aplicacion e interpretacion

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Lección 5: Aplicación e interpretación de las normas laborales 5.1.- Estructura y relaciones entre las fuentes laborales. Introducción - Fuentes en sentido estático (art. 3 ET) - Fuentes en sentido dinámico: concurrencia y articulación de fuentes - Peculiaridades: profusión de fuentes y fuente inédita - Principio de heteronomía (contrato normado) y principio de autonomía (colectiva) 5.2.- Concurrencia de normas y articulación de fuentes - concurrencia conflictiva. Criterios de solución de conflictos - concurrencia no conflictiva. Articulación de fuentes 5.3.- Autonomía de la voluntad y relaciones con otras fuentes - sucesión de normas: retroactividad y condición más beneficiosa - indisponibilidad de derechos 5.4.- Criterios de interpretación. 5.5. Prescripción y caducidad

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• 5.1.- Estructura y relaciones entre las fuentes laborales. Introducción • - Fuentes en sentido estático (art. 3 ET) • - Fuentes en sentido dinámico: concurrencia y articulación de fuentes • - Peculiaridades: profusión de fuentes y fuente inédita • - Principio de heteronomía (contrato normado) y principio de autonomía (colectiva) • 5.4.- Criterios de interpretación. 5.5. Prescripción y caducidad

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Page 1: aplicacion e interpretacion

Lección 5:Aplicación e interpretación de las normas laborales

• 5.1.- Estructura y relaciones entre las fuentes laborales. Introducción

• - Fuentes en sentido estático (art. 3 ET)

• - Fuentes en sentido dinámico: concurrencia y articulación de fuentes

• - Peculiaridades: profusión de fuentes y fuente inédita

• - Principio de heteronomía (contrato normado) y principio de autonomía (colectiva)

• 5.2.- Concurrencia de normas y articulación de fuentes

• - concurrencia conflictiva. Criterios de solución de conflictos

• - concurrencia no conflictiva. Articulación de fuentes

• 5.3.- Autonomía de la voluntad y relaciones con otras fuentes

• - sucesión de normas: retroactividad y condición más beneficiosa

• - indisponibilidad de derechos

• 5.4.- Criterios de interpretación. 5.5. Prescripción y caducidad

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5.1.- Estructura y relaciones entre las fuentes laborales. Introducción

• Peculiaridades: profusión de fuentes y fuente inédita• - el art. 3 ET. Incluye fuentes del derecho y de las obligaciones. Ya perfila un papel

singular del contrato. • - Se añade una fuente del derecho más: el convenio. Problemas cuantitativos • - la fuente es peculiar, con criterios propios para la solución de conflictos.

Problemas cualitativos, derivados de su doble naturaleza. Cuerpo de contrato y alma de ley.

• Principio de heteronomía (contrato normado) y principio de autonomía (colectiva)

• - recordar: intervención intensiva de la normativa legal (o heterónoma) en el DT. Limitación exhaustiva de la autonomía de la voluntad. Contrato normado o contrato tipo.

• - Sustitución de la autonomía individual o bilateral de los contratantes a favor de la autonomía colectiva. El convenio como fuente de regulación del contrato y la relación laboral.

Page 3: aplicacion e interpretacion

5.2.- Concurrencia de normas

• FUENTES EN SENTIDO ESTÁTICO Y DINÁMICO• Concurrencia de normas o fuentes. Cuando no existe una única fuente de regulación para el

supuesto concreto.

• Presupuesto de aplicabilidad. VIGENCIA (derogación tácita o expresa):• - Principio de modernidad. ESPECIALIDAD CONVENIO: principio de antigüedad y reglas

especiales de preferencia. Vid. Art. 84 ET. Sólo en modernidad en el caso de que el convenio sea del mismo ámbito y de los mismos sujetos legitimados.

• - Principio de especialidad: corrección o excepción al principio de modernidad o de sucesión normativa. No aplicable en materia de convenios

• Concurrencia conflictiva y no conflictiva (articulación).

• Concurrencia conflictiva: una o varia de las fuentes resulta expulsada del ordenamiento o es inaplicable.

• A) Principio de jerarquía. No aplicable a los convenios.• B) Competencia. Especialidades convenios: arts. 83 y 84 ET. Resultado jerarquización de

convenios. Debilitamiento poder normativo• DERECHO INTERNACIONAL • C) Primacía. Derecho comunitario.

Page 4: aplicacion e interpretacion

5.2.- Concurrencia de normas (cont.)

• Concurrencia no conflictiva (articulación de fuentes). Concurren más de una fuente válidas y se aplica la de inferior rango.

• Principio de suplementariedad:

• - principio de norma mínima. Trata de garantizar el cumplimiento riguroso del principio de jerarquía. Configurando la normativa laboral como aluvional. En la práctica, a la fuente de rango inferior sólo le cabe la posibilidad de mejorar lo establecido en la fuente de referencia. Ejemplo, competencias de la ley, el convenio y el contrato en materia de salario.

• A) Derecho necesario absoluto

• B) Derecho necesario relativo: de máximos y de mínimos (ésta ha sido sin duda la manifestación tradicional más generalizada, actualmente sólo lo es cuantitativamente)

• - principio de norma más favorable: entre convenios, art. 3.3 ET y sólo subsidiariamente respecto de las reglas dispuestas en el art. 84 y 83.2 ET. Procedimiento de determinación, art. 3.3 ET. Muchos problemas.

• Principio de complementariedad (ley-reglamento). Se aplica la fuente de rango inferior y/o subsidiariamente la de rango superior.

• Disponibilidad o supletoriedad. Remisiones en blanco o parciales y con/sin norma subsidiaria

Page 5: aplicacion e interpretacion

5.3.- Autonomía de la voluntad y relaciones con otras fuentes

• Retroactividad: Prohibida, art. 9.3 CE.

• En materia laboral: retroactividad de grado medio: Las sucesiva normas legales y convencionales son inmediatamente aplicables a las relaciones de trabajo vigentes.

• Sólo habrá de respetarse los derechos adquiridos y vencidos. Ejemplo reducción salarial o de pensión.

• Ultraactividad de los convenios. Norma legal supletoria. Art. 86.3, 2º

• Sucesión de normas o de convenios: principio de regresividad del ordenamiento laboral.

• - Para los convenios: art. 82.4 ET

• - Derecho transitorio

• - Condición más beneficiosa

Page 6: aplicacion e interpretacion

5.3.- Autonomía de la voluntad y relaciones con otras fuentes (cont.)Condición más beneficiosa

• A) Definición: las condiciones de trabajo más beneficiosas o favorables que las contenidas en el conjunto normativo aplicable (leyes y convenios) y los sucesivos, siempre que lo permita la naturaleza de la disposición. Contenido: 1.- ha de ser lícita y no contraria a las normas laborales de derecho necesario absoluto o máximos de derecho necesario; 2.- puede no dar lugar a ventaja patrimonial.

• B) Origen o fuente de creación: de mutuo acuerdo o por decisión unilateral del empresario. Libertad de forma (art. 8 ET). * Antes cualquier fuente de creación, válida, como consecuencia del principio de irregresividad*

• C) Efectos: individuales o colectivos

• D) Perfeccionamiento: expresa o tácita, pero no basta el mero transcurso del tiempo

• E) Modificación, alteración o extinción.

• - pacto novatorio

• - modificaciones legales o pactadas

• - Voluntad unilateral del empresario: art. 41 o cláusula rebus sic stantibus

• - Compensación y absorción. Similar, art. 26.5 ET