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    ha condenado, y para sostener la especie de consideracin, necesaria a sus intereses, hanasombrado a dichas sociedades con las apariencias misteriosas de una falsa ciencia,sobrecargando sus ceremonias con nuevas producciones cada vez ms quimricas yabsurdas, de las que un gran nmero de Masones han sido durante largo tiempo susvctimas.

    PERO, en tanto que el error acrecentaba as sus proslitos, los verdaderosMasones ms circunspectos en su avance y eligiendo la opcin ms difcil, hacan

    progresos lentos pero seguros. Ms preocupados por adquirir dignos Hermanos que porcautivar a las multitudes, aguardaban lamentndose porque el prestigio haba cesado, yreconociendo el error al que haban sido arrastrados, sintieron un firme deseo por entraren las vas legtimas de la Orden y seguir escrupulosamente sus leyes, despojndose detodo inters personal y todo espritu de dominacin. Pero desdeando por principioestos grandes medios, que anan las voluntades, se limitaron a esperar este importantecambio del transcurrir del tiempo y de la libre disposicin de los espritus.

    NO obstante, algunos Masones ms voluntariosos que iluminados, aunque lobastante juiciosos como para seguir nutrindose por ms tiempo de quimeras, cansadosde una anarqua que lo enviciaba todo, se esforzaron por librarse de un yugo tanenvilecedor. Logias enteras en diversos lugares, viendo la necesidad de un centrocomn, depositario de una autoridad legislativa, se reunieron y cooperaron en laformacin de diversos grandes Orientes. Era ya por su parte un gran paso hacia la luz;

    pero les faltaba conocer el verdadero punto central, y el depsito de las leyes primitivas.Suplieron el rgimen fundamental por regmenes arbitrarios particulares o nacionales, y

    por las leyes que se les pudieran adaptar. Tuvieron el mrito de poner freno a la licenciadestructiva que dominaba por todas partes, pero no teniendo en cuenta la cadenageneral, rompieron la unidad al variar los sistemas.

    MASONES de diversos lugares de Francia, convencidos de que la prosperidad yla estabilidad de la Orden Masnica dependa enteramente del restablecimiento de estaunidad primitiva, y no habiendo encontrado los signos que deben caracterizarla enaquellos que haban querido apropiarse de ella, enardecidos en su bsqueda por lo quehaban aprendido sobre la antigedad de la Orden de los Francmasones, fundamentadasobre la ms constante tradicin, llegaron por fin a descubrir su cuna; con celo y

    perseverancia han superado todos los obstculos, y participando de las ventajas de unaadministracin sabia e iluminada, han tenido la dicha de reencontrar los vestigios

    preciosos de la ancianidad y el objeto de la Masonera.

    OTRO error bien comn y peligroso, engendrado lamentablemente por aquellostiempos de turbacin y anarqua, y despus por la costumbre, consista en contemplarlos fondos de una Logia, provenientes de las recepciones, como si les pertenecieran en

    propiedad, no estando obligados por ello a rendir cuentas a sus superiores; de ah lamultitud de Logias formadas sin constituciones legales para favorecer as la codicia dealgunos pretendidos maestros y de aquellos otros, con los que quisieron compartir el

    producto de su trfico. Adems, los gastos enormes empleados en banquetes demasiadosuntuosos y, en frvolas y magnificentes decoraciones, que al no estar controlados, hanabsorbido los fondos cuyo destino era mucho ms precioso, lo que ha sido lo mismo queun robo a los fines de la beneficencia que caracteriza a la Orden, y que deba hacerla

    respetable a ojos de los profanos.

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    LOS asuntos de finanzas, que interesan a la Logia, son discutidos en el ComitEscocs, y a continuacin comunicados a la Logia entera. Las cuentas son visadas por elDiputado Maestro y luego enviadas a la gran Logia Escocesa, para ser examinadas. Nose puede disponer de los fondos de una Logia si no es con el consentimiento de susmiembros. La misma cosa tiene lugar para las cajas de los establecimientos superiores.

    ES de acuerdo con estos principios, que son redactados los Reglamentosgenerales al uso de las Logias reunidas; Reglamentos que son tanto o ms a laconveniencia de cada uno, que todo compromiso de cualquier clase o establecimiento dela Orden que sea, admite y autoriza de derecho las reservas de lo que se debe alSoberano, al gobierno, a la religin que uno profesa, y a los deberes particulares de la

    profesin adoptada.

    TODO Hermano, recibido en una Logia rectificada, o afiliado a sus trabajos,debe firmar este Cdigo Masnico, y prometer conformarse a l y contribuir a mantenersu ejecucin. Esta permitido no obstante a cada Logia el hacer sus Reglamentos

    particulares sobre lo que le concierna localmente, siempre que no sean contrarios a estosReglamentos Generales y que sean aprobados por la gran Logia Escocesa, o por elDirectorio Escocs del que dependan. Se adjuntarn a los primeros, y sern firmados

    por todos los Hermanos de la Logia.

    SE encontrar a la cabeza de estos reglamentos generales las cualidades que seexigen al Francmasn, miembro de una Logia reunida, los deberes morales que le sonimpuestos, los cuidados que toman las Logias rectificadas para la conducta y el

    bienestar de sus miembros, y el espritu de fraternidad y la unin ntima entre losHermanos, que caracteriza a las Logias reunidas & rectificadas.

    De las cualidades & deberes de un verdadero Francmasn.

    EL primer compromiso del Francmasn al entrar en la Orden, es el de observarfielmente sus deberes hacia Dios, su Rey, su patria, sus Hermanos y a s mismo. No lo

    presta sino despus de haberse asegurado del respeto que ste expresa a la Divinidad, y

    de la importancia que atribuye a la honestidad del hombre. Todo lo que ve y oye en laceremonia de su recepcin, le prueba que todos los Hermanos estn imbuidos por elamor al bien. Todos estn comprometidos mediante las promesas ms santas, a amar y

    practicar la virtud, a consagrarse a la caridad y a la beneficencia, y a respetar los lazosque les unen a la Orden y a sus Hermanos.

    HAN pasado los tiempos en los que, desconociendo el espritu de la verdaderaFrancmasonera, no se juzgaba el mrito de un candidato ms que para aumentar losfondos; en los que la obligacin masnica no era ms que un juego de palabras, y lasceremonias de recepcin, una diversin pueril y a menudo indecente; eran tiempos enlos que uno se avergonzaba en pblico de lo que se aprobaba en Logia, en los que se

    tema encontrar en la sociedad civil a un hombre al que se acababa de abrazar como aun Hermano. Han terminado esos tiempos desgraciados, de deshonor para la masonera,

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    y correremos un tupido velo sobre los abusos, a los que una sabia reforma ha tradoremedio.

