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ANEXO DIGITAL
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CAPTULO 1
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Disel Marino 2
Disel B-2/ S50
Disel B-5
Disel B-5/ S50
Intermediate Fuel Oil - IFO 180/380
Petrleo Industrial N 5
Petrleo Industrial N 6
Petrleo Industrial 500
Asfalto Lquido RC/MC
Asfalto Slido
Solvente 1
Solvente 3
Naftoil Industrial Premium
Destilados medio para mezclas
HAS/HALPetrleo: productos en proceso en refineras
Gas Seco/ Gas Combustible/ Gas UDP
Gas UDV
Nafta Primaria
Nafta Pesada
Nafta Virgen
Nafta Craqueada
Gasolina Primaria de Exportacin/Gasolina Base
Gasolina Natural
Solvente MC
Gasoleo Liviano
Gasoleo Pesado
Material de Corte
Petrleo Ind. Maple
Residual Asfltico
Crudo Reducido
Slop
Slop Wax
Combustibles Uso PropioLGN: Productos de Plantas Procesadoras
GLP
Propano
Butano
GN
HAS/HAL
Destilado medio para mezcla
Fuente: MEM. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
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CAPTULO 2(Sin anexo)
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CAPTULO 4
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Acpite A.4-1: Registro de Hidrocarburos
El Reglamento del Registro de Hidrocarburos (RH), aprobado por Resolucin de Consejo
Directivo de Osinergmin N 191-2011-OS/CD, y sus modificatorias, establece losprocedimientos, principios, requisitos, y rganos competentes, aplicables para la inscripcin,modificacin, suspensin, cancelacin y habilitacin. El mbito de aplicacin comprende a laspersonas naturales o jurdicas as como los consorcios, asociaciones en participacin u otrasmodalidades contractuales, que deseen desarrollar las actividades de hidrocarburos sealadasen el Artculo 23. Tanto el listado de los registros hbiles como la documentacin, formatos ynormativa aplicable, se encuentran disponibles en el portal electrnico del Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).
Listado A.4-1Principales aspectos econmicos y financieros que rigen los contratos que seencuentran regulados en la Ley Orgnica de Hidrocarburos
El contratista tiene la libre disponibilidad de los hidrocarburos que le correspondanconforme al contrato y puede exportarlos libres de todo tributo.
El contratista tiene derecho a usar en sus operaciones los hidrocarburos producidos enel rea del contrato, sin costo alguno.
En caso de emergencia nacional declarada por Ley, en virtud de la cual el Estado debaadquirir hidrocarburos de los productores locales, la adquisicin se efectuar a preciosinternacionales, de acuerdo con los mecanismos de valorizacin y de pago que seestablezca en el contrato.
El GN que no es utilizado en las operaciones puede ser comercializado, reinyectado al
reservorio, o ambos, por el contratista. Si el gas no es utilizado segn lo antes descrito,puede ser quemado previa aprobacin del Ministerio de Energa y Minas (MEM).
Tanto la regala de los contratos de licencia, como las retribuciones de los contratos deservicios, se determinan en funcin a la produccin fiscalizada de hidrocarburosprovenientes del rea del contrato4. El contratista puede pagar la regala en efectivo deacuerdo con mecanismos de valorizacin y pago que se establecen en cada contrato,teniendo en cuenta que los hidrocarburos lquidos deben de valorizarse tomandocomo base precios internacionales, y el GN tomando como base precios de venta en elmercado nacional o de exportacin, segn sea el caso.
La regala es considerada como gasto.
Los contratistas pueden llevar su contabilidad en moneda extranjera de acuerdo con
las prcticas contables aceptadas en el Per, y estn sujetos al rgimen tributariocomn del impuesto a la renta (IR) y a las normas de la Ley Orgnica de Hidrocarburos(LOH), rigindose por el rgimen aplicable al momento de la celebracin del contrato.
El contratista puede importar los bienes que sean necesarios para la ejecucin delcontrato. La importacin de bienes e insumos requeridos para la exploracin, en fasede exploracin, se encuentra exonerada de todo tributo, por el plazo que dure dichafase5.
El contratista tiene derecho a la importacin temporal y por un perodo de dos aos,de bienes destinados a sus actividades, con suspensin de los tributos a laimportacin. La importacin temporal puede ser prorrogada por perodos de un aohasta dos veces.
La exportacin de hidrocarburos est exenta de todo tributo.
http://www.osinergmin.gob.pe/http://www.osinergmin.gob.pe/http://www.osinergmin.gob.pe/ -
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El Estado garantiza a los contratistas que los regmenes cambiarios y tributariosvigentes a la fecha de celebracin del contrato, permanecern inalterables durante lavigencia del mismo, para efectos de cada contrato.
Igualmente el Banco Central de Reserva del Per (BCRP), en representacin del Estado,garantiza a las empresas, la disponibilidad de divisas que les corresponda de acuerdo
con la Ley y a lo establecido en los contratos, incluyendo el derecho a mantener,controlar y operar cuentas bancarias en cualquier moneda, tanto en el pas como elexterior y a tener el control y libre uso de las mismas.
Cuadro A.4-1Principales reglamentos del subsector hidrocarburos
Reglamento Norma de aprobacin*
Reglamento de las Actividades de Exploracin y Explotacinde Hidrocarburos
D.S. N 032-2004-EM
Reglamento de Normas para la Refinacin y Procesamiento
de Hidrocarburos
D.S. N 051-93-EM
Reglamento de Transporte de Hidrocarburos por Ductos D.S. N 081-2007-EM
Reglamento para la Comercializacin de CombustiblesLquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos
D.S. N 030-98-EM
Reglamento para la Comercializacin de CombustiblesLquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos
D.S. N 045-2001-EM
Reglamento para la Comercializacin de GLP D.S. N 01-94-EM
Reglamento de Establecimientos de GLP para usoAutomotor. Gasocentros.
D.S. N 019-97-EM
Reglamento para la Comercializacin de Biocombustibles D.S. N 021-2007-EM
Reglamento de Seguridad para Actividades de
HidrocarburosD.S. N 043-2004-EM
Reglamento de Seguridad para el Almacenamiento deHidrocarburos
D.S. N 052-93-EM
Reglamento de Seguridad para Transporte deHidrocarburos
D.S. N 26-94-EM
Reglamento de Seguridad para Establecimientos de Ventaal Pblico de Combustibles Derivados de los Hidrocarburos
D.S. N 054-93-EM
Reglamento de Seguridad para Instalaciones y Transportede GLP
D.S. N 27-94-EM
Reglamento de Distribucin de GN por Red de Ductos(Texto nico Ordenadoaprobado por D.S. N 040-
2008-EM)Reglamento para Instalacin y Operacin deEstablecimientos de Venta al Pblico de GN (GNV)
D.S. N 006-2005-EM
Reglamento de Comercializacin de Gas NaturalComprimido (GNC) y Gas Natural Licuefactado (GNL)
D.S. N 031-2004-EM
Normas del Servicio de Transporte de GN por Ductos D.S. N 018-2004-EM
Condiciones Generales para la Asignacin de Capacidad deTransporte de GN por Ductos
D.S. N 016-2004-EM
Reglamento de la Ley de Promocin de la Inversin enPlantas de Procesamiento de GN
D.S. N 031-2004-EM
Reglamento de la Ley de Promocin para el Desarrollo de la
Industria Petroqumica D.S. N 066-2008-EMReglamento de la Ley de Promocin del Desarrollo de la D.S. N 040-99-EM
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Industria de GN
Reglamento para la proteccin Ambiental en lasActividades de Hidrocarburos
D.S. N 039-2014-EM
* En el presente cuadro, por efecto de simplificacin, se indica nicamente la norma de aprobacin delreglamento respectivo, sin incluir las normas modificatorias o complementarias de las mismasFuente: MEM. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
Cuadro A.4-2Procedimiento en los que se debe aplicar la consulta previa
Procedimiento Oportunidad Entidad a cargo
Concesin de transporte dehidrocarburos por ductos Antes de otorgar la
concesin
Direccin Generalde Hidrocarburos
Concesin de distribucin de GNpor red de ductos
Modificacin de la concesin (solosi se trata de ampliacin)
Antes de otorgar lamodificacin
Autorizacin de instalacin yoperacin de ducto para uso propioy principal
Antes de otorgar laautorizacin
Modificacin o transferencia deautorizacin de instalacin yoperacin de ducto para uso propioy principal (slo si se trata deampliacin de terreno)
Antes de otorgar lamodificacin
D.S. que aprueba la suscripcin decontratos de exploracin yexplotacin de lotes petroleros ygasferos
Antes de emitir elDecreto Supremo
Perpetro S.A.
Informe Tcnico Favorable para lainstalacin de plantas de refinaciny procesamiento de hidrocarburosy estaciones de servicio
Previo a la emisinde la autorizacin
Direccin Generalde Hidrocarburos
Fuente: MEM. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
Acpite A.4-2Entidades del Estado relacionadas al sector hidrocarburos
Perupetro S.A.
Es la Empresa Estatal de Derecho Privado encargada de promover la inversin en lasactividades de exploracin y explotacin de hidrocarburos, as como negociar, celebrar ysupervisar en calidad de contratante, por la facultad que le confiere el Estado y los contratosestablecidos por la LOH6. Perupetro S.A. es igualmente encargada de realizar el procedimientode calificacin de las empresas petroleras, conforme al reglamento de la materia. El derechode propiedad de los hidrocarburos extrados es otorgado por el Estado a Perupetro S.A., parapoder celebrar contratos de exploracin y explotacin o explotacin. Por el mrito de loscontratos de licencia, Perupetro S.A transfiere el derecho de propiedad sobre loshidrocarburos extrados a los licenciatarios.
