propiedad intelectual

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PROPIEDAD PROPIEDAD INTELECTUAL INTELECTUAL Cuestiones básicas de Cuestiones básicas de Derecho de Autor Derecho de Autor

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Page 1: Propiedad  Intelectual

PROPIEDAD PROPIEDAD INTELECTUALINTELECTUAL

Cuestiones básicas de Cuestiones básicas de Derecho de AutorDerecho de Autor

Page 2: Propiedad  Intelectual

LEGISLACIÓNLEGISLACIÓN

► NACIONALNACIONAL TRLPI aprobado por RDLeg 1/1996, 12 abril.TRLPI aprobado por RDLeg 1/1996, 12 abril. Ley 23/2006, de 7 julio, por la que se modifica el anterior.Ley 23/2006, de 7 julio, por la que se modifica el anterior.

► INTERNACIONAL:INTERNACIONAL: Convenio de Berna para protección de obras literarias y Convenio de Berna para protección de obras literarias y

artísticas 1889 (rev. París 1971)artísticas 1889 (rev. París 1971) Convención Universal sobre los derechos de autor, rev. París Convención Universal sobre los derechos de autor, rev. París

19741974 Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad

intelectual relacionados con el comercio (ADPIC 1994)intelectual relacionados con el comercio (ADPIC 1994) Tratados OMPI sobre Derecho de autor, 1996.Tratados OMPI sobre Derecho de autor, 1996.

► UE: UE: Directiva 2001/84/CE, relativa al derecho de participación en Directiva 2001/84/CE, relativa al derecho de participación en

beneficio del autor de una obra de arte original (hasta 1.1.06)beneficio del autor de una obra de arte original (hasta 1.1.06)

Page 3: Propiedad  Intelectual

Materias reguladas TRLPIMaterias reguladas TRLPI

►Derechos de autor Derechos de autor vsvs derechos derechos conexosconexos

►El derecho de autor en sentido estricto El derecho de autor en sentido estricto Concepto y sentido de la distinciónConcepto y sentido de la distinción Libro I TRLPILibro I TRLPI

►Los derechos conexos a los derechos Los derechos conexos a los derechos de propiedad intelectual:de propiedad intelectual: fundamentofundamento Libro II TRLPILibro II TRLPI TiposTipos

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TIPOS DE DERECHOS TIPOS DE DERECHOS CONEXOSCONEXOS

►Artistas intérpretes o ejecutantesArtistas intérpretes o ejecutantes►Productor de fonogramasProductor de fonogramas►Productor de grabaciones Productor de grabaciones

audiovisualesaudiovisuales►Entidades de RadiodifusiónEntidades de Radiodifusión►Meras fotografíasMeras fotografías►Determinadas producciones editorialesDeterminadas producciones editoriales►Derecho Derecho sui generissui generis del fabricante de del fabricante de

una base de datosuna base de datos

Page 5: Propiedad  Intelectual

EL DERECHO DE AUTOR EN EL DERECHO DE AUTOR EN SENTIDO ESTRICTOSENTIDO ESTRICTO

►Nacimiento: art. 1 TRLPINacimiento: art. 1 TRLPI Creación de la obra: exteriorizaciónCreación de la obra: exteriorización

►No protección de las ideasNo protección de las ideas

No necesidad de ulteriores formalidadesNo necesidad de ulteriores formalidades►No RegistroNo Registro►No Fijación: sí para las obras plásticas, pues existen No Fijación: sí para las obras plásticas, pues existen

exclusivamente gracias a su soporte.exclusivamente gracias a su soporte. Exteriorización: las ideas no se protegenExteriorización: las ideas no se protegen

► Principio de autoríaPrincipio de autoría: titular originario de los : titular originario de los derechos de autor es quien crea la obra. Los derechos de autor es quien crea la obra. Los demás titulares lo son a título derivativo demás titulares lo son a título derivativo (editor)(editor)

Page 6: Propiedad  Intelectual

NATURALEZA JURÍDICANATURALEZA JURÍDICA

►Finalidad: trasmisibilidad o no del Finalidad: trasmisibilidad o no del derecho de autorderecho de autor

►Teoría monista (Gierke)Teoría monista (Gierke) Derecho único en el que no cabe separar Derecho único en el que no cabe separar

las distintas facultades porque todas se las distintas facultades porque todas se entremezclan. entremezclan.

►Teoría dualista (Ulmer)Teoría dualista (Ulmer) Dos derechos subjetivos distintos: el Dos derechos subjetivos distintos: el

patrimonial (transmisible) y el moral patrimonial (transmisible) y el moral (intransmisible)(intransmisible)

Page 7: Propiedad  Intelectual

OBJETO DEL OBJETO DEL DERECHODERECHO

OBRAS ORIGINALESOBRAS ORIGINALES

Page 8: Propiedad  Intelectual

OBJETO DEL DERECHO DE OBJETO DEL DERECHO DE AUTORAUTOR

►Creaciones originales literarias, Creaciones originales literarias, artísticas o científicas (art. 10.1)artísticas o científicas (art. 10.1)

►Tipos de obras:Tipos de obras: Unitarias u originarias: enumeración (art. Unitarias u originarias: enumeración (art.

10.1)10.1) Derivadas (art. 11)Derivadas (art. 11) Colecciones (art. 12)Colecciones (art. 12)

Page 9: Propiedad  Intelectual

OBRA ORIGINARIAOBRA ORIGINARIA

►No es necesario que se encuentre No es necesario que se encuentre recogida en la lista del art. 10.recogida en la lista del art. 10.

