contabilidad financiera unidad i (itfc)

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CONTABILIDAD FINANCIERA. L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

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Les envío las definiciones de contabilidad financiera, objetivos y el fundamento legal de llevar contabilidad.

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Page 1: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

CONTABILIDAD

FINANCIERA.

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 2: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

UNIDAD I

Page 3: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

OBJETIVOS DEL TEMA:

Al terminar el estudio de éste tema el alumno podrá :

• Definir en sus propias palabras el concepto de contabilidad.

• Saber cual es el objetivo e importancia de la contabilidad.

• Tener en cuenta las disposiciones legales acerca de la obligatoriedad de la contabilidad.

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 4: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

¿Qué es la CONTABILIDAD FINANCIERA?

CONCEPTO:

Es la técnica mediante la cual se

registran, clasifican y resumen las

operaciones realizadas y los eventos

económicos, naturales y de otro tipo,

identificables y cuantificables que

afectan a la entidad, estableciendo

los medios de control que permitan

comunicar información cuantitativa,

expresada en unidades monetarias,

analizada e interpretada, para que los

diversos interesados puedan tomar

decisiones en relación con dicha

entidad económica.

JAVIER ROMERO.

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 5: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• CONCEPTO: Técnica que obtiene

información financiera sobre las

transacciones que celebran las

entidades económicas. ARTURO

ELIZONDO LÓPEZ.

• CONCEPTO: Rama de la ciencia

empresarial que trata sobre la forma

de registrar las variaciones que

experimentan los patrimonios de las

empresas, así como las pérdidas y

ganancias que éstas tengan.

DICCIONARIO DE CONTABILIDAD Y

FINANZAS ED. OCÉANO.

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 6: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

DEFINICIÓN OFICIAL:

Es la técnica que se utiliza para el registro de las

operaciones que afectan económicamente a una entidad, y

que produce sistemática y estructuradamente información

financiera. Las operaciones que afectan económicamente

a una entidad incluyen transacciones, transformaciones

internas y otros eventos. NIF A-1.

¿QUÉ ES LA CONTABILIDAD FINANCIERA?

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 7: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Y entonces

¿Qué es la información financiera?

• La información financiera que emana

de la contabilidad, es información

cuantitativa, expresada en unidades

monetarias y descriptivas, que

muestra la posición y desempeño

financiero de una entidad, y cuyo

objetivo esencial es el de ser útil al

usuario general en la toma de sus

decisiones económicas.

• Su manifestación fundamental son

los estados financieros.

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Page 8: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

RESUMEN

CONTABILIDAD FINANCIERA

Técnica mediante la cual se:

Registran

Clasifican

Y resumen

Las operaciones realizadas y los eventos

económicos, naturales y de otro tipo, identificables y

cuantificables que afectan a la entidad

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 9: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

El objetivo fundamental de la

contabilidad es obtener información

financiera, que sirva para:

• Observar y evaluar el

comportamiento de las entidades

económicas.

• Comparar sus resultados con otros

periodos y otras entidades.

• Evaluar sus resultados a la luz de

los objetivos establecidos.

• Planear sus operaciones.

• Estimar su futuro dentro del

entorno socioeconómico que la

rodea.

Objetivo de la Contabilidad Financiera

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Page 10: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• La contabilidad es importante

por que satisface, a través de

la información financiera que

obtiene, dos necesidades

concretas de las entidades

económicas:

• Orientación para tomar

decisiones

• Control.

Importancia de la Contabilidad Financiera

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Page 11: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA

PROPORCIONAR INFORMACIÓN:

ÚTIL

PARA QUE LOS ACTUALES Y FUTUROS INVERSIONISTAS, ACREEDORES Y OTROS USUARIOS PUEDAN TOMAR ALGUNA DECISIÓN DE INVERSIÓN O CRÉDITO.

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Page 12: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

A FIN DE QUE LOS USUARIOS DE LA

INFORMACIÓN PUEDAN LLEVAR A

CABO, EN FORMA OPORTUNA, TODO

TIPO DE DECISIONES, TANTO DE TIPO

FINANCIERO COMO ADMINISTRATIVO.