La normativa que rige la actuacin de Perupetro S.A., puede encontrarse en
www.perupetro.com.pe.
http://www.perupetro.com.pe/http://www.perupetro.com.pe/ -
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o Ministerio de Energa y Minas
El Ministerio de Energa y Minas (MEM) fue creado mediante Decreto Ley N 17271 del ao1968. Conforme a la Ley Orgnica del Sector Energa y Minera, le corresponde la formulacin,supervisin y evaluacin de las polticas de alcance nacional en materia de electricidad,
hidrocarburos y minera. Conforme a la LOH, es el ente encargado de elaborar, aprobar,proponer y aplicar la poltica del sector, as como de dictar las normas pertinentes. A estosefectos, las normas o dispositivos reglamentarios que dicten otros sectores que tenganrelacin con las actividades de hidrocarburos, debern por mandato de la ley citada, contarcon la opinin favorable del MEM, a excepcin de las normas tributarias, las cuales se rigenpor lo dispuesto en la Norma XIV del Ttulo Preliminar del Cdigo Tributario. La normativa querige la actuacin del MEM, as como la descripcin de las funciones de sus distintos rganos,puede encontrarse en detalle enwww.minem.gob.pe.
o Ministerio del Ambiente y Organismos Adscritos (OEFA, Sernanp, Senace)
Creado por Decreto Legislativo N 1013 en 2008, el Ministerio del Ambiente (Minam) es elencargado de disear, establecer, ejecutar y supervisar la aplicacin de las polticasambientales, as como de promover la conservacin y uso sostenible de los recursos naturales,diversidad biolgica y reas naturales protegidas. El Viceministerio de Gestin Ambiental delMinam interviene en la elaboracin del Plan de Estndares de Calidad Ambiental (ECA), ascomo de los Lmites Mximos Permisibles (LMP). Entre los organismos adscritos al Minam seencuentran el Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas (Sernanp), el Organismo deEvaluacin y Fiscalizacin Ambiental (OEFA), y el Servicio Nacional de Certificacin Ambientalpara las Inversiones Sostenibles (Senace), que cumplen importantes roles en materiaambiental con respecto a la realizacin de actividades de hidrocarburos. La normativa que rigela actuacin del Minam, as como la descripcin de las funciones de sus distintos rganos,puede encontrarse enwww.minam.gob.pe.
Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas por el Estado
El Servicio Nacional de reas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) es el organismopblico tcnico especializado, adscrito al Minam desde mayo de 2008,7encargado de dirigir yestablecer los criterios tcnicos y administrativos para la conservacin de las reas naturalesprotegidas, y de cautelar el mantenimiento de la diversidad biolgica. Es el ente rector delSistema Nacional de reas Protegidas por el Estado (Sinanpe). De conformidad con elReglamento para la Proteccin Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos8, las actividadesde hidrocarburos que se realicen al interior de reas naturales protegidas de administracinnacional y/o en sus zonas de amortiguamiento y en las reas de conservacin regional, debencontar con la opinin tcnica favorable del Sernanp, y desarrollarse en concordancia con lanormativa sobre la materia, el plan director y los planes maestros respectivos. La normativaque rige la actuacin del Sernanp, as como la descripcin de las funciones de sus distintosrganos, puede encontrarse enwww.sernanp.gob.pe.
Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental
El Organismo de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental (OEFA), fue creado por DecretoLegislativo N 1013 como organismo pblico tcnico especializado adscrito al Minam,encargado de la fiscalizacin, supervisin, control y sancin en materia ambiental. Es el enterector del Sistema Nacional de Evaluacin y Fiscalizacin Ambiental (Sinefa). El OEFA asumilas funciones de supervisin, fiscalizacin y sancin ambiental en materia de hidrocarburos engeneral, transferidas del Osinergmin, el 4 de marzo de 2011, conforme a lo dispuesto en la
http://www.minem.gob.pe/http://www.minem.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/http://www.sernanp.gob.pe/http://www.sernanp.gob.pe/http://www.sernanp.gob.pe/http://www.minam.gob.pe/http://www.minem.gob.pe/ -
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Resolucin de Consejo Directivo N 001-2011-OEFA/CD. La normativa que rige la actuacin delOEFA, as como la descripcin de las funciones de sus distintos rganos, puede encontrarse enwww.oefa.gob.pe.
Servicio Nacional de Certificacin Ambiental para las Inversiones Sostenibles
Creado por Ley N 29968, el Servicio Nacional de Certificacin Ambiental para las InversionesSostenibles (Senace), es un organismo pblico tcnico especializado adscrito al Minam. Formaparte del Sistema Nacional de Evaluacin del Impacto Ambiental (SEIA), cuya rectora ejerce elMinam. El Senace, est a cargo, entre otras funciones, de la revisin y aprobacin de losEstudios de Impacto Ambiental detallados (EIA-d), de acuerdo con lo establecido en su ley decreacin; de implementar la Ventanilla nica de Certificacin Ambiental en los procedimientosde aprobacin de los EIA-d; de administrar el Registro Nacional de Consultoras Ambientales yel Registro Administrativo de las certificaciones ambientales de alcance nacional omultiregional concedidas o denegadas por los organismos correspondientes; de formularpropuestas de mejora continua de los procesos de evaluacin ambiental; de evaluar y aprobar
la Certificacin Ambiental Global, as como sus actualizaciones, modificaciones yampliaciones9; y de coordinar con las entidades autoritativas y opinantes tcnicas para laemisin de los informes y opiniones tcnicas para la expedicin de la Certificacin AmbientalGlobal. La normativa que rige la actuacin del Senace, as como la descripcin de las funcionesde sus distintos rganos, puede encontrarse enwww.senace.gob.pe.
o Ministerio de Cultura
Creado por Ley N 29565, es el ente rector en materia de cultura en el pas. Es competente enmateria de patrimonio cultural de la nacin, material e inmaterial; gestin cultural e industriasculturales, creacin cultural contempornea y artes vivas, y pluralidad tnica y cultural de la
nacin. El Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, tiene la funcin depromover y garantizar el sentido de la igualdad social y respeto a los derechos de los pueblosdel pas de conformidad con el Convenio 169 de la Organizacin Internacional del Trabajo (OIT)y la Declaracin de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indgenas conformea la Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indgenas u Originarios10. Segn elreglamento de la Ley N 29785Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indgenas uOriginarios reconocido en el Convenio 169 de la OIT, el Viceministerio de Interculturalidad es laentidad responsable de elaborar, consolidar y actualizar la base de datos oficial de los pueblosindgenas y sus organizaciones, la misma que constituye un instrumento de acceso pblico ygratuito que sirve para el proceso de identificacin de los pueblos indgenas. Igualmente,conforme al reglamento citado, se encuentra a cargo de crear, mantener y actualizar unregistro de facilitadores, el registro de intrpretes de las lenguas indgenas y su reglamento, labase de datos oficial de los pueblos indgenas u originarios y sus organizacionesrepresentativas. La normativa que rige la actuacin del Ministerio de Cultura, as como ladescripcin de las funciones de sus distintos rganos, puede encontrarse enwww.cultura.gob.pe.
o Banco Central de Reserva del Per
La Constitucin Poltica del Per, establece como finalidad del BCRP, preservar la estabilidadmonetaria, reconociendo como funciones de dicha entidad: regular la moneda y el crdito delsistema financiero y administrar las reservas internacionales, as como las dems que seala suley orgnica. La emisin de billetes y monedas es facultad exclusiva del Estado y es ejercida porintermedio del BCRP. En materia de hidrocarburos, la LOH dispone que el BCRP, enrepresentacin del Estado, est obligado a garantizar a las empresas que conforman el
http://www.oefa.gob.pe/http://www.senace.gob.pe/http://www.senace.gob.pe/http://www.senace.gob.pe/http://www.cultura.gob.pe/http://www.cultura.gob.pe/http://www.cultura.gob.pe/http://www.senace.gob.pe/http://www.oefa.gob.pe/ -
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contratista, nacionales y extranjeras, la disponibilidad de divisas que corresponda de acuerdo aley y a lo establecido en los contratos. A fin de garantizar la disponibilidad de divisas de laforma sealada en la LOH, el BCRP interviene en los contratos de licencia, servicios ycontratacin autorizadas por el MEM, para las actividades de exploracin y de explotacin dehidrocarburos. La normativa que rige la actuacin del BCRP, as como la descripcin de las
funciones de sus distintos rganos, puede encontrarse enwww.bcrp.gob.pe.
o Ministerio de Economa y Finanzas
Corresponde al Ministerio de Economa y Finanzas (MEF) planear, dirigir y controlar losasuntos relativos a tributacin, poltica aduanera, financiacin, endeudamiento, presupuesto,tesorera y contabilidad, as como armonizar la actividad econmica nacional. Igualmente lecorresponde planear, dirigir y controlar los asuntos relativos a la poltica arancelaria, encoordinacin con el Ministerio de Industria, Comercio, Turismo e Integracin (Mincetur) y conel ministerio del sector interesado, cuando corresponda11, presupuesto, tesorera,endeudamiento, contabilidad, poltica fiscal, inversin pblica y poltica econmica y social.
Conforme a lo dispuesto por la LOH, los Decretos Supremos que aprueban los contratos paralas actividades de exploracin y de explotacin de hidrocarburos contemplados en el artculo10 de dicha ley, son refrendados por el MEF y el MEM12. La normativa que rige la actuacindel MEF, as como la descripcin de las funciones de sus distintos rganos, puede encontrarseenwww.mef.gob.pe.
o Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo y organismos adscritos
El Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo (MTPE) es el organismo rector en materia detrabajo y promocin del empleo13. Mediante la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, Ley N2978314, precisada por Ley N 2990115se dispuso la transferencia al MTPE de las competenciasde supervisin, fiscalizacin y sancin en materia de seguridad y salud en el trabajo en lossubsectores minera, electricidad e hidrocarburos. La Superintendencia Nacional deFiscalizacin Laboral (Sunafil), es uno de los organismos adscritos al MTPE, sobre la base de laLey N 29981. La normativa que rige la actuacin del MTPE, as como la descripcin de lasfunciones de sus distintos rganos, puede encontrarse enwww.mtpe.gob.pe.
Superintendencia Nacional de Fiscalizacin Laboral
La Superintendencia Nacional de Fiscalizacin Laboral (Sunafil) fue creada mediante Ley N2998116como organismo tcnico especializado, adscrito al MTPE, responsable de promover,supervisar y fiscalizar el cumplimiento del ordenamiento jurdico sociolaboral y el de seguridady salud en el trabajo, as como de brindar asesora tcnica, realizar investigaciones y proponerla emisin de normas sobre dichas materias.17La Sunafil es la autoridad central del Sistema deInspeccin del Trabajo a la que se refiere la Ley 28806, Ley General de Inspeccin del Trabajo18.La Primera Disposicin Complementaria Final de la ley de creacin de la Sunafil, dispuso latransferencia a dicha entidad, de los rganos, unidades orgnicas y cargos del MTPE, referidasa la supervisin y fiscalizacin del cumplimiento de la normativa sociolaboral; y dispuso que losgobiernos regionales, entidades pblicas o privadas que deben garantizar el cumplimiento denormas sociolaborales, estn facultados para suscribir convenios con el objeto que la Sunafilfiscalice dichas normas. Por Ley N 3011419 y N 3028120 se dispuso prrrogas para laimplementacin progresiva de Sunafil21. La normativa que rige la actuacin del BCRP, as comola descripcin de las funciones de sus distintos rganos, puede encontrarse enwww.sunafil.gob.pe.
http://www.bcrp.gob.pe/http://www.bcrp.gob.pe/http://www.bcrp.gob.pe/http://www.mef.gob.pe/http://www.mef.gob.pe/http://www.mef.gob.pe/http://www.mtpe.gob.pe/http://www.mtpe.gob.pe/http://www.mtpe.gob.pe/http://www.sunafil.gob.pe/http://www.sunafil.gob.pe/http://www.mtpe.gob.pe/http://www.mef.gob.pe/http://www.bcrp.gob.pe/ -
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CAPTULO 5
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Grfico A.5-1Consumo promedio mensual de balones de GLP
Hogares encuestados: 9 831.Total de hogares (con factores de expansin): 5 194 142.Fuente: ERCUE 2014. Elaboracin: OEE-Osinergmin
Grfico A.5-2Consumo promedio mensual de balones de GLP - Niveles de Pobreza
Hogares encuestados: 9 831.Total de hogares (con factores de expansin): 5 194 142.Fuente: ERCUE 2014. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
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Grfico A.5-3Consumo total de combustibles vehiculares (miles de galones)
Total de consumo de combustible estimado: 21.6 millones de galones.Hogares encuestados: 1 796.Total de hogares (con factores de expansin): 845 385.Fuente: ERCUE 2014. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
Cuadro A.5-1Consumo de balones de GLP de 10 kg(cantidad total y promedio mensual)
Consumo
GLP 10k Prom.
