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Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social Contrato de servicios: de intervención social y atención a las básicas necesidades a Personas Sin Hogar en Centro Abierto III. Expte 300/2017/01432 1 PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS A PERSONAS SIN HOGAR EN CENTRO ABIERTO III, CON SERVICIO DE DESAYUNO, COMIDA Y CENA QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO. EXPTE: 300/2017/01432 DIRECCIÓN GENERAL DE INTEGRACION COMUNITARIA Y EMERGENCIA SOCIAL. DEPARTAMENTO DEL SAMUR SOCIAL Y ATENCIÓN A PERSONAS SIN HOGAR Firmado por: DARIO PEDRO PEREZ MADERA Cargo: JEFE DE DEPARTAMENTO DE SAMUR SOCIAL Y PERSONAS SIN HOGAR Fecha: 25-09-2017 06:18:47 Página: 1 de 40 Código de verificación : PY48e5a841e15843 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente dirección http://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PY48e5a841e15843

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Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social

Contrato de servicios: de intervención social y atención a las básicas necesidades a Personas Sin Hogar en Centro Abierto III. Expte 300/2017/01432

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PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS A PERSONAS SIN HOGAR EN CENTRO ABIERTO III, CON SERVICIO DE DESAYU NO, COMIDA Y CENA QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO.

EXPTE: 300/2017/01432

DIRECCIÓN GENERAL DE INTEGRACION COMUNITARIA Y EMERGENCIA SOCIAL.

DEPARTAMENTO DEL SAMUR SOCIAL Y ATENCIÓN A PERSONAS SIN HOGAR

Firmado por: DARIO PEDRO PEREZ MADERACargo: JEFE DE DEPARTAMENTO DE SAMUR SOCIAL Y PERSONAS SIN HOGARFecha: 25-09-2017 06:18:47

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INDICE

CLÁUSULA 1ª – OBJETO. .................................................................. 3

CLÁUSULA 2ª.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN O CONTENIDO. ......................................................... 3

A.-Centro Abierto II de 30 plazas y 5 de emergencias Actividad del Centro. .. 3

CLÁUSULA 3ª.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA ............................................................................... 9

CLÁUSULA 4ª.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO ............................................................................................................ 10

CLÁUSULA 5ª.- PERSONAL............................................................. 10

5.1. Personal para prestar servicio ................................................................... 10

5.2. Titulaciones y experiencia del personal. ................................................... 15

5.3. Subrogación y obligaciones laborales de la entidad adjudicataria. ........... 16

5.3.1.- Subrogación: ..................................................................................... 16 5.3.2. Obligaciones laborales de la entidad adjudicataria, Sometimiento del personal a la dirección y organización del contratista. ................................ 16

CLÁUSULA 6ª:-CLÁUSULAS SOCIALES. ...................................... 17

CLÁUSULA 7ª:- RESPONSABLE DEL CONTRATO E INTERLOCUTOR DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA .......... ...... 23

CLÁUSULA 8ª.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. ....................................................................................... 25

ANEXO I MODELO DE CURRICULO VITAE DE PERSONAL ..... 28

ANEXO II. RELACIÓN DE TRABAJADORES ADSCRITOS AL ACTUAL CONTRATO ......................................................................30

ANEXO III. MODELO DE INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO E N EL QUE SE ACREDITE QUE SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL F IN INSTITUCIONAL CONCRETO QUE SE PERSIGUE................................ 33 ANEXO IV: IMAGEN CORPORATIVA....................... .................................34 ANEXO V: DECLARACIÓN RESPONSABLE CON LA CLÁUSULA ÉTICA DE COMERCIO JUSTO....................................................................38 ANEXO VI: MODELO DE FICHA TÉCNICA.................. ...........................39

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HABRÁN DE REG IR EL CONTRATO DE SERVICOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS A PERSONAS SIN HOGAR EN CENTRO ABIERTO III, CON SERVICIO DE DESAYU NO, COMIDA Y CENA QUE INCORPOREN PRODUCTOS DE COMERCIO JUSTO.

CLÁUSULA 1ª – OBJETO.

Este contrato tiene por objeto la prestación integral del servicio de atención de las necesidades básicas e intervención social en el Centro Abierto III, dispositivo de baja exigencia especializado en la atención a Personas sin Hogar, con aportación de local, en el Distrito Centro, destinado a la gestión de este Dispositivo de atención social a dicho colectivo de ciudadanos en situación de exclusión.

CLÁUSULA 2ª.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTA CIÓN O CONTENIDO.

El presente contrato supone la puesta en marcha del Centro Abierto III, con 30 plazas y 5 plazas de emergencia, dispositivo de baja exigencia destinado a las Personas sin Hogar. La entidad aportará el correspondiente local adaptado a las funciones que tiene que desarrollar. El local se tiene que ubicar en el Distrito Centro, ya que en el mismo, se encuentra un importante número de Personas sin Hogar

Seguidamente se detalla el contenido de las prestaciones de este

Dispositivo:

Centro Abierto III de 30 plazas y 5 de emergencias.

Actividad del Centro. Permanecerá abierto las 24 horas y durante todos los días del año para las personas derivadas por Samur Social y por las entidades sociales que intervienen en la calle.

Durante las 24 horas en que el Centro permanece abierto, se podrán suceder altas y bajas de forma continuada, siendo 30 el máximo de personas que pueden hacer uso del centro de forma simultánea. Se activarán 5 plazas de emergencia en situaciones excepcionales. Se proporcionarán prestaciones básicas y técnicas dirigidas al colectivo social más crónico.

Asimismo, se realizarán con los usuarios del Centro actividades

socio-educativas y lúdicas de carácter grupal en el marco del Programa

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asistencial del Centro, para lo cual se prevé en el estudio económico del contrato la dotación de 2.000 € destinados a material de actividades.

Las condiciones de permanencia de los usuarios en el Centro

Abierto III vendrán definidas en el Diseño de Intervención establecido para cada persona atendida por el Trabajador/a Social del Centro. En este sentido, cada usuario tendrá la correspondiente adaptación de los servicios y prestaciones del centro según el referido Diseño de Intervención, que seguirá las directrices marcadas por la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social y del Departamento competente.

LOS SERVICIOS QUE SE PROPORCIONARAN EN EL CENTRO ABIERTO III SON LOS SIGUIENTES:

1. Atención social y sanitaria básica :

La empresa garantizará la atención social y sanitaria básica, así

como cobertura de necesidades esenciales a las personas que se dirijan al Centro. El servicio se ejecutará en el local que aporte la entidad adjudicataria, el cual, se tiene que ubicar en el Distrito Centro con arreglo a las determinaciones que seguidamente se señalan, y contará con el personal, prestaciones y servicios que se indican en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

Dado que el Ayuntamiento dispone de la aplicación informática

CIVIS PSH, la entidad adjudicataria la utilizará, ya que resulta imprescindible para el servicio, y a estos efectos exclusivamente, por disponer en ella de la base de datos de personas atendidas en la Red Municipal de Atención a Personas sin Hogar, existiendo en dicha aplicación un tratamiento específico de las personas sin hogar atendidas en dicha Red. Por tanto, la aplicación CIVIS se configura como un instrumento básico e imprescindible para el servicio, lo que justifica el acceso a dicha aplicación corporativa en el presente contrato, cuyo acceso se limitará a los contenidos imprescindibles para la correcta gestión del mismo y sólo durante la vigencia del contrato. Las claves de acceso serán diferentes a las de los empleados municipales y se asignarán por un procedimiento distinto.