    FIEL a las leyes primitivas de la Orden, la Francmasonera segn el rgimenreformado y rectificado, exige al candidato un deseo sincero de llegar a ser mejor y de

    pertenecer a una Orden, que no se muestra al exterior si no es por sus buenas acciones, yque cuenta entre sus miembros a lo ms respetable de la sociedad civil. Se hacenminuciosas pesquisas sobre su carcter, sus principios y sus costumbres, y nosinformamos cuidadosamente sobre si su corazn est abierto a los gritos de losdesgraciados, y si hace amar y apreciar las dulzuras de la amistad. Si el candidato no ha

    proscrito toda percepcin pecuniaria, como hemos visto, renunciando a todo objeto deeconoma y finanzas, se privara del principal recurso para hacer el bien. Es suficientecon que est persuadido de que el dinero que da es administrado con sabidura yempleado tilmente. Es mejor merecer el reconocimiento de un hombre bien nacido queservirse de los medios que ste ofrece para hacer actos de beneficencia.

    LAS Logias reunidas & rectificadas contemplan pues las costumbres como unobjeto importante y que merece toda su atencin. Es sobre todo respecto a los jvenesMasones que esta atencin se manifiesta. Desde el mismo momento en que un hombreha sido juzgado digno de ser asociado a los trabajos masnicos, esta seguro de poderencontrar en sus Hermanos guas sabios y prudentes; todas las miradas se fijan en suconducta. Se le reprende con dulzura, cuando cae en alguna falta, es reconducidocuando tiene la desgracia de extraviarse, es sostenido en las empresas difciles, se letestimonia tanto fuera de la Logia como en su interior la consideracin debida a sumrito, cualesquiera que puedan ser las barreras que la fortuna o las diferencias de suestado civil hayan puesto entre ellos. Si las exhortaciones secretas y fraternales nofueran suficientes para reconducir a un joven Masn que se ha extraviado, se recurrir amedios ms eficaces, suspendindole de asistencia a un cierto nmero de asambleas, oexcluyndole de ellas totalmente. Pues la indulgencia resultara fuera de lugar e inclusocriminal, en los casos en los que comprometiera la reputacin de una Orden, que tiene elmayor inters en conservarla intacta. En semejante caso el juicio de exclusin o de largasuspensin debe ser notificado a todas las Logias reunidas & rectificadas, no solamente

    para que lo cumplan, sino tambin para sostener mediante este acto de rigor ymagnificencia, la virtud vacilante de los dbiles. Pero no se debe castigar si no es paracorregir. Si en tal caso un Hermano retorna y cambia de conducta, la Logia seapresurar a rehabilitarle, con la misma publicidad, con la que haba notificado su malaconducta.

    ES velando religiosamente sobre la disciplina masnica y practicandoescrupulosamente las virtudes que la Orden ensea, como se conseguir desarraigar porentero los prejuicios del vulgo contra nuestro Instituto, y se tranquilizar a todos loshombres sobre el gnero y el objeto de sus trabajos. Un padre iluminado, una madretierna, desearn que llegue el momento, que hasta ahora teman, en que se abran a sushijos las puertas e nuestro templo. Se acostumbrarn a ver nuestras Logias comoescuelas de beneficencia y se considerar la recepcin de un hombre como la garantade su mrito.

    LOS viajeros, separados de sus amigos, tienen ms necesidad que otros de la

    atencin y cuidados paternales de las Logias. Por ello no podemos contentarnos conproveerles tan solo de certificados, sino que se les recomienda especialmente a la

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    amistad y al afecto de las Logias y de los Hermanos, que las componen, y se les ruegaque reemplacen el hueco de los Hermanos que acaban de dejar, que se les ayude con elconsejo y su crdito, socorrindoles en la necesidad y asegurando de este modo lareciprocidad ms perfecta.

    ESTOS cuidados bienhechores, impuestos como deberes estrictos eindispensables, llegan a ser para los verdaderos Francmasones sentimientos necesariospara su felicidad. Adems de la estima pblica, la prctica de las virtudes procura gocesverdaderos y duraderos a los que las cumplen fielmente. Es amando como se hace amar,y no es ms que cuando se inspira este sentimiento, que el ejemplo que se da de lasvirtudes, produce efectos saludables y duraderos.

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    LAS principales dignidades y cargos del Directorio Escocs,con los que las Logias pueden tener relaciones, son adems delPresidente:

    Sobre el Visitador del

    Directorio Escocs.

    EL Visitador del distrito que, adems de las visitas que debe

    hacer a las grandes Logias Escocesas, puede visitar tambin lasLogias de su distrito y hacerse rendir cuenta de sus trabajos yadministracin, al igual que del estado de sus cajas, para luego poderinformar al Directorio;

    Sobre el Canciller delDirectorio Escocs.

    EL Canciller, que es el jefe de la correspondencia del distrito,y sobre todo de la que se refiere a la reunin o fundacin de nuevasLogias. Preside la Cancillera del directorio, y firma como tal todaslas expediciones, actas, cartas y patentes.

    CAPITULO III

    Sobre las grandes Logias Escocesas

    LAS grandes Logias Escocesas son establecidas en cadadistrito para la administracin inmediata de las Logias reunidas quede ellas dependan. Deben velar por la ejecucin de las leyes yreglamentos prescritos, y por el mantenimiento del buen orden y ladisciplina. Las Logias reunidas deben dirigirse a las Logias Escocesasen todas las peticiones, y son tambin stas, la primera instancia deapelacin de los asuntos de litigios u otros que correspondan a sudepartamento.

    Patentes deConstitucin.

    LAS patentes de constitucin son expedidas a peticin de lasgrandes Logias Escocesas, que tambin pueden ser encargadas por elDirectorio Escocs del que dependen, de comunicar a las Logias lasinstrucciones, grados, leyes y reglamentos establecidos en la Orden,al igual que los emblemas, smbolos y divisas para las Logias ycmaras de preparacin.

    Sobre el Visitador de la

    gran Logia Escocesa.

    Instalacin de nuevasLogias.

    Visitas ordinarias.

    Extraordinarias.

    ES el visitador particular de la gran Logia Escocesa, quinhar la instalacin de las nuevas Logias de su departamento la cualser registrada en las actas de la Logia, enviando copias confrontadasde la misma a la gran Logia Escocesa, al Directorio Escocs y al granDirectorio nacional. Tambin es el encargado de visitar o hacervisitar de tanto en tanto las Logias del distrito, inspeccionar sustrabajos, verificar los registros y las cuentas, e informar de ello a lagran Logia Escocesa. Las visitas extraordinarias ordenadas especial-mente por la gran Logia Escocesa, para tomar conocimiento mas

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    Correspondencia conotras Logias.

