casta salud sl - madrid

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 EXPEDIENTE C.A. 4/2018 HOSPITALIZACIÓN PSIQUIÁTRICA PROLONGADA CASTA SALUD SL PREGUNTA: Rogamos nos concreten qué lotes pueden formar parte de una Oferta Integradora ya que en distintos documentos de la licitación aparece información contradictoria: ꞏ Por un lado en el PCAP pág. 6 establece: - 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2 y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 y 7). - 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2 y 3) conjuntamente con LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 80 camas (Lote 8). ꞏ Por otro lado, tanto en la Pág. 5 PPT como en la pág. 3 de la Memoria Justificativa del contrato indica: - Lote 1 y 4 - Lote 2 y 5 - Lotes 3, 6, 7, 8 y 9 independientes Por tanto, ¿cuál es la agrupación de lotes correcta? RESPUESTA: Puede agruparse un Lote de Unidades de Tratamiento y Rehabilitación (Lote 1, 2, 3) con un Lote de Unidades Hospitalarias de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas (Lote: 4, 5, 6, 7) o con el Lote 8, de 80 camas. No se puede agrupar el Lote 9 con ningún otro

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Page 1: CASTA SALUD SL - Madrid

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EXPEDIENTE C.A. 4/2018 HOSPITALIZACIÓN PSIQUIÁTRICA PROLONGADA

CASTA SALUD SL

PREGUNTA:

Rogamos nos concreten qué lotes pueden formar parte de una Oferta Integradora ya que

en distintos documentos de la licitación aparece información contradictoria:

ꞏ Por un lado en el PCAP pág. 6 establece:

- 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2

y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos

Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 y 7).

- 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2

y 3) conjuntamente con LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos

Prolongados de 80 camas (Lote 8).

ꞏ Por otro lado, tanto en la Pág. 5 PPT como en la pág. 3 de la Memoria Justificativa del

contrato indica:

- Lote 1 y 4

- Lote 2 y 5

- Lotes 3, 6, 7, 8 y 9 independientes

Por tanto, ¿cuál es la agrupación de lotes correcta?

RESPUESTA:

Puede agruparse un Lote de Unidades de Tratamiento y Rehabilitación (Lote 1, 2, 3) con

un Lote de Unidades Hospitalarias de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas

(Lote: 4, 5, 6, 7) o con el Lote 8, de 80 camas. No se puede agrupar el Lote 9 con ningún

otro

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2  

PREGUNTA: 

 Dada la limitación en el número de lotes a los que se puede licitar, ¿cómo se contabiliza

el nº de lotes en el caso de ofertas integradoras?: 

a) Cada agrupación es un único lote. Ejemplo: Oferta integradora Lote 2 y 5 computaría

como un único lote, o

b) El número de lotes es el mismo que incluye la oferta integradora. Por ejemplo: Oferta

integradora Lote 1 y 4 contaría como 2 lotes.

RESPUESTA:

(Ver Oferta Integradora)

a) Número máximo de lotes a los que se podrá licitar: 5 lotes – Lo que supone que se

podrá presentar oferta individual hasta a cinco de los nueve Lotes que se convocan,

a tres Lotes individuales y una oferta integradora o a un Lote individual y dos ofertas

integradoras distintas

b) Número máximo de lotes de los que podrá ser adjudicatario cada licitador 3 Lotes -

En ningún caso se podrá adjudicar más de tres Lotes a un mismo adjudicatario (tres

Lotes individuales o un Lote individual y una oferta integradora)

PREGUNTA:

¿Es necesario disponer de la Clasificación empresarial detallada en la página 11 del

PCAP?

 

RESPUESTA:

El Real Decreto 773/2015, de 28 de agosto, aplicable, contempla en su Disposición

Transitoria tercera:

Clasificaciones de los contratos de servicios otorgadas con anterioridad a la entrada

en vigor del Real decreto. Para los contratos de servicios cuyo plazo de presentación

de ofertas termine antes del día uno de enero de 2020 las clasificaciones en los

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3  

subgrupos incluidos en el artículo 37 del Reglamento surtirán sus efectos, con el

alcance y límites cuantitativos determinados para cada subgrupo y categoría de

clasificación, tanto si fueron otorgadas en los términos establecidos por el presente

real decreto como si lo fueron con anterioridad a su entrada en vigor y en los términos

establecidos por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba

el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de

acuerdo con un cuadro de equivalencias.

Se ha incluido la posibilidad de utilizar la clasificación como medio alternativo de acreditar

la solvencia económica porque así lo contempla la Ley 9/2017 de Contratos del Sector

Público.

PREGUNTA: 

Para el caso de desempate, por ejemplo, si un licitador presenta una oferta integradora

formada por los lotes 1 y 8 (a modo de ejemplo) y otro licitador presenta oferta sólo al lote

8, ¿Cómo se comparan las ofertas del lote 8 en caso de empate? Es decir, ¿los lotes de la

oferta integradora se valoran de manera individual e independiente?

 

RESPUESTA:

(Ver Oferta integradora)

De acuerdo con lo indicado en la Resolución 99/2017, de 29 de marzo, del Tribunal

Administrativo de Contratación Pública (TACP) de Madrid, cada oferta integradora debe

valorarse objetivamente comparándola con todas las demás ofertas presentadas -

individuales o agrupadas-, posibilitando una doble valoración de cada oferta, que se

realizará siempre con los mismos criterios (los establecidos en los pliegos reguladores) al

objeto de determinar cuáles son las más ventajosas

 

PREGUNTA: 

En la página 24 del Pliego Técnico, respecto a las características que deben tener las

habitaciones, y en concreto, respecto a las duchas, se dice:

Page 4: CASTA SALUD SL - Madrid

4  

“ y duchas en todas las habitaciones con alcachofa y fluxor empotrados o fluxor externo

fácilmente desmontable que conserve funcionalidad”.

Pregunta que solicitamos aclaración: Para evitar problemas de interpretación, ¿qué

características son las que debe cumplir para que sea aceptado el requisito: fluxor externo

fácilmente desmontable que conserve funcionalidad?.

RESPUESTA:

Con respecto a las características y funcionalidad del fluxor externo se indica lo siguiente:

El fluxor externo debe poderse poner y quitar fácilmente y en cualquier momento en función

de las necesidades del paciente, con supervisión directa si fuera necesario, manteniendo

siempre la seguridad del mismo.

PREGUNTA:

Dentro del SOBRE 1: DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:

1.‐ En el DEUC, ¿solo se debe indicar en la Parte IV, si se cumple o no la solvencia?, o por

el contrario ¿hay que indicar los importes anuales de la solvencia económica y de la

solvencia técnica?

RESPUESTA:

Debería indicarse el volumen de negocio anual y el importe en la actividad objeto del

contrato, que luego se justificará con las cuentas anuales y los correspondientes

certificados, a efectos de la valoración de la oferta presentada.

PREGUNTA:

¿Cuándo debe de aportarse la documentación requerida dentro de la Cláusula 1, del Pliego

de Cláusulas Administrativas, puntos “6. Solvencia económica, financiera y técnica o

profesional”, apartado de “Capacidad técnica, conocimientos, eficacia, experiencia y

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5  

fiabilidad”; y 8. Habilitación empresarial o profesional precisa para la realización del

contrato” en el momento de la licitación o una vez se es propuesto como adjudicatario?

RESPUESTA:

La Ley de Contratos del Sector Público requiere la presentación de una declaración

responsable del cumplimiento de los requisitos previos (DEUC) para presentarse a una

licitación. No obstante, todos los requisitos exigidos para acreditar de solvencia (tanto

económico-financiera como técnica-profesional) y la habilitación empresarial o profesional

de los licitadores se tienen que reunir en el plazo de licitación del concurso.

Por otra parte, el Órgano de Contratación puede solicitar a los licitadores la presentación

de la documentación que pueda considerar necesaria en cualquier momento, a efectos de

la adecuada valoración de las ofertas presentadas

PREGUNTA:

 Los Anexos VIII y IX, dentro de la aplicación “Licit@”, ¿se incluyen como OTROS?