Consumo
GLP 10k Prom.
Consumo
GLP 10k Prom.
Amazonas 61220 1.0 35751 1.0 25469 1.0
ncash 199051 1.1 167901 1.1 31150 1.0
Apurmac 70143 1.1 53770 1.2 16373 0.8
Arequipa 317925 1.3 291888 1.3 26038 1.7
Ayacucho 98339 1.1 77134 1.2 21205 1.0
Cajamarca 188011 1.0 105053 1.1 82958 1.0
Cusco 262174 1.1 168014 1.2 94160 1.1
Huancavel ica 94681 1.1 42887 1.4 51793 1.0
Hunuco 139239 1.1 79371 1.2 59868 1.0
Ica 121913 1.1 108792 1.1 13121 1.2
Junn 249304 1.0 176000 1.0 73305 1.0
La Libertad 306972 1.0 268643 1.0 38329 0.8
Lambayeque 219628 1.0 173479 1.0 46149 1.3
Loreto 68986 1.0 68276 1.0 710 1.0
Madre de Dios 17996 1.1 14803 1.1 3193 1.0
Moquegua 21243 0.9 19361 0.9 1882 0.6
Pasco 85896 1.5 64873 1.6 21022 1.1
Piura 312481 1.0 251749 1.0 60733 1.0
Puno 311622 1.0 159148 1.0 152474 1.1
San Martn 112345 0.9 81800 0.9 30546 0.9
Tacna 34560 1.1 32109 1.2 2451 0.9
Tumbes 43644 1.2 38837 1.2 4806 1.1
Ucayal i 65292 1.1 54889 1.2 10403 0.9
Lima Metropol itana 1733932 1.1 1733932 1.1 - -
Lima Provincias 191543 1.2 159896 1.2 31647 1.1
Total 5,328,140 1.07 4,428,357 1.08 899,784 1.03
Departamento
Nacional Urbano Rural
Hogares encuestados: 9 302.Totales de hogares (con factores de expansin): 4 970 466.Fuente: ERCUE 2014. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
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CAPTULO 6
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Cuadro A.6-1Actividades de unidades mayores y menores del sector hidrocarburos
Unidad Actividades de la GFHL
UnidadesMayores
Bateras de produccin
Sistemas de despacho de combustibles para aviacin
Sistemas de despacho de combustibles para embarcaciones
Consumidos directo de CL y/u OPDH (mayor a 5MB)
Ductos
Estaciones de bombeo
Estaciones de compresin
Patios de tanques
Plantas de procesamiento
Plantas de abastecimiento CL, GLP u OPDHPlantas de abastecimiento de Aeropuerto
Plantas de lubricantes
Plantas de produccin de GLP
Plantas envasadoras de GLP
Refineras
Terminales CL, GLP u OPDH
UnidadesMenores
Consumidor directo de CL y/u OPDH ( menor a 5MB)
Estacin de servicios
Estacin de servicios con gasocentros de GLP
Gasocentros de GLP
GrifosCL: Combustible Lquidos.GLP: Gas Licuado de Petrleo.OPDH: Otros productos derivados de hidrocarburos.Fuente y elaboracin: GFHL - Osinergmin, OROsinergmin.
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Acpite 7-1Ahorros para la economa por el uso de GLP vehicular: supuestos considerados para laestimacin del ahorro
Se asume que el nmero de vehculos que utiliza GLP es marginal antes de la entrada enoperacin del proyecto Camisea y que despus de 2004, la ventaja de los precios relativos delGLP vehicular en relacin a sus sustitutos, incentiv la sustitucin de gasolinas por GLPvehicular. En este contexto, la estimacin del nmero de vehculos que sustituyeron gasolinapor GLP vehicular, como consecuencia del ingreso de los LGN de Camisea al mercado local,resulta de considerar la evolucin de la demanda de GLP vehicular, el rendimiento de losvehculos y la cantidad de kilmetros recorridos por vehculo. Como se observa en el grficoA.7-1, entre 2006 y 2014, el consumo de GLP vehicular creci a una tasa anual de 21%,pasando de 44 millones de galones de GLP en 2006 a 202 millones de galones de GLP en 2014.
Grfico A.7-1Evolucin de la demanda de GLP vehicular
Fuente: GFHL-Osinergmin. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
Adicionalmente a los parmetros tcnicos, se consider los costos de conversin, la vida til,entre otros costos operativos de los vehculos. Estos parmetros se muestran en el cuadro A.7-1, en donde se resumen las variables usadas para el clculo de los ahorros generados por eluso de GLP.
Cuadro A.7-1Supuestos de vehculos convertidos a GLP
Recorrido (kms diarios)* 80Recorrido (kms anual) 29 200
RedimientosGasolina (km / galn gasolina) 36
GLP (km / litro GLP) 6.95
GN (km / m3GN) 10.08
factor (galones a litros) 3.785
GLP (km / galn GLP) 26.3Costo de conversin promedio S/. 3,545Costo de certificado S/. 50Costo de mantenimiento S/. 250Vita til (aos) 10
*PecsaFuente: Pecsa y GFHL-Osinergmin. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
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Acpite 7-2Derivacin del impacto del procedimiento de supervisin de control metrolgico y de calidad(efecto ahorro)
La menor cantidad de combustibles despachados a lo que efectivamente se paga tiene dos
efectos de prdida de bienestar del usuario en un enfoque de equilibrio parcial. La primeraest asociada a la cantidad no despachada valorizada al precio nominal y la segunda vienedado por la necesidad del usuario de adquirir ms combustible para recorrer la mismacantidad de kilmetros. La prdida de bienestar del consumidor por adquirir ms combustiblese aproxima mediante la Variacin Equivalente (VE), asociada al precio adicional que estpagando el consumidor que resulta de la diferencia entre el precio que realmente estpagando el usuario y el precio nominal, por cada galn de combustible. El precio real queasume el usuario est dado por la siguiente expresin:
donde,: Precio real por galn de combustible.
: Precio nominal por galn de combustible (tarifario).
: Porcentaje del desvo de la cantidad de combustible.
Se considera una funcin de demanda agregada isoelstica ya que existe evidencia de que laespecificacin log-lineal de la curva de demanda es una buena aproximacin de la curva dedemanda para los combustibles en el Per (Vsquez, 2005c). Para la derivacin de la VE,Hausman (1981) presenta la siguiente forma funcional de la demanda que es consistente conla caracterstica de ser isoelstica:
donde,
: Cantidad demandada de combustible lquido.
: Precio nominal del combustible lquido, deflactado por el ndice de precios del bien
compuesto que representa la canasta de los dems bienes consumidos por elindividuo.
: Parmetro de elasticidad precio de demanda de combustible.
: Ingreso del consumidor.
: Elasticidad ingreso de la demanda de combustible.
: Vector de caractersticas socioeconmicas.
: Vector de parmetros asociados a las caractersticas socioeconmicas.
Utilizando el teorema de la funcin implcita y la identidad de Roy, Hausman encuentra lasiguiente funcin de utilidad indirecta (vase ecuacin A.7.2-3).
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donde irefleja el momento antes del cambio y despus del cambio en el precio con los valores0 y 1, respectivamente. Despejando y se halla la funcin de gasto que se muestra en laexpresin A.7.2-4.
Ante el cambio del precio de un bien, la variacin equivalente es la cantidad de dinero haraindiferente al consumidor para aceptar un cambio en el precio de un bien, manteniendo sunivel de bienestar despus de la aplicacin de la poltica que motivo el cambio en el precio. La
expresin A.7.2-5 muestra la frmula de clculo de la Variacin Equivalente, donde
representa el nivel de bienestar del consumidor despus del cambio del precio:
La expresin para calcular la VE se halla reemplazando las expresiones A.7.2-3 y A.7.2-4 en la
A.7.2-5.
Reemplazando la funcin de demanda se obtiene la expresin A.7.2-6.
Por otro lado, la cantidad no despachada valorizada al precio nominal es otro componente quehay que sumar a la prdida de bienestar del consumidor debido a la menor cantidad decombustibles despachados a lo que efectivamente se paga ( ). El porcentaje de cantidad
no despachada se representa con . En ese sentido, es posible aproximar la prdida total de
bienestar del consumidor por la expresin A.7.2-7.
El grfico A.7-2muestra un ejemplo que ilustra la prdida del bienestar del consumidor (reasombreada). En el caso de ausencia de informacin asimtrica, a un precio de S/. 9.58 porgaln, la cantidad demandada es de 8 millones de galones. Los usuarios reciben efectivamentelos 8 millones de galones, obteniendo una valoracin monetaria del bienestar del consumidordada por el rea del tringulo ACD. No obstante, en el escenario donde el usuario no recibe lacantidad que efectivamente paga, este inmediatamente pierde la cantidad no despachadavalorizada al precio nominal (S/. 9.58 el galn), que est reflejada por el rea de color amarilloen el grfico A.7.2. El valor monetario de la perdida de bienestar de los consumidores asociadaa la necesidad del usuario de adquirir ms combustible para recorrer la misma cantidad de
kilmetros, medida por la Variacin Equivalente, se refleja por el rea de color azul en el
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grfico A.7-2y se estima por el producto del precio adicional (0.10 soles el galn= (9.68-9.58)soles el galn) que est pagando por cada galn consumido.
Grfico A.7-2Prdida del bienestar de los usuarios cuando reciben una menor cantidad de combustible
por lo efectivamente pagado
Elaboracin: OEE-Osinergmin
Debido a que solo un porcentaje de las mangueras presentan problemas de controlmetrolgico, el efecto generado hacia los consumidores estar determinado por el valoresperado del cambio. La expresin A.7.2-8representa el efecto esperado:
donde,
: Valor esperado del cambio en el bienestar de los hogares.