►Basta que sea originalBasta que sea original►Se define por contraposición a las Se define por contraposición a las

obras derivadas y las coleccionesobras derivadas y las colecciones

Page 10: Propiedad  Intelectual

OBRA DERIVADAOBRA DERIVADA

►Transformación de obras preexistentesTransformación de obras preexistentes►Requiere autorización del autor de la Requiere autorización del autor de la

obra originaria para explotarlaobra originaria para explotarla►Tipos enumerados en el art. 11Tipos enumerados en el art. 11

Traducciones y AdaptacionesTraducciones y Adaptaciones Revisiones, actualizaciones y anotacionesRevisiones, actualizaciones y anotaciones Compendios, resúmenes y extractosCompendios, resúmenes y extractos Arreglos musicalesArreglos musicales

Page 11: Propiedad  Intelectual

COLECCIONESCOLECCIONES (art. 12) (art. 12)

► Colecciones de obras ajenas, de datos o de Colecciones de obras ajenas, de datos o de otros elementos independientesotros elementos independientes

►Que sean originales por la selección o Que sean originales por la selección o disposición de sus contenidosdisposición de sus contenidos

► También requieren la autorización de los También requieren la autorización de los autores de las obras preexistentes que autores de las obras preexistentes que incorporan. incorporan.

► El problema de la utilización de partes de El problema de la utilización de partes de obras.obras.

Page 12: Propiedad  Intelectual

LA ORIGINALIDADLA ORIGINALIDAD

►Distintas maneras de entender la Distintas maneras de entender la originalidad:originalidad: Impronta personal del autorImpronta personal del autor Novedad objetivaNovedad objetiva Novedad subjetivaNovedad subjetiva Creación del autor de manera independiente sin Creación del autor de manera independiente sin

que haya copiadoque haya copiado

► Actividades no aptas para generar un Actividades no aptas para generar un derecho de autor:derecho de autor: Mecánicas o automáticas, Mecánicas o automáticas, Asistenciales (búsqueda bibliográfica, a. Asistenciales (búsqueda bibliográfica, a.

tipográfica, asistencia técnica)tipográfica, asistencia técnica) la mera inspiración, el encargo de una obra de la mera inspiración, el encargo de una obra de

determinadas características, etc.determinadas características, etc. La coordinación, supervisión y corrección.La coordinación, supervisión y corrección.

Page 13: Propiedad  Intelectual

OriginalidadOriginalidad

► Como Presupuesto Como Presupuesto gral. de gral. de protección de las protección de las obras de ingenio:obras de ingenio:

Basta que sea Basta que sea producto de una producto de una actividad creativa actividad creativa independiente y que independiente y que no sea copia de otra no sea copia de otra anterioranterior

►Como Parámetro Como Parámetro de medición del de medición del contenido contenido protegible:protegible:

A mayor originalidad A mayor originalidad mayor protección. mayor protección.

Creaciones cercanas Creaciones cercanas al dominio público: al dominio público: obras funcionales y obras funcionales y factualesfactuales

Page 14: Propiedad  Intelectual

SUJETO DEL SUJETO DEL DERECHODERECHO

TITULARES DEL DERECHOTITULARES DEL DERECHO

Page 15: Propiedad  Intelectual

SUJETOSUJETO

► PRINCIPIO DE AUTORÍA: Art. 5PRINCIPIO DE AUTORÍA: Art. 5► AUTORÍA UNITARIA: Obras creadas por un AUTORÍA UNITARIA: Obras creadas por un

solo autor.solo autor. Art. 6.1Art. 6.1 Presunción de autoría Presunción de autoría Art. 6.2Art. 6.2 Obra anónima (el ejercicio del derecho Obra anónima (el ejercicio del derecho

corresponde a la persona que la saque a la luz corresponde a la persona que la saque a la luz con el consentimiento del autor)con el consentimiento del autor)

► AUTORÍA PLURAL: obras creadas por varios AUTORÍA PLURAL: obras creadas por varios autores: autores: Obra en colaboración Obra en colaboración Obra colectivaObra colectiva Obra compuestaObra compuesta

Page 16: Propiedad  Intelectual

OBRA EN COLABORACIÓN OBRA EN COLABORACIÓN (ART. 7)(ART. 7)

►ConceptoConcepto: obra resultado unitario de : obra resultado unitario de la colaboración de varios autoresla colaboración de varios autores

►RequisitosRequisitos: : Participaciones individuales con carácter Participaciones individuales con carácter

creativo aunque de ella no se derive un creativo aunque de ella no se derive un objeto de protección diferente del de la objeto de protección diferente del de la obra resultanteobra resultante

Consideración recíproca de todas las Consideración recíproca de todas las aportaciones individuales para alcanzar el aportaciones individuales para alcanzar el fin común.fin común.

Page 17: Propiedad  Intelectual

RÉGIMEN JCO. DE LA O. EN RÉGIMEN JCO. DE LA O. EN COLABORACIÓNCOLABORACIÓN

► Cotitularidad en la proporción que determinen Cotitularidad en la proporción que determinen los autores. A falta de pacto: art. 393 II CC: los autores. A falta de pacto: art. 393 II CC: igualdad de cuotas (monografías y artículos igualdad de cuotas (monografías y artículos escritos conjuntamente por varios autores)escritos conjuntamente por varios autores)

► Pueden explotar sus aportaciones individuales Pueden explotar sus aportaciones individuales de manera separada cuando ello no de manera separada cuando ello no perjudique la explotación de la obra conjunta.perjudique la explotación de la obra conjunta.