OPORTUNA

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Page 13: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

PARA AYUDAR A LOS USUARIOS A

DETERMINAR LOS MONTOS DE NUEVOS

PROYECTOS, ASÍ COMO, LA ENTRADA DE

EFECTIVO, ASOCIADOS CON LA REALIZACIÓN

DE INVERSIONES DENTRO DE LA EMPRESA.

CONFIABLE

L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 14: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Son las personas o instituciones que por diferentes razones tienen

interés en los estados financieros de una organización.

USUARIOS DE LA INFORMACIÓN

FINANCIERA

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Se clasifican de manera significativa en

usuarios internos y usuarios externos.

Page 15: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Usuarios externos

Clientes

Acreedores

Potenciales Inversionistas

Analistas

Entidades financieras

Proveedores

Estado: impuestos y

control

Instituciones Bancarias

Clasificación

Propietarios

Administradores

Patrocinadores

Accionistas

Usuarios internos

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Page 16: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

LAS ENTIDADES PODEMOS DIVIDIRLAS EN:

• PERSONAS FÍSICAS

• PERSONAS MORALES

• ENTIDADES:

PÚBLICAS

PRIVADAS

MIXTAS

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Page 17: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

LAS ENTIDADES ECONÓMICAS PUEDEN DESARROLLAR ACTIVIDADES DE TIPO:

COMERCIAL

DE SERVICIO

INDUSTRIAL Y

DE BASE TECNOLÓGICA

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Page 18: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Definición de Empresa :

Combinación de recursos humanos, técnicos,

materiales, naturales, financieros y capital

Objetivo:

Es la prestación de un servicio a la comunidad ó la

obtención de una ganancia o utilidad

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Page 19: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Clasificación de las empresas

Las empresas pueden clasificarse, de acuerdo con la

actividad que desarrollen, en:

Industriales Servicio Comerciales

Y de base tecnológica L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 20: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Industriales

Actividad primordial:

Producción de bienes mediante la transformación

y/o extracción de materias primas.

Se clasifican en:

Extractivas Manufactureras

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Page 21: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Extractivas

Cuando se dedican a la explotación de recursos

naturales, ya sea renovables o no renovables.

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Page 22: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Manufactureras

Empresas que transforman las materias primas en

productos terminados, y pueden ser de dos tipos:

Empresas que producen

bienes de consumo final

Empresas que producen

bienes de producción

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Page 23: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Comerciales

Intermediarias entre productor y consumidor.

Se dedican a la compra-venta de productos

terminados.

Pueden clasificarse en:

Mayoristas Minoristas Comisionistas

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Page 24: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Servicio

Aquellas que brindan un servicio a la comunidad y

pueden tener o no fines lucrativos. Pueden

clasificarse en:

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Page 25: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Dedicadas a la producción de bienes y servicios,

comprometidos con el diseño, desarrollo y producción de

nuevos productos y/o procesos de fabricación innovadora.

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De Base Tecnológica

Page 26: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• En función de las

actividades que realiza la

entidad: Si bien la

contabilidad es única y se

aplica en todas las

entidades económicas,

pueden reconocerse

diversas especialidades,

según sea la actividad o

giro de la entidad que la

aplica.

Tipos de Contabilidad

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Page 27: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

TIPO DE CONTABILIDAD. DESCRIPCIÓN.

Comercial. Es utilizada por entidades que compran y venden mercancías.

Industrial. Se establece en entidades que adquieren materia prima y la transforman obteniendo productos terminados.

Gubernamental. Empleada por entidades del gobierno federal, estatal y municipal.

De entidades no lucrativas. Sirve a entidades que persiguen un beneficio social y que por lo mismo no obtienen actividades.

Bancaria. Se aplica a instituciones de crédito y organizaciones auxiliares.

De Industrias extractivas. Se establece en entidades dedicadas a la explotación de recursos naturales no renovables.

Otras especialidades. De seguros, ganaderas, pesqueras, de hoteles, hospitales, etc.

