diapositivas juridica
TRANSCRIPT
Los profesión del psicólogo se rige por
principios comunes a toda la deontología
profesional respecto a la persona, protección
de los derechos humanos.
Custodia la información(historia clínica)
Honorarios abusivos
Redacción inadecuada de informes
Secreto profesional
Aceptación de casos incompatibles
Limites del secreto profesional
Recetas de medicamentos
TESTIGO: Describe los hechos observados y aporta información relativa al proceso profesional.
PERITO: Emite un dictamen de acuerdo a un atento examen, los exterioriza en forma de conclusiones o respuestas a los puntos litigiosos.
TESTIGO CUALIFICADO: Se refiere a la persona que tiene determinados conocimientos técnicos.
ASESOR: Asesora a una de las partes o al juez o al tribunal.
PERICIAL: Responde las preguntas solicitadas
judicialmente.
DOCUMENTAL: Describe aquellos elementos
sobre los cuales considera el tribunal o juez
que puede tener información relevante.
LA PERITACION DE UN CLIENTE
ANTERIOR(perdida de imparcialidad): Se
deberá recusar el peritaje, alegando una
relación previa con el evaluado.
LA OBEDIENCIA AL TRIBUNAL(perdida de
confidencialidad): Se deberá informar al
evaluado de que toda la información que
aporte en su análisis deberá ser revelada al
juez, eximiendo asa una posible vulneración
del código deontológico.
Cada vez los juzgados civiles y penales
solicitan información a profesionales
externos a la administración y suele dirigirse
a profesionales de la psicología:
Psicólogos de instituciones penitenciarias
Psicólogos de menores
Psicólogos de servicios para la drogadicción
Psicólogos de victimas
ROL JURIDICO: Varia significativamente según sea nombrado perito o testigo.
FUENTE DE LA DISCIPLINA PROFESIONAL: Es una disciplina de base científica.
OBJETIVO DE LA EVALUACION: Se dirige al tratamiento psicosocial de la persona.
LIMITES DE LA COMPETENCIA PROFESIONAL: Son muy poco claros, puede abarcar desde los resultados de una evaluación o tratamiento realizado sobre una persona.
LENGUAJE PROFESIONAL: El psicólogo esta obligado a comprender la normas y principios de funcionamiento donde actúa profesionalmente.
CONTROL DE LA INFORMACION: Hace referencia explicita a la necesidad de garantizar un positivo uso de la información.
INDEPENDENCIA PROFESIONAL: No se produce de facto en la sala de justicia, especialmente si su rol es de testigo.
GARANTE DE LOS DERECHOS: Código Deontológico vs Código Penal.
1.- DE RESPETO A LA PERSONA: No atenta la integridad física o psicológica de la persona.
2.- ACATAMIENTO DEMOCRATICO: Mantenerse en el ámbito de la legalidad.
3.- RESPONSABILIDAD: El psicólogo no puede realizar opiniones propias basadas en experiencias personales.
4.- INDEPENDENCIA: Implica que el psicólogo no esta vinculado por organizaciones superiores o externas.
5.- IMPARCIALIDAD: El psicólogo no puede actuar
cuando considera que por el caso planteado no
posee la suficiente imparcialidad moral.
6.- LEALTAD PROFESIONAL: Tiene que ver con el
trato de profesionales de la misma u otra profesión.
7.- HONESTIDAD Y SINCERIDAD: Respetar a la
persona y mostrarle comprensión al margen de las
acciones realizadas.
8.- CONSENTIMIENTO INFORMADO: Aclarar al evaluado el motivo del peritaje e informarle de las acciones que van a suceder.
9.- CONFIDENCIALIDAD: El psicólogo debe respetar la información recibida del cliente a la hora de transmitirla al abogado u otra parte de un proceso judicial.
10.- DE COMPETENCIA PROFESIONAL: Suficiente preparación como para afrontar un caso, que los informes sean claros.
11.- INTERDISCIPLINARIEDAD: Actuar en cooperación con otras disciplinas.