RESPUESTA:

Si

PREGUNTA:

 “En relación a los recursos materiales establecidos en el PPT, en el punto 10.1, apartado

a) referido a las características de las instalaciones, el PPT indica sobre las características

básicas de las habitaciones (página 24), lo siguiente: Dotadas de aire acondicionado,

calefacción, ventilación natural, vacío y oxígeno, y duchas en todas las habitaciones con

alcachofa y fluxor empotrados o fluxor externo fácilmente desmontable que conserve

funcionalidad. Con respecto al vacío y oxígeno, en las habitaciones dobles, ¿la instalación

debe ser una por cama (es decir, dos por habitación) o una por habitación?”

RESPUESTA:

Page 6: CASTA SALUD SL - Madrid

6  

Con respecto a las características y funcionalidad del fluxor externo se indica lo siguiente:

El fluxor externo debe poderse poner y quitar fácilmente y en cualquier momento en función

de las necesidades del paciente, con supervisión directa si fuera necesario, manteniendo

siempre la seguridad del mismo.

Con respecto de las tomas de oxígeno y vacío en las habitaciones, así como la necesidad

de disponer además de equipos portátiles se indica lo siguiente: Por las necesidades

preferentes de los pacientes ingresados en Unidades de Hospitalización psiquiátrica

prolongada de media y larga estancia, los equipos portátiles de oxigenoterapia y aspiración

son suficientes para garantizar esta asistencia cuando sean necesarios. No obstante, estos

centros deben disponer de algunas habitaciones con instalación fija de oxígeno y vacío.

PREGUNTA:

Con respecto a los “Recursos Humanos que pueden ser utilizados por una UHT, UCPP Y

UMETCA pertenecientes al Centro Hospitalario donde se encuentren ubicadas” (página 20

del Pliego de Prescripciones Técnicas) se indica en su primer punto:

Equipo de médicos especialistas en Psiquiatría para prestar atención continuada a

los pacientes ingresados de presencia física todos los días del año.

¿Para posibilitar la prestación de esta atención continuada solamente se podrá contar con

los profesionales especialistas en Psiquiatría del Centro Hospitalario o con el conjunto de

psiquiatras formado por los del Centro Hospitalarios más los asignados a la Unidad? Es

decir, para garantizar la prestación continuada 24h se cuenta con los asignados a la Unidad

también o sólo contando con los del Centro Hospitalario?

RESPUESTA:

Tiene que estar asegurada la atención en las Unidades en función de las exigencias del

pliego (atención continuada a los pacientes ingresados, de presencia física, todos los días

del año), y tienen que estar garantizados los derechos de los trabajadores.

Page 7: CASTA SALUD SL - Madrid

7  

PREGUNTA:

En relación con los requisitos descritos en la página 47 del PCAP de la mejora “Terapia

asistida con perros”, rogamos nos clarifiquen si este servicio puede estar concertado con

otra entidad que efectivamente disponga de las instalaciones y autorizaciones adecuadas

bien debe ser la propia entidad licitadora y titular del Centro sanitario quién deba prestar

esta terapia directamente reuniendo todos los requisitos detallados en los Pliegos de

Condiciones.

RESPUESTA:

Con respecto de la Terapia con perros, incluida en el apartado de Humanización de los

Criterios de Valoración de Mejoras en la oferta, se indica lo siguiente: El servicio puede ser

propio o contratado. En el segundo caso es imprescindible presentar un contrato con

empresa especializada. Todos los perros tienen que estar adiestrados y el número mínimo

para asegurar el programa será de dos. Las actividades grupales o individuales se

realizarán preferentemente en el centro y tendrán una periodicidad semanal.

SANATORIO ESQUERDO SA

PREGUNTA:

I DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA Y TÉCNICA O PROFESIONAL

El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares rector de la referida licitación recoge en

el apartado de “Acreditación de la solvencia técnica o profesional”, en concreto, en el

apartado de “Capacidad técnica, conocimientos, eficacia, experiencia y fiabilidad”, para el

segundo criterio de selección:

Titulaciones académicas y profesionales de los responsables de la ejecución del

contrato.

Page 8: CASTA SALUD SL - Madrid

8  

La obligatoriedad, para la acreditación de la posesión, de dicho extremo, se expresa del

siguiente modo:

“(…) la presentación de la relación nominal, junto con su currículo profesional, de

todos los Médicos Especialistas en Psiquiatría y Psicólogos Especialistas en

Psicología Clínica exigidos como recursos específicos necesarios para el

funcionamiento de cada Unidad según detalla el apartado 9 del PPT, indicando su

experiencia profesional en atención psiquiátrica o psicológica en centros o

servicios de la Administración Sanitaria o concertados con la misma, con una

duración mínima de dos años, obtenida con posterioridad a la finalización

de su formación como especialista”.

Respecto a lo que esta parte, se pregunta en la mención a: en centros o servicios de la

Administración Sanitaria o concertados con la misma, ¿se debe entender incluidos los

centros que prestan asistencia a asegurados de MUJEJU, ISFAS o MUFACE?: Es decir la

experiencia obtenida en los referidos centros sirve para dar cumplimiento al criterio

concreto?

RESPUESTA:

Con respecto de la acreditación de profesionales médicos especialistas en Psiquiatría y

psicólogos especialistas en Psicología Clínica en la que deben indicar una experiencia

profesional con una duración mínima de dos años en Centros o Servicios de la

Administración Sanitaria o concertados con la misma, se indica lo siguiente: No se

consideran a estos efectos, como centros o servicios de la Administración Sanitaria o

concertados con la misma, a los centros que prestan asistencia a asegurados de MUFACE,

ISFAS, MUJEJU.

PREGUNTA:

Asimismo, surge igualmente la duda en cuanto a que, esa experiencia mínima de 2 años,

¿es aplicable también a los médicos de guardia, y a los médicos que, en su caso, se

contemplan posteriormente en el apartado de Documentación técnica a presentar en

relación con los criterios objetivos de adjudicación del contrato cuando se menciona

Page 9: CASTA SALUD SL - Madrid

9  

Recursos Humanos? Este último aspecto, es importante dado que en su caso tal requisito

operaría como criterio de valoración, y no como exigencia mínima de capacidad.

RESPUESTA:

Con respecto a la experiencia profesional para los médicos de guardia y para los médicos

referidos en los criterios de valoración de mejoras en la Oferta, se indica lo siguiente: No

es exigible en esos casos acreditar el mínimo de dos años de experiencia.

PREGUNTA:

II DEL ESTABLECIMIENTO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS REFERIDAS A LOS

RECURSOS MATERIALES ESPECÍFICOS DE LAS UNIDADES

El Pliego de Prescripciones Técnicas, en su Punto 10.1 recoge las exigencias referidas

a los “RECURSOS MATERIALES ESPECÍFICOS DE LAS UNIDADES”, concretándose

en el Apartado a) del mencionado punto las “características de las instalaciones”. Para

con las mencionadas características el documento contractual recoge, en el punto y

apartado señalados, la siguiente precisión:

Las camas pueden estar ubicadas del siguiente modo:

o En habitaciones individuales

o En habitaciones dobles

En el caso de que el/los centros de la/s Entidad/es Adjudicataria/s dispusieran de

habitaciones con más de dos camas y/o sin baño, deberán obligatoriamente

presentar un Plan Director de adaptación en el que se incluyan la/s fase/s de

ejecución con los siguientes plazos; en los primeros 12 meses desde la

adjudicación deberán haber adaptado el 55% de las habitaciones y el resto, hasta

completar el 100%, antes de los 36 meses desde la adjudicación. En caso de

incumplimiento de la ejecución del Plan Director en el plazo mencionado, serán

de aplicación las penalizaciones previstas en la cláusula 1 del PCAP, como un

Page 10: CASTA SALUD SL - Madrid

10  

incumplimiento de la obligación de dedicar o adscribir a la ejecución del contrato

los medios materiales suficientes para ello.

Pues bien, con relación a estas menciones ¿debe entenderse, implícitamente, que todas

las habitaciones han de tener baño?, porque, ha de ser advertido que nada se detalla en

cuanto a una posible localización compartida del baño para cada dos habitaciones. Es

decir, un baño central con acceso al mismo por habitaciones independientes, como se

muestra en la ilustración siguiente:

HABITACIÓN BAÑO HABITACIÓN

Es una cuestión elemental la que se señala y es que en pendencia de su aclaración podrá

corroborarse la necesidad de presentar o no el Plan Director al que se alude que, según la

dicción actual del Pliego de Prescripciones Técnicas, no queda adecuadamente

dilucidada.