    LAS Logias reunidas para la constitucin de un Directorio,estn autorizadas por el espritu de fraternidad que debe animar atodos los Masones, a mantener correspondencia con las Logias noreunidas, pero constituidas por un gran Oriente cualquiera. Puedentambin visitarlas, y admitirles en sus trabajos de los tres gradosfundamentales de la Francmasonera de aprendiz, compaero ymaestro, conformndose recprocamente a los usos de la Logiavisitada. Pero no pueden tomar parte directa alguna en el rgimen delas Logias no reunidas, ni comunicarles nada por escrito de lo quepertenece al rgimen de las Logias reunidas. No podrn tener ningunacorrespondencia directa con ningn gran Oriente, sin permiso expresoy por escrito del Directorio Escocs del que dependan.

    Tratado de Unin con elgran Oriente de

    Francia.

    LOS Directorios Escoceses de Francia, queriendo hacerparticipar a las Logias reunidas de sus distritos de las ventajas que leshan sido reservadas por un tratado de unin hecho entre ellos y elGran Oriente de Francia, se han comprometido en solicitar para cadaLogia que fundan o rectifican, cartas de agregacin al gran Oriente deFrancia, que este ltimo no puede rechazar; en consecuencia, ha sidoacordado por dicho tratado, que cada Logia que no tuviera ya cartasde constitucin del gran Oriente de Francia, pagar definitivamentepor sus cartas de agregacin la suma de 36 y cada gran LogiaEscocesa la de 72. A este efecto, tan pronto como una Logia hayasido reunida bajo uno de los Directorios de Francia, dirigir uncertificado del cuadro de sus oficiales y miembros, y una copia de supatente de reunin al Directorio, para ser visados y enviados al granOriente con la peticin de las cartas de agregacin. Las Logias yaconstituidas por el gran Oriente de Francia antes de su reunin, no

    necesitan cartas de agregacin, al disponer de la antigua carta patentedel gran Oriente.

    Sobre el Gobierno delas Logias.

    CADA Logia reunida es gobernada y administrada por suVenerable Maestro o Pasado Maestro y sus dos Vigilantes. Tieneadems un Orador, un Secretario, que es al mismo tiempo el custodiode los Sellos y archivos, un Tesorero, un Limosnario, un Maestro deCeremonias y un Ecnomo de la Logia.

    Asamblea general de

    varias Logias.

    SI se encontraran varias Logias reunidas en una misma

    ciudad, que se reunieran para la celebracin de una fiesta o cualquierotro asunto importante, la Logia general ser entonces presidida porel Diputado Maestro, que representa en toda su demarcacin a la granLogia Escocesa del departamento. Los Hermanos se situarnalternativamente con los de las otras Logias, cada uno segn sugrado, comenzando por la Logia ms antiguamente rectificada

    Disolucin de unaLogia.

    EN el caso extraordinario, en el que una Logia se disolviera,o cambiara de rgimen, las patentes de constitucin, registros, librosde cuentas, muebles y joyas masnicas sern entregados al DiputadoMaestro, o su Representante para que pasen a disposicin de la granLogia Escocesa del departamento. Los saldos de las cuentas sern

    traspasados a la caja del departamento; y si algunos Hermanos dedicha Logia quisieran reunirse para formar una nueva bajo la

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    Inspeccin de los Directorios, debern solicitar nuevas patentes deconstitucin. Todos los miembros de una Logia reunida estninteresados en conservar el rgimen rectificado, y en sostener suexistencia, manteniendo entre ellos los acuerdos ms perfectos.

    CAPITULO V

    Sobre el Diputado Maestro

    EL Diputado Maestro es un dignatario inamovible de laOrden, nombrado por la gran Logia Escocesa, de la que recibeinstrucciones y se abastece. Representa a la gran Logia Escocesa deldepartamento. Es el inspector perpetuo y particular de la Logia oLogias establecidas en la ciudad o distrito por el que es diputado, y aese ttulo tiene derecho de entrada en todas las Logias de su distrito,tanto personalmente como a travs de su representante. Es tambin elrepresentante nato de todas las Logias de su distrito ante la granLogia Escocesa, a la que rinde cuentas de su gestin.

    Quin es?

    SI reside habitualmente en el lugar de la sede de la granLogia Escocesa del departamento, propone a esta ltima un Hermanopara representarle en la ciudad y distrito en la que es diputado. Pero sireside en este ltimo lugar, se har representar en la gran LogiaEscocesa por un Hermano, previamente aceptado por ella.

    Sobre su representante.

    EN su calidad de Diputado Maestro, no tiene derecho algunode presidencia en ninguna Logia de los tres primeros grados. Pero, enel caso de recepcin al grado de Maestro Escocs, o de asambleageneral de varias Logias de su distrito, es a quien le correspondepresidir. Fuera de estos casos tiene en todas las asambleas masnicas,a las que asista, el lugar de honor a la derecha del Venerable Maestro,lugar que ceder a un Superior, si lo hubiere.

    Preside

    las recepciones alcuarto grado, y las

    asambleas de variasLogias.

    Su lugar.

    ES el primer consejero de las Logias de su distrito, as comode los Venerables Maestros que las gobiernan; y en esa calidad tienederecho de entrada y sufragio en todos los Comits de la Logia.

    Es el consejero de laLogia.

    DEBE ser convocado a las elecciones de Venerable Maestroy de los principales oficiales de cada Logia de su distrito, que presidecuando esta presente. Tiene derecho a suspender la eleccin, si estano se hiciera conforme a los reglamentos generales de la Orden, de

    los que esta especialmente encargado de garantizar su ejecucin.

    Su presencia es

    necesaria en laselecciones.

    Su derecho de

    suspensin.

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    LOS Maestros, miembros ordinarios o asociados libres de laLogia, son los nicos que tienen voz deliberativa, los aprendices ycompaeros no tienen ms que la consultiva, si el Venerable Maestrojuzga oportuno pedirles consejo.

    Sobre los que tienen vozdeliberativa

    ALGN tiempo antes del convenido para la nominacinanual o trianual de los oficiales, el Comit Escocs, formar enpresencia del Diputado Maestro o su Representante, por la va delEscrutinio, una lista de los Hermanos elegibles y la presentar a laLogia, nombrando a tres de ellos para la plaza de Venerable Maestro.La eleccin de los oficiales entre los Hermanos elegibles, se har enLogia general por los Maestros y Maestros Escoceses de acuerdo conla pluralidad de los votos.

    Presentacin demiembros para las

    elecciones.