PRINCIPIO DE LA NO MALEFICIENCIA: Obligación del psicólogo de no lastimar al cliente.
PRINCIPIO DE JUSTICIA: la actuación del psicólogo no debe afectar negativamente a terceras personas.
PRINCIPIO DE LA BENEFICENCIA: El psicólogo fundamentara su actuación en el principio de ayuda.
PRINCIPIO DE AUTONOMIA DEL PACIENTE: El psicólogo debe respetar en todo momento las decisiones tomadas por el propio cliente.
INTRODUCCION
METODOLOGIA
RESULTADOS
CONCLUSIONES
RECOMENDACIONES
CIERRE
La relación que se establece entre el perito y
el cliente debe ser meramente profesional.
El psicólogo no desacreditara a colegas u
notros profesionales que trabajen a partir de
los mismos u otros supuestos teóricos y/o
metodológicos.
1. EL ROL JURIDICO: perito vs testigo
2. FUENTE DE LA DISCIPLINA: ciencia vs filosofía
3. OBJETIVO DE LA EVALUACION: personal vs tribunal
4. LIMITE DE LA COMPETENCIA: profesional vs caso especifico
5. LENGUAJE: Jurídico vs psicológico
6. CONTROL DE LA INFORMACION: profesional vs sala de justicia
7. INDEPENDENCIA PROFESIONAL: código deontológico vs código penal
Psicología forense
Psicología judicial
Psicología penitenciaria
Psicología criminal de la prevención del delito
Psicología de la victimización criminal
Psicología policial
Psicología militar
La resolución alternativa de conflictos
Psicología de asesoramiento jurídico
Psicología de la norma jurídica
1. FORMACION: en psicología jurídica es aun escasa; este hecho se debe a varios factores:
La reciente implantación profesional
Grado de conocimientos y aplicaciones profesionales
Dificultad para transportar conocimientos de la psicología
Ausencia de un marco formativo estructurado
Ausencia de un corpus teórico unitario
Confusión clínica- patológica
Dificultades para delimitar las áreas de aplicación de la ciencias humanas.
2.- ORGANIZACIONES: Generalmente ligada a perfiles
profesionales, siguiendo un criterio
Histórico encontramos dos fases, una primero de
tipo mas interno y otra mas externo:
Comisiones y secciones profesionales
Asociaciones internacionales
3.- INVESTIGACION: Habla de múltiples líneas de investigación, las principales son las siguientes:
Estudios sobre la representación social
Toma de decisiones judiciales
Testimonio
Actitudes profesionales
Jurado
Instituciones penitenciarias
Delincuencia juvenil
Victimización
Perfiles delincuenciales
Otras líneas
-Termino jurídico de gran complejidad
y junto al concepto de
responsabilidad y culpabilidad
-Conjunto de facultades psíquicas
mínimas que debe poseer un sujeto
autor de un delito para ser culpable
del mismo.
Es todo modelo ético que coloque al hombre en
prioridad de la escala de valores
CONCEPTO DE RESPONSABILIDAAD
CONCEPTO DE CULPABILIDAD
Juicio de reprobación por ejecución de un
hecho contrario a lo mandado por la ley.
Defensa del carácter dicotómico del imputabilidad vs.
inimputabilidad.
1. Imputabilidad conservada.
2. Discretamente disminuida.
3. Medianamente disminuida.
4. Severamente disminuida.
5. Imputabilidad anulada.
La imputabilidad constituye el problema de mayor
significación y alcance tanto para la psicología
como para la psiquiatría forense.
Su significación es puente de unión para entre las
ciencias de salud mental y la teoría general del
derecho.
Siendo así como estas dos de convergen ámbitos del
saber totalmente distintos.
Escuela Clásica -Relación causal existente entre el agente y el
delito por él cometido.
-Imputabilidad e imputación moral no requieren
otra condición que la de que el hombre que fue
causa material de un hecho haya sido también
su causa moral.
