c.p césar augusto rúa gonzález cl 32b 81b 43 bl 23 102 - pbx(0|94): 250 47 35 -...
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C.P César Augusto Rúa González
Cl 32B 81B 43 Bl 23 102 - PBX(0|94): 250 47 35www.revisoresytributarios.com - [email protected]
MÓDULO
REVISORÍA FISCAL
ESPECIALIZACIÓN EN REVISORÍA FISCAL
ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
• Siglo XIX (Segunda Mitad)
• Ley 73 de 1935• D. 2373 de 1956 (C.P)
• Ley 145 de 1960• D.L 410 de 1971• Ley 43 de 1990• Ley 190 de 1995• Ley 222 de 1995• Ley 550 de 1999
ENFOQUE - REVISORÍA FISCAL
Tradicional
Profesional
Técnicos
OBLIGATORIEDAD DEL REVISOR FISCAL EN SOCIEDADES
Sociedades x Acciones
Sucursales de Cías Extranjeras
Sociedades / 20% Socios
Sociedades ComercialesActivos Brutos = 5.000 SMLMV
Ingresos Brutos = 3.000 SMLMV
Sector Solidario
ELECCIÓN DEL REVISOR FISCAL
Asamblea Junta SociosMáximo Órgano
Social
DESIGNACIÓN Y REVOCACIÓN
• C.P (Restricción 5 Sociedades por Acciones – Firmas de Revisoría) – Art. 215 C. Ccio
• Ppal• Suplente• Actas • Notificación de Aceptación• Registro (Por una sola vez)
• Contrato• Honorarios• Período y Remoción (Junta Directiva)
INCOMPATIBILIDADES
• Asociados de la misma sociedad, subordinadas o empleados de la casa matriz
• Grados de afinidad, consocios de los administradores y funcionarios directivos, el cajero, auditor o contador
• Quienes desempeñen otro cargo
Art. 205 C. Ccio
INDEPENDENCIA MENTAL
FUNCIONES DEL REVISOR FISCAL
Art. 207 C. Ccio
Operacionescelebradas
EscritosOportunos
Superintendencias
ContabilidadActas
Conservar CorrespondenciaY Comprobantes
InspeccionarBienes
AutorizarCon su firma
Otras
CONTENIDO DICTAMEN DELREVISOR FISCAL
Si ha obtenido información necesaria para cumplir
con sus funciones.
Si se han seguido procedimientos aconsejados por
la técnica de interventoría de cuentas. Control Interno
Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme
a las normas legales y a la técnica contable y si las
operaciones se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la asamblea o junta directiva.
Art. 10 L. 145 de 1960 - Art. 208 del Código de ComercioArt. 10 L. 145 de 1960 - Art. 208 del Código de Comercio
CONTENIDO DICTAMEN DELREVISOR FISCAL
Si los estados financieros han sido tomados fielmente de los libros de contabilidad y si presentan de forma fidedigna la situación financiera de la sociedad, además de reflejar el resultado de dichas operaciones en el período.
Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los Estados financieros.
Informe de Gestión – Propiedad Intelectual
Art. 10 L. 145 de 1960 - Art. 208 del Código de ComercioArt. 10 L. 145 de 1960 - Art. 208 del Código de Comercio
RESPONSABILIDAD DEL REVISOR FISCAL
• Perjuicios que ocasione- Sociedad- Asociados- Terceros
Negligencia Dolo
Actitud de la Voluntad
dirigida conscientemente
a la realización de conducta típica y
antijurídica
RESPONSABILIDAD PENAL
• Autorice Balances con Inexactitudes Graves
• Rendir Informes a las Asambleas o juntas
• Suministrar datos a las autoridades o expidan constancias o certificaciones contrarias a la realidad
• Ordenen, toleren, hagan o encubran falsedades en los estados financieros o en sus notas
Cárcel de Uno aSeis Años