENACIÓN DEL LITORAL .................................................................... 37 9.4 PTS DE VIVIENDA PÚBLICA DE LA CAPV ...................................................................................... 37 9.5 ESTRATEGIA AMBIENTAL VASCA DE DESARROLLO SOSTENIBLE 2002-
2020 ........................................................................................................................................... 37 9.6 PLAN MANCOMUNADO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE DE URIBE KOSTA. .................................... 38 9.7 AGENDA LOCAL 21. .................................................................................................................... 39
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10 MOTIVACIÓN DE APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA. ......................................................................................................... 41
11 RESUMEN DE LOS MOTIVOS DE SELECCIÓN DE LA SOLUCIÓN ADOPTADA. ..................................... 43
12 MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS. ...................................................... 44
12.1 RECOMENDACIONES PARA LA REDACCIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE
GESTIÓN. .................................................................................................................................... 44 12.2 RECOMENDACIONES PARA LAS FASES DE EJECUCIÓN. .............................................................. 45
13 PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA AMBIENTAL. ............................................................. 48
13.1 OBJETIVOS. ................................................................................................................................ 48 13.2 SISTEMATICA. ............................................................................................................................ 48
13.2.1 Responsabilidad del promotor. ....................................................................................... 48 13.2.2 Informes y actas de seguimiento. ................................................................................... 49
13.3 FASES. ........................................................................................................................................ 50 13.4 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL DURANTE LAS OBRAS. ............................................... 50
ANEXOS
ANEXO I.- Estudio de Impacto Acústico.
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1 INTRODUCCIÓN.
El objeto que persigue el presente documento es establecer un Plan Especial de
Ordenación Urbana, para modificar la ordenación pormenorizada del suelo urbano
del Plan General de Ordenación Urbana de Gorliz (Bizkaia), relativa al ámbito de las
propiedades que se localizan en los números 2 y 4 de la Calle Ageo, en el citado
término municipal.
Mediante el Plan Especial de Ordenación Urbana, cabe la posibilidad de modificar las
determinaciones de ordenación pormenorizada del Plan General, en una zona de la
trama urbana del centro del municipio que está pendiente de regeneración, donde se
propone la sustitución de los dos edificios existentes por un solo bloque colectivo de
vivienda libre. Para realizar dicho Plan Especial, es necesario presentar una evaluación
ambiental estratégica.
La evaluación ambiental estratégica de planes y programas es un instrumento
preventivo adecuado para preservar los recursos naturales y proteger el medio
ambiente. Mediante este instrumento se introduce la variable ambiental en la toma de
decisiones sobre planes y programas con incidencia importante en el medio
ambiente.
La Unión Europea reconoció la importancia de evaluar ambientalmente estos planes y
programas, y en este sentido adoptó la Directiva 2001/42/CE, de 27 de junio, de
evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.
Esta Directiva fue incorporada mediante la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre
evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente,
posteriormente derogada y sustituida por la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de
evaluación ambiental.
En el ámbito de la CAPV, la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del
Medio Ambiente estableció un procedimiento de evaluación ambiental de planes y
programas, desarrollado mediante el Decreto 183/2003, de 22 de julio. El 16 de octubre
de 2012 se aprobó el Decreto 211/2012, por el que se regula el procedimiento de
evaluación ambiental estratégica de planes y programas, que deroga y sustituye al
Decreto 183/2003.
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El Decreto 211/2012 establece un marco de aplicación de la evaluación ambiental
estratégica de planes y programas, que tiene en cuenta la normativa básica del
Estado y desarrolla las competencias propias de la CAPV en esta materia.
ESTRUCTURA DEL DOCUMENTO.
De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 29 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, el documento ambiental estratégico debe contener la
siguiente información:
a) Objetivos de la planificación.
b) Alcance y contenido del plan propuesto y de sus alternativas razonables,
técnica y ambientalmente viables.
c) Desarrollo previsible del plan o programa.
d) Caracterización de la situación del medio ambiente antes del desarrollo del
plan o programa en el ámbito territorial afectado.
e) Efectos ambientales previsibles.
f) Efectos previsibles sobre los planes sectoriales y territoriales concurrentes.
g) Motivación de la aplicación del procedimiento de evaluación ambiental
estratégica simplificada.
h) Resumen de los motivos de la selección de las alternativas contempladas.
i) Medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, corregir
cualquier efecto negativo relevante en el medio ambiente de la aplicación
del plan o programa, tomando en consideración el cambio climático.
j) Medidas previstas para el seguimiento ambiental del plan.
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2 OBJETIVOS DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACION URBANA.
El Plan Especial de ordenación urbana tiene por objeto la definición de la ordenación
pormenorizada, en el ámbito continuo formado por dos parcelas físicamente unidas,
que quedan encuadradas entre la Calle Ageo al Norte, la parcela privada referente a
la calle Andra Mari nº 7 al Sur, el edificio residencial sito en la calle Ageo nº4BIS situado
al Este y por último la Plaza Artzelu al Oeste.
La legislación urbanística (artículo 70 de la Ley 2/2006, de 30 de Junio, del Suelo y
Urbanismo del País Vasco) establece que el plan especial de ordenación urbana tiene
por objeto desarrollar la ordenación estructural del Plan General, mediante el
establecimiento de la ordenación pormenorizada de aquellas áreas de suelo urbano,
para las que el Plan General permite diferir dicha ordenación. Además, el plan
especial de ordenación urbana también puede ser utilizado para modificar la
ordenación pormenorizada del suelo urbano, contenida en la documentación del
Plan General.
La zona objeto de investigación, está ocupada por dos viviendas unifamiliares con
similar calidad y estado de conservación.
El Plan Especial tiene como objetivo delimitar un nuevo ámbito, incorporando al mismo
la totalidad de los terrenos pertenecientes a las parcelas correspondientes a los
números 2 y 4 de la calle Ageo, entendido en la actualidad, como un pequeño
reducto de suelo urbano en el centro del municipio, con problemas derivados de un
mal estado de conservación general de los dos edificios pre-existentes y con
importante necesidad de sustitución.
Por otro lado, otro de los objetivos del Plan Especial debe entenderse en clave o por
razones de interés público, directamente vinculado a la regeneración y renovación
urbanas, haciendo especial hincapié en el ensanchamiento, adecuación y
reordenación de la calle Ageo, a la altura de los números 2 y 4.
Por ello, se hace preciso establecer una ordenación pormenorizada en la que,
respetando los parámetros estructurales del Plan General de Gorliz, se propicie una
solución que responda a dichos objetivos de renovación urbana y a la regeneración y
modernización de la imagen de la ciudad.
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La propuesta del Plan Especial de ordenación urbana consiste en la demolición de los
dos edificios actuales, proponiendo la sustitución de los dos edificios existentes por un
solo bloque colectivo de vivienda libre.
Para ello, se hace preciso generar un nuevo ámbito, donde se incluirán los suelos
correspondientes a las fincas indicadas y a través de ella, se tratará de posibilitar el
desarrollo de usos residenciales.
Tales terrenos mantendrán su condición actual de suelo urbano con la categoría de
no consolidado, contemplándose la implantación en ellos de usos residenciales en
tipología de bloque colectivo.
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3 CONTENIDO DEL PLAN ESPECIAL.
El planeamiento urbanístico del municipio de Gorliz está regulado actualmente por
Normas Subsidiarias, aprobadas definitivamente por Orden Foral 601/1998 de 28 de
septiembre. Ante la necesidad de adaptar el vigente planeamiento a la ordenación
de nueva Aprobación en la Comunidad Autónoma del País Vasco y el deseo de un
modelo territorial, lo más adecuado posible a las necesidades y capacidades reales
del municipio de Gorliz, el Ayuntamiento Pleno adoptó la decisión de proceder a la
revisión del vigente PGOU.
En base a la normativa vigente referida a los parámetros básicos del suelo urbano con
calificación residencial se propone, la sustitución de los dos edificios existentes por un
solo bloque colectivo de vivienda libre, compuesto por un perfil edificatorio de
PB+3+ÁTICO sobre rasante y aprovechamiento bajo rasante.
En atención al contenido del artículo 123 de las vigentes NN.SS de Gorliz, la
edificabilidad física máxima sobre rasante no puede superar la que resulta de aplicar
el índice de 0,9 m² de techo por m² de suelo a la superficie del ámbito.
Por tanto, la edificabilidad física máxima sobre rasante para uso residencial en
tipología de vivienda en bloque colectivo sería de:
1.763,36 m² suelo x 0,9 m²t/m²s = 1.587,02 m²t.
En cuanto a la descripción y zonificación del ámbito, en la zona norte del ámbito se
readecua e integra, en todo el ancho de parcela, un espacio de uso público
destinado a acera, enlazando con la proporción y anchura del resto de la calle Ageo.
Por otro lado, en todo el ancho de la zona sur de la parcela se cede un espacio a
dominio público, destinado a entrelazar, peatonalmente, la Plaza Artzelu con el
entorno inmediato de la edificación residencial sita en la calle Ageo nº4 Bis.
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El cuadro resumen de superficies, espacios libres públicos, parcela privada y
edificabilidad máxima permitida propuestos es el siguiente:
El planeamiento establecerá como mínimo, los siguientes estándares:
a) 15 % de la superficie total del área, excluidos sistemas generales, para zonas
verdes y espacios libres tales como parques, jardines, espacios peatonales y
plazas.
