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DERECHOS Y PARADIGMAS DEL BUEN VIVIR

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DERECHOS

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Page 1: Derechos para el blog

DERECHOS Y PARADIGMAS DEL

BUEN VIVIR

Page 2: Derechos para el blog

Objetivo 1: Auspiciar la igualdad, cohesión e integración social y territorial en la diversidad

Objetivo 2: Mejorar las capacidades y potencialidades de la ciudadanía

Objetivo 3: Mejorar la calidad de vida de la población

Objetivo 4: Garantizar los derechos de la naturaleza y promover un ambiente sano y sustentable

PARADIGMAS DEL BUEN VIVIRES UN CAMBIO RADICAL PARA CONSTRUIR UNA NUEVA

SOCIEDAD.

Page 3: Derechos para el blog

Objetivo 5: Garantizar la soberanía y la paz, e impulsar la inserción estratégica en el mundo y la integración latinoamericana

Objetivo 6: Garantizar el trabajo estable, justo y digno, en su diversidad de formas

Objetivo 7: Construir y fortalecer espacios públicos interculturales y de encuentro común

Objetivo 8: Afirmar y fortalecer la identidad nacional, las identidades diversas, la plurinacionalidad y la interculturalidad

Page 4: Derechos para el blog

Objetivo 9: Garantizar la vigencia de los derechos y la justicia

Objetivo 10: Garantizar el acceso a la participación pública y política

Objetivo 11: Establecer un sistema económico social, solidario y sostenible

Objetivo 12: Construir un Estado Democrático para el Buen Vivir.

Page 5: Derechos para el blog

POLÍTICAS DEL BUEN VIVIR

Política 1.Garantizar los derechos del Buen Vivir para la superación de todas las desigualdades (en especial salud, educación, alimentación, agua y vivienda).

Política 2 Impulsar la protección social integral y seguridad social solidaria de la población con calidad y eficiencia a lo largo de la vida con principios de igualdad, justicia, dignidad, interculturalidad.

Política 3. Promover la inclusión social y económica con enfoque de género, intercultural e intergeneracional para generar condiciones de equidad.

Page 6: Derechos para el blog

Política 4. Democratizar los medios de producción para generar condiciones y oportunidades equitativas.

Política 5. Asegurar la redistribución solidaria y equitativa de la riqueza.

Política 6. Reconocer y respetar las diversidades socioculturales y erradicar toda forma de discriminación.

Page 7: Derechos para el blog

Política 7. Proteger y promover los derechos de las y los ecuatorianos en el exterior y de las y los extranjeros en el Ecuador y de sus diversas formas de familia.

Política 8. Impulsar el Buen Vivir rural

Política 9. Promover el ordenamiento territorial integral, equilibrado, equitativo y sustentable que favorezca la formación de una estructura nacional policéntrica.

10. Asegurar el desarrollo infantil integral para el ejercicio pleno de derechos

Page 8: Derechos para el blog

DERECHOS DEL BUEN VIVIR

Sección primera: Agua y

alimentación

Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e

irrenunciable. El agua constituye patrimonio

nacional estratégico de uso público, inalienable,

imprescriptible, inembargable y esencial para

la vida

Art. 13.- Las personas y colectividades tienen

derecho al acceso seguro y permanente a alimentos

sanos, suficientes y nutritivos.

Page 9: Derechos para el blog

Sección segunda:

Ambiente sano

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a

vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado,

que garantice la sostenibilidad y el buen vivir

Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector

público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente

limpias y de energías alternativas no contaminantes

y de bajo impacto.

Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios naturales degradados.

Page 10: Derechos para el blog

Sección tercera: Comunicación e

Información

Art. 16.- derecho a estar bien informado

Art. 17.- EI Estado fomentará la pluralidad

y la diversidad en la comunicación, y al

efecto:

Art. 18.-  Derecho acceder libremente la información generada en entidades publicas

Art. 19.- Regular los contenidos con fines

informativos, educativos y culturales en la programación

de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la

difusión de la producción nacional independiente.

Art. 20.- El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto

profesional 

Page 11: Derechos para el blog

Sección cuarta:

Cultura y ciencia

Art. 21.- Las personas tienen derecho a construir y mantener su propia identidad cultural, a decidir sobre su pertenencia a una o

varias comunidades culturales y a expresar dichas elecciones; a la libertad estética; a conocer la memoria histórica de sus culturas y a acceder a su patrimonio cultural; a difundir sus propias expresiones

culturales y tener acceso a expresiones culturales diversas.No se podrá invocar la cultura cuando se atente contra los derechos

reconocidos en la Constitución.

Art. 22.- Las personas tienen derecho a desarrollar su capacidad creativa, al ejercicio digno

y sostenido de las actividades culturales y artísticas, y a beneficiarse de la protección de los

derechos morales y patrimoniales que les correspondan por las producciones científicas,

literarias o artísticas de su autoría.

Art. 23.- Las personas tienen derecho a acceder y participar del espacio público como ámbito de deliberación, intercambio cultural,

cohesión social y promoción de la igualdad en la diversidad. El derecho a difundir en el espacio público las propias expresiones culturales se

ejercerá sin más limitaciones que las que establezca la ley, con sujeción a los principios

constitucionales.

Art. 24.- Las personas tienen derecho a la

recreación y al esparcimiento, a la práctica

del deporte y al tiempo libre.

Art. 25.- Las personas tienen derecho a gozar de

los beneficios y aplicaciones del progreso científico y de los saberes

ancestrales.

Page 12: Derechos para el blog

SECCIÓN QUINTA: EDUCACIÓN

Art. 26.- La educación es un derecho de las

personas a lo largo de su vida y un deber

ineludible e inexcusable del Estado.

Art. 27.- La educación se centrará en el ser

humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al

medio ambiente sustentable y a la

democracia.

Art. 28.- La educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses

individuales y corporativos.

Art. 29.- EI Estado garantizará la libertad de enseñanza, la libertad de cátedra en la educación

superior, y el derecho de las personas de aprender en su

propia lengua y ámbito cultural.

Page 13: Derechos para el blog

SECCIÓN SEXTA: HÁBITAT Y VIVIENDA

Art. 30.- Las personas tienen derecho a un hábitat seguro y

saludable, y a una vivienda adecuada y digna, con independencia de su

situación social y económica.

Art. 31.- Las personas tienen derecho al disfrute pleno de la ciudad y de sus espacios públicos, bajo los

principios de sustentabilidad, justicia social, respeto a las diferentes

culturas urbanas y equilibrio entre lo urbano y lo rural. 

Page 14: Derechos para el blog

SECCIÓN SÉPTIMA: SALUDLa salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

Art. 32

Page 15: Derechos para el blog

Sección octava: Trabajo

y seguridad social

Art. 33.- El trabajo es un derecho y un deber

social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía

Art. 34.- EI derecho a la seguridad social es

un derecho irrenunciable de todas las personas, y será

deber y responsabilidad

primordial del Estado.