RESPUESTA:

Con respecto a la disponibilidad de baños en las habitaciones se indica lo siguiente: Todas

las habitaciones individuales o dobles deben tener baño incorporado (no compartido). En

el caso de que no se cumpliera esta condición es obligatorio presentar un Plan Director de

Adaptación según lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas.

PREGUNTA:

Se indicó que el Pliego de Prescripciones Técnicas, en su Punto 10.1 recoge las

exigencias referidas a los “RECURSOS MATERIALES ESPECÍFICOS DE LAS

UNIDADES”, concretándose en el Apartado a) del mencionado punto las “características

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11  

de las instalaciones”. Para con las mencionadas características el documento contractual

recoge, en el punto y apartado señalados, la siguiente precisión:

El resto de espacios asistenciales necesarios ubicados en la Unidad son los

siguientes: (…)

o Al menos 1 despacho para los profesionales por cada 20 camas en las

UHTR y UME-TCA y al menos 2 despachos para los profesionales para cada

Unidad de Enfermería en las UCPP”.

Sobre esta apreciación ha de ser esclarecido que cuando se requiere de al menos 2

despachos para los profesionales para cada Unidad de Enfermería en las UCPP no se

precisa si tal requerimiento está referido al “control de enfermería” o, simplemente, al “total

de la unidad” o a ambos –recuérdese que cada lote es considerado como una unidad- y

es esencial esta clasificación para mesurar debidamente las prescripciones técnicas

obligatorias y la forma en que tales requisitos habrán de ser individualizados en la

acreditación de su cumplimiento.

RESPUESTA:

Con respecto al número de despachos para los profesionales dentro de las unidades de

hospitalización se indica lo siguiente: En las unidades de Media Estancia se necesitará al

menos un despacho por cada 20 camas y en las unidades de Larga Estancia se necesitarán

al menos dos despachos por cada 60 camas.

PREGUNTA:

El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares rector de la referida licitación recoge en

la Cláusula 1 de su Capítulo I los “criterios objetivos de adjudicación el contrato” en su

Punto 10.

Concretamente, especifica:

a) Criterio relacionado con los costes: (precio). Ponderación: 45 puntos […]

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b) Criterios cualitativos.

• Evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas. Ponderación:

55 puntos. […]

• Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: NO.

• TOTAL PUNTUACIÓN: 100 puntos.”

A continuación, el Punto 11 de la misma Cláusula concreta:

“Documentación técnica a presentar en relación con los criterios objetivos de adjudicación

del contrato:

La que se indica en el Anexo I.1. a este pliego.”

Al acudir al Anexo I.1 a que se dirige el precitado Punto descubrimos el siguiente contenido:

3

Docencia, formación e Investigación:

Comisión de Docencia y Formación continuada activa

en los últimos 5 años (al menos dos reuniones al año):

2 puntos

Unidad Docente Multiprofesional en Salud Mental

propia (al menos dos reuniones al año): 5 puntos

Convenio de colaboración con Unidad docentes

Multiprofesional en Salud Mental: 2 puntos

Biblioteca física o virtual con acceso al menos a 200

publicaciones científicas periódicas: 0,5 puntos

Memoria de Investigación en Salud Mental en los

últimos 5 años: 0,5 puntos.

Máximo 10

puntos

Respecto al desglose en dos ítems de “la Unidad Docente Multiprofesional”, concreta el

Pliego de Contratación con distinta puntuación –“si es propia: 5 puntos” y, -“si es concertada

(Convenio de Colaboración):2 puntos”, diferenciación no apropiada, dado que es sabido

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13  

respecto a Unidad Docente Multiprofesional, atendiendo a sus características, que si ésta

se tiene concertada no se tiene propia; y si se tiene propia no se tiene concertada.

A lo anterior, habría que sumar –y que repercute en la puntuación total- que lamisma no es

ajustada y/o apropiada, en cuanto a que manteniendo la referida la totalidad de puntuación

expresada para el anexo I.1 arrojaría un resultado total de 98, en lugar de la totalización de

100, anunciada.

Por cuanto se expone, se requiere aclaración con relación a la configuración explicitada.

RESPUESTA:

Con respecto de los Criterios de Valoración de mejoras en la oferta en el apartado de

Docencia, Formación e Investigación, existe un error material en la puntuación asignada a

la Biblioteca física o virtual y a la Memoria de Investigación en Salud Mental, en lugar de

0,5 puntos debe decir 1,5 puntos.

PREGUNTA:

4

Humanización:

Comisión de Bioética propia activa en los últimos 2 años (al

menos dos reuniones al año): 3 puntos

Comité de Ética Asistencial acreditado, propio o concertado,

(al menos dos reuniones al año). 3 puntos

Terapia asistida con perros: 3 puntos.

Plan de Voluntariado implantado en los últimos 5 años: 1

punto

Máximo

10 puntos

Respecto el contenido resaltado, concreta el Pliego de Contratación las referidas terapias

con perros y la necesidad de instalaciones para los mismos, pero ¿este servicio puede ser

subcontratado/concertado?. No se especifica en cuanto a estas instalaciones ¿dónde se

deben de ubicar? ¿en los propios centros? ¿debe haber un espacio/instalaciones

específicas para la ubicación y el desarrollo de la terapia con perros? ¿Jaulas? ¿Lugares

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14  

específicos para la realización de las terapias? ¿o se refiere a especificación a la necesidad

de fiscalizar el lugar concertado de dónde van a ir y venir los perros utilizados para las

terapias?

También en la referida terapia, se plantea la duda de la periodicidad y/o planificación de

esta al referir el Pliego de Contratación única y exclusivamente el tiempo de la sesión, y no

su continuidad u horario; ¿será todos los días? ¿será en horario de mañana y tarde?

Concluyendo con las dudas de este apartado, la mención de al menos dos perros

adiestrados, ¿en qué se concreta? ¿tres perros, dos adiestrados?, ¿cinco perros? ¿Se han

de tener perros “propios” en el centro?

RESPUESTA:

Con respecto de la Terapia con perros, incluida en el apartado de Humanización de los

Criterios de Valoración de Mejoras en la oferta, se indica lo siguiente: El servicio puede ser

propio o contratado. En el segundo caso es imprescindible presentar un contrato con

empresa especializada. Todos los perros tienen que estar adiestrados y el número mínimo

para asegurar el programa será de dos. Las actividades grupales o individuales se

realizarán preferentemente en el centro y tendrán una periodicidad semanal.

PREGUNTA:

4

Humanización:

Comisión de Bioética propia activa en los últimos 2 años (al

menos dos reuniones al año): 3 puntos

Comité de Ética Asistencial acreditado, propio o concertado,

(al menos dos reuniones al año). 3 puntos

Terapia asistida con perros: 3 puntos.

Plan de Voluntariado implantado en los últimos 5 años: 1

punto

Máximo

10 puntos

Asimismo, para con este criterio, el citado Anexo recoge:

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15  

(*) PLAN DE VOLUNTARIADO EN SALUD MENTAL

Incluirá un equipo de voluntarios, con atención de lunes a domingos en horarios de

mañana /tarde y con una presencia de cada uno de los voluntarios de 40 horas semanales.

Con compromiso escrito según la Ley 45/2015, de 14 de octubre de voluntariado en

España.

Realizarán tareas de apoyo a los profesionales del centro en los procesos terapéuticos

(rehabilitación ocupacional, psicomotricidad…) talleres (artísticos, deportivos,

educativos…), actividades lúdicas, de ocio y tiempo libre ( salidas externas, visitas

culturales ,juegos ,actividades deportivas…).

Respecto del contenido resaltado, como antes ya se indicó, detalla el Pliego de

Contratación la necesidad de contar con una presencia de 40 de cada voluntario, por ello

nos preguntamos, ¿qué tipo de remuneración/compensación cabría para ese tipo de

prestación? ¿se está pensando en una relación laboral? Así expuesto el requerimiento está

más enfocado a una relación laboral.

RESPUESTA:

Con respecto del Plan de Voluntariado se indica lo siguiente: Existe un error material en

las horas de presencia física, donde dice 40 horas semanales, debe decir 4 horas

semanales. Los voluntarios no reciben retribución alguna y por tanto no tienen contrato

laboral. Deben cumplir con un compromiso firmado de colaboración con el centro que

incluye la protección de datos y éste a su vez subscribir una póliza de seguro. Todo de

acuerdo con la ley 45/2015, de 14 de octubre del voluntariado en España.