Por otra parte, en ningún caso el personal de la empresa

contratista dispondrá de cuenta de correo corporativa de carácter nominativo. Sólo en circunstancias justificadas, determinadas por los responsables municipales y para los supuestos que éstos fijen, se podrá autorizar el acceso a cuentas de correo corporativas que, en todo caso, siempre serán genéricas.

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Dicha aplicación informática de gestión de Ia información relativa a los servicios de Personas sin Hogar, permite al personal de Ia entidad adjudicataria introducir y conocer la información relativa a los usuarios. 2.-Servicio de Alimentacion 2.1. Alimentación.

La entidad adjudicataria elaborará los menús y ofrecerá una dieta alimenticia con los nutrientes necesarios en desayuno, almuerzo y cena diaria para las 30 personas que pernocten en el Cen tro. Estos menús reunirán las características dietéticas adecuadas al tipo de población, estarán supervisados por el coordinador y sometidos a la inspección de los servicios sanitarios municipales.

Podrá realizarse con los recursos existentes en el propio recurso o

con recursos externos al Centro. El desayuno consistirá, como mínimo, en un vaso de leche con

bollería variada y una pieza de fruta. La comida y la cena contará con un primer plato, que según la temporada podrá ser frío o caliente (sopa, legumbres, verduras, ensaladas, etc…), en un segundo plato consistente en pescado, carne o huevos, y un tercer plato que consistirá en el correspondiente postre.

Así mismo, los menús incluirán todas las dietas necesarias por

razones de salud o por razones religiosas. Igualmente, se incluirán comidas especiales en fechas socialmente

señaladas como Navidad, Año Nuevo, Día de Reyes, San Isidro, Carnaval, y el aniversario del Centro.

2.2.- Productos de comercio justo. La entidad adjudicataria estará obligada a que en los desayunos

que se ofrezcan a los usuarios/as se incluya, al menos, un producto de comercio justo de ente los siguientes: café, té y otras infusiones, azúcar, galletas.

A los efectos de acreditar el cumplimiento de la presente especificación técnica, la empresa licitadora deberá presentar una declaración responsable y cualquier medio de prueba admitido en derecho que demuestre el cumplimiento de los estándares fijados en la Resolución 2005/2245 (INI) del Parlamento Europeo sobre comercio justo y desarrollo, de 6 de julio de 2006. Esta declaración habrá de aportarse en el sobre de documentación técnica (criterios no valorables en cifras o

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porcentajes). Se adjunta como Anexo V al presente pliego modelo de declaración responsable.

Asimismo y en relación con el producto o los productos de comercio justo que se comprometa suministrar la entidad adjudicataria, se deberá cumplimentar una ficha técnica por cada producto en la que conste su identificación y características técnicas como la descripción del producto y relación de los principales ingredientes que lo componen. Se adjunta como Anexo VI al presente pliego modelo de ficha técnica. El contratista tiene la obligación de comunicar de forma visible a los usuarios del servicio que se dispensa producto de comercio justo y de comercio responsable y en qué consiste el mismo.

2.3. Normativa alimentaria. La entidad adjudicataria deberá cumplir con las normas de

seguridad alimentaria que le sean de aplicación y, en particular, con las siguientes: El Código Alimentario Español (aprobado por Decreto 2484/1967, de 21 de septiembre, modificado el 28 de diciembre de 2012). El Real Decreto 3484/2000, de 29 de diciembre, por el que se establece las normas de higiene para la elaboración, distribución y comercio de comidas preparadas (BOE 12-1-2001). El Decreto 10/2001, de 25 de enero, por el que se establecen las normas relativas a la formación de los manipuladores de alimentos, autorización, control y supervisión de los centros y programas de formación de la Comunidad de Madrid (BOCM 7-2-2001). El Reglamento (CE) nº 852/2004, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios (DOUE 25-6-2004). El Reglamento (UE) Nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, por el que se regula el etiquetado de comidas envasadas.

Y toda aquella otra normativa, general o particular, que esté en vigor relativa a esta prestación alimentaria del servicio.

En relación con esta normativa, la empresa adjudicataria deberá

disponer de un sistema documentado de autocontrol, basado en el análisis de peligros y puntos de control crítico (APPCC), según se indica en el Reg. (CE) nº 852/2004 (art. 5). Asimismo, y para posibilitar la realización de estudios epidemiológicos, en caso de producirse algún brote de toxiinfección alimentaria, la empresa deberá disponer de comidas testigo (representativas de las comidas servidas diariamente). Dichas comidas testigo se conservarán adecuadamente (durante 72 horas en condiciones de refrigeración) y la cantidad corresponderá a

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raciones individuales, según se refleja en el R.D. 3484/2000, de 29 de diciembre (art. 10.3). 3.-Servicio de limpieza , de 10 horas diarias, todos los días del año. El horario se distribuye de la siguiente forma: 8 a 12 h y de 16 a 20 h. Este horario se puede modificar según necesidades y características de la organización del Centro, siendo autorizado este cambio por el responsable del contrato. Para la realización de esta prestación se deberá tener en cuenta las características de los usuarios a efectos de utilización de los productos y artículos que sean necesarios para una correcta limpieza y desinfección.

Este servicio de limpieza incluye la aportación por la entidad adjudicataria de los artículos de limpieza necesarios como fregonas, escobas, detergentes, líquidos limpiadores etc...

4.-Aseo de los usuarios . Se entregará a los usuarios un kit de aseo personal integrado por: gel de baño, esponja jabonosa, pastilla de jabón, cepillo y pasta de dientes, maquinilla y espuma de afeitar para los hombres, que será sustituida por tres compresas higiénicas para las mujeres.

5.-Servicio de lavandería. La empresa posibilitará, en el propio

centro, el lavado de ropa de los usuarios. El lavado de otros elementos podrá realizarlo en el propio centro o a través de servicios externos.

6.-Servicio de consigna. La empresa posibilitará espacio

habilitado para prestar este servicio a los usuarios.

7.-Mantenimiento y reposición. La entidad adjudicataria deberá garantizar el mantenimiento del equipamiento, así como la reposición de sus elementos (material y/o mobiliario) de acuerdo a lo señalado en el apartado siguiente, número 8, Aportación de local. 8.-Aportación de local. La empresa dispondrá de local adecuado para el desarrollo y prestación de este Se rvicio. El local se encontrará ubicado en Distrito Centro de la ciudad de Madrid, ya que según los datos de los diferentes recuentos nocturnos, en este Distrito es el lugar en el que se ubican y pernoctan el mayor número de Personas Sin Hogar y por tanto, se pretende acercar al máximo la atención a dicho grupo social. El local debe contar como mínimo con 500 m2, ya que en el mismo se tienen que garantizar las actividades del Centro Abierto III. Por tanto, de forma simultánea puede haber en el Centro 30 usuarios, más las 5 plazas de emergencia. Tiene que encontrarse bien comunicado y

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acondicionado a las funciones que tiene que desarrollar. El local tendrá las siguientes condiciones básicas:

- Se ubicará en planta baja y deberá ser de fácil acceso desde la calle.