: Probabilidad de desvo en la cantidad de combustible despachado en el
escenario real.
: Variacin Equivalente.
Por ltimo, el impacto atribuible al proceso de supervisin de metrologa estar determinadopor el efecto asociado en la reduccin de la probabilidad de mangueras con desvo en eldespacho de combustible. En ese sentido el impacto estar determinado por la expresinA.7.2-9.
donde,: Impacto del procedimiento de control metrolgico,
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: Probabilidad de desvo en la cantidad de combustible despachado en el escenario,
real.: Probabilidad de desvo en la cantidad despachada en el escenario contrafactual,
: Variacin Equivalente.
Acpite 7-3Estimacin de los efectos de la supervisin de calidad (efecto precio) y el contenido de azufreen los combustibles lquidos
Cuadro A.72
Efectos del azufre (SO2) de los combustibles
Objetos del
efectoMecanismos de transmisin Indicadores Fuentes
Calidad del
aire
Emisiones de SO2se oxidan
con la combustin y forma
trixido de azufre (SO3) o
sulfato (SO4).
Nivel de azufre en los
combustibles.
Programa regional aire
limpio (2007), el azufre enlos combustibles en el Per.
Contribuyen en la dispersin
de partculas finas, (PM 2.5 y
PKM 10).
Nivel de PM2.5 y PM10 en el aire.
El Ecologista N 58(2008)
Qu son las PM2.5 y cmo
afectan a nuestra salud?
La reduccin de los niveles de
azufre en el combustible de 330
ppm a menos de 1 ppm.
Podra reducir las emisiones de
metano de los motores de gasolina
en 20% o quiz hasta ms de 50%.
Estudio de evaluacinsocioeconmica del
proyecto integral de calidad
de combustibles Reduccin
de azufre en gasolinas y
disel; Mxico, Junio de
2006.
Esta misma reduccin de los niveles
de azufre reducira las emisiones de
N2O en 70% o hasta casi 90% (AECC
2000).
Pueden reducir las emisiones de CO2
30% sobre los vehculos
convencionales a gasolina (Stang
2001).
Los motores a disel pueden alcanzar
una reduccin de hasta 45% en las
emisiones de CO2(Knig et al. 2001).
La salud
humana
+90% de las partculas finas
emitidas por la combustin del
disel se encuentran por
debajo de 1m de dimetro
(PM1). Estas penetran
fcilmente a los pulmones y
llegan hasta a los alvolos.
Enfermedades respiratorias
agudas (otitis, faringitis y
bronquitis).
Malestares: irritacin en los
Incremento de problemas
respiratorios (bronquitis, asma,
faringitis).
Tasa de mortalidad causadas por la
contaminacin del aire por Partculas
Totales en SuspensinPTS.
Programa regional aire
limpio (2007), el azufre en
los combustibles en el Per.
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ojos, dolor de cabeza y
nuseas.
Aumento en la mortalidad.
Irritante respiratorio
Disminucin de visibilidad
Agrava las condiciones
cardiopulmonares y contribuir
a enfermedades respiratorias.
Tasa de problemas cardiacos y
pulmonares.
Problemas en la visibilidad y
respiracin (asma, neumona).
Blumberg, Walsh y Pera
(2003), Gasolina y disel de
bajo azufre: la clave para
disminuir las emisiones
vehiculares.
Las partculas menores a 10
micras presentan efectos nocivos
sobre la salud, sin embargo son
aquellas que presentan undimetro menor a 2.5 micras las
ms peligrosas para las personas
al contaminar el sistema
respiratorio e introducirse al
torrente sanguneo.
Incidencia de enfermedades
infecciosas (IRAs y otras)
Anlisis de la reduccin de
azufre en el disel.
CEPAL(2012)
El Ecologista N 58 (2008)
Qu son las PM2.5 y cmo
afectan a nuestra salud?
Los vehculos
Desgaste del sistema de
inyeccin de combustibles y de
los sistemas de control de
emisiones.
Perdida de compresin ypotencia.
El desgaste del aceite afecta
partes especficas del vehculo.
El SO2ocasiones corrosin,
adems se anula el
funcionamiento del filtro y el
catalizador.
Incremento del costo de operacin
vehicular.
Programa regional aire
limpio (2007), el azufre en
los combustibles en el Per.
Las partculas de azufre son
altamente corrosivas, lo cual
reduce la vida til de un motor
Reduccin de vida til del motor.
La vida til del motor de su
auto, camioneta, camin u
otro motor de combustininterna-lubricacin.
Elaboracin: OEE-Osinergmin
1.
Mtodo para estimar el efecto del control de calidad del Osinergmin
La supervisin de la calidad de los combustibles lquidos fue una poltica que se aplic demanera universal en todos los distritos donde hay grifos autorizados de manera sistemticadesde 2005. Debido a la informacin disponible, se procedi a realizar un anlisis prepost testusando datos observacionales provenientes de diferentes fuentes, segn se definieron las
variables de poltica y de resultado. El primer paso fue definir las variables de resultado, es
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decir, aquellas que podran haber portado el impacto de la supervisin del octanaje y el azufre.Estas variables fueron:
Cuadro A.7-3Definicin de Variables
Intervencin o tratamiento Variable de resultadoSupervisin del octanaje Consumo de gasolina
Supervisin del contenido de azufreIncidencia de IRAs en la poblacin adulta (de 18 a 59aos)
Elaboracin: OEEOsinergmin
La GFHL de Osinergmin proporcion los resultados de las supervisiones efectuadas en los aos2009 a 2014. Por su parte, la Oficina de Estadstica del Ministerio de Salud proporcion losdatos de casos de IRAs agregados por distrito a nivel nacional para los periodos 2009 y de 2011a 2015. Finalmente, los datos de consumo de gasolinas y de disel, as como de otras variablesusadas como controles provinieron de la ERCUE en sus ediciones 2009 y 2014. Puesto que el
objetivo era hacer una comparacin pre-post test, era conveniente tener data de periodos nocontiguos, de modo que sea probable apreciar cambios en el tiempo sobre las variables deresultado. Se tom 2009 como el periodo de pre-test o periodo 0 y 2014 como el post-test operiodo 1.
Otro aspecto a definir era el mbito de anlisis. Los datos de consumo de combustible y lasvariables de control asociadas se extraen de los hogares, pero la representatividad de estosdatos es a nivel de departamento. La base de supervisiones entrega datos a nivel de unamuestra de EVPs, por lo que hay distritos que no registran observaciones en uno o en ambosindicadores (desviacin de octanaje e incumplimiento de azufre). Adems, los datos deincidencia de IRAs se reportan en nmero de casos por distrito. Por lo tanto, para hacer
compatibles los mbitos de medicin de las variables se decidi llevar el anlisis a nivel dedistrito. Esto implica que la validez externa de los resultados se limita al conjunto de distritospara los cules se dispuso de informacin. La base de datos consolidada cont conobservaciones para 601 distritos en los periodos 0y 1 (2009 y 2014).
2.
Cambios en las variables principales en el periodo de anlisis
La GFHL reporta para el caso del octanaje y por cada EVP supervisado, el nmero de octanospor debajo o por arriba del octanaje nominal. As, para la gasolina de 84 octanos (G84), si hayuna desviacin por debajo de 2 octanos en un EVP, el indicador ser -2. Cabe recordar que hayuna tolerancia de 1 octano, lo quiere decir que este caso si se penaliza por cunto tiene unadesviacin de -1 ms all de la tolerancia.
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Cuadro A.74Promedios distritales pre y post-test de las principales variables
Variables Periodo Promedio e.e. IC del 95% Cambio p-value
Desviaciones enG84 (D84)
2009 0.18 0.27 -0.37 0.742014 1.75 0.89 -0.05 3.54 1.56 0.10
Desviaciones enG90 (D90)
2009 0.57 0.59 -0.61 1.76
2014 1.35 0.54 0.27 2.43 0.78 0.34
Incumplimientoen azufre (azufre)
2009 0.21 0.02 0.18 0.24
2014 0.05 0.02 0.00 0.10 -0.16 0.00
Proporcin deIRAs por mil(IRAs)
2009 19.1 1.63 15.89 22.29
2014 10.7 0.77 9.21 12.23 -8.4 0.00
Consumomensualpromedio G84
2009 12.95 1.37 10.26 15.64
2014 4.62 0.67 3.29 5.94 8.33 0.00
Consumomensualpromedio G90
2009 20.82 3.36 14.20 27.43
2014 16.18 10.47 -4.42 36.79 -4.6 0.67
Fuentes: Oficinas Regionales- Osinergmin y Ministerio de Salud. Elaboracin: OEE-Osinergmin.
El cuadro A.7-4 presenta en sus filas 1 a 4 los promedios de las desviaciones de octanosregistradas en los EVPs supervisados. Para el caso de la G84, en el periodo 0 (2009) elpromedio de desviacin fue de 0.18 octanos, mientras que en el periodo 1 (2014) fue de
1.75, es decir, un aumento promedio de la desviacin de 1.56 octanos que resultaestadsticamente significativo a 10% de significancia. Para el caso de la G90 tambin aumentla desviacin positiva en 0.78 octanos entre el periodo 0y el 1. Aun cuando este cambio noresulta ser estadsticamente significativo, no se descart esta medida y se tom en cuenta enel anlisis subsiguiente.
En el caso del azufre, la GFHL reporta si un EVP supervisado cumpli o no con estar dentro delestndar de 50 ppm de contenido de azufre. Se tom la informacin disponible de los EVPs,donde la supervisin obtuvo evidencia concluyente de cumplimiento o incumplimiento y seexpenda disel. Por esa razn, a efectos de tener una mtrica distrital, se calcul la proporcinde incumplimiento en azufre, definida como el nmero de EVPs que incumplieron entre el
nmero total de EVPs reportados en el distrito. Como se observa, esta proporcin deincumplimiento baj de 21% a 5%, una cada de 16 puntos porcentuales (pp) yestadsticamente significativa.
Finalmente, con la data de IRAs por distrito se proces la incidencia, definida como los casosocurridos entre la poblacin por grupos de mil, es decir, se calcul la incidencia por cada milhabitantes. Esta se redujo de manera estadsticamente significativa en 8.4 pp en el periodoobservado. Debe tenerse en cuenta que los valores del periodo 0, que se interpretan aqucomo valores de pretest, pueden estar incluyendo algn cambio inducido en las variables deresultado puesto que las acciones de supervisin iniciaron de manera sistemtica cuatro aosantes.
