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UNIVERSIDAD TECNICA DE AMBATO FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS ARCHIVO PERMANENTE “GRUPO FERRETERO CHIMG” TUTOR: ING. LUIS QUISIMALIN INTEGRANTES: LOPEZ MARÍA TERESA PEREZ ZULAY RODRIGUEZ DAVID TONATO FAUSTO DECIMO “A” O.E. AMBATO, MAYO DEL 2011

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UNIVERSIDAD TECNICA DE

AMBATO

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS

ARCHIVO PERMANENTE

“GRUPO FERRETERO CHIMG”

TUTOR:

ING. LUIS QUISIMALIN

INTEGRANTES:

LOPEZ MARÍA TERESA

PEREZ ZULAY

RODRIGUEZ DAVID

TONATO FAUSTO

DECIMO “A” O.E.

AMBATO, MAYO DEL 2011

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CONTENIDO

BREVE HISTORIA 3

EXTRACTO DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION DE LA EMPRESA 4

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL GRUPO FERRETERO CHIMG 5

LISTA DE PRINCIPALES FUNCIONARIOS 6

ACTIVIDADES COMERCIALES 6

PROVEEDORES 6

CLIENTES 8

PRODUCTOS QUE COMERCIALIZAN 8

INFORMACIÓN CONTABLE 9

PLAN DE CUENTAS 9

DESCRIPCIÓN DEL SISTEMA CONTABLE 17

POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS 17

POLÍTICAS DE CAJA 17

POLÍTICAS DE BANCOS 17

REGLAMENTOS A LOS QUE SE RIGEN 18

CÓDIGO DE TRABAJO 18

CÓDIGO TRIBUTARIO 23

Page 3: Archivo permanente   los popeyes

BREVE HISTORIA

En 1999 inicia esta organización como “GRUPO FERRETERO CHIMG”, con la

joven pareja de esposos la Lic. Rosa Rodríguez y el Ing. Cesar Chuluisa, esta

pareja emprendedora nos cuenta su andar durante estos diez años largos de

trabajo y esfuerzo, nos comentan que esta empresa surge del sueño del Ing.

Chiluisa quien después de retornar al país decide junto a su esposa implantar un

negocio relacionado a la comercialización de materiales de construcción es así

que nos comentan que compran una casa a la que ellos llaman “LA CASA

VIEJA”, es ahí donde comienzan la historia de esta empresa.

El Ing. Chiluisa nos relata con nostalgia como fue su emprender, nos dice que

después de la inversión que realizo al comprar la casa y una camioneta y que no

contaban con el suficiente capital como para incrementar los materiales para

montar la ferretería y nos comenta que gracias a uno de sus actuales colegas

quien le brindo confianza que todo empresario necesita para iniciar, logro

adquirir poco a poco los materiales para su ferretería, con el objeto de

conformar una empresa que mantenga un crecimiento ordenado y sostenido.

Con la aspiración de llegar a ser líderes de un mercado más exigente, la

organización emprende la misión de tecnificarse e incrementar su potencial en

personal, considerando mejorar la relación entre precio, calidad y servicio.

En el 2009 nos convertimos en “Ferretero Chimg S.A.” organización que

pretende ganar el mismo prestigio que hasta la actualidad ha tenido, teniendo

presente el enfoque a la capacitación y mejoramiento continuo, orientado a

mejorar la calidad, productividad y procesos que hasta la actualidad se está

trabajando.

Page 4: Archivo permanente   los popeyes

MISION

El ferretero CHIMG S.A es una empresa orientada a la calidad y productividad

donde se brinda economía y servicio en materiales para la construcción con el

firme compromiso de beneficiar a la comunidad y organización

VISION

Ser una empresa líder en comercialización de, materiales para la construcción

con el firme propósito de tener una cadena líder en ferreterías a nivel nacional.

EXTRACTO DE LA ESCRITURA DE CONSTITUCION DE LA EMPRESA

NOMBRE DE LA ENTIDAD: FERRETERO CHIMG S.A

CAPITAL: 100.000

FECHA DE INSCRIPCION: ENERO, 1999

NOTARIO: DR. FRANCISCO NAVARRETE

REGISTRO MERCANTIL: 435 TOMO 5TO FOLIO1

NUMERO DE SOCIOS: 2

CAPITAL: CADA PARTE APORTO CON EL 50% DEL TOTAL DE LOS BIENES

Page 5: Archivo permanente   los popeyes

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL GRUPO FERRETERO CHIMG

JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS

GERENCIA GENERAL

ASESORÍA JURÍDICA

SECRETARÍA

DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO

DEPARTAMENTO

FINANCIERO

DEPARTAMENTO

COMERCIAL

Recurso Humano Auxiliar Contable

Crédito y cobranza

Vendedores

Bodeguero

Guardia

Page 6: Archivo permanente   los popeyes

LISTA DE PRINCIPALES FUNCIONARIOS

Ing. Cesar Chiluisa Gerente General

Lcda. Rosa Rodríguez Gerente de Comercialización

Srta. Lisethe Rodríguez Gerente de Contabilidad

Srta. Carolina Sánchez Auxiliar de Contabilidad

Ing. Danilo Freire Gerente Administrativo

Sr. Luis Guamán Crédito y Cobranzas

Sr. Luis Chico Vendedor

Sr. Carlos Pico Bodeguero

Sr. Ignacio Fuentes Guardia

ACTIVIDADES COMERCIALES

PROVEEDORES

Cemento:

LAFARGE CEMENTOS

CEMENTO CHIMBORAZO

Varilla:

ACERÍA DEL ECUADOR C.A.

