derecho de autor, propiedad intelectual y licencias
DESCRIPTION
Derecho de autor, propiedad intelectual y licencias. Creado por Ignacio Javier Artola para las cátedras: - Diseño Gráfico, Tecnicatura Universitaria en aplicaciones web, CURZA-UNCO, Río Negro, Argentina. - Gráfica Asistida 2, Escuela de Arte Alcides Biagetti, Carmen de Patagones, Buenos Aires, Argentina.TRANSCRIPT
Derecho de autor,propiedad intelectual
y licencias
DG Ignacio J. Artola
●¿Propiedad?●¿Propiedad intelectual?●¿Derecho de autor?●¿Licencias?
Ilustración : The battle of Copyright, de Christopher Dombres. (CC BY 2.0) http://www.flickr.com/photos/christopherdombres/
PROPIEDAD INTELECTUAL
• Derechos de Autor Derechos Conexos
• Propiedad Industrial
Marco Legal Derechos de Autor
Ley 11.723 - Regimen legal de la propiedad intelectual.
- Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas (1886)
- Convención Universal sobre Derecho de Autor Ginebra (1952), revisada en Paris 1971; protocolos y anexos. UNESCO
- Convención de Roma, (1961). etc.
• Derecho de Autor: creador – persona
• Concepto de obra – creación original, del intelecto: literaria, artística, científica, programa informático, etc
AUTOR
DERECHOSMORALES
DERECHOS PATRIMONIALES
DERECHO DE AUTOR
PATRIMONIALESRENUNCIABLESREPRODUCCIÓN
COPIA
MORALESIRRENUNCIABLES
PATERNIDADAUTORIA
Derechos morales:
• Derecho de divulgación.• Derecho de paternidad.• Derecho de integridad.• Derecho de modificación.• Derecho de arrepentimiento.
Derechos patrimoniales:
• Derecho de reproducción o copia.• Derecho de comunicación pública.• Derecho de transformación● Derecho de distribución.
DERECHO DE AUTOR
Ley otorga: Protección automática de las obras
(sin necesidad de registro).
Dirección Nacional del Derecho de Autor (DNDA):
Registro del derecho de autor de la obra
(fines probatorios en litigio).
NUEVAS TENDENCIAS, PARADIGMASY CANALES DE DISTRIBUCIÓN
• Correo electrónico
• Web• Blogs• Redes sociales
• DIGITALIZACIÓN
Superación de lo analógico
ENTORNO ANALOGICO
VS. Lo que permite
la tecnología
Lo que prohíbe el derecho
ENTORNO DIGITAL
PROHIBIDO COLABORARY COMPARTIR
Ilustración CC by-nc-nd 3.0Miguel Brieva. http://www.clismon.net/
LÍMITES DEL DERECHO DE AUTOR
en pro del
DERECHO AL CONOCIMIENTO COLECTIVO
Ilustración : Chappatte. http://www.globecartoon.com/
La red genera cambios
Contenidos creados por el usuario
● Blogs, redes sociales● Contenidos generados = obras● Usuario = Autor
Contenidos generados por el usuario
● Creados por el usuario (propios)● Derivados por el usuario (adaptaciones,
recopilaciones – libres de derechos)● Contenido cargado (libre de derechos de autor)● Apropiadas por el usuario ( infracciones al
derecho de autor)
¿CUÁLES SON LAS ALTERNATIVAS?
Una manera creativa de Una manera creativa de gestionar los derechos de autor.gestionar los derechos de autor.
¿CUÁLES SON LAS ALTERNATIVAS?
LICENCIAS LIBRES• Licencia Arte Libre (ALL) Francesa 2000• Licencia Pública de la Unión Europea ("EUPL")• General Public License (GPL) v. 2• Open Software License (OSL) v. 2.1, v. 3.0• Eclipse Public License v. 1.0• Cecill v. 2.0 (Francesa)• Licencia Aire Incondicional ( Española)
LICENCIAS ????
• Autorización - permiso• Titular del derecho – al usuario• Fin: utilizar una obra protegida - en
forma determinada – contrato• NO TRANSFIERE LA TITULARIDAD
DE LOS DERECHOS
PERMITEN CONCEDER
UNOS DERECHOS
Y CONSERVAR OTROS
✔ Las licencias CC desarrollan el derecho de autor.
✔ Son licencias pre-redactadas y flexibles.✔ Permiten una gestión inteligente de los
derechos de autor.✔ Respetan la normativa de derechos de
autor.
Derecho de Autor…..
• Reconocimiento (autoría)
• Combinado con:
• Uso no comercial
• Sin obras derivadas
• Compartir igual
RESULTADO
Contenidos (recursos) en línea (gratuitos, lícitos, seguros)…
BENEFICIOS
✔CC representa ventajas tanto para los creadores como para los usuarios.
✔Los creadores pueden definir hasta qué punto están dispuestos a compartir con los usuarios los derechos que en principio les otorga la ley, garantizando condiciones de acceso a sus obras.
✔Los usuarios pueden saber de antemano lo que pueden hacer con una obra.
SUBSISTE EL DERECHO DE AUTOR CON UNA LICENCIA CC
Permitir compartir la reutilización de trabajos culturales, educativos, y científicos.
Música, Sonidos, Discursos,
Fotos, Ilustraciones
Películas, Animaciones,
Libros, Textos, Ensayos...
DESAFIOS• Cultura libre
• Dominio público
• Respeto a los Derechos de Autor
CULTURA LIBRE
• Conocimiento para todos• Conocimiento de todos• Conocimiento libre y gratuito• Conocimiento de iguales para iguales
Ilustración CC by-nc-nd 3.0: Miguel Brieva. http://www.clismon.net/
Para la creación de estas diapositivas se utilizó parte del trabajo “PROPIEDAD INTELECTUAL EN INTERNET”
de Patricia Pacheco Montoya y Juan José Puertas.
Creado por Ignacio Javier Artola para las cátedras:- Diseño Gráfico, Tecnicatura Universitaria en aplicaciones web, CURZA-UNCO, Río Negro, Argentina.- Gráfica Asistida 2, Escuela de Arte Alcides Biagetti, Carmen de Patagones, Buenos Aires, Argentina.