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3. Cambios en las variables principales imputables a la supervisin.
Con el fin de conocer si la supervisin de la calidad de los combustibles expendidos en EVPspudo explicar algo del cambio observado en las variables de resultado, se recurri a unaestimacin economtrica usando modelos de panel, precisamente porque estos modelos
permiten identificar cambios en el tiempo en las variables de inters, controlando por laheterogeneidad a nivel distrital. El cuadro A.7-5presenta los resultados ms importantes delas estimaciones.
Cuadro A.7-5Coeficientes estimados para las variables de inters.
Panel (efectos aleatorios) Pooled panel /OLS
Variablederesultado
Variableindependiente
Coeficiente Significancia IC Coeficiente Significancia IC
G84 D84 -18.2 19% -15.9 -20.4 -18.2 15% -16.1 -20.3
G90 D90 -15.5 11% 18.3 -20.9 -16.5 8% 1.7 -34.7
IRAs Azufre 2.0 9% 4.4 -0.35Elaboracin: OEE-Osinergmin
En todos los casos, se ha tomado variables de control como el ingreso de las familias, laantigedad de los vehculos, el nmero de cilindros de los vehculos, si los vehculos sonusados para una actividad comercial y una variable de tiempo. Aun cuando la significancia delos parmetros estimados de las variables D90 y Azufre est alrededor de 10%, y entre 15% y19% para D84, no se les puede descartar pues la informacin disponible no es muy amplia envarios distritos para varias variables, por lo que el nmero de observaciones usadas en las
regresiones oscila entre 27 y 178. Una mayor informacin mejorara el poder de los testestadsticos sobre los estimados.
4. Impacto econmico de la supervisin de la calidad de los combustibles.
Habiendo hallado que las supervisiones han tenido un efecto estadstico tanto en el consumode gasolinas como en la incidencia de las IRAs, se procedi a valorar esos efectos en elbienestar.
4.1.
Impacto econmico de la supervisin de octanaje.
Para ilustrar el procedimiento llevado a cabo, se toma por ejemplo la gasolina de 90 octanos.Un aumento promedio de una unidad en el diferencial de octanaje se asocia con unadisminucin de 15.5 galones anuales en su consumo promedio por distrito, debido a quehabra un mayor rendimiento en el motor. Se recuerda que, en promedio, la calidad de estagasolina, medida en octanos, pas de 90.6 a 91.4 octanos, aun cuando se sigue pagando elprecio de gasolina de 90. Es decir, la supervisin de octanaje abarat el precio por octano.
A precios del periodo 0 (2009), el precio equivalente de un octano era S/. 0.099. Con lasupervisin, ese precio implcito baj a S/. 0.098. As, el precio implcito pagado por un galnde gasolina de 90 pas de S/. 8.87 a S/. 8.79 gracias a la supervisin. En el caso de la gasolinade 84 octanos, esos precios implcitos (a soles del periodo 0) pasaron de S/. 7.7 a S/. 7.6. La
valoracin de estos efectos en trminos del bienestar de los compradores de gasolina implicaresponder la siguiente pregunta: dado que la supervisin les permite tener una gasolina de
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mayor octanaje al precio de uno de menor octanaje, lo que equivale a un abaratamiento de lagasolina de mayor calidad y un incremento en su nivel de utilidad, cunto sera la mnimacantidad de dinero que estaran dispuestos a aceptar para acceder al nivel superior de utilidad,si se dejaran de hacer esas supervisiones? La respuesta a esta pregunta es la variacinequivalente (VE) en el ingreso.
Para calcular la VE por tipo de gasolina se definieron las cantidades correspondientes al preciobase (periodo 0)y al precio reducido (periodo 1) sobre una funcin de demanda isoelsticacuyos parmetros fueron tomados de Vsquez (2005c). La frmula de la VE se tom deHausman (1981). El grfico A.7-3ilustra el concepto de VE aplicado a este caso de reduccinde precio. Asimismo, los resultados de esta estimacin se presentan en el cuadro A.76.
Grfico A.7-3VE aplicado a una reduccin del precio
Elaboracin: OEE-Osinergmin
Se tiene entonces que la VE promedio mensual por familia y por distrito es S/. 1.89 para laG84, es decir, aproximadamente S/. 23 anuales por familia. Para un promedio expandido de 3mil 417 familias con auto en el universo de 601 distritos analizados, la VE resulta S/. 89.6millones a precios de 2014. Considerando que el periodo de anlisis tiene cinco aos y usandocomo tasa de capitalizacin la tasa de descuento social (14.01%), la VE acumulada equivale aUS$ 31.5 millones a precios de 2014. Si adems se considera una demanda que recoja el efecto
de la calidad reflejado en el precio, que fuera sealado por Stiglitz (1987), entonces se tendrauna demanda un poco ms inelstica que arroja una VE de US$ 31 millones. Para la gasolina de90 octanos, la VE acumulada calculada asciende a US$ 20.9 millones de 2014 sin el efectocalidad en el precio, y a US$ 20.5 millones incorporando ese efecto.
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Cuadro A.76VE estimada por tipos de gasolina
84 90
Elasticidades IsoelsticaA la
Stiglitz Isoelstica A la Stiglitz
-0.648 -0.6424 -0.849 -0.846 0.251 0.44
Ingreso inicial (Io) 2 831 2 831
Precio inicial (Po) 7.69 8.87
Precio final (P1) 7.55 8.79
Consumo inicial (Xo) 12.95 20.815
Consumo final (X1) 13.10 20.972
Promedio de hogares con vehculo por distrito 3 417 535
Distritos en la muestra 601 479
VEmensual promedio por distrito por ao (S/.) 1.89 1.86 1.3 1.2VEagregado anual (S/. a precios de 2009) 89 585 679 88 182 656 59 441 479 58 113 589
VEacumulado a 2014 (US$ de 2014) 31 544 253 31 050 231 20 930 098 20 462 531Elaboracin: OEE-Osinergmin
4.2. Impacto econmico de la supervisin del contenido de azufre
En cuanto a la incidencia de IRAs, la variable se defini como el nmero de casos por mil. Seencontr que una variacin de 1 pp en la proporcin de incumplimiento del estndar decontenido de azufre lleva a una variacin del mismo signo de dos casos mensuales de IRAs porcada mil habitantes adultos, en promedio y por distrito. Dado que el incumplimiento de azufre
se redujo en 15 pp, la reduccin predicha de casos es de 30 por mil, sin embargo esta fue desolo 11 casos por 1000 adultos en promedio, lo que implicara una sobrestimacin delcoeficiente del efecto del control de azufre en la incidencia de IRAs.
Para que el efecto predicho coincida con lo observado, el valor del coeficiente estimado debiser 0.718 casos por 1000. Afortunadamente, cae en el intervalo de confianza del coeficienteestimado de la variable azufre [-0.35, 4.35], por lo que tambin puede usarse ese valor paracalcular el impacto econmico por la reduccin de casos de IRAs.
Debido a que no se pudo acceder a informacin oficial de gasto por tipo de enfermedad, serecurri a la tcnica muy usada en valoracin ambiental de transferencia de valor. El valor de
referencia se tom de los costos anuales de atencin estimados para los pases de la UninEuropea publicados en el European lung white book, considerando solo los gastos enObstructive Sleep Apneas (OSAS) o suspensiones transitorias de la respiracin) y neumona 22.El costo per cpitaevitado por una IRA se calcul en 105 euros de 2011. Para transferir esevalor al contexto peruano, se tom la frmula de transferencia de valores unitarios dada enVsquez (2006b).
El costo ahorrado por persona gracias al no gasto en IRAs se estim en S/. 247 anuales, aprecios de 2014, considerando que en promedio un individuo hace dos procesos de IRA al ao.Teniendo en cuenta el nmero de grupos de mil personas por distrito, se calcul un ahorroanual promedio por distrito derivado de los menores casos de IRAs. Este aument de S/. 17.5
mil a S/. 27 mil en el periodo de anlisis. Considerando los 601 distritos en la muestra, el
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aumento en el ahorro inducido por el control de azufre asciende a S/. 5.6 millones o US$ 3.8millones de 2014.
Acpite 7-423El Proyecto FISE
El FISE est diseado como un sistema de compensacin energtica que permite brindarseguridad al sistema energtico, as como de un esquema de compensacin social y de serviciouniversal para los sectores ms vulnerables de la poblacin. Su finalidad es contribuir a laexpansin de la frontera energtica y la inclusin social energtica de las poblacionesvulnerables, as como promover el uso de energas ms limpias y eficientes por medio de:
- Compensacin social y promocin para el acceso al GLP de los sectoresvulnerables tanto urbanos como rurales,
- Masificacin del uso del GN (residencial y vehicular)- Compensacin para el desarrollo de nuevos suministros en la frontera energtica,
como clulas fotovoltaicas, paneles solares, biodigestores, entre otros,focalizndose en las poblaciones ms vulnerables.
Mediante Resolucin Ministerial N 203-2013-MEM/DM se aprob el Plan de Acceso Universala la Energa que define los proyectos que permitirn ampliar el acceso universal al suministroenergtico, considerando adems la disponibilidad de recursos con que cuenta el pas. Suobjetivo general es:
Promover, desde el mbito energtico, un desarrollo econmico eficiente,
sustentable con el medio ambiente y con equidad, implementando proyectos quepermitan ampliar el acceso universal al suministro energtico, priorizando el uso defuentes energticas disponibles, debiendo establecer su viabilidad tcnica, social ygeogrfica de los proyectos mencionados, con el objeto de generar una mayor y mejor
calidad de vida de las poblaciones de menores recursos en el pas, en el periodo 2013-2022.
Grfico A.7-4Retos del Servicio Universal Energtico
Fuente y elaboracin: Fondo de Inclusin Social EnergticoFISE.
El FISE se financia por medio de las siguientes fuentes de fondos:
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- Ingresos por la facturacin mensual para los clientes libres de electricidad delSEIN.
- Ingresos por el suministro de productos lquidos derivados de hidrocarburos yLGN (venta primaria de los productores e importadores).
-
Ingresos por la facturacin mensual de los cargos a los usuarios de transporte de
gas natural por ductos (ductos de servicio de transporte, de uso propio y ductosprincipales).- Ingresos por transferencias de Osinergmin (S/. 200 000 000,00 (doscientos
millones y 00/100 nuevos soles) para ser utilizados exclusivamente en lamasificacin del GN.
El FISE es un subsidio cruzado, focalizado hacia los consumidores del sector energtico que seencuentran en condiciones de pobreza y vulnerabilidad energtica. El Programa decompensacin social y promocin para el acceso al GLP de los sectores vulnerables tantourbanos como rurales, consiste en otorgar vales de descuento FISE de S/.16 a las familias cuyasviviendas estn ubicadas en los distritos ms pobres del pas. De esta manera, el beneficiario
de este programa, utilizando dichos vales como medio de pago, podr comprar el gasdomstico (GLP) con una rebaja de S/. 16 (vase el grfico A.7-5).