PREGUNTA:

En el Anexo I.1 a que nos referimos concreta:

5

Instalaciones de ocio y/o apoyo asistencial dentro del recinto

hospitalario, no exigidas en el PPT:

Piscina: 2 puntos

Gimnasio:3 puntos

Máximo 10

puntos

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16  

Instalaciones deportivas multiusos (fútbol, fútbol sala,

baloncesto, balonmano, tenis…) 2 puntos

Instalaciones destinadas a Odontología: 1 punto

Instalaciones destinadas a Podología: 1 punto

Instalaciones destinadas a Optometria: 1 punto

 

Respecto del contenido resaltado, dado que en la actualidad no existe “U” de Optometría

es autorizable ¿Cómo se va a resolver la puesta en marcha de estas?

RESPUESTA:

Con respecto a las instalaciones destinadas a Optometría, incluidas en los Criterios de

Valoración de Mejoras de la oferta, en el apartado de instalaciones de ocio y/o apoyo

asistencial dentro del recinto hospitalario, no exigidas en el PPT; se indica lo siguiente: El

equipamiento básico y la actividad, no está incluido en el Pliego de Prescripciones Técnicas

por no ser un requisito técnico exigible y tratarse de una mejora voluntaria. A modo de

ejemplo la consulta/ despacho estará dotada con un equipamiento básico consistente en:

Sillón elevable, refractómetro, foroptero, proyector de optotipos y juego de lentes. El

personal puede ser propio o contratado. En este último caso es imprescindible aportar un

contrato de colaboración con una Óptica.

PREGUNTA.

En cuento a la admisión de ofertas integradoras, que permite el ya mencionado pliego de

Cláusulas Administrativas particulares rector del procedimiento, a la vista de su

configuración:

“Admisión de ofertas integradoras: [Sí]

De acuerdo con lo regulado en el artículo 99.5 de la LCSP, se establece la posibilidad de

presentar Ofertas Integradoras, admitiéndose las siguientes combinaciones:

1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes

1, 2 y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados

Psiquiátricos Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 y 7).

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17  

1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes

1, 2 y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados

Psiquiátricos Prolongados de 80 camas (Lote 8).”

Y que, en concreto son:

La ausencia de su justificación, así como a su posterior valoración de las atendiendo a la

configuración de:

“ANEXO I.1. CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN.

ANEXO I.1

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE MEJORAS EN LA OFERTA”

Es decir, ¿se valorarán estas ofertas integradoras por suma y media de los criterios de

valoración de mejoras ofertadas individualmente?,

Y, a mayor abundamiento, en concreto, para el apartado de Recursos Humanos:

Número Descripción del criterio Valoración

1 Recursos humanos, aportar mayor número de

profesionales de los requeridos en el PPT:

Psiquiatras, Psicólogos Clínicos, por cada uno

a tiempo completo: 15 puntos o su

proporcionalidad a tiempo parcial.

Enfermeras Especialistas en Salud Mental, por

cada una a tiempo completo: 8 puntos o su

proporcionalidad a tiempo parcial.

Terapeutas Ocupaciones, por cada uno a

tiempo completo 8 puntos o su

proporcionalidad a tiempo parcial.

Máximo 45

puntos

Page 18: CASTA SALUD SL - Madrid

18  

Auxiliares de Enfermeria o Monitores

Ocupacional, por cada uno a tiempo completo:5

puntos.

Recursos Humanos: aportar profesionales no

requeridos en PPT, que suponen mejora en la

prestación:

Fisioterapeutas, por cada uno a tiempo

completo: 4 puntos o su proporcionalidad a

tiempo parcial.

Técnicos Superiores de Documentación

Sociosanitaria o Diplomado/Licenciado en

Biblioeconomía documental, por cada uno: 1

punto

Máximo 5 puntos

¿Es necesario sumar los profesionales que se oferten, en estos criterios de valoración de

mejoras individualmente –que componen a su vez la oferta integradora-, o pueden

compartirse?

RESPUESTA:

No, no pueden compartirse. Para obtener la puntuación tienen que tener la mejora en cada

lote.

PREGUNTA:

Continuando con la oferta integradora, y a modo de cierre de las presentes, el de Cláusulas

Administrativas Particulares rector del procedimiento establece en alusión y/o no a ellas lo

siguiente:

“Número máximo de lotes a adjudicar a cada licitador: 3 lotes (con o sin oferta integradora)

Normas a aplicar en el supuesto de que un licitador pueda resultar adjudicatario de un

número de lotes que exceda el indicado:

Page 19: CASTA SALUD SL - Madrid

19  

1. Los Lotes se adjudicarán en función del orden decreciente de la puntuación técnica

obtenida por la empresa en cada LOTE y por la prioridad expresada por el

adjudicatario en la oferta.

2. Los Lotes se adjudicarán en función del orden decreciente de la puntuación total

(técnica+económica) obtenida por la empresa en cada LOTE”

Motivo por el que de nuevo, se plantea esta parte, si en caso de que un licitador A sólo

vaya a un lote X y otro licitador B haga una oferta integrada en la que se contemple el

mismo lote X, para el caso que el licitador A haga mejor oferta que la individual del licitador

B para ese mismo lote, ¿cómo se resuelve? ¿se prima la Oferta Integradora, frente a las

individuales?

RESPUESTA:

A los efectos de la adjudicación, se consideran los lotes individualmente. De acuerdo con

lo indicado en la Resolución 99/2017 del TACP, cada oferta integradora debe valorarse

objetivamente comparándola con todas las demás ofertas presentadas, ya sean

individuales o agrupadas, por lo que ninguna oferta tendrá prioridad sobre el resto de las

ofertas presentadas.

PREGUNTA:

El Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares rector de la referida licitación recoge en

la Cláusula 1 de su Capítulo I los “criterios objetivos de adjudicación el contrato” en su

Punto 10.

Concretamente, especifica:

c) Criterio relacionado con los costes: (precio). Ponderación: 45 puntos […]

d) Criterios cualitativos.

• Evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas. Ponderación:

55 puntos. […]

• Criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor: NO.

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20  

TOTAL PUNTUACIÓN: 100 puntos.”

A continuación, el Punto 11 de la misma Cláusula concreta:

“Documentación técnica a presentar en relación con los criterios objetivos de adjudicación

del contrato:

La que se indica en el Anexo I.1. a este pliego.”

Al acudir al Anexo I.1 a que se dirige el precitado Punto descubrimos el siguiente contenido:

5

Instalaciones de ocio y/o apoyo asistencial dentro del recinto

hospitalario, no exigidas en el PPT:

Piscina: 2 puntos.

Gimnasio: 3 puntos

Instalaciones deportivas multiusos (fútbol, fútbol sala,

baloncesto, balonmano, tenis…): 2 puntos

Instalaciones destinadas Odontologia: 1 punto

Instalaciones destinadas Podología:1 punto

Instalaciones destinadas a Optometría: 1 punto

Máximo 10

puntos

Respecto del contenido resaltado, “Instalaciones destinadas a Odontologia” e

“Instalaciones destinadas a Podología”, esta parte echa en falta cierta descripción en

cuanto al mismo. Es decir, no define qué actividad/área es la que se debe desasrrollar por

los potenciales adjudicatarios en las referidas instalaciones, y ello a los efectos de la

solicitud de una oportuna autorización, si fuera el caso.

Dada tal circunstancia, ¿Quiere éstos decir que es suficiente con preparar/presentar las

instalaciones con un equipamiento “básico” (en cuyo caso deberían haberlo especificado

en los pliegos) del mismo modo que se ha especificado en el Pliego de Prescripciones

Técnicas el equipamiento de las habitaciones?

RESPUESTA:

Page 21: CASTA SALUD SL - Madrid

21  

Con respecto a las instalaciones destinadas a Odontología y Podología, incluidas en los

Criterios de Valoración de mejoras de la oferta, en el apartado de instalaciones de ocio y/o

apoyo asistencial dentro del recinto hospitalario, no exigidas en el PPT, se indica lo

siguiente: El equipamiento básico y la actividad, no está incluido en el Pliego de

Prescripciones Técnicas por no ser un requisito técnico exigible y tratarse de una mejora

voluntaria. A modo de ejemplo Las instalaciones; consulta /despacho, estarán dotadas con

equipamiento básico de odontología (sillón dental, autoclave, aparato de radiodiagnóstico

dental, instrumental de exploración, instrumental para obturaciones, instrumental de

exodoncias, instrumental de endodoncias, instrumental para anestesia local, material para

obturaciones de amalgama y composite), y/o equipamiento básico de podología (sillón

podológico, camilla de exploración, aspirador, autoclave, goniómetro, fresas de piel y uñas,

alicates de diferentes tamaños y para unas encarnadas, instrumental y material para

curas).

