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1
BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1
2da. Quincena de noviembre de 222 000 111 777
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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Dirección General de Despacho y Legislación
2
MMMUUUNNNIIICCCIIIPPPAAALLLIIIDDDAAADDD DDDEEE SSSAAANNN IIISSSIIIDDDRRROOO
DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION
BBBOOOLLLEEETTTIIINNN OOOFFFIIICCCIIIAAALLL NNNººº 999 999 111
2da. Quincena de noviembre de 2017
AAUUTTOORRIIDDAADDEESS MMUUNNIICCIIPPAALLEESS
IINNTTEENNDDEENNTTEE MMUUNNIICCIIPPAALL:: DDrr.. ÁÁnnggeell GGuussttaavvoo PPOOSSSSEE
Secretario General Lic. Federico BEREZIUK
Secretaria Legal y Técnica Dra. M. R. del V. GARCÍA MINUZZI
Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José MILETTA
Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín ONETO
Subsecretario General de Inspecciones, Registros
Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ
Secretario de Planeamiento e Integración de Políticas
Productivas Dr. Enrique PICCARDO
Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO
Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo LANDIVAR
Secretario de Desarrollo Económico y Sustentable Sr. Guillermo Isaac GREIG
Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL
Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER
CONTENIDO DE ESTE NÚMERO
ORDENANZAS: 8964 al 8966 páginas 4 al 24
DECRETOS: 2695 al 2809 páginas 25 al 241
RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT
(Inspección General):
962 al 1133 páginas 242 al 281
RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): 427 al 430 páginas 282 al 283
RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT
(Obras Particulares):
144 al 150 páginas 284 al 285
RESOLUCIONES (ARSI): 119 al 120 páginas 286 al 287
RESOLUCIONES S.I.C.: _________ _________
RESOLUCIONES SG-SOP
(Obras Públicas):
116 al 119 páginas 288 al 289
RESOLUCIONES RR.HH.: 1068 al 1125 páginas 290 al 298
RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): 941 al 991 páginas 299 al 306
Notas aclaratorias: El Decreto N° 103 (perteneciente a la 1ra quincena de enero) ha sido anulado. Los Decretos Nros. 330 (perteneciente a la
1ra quincena de febrero), 959 (perteneciente a la 2da quincena de abril) y 1564 (perteneciente a la 2da quincena de junio) han sido anulados
por Decreto N° 2808 del 30 de noviembre de 2017, publicado en la presente Edición Oficial. El Decreto N° 2612 (perteneciente a la 1ra
quincena de noviembre) ha sido anulado por Decreto N° 298 del 9 de febrero de 2018. El Decreto N° 2666 (perteneciente a la 1ra quincena de
noviembre) ha sido anulado por Decreto N° 703 de fecha 28 de marzo de 2018. Las Ordenanzas Nros. 8962 y 8963 (pertenecientes a la 1ra
quincena de noviembre) se publican en la presente edición. La Resolución SLyT-SIRUyT N° 1032 queda pendiente.
3
DDIIRREECCCCIIOONN GGEENNEERRAALL DDEE DDEESSPPAACCHHOO YY LLEEGGIISSLLAACCIION
IINNDDIICCEE TTEEMMÁÁTTIICCOO
ORDENANZA N° 8964/2017 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1097
(22 de diciembre de 2017)
------------------
ORDENANZA N° 8965/2017 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1098
(22 de diciembre de 2017)
------------------
ORDENANZA N° 8966/2017 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1101
(29 de diciembre de 2017)
------------------
DECRETO N° 2725/2017 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1095
(15 de diciembre de 2017)
------------------
DECRETO N° 2741/2017 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1102
(29 de diciembre de 2017)
------------------
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Ref.: Expte. Nº 15187-S-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
Al Sr. Intendente Municipal
Dr. Gustavo Angel Posse
S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr.
Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su
DECIMO SEPTIMA REUNIÓN – DECIMO SEXTA SESION ORDINARIA de fecha 15
de noviembre de 2017, ha sancionado sobre tablas la ORDENANZA Nº 8962 cuyo texto
transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8962
CONVALIDACIONES
Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires
Barrio San Cayetano
ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el día 02 de noviembre del corriente año obrante en el Expediente N° 15187-S-2017, en virtud del cual la mentada repartición provincial se compromete a otorgar un subsidio de Pesos Doce Millones Quinientos Cincuenta y cinco Mil Trescientos Setenta y Ocho con Cuarenta y Nueve Centavos (12.555.378,49), tendiente al financiamiento de la ejecución de la obra “Extensión de Red Cloacal y Red de Desagües para mejoras en el Barrio San Cayetano, de la Ciudad de San Isidro”, cuyo texto pasa a formar parte de la presente.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.-
p.b.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
PROMULGADA POR DTO Nº 2697 Del 16 de noviembre de 2017.
GABRIEL F. ESTORONI
Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
CARLOS A. CASTELLANO
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
San Isidro
5
CONVENIO DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PÚBLICAS
DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS
BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO
COMUNITARIO – LEY 14.449 DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT
MUNICIPIO DE SAN ISIDRO
En la ciudad de La Plata, a los 02 días del mes de noviembre de 2017, entre la
Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en
adelante la “SUBSECRETARÍA”, representada por el Sr. Subsecretario Lic. Evert Van
Tooren, con domicilio en diagonal 73 N° 1568 de la Ciudad de La Plata, Partido de La
Plata, por una parte, y la Municipalidad de San Isidro, en adelante el “MUNICIPIO”,
representada por el Intendente Dr. Gustavo Posse, con domicilio en Av. Centenario N°
77 de la localidad de San Isidro, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por la
otra, acuerdan celebrar el presente Convenio, con el objeto de fijar pautas y coordinar
acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras de Infraestructura
para la mejora del hábitat, y
CONSIDERANDO:
Que es decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adoptar todas las medidas
orientadas a generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus
habitantes;
Que la Ley 14.449 de “Acceso Justo al Hábitat” tiene por objeto la promoción del
derecho a la vivienda y a un hábitat digno, y establece en su Artículo 8 como
lineamientos generales para cumplir con dicho objetivo, promover la recuperación,
rehabilitación o refuncionalización de edificios, sectores urbanos residenciales en
proceso de degradación, preservando el valor del patrimonio histórico y social, ejecutar
la construcción, ampliación o mejoramiento de servicios de infraestructura básicos, de
equipamiento comunitarios y espacios públicos recreativos, y en general llevar adelante
acciones tendientes a lograr la integración socio urbana.
Que en tal sentido, es competencia de la SUBSECRETARÍA gestionar, desarrollar, aplicar y
administrar las fuentes de financiamiento destinadas a cumplir con los planes,
programas y proyectos en materia de hábitat a través de la Dirección Provincial de
Acceso Justo al Hábitat y Desarrollo Barrial;
6
Que mediante Expediente N° 2423-7174/17 el MUNICIPIO ha solicitado asistencia a la
SUBSECRETARÍA en el marco del Programa de financiamiento para infraestructura de
redes públicas domiciliarias e Intradomiciliarias de servicios básicos, obras
complementarias y/o equipamiento comunitario, destinado a obras de red cloacal y red
de desagües para mejoras en Barrio San Cayetano, partido de San Isidro.
Que las partes concuerdan dar cumplimiento al acuerdo aquí celebrado, respetando las
formas y las finalidades del mismo;
Que ello así, corresponde en esta instancia suscribir con el Municipio de San Isidro el
presente Convenio;
CLAUSULA 1°: La Provincia de Buenos Aires, a través de la SUBSECRETARÍA, otorgará al
MUNICIPIO en concepto de subsidio la suma de pesos doce millones quinientos
cincuenta y cinco mil trescientos setenta y ocho con cuarenta y nueve centavos ($
12.555.378,49), destinada a financiar la ejecución de la obra “Extensión de red cloacal y
red de desagües para mejoras en Barrio San Cayetano, localidad de San Isidro” (en
adelante la “OBRA”), ello conforme al Proyecto que se agrega al presente Convenio
como Anexo I.
La OBRA tendrá un plazo de ejecución de 120 días corridos contados a partir de la fecha
de firma del Acta de Inicio de Obra.
En el supuesto de que el costo de la OBRA resulte superior al monto del subsidio
otorgado al MUNICIPIO, este garantizará su conclusión con fondos propios.
CLAUSULA 2°: El MUNICIPIO tendrá a su cargo la contratación, ejecución, inspección y
mantenimiento de la OBRA y su posterior operación, siendo el responsable exclusivo de
todos los efectos derivados de esas tareas, como así también de su mantenimiento y
conservación posterior.
CLAUSULA 3°: El MUNICIPIO se compromete a contratar los trabajos siguiendo prácticas
de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y economía. La SUBSECRETARÍA
prestará toda la colaboración y asistencia técnica necesaria, cuando el MUNICIPIO así se
lo requiera.
7
CLAUSULA 4°: La SUBSECRETARÍA transferirá al MUNICIPIO el monto asignado en la
Cláusula 1° del presente, el que será efectivizado de la siguiente forma: a) Un primer
desembolso equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total asignado, en
concepto de Anticipo Financiero, el cual se efectivizará dentro de los 45 días de la
entrada en vigencia del presente Convenio; b) Un segundo desembolso equivalente al
treinta y cinco (35%) del monto total asignado una vez que el MUNICIPIO acredite ante
la SUBSECRETARÍA un avance físico de obra de al menos el veinticinco por ciento (25%);
c) Un tercer desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del monto total
asignado una vez que el MUNICIPIO acredite ante la SUBSECRETARÍA un avance físico de
obra de la menos el sesenta por ciento (60%).
CLAUSULA 5°: El MUNICIPIO se compromete a iniciar la ejecución de la OBRA dentro del
plazo de treinta (30) días corridos contados desde la recepción del anticipo referido en la
cláusula que antecede.
La SUBSECRETARÍA podrá, por única vez, ampliar dicho plazo por idéntico período, previa
solicitud fundada del MUNICIPIO.
CLAUSULA 6°: A los fines de la acreditación del avance físico de la obra el MUNICIPIO
deberá presentar ante la SUBSECRETARÍA el/los certificados de obra del/los proyecto/s
con la documentación respaldatoria correspondiente, debidamente refrendado por el
Inspector, por el Secretario de Obras Públicas municipal o funcionario equivalente y por
el Intendente del MUNICIPIO. Asimismo, deberá acompañar imágenes
fotográficas/fílmicas debidamente certificadas por funcionario competente; todo ello
con la correspondiente solicitud de pago del desembolso que corresponda.
La SUBSECRETARÍA efectuará, a través del área pertinente, el control formal de la
documentación presentada.
CLAUSULA 7°: La SUBSECRETARÍA por intermedio del área competente efectuará el
seguimiento de las obras y podrá, en caso de considerarlo necesario, supervisar y
solicitar información al MUNICIPIO y/o al contratista.
CLAUSULA 8°: El MUNICIPIO se compromete a colocar en todos los carteles de obra que
se instalen, además de las insignias y datos técnicos correspondientes, una leyenda –de
tamaño y dimensiones visibles- con el siguiente texto:
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PROGRAMA DE FINACIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS
BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.
LEY 14.449 – ACCESO JUSTO AL HÁBITAT. SUBSECRETARÍA SOCIAL DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
CLAUSULA 9°: El MUNICIPIO se compromete a mantener indemne al Estado Provincial
por cualquier reclamo, demanda, sanción, juicio, daño, pérdida y/o cualquier otro
concepto, incluyendo multas, costas judiciales y honorarios profesionales como
consecuencia de la ejecución de la OBRA y por todas aquellas por las cuales el
MUNICIPIO deba responder.
CLAUSULA 10°: Con relación a la verificación del destino final de los fondos otorgados, el
MUNICIPIO queda obligado a rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas,
conforme lo estipulado en el artículo 17 del Reglamento para el otorgamiento de
subsidios aprobado como Anexo Único del Decreto N° 467/07 y modificatorios.
CLAUSULA 11°: La SUBSECRETARÍA podrá rescindir el presente convenio en caso de
incumplimiento de las obligaciones por parte del MUNICIPIO, afianzando los montos
efectivamente transferidos con la coparticipación.
CLAUSULA 12°: El presente Convenio tendrá plena vigencia a partir de su aprobación,
mediante el dictado del pertinente acto administrativo.
CLAUSULA 13°: Ante cualquier controversia derivada de la interpretación o ejecución del
presente Convenio las partes procurarán una solución amigable mediante mecanismos
de negociación. Si habiéndose agotado tales instancias sin resultado positivo se atenderá
a lo dispuesto en el artículo 196 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
En prueba de conformidad con las trece (13) cláusulas que anteceden, a los 02 días del
mes de noviembre de 2017 se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto.
Sr. Subsecretario Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la
Provincia de Buenos Aires, Lic. Evert Van Tooren
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse
9
Anexo 1
PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES
PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS
BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO
COMUNITARIO.
DESCRIPCIÓN DE LA OBRA
• MUNICIPIO: San Isidro
• OBRAS: Extensión de red cloacal y red de desagües pluviales.
- Red secundaria cloacal: instalación de 402 m de cañería cloacal, ejecución de 88
conexiones domiciliarias (66 cortas y 22 largas), construcción de 7 bocas de
registro, construcción de boca de acceso y ventilación y la ejecución de 2
empalmes a boca de registro existentes.
- Red de desagües pluviales: construcción de un conducto de 200 mm de diámetro
y 352 m de longitud con desembocadura en ramal de calle M. García;
construcción de 15 cámaras de inspección tipo A, 8 sumideros más caños de
enlace.
• UBICACIÓN DE LA OBRA: Calle Sucre, Roma, Maestra Manuela García y Gobernador
Udaondo.
• PLAZOS DE OBRA: El plazo estimado de la obra es de 120 días corridos.
• MONTO TOTAL DEL SUBSIDIO: $ 12.555.378,49
10
_________________________________________________________________________
ANEXO D1 – FICHA IDENTIFICACIÓN ORGANISMOS PÚBLICOS
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
FICHA IDENTIFICACIÓN FUNCIONARIO INTERVINIENTE
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
Nombre y Apellido:
Cargo: Tipo y n° de Acto Administrativo
_________________________________________________________________________
CUIT/CUIL/CDI (adjuntar copia) Nacionalidad
_________________________________________________________________________
Fecha y lugar de nacimiento Estado Civil
_________________________________________________________________________
Firma
_________________________________________________________________________
DATOS DEL ORGANISMO
_________________________________________________________________________
Organismo Nacional/Provincial/Municipal: ___________________________
Domicilio: _____________________________________________________
Teléfono: ______________________________________________________
Se deberá adjuntar al presente formulario, copia fiel o certificada, del acto administrativo que avale la designación del
funcionario interviniente.
11
Bapro Mandatos y Negocios S.A.
República Argentina
Tel: 54 11 5167 6099
Documentación a presentar: Prevención de Lavado de Dinero – Organismos
Públicos
- Nota con membrete del organismo firmada/certificada por el funcionario responsable adjuntando la
siguiente documentación:
a) Copia del Acto Administrativo de designación del funcionario interviniente.
b) Fotocopia de DNI, constancia de CUIT/CUIL
c) Formulario D1 – Ficha de Identificación Organismos Públicos
d) Formulario Declaración Jurada de Persona Expuesta Políticamente (pep’s)
Unidad de Prevención de Lavado y Financiamiento del Terrorismo
Pellegrini 91 – 8vo. Piso - CABA
12
_________________________________________________________________________
ANEXO H – DECLARACIÓN JURADA SOBRE PEPS
_________________________________________________________________________
Declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente
BAPRO MANDATOS Y NEGOCIOS S.A.
El/la (1) que suscribe, ……………………… (2) declara bajo juramento que los datos consignados en la presente
son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que SI/NO (1) se encuentra incluido y/o
alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de
Información Financiera que ha leído.
En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo: ……………………………………………………….
Además asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto,
dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.
Documento: Tipo (3) ………….. N° ………………….
País y Autoridad de Emisión: ………………………….
Carácter invocado: (4): ………………………………...
CUIT/CUIL/CDI (1) N° ………………………………
Lugar y Fecha: ………………………………………...
Firma: ………………………………………………….
Certifico/ certificamos que la firma que antecede concuerda con la registrada en nuestros libros/ fue
puesta en mi/ nuestra presencia (1).
Firma y sello del Sujeto Obligado o de los funcionarios del Sujeto Obligado autorizados.
Observaciones:
(1) Tachar lo que no corresponda (ver Anexo 1). (2) Integrar con el nombre y apellido del cliente, aún
cuando en su representación firme un apoderado. (3) indicar DNI, LE o LC para argentinos nativos. Para
extranjeros. DNI extranjeros, carnet internacional, pasaporte, certificado provisorio, documento de
identidad del respectivo país según corresponda (4) Indicar titular, representante legal, apoderado.
Cuando se trate de apoderado, el poder otorgado debe ser amplio y general y estar vigente a la fecha en
que se suscriba la presente declaración.
Nota: Esta declaración deberá ser integrada por duplicado, el que intervenido por el sujeto obligado
servirá como constancia de recepción de la presente declaración para el cliente.
Esta declaración podrá ser integrada en los legajos o cualquier otro formulario que utilicen
habitualmente los Sujetos Obligados para vincularse con sus clientes.
Deberá presentarse con Certificación Bancaria o por Escribano Público
13
Personas Políticamente Expuestas – Anexo I
Resolución 52/2012 UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Artículo 1° - “Son Personas Expuestas Políticamente las siguientes:
a) Los funcionarios públicos extranjeros: quedan comprendidas las personas que desempeñen o hayan desempeñado dichas
funciones hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria, ocupando alguno de los siguientes cargos:
1- Jefes de Estado, jefes de Gobierno, gobernadores, intendentes, ministros, secretarios y subsecretarios de Estado y otros
cargos gubernamentales equivalentes;
2- Miembros del Parlamento/Poder Legislativo;
3- Jueces, miembros superiores de tribunales y otras altas instancias judiciales y administrativas de ese ámbito del Poder
Judicial;
4- Embajadores y cónsules
5- Oficiales de alto rango de las fuerzas armadas (a partir de coronel o grado equivalente en la fuerza y/o país de que se trate)
y de las fuerzas de seguridad pública (a partir de comisario o rango equivalente según la fuerza y/o país de que se trate);
6- Miembros de los órganos de dirección y control de empresas de propiedad estatal;
7- Directores, gobernadores, consejeros, síndicos o autoridades equivalentes de bancos centrales y otros organismos estatales
de regulación y/o supervisión;
b) Los cónyuges, o convivientes reconocidos legalmente, familiares en línea ascendiente o descendiente hasta el primer grado
de consanguinidad y allegados cercanos de las personas a que se refieren los puntos 1 a 7 del artículo 1°, inciso a), durante
el plazo indicado. A estos efectos, debe entenderse como allegado cercano a aquella persona pública y comúnmente
conocida por su íntima asociación a la persona definida como Persona Expuesta Políticamente en los puntos precedentes,
incluyendo a quienes están en posición de realizar operaciones por grandes sumas de dinero en nombre de la referida
persona.
c) Los funcionarios públicos nacionales que a continuación se señalan que se desempeñen o hayan desempeñado hasta dos
años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria:
1- El Presidente y Vicepresidente de la Nación;
2- Los Senadores y Diputados de la Nación;
3- Los magistrados del Poder Judicial de la Nación;
4- Los magistrados del Ministerio Público de la Nación;
5- El Defensor del Pueblo de la Nación y los adjuntos del Defensor del Pueblo;
6- El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo Nacional;
7- Los interventores federales;
8- El Síndico General de la Nación y los Síndicos Generales Adjuntos de la Sindicatura General de la Nación, el presidente y los
auditores generales de la Auditoría General de la Nación, las autoridades superiores de los entes reguladores y los demás
órganos que integran los sistemas de control del sector público nacional, y los miembros de organismos jurisdiccionales
administrativos;
9- Los miembros del Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento;
10- Los Embajadores y Cónsules;
11- El personal de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina, de Gendarmería Nacional, de la Prefectura Naval
Argentina, del Servicio Penitenciario Federal y de la Policía de Seguridad Aeroportuaria con jerarquía no menor de coronel o
grado equivalente según la fuerza;
12- Los Rectores, Decanos y Secretarios de las Universidades Nacionales;
13- Los funcionarios o empleados con categoría o función no inferior a la de director general o nacional, que presten servicio en
la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, las entidades autárquicas, los bancos y entidades
financieras del sistema oficial, las obras sociales administradas por el Estado, las empresas del Estado, las sociedades del
estado y el personal con similar categoría o función, designado a propuesta del Estado en las sociedades de economía mixta,
en las sociedades anónimas con participación estatal y en otros entes del sector público;
14- Todo funcionario o empleado público encargado de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier
actividad, como también todo funcionario o empleado público encargado de controlar el funcionamiento de dichas
actividades o de ejercer cualquier otro control en virtud de un poder de policía;
14
15- Los funcionarios que integran los organismos de control de los servicios públicos privatizados, con categoría no inferior a la
de director general o nacional;
16- El personal que se desempeña en el Poder Legislativo de la Nación, con categoría no inferior a la de director;
17- El personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación, con categoría no
inferior a Secretario;
18- todo funcionario o empleado público que integre comisiones de adjudicación de licitaciones, de compra o de recepción de
bienes, o partícipe en la toma de decisiones de licitaciones o compras.
19- Todo funcionario público que tenga por función administrar un patrimonio público o privado, o controlar o fiscalizar los
ingresos públicos cualquiera fuera su naturaleza;
20- Los directores y administradores de las entidades sometidas al control externo del Honorable Congreso de la Nación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley N° 24.155.
d) Los funcionarios públicos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que a continuación se señalan,
que se desempeñan o hayan desempeñado hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria;
1- Gobernadores, intendentes y Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
2- Ministros de Gobierno, Secretarios y Subsecretarios, Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia de las provincias y de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
3- Jueces y Secretarios de los Poderes Judiciales Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
4- Legisladores provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
5- Los miembros de Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento;
6- Máxima autoridad de los Organismos de Control y de los entes autárquicos provinciales, municipales y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
7- Máxima autoridad de las sociedades de propiedad de los estados provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
e) Las autoridades y apoderados de partidos políticos a nivel nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
que se desempeñan o hayan desempeñado hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria.
f) Las autoridades y representantes legales de organizaciones sindicales y empresariales (cámaras, asociaciones y otras formas
de agrupación corporativa con excepción de aquellas que únicamente administren las contribuciones o participaciones
efectuadas por sus socios, asociados, miembros asociados, miembros adherentes y/o las que surgen de acuerdos destinados
a cumplir con sus objetivos estatutarios) que desempeñen o hayan desempeñado dichas funciones hasta dos años
anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria.
El alcance establecido se limita a aquellos rangos, jerarquías o categorías con facultades de decisión resolutiva, por lo tanto
se excluye a los funcionarios de niveles intermedios o inferiores.
g) Las autoridades y representantes legales de las obras sociales contempladas en la Ley N° 23.660, que desempeñen o hayan
desempeñado dichas funciones hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria.
El alcance establecido se limita a aquellos rangos, jerarquías o categorías con facultades de decisión resolutiva, por lo tanto
se excluye a los funcionarios de niveles intermedios o inferiores.
h) Las personas que desempeñen o que hayan desempeñado hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la
operatoria, funciones superiores en una organización internacional y sean miembros de la alta gerencia, es decir: directores,
subdirectores y miembros de la Junta o funciones equivalentes excluyéndose a los funcionarios de niveles intermedios o
inferiores.
i) Los cónyuges, o convivientes reconocidos legalmente, y familiares en línea ascendiente o descendiente hasta le primer
grado de consanguinidad; del as personas a que se refieren los puntos c), d), e), f), g) y h) durante los plazos que para ellas
de indican.
15
Ref.: Expte. Nº 15179-S-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
Al Sr. Intendente Municipal
Dr. Gustavo Angel Posse
S / D
Tengo el agrado de dirigirme al Sr.
Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su
DECIMO SEPTIMA REUNIÓN – DECIMO SEXTA SESION ORDINARIA de fecha 15
de noviembre de 2017, ha sancionado sobre tablas la ORDENANZA Nº 8963 cuyo texto
transcribo a continuación:
ORDENANZA Nº 8963
CONVALIDACIONES
Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires
Barrio Sauze
ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el día 02 de noviembre del corriente año obrante en el Expediente N° 15179-S-2017, mediante el cual la mentada repartición provincial se comprometió a otorgar a la Comuna en concepto de Subsidio la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Tres Mil Quinientos Setenta y Dos con Treinta y Seis Centavos ($7.443.572,36), tendiente a la financiación de la ejecución de la obra “Pavimento y Red de Desagües Cloacales en el Barrio Sauze, de la Ciudad de San Isidro”, cuyo texto pasa a formar parte de la presente.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-
Sirva la presente de atenta nota de envío.-
p.b.
PROMULGADA POR DTO Nº 2697 Del 16 de noviembre de 2017.
GABRIEL F. ESTORONI
Secretario
Honorable Concejo Deliberante San Isidro
CARLOS A. CASTELLANO
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
San Isidro
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
16
CONVENIO DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES
PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS
BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO
COMUNITARIO – LEY 14.449 DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT
MUNICIPIO DE SAN ISIDRO
En la ciudad de La Plata, a los 02 días del mes de noviembre de 2017, entre la
Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en
adelante la “SUBSECRETARÍA”, representada por el Sr. Subsecretario Lic. Evert Van
Tooren, con domicilio en diagonal 73 N° 1568 de la Ciudad de La Plata, Partido de La
Plata, por una parte, y la Municipalidad de San Isidro, en adelante el “MUNICIPIO”,
representada por el Intendente Dr. Gustavo Posse, con domicilio en Av. Centenario N°
77 de la localidad de San Isidro, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por la
otra, acuerdan celebrar el presente Convenio, con el objeto de fijar pautas y coordinar
acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras de Infraestructura
para la mejora del hábitat, y
CONSIDERANDO:
Que es decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adoptar todas las medidas
orientadas a generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus
habitantes.
Que la Ley 14.449 de “Acceso Justo al Hábitat” tiene por objeto la promoción del
derecho a la vivienda y a un hábitat digno, y establece en su Artículo 8 como
lineamientos generales para cumplir con dicho objetivo, promover la recuperación,
rehabilitación o refuncionalización de edificios, sectores urbanos residenciales en
proceso de degradación, preservando el valor del patrimonio histórico y social, ejecutar
la construcción, ampliación o mejoramiento de servicios de infraestructura básicos, de
equipamiento comunitarios y espacios públicos recreativos, y en general llevar adelante
acciones tendientes a lograr la integración socio urbana.
Que en tal sentido, en competencia de la SUBSECRETARÍA gestionar, desarrollar, aplicar
y administrar las fuentes de financiamiento destinadas a cumplir con los planes,
17
programas y proyectos en materia de hábitat a través de la Dirección Provincial de
Acceso Justo al Hábitat y Desarrollo Barrial;
Que mediante Expediente N° 2423-7173/17 el MUNICIPIO ha solicitado asistencia a la
SUBSECRETARÍA en el marco del Programa de financiamiento para infraestructura de
redes públicas domiciliarias e intradomiciliarias de servicios básicos, obras
complementarias y/o equipamiento comunitario, destinado a obras de pavimentación y
red de desagües cloacales, para mejoras del Barrio Sauze, partido de San Isidro.
Que las partes concuerdan dar cumplimiento al acuerdo aquí celebrado, respetando las
formas y las finalidades del mismo;
Que ello así, corresponde en esta instancia suscribir con el Municipio de San Isidro el
presente Convenio;
CLÁUSULA 1°: La Provincia de Buenos Aires, a través de la SUBSECRETARÍA otorgará al
MUNICIPIO en concepto de subsidio la suma de pesos siete millones cuatrocientos
cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos con treinta y seis centavos ($7.443.572,36),
destinada a financiar la ejecución de la obra “Pavimento y red de desagües cloacales, en
Barrio Sauze, localidad de San Isidro” (en adelante la “OBRA”), ello conforme al
Proyecto que se agrega al presente Convenio como Anexo I.
La OBRA tendrá un plazo de ejecución de 150 días corridos contados a partir de la fecha
de firma del Acta de Inicio de Obra.
En el supuesto de que el costo de la OBRA resulte superior al monto del subsidio
otorgado al MUNICIPIO, este garantizará su conclusión con fondos propios.
CLÁUSULA 2°: El MUNICIPIO tendrá a su cargo la contratación, ejecución, inspección y
mantenimiento de la OBRA y su posterior operación, siendo el responsable exclusivo de
todos los efectos derivados de esas tareas, como así también de su mantenimiento y
conservación posterior.
CLÁUSULA 3°: El MUNICIPIO se compromete a contratar los trabajos siguiendo prácticas
de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y economía. La SUBSECRETARÍA
18
prestará toda la colaboración y asistencia técnica necesaria, cuando el MUNICIPIO así se
lo requiera.
CLÁUSULA 4°: La SUBSECRETARÍA transferirá al MUNICIPIO el monto asignado en la
Cláusula 1° del presente, el que será efectivizado de la siguiente forma: a) Un primer
desembolso equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total asignado, en
concepto de Anticipo Financiero, el cual se efectivizará dentro de los 45 días de la
entrada en vigencia del presente Convenio; b) Un segundo desembolso equivalente al
treinta y cinco (35%) del monto total asignado una vez que el MUNICIPÍO acredite ante
la SUBSECRETARÍA un avance físico de obra de al menos el veinticinco por ciento (25%);
c) Un tercer desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del monto total
asignado una vez que el MUNICIPIO acredite ante la SUBSECRETARÍA un avance físico de
obra de al menos el sesenta por ciento (60%).
CLÁUSULA 5°: El MUNICIPIO se compromete a iniciar la ejecución de la OBRA dentro del
plazo de treinta (30) días corridos contados desde la recepción del anticipo referido en la
cláusula que antecede.
La SUBSECRETARÍA podrá, por única vez, ampliar dicho plazo por idéntico período, previa
solicitud fundada del MUNICIPIO.
CLÁUSULA 6°: A los fines de la acreditación del avance físico de la obra el MUNICIPIO
deberá presentar ante la SUBSECRETARÍA el/los certificados de obra del/los proyecto/s
con la documentación respaldatoria correspondiente, debidamente refrendado por el
Inspector, por el Secretario de Obras Públicas municipal o funcionario equivalente y por
el Intendente del MUNICIPIO. Asimismo, deberá acompañar imágenes
fotográficas/fílmicas debidamente certificadas por funcionario competente, todo ello
con la correspondiente solicitud de pago del desembolso que corresponda.
La SUBSECRETARÍA efectuará, a través del área pertinente, el control formal de la
documentación presentada.
CLÁUSULA 7°: La SUBSECRETARÍA por intermedio del área competente efectuará el
seguimiento de las obras y podrá, en caso de considerarlo necesario, supervisar y
solicitar información al MUNICIPIO y/o al contratista.
19
CLÁUSULA 8°: El MUNICIPIO se compromete a colocar en todos los carteles de obra que
se instalen, además de las insignias y datos técnicos correspondientes, una leyenda –de
tamaño y dimensiones visibles- con el siguiente texto:
PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS
BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.
LEY 14.449 – ACCESO JUSTO AL HÁBITAT.
SUBSECRETARÍA SOCIAL DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA.
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
CLÁUSULA 9°: El MUNICIPIO se compromete a mantener indemne al Estado Provincial
por cualquier reclamo, demanda, sanción, juicio, daño, pérdida y/o cualquier otro
concepto, incluyendo multas, costas judiciales y honorarios profesionales como
consecuencia de la ejecución de la OBRA y por todas aquellas por las cuales el
MUNICIPIO deba responder.
CLÁUSULA 10°: Con relación a la verificación del destino final de los fondos otorgados, el
MUNICIPIO queda obligado a rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas,
conforme lo estipulado en el artículo 17 del Reglamento para el otorgamiento de
subsidios aprobado como Anexo Único del Decreto N° 467/07 y modificatorios.
CLÁUSULA 11°: La SUBSECRETARÍA podrá rescindir el presente convenio en caso de
incumplimiento de las obligaciones por parte del MUNICIPIO, afianzando los montos
efectivamente transferidos con la coparticipación.
CLÁUSULA 12°: El presente Convenio tendrá plena vigencia a partir de su aprobación,
mediante el dictado del pertinente acto administrativo.
CLÁUSULA 13°: Ante cualquier controversia derivada de la interpretación o ejecución del
presente Convenio las partes procurarán una solución amigable mediante mecanismos
20
de negociación. Si habiéndose agotado tales instancias sin resultado positivo se atenderá
a lo dispuesto en el artículo 196 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
En prueba de conformidad con las trece (13) cláusulas que anteceden, a los 02 días del
mes de noviembre de 2017 se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo
efecto.
Sr. Subsecretario Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la
Provincia de Buenos Aires, Lic. Evert Van Tooren
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse
21
PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES
PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS
BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO
COMUNITARIO.
DESCRIPCIÓN DE LA OBRA
• MUNICIPIO: San Isidro
•
• UBICACIÓN: Av. Rolón, Roma, Maestra Manuela García y Gobernador Udaondo.
• OBRA: se desarrollarán las siguientes obras:
- Red vial: construcción de 920 m² de calzada con base de hormigón, ejecución de
322 ml. de cordón cuneta de hormigón, ejecución de 513 m² de vereda de
contrapiso de hormigón peinado y la ejecución de 6 rampas para discapacitados.
- Red de desagües pluviales: provisión y colocación de caños de 400 mm de
diámetro y 135 m de longitud con desembocadura en ramal de calle Roma;
construcción de 2 cámaras de inspección, 4 sumideros más caños de enlace.
• PLAZOS DE OBRA: 150 días.