Según propuesta, sería necesario reservar;
1.763,36 m² X 15% = 264,50 m² destinado a zonas verdes y espacios libres.
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b) 5 m² de suelo o de techo (decidido por la Administración) por cada 25 m² de
techo sobre rasante de incremento de la edificabilidad urbanística (ARTÍCULO 6,
Punto 3), libres de costes de edificación y de urbanización destinado a otras
dotaciones públicas locales.
El incremento de la edificabilidad urbanística sobre la previamente materializada
es de:
1.587,02 m² totales sobre rasante – 360,45 m² existentes sobre rasante = 1.226,57m²
de incremento.
Según propuesta, sería necesario reservar;
1.226,57 m² de incremento edificabilidad urbanística sobre rasante / 25 m² x 5=
245,31 m² de suelo o techo destinado a otras dotaciones públicas locales.
c) 0,35 plazas de aparcamiento por cada 25 m² de incremento de techo sobre
rasante de uso residencial en parcela privada (ARTÍCULO 6, Punto 3).
Según propuesta, sería necesario reservar;
1.226,57 m² residenciales propuestos / 25 m² x 0,35 = 17,17 (18 plazas de
aparcamiento).
d) Un árbol nuevo o a mantener de los que pudieran existir en el ámbito por cada
nueva vivienda o por cada 100 m² construidos.
Según propuesta, sería necesario reservar;
1.587,02 m² totales / 100 m² = 15,87 (16) árboles a plantar ya que el ámbito no
tiene para mantener.
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4 ALTERNATIVAS ANALIZADAS.
En la zona objeto de estudio se analizan diversas alternativas, en relación a la
ocupación del suelo y a la ordenación urbanística del municipio. Una de ellas, la
correspondiente al planeamiento vigente es considerada como alternativa ‘0’, de no
actuación. Por otro lado, se analizan las alternativas A y B, que han sido descartadas
finalmente, y la alternativa adoptada, por la cual se propone el plan especial de
ordenación urbana.
Alternativa ‘0’. Planeamiento vigente.
La zona objeto de estudio está ocupado por dos viviendas unifamiliares con similar
calidad y estado de conservación.
La parcela situada en Ageo nº2 tiene una superficie de 907,39 m² y en ella se
localiza un edificio de vivienda unifamiliar de las siguientes dimensiones:
Es una zona de la trama urbana del centro del Municipio que está pendiente de
regeneración y adecuación
La parcela del terreno donde se encuentra el otro edificio de vivienda unifamiliar
de Ageo nº4, tiene una superficie de 855,97 m². Las superficies construidas en la
parcela son las siguientes:
El emplazamiento se localiza en una zona de la trama urbana del centro del
municipio que está pendiente de regeneración y adecuación.
Los terrenos asociados a los números indicados de la calle Ageo se clasifican
como urbanos, con calificación residencial y se engloban en la zona llamada
Elexalde.
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Alternativa A.
La Alternativa A reparte la edificabilidad en dos bloques perpendiculares a la
calle Ageo, generando un espacio interior privado entre ambos. Esta opción se
descarta en si misma, porque es contraria a la disposición del resto de edificios
residenciales ya existentes que conforman la calle Ageo, a partir de orientar la
fachada más larga a la citada calle.
Alternativa B.
La Alternativa B contempla la opción de repartir la edificabilidad en dos bloques,
uno longitudinal paralelo a la calle Ageo y un segundo bloque más reducido de
ocupación en planta y también en altura en la parte interior de la parcela. Esta
opción provoca escalonamientos en las construcciones, que podrían provocar la
pérdida del soleamiento de parte de las futuras viviendas, así como dificultar el
acceso rodado al sótano, por lo que ha sido descartada.
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Alternativa Adoptada.
En base a la normativa vigente referida a los parámetros básicos del suelo urbano,
con calificación residencial, se propone la sustitución de los dos edificios existentes
por un solo bloque colectivo de vivienda libre, compuesto por un perfil edificatorio
de PB+3+ÁTICO sobre rasante y aprovechamiento bajo rasante.
La morfología de la propuesta no acude a la definición de un bloque impuesto,
sino a la generación de un área de movimiento máxima en planta, con
cumplimiento de las distancias a linderos establecidas en las NN.SS para la
calificación residencial, el aporte al patrimonio municipal de los espacios de
cesión de carácter público en cumplimiento del DECRETO 123/2012, de 3 de julio,
de estándares urbanísticos (Art.6) por tratarse de ordenación pormenorizada y
otro área de movimiento máxima en perfil donde se concretan las cotas de los
niveles de todas las plantas que componen el futuro edificio referidas a la rasante
del punto medio de la calle Ageo como referencia válida para una mejor
integración en el entorno urbanizado del ámbito.
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5 DESARROLLO PREVISIBLE DEL PLAN.
El procedimiento de tramitación y aprobación del Plan Especial se ajustará a la
regulación establecida en el artículo 97 de la Ley 2/2006, de 30 de junio, de Suelo y
Urbanismo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 30 del Decreto 105/2008 de 3 de junio, de
medidas urgentes en desarrollos de la Ley 2/2006 de 30 de junio, de Suelo y Urbanismo:
La ordenación pormenorizada integrada en el planeamiento general podrá
modificarse utilizando bien la figura de la modificación del Plan General, bien la figura
del Plan Especial o el Plan Parcial, según corresponda, otorgándole el procedimiento
de tramitación regulado en los artículos 95, 96 y 97 de la Ley 2/2006.
La propuesta del Plan especial de ordenación urbana consiste en la demolición de los
dos edificios actuales en la calle Ageo del término municipal de Gorliz, proponiendo la
sustitución de dichos edificios, por un único bloque colectivo de vivienda libre.
Con ello, se pretende establecer una ordenación pormenorizada en la que,
respetando los parámetros estructurales del Plan General, se propicie la renovación
urbana del municipio y posibilite el desarrollo de usos residenciales.
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6 CARACTERIZACIÓN DEL MEDIO EN EL ÁMBITO TERRITORIAL
AFECTADO.
6.1 DESCRIPCIÓN GENERAL.
La zona objeto de estudio está delimitada por la Calle Ageo al Norte, la parcela
privada referente a la calle Andra Mari nº 7 al Sur, el edificio residencial sito en la calle
Ageo nº4BIS situado al Este y por último la Plaza Artzel, en el término municipal de Gorliz
(Bizkaia).
El municipio de Gorliz se encuentra en la costa occidental vasca, a 25 km al Este de
Bilbao y se extiende en una superficie de 10,29 km2 en el interior de la comarca de
Uribe.
Limita al Norte y al Oeste con el Golfo de Bizkaia, al Este con Lemoiz y al Sur, con
Plentzia, con la que comparte la ría de Butrón.
En la actualidad, Gorliz cuenta con una población superior a los 5.200 habitantes (que
se cuatriplica en verano), distribuidos por las diferentes áreas que forman el municipio:
Elexalde, Andra Mari, Urezarantza, Gandia, Areatza, Gaminiz (Barrio San José),
Guzurmendi y Orabille.
La zona objeto de investigación queda emplazada en el interior del núcleo urbano del
municipio de Gorliz, cuenta con una superficie de 1.763,36 m² y en la actualidad está
ocupada por dos viviendas unifamiliares.
El acceso al emplazamiento se produce desde la carretera BI-3154, vía que dirige a la
calle Andra Mari. Una vez tomada esta calle, al llegar a la intersección, esta vía enlaza
con la calle Krutzeta, desde donde finalmente se accede a la calle Ageo.
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6.2 CLIMA.
La proximidad al mar Cantábrico hace que el clima de la zona se clasifique como
oceánico templado.
Las lluvias se encuentran repartidas durante todo el año, sin que se observe una
estación seca estival bien definida. Estas precipitaciones son abundantes y dada la
latitud y la dinámica atmosférica, los días de lluvia representan el 45% del total anual, a
los que habría que sumar el 41% en los que el cielo está cubierto. La temporada más
lluviosa ocurre entre los meses de octubre y abril.
Este régimen de lluvias está fundamentalmente condicionado por la orientación de las
cordilleras (E-W aproximadamente) y por su proximidad al mar, ya que se originan
precipitaciones de tipo orográfico al chocar con ellas los frentes que atraviesan el
territorio. En general se trata de frentes de dirección Oeste (“gallegos”), que a su paso
por la depresión vasca adquieren un componente Norte, debido al poder de succión
del Mediterráneo occidental, dando lugar a flujos NNW.
Esta misma cercanía al océano hace que las dos estaciones más definidas de la
región, verano e invierno, se mantengan suaves y existan oscilaciones térmicas de baja
intensidad. Las temperaturas medias máximas en los meses de verano varían entre los
25 y 26º C, mientras que las medias mínimas de invierno lo hacen entre los 6 y 7ºC.
Las nevadas no son frecuentes en los núcleos urbanos, siendo una pequeña minoría los
inviernos especialmente crudos en que la nieve suele durar unos días tras una nevada
intensa. Sin embargo, esto no suele llegar a la ciudad, permaneciendo generalmente
en la cima de los montes que la rodean. Más frecuente es el granizo, unos 10 días al
año, principalmente en los meses de invierno.
El Gobierno Vasco tiene distribuidas, a lo largo del territorio, una red de estaciones
meteorológicas, que describen con más detalle las características climatológicas
específicas de cada zona. La estación más próxima al emplazamiento es la estación
meteorológica de Punta Galea (C042).