El personal puede ser propio o contratado. En este último caso es imprescindible aportar

el contrato de colaboración suscrito

PREGUNTA:

¿Se va a requerir algún tipo de documentación para la acreditación del tipo de instalación

a que se refieren los pliegos? Por ejemplo, la Autorización de las U. de estas

especialidades, expedida por la Subdirección General de Autorizaciones.

RESPUESTA:

Como se indica en el apartado 8 de la cláusula 1, el licitador deberá aportar y ser titular de la

Autorización para instalación y funcionamiento del centro ofertado, expedida por la

Comunidad de Madrid y en esta autorización se acreditará que la cartera de servicios del

centro dispone de la autorización de todas las unidades que se indican en este apartado.

Al tratarse de un requisito de Habitación empresarial o profesional, esta autorización

deberá estar vigente el último día de presentación de licitaciones al concurso

Page 22: CASTA SALUD SL - Madrid

22  

CASA HERMANAS HOSPITALARIAS DEL SCJ

PREGUNTA:

Se presenta una única oferta, o se permiten combinaciones de ofertas en función de los

lotes que queremos presentar. El pliego dice en la página 22 “Cada empresario no podrá

presentar más de una proposición, sin perjuicio de la admisibilidad de variantes”. Por

ejemplo, me presento al lote 1, lote 4, lote 8; y me presento al lote 2, lote 4, lote 8, me estoy

presentando al mismo número de plazas 30, 145 y 80, con dos variantes.

RESPUESTA:

En el de Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares regulador del concurso no se

admiten variantes (apartado 13 de la cláusula 1) se admiten Ofertas Integradoras.

No se puede presentar dos ofertas al mismos Lote, a no ser que una sea individual y otra

conjuntamente con otro Lote en una oferta integradora, en cuyo caso, de resultar la

combinación ofertada la más ventajosa para cada uno de los lotes integrados, se

adjudicarían los dos lotes conjuntamente

(Ver Oferta Integradora)

PREGUNTA:

La oferta integradora cuenta como un lote o como dos. ¿Tiene esta prioridad sobre las

ofertas individuales? ¿En su cálculo se desglosan los dos precios o se hace la media en

uno solo?

Page 23: CASTA SALUD SL - Madrid

23  

RESPUESTA:

De acuerdo con lo indicado en la Resolución 99/2017 del TACP, cada oferta integradora

debe valorarse objetivamente comparándola con todas las demás ofertas presentadas, ya

sean individuales o agrupadas, por lo que ninguna oferta tendrá prioridad sobre el resto de

las ofertas presentadas.

PREGUNTA:

Cuando a un adjudicatario le dan más de tres lotes, que es lo que prevalece para la

adjudicación:

La puntuación técnica

Si la puntación técnica es la misma la prioridad o la puntuación total.

RESPUESTA:

De acuerdo con lo recogido en el apartado 1.4 de la cláusula 1, si una empresa resulta

adjudicataria de más de tres Lotes ofertados individualmente (las ofertas integradoras no

pueden separarse, se adjudican los dos Lotes o ninguno), se le adjudicarían los Lotes en

los que haya obtenido mayor puntuación técnica con respecto a la clasificación de todas

las licitaciones al Lote de que se trate.

En caso de que en todos los Lotes haya obtenido la misma clasificación con respecto a las

demás ofertas a cada Lote, el licitador podrá indicar su preferencia entre los lotes para los

que se le ha propuesto

PREGUNTA:

Para realizar el voluntariado el pliego administrativo en la pag. 47 pone “Incluirá un equipo

de voluntarios, con atención de lunes a domingo en horarios de mañana/tarde y con una

Page 24: CASTA SALUD SL - Madrid

24  

presencia de cada uno de los voluntarios de 40 horas semanales” ¿es correcto la presencia

de cada voluntario obligatoria de 40 horas semanales?

RESPUESTA:

Con respecto del Plan de Voluntariado se indica lo siguiente: Existe un error material en

las horas de presencia física, donde dice 40 horas semanales, debe decir 4 horas

semanales. Los voluntarios no reciben retribución alguna y por tanto no tienen contrato

laboral. Deben cumplir con un compromiso firmado de colaboración con el centro que

incluye la protección de datos y éste a su vez subscribir una póliza de seguro. Todo de

acuerdo con la ley 45/2015, de 14 de octubre del voluntariado en España.

PREGUNTA:

En los recursos materiales se habla de “evitando barras y perchas” y “habitaciones dotadas

de vacío y oxígeno”. Solicitamos aclaración de si evitar barras y perchas significa que no

tiene que haber ninguna, o en aquellas unidades en donde el paciente realiza vida

comunitaria se pueden tener. Los dispositivos portátiles de oxígeno y balas de oxigeno

garantizan el oxígeno en todas las habitaciones en este tipo de Centros cuando es

necesario. Solicitamos aclaración de si se refiere a instalación fija de oxigeno y vacío en

todas las habitaciones; o la existencia de balas de oxígeno y otros dispositivos portátiles.

RESPUESTA:

Con respecto a evitar barras y perchas en las habitaciones se indica lo siguiente: En

ninguna habitación puede haber barras de colgar y perchas, y tampoco cortinas tanto en el

baño como en la habitación.

Con respecto de las tomas de oxígeno y vacío en las habitaciones, así como la necesidad

de disponer además de equipos portátiles se indica lo siguiente: Por las necesidades

preferentes de los pacientes ingresados en Unidades de Hospitalización psiquiátrica

prolongada de media y larga estancia, los equipos portátiles de oxigenoterapia y aspiración

son suficientes para garantizar esta asistencia cuando sean necesarios. No obstante, estos

centros deben disponer de algunas habitaciones con instalación fija de oxígeno y vacío.

Page 25: CASTA SALUD SL - Madrid

25  

PREGUNTA:

¿Es necesario presentar la titulación de los auxiliares de enfermería el 25 de febrero, o se

solicita en la adjudicación cuando te lo dan a partir del 25 de abril?

RESPUESTA:

Para acreditar la solvencia técnica-profesional, en el apartado 6 de la cláusula 1 se exige

que la empresa disponga de: Médicos Especialistas en Psiquiatría y Psicólogos

Especialistas en Psicología Clínica exigidos como recursos específicos necesarios para el

funcionamiento de cada Unidad según se detalla en el apartado 9 del PPT, indicando su

experiencia profesional en atención psiquiátrica o psicológica en centros o servicios de la

Administración Sanitaria o concertados con la misma, con una duración mínima de dos

años, obtenida con posterioridad a la finalización de su formación como especialista.

El resto del personal forma parte del compromiso de adscripción de medios para la

adjudicación del contrato (apartado 7 de la cláusula 1), no de la acreditación de solvencia

del licitador, por lo que podrá acreditarse una vez se haya propuesto la adjudicación del

contrato por aquellas empresas que sean requeridas para ello por el órgano de

Contratación

PREGUNTA:

En las mejoras técnicas de personal es necesario presentarlas por cada lote o se presenta

una única mejora por Centro, es decir, si me presento a un lote de 145 y otro de 80 de larga

estancia, la mejora de personal es única para los dos lotes o tengo que disponer de plantilla

adicional para cada lote.

RESPUESTA:

Las mejoras técnicas de personal son para cada uno de los lotes, es decir, cada lote tiene

que presentar sus mejoras.

Page 26: CASTA SALUD SL - Madrid

26  

PREGUNTA:

¿Si se rellena electrónicamente en el programa LICITA, es necesario presentar físicamente

los tres sobres, o alguno de ellos?

RESPUESTA:

No.

PREGUNTA:

¿En la parte económica se incluye solo la oferta económica? El programa licita da varias

opciones de presentación de más ficheros.

.

RESPUESTA:

Los contratos públicos se adjudicarán a la licitación que resulte más ventajosa para la

Administración, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación que se recogen en

el apartado 10 de la cláusula 1, entre los que se incluye tanto criterios relacionados con los

costes (oferta económica), como criterios cualitativos evaluables de forma automática por

aplicación de fórmulas (la oferta de mejoras del Anexo I).