Page 7: Archivo permanente   los popeyes

Porcelanato y Cerámicas:

GERARDO ORTIZ

ITALPISOS

Sanitarios y accesorios:

EDESA

FV

GERARDO ORTIZ

Pegamentos y Pintura

ADHEPLAST

Fachaletas:

ARTEPISO

Herramientas:

SUPRINSA

GERARDO ORTIZ

Fundas:

GERARDO ORTIZ

Page 8: Archivo permanente   los popeyes

CLIENTES

Narcisa Yucailla

Ing. Galo Enrique Palacios

Carlota Viera

Ing. Jaime Lozada

B+M Constructores

Valdez & Valdez

Carlos Larrea Torres

Ing. Fausto Guevara

Alba del Rocío Chávez

Profesionales

Ferreterías

Consumidor Final

PRODUCTOS QUE COMERCIALIZAN

Cemento

Varilla

Productos de Acabados de Construcción

Tubería

Pintura

Page 9: Archivo permanente   los popeyes

Plomería

Cerámicos

Bloques, entre otros.

INFORMACIÓN CONTABLE

Plan de cuentas

PLAN DE CUENTAS

CODIGO NOMBRE

10 CAJA Y BANCOS 101 Caja

102 Fondos Fijos

103 Remesas en Tránsito

104 Cuentas Corrientes

105 Certificados Bancarios

106 Depósitos a Plazos

108 Otros Depósitos

109 Fondos Sujetos a Restricción

12 CLIENTES

121 Facturas por Cobrar

122 Anticipos Recibos

123 Letras (o Efectos) por Cobrar

128 Anticipo de Clientes, ACM

129 Cobranza Dudosa

14 CTAS. POR COBRAR A ACCIONISTAS Y SOCIOS

141 Préstamos al Personal

142 Prést. Accionistas o Socios

143 Préstamos a Directores

144 Accionistas-Suscripciones

16 CUENTAS POR COBRAR DIVERSAS

161 Préstamos a Terceros

162 Reclamos a Terceros

163 Intereses por Cobrar

164 Depósitos en Garantía

Page 10: Archivo permanente   los popeyes

168 Otras Cuentas por Cobrar Diversas

169 Cobranza Dudosa

19 PROVIS. PARA CTAS. DE COBRANZA DUDOSA

192 Clientes

196 Cuentas por Cobrar Diversas

20 MERCADERIAS

208 Mercaderías, ACM

209 Provisión por Fluctuación de Existencias, ACM

21 PRODUCTOS TERMINADOS

218 Productos Terminados, ACM

219 Provisión por Fluctuación de Productos Terminados, ACM

22 SUB-PRODUCTOS, DESECHOS Y DESPERDICIOS

228 SubProductos, Desechos y Desperdicios, ACM

229 Provisión por Fluctuación de SubProductos, Desechos y Desperdicios, ACM 23 PRODUCTOS EN PROCESO

238 Productos en Proceso, ACM

238 Provisión por Fluctuación de Produc. en Proc., ACM

24 MATERIAS PRIMAS Y AUXILIARES

241 Materias Primas y Auxiliares

248 Provisión por Fluctuación de Materias Primas y Auxiliares, ACM 25 ENVASES Y EMBALAJES

258 Envases y Embalajes, ACM

259 Provisión por Fluctuación de Envases y Embalajes, ACM

26 SUMINISTROS DIVERSOS

268 Suministros Diversos, ACM

269 Provisión por Fluctuación de Suministros Diversos, ACM

28 EXISTENCIAS POR RECIBIR

288 Existencias por Recibir, ACM

29 PROVISION PARA DESVALORIZACION DE EXIS-TENCIAS

31 VALORES

311 Acciones

312 Provisión por Fluctuación de Valores, Ajuste por corrección Monetaria 313 Valores, ACM

314 Otros Títulos Representativos de Derecho Patrimonial

315 Cédulas Hipotecarias

316 Bonos del Tesoro

317 Bonos Diversos

318 Otros Títulos Representativos de Acreencias

319 Provisión para Fluctuación de Valores

33 INMUEBLES MAQUINARIAS Y EQUIPOS

3301 Inmuebles, Maquinaria y Equipo, Ajuste por corrección Monetaria

3302 Prov. por Fluct. de Inmuebles, Maquinaria y Equipo, ACM

331 Terrenos

332 Edificios y Otras Construcciones

333 Maquinaria, Equipo y Otras Unidades Explotación

334 Unidades de Transporte

335 Muebles y Enseres

336 Equipos de Diversos

337 Unidades de Reemplazo

338 Unidades por Recibir

339 Trabajos en Curso

Page 11: Archivo permanente   los popeyes

34 INTANGIBLES

340 Intangibles, Ajustes por Corrección Monetaria

341 Concesiones y Derechos

342 Patentes y Marcas

343 Gastos de Investigación

344 Gastos de Explotación y Desarrollo

345 Gastos de Estudio y Proyectos

346 Gastos de Promoción Pre-Operativos

347 Gastos de Emisión de Acciones y Obligaciones

349 Provisión por Fluctuación de Intangibles, Ajuste por Correción Monetaria 35 VALORIZACIÓN ADICIONAL DEL INMUEBLE, MAQUINARIA Y EQUIPO 36 INMUEBLES, MAQUINARIA Y EQUIPO - LEYES DE PROMOCIÓN