Los datos extraídos de la citada estación, correspondientes al año 2016, reflejan una
precipitación total de 988,6 l/m2, y una temperatura media de 15,2ºC. La humedad
relativa media es del 80,6 %. Las precipitaciones máximas se producen en febrero
marzo y noviembre.
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Mapa geológico
6.3 GEOLOGIA Y GEOMOFORMOLOGIA.
La zona objeto de estudio forma parte de la Cuenca Vasco Cantábrica, dentro del
dominio estructural del Arco Vasco y de la Unidad de Oiz.
La unidad de Oiz corresponde con el área geográfica comprendida entre la Falla de
Bilbao- Alsasua, al Sur, y el Cabalgamiento de Pagoeta, al Norte, donde las directrices
estructurales principales son NO-SE. El emplazamiento se ubica en el sector de Gernika,
la porción estructural más amplia de la Unidad de Oiz abarca desde la costa
occidental vizcaína, hasta la zona situada al norte de la falla de Angiozar-Olaberria,
donde ésta es su límite meridional.
La zona objeto de estudio se encuentra en el sinclinal de Gorliz, una amplia estructura
cartográfica de orientación N 120° E (NO - SE), dirección característica de las
estructuras originadas en la fase principal (Fase I) del plegamiento alpino. En su núcleo
aflora el Flysch detrítico - carbonatado del Cretácico superior. El flanco sur se
encuentra intensamente tectonizado, por la acción de varias fracturas que verticalizan
e incluso invierten las capas. Su representación cartográfica es compleja, debido a la
gran cantidad de fallas que cortan la estructura y al intenso grado de deformación
interna que muestra.
Zona objeto de estudio
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Litología
En la parcela objeto de estudio, encontramos materiales pertenecientes al conjunto
estratigráfico terciario.
Los materiales terciarios que afloran en la unidad de Oiz aglutinan un conjunto variado
de litofacies cuyas edades están comprendidas entre el Maastrichtiense superior y el
Eoceno inferior. Estos materiales se localizan en el núcleo del Sinclinorio de Bizkaia,
desde Punta Galea hasta las proximidades de Eibar.
El emplazamiento está compuesto por la alternancia de margocalizas, margas calizas
y calcarenitas.
La zona objeto de estudio presenta una formación calcárea del Maastrichtiense –
Daniense, la cual constituye una estrecha franja que bordea, con algunas
discontinuidades, la estructura del Sinclinorio vizcaíno.
El "flysch" detrítico-calcáreo del Cretácico superior pasa gradualmente hacia techo a
una formación calcárea, constituida por margas, margocalizas y calizas, que
localmente presentan tinciones rojas. La importancia de esta formación es grande, ya
que posibilita la separación entre el "flysch" del Cretácico superior y el "flysch" terciario,
y sirve como nivel guía.
Zona objeto de estudio
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Geomorfología
Suelo y capacidad
El emplazamiento objeto de estudio se encuentra en el interior del núcleo urbano del
término municipal de Gorliz y como se puede apreciar a continuación, el suelo sobre el
que se asienta el emplazamiento, está catalogado como una zona sin información.
6.4 EDAFOLOGIA.
El suelo es el resultado de la influencia de una serie de factores de distinta naturaleza, de
manera que en su proceso de formación se pueden distinguir, básicamente, cinco
factores: el material de partida, la topografía de la zona, el clima, los seres vivos y el
tiempo de duración del proceso de génesis del suelo.
La zona de estudio se corresponde con un área compuesta por cambisoles districos, con
capacidad de uso moderada.
Los cambisoles se desarrollan sobre materiales de alteración procedentes de un amplio
abanico de rocas, entre los que destacan los depósitos de carácter eólico, aluvial o
coluvial.
Zona objeto de estudio
Zona objeto de estudio
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Zona objeto de estudio
Espesor de regolito
Respecto al espesor del suelo del emplazamiento, la parcela objeto de investigación
tiene un espesor de regolito de entre 0,5 a 1 metros, como en la mayoría de la superficie
del núcleo urbano del municipio.
6.5 HIDROLOGÍA.
La zona de estudio forma parte de la Unidad Hidrológica de Butroe, dentro de la
subcuenca Butroe, en Gorliz.
El área de la cuenca superficial de la Unidad Hidrológica del Butroe es de 172,22 km2. Esta
Unidad Hidrológica se desarrolla en su totalidad dentro de la CAPV, en la provincia de
Bizkaia.
Unidad Hidrológica Ibaizabal
Zona objeto de estudio
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Hidrología
El arroyo más cercano a la zona objeto estudio, es el Txatxarroerreka, el cual discurre a
aproximadamente a 280 metros del emplazamiento y desemboca en la playa de Gorliz.
No obstante, el cauce principal de la Unidad Hidrológica es el río Butrón, que con un
recorrido de unos 30 Km se dirige en dirección sureste-noroeste desde las laderas del
Bizkargi (563 m) y Mendigana (268 m) hasta Plentzia, donde desemboca. Los primeros
cursos de agua, muchos de ellos temporales, tienen una fuerte pendiente, pero el cauce
principal discurre por una pendiente muy suave ya antes de Fruiz. A pesar de la escasa
importancia relativa de los afluentes, merecen destacarse el arroyo Larrauri, procedente
de los montes Jata (572 m) y Sollube (663 m) y el Maruri, que también nace en el Jata. Al
atravesar la llanura aluvial de Mungia, el río va describiendo meandros hasta el estuario
de Plentzia, que se inicia en la presa de Arbina. Hasta aquí llega la influencia de las
mareas, cuyo ascenso río arriba se ve impedido por la presa que, además, retiene las
aguas fluviales remansando los tramos finales del cauce.
El río Butrón tiene su origen en un sustrato de areniscas, pero atraviesa posteriormente
rocas calcáreas, que son las que dominan, así como terrenos aluviales. Hay también
algunos tramos basálticos y yesos.
Txatxarroerreka
Zona objeto
de estudio
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Vegetación potencial
El lecho fluvial está constituido en tramos altos por piedras y cantos rodados, que van
siendo sustituidos en tramos más bajos por gravas, arenas y limos.
El aprovechamiento de esta cuenca, que está bastante poblada, es agropecuario y
forestal, con dominio de las repoblaciones de pinos y eucaliptos, así como prados y
cultivos. Sólo quedan pequeñas superficies aisladas de robledal, algo más importantes en
las proximidades del municipio de Plentzia.
6.6 VEGETACIÓN.
El estudio de la vegetación se aborda desde dos puntos de vista: vegetación potencial y
vegetación actual de la zona.
La zona objeto de investigación presenta una vegetación potencial de encinar
cantábrico.
Zona objeto de estudio
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Vegetación actual
La vegetación potencial ha desaparecido, debido a la elevada influencia
antropogénica y actualmente, la flora existente que se localiza en la zona, está
compuesta por vegetación de tipo ruderal nitrofila.
6.7 FAUNA.
Hay que constatar la inexistencia de evidencias de fauna aparente en el
emplazamiento, debido a la influencia antropogénica que viene soportando desde
años, la cual ha motivado el abandono y retirada de las especies faunísticas propias de
este entorno.
6.8 ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS.
La zona objeto del estudio no presenta una biodiversidad de valor e interés alguna, ya
que el emplazamiento no alberga ningún espacio natural relevante. Esto es
consecuencia, de que la zona donde se encuentra el emplazamiento, se encuentra en
el interior del núcleo urbano del municipio.
6.9 RED DE CORREDORES ECOLOGICOS.
La zona donde se ubica la parcela no cuenta con ninguna red de corredores
ecológicos, debido a la influencia antropogénica que la zona viene soportando desde
hace ya décadas.
Zona objeto de estudio
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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Paisaje
6.10 PAISAJE.
El paisaje de la zona es típico de las áreas antropizadas, debido a que la parcela se
ubica en el interior del nucleo urbano; no obstante, la mayoría de la extensión del
municipio presenta una unidad de paisaje fluvial.
6.11 PATRIMONIO.
Los edificios que se localizan en la zona objeto de investigación, no cuentan con un
valor patrimonial relevante.
Señalar, que el municipio cuenta con un sanatorio marino y heloterapico, que forma
parte del patrimonio histórico de Bizkaia.
Este sanatorio lo construyó la Diputación Foral de Bizkaia, para combatir el grave
problema sanitario de los niños afectados por la tuberculosis.
Del proyecto se encargó el arquitecto provincial Mario Camiña. Esta iniciativa tuvo
una destacada repercusión internacional, al ser el primer sanatorio que planteó la
curación de la tuberculosis con el aire marino y la exposición al sol. Por ello, se le
concedió un premio en la Exposición Internacional de Higiene de Roma en 1912.
Zona objeto de estudio
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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Hospital de Gorliz
El Sanatorio ha sufrido numerosas transformaciones, que han alterado fuertemente su
imagen inicial; así, se han cubierto las terrazas, se ha añadido un piso más y la
distribución interior está muy cambiada. Hoy es un hospital de la red de Osakidetza del
Gobierno Vasco.
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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7 RIESGOS AMBIENTALES.
7.1 INUNDABILIDAD.
De acuerdo con los mapas de peligrosidad y riesgo facilitados por la Agencia Vasca
del Agua-URA en su página web, la parcela no se encuentra inventariada en ninguna
zona de inundabilidad.