Por lo tanto, la proposición al concurso consta de dos documentos:

Anexo II. Proposición económica, un único documento por el total de la oferta.

Anexo 1.2. Valoración de Mejoras, un anexo por cada Lote individual o integrado

que se oferte, (aunque en este documento no se oferte ninguna mejora).

PREGUNTA:

¿Está limitado el tamaño de los archivos para la parte técnica?

RESPUESTA:

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27  

Si tienen que aportar alguna memoria, la extensión de la misma no deberá exceder de 25

páginas.

Por otra parte, la guía de servicios de licitación electrónica indica que el máximo admitido

para licitaciones de varios sobres es de un total de 40 Mb.

PREGUNTA:

En la parte administrativa, ¿Dónde se incluyen los archivos de registro de entidades

religiosas, poderes, DNI, corriente de pagos en seguridad social y IRPF, IAE y exención

IAE? ¿En el campo de “otros”?

RESPUESTA:

La documentación que relaciona forma parte de la Declaración Responsable del

cumplimiento de los requisitos necesarios para la participación en el concurso y no es

necesario presentarla hasta que, en caso de que la empresa sea seleccionada como

adjudicataria, el Órgano de Contratación le requiera su presentación en un plazo

determinado.

PREGUNTA:

¿Todos los ficheros tiene que ir firmados electrónicamente? O al entrar con la firma digital

en el programa Licita no es necesario.

RESPUESTA:

Si, es necesario que estén firmados digitalmente. 

Page 28: CASTA SALUD SL - Madrid

28  

CENTRO SAN JUAN DE DIOS

PREGUNTA:

Pág. 24 PPA: En el sobre 1 va integrada toda la documentación administrativa, solvencias,

certificado EFQM, memoria técnica que contesta al PPT y de instalaciones. ¿Es correcto?

RESPUESTA:

El cumplimiento de los requisitos previos para participar en el concurso se puede acreditar

con el cumplimiento de la Declaración Responsable (DEUC) que es preceptivo presentar

en la licitación. Esta Declaración se complementa con la presentación de la documentación

que indican, a efectos de poder valorar adecuadamente la oferta.

PREGUNTA:

Pág. 24 PPA: En el sobre 1 ¿Es suficiente entregar el DEUC o hay que hacer una

declaración responsable sobre el cumplimiento de requisitos previos?

RESPUESTA:

El DEUC es la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos previos.

PREGUNTA:

Pág 26 PPA En el sobre 2 sólo va la autovaloración y su documentación correspondiente,

así como declaración de cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos (Anexo IX). ¿El

anexo IX va en los dos sobres, 1 y 2?

RESPUESTA:

La Declaración del cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos se incluye como

justificación de la oferta técnica y solo es necesario incluirla en el sobre 2

Page 29: CASTA SALUD SL - Madrid

29  

PREGUNTA:

Pág 24 PPT: Las habitaciones deben estar dotadas de oxígeno y vacío, o como se indica

en la Pág 25 apartado b) disponibilidad de equipos portátiles de oxigenoterapia y vacío,

¿valen equipos portátiles?

RESPUESTA:

Con respecto de las tomas de oxígeno y vacío en las habitaciones, así como la necesidad

de disponer además de equipos portátiles se indica lo siguiente: Por las necesidades

preferentes de los pacientes ingresados en Unidades de Hospitalización psiquiátrica

prolongada de media y larga estancia, los equipos portátiles de oxigenoterapia y aspiración

son suficientes para garantizar esta asistencia cuando sean necesarios. No obstante, estos

centros deben disponer de algunas habitaciones con instalación fija de oxígeno y vacío.

HH.HH.S.C.J.-CLÍNICA SAN MIGUEL

PREGUNTA:

Atendiendo a lo señalado en el artículo 138 de la LCSP, relativo a la “Información a

interesados”, y concretamente en su apartado 3:

“Los órganos de contratación proporcionarán a todos los interesados en el procedimiento

de licitación, a más tardar 6 días antes de que finalice el plazo fijado para la presentación

de ofertas, aquella información adicional sobre los pliegos y demás documentación

complementaria que estos soliciten, a condición de que la hubieren pedido al menos 12

días antes del transcurso del plazo de presentación de las proposiciones o de las

solicitudes de participación, salvo que en los pliegos que rigen la licitación se estableciera

otro plazo distinto. En los expedientes que hayan sido calificados de urgentes, el plazo de

seis días a más tardar antes de que finalice el plazo fijado para la presentación de ofertas

será de 4 días a más tardar antes de que finalice el citado plazo en los contratos de obras,

suministros y servicios sujetos a regulación armonizada siempre que se adjudiquen por

procedimientos abierto y restringido.

Page 30: CASTA SALUD SL - Madrid

30  

En los casos en que lo solicitado sean aclaraciones a lo establecido en los pliegos o resto

de documentación y así lo establezca el pliego de cláusulas administrativas particulares,

las respuestas tendrán carácter vinculante y, en este caso, deberán hacerse públicas en el

correspondiente perfil de contratante en términos que garanticen la igualdad y concurrencia

en el procedimiento de licitación”.

iii. Sobre esta base, ante la falta de claridad de algunas cuestiones en la documentación

que sirve de base para la licitación, en el presente documento se solicita al órgano de

contratación de manera respetuosa que, en tiempo y forma, lleve a cabo las siguientes

aclaraciones.

El apartado 1.4 de la Cláusula 1 del PCAP establece la posibilidad de que se admitan

ofertas integradoras. Por su parte, la Cláusula 8 del PCAP establece que, cuando se

admitan ofertas integradoras, “previamente se llevará a cabo una evaluación comparativa

para determinar si las ofertas presentadas por un licitador concreto para una combinación

particular de lotes cumplirían mejor, en conjunto, los criterios de adjudicación establecidos

en el pliego con respecto a dichos lotes, que las ofertas presentadas para los lotes

separados de que se trate, considerados aisladamente”.

A la vista de lo anterior, se plantean las siguientes preguntas genéricas sobre la opción

escogida en los pliegos reguladores de la licitación:

Considerando que el PCAP no contempla criterios de adjudicación sujetos a juicio de valor,

¿qué metodología objetiva empleará el órgano de contratación para proceder a la

comparación entre las ofertas presentadas a cada lote separado y las ofertas presentadas

por un licitador concreto para una combinación específica de lotes?

RESPUESTA:

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31  

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, (TACP) ha

dictado la Resolución nº 99/2017, de 29 de marzo, relativa a los requisitos y valoración de

las ofertas integradoras, que sirve de base en el contrato que se convoca. Indica que la

oferta integradora debe valorarse objetivamente comparándola con todas las demás

ofertas presentadas -individuales o agrupadas-, posibilitando una doble valoración de cada

oferta, que se realizará siempre con los mismos criterios (los establecidos en los pliegos

reguladores) al objeto de determinar cuáles son las más ventajosas.

PREGUNTA:

En relación con la pregunta anterior, ¿cuál será la forma de valoración de los criterios de

adjudicación con respecto a los lotes integrados, y qué ponderación relativa tendrá cada

uno de los Lotes para garantizar una plena objetividad?

RESPUESTA:

La valoración se realizará comparando individualmente Lote a Lote, según lo indicado en

la Resolución del TACP indicada anteriormente. La ponderación será relativa al peso que

la puntuación máxima de cada uno de los lotes integrados tenga en relación con la suma

de las puntuaciones máximas de la combinación de cada oferta integradora. La

ponderación será el porcentaje de multiplicar el número de camas por el precio unitario de

cada lote, en relación con los grupos de lotes que se combinan

Oferta Integradora Lotes 1, 2, 3 con Lotes 4, 5, 6, 7

Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación 21,12%

Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados 78,88 %

Oferta Integradora Lotes 1, 2, 3 con Lote 8

Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación 32,67%

Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados 67,33 %

Page 32: CASTA SALUD SL - Madrid

32  

PREGUNTA:

Específicamente, ¿cómo se articula formalmente la presentación y valoración de las ofertas

integradoras en relación con los “Criterios cualitativos Evaluables de forma automática por

aplicación de fórmulas”?

RESPUESTA:

Los contratos públicos se adjudicarán a la licitación que resulte más ventajosa para la

Administración, mediante la aplicación de los criterios de adjudicación que se recogen en

el apartado 10 de la cláusula 1, entre los que se incluye tanto criterios relacionados con los

costes (oferta económica), como criterios cualitativos evaluables de forma automática por

aplicación de fórmulas (la oferta de mejoras del Anexo I).