3601 Inm. Maq. y Equ.-Leyes de Promoción, ACM

3602 Prov. por Fluc. de Inmuebles, Maquinaria y Equipo-Leyes de Promoción, ACM

361 Terrenos

362 Edificios y Otras Construcciones

363 Maquinaria, Equipo y Otras Unidades de Explotación

364 Unidades de Transporte

365 Muebles y Enseres

366 Equipos Diversos

367 Unidades de Reemplazo

368 Unidades por Recibir

369 Trabajos en Curso

37 intangibles-leyes de promoción

371 Concesiones y Derechos

372 Patentes y Marcas

373 Gastos de Investigación

374 Gastos de Exploración y Desarrollo

375 Gastos de Estudios y Proyectos

376 Gastos de Promoción y Pre-operativos

377 Gastos de Emisión de Acciones y Obligaciones

378 Intangibles Leyes de Promoción, ACM

379 Provisión por Fluctuación de Intangibles Leyes de Promoción, ACM 38 CARGAS DIFERIDAS

381 Intereses por Devengar

382 Seguros Pagados por Adelantado

383 Alquileres Pagados por Adelantado

384 Entregas a Rendir Cuenta

385 Adelanto de Remuneraciones

388 Gastos Anticipados, ACM

389 Otras Cargas Diferidas

39 DEPRECIACION Y AMORTIZACION ACUMULADA

393 Depreciación de Inmuebles, Maquinaria y Equipo

394 Amortización de Intangibles

396 Depreciación Inmuebles, Maquinaria y Equipo-Leyes de Promoción

398 Depreciación y Amortización Acumulado, Ajuste por Corrección Monetaria 40 TRIBUTOS POR PAGAR

401 Gobierno Central

4011 Impuesto a las Ventas

4013 Impuesto a las Remuneraciones

4014 Cánones

Page 12: Archivo permanente   los popeyes

4015 Derechos Aduaneros

4016 Impuesto al Patrimonio Empresarial

4017 Impuesto a la Renta

4019 Otros Tributos

402 Gobierno Central - Certificados Tributarios

4021 Certificado de Reintegro Tributario - CERTEX

4022 Certificado de Devolución de Crédito

4029 Otros certificados tributarios

403 Contribuciones a Instituciones Públicas

405 Gobierno(s) Local(es)

408 Tributos, ACM

41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR

411 Remuneraciones por Pagar

412 Vacaciones por Pagar

413 Participaciones por Pagar

414 Remuneraciones y Participaciones al Directorio

42 PROVEEDORES

421 Facturas por Pagar

422 Anticipos Otorgados

423 Letras (o Efectos) por Pagar

428 Anticipos a Proveedores, ACM

45 DIVIDENDOS POR PAGAR

46 CUENTAS POR PAGAR DIVERSAS

461 Préstamos de Terceros

462 Reclamaciones de Terceros

463 Préstamos de Accionistas (o Socios)

465 Bonos u Obligaciones

466 Intereses por Pagar

467 Depósitos en Garantía

468 Comunicaciones Laborales

469 Otras Cuentas por pagar Diversas

47 BENEFICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES

471 Compensación por Tiempo de Servicios

472 Adelantos de Compensación por Tiempo Servicios

473 Jubilación

48 PROVISIONES DIVERSAS

481 Garantía Sobre Ventas

482 Provisión para Pérdida en Ventas a Futuro

483 Provisión para Pérdidas por Litigio

484 Provisión para Autoseguro

485 Provisión para Investigación Científica y Tecnológica

49 GANANCIAS DIFERIDAS

491 Ventas Diferidas

492 Gastos Diferidos

493 Intereses Diferidos

498 Ganancias Diferidas, ACM

499 Otras Ganancias Diferidas

50 CAPITAL

501 Capital Social

502 Capital Personal

508 Capital, ACM

Page 13: Archivo permanente   los popeyes

509 Cuenta Personal del Propietario

55 ACCIONARIADO LABORAL

551 Acciones Laborales

552 Remanente para Acciones Laborales

557 Certif. Provisionales de Participación Patrimonial

558 Accionario Laboral, ACM

559 Acciones Laborales por Emitir

56 CAPITAL ADICIONAL

561 Donaciones

562 Primas de Emisión

563 Otros Aportes de Accionistas (o socios)

568 Capital Adicional, ACM

57 EXCEDENTE DE REVALUACION

571 Valorización Adicional

578 Excedente de Revaluación, ACM

58 RESERVAS

581 Reservas para Reinversiones

582 Reserva Legal

583 Reserva Contractuales

584 Reservas Estatutarias

585 Reservas Facultativas

588 Reservas, ACM

589 Otras Reservas

59 RESULTADOS ACUMULADOS

591 Utilidades no Distribuidas

592 Pérdidas Acumuladas

598 Resultado por Exposición a la Inflación Acumulada, REIA