Grfico A.7-5Esquema de Subsidio Cruzado del FISE
Fuente y elaboracin: Fondo de Inclusin Social EnergticoFISE.
La entrega de vale de descuento tiene como destinatarios a hogares identificados a partir delos criterios de focalizacin siguientes (ver grfico A.7-6):
-
Familias cuyas viviendas estn ubicadas en los distritos con mayores niveles depobreza.
- Familias que cuenten con suministro elctrico domstico (residencial). Asimismo,
que registren un consumo mensual menor o igual a 30 kwh (promedio de un ao)y cuenten o no con una cocina a GLP.
-
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- Familias que no tienen suministro elctrico pero que cuentan con cocina a GLP.- Familias que no tienen suministro elctrico ni cocina a GLP. El MEM les entrega
por nica vez una cocina con sus accesorios y un baln de GLP.- El beneficiario no puede estar incluido en el padrn de dos o ms empresas,-
No debe registrar ingresos en la SUNAT o que estos sean menores a S/. 18 000
anuales.- Se evalan las caractersticas de los pisos y paredes de la vivienda.
Grfico A.7-6Criterios de Focalizacin al Vale de Descuento FISE
A. Con servicio elctrico
-
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B. Sin servicio elctrico
Fuente y elaboracin: Fondo de Inclusin Social EnergticoFISE.
La logstica de las empresas de distribucin elctrica es aprovechada para la ejecucin del FISE.
Estas empadronan a los potenciales beneficiarios y verifican si cumplen con los criterios. Si loshogares los cumplen, les entregan un vale mensual con el recibo de luz (a la fecha el vale esdigital), el cual tiene una vigencia de dos meses. Para canjear el vale, el beneficiario se acercaal local de venta autorizado, muestra su DNI y entrega el vale junto con el dinero que completael precio de venta del baln de GLP de hasta 10 kg. El vale digital consiste en un cdigoimpreso en el recibo de luz, el cual es verificado por el local de venta mediante unacomunicacin por medio de su celular. Los locales de venta autorizados han suscrito unconvenio con una empresa de distribucin elctrica para poder recibir los vales de descuentocomo parte del pago del baln de GLP. La empresa distribuidora es aquella que liquida losvales.
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Grfico A.7-7Esquema de Funcionamiento del Programa de Promocin para el Acceso al GLP
Fuente y elaboracin: Fondo de Inclusin Social EnergticoFISE.
Acpite 7-5Supuestos e informacin para estimacin del impacto ambiental del FISE
En primer lugar, es necesario explicar que los efectos sobre las emisiones de un combustiblesubsidiado pueden ser de dos tipos. El efecto sustitucin implica el efecto de la mitigacin quese espera observar debido a la sustitucin de fuentes de energa ms contaminantes (carbn
vegetal, lea, etc.) por una ms limpia y eficiente (GLP). En segundo lugar se encuentra elefecto indirecto, el cual consiste en el hecho que al subsidiar el consumo de GLP, las familiasque ya consuman GLP tiendan a consumir ms. Para la estimacin del efecto en la emisin deCO2se asumir que este efecto es nulo
24.
Para la estimacin se tuvo en cuenta la informacin entregada por las empresas elctricas a laOficina del Proyecto FISE (en adelante Proyecto FISE) con respecto a los beneficiarios quecanjearon vales por mes. Cabe sealar que de acuerdo con el Proyecto FISE, a todos loshogares beneficiarios que no cuentan con suministro elctrico se les ha entregado una cocina aGLP del programa Cocina Per del MEM y son estas cocinas las que permiten sustituircombustibles como la lea y el carbn. El efecto de la mitigacin, entonces, solo se observar
en los hogares que no tenan cocina y sustituyeron por GLP a los combustibles que usaban.
Debido a que la informacin descrita en el prrafo anterior, solo se tena en dicho nivel dedetalle para 2015. Se solicit al Proyecto FISE un ejercicio de contabilizacin hacia atrs de loscanjes de hogares de los cuales se tena informacin que les haban entregado una cocina. Seasume que a los hogares a los que les fueron entregadas cocinas, estas les fueron entregadasdesde la primera vez que les entregaron vale.
Se obtuvo del portal electrnico del Instituto Nacional de Estadstica e Informtica (INEI) loscombustibles usados con mayor frecuencia para cocinar por regin, segn el censo 2007, y laparticipacin de cada combustible. Para la estimacin solo se considerar la sustitucin del
carbn vegetal y la lea, puesto que son los ms utilizados a nivel nacional despus del GLP. Se
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calcula la proporcin de hogares que consumen mayormente lea y carbn vegetalconsiderando solo a dichos combustibles en cada regin.
Se asumi que todos los hogares beneficiarios son pobres. Para separar los resultados demitigacin de emisiones en hogares de pobreza extrema y no extrema se utiliz la informacin
de la Encuesta Nacional de Hogares 2014 con respecto al porcentaje de hogares en pobrezaextrema y no extrema que consumen lea o carbn para cocinar, con respecto a todos loshogares en la misma situacin de pobreza.
Por otro lado, la Gerencia de Fiscalizacin de Hidrocarburos Lquidos (GFHL) de Osinergminremiti factores para el clculo de cuntos kilos de combustible eran necesarios para hervir unlitro de agua. En este clculo se consider tambin la eficiencia de las cocinas a carbn vegetal,lea y GLP. Para el caso de los dos ltimos se tom la eficiencia reportada en el InformeMensual de la GART Operacin en el Sector Hidrocarburos de marzo 2010, de 10% y 65%,respectivamente. Para el caso del carbn, se tom como referencia el 19% reportado en eldocumento de la organizacin Cocinas Mejoradas Per
25(ver cuadro A.7-7).
Cuadro A.7-7Cantidad de combustible para hervir un litro de agua26
(kilos de energtico)
Energtico Valor
Lea 0.222
Carbn 0.065
GLP 0.011
Fuente: MEM y GFHL.Elaboracin: OEEOsinergmin.
Por otro lado, el Proyecto FISE remiti factores de conversin que permiten calcular lageneracin de CO2por cada kilo de combustible. Para el clculo de estos factores, se tom enconsideracin los factores de emisin por defecto estimados y el mtodo de tecnologas delIntergovernmental Panel on Climate Change (IPCC) de 2006, herramienta asumida por laOrganizacin Latinoamericana de Energa (Olade). Los resultados mostrados en el cuadro A.7-8dependan a su vez de las cantidades halladas en el cuadro A.7-7.
Cuadro A.7-8Emisin de CO2
(kilos de CO2por kilo de energtico)27
Energtico Valor
Lea 1.69
Carbn 3.05
GLP 2.98
Fuentes: IPCC, MEM y GFHL.Elaboracin: OEE -Osinergmin.
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Mtodo del clculo de la mitigacin:
La frmula utilizada para la estimacin de la mitigacin de los kilos de CO2emitidos implic elsupuesto de que un kilo ms de combustible incrementa de manera exactamente proporcionalel nmero de kilos de CO2emitido por un kilo del mismo combustible
28.
2 2
2 2 2
2 2
/ 10 % %
Lea Carbn
Lea Carbn GLP
GLP GLP
H O H O
S Cocina CO CO CO
H O H O
Kg KgVale Kg Lea Kg Carbn Kg Kg
Kg Kg
donde:
-
/S CocinaVale
: Equivale al nmero de balones entregados a hogares que notenan cocina a GLP,
-10 Kg.: Son los kilogramos que pesa el baln entregado al hogar,
-
% Lea: Corresponde a la proporcin de los hogares de la regin que
consumen principalmente lea para cocinar entre los hogares que consumenprincipalmente lea o carbn en la misma regin,
-% Carbn: Corresponde a la proporcin de los hogares de la regin queconsumen principalmente carbn para cocinar entre los hogares queconsumen principalmente lea o carbn en la misma regin,
- 2 LeaH OKg
: Corresponde al nmero de kilos de lea necesarios para hervir unlitro de agua,
- 2 CarbnH OKg
: Corresponde al nmero de kilos de carbn vegetal necesarios parahervir un litro de agua,
-
2 GLPH O
Kg: Corresponde al nmero de kilos de GLP necesarios para hervir un
litro de agua,
- 2LeaCOKg
: Corresponde al nmero de kilos de CO2emitidos por un kilo de lea,
-
2CarbnCOKg
: Corresponde al nmero de kilos de CO2 emitidos por un kilo decarbn vegetal,
- 2GLPCOKg
: Corresponde al nmero de kilos de CO2emitidos por un kilo de GLP.
La frmula calcula los kilos de CO2promedio ponderado emitidos por un hogar que consumelea o carbn para cocinar y le resta el nmero de kilos que emitira si utilizara GLP.
Acpite 7-6Los bonos de carbono
Los bonos de carbono fueron una respuesta a las obligaciones adoptadas por las naciones en elProtocolo de Kyoto de 1997: reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (en adelanteGEI) a un 5% por debajo de lo emitido en 1990. Son instrumentos que certifican la reduccinde la emisin de GEI, lo cual es medido en trminos de toneladas de dixido de carbonoequivalente. Los bonos son emitidos a partir de la certificacin de la reduccin de emisin deGEI alcanzada en la ejecucin de, por ejemplo, proyectos de mitigacin de emisiones. Unproyecto de este tipo permite la mitigacin de GEI, y mayormente son ejecutados en pases en
desarrollo. Posteriormente, el bono puede ser transado en un mercado internacional dereferencia de carbono.
-
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Los bonos de carbono son adquiridos por pases o empresas que, ante la imposibilidad o altocosto de reducir las emisiones de GEI comprometidas en su propio pas o mbito deoperaciones, pueden financiar proyectos de mitigacin de GEI en pases en desarrollo. Acambio de esta financiacin, estas entidades obtienen los bonos como certificado de la
reduccin de emisiones de GEI en el planeta. Por ello, si un proyecto o empresa mitiga deforma voluntaria las emisiones de dixido de carbono en Per, se puede vender en el mercadode carbono de referencia dicha mitigacin certificada a una empresa en un pas desarrollado,cuya meta de reduccin de emisiones sea muy costosa en comparacin con comprar el bono.De esta manera, muchos proyectos sociales de mitigacin pueden ser sostenidos en el tiempo.