• MONTO TOTAL DEL SUBSIDIO: $ 7.443.572,36
22
Ref.: Expte. N° 14291-A-2017.-
ORDENANZA NÚMERO: 8 9 6 4
PUBLICADA EN EDICIÓN EXTRA N° 1097
(del 22 de diciembre de 2017)
23
Ref.: Expte. N° 14292-A-2017.-
ORDENANZA NÚMERO: 8 9 6 5
PUBLICADA EN EDICIÓN EXTRA N° 1098
(del 22 de diciembre de 2017)
24
Ref.: Expte. N° 14073-C-2017 –Cuerpos 0, 2, 3, 4, 5 y 6.-
ORDENANZA NÚMERO: 8 9 6 6
PUBLICADA EN EDICIÓN EXTRA N° 1101
(del 29 de diciembre de 2017)
25
Ref.: Expte. Nº 11507-D-2017
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 6 9 5
VISTO los presentes actuados; y
Considerando:
QUE el Señor Eugenio Adrián BARRIOS,
DNI N° 22.676.277, por medio del Telegrama Ley N° 23.789, intima se registre
debidamente su relación laboral, pago de vacaciones y salarios de los meses de junio y
julio del corriente año, todo bajo apercibimiento de considerarse injuriado y despedido
por nuestra causa, atento las supuestas tareas realizadas en relación de dependencia con el
Club Náutico Municipal de San Isidro;
QUE la Asesoría Legal Municipal permite
dilucidar a través del Dictamen N° 8840/2017 obrante a fojas 18 que, analizada la
cuestión y habida cuenta del informe de la Oficina de Legajos y Certificaciones de la
Dirección General de Recursos Humanos de fojas 13, se desprende que el reclamante
nunca ha formado parte del plantel laboral de este Municipio, y que asimismo el Club
Municipal de San Isidro no ha revestido el carácter de dependencia de la Comuna;
QUE por ende, el citado órgano asesor
concluye que corresponde rechazar el reclamo, siendo este criterio compartido por este
Departamento Ejecutivo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo efectuado por el Sr. Eugenio Adrián BARRIOS,
************* DNI N° 22.676.277, atento a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez
Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
26
Ref.: Expte. Nº 11506-D-2017 y agregado.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 6 9 6
VISTO los presentes actuados; y
Considerando:
QUE la Señora Cecilia Noemí CARREÑO,
DNI N° 21.680.540, por medio del Telegrama Ley N° 23.789, intima se registre
debidamente su relación laboral, pago de vacaciones y salarios de los meses de junio y
julio del corriente año, todo bajo apercibimiento de considerarse injuriada y despedida por
nuestra causa, atento las supuestas tareas realizadas en relación de dependencia con el
Club Náutico Municipal de San Isidro;
QUE la Asesoría Legal Municipal permite
dilucidar a través del Dictamen N° 8839/2017 obrante a fojas 15 que, analizada la
cuestión y habida cuenta del informe de la Oficina de Legajos y Certificaciones de la
Dirección General de Recursos Humanos a fojas 13, se desprende que la reclamante ha
formado parte del plantel laboral de la Comuna en carácter de “Planta Temporaria-
Personal Mensualizado”, siendo su último período de designación entre el 1° de junio y el
31 de agosto de 2012, no registrando ningún período de designación con posterioridad a
esa fecha, y que asimismo el Club Municipal de San Isidro no ha revestido el carácter de
dependencia de esta Comuna;
QUE por ende, el citado órgano asesor
concluye que corresponde rechazar el reclamo, siendo este criterio compartido por este
Departamento Ejecutivo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo efectuado por la Sra. Cecilia Noemí CARREÑO,
************* DNI N° 21.680.540, atento a los considerandos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
27
Ref.: Expte. Nº 15187-S-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 6 9 7
VISTO la Ordenanza N° 8962 sancionada por
el Honorable Concejo Deliberante el día 15 de noviembre del corriente; y
Considerando:
QUE mediante la citada Ordenanza se
convalidó el Convenio de Financiamiento para Infraestructura de Redes Públicas
Domiciliarias e Intradomiciliarias de Servicios Básicos, Obras Complementarias y/o
Equipamiento – Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat – suscripto entre la Municipalidad
de San Isidro y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia
de Buenos Aires, celebrado el día 2 de noviembre del corriente año, en virtud del cual la
mentada repartición provincial se compromete a través de un subsidio a financiar la
ejecución de la obra “EXTENSIÓN DE RED CLOACAL Y RED DE DESAGÜES
PARA MEJORAS EN EL BARRIO SAN CAYETANO, DE LA CIUDAD DE SAN
ISIDRO”;
QUE de conformidad con lo establecido por el
Artículo 108°, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del
Departamento Ejecutivo la promulgación de Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8962 sancionada
************* por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 15 de noviembre del
corriente año.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
28
Ref.: Expte. Nº 15179-S-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 6 9 8
VISTO la Ordenanza N° 8963 sancionada por
el Honorable Concejo Deliberante el día 15 de noviembre del corriente; y
Considerando:
QUE mediante la citada Ordenanza se
convalidó el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la Secretaría
Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires de fecha 2 de
noviembre del corriente año, mediante el cual la mentada repartición provincial se
comprometió a otorgar a la Comuna en concepto de Subsidio la suma de PESOS SIETE
MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA
Y DOS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 7.443.572,36), tendiente a la
financiación de la ejecución de la obra “PAVIMENTO Y RED DE DESAGÜES
CLOACALES EN BARRIO SAUZE, DE LA CIUDAD DE SAN ISIDRO”;
QUE de conformidad con lo establecido por el
Artículo 108°, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del
Departamento Ejecutivo la promulgación de Ordenanzas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8963 sancionada
************* por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 15 de noviembre del
corriente año.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
29
Ref.: Expte. Nº 13407-D-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 6 9 9
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos que dan
cuenta precedentemente, hacen necesario ordenar la instrucción del sumario
administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE adoptada que fuera la decisión en tal
sentido, corresponde designar al instructor sumariante;
QUE a fojas 16 la Subdirección de Sumarios
de la Asesoría Legal Municipal se expide mediante Dictamen n° 8864 aconsejando
suspender la tramitación del sumario, atento que de las actuaciones surge la probable
comisión de los delitos de acción pública, por lo que corresponde efectuar la pertinente
denuncia penal, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 287°, inc 1) del Código de
Procedimientos Penales de la Provincia de Buenos Aires, remitiéndose las actuaciones a
la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve
el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario
************* administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que
pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 13407-D-
2017.-
ARTÍCULO 2°.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio Fabián
************* Leonardis.-
ARTÍCULO 3°.- Suspender la tramitación del presente sumario hasta que exista
************* resolución judicial, en un todo de acuerdo con lo expuesto a fojas 16 por
la Subdirección de Sumarios.-
30
Ref.: Expte. Nº 13407-D-2017.-
//...
ARTÍCULO 4°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la
************* correspondiente denuncia penal, remitiéndose las presentes actuaciones
a la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
31
Ref. Expte. Nro. 13410-D-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 0
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos que dan
cuenta precedentemente, hacen necesario ordenar la instrucción del sumario
administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE adoptada que fuera la decisión en tal
sentido, corresponde designar al instructor sumariante;
QUE a fojas 27 la Subdirección de Sumarios
de la Asesoría Legal Municipal se expide mediante Dictamen nº 8862 aconsejando
suspender la tramitación del sumario, atento que de las actuaciones surge la probable
comisión de delitos de acción pública, por lo que corresponde efectuar la pertinente
denuncia penal, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 287°, inc 1) del Código de
Procedimientos Penales de la Provincia de Buenos Aires, remitiéndose las actuaciones a
la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve
el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario
************* administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que
pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 13410-D-
2017.-
ARTÍCULO 2º.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio Fabián
************* Leonardis.-
32
Ref. Expte. Nro. 13410-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 2º.- Suspender la tramitación del presente sumario hasta que exista
************* resolución judicial, en un todo de acuerdo con lo expuesto a fojas 27
por la Subdirección de Sumarios.-
ARTÍCULO 3°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la
************* correspondiente denuncia penal, remitiéndose las presentes actuaciones
a la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
33
Ref.: Expte. Nro. 14547-A-2017.-
SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 1
VISTO la nota presentada por la
“ASSOCIAZIONE RADICI ABRUZZESI ARGENTINA”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado al alquiler de transporte para el traslado de los integrantes que
participarán del encuentro internacional de coros a realizarse en Concepción del Uruguay
durante el mes de Noviembre del corriente año;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS
CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 46.800), con oportuna rendición de
cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por la “ASSOCIAZIONE RADICI ABRUZZESI ARGENTINA” por la
suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 46.800), destinado al
alquiler de transporte para el traslado de los integrantes que participarán del encuentro
internacional de coros a realizarse en Concepción del Uruguay durante el mes de
Noviembre del corriente año.-
ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto
************* reglamentario Nro.1444/85.-
34
Ref.: Expte. Nro. 14547-A-2017.-
//…
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de gastos pertinente
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
35
Ref.: Expte. Nro. 14145-D-2017
SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 2
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº 649-
556/2017;
QUE como consecuencia de aquél se efectuó el
pertinente llamado a Licitación Privada Nº 319/2017, autorizado mediante Decreto Nº
2451/2017;
QUE la Dirección General de Compras realizó
la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 58,
manifestando a fojas 60 la Subsecretaría General de Espacios Públicos que todas ellas se
ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones;
QUE por lo expuesto, conforme surge del
informe obrante a fojas 62, corresponde proceder a la adjudicación a la oferta más
conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a Federico Guillermo Pollarolo -CUIT Nº 20-29633885-
************** 1, la Licitación Privada Nº 319/2017, referente a la contratación del
servicio de “PROVISIÓN DE VIANDAS PARA EL PERSONAL DE HIGIENE
URBANA”, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL ($
924.000).-
ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática
01.01, Objeto del Gasto 2.1.1, del Presupuesto General de Gastos vigente.-
36
Ref.: Expte. Nro. 14145-D-2017
//…
ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION L.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
37
Ref.: Expte. Nro. 15699-D-2017
SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 3
VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-
766/2017; y
Considerando:
QUE el importe de la adquisición a efectuarse
excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las
Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 335/2017, para la contratación de
************* “PROYECTO DE PAISAJISMO, PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE
ESPECIES EN ROQUE SAENZ PEÑA Y LA COSTA DEL RÍO DE LA PLATA”.-
ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 24 de Noviembre de 2017, a las
************* 9:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro.
77 -1er. Piso- de San Isidro.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría
Programática 01.01, Objeto del Gasto 3.4.1, del Presupuesto General de Gastos
pertinentes.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
38
Ref. Expte. Nº 621-J-2015.-
SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 4
Visto lo solicitado en los cuerpos legales
mencionados en el presente; y
Considerando:
QUE en todos los casos los beneficiarios son
jubilados y pensionados, verificándose los presupuestos de excepción fijado en el articulo
58º inciso 3 d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que se procede el otorgamiento del
beneficio solicitado en cada caso, en un 100% año 2017;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Eximir en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a
continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en
cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los
beneficiarios.-
1.- Expte. Nº 621/2015 Cuenta corriente Nº 550.208 – Boedo Nº 2.342- Boulogne.-
2.- Expte. Nº 5958/2016- Cuenta corriente Nº 540.959 –Perito Moreno Nº 1.935-
Boulogne.-
3.- Expte. Nº 1115/2003- Cuenta corriente Nº 350.506 –Pueyrredón Nº 131- Martínez.-
4.- Expte. Nº 2338/2015 Cuenta corriente Nº 613.251 – B.S.I. Esc. 97 – Planta Baja-
Depto. “C” - Boulogne.-
5.- Expte. Nº 4067/2015 Cuenta corriente Nº 741.147 – Don Bosco Nº 2.754– San
Isidro.-
39
Ref. Expte. Nº 621-J-2015.-
//…
6.- Expte. Nº 6071/2015– Cuenta corriente Nº 361.557 – Catamarca Nº 1251- Martínez-
7.- Expte. Nº 737/2015 – Cuenta corriente Nº 332.293 Avda. Santa Fe Nº 944- 1er Piso-
Depto. Nº 5 - Acassuso-
8.- Expte. Nº 11401/2017 – Cuenta corriente Nº 630.697 Padre Castiglia Nº 24 –
Boulogne.- (a partir de la cuota 5A)
9.- Expte. Nº 531/2016– Cuenta Corriente Nº 640.901 – Capitán Juan de San Martín Nº
1.837- Boulogne.-
10.- Expte. Nº 12752/2015- Cuenta corriente Nº 611.814 – 14 de Julio Nº 2.192 -
Boulogne-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
40
Ref. Expte. Nº 8730-O-1998.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 5
Visto lo solicitado en los cuerpos legales
mencionados en el presente; y
Considerando:
QUE en todos los casos los beneficiarios son
jubilados y pensionados, verificándose los presupuestos de excepción fijados en el articulo
58º inciso 3 d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que se procede el otorgamiento del
beneficio solicitado en cada caso, en un 100% año 2017;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación
se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los
expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.-
1.- Expte. Nº 8730/1998 – Cuenta corriente Nº 530.055 – Miguel Cané Nº 764 -
Boulogne.-
2.- Expte. Nº 11366/2004 - Cuenta corriente Nº 731.588 – Don Bosco Nº 1785 –- P.B. -
San Isidro.-
3.- Expte. Nº 9533/2004 - Cuenta corriente Nº 120.693 – Rivadavia Nº 843 – San Isidro.-
4.- Expte. Nº 8298/1997 - Cuenta corriente Nº 613.172 – B.S.I. Esc. 100 – Piso 1ero. –
Dpto. “A” - Boulogne.-
41
Ref. Expte. Nº 8730-O-1998.-
//…
5.- Expte. Nº 1770/1997 – Cuenta corriente Nº 610.832 – Olazabal Nº 2045 – Boulogne.-
6.- Expte. Nº 1199/1993 – Cuenta corriente Nº 613.386 – B.S.I. Esc. 118 – Piso 2do. –
Dpto. “C” – Boulogne.-
7.- Expte. Nº 358/2003 – Cuenta corriente Nº 842.523 – Julián Navarro Nº 178 – P.A. –
Beccar.-
8.- Expte. Nº 13453/2006 – Cuenta corriente Nº 511.951 – Gral. Lamadrid Nº 226 -
Boulogne.-
9.- Expte. Nº 7177/1990 – Cuenta Corriente Nº 850.948 – Intendente Neyer Nº 650 –
Piso 1ero. – Dpto. 43 – Beccar.-
10.- Expte. Nº 10342/2005 - Cuenta corriente Nº 841.862 – América Nº 2242 - Beccar.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la
************* Subdirección de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
42
Ref. Expte. Nº 1886-B-1997.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 6
Visto lo solicitado en los cuerpos legales
mencionados en el presente; y
Considerando:
QUE en todos los casos los beneficiarios son
jubilados y pensionados, verificándose los presupuestos de excepción fijado en el articulo
58º inciso 3 d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que se procede el otorgamiento del
beneficio solicitado en cada caso, en un 100% año 2017;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación
se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los
expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.-
1.- Expte. Nº 1886/1997 Cuerpo Nº 2 -Cuenta corriente Nº 430.695 – Rodríguez Peña Nº
2.578 - Martínez.-
2.- Expte. Nº 2378/1998 – Cuenta corriente Nº 610.817 – Bulnes Nº 1.964 - Boulogne-
3.- Expte. Nº 8560/1984 Cuerpo Nº 2– Cuenta corriente Nº 561.352– Los Plátanos Nº 2.580
– Villa Adelina.-
4.- Expte. Nº 2052/2000 – Cuenta corriente Nº 541.046 – Los Plátanos Nº 1.757 –Villa
Adelina.-
43
Ref. Expte. Nº 1886-B-1997.-
//…
5.- Expte. Nº 6390/1998 Cuerpo Nº 2 - Cuenta corriente Nº 712.389 – Isabel La Católica Nº
1.915 - Beccar.-
6.- Expte. Nº 423/1983 Cuerpo Nº 2 - Cuenta corriente Nº 390.504- Prilidiano Pueyrredón
Nº 461- Martínez.-
7.- Expte. Nº 4789/1995-Cuenta corriente Nº 760.099– Julián Navarro Nº 3.196-Beccar-
8.- Expte. Nº 10053/2001 Cuenta corriente Nº 532.985 – Salguero Nº 1.662 – Fondo -
Boulogne.-
9.- Expte. Nº 4695/1998 Cuerpo Nº 2- Cuenta corriente Nº 551.777 – Bartolomé Novaro Nº
3.474 - Boulogne.-
10.- Expte. Nº 2473/1998 -Cuenta corriente Nº 522.700– Los Fortines Nº 149- Planta Baja-
Villa Adelina.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
44
Ref.: Expte. Nº 14278-L-2016 y agregado.-
SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 7
VISTO los presentes actuados; y
Considerando:
QUE la trabajadora Liliana Mabel LORENZO
(Legajo N° 53.431) formula reclamo solicitando se la reubique en el cargo de Jefa de
Servicio de Farmacia del Hospital Materno Infantil, en virtud de entender que ella se
encontraría cumpliendo las funciones propias, conforme lo normado por los artículos 38°,
39° y 40° de la Ley N° 10.606 y artículo 32° de la Ley N° 10.471;
QUE la Asesoría Legal Municipal permite
dilucidar a través del Dictamen N° 8841/2017 que a fojas 83 la Dirección General de
Recursos Humanos informa que la mencionada trabajadora no se encuentra comprendida en
los alcances del artículo 32° inciso C de la Ley N° 10.471, como así tampoco se encontraba
la agente que ocupaba la vacante en la cual la reclamante fue designada y a fojas 85 la
Secretaría de Salud Pública opina que no debe hacerse lugar a la solicitud formulada por
dicha trabajadora;
QUE asimismo, a fojas 2 la Dirección del
Hospital Materno Infantil informa que la organización del referido nosocomio no resulta
compatible con la existencia de una Jefatura de Servicio de Farmacia;
QUE no existe en el caso que nos ocupa, la
situación prevista en la normativa que regula la Carrera Médica Hospitalaria, por no haber
bloqueo de título con respecto a la trabajadora LORENZO;
QUE, por otra parte, no existe perjuicio alguno
que afecte a la reclamante, basándose su requerimiento más que en la normativa vigente en
un deseo personal que no se encuentra sustentado por la realidad de los hechos;
QUE, por lo expuesto, el citado órgano asesor
concluye que no corresponde hacer lugar al reclamo formulado, siendo este criterio
compartido por este Departamento Ejecutivo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo formulado por la trabajadora Liliana Mabel
************* LORENZO (Legajo N° 53.431), atento a los considerandos del presente
Decreto.-
45
Ref.: Expte. Nº 14278-L-2016 y agregado.-
//…
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
46
Ref. Expte. Nº 15514-D-2017.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 8
VISTO lo informado mediante nota del Área de
Control de Asistencia de la Dirección General de Recursos Humanos obrante a fojas 1 y el
Certificado de Defunción obrante a fojas 2 del presente; y
Considerando:
QUE se produjo el fallecimiento del trabajador
Miguel Mario PETILLO (Legajo N° 6879), acaecido el día 16 de octubre de 2017;
QUE en virtud de ello y atento a lo establecido
por el artículo 10° inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo convalidado por Ordenanza
N° 8850 corresponde dar por concluida la relación de empleo con la Administración
Municipal del agente antes mencionado, a partir de la fecha citada;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración
************* Municipal, conforme el artículo 10° inciso b) del Convenio Colectivo de
Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, al trabajador Miguel Mario PETILLO
(Legajo N° 6879), M.I. N° 5.525.381, Clase 1949, con categoría 14 (J:1.1.1.01.01.000 –
C:01.011 – O:1.1.1.02) incluido en los alcances de los artículos 15° “Bonificación
Disposición Permanente” (46%) y 17° “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%)
ambos de la Ordenanza N° 8919 y funciones de Subdirector en el Departamento de Tasas
Varias a partir del 16 de octubre de 2017, atento a su fallecimiento.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
47
Ref. Expte. Nº 2360-D–2015.-
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 0 9
VISTO el Dictamen de la Junta Médica
Provincial, obrante en el Expediente Nº 4105-2360-2015, del Instituto de Previsión Social de
la Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral de la
trabajadora Graciela Dora RUSSO (Legajo Nº 18332); y
Considerando:
Que dicha trabajadora ha tomado conocimiento
de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en el mencionado
expediente;
QUE se encuentra en condiciones de acogerse al
beneficio jubilatorio;
QUE la Subdirección de Jubilaciones y
Pensiones de la Dirección General de Recursos Humanos, solicita se proyecte el instrumento
legal de cese de la trabajadora, a los fines jubilatorios por incapacidad laboral, a partir del 1º
de septiembre de 2017;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del la
trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un
importe mensual en este caso correspondiente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes, a
partir del 1º de septiembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio como anticipo de su
jubilación;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la trabajadora Graciela Dora RUSSO, se
encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
48
Ref. Expte. Nº 2360- D– 2015.-
//…
ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración
************* Municipal, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad
laboral de la trabajadora Graciela Dora RUSSO (Legajo Nº 18332), M.I. Nº: 11.248.241,
Clase 1954, con categoría 10 (35)-(J:1.1.1.01.03.000– C:19.01 -O:1.2.1.01) incluida en los
alcances del artículo 16º inciso f) “Operador de Terminales de Seguridad” y 13º
“Bonificación Jornada Prolongada” (30 %), ambas de la Ordenanza 8919, y funciones
Administrativa/operadora de monitoreo, en la Terminales de Seguridad, dependientes de la
Subsecretaría de Prevención Ciudadana, del 1º de setiembre 2017.
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de
************* su Trayectoria en esta Comuna.-
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Graciela Dora RUSSO (Legajo Nº 18332), mediante el cual el
Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de los haberes
computables a los fines previsionales, a partir del 1º de septiembre de 2017, como anticipo
de su jubilación y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio. El anticipo jubilatorio
asciende a la suma mensual de $ 8397 (pesos ocho mil trescientos noventa y siete).-
ARTÍCULO 4º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente, pasa a
************* formar parte del presente Decreto.-
ARTÍCULO 5º.- El pago del anticipo, cesará automáticamente si con anterioridad al
************* plazo estipulado fuera otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
49
Ref.: Expte. Nro. 15696-D-2017
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 0
VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700-
2449/2017; y
Considerando:
QUE el importe de la adquisición a efectuarse
excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las
Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 339/2017, para la adquisición de
************* “DEXTROSA AL 5%”.-
ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 28 de noviembre de 2017 a las
************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario
Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría
Programática 27, 28, 29, Objeto del Gasto 2.5.2, del Presupuesto General de Gastos
pertinente.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
50
Ref.: Expte. N° 10134-O-2017.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 1
VISTO el reclamo efectuado a fojas 1 por la Sra.
Beatriz Ema Oneglia, DNI 4.093.523, por los daños que manifiesta haber sufrido en el
inmueble de su propiedad, sito en la calle Manzone 751/9 Piso 2º, Depto. 9 de la localidad
de Acassuso, jurisdicción de este Partido, con motivo de la caída de un árbol sobre su frente,
el día 8 de julio del corriente año; y
Considerando:
QUE en su exposición manifiesta que en la
referida fecha, un árbol de gran porte ubicado en la vereda opuesta a su unidad, cayó
impactando en el frente de la misma, provocando la rotura de vidrios y marcos de hierro en
los ventanales;
QUE acompaña como documental fotocopias de
fotografías del lugar del hecho, facturas, título de propiedad, Tasa de Alumbrado, Limpieza
y Servicios Generales y factura, todo lo que obra a fojas 2/9 de estas actuaciones;
QUE la peticionante adjudica la responsabilidad
del hecho a la Comuna, reclamando el pago de los daños materiales sufridos;
QUE observadas las fotografías, se puede dar por
acreditada la veracidad de las manifestaciones de la requirente en cuanto a la circunstancias
de tiempo y lugar, así como de los daños sufridos en la propiedad;
QUE consultada la Subsecretaría General de
Operaciones, Protección y Defensa Civil, informa a fojas 13 que personal de esa Dirección
arribó al domicilio de la solicitante, donde pudo observarse un árbol de gran porte cortando
la arteria y apoyándose sobre el edificio de la calle Manzone, observándose como
consecuencia de ello, daños materiales en los ventanales de los vecinos frentistas;
QUE requerida la Dirección General de
Compras, informa a fojas 15 que el valor de reparación según factura adjunta, se encuentra
dentro de los costos de mercado, estableciéndose en consecuencia como costo de reparación
la suma de pesos diecinueve mil setecientos ($ 19.700);
QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal
Municipal, la misma se expide mediante Dictamen n° 8861 obrante a fojas 22, manifestando
que encontrándose probado el hecho y los daños sufridos en el inmueble, en atención a lo
establecido por el artículo 1757 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y
51
Ref.: Expte. N° 10134-O-2017.-
//…
la Jurisprudencia mayoritaria sobre el tema, debe accederse al reclamo formulado
por la Sra. Beatriz Ema Oneglia, DNI 4.093.523, referente al pago por los daños sufridos en
el inmueble de su propiedad, sito en la calle Manzone 751/9 Piso 2º, Depto. 9 de la localidad de
Acassuso, jurisdicción de este Partido, con motivo de la caída de un árbol sobre el frente del
mismo, el día 8 de julio del corriente año, hasta la suma de pesos diecinueve mil setecientos
($ 19.700), de acuerdo a lo que surge del considerando 5º del respectivo dictamen, debiendo
la peticionante dejar constancia en el recibo que deberá extender, que nada más tiene que
reclamarle a la Comuna por ningún concepto por el hecho dañoso ocurrido, desistiendo
además de todo otro reclamo iniciado o a iniciarse como consecuencia del hecho que dio
origen a estas actuaciones;
QUE este Departamento Ejecutivo comparte en
un todo el criterio sustentado por la precitada Dependencia, por lo que procede dictar el
pertinente acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Abonar a la peticionante, Beatriz Ema Oneglia, DNI 4.093.523 la suma de
************* PESOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS ($ 19.700), por los daños
sufridos en el inmueble de su propiedad sito en la calle Manzone 751/9 Piso 2º, Depto. 9 de
la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido, con motivo de la caída de un árbol
sobre su frente, el día 8 de julio del corriente año; debiendo la requirente, una vez
efectivizado el pago, dejar constancia mediante recibo que deberá extender, que nada más
tiene que reclamarle a esta Comuna por ningún concepto por el hecho dañoso ocurrido,
desistiendo además de todo otro reclamo iniciado o a iniciarse como consecuencia del hecho
que dio origen a estas actuaciones, en un todo de acuerdo al Dictamen n° 8861 de la
Asesoría Legal Municipal.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
52
Ref.: Expte. N° 10134-O-2017.-
///…
Presupuesto General de Gastos en vigencia.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
53
Ref.: Expte. Nro. 15490-D-2017
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 2
VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-
846/2017; y
Considerando:
QUE el importe de la adquisición a efectuarse
excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de
las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 337/2017, para la “EJECUCIÓN DE
************* PEQUEÑAS REPARACIONES DE EMERGENCIA Y/O MEJORAS
EN LA VIA PÚBLICA”
ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2017 a las
************* 10:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario
Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría
Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos
pertinente.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
54
Ref.: Expte. Nro. 15488-D-2017
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 3
VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-
757/2017; y
Considerando:
QUE el importe de la adquisición a efectuarse
excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de
las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 338/2017, para la provisión de
************* “MANO DE OBRA PARA EJECUTAR TRABAJOS
COMPLEMENTARIOS DE DESOBSTRUCCIÓN Y/O LIMPIEZA DE ZANJAS Y
CAÑERÍAS”
ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2017 a las
************* 11:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario
Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría
Programática 24.02, Objeto del Gasto 3.3.6, del Presupuesto General de Gastos
pertinente.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
55
Ref.: Expte. Nro. 15491-D-2017
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 4
VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-
854/2017; y
Considerando:
QUE el importe de la adquisición a efectuarse
excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de
las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 336/2017, para la contratación del
************* servicio de “LEVANTAMIENTO Y RECOLOCACIÓN DE
PAVIMENTOS Y CORDONES DE GRANITO Y GRANITULLO”
ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2017 a las
************* 11:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario
Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría
Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos
pertinente.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
56
Ref.: Expte. Nro. 14223-D-2017
SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 5
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº
700-2323/2017;
QUE como consecuencia de aquél se efectuó
el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 326/2017, autorizado mediante Decreto Nº
2440/2017;
QUE la Dirección General de Compras realizó
la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 116,
manifestando a fojas 118 la Secretaría de Salud Pública que todas ellas se ajustan a lo
solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones;
QUE por lo expuesto, conforme surge del
informe obrante a fojas 120, corresponde proceder a la adjudicación a la oferta más
conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a SERVICIOS MED S.R.L. la Licitación Privada Nº
************** 326/2017, referente a adquisición de “MONITORES
MULTIPARAMÉTRICOS CON OXICAPNOGRAFÍA PEDIÁTRICO/NEO”, por un
monto total de PESOS OCHOCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 803.700,00).-
ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría
Programática 45, Objeto del Gasto 4.3.3, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-
57
Ref.: Expte. Nro. 14223-D-2017
//…
ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION L.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
58
Ref. Expte Nº 4995-D-2017.-
SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 6
VISTO los Decretos Nº 950 de fecha 12 de
abril de 2017 y 1649 del 10 de julio de 2017, cuyas copias obran en el presente
expediente; y
Considerando:
QUE mediante los mismos fue aprobado el
incremento salarial para los agentes de esta Comuna correspondientes a los meses de abril
y julio respectivamente;
QUE el Instituto de Previsión Social solicita
se incorpore a la grilla de los sueldos básicos, artículo 6º de la Ordenanza Nº 8919, la
denominación -“ I Director General” - que corresponde a la categoría 16,
QUE en virtud de ello, atento a los
requerimientos de dicho Instituto, se deberá realizar el acto administrativo, a fin de
efectivizar la modificación correspondiente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Modificar los Decretos Nº 950 de fecha 12 de abril de 2017 y 1649 del
************* 10 de julio de 2017, en la grilla correspondiente a los sueldos básicos,
Artículo 6º de la Ordenanza Nº 8919, incorporando a la categoría 16 la denominación: - “
I DIRECTOR GENERAL” -.-
ARTÍCULO 2º.- Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones
************* de los Decretos Nº 950 y 1649 de 2017, respectivamente.-
ARTÍCULO 3º.- El presente decreto se dicta “ad referéndum” del Honorable Concejo
************* Deliberante.-
59
Ref. Expte Nº 4995-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
60
Ref.: Expte. N° 15846-S-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 7
VISTO la nota obrante a fojas 1 del cuerpo de
marras remitida por la Dirección General de Informática, y;
Considerando:
QUE en la misma solicita se autorice la
concurrencia de los agentes Juan Manuel Duarte (Leg. 57397) y Carolina Weiss (Leg.
66937), ambos pertenecientes a la citada repartición, al curso de capacitación “Ubiquiti
Enterprise Wireless Admin”, el cual se dictará los días 13 y 14 de diciembre entre las 9 y
las 18 horas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
QUE en tal sentido, conforme las actuaciones
obrantes en el Expediente de la referencia, corresponde asignárseles la suma total de
PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS ($ 15.500) a los fines de solventar los gastos de
inscripción;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve
el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la concurrencia de los agentes Juan Manuel Duarte (Leg.
************* 57397) y Carolina Weiss (Leg. 66937), al curso de capacitación
“Ubiquiti Enterprise Wireless Admin”, el cual se dictará los días 13 y 14 de diciembre del
corriente año entre las 9 y las 18 horas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
asignándoseles la suma de PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS ($15.500) en concepto
de gastos de inscripción.
61
Ref.: Expte. N° 15846-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de Gastos en vigencia-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
62
Ref. Expte. N° 3238-S-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 8
VISTO los presentes actuados; y
Considerando:
QUE a los efectos de la fiscalización de la
obra y realización de las diferentes tareas infra detalladas, referentes a los trabajos de
“PROVISIÓN DE MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA ENCINTADO
ASFÁLTICO EN DIFERENTES SECTORES DEL PARTIDO”, Sector 1: Plantel S.A.;
Sector 2: Centro Construcciones S.A.; Sector 3: Plantel S.A., correspondiente a la
Licitación Pública N° 23/2017 y atento no contar dentro del personal técnico municipal
ordinario con los recursos suficientes para cumplimentar efectivamente las tareas
previstas, se procede en el presente caso a la designación de un Representante Técnico;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar Inspector Técnico de la obra: “PROVISIÓN DE MANO DE
************* OBRA Y MATERIAES PARA ENCINTADO ASFÁLTICO EN
DIFERENTES SECTORES DEL PARTIDO”, Sector 1: Plantel S.A.; Sector 2: Centro
Construcciones S.A.; Sector 3: Plantel S.A., a partir de la fecha del Decreto de
Adjudicación N° 1657/2017, al Ingeniero Civil Juan Oscar Carubin, con domicilio en la
calle Brasil N° 230 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
ARTÍCULO 2º.- El profesional designado en el artículo precedente, percibirá en
************* concepto de única remuneración, y en caso de que la obra se ejecute, el
dos por ciento (2%) del monto de obra realizada y debidamente autorizada, importe que la
empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra,
variaciones de costo y/o adicionales o ampliaciones.-
63
Ref. Expte. N° 3238-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- La presente designación, se realiza a los efectos de que el profesional
************* proceda a:
a) Revisión y visación de las Especificaciones Técnicas y Particulares para la
construcción de la obra.
b) Verificación de los términos contractuales.
c) Visación de modificaciones y/o incrementos de obra y cálculos de los costos
respectivos.
d) Recepción provisoria y definitiva de los trabajos.
e) Asesoramiento técnico a la Municipalidad.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
64
Ref. Expte. Nº 12164-D–1996.-
SAN ISIDRO, 23 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 1 9
VISTO lo actuado en el presente expediente;
y
Considerando:
QUE la contribuyente inscripta en cuenta
corriente N° 55.962 solicita a fojas 65 vuelta no abonar el recargo, por mora generado
en la cuota 6B/2012, haciendo efectivo en ese acto el valor origen de la mencionada
cuota;
QUE se presentó a solicitar la baja de su
actividad comercial y en ese acto se le informó que no poseía deuda a la fecha;
QUE con posterioridad se determinó que la
contribuyente inscripta en la cuenta corriente N° 380.517 de Alumbrado, Limpieza y
Servicios Generales había efectuado un "pago erróneo" sobre su partida (tramitando la
acreditación a la cuenta correcta por expediente N° 1497/2014);
QUE se dio de alta en la cuenta corriente N°
55.962 la cuota que había sido bajada en base al mencionado pago en cuenta equivocada;
QUE notificada la contribuyente estima que
no le corresponde la generación de accesorios ya que habiéndose presentado en término,
no se le reclamó deuda alguna;
QUE esta Dirección General de Rentas estima
correspondiente hacer lugar al pedido habiéndose desarrollado los hechos tal como se han
relatado;
QUE el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal
vigente faculta al Departamento Ejecutivo a actuar de esa manera cuando las causas lo
justifiquen;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Eximir el recargo por mora generado en la cuota 6B/2012 de la cuenta
************* corriente N° 55.962 correspondiente al comercio cuyo rubro genera
"regalería" dado de baja al 30 de marzo de 2014.-
65
Ref. Expte. Nº 12164-D–1996.-
//…
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección de Tasas Varias modificando el
**************correspondiente registro de deuda- Notifíquese.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
L.F
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
66
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 0
ANULADO
67
Ref.: Expte. N° 12502-C-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 1
VISTO la presentación efectuada a fojas 1 de
estas actuaciones por el Señor Alberto Cavagliato, en la cual solicita un resarcimiento
económico por los daños que manifiesta haber sufrido en el vehículo de su propiedad, los
cuales se habían ocasionado al impactar contra un contenedor de basura al retroceder
sobre la calle Bagnatti hacia Figueroa Alcorta, jurisdicción de este Partido, exponiendo
que la razón fue que no pudo verlo, todo ello según sus dichos; y
Considerando:
QUE a fojas 2/4 el solicitante presenta
fotografías del vehículo siniestrado;
QUE a fojas 8/9 la Subsecretaría de Espacio
Público, informa que el contenedor de 3 m3 ubicado en la intersección de la calle Bagnatti
y Figueroa Alcorta se encuentra en dicho lugar desde hace aproximadamente veinte años;
QUE a tales efectos se expide la Asesoría
Legal Municipal mediante Dictamen N° 8868 obrante a fojas 10, advirtiendo que del
propio relato del solicitante y los elementos recabados en autos no alcanzan para dar por
acreditados los hechos denunciados ni una eventual responsabilidad de la Comuna en los
mismos;
QUE por todo lo expuesto, se propicia el
rechazo del reclamo incoado;
QUE compartiendo este Departamento
Ejecutivo el criterio expuesto por la Asesoría Legal Municipal, corresponde el dictado del
acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNCIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Rechazar lo solicitado a fojas 1 por el Señor Alberto Cavagliato -
************* DNI N° 18.284.170-, con domicilio en General Pirán N° 29 de la
Ciudad de Martínez, respecto de la solicitud de resarcimiento económico por los daños
que manifiesta haber sufrido en el vehículo de su propiedad, los cuales se habían
ocasionado al impactar contra un contenedor de basura al retroceder sobre la calle
Bagnatti hacia Figueroa Alcorta de la jurisdicción de este Partido, siempre según sus
dichos en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Dictamen N° 8868 de la Asesoría Legal
Municipal, obrante a fojas 10.-
68
Ref.: Expte. N° 12502-C-2017.-
//…
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
69
Ref.: Expte. N° 10062-S-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 2
VISTO el informe de fojas 1 presentado por la
Subsecretaría General de Cultura, en el cual da cuenta del pago de los premios del
concurso literario “Manuel Mujica Lainez” edición 2017; y
Considerando:
QUE como en ediciones anteriores el citado
concurso cuenta con una convocatoria de carácter nacional e internacional, convocando a
la participación libre y gratuita de escritores mayores de 18 años de edad que deseen
concursar presentando cuentos inéditos con tema libre;
QUE dicho acontecimiento se declaró de
interés municipal mediante Decreto N° 1652 de fecha 10 de julio de 2017;
QUE la entrega de premios se llevó a cabo el
día 1° de noviembre del corriente año, siendo los mismos de PESOS DIEZ MIL
($ 10.000) para el ganador y de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el segundo premio;
QUE el jurado fue integrado por los escritores
María Moreno, Lucía Puenzo y Federico Falco;
QUE resultaron ganadores del mismo los
escritores Joana D’Alessio y Sebastián Rodríguez Mora;
QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas
efectuó la imputación preventiva del caso;
QUE en virtud de lo expuesto corresponde
confeccionar el pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Abonar a los escritores que a continuación se detallan, ganadores del
************* concurso literario “Manuel Mujica Lainez” edición 2017, los importes
correspondientes de acuerdo al siguiente esquema:
-Joana D’Alessio –DNI N° 92.545.256-, ganadora del primer premio, la suma de PESOS
DIEZ MIL ($ 10.000);
- Sebastián Rodríguez Mora –DNI N°33.257.869-, ganador del segundo premio, la suma
de PESOS CINCO MIL ($ 5.000).-
70
Ref.: Expte. N° 10062-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos provenientes de la correspondiente
Partida del Presupuesto General de Gastos.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
71
Ref. Expte. Nro. 10643-G-2017.-.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 3
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos de los que se
da cuenta en el expediente de marras hace necesario ordenar la instrucción de sumario
administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE, adoptada que fuera la decisión en tal
sentido, corresponde designar al instructor sumariante;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a
ARTÍCULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario
************* administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que
pudieran emerger de los hechos de los que se da cuenta en el Expediente Nro.