    CAPITULO VII

    Sobre las acusaciones y castigos,&

    sobre el Comit de conciliacin.

    LAS Logias reunidas estando dirigidas por las leyesprimitivas de una Orden de paz y caridad, deben distinguirse por unagran decencia en sus asambleas. Por consiguiente toda acusacinfrvola, equvoca o indecente, al igual que toda murmuracin, y todamaledicencia y chiste picante estn proscritos, y los infractores a estaley sern severamente castigados segn la gravedad del caso. Esttambin severamente prohibido hablar en Logia de religin ymaterias polticas.

    Decencia en los

    trabajos.

    SI un Hermano ha cometido una falta que haya escandalizado

    a alguien, el Hermano que la haya observado podr, con permiso,acusar pblicamente al delincuente; pero si la magnitud de talacusacin hiciera temer an un mayor escndalo, o fuera denaturaleza que pudiera herir personalmente a cualquier Hermano, elacusador deber confiarse en secreto al Venerable Maestro, quienactuar de acuerdo con su prudencia.

    Sobre las acusaciones.

    SI se comete en Logia una falta grave, que exija un examenreflexivo, se deliberar, y habiendo sido odo el acusado, sercastigado si es culpable a una pena proporcionada al delito, pudiendoapelar el acusado al Comit Escocs; a menos que sea ante este

    Comit que la causa haya sido tratada en primera instancia.

    Sobre la manera dejuzgarlas.

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    Sobre lainsubordinacin.

    LA sumisin a las leyes de la Orden y la obediencia a susJefes estn especialmente recomendadas a los Masones, y cadaHermano debe someterse sin titubear a la pena a la que ha sidocondenado. Esta ser aumentada si la rechaza, o si la toma con aireburlesco. Se podr tambin hacerlo retirar de la reunin, para juzgarlecon severidad y prevenir las consecuencias de un mal ejemplo deinsubordinacin.

    Sobre los castigos. LAS faltas ligeras son castigadas con multas en el tronco delos pobres; las faltas graves con suspensin del derecho de asistir a uncierto nmero de asambleas e incluso con la exclusin total temporalo perpetua, que ser notificada a todas las Logias reunidas de laOrden entera.

    Comit de conciliacin. TODAS las diferencias que se eleven entre Hermanos, seanmasnicas o civiles, deben ser llevadas ante el Comit de

    conciliacin, antes de pasarlas al tribunal que deba juzgarlas.

    Su composicin. ESTE Comit estar compuesto por el Diputado Maestro o suRepresentante, el Venerable Maestro y el Limosnario. Si sus primerasgestiones son infructuosas, los Hermanos nombrarn cada uno a unrbitro, y estos a su vez nombrarn a un rbitro supremo a sueleccin.

    Sus derechos. SOLAMENTE despus que este Comit no haya podidotener xito, como fuera su deseo, en restablecer la paz y la armonaentre los Hermanos, se dar curso a la justicia ordinaria.

    Apelacin. DEL Comit Escocs las diferencias son llevadas porapelacin ante la Gran Logia Escocesa, siempre sin efectosuspensivo; de all la apelacin ser llevada al Directorio Escocs yde ste al Gran Directorio nacional.

    De las diferencias entreLogias.

    LAS diferencias entre Logias son juzgadas por el tribunal queles es superior, a menos que acuerden entre ellas someterse a lasentencia arbitral de una Logia Escocesa vecina, con el consenti-miento de sus Superiores inmediatos.

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    CAPITULO VIII

    Sobre el Venerable Maestro.

    EL Venerable Maestro es el Jefe y la voz de la Logia, a lacual convoca y preside sus asambleas; la gobierna durante tres aosconjuntamente con sus oficiales, que son elegibles todos los aos.

    Sobre el VenerableMaestro.

    ESTE cargo, siendo uno de los ms importantes de la Ordenmasnica, no debe ser confiado, ms que a Hermanos de mritoreconocido, con celo bien probado, y que unan a un espritu firme yesclarecido toda la dulzura de carcter necesario a unas funciones tanesenciales.

    De sus cualidades.

    A la fundacin o rectificacin de una Logia, presentar tresde entre sus miembros a la Gran Logia Escocesa, que los nombrar asu eleccin para los puestos de Venerable Maestro, y de los dosVigilantes. Sern a continuacin instalados por el Visitador de laGran Logia Escocesa, o por el Diputado Maestro del lugar.

    Su eleccin en unaLogia nueva fundada o

    rectificaday su Instalacin.

    EN una Logia fundada y rectificada el Venerable Maestro eselegido cada tres aos de entre tres Maestros Escoceses, presentadospor el Comit Escocs. Esta eleccin se har el mes precedente a lafiesta de San Juan Bautista, mediante el escrutinio de la pluralidad delos votos, en presencia del Diputado Maestro o su Representante,siendo el resultado inmediatamente comunicado a la Gran LogiaEscocesa del distrito. La instalacin del nuevo Venerable Maestroser hecha por el Diputado Maestro. El predecesor pasar a ser porderecho el Pasado Maestro adjunto.

    Su eleccin en las otrasLogias.

    Visto el consejo delComit Escocs.

    EL Venerable Maestro est especialmente encargado de velarpor el mantenimiento de las leyes de la Orden, y por la ejecucin delos reglamentos. Debe gobernar la Logia con dulzura, prudencia,firmeza, y mantener la subordinacin. Hacer respetar a la Orden y asus Jefes, y velar sobre todo por la frugalidad y la decencia en losbanquetes, recordando que es responsable ante la Orden de losdesvos o abusos que pueda tolerar. Debe igualmente velar por laexactitud de los cobros econmicos, y el informe de cuentas cada tresmeses.

    Sus deberes.

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    miento suyo, hacerse acompaar por cualquier otro Hermano de laLogia. El Limosnario, es adems quin esta especialmente encargadode velar por la conducta de los Hermanos e informarse sobre la vida ycostumbres de los candidatos, propuestos para ser recibidos,rindiendo cuenta de ello al Comit Escocs al igual que a toda laLogia, siempre que la prudencia lo permita.

    Sobre el Maestro deCeremonias.

    EL Maestro de Ceremonias debe velar por el ceremonial encada asamblea, y examinar, antes de la hora indicada para lostrabajos, si todo esta dispuesto convenientemente para la ceremoniade ese da. Es quien debe examinar a los Hermanos visitantes,pedirles sus certificados y las palabras, signos y toques del rgimen alcual pertenezcan. En caso de duda, debe consultar al VenerableMaestro, e igualmente esperar la apertura de la Logia y pedir lasordenes para admitirlos. Debe tener el cuidado de situar a todos losHermanos de acuerdo con sus grados o dignidades en el rgimenrectificado.