60 COMPRAS

601 Mercaderías

604 Materias Primas y Auxiliares

605 Envases y Embalajes

606 Suministros Diversos

608 Compras, ACM

609 Gastos Vinculados con las Compras

61 VARIACION DE EXISTENCIAS

611 Mercaderías

614 Materias Primas y Auxiliares

615 Envases y Embalajes

616 Suministros Diversos

618 Variación de Existencias, ACM

62 CARGAS DE PERSONAL

6201 Cargas de Personal, ACM

621 Sueldos

622 Salarios

623 Comisiones

624 Remuneraciones en Especie

625 Otras Remuneraciones

626 Vacaciones

627 Seguridad y Previsión Social

6271 Régimen de Prestaciones de Salud

6272 Régimen de Pensiones

Page 14: Archivo permanente   los popeyes

6273 Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales

6274 Seguro de Vida

6275 Seguros particulares de Prestaciones de Salud

6279 Otros

628 Remuneraciones al Directorio

629 Otras Cargas de Personal

63 SERVICIOS PRESTADOS POR TERCEROS

630 Transporte y Almacenamiento

631 Correos y Telecomunicaciones

632 Honorarios Comisiones y Corretajes

633 Producción Encargada a Terceros

634 Mantenimiento y Reparación

635 Alquileres

636 Electricidad y Agua

637 Publicidad, Publicaciones, Relaciones Públicas

638 Servicios de Personal

639 Otros Servicios

6398 Servicios Prestados por Terceros, ACM

64 TRIBUTOS

641 Impuesto a las Ventas

642 Impuesto a las Remuneraciones

643 Cánones

644 Derechos Aduaneros por Ventas

645 Impuesto al Patrimonio Empresarial

646 Tributos Gobiernos Locales

647 Cotizaciones con carácter Tributario

648 Tributos, ACM

649 Otros Tributos

65 CARGAS DIVERSAS DE GESTION

651 Seguros

652 Regalías

653 Suscripciones y Cotizaciones

654 Donaciones

658 Cargas Diversas de Gestión, ACM

659 Otras Cargas Diversas de Gestión

66 CARGAS EXCEPCIONALES

661 Costo Neto de Enajenación de Valores

662 Costo Neto de Enajenación Inmueble, Maquinaria y Equipo

663 Costo Neto de Enajenación de Intangibles

664 Impuestos Atrasados y/o Adicionales

665 Cargas Diversas de Ejercicio Anterior

666 Sanciones Administrativas Fiscales

667 Cargas Excepcionales, ACM

668 Gastos Extraordinarios

669 Otras Cargas Excepcionales

67 CARGAS FINANCIERAS

671 Intereses y Gastos de Préstamos

672 Intereses y Gastos de Sobregiros

673 Intereses Relativos a Bonos Emitidos y Otras Obligaciones a Plazo

674 Intereses y Gastos de Documentos Descontados

675 Descuentos Concedidos por Pronto Pago

Page 15: Archivo permanente   los popeyes

676 Pérdidas por Diferencia de Cambio

677 Cargas Financieras ACM

678 Gastos de Compras de Valores

679 Otras Cargas Financieras

68 PROVISIONES DE EJERCICIO

681 Depreciación, Inmuebles, Maquinaria y Equipo

682 Amortización de Intangibles

683 Fluctuación de Valores

684 Cuentas de Cobranza Dudosa

685 Desvalorización de Existencias

686 Compensación por Tiempo de Servicios

687 Jubilación

688 Provisiones del Ejercicio, ACM

689 Otras Provisiones del Ejercicio

69 COSTO DE VENTAS

691 Mercaderías

692 Productos Terminados

693 SubProductos, Deshechos y Desperdicios

698 Costo de Ventas, Ajustes por Corrección Monetaria

70 VENTAS

701 Mercaderías

702 Productos Terminados

703 SubProductos, Deshechos y Desperdicios

707 Prestación de Servicios

708 Ventas, ACM

709 Devolución sobre ventas

71 PRODUCCION ALMACENADA O DESALMACENADA

711 Variación de Productos Terminados

712 Variación de SubProductos, Desechos y desperdicios

713 Variación de Productos en Proceso

715 Variación de Envases y Embalajes

718 Producción Almacenada (o Desalmacenada), Ajuste por Corrección Monetaria 72 PRODUCCION INMOVILIZADA

721 Inmuebles, Maquinaria y Equipo

722 Intangibles

728 Producción Inmovilizada, Ajuste por Corrección Monetaria

73 DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES OBTENIDAS

738 Descuentos, Rebajas y Bonificaciones Obtenidas, ACM

74 DESCUENTOS, REBAJAS Y BONIFICACIONES CONCEDIDAS

748 Descuentos, Rebajas y Bonificaciones Concedidas, ACM

75 INGRESOS DIVERSOS

751 Explotación de Servicios en Beneficio Personal