La Directiva 2007/60/CE, de 23 de octubre, relativa a la evaluación y gestión de los
riesgos de inundación (Directiva de Inundaciones), establece el marco de actuación
para el análisis de esta problemática, con el objetivo de reducir progresivamente los
riesgos asociados sobre la salud humana, el medio ambiente, el patrimonio cultural y la
actividad económica, mediante su adecuada gestión a partir de criterios de
protección social, racionalidad económica y respeto del medio ambiente. Estos
principios son compartidos por la Directiva Marco del Agua, que rige la elaboración de
los planes hidrológicos.
Zona objeto de estudio
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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Tras la aprobación de las dos primeras fases, Evaluación Preliminar del Riesgo de
Inundación y Mapas de Peligrosidad y de Riesgo de Inundación, las Administraciones
Hidráulicas, la Agencia Vasca del Agua en el ámbitos de las Cuencas Internas del País
Vasco y la Confederación Hidrográfica de Cantábrico en las cuencas
intercomunitarias de la Demarcación, han elaborado el Proyecto de Plan de Gestión
del Riesgo de Inundación (2015-2021) de la Demarcación Hidrográfica del Cantábrico
Oriental.
La Agencia Vasca del Agua no incluye la parcela dentro de un área ARPSI (Áreas con
Riesgo Potencial Significativo de Inundación).
7.2 RUIDO.
De acuerdo con el artículo 37 del Decreto 213/2012 de 16 de octubre, de
contaminación acústica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, el Plan Especial
de Ordenación Urbana para la definición de la ordenación pormenorizada en la calle
Ageo nº2 y 4, incorpora el correspondiente Estudio de Impacto Acústico (Estudio de
impacto acústico ambiental de dos parcelas en las que se proyecta la construcción
de viviendas en la localidad de Gorliz), elaborado por ACÚSTICA ARQUITECTÓNICA,
S.A. (Ver Anexo I.)
A continuación, se extraen las conclusiones del Estudio de Impacto Acústico realizado
por la citada empresa:
En las mediciones se ha podido determinar que las fuentes predominantes
en el nivel sonoro de los diferentes puntos se corresponden con el ruido
producido por el tráfico de las calles del entorno (Ageo bidea, Andramari
Kalea, Tribiñu kalea y Krutzeta kalea).
En los resultados recogidos se observa como los obtenidos en el modelo de
simulación, coinciden con los obtenidos en las mediciones realizadas, de
forma que se validará el modelo de simulación.
En los resultados obtenidos tras la simulación se observa como los
resultados obtenidos cumplen con los objetivos de calidad acústica, para
cualquier periodo de horario.
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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Vulnerabilidad de acuíferos
7.3 CONTAMINACION DE LOS ACUIFEROS.
Atendiendo al Mapa de la vulnerabilidad a la contaminación de los acuíferos de la
Comunidad Autónoma del País Vasco el ámbito de estudio presenta una
vulnerabilidad muy baja.
La vulnerabilidad de los acuíferos se encuentra íntimamente ligada con la capacidad
de permeabilización del sustrato que los rodea.
La permeabilidad de la zona está directamente relacionada con la fisuración de los
materiales.
Por lo que, los flujos de agua y posibles contaminantes circularán por materiales de
baja fisuración, en caso de que algún tipo de afección atravesase la solera,
pavimento y cimentación.
Permeabilidad
Zona objeto de estudio
Zona objeto de estudio
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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7.4 SUELOS POTENCIALMENTE CONTAMINADOS.
Consultado el “Inventario de emplazamientos con actividades potencialmente
contaminantes del suelo de la Comunidad Autónoma del País Vasco”, visor
GEOEUSKADI, donde se muestra el Inventario de suelos potencialmente contaminados
del País Vasco, así como el acceso habilitado por IHOBE para realizar consultas sobre
emplazamientos inventariados para las Entidades Acreditadas, se observa que la
parcela objeto de estudio no aparece inventariada en la actualización del inventario
2016.
Inventario de suelos potencialmente contaminados del País Vasco 2016.
Zona objeto de estudio
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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8 EFECTOS AMBIENTALES PREVISIBLES DERIVADOS DEL PLAN
ESPECIAL DE ORDENACION URBANA.
A continuación, se identifican los efectos ambientales más significativos, tanto positivos
como negativos, derivados del Plan Especial de Ordenación Urbana:
El ámbito de análisis es un entorno urbano, en el que no se han localizado
elementos del medio especialmente relevantes. En síntesis, la calidad ambiental se
considera muy baja, ya que a consecuencia de la influencia antropogénica, la
zona objeto de estudio presenta un estado alterado de sus parámetros
ambientales.
El área no presenta valores ambientales destacados, ni riesgos ambientales
asociados significativos.
El Plan no prevé impactos directos sobre ningún cauce, ni sobre la vegetación de
ribera, ni afecciones morfológicas.
No se tiene constancia de la presencia de especies de fauna amenazada en el
ámbito de estudio, de forma que las especies cuya presencia es más probable
serán aquellas típicas de ambientes urbanos.
El aspecto ambiental que presenta un mayor riesgo de afección, será la
generación de residuos debido a los trabajos de demolición y edificación. En este
sentido es importante indicar, que la gestión de los residuos se deberá realizar
mediante gestor autorizado.
Los residuos generados durante las fases de demolición y construcción (inertes,
asimilables a urbanos productos de la actividad del personal de obra y residuos
peligrosos) podrían producir efectos negativos sobre el medio, de no gestionarse
correctamente.
La sustitución de los edificios existentes por el nuevo bloque de viviendas, cumple
con los objetivos de renovación urbana y la regeneración y modernización de la
imagen de la ciudad.
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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La ejecución del proyecto favorece un modelo urbano sostenible, donde se hace
uso de un suelo alterado antes de colonizar un suelo natural y se potencia el
crecimiento alrededor del núcleo existente, para evitar consumos innecesarios en
zonas que estén alejadas de las infraestructuras básicas existentes.
Las actuaciones de urbanización y edificación a desarrollar en fase de obras
conllevarán un consumo de materias primas y energía que resulta indispensable
para la ejecución del nuevo desarrollo. No se espera que este incremento vaya a
suponer efectos reseñables sobre el consumo de recursos total que se registra en el
municipio.
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9 DETERMINACIONES DE PLANES SECTORIALES Y
TERRITORIALES CON INCIDENDIA EN EL PLAN ESPECIAL.
La Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco (Ley 4/90) perfila tres instrumentos de
ordenación para la Comunidad Autónoma Vasca: Las Directrices de Ordenación
Territorial, los Planes Territoriales Parciales y los Planes Territoriales Sectoriales.
9.1 LAS DIRECTRICES DE ORDENACIÓN TERRITORIAL (D.O.T.).
Las Directrices de Ordenación Territorial definen un modelo territorial para el municipio
de Gorliz, en el que prima el área de interés naturalístico Gorliz-Armintza al Norte del
municipio, y la especialización del municipio, junto a otros costeros, como receptor de
demanda turística exógena y endógena, especialmente del Bilbao Metropolitano.
9.2 PLAN TERRITORIAL PARCIAL DEL ÁREA FUNCIONAL DE BILBAO
METROPOLITANO.
El objetivo general del P.T.S. es el fomento de una distribución equilibrada del
crecimiento que conjugue, las necesidades de suelo para actividad económica en las
diferentes Áreas Funcionales establecidas en las D.O.T., con las estrategias de
corrección del modelo territorial actual, para una mayor eficacia económica y
calidad de vida.
Las competencias del PTP se centran en desarrollar las Directrices de Ordenación
Territorial (DOT) en el área o zona supramunicipal que éste delimita, concretando para
ella los criterios específicos de ordenación que las DOT establecen.
Se definen una serie de objetivos y principios directores para una estrategia de
ordenación sostenible del territorio.
Se establecen asimismo, una serie de determinaciones tanto para las
infraestructuras de comunicación, para las actividades económicas y vivienda
así como para la energía.
En la ordenación generada por el PTP se prevén dos tipos de acciones referentes al
uso residencial en Gorliz. Por una parte, se prevé la redensificación de área de
Urezarantza, para alcanzar la densidad de 30 a 50 viv./ha. Y por otra parte, se
establece un área de nuevo desarrollo con uso residencial con la densidad prevista de
30 a 50 viv./ha
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9.3 PTS DE PROTECCIÓN Y ORDENACIÓN DEL LITORAL.
El Plan Sectorial de Litoral, con su ámbito de ordenación en la franja litoral de 500 m,
afecta a una porción importante del municipio.
El PTS de protección y ordenación del litoral declara:
“La ordenación de estas playas debe plantearse con criterios
paisajísticos, potenciando la mejora del entorno de forma
compatible con la dotación de servicios, atendiendo en cualquier
caso a la protección y conservación del dominio público marítimo-
terrestre, así como de los terrenos colindantes, defendiendo su
integridad y los fines de uso general a que está destinado,
preservando sus características y elementos naturales y minimizando
las consecuencias perjudiciales de la ejecución de obras e
instalaciones”.
9.4 PTS DE VIVIENDA PÚBLICA DE LA CAPV.
El PTS de Vivienda Pública considera al municipio de interés preferente para el suelo de
viviendas de protección pública, siguiéndose una política básica de conservación,
mejora y recuperación del parque residencial y nuevos desarrollos y la puesta en
mercado de viviendas en alquiler.
9.5 ESTRATEGIA AMBIENTAL VASCA DE DESARROLLO SOSTENIBLE 2002-
2020.
Establece una serie de compromisos y líneas de actuación basadas en cinco metas.
Garantizar un aire, agua y suelos limpios y saludables.