►Divulgación y modificación de la obra Divulgación y modificación de la obra conjunta: unanimidadconjunta: unanimidad

Page 18: Propiedad  Intelectual

OBRA COLECTIVA (art.8)OBRA COLECTIVA (art.8)

►Concepto (art. 8. I)Concepto (art. 8. I)

►Características:Características: Iniciativa y coordinación de terceroIniciativa y coordinación de tercero Consistente en la reunión de aportacionesConsistente en la reunión de aportaciones Aportaciones creadas Aportaciones creadas ex profesoex profeso Imposibilidad de atribución a los autores Imposibilidad de atribución a los autores

de las aportaciones de un derecho de las aportaciones de un derecho pro pro indivisoindiviso sobre el resultado sobre el resultado

Page 19: Propiedad  Intelectual

Principio de autoríaPrincipio de autoría

► Excepción (art. 8 II) Excepción (art. 8 II) ►Relaciones editor-tercerosRelaciones editor-terceros: art. 8 II Salvo : art. 8 II Salvo

pacto en contrario le corresponden los pacto en contrario le corresponden los derechos sobre ella a quien edita o divulga derechos sobre ella a quien edita o divulga (normalmente coordinador)(normalmente coordinador)

►Relaciones autores-editorRelaciones autores-editor Aportaciones con sustantividad propia: Aportaciones con sustantividad propia:

►Cesiones autor-editor: arts. 43 y 52Cesiones autor-editor: arts. 43 y 52

Aportaciones sin sustantividad propia: art. art. 8. Aportaciones sin sustantividad propia: art. art. 8. IIII

Page 20: Propiedad  Intelectual

OBRA COMPUESTAOBRA COMPUESTA (art. 9) (art. 9)

►Obra que incorpora otra preexistente o Obra que incorpora otra preexistente o parte de ella sin la colaboración de su parte de ella sin la colaboración de su autorautor

►Supuesto de pluralidad de objetosSupuesto de pluralidad de objetos►Régimen jurídico:Régimen jurídico:

Requiere autorización del autor de la obra Requiere autorización del autor de la obra o parte original incorporadao parte original incorporada

Page 21: Propiedad  Intelectual

OBRA INDEPENDIENTEOBRA INDEPENDIENTE

►Es la obra que se publica Es la obra que se publica conjuntamente con otras. conjuntamente con otras.

►El conjunto no da lugar a una obra El conjunto no da lugar a una obra diferente, pues de lo contrario diferente, pues de lo contrario estaríamos ante una obra en estaríamos ante una obra en colaboración o colectivacolaboración o colectiva

Page 22: Propiedad  Intelectual

CONTENIDO DEL CONTENIDO DEL DERECHO DE DERECHO DE

AUTORAUTOR

Page 23: Propiedad  Intelectual

DERECHOS MORALES Y DERECHOS MORALES Y PATRIMONIALESPATRIMONIALES

► Facultades morales:Facultades morales:► art. 14art. 14

DivulgaciónDivulgación Nombre o Nombre o

pseudónimopseudónimo PaternidadPaternidad IntegridadIntegridad ModificaciónModificación ArrepentimientoArrepentimiento Acceso al ejemplar Acceso al ejemplar

único o raroúnico o raro

► Fac. patrimonialesFac. patrimoniales► Arts. 18 a 21 Arts. 18 a 21

ReproducciónReproducción DistribuciónDistribución Comunicación Comunicación

públicapública TransformaciónTransformación

Page 24: Propiedad  Intelectual

OTROS DERECHOS DEL OTROS DERECHOS DEL AUTORAUTOR

►Derecho de colección (art. 22)Derecho de colección (art. 22)

►Droit de suitDroit de suit (art. 24) Sólo autores de (art. 24) Sólo autores de obras de artes plásticasobras de artes plásticas

►Derecho de remuneración por copia Derecho de remuneración por copia privada (ART. 25)privada (ART. 25)

Page 25: Propiedad  Intelectual

Derecho moralDerecho moral

►Características: Características: inalienabilidad e inalienabilidad e irrenunciabilidadirrenunciabilidad

►Legitimación Legitimación mortis causa mortis causa de los de los herederos u organismos públicosherederos u organismos públicos

►Divulgación: 70 años Divulgación: 70 años post mortem auctorispost mortem auctoris►Paternidad e integridad: sin límite de tiempoPaternidad e integridad: sin límite de tiempo

Page 26: Propiedad  Intelectual

Facultades moralesFacultades morales

►Divulgación: cuándo y cómo (1 y 2)Divulgación: cuándo y cómo (1 y 2)► Paternidad: reconocimiento autor (3)Paternidad: reconocimiento autor (3)► Integridad: impedir deformaciones que Integridad: impedir deformaciones que

supongan perjuicio (4)supongan perjuicio (4)►Derecho de modificación (5): respeto Derecho de modificación (5): respeto

derechos de 3os.derechos de 3os.►Derecho de arrepentimiento (6) justa causa Derecho de arrepentimiento (6) justa causa

y resarcimiento 3osy resarcimiento 3os► Acceso al ejemplar único o raro (7)Acceso al ejemplar único o raro (7)

Page 27: Propiedad  Intelectual

Derechos de explotaciónDerechos de explotación

► Tienen carácter exclusivo:Tienen carácter exclusivo: Permiten al autor o a quien éste autorice Permiten al autor o a quien éste autorice

obtener los rendimientos económicos de su obtener los rendimientos económicos de su obra. obra.