752 Comisiones y Corretajes

753 Regalías

754 Alquileres de Terrenos

755 Alquileres Diversos

756 Recuperación de Impuestos

757 Ingresos Diversos, Ajuste por Corrección Monetaria

758 Subsidios Recibidos

759 Otros Ingresos Diversos

76 INGRESOS EXCEPCIONALES

Page 16: Archivo permanente   los popeyes

761 Enajenación de Valores

762 Enajenación de Inmuebles, Maquinaria y Equipo

763 Enajenación de Intangibles

764 Recuperación de Cast. de Cuentas Incobrables

765 Devolución de Provisión de Ejercicios Anteriores

766 Devolución de Impuestos

767 Ingresos Excepcionales, ACM

768 Ingresos Extraordinarios

769 Otros Ingresos Excepcionales

77 INGRESOS FINANCIEROS

771 Intereses Sobre Préstamos Otorgados

772 Intereses sobre Cuentas por Cobrar Mercantiles

773 Intereses Percibidos sobre bonos y Ot. T.

774 Intereses sobre Depósitos

775 Descuentos Obtenidos por p. p.

776 Ganancias por Diferencia de Cambio

777 Dividendos Percibidos

778 Ingresos Financieros, ACM

779 Otros Ingresos Financieros

78 CARGAS CUBIERTAS POR PROVISIONES

788 Cargas Cubiertas por Provisiones, ACM

79 CARGAS IMPUTABLES A CUENTAS DE COSTO

791 Cargas Imputables a Cuentas de Costos, ACM

792 Gastos Administrativos

793 Gastos de Ventas

794 Gastos Financieros

80 MARGEN COMERCIAL

81 PRODUCCION DEL EJERCICIO

82 VALOR AGREGADO

83 EXCEDENTE (O INSUFICIENCIA) BRUTO DE EXPLOTACION

84 RESULTADO DE EXPLOTACION

85 RESULTADO ANTES DE PARTICIPACIONES E IMPUESTOS

86 DISTRIBUCION LEGAL DE LA RENTA NETA

861 Participación de los Trabajadores

862 Participación Comunidad Laboral

863 Participación Patrimonial de los Trabajadores

864 Investigación Científica y Tecnológica

868 Distribución Legal de la Renta, ACM

87 SALDOS INTERMEDIARIOS DE GESTION

871 Margen Comercial

872 Producción del Ejercicio

873 Valor Agregado

874 Excedente (o Insuficiencia) Bruto de Explotación

876 Resultado antes de Participaciones de Acciones e Impuestos

88 IMPUESTO A LA RENTA

888 Impuesto a la Renta ACM

89 RESULTADO DEL EJERCICIO

898 Resultado por Exposición a la Inflación del Ejercicio

Page 17: Archivo permanente   los popeyes

Descripción del Sistema Contable

El sistema contable que utiliza la empresa Ferretero Chimg está basado a

través del Sistema De Cuentas Múltiples y en lo relacionado a inventarios se

lleva a través del Sistema Permanente.

POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS

Políticas de caja

Recepción del fondo 15 minutos antes de ingresar en el sistema

Las facturas deberán entregarse en un sobre cerrado

La recepción de Bauchers se lo deberá hacer al final de la jornada

El personal de caja no deberá tener en sus bolsillos efectivos ni tampoco deben

portar sus billeteras

Al momento de realizar anulaciones se deberá al jefe el motivo de la anulación.

En caso de pérdida de bouchers por un cheque protestado, tendrá 72 horas

para recuperarlo.

Políticas de Bancos

Los depósitos en cheque se lo realizaran directamente con el banco

Page 18: Archivo permanente   los popeyes

Los pagos de nuestros proveedores se lo realizara por medio del banco del

pichincha

Los cheque emitidos constaran del la firma del gerente y contador

respectivamente

REGLAMENTOS A LOS QUE SE RIGEN

Código de Trabajo

SUJETOS DEL DERECHO DEL TRABAJO

Artículo 6.- Son trabajadores las personas naturales que en forma verbal o

escrita, individual o colectiva, expresa o presunta, temporal o permanente se

obliga con otra persona natural o jurídica denominada empleador a una relación

de trabajo, consistente en prestarle mediante remuneración un servicio o

ejecutar una obra material o intelectual bajo su dirección y subordinación

directa o delegada.

Cuando el trabajador, por necesidad implícita de la naturaleza del servicio u

obra a ejecutar, conforme pacto o costumbre, requiera del auxilio de otra u

otras personas, el empleador de aquel lo será de éstas, previo consentimiento

expreso o tácito.