10643-G-2017.-
ARTÍCULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Dr. Gregorio Horacio Fabián
************* Leonardis.-
ARTÍCULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los
************* sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo
instrumental por la Asesoría Legal Municipal.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
72
Ref.: Expte. N° 13356-S-2013 –Alcance 1.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 4
VISTO la prórroga del contrato de locación
obrante en autos; y
Considerando:
QUE corresponde registrar la misma, dando
con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- REGISTRAR la prórroga del contrato de locación celebrado con la Sra.
************* Dora Elsa Arias –DNI N° 3.321.068-, respecto del inmueble ubicado en
la calle Asamblea N° 238 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el
término de veinticuatro (24) meses contados a partir del 1° de noviembre de 2017 hasta el
día 31 de octubre de 2019, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
73
PRÓRROGA CONTRATO DE LOCACIÓN
Entre la Sra. Dora Elsa Arias, con D.N.I. 3.321.068, con domicilio en la calle Bulnes nro.
91 de la Ciudad de Boulogne, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, en
adelante denominada “LA LOCADORA” por una parte y el Intendente Municipal, Dr.
Gustavo Posse, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es refrendada para
este acto por la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, con
domicilio en Av. Centenario N° 77, San Isidro, en adelante denominado “LA
LOCATARIA”, por otra parte, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en
consideración:
Que con fecha 2 de Noviembre de 2015 las partes celebraron un contrato de locación en
relación al inmueble sito en la calle Asamblea nro. 238 de la Localidad de Boulogne y
Partido de San Isidro.
Que dicho contrato vence indefectiblemente el día 31 de Octubre de 2017.
Que es intención de las partes renovar por dos años el mencionado contrato.
Por lo expuesto, “LAS PARTES” convienen:
PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación celebrado con fecha 2 de Noviembre de
2015, por el término de veinticuatro (24) meses, contados a partir del 1 de Noviembre de
2017 hasta el día 31 de Octubre de 2019.
SEGUNDA: Las partes fijan el precio total de la locación por dicho período en la suma
de pesos ciento noventa y siete mil cuatrocientos ($197.400), pagaderos de la siguiente
manera. La suma de pesos siete mil ochocientos cincuenta ($7.850) para los primeros
doce meses, es decir, desde Noviembre del corriente año hasta Octubre del 2019
inclusive; y la suma de pesos ocho mil seiscientos ($8.600) para los doce meses restantes,
pagaderos por adelantado y entre los días primero a décimo de cada mes, en la Tesorería
de la Municipalidad de San Isidro, sito en Avenida Centenario 77, Piso Primero.
TERCERA: Ratificar los términos del contrato celebrado con fecha 02/11/2015, en
cuanto no sean modificados por el presente.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes dos (2) ejemplares de un mismo
tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro, a los 3 días del mes de de 2017.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sra. Dora Elsa Arias, Locadora
74
Ref.: Expte. N° 2183-D-2017 –Cuerpo N° 3.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 5
PUBLICADO EN EDICIÓN EXTRA N° 1095
(del 15 de diciembre de 2017)
75
Ref.: Expte. Nro. 10735-D-2017
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 6
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº
700-1780/2017;
QUE como consecuencia de aquél se efectuó
el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 267/2017, autorizado mediante Decreto Nº
2025/2017;
QUE por Decreto Nº 2391/2017, se declaró
desierto el llamado precedentemente citado, efectuándose asimismo el segundo llamado a
la mentada Licitación Privada;
QUE presentadas las ofertas, la Dirección
General de Compras realizó su comparación y estudio a fojas 174, manifestando la
Secretaría de Salud Pública a fojas 176 que todas ellas se ajustan a lo solicitado en el
Pliego de Bases y Condiciones;
QUE por lo expuesto, conforme surge del
informe obrante a fojas 178, corresponde proceder a la adjudicación a la oferta más
conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a ALCON LABORATORIOS ARGENTINA S.A.,
************** CUIT Nº 30-51684266-7, la Licitación Privada Nº 267/2017, referente
a adquisición de “EQUIPO LASER PARA FOTOCOAGULACIÓN DE RETINA”, por
un monto total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS
NOVENTA Y SEIS ($ 826.796).-
ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
76
Ref.: Expte. Nro. 10735-D-2017
//…
presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría
Programática 45, Objeto del Gasto 4.3.3, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-
ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION L.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
77
Ref.: Expte. Nro. 16049-S-2017
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 7
VISTO lo informado en autos por la
Subsecretaría de Prevención Ciudadana respecto de la invitación al Sr. Intendente a
concurrir al “Consejo Provincial de Seguridad Pública”, a llevarse a cabo en el Hotel
Howard Johnson, sito en la Ruta Interbalnearia N° 11, Km 400, Partido de General
Madariaga, Provincia de Buenos Aires.-
Considerando:
QUE concurrirá al mismo en representación
de la Comuna el Director de Planeamiento Estratégico, Sr. Fernando Torres;
QUE corresponde asignarle la suma total de
$ 6.000,00 en concepto de gastos de estadía, combustibles, peajes y otros, con oportuna
rendición de cuentas;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve
el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la concurrencia del Director de Planeamiento Estratégico, Sr.
************* Fernando Torres al “Consejo Provincial de Seguridad Pública”, a
llevarse a cabo en el Hotel Howard Johnson, sito en la Ruta Interbalnearia N° 11, Km
400, Partido de General Madariaga, Provincia de Buenos Aires, asignándole la suma total
de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) en concepto de gastos de estadía, combustibles, peajes
y otros con oportuna rendición de cuentas.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de Gastos.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y
LEGISLACION AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
78
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 8
ANULADO
79
Ref. Expte. Nº 10575-P-2016 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 2 9
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener
el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención
de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR EN UN 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles
que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 10575/2016- Cuenta corriente Nº 562.880 – Luis María Drago Nº 3020-
Villa Adelina.-
2.- Expte. Nº 3108/2009- Cuerpo Nº 2- Cuenta corriente Nº 721.022 –Juan Segundo
Fernández Nº 1386- Casa Nº 29-Beccar.-
80
Ref. Expte. Nº 10575-P-2016 y otros.
//…
3.- Expte. Nº 12558/2014- Cuenta corriente Nº 820.050 – Ibáñez Nº 2601 – Beccar.-
4.- Expte. Nº 233/2010 Cuenta corriente Nº 552.714 – Pasaje Nº 650 (Casa 8) –
Boulogne.
5.- Expte. Nº 11.359/2011- Cuenta corriente Nº 711.198 – Lynch Nº 2046-Beccar.-
6.- Expte. Nº 1202/2011 Cuenta corriente Nº 680.101 – Bermejo Nº 609-Boulogne.-
7.- Expte. Nº 7525/2011 – Cuenta corriente Nº 731.246 – Guillermo Hudson Nº 657
– San Isidro.-
8.- Expte. Nº 2070/2011– Cuenta corriente Nº 731.404- Jacinto Díaz Nº 1.866- San
Isidro.-
9.- Expte. Nº1694/2011– Cuenta Corriente Nº 770.644– Avda. Sucre Nº 2032- San
Isidro.-
10.- Expte. Nº 3274/2013- Cuenta corriente Nº 430.741 – Río de Janeiro Nº 1524-
Martínez.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
81
Ref. Expte. Nº 8461-I-2015 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 0
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener
el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención
de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR EN UN 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles
que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 8461/2015 Cuenta corriente Nº 840.756- José Ingenieros Nº 544 -
Beccar.-
2.- Expte. Nº 12020/1997 - Cuerpo Nº 2- Cuenta corriente Nº 540.345 - Martina
Céspedes Nº 1741- Villa Adelina.-
82
Ref. Expte. Nº 8461-I-2015 y otros.
//…
3.- Expte. Nº 3064/2016- Cuenta corriente Nº 430.760 – Córdoba Nº 2625 –
Martínez.-
4.- Expte. Nº 5576/2015 Cuenta corriente Nº 341.164 – Prilidiano Pueyrredón Nº 589
–Martínez.-
5.- Expte. Nº 9367/2009- Cuenta corriente Nº 390.989 – Prilidiano Pueyrredón Nº
712- Martínez.-
6.- Expte. Nº 9020/2017 Cuenta corriente Nº 122.745 – Leandro N. Alem Nº 187- 4to.
Depto. “C”- San Isidro, a partir de la cuota 4A/2017.-
7.- Expte. Nº 11086/2015 – Cuenta corriente Nº 510.784 – José María Moreno Nº
496 – Boulogne.-
8.- Expte. Nº 346/2015– Cuenta corriente Nº 830.341- Padre Acevedo Nº 634 -
Beccar.-
9.- Expte. Nº 8978/2015 – Cuenta corriente Nº 532.273– Plumerillos Nº 1646 -
Boulogne.-
10.- Expte. Nº 13975/2007- Cuenta corriente Nº 122.445 - Juan José Díaz Nº 1165
(Fondo) - San Isidro.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
83
Ref. Expte. Nº 2463-K-2008 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NUMERO: 2 7 3 1
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener
el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención
de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles
que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 2463/2008 – Cuenta corriente Nº 632.384 – Asamblea Nº 545- Planta
Alta – Boulogne.-
2.- Expte. Nº 2113/2002 - Cuenta corriente Nº 420.227 – Talcahuano Nº 2.140 –
Martínez.-
84
Ref. Expte. Nº 2463-K-2008 y otros.
//…
3.- Expte. Nº 10415/2011 - Cuenta corriente Nº 381.216 – Vélez Sarsfield Nº 843-
Martínez.-
4.- Expte. Nº 1501/2007 - Cuenta corriente Nº 720.875 – Intendente Neyer Nº 2.805.-
ARTICULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
85
Ref. Expte Nro.7110-L-2011 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 2
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con los requisitos incluidos en el artículo 58º de
la Ordenanza Fiscal vigente (inciso 3-D) para obtener una desgravación del 50% de la
tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por tratarse de personas menores a
70 años;
QUE en cada expediente se agrega la
Declaración Jurada con la constancia de la desgravación del 50% otorgada en forma
directa, y otra Declaración con el requerimiento del contribuyente respecto a que se
considere una excepción en los términos del mismo inciso, autorizando la exención del
50% restante, en la que se explican los motivos de su pedido;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR el 50% restante no alcanzado por la exención directa del pago
************* de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales por el año
2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae
beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57) de la
Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las
cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se
encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 7110/2011 – Cuenta corriente Nº 613.515 - B.S.I. Esc. 92– 2do Piso -
Depto “B” -Boulogne.-
2.- Expte. Nº 9159/2014 – Cuenta corriente Nº 220.007 – Haedo Nº 1.220 –Beccar.
86
Ref. Expte Nro.7110-L-2011 y otros.
//…
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
87
Ref. Expte. Nro. 854-C-2014 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 3
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con los requisitos incluidos en el artículo 58º de
la Ordenanza Fiscal vigente (inciso 3-D) para obtener una desgravación del 50% de la
tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por tratarse de personas menores a
70 años;
QUE en cada expediente se agrega la
Declaración Jurada con la constancia de la desgravación del 50% otorgada en forma
directa y otra Declaración con el requerimiento del contribuyente respecto a que se
considere una excepción en los términos del mismo inciso, autorizando la exención del
50% restante, en la que se explican los motivos de su pedido;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR el 50% restante no alcanzado por la exención directa del pago
************* de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales por el año
2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae
beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57) de la
Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las
cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se
encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.
88
Ref. Expte. Nro. 854-C-2014 y otros.
//…
1.- Expte. Nº 854/2014- Cuenta corriente Nº 222.008 – Chubut Nº 564 – San Isidro.-
2.- Expte. Nº 2555/2009 - Cuenta corriente Nº 311.764 – Vuelta de Obligado Nº 264 -
Planta Baja- Depto. Nº 4 - Acassuso.-
3.- Expte. Nº 19/2009 - Cuenta corriente Nº 630.962 – Asamblea Nº 645– Boulogne.-
4.- Expte. Nº 8513/2012 - Cuenta corriente Nº 111.576 – Juan B. De La Salle Nº 26 – San
Isidro.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
89
Ref. Expte. Nº 3147-P-2015 y otro.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 4
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener
el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención
de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que
a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 3147/2015 - Cuenta corriente Nº 522.453 – Gral. Lamadrid Nº 1.368
- Villa Adelina.-
2.- Expte. Nº 7577/2005 y 1654/2006 - Cuenta corriente Nº 552.781 – Com. Luis
Piedrabuena Nº 836– Boulogne.-
90
Ref. Expte. Nº 3147-P-2015 y otro
//…
3.- Expte. Nº 4745/2008 – Cuenta corriente Nº 381.351 – Diagonal Tucumán Nº 927-
Martínez.-
4.- Expte. Nº 4437/2002 - Cuenta corriente Nº 690. 348 – Canalejas Nº 224-
Boulogne.-
5.- Expte. Nº 8967/2017 – Cuenta corriente Nº 780.402 – Jacinto Díaz Nº 3.580- San
Isidro, a partir de la cuota 4A/2017.-
6.- Expte. Nº 12672/2007 – Cuenta corriente Nº 310.073 – Vuelta de Obligado Nº 280-
Planta Alta – Acassuso.-
7.- Expte. Nº 9036/2001- Cuerpo nº 2- Cuenta corriente Nº 830.078 – French – Nº
2.462 – Beccar.-
8.- Expte. Nº 882/2001- Cuerpo nº 2– Cuenta corriente Nº 441.624 – Paramaribo Nº
984 – Martínez.-
9.- Expte. Nº 3147/2002 Y 5917/2006– Cuenta corriente Nº 122.271– Chacabuco Nº
249- Planta Baja- Depto. “A” – San Isidro.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
91
Ref. Expte. Nº 3443-L-2015 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 5
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del
mencionado artículo;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a
continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando
en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los
beneficiarios.
1.- Expte. Nº 3443/2015 – Cuenta corriente Nº 370.479 – Carlos Pellegrini Nº 1471 –
Martínez.-
2.- Expte. Nº 10570/2015 - Cuenta corriente Nº 221.243 – Avellaneda Nº 1060 – San
Isidro.-
92
Ref. Expte. Nº 3443-L-2015 y otros.
//…
3.- Expte. Nº 8001/2015 - Cuenta corriente Nº 380.793 – Sargento Cabral Nº 2172 -
Martínez.-
4.- Expte. Nº 333/2015 - Cuenta corriente Nº 641.642 – Ipiranga Nº 526 - Boulogne.-
5.- Expte. Nº 1728/2013 – Cuenta corriente Nº 521.060 – Curupayti Nº 1921 – Villa
Adelina.-
6.- Expte. Nº 2770/2013 – Cuenta corriente Nº 221.103 – Don Bosco Nº 926 – San
Isidro.-
7.- Expte. Nº 5110/2017 – Cuenta corriente Nº 213.927 – Gral. Paz Nº 522 – Piso
3ero. – Dpto. “F” - San Isidro.-
8.- Expte. Nº 1183/2003 – Cuerpo 2 - Cuenta Corriente Nº 441.527 – Emilio Frers Nº
1076 – Martínez.-
9.- Expte. Nº 3287/2006 - Cuenta corriente Nº 374.175 – Sáenz Valiente B. Nº 440 –
P.B. Dpto. “3” - Martínez.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
93
Ref. Expte. Nº 3708-M-2007 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 6
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del
mencionado artículo;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a
continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando
en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los
beneficiarios.
1.- Expte. Nº 3708/2007 – Cuenta corriente Nº 372.471 – Castro Barros Nº 1741 -
Fondo – Martínez.-
2.- Expte. Nº 9505/2010 - Cuenta corriente Nº 440.512 – Mariano Ezpeleta Nº 2623 -
Martínez.-
94
Ref. Expte. Nº 3708-M-2007
//…
3.- Expte. Nº 8440/2006 - Cuenta corriente Nº 210.270 – Moreno Nº 928 –San Isidro.-
4.- Expte. Nº 3236/2002 - Cuenta corriente Nº 393.143 – Gral. Hornos Nº 2415 –
Martínez.-
5.- Expte. Nº 10680/2014 – Cuenta corriente Nº 841.381 – Pampa Nº 2223 –Beccar.-
6.- Expte. Nº 3529/2005 y 7411/2005– Cuenta corriente Nº 552.811 – Luis C.
Piedrabuena Nº 982 – Boulogne.-
7.- Expte. Nº 2384/2013 – Cuenta corriente Nº 751.440 – Padre Acevedo Nº 2500 –
Torre C – Piso 11 – Dpto. “A” - Beccar.-
8.- Expte. Nº 7396/1995 – Cuenta corriente Nº 850.834 –Gral. Mosconi Nº 130 -
Beccar.-
9.- Expte. Nº 5415/2009 – Cuenta Corriente Nº 350.041 – Vieytes Nº 279 –
Martínez.-
10.- Expte. Nº 2503/2011 - Cuenta corriente Nº 640.105 – Montes de Oca Nº 1387 –
Boulogne.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
95
Ref. Expte Nro. 8497-J-2016 y otro.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 7
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener
el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención
de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR EN UN 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que
a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 8497/2016 - Cuenta corriente Nº 760.245 -Julián Navarro Nº 4.019
Beccar.-
2.- Expte. Nº 9985/2004- Cuenta corriente Nº 842.094 –José Ingenieros Nº 992-
Beccar.-
96
Ref. Expte Nro. 8497-J-2016 y otro.
//…
3.- Expte. Nº 6384/2006 - Cuenta corriente Nº 381.062 –Avda. Hipólito Yrigoyen Nº
731- Martínez.-
4.- Expte. Nº 10531/2008 - Cuenta corriente Nº 431.142 – Cangallo Nº 1342 –
Martínez.-
5.- Expte. Nº 8197/2016 - Cuenta corriente Nº 550.411 – Cnel. Bogado Nº 2.915 –
Boulogne.-
6.- Expte. Nº 3688/2008– Cuenta corriente Nº 843.119 – Gral. Paz Nº 2.106 - 1er
Piso – Depto. “C”- Beccar.-
7.- Expte. Nº 1449/2002- Cuerpo Nº 2 – Cuenta corriente Nº 710.973 -Juan B Justo -
Nº 2.171 – Beccar.-
8.- Expte. Nº 11291/2002 – Cuenta corriente Nº 410.815- Fondo de la Legua Nº 2476-
ED.7 -1er Piso Depto. “28” – Martínez.-
9.- Expte. Nº 6633 / 2016 Cuenta corriente Nº 630.744 – Olazabal Nº 737 –Boulogne.-
10.- Expte. Nº 2506/2006 y 625/2015 Cuenta corriente Nº 430.602 – Méjico Nº
1.685- Martínez.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
97
Ref. Expte. Nº 5974-B-1997 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 8
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE por alguna razón que se aclara en los
respectivos expedientes, omitieron presentar la correspondiente DD.JJ para el año 2016;
QUE en las Disposiciones Generales del
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal se prevé la posibilidad de considerar los años
intermedios entre dos solicitudes, aún cuando en ellos se haya omitido efectuar el pedido
formal;
QUE se han presentado las Declaraciones
Juradas para el corriente 2017;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D y las
disposiciones Generales del mencionado artículo;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por los años 2016 y 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que
a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
98
Ref. Expte. Nº 5974-B-1997
//…
1.- Expte. Nº 5974/1997 – Cuenta corriente Nº 742.004 – Copello Nº 433 – San
Isidro.-
2.- Expte. Nº 10506/2014 - Cuenta corriente Nº 220.429 – Liniers Nº 680 – San Isidro.-
3.- Expte. Nº 881/2007 – Cuenta Corriente Nº 392.519 – Avda. Fleming Nº 2686 –
Martínez.-
4.- Expte. Nº 6298-2013 – Cuenta Corriente Nº 690.345 – Canalejas Nº 252 –
Boulogne.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
99
Ref. Expte. Nº 9937-C-2011 y otros.
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 3 9
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del
mencionado artículo;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a
continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando
en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los
beneficiarios.
1.- Expte. Nº 9937/2011 – Cuenta corriente Nº 550.119 – Cnel. José Manuel Castillo
Nº 172 – Boulogne.-
2.- Expte. Nº 12380/2011 - Cuenta corriente Nº 640.348 – Montes de Oca – Nº 1360 -
Boulogne.-
100
Ref. Expte. Nº 9937-C-2011 y otros.
//…
3.- Expte. Nº 5280/2011 - Cuenta corriente Nº 561.535 – Gobernador Castro Nº 1110
– Villa Adelina.-
4.- Expte. Nº 4746/2010 y 8857/2011 - Cuenta corriente Nº 110.465 – Húsares Nº
925 – San Isidro.-
5.- Expte. Nº 2677/2008 – Cuenta corriente Nº 711.199 – Lynch Nº 2040 – Beccar.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
101
Ref.: Expte. N° 303-HCD-2015.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 0
VISTO lo actuado en el presente expediente
N° 303-HCD-2015, y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante,
respecto de la sanción de la Ordenanza N° 8961 con fecha 15 de noviembre de 2017,
mediante la cual se adhiere a la Ley Provincial de Acceso Justo al Hábitat N° 14.449 y su
Decreto Reglamentario N° 1062/2013, con el objeto de promocionar el derecho a la
vivienda y a un hábitat digno y sustentable; y
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el
Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del
Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8961
************* sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de
noviembre de 2017.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
102
Ref.: Expte. N° 14771-S-2016.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 1
PUBLICADO EN EDICIÓN EXTRA N° 1102
(del 29 de diciembre de 2017)
103
Ref.: Expte. N° 15016-M-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 2
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE la Sra. Marta Motti es la heredera en
conjunto con sus hermanos de la propiedad;
QUE agrega constancias de haber adquirido
conjuntamente con su esposo el Sr. Sascaro las partes indivisas que a cada uno le
correspondía;
QUE desean regularizar la documentación de
titularidad para lo cual deben cancelar las deudas;
QUE manifiestan que la misma se generó a
causa de la falta de empleo del esposo que no pudo reinsertarse laboralmente, luego de
que perdiera su fuente de trabajo;
QUE actualmente ha logrado conseguir una
jubilación mínima con aportes que realizó con mucho esfuerzo y los ingresos del grupo
familiar son los correspondientes a su haber previsional y el de su esposa que es también
el mínimo;
QUE demostrando su intención de regularizar
esta situación fiscal, abona a resultas del presente el importe no controvertido, solicitando
se considere una quita en el total;
QUE en virtud de las facultades delegadas en
el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, el cual faculta al Departamento Ejecutivo
a disponer descuentos sobre los accesorios por mora cuando las causas lo justifiquen, por
tal motivo corresponde proyectar el pertinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
104
Ref.: Expte. N° 15016-M-2017.-
//…
ARTÍCULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses por mora y el
************* 100% de la multa generados en la deuda de la Cuenta Corriente N°
230.300, en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el
período 1984/01 a 2017/2B inclusive, que recae sobre el inmueble sito en Obispo Terrero
N° 515 de la Ciudad de San Isidro.-
ARTÍCULO 2º.- El beneficiario de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá
************* regularizar el pago del porcentaje no eximido dentro de los diez (10)
días de notificado al valor de la cancelación de la deuda origen.-
ARTÍCULO 3°.- En caso de no cumplimentar lo indicado en el término previsto en el
************* artículo anterior, el beneficio otorgado por el presente se conservará
desde el día posterior al vencimiento de dicho plazo hasta el término de los sesenta (60)
días corridos posteriores, debiendo abonar los accesorios con los valores correspondientes
al día de su efectiva cancelación.-
ARTÍCULO 4°.- Transcurridos los plazos previstos en los artículos precedentes sin
************* haberse realizado la cancelación, el monto abonado “a resultas”, se
acreditará a la deuda con el total de los accesorios sin descuentos, calculados a la fecha
del pago de la deuda origen.-
ARTÍCULO 5º.- Dase intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de
************* Rentas para su conocimiento.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
105
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 3
ANULADO
106
Ref.: Expte. Nº 15660-CH-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 4
VISTO la presentación efectuada en autos,
por el Sr. Eugenio Aníbal CHAGOYEN, DNI N° 21.170.708, con domicilio en la calle
Raúl Scalabrini Ortíz N° 1328 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido,
respecto de la eximición del pago del arancel municipal para la obtención de la Licencia
de Conducir; y
Considerando:
QUE la misma se halla contemplada en los
Alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente (artículo 107);
QUE el informe de fojas 2 vuelta surge que el
peticionante es una persona de escasos recursos, con necesidades básicas insatisfechas,
siendo necesaria la licencia para realizar tareas laborales como remisero, ya que tiene
cuatro hijos menores de edad a su cargo;
QUE en virtud de lo expuesto, se recomienda
acceder a lo peticionado, procediendo a la confección del pertinente acto administrativo,
que así lo haga saber;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Eximir del 100% del arancel municipal que corresponda abonar
************* para la obtención de la licencia de conducir solicitada por el Sr.
Eugenio Aníbal CHAGOYEN, DNI N° 21.170.708, con domicilio en la calle Raúl
Scalabrini Ortíz N° 1328 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, debiendo
abonar el arancel provincial vigente a la fecha del trámite.-
ARTICULO 2º.- Déjase constancia que de no presentarse dentro de los sesenta (60) días
************* de notificado el presente, perderá el beneficio concedido.-
ARTICULO 3º.- Gírese a la Subsecretaría Administrativa de Tránsito para la
************* intervención que le compete.-
107
Ref.: Expte. Nº 15660-CH-2017.-
//…
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
108
Ref.: Expte. N° 13053-S-2017
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 5
VISTO la presentación efectuada por la Sra.