- Contará con zona de admisión, sala de estar, aseos y duchas

para usuarios y personal del centro, zona de descanso, office, lavandería y consigna.

- Contará con zonas necesarias para poder compatibilizar las

diferentes actividades individuales y grupales del Centro como Dispositivo de Centro Abierto III.

- Dispondrá de, al menos, dos despachos para garantizar la

atención social y sanitaria básica.

- Dispondrá del mobiliario y útiles necesarios para la función que tiene que desarrollar: red informática, climatización centralizada, red telefónica y de alarma.

- Para la atención a los usuarios, se contará con el mobiliario

necesario, al menos: 35 sillones reclinables de descanso (30 plazas según contrato y 5 plazas de emergencia), 10 mesas de comedor, 35 sillas/sillones en salón. El mobiliario de office/cocina que sea necesario para prestar el servicio de manutención indicado a las personas que acudan al Centro.. Al menos deberá contar con nevera, microondas, armarios, fregadero, mesa de trabajo y mesa caliente.

- Contará con tres equipos informáticos completos, e impresora.

Se contará, en definitiva, con aquellos medios materiales y

técnicos que posibiliten el funcionamiento del Centro de Atención a Personas sin Hogar.

Estos extremos se acreditarán por la entidad que sea propuesta como adjudicataria del contrato con la presentación de la documentación que acredite la titularidad del local, o contrato de arrendamiento del mismo, con planos, descripción completa del local y declaración de disponibilidad del mobiliario, útiles, y aquellos medios materiales y técnicos que posibiliten el funcionamiento del Centro Abierto III. El estudio de costes del contrato prevé una partida anual para el mantenimiento del local y acondicionamiento del mismo de acuerdo con las funciones para las que ha de ser destinado. Igualmente contiene previsión de costes de alquiler de la edificación.

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La entidad presentará un Proyecto Técnico del Programa que será de un máximo de 50 páginas numeradas a una sola cara, sin contar los anexos y cuadros explicativos. Se presentará con índice detallado, en soporte papel y en soporte digital. Se advierte a los licitadores que no se tendrá en cuenta el exceso de páginas presentadas (sin contar los anexos y cuadros explicativos), a los efectos de su valoración.

CLÁUSULA 3ª.- OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD ADJUDICATA RIA

La entidad tendrá las siguientes obligaciones como adjudicataria del Servicio:

1.- Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el Contrato gestionando de manera diligente todos los medios y recursos, tanto materiales como personales, necesarios para la ejecución del mismo. 2.- Formular la planificación y programación de objetivos y actividades. 3.- Recoger, informatizar, analizar y custodiar todos lo datos referidos a las personas atendidas garantizando en todo momento la confidencialidad y el derecho a la intimidad de los mismos. 4.- Establecer la coordinación precisa y necesaria con la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, facilitando aquélla información sobre las personas atendidas que sea necesaria para la adecuada resolución de problemas que pudieran plantearse.

5.- Elaborar los informes semestrales y las memorias anuales, así como cuantos informes sean necesarios.

6.- Participar en los seminarios, mesas de trabajo y actuaciones de formación que proponga la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, en relación con el objeto de este contrato. No obstante, el personal del contratista no podrá acceder a los cursos de formación, charlas, seminarios y talleres organizados por el Ayuntamiento de Madrid.

7.- Asistir a las Comisiones de Seguimiento.

8.- Aportar la infraestructura operativa necesaria para el correcto desarrollo del Programa que se concreta en: local, telefonía móvil, equipos informáticos e infraestructura de secretaría.

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CLÁUSULA 4ª.- SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO Le corresponde a la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social del Ayuntamiento de Madrid el seguimiento y la supervisión de la gestión del servicio de intervención social y atención de las necesidades básicas a personas sin hogar en el Centro Abierto, cuyos técnicos podrán inspeccionar, en cualquier momento, el desarrollo del servicio, así como solicitar cuanta información requieran.

Para la evaluación continua del servicio, y de las propuestas que

ambas partes consideren, se crea una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social y un representante de la entidad adjudicataria, siendo éste la persona que ejerza de director/a del Centro.

Dicha Comisión se reunirá con carácter ordinario con una

periodicidad trimestral, así como las veces que sea necesario para cumplir con sus cometidos, dejando constancia por escrito mediante la redacción del acta correspondiente, firmada por ambas partes.

La entidad adjudicataria deberá presentar informes semestrales

del desarrollo de la gestión de servicio, y memoria anual que recoja los indicadores de evaluación establecidos en la Comisión de Seguimiento respecto a las personas atendidas.

CLÁUSULA 5ª.- PERSONAL

5.1. Personal para prestar servicio Para garantizar las prestaciones de los usuarios del Centro

Abierto III, la entidad adjudicataria deberá contar con el siguiente personal: 1 Trabajador/a Social/Coordinador/a que gestionará de forma integral el Centro Abierto III; 2 Trabajadores Sociales, que se distribuirán en turno de mañana de lunes a domingo; 2 Diplomado/a Universitario en Enfermería que se distribuirán en jornada de mañana de lunes a domingo para realizar una atención básica sanitaria a los usuarios del Centro; 3 Auxiliares de Servicios Sociales en la mañana, 3 en jornada de tarde y 2 en el turno de noche de lunes a domingo. Al tratarse de un Dispositivo que funcionará los 365 días del año y las 24 horas del día, la referida plantilla tiene que prestar servicio de lunes a domingo en los correspondientes turnos. De igual modo, se contará con un servicio de conserje de 10 horas los 365 días del año, que desarrollará su labor en las dependencias del Centro.

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Este personal realizará las funciones que a continuación se detallan, con los horarios que igualmente se señalan.

1º.- Un Trabajador/a Social/Coordinador/a, con jornada

completa de lunes a viernes y disponibilidad las 24 horas del día todos los días de la semana, y funciones de direcci ón del Centro.

a) Valoración de la situación actual de las personas que accedan al centro.

b) Recepcionar las derivaciones realizadas por otros servicios e

instituciones.

c) Coordinación y organización de los servicios que se prestan en el centro.

d) Detección de necesidades sociales de los usuarios. e) Derivación a dispositivos de la red especializada en la atención a

personas sin hogar. f) Abrir ficha e historia social de las personas que acudan al centro,

así como la realización de informes o documentos que sean necesarios para una adecuada intervención social.

g) Realización de un informe mensual con los datos de atención e

intervenciones.

h) Elaboración de una memoria anual, de la que se hará entrega dentro del mes siguiente a la finalización de la anualidad a la que se refiera.

i) Coordinación con el Departamento de Samur Social y Atención a

las Personas sin Hogar, así como la Central de Samur Social, unidades móviles y equipos de calle y cuantos servicios o instituciones sea necesario.

j) Promover actividades grupales dirigidas a paliar déficits de los

usuarios. k) Comunicación de aspectos que se consideren necesarios para

una adecuada intervención así como para el buen funcionamiento del centro.

