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1 BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena de noviembre de 2 2 0 0 1 1 7 7 P Pu u b b l l i i c c a a d d o o, , e e l l d d í í a a 9 9 d d e e a a b b r r i i l l d de e 2 2 0 0 1 1 8 8. . MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Dirección General de Despacho y Legislación

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BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1

2da. Quincena de noviembre de 222 000 111 777

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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Dirección General de Despacho y Legislación

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2

MMMUUUNNNIIICCCIIIPPPAAALLLIIIDDDAAADDD DDDEEE SSSAAANNN IIISSSIIIDDDRRROOO

DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION

BBBOOOLLLEEETTTIIINNN OOOFFFIIICCCIIIAAALLL NNNººº 999 999 111

2da. Quincena de noviembre de 2017

AAUUTTOORRIIDDAADDEESS MMUUNNIICCIIPPAALLEESS

IINNTTEENNDDEENNTTEE MMUUNNIICCIIPPAALL:: DDrr.. ÁÁnnggeell GGuussttaavvoo PPOOSSSSEE

Secretario General Lic. Federico BEREZIUK

Secretaria Legal y Técnica Dra. M. R. del V. GARCÍA MINUZZI

Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José MILETTA

Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín ONETO

Subsecretario General de Inspecciones, Registros

Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ

Secretario de Planeamiento e Integración de Políticas

Productivas Dr. Enrique PICCARDO

Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO

Secretario de Obras Públicas Ing. Bernardo LANDIVAR

Secretario de Desarrollo Económico y Sustentable Sr. Guillermo Isaac GREIG

Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL

Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER

CONTENIDO DE ESTE NÚMERO

ORDENANZAS: 8964 al 8966 páginas 4 al 24

DECRETOS: 2695 al 2809 páginas 25 al 241

RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Inspección General):

962 al 1133 páginas 242 al 281

RESOLUCIONES SLyT (Tránsito): 427 al 430 páginas 282 al 283

RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

(Obras Particulares):

144 al 150 páginas 284 al 285

RESOLUCIONES (ARSI): 119 al 120 páginas 286 al 287

RESOLUCIONES S.I.C.: _________ _________

RESOLUCIONES SG-SOP

(Obras Públicas):

116 al 119 páginas 288 al 289

RESOLUCIONES RR.HH.: 1068 al 1125 páginas 290 al 298

RESOLUCIONES S.S.P. (Salud Pública): 941 al 991 páginas 299 al 306

Notas aclaratorias: El Decreto N° 103 (perteneciente a la 1ra quincena de enero) ha sido anulado. Los Decretos Nros. 330 (perteneciente a la

1ra quincena de febrero), 959 (perteneciente a la 2da quincena de abril) y 1564 (perteneciente a la 2da quincena de junio) han sido anulados

por Decreto N° 2808 del 30 de noviembre de 2017, publicado en la presente Edición Oficial. El Decreto N° 2612 (perteneciente a la 1ra

quincena de noviembre) ha sido anulado por Decreto N° 298 del 9 de febrero de 2018. El Decreto N° 2666 (perteneciente a la 1ra quincena de

noviembre) ha sido anulado por Decreto N° 703 de fecha 28 de marzo de 2018. Las Ordenanzas Nros. 8962 y 8963 (pertenecientes a la 1ra

quincena de noviembre) se publican en la presente edición. La Resolución SLyT-SIRUyT N° 1032 queda pendiente.

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DDIIRREECCCCIIOONN GGEENNEERRAALL DDEE DDEESSPPAACCHHOO YY LLEEGGIISSLLAACCIION

IINNDDIICCEE TTEEMMÁÁTTIICCOO

ORDENANZA N° 8964/2017 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1097

(22 de diciembre de 2017)

------------------

ORDENANZA N° 8965/2017 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1098

(22 de diciembre de 2017)

------------------

ORDENANZA N° 8966/2017 Publicada en Boletín Edición Extra N° 1101

(29 de diciembre de 2017)

------------------

DECRETO N° 2725/2017 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1095

(15 de diciembre de 2017)

------------------

DECRETO N° 2741/2017 Publicado en Boletín Edición Extra N° 1102

(29 de diciembre de 2017)

------------------

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Ref.: Expte. Nº 15187-S-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

Al Sr. Intendente Municipal

Dr. Gustavo Angel Posse

S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr.

Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su

DECIMO SEPTIMA REUNIÓN – DECIMO SEXTA SESION ORDINARIA de fecha 15

de noviembre de 2017, ha sancionado sobre tablas la ORDENANZA Nº 8962 cuyo texto

transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8962

CONVALIDACIONES

Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires

Barrio San Cayetano

ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el día 02 de noviembre del corriente año obrante en el Expediente N° 15187-S-2017, en virtud del cual la mentada repartición provincial se compromete a otorgar un subsidio de Pesos Doce Millones Quinientos Cincuenta y cinco Mil Trescientos Setenta y Ocho con Cuarenta y Nueve Centavos (12.555.378,49), tendiente al financiamiento de la ejecución de la obra “Extensión de Red Cloacal y Red de Desagües para mejoras en el Barrio San Cayetano, de la Ciudad de San Isidro”, cuyo texto pasa a formar parte de la presente.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

PROMULGADA POR DTO Nº 2697 Del 16 de noviembre de 2017.

GABRIEL F. ESTORONI

Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

San Isidro

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CONVENIO DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PÚBLICAS

DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS

BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO

COMUNITARIO – LEY 14.449 DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT

MUNICIPIO DE SAN ISIDRO

En la ciudad de La Plata, a los 02 días del mes de noviembre de 2017, entre la

Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en

adelante la “SUBSECRETARÍA”, representada por el Sr. Subsecretario Lic. Evert Van

Tooren, con domicilio en diagonal 73 N° 1568 de la Ciudad de La Plata, Partido de La

Plata, por una parte, y la Municipalidad de San Isidro, en adelante el “MUNICIPIO”,

representada por el Intendente Dr. Gustavo Posse, con domicilio en Av. Centenario N°

77 de la localidad de San Isidro, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por la

otra, acuerdan celebrar el presente Convenio, con el objeto de fijar pautas y coordinar

acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras de Infraestructura

para la mejora del hábitat, y

CONSIDERANDO:

Que es decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adoptar todas las medidas

orientadas a generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus

habitantes;

Que la Ley 14.449 de “Acceso Justo al Hábitat” tiene por objeto la promoción del

derecho a la vivienda y a un hábitat digno, y establece en su Artículo 8 como

lineamientos generales para cumplir con dicho objetivo, promover la recuperación,

rehabilitación o refuncionalización de edificios, sectores urbanos residenciales en

proceso de degradación, preservando el valor del patrimonio histórico y social, ejecutar

la construcción, ampliación o mejoramiento de servicios de infraestructura básicos, de

equipamiento comunitarios y espacios públicos recreativos, y en general llevar adelante

acciones tendientes a lograr la integración socio urbana.

Que en tal sentido, es competencia de la SUBSECRETARÍA gestionar, desarrollar, aplicar y

administrar las fuentes de financiamiento destinadas a cumplir con los planes,

programas y proyectos en materia de hábitat a través de la Dirección Provincial de

Acceso Justo al Hábitat y Desarrollo Barrial;

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Que mediante Expediente N° 2423-7174/17 el MUNICIPIO ha solicitado asistencia a la

SUBSECRETARÍA en el marco del Programa de financiamiento para infraestructura de

redes públicas domiciliarias e Intradomiciliarias de servicios básicos, obras

complementarias y/o equipamiento comunitario, destinado a obras de red cloacal y red

de desagües para mejoras en Barrio San Cayetano, partido de San Isidro.

Que las partes concuerdan dar cumplimiento al acuerdo aquí celebrado, respetando las

formas y las finalidades del mismo;

Que ello así, corresponde en esta instancia suscribir con el Municipio de San Isidro el

presente Convenio;

CLAUSULA 1°: La Provincia de Buenos Aires, a través de la SUBSECRETARÍA, otorgará al

MUNICIPIO en concepto de subsidio la suma de pesos doce millones quinientos

cincuenta y cinco mil trescientos setenta y ocho con cuarenta y nueve centavos ($

12.555.378,49), destinada a financiar la ejecución de la obra “Extensión de red cloacal y

red de desagües para mejoras en Barrio San Cayetano, localidad de San Isidro” (en

adelante la “OBRA”), ello conforme al Proyecto que se agrega al presente Convenio

como Anexo I.

La OBRA tendrá un plazo de ejecución de 120 días corridos contados a partir de la fecha

de firma del Acta de Inicio de Obra.

En el supuesto de que el costo de la OBRA resulte superior al monto del subsidio

otorgado al MUNICIPIO, este garantizará su conclusión con fondos propios.

CLAUSULA 2°: El MUNICIPIO tendrá a su cargo la contratación, ejecución, inspección y

mantenimiento de la OBRA y su posterior operación, siendo el responsable exclusivo de

todos los efectos derivados de esas tareas, como así también de su mantenimiento y

conservación posterior.

CLAUSULA 3°: El MUNICIPIO se compromete a contratar los trabajos siguiendo prácticas

de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y economía. La SUBSECRETARÍA

prestará toda la colaboración y asistencia técnica necesaria, cuando el MUNICIPIO así se

lo requiera.

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CLAUSULA 4°: La SUBSECRETARÍA transferirá al MUNICIPIO el monto asignado en la

Cláusula 1° del presente, el que será efectivizado de la siguiente forma: a) Un primer

desembolso equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total asignado, en

concepto de Anticipo Financiero, el cual se efectivizará dentro de los 45 días de la

entrada en vigencia del presente Convenio; b) Un segundo desembolso equivalente al

treinta y cinco (35%) del monto total asignado una vez que el MUNICIPIO acredite ante

la SUBSECRETARÍA un avance físico de obra de al menos el veinticinco por ciento (25%);

c) Un tercer desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del monto total

asignado una vez que el MUNICIPIO acredite ante la SUBSECRETARÍA un avance físico de

obra de la menos el sesenta por ciento (60%).

CLAUSULA 5°: El MUNICIPIO se compromete a iniciar la ejecución de la OBRA dentro del

plazo de treinta (30) días corridos contados desde la recepción del anticipo referido en la

cláusula que antecede.

La SUBSECRETARÍA podrá, por única vez, ampliar dicho plazo por idéntico período, previa

solicitud fundada del MUNICIPIO.

CLAUSULA 6°: A los fines de la acreditación del avance físico de la obra el MUNICIPIO

deberá presentar ante la SUBSECRETARÍA el/los certificados de obra del/los proyecto/s

con la documentación respaldatoria correspondiente, debidamente refrendado por el

Inspector, por el Secretario de Obras Públicas municipal o funcionario equivalente y por

el Intendente del MUNICIPIO. Asimismo, deberá acompañar imágenes

fotográficas/fílmicas debidamente certificadas por funcionario competente; todo ello

con la correspondiente solicitud de pago del desembolso que corresponda.

La SUBSECRETARÍA efectuará, a través del área pertinente, el control formal de la

documentación presentada.

CLAUSULA 7°: La SUBSECRETARÍA por intermedio del área competente efectuará el

seguimiento de las obras y podrá, en caso de considerarlo necesario, supervisar y

solicitar información al MUNICIPIO y/o al contratista.

CLAUSULA 8°: El MUNICIPIO se compromete a colocar en todos los carteles de obra que

se instalen, además de las insignias y datos técnicos correspondientes, una leyenda –de

tamaño y dimensiones visibles- con el siguiente texto:

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PROGRAMA DE FINACIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS

BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.

LEY 14.449 – ACCESO JUSTO AL HÁBITAT. SUBSECRETARÍA SOCIAL DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS. GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

CLAUSULA 9°: El MUNICIPIO se compromete a mantener indemne al Estado Provincial

por cualquier reclamo, demanda, sanción, juicio, daño, pérdida y/o cualquier otro

concepto, incluyendo multas, costas judiciales y honorarios profesionales como

consecuencia de la ejecución de la OBRA y por todas aquellas por las cuales el

MUNICIPIO deba responder.

CLAUSULA 10°: Con relación a la verificación del destino final de los fondos otorgados, el

MUNICIPIO queda obligado a rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas,

conforme lo estipulado en el artículo 17 del Reglamento para el otorgamiento de

subsidios aprobado como Anexo Único del Decreto N° 467/07 y modificatorios.