Tipos de Contabilidad

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Page 28: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• En función de sus usuarios: Tipos de Contabilidad

Co

nta

bili

da

d F

ina

ncie

ra

• Rinde información externa, basada en NIF, abarca todos los aspectos de la entidad, es legalmente obligatoria, con información histórica expresada en términos monetarios.

Co

nta

bili

da

d A

dm

inis

tra

tiva

• Rinde información interna, basada en reglas propias de la entidad, la información es departamental y opcional, se refiere a estimaciones futuras y no siempre se valúa en términos monetarios.

Co

nta

bili

da

d F

isca

l

• Rinde información a las autoridades hacendarias, para efecto de pago de impuestos.

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Page 29: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Antecedentes de la Contabilidad

1 • Los primeros antecedentes hablan de registros de cuentas en civilizaciones tan antiguas

como las de China, Babilonia, Grecia y Egipto.

2

• La Contabilidad se desarrolló aún más como resultado de las necesidades de información de los comerciantes en las ciudades-estado de Italia durante el siglo XV. En ese ambiente el monje Luca Pacioli, un matemático amigo de Leonardo Da Vinci, publicó en 1494 la primera descripción de la teneduría de libros por partida doble.

3 • El desarrollo contable aumentó durante la Revolución Industrial cuando las economías de los

países desarrollados comenzaron la producción masiva de bienes.

4

• En el siglo XIX el crecimiento de las corporaciones motivó que los dueños de las empresas (los accionistas) ya no eran por necesidad los gerentes de sus negocios, por tanto fue necesario crear sistemas contables para informar a los dueños de cuán bien estaban operando sus empresas.

5

• Hoy día la tecnología le permite a la contaduría evolucionar hacia esquemas mucho más modernos y automatizados que han transformado la profesión, alcanzando mayores niveles de sofisticación.

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Page 30: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Lucca Pacioli. Padre de la Contabilidad.

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Page 31: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Orígenes de la Contabilidad en México

Los aztecas llevaban un adecuado control de los tributos y las transacciones comerciales que tenían con otras civilizaciones mesoamericanas.

En 1536 el Virrey Antonio de Mendoza establece la contabilidad de la casa de moneda, que es tenida como el primer libro contable de nuestro continente.

Durante la colonia Sor Juana Inés de la Cruz fue contadora por 9 años en el convento de San Jerónimo.

Mientras Juárez era presidente se inaugura la Escuela Superior de Comercio y Administración el 1° de julio de 1868.

El 25 de mayo de 1907 sustenta su examen profesional Don Fernando diez Barroso, y obtiene el titulo de Contador de Comercio, convirtiéndose en el primero contador público titulado en el país. L.C.P. ARAMEO PÉREZ RAMÍREZ

Page 32: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Código de Comercio. Libro primero.

Titulo Segundo. Capitulo III De la

Contabilidad Mercantil. Arts. 33 - 46.

• Código Fiscal de la Federación.

Titulo Segundo. Art. 28.

• Ley General de Sociedades

Mercantiles. Capitulo V .Sección V De

la Información Financiera. Arts. 172 –

177.

• Ley del Impuesto Sobre la Renta. Titulo

Segundo. Capítulo VIII. Art. 86,

fracciones I, V, y XVIII.

• Ley del Impuesto Empresarial a Tasa

Única. Art. 18, Fracción I.

• Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Art. 32, fracción I.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 33: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Código de Comercio. Libro primero. Titulo Segundo.

Capitulo III De la Contabilidad Mercantil. Arts. 33 - 46. • Artículo 33.- El comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema

de contabilidad adecuado. Este sistema podrá llevarse mediante los

instrumentos, recursos y sistemas de registro y procesamiento que mejor

se acomoden a las características particulares del negocio, pero en todo

caso deberá satisfacer los siguientes requisitos mínimos:

A. Permitirá identificar las operaciones individuales y sus

características, así como conectar dichas operaciones individuales

con los documentos comprobatorios originales de las mismas.