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2º.- Un Trabajador/a Social, con jornada completa d e lunes a domingo, en horario de mañana.

a) Valoración de las personas que accedan al Centro. b) Recepcionar las derivaciones realizadas por otros servicios e

instituciones.

c) Detección de necesidades sociales de los usuarios.

d) Derivación a dispositivos de la red especializada en la atención a personas sin hogar.

e) Abrir ficha e historia social de las personas que acudan al centro,

así como la realización de informes o documentos que sean necesarios para una adecuada intervención social.

f) Realización de un informe mensual con los datos de atención e

intervenciones.

g) Coordinación con el Departamento de Samur Social y Atención a las Personas sin Hogar, así como con la Central de Samur Social, unidades móviles y equipos de calle y cuantos servicios o instituciones sea necesario con el fin de garantizar los procesos individualizados de intervención.

h) Promover y desarrollar las actividades grupales dirigidas a paliar

déficits de los usuarios.

3º.- Un Diplomado/a en Enfermería con jornada labor al completa, de lunes a domingo, en jornada de mañana.

a) Atención sanitaria básica a los usuarios acogidos. b) Supervisión de la medicación y tratamientos farmacológicos prescritos a los usuarios.

c) Realización de curas especificas. d) Coordinación con la red sanitaria general y especializada.

e) Supervisión del menú que se proporciona en el Centro.

4º.- Auxiliares de servicios sociales. Dotación de personal que

se distribuirá de la siguiente forma de lunes a dom ingo, 3 en el turno de mañana, 3 en el turno de tarde y 2 en el turno d e noche. Todos

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los días del año, incluido festivos, las 24 horas d el día. Será responsabilidad de la entidad adjudicataria del con trato asegurar esta dotación mínima ante cualquier incidencia que se produzca durante el periodo de ejecución del contrato. El Auxiliar de Servicios Sociales es un profesional que asume las funciones de carácter asistencial para garantizar prestaciones básicas y de apoyo al equipo técnico en el marco de los procesos de intervención individual y grupal que definen para cada usuario.

Las funciones de los auxiliares serán:

a) Recogida de enseres de las personas que pernocten y depósito de las mismas en la consigna del Centro.

b) Entrega de ropa para pernoctar así como de jabón y toalla a cada una de las personas que estén atendidas en el centro.

c) Realización de las tareas necesarias para garantizar las prestaciones básicas del Centro, incluyendo la realización de actividades de aseo a las personas que presentan dificultades para realizarlo por sí mismo.

d) Acompañamiento, si fuera necesario, al lugar asignado para el descanso.

e) Información sobre la localización de los diferentes servicios del Centro.

f) Apoyo en las tareas designadas por el/a Trabajador/a Social del Centro, por el/a Terapeuta Ocupacional/Educador y el/a Diplomado/a de Enfermería.

g) Acompañamiento a citas externas en el marco del proceso de intervención definido por el equipo técnico.

h) Apoyo a las actividades socio-educativas y de rehabilitación que están definidas en cada programa individualizado de intervención.

i) Garantizar el cumplimiento de las instrucciones para posibilitar el funcionamiento del Centro y el cumplimiento de las determinaciones que se establezcan por la Dirección del Centro, las cuales, serán aprobadas previamente por los técnicos municipales.

j) Desarrollo de las tareas de apoyo y colaboración con el personal técnico en el proceso de intervención individual de los/a usuarios/a. Aportar la correspondiente información para la elaboración del Plan Individualizado de Intervención.

k) Realización de las actividades y tareas necesarias para garantizar

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la prestación de los servicios de alimentación y lavandera (distribución de la comida, ayuda personal a los/as usuarios/as que requieran apoyo en el momento de la comida, manipulación de las lavadoras para los usuarios,…).

l) Participación y colaboración en actividades formativas internas y externas.

m) Proporcionar la medicación prescrita por el/a médico/a de referencia y preparada por el personal sanitario.

n) Comunicación de las averías que observen en el Centro a la Dirección del mismo.

El horario de este servicio será las 24 horas del día durante, todos los

días del año, incluido festivos.

6º.- Conserje-controlador con jornada de 10 horas, todos los días del año, incluido festivos.

a) Realizar el control de entradas y salidas del Centro.

b) Evitar el acceso al Centro de aquellas personas que no están autorizadas a entrar en el mismo.

c) Control del inmueble, custodiando sus objetos y la propia

dependencia.

d) Conocimiento y manejo de los distintos sistemas de alarma del Centro (incendio, evacuación, etc.), previniendo y colaborando en la resolución de situaciones de emergencia.

e) Colaborar en situaciones de urgencia sanitaria individual que se

produzcan en el Centro, prestando la ayuda que solicite el personal del Centro.

f) Realizar las rondas necesarias para garantizar el control de las

zonas del Centro.

5.2. Titulaciones y experiencia del personal.

El personal directivo de la entidad responsable del proyecto deberá contar con una formación académica universitaria en alguna disciplina relacionada con las Ciencias Sociales, y con una experiencia de 3 o más años en trabajo con Personas sin Hogar, extremos que se

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acreditarán con la presentación del “currículum vitae” profesional del personal directivo en el que conste la titulación académica, otra formación en original o copia compulsada por funcionario público.

El Trabajador/a Social/Coordinador/a, el Trabajador /a Social, el Diplomado/a en Enfermería que aporte la Entidad tienen que contar con la formación académica específica: Diplomatura o Grado en Trabajo Social los Trabajadores/as Sociales, poseer el título Académico de Diplomatura u Grado en Enfermería el Enfermero/a. Todos ellos deberán contar con una experiencia profesional mínima de un año en servicios similares, es decir, en la atención a colectivos sociales en situación de exclusión y personas sin hogar en cualquier tipo de dispositivo y/o programa de atención. Además, el Trabajador/a Social, responsable de la coordinación del proyecto, y que ejercerá funciones de dirección del Centro, deberá contar con una titulación homologada como Director de Centro de Servicios Sociales.

Los Auxiliares de Servicios Sociales contarán con la titulación de monitor, de Auxiliar de servicios sociales, Auxiliar Socio-sanitario o de similar denominación que esté relacionada con las funciones de carácter asistencial y de apoyo a actividades socio-educativas del Auxiliar de Servicios Sociales. Podrá darse el supuesto de que el personal auxiliar carezca de dicha titulación, en cuyo caso, deberá tener dos años como mínimo de experiencia en el sector de atención a personas sin hogar, desarrollando funciones similares a la categoría de Auxiliar de Servicios Sociales. Al menos el 40% del personal asignado al servicio deberá tener conocimiento de otros idiomas, además del español, a nivel de conversación. Para la acreditación del conocimiento de estos otros idiomas se deberá contar con la titulación oficial correspondiente, B 1 de acuerdo al Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas o equivalente, o haber nacido o haber residido durante 5 años en el país cuyo idioma dice conocer, circunstancias éstas últimas que se acreditarán mediante declaración responsable. Estos extremos, para todas las categorías, se acreditarán por la entidad que sea propuesta como adjudicataria del contrato con la presentación del la titulación académica requerida y del modelo de “currículum vitae” de dicho personal en el que conste titulación académica especifica, otra formación y años de experiencia profesional, según el modelo que figura en el Anexo I del presente Pliego.