Artículo 7.- La categoría de trabajadores de confianza depende de la

naturaleza de las labores desempeñadas y no de la designación que se da al

puesto. Siempre son trabajadores de confianza los directores o

Page 19: Archivo permanente   los popeyes

administradores que ejercen funciones de dirección en nombre del empleador y

que por su carácter legal establecido en el presente código, puedan sustituir a

la persona natural o jurídica que representen.

Artículo 8.- Empleador es la persona natural o jurídica que contrata la

prestación de servicios o la ejecución de una obra a cambio de una

remuneración.

Artículo 9.-Tienen el carácter de empleadores los contratistas,

subcontratistas y demás empresas que contratan a trabajadores para la

ejecución de trabajos en beneficio de terceros, con capital, patrimonio,

equipos, dirección u otros elementos propios.

Artículo 10.- Se consideran representantes de los empleadores y en tal

carácter, obligan a éstos en su relación con los demás trabajadores, los

directores, gerentes, administradores, capitanes de barco y en general las

personas que en nombre de otras ejerzan funciones de dirección y

administración.

Artículo 11.- La sustitución del empleador no afecta las relaciones de

trabajo. El empleador sustituido será solidariamente responsable con el nuevo,

hasta por el término de seis meses, por las obligaciones derivadas de las

relaciones de trabajo y de la ley, nacidas antes de la fecha de sustitución,

concluido el trabajo subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo

empleador.

Artículo 12.- Se entiende por empresa la unidad económica de producción,

distribución y comercialización de bienes y servicios. Se consideran como parte

Page 20: Archivo permanente   los popeyes

de la empresa los establecimientos, sucursales creadas para el crecimiento y

extensión de sus actividades siempre que no constituyan una persona jurídica

diferente.

OBLIGACIONES DE LOS EMPLEADORES

Artículo 17.- Además de las obligaciones contenidas en otros artículos de

este código, los empleadores están obligados a:

a) Pagar el salario por el trabajo realizado en el modo y tiempo convenidos con

el trabajador;

b)Respetar el derecho a la libre elección de profesión u oficio y no exigir ni

aceptar cualquier clase de pago para emplear al trabajador ni elaborar listas

discriminatorias o realizar prácticas que restrinjan o excluyan las posibilidades

de colocación de los trabajadores;

c) Guardar a los trabajadores la debida consideración y respeto absteniéndose

de malos tratos de palabra, obra u omisión y de todo acto que pudiera afectar

su dignidad y su decoro;

d) Proporcionar oportunamente a los trabajadores los útiles, instrumentos y

materiales necesarios y adecuados para ejecutar el trabajo convenido, sin

perjuicio de que para determinadas obras o trabajos de especial naturaleza el

trabajador pueda acordar con el empleador el uso de sus propias herramientas;

e) No retener las herramientas u objetos del trabajador a título de

indemnización, garantía o cualquier otro motivo;

f) No permitir que se dirija o se realice y desarrolle la actividad laboral bajo

los efectos de bebidas alcohólicas, influencia de drogas o cualquier otra

condición análoga

g) No portar ni permitir la portación y uso de armas de cualquier tipo en los

lugares de trabajo, excepto en los casos de personas que estén facultadas para

ello por la naturaleza de sus funciones;

Page 21: Archivo permanente   los popeyes

h) No descontar al trabajador el salario correspondiente al tiempo que se vea

imposibilitado de trabajar por culpa del empleador;

i) Respetar el fuero sindical y no interferir en la constitución y funcionamiento

de los sindicatos;

j) Conceder a los trabajadores, sin descuento de salario y beneficios sociales,

el tiempo necesario para que puedan concurrir ante las autoridades, cuando

hubieren sido legalmente citados a declarar como testigos, o en su calidad de

demandantes o demandados en casos judiciales y administrativos;

k) Respetar la jornada de trabajo, conceder los descansos establecidos y fijar

el calendario laboral en un lugar visible del centro de trabajo;

l) Establecer y llevar los registros, expedientes laborales y demás documentos

en la forma que estipule el Ministerio del Trabajo; y certificar a pedido del

trabajador el tiempo trabajado, ocupación desempeñada y salario devengado;

m) Permitir el acceso a los lugares de trabajo de los inspectores del trabajo

debidamente identificados y suministrar la información que sea oficialmente

solicitada;

n) Permitir el acceso de los dirigentes o asesores del sindicato debidamente

acreditados a los centros de trabajo y que se les suministre la información

pertinente, vinculada a los conflictos y asuntos laborales atendidos por ellos;

o) Cumplir con las leyes y convenios colectivos que regulan el derecho de los

trabajadores de participar en la gestión de las empresas;

p) Velar porque los trabajadores no sean violentados en sus derechos morales

ni objeto de acoso o chantaje sexual;

q)Alojar a los trabajadores gratuitamente en casas o locales seguros y

apropiados a las condiciones locales y necesidades humanas, cuando por la

naturaleza del trabajo o por requerimiento del empleador y por las dificultades

o altos costos del transporte se vean precisados a permanecer en los lugares

del trabajo;

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r) Cumplir en general con todas las obligaciones que se deriven del

cumplimiento de las disposiciones de este código, legislación laboral,

convenciones colectivas, reglamento interno de trabajo y de los fallos

judiciales y arbitrales y de los convenios de la OIT ratificados por Nicaragua.

OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Artículo 18.- Además de las contenidas en otros artículos de este código, los

trabajadores tienen las siguientes obligaciones:

a) Realizar el trabajo en el modo y tiempo convenidos con el empleador;

b) Cumplir con las jornadas, horario de trabajo, con las órdenes e instrucciones

de trabajo del empleador;

c) Procurar el incremento de la producción y de la productividad, en su caso;

d) Observar una conducta respetuosa con el empleador y con sus compañeros

de trabajo, evitando riñas y llegar a vías de hecho;

e) Guardar el debido sigilo acerca de secretos técnicos, comerciales y de

fabricación de la empresa;

f) Utilizar los bienes, recursos y materiales con el cuidado debido, para los

fines que fueron destinados y restituir el equipo de trabajo o vivienda, en su

caso, una vez concluido el trabajo para que les fueron proporcionados;

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g) Prestar el auxilio necesario en caso de siniestro o riesgo inminente en que

peligren los intereses de la empresa o de sus compañeros de trabajo;

h) Asistir a los cursos y demás actividades de capacitación o adiestramiento

que se convengan con el empleador;

i) Cumplir con las medidas que correspondan para evitar riesgos y accidentes

de trabajo;

j) No trabajar bajo los efectos de bebidas alcohólicas, de drogas o en otra

condición análoga;

k) No portar arma de cualquier tipo durante el trabajo, salvo aquellas que

puedan utilizarse en función de la ocupación que desempeñan;

l) No someter a ofertas ventajosas o amenazas de represalias a otro

trabajador con el fin de obligarle a tener relaciones sexuales y;

m) En general, todas aquellas que se deriven del contrato, la convención

colectiva y el reglamento interno de trabajo

CÓDIGO TRIBUTARIO

Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno

Art. 17.- Base imponible de los ingresos del trabajo en relación de

dependencia.- La base imponible de los ingresos del trabajo en relación de

dependencia está constituida por el ingreso ordinario o extraordinario que se

encuentre sometido al impuesto, menos el valor de los aportes personales al

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IESS, excepto cuando éstos sean pagados por el empleador, sin que pueda

disminuirse con rebaja o deducción alguna; en el caso de los miembros de la

Fuerza Pública se

Reducirán los aportes personales a las cajas Militar o Policial, para fines de

retiro o cesantía.

Cuando los contribuyentes que trabajan en relación de dependencia sean

contratados por el sistema de ingreso neto, a la base imponible prevista en el

inciso anterior se sumará, por una sola vez, el impuesto a la renta asumido por

el empleador. El resultado de esta suma constituirá la nueva base imponible

para calcular el impuesto.

Las entidades y organismos del sector público, en ningún caso asumirán el pago

del impuesto a la renta ni del aporte personal al IESS por sus funcionarios,

empleados y trabajadores.

La base imponible para los funcionarios del Servicio Exterior que presten sus

servicios fuera del país será igual al monto de los ingresos totales que perciban

los funcionarios de igual categoría dentro del país.

Art. 18.- Base imponible en caso de determinación presuntiva.- Cuando las

rentas se determinen presuntivamente, se entenderá que constituyen la base

imponible y no estarán, por tanto, sujetas a ninguna deducción para el cálculo

del impuesto. Esta norma no afecta al derecho de los trabajadores por

concepto de su participación en las utilidades.

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Capítulo VI

CONTABILIDAD Y ESTADOS FINANCIEROS

Art. 19.- Obligación de llevar contabilidad.- Están obligadas a llevar

contabilidad y declarar el impuesto en base a los resultados que arroje la

misma todas las sociedades.

También lo estarán las personas naturales y sucesiones indivisas que al primero

de enero operen con un capital o cuyos ingresos brutos o gastos anuales del

ejercicio inmediato anterior, sean superiores a los límites que en cada caso

Se establezcan en el Reglamento, incluyendo las personas naturales que

desarrollen actividades agrícolas, pecuarias, forestales o similares.

Las personas naturales que realicen actividades empresariales y que operen con

un capital u obtengan ingresos inferiores a los previstos en el inciso anterior,

así como los profesionales, comisionistas, artesanos, agentes, representantes y

demás trabajadores autónomos deberán llevar una cuenta de ingresos y

egresos para determinar su renta imponible.

Nota:

Por medio de la fe de erratas publicada en el Registro Oficial 478, 9-XII-

2004 se modificó el texto de este artículo, previo a su reforma.

Art. 20.- Principios generales.-La contabilidad se llevará por el sistema de

partida doble, en idioma castellano y en dólares de los Estados Unidos de

América, tomando en consideración los principios contables de general

aceptación, para registrar el movimiento económico y determinar el estado de

situación financiera y los resultados imputables al respectivo ejercicio

impositivo. Art. 21.- Estados financieros.- Los estados financieros servirán de

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base para la presentación de las declaraciones de impuestos, así como también

para su presentación a la Superintendencia de Compañías y a la

Superintendencia de Bancos y Seguros, según el caso. Las entidades

financieras así como las entidades y organismos del sector público que, para

cualquier trámite, requieran conocer sobre la situación financiera de las

empresas, exigirán la presentación de los mismos estados financieros que

sirvieron para fines tributarios.