B. Permitirá seguir la huella desde las operaciones individuales a las

acumulaciones que den como resultado las cifras finales de las

cuentas y viceversa;

C. Permitirá la preparación de los estados que se incluyan en la

información financiera del negocio;

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 34: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

D. Permitirá conectar y seguir la huella entre las cifras de dichos

estados, las acumulaciones de las cuentas y las operaciones

individuales;

E. Incluirá los sistemas de control y verificación internos necesarios

para impedir la omisión del registro de operaciones, para asegurar

la corrección del registro contable y para asegurar la corrección de

las cifras resultantes.

• Artículo 34.- Cualquiera que sea el sistema de registro que se emplee, se

deberán llevar debidamente encuadernados, empastados y foliados el libro

mayor y, en el caso de las personas morales, el libro o los libros de actas.

La encuadernación de estos libros podrá hacerse a posteriori, dentro de los

tres meses siguientes al cierre del ejercicio; sin perjuicio de los requisitos

especiales que establezcan las leyes y reglamentos fiscales para los

registros y documentos que tengan relación con las obligaciones fiscales

del comerciante.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 35: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Artículo 35.- En el libro mayor se deberán anotar,

como mínimo y por lo menos una vez al mes, los

nombres o designaciones de las cuentas de la

contabilidad, su saldo al final del período de

registro inmediato anterior, el total de movimientos

de cargo o crédito a cada cuenta en el período y

su saldo final. Podrán llevarse mayores

particulares por oficinas, segmentos de actividad

o cualquier otra clasificación, pero en todos los

casos deberá existir un mayor general en que se

concentren todas las operaciones de la entidad.

• Artículo 36.- En el libro o los libros de actas se

harán constar todos los acuerdos relativos a la

marcha del negocio que tomen las asambleas o

juntas de socios, y en su caso, los consejos de

administración.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 36: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Artículo 37.- Todos los registros a que se refiere este capítulo deberán

llevarse en castellano, aunque el comerciante sea extranjero. En caso de

no cumplirse este requisito el comerciante incurrirá en una multa no menos

de 25,000. 00 pesos, que no excederá del cinco por ciento de su capital y

las autoridades correspondientes podrán ordenar que se haga la traducción

al castellano por medio de perito traductor debidamente reconocido, siendo

por cuenta del comerciante todos los costos originados por dicha

traducción.

• Artículo 38.- El comerciante deberá conservar, debidamente archivados,

los comprobantes originales de sus operaciones, de tal manera que puedan

relacionarse con dichas operaciones y con el registro que de ellas se haga,

y deberá conservarlos por un plazo mínimo de diez años.

• Artículo 39.- (Se deroga).

• Artículo 40.- (Se deroga).

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 37: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Artículo 41.- En el libro de actas que llevará cada sociedad, cuando se

trate de juntas generales, se expresará: la fecha respectiva, los asistentes a

ellas, los números de acciones que cada uno represente, el número de

votos de que pueden hacer uso, los acuerdos que se tomen, los que se

consignarán a la letra; y cuando las votaciones no sean económicas, los

votos emitidos, cuidando además de consignar todo lo que conduzca al

perfecto conocimiento de lo acordado. Cuando el acta se refiera a junta del

consejo de administración, solo se expresará: la fecha, nombre de los

asistentes y relación de los acuerdos aprobados. Estas actas serán

autorizadas con las firmas de las personas a quienes los estatutos

confieran esta facultad.

• Artículo 42.- No se puede hacer pesquisa de oficio por tribunal ni autoridad

alguna, para inquirir si los comerciantes llevan o no el sistema de

contabilidad a que se refiere este capítulo.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 38: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Artículo 43.- Tampoco podrá decretarse, a instancia de parte, la

comunicación, entrega o reconocimiento general de los libros, registros,

comprobantes, cartas, cuentas y documentos de los comerciantes, sino en

los casos de sucesión universal, liquidación de compañía dirección o

gestión comercial por cuenta de otro o de quiebra.