Patricia Noemí Suarez; y
Considerando:
QUE la misma manifiesta que asumió la
responsabilidad del pago de las cuentas por la propiedad de su padre –fallecido-;
QUE solamente cuenta con un ingreso como
jubilada municipal, importe que apenas le permite sostener a su familia y a su madre, que
es una persona de edad avanzada;
QUE la Comuna detectó que la superficie
construida existente resulta ser mayor a la que figuraba en los registros municipales;
QUE se procedió a dar de alta en forma
retroactiva las diferencias emergentes por el período no prescripto;
QUE cuando le fue notificado el monto
adeudado, inmediatamente se apersonó y canceló el mismo en su valor origen, estimando
que no le correspondía asumir el cargo por mora ya que desconocía las diferencias a favor
del Municipio;
QUE, el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal
vigente faculta al Departamento Ejecutivo a disponer quitas en los accesorios por mora
cuando las causas lo justifiquen;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Eximir el pago de los accesorios por mora generados en la deuda del
************** recobro de la obra de desagüe cloacal cargada en la cuenta corriente
N° 760.329 del año 2010/02 y de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales
por el período 2012-1Ad a 2017-6B inclusive.-
ARTÍCULO 2°.- Tome conocimiento del presente acto administrativo la Subdirección
************** de Tasas Inmobiliarias, dependiente de la Dirección General de Rentas
y el Departamento de Obras de Infraestructura.-
109
Ref.: Expte. N° 13053-S-2017
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
110
Ref. Expte. N° 13436-J-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 6
VISTO el presente expediente relacionado con
la liberación al adquirente en subasta judicial, Carlos Ernesto ARRIAGADA, DNI N°
13.216.383, surgido de la deuda por tasas, derechos y contribuciones municipales hasta el
día 11 de noviembre de 2008, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble
ubicado en la Avenida Avelino Rolón N° 1979 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de
este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción VI, Sección D, Manzana 90E,
Parcela 12a, Polígono 00-17, cuenta corriente N° 642.248; y
Considerando:
QUE respecto de la deuda existente con
anterioridad a la fecha pre-citada, la misma se persigue por certificados incoados al
efecto;
QUE en autos se dispuso la liberación del
pago de las deudas al comprador en subasta hasta la fecha de toma de posesión;
QUE según lo expuesto por la Asesoría Legal
Municipal a fojas 4, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el
dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Libérese al adquirente en subasta judicial, Sr. Carlos Ernesto
************* ARRIAGADA, DNI N° 13.216.383, de la deuda por tasas, derechos y
contribuciones municipales hasta el día 11 de noviembre de 2008, fecha de toma de
posesión, correspondiente al inmueble ubicado en la Avenida Avelino Rolón N° 1979 de
la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, nomenclatura catastral:
Circunscripción: VI, Sección: D, Manzana 90E, Parcela 12a, Polígono 00-17, cuenta
corriente N° 642.248.-
ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la
************* prosecución del trámite.-
111
Ref. Expte. N° 13436-J-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
112
Ref. Expte. N° 13438-J-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 7
VISTO el presente expediente relacionado con
la liberación al adquirente en subasta judicial, Beatríz Del Valle ALEGRE, DNI N°
17.037.839, surgido de la deuda por tasas, derechos y contribuciones municipales hasta el
día 17 de septiembre de 2015, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble
ubicado en la calle Monseñor Larumbe N° 12 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de
este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción III, Sección H, Manzana 514,
Parcela 1a, Polígono 10-01, cuenta corriente N° 383.248; y
Considerando:
QUE respecto de la deuda existente con
anterioridad a la fecha pre-citada, la misma se persigue por certificados incoados al
efecto;
QUE en autos se dispuso la liberación del
pago de las deudas al comprador en subasta hasta la fecha de toma de posesión;
QUE según lo expuesto por la Asesoría Legal
Municipal a fojas 4, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el
dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Libérese al adquirente en subasta judicial, Sra. Beatríz Del Valle
************* ALEGRE, DNI N° 17.037.839, de la deuda por tasas, derechos y
contribuciones municipales hasta el día 17 de septiembre de 2015, fecha de toma de
posesión, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Monseñor Larumbe N° 12 de la
ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción:
III, Sección: H, Manzana 514, Parcela 1a, Polígono 10-01, cuenta corriente N° 383.248.-
ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la
************* prosecución del trámite.-
113
Ref. Expte. N° 13438-J-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
114
Ref. Expte. N° 13378-J-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 8
VISTO el presente expediente relacionado con
la liberación al adquirente en subasta judicial, Augusto Norberto MAISTERRA, DNI N°
31.008.250, surgido de la deuda por tasas, derechos y contribuciones municipales hasta el
día 8 de septiembre de 2017, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble
ubicado en la calle Gervasio Posadas N° 812 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este
Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción VIII, Sección E, Fracción I, Parcela 8,
cuenta corriente N° 850.627; y
Considerando:
QUE respecto de la deuda existente con
anterioridad a la fecha pre-citada, la misma se persigue por certificados incoados al
efecto;
QUE en autos se dispuso la liberación del
pago de las deudas al comprador en subasta hasta la fecha de toma de posesión;
QUE según lo expuesto por la Asesoría Legal
Municipal a fojas 13, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el
dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Libérese al adquirente en subasta judicial, Sr. Augusto Norberto
************* MAISTERRA, DNI N° 31.008.250, de la deuda por tasas, derechos y
contribuciones municipales hasta el día 8 de septiembre de 2017, fecha de toma de
posesión, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Gervasio Posadas N° 812 de la
ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción:
VIII, Sección: E, Fracción I, Parcela 8, cuenta corriente N° 850.627.-
ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la
************* prosecución del trámite.-
115
Ref. Expte. N° 13378-J-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
116
Ref. Expte. N° 6979-D-1993.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 4 9
VISTO el Decreto N° 1780/93 y ante la
necesidad de actualizar la nómina de los integrantes de la Comisión Ad-Honórem que
tendrá a su cargo la evaluación, investigación y estudio particular de propuestas de
asignación de nombre de calles o lugares públicos; y
Considerando:
QUE por el citado decreto se creó la Comisión
Asesora Ad-Honorem que evaluó, investigó y estudió las propuestas de asignación de
nombres a las calles o lugares públicos;
QUE el trabajo de dicha Comisión es de
mucha importancia ya que sus integrantes poseen formación académica y trayectoria
profesional, pero sobretodo, son conocedores de la historia de San Isidro, razón que
conlleva a que su experiencia sea más que calificada para expedirse sobre las propuestas;
QUE con el correr del tiempo se torna
necesario reemplazar a algunos de sus miembros o ampliar la nómina en otros casos;
QUE este Departamento Ejecutivo estima
oportuno la designación de una comisión Ad-Honórem –con sede en el Museo Beccar
Varela, sede del Museo Biblioteca y Archivo Histórico Municipal-, quien tendrá como
finalidad tales tareas y elevará un informe fundamentando las posibles aceptaciones y/o
designaciones de las propuestas estudiadas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto en todas sus partes y consecuencias el Decreto N° 1780
************* de 1993.-
ARTÍCULO 2°.- Integrar la Comisión Asesora Ad-Honórem que tendrá a su cargo la
************* evaluación, investigación de antecedentes y estudio en particular de
cada propuesta de asignación de nomenclatura de calles o lugares públicos, compuesta
por los siguientes miembros:
117
Ref. Expte. N° 6979-D-1993.-
//…
- Amalia Elena Lagos de Rodríguez Perea (Presidenta del Instituto Histórico Municipal);
- Bernardo Pedro Lozier Almazán (Reconocido historiador, ex Director del Museo
Beccar Varela y Museo Pueyrredón);
- Jorge Tirigall (Presidente de la Asociación Hijos y Amigos de San Isidro);
- Jorge Lima (Genealogista, escritor);
- Carlos A. Dellepiane Calcena (Miembro vitalicio del Instituto Argentino de Ciencias
Genealógicas);
- Marcela Fugardo (Directora del Museo Beccar Varela, sede del Museo Biblioteca y
Archivo Histórico Municipal);
- Oscar Rebagliati (Presidente de la Asociación San Isidro Tradicional).-
ARTÍCULO 2°.- Dejar aclarado que la nueva Comisión, continuará funcionando en la
************* sede que se encuentra en el Museo Histórico Municipal.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
118
Ref. Expte. Nº 15316-D- 2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 0
VISTO el dictado del Decreto Nº 3200 con
fecha 4 de diciembre de 2006, mediante el cual se declaró el estado de emergencia
sanitaria en el ámbito del Partido de San Isidro, en virtud de la situación creada entre la
Asociación Profesional que los nuclea y los médicos anestesiólogos, lo cual ha derivado
en la suspensión de servicios de éstos profesionales; y
Considerando:
QUE esta contingencia impide el normal
desarrollo de las prácticas quirúrgicas, tanto las programadas como las de carácter
urgente;
QUE el municipio se encuentra imposibilitado
de derivar a otros Hospitales Provinciales o a los ubicados en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la saturación en que éstos se encuentran;
QUE resulta urgente solucionar ésta situación
dado que de prolongarse, se encontraría en alta situación de riesgo la salud de la
población;
QUE se hace necesario designar profesionales
“Médicos Anestesiólogos”, que dado a la situación de emergencia sanitaria descripta en el
Decreto mencionado Ut Supra, y en el marco de dicha norma, percibirán honorarios
superiores a los que perciben otros profesionales de la salud en las mismas condiciones de
labor;
QUE en virtud de ello, se deberá designar en
carácter de “Personal Mensualizado”, a los Profesionales que se detallan a continuación,
conforme el Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Designar en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”
************* Mensualizado”, conforme el artículo 24º inciso a) – apartado 2 – de la
Ordenanza Nº 8919, a los Profesionales que se detallan a continuación, con actividad
de “Médicos Anestesiólogos”, por el período comprendido entre el 1º y el 31 de octubre
de 2017.inclusive, con la retribución, y en la dependencia que en cada caso se
especifica:
119
Ref. Expte. Nº 15316-D- 2017.-
//…
HOSPITAL MATERNO INFANTIL: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 28 -O: 1.2.1.01.):
• Legajo Nº 66.810 – SALINA, Raúl Maximiliano – 215.738 módulos.-
• Legajo Nº 59.380 - ONTIVERO ANAUT, Eduardo Daniel – 78.485 módulos.-
• Legajo Nº 59.239 - ANGELACCIO, Gustavo Edgardo – 97.103 módulos.-
• Legajo Nº 65.532 – ESPINOZA, Diego Paul – 247.132 módulos.-
• Legajo Nº 64.552 – ACHILLES, Alejandro José – 472.725 módulos.-
• Legajo Nº 58.955 – RAVAZZOLI, Mario Alberto – 62.788 módulos.-
HOSPITAL CENTRAL DE SAN ISIDRO (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 27 -O: 1.2.1.01.):
• Legajo Nº 58.952 - CRESPO, Félix Daniel – 78.485 módulos.-
• Legajo Nº 58.956 - NAKANE, Jorge Enrique – 78.485 módulos.-
• Legajo Nº 59.371 - GANTCHOFF, Eduardo Daniel – 78.485 módulos.-
• Legajo Nº 62.753 - LOPEZ ROLON, Iván Hernando – 102.938 módulos.-
• Legajo Nº 67.045 – CUENCA, Félix Ramón Domingo – 51.469 módulos.-
• Legajo Nº 63.879 – DE CARVALHO LOPEZ, Poliana Cristian – 51.469
módulos.-
• Legajo Nº 62.457 – GÓMEZ, Mariela – 51.469 módulos.-
• Legajo Nº 62.542 – SAUCEDO, Nelson – 102.938 módulos.-
• Legajo Nº 67.862 – COSENTINO, Jorge Adrián – 51.469 módulos.-
ARTÍCULO 2º.- Las designaciones realizadas en el artículo anterior por ser personal de
************* Planta Temporaria carecen de estabilidad, por lo cual podrán ser
limitadas –previo a la fecha citada - cuando razones de servicio así lo aconsejen
(conforme lo establece el artículo 32º del Convenio Colectivo de Trabajo).-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
120
Ref. Expte. Nº 2411 – A – 2007 y otro
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 1
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3 D) del
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en dos de los casos, los contribuyentes
omitieron presentar la DD.JJ (Declaración Jurada) para el año 2016 por razones de salud;
QUE el Expte. 9450/2010 no pudo ser hallado
pese a la exhaustiva búsqueda en la oficina donde figuraba, debiendo iniciarse un alcance
para continuar el trámite, en el cual se agregaron las constancias de las renovaciones
pendientes;
QUE en las Disposiciones Generales del
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal se prevé la posibilidad de considerar los años
intermedios entre dos solicitudes, aún cuando en ellos se hayan omitido efectuar el pedido
formal;
QUE se han presentado las Declaraciones
Juradas para el corriente 2017;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por los años 2016 y 2017 a excepción de las
cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno, a los
contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 58 inciso 3D) de la Ordenanza
121
Ref. Expte. Nº 2411 – A – 2007 y otro.
//…
Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas
corrientes que se consignan precedentemente.
-1.- Expte. Nº 2411/2007 - Cuenta corriente Nº 532.359 – Gral. Lamadrid Nº 863-
Boulogne.-
2.- Expte. Nº 9450/2010 – Cuenta corriente Nº 217.576 – Intendente Tomkinson Nº 340
– San Isidro.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
122
Ref.: Expte. N° 15478-S-2017.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 2
VISTO lo informado en autos por la
Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad, respecto de la concurrencia de la
Licenciada María Fernanda Giordani y de la Profesora Patricia Fernández, en su carácter
de Consejera y Consejera Suplente respectivamente a la “SESIÓN PLENARIA DEL
CONSEJO PROVINCIAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (CPNyA)”, en
representación de la Comuna, a llevarse a cabo los días 28 y 29 de noviembre del
corriente año, en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, organizada por
la Dirección Provincial de Promoción y Protección de Derechos del Organismo Provincial
de la Niñez y Adolescencia; y
Considerando:
QUE a fojas 4, la Subsecretaría de Niñez,
Familia y Comunidad estima la suma total de Pesos Seis Mil ($ 6.000) en concepto de
viáticos y gastos, por lo que corresponde asignarles dicha suma con oportuna rendición de
cuentas;
QUE este Departamento Ejecutivo promueve
el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Autorizar la concurrencia de la Licenciada María Fernanda Giordani y
************* de la Profesora Patricia Fernández, en su carácter de Consejera y
Consejera Suplente respectivamente a la “SESIÓN PLENARIA DEL CONSEJO
PROVINCIAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (CPNyA)”, en representación de la
Comuna, a llevarse a cabo los días 28 y 29 de noviembre del corriente año, en la Ciudad
de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, organizada por la Dirección Provincial de
Promoción y Protección de Derechos del Organismo Provincial de la Niñez y
Adolescencia, asignándoles la suma total de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) en concepto
de viáticos y gastos, con oportuna rendición de cuentas.-
123
Ref.: Expte. N° 15478-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen
************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto
General de Gastos.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
124
Ref. Expte. Nº 15554 -P- 2017.-
San Isidro, 23 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 3
VISTO la necesidad de contar en la
Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Comunidad, con un Director, que permita
mantener un nexo con la Entidades Civiles y O.N.G., y
Considerando:
QUE a tal fin, se propone al Licenciado
Daniel Roberto MATOS (Legajo Nº 51392), quien por su antigüedad y conocimiento es
la persona idónea para ocupar dicho cargo;
QUE en virtud de ello, se deberá reubicar al
mencionado Licenciado, en la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Comunidad,
manteniendo su actual situación de revista, a partir del
QUE procede en consecuencia a proyectar el
acto administrativo, que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Reubicar a partir del 1º de noviembre al Licenciado Daniel Roberto
************* MATOS (Legajo Nº 51.392), en la Subsecretaría de Niñez,
Adolescencia y Comunidad, con el cargo de Director, manteniendo su actual situación de
revista, .-
ARTÍCULO 2º.- Asignar a partir del 1º de noviembre funciones interinas de Director
************* General de Entidades Civiles y O.N.G. al Licenciado Daniel Roberto
MATOS (Legajo Nº 51.392), percibiendo la diferencia entre su categoría de revista 15 y
el cargo 16 y manteniendo sus actuales bonificaciones.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
125
Ref. Expte. Nro. 15576-M-2004 y otros.
SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 4
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del
mencionado artículo;
QUE en virtud de lo expuesto confecciónese
el pertinente acto administrativo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a
continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando
en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los
beneficiarios.
1.- Expte. Nº 15576/2004 -Cuenta corriente Nº 830.063 – Intendente Becco Nº 2559-
Beccar-
2.- Expte. Nº 2279/2005–Cuenta corriente Nº 391.092 – Pasaje Galileo Nº 2488-
Martínez-
3.- Expte. Nº 1722/2009– Cuenta corriente Nº 522.462– Luis María Drago Nº 108-
Planta Baja- Depto. “A” –Villa Adelina.-
126
Ref. Expte. Nro. 15576-M-2004 y otros.
//…
4.- Expte. Nº 3387/2015– Cuenta corriente Nº 562.436– Martina Céspedes Nº 2955 –
Villa Adelina.-
5.- Expte. Nº 10214/2016 -Cuenta corriente Nº 420.128– Vélez Sarsfield Nº 1776-
Martínez.-
6.- Expte. Nº 8233/2014 - Cuenta corriente Nº 770.909- Mosconi Nº 3359- Casa Nº 2-
Beccar.-
7.- Expte. Nº 7650/2003 Cuerpo Nº 2-Cuenta corriente Nº 372.909– Azcuénaga Nº 1567 –
Planta Baja– Dpto. “A” - Martínez.-
8.- Expte. Nº 4416/1998 Cuenta corriente Nº 542.261 – Virrey Vertíz Nº 2062 – Planta
Baja- Depto. “C” –Villa Adelina.-
9.-Expte. Nº 5762/1996- Cuenta corriente Nº 522.399 – Los Paraísos Nº 490- Planta
Baja– Villa Adelina.-
10.-Expte. Nº 2017/1995 -Cuenta corriente Nº 542.843–Virrey Vertíz Nº 1456- - Planta
Alta- Depto. Nº 6-Villa Adelina.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
127
Ref. Expte. Nº 2358-P-2015.-
SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 5
VISTO el Dictamen de la Junta Médica
Provincial, obrante en el Expediente Nº 4105-2358-2015, del Instituto de Previsión Social
de la Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral de la
trabajadora Ramona Luisa QUIROGA (Legajo Nº 12.851); y
Considerando:
QUE dicha trabajadora ha tomado
conocimiento de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en
el mencionado expediente;
QUE se encuentra en condiciones de acogerse
al beneficio jubilatorio;
QUE la Subdirección de Jubilaciones y
Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos, solicita se proyecte el
instrumento legal de cese de la trabajadora, a los fines jubilatorios por incapacidad
laboral, a partir del 1º de noviembre de 2017;
QUE, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del la
trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un
importe mensual en este caso correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus
haberes, a partir del 1º de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio como
anticipo de su jubilación;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria,
QUE la trabajadora Ramona Luisa
QUIROGA, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
128
Ref. Expte. Nº 2358-P-2015.-
//…
ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración Munici-
************* pal, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad
laboral de la trabajadora Ramona Luisa QUIROGA (Legajo Nº 12.851), M.I. Nº:
10969.141, Clase 1952, con categoría 07 (48) - (J:1.1.1.01.09.000.– C:30. -O:1.1.1.07.) y
funciones de mucama, en el Centro Periférico Beccar, a partir del 1º de noviembre de
2017.-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de su
************* Trayectoria en esta Comuna.-
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex traba-
************* jadora Ramona Luisa QUIROGA (Legajo Nº 12.851), mediante el cual
el Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de
los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 1º de noviembre de 2017,
como anticipo de su jubilación y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio.-
El anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $ 10.776 (pesos diez mil
setecientos setenta y seis).-
ARTÍCULO 4º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente, pasa a
************* formar parte del presente Decreto.-
ARTÍCULO 5º.- El pago del anticipo, cesará automáticamente si con anterioridad al
************* plazo estipulado fuera otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese y comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio.-
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
129
Ref.: Expte. 15710-O-2017.-
SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 6
VISTO lo solicitado en estas actuaciones,
respecto de la devolución del pago abonado por liquidación errónea en concepto de
Derechos de Oficina (abonó Original por cinco (5) años, correspondiendo abonar Original
por un (1) año) sobre la Licencia de Conducir de la Sra. Marina OTERO, DNI N°
95.720.644; y
Considerando:
QUE el total abonado en demasía asciende a
la suma total de Pesos Quinientos Tres ($ 503,00);
QUE a fojas 8 Tesorería General deja
constancia del efectivo ingreso de dichos valores al Municipio;
QUE a fojas 9 la Contaduría General del
Municipio solicita el reintegro a la interesada de la suma abonada en demasía;
QUE por lo expuesto este Departamento
Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Reintegrar a la Sra. Marina OTERO, DNI Nº 95.720.644, con
************** domicilio en la calle Rivera Indarte N° 20 de la ciudad de San Isidro,
jurisdicción de este Partido, la suma de Pesos Quinientos Tres ($ 503,00), en concepto de
Derechos de Oficina liquidados en forma errónea sobre su Licencia de Conducir.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de Gastos vigente.-
130
Ref.: Expte. 15710-O-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
131
Ref.: Expte. N° 16994-C-2016.-
SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 7
VISTO el Decreto N° 35/2017, por medio del
cual se afectaron al uso oficial de las distintas dependencias municipales diversos
vehículos, asignando para el cumplimiento de las funciones que desarrollan con los
mismos, asimismo destacar la cantidad de vales de combustible semanales; y
Considerando:
QUE de acuerdo a lo informado a fojas 27/30
por Contaduría General corresponde ordenar el listado actualizado de la afectación de los
rodados propiedad de los funcionarios municipales;
QUE dichos vehículos son utilizados por cada
funcionario en cumplimiento de tareas específicas de cada área en particular, y en razón
de las necesidades emergentes de las mismas es que surge que los montos son de diferente
cuantía;
QUE, este Departamento Ejecutivo se expide
en forma favorable a lo requerido, disponiendo el dictado del acto administrativo
pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Afectar al uso oficial de las dependencias municipales que a
************* continuación se mencionan, los vehículos que en cada caso se indica, en
el Anexo adjunto cuyo texto pasa a formar parte integrante del presente.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
132
Funcionarios
A Dependencias varias VEHICULO PESOS
partir MARCA DOMINIO SEMANALES
1-1-17 1 Intendente Municipal (Posse) W.Passat JFG 086 4.200-4800
1-1-17 2 Asesor Departamento Ejecutivo (Prassel H) W. Golf HBT 014 840-960
1-1-17 3 Secretario Privado (Canal) 2640-3000
1-3-17 4 Director Sec. Privada (Quiroga) VW Suran PQF 890 840-960
1-1-17 5 Asesor Depto. Ejecutivo (Rivas) Suzuki Grand Vit IFT 178 840-960
1-1-17 6 Sec. Obras Publicas (Landivar) VW Gol Trend AA 625 XE 840-960
1-1-17 7 Secretaria General (Bereziuk) VW. Gol MXE 167 960-1100
1-1-17 8 Asesoria Coord. Producción, turismo. (Prassel C) Dodge Journey JBL 113 840-960
1-1-17 9 Asesor Obras Publicas (Garcia) CheryTiggo OPW 744 840-960
1-1-17 10 Dir. Gral. De Compras (Dominguez) VW Tiguan JFK 777 960-1100
1-8-17 10 Asesor (Domínguez) VW Tiguan JFK 777 960-1100
1-1-17 11 Sub Sec. Gral. deInsp.y Reg. Urbanos (Perez) Toyota Corolla LPF 742 840-960
1-1-17 12 Ases. De la Sec. De Producción (Sanchez Landa) W. Polo GVT 218 840-960
1-1-17 13 Sec. De la Niñez Adolec. Y Flia. (Hirsch) W. Polo FUV 200 840-960
Sec. De Niñez A y F (Hirsch) Toyota MZP 766 840-960
1-8-17 14 Dirección Gral. De Compras (Catania) VW Suran IJM 924 960-1100
1-1-17 15 Contaduría General (Conde) Fiat Marea CRY 937 960-1100
1-1-17 16 Sec. Salud Pública (Prado) W. Gol LHR 141 840-960
1-1-17 17 ARSI (Miletta) Honda Civic JRB 122 840-960
1-1-17 18 Sub. Sec. Accion Social (Maino) Ford Focus NYT 342 840-960
1-1-17 19 Dir. de Ordenamiento Vial (Vazquez) VW Gol JBI 282 840-960
1-1-17 20 Juzgado de Faltas (Vazquez Pol) Toyota Corolla PQD 746 840-960
1-1-17 21 Sub. Sec. de Tránsito (Godoy) Peugeot 308 OMP 329 840-960
1-1-17 22 Sec. de Integración Comunitaria (Flier) W. Gol NCT 152 840-960
1-1-17 23 Asesoría de Planeamiento Urbano (Breglia) Ford Fiesta LAU 908 840-960
1-1-17 24 Defensoría Munic. delConsum. (Mateos) Ford Ranger PJC 145 650-750
1-1-17 25 Asesor Adm. Hospital Materno (Suarez) Ford Focus KSF 561 840-960
1-1-17 26 Subs. Gral. Cuidados Comunitarios (Alcantara) Chevrolet Agile NWL 836 840-960
1-1-17 27 Asesoría General (Sabattini) Ecosport LBK 430 840-960
1-1-17 28 Dir. de Gestión Amb., Segur. y Hab. Ind. (Antoniassi) Honda City OGP 488 840-960
Dir. De Gestión Ambiental (Antoniassi) Honda HR-V AB576NK 840-960
1-1-17 29 Dir. de Bromatología (Rasines Alcaraz) Honda CRV DSX 046 840-960
1-1-17 30 Dir. de Inspecciones (Alonso) Peugeot Partner LDC 585 840-960
1-1-17 31 Sub. Sec. de Gestión Municipal (Giovanelli) Ford Focus JCP 223 780-900
1-1-17 32 Sub. Sec. Gral. de Gestión Municipal (Cuello) VW Polo HFX 386 780-900
1-1-17 33 Sub. Sec. de Espacio Público (Montemarani) Toyota Etios PLB 520 780-900
1-1-17 34 Direc. Mesa de Integración Social (Bulla) Peugeot 207 LNE 532 540-620
1-1-17 35 Sub. Sec. De Políticas de Salud (Viaggio) Audi A3 AA 228 VH 840-960
1-1-17 36 Tesorería Gral. (Mónaco) Peugeot 308 AA-285-AE 960-1100
1-1-17 37 Direcc. de Tránsito (Porcelli) Renault ClioMio MMS 927 840-960
37 Direcc. de Tránsito (Porcelli) Ford Fiesta AA006ZT 840-960
1-1-17 38 Subs. Gral. de Legal y Técnica (Oneto) Ford Ecosport NII 124 840-960
1-1-17 39 Sub. Sec. de Prevención Ciudadana (Suñer) VW Amarok MLV 658 840-960
1-1-17 40 Dir. Gral. deDesp. yLegislac. (Matos) Peugeot 408 KWY 749 840-960
40 Dir. Gral. deDesp. yLegislac. (Matos) CheryTiggo N° 5 AB858UV 840-960
1-1-17 41 Dir. dePlaneam. y Comunicación (Rodriguez) W Polo DWP 946 840-960
1-1-17 42 Sub Tesorero (Peirano) Peugeot 207 IBK 277 840-960
1-1-17 43 Secretaría Legal y Técnica (García Minuzzi) Toyota Corolla IVX 042 960-1100
1-1-17 44 Sub. Sec. de Gobierno y Gestión (Weinschelbaum) Ford Fiesta NII 018 840-960
133
1-1-17 45 Secretaría de Modernización (García Beaumont) CheryTiggo PFO 580 840-960
1-2-17 46 Asesoría Secretaría General (Nigolian) Ford Ecosport AA191AN 840-960
1-4-17
47
Dirección Gral. De Barrido, Supervisión y
Coordinación Delegac. Municipales (Ferretti) VW Gol LIK 155 840-960
1-8-17 48 Asesor (Domínguez) VW Tiguan JFK 777 960-1100
1-8-17 49 Ceremonial (Rodríguez) Renault Kangoo AA521YO 1000
1-8-17 50 Centro de Desarrollo y Fort. R. Carrillo (Amoroso) VW Polo FUV 200 840
1-11-17 51 Secretario Plan. eInteg. Polit. Prod. (Piccardo) Ford Focus AB508ND 840-960
1-11-17 52 Secretario Desarrollo Econ. ySust. (Greig) Renault Scenic FEL483 840-960
Otras Dependencias
A DEPENDENCIA VEHICULO PESOS
partir MARCA DOMINIO SEMANALES
1-1-17 1 Dirección de Tesorería General (Mónaco) VW GOL JFQ 075 $ 960
1-1-17 2 Dirección Cuidado Comunitario (Suñer) VW GOL JKC 345 $ 22.460
1-1-17 3 Direcc. Gral. de Espacio Público (Campici) Móviles $ 22.580
20-3-17 $ 27.000
10-7-17 $ 39.000
15/11/17 44.000
1-1-17 4 Delegación San Isidro Bajo (Cordero) Maquinarias $ 1.080
1-1-17 5 Dirección de Cementerios (Alvarez) Maquinarias $ 2.340
1-1-17 6 Cementerio Central San Isidro (Cofre) Maquinarias $ 960
1-1-17 7 Dirección de Deportes (Scuderi) Lanchas $ 1.380
1-1-17 8 Secretaría Obras Públicas (Landivar) Maquinarias $ 27.360
1-1-17
9 Sub. Sec. Acción Social (Maino)
Micro Mercedes
Benz FTO 134 $ 3.000
1-1-17 10 Hospital Materno Infantil (Vazquez) Móviles AFQ 577 $ 2.880
1-1-17 11 Centro Periférico La Cava (Prado) Peugeot Partner KIR 317 $ 540
1-1-17 12 Sec. Privada (Urrere Pon) W. Golf GZF 795 $ 960
1-1-17 13 Sub. Dirección de Zoonosis (Hernandez) Móviles $ 3.240
1-1-17 14 Hospital Central (Asceti) M. Benz Sprinter HMK 652 $ 420
1-1-17 15 Central de Monitoreo (Perucca) Ford F-100 ISX 422 $ 2.700
1-11-17 $3.100
1-1-17 16 Asesoría Coor. Prod. Tur. Y Medio Amb. (Prassel Carlos) VW Gol EOQ 191 $ 420
1-1-17 17 Depto. Patrimonio (Romero) VW Gol FDJ 810 $ 840
25-4-17 $ 1.840
1-1-17 18 Dir. de Cultura (Morello) Grupo Electrógeno $ 1.320
15/11/17 $ 1950
1-1-17 19 Delegación La Horqueta (Casado) Ford Fiesta GJJ 011 $ 720
1-1-17 20 Dirección de Defensa Civil (Marquetti) Ford Ranger HBT 067 $ 1.380
1-1-17 21 Mesa de Integración (Pierre) VW Gol LHR 142 $ 480
1-1-17 22 Dirección de Ecología (Willy Brian) VW Gol MIQ 907 $ 480
1-1-17 23 Subs. de Inspecciones (Selmo) VW Suran GVK 173 $ 900
1-1-17 24 Unidad de Gestión Municipal (Cuello) Maquinarias $ 960
1-6-17 $ 1920
1-1-17 25 Secretaría de Integración Com. (Flier) Honda Civic LIW 005 $ 720
1-1-17 26 Dirección Adm. Sec. Salud Púb. (Gil) Citroën C4 OFF 545 $ 720
1-1-17 27 Delegación Beccar (Bigatti) Nissan Sentra RHW 465 $ 480
1-1-17 28 Control de Vectores (Balate) Móviles $ 6.000
134
1-1-17 29 Informática (Duarte) VW Polo FSO 631 $ 720
1-1-17 30 Ordenamiento Vial (Vazquez) VW Gol LHR 140 $ 840
25-4-17 31 ARSI (Miletta) Fiat Doblo AB189PM $ 1.000
1-10-17
32 Subsec. de Prevención Ciudadana (Suñer)
Grúa Municipal
Ford Transit AB401CB $ 1.000
1-9-17 33 Subsec. de Comunicación (Narbais) VW Gol Trend LHR 119 $ 1.000
1-8-17 34 Centro de Des. y Fort. Ramón Carrillo (Amoroso) VW Polo FUV 200 $ 840
15-10-17 35 Subsec. Gral. de Economía (Mandolesi) Toyota Etios AB638KO $ 600
15-10-17 36 Dirección de Higiene Urbana (Blanco) Fiat Palio OYV 868 $ 600
15-10-17 37 Dirección de Barrido (Ferrero) Ford Fiesta GFZ 277 $ 600
135
Ref.: Expte. N° 10653-S-2017.-
SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 8
VISTO lo actuado en el presente expediente
N° 10653-S-2017, y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante,
respecto de la sanción de la Ordenanza N° 8959 con fecha 15 de noviembre de 2017,
mediante la cual se convalidó el Convenio Marco de Adhesión al Programa Nacional de
Asistencia y Colaboración en el Marco de la Emergencia celebrado con el Ministerio de
Seguridad de la Nación, por el cual la Comuna se compromete en el marco del Programa
Nacional, en el caso de sufrir una emergencia decretada como tal o debidamente
justificada, a remitir la solicitud de ayuda económica; y
Considerando:
QUE de conformidad con lo establecido por el
Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del
Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;
POR ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8959
************* sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de
noviembre de 2017.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
136
Ref.: Expte. N° 14862-D-2017.-
SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 5 9
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos que dan
cuenta precedentemente, hacen necesario ordenar la instrucción de sumario
administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE, adoptada que fuera la decisión en tal
sentido, corresponde designar al instructor sumariante;
QUE este departamento Ejecutivo promueve
el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario
************* administrativo a los efectos de determinar las responsabilidades que
pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 14862-D-
2017.-
ARTÍCULO 2°.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio Fabián
************* Leonardis (Legajo N° 11884).-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
137
Ref.: Expte. N° 15539-D-2017.-
SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 0
VISTO la renuncia presentada por la Doctora
Laura Isabel SANTAMARTA (Legajo N° 15190), a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 27 de noviembre de
2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 27
de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la Doctora Marta Isabel
SANTAMARTA, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Laura Isabel
************* SANTAMARTA (Legajo N° 15190), M.I. N° 10.498.779, Clase 1952,
con la retribución equivalente a Jefe de Servicio Perfil B Grado Hospital C 36 hs (código
322) (J:1.1.1.01.09.000 – C:27 – O:1.1.1.09) y funciones de Jefa de Servicio de Ortopedia
y Traumatología en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”, a partir
del 27 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.
Situación de revista: Profesional Hospital A 24 hs (código 201).-
ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
138
Ref.: Expte. N° 15539-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Laura Isabel SANTAMARTA (Legajo N° 15190), que pasa
a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines
previsionales a partir del 27 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio
jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Treinta y Tres Mil
Ochocientos Sesenta y Nueve ($ 33.869,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
139
Ref.: Expte. N° 15931-D--2017.-
SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 1
VISTO la renuncia presentada por la Doctora
Noemí Esther VICENTINI (Legajo N° 17357), a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 30 de noviembre de
2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a
partir del 30 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la Doctora Noemí Esther VICENTINI,
se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Noemí Esther
************* VICENTINI (Legajo N° 17357), M.I. N° 6.494.336, Clase 1955, con la
retribución equivalente a Directora Asociada B Hospital C 48 hs (código 223)
(J:1.1.1.01.09.000 – C:27 – O:1.1.1.09) y funciones de Directora Asociada de Servicios
Centrales en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”, a partir del 30
de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.
Situación de revista: Profesional Hospital A 24 hs (código 201).-
ARTÍCULO 2°.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
140
Ref.: Expte. N° 15931-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Noemí Esther VICENTINI (Legajo N° 17357), que pasa a
formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los
fines previsionales a partir del 30 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el
beneficio jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Sesenta y Dos Mil
Doscientos Sesenta y Cuatro ($ 62.264,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
141
Ref.: Expte. N° 15542-D-2017.-
SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 2
VISTO la renuncia presentada por la Doctora
Susana Ángeles Matilde GUIDI (Legajo N° 16714), a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 27 de noviembre de
2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 27
de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la Doctora Susana Ángeles Matilde
GUIDI, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Susana Ángeles Matilde
************* GUIDI (Legajo N° 16714), M.I. N° 5.105.061, Clase 1945, con la
retribución equivalente a Directora B Hospital C 48 hs (código 123) (J:1.1.1.01.09.000 –
C:27 – O:1.1.1.09) y funciones de Directora del Hospital Central de San Isidro “Dr.
Melchor Ángel Posse”, a partir del 27 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio.
Situación de revista: Profesional Hospital A 48 hs (código 203).-
ARTÍCULO 2°.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
142
Ref.: Expte. N° 15542-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Susana Ángeles Matilde GUIDI (Legajo N° 16714), que
pasa a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el
importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los
fines previsionales a partir del 27 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el
beneficio jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Ochenta y Tres Mil
Trescientos Ochenta y Tres ($ 83.383,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
143
Ref. Expte. Nº 16285-D-2017.-
San Isidro, 27 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 3
VISTO la nota de la Secretaría de Salud
Pública, obrante a fojas 1, y
Considerando:
QUE la Doctora Susana Angeles Matilde
GUIDI con funciones de Directora del Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel
Posse”, renunció a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, a partir del 27 de
noviembre de 2017;
QUE se hace necesario cubrir la citada
Dirección;
QUE por su experiencia, dedicación y
compromiso laboral, el Doctor Miguel Angel PEREYRA (Legajo Nº 18072) es la
persona idónea para ocupar el mismo;
QUE en virtud de ello, se deberá asignar
funciones interinas “cargo” de la Dirección del Hospital Central de San Isidro “Dr.
Melchor Angel Posse”, al mencionado Profesional, manteniendo su actual situación de
revista;
QUE procede en consecuencia al dictado del
acto administrativo, que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Asígnar funciones interinas a “cargo” de la Dirección del Hospital Cen-
************* tral de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, al Doctor Miguel Angel
PEREYRA (Legajo Nº 18072), con su actual situación de revista, a partir del 27 de
noviembre de 2017.-
ARTÍCULO 2º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
144
Ref. Expte. Nº 16286-D-2017.-
San Isidro, 27 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 4
VISTO la nota de la Secretaría de Salud
Pública, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE la Doctora Laura Isabel
SANTAMARTA (Legajo Nº 15190), a partir del 27 de noviembre de 2017, renunció para
acogerse al beneficio jubilatorio;
QUE su experiencia, dedicación y
compromiso laboral, llevado a cabo durante sus años de servicio en la Comuna, hacen que
su continuidad de colaboración sea bienvenida por el titular del Departamento Ejecutivo;
QUE en razón de ello se deberá designar a la
mencionada Profesional en carácter de Ad –Honorem, hasta tanto sea reemplazada en el
cargo de Jefa de Servicio de Ortopedia y Traumatología, en el Hospital Central de San
Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”;
QUE procede en consecuencia a proyectar el
acto administrativo, que así lo disponga,
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar a partir del 27 de noviembre de 2017, a la Doctora Laura
************* Isabel SANTAMARTA (Legajo Nº 15.190), con carácter de Ad
Honorem y funciones de Jefa de Servicio de Ortopedia y Traumatología, en el Hospital
Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, hasta tanto sea reemplazada en dicho
cargo.-
ARTÍCULO 2º.- La presente designación está exenta de retribución y no da derecho a re-
************* clamos posteriores.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.- DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
145
Ref. Expte. Nº 16287-D-2017.-
San Isidro, 27 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 5
VISTO la nota de la Secretaría de Salud
Pública, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE la Doctora Noemí Esther VICENTINI
(Legajo Nº 17357), a partir del 30 de noviembre de 2017, renunció para acogerse al
beneficio jubilatorio;
QUE su experiencia, dedicación y
compromiso laboral, llevado a cabo durante sus años de servicio en la Comuna, hacen
que su continuidad de colaboración sea bienvenida por el titular del Departamento
Ejecutivo;
QUE en razón de ello se deberá designar a la
mencionada Profesional en carácter de Ad –Honorem, hasta tanto sea reemplazada en el
cargo de Directora Asociada de Servicios Centrales, en el Hospital Central de San Isidro
“Dr. Melchor Angel Posse”;
QUE, procede en consecuencia a proyectar el
acto administrativo, que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar a partir del 30 de noviembre de 2017, a la Doctora Noemí
************* Esther VICENTINI (Legajo Nº 17.357), con carácter de Ad Honorem y
funciones de Directora Asociada de Servicios Centrales, en el Hospital Central de San
Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, hasta tanto sea reemplazada en dicho cargo.-
ARTÍCULO 2º.- La presente designación está exenta de retribución y no da derecho a re-
************* clamos posteriores.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
146
Ref.: Expte .Nro. 14628-D-2017
SAN ISIDRO, 27 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 6
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº.