Gestión responsable de los recursos naturales y de los residuos.
Protección de la naturaleza y la biodiversidad: un valor único a potenciar.
Equilibrio territorial y movilidad: un enfoque común.
Limitar la influencia en el cambio climático.
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Además, tal y como ha quedado recogido en los objetivos del Plan, el PGOU de Gorliz
establece unos criterios de desarrollo urbanos sostenibles.
Prima el uso de suelo alterado antes de colonizar el natural.
Potencia el crecimiento alrededor del núcleo existente, para evitar consumos
innecesarios en zonas que estén alejadas de las infraestructuras básicas
existentes.
Los valores ambientales del municipio (red de drenaje, hábitats de interés,
vegetación de frondosa autóctona, dunas, zonas litorales, humedal, ámbitos
relevantes desde el punto de vista paisajístico, etc.) han quedado recogidos
dentro de categorías de especial protección, que potencian su conservación y
en todo caso, la mejora de estos ecosistemas.
Se han revisado los problemas de acceso y comunicación existentes y cada
alternativa plantea una propuesta de mejora de la movilidad del municipio.
9.6 PLAN MANCOMUNADO DE MOVILIDAD SOSTENIBLE DE URIBE KOSTA.
Este Plan se apoya en una serie de planes de actuación que pretenden poner en
marcha su desarrollo:
1. Integrar la movilidad sostenible en la ordenación del territorio y el planeamiento
municipal.
2. Mejora de la calidad del espacio urbano y de la calidad de los peatones.
3. Fomento e inclusión de la bicicleta como medio de transporte cotidiano.
4. Gestión de la red viaria.
5. Gestión del estacionamiento.
6. Fomento y mejora del transporte público.
7. Gestión de la demanda de la movilidad de los centros tractores.
8. Mejora de la accesibilidad universal.
9. Otras mejoras de calidad ambiental y ahorro.
10. Seguimiento y evaluación del Plan Mancomunado de Uribe Kosta.
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9.7 AGENDA LOCAL 21.
La Agenda Local 21 es la herramienta de planificación y gestión para integrar los
criterios de sostenibilidad en la política municipal.
Agenda Local 21 es un documento que recoge las propuestas elaboradas por la
ciudadanía, los técnicos municipales y el cuerpo político, con la clara intención de
trabajar en el municipio por un desarrollo sostenible. Este proceso se basa en tres
pilares:
Sociedad: una sociedad más moderna y solidaria.
Economía: una economía local, dinámica y respetuosa con el medio.
Medio Ambiente: un entorno urbano sostenible que garantice la mejora de la
calidad de vida de los ciudadanos.
La Agenda Local 21 de Gorliz enumera los programas y las acciones que desarrolla
dirigidos a los valores naturales y paisajísticos:
1. Valorizar socialmente el patrimonio natural.
Aplicar programas de educación y sensibilización en un contexto de oferta
comarcal.
Actuaciones para ampliar red de senderos y zonas de esparcimiento.
Divulgar los valores naturales singulares del municipio.
Diseño y ejecución de la cartografía de los municipios de la comarca y sus
recursos naturales.
2. Restaurar los espacios degradados.
Actuaciones de recuperación de espacios degradados.
3. Incluir en el planeamiento urbanístico criterios para preservar la calidad del suelo.
Introducir criterios de “calidad del suelo” en el planeamiento urbanístico y su
ejecución.
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4. Realizar un seguimiento y coordinar las actuaciones municipales con las de los
órganos gestores de los espacios naturales protegidos u organismos
supramunicipales con competencias.
Realizar los trámites necesarios para poder proteger las zonas de interés local o
comarcal con alguna de las figuras establecidas.
Coordinar las actuaciones municipales con las de los órganos gestores del
medio natural.
5. Elaborar un plan municipal para la recuperación de suelo contaminado existente
en el municipio.
Realizar estudios periódicos de la calidad del suelo en el municipio.
Control de las actividades potencialmente contaminantes del suelo (en activo)
inventariadas en el municipio.
Elaboración de un listado de prioridades en la recuperación de suelos
contaminados en el municipio, para acogerse al Programa de Recuperación
de Suelos Contaminados de la C.A.P.V.
6. Potenciar los activos naturales de mayor relevancia, para mejorar la imagen del
municipio.
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10 MOTIVACIÓN DE APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE
EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA SIMPLIFICADA.
El Plan Especial de Ordenación Urbana está sometida al procedimiento de evaluación
ambiental estratégica, de acuerdo con el Anexo I A “Planes de Compatibilización del
planeamiento general, Planes Parciales de ordenación urbana y Planes Especiales de
ordenación urbana que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente”
de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del
País Vasco.
Además, el Plan Especial de Ordenación Urbana, también se incluye en el Artículo 6
(ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica) de la Ley 21/2013 de 9
de diciembre de evaluación ambiental. En el Artículo 6 se cita lo siguiente:
1. Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes y
programas, así como sus modificaciones, que se adopten o aprueben por una
Administración pública y cuya elaboración y aprobación venga exigida por una
disposición legal o reglamentaria (…), cuando:
a) Establezcan el marco para la futura autorización de proyectos legalmente
sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran a la agricultura,
ganadería, silvicultura, acuicultura, pesca, energía, minería, industria,
transporte, gestión de residuos, gestión de recursos hídricos, ocupación del
dominio público marítimo terrestre, utilización del medio marino,
telecomunicaciones, turismo, ordenación del territorio urbano y rural, o del uso
del suelo; o bien,
b) Requieran una evaluación por afectar a espacios Red Natura 2000 en los
términos previstos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural
y de la Biodiversidad.
c) Los comprendidos en el apartado 2 cuando así lo decida caso por caso el
órgano ambiental en el informe ambiental estratégico de acuerdo con los
criterios del anexo V.
d) Los planes y programas incluidos en el apartado 2, cuando así lo determine el
órgano ambiental, a solicitud del promotor.
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2. Serán objeto de una evaluación ambiental estratégica simplificada:
a) Las modificaciones menores de los planes y programas mencionados en el
apartado anterior.
b) Los planes y programas mencionados en el apartado anterior que establezcan
el uso, a nivel municipal, de zonas de reducida extensión.
c) Los planes y programas que, estableciendo un marco para la autorización en
el futuro de proyectos, no cumplan los demás requisitos mencionados en el
apartado anterior.
Por lo tanto, el Plan Especial de Ordenación Urbana para la definición de la
ordenación pormenorizada en la calle Ageo nº2 y 4, debido a la sustitución de los dos
edificios existentes de la por un bloque colectivo de vivienda libre, está sujeto a
someterse a una Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada.
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11 RESUMEN DE LOS MOTIVOS DE SELECCIÓN DE LA SOLUCIÓN
ADOPTADA.
La redacción del Plan Especial de Ordenación Urbana se realiza para acomodar el
planeamiento a las circunstancias económicas y sociales que demandan una
adaptación de la situación jurídica urbanística de la parcelas ubicadas en la calle
Ageo nº 2 y 4.
El municipio de Gorliz, es un punto estratégico del turismo vizcaíno de la CAPV, con un
crecimiento poblacional en alza. Por ello, el territorio demanda optimizar su
organización a diferentes niveles, para poder mejorar la calidad urbana y que se le dé
una relevancia especial a la conservación y recuperación de los valores ambientales.
La construcción del nuevo bloque de viviendas cumple con la política del
planeamiento urbanístico del municipio, puesto que prioriza la ocupación de los suelos
urbanizados, antes de poner en carga nuevos desarrollos urbanos.
Por ello, con la redacción del Plan Especial para la sustitución de las dos viviendas
unifamiliares por un bloque nuevo de viviendas, se realiza un uso del suelo sostenible, el
cual es un recurso que contiene una gran repercusión medioambiental, económica,
social y cultural en el municipio.
Además, las parcelas objeto de estudio se localizan en una zona de la trama urbana
del centro del municipio, que está pendiente de regeneración y adecuación a un
entorno completamente consolidado, por construcciones de carácter residencial de
antigüedad media cercana a los 35 años y con un nivel de servicios e infraestructuras
urbanas suficientes para albergar los usos e intensidades pretendidos.
Las dos viviendas unifamiliares se encuentran en un mal estado de conservación y la
ejecución del nuevo bloque de viviendas pretende estar acorde con el paisaje de la
zona y con ello, renovar y modernizar la imagen del municipio.
Por todo lo expuesto, el Plan Especial de Ordenación Urbana es beneficioso para el
entorno próximo al ámbito, así como para la localidad en general.
Asimismo, renueva su imagen urbana, incide positivamente en la funcionalidad
municipio dotándolo de un una diversidad de usos y permite configurar un ámbito
urbano más dinámico y atractivo.
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12 MEDIDAS PREVENTIVAS, CORRECTORAS Y COMPENSATORIAS.
Una vez identificados y valorados los principales impactos derivados del Plan Especial,
se procede a establecer una propuesta de medidas preventivas y correctoras dirigidas
a limitar, reducir o minimizar estas afecciones. Estas medidas se centran en
recomendaciones y actuaciones a desarrollar, tanto en la redacción del
planeamiento de desarrollo, como las fases pre-operacional y en fase de obras
durante la ejecución del proyecto.
12.1 RECOMENDACIONES PARA LA REDACCIÓN DE LOS DOCUMENTOS
DE GESTIÓN.