Ius prohibendiIus prohibendi de tales actos de tales actos►Derecho de explotación y modalidad de Derecho de explotación y modalidad de

explotaciónexplotación►Derechos (carácter no taxativo)Derechos (carácter no taxativo)

Derecho de reproducción (art. 18)Derecho de reproducción (art. 18) Derecho de distribución (art. 19)Derecho de distribución (art. 19) Derecho de comunicación pública (art. 20)Derecho de comunicación pública (art. 20) Derecho de transformación (art. 21)Derecho de transformación (art. 21)

Page 28: Propiedad  Intelectual

Derecho de reproducciónDerecho de reproducción

► Acto de fijación directa o indirecta, provisional Acto de fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella que permita su comunicación o la ella que permita su comunicación o la obtención de copias (Art. 18) obtención de copias (Art. 18)

►No lo es la materialización inicial de la obra No lo es la materialización inicial de la obra ► Traslado de la misma a un medio que permita Traslado de la misma a un medio que permita

hacerla accesible a una pluralidad de personas:hacerla accesible a una pluralidad de personas:

fotocopias, microfichas, copias digitales tanto fotocopias, microfichas, copias digitales tanto efímeras cuanto permanentes –copión TV-, tanto en efímeras cuanto permanentes –copión TV-, tanto en CD-Rom cuanto en red, etc.CD-Rom cuanto en red, etc.

Page 29: Propiedad  Intelectual

DistribuciónDistribución

►Colocación de ejemplares u original al Colocación de ejemplares u original al alcance de una pluralidad de personas, alcance de una pluralidad de personas, aunque no las lleguen a adquiriraunque no las lleguen a adquirir

►Modalidades: venta, alquiler, préstamo o Modalidades: venta, alquiler, préstamo o cualquier otra forma (depósito con cualquier otra forma (depósito con permiso de uso, permuta, donación, etc)permiso de uso, permuta, donación, etc)

► Independencia de cada una de ellasIndependencia de cada una de ellas► Importancia del derecho como Importancia del derecho como

consecuencia del límite del préstamo de consecuencia del límite del préstamo de las bibliotecaslas bibliotecas

Page 30: Propiedad  Intelectual

Comunicación pública Comunicación pública (art.20)(art.20)

►Acto por el cual una pluralidad de personas pueda Acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso directo a la obra tener acceso directo a la obra sin previa sin previa distribución de ejemplaresdistribución de ejemplares

►Excepción: ámbito estrictamente doméstico no Excepción: ámbito estrictamente doméstico no conectado a una red de difusión (altavoz, cámara conectado a una red de difusión (altavoz, cámara de TV)de TV)

►Acceso simultáneo o sucesivo: también en las Acceso simultáneo o sucesivo: también en las habitaciones de hoteleshabitaciones de hoteles

►Puesta a disposición del público por Puesta a disposición del público por procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal procedimientos alámbricos o inalámbricos, de tal forma que cualquier persona pueda acceder a forma que cualquier persona pueda acceder a ellas desde el lugar y en el momento que elija.ellas desde el lugar y en el momento que elija.

►Existen muchas más modalidadesExisten muchas más modalidades

Page 31: Propiedad  Intelectual

Derecho de transformación Derecho de transformación (21)(21)

► Posibilidad de modificar la obra de modo Posibilidad de modificar la obra de modo que se derive otra diferente (obra derivada) que se derive otra diferente (obra derivada) ¿Lo es la digitalización?¿Lo es la digitalización?

► Los derechos corresponden al autor de la Los derechos corresponden al autor de la obra derivada sin perjuicio de los derechos obra derivada sin perjuicio de los derechos del autor de la obra preexistentedel autor de la obra preexistente

► Ejercicio con respeto de las facultades Ejercicio con respeto de las facultades morales del autor de la obra preexistentemorales del autor de la obra preexistente

Page 32: Propiedad  Intelectual

OTROS DERECHOSOTROS DERECHOS

►Derecho de colección art. 22Derecho de colección art. 22►Droit de suitDroit de suit o derecho de o derecho de

participación en el precio de reventa participación en el precio de reventa de obras de artes plásticas (art. 24)de obras de artes plásticas (art. 24)

►Remuneración proporcional por copia Remuneración proporcional por copia privada (art. 25)privada (art. 25)

Page 33: Propiedad  Intelectual

Remuneración por copia Remuneración por copia privadaprivada

► Derecho de remuneración equitativa y únicaDerecho de remuneración equitativa y única► Por las reproducciones de obras exclusivamente para uso Por las reproducciones de obras exclusivamente para uso

privado mediante aparatos técnicos no tipográficos de obras privado mediante aparatos técnicos no tipográficos de obras divulgadas:divulgadas: Libros, fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, Libros, fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros,

visuales o audiovisualesvisuales o audiovisuales► Fotocopias hechas por los usuarios en las fotocopiadoras de las Fotocopias hechas por los usuarios en las fotocopiadoras de las

bibliotecas titularidad del servicio de reprografíabibliotecas titularidad del servicio de reprografía► Fotocopias realizadas por los empleados en sus propias máquinas Fotocopias realizadas por los empleados en sus propias máquinas ► Siempre que se realicen para uso privadoSiempre que se realicen para uso privado

► Compensación de los derechos que se dejan de percibir por Compensación de los derechos que se dejan de percibir por dicha razón:dicha razón: los pagan las empresas reprográficas según acuerdo con CEDROlos pagan las empresas reprográficas según acuerdo con CEDRO La universidad a través de un % que grava las fotocopiadoras.La universidad a través de un % que grava las fotocopiadoras.

► No es un derecho de los usuariosNo es un derecho de los usuarios

Page 34: Propiedad  Intelectual

Régimen jurídico de la copia Régimen jurídico de la copia privadaprivada

► Titulares de la compensación equitativa: autores, Titulares de la compensación equitativa: autores, junto con los editores, productores de fonogramas y junto con los editores, productores de fonogramas y videogramas, así como los artistas intérpretes o videogramas, así como los artistas intérpretes o ejecutantes cuyas actuaciones lleven fijadas.ejecutantes cuyas actuaciones lleven fijadas.

► No se aplica a los programas de ordenadorNo se aplica a los programas de ordenador► Grava los equipos y material reproductor y están Grava los equipos y material reproductor y están

obligados a pagarla no quienes realizan la copia, obligados a pagarla no quienes realizan la copia, sino quienes venden o importan el material que sino quienes venden o importan el material que haga posible la copia. haga posible la copia.