    Sobre el Ecnomo. EL Ecnomo es el encargado de las decoraciones y mueblesde la Logia, tiene a su cuidado mantenerlos y repararlos; tapizar ydestapizar la Logia de acuerdo a la ceremonia indicada para cadaasamblea, del aprovisionamiento de velas y de todas las dems cosaspara uso de la Logia, que son confiadas a su guarda. Todos los gastoso avances de dinero que haga, destinados a la Logia, deben serjustificados mediante cuentas en regla, los cuales, una vez visadospor el Venerable Maestro le sern reembolsados por el HermanoTesorero a la presentacin del recibo. Est encargado de la reserva debanquetes para el nmero de Hermanos, cuya lista le habr entregadoel Hermano Secretario, salvo los cambios de ltima hora quepudieran surgir, que son dejados a su prudencia. Debe preparar elrecibo, de acuerdo con la costumbre, para los Hermanos ausentes conquien se haba contado y denunciar a la Logia a aquellos que nosatisfagan este deber al primer requerimiento por su parte. Debeobservar en los banquetes, la frugalidad prescrita por los Ritos de laOrden, y nunca exceder el precio que se haya fijado. Este cargo deEcnomo podr sumarse al de Maestro de Ceremonias.

    Adjuntos. SI una Logia es numerosa, y muchos sus trabajos, podr

    elegir y nombrar adjuntos a todas las plazas, aunque stos no tendrnotro rango en Logia que el que les corresponda por el grado queposean. El adjunto del primer Vigilante no podr tomar el puesto delTitular si el segundo Vigilante esta presente. Pues de igual modo queel Venerable Maestro en su ausencia, slo es reemplazado por elprimer Vigilante, si no hay Pasado Maestro, igualmente el primerVigilante ser reemplazado por el Segundo, si ste est presente, ylos adjuntos no podrn tomar sus puestos si no es detrs de losTitulares.

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    CAPITULO X

    Sobre los Grados masnicos.

    LA Masonera rectificada solo reconoce cuatro grados; asaber: los de Aprendiz, Compaero, Maestro y Maestro Escocs.Todos los dems grados, bajo cualquier denominacin que seanconocidos, principalmente toda especie de elegido, de Caballero Ks.y de los grados que se les asemejen, estn expresamente prohibidosen todas las Logias reunidas bajo las penas ms severas, comopeligrosos y contrarios al fin y el espritu de la Francmasonera.

    Cuatro grados.

    LOS tres primeros grados sern conferidos por el VenerableMaestro de la Logia, de acuerdo a los rituales que le habrn sidoentregados por el Directorio Escocs. El grado de Maestro Escocsest reservado al Diputado Maestro si esta presente; en su defecto, osi l lo desea, es conferido, como los otros por el Venerable Maestro.

    Derecho de conferirlos.

    LOS intervalos de los grados son fijados 1: a cinco meses deasistencia regular a los trabajos, del grado de Aprendiz al deCompaero; 2: a siete meses de presencia regular, de ste al de gradode Maestro; 3: a un ao de presencia, del grado de Maestro al de

    Maestro Escocs. Los intervalos de los tres primeros grados, slo enciertos casos y por fuertes consideraciones, pueden ser abreviados pordispensa del Comit Escocs. Para abreviar el intervalo el cuarto, esnecesario pedir dispensa, lo mismo que el permiso de conferirlo, a laGran Logia Escocesa.

    Intervalos.

    LOS Aprendices llevan el mandil de piel blanca sin forro nicenefa, el peto levantado; los Compaeros tienen el mismo mandil,pero con cintas azules; los Maestros tienen el mandil forrado ybordeado de azul, el peto abatido, Los Maestros Escoceses tienen elmandil como se explicar ms adelante en este mismo captulo.

    Distinciones exteriores.

    NINGN profano puede ser recibido Francmasn, si noprofesa la religin cristiana, si no tiene la edad de 21 aos, a menosque sea hijo de Masn o provisto de dispensas, y si no es nacido depadres libres.

    Cualidades de uncandidato para el

    primer grado.

    NO podr ser propuesto directamente ms que por unmiembro de la Logia, que responder de l, as como de los gastos desu recepcin. El proponente remitir su propuesta por escrito a laLogia, despus de haber informado previamente al Venerable

    Maestro. Una vez efectuadas las averiguaciones requeridas, tendrlugar el escrutinio, que no podr hacerse en ningn caso el mismo dade la propuesta. Si la votacin es unnimemente favorable, se fijar

    Manera de proponerle.

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    el da de la recepcin; el proponente advertir al candidato y lopresentar al Venerable Maestro, quien le exhortar a hacerse cadavez ms digno del favor que la Logia le concede.

    Promocin a los otros

    grados.

    UN Hermano que quiera avanzar de grado, comenzar por

    prevenir de ello al Venerable Maestro, y si es para el cuarto grado,prevendr al Diputado Maestro. A continuacin se har proponer enla Logia del grado que solicita por ellos o por cualquier otroHermano, quien presentar juntamente con la propuesta por escrito,los certificados de presencia expedidos por el Secretario segn lasactas de la Logia, y los recibos del Hermano Tesorero, como que hasatisfecho lo que debe a la Logia y a la Gran Logia Escocesa. En laprimera deliberacin, si nada se opone a su admisin, se fijar el dapara su examen sobre los grados ya recibidos, y solamente despus deeste examen se realizar el escrutinio definitivo para su admisin alnuevo grado que solicita.

    Prohibicin de recibirgrados fuera de su

    Logia.

    LOS miembros de una Logia reunida, no pueden recibirningn grado fuera de aquella a la que pertenecen, a menos que elVenerable Maestro conjuntamente con el Comit Escocs le concedael permiso. Si un Hermano descuida el pedir este permiso, no serreconocido en su nuevo grado, e incluso, segn sea el caso, podr serirradiado.

    Deberes de losaprendices ycompaeros.

    LOS aprendices y compaeros deben permanecer descu-biertos durante los trabajos, y deben hacer la guardia interior de laLogia. En las deliberaciones no tienen ms que voz consultiva,siempre y cuando el Venerable Maestro les pida su opinin.

    Cuarto grado. EL grado de Maestro Escocs tiene que ver exclusivamentecon el rgimen rectificado. Es por esta razn que, cuando se confiere,o cuando se tiene la Logia de instruccin de este grado, no se osahacer asistir a ningn otro visitante de otro rgimen, cualquiera quesea el grado que tenga. Solamente puede darse entrada a un Hermano,que pertenezca a una Logia reunida bajo la denominacin que sea,que obligue a pagar anualmente el escudo a la Orden.

    Comunicacin de losgrados superiores deotros regmenes.