CLAUSULA 11°: La SUBSECRETARÍA podrá rescindir el presente convenio en caso de

incumplimiento de las obligaciones por parte del MUNICIPIO, afianzando los montos

efectivamente transferidos con la coparticipación.

CLAUSULA 12°: El presente Convenio tendrá plena vigencia a partir de su aprobación,

mediante el dictado del pertinente acto administrativo.

CLAUSULA 13°: Ante cualquier controversia derivada de la interpretación o ejecución del

presente Convenio las partes procurarán una solución amigable mediante mecanismos

de negociación. Si habiéndose agotado tales instancias sin resultado positivo se atenderá

a lo dispuesto en el artículo 196 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

En prueba de conformidad con las trece (13) cláusulas que anteceden, a los 02 días del

mes de noviembre de 2017 se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo

efecto.

Sr. Subsecretario Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la

Provincia de Buenos Aires, Lic. Evert Van Tooren

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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Anexo 1

PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES

PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS

BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO

COMUNITARIO.

DESCRIPCIÓN DE LA OBRA

• MUNICIPIO: San Isidro

• OBRAS: Extensión de red cloacal y red de desagües pluviales.

- Red secundaria cloacal: instalación de 402 m de cañería cloacal, ejecución de 88

conexiones domiciliarias (66 cortas y 22 largas), construcción de 7 bocas de

registro, construcción de boca de acceso y ventilación y la ejecución de 2

empalmes a boca de registro existentes.

- Red de desagües pluviales: construcción de un conducto de 200 mm de diámetro

y 352 m de longitud con desembocadura en ramal de calle M. García;

construcción de 15 cámaras de inspección tipo A, 8 sumideros más caños de

enlace.

• UBICACIÓN DE LA OBRA: Calle Sucre, Roma, Maestra Manuela García y Gobernador

Udaondo.

• PLAZOS DE OBRA: El plazo estimado de la obra es de 120 días corridos.

• MONTO TOTAL DEL SUBSIDIO: $ 12.555.378,49

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_________________________________________________________________________

ANEXO D1 – FICHA IDENTIFICACIÓN ORGANISMOS PÚBLICOS

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

FICHA IDENTIFICACIÓN FUNCIONARIO INTERVINIENTE

_________________________________________________________________________

_________________________________________________________________________

Nombre y Apellido:

Cargo: Tipo y n° de Acto Administrativo

_________________________________________________________________________

CUIT/CUIL/CDI (adjuntar copia) Nacionalidad

_________________________________________________________________________

Fecha y lugar de nacimiento Estado Civil

_________________________________________________________________________

Firma

_________________________________________________________________________

DATOS DEL ORGANISMO

_________________________________________________________________________

Organismo Nacional/Provincial/Municipal: ___________________________

Domicilio: _____________________________________________________

Teléfono: ______________________________________________________

Se deberá adjuntar al presente formulario, copia fiel o certificada, del acto administrativo que avale la designación del

funcionario interviniente.

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Bapro Mandatos y Negocios S.A.

República Argentina

Tel: 54 11 5167 6099

Documentación a presentar: Prevención de Lavado de Dinero – Organismos

Públicos

- Nota con membrete del organismo firmada/certificada por el funcionario responsable adjuntando la

siguiente documentación:

a) Copia del Acto Administrativo de designación del funcionario interviniente.

b) Fotocopia de DNI, constancia de CUIT/CUIL

c) Formulario D1 – Ficha de Identificación Organismos Públicos

d) Formulario Declaración Jurada de Persona Expuesta Políticamente (pep’s)

Unidad de Prevención de Lavado y Financiamiento del Terrorismo

Pellegrini 91 – 8vo. Piso - CABA

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_________________________________________________________________________

ANEXO H – DECLARACIÓN JURADA SOBRE PEPS

_________________________________________________________________________

Declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente

BAPRO MANDATOS Y NEGOCIOS S.A.

El/la (1) que suscribe, ……………………… (2) declara bajo juramento que los datos consignados en la presente

son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que SI/NO (1) se encuentra incluido y/o

alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente” aprobada por la Unidad de

Información Financiera que ha leído.

En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo: ……………………………………………………….

Además asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto,

dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada.

Documento: Tipo (3) ………….. N° ………………….

País y Autoridad de Emisión: ………………………….

Carácter invocado: (4): ………………………………...

CUIT/CUIL/CDI (1) N° ………………………………

Lugar y Fecha: ………………………………………...

Firma: ………………………………………………….

Certifico/ certificamos que la firma que antecede concuerda con la registrada en nuestros libros/ fue

puesta en mi/ nuestra presencia (1).

Firma y sello del Sujeto Obligado o de los funcionarios del Sujeto Obligado autorizados.

Observaciones:

(1) Tachar lo que no corresponda (ver Anexo 1). (2) Integrar con el nombre y apellido del cliente, aún

cuando en su representación firme un apoderado. (3) indicar DNI, LE o LC para argentinos nativos. Para

extranjeros. DNI extranjeros, carnet internacional, pasaporte, certificado provisorio, documento de

identidad del respectivo país según corresponda (4) Indicar titular, representante legal, apoderado.

Cuando se trate de apoderado, el poder otorgado debe ser amplio y general y estar vigente a la fecha en

que se suscriba la presente declaración.

Nota: Esta declaración deberá ser integrada por duplicado, el que intervenido por el sujeto obligado

servirá como constancia de recepción de la presente declaración para el cliente.

Esta declaración podrá ser integrada en los legajos o cualquier otro formulario que utilicen

habitualmente los Sujetos Obligados para vincularse con sus clientes.

Deberá presentarse con Certificación Bancaria o por Escribano Público

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Personas Políticamente Expuestas – Anexo I

Resolución 52/2012 UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA

Artículo 1° - “Son Personas Expuestas Políticamente las siguientes:

a) Los funcionarios públicos extranjeros: quedan comprendidas las personas que desempeñen o hayan desempeñado dichas

funciones hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria, ocupando alguno de los siguientes cargos:

1- Jefes de Estado, jefes de Gobierno, gobernadores, intendentes, ministros, secretarios y subsecretarios de Estado y otros

cargos gubernamentales equivalentes;

2- Miembros del Parlamento/Poder Legislativo;

3- Jueces, miembros superiores de tribunales y otras altas instancias judiciales y administrativas de ese ámbito del Poder

Judicial;

4- Embajadores y cónsules

5- Oficiales de alto rango de las fuerzas armadas (a partir de coronel o grado equivalente en la fuerza y/o país de que se trate)

y de las fuerzas de seguridad pública (a partir de comisario o rango equivalente según la fuerza y/o país de que se trate);

6- Miembros de los órganos de dirección y control de empresas de propiedad estatal;

7- Directores, gobernadores, consejeros, síndicos o autoridades equivalentes de bancos centrales y otros organismos estatales

de regulación y/o supervisión;

b) Los cónyuges, o convivientes reconocidos legalmente, familiares en línea ascendiente o descendiente hasta el primer grado

de consanguinidad y allegados cercanos de las personas a que se refieren los puntos 1 a 7 del artículo 1°, inciso a), durante

el plazo indicado. A estos efectos, debe entenderse como allegado cercano a aquella persona pública y comúnmente

conocida por su íntima asociación a la persona definida como Persona Expuesta Políticamente en los puntos precedentes,

incluyendo a quienes están en posición de realizar operaciones por grandes sumas de dinero en nombre de la referida

persona.

c) Los funcionarios públicos nacionales que a continuación se señalan que se desempeñen o hayan desempeñado hasta dos

años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria:

1- El Presidente y Vicepresidente de la Nación;

2- Los Senadores y Diputados de la Nación;

3- Los magistrados del Poder Judicial de la Nación;

4- Los magistrados del Ministerio Público de la Nación;

5- El Defensor del Pueblo de la Nación y los adjuntos del Defensor del Pueblo;

6- El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios y Subsecretarios del Poder Ejecutivo Nacional;

7- Los interventores federales;

8- El Síndico General de la Nación y los Síndicos Generales Adjuntos de la Sindicatura General de la Nación, el presidente y los

auditores generales de la Auditoría General de la Nación, las autoridades superiores de los entes reguladores y los demás

órganos que integran los sistemas de control del sector público nacional, y los miembros de organismos jurisdiccionales

administrativos;

9- Los miembros del Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento;

10- Los Embajadores y Cónsules;

11- El personal de las Fuerzas Armadas, de la Policía Federal Argentina, de Gendarmería Nacional, de la Prefectura Naval

Argentina, del Servicio Penitenciario Federal y de la Policía de Seguridad Aeroportuaria con jerarquía no menor de coronel o

grado equivalente según la fuerza;

12- Los Rectores, Decanos y Secretarios de las Universidades Nacionales;

13- Los funcionarios o empleados con categoría o función no inferior a la de director general o nacional, que presten servicio en

la Administración Pública Nacional, centralizada o descentralizada, las entidades autárquicas, los bancos y entidades

financieras del sistema oficial, las obras sociales administradas por el Estado, las empresas del Estado, las sociedades del

estado y el personal con similar categoría o función, designado a propuesta del Estado en las sociedades de economía mixta,

en las sociedades anónimas con participación estatal y en otros entes del sector público;

14- Todo funcionario o empleado público encargado de otorgar habilitaciones administrativas para el ejercicio de cualquier

actividad, como también todo funcionario o empleado público encargado de controlar el funcionamiento de dichas

actividades o de ejercer cualquier otro control en virtud de un poder de policía;

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15- Los funcionarios que integran los organismos de control de los servicios públicos privatizados, con categoría no inferior a la

de director general o nacional;

16- El personal que se desempeña en el Poder Legislativo de la Nación, con categoría no inferior a la de director;

17- El personal que cumpla servicios en el Poder Judicial de la Nación y en el Ministerio Público de la Nación, con categoría no

inferior a Secretario;

18- todo funcionario o empleado público que integre comisiones de adjudicación de licitaciones, de compra o de recepción de

bienes, o partícipe en la toma de decisiones de licitaciones o compras.

19- Todo funcionario público que tenga por función administrar un patrimonio público o privado, o controlar o fiscalizar los

ingresos públicos cualquiera fuera su naturaleza;

20- Los directores y administradores de las entidades sometidas al control externo del Honorable Congreso de la Nación, de

conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley N° 24.155.

d) Los funcionarios públicos provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que a continuación se señalan,

que se desempeñan o hayan desempeñado hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria;

1- Gobernadores, intendentes y Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

2- Ministros de Gobierno, Secretarios y Subsecretarios, Ministros de los Tribunales Superiores de Justicia de las provincias y de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

3- Jueces y Secretarios de los Poderes Judiciales Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

4- Legisladores provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

5- Los miembros de Consejo de la Magistratura y del Jurado de Enjuiciamiento;

6- Máxima autoridad de los Organismos de Control y de los entes autárquicos provinciales, municipales y de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires;

7- Máxima autoridad de las sociedades de propiedad de los estados provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires;

e) Las autoridades y apoderados de partidos políticos a nivel nacional, provincial y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

que se desempeñan o hayan desempeñado hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria.

f) Las autoridades y representantes legales de organizaciones sindicales y empresariales (cámaras, asociaciones y otras formas

de agrupación corporativa con excepción de aquellas que únicamente administren las contribuciones o participaciones

efectuadas por sus socios, asociados, miembros asociados, miembros adherentes y/o las que surgen de acuerdos destinados

a cumplir con sus objetivos estatutarios) que desempeñen o hayan desempeñado dichas funciones hasta dos años

anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria.

El alcance establecido se limita a aquellos rangos, jerarquías o categorías con facultades de decisión resolutiva, por lo tanto

se excluye a los funcionarios de niveles intermedios o inferiores.

g) Las autoridades y representantes legales de las obras sociales contempladas en la Ley N° 23.660, que desempeñen o hayan

desempeñado dichas funciones hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la operatoria.