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La experiencia profesional, se acreditará mediante certificado o Hago Constar realizado por la entidad o entidades en la/s que ha prestado servicio/s con anterioridad, en el que señalará las tareas y funciones desarrolladas y el periodo de tiempo que en el que se han realizado

PERSONAL DE LIMPIEZA.

Tal como se indica en la Cláusula 5.3, la limpieza del Centro se garantizará bien con personal propio o por subcontrata, con una dedicación de 10 horas diarias, que se distribuirán en turno de mañana y tarde y con el número de operarios que se considere oportuno para responder a las necesidades que se establecen en el pliego. Se cubrirá el servicio en días laborables, sábados, domingos, y festivos incluidos. Este personal deberá desarrollar las tareas de limpieza diaria general, en el edificio del Centro de Acogida y otra periódica en profundidad. De igual modo, se realizará y mantendrá la limpieza de las zonas al aire libre incluidas en el recinto del Centro. Además de la limpieza diaria, el último día de utilización de este Centro se realizará una limpieza en profundidad. Para la realización de esta prestación se deberá tener en cuenta las características de los usuarios a efectos de utilización de los productos y artículos que sean necesarios para una correcta limpieza y desinfección. Este servicio de limpieza incluye la aportación por la entidad adjudicataria de los artículos de limpieza necesarios como fregonas, escobas, detergentes, líquidos limpiadores etc...

5.3. Subrogación y obligaciones laborales de la ent idad adjudicataria.

5.3.1.- Subrogación: El adjudicatario se subrogará como empleador con respecto al

personal laboral que integra la plantilla del actual adjudicatario, de conformidad con la obligación establecida en el Convenio Colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017, aprobado por

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Resolución de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, Ministerio de Empleo y Seguridad Social, por la que se registra y publica el citado Convenio (B.O.E. núm. 158, de fecha 3 de julio de 2015).

A los efectos de lo establecido en el artículo 120 del Real Decreto

Legislativo 2/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la relación de trabajadores adscritos al actual contrato y sus condiciones laborales se incorpora como Anexo II al presente pliego.

5.3.2. Obligaciones laborales de la entidad adjudicataria, Sometimiento del personal a la dirección y organización del contratista.

El personal destinado a la prestación del servicio estará sometido

al poder de dirección y organización del contratista adjudicatario (retribuciones, horarios, instrucciones etc.), y a todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo, por tanto, éste el único responsable y obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, seguridad social, prevención de riesgos y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico laboral con el Ayuntamiento de Madrid, con independencia de las facultades de control e inspección que legal y/o contractualmente correspondan al mismo y al servicio que la entidad presta. Este personal depende única y exclusivamente del adjudicatario que deberá cumplir, conforme se ha indicado, las prescripciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y prevención de riesgos laborales. A la extinción del contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato, como personal del Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 301 .4 del TRLCSP.

Durante la vigencia del presente contrato, el adjudicatario estará obligado a comunicar previamente y de forma expresa al Ayuntamiento las personas que van a cubrir las vacantes de puestos de trabajo que se puedan producir (tales como vacaciones, bajas por IT, suspensiones de ocupación, extinción de contratos etc...). La inobservancia de esta obligación será considerada como falta leve y penalizada en la forma en que se prevé en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares.

El contratista adjudicatario aportará a los trabajadores los medios

materiales necesarios para la prestación del servicio, y queda obligado al estricto cumplimiento de la legislación en materia laboral, de la seguridad social, y prevención de riesgos laborales.

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En el supuesto eventual de huelga en el sector al que pertenecen los trabajadores adscritos al Proyecto, la entidad adjudicataria deberá mantener informada a la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social de las incidencias y desarrollo de la huelga. Previo a la celebración de la huelga, la entidad adjudicataria deberá presentar un informe propuesta de servicios mínimos. Una vez finalizada la mencionada huelga, la entidad adjudicataria deberá presentar otro informe en el que se indiquen los servicios efectivamente prestados durante la huelga y el número de horas o servicios en su caso que se hayan dejado de prestar. Dicho informe deberá presentarse en el plazo máximo de una semana tras la finalización de la huelga, con la conformidad de la Dirección General anteriormente mencionada.

CLÁUSULA 6ª:-CLÁUSULAS SOCIALES.

Se detallan a continuación las siguientes especificaciones técnicas de carácter social que serán de aplicación obligatoria para la entidad adjudicataria:

6.a) Los bienes o servicios objeto del contrato que hayan sido producidos o se desarrollen por la entidad, deberán respetar las normas socio laborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo. El adjudicatario deberá acreditar mediante certificado anual esta obligación.

6.b) Las prescripciones técnicas de este contrato han sido

redactadas teniendo en cuenta la Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con diversidad funcional, así como los criterios de accesibilidad universal y de diseño universal para todas las personas, tal y como son definidos estos términos en el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre (TRLGDPD).

6.c) Dado que en el presente contrato procede la subrogación convencional, la totalidad de las obligaciones de costes laborales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras a subrogar se han previsto en el pliego conforme al Convenio Colectivo que resulta de aplicación, esto es, el Convenio Colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017 (Resolución de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Empleo, Ministerio de Empleo y Seguridad Social, por la que se registra y publica el citado Convenio- B.O.E. núm. 158, de fecha 3 de julio de 2015). Estas obligaciones laborales y de Seguridad Social de las personas trabajadoras a subrogar deberán

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estar garantizadas por la empresa cedente y cesionaria conforme al Convenio Colectivo señalado.

A los efectos de lo establecido en el artículo 120 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la relación de trabajadores adscritos al actual contrato y sus condiciones laborales, facilitada por la empresa cedente, se incorpora como Anexo II al presente pliego, con la finalidad de facilitar a los licitadores toda la información necesaria sobre las condiciones de los contratos de las personas trabajadoras subrogadas, para una exacta evaluación de los costes laborales y de Seguridad Social que dicha subrogación conlleva.

En ningún caso, las personas trabajadoras afectadas por la subrogación obtendrán la condición de empleado de las Administraciones Públicas o de sus organismos o entidades de Derecho Público.

6.d) Es de aplicación al presente contrato la Directiva 2001/23/CE, de 12 de marzo de 2001, sobre aproximación de las legislaciones de los Estados miembros relativas al mantenimiento de los derechos de las personas trabajadoras en caso de transmisiones de empresas y centros de actividad.

6.e) En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores a que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

Corresponderá a la persona responsable del contrato la

comprobación del cumplimiento de esta obligación, a cuyo fin llevará a cabo la revisión de la cartelería y documentación, así como de cualquier otro soporte que garantice, el cumplimiento de esta obligación. Dichos documentos deberán ser siempre presentados previamente al Departamento de Samur Social y Atención a las Personas sin Hogar para su revisión y aprobación.

6.f) La empresa adjudicataria deberá suministrar para la ejecución del contrato un número suficiente de equipos informáticos con tecnología adecuada para que sean usables por cualquier persona, con independencia de sus circunstancias personales.