Escuela
Positivista
-La facultad de atribuir a alguno un lado de
efecto como la causa productora del mismo.
Escuelas
tradicionales
-La solución se halla en el conjunto de las
circunstancias
subjetivas que deben encontrarse en el autor
de un delito
para considerarlo pasible de responsabilidad
legal
A partir de estos conceptos surge la distinción entre delincuentes
imputables y delincuentes inimputables pero con la interrogante del
presupuesto dela imputabilidad.
PERSONA IMPUTABLE
Es cuando la capacidad las capacidad de entender y
querer se haya exteriorizado con una manifestación
de voluntad consciente contraria a derecho.
-La imputabilidad es la capacidad de conducirse
socialmente.
-Es decir, de observar una conducta que corresponda
a las exigencias de la vida política común de los
hombres.
- Es la facultad de determinación normal
- Ha de ser imputable todo aquel que posea un
desarrollo mental normal.
EXEMENTES:
1.- El que a tiempo de cometer la infracción penal a causada
cualquier anomalía alteración psíquica, no pueda cometer la
ilicitud.
2.- El que a tiempo de cometer la infracción penal se halle en
estado de intoxicación plena por cualquier tipo sustancias
3.- El que por sufrir alteraciones en la percepción desde el
mismo nacimiento o desde la infancia tenga alterada
gravemente la consciencia dela realidad.
4.- el que obre en defensa de la persona o derechos propios o
ajenos, siempre que concurran los requisitos necesarios.
5.- El que en estado de necesidad, para evitar un mal propio o
ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un
deber.
ATENUANTES:
1.- Cuando los requisitos necesarios para eximir de
responsabilidad en sus respectivos casos.
2.-La de actuar el culpable a causa de su grave adicción a
las sustancias toxicas ya reconocidas.
3.- La de obrar por causas o estímulos tan poderosos que
hayan producido arrebato, obcecación u otro estado
pasional.
4.- La de haber procedido el culpable antes de conocer
que el procedimiento judicial redirige contra el, a las
autoridades.
5.- La de haber procedido el culpable a reparar el daño
ocasionado ala victima o disminuir sus efectos en
cualquier momento del procedimiento .
6.- Cualquier otra circunstancia de análoga significación
que las anteriores.
AGRAVANTES:
1.- Ejecutar el hecho con alevosía
2.-Ejecuar el hecho mediante disfraz con abuso de
superioridad o aprovechando las circunstancias
3.-Ejecutar el hecho mediante precio, recompensa o
promesa.
4.- Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas, u
otra clase ideología, cultura, religión , etc.
5-Aumentar deliberadamente e inhumanamente el
sufrimiento dela victima causando a esta padecimiento
innecesario.
6.- Obrar con abuso de confianza
7.- Prevalecer del carácter publico que tenga el culpable.
8.- Ser reincidente.
1. Contacto con la realidad
2. Juicio critico
3. Sentido dela realidad
4. Regulación y control de impulsos
5. Relaciones objétales
6. Procesos cognitivos
7. Regresión adaptiva
8. Funciones defensivas
9. Barrera de estímulos
10. Funciones autónomas
11. Funciones sintéticas
PRIMERA PARTE:
a) Historia prolongada de conducta bizarra
b) Trastornos compulsivos
c) Conductas bizarras que surgen condiciones
psicóticas
d) Episodio de conducta bizarra
e) Trastornos afectivos
SEGUNDA PARTE:
a) Respuesta genérica
b) Relato detallado del delito
c) Sucesos que le condujeron l delito
INFORMACION DEOTRAS FUENTES:
a) acusación, querella o información
b) Declaraciones ante la policía o juez
c) Notas delos abogados
d) Informe de la utopsia
Para la detección de simulación de
psicopatologías, como criterio básico como
peritaje se clasifican en las siguientes
categorías.
1. Comportamiento durante la evaluación
fósense
2. Características delos síntomas simulados.
3. Los aspectos del historial clínico y judicial.