El alcance establecido se limita a aquellos rangos, jerarquías o categorías con facultades de decisión resolutiva, por lo tanto

se excluye a los funcionarios de niveles intermedios o inferiores.

h) Las personas que desempeñen o que hayan desempeñado hasta dos años anteriores a la fecha en que fue realizada la

operatoria, funciones superiores en una organización internacional y sean miembros de la alta gerencia, es decir: directores,

subdirectores y miembros de la Junta o funciones equivalentes excluyéndose a los funcionarios de niveles intermedios o

inferiores.

i) Los cónyuges, o convivientes reconocidos legalmente, y familiares en línea ascendiente o descendiente hasta le primer

grado de consanguinidad; del as personas a que se refieren los puntos c), d), e), f), g) y h) durante los plazos que para ellas

de indican.

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15

Ref.: Expte. Nº 15179-S-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

Al Sr. Intendente Municipal

Dr. Gustavo Angel Posse

S / D

Tengo el agrado de dirigirme al Sr.

Intendente, con el objeto de comunicarle que el Honorable Concejo Deliberante, en su

DECIMO SEPTIMA REUNIÓN – DECIMO SEXTA SESION ORDINARIA de fecha 15

de noviembre de 2017, ha sancionado sobre tablas la ORDENANZA Nº 8963 cuyo texto

transcribo a continuación:

ORDENANZA Nº 8963

CONVALIDACIONES

Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires

Barrio Sauze

ARTÍCULO 1º.- Convalidar el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, el día 02 de noviembre del corriente año obrante en el Expediente N° 15179-S-2017, mediante el cual la mentada repartición provincial se comprometió a otorgar a la Comuna en concepto de Subsidio la suma de Pesos Siete Millones Cuatrocientos Cuarenta y Tres Mil Quinientos Setenta y Dos con Treinta y Seis Centavos ($7.443.572,36), tendiente a la financiación de la ejecución de la obra “Pavimento y Red de Desagües Cloacales en el Barrio Sauze, de la Ciudad de San Isidro”, cuyo texto pasa a formar parte de la presente.- ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, etc.-

Sirva la presente de atenta nota de envío.-

p.b.

PROMULGADA POR DTO Nº 2697 Del 16 de noviembre de 2017.

GABRIEL F. ESTORONI

Secretario

Honorable Concejo Deliberante San Isidro

CARLOS A. CASTELLANO

Presidente

Honorable Concejo Deliberante

San Isidro

Honorable Concejo Deliberante de San Isidro

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16

CONVENIO DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES

PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS

BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO

COMUNITARIO – LEY 14.449 DE ACCESO JUSTO AL HÁBITAT

MUNICIPIO DE SAN ISIDRO

En la ciudad de La Plata, a los 02 días del mes de noviembre de 2017, entre la

Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, en

adelante la “SUBSECRETARÍA”, representada por el Sr. Subsecretario Lic. Evert Van

Tooren, con domicilio en diagonal 73 N° 1568 de la Ciudad de La Plata, Partido de La

Plata, por una parte, y la Municipalidad de San Isidro, en adelante el “MUNICIPIO”,

representada por el Intendente Dr. Gustavo Posse, con domicilio en Av. Centenario N°

77 de la localidad de San Isidro, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, por la

otra, acuerdan celebrar el presente Convenio, con el objeto de fijar pautas y coordinar

acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras de Infraestructura

para la mejora del hábitat, y

CONSIDERANDO:

Que es decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adoptar todas las medidas

orientadas a generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus

habitantes.

Que la Ley 14.449 de “Acceso Justo al Hábitat” tiene por objeto la promoción del

derecho a la vivienda y a un hábitat digno, y establece en su Artículo 8 como

lineamientos generales para cumplir con dicho objetivo, promover la recuperación,

rehabilitación o refuncionalización de edificios, sectores urbanos residenciales en

proceso de degradación, preservando el valor del patrimonio histórico y social, ejecutar

la construcción, ampliación o mejoramiento de servicios de infraestructura básicos, de

equipamiento comunitarios y espacios públicos recreativos, y en general llevar adelante

acciones tendientes a lograr la integración socio urbana.

Que en tal sentido, en competencia de la SUBSECRETARÍA gestionar, desarrollar, aplicar

y administrar las fuentes de financiamiento destinadas a cumplir con los planes,

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17

programas y proyectos en materia de hábitat a través de la Dirección Provincial de

Acceso Justo al Hábitat y Desarrollo Barrial;

Que mediante Expediente N° 2423-7173/17 el MUNICIPIO ha solicitado asistencia a la

SUBSECRETARÍA en el marco del Programa de financiamiento para infraestructura de

redes públicas domiciliarias e intradomiciliarias de servicios básicos, obras

complementarias y/o equipamiento comunitario, destinado a obras de pavimentación y

red de desagües cloacales, para mejoras del Barrio Sauze, partido de San Isidro.

Que las partes concuerdan dar cumplimiento al acuerdo aquí celebrado, respetando las

formas y las finalidades del mismo;

Que ello así, corresponde en esta instancia suscribir con el Municipio de San Isidro el

presente Convenio;

CLÁUSULA 1°: La Provincia de Buenos Aires, a través de la SUBSECRETARÍA otorgará al

MUNICIPIO en concepto de subsidio la suma de pesos siete millones cuatrocientos

cuarenta y tres mil quinientos setenta y dos con treinta y seis centavos ($7.443.572,36),

destinada a financiar la ejecución de la obra “Pavimento y red de desagües cloacales, en

Barrio Sauze, localidad de San Isidro” (en adelante la “OBRA”), ello conforme al

Proyecto que se agrega al presente Convenio como Anexo I.

La OBRA tendrá un plazo de ejecución de 150 días corridos contados a partir de la fecha

de firma del Acta de Inicio de Obra.

En el supuesto de que el costo de la OBRA resulte superior al monto del subsidio

otorgado al MUNICIPIO, este garantizará su conclusión con fondos propios.

CLÁUSULA 2°: El MUNICIPIO tendrá a su cargo la contratación, ejecución, inspección y

mantenimiento de la OBRA y su posterior operación, siendo el responsable exclusivo de

todos los efectos derivados de esas tareas, como así también de su mantenimiento y

conservación posterior.

CLÁUSULA 3°: El MUNICIPIO se compromete a contratar los trabajos siguiendo prácticas

de transparencia, concurrencia, igualdad, eficiencia y economía. La SUBSECRETARÍA

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18

prestará toda la colaboración y asistencia técnica necesaria, cuando el MUNICIPIO así se

lo requiera.

CLÁUSULA 4°: La SUBSECRETARÍA transferirá al MUNICIPIO el monto asignado en la

Cláusula 1° del presente, el que será efectivizado de la siguiente forma: a) Un primer

desembolso equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) del monto total asignado, en

concepto de Anticipo Financiero, el cual se efectivizará dentro de los 45 días de la

entrada en vigencia del presente Convenio; b) Un segundo desembolso equivalente al

treinta y cinco (35%) del monto total asignado una vez que el MUNICIPÍO acredite ante

la SUBSECRETARÍA un avance físico de obra de al menos el veinticinco por ciento (25%);

c) Un tercer desembolso equivalente al treinta por ciento (30%) del monto total

asignado una vez que el MUNICIPIO acredite ante la SUBSECRETARÍA un avance físico de

obra de al menos el sesenta por ciento (60%).

CLÁUSULA 5°: El MUNICIPIO se compromete a iniciar la ejecución de la OBRA dentro del

plazo de treinta (30) días corridos contados desde la recepción del anticipo referido en la

cláusula que antecede.

La SUBSECRETARÍA podrá, por única vez, ampliar dicho plazo por idéntico período, previa

solicitud fundada del MUNICIPIO.

CLÁUSULA 6°: A los fines de la acreditación del avance físico de la obra el MUNICIPIO

deberá presentar ante la SUBSECRETARÍA el/los certificados de obra del/los proyecto/s

con la documentación respaldatoria correspondiente, debidamente refrendado por el

Inspector, por el Secretario de Obras Públicas municipal o funcionario equivalente y por

el Intendente del MUNICIPIO. Asimismo, deberá acompañar imágenes

fotográficas/fílmicas debidamente certificadas por funcionario competente, todo ello

con la correspondiente solicitud de pago del desembolso que corresponda.

La SUBSECRETARÍA efectuará, a través del área pertinente, el control formal de la

documentación presentada.

CLÁUSULA 7°: La SUBSECRETARÍA por intermedio del área competente efectuará el

seguimiento de las obras y podrá, en caso de considerarlo necesario, supervisar y

solicitar información al MUNICIPIO y/o al contratista.

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19

CLÁUSULA 8°: El MUNICIPIO se compromete a colocar en todos los carteles de obra que

se instalen, además de las insignias y datos técnicos correspondientes, una leyenda –de

tamaño y dimensiones visibles- con el siguiente texto:

PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS

BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO COMUNITARIO.

LEY 14.449 – ACCESO JUSTO AL HÁBITAT.

SUBSECRETARÍA SOCIAL DE TIERRAS, URBANISMO Y VIVIENDA.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS.

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

CLÁUSULA 9°: El MUNICIPIO se compromete a mantener indemne al Estado Provincial

por cualquier reclamo, demanda, sanción, juicio, daño, pérdida y/o cualquier otro

concepto, incluyendo multas, costas judiciales y honorarios profesionales como

consecuencia de la ejecución de la OBRA y por todas aquellas por las cuales el

MUNICIPIO deba responder.

CLÁUSULA 10°: Con relación a la verificación del destino final de los fondos otorgados, el

MUNICIPIO queda obligado a rendir cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas,

conforme lo estipulado en el artículo 17 del Reglamento para el otorgamiento de

subsidios aprobado como Anexo Único del Decreto N° 467/07 y modificatorios.

CLÁUSULA 11°: La SUBSECRETARÍA podrá rescindir el presente convenio en caso de

incumplimiento de las obligaciones por parte del MUNICIPIO, afianzando los montos

efectivamente transferidos con la coparticipación.

CLÁUSULA 12°: El presente Convenio tendrá plena vigencia a partir de su aprobación,

mediante el dictado del pertinente acto administrativo.

CLÁUSULA 13°: Ante cualquier controversia derivada de la interpretación o ejecución del

presente Convenio las partes procurarán una solución amigable mediante mecanismos

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20

de negociación. Si habiéndose agotado tales instancias sin resultado positivo se atenderá

a lo dispuesto en el artículo 196 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.

En prueba de conformidad con las trece (13) cláusulas que anteceden, a los 02 días del

mes de noviembre de 2017 se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo

efecto.

Sr. Subsecretario Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la

Provincia de Buenos Aires, Lic. Evert Van Tooren

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse

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21

PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO PARA INFRAESTRUCTURA DE REDES

PÚBLICAS DOMICILIARIAS E INTRADOMICILIARIAS DE SERVICIOS

BÁSICOS, OBRAS COMPLEMENTARIAS Y/O EQUIPAMIENTO

COMUNITARIO.

DESCRIPCIÓN DE LA OBRA

• MUNICIPIO: San Isidro

• UBICACIÓN: Av. Rolón, Roma, Maestra Manuela García y Gobernador Udaondo.

• OBRA: se desarrollarán las siguientes obras:

- Red vial: construcción de 920 m² de calzada con base de hormigón, ejecución de

322 ml. de cordón cuneta de hormigón, ejecución de 513 m² de vereda de

contrapiso de hormigón peinado y la ejecución de 6 rampas para discapacitados.

- Red de desagües pluviales: provisión y colocación de caños de 400 mm de

diámetro y 135 m de longitud con desembocadura en ramal de calle Roma;

construcción de 2 cámaras de inspección, 4 sumideros más caños de enlace.

• PLAZOS DE OBRA: 150 días.