El Programa de Actuación Urbanizadora y/o el Proyecto de Urbanización podrán
contener las siguientes recomendaciones:
En relación con la protección y optimización del uso de recursos naturales.
Los proyectos de obras de urbanización y edificación preverán las medidas
adecuadas para la consecución de la máxima efectividad posible, en materia de
ahorro y reutilización de agua y en la captación de luz solar. Para ello, se adoptarán
los siguientes criterios:
Las redes de abastecimiento contarán con las medidas más avanzadas posibles
para el control y la gestión de fugas. Su diseño permitirá el control de todos los
consumos: residenciales, comerciales, industriales, dotacionales, riego y limpieza
viaria, etc.
Los proyectos de edificación, en consonancia con el Código Técnico de la
Edificación, contarán con las máximas medidas de eficiencia en el uso del agua:
grifería, electrodomésticos, etc.
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En relación con el paisaje.
El proyecto de construcción incluirá un apartado de integración paisajista de la
urbanización acorde con el entorno.
En relación con el ruido.
El proyecto de urbanización deberá incluir un estudio de impacto acústico de la zona
(Ver Anexo I).
En relación con la gestión de residuos.
El proyecto de urbanización incluirá un estudio de gestión de los residuos (EGR), de
acuerdo con la normativa vigente.
12.2 RECOMENDACIONES PARA LAS FASES DE EJECUCIÓN.
Medidas en fase pre-operacional: comunicaciones y autorizaciones previas.
Con anterioridad al comienzo de las obras, se deberá presentar una notificación del
inicio de las obras al Ayuntamiento de Gorliz.
Medidas en fase operacional.
Redacción del plan de obra. La obra deberá contar con un plan de obra, donde
se recojan las distintas fases y la sincronización de las distintas unidades.
Manual de buenas prácticas para su utilización por el personal de obra. En este
manual se tratarán aspectos como la superficie máxima a afectar, la minimización
de producción del polvo y ruido, la gestión de residuos, etc.
Producción y gestión de residuos. En la fase de obras se adoptarán una serie de
medidas preventivas, a fin de reducir la producción de residuos, así como
minimizar el riesgo que suponen los mismos, estas medidas se basarán en la
filosofía de “reducción, reutilización y reciclaje”. Para ello, se consumirán los
recursos estrictamente necesarios, evitando embalajes innecesarios, empleando
Cod. Proyecto: P-17D0400094
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productos que permitan más de un uso, etc. Asimismo, se priorizará el uso de
materiales reutilizables retornables o recargables.
Todos los residuos, cuya valorización resulte técnica y económicamente viable,
deberán ser remitidos a valorizador de residuos, debidamente autorizado. Los
residuos únicamente podrán destinarse a eliminación, si previamente queda
debidamente justificado que su valorización no resulta técnica, económica o
ambientalmente viable.
Los residuos de construcción y demolición se gestionarán de acuerdo con lo
estipulado en el Decreto 112/2012, de 26 de julio, por el que se regula la
producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
Los recipientes o envases conteniendo residuos peligrosos cumplirán las normas de
seguridad establecidas en el artículo 13 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio,
por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, de 14
de mayo, básica de residuos tóxicos y peligrosos, y permanecerán cerrados hasta
su entrega a gestor evitando cualquier pérdida de contenido por derrame o
evaporación.
La gestión de los aceites usados se realizará de acuerdo con el Real Decreto
679/2006, de 2 de junio, por el que se regula la gestión de los aceites industriales
usados y con el Decreto 259/1998, de 29 de septiembre, por el que se regula la
gestión del aceite usado en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País
Vasco.
Protección de la calidad del aire y de la calidad acústica. De acuerdo con lo
previsto en el artículo 22 del Real Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que
se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en lo referente a
zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas, la maquinaria
utilizada en la fase de obras debe ajustarse a las prescripciones establecidas en la
legislación vigente referente a emisiones sonoras de maquinaria de uso al aire
libre, y en particular, cuando les sea de aplicación, a lo establecido en el Real
Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en
el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre (modificado el
Real Decreto 524/2006, de 28 de abril), y en las normas complementarias.
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Se respetará un horario de trabajo diurno (8:00h a 20:00 h).
Para minimizar la emisión de partículas en suspensión, siempre que la Dirección de
Obra lo estime oportuno, se realizarán riegos periódicos de las zonas por las que
estén transitando camiones o maquinaria de obra. La frecuencia de estos riegos
variará en función de la climatología y de la intensidad de la actividad de obra, y
deberán aumentarse en la estación más cálida y seca, o en días de fuerte viento.
Medidas para minimizar el impacto lumínico y favorecer la eficiencia energética:
tanto en los espacios públicos como en los comunes de las nuevas edificaciones
se adoptarán sistemas de iluminación de bajo consumo energético y/o reducido
impacto lumínico adecuado al entorno circundante, de manera que se asegure
la iluminación de las calles y lugares comunes y minimice la contaminación
lumínica ascendente.
Los proyectos de construcción incluirán las medidas necesarias para una máxima
eficacia en el uso de recursos como agua, fluido eléctrico o gas.
La ordenación interna de los espacios de los edificios procurará estar en
consonancia con una distribución que optimice las condiciones de iluminación y
aprovechamiento solar en los espacios que vayan a ser más frecuentados.
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13 PROGRAMA DE SEGUIMIENTO Y VIGILANCIA AMBIENTAL.
13.1 OBJETIVOS.
El programa de Vigilancia Ambiental (P.V.A), como proceso de control y seguimiento
de la componente medioambiental, seguirá un esquema de evaluación que permitirá
poner en práctica los principios básicos de evaluación y gestión ambiental. Tendrá los
siguientes objetivos generales:
Seguimiento y control de los impactos que se produzcan.
Comprobar que los impactos producidos por la obra son los previstos y a su vez
detectar posibles impactos no previstos, para aplicar las medidas correctoras
que se estimen precisas.
Seguimiento y control de la ejecución y eficacia de las medidas protectoras,
correctoras que se establezcan.
Seguimiento y control de las condiciones ambientales que puedan ser
impuestas por la autoridad ambiental.
Seguimiento y control del cumplimiento de la legislación vigente en materia
medio ambiental.
Para ello, se establecerá una metodología de trabajo sistemática y adaptada
específicamente a los condicionantes propios de la actuación, de tal modo que se
garantice el control exhaustivo de la calidad de los distintos parámetros ambientales
que intervienen y/o se ven afectados por las obras.
13.2 SISTEMATICA.
13.2.1 Responsabilidad del promotor.
El cumplimiento del Programa de Vigilancia Ambiental es responsabilidad del promotor
del presente proyecto, quien lo ejecutará con personal propio o mediante una
asistencia técnica externa, que se responsabilizará de la ejecución del PVA, incluida la
emisión de los informes técnicos sobre el seguimiento y control de los impactos, el
grado de cumplimiento de las resoluciones ambientales de autorización u otras
resoluciones emitidas por la administración ambiental al respecto de esta actuación; el
grado de cumplimiento de la legislación ambiental, las medidas de protección e
integración ambiental establecidas en el proyecto y de su remisión al Órgano
Ambiental.
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13.2.2 Informes y actas de seguimiento.
En este apartado se determina el contenido mínimo de los informes y actas de
seguimiento a elaborar en el marco del PVA. Dichos informes y actas de seguimiento,
serán redactados por el promotor de este proyecto, por su personal técnico o bien por
personal de una asistencia técnica que pueda contratarse a tal fin.
Deberán tenerse en cuenta para su redacción, las eventuales resoluciones que los
distintos órganos ambientales con competencias puedan remitir al promotor.
Se redactarán al menos:
Actas de seguimiento ambiental cada 15 días.
Informe final (al finalizar las obras).
Actas de seguimiento ambiental.
Se redactarán cada 15 días, conteniendo:
Partes de no conformidad ambiental con lo establecido en el proyecto, lo
establecido en la legislación.
Grado de cumplimiento de las medidas exigidas en la resolución de
aprobación ambiental del proyecto, en propio proyecto, o aquellas que
hubiese sido necesario implementar durante la ejecución del proyecto.
Informe final.
Este informe contendrá el estado de cumplimiento de todas las medidas establecidas
en proyecto, así como las prescripciones establecidas en la resolución de aprobación
ambiental del proyecto.
Asimismo, se incorporará una justificación de cualquier modificación sobre lo previsto
en el la evaluación estratégica ambiental realizada y de las medidas adoptadas
consecuentemente con estas variaciones, de acuerdo con desviaciones de los
resultados esperados, o bien por la adopción de medidas alternativas.
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13.3 FASES.
Se han diferenciado varias fases para cada una de las cuales se proponen diversos
controles:
Fase de redacción de planeamiento de desarrollo.
Fase pre-operacional.
Fase de obras.
Fase de control de los Documentos de Gestión.
El control en esta fase se llevará a cabo mediante el procedimiento de
evaluación de impacto ambiental del proyecto de urbanización.
Fase pre-operacional.
Se comprobará la remisión de las correspondientes notificaciones de comienzo
de las obras y la obtención de autorizaciones.
Fase de obras.
Durante la fase de obras se efectuará un programa de vigilancia ambiental.
13.4 PROGRAMA DE VIGILANCIA AMBIENTAL DURANTE LAS OBRAS.
13.4.1 Consideraciones generales.
Durante las obras, se procederá a la comprobación periódica de la marcha de los
trabajos, la aprobación de las soluciones propuestas por la empresa de construcción y
la verificación del cumplimiento de lo establecido en el estudio de impacto ambiental
y en el proyecto.