Capítulo VII

DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO

Art. 22.- Sistemas de determinación.- La determinación del impuesto a la renta

se efectuará por declaración del sujeto pasivo, por actuación del sujeto activo,

o de modo mixto.

Para efectos de control deberán presentar a la Administración Tributaria, en

las mismas fechas y forma que ésta establezca, los anexos e informes sobre

tales operaciones. La falta de presentación de los anexos e información

referida en este artículo, o si es que la presentada adolece de errores o

mantiene diferencias con la declaración del Impuesto a la Renta, será

sancionada por la propia Administración Tributaria con multa de hasta 15.000

dólares de los Estados Unidos de América.

La información presentada por los contribuyentes, conforme este artículo,

tiene el carácter de reservada.

Art. 23.- Determinación por la administración.- La administración efectuará las

determinaciones directa o presuntiva referidas en el Código Tributario, en los

casos en que fuere procedente.

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La determinación directa se hará en base a la contabilidad del sujeto pasivo,

así como sobre la base de los documentos, datos, informes que se obtengan de

los responsables o de terceros, siempre que con tales fuentes de información

sea posible llegar a conclusiones más o menos exactas de la renta percibida por

el sujeto pasivo.

La administración tributaria podrá determinar los ingresos, los costos y gastos

deducibles de los contribuyentes, estableciendo el precio o valor de la

contraprestación en operaciones celebradas entre partes relacionadas,

considerando para esas operaciones los precios y valores de

contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en

operaciones comparables, ya sea que éstas se hayan realizado con sociedades

residentes en el país o en el extranjero, personas naturales y establecimientos

permanentes en el país de residentes en el exterior, así como en el caso de las

actividades realizadas a través de fideicomisos.

El sujeto activo podrá, dentro de la determinación directa, establecer las

normas necesarias para regular los precios de transferencia en transacciones

sobre bienes, derechos o servicios para efectos tributarios. El ejercicio de

esta facultad procederá, entre otros, en los siguientes casos:

a) Si las ventas se efectúan al costo o a un valor inferior al costo, salvo que el

contribuyente demuestre documentadamente que los bienes vendidos sufrieron

demérito o existieron circunstancias que determinaron la necesidad de

efectuar transferencias en tales condiciones;

b) También procederá la regulación si las ventas al exterior se efectúan a

precios inferiores de los corrientes que rigen en los mercados externos al

momento de la venta; salvo que el contribuyente demuestre documentadamente

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que no fue posible vender a precios de mercado, sea porque la producción

exportable fue marginal o porque los bienes sufrieron deterioro; y,

c) Se regularán los costos si las importaciones se efectúan a precios

superiores de los que rigen en los mercados internacionales. Las disposiciones

de este artículo, contenidas en los literales a), b) y c) no son aplicables a las

ventas al detal.

Para efectos de las anteriores regulaciones el Servicio de Rentas Internas

mantendrá información actualizada de las operaciones de comercio exterior

para lo cual podrá requerirla de los organismos que la posean. En cualquier caso

la administración tributaria deberá respetar los principios tributarios de

igualdad y generalidad.

La administración realizará la determinación presuntiva cuando el sujeto pasivo

no hubiese presentado su declaración y no mantenga contabilidad o, cuando

habiendo presentado la misma no estuviese respaldada en la contabilidad o

cuando por causas debidamente demostradas que afecten sustancialmente los

resultados, especialmente las que se detallan a continuación, no sea posible

efectuar la determinación directa:

1.- Mercaderías en existencia sin el respaldo de documentos de adquisición;

2.- No haberse registrado en la contabilidad facturas de compras o de ventas;

3.- Diferencias físicas en los inventarios de mercaderías que no sean

satisfactoriamente justificadas;

4.- Cuentas bancarias no registradas; y,

5.- Incremento injustificado de patrimonio.

En los casos en que la determinación presuntiva sea aplicable, según lo antes

dispuesto, los funcionarios competentes que la apliquen están obligados a

motivar su procedencia expresando, con claridad y precisión, los fundamentos

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de hecho y de derecho que la sustenten, debidamente explicados en la

correspondiente acta que, para el efecto, deberá ser formulada. En todo caso,

estas presunciones constituyen simples presunciones de hecho que admiten

prueba en contrario, mediante los procedimientos legalmente establecidos.

Cuando el contribuyente se negare a proporcionar los documentos y registros

contables solicitados por el Servicio de Rentas Internas, siempre que sean

aquellos que está obligado a llevar, de acuerdo con los principios contables de

general aceptación, previo tres requerimientos escritos, emitidos por la

autoridad competente y notificados legalmente, luego de transcurridos treinta

días laborables, contados a partir de la notificación, la administración

tributaria procederá a determinar presuntivamente los resultados según las

disposiciones del artículo 24 de esta Ley.