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Acpite 8-1
Otras normas para un mejor funcionamiento del sector de hidrocarburos lquidospromulgadas por el Estado peruano
Norma Fecha Principal(es) disposicin(es)
Ley N 30025 Ley que Facilita laAdquisicin, Expropiacin yPosesin de bienes Inmueblespara Obras de Infraestructura
22/05/2013 Apresura y simplifica las etapas de laexpropiacin, caducidad y transferencia de bienesdel Estado, entre otras, y declara de necesidadpblica la ejecucin de 69 proyectos para reducirla brecha de infraestructura existente.Asegura el cumplimiento de compromisoscontractuales del Estado peruano en el caso deproyectos de infraestructura ya concesionados.
D.S. N 104-2013-EF Declarande inters nacional y prioritariala promocin y agilizacin de lainversin
25/05/2013 Entidades pblicas deben promover la generacinde nuevos proyectos de inversin privada de altovalor agregado.Crea un equipo de seguimiento de inversionesadscrito al MEF.
D.S. N 060-2013-PCM Apruebadisposiciones especiales para laejecucin de procedimientosadministrativos y otras medidaspara impulsar proyectos deinversin pblico y privada
25/05/2013 Simplifica la aprobacin de trminos dereferencia comunes para el Estudio de ImpactoAmbiental (EIA) y reduce el plazo de evaluacin yaprobacin del EIA en el MEM.
Ley N 30056, Ley para facilitar
la inversin, impulsar eldesarrollo productivo y elcrecimiento empresarial
02/07/2013 Se modifican la ley N 29230, Obras porimpuestos, el Rgimen de RecuperacinAnticipada del IGV y da nuevas facultades aIndecopi para eliminar barreras burocrticas a laactividad empresarial e impulsar las MYPES,agilizar autorizaciones municipales para serviciospblicos y obras pblicas en infraestructura,aprueba la recuperacin anticipada del IGV ydeduce los gastos en ciencia y tecnologa del IR.
D.S. N 005-2014-EFReglamento de la Ley N 29230de obras por impuestos
14/01/2014 Incentiva la inversin pblica en regiones ymunicipalidades asociadas con empresas privadasy reglamenta disposiciones que facilitan eldesarrollo de las obras por impuestos.
Ley N 30167, Ley que modifica
el D.L. N 1012 que aprueba laLey Marco de AsociacionesPblico-Privadas para lageneracin de empleoproductivo y dictan normaspara la agilizacin de procesosde los procesos de promocinde la inversin pblica.
02/03/2014 Modifica la Ley aprobada por el D.L. 1012,elimina barreras burocrticas para obtener lospermisos, licencias o autorizaciones para ejecutarun proyecto y as el Estado pueda cumplir en loscontratos de APPs.
D.S. 127-2014-EF. Nuevoreglamento de APPs
31/05/2014 Para generar empleo y dictar normas para agilizarlos procesos de promocin de la inversinprivada.
Ley N 30230, Ley queestablece medidas tributarias,simplificacin de
12/07/2014 1) Reducir los costos de cumplimiento de lasobligaciones tributarias de los contribuyentes.2) Promover la inversin al agilizar los
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procedimientos y permisos parala promocin y dinamizacin dela inversin en el pas
procedimientos, eliminar incentivos perversos aldeterminar las multas e incorporar un buenbalance entre proteccin ambiental ycompetitividad industrial en la toma dedecisiones y elaboracin de regulaciones.
3) Brindar mayor credibilidad al rol regulador delEstado.4) Fortalecer la coordinacin multisectorial.5) Fortalecer el cumplimiento y rendicin decuentas sobre la aplicacin de las medidasadoptadas para dinamizar las inversiones yagilizar procedimientos para la puesta enoperacin de proyectos de inversin.
D.S N 376-2014-EF. Modificanel Reglamento del DecretoLegislativo N 1012
31/12/2014 1) Precisa la definicin de cofinanciamiento enproyectos que involucren operacin y gestin.2) El cofinanciamiento proviene de los recursos
del Estado o que administren las entidades delmbito de aplicacin del D.L N 1012.3) Optimiza el procedimiento de admisin,evaluacin y priorizacin de las iniciativasprivadas cofinanciadas para una mayorpredictibilidad en el trmite.4) Realiza cambios en las restricciones de laspersonas naturales y jurdicas que elaboranestudios de evaluacin de un proyecto deinversin, el anlisis de su modalidad deejecucin, as como el diseo de las APPs.
D.S N 006-0215-EF. ApruebanReglamento del artculo 17 de laLey N 30264
23/01/2015 Se incorpora a las entidades del GobiernoNacional en los alcances de la Ley N 29230, Leyque impulsa la inversin pblica regional y localcon participacin del sector privado.
Ley N 30327, Ley depromocin de las inversionespara el crecimiento econmicoy desarrollo sostenible
21/05/2015 1) La aprobacin de los Trminos de Referenciade los EIA implica la autorizacin de investigacinpara el levantamiento de la lnea base. Reduceaproximadamente tres meses para elaborar lalnea de base.2) Permite el uso compartido y gratuito de laLnea de Base de un EIA ya aprobado si el nuevo
proyecto se ubica en la misma rea que el originaly el EIA no tiene ms de cinco aos de aprobado.3) Crea la Certificacin Ambiental Global queemitir el Senace a mediante Ventanilla nica deCertificacin Ambiental para acelerar el inicio deejecucin de obras de proyectos de inversin.4) Simplifica procedimientos para imponerservidumbres sobre terrenos eriazos depropiedad estatal en un plazo no mayor a 10 dashbiles por la Superintendencia Nacional deBienes Estatales.5) Dicta medidas de proteccin de derechos deva y localizacin del rea otorgada para
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proyectos de inversin.6) Simplifica el procedimiento de expropiacionespara obras de gran envergadura acelerando suejecucin en ms de un ao.
Ley N 30335, Ley que delega
en el Poder Ejecutivo la facultadde legislar en materiaadministrativa, econmica yfinanciera
01/07/2015 Establece garantas a la inversin para mejorar el
clima de negocios y simplificar los procesos depromocin de Proinversin (APPs y otros)Propone la creacin de la Ley Marco dePromocin de la Inversin Pblico Privada y buscaincluir precisiones a la Ley de Obras porImpuestos.
D.L N 1192, Aprueba la Ley
Marco de Adquisicin yExpropiacin de inmuebles,transferencia de inmuebles depropiedad del Estado, liberacin
de Interferencias y dicta otrasmedidas para la ejecucin deobras de infraestructura
23/08/2015 Establece el rgimen jurdico del proceso deadquisicin y expropiacin de inmuebles depropiedad del Estado y liberacin deinterferencias para la ejecucin de obras deinfraestructura.
Otras normas asociadas al sector hidrocarburos
Norma Fecha Principal(es) disposicin(es)
D.S. N 039-2014-EM. Apruebanreglamentos para la proteccinambiental en las actividades dehidrocarburos.
12/11/2014 Norma la proteccin y gestin ambiental de lasactividades de hidrocarburos para prevenir,minimizar, rehabilitar, remediar y compensar losimpactos ambientales negativos derivados detales actividades, para alcanzar un desarrollo
sostenible.D.S. N 316-2014-EF. Modificanel ISC de los bienes contenidosen el nuevo Apndice III delTUO la Ley del IGV e ISC.
21/11/2014 Reduce el ISC a las gasolinas y gasoholes parareducir a su vez los precios finales en un montoadicional de entre 4% y 5%. Dispone un ajusteextraordinario en la banda de precios del FEPCpara una reduccin en el precio del diselvehicular de aproximadamente S/. 1 por galn yde S/. 1.6 por kg. de GLP, para generar un ahorroestimado de S/. 857 millones en la economa.
D.U. N 005-2014. Dictanmedidas extraordinarias para
estimular la economa.
21/11/2014 Actualiza de forma excepcional la banda deprecios objetivo en el marco del FEPC.
D.U N 001-2015. Disponenmedidas excepcionales para laactualizacin de la Banda dePrecios de combustiblescomprendidos en el FEPC.
08/01/2015 1) Actualiza la Banda de Precios de loscombustibles afectos al FEPC para permitir unareduccin de entre 15% y 19% en precios decombustibles.2) Reduce el perodo de actualizacin de la Bandade Precios de los combustibles a una frecuenciamensual.Estas medidas fueron prorrogadas por la Ley N30334, Ley que establece medidas paradinamizar la economa en el ao 2015, de junio
de 2015.Fuente: MEF. Elaboracin: OEEOsinergmin.
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Acpite 8-2
PMRT, detalles tcnicos sobre la ampliacin y construccin de nuevas unidades,nuevos servicios auxiliares y facilidades generales
Las unidades nuevas y ampliadas que comprende el proyecto29son las siguientes:
1. Unidad de destilacin primaria.2. Unidad de destilacin al vaco I.3. Unidad de destilacin al vaco III.4.
Unidad de craqueo cataltico fluido.5.
Unidad de hidrotratamiento de nafta liviana.6. Unidad de hidrotratamiento de nafta craqueada.7. Unidad de reformacin cataltica de nafta.8. Unidad de hidrotratamiento de disel.9. Unidad de coquificacin de residuo de vaco.10.Planta de cido sulfrico (TM/D).11.
Planta de hidrgeno (MMPCD).12.
Generacin elctricaautoabastecimiento (MW).
Descripcin de las unidades de proceso a ser ampliadas
La unidad de destilacin primaria separa (fracciona) los cortes o cadenas de carbono de lascuales est compuesto el petrleo. La operacin actual procesa 65 MBPD de carga y con laModernizacin se incrementar hasta 95 MBPD.
La destilacin al vaco es un proceso utilizado para separar fracciones de hidrocarburos cuyastemperaturas normales de ebullicin son superiores a la temperatura de desintegracin
trmica o craqueo (350-400C). A la fecha esta unidad tiene una capacidad de proceso de 28MBPD. Con la modernizacin se construir una nueva unidad de destilacin al vaco de 52.7MBPD.
Mediante el proceso de craqueo cataltico o desintegracin cataltica, las fracciones pesadas delos hidrocarburos son convertidas en productos livianos, tales como: gasolinas de altooctanaje, aceites cclicos livianos y aceites cclicos y clarificados pesados. A la fecha, estaunidad opera a una capacidad de 19 MBPD. Luego de la modernizacin, se incrementar lacapacidad hasta 25 MBPD.
A la fecha, la refinera produce vapor en dos niveles de presin: 600 y 150 psig. El caldero deCO ser reemplazado con enfriador de catalizador de CCF y tendr una capacidad de
aproximadamente 300 000 lb/hr de vapor. El gas combustible de bajo poder calorfico sermezclado con el gas tratado de refinera y usado en los hornos de procesos existentes ynuevos. Siendo un combustible de bajo azufre, no se requiere tratamiento del SOx. Dado quelos gases se quemarn a una temperatura de llama algo ms baja se prev no sern necesariosquemadores que produzcan bajo NOx, lo cual se confirmar durante el diseo detallado.