• MONTO TOTAL DEL SUBSIDIO: $ 7.443.572,36

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22

Ref.: Expte. N° 14291-A-2017.-

ORDENANZA NÚMERO: 8 9 6 4

PUBLICADA EN EDICIÓN EXTRA N° 1097

(del 22 de diciembre de 2017)

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23

Ref.: Expte. N° 14292-A-2017.-

ORDENANZA NÚMERO: 8 9 6 5

PUBLICADA EN EDICIÓN EXTRA N° 1098

(del 22 de diciembre de 2017)

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24

Ref.: Expte. N° 14073-C-2017 –Cuerpos 0, 2, 3, 4, 5 y 6.-

ORDENANZA NÚMERO: 8 9 6 6

PUBLICADA EN EDICIÓN EXTRA N° 1101

(del 29 de diciembre de 2017)

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25

Ref.: Expte. Nº 11507-D-2017

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 6 9 5

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE el Señor Eugenio Adrián BARRIOS,

DNI N° 22.676.277, por medio del Telegrama Ley N° 23.789, intima se registre

debidamente su relación laboral, pago de vacaciones y salarios de los meses de junio y

julio del corriente año, todo bajo apercibimiento de considerarse injuriado y despedido

por nuestra causa, atento las supuestas tareas realizadas en relación de dependencia con el

Club Náutico Municipal de San Isidro;

QUE la Asesoría Legal Municipal permite

dilucidar a través del Dictamen N° 8840/2017 obrante a fojas 18 que, analizada la

cuestión y habida cuenta del informe de la Oficina de Legajos y Certificaciones de la

Dirección General de Recursos Humanos de fojas 13, se desprende que el reclamante

nunca ha formado parte del plantel laboral de este Municipio, y que asimismo el Club

Municipal de San Isidro no ha revestido el carácter de dependencia de la Comuna;

QUE por ende, el citado órgano asesor

concluye que corresponde rechazar el reclamo, siendo este criterio compartido por este

Departamento Ejecutivo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo efectuado por el Sr. Eugenio Adrián BARRIOS,

************* DNI N° 22.676.277, atento a los considerandos del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez

Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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26

Ref.: Expte. Nº 11506-D-2017 y agregado.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 6 9 6

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE la Señora Cecilia Noemí CARREÑO,

DNI N° 21.680.540, por medio del Telegrama Ley N° 23.789, intima se registre

debidamente su relación laboral, pago de vacaciones y salarios de los meses de junio y

julio del corriente año, todo bajo apercibimiento de considerarse injuriada y despedida por

nuestra causa, atento las supuestas tareas realizadas en relación de dependencia con el

Club Náutico Municipal de San Isidro;

QUE la Asesoría Legal Municipal permite

dilucidar a través del Dictamen N° 8839/2017 obrante a fojas 15 que, analizada la

cuestión y habida cuenta del informe de la Oficina de Legajos y Certificaciones de la

Dirección General de Recursos Humanos a fojas 13, se desprende que la reclamante ha

formado parte del plantel laboral de la Comuna en carácter de “Planta Temporaria-

Personal Mensualizado”, siendo su último período de designación entre el 1° de junio y el

31 de agosto de 2012, no registrando ningún período de designación con posterioridad a

esa fecha, y que asimismo el Club Municipal de San Isidro no ha revestido el carácter de

dependencia de esta Comuna;

QUE por ende, el citado órgano asesor

concluye que corresponde rechazar el reclamo, siendo este criterio compartido por este

Departamento Ejecutivo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo efectuado por la Sra. Cecilia Noemí CARREÑO,

************* DNI N° 21.680.540, atento a los considerandos del presente Decreto.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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27

Ref.: Expte. Nº 15187-S-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 6 9 7

VISTO la Ordenanza N° 8962 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante el día 15 de noviembre del corriente; y

Considerando:

QUE mediante la citada Ordenanza se

convalidó el Convenio de Financiamiento para Infraestructura de Redes Públicas

Domiciliarias e Intradomiciliarias de Servicios Básicos, Obras Complementarias y/o

Equipamiento – Ley 14.449 de Acceso Justo al Hábitat – suscripto entre la Municipalidad

de San Isidro y la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia

de Buenos Aires, celebrado el día 2 de noviembre del corriente año, en virtud del cual la

mentada repartición provincial se compromete a través de un subsidio a financiar la

ejecución de la obra “EXTENSIÓN DE RED CLOACAL Y RED DE DESAGÜES

PARA MEJORAS EN EL BARRIO SAN CAYETANO, DE LA CIUDAD DE SAN

ISIDRO”;

QUE de conformidad con lo establecido por el

Artículo 108°, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del

Departamento Ejecutivo la promulgación de Ordenanzas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8962 sancionada

************* por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 15 de noviembre del

corriente año.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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28

Ref.: Expte. Nº 15179-S-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 6 9 8

VISTO la Ordenanza N° 8963 sancionada por

el Honorable Concejo Deliberante el día 15 de noviembre del corriente; y

Considerando:

QUE mediante la citada Ordenanza se

convalidó el Convenio suscripto entre la Municipalidad de San Isidro y la Secretaría

Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda de la Provincia de Buenos Aires de fecha 2 de

noviembre del corriente año, mediante el cual la mentada repartición provincial se

comprometió a otorgar a la Comuna en concepto de Subsidio la suma de PESOS SIETE

MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTOS SETENTA

Y DOS CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($ 7.443.572,36), tendiente a la

financiación de la ejecución de la obra “PAVIMENTO Y RED DE DESAGÜES

CLOACALES EN BARRIO SAUZE, DE LA CIUDAD DE SAN ISIDRO”;

QUE de conformidad con lo establecido por el

Artículo 108°, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del

Departamento Ejecutivo la promulgación de Ordenanzas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8963 sancionada

************* por el Honorable Concejo Deliberante, con fecha 15 de noviembre del

corriente año.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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29

Ref.: Expte. Nº 13407-D-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 6 9 9

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE la naturaleza de los hechos que dan

cuenta precedentemente, hacen necesario ordenar la instrucción del sumario

administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;

QUE adoptada que fuera la decisión en tal

sentido, corresponde designar al instructor sumariante;

QUE a fojas 16 la Subdirección de Sumarios

de la Asesoría Legal Municipal se expide mediante Dictamen n° 8864 aconsejando

suspender la tramitación del sumario, atento que de las actuaciones surge la probable

comisión de los delitos de acción pública, por lo que corresponde efectuar la pertinente

denuncia penal, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 287°, inc 1) del Código de

Procedimientos Penales de la Provincia de Buenos Aires, remitiéndose las actuaciones a

la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve

el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario

************* administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que

pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 13407-D-

2017.-

ARTÍCULO 2°.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio Fabián

************* Leonardis.-

ARTÍCULO 3°.- Suspender la tramitación del presente sumario hasta que exista

************* resolución judicial, en un todo de acuerdo con lo expuesto a fojas 16 por

la Subdirección de Sumarios.-

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30

Ref.: Expte. Nº 13407-D-2017.-

//...

ARTÍCULO 4°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la

************* correspondiente denuncia penal, remitiéndose las presentes actuaciones

a la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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31

Ref. Expte. Nro. 13410-D-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 0

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE la naturaleza de los hechos que dan

cuenta precedentemente, hacen necesario ordenar la instrucción del sumario

administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;

QUE adoptada que fuera la decisión en tal

sentido, corresponde designar al instructor sumariante;

QUE a fojas 27 la Subdirección de Sumarios

de la Asesoría Legal Municipal se expide mediante Dictamen nº 8862 aconsejando

suspender la tramitación del sumario, atento que de las actuaciones surge la probable

comisión de delitos de acción pública, por lo que corresponde efectuar la pertinente

denuncia penal, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 287°, inc 1) del Código de

Procedimientos Penales de la Provincia de Buenos Aires, remitiéndose las actuaciones a

la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve

el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario

************* administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que

pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 13410-D-

2017.-

ARTÍCULO 2º.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio Fabián

************* Leonardis.-

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32

Ref. Expte. Nro. 13410-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Suspender la tramitación del presente sumario hasta que exista

************* resolución judicial, en un todo de acuerdo con lo expuesto a fojas 27

por la Subdirección de Sumarios.-

ARTÍCULO 3°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal efectúese la

************* correspondiente denuncia penal, remitiéndose las presentes actuaciones

a la Fiscalía General del Departamento Judicial de San Isidro.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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33

Ref.: Expte. Nro. 14547-A-2017.-

SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 1

VISTO la nota presentada por la

“ASSOCIAZIONE RADICI ABRUZZESI ARGENTINA”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado al alquiler de transporte para el traslado de los integrantes que

participarán del encuentro internacional de coros a realizarse en Concepción del Uruguay

durante el mes de Noviembre del corriente año;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 46.800), con oportuna rendición de

cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “ASSOCIAZIONE RADICI ABRUZZESI ARGENTINA” por la

suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS ($ 46.800), destinado al

alquiler de transporte para el traslado de los integrantes que participarán del encuentro

internacional de coros a realizarse en Concepción del Uruguay durante el mes de

Noviembre del corriente año.-

ARTICULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTICULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro.1444/85.-

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34

Ref.: Expte. Nro. 14547-A-2017.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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35

Ref.: Expte. Nro. 14145-D-2017

SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 2

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº 649-

556/2017;

QUE como consecuencia de aquél se efectuó el

pertinente llamado a Licitación Privada Nº 319/2017, autorizado mediante Decreto Nº

2451/2017;

QUE la Dirección General de Compras realizó

la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 58,

manifestando a fojas 60 la Subsecretaría General de Espacios Públicos que todas ellas se

ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones;

QUE por lo expuesto, conforme surge del

informe obrante a fojas 62, corresponde proceder a la adjudicación a la oferta más

conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a Federico Guillermo Pollarolo -CUIT Nº 20-29633885-

************** 1, la Licitación Privada Nº 319/2017, referente a la contratación del

servicio de “PROVISIÓN DE VIANDAS PARA EL PERSONAL DE HIGIENE

URBANA”, por un monto total de PESOS NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL ($

924.000).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000-5, Categoría Programática

01.01, Objeto del Gasto 2.1.1, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

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36

Ref.: Expte. Nro. 14145-D-2017

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION L.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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37

Ref.: Expte. Nro. 15699-D-2017

SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 3

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-

766/2017; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse

excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las

Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 335/2017, para la contratación de

************* “PROYECTO DE PAISAJISMO, PROVISIÓN Y COLOCACIÓN DE

ESPECIES EN ROQUE SAENZ PEÑA Y LA COSTA DEL RÍO DE LA PLATA”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 24 de Noviembre de 2017, a las

************* 9:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario Nro.

77 -1er. Piso- de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 01.01, Objeto del Gasto 3.4.1, del Presupuesto General de Gastos

pertinentes.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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38

Ref. Expte. Nº 621-J-2015.-

SAN ISIDRO, 16 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 4

Visto lo solicitado en los cuerpos legales

mencionados en el presente; y

Considerando:

QUE en todos los casos los beneficiarios son

jubilados y pensionados, verificándose los presupuestos de excepción fijado en el articulo

58º inciso 3 d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que se procede el otorgamiento del

beneficio solicitado en cada caso, en un 100% año 2017;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Eximir en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en

cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios.-

1.- Expte. Nº 621/2015 Cuenta corriente Nº 550.208 – Boedo Nº 2.342- Boulogne.-

2.- Expte. Nº 5958/2016- Cuenta corriente Nº 540.959 –Perito Moreno Nº 1.935-

Boulogne.-

3.- Expte. Nº 1115/2003- Cuenta corriente Nº 350.506 –Pueyrredón Nº 131- Martínez.-

4.- Expte. Nº 2338/2015 Cuenta corriente Nº 613.251 – B.S.I. Esc. 97 – Planta Baja-

Depto. “C” - Boulogne.-

5.- Expte. Nº 4067/2015 Cuenta corriente Nº 741.147 – Don Bosco Nº 2.754– San

Isidro.-

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39

Ref. Expte. Nº 621-J-2015.-

//…

6.- Expte. Nº 6071/2015– Cuenta corriente Nº 361.557 – Catamarca Nº 1251- Martínez-

7.- Expte. Nº 737/2015 – Cuenta corriente Nº 332.293 Avda. Santa Fe Nº 944- 1er Piso-

Depto. Nº 5 - Acassuso-

8.- Expte. Nº 11401/2017 – Cuenta corriente Nº 630.697 Padre Castiglia Nº 24 –

Boulogne.- (a partir de la cuota 5A)

9.- Expte. Nº 531/2016– Cuenta Corriente Nº 640.901 – Capitán Juan de San Martín Nº

1.837- Boulogne.-

10.- Expte. Nº 12752/2015- Cuenta corriente Nº 611.814 – 14 de Julio Nº 2.192 -

Boulogne-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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40

Ref. Expte. Nº 8730-O-1998.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 5

Visto lo solicitado en los cuerpos legales

mencionados en el presente; y

Considerando:

QUE en todos los casos los beneficiarios son

jubilados y pensionados, verificándose los presupuestos de excepción fijados en el articulo

58º inciso 3 d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que se procede el otorgamiento del

beneficio solicitado en cada caso, en un 100% año 2017;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación

se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los

expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.-

1.- Expte. Nº 8730/1998 – Cuenta corriente Nº 530.055 – Miguel Cané Nº 764 -

Boulogne.-

2.- Expte. Nº 11366/2004 - Cuenta corriente Nº 731.588 – Don Bosco Nº 1785 –- P.B. -

San Isidro.-

3.- Expte. Nº 9533/2004 - Cuenta corriente Nº 120.693 – Rivadavia Nº 843 – San Isidro.-

4.- Expte. Nº 8298/1997 - Cuenta corriente Nº 613.172 – B.S.I. Esc. 100 – Piso 1ero. –

Dpto. “A” - Boulogne.-

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41

Ref. Expte. Nº 8730-O-1998.-

//…

5.- Expte. Nº 1770/1997 – Cuenta corriente Nº 610.832 – Olazabal Nº 2045 – Boulogne.-

6.- Expte. Nº 1199/1993 – Cuenta corriente Nº 613.386 – B.S.I. Esc. 118 – Piso 2do. –

Dpto. “C” – Boulogne.-

7.- Expte. Nº 358/2003 – Cuenta corriente Nº 842.523 – Julián Navarro Nº 178 – P.A. –

Beccar.-

8.- Expte. Nº 13453/2006 – Cuenta corriente Nº 511.951 – Gral. Lamadrid Nº 226 -

Boulogne.-

9.- Expte. Nº 7177/1990 – Cuenta Corriente Nº 850.948 – Intendente Neyer Nº 650 –

Piso 1ero. – Dpto. 43 – Beccar.-

10.- Expte. Nº 10342/2005 - Cuenta corriente Nº 841.862 – América Nº 2242 - Beccar.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la

************* Subdirección de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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42

Ref. Expte. Nº 1886-B-1997.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 6

Visto lo solicitado en los cuerpos legales

mencionados en el presente; y

Considerando:

QUE en todos los casos los beneficiarios son

jubilados y pensionados, verificándose los presupuestos de excepción fijado en el articulo

58º inciso 3 d) de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que se procede el otorgamiento del

beneficio solicitado en cada caso, en un 100% año 2017;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación

se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los

expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.-

1.- Expte. Nº 1886/1997 Cuerpo Nº 2 -Cuenta corriente Nº 430.695 – Rodríguez Peña Nº

2.578 - Martínez.-

2.- Expte. Nº 2378/1998 – Cuenta corriente Nº 610.817 – Bulnes Nº 1.964 - Boulogne-

3.- Expte. Nº 8560/1984 Cuerpo Nº 2– Cuenta corriente Nº 561.352– Los Plátanos Nº 2.580

– Villa Adelina.-

4.- Expte. Nº 2052/2000 – Cuenta corriente Nº 541.046 – Los Plátanos Nº 1.757 –Villa

Adelina.-

Page 43: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

43

Ref. Expte. Nº 1886-B-1997.-

//…

5.- Expte. Nº 6390/1998 Cuerpo Nº 2 - Cuenta corriente Nº 712.389 – Isabel La Católica Nº

1.915 - Beccar.-

6.- Expte. Nº 423/1983 Cuerpo Nº 2 - Cuenta corriente Nº 390.504- Prilidiano Pueyrredón

Nº 461- Martínez.-

7.- Expte. Nº 4789/1995-Cuenta corriente Nº 760.099– Julián Navarro Nº 3.196-Beccar-

8.- Expte. Nº 10053/2001 Cuenta corriente Nº 532.985 – Salguero Nº 1.662 – Fondo -

Boulogne.-

9.- Expte. Nº 4695/1998 Cuerpo Nº 2- Cuenta corriente Nº 551.777 – Bartolomé Novaro Nº

3.474 - Boulogne.-

10.- Expte. Nº 2473/1998 -Cuenta corriente Nº 522.700– Los Fortines Nº 149- Planta Baja-

Villa Adelina.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

Page 44: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

44

Ref.: Expte. Nº 14278-L-2016 y agregado.-

SAN ISIDRO, 16 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 7

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE la trabajadora Liliana Mabel LORENZO

(Legajo N° 53.431) formula reclamo solicitando se la reubique en el cargo de Jefa de

Servicio de Farmacia del Hospital Materno Infantil, en virtud de entender que ella se

encontraría cumpliendo las funciones propias, conforme lo normado por los artículos 38°,

39° y 40° de la Ley N° 10.606 y artículo 32° de la Ley N° 10.471;

QUE la Asesoría Legal Municipal permite

dilucidar a través del Dictamen N° 8841/2017 que a fojas 83 la Dirección General de

Recursos Humanos informa que la mencionada trabajadora no se encuentra comprendida en

los alcances del artículo 32° inciso C de la Ley N° 10.471, como así tampoco se encontraba

la agente que ocupaba la vacante en la cual la reclamante fue designada y a fojas 85 la

Secretaría de Salud Pública opina que no debe hacerse lugar a la solicitud formulada por

dicha trabajadora;

QUE asimismo, a fojas 2 la Dirección del

Hospital Materno Infantil informa que la organización del referido nosocomio no resulta

compatible con la existencia de una Jefatura de Servicio de Farmacia;

QUE no existe en el caso que nos ocupa, la

situación prevista en la normativa que regula la Carrera Médica Hospitalaria, por no haber

bloqueo de título con respecto a la trabajadora LORENZO;

QUE, por otra parte, no existe perjuicio alguno

que afecte a la reclamante, basándose su requerimiento más que en la normativa vigente en

un deseo personal que no se encuentra sustentado por la realidad de los hechos;

QUE, por lo expuesto, el citado órgano asesor

concluye que no corresponde hacer lugar al reclamo formulado, siendo este criterio

compartido por este Departamento Ejecutivo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Rechazar el reclamo formulado por la trabajadora Liliana Mabel

************* LORENZO (Legajo N° 53.431), atento a los considerandos del presente

Decreto.-

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45

Ref.: Expte. Nº 14278-L-2016 y agregado.-

//…

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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46

Ref. Expte. Nº 15514-D-2017.-

SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 8

VISTO lo informado mediante nota del Área de

Control de Asistencia de la Dirección General de Recursos Humanos obrante a fojas 1 y el

Certificado de Defunción obrante a fojas 2 del presente; y

Considerando:

QUE se produjo el fallecimiento del trabajador

Miguel Mario PETILLO (Legajo N° 6879), acaecido el día 16 de octubre de 2017;

QUE en virtud de ello y atento a lo establecido

por el artículo 10° inciso b) del Convenio Colectivo de Trabajo convalidado por Ordenanza

N° 8850 corresponde dar por concluida la relación de empleo con la Administración

Municipal del agente antes mencionado, a partir de la fecha citada;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración

************* Municipal, conforme el artículo 10° inciso b) del Convenio Colectivo de

Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, al trabajador Miguel Mario PETILLO

(Legajo N° 6879), M.I. N° 5.525.381, Clase 1949, con categoría 14 (J:1.1.1.01.01.000 –

C:01.011 – O:1.1.1.02) incluido en los alcances de los artículos 15° “Bonificación

Disposición Permanente” (46%) y 17° “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%)

ambos de la Ordenanza N° 8919 y funciones de Subdirector en el Departamento de Tasas

Varias a partir del 16 de octubre de 2017, atento a su fallecimiento.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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47

Ref. Expte. Nº 2360-D–2015.-

SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 0 9

VISTO el Dictamen de la Junta Médica

Provincial, obrante en el Expediente Nº 4105-2360-2015, del Instituto de Previsión Social de

la Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral de la

trabajadora Graciela Dora RUSSO (Legajo Nº 18332); y

Considerando:

Que dicha trabajadora ha tomado conocimiento

de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en el mencionado

expediente;

QUE se encuentra en condiciones de acogerse al

beneficio jubilatorio;

QUE la Subdirección de Jubilaciones y

Pensiones de la Dirección General de Recursos Humanos, solicita se proyecte el instrumento

legal de cese de la trabajadora, a los fines jubilatorios por incapacidad laboral, a partir del 1º

de septiembre de 2017;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del la

trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un

importe mensual en este caso correspondiente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes, a

partir del 1º de septiembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio como anticipo de su

jubilación;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la trabajadora Graciela Dora RUSSO, se

encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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48

Ref. Expte. Nº 2360- D– 2015.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración

************* Municipal, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad

laboral de la trabajadora Graciela Dora RUSSO (Legajo Nº 18332), M.I. Nº: 11.248.241,

Clase 1954, con categoría 10 (35)-(J:1.1.1.01.03.000– C:19.01 -O:1.2.1.01) incluida en los

alcances del artículo 16º inciso f) “Operador de Terminales de Seguridad” y 13º

“Bonificación Jornada Prolongada” (30 %), ambas de la Ordenanza 8919, y funciones

Administrativa/operadora de monitoreo, en la Terminales de Seguridad, dependientes de la

Subsecretaría de Prevención Ciudadana, del 1º de setiembre 2017.

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de

************* su Trayectoria en esta Comuna.-

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Graciela Dora RUSSO (Legajo Nº 18332), mediante el cual el

Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de los haberes

computables a los fines previsionales, a partir del 1º de septiembre de 2017, como anticipo

de su jubilación y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio. El anticipo jubilatorio

asciende a la suma mensual de $ 8397 (pesos ocho mil trescientos noventa y siete).-

ARTÍCULO 4º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente, pasa a

************* formar parte del presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- El pago del anticipo, cesará automáticamente si con anterioridad al

************* plazo estipulado fuera otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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49

Ref.: Expte. Nro. 15696-D-2017

SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 0

VISTO el Pedido de Suministro Nro. 700-

2449/2017; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse

excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de las

Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 339/2017, para la adquisición de

************* “DEXTROSA AL 5%”.-

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 28 de noviembre de 2017 a las

************* 10:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría

Programática 27, 28, 29, Objeto del Gasto 2.5.2, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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50

Ref.: Expte. N° 10134-O-2017.-

SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 1

VISTO el reclamo efectuado a fojas 1 por la Sra.

Beatriz Ema Oneglia, DNI 4.093.523, por los daños que manifiesta haber sufrido en el

inmueble de su propiedad, sito en la calle Manzone 751/9 Piso 2º, Depto. 9 de la localidad

de Acassuso, jurisdicción de este Partido, con motivo de la caída de un árbol sobre su frente,

el día 8 de julio del corriente año; y

Considerando:

QUE en su exposición manifiesta que en la

referida fecha, un árbol de gran porte ubicado en la vereda opuesta a su unidad, cayó

impactando en el frente de la misma, provocando la rotura de vidrios y marcos de hierro en

los ventanales;

QUE acompaña como documental fotocopias de

fotografías del lugar del hecho, facturas, título de propiedad, Tasa de Alumbrado, Limpieza

y Servicios Generales y factura, todo lo que obra a fojas 2/9 de estas actuaciones;

QUE la peticionante adjudica la responsabilidad

del hecho a la Comuna, reclamando el pago de los daños materiales sufridos;

QUE observadas las fotografías, se puede dar por

acreditada la veracidad de las manifestaciones de la requirente en cuanto a la circunstancias

de tiempo y lugar, así como de los daños sufridos en la propiedad;

QUE consultada la Subsecretaría General de

Operaciones, Protección y Defensa Civil, informa a fojas 13 que personal de esa Dirección

arribó al domicilio de la solicitante, donde pudo observarse un árbol de gran porte cortando

la arteria y apoyándose sobre el edificio de la calle Manzone, observándose como

consecuencia de ello, daños materiales en los ventanales de los vecinos frentistas;

QUE requerida la Dirección General de

Compras, informa a fojas 15 que el valor de reparación según factura adjunta, se encuentra

dentro de los costos de mercado, estableciéndose en consecuencia como costo de reparación

la suma de pesos diecinueve mil setecientos ($ 19.700);

QUE llamada a intervenir la Asesoría Legal

Municipal, la misma se expide mediante Dictamen n° 8861 obrante a fojas 22, manifestando

que encontrándose probado el hecho y los daños sufridos en el inmueble, en atención a lo

establecido por el artículo 1757 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación y