600-630/2017;
QUE como consecuencia de aquél se efectuó
el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 329/2017, autorizado mediante Decreto Nro.
2585/2017;
QUE la Dirección General de Compras realizó
la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 151,
solicitando a fojas 153 la Secretaría de Obras Públicas la adjudicación a la oferta más
conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a Patricia Alejandra Ferrari CUIT Nº 27-18148157-4,
************** con domicilio en J.M. Gutiérrez Nº 1.722, de la localidad de Claypole,
Partido de Almirante Brown, para la contratación del servicio de “TRABAJOS VARIOS
EN EL SECTOR QUIRÓFANOS DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL”, por un
monto total de PESOS CINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000).-
ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes a la Partida
Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría
Programática 01.02, Objeto del Gasto 3.3.1., del Presupuesto General de Gastos
pertinentes.-
147
Ref.: Expte .Nro. 14628-D-2017
//…
ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION L.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
148
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 7
ANULADO
149
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 8
ANULADO
150
Ref.: Expte. N° 3179-S-2005.-
SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 6 9
VISTO el Convenio de Prórroga del Contrato
de Comodato suscripto con fecha 2 de noviembre del corriente año entre la Municipalidad
de San Isidro y Sociedad de Fomento “La Calandria”, representada por su Sr. Presidente
José Antonio Colo, DNI 13.754.618 y su Sra. Secretaria Patricia Analía Medrano, DNI
16.455.890, con domicilio en la calle La Calandria nº 962 de la Ciudad de Villa Adelina,
Partido de San Isidro, referente al Contrato de Comodato que fuera suscripto el 18 de
marzo de 2005; y
Considerando:
QUE corresponde registrar el convenio de
prórroga del citado contrato, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida
en el acto de que se trata;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1°.- REGISTRAR la prórroga del Contrato de Comodato suscripto entre la
************* Municipalidad de San Isidro y Sociedad de Fomento “La Calandria”,
representada por su Sr. Presidente José Antonio Colo, DNI 13.754.618 y su Sra.
Secretaria Patricia Analía Medrano, DNI 16.455.890, mediante el cual las partes deciden
prorrogar el mismo por un plazo de 10 años a contar desde el 18 de marzo de 2015,
respecto a la planta baja del inmueble ubicado en la calle Lamadrid Nº 1523 de la ciudad
de Villa Adelina, texto que pasa a formar parte integrante del presente.-
ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
MGV/rt
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
151
PRÓRROGA
CONTRATO DE COMODATO
Entre la Sociedad de Fomento “La Calandria”, con domicilio en la calle La Calandria N° 962 de la ciudad de Villa Adelina, Partido de San Isidro, representada en este acto por el Sr. Presidente, Sr. José Antonio Colo, DNI N° 13.754.618, y su Secretaría, Sra. Patricia Analía Medrano, DNI N° 16.455.890, en adelante denominada “LA COMODANTE” por una parte, y por la otra la Municipalidad de San Isidro, con domicilio en la calle 9 de Julio N° 526 del Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Ángel Gustavo Posse, DNI N° 16.345.447, cuya firma es refrendada por la Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, en adelante denominada “LA COMODATARIA”, en conjunto denominados “LAS PARTES”, se conviene celebrar el presente convenio de prórroga, en virtud de las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:
ANTECEDENTES:
QUE con fecha 18 de marzo de 2005 “LAS PARTES” celebraron un contrato mediante el cual LA COMODANTE dio en comodato a LA COMODATARIA la planta baja del inmueble ubicado en la calle Lamadrid N° 1523 de la localidad de Villa Adelina, Partido de San Isidro.
QUE en virtud del contrato supra citado LA COMODATARIA afectó el edificio dado en comodato a la instalación y funcionamiento del Jardín Municipal N° 12 “La Calandria”, como asimismo usufructuó la cancha de fútbol cubierta y el Salón de Usos Múltiples para la realización de eventos en los horarios en que no fueran utilizados por la Sociedad de Fomento.
QUE la COMODANTE se encuentra en desarrollo de un proceso de regularización de documentación e inscripción ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, comprometiéndose a cumplimentar los trámites pertinentes en el plazo de 2 años desde la fecha de suscripción del presente.
QUE asimismo, LA COMODATARIA se obligó a asumir el pago de impuestos nacionales y provinciales y tasas municipales, como así también de los servicios de Gas, Luz y Agua que se devengaren sobre el inmueble sobre el que versa el presente contrato.
QUE en la búsqueda de posibilitar un significativo ahorro energético y poner en valor las instalaciones del inmueble de la calle Lamadrid N° 1523 objeto del presente Comodato, LA COMODATARIA se compromete a reconvertir las instalaciones lumínicas del establecimiento a tecnología LED, lo cual redundará en un beneficio para LAS PARTES atento la naturaleza de tal sistema lumínico y el bajo consumo energético que requiere.
QUE a los efectos de que el Municipio continúe con las presentación de los servicios precedentemente enunciados, y a fin de afianzar las políticas tendientes a mejorar cada día la calidad de los servicios educativos y el desarrollo y fortalecimiento de las entidades intermedias del Distrito, LAS PARTES convienen:
PRIMERO: LAS PARTES deciden por el presente prorrogar el contrato celebrado en relación a la planta baja del inmueble ubicado en la calle Lamadrid N° 1523 de la ciudad de Villa Adelina, Partido de San Isidro, por un plazo de 10 años a contar desde el 18 de marzo de 2015.-
152
SEGUNDO: LA COMODATARIA se compromete formalmente a pintar una vez por año la cancha de fútbol cubierta y el salón de usos múltiples del inmueble individualizado en la cláusula anterior.-
TERCERO: LA COMODATARIA reconvertirá las instalaciones lumínicas del establecimiento a la tecnología LED, lo cual redundará en un beneficio para LAS PARTES atento la naturaleza de tal sistema lumínico y el bajo consumo energético que requiere.
CUARTO: LA COMODANTE se compromete a finalizar los trámites de regularización de su personería ante los organismos públicos que resultaren competentes dentro del plazo de 2 años desde la fecha de suscripción del presente.
QUINTO: Por todo el período de prórroga pactado en el presente, se acuerda que el presente instrumento resulta continuación del celebrado oportunamente con fecha 18 de Marzo de 2005, debiéndose ajustar LAS PARTES a las cláusulas allí pactada en relación a los derechos y obligaciones asumidas en todo aquello que no sea modificado por el presente.
De conformidad con las cláusulas precedentemente enunciadas, previa lectura y ratificación, queda formalizado el presente contrato de prórroga de comodato, firmándose DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Isidro, a los 2 días del mes de Noviembre del año 2017.-
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Presidente de la Sociedad de Fomento “La Calandria”, José Antonio Colo Sra. Secretaria de la Sociedad de Fomento “La Calandria”, Patricia Analía
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Ref. Expte. Nº 15922-P-2017.-
SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 0
VISTO la renuncia presentada por la Señora
Julia Rita KUZIS (Legajo Nº 30057), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio,
conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 30 de noviembre de 2017,
obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10º
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en
este caso, el importe correspondiente al sesenta y siete por ciento (67%) de sus haberes, a
partir del 1º de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la trabajadora Julia Rita KUZIS, se
encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Señora Julia Rita KUZIS (Legajo
************* Nº 30057), M.I. Nº 6.551.079, Clase 1951, al cargo y función de
Subsecretaria General (J:1.1.1.01.06.000.-C:01.01.-O:1.1.1.01.), incluida en los alcances
de los artículos 15º “Bonificación Disposición Permanente” (80%), y 17º “Bonificación
por Personal Superior y Jerárquico” (18%), ambos de la Ordenanza Nº 8919, a partir del
30 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
154
Ref. Expte. Nº 15922-P-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex traba-
************** jadora Julia Rita KUZIS (Legajo Nº 30057), que pasa a formar parte del
presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al
sesenta y siete (67%) de los haberes computables a los fines previsionales a partir del 1º
de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio.-
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $ 106.327 (pesos ciento
seis mil trescientos veintisiete).-
ARTÍCULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo
************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
155
Ref.: Expte. N° 15935-D-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 1
VISTO la renuncia presentada por la Doctora
Liliana Alicia CARBONELL (Legajo N° 11424), a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 24 de noviembre de
2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a
partir del 25 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la Doctora Liliana Alicia
CARBONELL, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Liliana Alicia
************* CARBONELL (Legajo N° 11424), M.I. N° 10.401.890, Clase 1953, con
la retribución equivalente a Jefa Unidad Sanitaria Hospital “C” de 36 horas (código 722)
(J:1.1.1.01.09.000 – C:30 – O:1.1.1.09) y funciones de Directora del Centro Periférico La
Ribera a partir del 24 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio.-
Situación de revista: Profesional Hospital A 36 hs (código 202).-
ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
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Ref.: Expte. N° 15935-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Liliana Alicia CARBONELL (Legajo N° 11424), que pasa a
formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los
fines previsionales a partir del 25 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el
beneficio jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Treinta y Un Mil
Cuatrocientos Cincuenta ($ 31.450,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
157
Ref.: Expte. N° 15541-D--2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 2
VISTO la renuncia presentada por la
trabajadora Graciela Silvia SANTA MARÍA (Legajo N° 6188), a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 30 de
noviembre de 2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 1°
de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la trabajadora Graciela Silvia SANTA
MARÍA, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la trabajadora Graciela Silvia
************* SANTA MARÍA (Legajo N° 6188), M.I. N° 6.522.703, Clase 1951, con
categoría 13 (J:1.1.1.01.09.000 – C:01.01 – O:1.1.1.09) incluida en los alcances del
artículo 15° “Bonificación Disposición Permanente” (46%) de la Ordenanza N° 8919 y
funciones Técnicas en al Secretaría de Salud Pública, a partir del 30 de noviembre de
2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.
ARTÍCULO 2°.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
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Ref.: Expte. N° 15541-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Graciela Silvia SANTA MARÍA (Legajo N° 6188), que
pasa a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el
importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los
fines previsionales a partir del 1° de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio
jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Veinticuatro Mil
Quinientos Setenta y Uno ($ 24.571,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
159
Ref.: Expte. N° 15937-D-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 3
VISTO la renuncia presentada por el Doctor
Daniel Mario FISZMAN (Legajo N° 16654), a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 1° de diciembre de
2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes, a partir del 2
de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE el Doctor Daniel Mario FISZMAN, se
encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el Doctor Daniel Mario FISZMAN
************* (Legajo N° 16654), M.I. N° 7.610.634, Clase 1947, con la retribución
equivalente a Director “B” Hospital “C” de 48 horas (código 123) (J:1.1.1.01.09.000 –
C:01.01 – O:1.1.1.09) y actividad de Director de Programas de Salud, en la Secretaría de
Salud Pública, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, 1º de diciembre de 2017.
Situación de revista: Profesional Hospital A 24 hs (código 201).-
ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
160
Ref.: Expte. N° 15937-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex
************* trabajador Daniel Mario FISZMAN (Legajo N° 16654), que pasa a
formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al sesenta por ciento (60%) de los haberes computables a los fines
previsionales a partir del 2 de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio
jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Cuarenta y Dos
Mil Setecientos Noventa y Seis ($ 42.796,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
161
Ref.: Expte. N° 15938-D-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 4
VISTO la renuncia presentada por la
trabajadora Mónica Cristina BERRUEZO (Legajo N° 17434), a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 1° de
diciembre de 2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a
partir del 2 de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la trabajadora Mónica Cristina
BERRUEZO, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar a partir del 1º de diciembre de 2017, la renuncia presentada por
************* la trabajadora Mónica Cristina BERRUEZO (Legajo N° 17434), M.I. N°
10.969.767, Clase 1953, categoría 1600 (J:1.1.1.01.09.000 – C:28 – O:1.1.1.09) incluida
en los alcances de los artículos 15° “Bonificación Disposición Permanente” (46%) y 17°
“Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%) ambos de la Ordenanza N° 8919 y
funciones de Directora General en el Hospital Materno Infantil, a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
162
Ref.: Expte. N° 15938-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Mónica Cristina BERRUEZO (Legajo N° 17434), que pasa
a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los
fines previsionales a partir del 2 de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio
jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Sesenta y Seis Mil
Novecientos Trece ($ 66.913,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
163
Ref.: Expte. N° 15936-D-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 5
VISTO la renuncia presentada por el Doctor
Silvio TANENHOLZ (Legajo N° 11002), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio,
conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 23 de noviembre de 2017, obrante
a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10°
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 24
de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE el Doctor Silvio TANENHOLZ, se
encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que
le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el Doctor Silvio TANENHOLZ
************* (Legajo N° 11002), M.I. N° 8.627.072, Clase 1951, con la retribución
equivalente a Director Asociado “B” Hospital “C” de 48 horas (código 223)
(J:1.1.1.01.09.000 – C:28 – O:1.1.1.09) y actividad de Director Asociado, en el Hospital
Materno Infantil, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, 23 de noviembre 2017.
Situación de revista: Profesional Hospital A 36 hs (código 202).-
ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
164
Ref.: Expte. N° 15936-D-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex
************* trabajador Silvio TANENHOLZ (Legajo N° 11002), que pasa a formar
parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines
previsionales a partir del 24 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio
jubilatorio.
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Cincuenta y Un
Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco ($ 51.645,00).-
ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al
************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
165
Ref. : Expte. Nro. 16284-S-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 6
VISTO lo actuado en el presente expediente
administrativo; y
Considerando:
QUE la naturaleza de los hechos de que se da
cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo,
con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;
QUE, adoptada que fuera la decisión en tal
sentido, corresponde designar al instructor sumariante;
QUE ante la conducta de los trabajadores
Víctor Hugo SOLIS -legajo N° 62.177)- y Alejandro Dioniso UBALLES CHACON
DORR –legajo N° 66.955-, en el desempeño de sus funciones, según surge del informe de
fojas 54 vta. de la Asesoría Legal Municipal, resulta necesario separarlos del ámbito
donde prestan servicios, mediante la aplicación de una medida cautelar que no implica
sanción disciplinaria, consistente en una suspensión preventiva con encuadre en las
disposiciones del Artículo 79º de la Ordenanza n° 8850;
QUE por lo expuesto, este Departamento
Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instruir sumario admi
************** nistrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que
pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en el presente cuerpo instrumental.-
ARTÍCULO 2do.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio
************** Fabián LEONARDIS –Legajo N° 11.884-.-
ARTÍCULO 3ro.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los
************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo
instrumental por la Asesoría Legal Municipal.-
166
Ref. : Expte. Nro. 16284-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 4to.- Suspender preventivamente a los trabajadores Víctor Hugo SOLIS -
************** legajo N° 62.177)- y Alejandro Dioniso UBALLES CHACON DORR
–legajo N° 66.955-, con encuadre en las disposiciones del Artículo 79º de la Ordenanza
N° 8850.-
ARTÍCULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Tome conocimiento Dirección
************** General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
167
Ref.: Expte. N° 5181-S-2011 – Alcance 17.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 7
VISTO la Licitación Pública N° 16/2011,
referente al Servicio de preparación de menúes en cocido para pacientes del Hospital
Central de San Isidro, adjudicada a la empresa Lepak SRL; y
Considerando:
QUE dicha empresa solicita un
reconocimiento de mayores costos sobre el precio de la citada licitación;
QUE las contrataciones plurianuales, son
impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los
factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que
resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma
continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por
la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando
sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de
resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y
calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;
QUE ello, conlleva un estudio continuo y
exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación
clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;
QUE este contrato específicamente reviste un
interés municipal especial, ya que cualquier alteración del mismo, podría provocar una
modificación sustancial en la calidad de las prestaciones requeridas por la Municipalidad
en beneficio de la calidad de vida de los vecinos;
QUE la Comisión Asesora para la
Adjudicación de Licitaciones Públicas recomienda efectuar un reconocimiento de
mayores costos, autorizando un incremento del diez por ciento (10%) sobre el precio de la
prestación del servicio antes citado, devengado a partir del mes de septiembre de 2017
sobre el valor resultante de la aplicación del Decreto N° 1985/2017, resultando con la
aplicación de ese incremento un valor mensual de PESOS UN MILLON
NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES ($
1.925.753);
168
Ref.: Expte. N° 5181-S-2011 – Alcance 17.-
//…
QUE este Departamento Ejecutivo comparte
el criterio expuesto por la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, promoviendo el
dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO.
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Incrementar en un DIEZ POR CIENTO (10%)el precio de la prestación
************* del servicio de preparación de menúes en cocido para pacientes del
Hospital Central de San Isidro a cargo de la empresa Lepak SRL, adjudicataria de la
Licitación Pública N° 16/2011, incremento a aplicar sobre el valor de los servicios
resultantes de lo dispuesto en el Decreto N° 1985/2017 y devengados a partir del mes de
setiembre de 2017, en un todo de acuerdo con el informe de la Comisión Asesora
Permanente de Licitaciones Públicas obrante a fojas 91 a 109.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
169
Ref.: Expte. N° 16122-S-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 8
VISTO la nota obrante a fojas 1 de estos
actuados presentada por el Comité de Docencia e Investigación del Hospital Central de
San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”; y
Considerando:
QUE en la misma da cuenta de la realización
de las “Jornadas Hospitalarias”, a llevarse a cabo el día 30 del noviembre del corriente
año, de 11:00 a 12:30 horas y el día 1° de diciembre de 2017 en el horario de 08:30 horas
a 12:30 horas en el Aula Magna del citado centro asistencial;
QUE durante el desarrollo de dicho evento
una importante cantidad de destacados profesionales de la salud expondrán diversas
conferencias acerca de distintas patologías que afectan a una parte de la población en
general;
QUE por todo lo expuesto, este Departamento
Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del
acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal las “Jornadas Hospitalarias”, a llevarse
************* a cabo el día 30 del noviembre del corriente año, de 11:00 a 12:30 horas
y el día 1° de diciembre de 2017 en el horario de 08:30 horas a 12:30 horas en el Aula
Magna del Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, organizadas por el
Comité de Docencia e Investigación del citado centro asistencial.-
ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente partida del
Presupuesto General de Gastos pertinente.-
170
Ref.: Expte. N° 16122-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
171
Ref.: Expte. Nro. 15292-C-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de Noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 7 9
VISTO la nota presentada por el "CIRCULO
DE AJEDREZ DE VILLA MARTELLI - FILIAL SAN ISIDRO; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado a solventar los gastos que demande la participación de la Campeona
Argentina de Ajedrez Sub 14 Femenina Anapaola Borda Rodas en la Olimpiada Mundial
de Ajedrez sub 16, que se realizará en la Ciudad de Ahmedabad de la India, del 10 al 20
de Diciembre de 2017;
QUE los gastos antes mencionados abarcarán
pasajes, alojamiento, alimentación, inscripción, acreditación y transporte a sala de juego;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SETENTA
Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($ 74.825), con oportuna rendición
de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por el "CIRCULO DE AJEDREZ DE VILLA MARTELLI - FILIAL
SAN ISIDRO”, por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS
VEINTICINCO ($ 74.825), destinado a solventar los gastos que demande la participación
de la Campeona Argentina de Ajedrez Sub 14 Femenina Anapaola Borda Rodas en la
Olimpiada Mundial de Ajedrez sub 16, que se realiza en la Ciudad de Ahmedabad de la
India del 10 al 20 de Diciembre de 2017, con oportuna rendición de cuentas en un plazo
de noventa (90) días corridos.-
172
Ref.: Expte. Nro. 15292-C-2017.-
//…
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto
************* reglamentario Nro.1444/85.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de gastos pertinente.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
173
Ref.: Expte. Nro. 14162-B-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de Noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 0
VISTO la nota presentada por la “SOCIEDAD
DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ISIDRO”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado al mantenimiento de edificios, móviles, herramientas, equipos y
pago de servicios y haberes del personal de los tres cuarteles, correspondientes al mes de
Septiembre;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS
TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000), con oportuna rendición de cuentas en
un plazo de noventa (90) días corridos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por la “SOCEIDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN
ISIDRO”, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000),
destinado al mantenimiento de edificios, móviles, herramientas, equipos y pago de
servicios y haberes del personal de los tres cuarteles correspondientes al mes de
Septiembre, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días
corridos.-
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
174
Ref.: Expte. Nro. 14162-B-2017.-
//…
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de gastos pertinente.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
175
Ref. Expte. Nº 15910-P-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 1
VISTO la renuncia presentada por la Doctora
Virginia Ubalda STELLA (Legajo Nº 7510), a efectos de acogerse al beneficio
jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 30 de noviembre de
2017, obrante a foja 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10º
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la
trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este
caso el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 1º
de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad de la
beneficiaria;
QUE la Doctora Virginia Ubalda STELLA, se
encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Virginia Ubalda STELLA
************* (Legajo Nº 7510), M.I. Nº 11.677.655 Clase 1955, al cargo y función de
Juez de Faltas (J:1.1.1.0.01.000 - C:34 - O:1.1.1.01) y funciones en el Juzgado Municipal
Nº 1 incluida en los alcances de los artículos 15º “Bonificación Disposición Permanente”
(80%) y 17º “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%) de la Ordenanza Nº
8919, a partir del 30 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
176
Ref. Expte. Nº 15910-P-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex
************* trabajadora Virginia Ubalda STELLA (Legajo Nº 7510), que pasa a
formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines
previsionales a partir del 1º de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio
jubilatorio.-
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $ 122.900 (pesos ciento
veintidós mil novecientos).-
ARTÍCULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo
************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
177
Ref. Expte. Nº 15911-D-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 2
VISTO el Decreto N° 2781 de fecha 28 de
noviembre; y
Considerando:
QUE por el citado acto administrativo se ha
aceptado la renuncia de la Doctora Virginia Ubalda STELLA, a efectos de acogerse a los
beneficios de la jubilación ordinaria a partir del 1° de diciembre del corriente año;
QUE dicha profesional, de reconocida y
amplia trayectoria en el Partido, ha venido desempeñándose en distintos cargos en el
Juzgado de Faltas de San Isidro desde hace más de cuarenta años;
QUE habiendo ejercido funciones
administrativas en dicha área a partir del año 1977, pasó a ocupar el cargo de Secretaria
interina en el año 1986, siendo designada efectivamente en tal cargo a inicios del año
1990; posteriormente fue nombrada Jueza de Faltas interina, hasta su nombramiento
efectivo en dicho cargo a principios del año 2015;
QUE su designación como Jueza a cargo del
Tribunal de Faltas de este Municipio se efectuó con acuerdo del Honorable Concejo
Deliberante por Ordenanza N° 8810, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N°
8751/77 y sus modificatorias;
QUE la designación del reemplazante de la
Dra. Virginia Stella requiere de una minuciosa elección de los posibles postulantes, atento
la entidad del cargo a ocuparse, ello más allá del debido respeto al procedimiento a seguir
a esos efectos, lo cual también se ve agravado por la inminente culminación de las
sesiones del Honorable Concejo Deliberante para este año;
QUE lo expuesto precedentemente se
contrapone con la imperiosa necesidad de mantener el normal funcionamiento de ambos
juzgados durante la época estival, sobre todo cuando uno de ellos se encuentra afectado
por la sobrecarga que implicó la instauración del sistema de fotomultas;
QUE le experiencia, dedicación y compromiso
laboral asumido por la Dra. Virginia Stella durante toda su amplia trayectoria de servicio
en la Comuna, hacen que su continuidad en carácter de Ad-Honorem sea bienvenida ello
sin perjuicio de someter tal decisión al acuerdo del Honorable Concejo Deliberante, razón
178
Ref. Expte. Nº 15911-D-2017.-
//…
por la cual se procede a dictar el presente acto ad-referéndum de la decisión del
Departamento Deliberativo pues, aunque haya sido designada con tal acuerdo, el hecho
material de la renuncia podría generar eventuales discordancias sobre el punto;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Designar a la Doctora Virginia Ubalda Stella (Legajo N° 7510), a partir
************* del 1° de diciembre de 2017, con carácter de ad-honorem y funciones de
Juez del Tribunal de Faltas.-
ARTÍCULO 2º.- La presente designación se dicta ad-referéndum de lo que disponga
************* oportunamente el Honorable Concejo Deliberante y está exenta de
retribución y no da derecho a reclamos posteriores.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
179
Ref. Expte. Nº 15912-P-2017.-
SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 3
VISTO la renuncia presentada por el
Arquitecto Oscar Alberto DESANTO (Legajo Nº 16868), a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 30 de
noviembre de 2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10º
in-ciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador
a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo, en este caso el
importe correspondiente al sesenta y cinco (65%) de sus haberes, a partir del 1º de
diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad del
beneficiario;
QUE el Arquitecto Oscar Alfredo DESANTO,
se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Arquitecto Oscar Alfredo
************* DESANTO (Legajo Nº 16868), M.I. Nº 11.299.372, Clase 1954, con
Categoría 16 (J:1.1.1.01.03.000-C:36-O:1.1.1.02), y funciones de Director General,
incluido en los alcances de los artículos 14º “Bonificación Mayor Dedicación Horaria”
(23%), 17º “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%) y 18º párrafo 14, todos
ellos de la Ordenanza Nº 8919, a partir del 30 de noviembre de 2017, a efectos de
acogerse al beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
180
Ref. Expte. Nº 15912-P-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex
************* trabajador Oscar Alfredo DESANTO (Legajo Nº 16868), que pasa a
formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los
fines previsionales a partir del 1º de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el
beneficio jubilatorio.-
El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $60.559 (pesos sesenta
mil quinientos cincuenta y nueve).-
ARTÍCULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo
************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
181
Ref.: Expte. Nro. 17002 -D-2016.-
SAN ISIDRO, 29 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 4
VISTO el pedido de Suministro Nro. 700-
2134/2017; y
Considerando:
QUE como consecuencia de aquel se efectuó
el pertinente llamado a Licitación Pública Nº 13/2017, autorizado mediante Decreto Nro.
128/2017.-
QUE la Comisión Asesora para la
Adjudicación de Licitaciones Públicas aconseja a fojas 158 proceder a la realización de
un segundo llamado, atento que del análisis de las ofertas presentadas resultó un único
oferente admisible;
QUE en consecuencia, se desestimó la oferta
correspondiente y realizó el segundo Llamado a la Licitación Pública Nº 13/2017
mediante Decretos Nº 1846/2017 y 1911/2017;
QUE realizada la apertura de las ofertas
presentadas, la mentada Comisión Asesora informa a fojas 332 que todos los oferentes se
ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, aconsejando proceder a la
adjudicación a la propuesta más conveniente para la Comuna;
QUE por lo expuesto, conforme surge del
informe obrante a fojas 335, corresponde proceder al dictado del acto administrativo
pertinente.
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- ADJUDICAR a la firma ADOX S.A., con domicilio en la calle Cerrito
************* N° 1225 del Partido de Ituzaingó, la Licitación Pública N° 13/2017,
correspondiente a la contratación del “SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS PARA
LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS DEL HOSPITAL CENTRAL DE SAN
ISIDRO, EL HOSPITAL MATERNO INFANTIL Y EL HOSPITAL CIUDAD DE
BOULOGNE”, a partir del 1° de diciembre de 2017 y por el término establecido por el
Pliego de Bases y Condiciones, por un importe mensual de PESOS TRESCIENTOS
DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON UN CENTAVO
($318.476,01).-
182
Ref.: Expte. Nro. 17002 -D-2016.-
//..
ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6,
Categoría Programática 27-28 y 29, Objeto del Gasto 3.2.2, del Presupuesto General de
Gastos pertinentes.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESP
Y
LEGISL L.F
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
183
Ref. Expte. Nº 13422-P-2012.-
SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 5
VISTO los actuados obrantes en el presente
expediente; y
Considerando:
QUE en virtud de ello, se deberá excluir a la
Licenciada Paula Jimena JORGE (Legajo N° 57361), de los alcances del artículo 14° de
la Ordenanza Nº 8919, e incluirla en los alcances del artículo 15º de la misma Ordenanza,
a partir del 1º de octubre de 2017;
QUE procede en consecuencia a proyectar el
acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Excluir de los alcances del artículo 14º de la Ordenanza Nº 8919,
************* “Bonificación por Mayor Dedicación Horaria” (23%), a la Licenciada
Paula Jimena JORGE (Legajo N° 57361), con funciones de Directora en el Centro
Facilitador de Aprendizaje, a partir del 1º de octubre de 2017.
ARTÍCULO 2º.- Incluir en los alcances del artículo 15º de la Ordenanza Nº 8919,
************* “Bonificación por Disposición Permanente” (46%), a la Licenciada
Paula Jimena JORGE (Legajo N° 57361), a partir del 1º de octubre de 2017.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
184
Ref. Expte. Nº 12782-P-2017.-
SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 6
VISTO los actuados obrantes en el presente
expediente; y
Considerando:
QUE existen cargos vacantes en el
presupuesto de gastos vigente;
QUE el trabajador Guillermo Adolfo CERVI
(Legajo Nº 53718), por su antigüedad y concepto laboral es merecedor de una
promoción;
QUE procede en consecuencia a proyectar el
acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Promover a partir del 1º de noviembre de 2017, al trabajador Guillermo
************* Adolfo CERVI (Legajo Nº 53718), de su actual categoría 12
(J:1.1.1.01.01.000 -C:01.11 - O:1.1.1.05) a la categoría 13, con funciones administrativas
en la Dirección de Tasas Varias.-
ARTÍCULO 2º.- Incluir en los alcances del artículo 15º “Bonificación Disposición
************* Permanente” (46%), de la Ordenanza Nº 8919, a partir del 1º de
noviembre de 2017.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
185
Ref. Expte. Nº 16415-P-2017.-
SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 7
VISTO la renuncia presentada por el
Arquitecto Sergio Godofredo CESIO (Legajo Nº 11.675), a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 1º de
diciembre de 2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10º
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE, de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador
a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo un importe mensual
en este caso correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, como anticipo de
su jubilación y hasta que le sea otorgado el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad del
beneficiario;
QUE el Arquitecto Sergio Godofredo CESIO,
se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Aceptar a partir del 1º de diciembre de 2017, la renuncia presentada
************* por el Arquitecto Sergio Godofredo CESIO (Legajo Nº 11.675), M.I.
Nº 5.099.338, Clase 1.948, con categoría 15 (percibiendo diferencia a categoría 16) -
(J:1.1.1.01.07.000.-C:01.01.-O:1.1.1.02.), incluido en los alcances del artículo 15º
“Bonificación Disposición Permanente” (46 %) y 17º “Bonificación Personal Superior y
Jerárquico” (18 %), ambos de la Ordenanza Nº 8919, y funciones de Director General, en
Viviendas – Secretaría de Obras Públicas, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
186
Ref. Expte. Nº 16415-P-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex traba-
************* jador Sergio Godofredo CESIO (Legajo Nº 11.675), que pasa a formar
parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe mensual de
$80.540 (pesos ochenta mil quinientos cuarenta) correspondiente al setenta por ciento
(70%) de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 2º de diciembre
de 2017, y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio, como anticipo de su jubilación y
con cargo de reintegro.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
187
Ref. Expte. Nº 16416-P-2017.-
SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 8
VISTO la renuncia presentada por el
trabajador Francisco Angel SPINELLI (Legajo Nº 16.669), a efectos de acogerse al
beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 1º de
diciembre de 2017, obrante a fojas 1; y
Considerando:
QUE atento a lo normado por el Artículo 10º
inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se
deberá aceptar la misma;
QUE de acuerdo con lo establecido por el
artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador
a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo un importe mensual
en este caso correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, como
anticipo de su jubilación y hasta que le sea otorgado el beneficio jubilatorio;
QUE ello requiere la conformidad del
beneficiario;
QUE el trabajador Francisco Angel
SPINELLI, se encuentra en las condiciones antedichas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Aceptar a partir del 1 de diciembre de 2017, la renuncia presentada por
************* el trabajador Francisco Angel SPINELLI (Legajo Nº 16.669), M.I. Nº
8.237.512, Clase 1.949, con categoría 15 - (J:1.1.1.01.01.000.-C:01.09.- O:1.1.1.02.)
incluido en los alcances del artículo 14º “Bonificación Mayor Dedicación Horaria” (23%)
y 17º “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%), ambos de la Ordenanza Nº
8919 y funciones de Delegado General, en la Delegación Boulogne Bajo, a efectos de
acogerse al beneficio jubilatorio.-
ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa
************* trayectoria laboral.-
188
Ref. Expte. Nº 16416-P-2017.-
//…
ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex
************* trabajador Francisco Angel SPINELLI (Legajo Nº 16.669), que pasa a
formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe
mensual de $32.577 (pesos treinta y dos mil quinientos setenta y siete) correspondiente al
sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los fines previsionales, a
partir del 2 de diciembre de 2017, y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio, como
anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de
************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un
ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-
ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
189
Ref. Expte. Nº 2014-D-2012 y otros.
SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 8 9
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener
el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención
de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se
hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes
responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que
a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,
indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes
individuales de los beneficiarios.
1.- Expte. Nº 2014/2012 – Cuenta corriente Nº 841.371 – Neuquén Nº 2236- Beccar.-
2.- Expte. Nº 4343/2017 - Cuenta corriente Nº 750.217 – Los Patos Nº 2.240 –
Beccar.-
3.- Expte. Nº 7518/2013 - Cuenta corriente Nº 370.849 – San Lorenzo Nº 1.767
Martínez.-
190
Ref. Expte. Nº 2014-D-2012 y otros.
//…
4.- Expte. Nº 3569/2016 – Cuenta corriente Nº 631.902 – Catorce de Julio Nº 341-
Boulogne.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
191
Ref.: Expte .Nro. 13735-D-2017
SAN ISIDRO, 29 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 0
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº.
600-748/2017;
QUE como consecuencia de aquél se efectuó
el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 332/2017, autorizado mediante Decreto Nro.