► También quienes realizan las copias con ánimo de También quienes realizan las copias con ánimo de lucro (tiendas de reprografía)lucro (tiendas de reprografía)

► Es un derecho de ejercicio colectivoEs un derecho de ejercicio colectivo► Irrenunciable para los autores y artistas intérpretes Irrenunciable para los autores y artistas intérpretes

o ejecutantes, no para los demás.o ejecutantes, no para los demás.

Page 35: Propiedad  Intelectual

DURACIÓN DE LOS DURACIÓN DE LOS DERECHOS DE EXPLOTACIÓNDERECHOS DE EXPLOTACIÓN► Regla general:Regla general:

70 años 70 años post mortem auctorispost mortem auctoris (art.. 26) (art.. 26) computados a partir del 1 de enero del año computados a partir del 1 de enero del año siguiente al de la muerte o declaración de siguiente al de la muerte o declaración de fallecimiento (art. 30)fallecimiento (art. 30)

► Reglas especiales:Reglas especiales: Obras en colaboración (art. 28. 1)Obras en colaboración (art. 28. 1) Obras anónimas (art. 27)Obras anónimas (art. 27) Obras colectivas (art. 28.2)Obras colectivas (art. 28.2) Obras divulgadas por partes, entregas o Obras divulgadas por partes, entregas o

fascículos (art. 29)fascículos (art. 29)

Page 36: Propiedad  Intelectual

Dominio públicoDominio público

►Transcurridos los plazos de protección Transcurridos los plazos de protección las obras revierten al dominio público.las obras revierten al dominio público.

►Libremente utilizables por tercerosLibremente utilizables por terceros►Respeto del derecho de paternidad y Respeto del derecho de paternidad y

de integridadde integridad

Page 37: Propiedad  Intelectual

LÍMITES a los derechos LÍMITES a los derechos patrimoniales (Arts. 31-patrimoniales (Arts. 31-

40bis)40bis)►Se trata de utilizaciones de obras que Se trata de utilizaciones de obras que

quedan excepcionadas del derecho quedan excepcionadas del derecho exclusivo del autor. exclusivo del autor.

►No protección de las ideasNo protección de las ideas►Son derogaciones singulares exigidas Son derogaciones singulares exigidas

por la vida socialpor la vida social Para los fines expresados Para los fines expresados No necesidad de autorización y/o No necesidad de autorización y/o

retribuciónretribución

Page 38: Propiedad  Intelectual

Derecho de reproducción Derecho de reproducción (art.31)(art.31)

► No requiere autorización la reproducción de obras o No requiere autorización la reproducción de obras o fragmentos para:fragmentos para: Copia efímera si:Copia efímera si:

► Carece de significación económica independienteCarece de significación económica independiente► Es transitoria o accesoria Es transitoria o accesoria ► Forma parte integrante de un proceso tecnológico cuya única Forma parte integrante de un proceso tecnológico cuya única

finalidad consista en facilitar:finalidad consista en facilitar: bien una transmisión en red entre terceras partes por un bien una transmisión en red entre terceras partes por un

intermediario intermediario Bien una utilización lícita (autorizada por el autor o ley)Bien una utilización lícita (autorizada por el autor o ley)

Reproducción de obras ya divulgadas para uso privado sin Reproducción de obras ya divulgadas para uso privado sin perjuicio de la remuneración del art. 25.perjuicio de la remuneración del art. 25.► No se le de uso colectivo ni lucrativoNo se le de uso colectivo ni lucrativo► Se excluyen bases de datos electrónicas y programas de Se excluyen bases de datos electrónicas y programas de

ordenador.ordenador.

Page 39: Propiedad  Intelectual

Reproducción, distribución y Reproducción, distribución y comunicación públicacomunicación pública

►No requieren autorización dichos actos si se No requieren autorización dichos actos si se realizan:realizan: Con fines de seguridad públicaCon fines de seguridad pública Correcto desarrollo de procedimientos Correcto desarrollo de procedimientos

administrativos, judiciales y parlamentariosadministrativos, judiciales y parlamentarios Para personas con discapacidad:Para personas con discapacidad:

►Carezcan de finalidad lucrativaCarezcan de finalidad lucrativa►Guarden relación directa con la discapacidadGuarden relación directa con la discapacidad►Se lleve a cabo mediante un medio adaptado a la Se lleve a cabo mediante un medio adaptado a la

misma y se limiten a lo que ésta exige.misma y se limiten a lo que ésta exige.

Page 40: Propiedad  Intelectual

Citas y reseñas (art. 32)Citas y reseñas (art. 32)

► Inclusión en una obra propia de Inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenasfragmentos de otras ajenas Requisitos:Requisitos:

►Que se trate de o. ya divulgadasQue se trate de o. ya divulgadas►Se realice a título de cita o para su análisis, Se realice a título de cita o para su análisis,

comentario o juicio crítico comentario o juicio crítico ►Con fines docentes o de investigaciónCon fines docentes o de investigación►Proporcionalidad: en la medida justificada por Proporcionalidad: en la medida justificada por

el fin.el fin.►Con indicación de la fuente y el autorCon indicación de la fuente y el autor

Page 41: Propiedad  Intelectual

Publicaciones periódicas (32)Publicaciones periódicas (32)

►Recopilaciones periódicasRecopilaciones periódicas Se consideran citasSe consideran citas Se pueden reproducir con fines Se pueden reproducir con fines

comerciales si el autor no se opone comerciales si el autor no se opone expresamente.expresamente.

En esos casos recibe el autor una En esos casos recibe el autor una compensación equitativacompensación equitativa

En los no autorizados la reproducción es En los no autorizados la reproducción es ilícita.ilícita.