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51

Ref.: Expte. N° 10134-O-2017.-

//…

la Jurisprudencia mayoritaria sobre el tema, debe accederse al reclamo formulado

por la Sra. Beatriz Ema Oneglia, DNI 4.093.523, referente al pago por los daños sufridos en

el inmueble de su propiedad, sito en la calle Manzone 751/9 Piso 2º, Depto. 9 de la localidad de

Acassuso, jurisdicción de este Partido, con motivo de la caída de un árbol sobre el frente del

mismo, el día 8 de julio del corriente año, hasta la suma de pesos diecinueve mil setecientos

($ 19.700), de acuerdo a lo que surge del considerando 5º del respectivo dictamen, debiendo

la peticionante dejar constancia en el recibo que deberá extender, que nada más tiene que

reclamarle a la Comuna por ningún concepto por el hecho dañoso ocurrido, desistiendo

además de todo otro reclamo iniciado o a iniciarse como consecuencia del hecho que dio

origen a estas actuaciones;

QUE este Departamento Ejecutivo comparte en

un todo el criterio sustentado por la precitada Dependencia, por lo que procede dictar el

pertinente acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Abonar a la peticionante, Beatriz Ema Oneglia, DNI 4.093.523 la suma de

************* PESOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS ($ 19.700), por los daños

sufridos en el inmueble de su propiedad sito en la calle Manzone 751/9 Piso 2º, Depto. 9 de

la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido, con motivo de la caída de un árbol

sobre su frente, el día 8 de julio del corriente año; debiendo la requirente, una vez

efectivizado el pago, dejar constancia mediante recibo que deberá extender, que nada más

tiene que reclamarle a esta Comuna por ningún concepto por el hecho dañoso ocurrido,

desistiendo además de todo otro reclamo iniciado o a iniciarse como consecuencia del hecho

que dio origen a estas actuaciones, en un todo de acuerdo al Dictamen n° 8861 de la

Asesoría Legal Municipal.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

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52

Ref.: Expte. N° 10134-O-2017.-

///…

Presupuesto General de Gastos en vigencia.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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53

Ref.: Expte. Nro. 15490-D-2017

SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 2

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-

846/2017; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse

excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de

las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 337/2017, para la “EJECUCIÓN DE

************* PEQUEÑAS REPARACIONES DE EMERGENCIA Y/O MEJORAS

EN LA VIA PÚBLICA”

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2017 a las

************* 10:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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54

Ref.: Expte. Nro. 15488-D-2017

SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 3

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-

757/2017; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse

excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de

las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 338/2017, para la provisión de

************* “MANO DE OBRA PARA EJECUTAR TRABAJOS

COMPLEMENTARIOS DE DESOBSTRUCCIÓN Y/O LIMPIEZA DE ZANJAS Y

CAÑERÍAS”

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2017 a las

************* 11:30 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.02, Objeto del Gasto 3.3.6, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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55

Ref.: Expte. Nro. 15491-D-2017

SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 4

VISTO el Pedido de Suministro Nº 600-

854/2017; y

Considerando:

QUE el importe de la adquisición a efectuarse

excede la suma de $ 418.409, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley Orgánica de

las Municipalidades, corresponde efectuar el pertinente llamado a Licitación Privada;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Llamar a Licitación Privada Nº 336/2017, para la contratación del

************* servicio de “LEVANTAMIENTO Y RECOLOCACIÓN DE

PAVIMENTOS Y CORDONES DE GRANITO Y GRANITULLO”

ARTÍCULO 2º.- El acto de apertura tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2017 a las

************* 11:00 horas en la Dirección Gral. de Compras, sita en Av. Centenario

Nro. 77 - 1er. Piso – del Partido de San Isidro.-

ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se imputará a la jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.01, Objeto del Gasto 3.3.4, del Presupuesto General de Gastos

pertinente.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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56

Ref.: Expte. Nro. 14223-D-2017

SAN ISIDRO, 21 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 5

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº

700-2323/2017;

QUE como consecuencia de aquél se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 326/2017, autorizado mediante Decreto Nº

2440/2017;

QUE la Dirección General de Compras realizó

la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 116,

manifestando a fojas 118 la Secretaría de Salud Pública que todas ellas se ajustan a lo

solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones;

QUE por lo expuesto, conforme surge del

informe obrante a fojas 120, corresponde proceder a la adjudicación a la oferta más

conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a SERVICIOS MED S.R.L. la Licitación Privada Nº

************** 326/2017, referente a adquisición de “MONITORES

MULTIPARAMÉTRICOS CON OXICAPNOGRAFÍA PEDIÁTRICO/NEO”, por un

monto total de PESOS OCHOCIENTOS TRES MIL SETECIENTOS ($ 803.700,00).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría

Programática 45, Objeto del Gasto 4.3.3, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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57

Ref.: Expte. Nro. 14223-D-2017

//…

ARTICULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION L.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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58

Ref. Expte Nº 4995-D-2017.-

SAN ISIDRO, 21 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 6

VISTO los Decretos Nº 950 de fecha 12 de

abril de 2017 y 1649 del 10 de julio de 2017, cuyas copias obran en el presente

expediente; y

Considerando:

QUE mediante los mismos fue aprobado el

incremento salarial para los agentes de esta Comuna correspondientes a los meses de abril

y julio respectivamente;

QUE el Instituto de Previsión Social solicita

se incorpore a la grilla de los sueldos básicos, artículo 6º de la Ordenanza Nº 8919, la

denominación -“ I Director General” - que corresponde a la categoría 16,

QUE en virtud de ello, atento a los

requerimientos de dicho Instituto, se deberá realizar el acto administrativo, a fin de

efectivizar la modificación correspondiente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Modificar los Decretos Nº 950 de fecha 12 de abril de 2017 y 1649 del

************* 10 de julio de 2017, en la grilla correspondiente a los sueldos básicos,

Artículo 6º de la Ordenanza Nº 8919, incorporando a la categoría 16 la denominación: - “

I DIRECTOR GENERAL” -.-

ARTÍCULO 2º.- Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones

************* de los Decretos Nº 950 y 1649 de 2017, respectivamente.-

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto se dicta “ad referéndum” del Honorable Concejo

************* Deliberante.-

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59

Ref. Expte Nº 4995-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General a cargo, Dr. Walter Perez Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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60

Ref.: Expte. N° 15846-S-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 7

VISTO la nota obrante a fojas 1 del cuerpo de

marras remitida por la Dirección General de Informática, y;

Considerando:

QUE en la misma solicita se autorice la

concurrencia de los agentes Juan Manuel Duarte (Leg. 57397) y Carolina Weiss (Leg.

66937), ambos pertenecientes a la citada repartición, al curso de capacitación “Ubiquiti

Enterprise Wireless Admin”, el cual se dictará los días 13 y 14 de diciembre entre las 9 y

las 18 horas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

QUE en tal sentido, conforme las actuaciones

obrantes en el Expediente de la referencia, corresponde asignárseles la suma total de

PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS ($ 15.500) a los fines de solventar los gastos de

inscripción;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve

el dictado del acto administrativo correspondiente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- AUTORIZAR la concurrencia de los agentes Juan Manuel Duarte (Leg.

************* 57397) y Carolina Weiss (Leg. 66937), al curso de capacitación

“Ubiquiti Enterprise Wireless Admin”, el cual se dictará los días 13 y 14 de diciembre del

corriente año entre las 9 y las 18 horas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

asignándoseles la suma de PESOS QUINCE MIL QUINIENTOS ($15.500) en concepto

de gastos de inscripción.

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61

Ref.: Expte. N° 15846-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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62

Ref. Expte. N° 3238-S-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 8

VISTO los presentes actuados; y

Considerando:

QUE a los efectos de la fiscalización de la

obra y realización de las diferentes tareas infra detalladas, referentes a los trabajos de

“PROVISIÓN DE MANO DE OBRA Y MATERIALES PARA ENCINTADO

ASFÁLTICO EN DIFERENTES SECTORES DEL PARTIDO”, Sector 1: Plantel S.A.;

Sector 2: Centro Construcciones S.A.; Sector 3: Plantel S.A., correspondiente a la

Licitación Pública N° 23/2017 y atento no contar dentro del personal técnico municipal

ordinario con los recursos suficientes para cumplimentar efectivamente las tareas

previstas, se procede en el presente caso a la designación de un Representante Técnico;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar Inspector Técnico de la obra: “PROVISIÓN DE MANO DE

************* OBRA Y MATERIAES PARA ENCINTADO ASFÁLTICO EN

DIFERENTES SECTORES DEL PARTIDO”, Sector 1: Plantel S.A.; Sector 2: Centro

Construcciones S.A.; Sector 3: Plantel S.A., a partir de la fecha del Decreto de

Adjudicación N° 1657/2017, al Ingeniero Civil Juan Oscar Carubin, con domicilio en la

calle Brasil N° 230 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-

ARTÍCULO 2º.- El profesional designado en el artículo precedente, percibirá en

************* concepto de única remuneración, y en caso de que la obra se ejecute, el

dos por ciento (2%) del monto de obra realizada y debidamente autorizada, importe que la

empresa contratista deberá deducir del monto a cobrar de sus certificados de obra,

variaciones de costo y/o adicionales o ampliaciones.-

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63

Ref. Expte. N° 3238-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 3º.- La presente designación, se realiza a los efectos de que el profesional

************* proceda a:

a) Revisión y visación de las Especificaciones Técnicas y Particulares para la

construcción de la obra.

b) Verificación de los términos contractuales.

c) Visación de modificaciones y/o incrementos de obra y cálculos de los costos

respectivos.

d) Recepción provisoria y definitiva de los trabajos.

e) Asesoramiento técnico a la Municipalidad.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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64

Ref. Expte. Nº 12164-D–1996.-

SAN ISIDRO, 23 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 1 9

VISTO lo actuado en el presente expediente;

y

Considerando:

QUE la contribuyente inscripta en cuenta

corriente N° 55.962 solicita a fojas 65 vuelta no abonar el recargo, por mora generado

en la cuota 6B/2012, haciendo efectivo en ese acto el valor origen de la mencionada

cuota;

QUE se presentó a solicitar la baja de su

actividad comercial y en ese acto se le informó que no poseía deuda a la fecha;

QUE con posterioridad se determinó que la

contribuyente inscripta en la cuenta corriente N° 380.517 de Alumbrado, Limpieza y

Servicios Generales había efectuado un "pago erróneo" sobre su partida (tramitando la

acreditación a la cuenta correcta por expediente N° 1497/2014);

QUE se dio de alta en la cuenta corriente N°

55.962 la cuota que había sido bajada en base al mencionado pago en cuenta equivocada;

QUE notificada la contribuyente estima que

no le corresponde la generación de accesorios ya que habiéndose presentado en término,

no se le reclamó deuda alguna;

QUE esta Dirección General de Rentas estima

correspondiente hacer lugar al pedido habiéndose desarrollado los hechos tal como se han

relatado;

QUE el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal

vigente faculta al Departamento Ejecutivo a actuar de esa manera cuando las causas lo

justifiquen;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Eximir el recargo por mora generado en la cuota 6B/2012 de la cuenta

************* corriente N° 55.962 correspondiente al comercio cuyo rubro genera

"regalería" dado de baja al 30 de marzo de 2014.-

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65

Ref. Expte. Nº 12164-D–1996.-

//…

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección de Tasas Varias modificando el

**************correspondiente registro de deuda- Notifíquese.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

L.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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66

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 0

ANULADO

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67

Ref.: Expte. N° 12502-C-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 1

VISTO la presentación efectuada a fojas 1 de

estas actuaciones por el Señor Alberto Cavagliato, en la cual solicita un resarcimiento

económico por los daños que manifiesta haber sufrido en el vehículo de su propiedad, los

cuales se habían ocasionado al impactar contra un contenedor de basura al retroceder

sobre la calle Bagnatti hacia Figueroa Alcorta, jurisdicción de este Partido, exponiendo

que la razón fue que no pudo verlo, todo ello según sus dichos; y

Considerando:

QUE a fojas 2/4 el solicitante presenta

fotografías del vehículo siniestrado;