• Artículo 44.- Fuera de los casos prefijados en el artículo anterior, sólo

podrá decretarse la exhibición de los libros, registros y documentos de los

comerciantes, a instancia de parte o de oficio, cuando la persona a quien

pertenezcan tenga interés o responsabilidad en el asunto en que proceda la

exhibición. El reconocimiento se hará en el lugar en que habitualmente se

guarden o conserven los libros registros o documentos, o en el que de

común acuerdo fijen las partes, en presencia del comerciante o de la

persona que comisione y se contraerá exclusivamente a los puntos que

tengan relación directa con la acción deducida comprendiendo en ellos aún

los que sean extraños a la cuenta especial del que ha solicitado el

reconocimiento.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 39: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Artículo 45.- Si los libros se hallaren

fuera de la residencia del tribunal que

decrete su exhibición, se verificará

ésta en el lugar donde existan dichos

libros, sin exigirse su traslación al del

juicio.

• Artículo 46.- Todo comerciante está

obligado a conservar los libros,

registros y documentos de su negocio

por un plazo mínimo de diez años. Los

herederos de un comerciante tienen la

misma obligación.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 40: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Código Fiscal de la Federación. Titulo Segundo. Art. 28. • Artículo 28.- Las personas que de acuerdo con las disposiciones fiscales

estén obligadas a llevar contabilidad, deberán observar las siguientes reglas:

I. Llevarán los sistemas y registros contables que señale el Reglamento de

este Código, las que deberán reunir los requisitos que establezca dicho

Reglamento.

II. Los asientos en la contabilidad serán analíticos y deberán, efectuarse dentro

de los dos meses siguientes a la fecha en que se realicen las actividades

respectivas.

III. Llevarán la contabilidad en su domicilio fiscal. Los contribuyentes podrán

procesar a través de medios electrónicos, datos e información de su

contabilidad en lugar distinto a su domicilio fiscal, sin que por ello se

considere que se lleva la contabilidad fuera del domicilio mencionado.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 41: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

IV. Llevarán un control de sus inventarios de mercancías, materias primas,

productos en proceso y productos terminados, según se trate, el cual

consistirá en un registro que permita identificar por unidades, por

productos, por concepto y por fecha, los aumentos y disminuciones en

dichos inventarios, así como las existencias al inicio y al final de cada

ejercicio, de tales inventarios. Dentro del concepto se deberá indicar si se

trata de devoluciones, enajenaciones, donaciones, destrucciones, entre

otros.

V. Tratándose de personas que enajenen gasolina, diesel, gas natural para

combustión automotriz o gas licuado de petróleo para combustión

automotriz, en establecimientos abiertos al público en general, deberán

contar con controles volumétricos y mantenerlos en todo momento en

operación. Dichos controles formarán parte de la contabilidad del

contribuyente. Para tales efectos, el control volumétrico deberá llevarse

con los equipos que al efecto autorice el Servicio de Administración

Tributaria mediante reglas de carácter general.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 42: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• Cuando las autoridades fiscales en

ejercicio de sus facultades de

comprobación mantengan en su poder

la contabilidad de la persona por un

plazo mayor de un mes, ésta deberá

continuar llevando su contabilidad

cumpliendo con los requisitos que

establezca el Reglamento de este

Código.

• Quedan incluidos en la contabilidad los

registros y cuentas especiales a que

obliguen las disposiciones fiscales, los

que lleven los contribuyentes aun

cuando no sean obligatorios y los libros

y registros sociales a que obliguen

otras leyes.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 43: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

• En los casos en los que las demás

disposiciones de este Código hagan

referencia a la contabilidad, se

entenderá que la misma se integra por

los sistemas y registros contables a que

se refiere la fracción I de este artículo,

por los papeles de trabajo, registros,

cuentas especiales, libros y registros

sociales señalados en el párrafo

precedente, por los equipos y sistemas

electrónicos de registro fiscal y sus

registros, por las máquinas registradoras

de comprobación fiscal y sus registros,

cuando se esté obligado a llevar dichas

máquinas, así como por la

documentación comprobatoria de los

asientos respectivos y los comprobantes

de haber cumplido con las disposiciones

fiscales.

Obligación Legal de llevar Contabilidad

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Page 44: Contabilidad Financiera Unidad I (ITFC)

Bibliografía.

www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio

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¡GRACIAS POR

TU ATENCIÓN!

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