A estos efectos, en la descripción de los medios materiales

necesarios para la prestación del servicio se ha realizado una estimación de los equipos informáticos de estas características (dos) necesarios

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para la ejecución del contrato. La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de este requisito mediante la presentación de una declaración responsable ante al Departamento de Samur Social y Atención a las Personas sin Hogar.

6.g) 1.- La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras.

Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

− La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

− La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

− El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de todos y cada uno de estos extremos mediante la presentación de una declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad y, además, en su caso, con la documentación complementaria que corresponda con arreglo a la normativa vigente.

2.- La empresa adjudicataria deberá elaborar un plan de mantenimiento anual del equipamiento puesto a disposición para la ejecución del contrato y asegurar su cumplimiento, para evitar que de la ejecución del mismo puedan derivarse daños al personal municipal o a los ciudadanos en general.

6.h) La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinada a la ejecución del contrato.

Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a

la empresa adjudicataria en el plazo de un mes desde la formalización del contrato la presentación de una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social.

En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo

considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el

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contenido de la declaración responsable. CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LAS CLÁUSULAS

SOCIALES.

La persona responsable del contrato supervisará de forma periódica (semestralmente, si no se señala otro plazo en cada cláusula social) el cumplimiento de las obligaciones que en relación con las cláusulas sociales se hayan impuesto directamente a la empresa adjudicataria en el presente pliego o hayan sido ofertadas por ésta, así como las que se deriven de la legislación social y laboral vigente.

Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente entre las que está el informe final de impacto de género del contrato, con la evaluación de las intervenciones planificadas. Este último informe se remitirá también a la Dirección General de Promoción de la Igualdad No Discriminación.

CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

Es condición especial de ejecución obligarse, durante todo el

periodo de ejecución del contrato, a no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo que, en materia de jornada y salario, y en términos anualizados, así como a cualquier mejora sobre la legislación laboral básica aplicable que correspondan en cada momento a las personas trabajadoras adscritas al contrato en función del convenio colectivo que resulte de aplicación al presentarse la oferta, salvo acuerdo explícito entre empresa y la representación de los trabajadores.

El adjudicatario deberá presentar con la última factura de cada año

de vigencia del contrato una declaración responsable del mantenimiento de las condiciones de trabajo en materia de salario y jornada laboral de cada persona trabajadora. En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.

Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria

elabore un informe de impacto de género en relación con la ejecución del contrato, con indicadores y datos desagregados por sexo de las personas beneficiarias o usuarias del contrato, así como de la plantilla que ejecutará el mismo, detallando el contenido de las medidas de igualdad aplicadas. El

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informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria antes de la finalización del contrato y deberá ser aprobado por las personas responsables del contrato.

De igual modo, deberá analizar la posición de las mujeres en

relación al colectivo social de las Personas Sin Hogar, entendiendo que la condición de género, en los procesos de exclusión hace que las mujeres se encuentren en situación de mayor vulnerabilidad.

En este sentido, es necesario que este informe de impacto de género favorezca el proceso de feminización de la organización y funcionamiento del Programa. Se utilizaran para ello los siguientes indicadores de contexto los datos de la ciudad de Madrid que se encuentran en la Página Web municipal donde están los datos correspondientes a la Memoria de la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, Datos de los recuentos nocturnos y los objetivos presupuestarios. (madrid.es. Área de equidad, derechos Sociales y empleo) De igual modo, se cuenta con datos segregados por género en los diferentes estudios realizados por el Instituto Nacional de Estadística.

El informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria un mes antes de la finalización del contrato y deberá ser aprobado por las personas responsables del contrato.

Al objeto de acreditar el cumplimiento de ésta obligación, se adjunta

como Anexo III modelo de informe de impacto de género. Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria

designe una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en la materia, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, sin perjuicio de las funciones encomendadas al coordinador de seguridad y salud en aquellos contratos en los que esta figura tenga carácter preceptivo.

Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución, la empresa adjudicataria, al inicio de la ejecución del contrato, deberá comunicar a la persona responsable del contrato la persona de contacto designada. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato un informe detallado sobre las actuaciones realizadas por aquella, con determinación de su contenido y alcance.

El informe deberá aportarse por la empresa adjudicataria antes de la

finalización del contrato y deberá ser aprobado por las personas

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responsables del contrato. Al objeto de acreditar el cumplimiento de ésta obligación, se adjunta

como Anexo III modelo de informe de impacto de género. Al inicio del contrato y en el marco del seguimiento del mismo, se

procederá a clarificar el contenido del informe y se insistirá en que los datos incluyan la información relativa a la situación y posición de las mujeres, concretándose en los indicadores de genero de distribución, de concentración, índice de feminidad y feminización y análisis de las brechas de genero existentes, así como los indicadores cualitativos que ya se recogen en el referido Anexo.

Es condición especial de ejecución de este contrato que la empresa adjudicataria asuma la obligación de respetar los derechos laborales básicos a lo largo de toda la cadena de producción y el cumplimiento de las convenciones fundamentales de la Organización Internacional de Trabajo de los productos de comercio justo, y en especial:

-Las Convenciones 29 y 105, relativas a la supresión del trabajo forzado.

-Las Convenciones 87 y 98, sobre libertad sindical, de asociación y negociación colectiva.

-La Convención 100, sobre la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor.

-La convención 111, contra la discriminación en el acceso al empleo y las condiciones laborales por razones de raza, color, sexo, religión, opinión política, extracción nacional u origen social.

-La convención 138, sobre la abolición de la explotación y el trabajo infantil.

-La Convención 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y de acción inmediata para su eliminación.

CLÁUSULA 7ª:- RESPONSABLE DEL CONTRATO E INTERLOCUT OR DE LA ENTIDAD ADJUDICATARIA Son funciones del Responsable, además de las señaladas en la cláusula 22 del pliego de cláusulas administrativas particulares, las siguientes funciones complementarias:

• Requerir al adjudicatario la información necesaria sobre el

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estado de ejecución del objeto del contrato, cumplimiento de plazos y actuaciones realizadas en el marco del contrato.

• Supervisar la ejecución del contrato y realizar las inspecciones necesarias sobre el proceso de prestación del servicio contratado, y comprobar el cumplimiento de los indicadores de calidad, en su caso.

• Proponer la imposición de penalidades según la clasificación recogida en el pliego del contrato, por incumplimiento de las condiciones del contrato.

• Vigilar el cumplimiento por parte de los encargados de tratamiento de datos de la entidad de que cumplan sus instrucciones y todas las condiciones que se recogen en la cláusula 5ª del presente pliego, relativa a la confidencialidad, protección de datos personales y seguridad de la información.

En definitiva, el responsable del contrato deberá supervisar su

cumplimiento durante toda la ejecución de aquél con el fin de comprobar que su realización se ajusta a lo establecido en los pliegos. Para ello, la inspección del cumplimiento del contrato habrá de ser continua y permanente, debiendo realizarse cuantas actuaciones sean necesarias para garantizar la correcta ejecución de la prestación.