    CUANDO un Hermano haya sido recibido regularmenteMaestro Escocs, el Venerable Maestro de la Logia, o cualquier otroHermano comisionado para este fin, podr comunicarle sin ningngasto ni ceremonia todos los grados denominados superiores en losotros regmenes, que sean de su conocimiento, sin que por ello, elHermano al que hayan sido comunicados, pueda decorarse en Logiacon ninguno de los atributos ni colores de dichos grados.

    Marcas distintivas de

    los Escoceses.

    LAS marcas distintivas de los Maestros Escoceses son: 1 unmandil de piel blanca, cortado en cuadrado largo o formarectangular transversalmente, as como el peto que estar forrado detafetn verde, bordeado el peto de color fuego; 2 un collar verde degruesos granos moar de la anchura de dos pulgadas y media, con un

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    ribeteado de tres lneas, en color fuego solamente sobre el bordeexterior, con una pequea roseta tambin de color fuego en el bajo. 3La joya del grado en bermejo, que estar colgada sobre el pecho, porel collar colocado en el cuello, y atada a ste por una pequea cintacolor fuego. Esta joya ser una estrella llameante de seis puntas,formando un doble tringulo con la letra H en el centro entre elcomps y la escuadra sobre un fondo de color fuego. Esta estrellaestar rodeada por un crculo y rematada por una corona.

    LOS Hermanos sirvientes, o guardas de la Logia no sernrecibidos ms que en los grados de aprendiz y compaero. Noobstante cada Logia podr recibir, en caso de necesidad, al grado deMaestro a uno de los Hermanos, si es libre, domiciliado y de unestado conveniente, despus de haberle probado rigurosamentedurante largo tiempo. En cualquier caso, esta recepcin no consistirms que en la obligacin que se le har tomar, y en su admisin a unarecepcin en este grado. Desde entonces este Hermano sirvientepasar a ser el jefe de los de su clase.

    Sobre los Hermanossirvientes o Guardas de

    la Logia.

    CAPITULO XI

    Sobre los Escrutinios y la manera de

    tenerlos.

    EL Escrutinio es el medio por el que la Logia busca conocerel sentir de los miembros que la componen, en todos los asuntossobre los que debe resolver. Debe realizarse de forma que deje a cadauno la mayor libertad en su sufragio, sin que el voto general de laLogia pueda ser estorbado por motivos, intereses o caprichosparticulares; el cumplimiento de la voluntad general debe ser elprimer objetivo de cada uno de los Hermanos. Es pues de rigor, quetodas las proposiciones importantes sean examinadas, y los diferentesconsejos que de ellas surjan, discutidos y suficientemente aclaradosantes de tener el escrutinio, que debe decidir definitivamente.

    Sobre el escrutinio engeneral

    HAY cuatro maneras diferentes de tener los escrutinios, asaber:

    LA primera y ms habitual es mediante balotas blancas ynegras; se emplea especialmente para todas las propuestas derecepcin, agregacin, afiliacin.

    LA segunda es mediante papeletas escritas; utilizada en todaslas elecciones.

    LA tercera mediante la simple afirmacino negacinverbal,cuando el Venerable Maestro despus del examen de una propuesta,

    Diferentes especies deescrutinios.

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    CAPITULO XII

    Sobre los miembros de una Logia.

    SE puede pertenecer a una Logia a ttulo de miembroordinario, asociado libre, miembro honorario, Hermano aficionado ode talento, y Hermano sirviente o guarda de Logia.

    SE denomina miembros ordinariosde una Logia a aquellos,que participan regularmente en sus trabajos, asisten con exactitud alas asambleas, y pagan toda la capitacin anual convenidatrimestralmente; son elegibles a las dignidades y cargos de la Logia ygozan de voz decisoria en todas las deliberaciones, a las que puedanser convocados.

    Sobre los miembrosordinarios.

    LOS asociados libres son aquellos, que por razn de lejanade su domicilio, ocupaciones civiles, situacin, o cualquier otraconsideracin, no pueden someterse a los deberes estrictos ypermanentes que la Logia impone a los miembros ordinarios. Estospagarn una capitacin anual, que ser fijada y pagada solamente elmes de su presencia; esta clase, esta destinada especialmente a losMilitares y viajeros. Disfrutarn de todos los derechos de los

    miembros ordinarios, excepto el de eleccin para ningn cargo nidignidad de la Logia, salvo el de Orador, Maestro de Ceremonias oEcnomo, a menos que puedan probar que poseen una de lasprimeras dignidades en el interior de la Orden, y se comprometan aentrar en la primera clase desde el mismo momento en que aceptencualquier plaza. Tendrn voz consultiva y deliberativa en todas lasasambleas de la Logia, exceptuando aquellas en las que se trate delempleo de fondos, en las que solamente gozarn de voz consultiva.

    Sobre los asociadoslibres.

    LOS miembros honorarios son aquellos, a los que la Logiaquiere conceder este ttulo despus de, al menos, diez aos de

    servicio en calidad de miembro ordinario, o de quince aos, en elcaso de que no hayan sido ms que asociados libres, o enreconocimiento a los brillantes servicios prestados a la Logia en unespacio de tiempo ms corto. No pagan otra retribucin que lacapitacin de la Orden, y no gozan ms que de voz consultiva en lasdeliberaciones. Son elegibles si poseen los altos grados de la Orden, ysi prometen entrar en la clase de los miembros ordinarios ypermanecer en ella durante tanto tiempo como estn ocupando esaplaza.

    Sobre los miembroshonorarios.

    LOS Hermanos aficionados son elegidos entre las personascon talento, capaces de rendir servicios a la Logia; son recibidos

    gratuitamente, y no pueden poseer ningn cargo ni dignidad en laLogia.

    Sobre los Hermanosaficionados

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    Sobre los HermanosGuardianes de la Logia.

    FINALMENTE los Hermanos Sirvientes o guardas de laLogia, cuyo nmero no deber ser muy pequeo, son recibidosgratuitamente hasta el segundo grado, que para ellos debe ser elltimo. No pueden ser elegidos para ningn cargo, y slo tienen vozconsultiva, cuando se trata de una recepcin de sirviente o guarda deLogia.

    Cuadro de la Logia. TODOS estos miembros deben estar comprendidos, cada unoen su clase, en el cuadro general de la Logia, que ser enviado todoslos aos despus de la eleccin de oficiales a la gran Logia Escocesay al Directorio Escocs del distrito, llevando en el encabezamiento elnombre y calidades del Diputado Maestro del lugar. Se incluirn en llos apellidos, nombres, calidades civiles y masnicas, lugar denacimiento, domicilio y edad de todos aquellos que tengan menos de25 aos. Este cuadro ser certificado por el Venerable Maestro y losdos Vigilantes, y visado por el Diputado Maestro o su representante.