Por lo tanto, la proposición al concurso consta de dos documentos:

Anexo II. Proposición económica, un único documento por el total de la oferta (hasta

un máximo de 5 Lotes, individuales o integrados).

Anexo 1.2. Valoración de Mejoras, un anexo por cada Lote individual o integrado

que se oferte, (aunque en este documento no se oferte ninguna mejora).

PREGUNTA:

Para que una oferta integradora resulte adjudicataria, ¿debe superar en cada lote a la mejor

oferta individual presentada?

RESPUESTA:

Ver documento oferta integradora

PREGUNTA:

¿Cómo se aplicarán los criterios relativos a las ofertas incursas en presunción de

anormalidad en caso de que se presenten ofertas integradoras?

Page 33: CASTA SALUD SL - Madrid

33  

RESPUESTA:

La tramitación de las ofertas anormalmente bajas está regulada por el artículo 149 de la

Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

PREGUNTA:

La posibilidad de presentar una oferta integradora, ¿exige necesariamente que el licitador

presente además una oferta individualizada completa para cada uno de los lotes que

componen aquélla? (Resolución nº 99/2017, de 29 de marzo, del Tribunal Administrativo

de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid; Informe 11/2013, de 22 de mayo de

2013, de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Comunidad Autónoma

de Aragón).

RESPUESTA:

Ver documento oferta integradora

PREGUNTA:

Asumiendo una respuesta afirmativa a la pregunta anterior, para que una oferta integradora

resulte adjudicataria, ¿es indispensable que iguale o mejore individualmente la puntuación

obtenida en cada uno de los lotes integrados a la obtenida por la oferta individual

presentada por ese mismo licitador?

RESPUESTA:

Sí.

PREGUNTA:

¿Es necesario reflejar en algún documento específico las diferencias entre las ofertas

individuales presentadas y las ofertas integradoras?

RESPUESTA:

No.

Page 34: CASTA SALUD SL - Madrid

34  

Las ofertas que se presenten a la licitación, individuales o integradoras deben cumplir todos

y cada uno de los requisitos de solvencia, habilitación y técnicos que se establecen en los

pliegos reguladores del concurso (PCAP y PPT). Las diferencias entre las ofertas sólo

pueden referirse al precio unitario (valoración de costes) y mejoras ofertadas (valoración

de criterios objetivos).

Por lo tanto, la proposición al concurso consta de dos documentos:

Anexo II. Proposición económica, un único documento por el total de ofertas (hasta

un máximo de 5 Lotes, individuales o integrados).

Anexo 1.2. Valoración de Mejoras, un anexo por cada Lote individual o integrado

que se oferte, (aunque en este documento no se oferte ninguna mejora).

PREGUNTA:

El apartado 1.4 de la Cláusula 1 del PCAP indica:

“De acuerdo con lo regulado en el artículo 99.5 de la LCSP, se establece la posibilidad

de presentar Ofertas Integradoras, admitiéndose las siguientes combinaciones:

-1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2

y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos

Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 y 7).

-1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2

y 3) conjuntamente con LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos

Prolongados de 80 camas (Lote 8).”

¿Podría un mismo licitador presentar varias ofertas integradoras en relación con una misma

combinación?

Page 35: CASTA SALUD SL - Madrid

35  

Por ejemplo: en la combinación relativa a 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y

Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2 y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad

Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 y 7),

presentar las siguientes ofertas integradoras:

 

- Oferta integradora para el Lote 1 y el Lote 4.

- Oferta integradora para el Lote 2 y el Lote 5.

- Oferta integradora para el Lote 3 y el Lote 6.

RESPUESTA:

Al tratarse de distintos Lotes, aunque esos distintos Lotes sean iguales en número de

camas, sí podría presentarse oferta, siempre que no se supere el Número máximo de lotes

a los que se podrá licitar: 5 lotes – Lo que supone que se podrá presentar oferta individual

hasta a cinco de los nueve Lotes que se convocan, a tres Lotes individuales y una oferta

integradora o a un Lote individual y dos ofertas integradoras distintas.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que el artículo 139 de la LCSP establece que “cada

licitador no podrá presentar más de una proposición”., por lo que las ofertas integradoras

que incluyan Lotes iguales deberán ser también iguales -con la única posible variación en

la oferta de mejoras- porque, de otro modo nos encontraríamos ante la presentación de

proposiciones diferentes para idénticos productos

PREGUNTA:

¿Podría un mismo licitador realizar diferentes combinaciones, repitiendo los mismos lotes?

(simultaneidad de Lotes)

Por ejemplo, en la combinación relativa a 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y

Rehabilitación de 30 camas (Lotes 1, 2 y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad

Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 y 7),

Page 36: CASTA SALUD SL - Madrid

36  

presentar las siguientes ofertas integradoras (con una oferta simultánea referida al Lote 1,

que formaría parte de varias ofertas integradoras):

- Oferta integradora para el Lote 1 y el Lote 4.

- Oferta integradora para el Lote 1 y el Lote 5.

- Oferta integradora para el Lote 1 y el Lote 6.

RESPUESTA:

De acuerdo con lo indicado en la Resolución 99/2017 del TACP, “Para realizar la evaluación

comparativa hay que ver el resultado de las ofertas presentadas para una combinación

específica de lotes en su conjunto y la combinación tiene que ser la misma, pues la

inclusión del mismo lote en varias combinaciones diferentes imposibilita la valoración en

condiciones de igualdad”.

PREGUNTA:

El apartado 1.4 de la Cláusula 1 del PCAP establece:

“Número máximo de lotes a los que cada empresario podrá licitar: 5 lotes”

En el supuesto de ofertas integradoras, ¿cómo se considerarán los lotes incluidos en una

oferta integradora a efectos del cómputo del número máximo de lotes a licitar?

Esto es, ¿una oferta integradora se considerará como un lote o como dos a efectos de

establecer el número máximo de lotes a licitar?

RESPUESTA:

Número máximo de lotes a los que se podrá licitar: 5 lotes – Lo que supone que se podrá

presentar oferta individual hasta a cinco de los nueve Lotes que se convocan, a tres Lotes

individuales y una oferta integradora o a un Lote individual y dos ofertas integradoras

distintas

Page 37: CASTA SALUD SL - Madrid

37  

PREGUNTA:

El apartado 1.4 de la Cláusula 1 del PCAP establece:

“Número máximo de lotes a adjudicar a cada licitador: 3 Lotes (con o sin oferta integradora)”

 

Se considera necesario disponer de al menos tres adjudicatarios para diversificar la

ejecución de los distintos tipos de Prestaciones en distintos centros prestadores del servicio

y distribuir las camas …

Si el número máximo de lotes a adjudicar es de 3, ¿cómo se computan las ofertas

integradoras? Esto es, ¿una oferta integradora se considerará como un lote o como dos a

efectos de establecer el número máximo de lotes a adjudicar?

RESPUESTA:

Número máximo de lotes de los que podrá ser adjudicatario cada licitador 3 Lotes - En

ningún caso se podrá adjudicar más de tres Lotes a un mismo adjudicatario (tres Lotes

individuales o un Lote individual y una oferta integradora)

PREGUNTA:

Parece razonable entender que, por respeto al principio de igualdad, cada oferta

integradora debería ser computada atendiendo al número de lotes (2) que la integran. Si

ello es así, en caso de que un licitador presente dos ofertas integradoras (4 lotes) y reciban

la máxima puntuación, ¿cómo se aplicará la regla de los 3 lotes, y a qué lote, en su caso,

se debería renunciar? ¿Existirá algún tipo de regla de prioridad?

RESPUESTA:

En el apartado 1.4 del PCAP se indica que, en caso de ´que un licitador resulte propuesto

para la adjudicación de un número de lotes que exceda del máximo establecido, los lotes

se adjudicarán en función de la puntuación técnica obtenida por la empresa en cada lote

o, en su caso por la prioridad indicada por el licitador

Page 38: CASTA SALUD SL - Madrid

38  

PREGUNTA:

La Cláusula 4 del PPTE establece que:

“Algunos de los lotes anteriormente citados y a efectos de simplificar y facilitar la tramitación

de las ofertas y su posterior adjudicación, se podrán presentar con las siguientes

combinaciones o agrupaciones”:

- LOTE 1: Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas conjuntamente

con el LOTE 4 Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas.