13.4.2 Seguimiento de medidas protectoras y correctoras.
De forma particular y de forma independiente a la aparición de otros aspectos
ambientales que surjan durante la redacción del proyecto, deberá controlarse el
cumplimiento de las medidas enunciadas en el capítulo correspondiente a las
medidas protectoras y correctoras.
Cod. Proyecto: P-17D0400094
-51-
Prevención de la contaminación de las aguas.
Se vigilara la red de alcantarillado más próxima a la parcela y en caso de una
posible afección, se colocarán barreras de retención de sedimentos dotadas
con geotextil.
Control visual de vertidos, con periodicidad continúa.
Protección del suelo.
Se comprobará la correcta adecuación y señalización de zonas de acopio de
materiales, e instalaciones auxiliares (instalaciones de saneamiento, etc.), así
como la localización y acondicionamiento del área de almacenamiento de
sustancias y residuos peligrosos. Asimismo, se comprobará la correcta
ubicación y gestión de los residuos de la obra, tanto los peligrosos como los no
peligrosos, para evitar riesgos de contaminación innecesarios.
Se vigilará que todos los productos que contengan sustancias peligrosas no
estén en contacto directo con el suelo y dispongan de cubeto de retención.
Se comprobará la existencia de posibles residuos peligrosos diseminados por
obras.
Se comprobará la existencia de posibles derrames sobre el suelo durante la
fase de obra.
Control de los niveles de ruido.
Se vigilará que las tareas constructivas y el tránsito de vehículos de obra quede
restringido al periodo menos sensible, el diurno, comprendido entre las 08:00 h y
las 22:00 h, con el fin de evitar molestias a la población del entorno.
Asimismo, se controlará el buen mantenimiento de los equipos y maquinaria a
emplear, que esté homologada y que cumpla con la normativa existente sobre
la emisión de ruidos.
Control atmosférico.
Se realizarán riegos periódicos para minimizar el polvo en suspensión producido,
tanto por el tráfico de vehículos dentro de la obra, como por las operaciones
de carga y descarga de los materiales.
Se vigilará que los camiones estén debidamente cubiertos con lonas o toldos,
con el fin de evitar la dispersión de partículas de polvo.
Cod. Proyecto: P-17D0400094
-52-
Residuos.
Se comprobará la correcta ubicación de los residuos, tanto los peligrosos,
como los no peligrosos.
Se vigilará la existencia de posibles residuos diseminados por la obra.
Se controlará la zona para el almacenamiento de residuos no peligrosos,
donde todos los contenedores habilitados para los diferentes residuos, deberán
estar correctamente identificados.
Se deberá realizar un seguimiento para verificar el correcto mantenimiento del
punto limpio y el correcto uso por parte del personal.
Se controlará la gestión de los residuos de las obras, donde se deberá aportar
la documentación de los mismos.
Se tiene la obligación de mantener los comprobantes acreditativos, de que la
gestión de residuos peligrosos se lleva a cabo de acuerdo con la normativa
vigente en cada caso.
Operarios de la obra.
Se comprará que los trabajadores de la obra cumplan el manual de buenas
prácticas ambientales.
Prevención sobre la población.
Se controlará el cumplimiento de la normativa ambiental aplicable. En caso de
que los parámetros de medida y sus límites fueran superados durante el
desarrollo de la explotación, el Titular de la actividad deberá dar cuenta
inmediatamente al órgano Ambiental correspondiente.
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Elaborado por: Jon Mendinueta Luzuriaga Revisado por: Miguel Saralegui San Sebastián Aprobado por: Iñigo López Cebrián
Fecha Elaboración 05/06/2017 Fecha Revisión 05/06/2017 Fecha aprobación 05/06/2017
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Cliente EKO Ingeniería Acústica S.L.
Dirección Herminio Madinabeitia nº 18, Pabellon n º 6.
01006, Gasteiz - Vitoria (Araba - Alava)
Objeto del informe
Estudio de impacto acústico ambiental de dos parcelas en las
que se proyecta la construcción de viviendas en la localidad de
Gorliz.
Fecha: 05/06/2017.
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ÍNDICE DE MATERIAS
1. OBJETO: 3 2. EXIGENCIAS LEGISLATIVAS: 4 3. PLANO DE SITUACIÓN: 7 4. CONSTRUCCIÓN DEL MODELO DE SIMULACIÓN: 10 5. RESULTADOS: 13 6. CONCLUSIONES: 17
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1. OBJETO: - Datos de la zona a estudio: Parcelas Parcela 1 y Parcela 2 Dirección Parcela 1 :Ageo Bidea, 2
Parcela 2: Ageo bidea 4 Localidad Gorliz Provincia Bizkaia - Legislación aplicada:
La legislación aplicada en las mediciones del local a estudio es la que se describe a continuación:
o Decreto 213/2012 de 16 de Octubre del País Vasco. o Documento Básico HR – DBHR, para la protección frente al ruido, de Septiembre de 2009.
- Trabajos realizados:
En el presente borrador se realizan los siguientes trabajos:
o Mediciones de niveles sonoros en diferentes puntos de las parcelas a estudio o Construcción del modelo de simulación a partir de los datos facilitados por el cliente.
Construcción del modelo topográfico y localización de las fuentes ruidosas. o Simulación y evaluación de los resultados obtenidos para las diferentes configuraciones de
funcionamiento.
- Datos de la medición:
Medición de niveles sonoros exteriores Fuentes Emisoras Ruido ambiental del entorno. Ruido de
tráfico y actividades próximas Puntos Recepción Puntos representativos del entorno de las
parcelas a estudio.
Evaluación de niveles sonoros e xteriores Fuentes Emisoras Ruido de tráfico producido por los tramos de las vías de
las calles Andramari kalea, Tribiñu kalea y Argiñena kalea y Ageo bidea.
Puntos Recepción Parcelas a estudio (Parcela Ageo Bidea 2 y parcela Ageo bidea 4)
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2. EXIGENCIAS LEGISLATIVAS: Siguiendo las indicaciones de la legislación vigente, las exigencias acústicas para la actividad de un local de este tipo: DECRETO 213/2012 de 16 de Octubre.
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Documento básico HR, DBHR de Septiembre de 2009.
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3. PLANO DE SITUACIÓN: En el siguiente plano se muestra la ubicación de las parcelas a estudio, las fuentes del entorno y los puntos de medición.
Pto 2 Pto 1
Pto 4 Pto 3
Andramari kalea
Tribiñu kalea
Parcela Sarrikobaso 17 y 19 Krutzeta
kalea
AgeoBide kalea
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4. MEDICIONES DE NIVELES SONOROS: De acuerdo con lo estipulado en el artículo 37 del Decreto 213/2012 de 16 de Octubre, en este estudio se realiza la valoración del impacto acústico ambiental en las dos parcelas a estudio y descritas en el punto anterior. Para ello, en primer lugar se realizan mediciones de niveles sonoros en los puntos accesibles del entorno con el objetivo de poder evaluar el nivel sonoro que soportan estos durante un periodo de tiempo suficientemente representativo (periodo de tiempo de 25 minutos). Las mediciones se realizaron el día 1 de Junio de 2017 jueves, en periodos de día y noche. Estas mediciones se emplearán a su vez para observar la contribución de las diferentes fuentes de ruido presentes en la zona. Las mediciones se realizarán a una altura de 4 metros, debido a que se emplearán estos resultados para validar el mapa de ruido que se ha realizado y esta es la altura para la realización del mapa de ruido, tal y como se especifica en el Decreto 213/2012. Los resultados obtenidos son los que se presentan en la siguiente tabla.
Punto de medición
Periodo Horario Día Noche
LAeq (dBA) (Horario medida)
Incidencias LAeq (dBA) (Horario medida)
Incidencias
Pto 1 56,7 (19:20 – 19:45)
191 coches 2 Autobuses
49,6 (23:00 – 23:25)
58 Coches 0 Autobuses
Pto 2 50,4 (19:20 – 19:45)
191 coches 2 Autobuses
41,1 (23:00 – 23:25)
58 Coches 0 Autobuses
Pto 3 54,3 (19:50 – 20:15)
201 coches 1 Autobuses
48,8 (23:35 – 24:00)
51 coches 0 Autobus
Pto4 48,8 (19:50 – 20:15)
201 coches 1 Autobuses
42,1 (23:35 – 24:0)
51 coches 0 Autobus
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FUENTES PRINCIPALES: En las mediciones realizadas, se pudo observar como el ruido producido por el tráfico de las calles contiguas es la fuente predominante de afección acústica en la parcela. En las mediciones realizadas se observa como el paso de vehículos por las calles Andramari kalea, Ageo Bidea, Tribiñu kalea, Ageo Bidea y Krutzeta kalea. En especial el foco de mayor ruido es la calle Andramari kalea por el número de vehículos y la de Ageo bidea por su proximidad a la parcela. Los datos de los pasos de vehículos registrados durante la medición, son los que se recogen a continuación. Durante el periodo de mediciones se comprobó como estas fuentes son las predominantes en la contribución al nivel de ruido recogido en los puntos. El resto de fuentes (Paso de aviones), tendrán un nivel inferior, con una diferencia de más de 10 dBA-s, en comparación con el nivel de la carretera, o que no suponen un incremento considerable en el nivel sonoro equivalente del punto de medición (inferior a 1 dBA). Por lo tanto en el estudio se asumirán estas dos fuentes como únicas a evaluación.