    Afiliacin de unHermano.

    LOS Hermanos, que quieran afiliarse a una Logia reunida,deben haber visitado previamente sus trabajos. Se les someter aescrutinio en una asamblea, que seguir a la de su proposicin, y seproceder de la misma manera que para la recepcin de un profano.Pagarn la tasa de afiliacin, al igual que el escudo a la Orden y lacantidad anual, que ser la de la clase que elijan.

    Si el escrutinio ha sido favorable, se comunicarn alcandidato los reglamentos de la Logia, que firmar el da de suafiliacin.

    Prohibicin deagregarse sin permiso.

    UN Hermano miembro de una Logia reunida no puedeagregarse a otra, sin el permiso por escrito de aquella a la quepertenece.

    TODOS los Hermanos de la Logia indistintamente (salvo lossirvientes) recibirn en Logia abierta, y nunca por otra forma decomunicacin, la palabra del ao enviada por la Gran Logia, o elDirectorio Escocs a todas las Logias del distrito, y est prohibidodarlas a quien sea, a menos que haya una orden especial.

    Deberes de un Hermanoque quiere dejar laLogia.

    TODO Hermano que quiera retirarse de una Logia, deberanunciarlo por escrito. Se esperar entonces tres meses. Si duranteeste tiempo persiste en su voluntad, ser borrado de la Logia, y sehar mencin de ello en el acta del da; desde ese momento no podrvolver a entrar sino despus de haberse hecho proponer de nuevo,haber pasado por el escrutinio, y pagado la tasa de afiliacin. Novolver a tomar rango en el cuadro sino a partir de la fecha dereingreso.

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    CAPITULO XIII

    Plan econmico de la Logia.

    TODOS los miembros agregados de la Logia convendrnentre ellos una cantidad anual suficiente para pagar los gastos de laLogia, sirvientes y otros gastos anuales, cantidad que ser pagada porcada uno al Tesorero de la Logia trimestralmente. Debern hacerlotanto los ausentes como los presentes, en tanto figuren en el cuadrode la Logia como miembros ordinarios.

    AQUELLOS que descuiden el pago, y que habiendo sido

    advertidos de ello durante un ao seguido, no lo hayan satisfecho,sern irradiados de la Logia y privados de todos los derechos quepudieran gozar en la misma.

    Cantidad anual

    De los miembrosordinarios.

    LOS miembros asociados libres concurrirn a los gastosanuales en la proporcin que la Logia haya juzgado conveniente.

    De los asociados libres.

    CADA Logia reunida en el momento de su fundacin orectificacin, propondr a la gran Logia Escocesa del departamentoun proyecto de evaluacin para la retribucin de los cuatro grados

    simblicos, as como para la agregacin y afiliaciones en laproporcin que juzgue conveniente al local y a las circunstanciasparticulares. Este proyecto ser aprobado definitivamente por la granLogia Escocesa, para ser la tarifa invariable para la Logia, sobre laque sern percibidas las reservas de la gran Logia Escocesa.

    Tasa de los grados.

    TODOS los Masones pertenecientes a una Logia concualquier ttulo que sea, a excepcin de los Hermanos sirvientes,pagarn cada ao para la fiesta de San Juan de verano la capitacin dela Orden, evaluada en seis libras, y todos aquellos que descuidarensatisfacerla, o rechazaren hacerlo habiendo sido advertidos por dos

    veces, sern irradiados de la Logia, a menos que se les reconozca laimposibilidad de pagar.

    AQUELLOS de los Hermanos de la Logia, que paguen elducado de la Orden a la caja de la gran Logia Escocesa, estn exentosde la capitacin de la Orden; se excepta de ello a los Hermanoshonorarios de una Logia.

    De la capitacin de laOrden.

    DEL producto de las retribuciones de los tres primeros gradosy de las agregaciones ser deducido un cuarto, que ser enviado cadatres meses a la caja de la gran Logia Escocesa; el sobrante de esos

    fondos queda en poder del Tesorero de la Logia, para sufragar losgastos de decoracin, velas, etctera.

    Reserva de la gran

    Logia Escocesa.

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    EN cuanto al cuarto grado, los Directorios han querido dejarla recepcin a las Logias, dejndoles el cuarto de la retribucin, parapagar los gastos de recepcin y decoracin; los otros tres cuartossern vertidos cada tres meses en la caja de la gran Logia Escocesa.

    LOS extractos de las actas, que constatan la cantidad derecepciones hechas en cada grado durante los tres meses, sernexpedidos por el Secretario y firmados al igual que las cuentas por elVenerable Maestro, y visados por el Diputado Maestro del lugar.

    Producto de lasPatentes.

    EL producto de las Patentes y certificados de la Logia serempleado en los gastos de cancillera y en las gratificaciones para loscopistas. Se harn estas ltimas con el visto bueno del VenerableMaestro y los Vigilantes.

    Limosnas. LA caja de las limosnas confiada al Hermano Limosnario,

    nunca podr ser confundida con ninguna otra caja. Esta se proveer,1: del producto de los recipiendarios en cada recepcin o promociny de las colectas, que sern hechas en todas las asambleas de laLogia. 2: del producto de las multas. 3: de lo que haya podido serreservado por el Hermano Ecnomo sobre lo recibido de cadabanquete. El producto de esta caja no podr ser empleado en ningncaso para las necesidades de la Logia, quedando expresamentereservado para las limosnas, que podrn ser determinadas en cadaocasin por el Limosnario, el Diputado Maestro y el VenerableMaestro, al igual que los Vigilantes, rindiendo luego cuenta de ello ala Logia.

    NINGN Masn pobre tendr derecho a estas limosnas, amenos que este provisto de certificados y cartas de recomendacin deuna Logia reunida, o de una Logia no reunida, que mantenga lazos decorrespondencia y fraternidad con ella.

    El estado de las cajasdebe ser enviado todoslos aos a la GranLogia Escocesa y alDirectorio Escocs.

    LAS Logias reunidas deben enviar todos los aos a la granLogia Escocesa, o al Directorio Escocs del que dependan, el estadoexacto de caja y un extracto de sus libros de cuentas de ingresos ygastos, todo ello firmado por el Venerable Maestro y visado por elDiputado Maestro o su Representante; los dirigirn con el cuadro de

    la Logia a los Visitadores del distrito o departamento, quienes losremitirn al Directorio, o a la gran Logia Escocesa. Si la gran LogiaEscocesa juzgara necesario conocer la composicin de la Logia y elestado de sus cajas en ese intervalo de tiempo, no podr ser rechazadaen su demanda.