- LOTE 2: Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas conjuntamente

con el LOTE 5 Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas.

- LOTE 3: Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas.

- LOTE 6: Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas.

- LOTE 7: Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 145 camas.

‐ LOTE 8: Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos Prolongados de 80 camas.

- LOTE 9: Unidad Hospitalaria de Media Estancia para Trastornos de la Conducta

Alimentaria de 20 camas (14 para adultos y 6 para adolescentes).”

Se solicita aclaración acerca de si solo es posible realizar esas concretas ofertas

integradoras, o bien si la expresión “podrán presentar” no excluye otro tipo de

planteamientos o combinaciones (por ejemplo, Lote 1 con Lote 5, Lote 1 con Lote 6, etc.)

RESPUESTA:

Lo expresado en el pliego es a modo de ejemplo.

PREGUNTA:

Page 39: CASTA SALUD SL - Madrid

39  

En caso de que la enumeración sea limitativa y vinculante, ¿cómo se compagina con las

previsiones del apartado 1.4 de la Cláusula 1 del PCAP, que indica que es posible presentar

una oferta integradora compuesta por un lote de 30 camas de Unidad Hospitalaria de

Tratamiento y Rehabilitación con el Lote 8 de Unidad Hospitalaria de cuidados psiquiátricos

prolongados de 80 camas?

RESPUESTA:

Se podrán presentar ofertas integradoras a:

1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes

1, 2 y 3) conjuntamente con 1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados

Psiquiátricos Prolongados de 145 camas (Lotes 4, 5, 6 o 7).

1 LOTE de Unidad Hospitalaria de Tratamiento y Rehabilitación de 30 camas (Lotes

1, 2 y 3) conjuntamente con LOTE de Unidad Hospitalaria de Cuidados Psiquiátricos

Prolongados de 80 camas (Lote 8).

PREGUNTA:

Sin perjuicio de las respuestas a los planteamientos genéricos realizados en la Pregunta

Primera, se solicita confirmación de los siguientes aspectos:

¿Cómo se valorará un lote si un licitador se presenta a un lote independiente y otro licitador

se presenta al mismo lote pero con oferta integradora?

RESPUESTA:

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, (TACP) ha

dictado la Resolución nº 99/2017, de 29 de marzo, relativa a los requisitos y valoración de

las ofertas integradoras, que sirve de base en el contrato que se convoca. Indica que la

oferta integradora debe valorarse objetivamente comparándola con todas las demás

ofertas presentadas -individuales o agrupadas-, posibilitando una doble valoración de cada

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oferta, que se realizará siempre con los mismos criterios (los establecidos en los pliegos

reguladores) al objeto de determinar cuáles son las más ventajosas.

PREGUNTA:

En el supuesto de ofertas integradoras, ¿las mejoras se valorarán para cada lote,

considerando que cada lote es una unidad hospitalaria independiente, o existirá algún tipo

de regla de ponderación?

RESPUESTA:

La valoración se realizará comparando individualmente Lote a Lote, según lo indicado en

la Resolución del TACP indicada anteriormente. La ponderación será relativa al peso que

la puntuación máxima de cada uno de los lotes integrados tenga en relación con la suma

de las puntuaciones máximas de la combinación de cada oferta integradora.

PREGUNTA:

¿Cómo se realizará la valoración económica si un licitador acude a un solo lote y otro

licitador a una oferta integradora que comprenda el mismo lote? Qué formula o criterio de

ponderación se utilizará? (ejemplo: precio unitario de cada lote, media de los lotes,

ponderación por el número de plazas de cada lote, etc.)

RESPUESTA:

La valoración se realizará comparando individualmente Lote a Lote, según lo indicado en

la Resolución del TACP indicada anteriormente. La ponderación será relativa al peso que

la puntuación máxima de cada uno de los lotes integrados tenga en relación con la suma

de las puntuaciones máximas de la combinación de cada oferta integradora.

PREGUNTA:

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¿Es posible que un licitador se presente a varios lotes, aunque ello implique optar en la

práctica a un número de plazas mayor que la capacidad total real del centro que gestione

y/o de las plazas disponibles del mismo?

RESPUESTA:

Todas las ofertas que se presenten deben cumplir conjuntamente todos y cada uno de los

requisitos solvencia económica-financiera y técnico-profesional, además de contar y los

requisitos técnicos mínimos que se establezcan en los pliegos, para la ejecución del

contrato. En el apartado 6 de la cláusula 1 se establece la verificación del cumplimiento de

estos requisitos mediante una inspección “in situ” efectuada por un Equipo de Evaluadores

de la D.G. Ordenación e Inspección-Subdirección General de Evaluación y Control.

Igualmente, el licitador ha de contar con la habilitación empresarial requerida.Los criterios

de solvencia y habilitación se tienen que cumplir en el plazo de licitación.

PREGUNTA:

El ANEXO I.1 CRITERIOS OBJETIVOS DE ADJUDICACIÓN PCAP recoge el subcriterio

relativo a la “Terapia asistida con perros”, con la siguiente redacción literal:

 

“Deberán disponer de instalaciones adecuadas para los animales con todo lo necesario

para su cuidado”.

Se solicita aclaración sobre los siguientes puntos:

¿Es admisible subcontratar a entidades especializadas en este tipo de terapias? ¿Podría

realizarse la actividad en caso de subcontratación en las instalaciones del proveedor, para

favorecer la rehabilitación de los pacientes?

RESPUESTA:

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Con respecto de la Terapia con perros, incluida en el apartado de Humanización de los

Criterios de Valoración de Mejoras en la oferta, se indica lo siguiente: El servicio puede ser

propio o contratado. En el segundo caso es imprescindible presentar un contrato con

empresa especializada. Todos los perros tienen que estar adiestrados y el número mínimo

para asegurar el programa será de dos. Las actividades grupales o individuales se

realizarán preferentemente en el centro y tendrán una periodicidad semanal.

PREGUNTA:

En relación con el criterio relativo al “Plan de Voluntariado”, los pliegos reflejan el siguiente

tenor literal:

“Incluirá un equipo de voluntarios, con atención de lunes a domingos en horarios de

mañana/tarde y con una presencia de cada uno de los voluntarios de 40 horas semanales.

Con compromiso escrito según la Ley 45/2015, de 14 de octubre de voluntariado en

España. “

Atendiendo a lo anterior, se solicita aclaración sobre los siguientes aspectos:

¿Es obligatorio que cada voluntario dedique 40 horas semanales? ¿O bien esas 40 horas

se refieren al cómputo total de horas semanales entre todos los voluntarios?

RESPUESTA:

Con respecto del Plan de Voluntariado se indica lo siguiente: Existe un error material en

las horas de presencia física, donde dice 40 horas semanales, debe decir 4 horas

semanales. Los voluntarios no reciben retribución alguna y por tanto no tienen contrato

laboral. Deben cumplir con un compromiso firmado de colaboración con el centro que

incluye la protección de datos y éste a su vez subscribir una póliza de seguro. Todo de

acuerdo con la ley 45/2015, de 14 de octubre del voluntariado en España.

PREGUNTA:

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¿Qué documentación deben aportar los licitadores para acreditar el cumplimiento de este

criterio? ¿Es suficiente con los planes o es necesario aportar documentación relativa a los

voluntarios, tales como compromiso, seguro, LOPD, etc.?

RESPUESTA:

Todo de acuerdo con la ley 45/2015, de 14 de octubre del voluntariado en España

PREGUNTA:

Según la Cláusula 12 del PCAP:

“Las proposiciones y la documentación que las acompaña se presentarán redactadas en

lengua castellana o traducidas oficialmente a esta lengua, y constarán de TRES (3)

SOBRES, cerrados y firmados por el licitador… “

Sin embargo en el apartado 8.b del anuncio de convocatoria, se indica que será licitación

electrónica, que es teóricamente obligatoria a la vista de las previsiones contenidas en la

LCSP.

Se solicita aclaración sobre este punto, así como, en su caso, información sobre los

sistemas y plataformas electrónicas que deban utilizarse, sus requisitos, formatos, etc.

RESPUESTA:

De acuerdo con lo indicado en el apartado 14 de la cláusula 1, la licitación al concurso será

mediante la presentación de ofertas por medios electrónicos electrónica, a través de la

aplicación institucional Licit@