Page 42: Propiedad  Intelectual

Educación regladaEducación reglada

► El profesor no requiere autorización del autor para El profesor no requiere autorización del autor para reproducir, distribuir y comunicar públicamente:reproducir, distribuir y comunicar públicamente: Pequeños fragmentos de obras o de obras aisladas de Pequeños fragmentos de obras o de obras aisladas de

carácter plástico o fotográfico figurativo.carácter plástico o fotográfico figurativo. Excluidos manuales y libros de texto, así como Excluidos manuales y libros de texto, así como

compilaciones o agrupaciones de fragmentos de obras u compilaciones o agrupaciones de fragmentos de obras u obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo.obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo.

Para la ilustración de sus actividades educativas en las Para la ilustración de sus actividades educativas en las aulasaulas► En la medida justificada por la finalidad no comercial En la medida justificada por la finalidad no comercial

perseguidaperseguida► Se trate de obras ya divulgadas Se trate de obras ya divulgadas ► Requiere, si es posible, la cita de fuente y autor.Requiere, si es posible, la cita de fuente y autor.

Page 43: Propiedad  Intelectual

Información y trabajos de Información y trabajos de actualidad (arts. 33)actualidad (arts. 33)

► Libre reproducción, distribución y Libre reproducción, distribución y comunicación pública por los medios de comunicación pública por los medios de comunicación social de los artículos y comunicación social de los artículos y trabajos sobre temas de actualidad trabajos sobre temas de actualidad difundidos por la competencia. difundidos por la competencia.

► Requiere cita de fuente y autor, salvo que Requiere cita de fuente y autor, salvo que haya constancia de reserva de derechoshaya constancia de reserva de derechos

► Licencia obligatoria o legal a cambio de Licencia obligatoria o legal a cambio de remuneración remuneración

Page 44: Propiedad  Intelectual

Art. 33. 2Art. 33. 2

► La misma regla se aplica respecto de las La misma regla se aplica respecto de las conferencias, alocuciones, informes ante los conferencias, alocuciones, informes ante los Tribunales u obras del mismo carácter que Tribunales u obras del mismo carácter que se hayan pronunciado públicamente, pero se hayan pronunciado públicamente, pero “sólo con el fin de informar sobre la “sólo con el fin de informar sobre la actualidad”actualidad”

► Sin tener que perseguir esta finalidad se Sin tener que perseguir esta finalidad se aplica a los discursos pronunciados en aplica a los discursos pronunciados en sesiones parlamentarias o de corporaciones sesiones parlamentarias o de corporaciones públicas (públicas (vidvid. art. 13). art. 13)

Page 45: Propiedad  Intelectual

Art. 35. 1Art. 35. 1

►Uso de obras con ocasión de Uso de obras con ocasión de informaciones de actualidad: informaciones de actualidad: Se trata de utilizaciones incidentales Se trata de utilizaciones incidentales Ej.: emisión TV obra pictórica por Ej.: emisión TV obra pictórica por

información de una exposición de arte.información de una exposición de arte.

►No requiere autorización del autor No requiere autorización del autor pero sí remuneraciónpero sí remuneración

Page 46: Propiedad  Intelectual

Bases de datos: Art. 34Bases de datos: Art. 34

►Usuario legítimo puede:Usuario legítimo puede: Realizar todo tipo de actos necesarios para su Realizar todo tipo de actos necesarios para su

utilización normalutilización normal► Todos sin autorización:Todos sin autorización:

Base de datos no electrónica: copia para uso Base de datos no electrónica: copia para uso privadoprivado

Utilizaciones con fines de ilustración de la Utilizaciones con fines de ilustración de la enseñanza o investigación científica en la enseñanza o investigación científica en la medida justificada por el objetivo no comercial e medida justificada por el objetivo no comercial e indicando fuente.indicando fuente.

Utilizaciones con fines de seguridad pública o a Utilizaciones con fines de seguridad pública o a efectos de un procedimiento adtvo o judicial efectos de un procedimiento adtvo o judicial

Page 47: Propiedad  Intelectual

Obras situadas en vías Obras situadas en vías públicas (35.2)públicas (35.2)

► Se permite su reproducción, distribución y Se permite su reproducción, distribución y comunicación públicacomunicación pública

► Exige que la obra esté situada “permanentemente” Exige que la obra esté situada “permanentemente” en vía pública:en vía pública: Posible percepción visual de la obra desde la vía públicaPosible percepción visual de la obra desde la vía pública

► Puede realizarse incluso con fines lucrativos: Puede realizarse incluso con fines lucrativos: “libremente” por medio de pinturas, dibujos, “libremente” por medio de pinturas, dibujos, fotografías y procedimientos audiovisuales.fotografías y procedimientos audiovisuales.

► El cambio de medio implica “transformación”El cambio de medio implica “transformación”► Respeto al derecho moralRespeto al derecho moral

Page 48: Propiedad  Intelectual

Art. 36Art. 36

► La autorización y cesión de derechos sobre La autorización y cesión de derechos sobre una obra para que se explote mediante una obra para que se explote mediante radiodifusión requiere de un número plural radiodifusión requiere de un número plural de reproducciones y actos de comunicación de reproducciones y actos de comunicación pública que deben entenderse implícitos pública que deben entenderse implícitos para poder acometerse (copias efímeras y para poder acometerse (copias efímeras y copiones de cadenas de RTV)copiones de cadenas de RTV)

► Tras la reforma, no parece necesario este Tras la reforma, no parece necesario este precepto por estar incluidas estas precepto por estar incluidas estas reproducciones dentro del nuevo art. 31.reproducciones dentro del nuevo art. 31.