QUE a fojas 8/9 la Subsecretaría de Espacio

Público, informa que el contenedor de 3 m3 ubicado en la intersección de la calle Bagnatti

y Figueroa Alcorta se encuentra en dicho lugar desde hace aproximadamente veinte años;

QUE a tales efectos se expide la Asesoría

Legal Municipal mediante Dictamen N° 8868 obrante a fojas 10, advirtiendo que del

propio relato del solicitante y los elementos recabados en autos no alcanzan para dar por

acreditados los hechos denunciados ni una eventual responsabilidad de la Comuna en los

mismos;

QUE por todo lo expuesto, se propicia el

rechazo del reclamo incoado;

QUE compartiendo este Departamento

Ejecutivo el criterio expuesto por la Asesoría Legal Municipal, corresponde el dictado del

acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNCIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Rechazar lo solicitado a fojas 1 por el Señor Alberto Cavagliato -

************* DNI N° 18.284.170-, con domicilio en General Pirán N° 29 de la

Ciudad de Martínez, respecto de la solicitud de resarcimiento económico por los daños

que manifiesta haber sufrido en el vehículo de su propiedad, los cuales se habían

ocasionado al impactar contra un contenedor de basura al retroceder sobre la calle

Bagnatti hacia Figueroa Alcorta de la jurisdicción de este Partido, siempre según sus

dichos en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Dictamen N° 8868 de la Asesoría Legal

Municipal, obrante a fojas 10.-

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68

Ref.: Expte. N° 12502-C-2017.-

//…

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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69

Ref.: Expte. N° 10062-S-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 2

VISTO el informe de fojas 1 presentado por la

Subsecretaría General de Cultura, en el cual da cuenta del pago de los premios del

concurso literario “Manuel Mujica Lainez” edición 2017; y

Considerando:

QUE como en ediciones anteriores el citado

concurso cuenta con una convocatoria de carácter nacional e internacional, convocando a

la participación libre y gratuita de escritores mayores de 18 años de edad que deseen

concursar presentando cuentos inéditos con tema libre;

QUE dicho acontecimiento se declaró de

interés municipal mediante Decreto N° 1652 de fecha 10 de julio de 2017;

QUE la entrega de premios se llevó a cabo el

día 1° de noviembre del corriente año, siendo los mismos de PESOS DIEZ MIL

($ 10.000) para el ganador y de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) para el segundo premio;

QUE el jurado fue integrado por los escritores

María Moreno, Lucía Puenzo y Federico Falco;

QUE resultaron ganadores del mismo los

escritores Joana D’Alessio y Sebastián Rodríguez Mora;

QUE la Dirección de Contabilidad y Finanzas

efectuó la imputación preventiva del caso;

QUE en virtud de lo expuesto corresponde

confeccionar el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Abonar a los escritores que a continuación se detallan, ganadores del

************* concurso literario “Manuel Mujica Lainez” edición 2017, los importes

correspondientes de acuerdo al siguiente esquema:

-Joana D’Alessio –DNI N° 92.545.256-, ganadora del primer premio, la suma de PESOS

DIEZ MIL ($ 10.000);

- Sebastián Rodríguez Mora –DNI N°33.257.869-, ganador del segundo premio, la suma

de PESOS CINCO MIL ($ 5.000).-

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70

Ref.: Expte. N° 10062-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos provenientes de la correspondiente

Partida del Presupuesto General de Gastos.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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71

Ref. Expte. Nro. 10643-G-2017.-.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 3

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE la naturaleza de los hechos de los que se

da cuenta en el expediente de marras hace necesario ordenar la instrucción de sumario

administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;

QUE, adoptada que fuera la decisión en tal

sentido, corresponde designar al instructor sumariante;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a

ARTÍCULO 1º.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario

************* administrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que

pudieran emerger de los hechos de los que se da cuenta en el Expediente Nro.

10643-G-2017.-

ARTÍCULO 2º.- Desígnase instructor sumariante al Dr. Gregorio Horacio Fabián

************* Leonardis.-

ARTÍCULO 3º.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los

************* sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo

instrumental por la Asesoría Legal Municipal.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

RT

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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72

Ref.: Expte. N° 13356-S-2013 –Alcance 1.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 4

VISTO la prórroga del contrato de locación

obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar la misma, dando

con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- REGISTRAR la prórroga del contrato de locación celebrado con la Sra.

************* Dora Elsa Arias –DNI N° 3.321.068-, respecto del inmueble ubicado en

la calle Asamblea N° 238 de la Ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, por el

término de veinticuatro (24) meses contados a partir del 1° de noviembre de 2017 hasta el

día 31 de octubre de 2019, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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73

PRÓRROGA CONTRATO DE LOCACIÓN

Entre la Sra. Dora Elsa Arias, con D.N.I. 3.321.068, con domicilio en la calle Bulnes nro.

91 de la Ciudad de Boulogne, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, en

adelante denominada “LA LOCADORA” por una parte y el Intendente Municipal, Dr.

Gustavo Posse, con suficientes facultades para este acto, cuya firma es refrendada para

este acto por la Sra. Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, con

domicilio en Av. Centenario N° 77, San Isidro, en adelante denominado “LA

LOCATARIA”, por otra parte, en su conjunto denominados “LAS PARTES”, teniendo en

consideración:

Que con fecha 2 de Noviembre de 2015 las partes celebraron un contrato de locación en

relación al inmueble sito en la calle Asamblea nro. 238 de la Localidad de Boulogne y

Partido de San Isidro.

Que dicho contrato vence indefectiblemente el día 31 de Octubre de 2017.

Que es intención de las partes renovar por dos años el mencionado contrato.

Por lo expuesto, “LAS PARTES” convienen:

PRIMERA: Prorrogar el contrato de locación celebrado con fecha 2 de Noviembre de

2015, por el término de veinticuatro (24) meses, contados a partir del 1 de Noviembre de

2017 hasta el día 31 de Octubre de 2019.

SEGUNDA: Las partes fijan el precio total de la locación por dicho período en la suma

de pesos ciento noventa y siete mil cuatrocientos ($197.400), pagaderos de la siguiente

manera. La suma de pesos siete mil ochocientos cincuenta ($7.850) para los primeros

doce meses, es decir, desde Noviembre del corriente año hasta Octubre del 2019

inclusive; y la suma de pesos ocho mil seiscientos ($8.600) para los doce meses restantes,

pagaderos por adelantado y entre los días primero a décimo de cada mes, en la Tesorería

de la Municipalidad de San Isidro, sito en Avenida Centenario 77, Piso Primero.

TERCERA: Ratificar los términos del contrato celebrado con fecha 02/11/2015, en

cuanto no sean modificados por el presente.

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes dos (2) ejemplares de un mismo

tenor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro, a los 3 días del mes de de 2017.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sra. Dora Elsa Arias, Locadora

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74

Ref.: Expte. N° 2183-D-2017 –Cuerpo N° 3.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 5

PUBLICADO EN EDICIÓN EXTRA N° 1095

(del 15 de diciembre de 2017)

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75

Ref.: Expte. Nro. 10735-D-2017

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 6

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº

700-1780/2017;

QUE como consecuencia de aquél se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 267/2017, autorizado mediante Decreto Nº

2025/2017;

QUE por Decreto Nº 2391/2017, se declaró

desierto el llamado precedentemente citado, efectuándose asimismo el segundo llamado a

la mentada Licitación Privada;

QUE presentadas las ofertas, la Dirección

General de Compras realizó su comparación y estudio a fojas 174, manifestando la

Secretaría de Salud Pública a fojas 176 que todas ellas se ajustan a lo solicitado en el

Pliego de Bases y Condiciones;

QUE por lo expuesto, conforme surge del

informe obrante a fojas 178, corresponde proceder a la adjudicación a la oferta más

conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a ALCON LABORATORIOS ARGENTINA S.A.,

************** CUIT Nº 30-51684266-7, la Licitación Privada Nº 267/2017, referente

a adquisición de “EQUIPO LASER PARA FOTOCOAGULACIÓN DE RETINA”, por

un monto total de PESOS OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MIL SETECIENTOS

NOVENTA Y SEIS ($ 826.796).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

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76

Ref.: Expte. Nro. 10735-D-2017

//…

presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría

Programática 45, Objeto del Gasto 4.3.3, del Presupuesto General de Gastos pertinente.-

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION L.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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77

Ref.: Expte. Nro. 16049-S-2017

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 7

VISTO lo informado en autos por la

Subsecretaría de Prevención Ciudadana respecto de la invitación al Sr. Intendente a

concurrir al “Consejo Provincial de Seguridad Pública”, a llevarse a cabo en el Hotel

Howard Johnson, sito en la Ruta Interbalnearia N° 11, Km 400, Partido de General

Madariaga, Provincia de Buenos Aires.-

Considerando:

QUE concurrirá al mismo en representación

de la Comuna el Director de Planeamiento Estratégico, Sr. Fernando Torres;

QUE corresponde asignarle la suma total de

$ 6.000,00 en concepto de gastos de estadía, combustibles, peajes y otros, con oportuna

rendición de cuentas;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve

el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la concurrencia del Director de Planeamiento Estratégico, Sr.

************* Fernando Torres al “Consejo Provincial de Seguridad Pública”, a

llevarse a cabo en el Hotel Howard Johnson, sito en la Ruta Interbalnearia N° 11, Km

400, Partido de General Madariaga, Provincia de Buenos Aires, asignándole la suma total

de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) en concepto de gastos de estadía, combustibles, peajes

y otros con oportuna rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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78

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 8

ANULADO

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79

Ref. Expte. Nº 10575-P-2016 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 2 9

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener

el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención

de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR EN UN 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles

que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 10575/2016- Cuenta corriente Nº 562.880 – Luis María Drago Nº 3020-

Villa Adelina.-

2.- Expte. Nº 3108/2009- Cuerpo Nº 2- Cuenta corriente Nº 721.022 –Juan Segundo

Fernández Nº 1386- Casa Nº 29-Beccar.-

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80

Ref. Expte. Nº 10575-P-2016 y otros.

//…

3.- Expte. Nº 12558/2014- Cuenta corriente Nº 820.050 – Ibáñez Nº 2601 – Beccar.-

4.- Expte. Nº 233/2010 Cuenta corriente Nº 552.714 – Pasaje Nº 650 (Casa 8) –

Boulogne.

5.- Expte. Nº 11.359/2011- Cuenta corriente Nº 711.198 – Lynch Nº 2046-Beccar.-

6.- Expte. Nº 1202/2011 Cuenta corriente Nº 680.101 – Bermejo Nº 609-Boulogne.-

7.- Expte. Nº 7525/2011 – Cuenta corriente Nº 731.246 – Guillermo Hudson Nº 657

– San Isidro.-

8.- Expte. Nº 2070/2011– Cuenta corriente Nº 731.404- Jacinto Díaz Nº 1.866- San

Isidro.-

9.- Expte. Nº1694/2011– Cuenta Corriente Nº 770.644– Avda. Sucre Nº 2032- San

Isidro.-

10.- Expte. Nº 3274/2013- Cuenta corriente Nº 430.741 – Río de Janeiro Nº 1524-

Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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81

Ref. Expte. Nº 8461-I-2015 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 0

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener

el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención

de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR EN UN 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles

que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 8461/2015 Cuenta corriente Nº 840.756- José Ingenieros Nº 544 -

Beccar.-

2.- Expte. Nº 12020/1997 - Cuerpo Nº 2- Cuenta corriente Nº 540.345 - Martina

Céspedes Nº 1741- Villa Adelina.-

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82

Ref. Expte. Nº 8461-I-2015 y otros.

//…

3.- Expte. Nº 3064/2016- Cuenta corriente Nº 430.760 – Córdoba Nº 2625 –

Martínez.-

4.- Expte. Nº 5576/2015 Cuenta corriente Nº 341.164 – Prilidiano Pueyrredón Nº 589

–Martínez.-

5.- Expte. Nº 9367/2009- Cuenta corriente Nº 390.989 – Prilidiano Pueyrredón Nº

712- Martínez.-

6.- Expte. Nº 9020/2017 Cuenta corriente Nº 122.745 – Leandro N. Alem Nº 187- 4to.