Asimismo, en relación con el seguimiento de la ejecución, el responsable del contrato deberá cumplir con todas las funciones específicas que le han sido atribuidas por la Instrucción 1/2016, sobre cláusulas sociales. No obstante, para todas las actividades de seguimiento y control, dada la diversidad de prestaciones que contempla el contrato, el Responsable del Contrato Municipal estará asistido por las unidades técnicas que componen el Departamento del Samur Social y Atención a Personas sin Hogar. De igual forma, el contratista nombrará a su vez a su interlocutor para la relación con el responsable administrativo municipal, que será el Trabajador/a Social/Coordinador/a. La empresa contratista deberá igualmente designar un sustituto para los supuestos de ausencia de dicho responsable.

Le corresponde a la Dirección General de Integración Comunitaria

y Emergencia Social, Departamento de SAMUR SOCIAL y Atención a Personas sin Hogar del Ayuntamiento de Madrid el seguimiento y la supervisión de la gestión del servicio, cuyos técnicos podrán inspeccionar, en cualquier momento el desarrollo del mismo, así como solicitar cuanta información requieran.

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Para el seguimiento y evaluación continua de la gestión del servicio, se creará una comisión Técnica de Seguimiento, que estará formada por parte del Ayuntamiento, por el Responsable del Contrato Municipal y los técnicos municipales y por parte de la entidad adjudicataria por su interlocutor para el contrato y el Coordinador/a Técnico General. Dicha Comisión se reunirá con carácter ordinario con una periodicidad semestral, así como las veces que sea necesario para cumplir con sus cometidos. Estas reuniones deberán ser debidamente convocadas y del contenido de las mismas se levantará acta. Los técnicos municipales que integran esta comisión podrán inspeccionar, en cualquier momento el desarrollo del servicio.

CLÁUSULA 8ª.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL. CONFIDENCIALIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta del Órgano de contratación al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.

La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente: 1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.

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2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego. La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas. 3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso. 4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que el Órgano de contratación le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. 5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas (Artículo 9.2. LOPD). Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.

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Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo. El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas. El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias. El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones. 6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información. 7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello. 8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.

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9º) En la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la Prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable por el Ayuntamiento habiéndolo comunicado por escrito, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados. 10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD). 11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para garantizar la seguridad, confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Dicha memoria deberá contener el nivel de seguridad que permite alcanzar así como información sobre la posibilidad de definir distintos perfiles de acceso, existencia de un mecanismo de identificación y autenticación y, en su caso, descripción de la gestión de contraseñas. También y cuando proceda, el tratamiento que se aplicará a los soportes y documentos, el procedimiento de gestión de copias de respaldo y el contenido del registro de accesos.

Asimismo, el adjudicatario deberá informar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.

En el desarrollo de este contrato, el responsable de la contratación ha de vigilar el cumplimiento por parte del encargado de tratamiento de datos de sus instrucciones, y de todas las condiciones que se recogen en esta cláusula

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ANEXO I

MODELO DE CURRÍCULO VITAE DE PERSONAL ( ∗∗∗∗) Don/ña (nombre y apellidos)……………..............................…………………………………………………………… ………………………………………………………………………………………………………………… en representación de ………………………………………………………, NIF ……………………… con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en ……………………………………………….. en la calle/plaza/avenida................................. ………………………………………………..…….C.P. ………………….….. Oferta los siguientes profesionales para llevar a cabo el Contrato servicios DE INTERVENCIÓN SOCIAL Y ATENCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS A PERSONAS SIN HOGAR EN CENTRO ABIERTO III.

DATOS DE LA PERSONA PROPUESTA PARA (señalar profesional).....................................

Nombre y apellidos:... Fecha de nacimiento: ... NIF................................................ I. DATOS ACADÉMICOS:

II.- FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (En calidad de docente o de

asistente) DENOMINACIÓN DEL

CURSO ENTIDAD

ORGANIZADORA DURACIÓN (nº horas)

(∗) Se cumplimentará un modelo de currículo vitae por cada uno de los profesionales señalados en el Pliego de prescripciones técnicas.

TITULACIÓN CENTRO EMISOR FECHA OBTENCIÓN TÍTULO

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III.- EXPERIENCIA PROFESIONAL

ENTIDAD CONTRATANTE

CATEGORÍA PROFESIONAL

SECTOR DE POBLACIÓN

DESTINATARIO DE LA

ACTIVIDAD.

DURACIÓN CONTRATO (nº meses)

En................................., a... de.............................. de 2016 Sello de la empresa y firma autorizada

Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Madrid y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD,

CONFORME DE LA PERSONA PROPUESTA

Fdo: ______________

Fdo._________________

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ANEXO II RELACIÓN DE TRABAJADORES ADSCRITOS AL ACTUAL CONTRA TO

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ANEXO III MODELO DE INFORME

INFORME DE IMPACTO DE GÉNERO EN EL QUE SE ACREDITE QUE SE HA DADO CUMPLIMIENTO AL FIN INSTITUCIONAL CONCRE TO QUE

SE PERSIGUE

SITUACIÓN DE PARTIDA

Situación de partida mujeres/hombres.

Relaciones de género Identificación de objetivos de las políticas de igualdad.

PREVISIÓN DE RESULTADOS

Previsión de resultados cuantitativos.

Previsión de impacto en relaciones de género.

Contribución a los objetivos de las políticas de igualdad municipales (Carta Europea para la Igualdad de mujeres y hombres en la vida local, Estrategia municipal para la igualdad).

VALORACION DEL IMPACTO DE GÉNERO

POSITIVO

Elimina desigualdades.

Contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad.

NEGATIVO

No elimina desigualdades.

No contribuye a los objetivos de las políticas de igualdad.

PROPUESTAS DE MEJORA

Sugerencia de cambios en el servicio o prestación.

RECOMENDACIONES

Sugerencias de aplicación.

Previsión de resultados cuantitativos.

Previsión de impacto en relaciones de género.

Contribución a los objetivos de las políticas de ig ualdad.

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ANEXO IV

IMAGEN CORPORATIVA

1. Logotipo y símbolo: La imagen corporativa del Ayuntamiento de Madrid deberá recibir

un adecuado tratamiento en cuantos soportes se utilicen en la prestación de los servicios a los que se refiere el presente Pliego.

Para ello, se garantizará la inclusión y reflejo de dicha imagen de

todos los uniformes del personal, edificios y demás equipamientos, publicaciones, estudios, material divulgativo y restantes objetos y soportes utilizando con ocasión de la prestación de los servicios y gestión de los servicios objeto de este contrato.

La identidad visual del Ayuntamiento de Madrid está representada

por la síntesis del escudo y el logotipo “Madrid” en caja baja, compuesto en la tipografía Gill Sans respetando los colores que se indican en el correspondiente apartado.

El Logo-símbolo se aplicará en línea o masa, según los casos, de

modo que quede suficientemente destacada y aislada la identidad del Ayuntamiento.

En la Web municipal http://www.madrid.es puede obtener más

información sobre la imagen corporativa del ayuntamiento de Madrid.