El sistema de antorcha existente, se mantendr sin superar su capacidad de diseo ycontinuamente est quemando 30 000 scfd30de gas de venteo. Se tiene previsto instalar unnuevo sistema de antorcha para manejar el gas de venteo y alivio de presiones de las nuevasunidades.
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Facilidades portuarias
La refinera de Talara cuenta a la fecha con un muelle localizado en la baha de Talara, con unacapacidad para atender solo un barco con una duracin de 20 horas de carga. Se prev laconstruccin de un nuevo muelle, de tal manera que puedan ser atracadas embarcaciones de35 000 toneladas para descargar crudos y cargar productos del petrleo y cido sulfrico. Seespera que el muelle opere las 24 horas del da.
Sistema contra incendios
Para reforzar el sistema contraincendios existente, se dotar de nuevas bombas de aguacontraincendios en el nuevo muelle, en una zona donde tendrn una captacin sin riesgo dearenamiento o en Punta Arenas, a ser definido en el diseo detallado.
Descripcin de las nuevas unidades de procesos
1. Unidad de hidrotratamiento de disel
Para satisfacer la creciente demanda de petrleo disel de alta calidad en el pas y reducir elcontenido de azufre en el petrleo disel, se construir una unidad de hidrotratamiento de lascorrientes que conforman el pool de 41 MBPD de capacidad. En esta unidad se eliminar elazufre, produciendo disel con menos de 50 ppm en peso de azufre, el cual luego pasar a seralmacenado en los tanques respectivos.
2. Unidad de hidrotratamiento de nafta liviana
La unidad de hidrotratamiento de nafta liviana tendr una capacidad de carga de 13.3 MBPD,
con el objetivo de producir una nafta libre de azufre y nitrgeno y fracciones C6 - paraalimentar la unidad de reformacin aguas abajo.
3.
Unidad de reformacin cataltica
Con el objetivo de producir reformado RON3198 necesario para cubrir los requerimientos deoctanaje de las mezclas de gasolina, se instalar una unidad de reformacin cataltica con unacapacidad de 9.5 MBPD de nafta tratada proveniente de la unidad de hidrotratamiento.
4.
Unidad de hidrotratamiento de nafta FCC
La unidad de hidrotratamiento de nafta FCC producir nafta libre de azufre. Tendr unacapacidad de carga de 9.5 MBPD.
5. Unidad deflexicoker
Elflexicokinges un proceso continuo de desintegracin trmica que convierte hasta 99% de lafraccin ms pesada de crudo destilado (fondo de vaco) en una gran variedad de productos demayor valor comercial como son los gases, gasolina, gasleo de cokerliviano procesable. Lanueva unidad deflexicokingser de 22.6 MBPD.
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6. Planta de produccin de hidrgeno
El hidrgeno constituye un insumo bsico de las plantas de hidrodesulfuracin por su granpoder reductor. La planta de hidrgeno a construirse tendr una capacidad de 30 MMPCD.
7.
Planta de cido sulfrico
La planta de cido sulfrico de 560 TMD permitir aprovechar el contenido de azufre de losgases cidos de refinera provenientes de las unidades CCF, cokere hidrodesulfuradoras. Unade las grandes ventajas de planta de cido sulfrico es que reducir significativamente laemisin de dixido de azufre al ambiente mientras crea subproductos comercializables quefijan el mismo.
8.
Planta de tratamiento de GLP
Es una unidad convencional de 8.2 MBPD para reducir el contenido de azufre en los cortesindividuales C3 y C4, para alcanzar las especificaciones requeridas.
Nuevos servicios auxiliares y facilidades generales
1. Suministro de agua de mar para enfriamiento
La refinera ampliada requerir de 50 mgpm (mil galones por minuto) de agua tanto paraenfriamiento como para desalinizacin de agua de mar.
2.
Suministro de agua dulceSe prev que la planta de smosis reversa suministre agua desalinizada a la refinera enaproximadamente 2 mgpm de agua de mar como alimentacin para la desaladora.
3. Generacin elctrica
El proyecto plantea generar electricidad mediante un conjunto de turbinas a gas, utilizando elgas de refinera o GN operando en cogeneracin. La cogeneracin tendr una potencia de 100MW.
4.
Gas combustible
La refinera modernizada requerir 2 000 MMBTU/hr de combustible, incluyendo el gas para lageneracin de hidrgeno y energa elctrica. El gas de refinera proporcionar 1 100MMBTU/hr, incluyendo el exceso de butano que est incluido en el gas combustible. Elflexicokingsuministrar un adicional de 1 350 MMBTU/hr de gas de bajo BTU, sin embargo, deacuerdo con el balance general de energa, se requerir una compra de 13 MMBTU/hr de gasnatural.
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Facilidades generales
1.
Sistema de tanques de almacenamiento de crudo y productos
Se adicionarn 81 000 barriles de almacenamiento de GLP. Para el resto de requerimientos del
almacenamiento se puede cumplir cambiando el servicio de los tanques existentes.
2. Sistema de drenajes y desages sanitarios
Se instalar un sistema de alcantarillado sanitario, cuyo propsito es de llevar las aguasresiduales, los lquidos o desperdicios de agua de la fuente del alcantarillado a la planta detratamiento.
3. Edificio de laboratorio
Se proyecta la construccin de un nuevo edificio de laboratorio, en reemplazo del existente yque ser construido fuera de las reas de procesos de la refinera. El rea total que ocupar ellaboratorio ser de aproximadamente de 1 200 metros cuadrados.
4.
Edificio de oficinas
Se contempla la construccin de un nuevo edificio de oficinas que ser construido fuera delrea de procesos y tendr una capacidad para albergar de 75 a 100 empleados administrativosy de gerencia. El espacio a ocupar este edificio ser de aproximadamente 1 900 m2.
5.
Caminos
Se proveer de una pista en cada lado de las nuevas unidades. En adicin, se suministrarnpistas para los accesos a las nuevas instalaciones tales como: tanques, edificios, quemador,muelle, etc. Todos los caminos sern dentro del recinto de la refinera.
Acpite 8-3Detalles tcnicos del proyecto de adecuacin a nuevas especificaciones de combustibles dela refinera La Pampilla (RLP21)
El proyecto RLP 21 Adecuacin a Nuevas Especificaciones de Combustibles considera dos
bloques principales y offsites:
Bloque destilados medios (DM), que comprende modificaciones en las unidades U26
(Unidad HDS gasleo), U53 (Unidad de regeneracin de aminas y recuperacin de
azufre) y U58 (Unidad de hidrgeno).
Bloque gasolinas (GA), que comprende modificaciones en las unidades U20 (Unidad de
Hidrotratamiento e Hidrogenacin Selectiva de Nafta), U25 (Unidad de isomerizacin
de nafta ligera) y U27 (Unidad de reformado de nafta pesada). Tambin comprende el
edificio U-62, que alberga la subestacin elctrica y los armarios de los sistemas de
control y seguridad asociados.
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Bloque offsites, que comprende modificaciones en colectores generales RLP 21-INT-
013, interconexiones de proceso U26 RLP 21-INT-002, servicios auxiliares U53-fuel gas,
Interconexiones RLP 21-INT-012: U20, U25, U27, Interconexiones blending U31, U63
nueva caldera y modificaciones U51-SWS.
Estacin de regulacin y medida (ERM) tiene la finalidad de suministrar GN a laexistente unidad de cogeneracin y a las futuras unidades de refino.
El Proyecto RLP 21 queda enmarcado dentro de los siguientes bloques:
Bloque destilados medios (DM), que engloba las unidades 26 y 53.
Bloque gasolinas (GA), que engloba las unidades 20, 25 y 27.
Bloque offsites(OFFS), que engloba varios servicios e interconexiones entre unidades.
Bloque Hidrgeno (H2), que comprende la unidad 58 correspondiente a la planta dehidrgeno.
Estacin de Regulacin y Medida (ERM), compuestas por colector desde la red de gas
natural (GN) de alta presin existente, colector para suministro de GN a la estacinreguladora de presin (56-ERP-1) y estacin de filtrado (56-EF-1), colector desuministro de GN de alta presin a refinera, estaciones de regulacin y medida y redde distribucin interna de GN.
Bloque de Destilados Medios (DM): Unidad de HDS gasleo (U-26)
La finalidad del proceso de hidrodesulfuracin (HDS) de gasleo es eliminar el azufre (que esuna impureza contaminante) en las fracciones de gasleo, provenientes de las distintasunidades de tratamientos (UDPI, UDPII, UDVI, etc.). El proceso de HDS se lleva a cabomediante una reaccin a altas temperaturas y alta presin, en una atmsfera de hidrgeno.
Bloque de Destilados Medios (DM): Unidad de regeneracin de aminas y de recuperacin deazufre (U-53)
En esta unidad se alimenta la amina rica procedente de la unidad de hidrodesulfuracin degasleos (HDS, U-26), de la seccin de recuperacin de gases (FCC, U-23) y de la unidad devisbreaking (VB, U-24). El gas cido producido, principalmente H2S, se enva a la nueva unidadde recuperacin de azufre U-53, donde el H2S se convierte en azufre elemental. La aminapobre, una vez extrado el H2S, se retorna a las unidades respectivas.
Bloque de Gasolinas (GA): Unidad de hidrotratamiento e hidrogenacin selectiva de nafta
(U-20)Seccin de hidrogenacin selectiva de nafta
El objetivo de esta seccin es hidrotratar selectivamente la nafta de FCC de forma que sesaturen las diolefinas y al mismo tiempo las especies de azufre ligeras se conviertan en otrasms pesadas para a continuacin fraccionarlas en una nafta ligera (S< 50 ppm) y una naftapesada rica en azufre.
La seccin est dividida en dos partes:
Seccin de reaccin
Seccin del splitter.
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7/24/2019 Anexo Digital_Libro_La Industria de Los Hidrocarburos Lquidos en El Per
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Como producto se obtiene nafta pesada que ser enviada como alimentacin a la seccin dehidrotratamiento, y nafta ligera (contenido de azufre menor a 50 ppm), enviada aalmacenamiento.
Seccin de hidrotratamiento de nafta
El objetivo principal de esta seccin es producir naftas desulfuradas con un contenido mximode azufre menor a 0.5 ppm, las cuales constituirn la alimentacin a las unidades dereformado e isomerizacin para obtener como producto final gasolinas dentro del marco de lanueva normativa que regula la composicin de estos combustibles, as como una nafta muypesada que se enviar a la mezcla de disel. La seccin est dividida en cuatro partes:
Seccin de alimentacin.
Seccin de reaccin.
Seccin del Stripper (Agotador).
Seccin del Splitter.
Bloque de Gasol