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    CAPITULO XIV

    Sobre los Hermanos Visitantes.

    SE reconoce como Visitantes a los Hermanos de un Rgimenregular, que no son miembros de la Logia. Los lugares son asignadosa los Hermanos de acuerdo con sus grados y calidades masnicas, sintener en cuenta su rango ni estado en la vida civil. Los Hermanosvisitantes de un rgimen extranjero no reciben otra distincin en lasLogias reunidas, que la de ser situados a la cabeza de la columna desu grado, a continuacin de los Visitantes del Rgimen rectificado. Se

    les permite llevar los cordones y mandiles de sus grados, a excepcinde todo lo que tenga alguna relacin con el de elegido; perocualquiera que sea el grado que posean, a lo sumo podrn sercatalogados como Maestros, por debajo de los Maestros Escoceses.

    Lugar de los visitantes

    de otros Regmenes.

    (Ver el captulo de losgrados masnicos).

    LOS Hermanos Visitantes del Rgimen rectificado sonsituados a la cabeza de la columna de su grado. Si estn provistos delos altos o de cualquier otra gran dignidad en la Orden, obtienen unaplaza de honor a Oriente al lado del Venerable Maestro, con el cualentran en Logia precedidos por los Vigilantes y el Maestro deCeremonias.

    TODO Hermano visitante debe ser propuesto al VenerableMaestro o a aquel que haya sido encargado de ello, para ser invitadoa los trabajos mediante una tarjeta masnica. Pagar la cantidad fijadapara el banquete, como cualquier otro Hermano, y aquel de losHermanos de la Logia, que lo haya propuesto y trado, ser inscritoen la lista como pagando por l.

    Lugares de los

    Visitantes del Rgimenreformado &

    rectificado.

    TODO Hermano visitante no ser admitido en Logia, si no esdespus de haber sido cuidadosamente examinado por el Maestro deCeremonias sobre los grados, en los que desee ser reconocido; y

    despus de haber presentado su certificado y dado la palabra del ao,si pertenece a un rgimen en que se da. Si desea que la Logia vise sucertificado, esta no podr hacerlo si el certificado no ha sido libradopor una Logia reunida.

    Ver el captulo de losoficiales de la Logia loreferente al Secretario.

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    CAPITULO XV

    Sobre los Banquetes y Fiestas.

    Banquetes ordinarios. DEL mismo modo que los banquetes demasiado suntuosos,muy ruidosos, y en exceso frecuentes son contrarios al espritu de laMasonera, aquellos en que los gastos son mdicos y regulados, enlos que reina la decencia y la fraternidad, son apropiados paraconservar y afirmar los lazos que unen a los Francmasones. Por estarazn el Venerable Maestro reunir a los Hermanos en banquete, tana menudo como las circunstancias lo permitan.

    Cantidad siempre fijada. CADA Hermano pagar la cantidad fijada para el banquete,si se ha contado con l, tanto si se encuentra presente como ausente.Esta cantidad ser siempre fijada por cada Logia segn su local, paraevitar que se sobrepase los lmites de la frugalidad prescrita en losbanquetes.

    Tres Fiestas.

    Renovacin de laOrden.

    Europa. Se tratar de reunir ese da en el mismo local, atodas las Logias de una misma ciudad o distrito.

    San Juan de invierno. EL da de la fiesta de San Juan de invierno estar principal-mente dedicado a los actos de beneficencia, que el rigor de la estaciny la falta de trabajo hacen preciosos en ese momento.

    San Juan Bautista. LA misma cosa debe observarse para la fiesta de San JuanBautista, que estar especialmente dedicada a la instalacin de losnuevos oficiales y a la lectura de los reglamentos particulares de laLogia; y todos los Hermanos renovarn solemnemente en este da yante el Venerable Maestro su compromiso de observarlos fielmente.Habr un discurso al igual que en la de San Juan de invierno, y en elbanquete se harn los siete brindis de la Orden.

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    CAPITULO XVI

    Sobre la Polica interior de la Logia.

    EL Tesorero, al igual que el Limosnario tendrn un libro deingresos y gastos, y otro de cuentas generales, al que llevarsomeramente todos los resmenes de las diferentes cajas, que sernhechos cada tres meses, y comunicados a la Logia general, elTesorero precisar tambin de un libro en el que, por separado,anotar las reservas de la Gran Logia Escocesa.

    Libros de cuentas.

    SE ordena a los Hermanos guardar el ms profundo silenciodurante las ceremonias de recepcin.

    Silencio a observar.

    NINGN Hermano, a excepcin de los que ocupan las plazasde honor, puede hablar sin haber pedido permiso al VenerableMaestro por medio de los Hermanos Vigilantes.

    Prohibicin de hablarsin permiso

    EN las deliberaciones cada uno dice su consejo, cuando les espedido en su rango por el Venerable Maestro, los Vigilantes, o elMaestro de Ceremonias; est prohibido interrumpir al que habla,antes de que haya anunciado que ha terminado.

    Interrumpir al quehabla.

    SI despus de la hora indicada, el Venerable Maestro no ha

    llegado a la asamblea, aquel o uno de aquellos, que estn propuestospara reemplazarle, abrir los trabajos, desde el momento en que losHermanos se encuentren en nmero de siete, sea para recepcin, seapara deliberacin.

    Apertura de los trabajos

    si el Venerable tarda envenir.

    PARA animar el inters de los Hermanos por frecuentar lasasambleas, est expresamente prohibido informar a un Hermanoausente de lo que ha ocurrido en la Logia, a menos que haya unpermiso expreso del Venerable Maestro.

    Prohibicin de nocomunicar nada a un

    Hermano ausente.

    TODO Hermano, que sin razones vlidas hubiera pasado unao sin asistir a los trabajos de la Logia, ser considerado como queha renunciado, sobre todo si no ha satisfecho las retribuciones al uso,en consecuencia ser irradiado de la Logia.

    Negligencia castigada.

    NINGN profano o Hermano ser admitido o promovido aun grado masnico cualquiera o a un oficio o cargo, si no efecta elpago al H. Tesorero por el montante de dicho grado, y por lacapitacin de la Orden y la cantidad anual, segn sea la clase quehaya adoptado en la Logia.

    Liquidacin necesariapara avanzar de grado.

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    Joyas de los cargos ydignidades de la Logia.

    LAS joyas de las dignidades y cargos de la Logia son una escuadrapara el Venerable Maestro, un nivel para el Hermano primerVigilante, una plomada para el Hermano segundo Vigilante, un libropara el Orador, dos plumas para el Secretario, una llave para elTesorero y para el Limosnario un corazn inflamado en un tringulo.

    F I N


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