Para las supervisiones relativas a la imagen corporativa, la entidad adjudicataria deberá enviar al correo de Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, Departamento del Samur Social y Atención a Personas Sin Hogar, [email protected], las artes finales de los soportes donde se vayan a insertar, por separado.

2. Ubicación y tamaño de los elementos según el tip o de

soporte: La ubicación y tamaño de los logotipos, de acuerdo a las normas

descritas, dependerá del tipo de soporte en el que se implante, eligiéndose la versión línea o masa que mejor identifique en cada uno de ellos la identidad corporativa del Ayuntamiento de Madrid.

En todos los casos, la entidad presentará sus proyectos a la

Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, que visará los mismos con anterioridad a su instalación o serigrafiado.

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Uniformes del personal: El vestuario de todo el personal que preste los servicios objeto del

presente contrato, estarán bordados o serigrafiados (no pegatinas) de acuerdo a las normas anteriores.

El color del uniforme lo propondrá la entidad adjudicataria y deberá ser aprobado por la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Social, para lo cual se deberá presentar éste con antelación en esta Dirección General.

El logotipo municipal se implantará en el ángulo superior izquierdo

de todos los elementos que compongan el vestuario del personal (camisa, polo, sudaderas, chalecos multibolsillos, parkas, etc.). Debajo de dicho logo aparecerá las palabras CENTRO ABIERTO. Para otras prendas como gorra, pantalón, etc. deberá estar en lugar visible.

Las mismas palabras se implantarán en la espalda de cada una de

las prendas que compongan el vestuario. En lugar, color y proporciones suficientemente visibles se incluirá el logotipo de la entidad en la manga derecha de cada prenda a una altura intermedia comprendida entre el hombro y codo.

A título de ejemplo se exponen algunas prendas.

Chaleco multibolsillo

Logo marca institucional

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Tarjeta identificativa

Polo manga larga del color que elija la entidad adjudicataria. Todo el personal que preste sus servicios objeto del presente

contrato deberá ir acreditado con el siguiente modelo de tarjeta: Medidas: 8,5 x 5,5cms.

Reverso de Tarjeta Identificativa Personal de las Empresas

Soporte papel: El presente apartado se refiere a todos aquellos documentos tales

como folletos, octavillas, carteles, manuales de derechos y deberes de los usuarios, estudios, publicaciones divulgativas, memorias, informes,

CENTRO ABIERTO

Logo marca institucional

Nombre y apellidos Categoría profesional DNI

Nombre Entidad

Logo marca institucional

El portador del presente documento trabaja en la empresa XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXX entidad que gestiona el Servicio CENTRO ABIERTO dependiente del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo . Es personal e intransferible, estando prohibido su uso fraudulento. Si alguien ajeno al servicio lo encontrara, por favor, sírvase remitirlo a la dirección postal Paseo de la Chopera, 41. 28045 Madrid

Logo entidad

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etc. que pudieran elaborarse con ocasión de la prestación de los servicios que regula el presente Pliego.

Los documentos elaborados en soporte papel recibirán distinto

tratamiento según se trate de documentos de uso interno de la propia entidad o documentos elaborados para difusión, divulgación al público en general y relaciones externas con otras entidades y Administraciones públicas.

En los documentos de uso interno, el logotipo municipal deberá

aparecer únicamente si así lo desea la propia entidad adjudicataria del contrato para la prestación de los servicios.

En los documentos de uso externo, el logotipo municipal

aparecerá siempre con las especificaciones recogidas en el manual de identidad corporativa 2016 (V 2.0) respecto a su tamaño, situación concreta, etc. garantizando la correcta identificación del Ayuntamiento de Madrid.

El incumplimiento de cualquiera de las normas e instrucciones

sobre constantes visuales para la correcta identificación corporativa del Ayuntamiento que contiene el presente Pliego, podrá dar lugar a la incoación del oportuno expediente sancionador y consiguiente imposición de sanciones administrativas que se definen en el apartado relativo al régimen sancionador.

Antes de implementar cualquier procedimiento vincul ado a

imagen corporativa, de cualquier tipo de los descri tos en los apartados anteriores se deberá aprobar el proyecto por la Dirección General de Integración Comunitaria y Emergencia Soc ial, para lo cual se deberá presentar éste con antelación en est a Dirección General

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ANEXO V DECLARACIÓN RESPONSABLE CON LA CLÁUSULA

ÉTICA DE COMERCIO JUSTO.

Don/Doña………., con DNI…………………, actuando como (administradora/or, gerencia, representante legal) de la empresa y con poder bastante para obligarse en este acto, declara y manifiesta bajo su responsabilidad:

Que conociendo, de conformidad y aceptando en su integridad los contenidos establecidos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que han de regir la contratación del Servicio para la Gestion de: intervención social y atención a las necesidades básicas a Personas Sin Hogar en Centro Abierto III, con servicio de desayuno, comida y cena que incorporen productos de comercio justo:

La empresa se compromete a suministrar los productos

certificados o pendientes de certificación cumpliendo con los previsto en los diez criterios o principios sobre comercio justo que se incluye en la Resolución del Parlamento Europeo (2005/2245 (INI)) y atendiendo en su caso a lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Directiva 2014/24/UE.

La empresa se compromete a garantizar la trazabilidad de los productos de comercio justo con ocasión de la ejecución del contrato.

La empresa se compromete a respetar los derechos laborales básicos a lo largo de la cadena de producción y al cumplimiento de las Convenciones Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como a utilizar los productos de comercio justo incluidos en su oferta durante toda la ejecución del contrato.

Y en prueba de conformidad y compromiso, se firma la presente,

en ………a,… de ….de Firma y sello o etiqueta de la empresa.

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ANEXO VI i MODELO DE FICHA TÉCNICA

La “ficha técnica” por producto en la que conste su identificación y

características técnicas como la descripción del producto y la relación de los principales ingredientes que lo componen, especificando cuáles son de comercio justo, cuáles sólo son de comercio responsable y además qué sello o etiqueta de comercio justo, sello o etiqueta de comercio responsable tienen o, en su caso, informe certificador equivalente disponible.ii

Ficha técnica producto: (Ejemplo: galletas de cacao)

Identificación o descripción del producto

Ingredientes principales incluidos

Ingredientes de comercio justo

Etiqueta o sello de comercio justo

Informe certificador equivalenteiii

i Esta información deberá figurar en el sobre de documentación técnica ii Para acreditar en la oferta técnica el cumplimiento de la especificación técnica relativa al suministro

mínimo exigido, se presentará, al menos, una ficha técnica como documentación técnica.

Además, el licitador podrá presentar tantas fichas técnicas como productos de comercio justo

adicionales incluyan en su oferta económica. iii Se deberá incluir el informe certificador equivalente que proceda.

Firmado electrónicamente por: DARIO PEDRO PEREZ MADERA

Cargo: JEFE DE DEPARTAMENTO DE SAMUR SOCIAL Y PERSONAS SIN HOGAR

Fecha: 25-09-2017 06:18:35

Firmado por: DARIO PEDRO PEREZ MADERACargo: JEFE DE DEPARTAMENTO DE SAMUR SOCIAL Y PERSONAS SIN HOGARFecha: 25-09-2017 06:18:47

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