2591/2017;
QUE la Dirección General de Compras realizó
la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 222,
solicitando a fojas 224 la Secretaría de Obras Públicas la adjudicación a la oferta más
conveniente para la Comuna;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a XYLEM WATER SOLUTIONS ARGENTINA
************** S.A., con domicilio en Ruta Panamericana Km 24,5 24.625, de la
localidad de Don Torcuato, Partido de Tigre, la provisión de “ELECTROBOMBA
SUMERGIBLE Y DOS TABLEROS ELÉCTRICOS DE ALIMENTACIÓN PARA LA
ESTACIÓN DE BOMBEO EN EL BAJO SAN ISIDRO”, por un monto total de PESOS
QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS
($563.466,00).-
ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes a la Partida
Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría
Programática 24.79, Objeto del Gasto 4.3.1, del Presupuesto General de Gastos
pertinentes.-
192
Ref.: Expte .Nro. 13735-D-2017
//…
ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION L.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
193
Ref.: Expte .Nro. 14544-S-2017
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 1
VISTO la nota presentada por la “SOCIEDAD
GREMIAL DE VAREADORES”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado a solventar los costos que demanda la transformación del sistema de
iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo
energético;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SESENTA
Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON SESENTA CENTAVOS
($ 68.932,60), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días
corridos;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1°.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************** por la “SOCIEDAD GREMIAL DE VAREADORES”, por la suma de
PESOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON SESENTA
CENTAVOS ($ 68.932,60), destinado a solventar los costos que demanda la
transformación del sistema de iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual
permitirá reducir el consumo energético, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo
de noventa (90) días corridos.-
ARTÍCULO 2°.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************** debidamente autorizada/s a tal efecto.-
194
Ref.: Expte .Nro. 14544-S-2017
//…
ARTÍCULO 3°.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de gastos pertinente.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION L.F.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
195
Ref.: Expte .Nro. 14161-C-2017
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 2
VISTO la nota presentada por el “CLUB
ATLÉTICO Y SOCIAL VILLA ADELINA”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado a solventar los costos que demanda la transformación del sistema de
iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo
energético;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO
ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS
($ 111.734,40), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días
corridos;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1°.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por el “CLUB ATLÉTICO Y SOCIAL VILLA ADELINA”, por la
suma de PESOS CIENTO ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON
CUARENTA CENTAVOS ($ 111.734,40), destinado a solventar los costos que demanda
la transformación del sistema de iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual
permitirá reducir el consumo energético, con oportuna rendición de cuentas en un plazo
de noventa (90) días corridos.-
ARTÍCULO 2°.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************** debidamente autorizada/s a tal efecto.-
196
Ref.: Expte .Nro. 14161-C-2017
//…
ARTÍCULO 3°.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de gastos pertinente.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
197
Ref.: Expte. Nro. 14566-E-2017.-
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 3
VISTO la nota presentada por la "SOCIEDAD
DE FOMENTO 9 DE JULIO”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado a solventar los costos que demanda la transformación del sistema de
iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo
energético;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO
CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE CON CINCUENTA Y
CUATRO CENTAVOS ($ 154.720,54), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de
noventa (90) días corridos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por la "SOCIEDAD DE FOMENTO 9 DE JULIO”, por la suma de
PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE CON
CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 154.720,54), destinado a solventar los costos
que demanda la transformación del sistema de iluminación de la entidad a tecnología
LED, lo cual permitirá reducir el consumo energético, con oportuna rendición de cuentas
en un plazo de noventa (90) días corridos.-
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto
************* reglamentario Nro.1444/85.-
198
Ref.: Expte. Nro. 14566-E-2017.-
//…
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de gastos pertinente.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION A.P.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
199
Ref. Expte. Nro. 5465-C-2017
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 4
VISTO la nota presentada por el “CENTRO
DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD EL HARAS”; y
Considerando:
QUE la presentante solicita un apoyo
económico destinado a solventar los gastos correspondientes al alquiler de la propiedad
donde funciona la entidad, abono de impuestos y servicios, gastos administrativos y de
mantenimiento de cuenta bancaria, además de aquellas erogaciones referentes a artículos
de limpieza, mantenimiento general del establecimiento y viáticos de miembros de la
organización;
QUE la Subsecretaría de Niñez Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TREINTA
Y SEIS MIL ($ 36.000) pagadero en dos (2) cuotas iguales de PESOS DIECIOCHO
MIL ($ 18.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por el “CENTROS DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA
EDAD EL HARAS” por la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000)
pagadero en dos (2) cuotas iguales de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000) cada una,
destinado a solventar los gastos correspondientes al alquiler de la propiedad donde
funciona la entidad, abono de impuestos y servicios, gastos administrativos y de
mantenimiento de cuenta bancaria, además de aquellas erogaciones referentes a artículos
de limpieza, mantenimiento general del establecimiento y viáticos de miembros de la
organización, con oportuna rendición de cuentas en el plazo de noventa (90) días
corridos.-
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
200
Ref. Expte. Nro. 5465-C-2017
//…
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
201
Ref. Expte. Nro. 14006-E-2017
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 5
VISTO la nota presentada por “EPAMM
(Equipo de Prevención del Abuso y del Maltrato en Menores y Discapacitados)
ASOCIACIÓN CIVIL”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado a solventar los gastos de realización de un cortometraje que será
presentado en eventos internacionales, el cual versará sobre las diferentes problemáticas
con las que trabaja la entidad;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TREINTA
MIL ($ 30.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días
corridos;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por
************* “EPAMM (Equipo de Prevención del Abuso y del Maltrato en Menores
y Discapacitados)”, por la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000), destinado a
solventar los gastos de realización de un cortometraje que será presentado en eventos
internacionales, el cual versará sobre las diferentes problemáticas con las que trabaja la
entidad, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.-
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
202
Ref. Expte. Nro. 14006-E-2017
//…
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
203
Ref. Expte. Nº 10663-A-2008 y otros.
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 6
VISTO lo actuado en los cuerpos legales
mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando
los informes técnicos en cada uno de ellos; y
Considerando:
QUE en todos los casos, los beneficiarios son
jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el
artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;
QUE en cada solicitud se verifican los
presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del
mencionado artículo;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios
************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren
abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables
encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a
continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando
en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los
beneficiarios.
1.- Expte. Nº 10663/2008 – Cuenta corriente Nº 522.303 – Pichincha Nº 1346 –- Villa
Adelina.-
2.- Expte. Nº 7795/2006 - Cuenta corriente Nº 530.658 – Rioja Nº 725 – Boulogne.-
3.- Expte. Nº 12898/2008 - Cuenta corriente Nº 613.224 – B.S.I. ESC. 99 – P.B. Dpto.
“B” - Boulogne.-
204
Ref. Expte. Nº 10663-A-2008 y otros.
//…
4.- Expte. Nº 3205/1999 – Cuerpo 2 - Cuenta corriente Nº 822.417 – Washington Nº
253 – P.B. - fondo - Beccar.-
5.- Expte. Nº 7998/2000 - Cuerpo 2 – Cuenta corriente Nº 720.774 – Posadas Nº
2566 – Beccar.-
6.- Expte. Nº 3047/2008 – Cuenta corriente Nº 411.785 – Puerto Rico Nº 2475 –
Martínez.-
7.- Expte. Nº 5960/2006 – Cuenta corriente Nº 770.833 – Uspallata Nº 1850 –
Beccar.-
8.- Expte. Nº 1469/1998 – Cuerpo 2 – Cuenta corriente Nº 530.404 – Gorriti Nº 1328 -
Boulogne.-
9.- Expte. Nº 11054/1999 – Cuerpo 2 – Cuenta Corriente Nº 373.079 – Castro Barros
Nº 1542 – P.B. Dpto. “B” - Martínez.-
10.- Expte. Nº 10557/2000 - Cuenta corriente Nº 383.329 – San Lorenzo Nº 1923 –
P.B. “2” - Martínez.-
ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección
************* de Tasas Inmobiliarias.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
ms
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
205
Ref. Expte. Nro. 11369-D-2017
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 7
VISTO la nota presentada por el “CLUB DE
LEONES DE BOULOGNE”; y
Considerando:
QUE la presentante solicita un apoyo
económico destinado a solventar los gastos de mantenimiento de las actividades del jardín
Maternal que dirige la mentada institución, al que concurren cincuenta y cinco (55) niños
de familias carenciadas;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO
SESENTA MIL ($ 160.000), pagadero en cuatro (4) cuotas iguales de PESOS
CUARENTA MIL ($ 40.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental
************* por el “CLUB DE LEONES DE BOULOGNE”, por la suma de
PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000), pagadero en cuatro (4) cuotas iguales de
PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) cada una, destinado a solventar los gastos de
mantenimiento de las actividades del Jardín Maternal que dirige la mentada institución, al
que concurren cincuenta y cinco (55) niños de familias carenciadas, con oportuna
rendición de cuentas.-
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
206
Ref. Expte. Nro. 11369-D-2017
//…
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
LF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
207
Ref. Expte. Nro. 14543-O-2017
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 8
VISTO la nota presentada por la
“ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE LA ORQUESTA DE CONCIERTOS DE SAN
ISIDRO”; y
Considerando:
QUE la citada Institución solicita un apoyo
económico destinado a la compra de indumentaria para su Director, el maestro Hernán
Giotto, y la solista Alejandra Leuker;
QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y
Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DIEZ MIL
($ 10.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por
************* la “ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE LA ORQUESTA DE SAN
ISIDRO”, por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), destinado a la compra de
indumentaria para su Director, el maestro Hernán Giotto, y la solista Alejandra Leuker,
con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.-
ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s
************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-
ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto
************* reglamentario Nro. 1444/85.-
ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida
correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
208
Ref. Expte. Nro. 14543-O-2017
//…
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AP
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
209
Ref.: Expte. Nº 13774-C-2017.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 7 9 9
VISTO la presentación efectuada por los Sres.
Hugo Javier Castiglione y Marcela María Corvalán Jofré, en su carácter de propietarios y
el Ingeniero Carlos Lerner en su carácter de profesional actuante, respecto a la factibilidad
de realizar la regularización edilicia de la vivienda unifamiliar existente, en el inmueble
designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 65, Parcela 8a,
ubicado con frente a la calle Acassuso N° 920 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de
este Partido; y
Considerando:
QUE el predio se ubica en Zona Rm1-Radio 7
conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo lo solicitado de
tratamiento particular por las oficinas técnicas;
QUE si bien no se registran antecedentes en
el Archivo Técnico municipal dada la antigüedad de la construcción, obra la valuación
catastral de ARBA con fecha de construcción de 1920 y en las hijuelas catastrales se
designa la antigüedad de la construcción de la vivienda en 1941;
QUE si bien se trata de una edificación
existente de antigua data que se apoya sobre Línea Municipal en ambos pisos, lo mismo
no provocaría desajustes urbanos en su entorno debido a la configuración edilicia de la
cuadra y los predios linderos, por lo que se estima posible lo solicitado en interpretación
del artículo 1.2.1.4.1. apartado B, inciso 5, ítem h del Código de Ordenamiento Urbano;
QUE además, resulta de aplicación el artículo
1.2.2.1. inciso 9 ítem a, dado que se trata de una vivienda con una superficie de parcela
inferior a 200 m²;
QUE, por lo expuesto, los organismos
técnicos que elaboraron los informes de fojas 56/57, opinan que, con el cumplimiento de
los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad
consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede
el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
210
Ref.: Expte. Nº 13774-C-2017.-
//…
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Hacer saber a los Sres. Hugo Javier Castiglione y Marcela María
************* Corvalán Jofré, en su carácter de propietarios, que se autoriza la
regularización edilicia de la vivienda unifamiliar existente, en el inmueble designado
catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 65, Parcela 8a, ubicado con
frente a la calle Acassuso N° 920 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido,
según documentación de fojas 4, convenientemente corregida.-
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al
************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales y
administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se
detallan:
A. Condiciones Urbanísticas:
A1. Cumplir con los valores de FOS, FOT, Altura Máxima, Plano Límite y Fondo Libre,
conforme lo dispuesto en Hoja de Zona.
A2. Terreno Absorbente. Verificará el veinte por ciento (20%) de la superficie de la
parcela.
B. Condiciones Ambientales:
B1. Tratamiento Urbano Externo:
- Las veredas cumplirán lo reglamentado por el Código de Edificación de San
Isidro.
- Se preservará la forestación existente en la vía pública, en cumplimiento de la
Ordenanza N° 6610 y lo estipulado en el Decreto N° 501/10.
C. Condiciones Administrativas:
211
Ref.: Expte. Nº 13774-C-2017.-
///…
C1. Se verificará la demolición del sector de galería semi-cubierta observado en
fotografías de fojas 12 y 52, previo al otorgamiento del plano aprobado.
C2. Cumplimentará las demás disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y
Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial
y/o municipal, resulten de aplicación.
C3. Se transcribirán en el Plano de Regularización Edilicia todos los condicionantes
urbanísticos, ambientales y administrativos.
ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de
************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los
Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24°
apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de
************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado
toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez
212
Ref.: Expte. Nº 5417-B-2012.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 0
VISTO el Decreto N° 1674/2012 por el cual
se autorizó la construcción de un Local Comercial en el inmueble designado
catastralmente como Circunscripción VII, Sección H, Manzana 1, Parcela 5, ubicado con
frente a la Avenida Juan Segundo Fernández N° 1246 de la ciudad de San Isidro,
jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE a fojas 63 los interesados solicitan que,
habiéndose ejecutado los baños conforme al Plano de Permiso de Construcción aprobado
por Expediente N° 386/14, se acepte la ubicación de los mismos en el entrepiso, atento el
uso previsto para el local;
QUE a fojas 67, la Dirección General de
Ordenamiento Urbano considera que puede admitirse lo solicitado, atento que los
sanitarios ubicados en el entrepiso son de uso exclusivo del personal, sin acceso al
público, debiendo modificarse el Artículo 2°, apartado C, inciso 4 del Decreto
mencionado precedentemente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 2°, apartado C, inciso 4 del Decreto N°
************* 1674/2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 2°.-
C4. Local: el acceso de público será al Local de Planta Baja. Se podrán ubicar los
sanitarios en el entrepiso, que tendrá como destino Anexo Local”.-
ARTÍCULO 2°.- Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes
************* disposiciones del Decreto N° 1674/2012.-
213
Ref.: Expte. Nº 5417-B-2012.-
//…
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez
214
Ref.: Expte. N° 1204-V-1986 y agregados.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 1
VISTO el Decreto n° 251/1963 obrante a fojas
5, por el cual se adjudicó a perpetuidad la bóveda ubicada en el Lote n° 2, Sección 12,
Fracción 3 del Cementerio Central de San Isidro, a nombre de los Sres. Susana Morillo de
Marini y Manuel León Morillo; y
Considerando:
QUE por Decreto N° 2729/1986, obrante a
fojas 22 se inscribió a perpetuidad el cincuenta por ciento (50%) correspondiente al Sr.
Manuel León Morillo a favor de la Sra. Susana Morillo de Marini, por transferencia que
le hiciere la Sra. Zulema Vivié de Morillo;
QUE la Dirección de Cementerios solicita
acceder a lo peticionado;
QUE a fojas 45/48 se acompaña Oficio
Judicial de inscripción de la mencionada bóveda a favor de la Sra. Ana María Gallegos de
Leonardi, DNI N° 1.661.686, librado en los autos caratulados “MORILLO SUSANA
MALVINA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (Expte. N° 77817/15), que tramitó por
ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 73;
QUE por lo expuesto, corresponde el dictado
del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Inscribir a perpetuidad a nombre de la Sra. Ana María Gallegos, DNI N°
************* 1.661.686, la bóveda ubicada en el Lote 2, Sección 12, Fracción 3 del
Cementerio Central de San Isidro.-
ARTÍCULO 2°.- La Dirección de Cementerios notificará el presente y dará comunicación
************* del mismo a la Administración del Cementerio Central de San Isidro.-
ARTÍCULO 3°.- Cumplido, gírese a la Dirección General de Rentas, quien por
************* intermedio de las dependencias pertinentes, deberá liquidar los
Derechos de Cementerio a abonarse.-
215
Ref.: Expte. N° 1204-V-1986 y agregados.-
//…
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
216
Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 2
VISTO la presentación efectuada por la
Asociación Civil Barrio Parque Náutico “Boating Club”, en su carácter de propietario y el
Maestro mayo de Obras Héctor Daniel Gallo, en su carácter de profesional actuante,
respecto a la factibilidad de realizar la demolición parcial y ampliación de la edificación
existente con destino “Oficina y Depósito”, en el inmueble designado catastralmente
como Circunscripción VIII, Sección A, Fracción IV, Parcela 55b, ubicado con frente a la
calle Presidente Roca N° 885 esquina Pedro de Mendoza, de la ciudad de Beccar,
jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE el predio se ubica en Zona RbPN-Radio
1 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo lo solicitado de
tratamiento particular por las oficinas técnicas;
QUE se plantea la demolición de un sector de
la construcción localizada sobre el retiro lateral con frente a la calle Roca, mejorando la
situación con el predio lindero y manteniendo el sector ubicado hacia el fondo con el uso
“Sanitarios” en Planta Baja y “Oficinas” en Planta Alta, para ser destinados al uso interno
del Barrio Náutico;
QUE la propuesta ha sido evaluada desde el
punto de vista de la normativa vigente, considerando que los usos se encuentran
aprobados por Expediente N° 186/88;
QUE, por lo expuesto, los organismos
técnicos que elaboraron los informes de fojas 90/91, opinan que, con el cumplimiento de
los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad
consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede
el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
217
Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-
//…
ARTÍCULO 1°.- Hacer saber a la Asociación Civil Barrio Parque Náutico “Boating
************* Club”, en su carácter de propietario, que se autoriza la demolición
parcial y ampliación de la edificación existente con destino “Oficina y Depósito” en el
inmueble designado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección A, Fracción IV,
Parcela 55b, ubicado con frente a la calle Presidente Roca N° 885 esquina Pedro de
Mendoza de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, según documentación de
fojas 6/7, convenientemente corregida.-
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al
************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de
funcionamiento y administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a
continuación se detallan:
A. Condiciones Urbanísticas:
A.1. Se deberán verificar los indicadores urbanísticos de FOS, FOT, Retiro de Frente,
Retiros Laterales, Altura Máxima y Plano Límite, conforme a lo determinado para la
Zona RbPN.
En aplicación del punto 2.5 de la Hoja de Zona, la altura máxima se tomará a partir
del nivel del terreno ± 0,00 metros, en el lugar donde se asienta la construcción
(Centro Geométrico de la Planta), debiéndose incluir en los planos a presentar. Por
encima de los planos indicados por dicho punto, se permitirá la ubicación de
instalaciones complementarias, las cuales deberán ser tratadas arquitectónicamente a
fin de armonizar con la construcción principal.
El nivel del terreno podrá modificarse en tanto se ajuste a lo establecido por el punto
2.10 de la Hoja de Zona, debiendo indicarse en los planos a presentar.
A.2. Fondo Libre: el mismo quedará establecido en 20,00 metros, medidos sobre el eje
noroeste (límite con el contrafrente de la vivienda lindera) y 10,37 metros sobre el
eje sudoeste.
A.3. Terreno/Superficie Absorbente: verificará el treinta y cinco por ciento (35%), como
mínimo, de la superficie de la parcela.
Deberá incluirse croquis y cálculo en plano.
218
Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-
///…
A.4. Estacionamiento Vehicular: verificará cuatro (4) módulos de estacionamiento y lo
establecido en el artículo 1.2.2.1. inciso 4 del Código de Ordenamiento Urbano, en
lo que respecta al acceso y egreso de los vehículos en el predio.
B. Condiciones Ambientales:
B.1. Aceras Públicas. se ejecutarán conforme a lo reglamentado por el Código de
Edificación de San Isidro. Las veredas no perderán su continuidad en
correspondencia con los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con
rampas reglamentarias señalizadas.
B.2. Forestación: como principio general, se deberá respetar la forestación existente
dentro del predio y en la vía pública.
en caso de ser necesario reemplazar algún ejemplar por razones que así lo
justifiquen, la solicitud deberá ser analizada particularmente en el marco de lo
dispuesto por el artículo 1.2.1.17. inciso B del Código de Ordenamiento Urbano, la
Ordenanza N° 6610 y el Decreto Reglamentario N° 501/10, debiendo iniciar el
correspondiente expediente.
B.3. Los cercos de frente y divisorios de predios recibirán tratamiento particular
conforme lo establecido por el punto 2.14 de la Hoja de Zona.
B.4. Consideraciones Generales para la Etapa de Obra: se deberá dar cumplimiento a lo
establecido por el artículo 5.1.2.2. del Código de Edificación de San Isidro,
reglamentado por los Decretos Nros. 1617/14 y 1618/14, relativos a las
consideraciones generales para la etapa de obra.
Se encuentra totalmente prohibido el arrojo de cualquier residuo proveniente de la
obra o de camiones transportadores a la vía pública, redes pluviales, alcantarillas y
redes cloacales, entre otros, debiendo instrumentar los medios para su desecho
dentro del predio y su posterior retiro.
Los volquetes se deberán ajustar a lo dispuesto por la Ordenanza N° 7707.
C. Condiciones de Funcionamiento:
C.1. Se deja constancia que los usos “Oficina, Depósito y Taller” serán de uso interno
exclusivo para la Asociación Civil del Barrio Parque Náutico “Boating Club” para el
219
Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-
////…
mantenimiento y limpieza de los sectores urbanísticos y náutico de uso público
dentro del barrio.
C.2. En lo que respecta al movimiento vehicular (carga y/o descarga de insumos,
estacionamiento de vehículos, etc.), deberán siempre permanecer dentro del predio,
no pudiendo ocupar la vía pública.-
Se evitará la generación de ruidos y molestias por las actividades, prohibiéndose las
labores en horarios nocturnos.
D. Condiciones Administrativas:
D.1. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y
Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial
y/o municipal, resulten de aplicación.
D.2. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Plano Conforme a Obra todas
las condiciones urbanísticas, ambientales, de funcionamiento y administrativas.
ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de
************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los
Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24°
apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de
************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado
toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez
220
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 3
ANULADO
221
Ref. Expte. N° 7734-E-2017.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 4
VISTO los presentes actuados por los cuales
se solicita una quita en los accesorios de la deuda correspondiente a la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, del inmueble ubicado en Luis María
Campos N° 2141 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, identificado
catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 139, Parcela 10; Cuenta
Corriente N° 610.462; y
Considerando:
QUE el solicitante es el titular de la propiedad
junto a su esposa;
QUE se encuentran tramitando la escritura del
inmueble, gestión que se halla pronta a ser concluida y necesitan obtener la liberación de
la deuda;
QUE ambos tienen una hija menor a su cargo;
QUE el Sr. Armando Escobar se desempeña
como taxista y su esposa consiguió empleo recientemente;
QUE los ingresos del hogar abastecen
solamente las necesidades básicas;
QUE les resulta imposible cancelar el total de
la deuda reclamada, no obstante abonan a resultas del presente el importe origen;
QUE la propiedad se halla emplazada en la
zona denominada “Bajo Boulogne”, región que ha sufrido inundaciones;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra
facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido
en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto
administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Eximir del pago de los accesorios por mora, correspondientes a la Tasa
************* Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el
inmueble ubicado en Luis María Campos N° 2141 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción
222
Ref. Expte. N° 7734-E-2017.-
///…
de este Partido, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A,
Manzana 139, Parcela 10; Cuenta Corriente N° 610.462, por el período 2011-6B hasta
2017/3A inclusive.-
ARTÍCULO 2°.- Tomar conocimiento las oficinas competentes de la Dirección General
************* de Rentas.-
ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta
223
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 5
ANULADO
224
Ref.: Expte. N° 16117-S-2017.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 6
VISTO la nota obrante a fojas 1 elaborada por
la Subsecretaría General de Cultura; y
Considerando:
QUE en la misma da cuenta de la realización
del evento “Villancicos”, a llevarse a cabo el día martes 19 de diciembre del corriente
año, en las escalinatas de la Catedral de San Isidro;
QUE el mismo consiste en el desarrollo de un
concierto navideño de acceso libre y gratuito para aquellos vecinos que deseen acercarse a
compartir un momento de celebración y encuentro familiar;
QUE cabe destacar que el citado evento puede
suspenderse por factores climáticos y/o ajenos a su parte organizativa, siendo
reprogramado en tal caso fuera de la fecha estipulada;
QUE por todo lo expuesto, este Departamento
Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del
acto administrativo pertinente, declarando de interés municipal el citado evento;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal la realización del evento “Villancicos”,
************* a llevarse a cabo el día martes 19 de diciembre del corriente año, en las
escalinatas de la Catedral de San Isidro.-
ARTÍCULO 2°.- El citado evento podrá suspenderse por factores climáticos y/o ajenos a
************* su parte organizativa, siendo en tal caso reprogramado fuera de la fecha
estipulada.-
ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente partida del
Presupuesto General de Gastos pertinente.-
225
Ref.: Expte. N° 16117-S-2017.-
//…
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
AL
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
226
Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11
SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 7
VISTO lo actuado en el presente expediente
administrativo; y
Considerando:
QUE el contrato con la empresa Benito
Roggio e Hijos S.A. –CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. – U.T.E., prestadora del Servicio
Complementario de Higiene Urbana para el Partido de San Isidro, adjudicataria en los
términos de la Licitación Pública Nº 17/2014, fue prorrogado mediante Decreto Nº
2512/2017;
QUE la Subsecretaria General de Espacio
Público solicita la ampliación de Servicios a Demanda, y la prórroga del Contrato hasta
el 31 de Marzo de 2018, como así manifiesta la necesidad de incorporar al Contrato
determinados servicios para la temporada de Verano, por las razones fundadas en su
Informe;
QUE la ampliación de los Servicios a
Demanda solicitada será de gran utilidad para mejorar el nivel de las prestaciones en
temporada de verano, precisándose camiones compactadores en cuatro turnos de 8 horas
cada uno para centros comerciales, avenidas y barrios de mayor demanda, camiones con
Grúa y Balde para levantamiento de podas, servicio adicional de lava-contenedores
complementarios para aumentar la frecuencia de desinfección durante el período estival,
lavados de aceras y calzadas en plazas públicas y centros comerciales y Camión
Desobstructor aspirador tipo Vactor, para limpieza integral de cuenca;
QUE por lo expuesto, la razonabilidad del
aumento de las prestaciones a cargo del contratista tiene por objeto responder a una serie
de necesidades que se plantean en la calidad de vida en la Comuna, entendiendo que con
la actual dotación de servicios no podrán ser atendidas con normalidad, más considerando
el notorio incremento acaecido en las solicitudes de prestaciones, las que adquieren
ambientalmente mayor importancia en época estival;
QUE asimismo, se aconseja efectuar una
prórroga de la presente prestación de servicios, hasta que se resuelva un nuevo llamado a
licitación pública;
227
Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11
//…
QUE por lo expuesto y teniendo en cuenta el
informe técnico de la Subsecretaria General de Espacio Público de fojas 80/83, es
necesario promover el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE la vigencia del Servicio Complementario de
************* Higiene Urbana para el Partido de San Isidro, adjudicado en los
términos de la Licitación Pública Nº 17/2014, a la empresa Benito Roggio e Hijos S.A. –
CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. – U.T.E, hasta el 31 de Marzo de 2018 o hasta que se
resuelva un nuevo llamado a licitación pública.-
ARTÍCULO 2º.- INCORPORASE al Servicio Complementario de Higiene Urbana
************* para el Partido de San Isidro, adjudicado en los términos de la Licitación
Pública Nº 17/2014, a la empresa Benito Roggio e Hijos S.A. – CLIBA Ingeniería
Ambiental S.A. – U.T.E, las siguientes tareas y servicios para los meses de Diciembre de
2017 al 31 de Marzo de 2018, según informe técnico de la Subsecretaria General de
Espacio Público de fojas 80/83 y el siguiente detalle:
a.- Camiones Compactadores
Cuatro turnos de 8 hs. por día de camión compactador, con la siguiente planificación de
Servicio:
-Un camión compactador, turno Mañana, de Lunes a Sábado de 8 a 16 hs. para
recolección de contenedores de 1m3, en Avenidas y Centros Comerciales.
-Dos camiones compactadores, turno Mañana, de Lunes a Sábado de 12 a 20 hs. para
recolección del producido del barrido manual.
-Un camión compactador turno noche, de Domingo a Viernes de 18 a 01 hs. para la
recolección de contenedores de 3 a 1 m3 en barrios de bajos recursos y socialmente
expuesto.
228
Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11
///...
Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda
b.- Camión Roll Off con Grúa y Balde.-
-Dos turnos de 8 hs. de Roll Off con Grúa y Balde por día, en el turno tarde-noche, de
Domingo a Viernes de 16 a 23 hs, tendiente a reforzar el levante de podas en vía pública
debido al incremento notable y sostenido que se viene evidenciando en los últimos meses
y que es detectado diariamente por la Supervisión Municipal.
Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda
c.- Servicio Adicional de Lava-contenedores.-
-Un turno de 8 hs. de Lava-contenedores por día en el turno Mañana, de Lunes a Sábado
a partir de las 8 hs., tendiente a complementar a los servicios prestados actualmente y
acompañar al servicio mencionado en el punto 1 de las 8 am, limpiando el contenedor una
vez que queda vacío.
Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda tuno
de 8 hs de camión compactador para días normales
d.- Servicio Adicional de Lavado de Aceras en Centros Comerciales, Plazas Públicas
y Calzadas.-
-Servicio de Lava aceras, en el turno noche de 22 a 5 hs. para la limpieza de Espacios
Públicos, calzadas, aceras y centros comerciales con el objetivo de incrementar la
frecuencia definida originalmente.-
Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda
e.- Servicio Adicional de Camión Desobstructor y Aspirador Tipo Vactor.-
-Un turno de 8 hs. de Servicio de Camión Desobstructor (Vactor) en el turno mañana,
tendiente a reforzar la limpieza y desobstrucción de sumideros debido al incremento de
las precipitaciones proyectadas según el Servicio Meteorológico Nacional para lo que
resta del año 2017 y período estival del 2018. Se utilizará un equipo desobstructor cero
kilómetro de última tecnología especialmente diseñado para la limpieza de sumideros y
sus nexos, con un depósito de sólidos de 8 m³ y tanques de agua de 4000 lts.-
Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda
turno “turno de 8 horas de Roll Off con Grúa y Balde para días normales
229
Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11
////...
ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el
************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del
Presupuesto General de Gastos en vigencia.-
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto
230
Ref. Expte. Nº 11085-D-2017
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 8
VISTO las tareas de compaginación del
Boletín Oficial y de encuadernación de los Decretos que periódicamente realiza la
Dirección General de Despacho y Legislación; y
Considerando:
Que a raíz de la misma se ha detectado la
ausencia de los Folios Números 220/221 correspondiente al decreto número 103
(Expediente Nº 12914/16); 679/680/681 correspondiente al decreto número 330
(Expediente Nº 15531/16); 1900/1901 correspondiente al decreto número 959
(Expediente Nº 4885/17) y 2999/3000/3001correspondiente al decreto numero 1564
(Expediente Nº 4532/17), todos ellos realizados en el transcurso de este año 2017;
Que luego de una exhaustiva búsqueda, tanto
en la Dirección General de Despacho y Legislación, como así también en distintas
dependencias municipales y consultadas que fueran las distintas áreas a las que los
expedientes fueran girados en su oportunidad, no se han podido localizar ocho (8) de los
10 folios extraviados;
Que la Asesoría Legal Municipal, mediante
Dictamen Nº 8835, expone que a fojas 1 el Lic. Daniel Matos, Director General de
Despacho y Legislación denuncia el extravío de los folios rubricados por el Honorable
Tribunal de Cuentas, donde se hallaban redactados los decretos antes mencionados;
Que oportunamente, mediante Decreto Nº
2222 del 15 de septiembre de 2017, se dispuso la instrucción sumaria correspondiente;
Que a fojas 21 el Lic. Matos prestó
declaración testimonial, manifestando “que no se pudo individualizar al o los agentes que
pudieron cometer el error, atento que actúan en la realización de los distintos pasos del
acto administrativo diversas dependencias, pudiéndose encontrar los expedientes donde se
tramitaron los folios;
Que continúa el dictamen diciendo: “que no
existe la posibilidad fáctica de formular reproche sancionatorio alguno contra agentes de
la Comuna”;
231
Ref. Expte. Nº 11085-D-2017
//…
Que en conclusión sumaria Nº 1144, obrante a
fojas 26, la Dirección de Sumarios de la Asesoría Legal Municipal concluye que
claramente surge la imposibilidad de individualizar a los posibles autores de la falta
administrativa, por lo tanto no existe posibilidad fáctica de formular reproche
sancionatorio alguno contra agentes de la Comuna, correspondiendo dar por finalizadas
tales actuaciones ;
Que lo folios 220/221 han sido encontrados
procediéndose a anular los mismos, los que llevan el Decreto Nº 103 del 9 de enero del
corriente;
Que en los folios 1900/1901 se transcribió el
Decreto Nº 959 de fecha 18 de abril de 2017, cuyas copias obran en el expediente Nº
4885-D-2017, encontrándose el mismo en la Dirección General de Recursos Humanos.
Dicho acto administrativo relativo al traslado y promoción del agente Marcelo Gómez
Legajo Nº 53949, fue notificado oportunamente, por lo que correspondería la confección
de un nuevo acto administrativo convalidando retroactivamente lo actuado en el expte.;
Que en los folios 2999/3001 se transcribió el
Decreto Nº 1564 de fecha 28 de junio del corriente, cuyas actuaciones corrieron en el
expte Nº 4532/2017, él que pudo hallarse en la contaduría General, no así los folios antes
mencionados;
Que en los folios 679/981 se dictó el Decreto
Nº 330 de fecha 2 de febrero de 2017 que obrara en el Expediente Nº 15531/16, el cual es
el único que se halla extraviado, correspondiendo proceder a ordenar su reconstrucción;
Que procede en consecuencia, el dictado del
acto administrativo pertinente;
Por ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1º.- Dar por concluidas las actuaciones sumariales ordenadas por Decreto Nº
************* 220/2017 obrante a fojas 16/17, por no existir elementos probatorios que
permitan imputar falta alguna.-
232
Ref. Expte. Nº 11085-D-2017
///…
ARTÍCULO 2º.- Anular de la registración de los Libros de Decretos correspondiente al
************* año 2017, la numeración de los siguientes decretos: 330 de fecha 2 de
febrero, correspondiendo a los folios 679/680 y 681; decreto número 959 del 18 de abril,
correspondiendo los folios 1900 y 1901 y decreto número 1564 del 28 de junio,
correspondiente a los folios 2999/3000 y 3001, por extravío de los mismos.-
ARTÍCULO 3º.- Asimismo, se deja constancia que los folios 220/221 que fueran
************* rubricados con el número de Decreto 103 de fecha 9 de enero del
corriente año, han sido encontrados, procediéndose con la prosecución del expediente
12914/2016.-
ARTÍCULO 4º.- Por conducto de Mesa General de Entradas procédase a la
************* reconstrucción del Expediente 15531-D-2016.-
ARTÍCULO 5º.- La Dirección General de Despacho y Legislación procederá a insertar
************* copia del presente Decreto en el lugar correspondiente al número cuya
anulación se dispone.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi
233
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-
DECRETO NÚMERO: 2 8 0 9
VISTO la presentación efectuada por MEDIA
PROPIEDADES S.A., en su carácter de propietario y el Arquitecto Diego Pascua en su
carácter de profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la regularización de
modificaciones internas, ampliación de los edificios existentes, cambio de destino y
construcción de un nuevo “Estudio de TV–Filmación”, en el inmueble designado
catastralmente como Circunscripción VII, Sección C, Fracción I, Parcela 1k, ubicado con
frente a la calle Intendente Tomkinson N° 1750 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de
este Partido; y
Considerando:
QUE el predio se ubica en Zona ID conforme
lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo los destinos solicitados de Uso
Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas;
QUE se plantea la regularización de
modificaciones internas y cambio de destino que han sido evaluados y autorizados según
el Decreto N° 1988/07 y la ampliación de los edificios existentes, preservando la
estructura original aprobada del edificio;
QUE se propone, además, la construcción de
un nuevo estudio con frente a la calle Intendente Tomkinson, con nuevas áreas técnicas,
de apoyo y administrativas, reubicación y apertura de nuevo acceso y subsuelo de
estacionamiento, con una superficie aproximada de 4.758 m² distribuida en planta baja,
dos niveles superiores y un subsuelo con capacidad para 80 vehículos;
QUE los interesados han realizado las
cesiones correspondientes de las calles Intendente Tomkinson, Juan Clark, Jorge Newbery
y Liniers, según Plano de Mensura y Cesión de Calle N° 97-217-97, sin solicitar el
incremento establecido en el artículo 1.2.4.1. inciso 8) del Código de Ordenamiento
Urbano;
QUE a raíz de estas mejoras planteadas, se ha
solicitado superar el 10% de la altura máxima permitida para la cubierta del nuevo estudio
por razones técnicas, sin generar nuevos niveles, parámetro contemplado en la aplicación
del artículo 1.1.2.6. del Código de Ordenamiento Urbano, situación que no provocaría
desajustes al entorno, atento las características y alturas que poseen los edificios linderos;
234
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
//…
QUE, por lo expuesto, los organismos
técnicos que elaboraron los informes de fojas 48/52, opinan que, con el cumplimiento de
los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad
consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede
el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTÍCULO 1°.- Hacer saber a MEDIA PROPIEDADES S.A., en su carácter de
************* propietario, que se autoriza la regularización de modificaciones internas,
ampliación de los edificios existentes, cambio de destino y construcción de un nuevo
“Estudio de TV–Filmación”, en el inmueble designado catastralmente como
Circunscripción VII, Sección C, Fracción I, Parcela 1k, ubicado con frente a la calle
Intendente Tomkinson N° 1750 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, según
documentación de fojas 42/43, convenientemente corregida.-
ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al
************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de
funcionamiento y administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a
continuación se detallan:
A. Condiciones Urbanísticas:
A1. Zonificación ID para la nueva actividad.