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Art. 38 (Actos oficiales)Art. 38 (Actos oficiales)

►Libre utilización de obras musicales en Libre utilización de obras musicales en actos oficiales del Estado y Admones actos oficiales del Estado y Admones públicas y en ceremonias religiosas.públicas y en ceremonias religiosas.

►Requiere: Requiere: que la asistencia del público sea gratuitaque la asistencia del público sea gratuita Y que los ejecutantes no perciban Y que los ejecutantes no perciban

retribución específica por su intervención retribución específica por su intervención en el actoen el acto

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La Parodia (art. 39)La Parodia (art. 39)

►Es normalmente una transformación Es normalmente una transformación de un obra (obra derivada)de un obra (obra derivada)

►No necesita autorización del titular del No necesita autorización del titular del derecho de transformaciónderecho de transformación

►Límites: Límites: Riesgo de confusión con el originalRiesgo de confusión con el original No inferir un daño a la obra original o al No inferir un daño a la obra original o al

autor, injuriándole o excediéndose más autor, injuriándole o excediéndose más allá del uso social.allá del uso social.

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La doctrina del La doctrina del fair usefair use

►Doctrina anglosajona mediante la cual los Doctrina anglosajona mediante la cual los límites al derecho de autor se introducen límites al derecho de autor se introducen mediante una cláusula abierta.mediante una cláusula abierta.

► Los límites se fijan atendiendo:Los límites se fijan atendiendo: A la finalidad del usoA la finalidad del uso A la naturaleza de la obraA la naturaleza de la obra A la cantidad o sustancialidad de la parte A la cantidad o sustancialidad de la parte

utilizada en relación con el conjunto de la o.utilizada en relación con el conjunto de la o. Y el efecto sobre el mercado potencial Y el efecto sobre el mercado potencial

► Relación con el art. 40 bisRelación con el art. 40 bis

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BIBLIOTECASBIBLIOTECAS

El art. 37 El art. 37

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Art. 37. 1 y 2Art. 37. 1 y 2

►Libre reproducción y préstamo (sin Libre reproducción y préstamo (sin finalidad lucrativa) en museos, finalidad lucrativa) en museos, bibliotecas, fonotecas, hemerotecas o bibliotecas, fonotecas, hemerotecas o archivos:archivos: De titularidad pública o integradas en De titularidad pública o integradas en

instituciones de carácter cultural o científicoinstituciones de carácter cultural o científico Con fines de investigación o conservaciónCon fines de investigación o conservación No se prevé compensación alguna para los No se prevé compensación alguna para los

autores por las reproducciones autores por las reproducciones Se excluye expresamente la misma para los Se excluye expresamente la misma para los

préstamos que realicen dichas instituciones.préstamos que realicen dichas instituciones.

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ApreciacionesApreciaciones

►Reproducción sin autorización ni Reproducción sin autorización ni remuneración:remuneración: Analógicas y digitales (no lo dice la ley)Analógicas y digitales (no lo dice la ley)

►Fines de investigación o conservación: Fines de investigación o conservación: son fines diferentes de “acceso a la son fines diferentes de “acceso a la cultura y ocio”cultura y ocio”

►Limitación subjetiva para que puedan Limitación subjetiva para que puedan realizar copias con fines de realizar copias con fines de conservación sólo algunas instituciones conservación sólo algunas instituciones (no se ha hecho)(no se ha hecho)

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Art. 37. 3Art. 37. 3

► Comunicación y puesta a disposición de Comunicación y puesta a disposición de obras a concretas personas para obras a concretas personas para investigación:investigación: No requiere autorización pero sí hay derecho a No requiere autorización pero sí hay derecho a

remuneración equitativa, siempre que:remuneración equitativa, siempre que:►Se haga mediante red cerrada e interna a través de Se haga mediante red cerrada e interna a través de

terminales especializados instalados en los locales de terminales especializados instalados en los locales de los establecimientos citados anteriormente los establecimientos citados anteriormente

► Las obras figuren en las colecciones del Las obras figuren en las colecciones del establecimiento y no sean objeto de condiciones de establecimiento y no sean objeto de condiciones de adquisición o licencia (vgr. Revistas electrónicas adquisición o licencia (vgr. Revistas electrónicas licenciadas) licenciadas)

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ExcluyeExcluye

►El límite no ampara la llamada entrega El límite no ampara la llamada entrega en línea (mal llamado préstamo en línea (mal llamado préstamo digital) para la que deberá contarse digital) para la que deberá contarse con la oportuna licencia de los con la oportuna licencia de los titulares.titulares.

►Tampoco permite al usuario copiar el Tampoco permite al usuario copiar el documento visualizado. Las bibliotecas documento visualizado. Las bibliotecas sí pueden reproducirlos, pero con fines sí pueden reproducirlos, pero con fines instrumentales de visualización en instrumentales de visualización en dichos terminales.dichos terminales.

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PROBLEMAS DEL PROBLEMAS DEL LÍMITE DE LAS LÍMITE DE LAS BIBLIOTECASBIBLIOTECAS

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Directiva 2001/29/CEDirectiva 2001/29/CE

► Art. 5.2 c) Art. 5.2 c) permite permite a los EE.MM. a los EE.MM. establecer establecer límites al derecho de límites al derecho de reproducciónreproducción y al derecho de y al derecho de comunicación públicacomunicación pública (art. 5.3) en (art. 5.3) en relación con actos específicos de relación con actos específicos de reproducción efectuados por Bibliotecas reproducción efectuados por Bibliotecas o archivos que o archivos que no tengan intención de no tengan intención de obtener un beneficio económico o obtener un beneficio económico o comercial directo o indirectocomercial directo o indirecto..