Andramari Kalea
Puntos Día Noche
Pto 1-2 87 coches 2 Autobuses
30 coches 0 Autobuses
Pto 3-4 75 coches 1 Autobus
17 coches 0 Autobuses
Krutzeta Kalea
Puntos Día Noche
Pto 1-2 37 coches 0 Autobuses
7 coches 0 Autobuses
Pto 3-4 37 coches 0 Autobuses
7 coches 0 Autobuses
Ageo Bidea
Puntos Día Noche
Pto 1-2 16 coches 0 Autobuses
3 coches 0 Autobuses
Pto 3-4 11 coches 0 Autobuses
2 coches 0 Autobuses
Tribiñu kalea
Puntos Día Noche
Pto 1-2 51 coches 0 Autobuses
18 coches 0 Autobuses
Pto 3-4 78 coches 0 Autobuses
21 coches 0 Autobuses
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5. CONSTRUCCIÓN DEL MODELO DE SIMULACIÓN: El modelo de simulación de acústica ambiental tiene el objetivo de intentar reproducir el caso real de la forma más fiel posible. En este caso se trata de la evaluación de los niveles sonoros soportados por una zona en concreto. Por lo tanto, para la construcción del modelo se emplearán los siguientes datos: - Datos topográficos: mediante el modelo topográfico se podrá representar la situación de las
fuentes emisoras, así como las zonas acústicas afectadas. Así mismo, se podrán simular las características orográficas del entorno y las diferentes alturas de cada elemento.
- Fuentes acústicas. Tal y como se ha descrito en el punto anterior, en este estudio se evaluará el grado de impacto acústico ambiental producido por el ruido de tráfico de las calles del entorno de las parcelas.
El modelo de simulación se construirá mediante el software de simulación CadnaA, que permite realizar los cálculos según los métodos especificados en la ley de ruido estatal 37/2003 y los decretos que la desarrollan. Estos métodos son los que recoge el Decreto 213/2012 de País Vasco El modelo topográfico empleado ha sido facilitado por el cliente y se han introducido las cotas de altura para poder recrear el modelo en tres dimensiones. A continuación se muestra el plano empleado en la construcción del modelo topográfico.
36.429022
36.92
9021
36.95
37.07
37.23
37.419002
36.429022
36.92
9021
36.56
37.10
36.80
36.59
36.86
37.04
37.50
mojon
mojon
mojon
viviendaAgeo Num. 2
viviendaAgeo Num. 4
servidumbre de paso
SUPERFICIEPARCELA 002:878,01m2+29,38m2
SUPERFICIEPARCELA 003:830,00m2+25,97m2
serv
idum
bre
de p
aso
Sup.servidumbre=29,38m2
Sup.servidumbre=25,97m2
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Una vez introducido el mapa topográfico facilitado por el cliente, se caracterizarán las fuentes acústicas detectadas durante el periodo de mediciones realizado. En este caso se trata de dos fuentes acústicas, que se describen a continuación. - Vías de tráfico:
Para la simulación del ruido de tráfico generado por el paso de vehículos por las diferentes calles del entorno de las parcelas a estudio, se definirá una fuente de tipo carretera con las características de las vías recogidas durante las mediciones realizadas. No se han obtenido datos de aforo por parte del cliente, de forma que se emplearán los datos recogidos durante la medición. En este caso, se empleará un valor medio de los vehículos contabilizados para el horario diurno, mientras que para el horario nocturno, se realizará una estimación del número de coches. Para el caso del tráfico nocturno, se estimará que el mayor paso de coches se realizará durante los periodos de las 23 a las 24 horas y de las 05:30 y 07:00 de la mañana. Se asumirá que el paso de coches es constante durante todas las horas del periodo de noche, de forma que se estará simulando unas condiciones más exigentes. Por otro lado, teniendo en cuenta las características de la parcela no se prevén modificaciones significativas en el tráfico que soportan las vías que se han representado en el modelo de simulación. De forma que este modelo se asumirá como válido para el estudio de fuentes con 20 años vista tal y como lo exige el artículo 38 del Decreto 213/2012.
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Una vez introducidos todos los datos, el modelo de simulación será el que se presenta a continuación.
Parcelas a estudio.
.
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6. RESULTADOS: Tras la construcción del modelo de simulación se ha realizado el cálculo de las situaciones de las mediciones realizadas. En el caso de los periodos de noche, se asume que el paso de vehículos es igual en todas las horas, de forma que se contemplará el caso más desfavorable. Según define el decreto 213/2012, el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica se da cuando el 97% de los resultados de las mediciones de un día cumplen con los valores establecidos + 3 dBA-s. Los resultados son los que se presentan a continuación modo de mapa de ruido:
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POL.IND. BERRIAINZ, CALLE C, NAVE 103 31013 BERRIOZAR, NAVARRA, ESPAÑA
Tel: (+34) 948 309 128 Fax: (+34) 948 309 129
INFORME INFORME INFORME INFORME ACÚSTICOACÚSTICOACÚSTICOACÚSTICO
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Mapa de ruido en Periodo Diurno.
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Mapa de ruido en Periodo Nocturno
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A continuación se muestran en una tabla los resultados obtenidos en las posiciones de medición definidas en los apartados anteriores.
Punto de Medición Simulación Medición Exigencias
Día Noche Día Noche Día Noche (dBA) (dBA) (dBA) (dBA) (dBA) (dBA)
Punto 1 56,4 50,1 56,7 49.6 65 55 Punto 2 50,1 43,4 50,4 41,1 65 55 Punto 3 55,1 49,1 54,3 48,8 65 55 Punto 4 47,2 42,1 48,8 40,6 65 55 En los resultados recogidos se observa como los obtenidos en el modelo de simulación, coinciden con los obtenidos en las mediciones realizadas, de forma que se validará el modelo de simulación. La mayor diferencia se produce en el punto 4 de medición. No obstante, la diferencia es inferior a 2 dBA-s, de forma que se validará el modelo de simulación. En los resultados obtenidos tras la simulación se observa como los resultados obtenidos cumplen con los objetivos de calidad acústica , para cualquier periodo de horario. Tal y como se refleja en el Decreto 213/2012 y de acuerdo con las especificaciones del Documento Básico DB-HR para la protección frente al ruido del CTE, el aislamiento de fachada para poder asegurar los niveles sonoros de los objetivos de calidad acústica interiores, viene definido por la siguiente tabla.
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7. CONCLUSIONES:
7.1. En el presente informe se evalúa el impacto acústico ambiental en dos parcelas situadas en la calle Ageo bidea de la localidad de Gorliz – Bizkaia- (Ageo Bidea 2 y Ageo Bidea 4), debido al nivel sonoro producido por el entorno.
7.2. Para el estudio se ha creado un modelo de simulación a partir de la documentación
facilitada por el cliente. El modelo de simulación, se ha construido mediante el software de cálculo de acústica ambiental CadnaA de la casa Datakustik, que se basa en métodos de cálculo definidos en la Ley de Ruido 37/2003.
7.3. Se han realizado mediciones acústicas en diferentes puntos del entorno de las parcelas
de forma que se evalúe de forma objetiva el nivel sonoro presente en el entrono de las parcelas, así como para determinar las fuentes sonoras que producen estos niveles.
7.4. En las mediciones se ha podido determinar que las fuentes predominantes en el nivel
sonoro de los diferentes puntos se corresponden con el ruido producido por el tráfico de las calles del entorno (Ageo bidea, Andramari Kalea, Tribiñu kalea y Krutzeta kalea).
7.5. No se han estimado por parte del cliente datos de futuros cambios de funcionamiento de
las características de las dos fuentes, de forma que se asumirá que el funcionamiento de las mismas será el recogido durante las mediciones realizadas.
7.6. El modelo de simulación acústica se ha elaborado introduciendo los datos facilitados por
el cliente y los recogidos durante las mediciones realizadas. Se ha introducido el modelo topográfico de la zona, así como las características de las fuentes evaluadas.
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7.7. Los resultados obtenidos para los periodos diurno y nocturno en la situación actual, son
los siguientes.
Mapa de ruido en Periodo Diurno.
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Mapa de ruido en Periodo Nocturno
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7.8. Los resultados obtenidos en los puntos de medición son los que se muestran a
continuación.
Punto de Medición Simulación Medición Exigencias
Día Noche Día Noche Día Noche (dBA) (dBA) (dBA) (dBA) (dBA) (dBA)
Punto 1 56,4 50,1 56,7 49.6 65 55 Punto 2 50,1 43,4 50,4 41,1 65 55 Punto 3 55,1 49,1 54,3 48,8 65 55 Punto 4 47,2 42,1 48,8 40,6 65 55
En los resultados recogidos se observa como los obtenidos en el modelo de simulación, coinciden con los obtenidos en las mediciones realizadas, de forma que se validará el modelo de simulación. La mayor diferencia se produce en el punto 4 de medición. No obstante, la diferencia es inferior a 2 dBA-s, de forma que se validará el modelo de simulación. En los resultados obtenidos tras la simulación se observa como los resultados obtenidos cumplen con los objetivos de calidad acús tica, para cualquier periodo de horario .
7.9. Tal y como se refleja en el Decreto 213/2012 y de acuerdo con las especificaciones del
Documento Básico DB-HR para la protección frente al ruido del CTE, el aislamiento de fachada para poder asegurar los niveles sonoros de los objetivos de calidad acústica interiores, viene definido por la siguiente tabla.