A2. Los valores de FOS y FOT quedarán limitados en 0,6 y 1,2 respectivamente,
tomados sobre la superficie resultante de la parcela (16.214,49 m²).
A3. Retiro de Frente:
Sobre la calle Intendente Tomkinson: 8,00 metros
Sobre este retiro podrán ubicarse los módulos de estacionamiento vehiculares
destinados a cortesía y servicios, la cabina de control de acceso y las salas de
instalaciones complementarias existentes, como ser: cámara transformadora de
electricidad, reguladores de gas, entre otros.
235
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
///…
Sobre la calle Jorge Newbery: deberán conservarse los retiros existentes aprobados
por Expediente N° 12476-D-96. Para las nuevas construcciones: 8,00 metros.
Sobre este retiro se ubican las instalaciones complementarias existentes, como ser:
subestación eléctrica y grupos electrógenos móviles, los cuales podrán admitirse de
forma temporal, debiendo insonorizarse y dar tratamiento arquitectónico.
Sobre la calle Juan Clark: deberán conservarse los retiros existentes aprobados por
Expediente N° 12476-D-96. Para las nuevas construcciones: 8,00 metros.
Sobre la calle Liniers: deberán conservarse los retiros existentes aprobados por
Expediente N° 12476-D-96. Toda construcción que no se encuentre aprobada deberá
retirarse y las futuras ampliaciones respetarán un retiro de frente de 8,00 metros.
Cuando el municipio lo solicite, deberá liberar al uso público las medias calle Juan
Clark y Jorge Newbery, cedidas según Plano N° 97-217-97, debiendo retirar todas
las instalaciones móviles de la nueva Línea Municipal y/o reubicarse dentro de la
parcela, debiendo prever también el tratamiento arquitectónico para estas
instalaciones.
A4. Terreno Absorbente: deberá verificar, como mínimo, el veinte por ciento (20%) de
la superficie de la parcela. Deberá indicarse en plano croquis y cálculo.
A5. Altura Máxima-Plano Límite:
La altura máxima será +13,20 metros con azotea inaccesible.
El Plano Límite se aceptará hasta los +16,20 metros, con las mínimas instalaciones
necesarias, como ser: sobre-recorrido de ascensor, ventilaciones e instalaciones
centrales del edificio y tanques de agua.
Toda instalación complementaria que se proyecte ubicar por sobre la altura máxima,
deberá justificarse técnicamente su instalación, conforme lo establece el artículo
1.2.1.10 del Código de Ordenamiento Urbano, debiendo estar retirado de los planos
de fachadas y darse tratamiento arquitectónico e insonorización, según lo dispuesto
en los artículos 1.1.2.3./1.2.2.24. y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código
de Ordenamiento Urbano. Deberá incluirse detalle en los planos de Permiso de
Construcción.
Las escaleras proyectadas de acceso a las instalaciones complementarias y azotea
para su mantenimiento, deberán ser de ancho mínimo reglamentario, al igual que la
envolvente que las contiene, pudiéndose ubicar según propuesta.
236
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
////…
A6. Estacionamiento:
- Oficinas: corresponde prever, como mínimo, un (1) módulo cada 20 m² de oficina
computable.
- Camarines: deberá contar con un (1) módulo por camarín.
- Depósito/Taller: un (1) módulo (3,00m x 8,00m) cada 200 m² de superficie para
carga y descarga según necesidad y forma de funcionamiento debidamente
documentada.
- Cada cincuenta (50) módulos se dispondrá de un (1) módulo, como mínimo, para
personas con movilidad reducida, los que deberán ser reservados y señalizados
reglamentariamente en las proximidades de los accesos a los edificios.
- Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio, debiendo ingresar
y/o egresar marcha adelante.
- Se indicarán los accesos y salidas vehiculares con señalización gráfica, sonora y
lumínica, para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre la Línea
Municipal, alejada de los muros divisorios de predios.
- El acceso vehicular se retirará como mínimo 5,00 metros de la futura Línea
Municipal de la calle Intendente Tomkinson. Las barreras de control de acceso se
retirarán de la Línea Municipal a estas distancias, a fin de permitir la espera de los
vehículos sin afectar la circulación peatonal y vehicular sobre la vía pública,
pudiendo contar con portones de cierre nocturno sobre la Línea Municipal.
A7. La circulación vertical evitará la continuidad directa desde planta baja a subsuelo y
se conformará con caja de escalera, cumpliendo con lo establecido en la normativa
vigente.
A8. El edificio contará con accesibilidad, rampas y baños para personas con capacidades
diferentes, en cumplimiento con lo establecido en el Código de Edificación de San
Isidro.
A9. Cumplimentar con lo establecido en los artículos 3.10.2.1., 4.2.3.5. y concordantes
del Código de Edificación, relativos a vidrios de seguridad y accesibilidad
(ascensores y escaleras).
A10. Verificar condiciones constructivas en cuanto a superficies, dimensiones mínimas y
alturas de los locales, entre otros, según los Códigos de Ordenamiento Urbano y
Edificación de San Isidro.
237
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
/////…
B. Condiciones Ambientales:
B1. Tratamiento Urbano Exterior: las veredas se ejecutarán conforme lo reglamentado
por el Código de Edificación de San Isidro y no perderán su continuidad en
correspondencia de los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con
rampas reglamentarias y señalizadas.
- Deberán conformarse y acondicionar (sobre el frente de la calle Intendente
Tomkinson como consecuencia del corrimiento de la Línea Municipal) las veredas,
forestación, cercos reglamentarios y dársena de acceso.
- Deberá iniciar expediente para tal fin, ante la Dirección General de Ordenamiento
Urbano para su tratamiento.
B2. Los cercos de frente estarán constituidos por elementos que permitan transparencia
(rejas, alambre artístico o similar) y de acuerdo a lo establecido por el artículo
1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano, debiendo incluir su diseño en los
planos a presentar.
B3. Ajuste a las normativas ambientales y de control de ruidos, conforme a la legislación
vigente, respetando las normas usuales de convivencia urbana, evitando molestias
que pudieran afectar a los vecinos.
B4. Forestación:
Externa: se efectuará la reposición y plantación de nuevos ejemplares en las
veredas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1.2.1.17. del Código de
Ordenamiento Urbano, previendo los futuros ensanches y/o aperturas de calles.
Interna: se deberá realizar, siempre que resulte posible técnicamente, el trasplante de
las especies existentes. De tener que realizarse extracciones de ejemplares en
consideración a su estado fitosanitario, por su ubicación respecto de la implantación
propuesta y/o por seguridad, las mismas deberán ser solicitadas en el marco de lo
dispuesto por la Ordenanza N° 6610 y su Decreto Reglamentario N° 501/10.
B5. Residuos: deberá contar con un recinto dentro del predio, apto para contener los
desechos de todo el complejo, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía
pública. Se tomarán los recaudos necesarios a fin de evitar olores, debiendo
mantenerse en recintos refrigerados. Su ubicación deberá verificar que el camión
recolector no interfiera en la circulación vehicular del área, pudiendo únicamente
ubicarse con frente a la calle. Se recomienda la separación diferenciada de éstos en
papel, plásticos y orgánicos.
238
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
//////…
B6. El proyecto deberá considerar en su diseño materiales, instalaciones y/o sistemas
que conlleven al ahorro de energía y la utilización de aguas de lluvias.
B7. Se deberá garantizar la adecuada canalización y escurrimiento de las aguas
pluviales, verificando pendientes, condiciones constructivas y drenajes a los ramales
ubicados en la vía pública, con la supervisión y autorización de la Secretaría de
Obras Públicas.
De acuerdo a lo establecido por el artículo 1.2.2.25.2. del Código de Ordenamiento
Urbano en relación a reservorios y/o retardadores de aguas pluviales de las
superficies no permeables y cubiertas, deberá iniciarse expediente ante la Dirección
General de Ordenamiento Urbano para su estudio a fin de evaluar su ubicación,
capacidad y funcionamiento, considerando las características del terreno, el tipo de
proyecto y el lugar de emplazamiento.
B8. Los subsuelos deberán ejecutarse bajo el sistema de losas de supresión a fin de evitar
el ingreso de las aguas, producto del incremento del nivel de las napas.
B9. Consideraciones Generales para la Etapa de Obra:
Durante la etapa de construcción, deberá cumplimentarse con lo establecido en los
Decretos Nros. 1617/14 y 1618/14.
C. Condiciones de Funcionamiento:
C1. A efectos de los cálculos de los medios de salida, circulaciones, sanitarios y
estacionamiento, entre otros aspectos, se fijará una capacidad máxima establecida
conforme el artículo 4.4.1.1. del Código de Edificación de San Isidro para oficinas,
de una (1) persona cada 8,00 m². En base a dicha ocupación, se proyectarán los
sanitarios conforme lo establece el artículo 5.6.1.3. del Código de Edificación.
C2. En lo que respecta al movimiento vehicular (carga y/o descarga de materiales,
estacionamiento de vehículos de proveedores, entre otros), los móviles deberán
siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública.
- El uso del estacionamiento será obligatorio, libre y gratuito para quienes concurran
al lugar, debiéndose posibilitar el ingreso a empleados, visitantes, proveedores y
servicios.
- Se evitará la generación de ruidos y molestias por actividades, prohibiéndose la
circulación en honorarios nocturnos.
239
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
///////…
- Se señalizarán y reservarán claramente dentro del predio los espacios disponibles,
según porte y tamaño de los vehículos.
C3. En caso de verificarse inconvenientes en la circulación vehicular –acceso y/o
desarrollo de la actividad-, la Municipalidad podrá requerir la presentación de un
estudio de tránsito y/o Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) en el marco de lo
dispuesto por Ordenanzas Nros. 7674 y 7709 (Texto Ordenado por Decreto N°
3112/00). Podrá solicitarse, a costo del emprendimiento, la mitigación de los
impactos negativos producidos, como la instalación de semáforos en los accesos
donde se generen los conflictos, entre otros.
C4. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las
actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y
contará con aprobación previa a su colocación.
C5. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de
funcionamiento y seguridad, en oportunidad de gestionar la habilitación.
D. Condiciones Administrativas:
D1. Dado que el frente de la parcela está afectado por la traza de un tramo del arroyo a
cielo abierto, deberá verificarse la situación ante la autoridad provincial del agua
(ADA) por las restricciones que pudieren pesar para las nuevas construcciones y su
retiro a los bordes de dicho cauce. Esta situación deberá verificarse, previo
otorgamiento del Permiso de Construcción.
D2. Trama vial: atento a las características del uso previsto de Estación de TV-Estudios
de Grabación, sus dimensiones e implicancias urbanas en cuanto al funcionamiento,
se establece:
a) Calle Intendente Tomkinson: deberá materializarse su ensanche con el
corrimiento del cerco de frente, dársena de acceso y sus correspondientes obras
de infraestructura con intervención de la Secretaría de Obras Públicas,
pavimentación, red pluvial, veredas, iluminación, entre otros, según artículo
1.2.4.1. inciso 9) del Código de Ordenamiento Urbano.
b) No podrá incrementar el FOT, conforme lo dispuesto en el artículo 1.2.4.1.
inciso 8) del Código de Ordenamiento Urbano, atento el incremento en la altura
máxima solicitada en el marco del artículo 1.1.2.6. del mismo Código.
240
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
////////…
D3. Las ampliaciones y/o construcciones futuras no podrán ubicarse sobre los sectores
de las calles previstas para su ensanche y/o apertura.
D4. Presentar Memoria Técnica detallando los sistemas de ventilación mecánica e
iluminación de las diferentes áreas de trabajo que no cuenten con ventilación e
iluminación natural, según normativas vigentes (Código de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, Ley de Higiene y Seguridad de Trabajo) y que por razones técnicas
no puedan ventilar al exterior.
D5. Con relación a las antenas de recepción de señal, se deberá presentar expediente para
su evaluación. Los planos y documentación correspondientes a la instalación y
ubicación de las mismas, deberán estar suscriptos por profesional con título
habilitante.
D6. De ser necesaria la colocación de una nueva cámara transformadora de energía
eléctrica y/o grupo electrógeno, se adecuará a las normativas municipales en
vigencia, debiendo aprobar previamente la obra civil, respetando los retiros y
espacios libres establecidos según los indicadores de la zona, dentro del área
edificable o bien ubicarse en subsuelo.
D7. Presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de
edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código
de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado,
para el otorgamiento del Permiso de Construcción. La Dirección General de Obras
Particulares verificará la propuesta de instalaciones contra incendio.
D8. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas las normas de aplicación,
en el orden nacional, provincial y/o municipal y las establecidas en los Códigos de
Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro, entre otras: Medios de Salida:
sentido de apertura –hacia el exterior- y ancho de puertas, pasillos generales –
mínimo 1,50 metros-, escaleras –ancho mínimo 1,20 metros-, instalaciones
eléctricas según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa
complementaria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires.
D9. Deberán cumplimentarse el resto de las condiciones establecidas en el Decreto N°
1988/07.
D10. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Plano Conforme a Obra,
todos los condicionantes urbanísticos, ambientales, de funcionamiento y
administrativos.
241
Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-
/////////…
ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de
************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los
Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24°
apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de
************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado
toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-
ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO
Y
LEGISLACION
mlg
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez
242
RESOLUCIONES S L y T – S I R U y T
INSPECCIÓN GENERAL
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 962
EXPEDIENTE Nº: 12877-M-1995.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al desarrollo de actividades con el rubro
“VENTA DE GOLOSINAS ENVASADAS CON EXPENDIO A LA VÍA PÚBLICA”
como anexo del ya habilitado “AGENCIA DE PRODE – LOTERÍA Y QUINIELA”, sito
en la calle General Alvear N° 194 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido,
inscribiendo la actividad a nombre de Diego Norberto Salgado, quien ejerce la titularidad
desde el 18 de noviembre de 2014.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 963
EXPEDIENTE Nº: 13069-P-2016.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de PAESTO S.A. el establecimiento destinado al
desarrollo de actividades con el rubro “OFICINA COMERCIAL” sito en la Av. Sucre N°
1767 1° Piso, Oficinas 8 y 9 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 964
EXPEDIENTE Nº: 2214-E-1993.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 26 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades
detectado, al establecimiento sito en la calle Gazcón N° 610, 1° Piso, Depto. “B” de la
ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
243
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 965
EXPEDIENTE Nº: 7368-L-1994.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2567 de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 966
EXPEDIENTE Nº: 8208-C-1990.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 21 de junio de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Padre Acevedo N° 2566/80 de la ciudad de Beccar,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 967
EXPEDIENTE Nº: 10308-C-2014.-
MOTIVO: Habilitar con carácter precario el establecimiento destinado al desarrollo de
actividades con el rubro “SERVICIO DE PAGO” sito en la Av. Bernardo de Irigoyen N°
45 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, a nombre de Luciano Javier
Caia.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 968
EXPEDIENTE Nº: 5781-M-2009.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Silvio Santiago Montaldo el establecimiento destinado
al desarrollo de actividades con el rubro “MECÁNICA LIGERA, AIRE
ACONDICIONADO, ELECTRICIDAD, REPARACIÓN INSTRUMENTAL”, en el
local sito en la calle Edison N° 1127/33 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido, habiendo iniciado actividades con fecha 9 de marzo de 2008.-
244
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 969
EXPEDIENTE Nº: 3919-P-1984.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al rubro “VIVERO – VENTA DE PLANTAS”
sito en la Av. de Mayo N° 1146 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este
Partido, inscribiéndose la actividad a nombre de Mariano Rafael Lezcano, quien ejerce la
titularidad desde el 13 de agosto de 2015.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 970
EXPEDIENTE Nº: 14263-E-2015.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de EHM SALUD S.A. el establecimiento destinado al
desarrollo de actividades con el rubro “OFICINA ADMINISTRATIVA” sito en la calle
Rivadavia N° 215 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 971
EXPEDIENTE Nº: 3749-P-2014.-
MOTIVO: Habilitar con carácter precario el establecimiento destinado al desarrollo de
actividades con el rubro “OFICINA COMERCIAL” sito en la Ruta Panamericana N°
1804, 1° Piso, Oficina “B” de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido,
habiendo iniciado actividades con fecha 19 de mayo de 2014.
Por el mismo acto resolutivo se autoriza la ampliación de espacio físico a partir del 21 de
febrero de 2017.-
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 972
EXPEDIENTE Nº: 11529-F-2017.-
MOTIVO: Autorizar al Sr. Propietario la extracción a su cargo de un ejemplar arbóreo
existente en el interior del predio identificado catastralmente como Circunscripción IV,
Sección A, Manzana 2, Parcela 16, debiendo replantarse un ejemplar de Jacarandá
Mimosifolia de diez a doce años de antigüedad.-
245
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 973
EXPEDIENTE Nº: 3976-L-2000.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de octubre de 2012 atento el cese de las
actividades habilitadas por el presente expediente, detectado por la Comuna, al
establecimiento sito en Gral. Alvear N° 486 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 974
EXPEDIENTE Nº: 12222-M-1993.-
MOTIVO: Reconocer con carácter precario el cambio de titularidad operado en el
comercio sito en la calle Sarratea N° 495, Local 5 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción
de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “AGENCIA DE PRODE Y
LOTERÍA” inscribiéndose el comercio a nombre de Miguel Angel Bartuccelli, quien
ejerce la titularidad desde el 18 de diciembre de 2014.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 975
EXPEDIENTE Nº: 1546-E-2007.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Paraná N° 3745, Local N° 3183, de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 976
EXPEDIENTE Nº: 6252-V-2007.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 24 de abril de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Albarellos N° 1916 – Local S-16, de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
246
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 977
EXPEDIENTE Nº: 9051-G-2007.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del 28/06/2016 el trámite de habilitación iniciado
con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el local sito en
Araoz N° 2470 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 978
EXPEDIENTE Nº: 2974-Q-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 28 de marzo de 2017 el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el inmueble sito en General Alvear N° 260 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 979
EXPEDIENTE Nº: 8355-I-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 22 de agosto de 2017, el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el inmueble sito en Blanco Encalada N° 26 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 980
EXPEDIENTE Nº: 9179-P-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 31 de diciembre de 2016 el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el local sito en Juan Segundo Fernández N° 91 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de
este Partido.-
247
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 981
EXPEDIENTE Nº: 11096-I-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del 9 de octubre de 2016 el trámite de habilitación
iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el inmueble
sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 982
EXPEDIENTE Nº: 12429-G-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 16 de agosto de 2017 el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el inmueble sito en Vicente Lopez N° 223 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 983
EXPEDIENTE Nº: 14308-C-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido de oficio a partir del día 5 de septiembre de 2017 el
trámite de habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar
actividades en el inmueble sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 Stand N00-GO005 de la
ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 984
EXPEDIENTE Nº: 15090-P-2016.-
MOTIVO: Tener por desistido de oficio a partir del día 4 de septiembre de 2017 el
trámite de habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar
actividades en el inmueble sito en Av. de Mayo N° 419 de la ciudad de Villa Adelina,
jurisdicción de este Partido.-
248
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 985
EXPEDIENTE Nº: 12905-A-1992.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Edison N° 709 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 986
EXPEDIENTE Nº: 6213-M-1995.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de noviembre de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Blanco Encalada N° 2534 – 2° Piso, de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 987
EXPEDIENTE Nº: 11701-T-2005.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 24 de febrero de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bulnes N° 1826 de la ciudad de Boulogne,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 988
EXPEDIENTE Nº: 5784-F-2009.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 20 de junio de 2011, el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el establecimiento sito en Avda. del Libertador N° 14508 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
249
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 989
EXPEDIENTE Nº: 11295-B-2009.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Olazabal N° 70 de la ciudad de Boulogne,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 990
EXPEDIENTE Nº: 1872-E-2014.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de mayo de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2506/2508 de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 991
EXPEDIENTE Nº: 4635-C-1965 y agregados.-
MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales a partir del 31 de mayo de 2017, al
comercio de autos.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 992
EXPEDIENTE Nº: 1706-G-1994.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 8 de octubre de 2010 atento el cese de las
actividades habilitadas por el presente expediente detectado por la comuna, al
establecimiento sito en la calle Eduardo Costa N° 1130 de la localidad de Acassuso,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 993
EXPEDIENTE Nº: 9139-T-2010.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de octubre de 2014, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Primera Junta N° 699 del Partido de San Isidro.-
250
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 994
EXPEDIENTE Nº: 3896-S-2001.-
MOTIVO: Proceder a dar de baja de oficio de los registros municipales, a partir del 11 de
agosto de 2017, al establecimiento de autos.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 995
EXPEDIENTE Nº: 12114-V-2015.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de octubre de 2016, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Albarellos N° 1931 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 996
EXPEDIENTE Nº: 6112-G-1975.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de mayo de 2016 atento el cese de
actividades detectado por la Comuna, al establecimiento sito en Edison N° 1201 de la
ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 997
EXPEDIENTE Nº: 11139-D-2000.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 12 de noviembre de 2008 atento el cese de
actividades habilitadas por el presente expediente, detectado por la Comuna, al
establecimiento sito en Eduardo Costa N° 1934 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de
este Partido.-
251
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 998
EXPEDIENTE Nº: 11416-M-1997.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017 atento el cese de actividades
comprobado, al establecimiento sito en Martín y Omar N° 460 – Local 10 de la ciudad de
San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 999
EXPEDIENTE Nº: 7476-D-1983.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 31 de julio de 2017 atento el cese de
actividades, al establecimiento sito en la calle Sarratea N° 1163 de la ciudad de Boulogne,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1000
EXPEDIENTE Nº: 2998-C-1997.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio de los registros municipales, a partir del 1 de diciembre
de 2016, al comercio destinado al desarrollo de actividades sito en Capitán Juan de San
Martín N° 1391 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 21 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1001
EXPEDIENTE Nº: 12473-F-1992.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 23 de junio de 2017 atento el cese de
actividades detectado por la Comuna al establecimiento sito en Córdoba N° 789 de la
ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1002
EXPEDIENTE Nº: 9154-L-1973 y agregado.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de agosto de 2017 al establecimiento sito
en Intendente Becco N° 816/26 de la ciudad de Beccar, Partido de San Isidro.-
252
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1003
EXPEDIENTE Nº: 4901-M-1983.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017 atento el cese de actividades
presentado al establecimiento sito en Moisés Lebenshon N° 306 de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1004
EXPEDIENTE Nº: 6501-A-1983.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 4 de agosto de 2017 al establecimiento sito
en Paraná N° 1985 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1005
EXPEDIENTE Nº: 8231-K-1992.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bermejo N° 11 de la ciudad de Boulogne,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1006
EXPEDIENTE Nº: 4029-M-2005.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 3 de mayo de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Centenario N° 199 de la ciudad de
San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1007
EXPEDIENTE Nº: 6251-C-2006.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 28 de febrero de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Sucre N° 587 – Local 9 – P.B., de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
253
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1008
EXPEDIENTE Nº: 9321-P-2013.-
MOTIVO: Tener por desistido de oficio a partir del 10 de noviembre de 2014 el trámite
de habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades
en el inmueble sito en Sarratea N° 599 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1009
EXPEDIENTE Nº: 13341-V-2013.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del 31 de enero de 2015 el trámite de habilitación
iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el inmueble
sito en Arenales N° 2081 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1010
EXPEDIENTE Nº: 13825-M-2013.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del 31 de julio de 2016 el trámite de habilitación
iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el local sito
en José Ingenieros N° 3201 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1011
EXPEDIENTE Nº: 15847-M-2013.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del 31 de diciembre de 2016 el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el local sito en Avda. de Mayo N° 772 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este
Partido.-
254
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1012
EXPEDIENTE Nº: 16116-P-2013.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del 30 de octubre de 2016 el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el inmueble sito en Av. Bernardo Ader N° 578 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de
este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1013
EXPEDIENTE Nº: 8027-T-2015.-
MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales al comercio de autos a partir del 30
de junio de 2017.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1014
EXPEDIENTE Nº: 8025-A-2015.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 3 de marzo de 2017 al establecimiento sito en Av. del
Libertador N° 18212 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1015
EXPEDIENTE Nº: 12820-T-2016.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Alexandro Carmelo Isgro el establecimiento destinado
al desarrollo de actividades con el rubro “VENTA DE INDUMENTARIA Y
ACCESORIOS” ubicado en Chacabuco N° 384 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de
este Partido.-
255
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1016
EXPEDIENTE Nº: 703-F-2017.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Paola Inés Freccero el establecimiento destinado al
desarrollo de actividades con el rubro “VENTA DE ROPA DE MUJER Y
ACCESORIOS” ubicado en 9 de Julio N° 421 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de
este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1017
EXPEDIENTE Nº: 3784-S-2016.-
MOTIVO: Habilitar con carácter precario a nombre de Alejandro Svasember el
establecimiento destinado al desarrollo de actividades con el rubro “ALMACÉN DE
PRODUCTOS ORGÁNICOS” en el local sito en Vieytes N° 602 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1018
EXPEDIENTE Nº: 10247-S-2009.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Adolfo Augusto Sanchez el establecimiento destinado
al desarrollo de actividades con el rubro “VERDULERÍA Y FRUTERÍA” ubicado en
Yerbal N° 1305 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1019
EXPEDIENTE Nº: 6875-G-2014.-
MOTIVO: Modificar el artículo 1° de la Resolución SG-SIRUyT N° 549 de fecha 4 de
agosto de 2015.
Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada
normativa.-
256
FECHA: 22 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1020
EXPEDIENTE Nº: 4770-S-2015.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Schmidt Luis Miguel el establecimiento destinado al
desarrollo de actividades con el rubro “VENTA DE ALIMENTOS PARA MASCOTAS
Y PLANTAS” ubicado en la calle Yatay N° 80 – Local 17 de la ciudad de Boulogne,
jurisdicción de este Partido.
Por el mismo acto resolutivo se reconoció a todos los efectos administrativos el cambio de
titularidad operado inscribiendo el comercio a nombre de Marisa Andrea Martino, quien
ejerce la titularidad desde el 23 de octubre de 2015.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1021
EXPEDIENTE Nº: 13065-I-1994.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 29 de mayo de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Azcuénaga N° 1252/56 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1022
EXPEDIENTE Nº: 4270-G-1991.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 27 de octubre de 2016 atento el cese de
actividades detectado al establecimiento sito en Dean Funes N° 908 de la ciudad de Villa
Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1023
EXPEDIENTE Nº: 5388-A-1993.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de diciembre de 2013 atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Sucre N° 2718 de la ciudad de
Beccar, jurisdicción de este Partido.-
257
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1024
EXPEDIENTE Nº: 7043-D-1994.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016 atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Los Fortines N° 192 de la ciudad de Villa
Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1025
EXPEDIENTE Nº: 10851-S-1996.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Soldado de Malvinas N° 2276/80 de la ciudad de
Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1026
EXPEDIENTE Nº: 6452-S-2001.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de enero de 2017 atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850, Stand
SOS 26 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1027
EXPEDIENTE Nº: 4822-L-2008.-
MOTIVO: Reconocer el cambio de titularidad operado en el establecimiento destinado al
rubro “VENTA DE MUEBLES Y ARTÍCULOS DE DECORACIÓN” sito en Domingo
Savio N° 3076 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, inscribiéndose el
comercio a nombre de ASSAMBLAGE S.R.L. quien ejerce la titularidad desde el 15 de
abril de 2105.-
258
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1028
EXPEDIENTE Nº: 11276-A-2006.-
MOTIVO: Proceder a dar de baja a partir del 30 de marzo de 2017, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Bernardo Ader N° 1273 de la
localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1029
EXPEDIENTE Nº: 11323-C-2013.-
MOTIVO: Dejar sin efecto el punto 8) del artículo 1° de la Resolución SLyT-SIRUyT
N° 601/2016.
Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada
normativa.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1030
EXPEDIENTE Nº: 11177-S-2006.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Martín y Omar N° 129, Local 21 de la ciudad de
San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1031
EXPEDIENTE Nº: 5244-M-1993.-
MOTIVO: Reconocer el cambio de titularidad operado en el escaparate destinado al
rubro “VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS” ubicado frente al N° 810 de la calle Edison
entre Pasaje Galileo y Berutti, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
259
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1033
EXPEDIENTE Nº: 1755-A-1998.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de septiembre de 2016 al establecimiento sito en la
Av. Bernardo de Irigoyen N° 37 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1034
EXPEDIENTE Nº: 1243-C-2000.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio de los registros municipales, a partir del 1 de diciembre
de 2016 al establecimiento sito en la Av. Centenario N° 428, Planta Alta, de la ciudad de
San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1035
EXPEDIENTE Nº: 7513-V-1992.-
MOTIVO: Dar de oficio a partir del 15 de octubre de 2016 al establecimiento sito en la
calle Juan B. Justo N° 308 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1036
EXPEDIENTE Nº: 10300-H-1988.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 30 de noviembre de 2016 al establecimiento
sito en la Av. Centenario N° 265 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1037
EXPEDIENTE Nº: 11317-F-1994.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 19 de septiembre de 2016 al establecimiento
sito en la calle Camino Real Morón a San Fernando – Av. Intendente Mauricio
Scatamacchia N° 1200 Local 16 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
260
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1038
EXPEDIENTE Nº: 11318-F-1994.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 19 de septiembre de 2016 al establecimiento
sito en la calle Camino Real Morón a San Fernando – Av. Intendente Mauricio
Scatamacchia N° 1200, Local N° 16 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1039
EXPEDIENTE Nº: 7522-C-1994.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 29 de junio de 2017 al establecimiento sito
en la calle 9 de Julio 431 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1040
EXPEDIENTE Nº: 3989-X-1996.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de diciembre de 2016 al establecimiento
sito en la Av. Centenario N° 201 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1041
EXPEDIENTE Nº: 1841-M-1998.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio de los registros municipales a partir del 6 de diciembre
de 2016, al establecimiento sito en Luis María Drago N° 202 de la ciudad de Villa
Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1042
EXPEDIENTE Nº: 4953-M-1998.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 12 de diciembre de 2016 atento al cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Av. Andrés Rolón N° 702/4 de la ciudad de San
Isidro, jurisdicción de este Partido.-
261
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1043
EXPEDIENTE Nº: 12777-F-1998.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de diciembre de 2016 al establecimiento
sito en Blanco Encalada N° 2538 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1044
EXPEDIENTE Nº: 15189-D-2015.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Liliana Beatríz Dobarro el establecimiento destinado al
desarrollo de actividades con el rubro “COMIDAS PARA LLEVAR – ROTISERÍA” sito
en la Av. Bernardo Ader N° 701 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1045
EXPEDIENTE Nº: 2852-H-1980.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al rubro “ALMACÉN – VERDULERÍA Y
FRUTERÍA”, sito en Camino Real Morón a San Fernando Av. Intendente Mauricio
Antonio Scatamacchia N° 101 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido,
quien ejerce la titularidad desde el 3 de marzo de 2016.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1046
EXPEDIENTE Nº: 8371-T-2006.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al rubro “VENTA DE ROPA Y LENCERÍA”
sito en la calle General Alvear N° 99 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido, inscribiéndose la actividad a nombre de BE WORLD S.A., quien ejerce la
titularidad desde el día 14 de agosto de 2015.-
262
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1047
EXPEDIENTE Nº: 4486-E-2011.-
MOTIVO: Modificar el artículo 1° de la Resolución SLyT-SIRUyT N° 471/2016.
Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada
normativa.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1048
EXPEDIENTE Nº: 11661-C-2015.-
MOTIVO: Habilitar a nombre de Gustavo Hernán Carando el establecimiento destinado
al desarrollo de actividades con el rubro “FIAMBRERÍA, FRUTERÍA Y
VERDULERÍA” sito en Av. Sucre N° 443 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1049
EXPEDIENTE Nº: 8095-O-1966 –Cuerpo 2.-
MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales a partir del 18 de abril de 2017, al
local sito en la calle 25 de Mayo N° 233 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1050
EXPEDIENTE Nº: 1361-P-1996.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Paraná N° 3745 local 3010 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
263
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1051
EXPEDIENTE Nº: 14956-E-2014.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 28 de febrero de 2017, atento el cese de actividades, al
establecimiento sito en Avellaneda N° 1358 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de
este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1052
EXPEDIENTE Nº: 2602-G-2000.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 4 de abril de 2017 al comercio de autos.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1053
EXPEDIENTE Nº: 11953-B-1994.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Rastreador Fournier N° 1717, de la ciudad de Villa
Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1054
EXPEDIENTE Nº: 11706-D-1995.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 28 de febrero de 2017, atento al cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 Local 406 de la
ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1055
EXPEDIENTE Nº: 154-S-1992.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 6 de mayo de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Amancio Alcorta N° 422 de la ciudad de Villa
Adelina, jurisdicción de este Partido.-
264
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1056
EXPEDIENTE Nº: 2045-T-1995.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de octubre de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Dorrego N° 3140 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1057
EXPEDIENTE Nº: 15415-R-1995.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bacacay N° 561 de la ciudad de Boulogne,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1058
EXPEDIENTE Nº: 8030-M-2001.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 14 de octubre de 2015 al establecimiento sito
en Av. Fondo de la Legua N° 201 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1059
EXPEDIENTE Nº: 9761-V-2001.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 19 de septiembre de 2011 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Manzone N° 931 de la localidad de
Acassuso, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1060
EXPEDIENTE Nº: 9596-B-2001.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 16 de mayo de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Belgrano N° 66 Local 11 de la ciudad
de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
265
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1061
EXPEDIENTE Nº: 10072-D-2001.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2015 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 Local 215 de la
ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1062
EXPEDIENTE Nº: 12040-S-2001.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 7 de junio de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Juan Segundo Fernández N° 168 (Local
4) de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1063
EXPEDIENTE Nº: 5879-P-2002.-
MOTIVO: Dar de baja de a partir del 10 de febrero de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Julián Navarro N° 389 de la ciudad de Beccar,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1064
EXPEDIENTE Nº: 6307-D-2002.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 26 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Hipólito Yrigoyen N° 366 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
266
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1065
EXPEDIENTE Nº: 14130-C-2002.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en José Figueroa Alcorta N° 55 de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1066
EXPEDIENTE Nº: 14591-P-2002.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 20 de septiembre de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Almirante Brown N° 80 de la ciudad de San Isidro,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1067
EXPEDIENTE Nº: 14343-P-2002.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 17 de junio de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Blanco Encalada N° 37 de la ciudad de San Isidro,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1068
EXPEDIENTE Nº: 13042-R-1999.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Cuyo N° 100 de la ciudad de Martínez, jurisdicción
de este Partido.-
267
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1069
EXPEDIENTE Nº: 3515-S-1990.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Hipólito Yrigoyen N° 1672 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1070
EXPEDIENTE Nº: 9501-S-2006.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2016, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Pichincha N° 167 bis, de la ciudad de Boulogne.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1071
EXPEDIENTE Nº: 12195-D-1999.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de diciembre de 2016, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Tomkinson N° 2054 de la ciudad de Beccar,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1072
EXPEDIENTE Nº: 5059-L-2013.-
MOTIVO: Habilitar con carácter precario a nombre de Aníbal Carlos Lupo, el
establecimiento destinado al rubro “VENTA DE ROPA” en el local sito en Yatay N°
24/26 (locales 5B y 6B) de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1073
EXPEDIENTE Nº: 2957-J-1998.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2016 al establecimiento sito en la calle
Ladislao Martínez N° 248, Locales 2 y 3, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido.-
268
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1074
EXPEDIENTE Nº: 12902-E-1987.-
MOTIVO: Modificar el inciso 10° del artículo 1° de la Resolución SG-SIRUyT N° 483
de fecha 14 de agosto de 2014.
Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada
normativa.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1075
EXPEDIENTE Nº: 10719-F-1992.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al rubro “DEPÓSITO Y DISTRIBUCIÓN DE
PRODUCTOS PANIFICADOS Y PASTAS FRESCAS” sito en la calle Asamblea N°
48/50 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1076
EXPEDIENTE Nº: 10714-T-2005.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2016, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Av. del Libertador N° 13059 –Local 13- de la
ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1077
EXPEDIENTE Nº: 11695-G-2004.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2016, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Vicente López N° 324 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
269
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1078
EXPEDIENTE Nº: 8419-D-2005.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de septiembre de 2016, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Santiago del Estero N° 2280 de la
ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1079
EXPEDIENTE Nº: 15117-D-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de junio de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Azcuénaga N° 1408 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1080
EXPEDIENTE Nº: 9067-S-2004.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de septiembre de 2016, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Santa Fe N° 1813 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1081
EXPEDIENTE Nº: 6028-H-2005.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de agosto de 2017, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en av. Bernardo Ader N° 1175 de la ciudad
de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
270
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1082
EXPEDIENTE Nº: 15279-K-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 24 de agosto de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Belgrano N° 393 de la ciudad de San
Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1083
EXPEDIENTE Nº: 20768-F-1967.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Eduardo Costa N° 1124 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1084
EXPEDIENTE Nº: 15389-D-1999.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Av. de Mayo N° 495 de la ciudad de Villa Adelina,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1085
EXPEDIENTE Nº: 2775-D-1990.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de diciembre de 2016, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Av. Andrés Rolón N° 2560 puesto 97 de la ciudad
de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
271
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1086
EXPEDIENTE Nº: 13727-C-1992.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de julio de 2016 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Av. del Libertador N° 14492 Piso 1°
“A” de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1087
EXPEDIENTE Nº: 530-P-1990.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de septiembre de 2003, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Avelino Rolón N° 2614 L.B. 8 de la
ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1088
EXPEDIENTE Nº: 7270-CH-2005.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de diciembre de 2016, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en la Av. Centenario N° 281 de la ciudad
de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1089
EXPEDIENTE Nº: 9827-J-2005.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 30 de abril de 2015, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Arenales N° 2040 Piso 1° oficina 5 de
la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
272
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1090
EXPEDIENTE Nº: 11864-B-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de agosto de 2016, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Caracas N° 1351 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 24 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1091
EXPEDIENTE Nº: 11697-L-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 5 de mayo de 2016, atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Juan Segundo Fernández N° 10 Piso 1°
“B” de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 28 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1092
EXPEDIENTE Nº: 4942-M-2005.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al rubro “BAR (capacidad máxima 17
comensales)”, sito en la calle 25 de Mayo N° 310 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción
de este Partido.-
FECHA: 28 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1093
EXPEDIENTE Nº: 11522-S-2017.-
MOTIVO: Autorizar al Sr. Mauricio Alberto Simone, en su carácter de propietario, la
extracción a su cargo de un ejemplar arbóreo de de Jacarandá Mimosifolia existente en la
vía pública del predio sito en Isabel la Católica N° 2182 esquina Ingeniero Marconi de la
ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, debiendo replantarse dos ejemplares de la
misma especie sobre Ingeniero Marconi e/o Isabel la Católica.-
273
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1094
EXPEDIENTE Nº: 2463-R-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 21 de noviembre de 2005, al establecimiento
sito en Eduardo Costa N° 930 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1095
EXPEDIENTE Nº: 3923-C-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 23 de junio de 2016, al establecimiento sito
en Martín y Omar N° 129 Local N° 4 bis de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1096
EXPEDIENTE Nº: 6076-A-2003.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 26 de diciembre de 2016, al establecimiento sito en
Hipólito Yrigoyen N° 378 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1097
EXPEDIENTE Nº: 6415-M-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 5 de febrero de 2015, al establecimiento sito
en Av. Santa Fe N° 1152 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1098
EXPEDIENTE Nº: 6768-A-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de abril de 2017 al establecimiento sito en
Juan B. La Salle N° 591 local 655 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
274
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1099
EXPEDIENTE Nº: 7542-G-2003.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en General Alvear N° 371 de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1100
EXPEDIENTE Nº: 8475-C-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 3 de octubre de 2016 al establecimiento sito
en Avda. de Mayo N° 750 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1101
EXPEDIENTE Nº: 9655-V-2003.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de marzo de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Avenida Avelino Rolón N° 2614/18 de la ciudad de
Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1102
EXPEDIENTE Nº: 11062-V-2003.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Avenida Santa Fe N° 1845 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1103
EXPEDIENTE Nº: 11151-A-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, al establecimiento
sito en Hipólito Yrigoyen N° 1524 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
275
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1104
EXPEDIENTE Nº: 12000-N-2003.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en la Avenida del Libertador General San Martín N°
14.071 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1105
EXPEDIENTE Nº: 13256-T-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de julio de 2016 al establecimiento sito en
la Avenida del Libertador General San Martín N° 14492 Locales 2, 4 y 6 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1106
EXPEDIENTE Nº: 13342-P-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, al establecimiento
sito en Juan Segundo Fernández N° 1267 Local 3 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción
de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1107
EXPEDIENTE Nº: 5463-S-2004.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 27 de diciembre de 2016 al establecimiento sito en
Vicente Lopez N° 332 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1108
EXPEDIENTE Nº: 5601-C-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 16 de febrero de 2017, al establecimiento
sito en Av. Bernardo Ader N° 1025 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este
Partido.-
276
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1109
EXPEDIENTE Nº: 6397-R-2004.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 16 de junio de 2015 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Avenida del Libertador General San Martín N°
14.438 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1110
EXPEDIENTE Nº: 6400-S-2004.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Avenida Sucre N° 2580 de la ciudad de Beccar,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1111
EXPEDIENTE Nº: 7238-J-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de diciembre de 2016, al establecimiento
sito en Camino Real Morón a San Fernando Avda. Intendente Scatamacchia N° 1200
Local 26 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1112
EXPEDIENTE Nº: 9745-B-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 21 de diciembre de 2016 al establecimiento
sito en Figueroa Alcorta N° 2196 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1113
EXPEDIENTE Nº: 12473-M-2003.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 22 de junio de 2016, al establecimiento sito
en Medrano N° 1991 local 3 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
277
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1114
EXPEDIENTE Nº: 2394-G-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, al establecimiento
sito en la Av. Andrés Rolón N° 1686 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1115
EXPEDIENTE Nº: 2672-L-2004.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2014 atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Santiago del Estero N° 3358/60 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1116
EXPEDIENTE Nº: 4599-C-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 21 de julio de 2016, al establecimiento sito
en Albarellos N° 1916 local 15 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1117
EXPEDIENTE Nº: 5342-I-2004.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de diciembre de 2016, al establecimiento
sito en Hipólito Yrigoyen N° 219 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1118
EXPEDIENTE Nº: 7879-A-2008.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 28 de mayo de 2015 al establecimiento sito
en Bernardo de Irigoyen N° 2385 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
278
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1119
EXPEDIENTE Nº: 9223-R-2008.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 30 de enero de 2017, al establecimiento sito
en Los Ceibos N° 1791 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1120
EXPEDIENTE Nº: 9459-C-2008.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de diciembre de 2016 al establecimiento
sito en La Calandria N° 465 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1121
EXPEDIENTE Nº: 1121-C-2009.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de junio de 2017 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Centenario N° 145 de la ciudad de
San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1122
EXPEDIENTE Nº: 11418-G-2007.-
MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad
operado en el establecimiento destinado al desarrollo de actividades con el rubro
“VENTA DE TELEFONÍA CELULAR Y ACCESORIOS” sito en Bernardo de Irigoyen
N° 2850 Góndola 10 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, inscribiendo
el establecimiento a nombre de GOT S.A. quien ejerce la titularidad desde el 4 de julio de
2016.-
279
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1123
EXPEDIENTE Nº: 227-V-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 24 de mayo de 2017 atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Sucre N° 3072 de la ciudad de
Beccar, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1124
EXPEDIENTE Nº: 1855-M-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Juan Segundo Fernández N° 1267 –local
9- primer piso de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1125
EXPEDIENTE Nº: 4546-R-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1° de diciembre de 2016 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Gaboto N° 870 de la ciudad de San
Isidro, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1126
EXPEDIENTE Nº: 10054-C-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 4 de junio de 2010, atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Avelino Rolón n° 2193 de la ciudad
de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-
280
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1127
EXPEDIENTE Nº: 6010-CH-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 13 de junio de 2017, atento el cese de
actividades, al establecimiento sito en Martín y Omar N° 438 de la ciudad de San Isidro,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1128
EXPEDIENTE Nº: 8946-D-2003.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017, atento el cese de actividades
presentado, al establecimiento sito en Dardo Rocha N° 1402 local N° 1 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1129
ANULADA
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1130
EXPEDIENTE Nº: 12308-S-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de marzo de 2016 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en Hipólito Yrigoyen N° 353 de la ciudad
de Martínez, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1131
EXPEDIENTE Nº: 10737-B-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de diciembre de 2015 atento el cese de
actividades presentado, al establecimiento sito en General Alvear N° 436 de la ciudad de
Martínez, jurisdicción de este Partido.-
281
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1132
EXPEDIENTE Nº: 10785-L-2007.-
MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 18 de diciembre de 2016 atento el cese de
actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Andrés Rolón N° 2560 – Local 141
“C” de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 29 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1133
EXPEDIENTE Nº: 2553-V-2009.-
MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 27 de abril de 2017 el trámite de
habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en
el establecimiento sito en J. B. La Salle N° 591 locales 11, 12 y 13 de la ciudad de San
Isidro, jurisdicción de este Partido.-
282
RESOLUCIONES S L y T
TRÁNSITO
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT Nº: 427
EXPEDIENTE Nº: 4221-LL-2014.-
MOTIVO: Autorizar hasta el 31 de diciembre de 2017 a Norberto Llopiz, a desarrollar
actividades con el rubro “TRANSPORTE ESPECIAL DE PERSONAS”, Habilitado N°
268, utilizando a tal efecto el vehículo Marca: MERCEDES BENZ, Modelo: BMO390
VERSION 1420, Año: 1996, Dominio: ARU568, Motor: 153953, con capacidad para
transportar cuarenta y tres (43) personas sentadas con celadora.-
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT Nº: 428
EXPEDIENTE Nº: 16099-H-2016.-
MOTIVO: Dar de baja a partir del 13 de septiembre de 2017 al Sr. Ernesto José Hilara y
al vehículo de su propiedad Marca: FIAT, Modelo: SIENA (F4) EL 1.4 8V, Año: 2016,
Dominio: AA474JJ, Motor: 310A20112661718, en la agencia de autos al instante
“EXPRESS” sita en Liniers N° 57/59/65 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este
Partido.-
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT Nº: 429
EXPEDIENTE Nº: 14293-D-2017.-
MOTIVO: Autorizar a desarrollar actividades correspondientes al servicio de AUTOS
AL INSTANTE a SERVICIOS MULTIPUNTO S.R.L., afectando el automotor Marca:
FIAT, Modelo: QUBO 1.4 8V DYNAMIC, Año: 2012, Dominio: LWX015, Motor:
10FSX16530480, en la agencia “EXPRESS” ubicada en Liniers N° 59/65 de la ciudad de
San Isidro, jurisdicción de este Partido, dejándose constancia que la vida útil del vehículo
caduca el 31 de diciembre de 2025.-
283
FECHA: 23 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION SLyT Nº: 430
EXPEDIENTE Nº: 15085-D-2014.-
MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales a partir del 12 de junio de 2017 al
vehículo Marca: TOYOTA, Modelo: ETIOS XLS 1.5 M/T, Año: 2014, Motor:
2NRV172061, afectado al servicio de AUTOS AL INSTANTE, propiedad de Sr.
Domingo Diaz Medeiros.
Autorizar a continuar desarrollando actividades al servicio de AUTOS AL INSTANTE a
Domingo Diaz Medeiros, afectando el automotor Marca: TOYOTA, Modelo: COROLLA
XEI 1.8 CVT, Año: 2017, Dominio: AB350DV, Motor: 2ZRM454322, en la agencia “La
Horqueta” ubicada en Blanco Encalada N° 2255 Local 28 de la ciudad de Beccar,
jurisdicción de este Partido, dejándose constancia que la vida útil del vehículo caduca el
31 de diciembre de 2030.-
284
RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT
OBRAS PARTICULARES
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 144
Expediente Nro 9177-13.-
Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Magallanes
N° 1072, de San Isidro, solicitado por Sebastián N. Casanello.-
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 145
Expediente Nro 7772-16.-
Apruébense los planos de regularización, del inmueble ubicado en la calle Ada Elflein N°
3035/45, de Beccar, solicitado por María C. Marchetti (UF 01) y Torquen S.A (UF 02).-
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 146
Expediente Nro 1805-16.-
Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Juan Marín
N° 248/54/64/76, de San Isidro, solicitado por Pampaki S.A (UF Nº 1), Isaac Alberto
Chamy y Teresa D. Samatob (UF Nº 2).-
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 147
Expediente Nro 4253-14.-
Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Av. del
Libertador N° 13647, de Martínez, solicitado por Vaquit San Isidro S.A (Dominio
Fiduciario).-
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 148
Expediente Nro 12287-17.-
Apruébense los planos de regularización, del inmueble ubicado en la calle Pte. Roca N°
587, de Beccar, solicitado por Gustavo F. Rossi y Silvia B. González.-
285
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 149
Expediente Nro 4717-11.-
Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Martín y
Omar N° 666, de San Isidro, solicitado por María Martha del Corazón de Jesús de
Anchorena.-
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 150
Expediente Nro 12995-17.-
Apruébense los planos de regularización, del inmueble ubicado en la calle Dr. Bagnati
esquina Maestra Rueda N° 1798, de Boulogne, solicitado por Ana Cecilia Savall.-
286
RESOLUCIONES S. E. A. R.
A R S I
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 119
EXPEDIENTE Nº: 13380-T-2017
MOTIVO: Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el artículo 1° inciso “A” del
Anexo del Decreto N° 33/17 reglamentario del artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal
vigente, otorgando una reducción del 25% sobre el valor de la Tasa por Inspección de
Comercios e Industrias determinada para la cuenta N° 74.664.
Aplicar la reducción a partir del bimestre Noviembre-Diciembre 2017.
La vigencia del beneficio de reducción sobre la tasa será de un año calendario a partir de
la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio. Vencido el plazo, podrá requerirse su
renovación.
La falta de pago de cualquier tasa municipal por más de dos cuotas consecutivas o la
modificación de alguna de las circunstancias por las que se ha otorgado la reducción hará
caer el beneficio otorgado.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 120
EXPEDIENTE Nº: 12956-A-2017.-
MOTIVO: Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el artículo 1° inciso “A” del
Anexo del Decreto N° 33/17 reglamentario del artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal
vigente, otorgando una reducción del 50% sobre el valor de la Tasa por Inspección de
Comercios e Industrias determinada para la cuenta N° 73.741.
Aplicar la reducción a partir del bimestre Noviembre-Diciembre 2017.
La vigencia del beneficio de reducción sobre la tasa será de un año calendario a partir de
la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio. Vencido el plazo, podrá requerirse su
renovación.
La falta de pago de cualquier tasa municipal por más de dos cuotas consecutivas o la
modificación de alguna de las circunstancias por las que se ha otorgado la reducción hará
caer el beneficio otorgado.-
287
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 121
EXPEDIENTE Nº: 1145-A-2017.-
MOTIVO: Confirmar en concepto de Tasa de Gestión de Residuos a Grandes
Generadores el ajuste practicado y en consecuencia determinar respecto de la cuenta N°
61.871 correspondiente a los períodos Enero a Diciembre de 2016 con más los recargos e
intereses correspondientes.
Instruir sumario correspondiente a fin de determinar si la conducta del contribuyente
podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) o c) de la
Ordenanza Fiscal.
FECHA: 17 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 122
EXPEDIENTE Nº: 3447-A-2016.-
MOTIVO: No hacer lugar a la solicitud de prescripción de la deuda de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales correspondiente a la cuenta corriente N°
521.898.-
FECHA: 27 de noviembre de 2017.-
RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 123
EXPEDIENTE Nº: 13754-A-2017.-
MOTIVO: Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el artículo 1° inciso “A” del
Anexo del Decreto N° 33/17 reglamentario del artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal
vigente, otorgando una reducción del 25% sobre el valor de la Tasa por Inspección de
Comercios e Industrias determinada para la cuenta N° 73.649.
Aplicar la reducción a partir del bimestre Enero-Febrero 2018.
La vigencia del beneficio de reducción sobre la tasa será de un año calendario a partir de
la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio. Vencido el plazo, podrá requerirse su
renovación.
La falta de pago de cualquier tasa municipal por más de dos cuotas consecutivas o la
modificación de alguna de las circunstancias por las que se ha otorgado la reducción hará
caer el beneficio otorgado.-
288
R E S O L U C I O N E S S G – S O P
O B R A S P Ú B L I C A S
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 116
Expediente Nro. 12787-T-2010.-
Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de fecha 2 de agosto de 2013 y el Acta de
Recepción Definitiva de fecha 29 de septiembre de 2017, de la obra “TENDIDO DE
FIBRA ÓPTICA” ejecutada por la firma TELMEX ARGENTINA S.A., en la calle
Santiago del Estero N° 3089 entre García Merou y Emilio Frers de la ciudad de Martínez,
jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 117
Expediente Nro. 3134-C-2014.-
Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de fecha 12 de mayo de 2016 y el Acta de
Recepción Definitiva de fecha 24 de octubre de 2017, de la obra “TENDIDO DE FIBRA
ÓPTICA” ejecutada por la firma CABLEVISIÓN S.A., en las calles Colectora Oeste
Panamericana entre Maestro Granada y Wilde, Wilde ente Colectora Oeste Panamericana
y José María Moreno, José María Moreno entre Wilde y Mazza, Mazza entre José María
Moreno y Virrey Vértiz y Virrey Vértiz entre Mazza y Perito Moreno de la ciudad de
Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 118
Expediente Nro. 8753-T-2016.-
Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de fecha 5 de junio de 2013 y el Acta de
Recepción Definitiva de fecha 26 de septiembre de 2017, de la obra “TENDIDO DE
FIBRA ÓPTICA Y CONSTRUCCIÓN DE CÁMARAS” ejecutada por la firma
TELMEX ARGENTINA S.A., en la calle Mariano Lezica entre Coronel Cetz y Diego
Carman de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-
289
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 119
Expediente Nro. 14451-I-2017.-
Autorizar a la empresa INSTALMEC S.R.L. a realizar la obra “EXTENSIÓN DE RED
DE GAS NATURAL” en la calle Escalada N° 142 entre Estanislao del Campo y
Mendeville en la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.-
290
R E S O L U C I O N E S
R E C U R S O S H U M A N O S
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1068
EXPEDIENTE Nº:12109 –P - 2017
MOTIVO: Rechazar Presentación Emiliano Hernán MUÑOZ
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1069
EXPEDIENTE Nº:15314 –P - 2017
MOTIVO:Modificar horas María Laura RECANATINI
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1070
EXPEDIENTE Nº: 15315 –P - 2017
MOTIVO: Modificar Horas Mensualizado Virginia RIVATA
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1071
EXPEDIENTE Nº: 15233–P - 2017
MOTIVO: Destino Trabajo Norberto ROMERO y otros
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1072
EXPEDIENTE Nº: 6428 –P - 2017
MOTIVO: Limitar / Designar Mensualizado Macarena B. BRONZUOLI
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1073
EXPEDIENTE Nº: 15311 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Federico J. FERNANDEZ y otros
291
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1074
EXPEDIENTE Nº: 15312–P - 2017
MOTIVO: Designar mensualizado Julián Osvaldo QUINTERO
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1075
EXPEDIENTE Nº:15249 –P - 2017
MOTIVO: Modificar Jornada Oscar BRANDI / Juan Pablo MOLINA
FECHA: 16de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1076
EXPEDIENTE Nº:15313 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado María Mercedes ANDRADA
FECHA: de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº:1077
EXPEDIENTE Nº:14852 –P - 2017
MOTIVO: Desig Mens / Incluir Art. 13º Verónica ANTIECO / Marisol COLAREZ
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1078
EXPEDIENTE Nº:15238 –P - 2017
MOTIVO: Excluir Art. 16º Nicolás FERRANTE / Juan Ignacio CASTRO
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1079
EXPEDIENTE Nº:15236 –P - 2017
MOTIVO: Asentar Destino Victor Daniel WEBER y otros
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº:1080
EXPEDIENTE Nº:14856 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Maximiliano O. CARRETE
292
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº:1081
EXPEDIENTE Nº: 15300 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Laura Fabiola FRIAS
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1082
EXPEDIENTE Nº: 14321 –P - 2017
MOTIVO: Designar Planta Docente José María OCAMPO
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1083
EXPEDIENTE Nº: 14263 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Rosana B. CLAROS
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1084
EXPEDIENTE Nº:15547 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado María N. GIMENEZ
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1085
EXPEDIENTE Nº: 15256 –P - 2017
MOTIVO: : Designar Mensualizado Germán M- DE GREGORI
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1086
EXPEDIENTE Nº: 15549 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado María E. ARREDONDO y otros
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1087
EXPEDIENTE Nº: 15548 –P – 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Marcelo A. FERNANDEZ
293
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1088
EXPEDIENTE Nº: 15253 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado José María VELAZQUEZ
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1089
EXPEDIENTE Nº:15546 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Rodrigo S. BORBA y otros
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1090
EXPEDIENTE Nº:15513 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Mariela A. CISNEROS
FECHA: 22 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1091
EXPEDIENTE Nº: 15516 –P - 2017
MOTIVO: Trasladar en Comision José M. GAMARRA
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1092
EXPEDIENTE Nº: 15510 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Walter Fabián MORALES
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1093
EXPEDIENTE Nº: 15509 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Valeria A. BALSAMO
FECHA: 24de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1094
EXPEDIENTE Nº: 15255 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Lucas Andrés VILLEGA y otros
294
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1095
EXPEDIENTE Nº: 15550 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Silvana A. FIORINO
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1096
EXPEDIENTE Nº:15515 –P - 2017
MOTIVO: Aceptar Renuncia Julio R. PONCE
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1097
EXPEDIENTE Nº: 15545 –P – 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Ezequiel M- GOMEZ
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1098
EXPEDIENTE Nº: 15511 –P - 2017
MOTIVO: Modif. Jornada / Limit y Desig Mens Sandra M GARCIA
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº:1099
EXPEDIENTE Nº:15934 –P - 2017
MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio Ana María BERRINI
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1100
EXPEDIENTE Nº:15933 –P - 2017
MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio José Bernardo GIMENEZ
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1101
EXPEDIENTE Nº: 15932 –P - 2017
MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio María Teresa BALPARDA BRITO
295
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1102
EXPEDIENTE Nº: 15536 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Mauro N SUAREZ
FECHA: de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1103
EXPEDIENTE Nº: 15537 –P - 2017
MOTIVO: ANULADA (Runcia y Convenio Rita JUNCO)
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1104
EXPEDIENTE Nº: 15529 –P - 2017
MOTIVO: Trasladar María Laura LUCIANO
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1105
EXPEDIENTE Nº: 15530 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Guillermo E. ZAPATA
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1106
EXPEDIENTE Nº: 15526 –P - 2017
MOTIVO: Trasladar Luis DI SARIO
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1107
EXPEDIENTE Nº: 15528 –P - 2017
MOTIVO: Asentar Destino Facundo E SOLIS / Maria C GOMEZ
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1108
EXPEDIENTE Nº: 15553 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Claudio R JUAREZ y otros
296
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1109
EXPEDIENTE Nº: 6828 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Tony C GUERRA
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1110
EXPEDIENTE Nº: 15523 –P - 2017
MOTIVO: Trasladar Provisoriamente María S GODOY
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1111
EXPEDIENTE Nº:15552 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Sebastián MUÑOZ y otros
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1112
EXPEDIENTE Nº: 15301 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado María Sara TUBÍAS
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1113
EXPEDIENTE Nº: 12417 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Giselle N LOPEZ
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1114
EXPEDIENTE Nº: 14307 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Karen CLAVIO
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1115
EXPEDIENTE Nº: 6437 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Gabriela S D´IPPOLITO
297
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1116
EXPEDIENTE Nº: 15306 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Andrea S COTARELO
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1117
EXPEDIENTE Nº: 16290 –P - 2017
MOTIVO: Dejar sin Efecto Res784 Mario RECALDE
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1118
EXPEDIENTE Nº: 15525 –P - 2017
MOTIVO: Abonar Haberes Adeudados Miguel Petillo
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1119
EXPEDIENTE Nº: 15534 –P - 2017
MOTIVO: Modificar Funciones Matías AQUINO RUFINEZ
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1120
EXPEDIENTE Nº: 15558 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Leonardo F GONZALEZ
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1121
EXPEDIENTE Nº: 15540 –P - 2017
MOTIVO: Limitar Mensualizado Facundo A ZANOTTI AIRALA
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1122
EXPEDIENTE Nº: 12436 –P - 2017
MOTIVO: Limitar/ Designar Mensualizado María E: COBIELLA
298
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1123
EXPEDIENTE Nº: 14322 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Karina FERRO/ Stefanía DI PAOLO
FECHA: 30 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1124
EXPEDIENTE Nº: 6436 –P - 2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Analía GIMENEZ
FECHA: 28 de noviembre de 2017
RESOLUCION RR.HH. Nº: 1125
EXPEDIENTE Nº: 15537 –P - 2017
MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio Rita JUNCO
299
R E S O L U C I O N E S
S A L U D P Ú B L I C A
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº: 941
EXPEDIENTE Nº:15250 -P-2017
MOTIVO: Promover Hernán E. SERRANO
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº: 942
EXPEDIENTE Nº: 1869-P-2017
MOTIVO:Limitar Jesica ROMAN VIDAL
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº: 943
EXPEDIENTE Nº:14326 -P-2017
MOTIVO:Limitar/Designar Mens. Silvia REYNAGA CARVAJAL
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº: 944
EXPEDIENTE Nº8338 -P-2017
MOTIVO: Limitar/Designar Mens. Carlos Emanuel GOMEZ
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:945
EXPEDIENTE Nº14320 -P-2017
MOTIVO: Desig Mens / Incluir Art. 16º/ ANEXO/ Gastón Nahuel GANDINI y otros
---------------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:946
EXPEDIENTE Nº: 3962 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Laura Alejandra ALTAMIRANO
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:947
EXPEDIENTE Nº: 5336-P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizada Inés María FERNANDEZ DEL CASAL
300
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:948
EXPEDIENTE Nº: 5327-P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizada María Elisabeth MOSCALIUK
FECHA: 16 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:949
EXPEDIENTE Nº: 14329-P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizada Claudia QUIROGA SILVA
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:950
EXPEDIENTE Nº:7850 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Francisco Javier LLAMA FIGUEROA
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:951
EXPEDIENTE Nº: 13188 -P-2017
MOTIVO: Designar Mens. Luciana A. MOLINA/ Delia S. RAMOS
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:952
EXPEDIENTE Nº: 14851 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Lidia CEJAS
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:953
EXPEDIENTE Nº: 14846 -P-2017
MOTIVO: Limitar/Designar Mensualizado Mauro Agustín HERNANDEZ
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:954
EXPEDIENTE Nº: 14847 -P-2017
MOTIVO:Designar Mens. María Pía LEVERATTO / Cyntia LOPEZ CHOQUE
301
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:955
EXPEDIENTE Nº: 14853 -P-2017
MOTIVO: Design. Mens. Matías SUBILIBIA/María F. PITELLI/Andrea R. BERNI
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:956
EXPEDIENTE Nº: 14855 -P-2017
MOTIVO: Designar Mens Osvaldo PAGANINO/ Matías ACOSTA
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:957
EXPEDIENTE Nº:4866 -P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizada Lorena Cecilia MEDERO
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:958
EXPEDIENTE Nº:15308 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Yanina Beatriz LUNA
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:959
EXPEDIENTE Nº: 15309 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Vanessa E. MENDOZA NUÑEZ
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:960
EXPEDIENTE Nº: 1036 -P-2017
MOTIVO:Limitar Catalina Itatí ROLÓN
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:961
EXPEDIENTE Nº:13193 -P-2017
MOTIVO: Desig. Prof. Asistente 24 Hs. Flavia P. MONTI
302
FECHA: 17 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:962
EXPEDIENTE Nº: 14341 -P-2017
MOTIVO:Reubicar Alejandra Rita ROMANO
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:963
EXPEDIENTE Nº:13182 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Alex Deymar PEREZ FERNANDEZ
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:964
EXPEDIENTE Nº: 10824 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Erika Yurema SOLANO SANCHEZ
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:965
EXPEDIENTE Nº: 5961 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Santiago Leonel MOCHI
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:966
EXPEDIENTE Nº: 6435 -P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizada Antonella MORARD SCOLARIS
FECHA:23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:967
EXPEDIENTE Nº: 8481 -P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizada Luz Claudia PRUDENCIO
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:968
EXPEDIENTE Nº14243 -P-2017
MOTIVO: Limitar/Designar Mens./Incluir Art 16º Anabela Verónica BOJORQUE
303
FECHA:23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:969
EXPEDIENTE Nº:15319 -P-2017
MOTIVO:Designar Mensualizada Paola Vanesa PALLOTTI
FECHA:23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:970
EXPEDIENTE Nº:15252-P-2017
MOTIVO:Modif. Desig. Walter E. ABREGU y otros
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:971
EXPEDIENTE Nº: 6705-P-2017
MOTIVO: Limitar Edy APAZA MACHAHUAY
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:972
EXPEDIENTE Nº:12418 -P-2017
MOTIVO: Designar Jornalizado Pablo A. PAOLUCCI
FECHA: 23 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:973
EXPEDIENTE Nº: 15318 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Juan Ignacio ALEMANN
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:974
EXPEDIENTE Nº: 6896-P-2017
MOTIVO:Designar Mensualizada Micaela GARIBALDI
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:975
EXPEDIENTE Nº: 10587-P-2017
MOTIVO:Designar Mensualizada Rosana Cristina FERNANDEZ
304
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:976
EXPEDIENTE Nº: 2483 -P-2017
MOTIVO: Limitar/ Desig. Mensualizada Ayelen Nelida ROZENZWAIG
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:977
EXPEDIENTE Nº: 13190-P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizado Melanie A. VERA y otros
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:978
EXPEDIENTE Nº: 8336 -P-2017
MOTIVO:Designar Jornalizado Camila Gisele SOTO
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº: 979
EXPEDIENTE Nº: 14309 -P-2017
MOTIVO: Limitar Daniel E. PALAVECINO
FECHA: 24 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:980
EXPEDIENTE Nº: 15527-P-2017
MOTIVO: Reconocer visitancia Ad-Honorem Alejandro REBOZOV
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:981
EXPEDIENTE Nº: 16288 -P-2017
MOTIVO: Aceptar Runcia./Aprobar convenio jubil. Angela NESCI
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:982
EXPEDIENTE Nº: 16289 -P-2017
MOTIVO: Aceptar Runcia./Aprobar convenio jubil. Amanda N. REVERBERI
305
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:983
EXPEDIENTE Nº: 15939-P-2017
MOTIVO: Aceptar Runcia./Aprobar convenio jubil. Juan Pablo MOYA
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:984
EXPEDIENTE Nº: 13189-P-2017
MOTIVO:Limit. Desig. Mens. Paola VENECIA/ Desig. Mens. M. E. CARABAJAL
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:985
EXPEDIENTE Nº: 8476 -P-2017
MOTIVO: Designar Prof. Asistente 24Hs. Cintia E. MÁXIMO
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:986
EXPEDIENTE Nº: 15557 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizados Omar I. VILASECA y otros
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:987
EXPEDIENTE Nº: 2478 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Maria B. AGÜERO
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:988
EXPEDIENTE Nº: 4844 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizado y Jornalizado Martín UlisesZAPATA
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:989
EXPEDIENTE Nº: 8893 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada maribel Karin MINAYA MATEO
306
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:990
EXPEDIENTE Nº: 15310 -P-2017
MOTIVO: Desig. Prof. Asistente 24 Hs. Damian PASCUCCI / Federico BERRA
FECHA: 29 de noviembre de 2017
RESOLUCION S.S.P. Nº:991
EXPEDIENTE Nº: 8892 -P-2017
MOTIVO: Designar Mensualizada Zoraida Elsa CARBONEL
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