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CondicionesCondiciones

► A) El uso tenga únicamente por objeto la A) El uso tenga únicamente por objeto la ilustración con ilustración con fines educativos o de fines educativos o de investigacióninvestigación científica científica

►N) El uso consista en la comunicación a N) El uso consista en la comunicación a personas concretas del público o la puesta a personas concretas del público o la puesta a su disposición a efectos de investigación o su disposición a efectos de investigación o de estudio personal, de estudio personal, a través de a través de terminales terminales especializados instalados en los locales de especializados instalados en los locales de los establecimientoslos establecimientos en las condiciones ya en las condiciones ya señaladas. señaladas.

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En la práctica sucede que:En la práctica sucede que:

►Con base en lo anterior, las bibliotecas Con base en lo anterior, las bibliotecas reproducen y distribuyen mediante reproducen y distribuyen mediante préstamo obras o partes de ellas préstamo obras o partes de ellas haciendo mención de que se facilitan haciendo mención de que se facilitan “exclusivamente con fines de “exclusivamente con fines de investigación personal de carácter investigación personal de carácter cultural o científico” Aclarando cultural o científico” Aclarando además que no está autorizado su uso además que no está autorizado su uso comercial. comercial.

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Sin embargo, ocurre que:Sin embargo, ocurre que:

► La Dir. 92/100/CEE, sobre derechos de La Dir. 92/100/CEE, sobre derechos de alquiler y préstamo, establecía la posibilidad alquiler y préstamo, establecía la posibilidad de establecer excepciones a los mismos:de establecer excepciones a los mismos: Art. 5.1 en lo referente a los préstamos públicos Art. 5.1 en lo referente a los préstamos públicos

siempre siempre que los autores obtengan al menos una que los autores obtengan al menos una remuneraciónremuneración por los mismos. Siendo los EE los por los mismos. Siendo los EE los que establezcan dicha remuneración teniendo en que establezcan dicha remuneración teniendo en cuenta los objetivos de promoción cultural.cuenta los objetivos de promoción cultural.

Art. 5.3. que los EEMM podrán eximir a Art. 5.3. que los EEMM podrán eximir a determinadas categorías de establecimientos del determinadas categorías de establecimientos del pago de la remuneración en cuestión.pago de la remuneración en cuestión.

Page 62: Propiedad  Intelectual

Recordemos: Ley nacional art. Recordemos: Ley nacional art. 37.2:37.2:

►““Los museos, archivos, bibliotecas, Los museos, archivos, bibliotecas, fonotecas o filmotecas de titularidad fonotecas o filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, científico o educativo sin ánimo de lucro, o a instituciones docentes integradas en o a instituciones docentes integradas en el sistema educativo español, el sistema educativo español, no no precisarán autorización de los titulares de precisarán autorización de los titulares de los derechos ni les satisfarán los derechos ni les satisfarán remuneraciónremuneración por los préstamos que por los préstamos que realicen”realicen”

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STJCE, de 26 octubre 2006STJCE, de 26 octubre 2006

►Condena a España por adaptar Condena a España por adaptar incorrectamente la directiva 92/100/CE.incorrectamente la directiva 92/100/CE. Argumento: lista de establecimientos Argumento: lista de establecimientos

exentos de la obligación de remuneración exentos de la obligación de remuneración prevista abarca la práctica totalidad, o prevista abarca la práctica totalidad, o incluso la totalidad, de las categorías de incluso la totalidad, de las categorías de establecimientos normalmente sujetos a la establecimientos normalmente sujetos a la obligación de remuneración. Y ello va en obligación de remuneración. Y ello va en contra del objetivo principal de la Directiva contra del objetivo principal de la Directiva que es garantizar a los titulares ingresos que es garantizar a los titulares ingresos suficientes.suficientes.

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ConsecuenciasConsecuencias

►Habrá una modificación del art. 37Habrá una modificación del art. 37►Necesidad de delimitar cuáles son los Necesidad de delimitar cuáles son los

criterios para distinguir entre las criterios para distinguir entre las varias categorías de establecimientos. varias categorías de establecimientos.

►Limitar la excepción a los más Limitar la excepción a los más relevantes para cumplir con el interés relevantes para cumplir con el interés general de la promoción cultural.general de la promoción cultural. Presión de Bibliotecas universitarias para Presión de Bibliotecas universitarias para

lograr quedar dentro de la exenciónlograr quedar dentro de la exención

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En caso de no lograrse:En caso de no lograrse:

►Si el legislador español no logra Si el legislador español no logra establecer distinciones entre dichos establecer distinciones entre dichos establecimientos a los efectos de ceñir establecimientos a los efectos de ceñir la excepción, la STJCE declara la la excepción, la STJCE declara la necesidad de excluir a todos los necesidad de excluir a todos los establecimientos de la misma y, en establecimientos de la misma y, en consecuencia, estarán sujetos al pago consecuencia, estarán sujetos al pago de la remuneración equitativa por los de la remuneración equitativa por los préstamos de las obras.préstamos de las obras.

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FinalmenteFinalmente

►Posibilidad de negociar con la Posibilidad de negociar con la Administración pública, para que Administración pública, para que cierre convenio más favorable con cierre convenio más favorable con CEDRO, de modo que sea ella la que CEDRO, de modo que sea ella la que subvencione dichos préstamos sin subvencione dichos préstamos sin perjuicio de los autores/titulares de perjuicio de los autores/titulares de derechos.derechos.

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Last but not leastLast but not least

►El concepto de obra y ese 10% El concepto de obra y ese 10% reproducible de las obras:reproducible de las obras: Monografías: pauta no legal sino impuesta Monografías: pauta no legal sino impuesta

por los usospor los usos Revistas: un artículo de un autor = Revistas: un artículo de un autor =

totalidad de la obra.totalidad de la obra.