Depto. “C”- San Isidro, a partir de la cuota 4A/2017.-

7.- Expte. Nº 11086/2015 – Cuenta corriente Nº 510.784 – José María Moreno Nº

496 – Boulogne.-

8.- Expte. Nº 346/2015– Cuenta corriente Nº 830.341- Padre Acevedo Nº 634 -

Beccar.-

9.- Expte. Nº 8978/2015 – Cuenta corriente Nº 532.273– Plumerillos Nº 1646 -

Boulogne.-

10.- Expte. Nº 13975/2007- Cuenta corriente Nº 122.445 - Juan José Díaz Nº 1165

(Fondo) - San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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83

Ref. Expte. Nº 2463-K-2008 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NUMERO: 2 7 3 1

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener

el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención

de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57) de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles

que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 2463/2008 – Cuenta corriente Nº 632.384 – Asamblea Nº 545- Planta

Alta – Boulogne.-

2.- Expte. Nº 2113/2002 - Cuenta corriente Nº 420.227 – Talcahuano Nº 2.140 –

Martínez.-

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84

Ref. Expte. Nº 2463-K-2008 y otros.

//…

3.- Expte. Nº 10415/2011 - Cuenta corriente Nº 381.216 – Vélez Sarsfield Nº 843-

Martínez.-

4.- Expte. Nº 1501/2007 - Cuenta corriente Nº 720.875 – Intendente Neyer Nº 2.805.-

ARTICULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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85

Ref. Expte Nro.7110-L-2011 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 2

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con los requisitos incluidos en el artículo 58º de

la Ordenanza Fiscal vigente (inciso 3-D) para obtener una desgravación del 50% de la

tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por tratarse de personas menores a

70 años;

QUE en cada expediente se agrega la

Declaración Jurada con la constancia de la desgravación del 50% otorgada en forma

directa, y otra Declaración con el requerimiento del contribuyente respecto a que se

considere una excepción en los términos del mismo inciso, autorizando la exención del

50% restante, en la que se explican los motivos de su pedido;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR el 50% restante no alcanzado por la exención directa del pago

************* de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales por el año

2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae

beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57) de la

Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las

cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se

encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 7110/2011 – Cuenta corriente Nº 613.515 - B.S.I. Esc. 92– 2do Piso -

Depto “B” -Boulogne.-

2.- Expte. Nº 9159/2014 – Cuenta corriente Nº 220.007 – Haedo Nº 1.220 –Beccar.

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86

Ref. Expte Nro.7110-L-2011 y otros.

//…

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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87

Ref. Expte. Nro. 854-C-2014 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 3

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con los requisitos incluidos en el artículo 58º de

la Ordenanza Fiscal vigente (inciso 3-D) para obtener una desgravación del 50% de la

tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por tratarse de personas menores a

70 años;

QUE en cada expediente se agrega la

Declaración Jurada con la constancia de la desgravación del 50% otorgada en forma

directa y otra Declaración con el requerimiento del contribuyente respecto a que se

considere una excepción en los términos del mismo inciso, autorizando la exención del

50% restante, en la que se explican los motivos de su pedido;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR el 50% restante no alcanzado por la exención directa del pago

************* de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales por el año

2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae

beneficio alguno), a los contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 57) de la

Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las

cuentas corrientes que se consignan, indicando en cada caso los expedientes en los que se

encuentran los antecedentes individuales de los beneficiarios.

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88

Ref. Expte. Nro. 854-C-2014 y otros.

//…

1.- Expte. Nº 854/2014- Cuenta corriente Nº 222.008 – Chubut Nº 564 – San Isidro.-

2.- Expte. Nº 2555/2009 - Cuenta corriente Nº 311.764 – Vuelta de Obligado Nº 264 -

Planta Baja- Depto. Nº 4 - Acassuso.-

3.- Expte. Nº 19/2009 - Cuenta corriente Nº 630.962 – Asamblea Nº 645– Boulogne.-

4.- Expte. Nº 8513/2012 - Cuenta corriente Nº 111.576 – Juan B. De La Salle Nº 26 – San

Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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89

Ref. Expte. Nº 3147-P-2015 y otro.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 4

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener

el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención

de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que

a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 3147/2015 - Cuenta corriente Nº 522.453 – Gral. Lamadrid Nº 1.368

- Villa Adelina.-

2.- Expte. Nº 7577/2005 y 1654/2006 - Cuenta corriente Nº 552.781 – Com. Luis

Piedrabuena Nº 836– Boulogne.-

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90

Ref. Expte. Nº 3147-P-2015 y otro

//…

3.- Expte. Nº 4745/2008 – Cuenta corriente Nº 381.351 – Diagonal Tucumán Nº 927-

Martínez.-

4.- Expte. Nº 4437/2002 - Cuenta corriente Nº 690. 348 – Canalejas Nº 224-

Boulogne.-

5.- Expte. Nº 8967/2017 – Cuenta corriente Nº 780.402 – Jacinto Díaz Nº 3.580- San

Isidro, a partir de la cuota 4A/2017.-

6.- Expte. Nº 12672/2007 – Cuenta corriente Nº 310.073 – Vuelta de Obligado Nº 280-

Planta Alta – Acassuso.-

7.- Expte. Nº 9036/2001- Cuerpo nº 2- Cuenta corriente Nº 830.078 – French – Nº

2.462 – Beccar.-

8.- Expte. Nº 882/2001- Cuerpo nº 2– Cuenta corriente Nº 441.624 – Paramaribo Nº

984 – Martínez.-

9.- Expte. Nº 3147/2002 Y 5917/2006– Cuenta corriente Nº 122.271– Chacabuco Nº

249- Planta Baja- Depto. “A” – San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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91

Ref. Expte. Nº 3443-L-2015 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 5

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del

mencionado artículo;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando

en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios.

1.- Expte. Nº 3443/2015 – Cuenta corriente Nº 370.479 – Carlos Pellegrini Nº 1471 –

Martínez.-

2.- Expte. Nº 10570/2015 - Cuenta corriente Nº 221.243 – Avellaneda Nº 1060 – San

Isidro.-

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92

Ref. Expte. Nº 3443-L-2015 y otros.

//…

3.- Expte. Nº 8001/2015 - Cuenta corriente Nº 380.793 – Sargento Cabral Nº 2172 -

Martínez.-

4.- Expte. Nº 333/2015 - Cuenta corriente Nº 641.642 – Ipiranga Nº 526 - Boulogne.-

5.- Expte. Nº 1728/2013 – Cuenta corriente Nº 521.060 – Curupayti Nº 1921 – Villa

Adelina.-

6.- Expte. Nº 2770/2013 – Cuenta corriente Nº 221.103 – Don Bosco Nº 926 – San

Isidro.-

7.- Expte. Nº 5110/2017 – Cuenta corriente Nº 213.927 – Gral. Paz Nº 522 – Piso

3ero. – Dpto. “F” - San Isidro.-

8.- Expte. Nº 1183/2003 – Cuerpo 2 - Cuenta Corriente Nº 441.527 – Emilio Frers Nº

1076 – Martínez.-

9.- Expte. Nº 3287/2006 - Cuenta corriente Nº 374.175 – Sáenz Valiente B. Nº 440 –

P.B. Dpto. “3” - Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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93

Ref. Expte. Nº 3708-M-2007 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 6

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del

mencionado artículo;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando

en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios.

1.- Expte. Nº 3708/2007 – Cuenta corriente Nº 372.471 – Castro Barros Nº 1741 -

Fondo – Martínez.-

2.- Expte. Nº 9505/2010 - Cuenta corriente Nº 440.512 – Mariano Ezpeleta Nº 2623 -

Martínez.-

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94

Ref. Expte. Nº 3708-M-2007

//…

3.- Expte. Nº 8440/2006 - Cuenta corriente Nº 210.270 – Moreno Nº 928 –San Isidro.-

4.- Expte. Nº 3236/2002 - Cuenta corriente Nº 393.143 – Gral. Hornos Nº 2415 –

Martínez.-

5.- Expte. Nº 10680/2014 – Cuenta corriente Nº 841.381 – Pampa Nº 2223 –Beccar.-

6.- Expte. Nº 3529/2005 y 7411/2005– Cuenta corriente Nº 552.811 – Luis C.

Piedrabuena Nº 982 – Boulogne.-

7.- Expte. Nº 2384/2013 – Cuenta corriente Nº 751.440 – Padre Acevedo Nº 2500 –

Torre C – Piso 11 – Dpto. “A” - Beccar.-

8.- Expte. Nº 7396/1995 – Cuenta corriente Nº 850.834 –Gral. Mosconi Nº 130 -

Beccar.-

9.- Expte. Nº 5415/2009 – Cuenta Corriente Nº 350.041 – Vieytes Nº 279 –

Martínez.-

10.- Expte. Nº 2503/2011 - Cuenta corriente Nº 640.105 – Montes de Oca Nº 1387 –

Boulogne.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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95

Ref. Expte Nro. 8497-J-2016 y otro.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 7

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener

el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención

de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR EN UN 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que

a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 8497/2016 - Cuenta corriente Nº 760.245 -Julián Navarro Nº 4.019

Beccar.-

2.- Expte. Nº 9985/2004- Cuenta corriente Nº 842.094 –José Ingenieros Nº 992-

Beccar.-

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96

Ref. Expte Nro. 8497-J-2016 y otro.

//…

3.- Expte. Nº 6384/2006 - Cuenta corriente Nº 381.062 –Avda. Hipólito Yrigoyen Nº

731- Martínez.-

4.- Expte. Nº 10531/2008 - Cuenta corriente Nº 431.142 – Cangallo Nº 1342 –

Martínez.-

5.- Expte. Nº 8197/2016 - Cuenta corriente Nº 550.411 – Cnel. Bogado Nº 2.915 –

Boulogne.-

6.- Expte. Nº 3688/2008– Cuenta corriente Nº 843.119 – Gral. Paz Nº 2.106 - 1er

Piso – Depto. “C”- Beccar.-

7.- Expte. Nº 1449/2002- Cuerpo Nº 2 – Cuenta corriente Nº 710.973 -Juan B Justo -

Nº 2.171 – Beccar.-

8.- Expte. Nº 11291/2002 – Cuenta corriente Nº 410.815- Fondo de la Legua Nº 2476-

ED.7 -1er Piso Depto. “28” – Martínez.-

9.- Expte. Nº 6633 / 2016 Cuenta corriente Nº 630.744 – Olazabal Nº 737 –Boulogne.-

10.- Expte. Nº 2506/2006 y 625/2015 Cuenta corriente Nº 430.602 – Méjico Nº

1.685- Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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97

Ref. Expte. Nº 5974-B-1997 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 8

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE por alguna razón que se aclara en los

respectivos expedientes, omitieron presentar la correspondiente DD.JJ para el año 2016;

QUE en las Disposiciones Generales del

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal se prevé la posibilidad de considerar los años

intermedios entre dos solicitudes, aún cuando en ellos se haya omitido efectuar el pedido

formal;

QUE se han presentado las Declaraciones

Juradas para el corriente 2017;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D y las

disposiciones Generales del mencionado artículo;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por los años 2016 y 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que

a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

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98

Ref. Expte. Nº 5974-B-1997

//…

1.- Expte. Nº 5974/1997 – Cuenta corriente Nº 742.004 – Copello Nº 433 – San

Isidro.-

2.- Expte. Nº 10506/2014 - Cuenta corriente Nº 220.429 – Liniers Nº 680 – San Isidro.-

3.- Expte. Nº 881/2007 – Cuenta Corriente Nº 392.519 – Avda. Fleming Nº 2686 –

Martínez.-

4.- Expte. Nº 6298-2013 – Cuenta Corriente Nº 690.345 – Canalejas Nº 252 –

Boulogne.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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99

Ref. Expte. Nº 9937-C-2011 y otros.

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 3 9

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del

mencionado artículo;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando

en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios.

1.- Expte. Nº 9937/2011 – Cuenta corriente Nº 550.119 – Cnel. José Manuel Castillo

Nº 172 – Boulogne.-

2.- Expte. Nº 12380/2011 - Cuenta corriente Nº 640.348 – Montes de Oca – Nº 1360 -

Boulogne.-

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100

Ref. Expte. Nº 9937-C-2011 y otros.

//…

3.- Expte. Nº 5280/2011 - Cuenta corriente Nº 561.535 – Gobernador Castro Nº 1110

– Villa Adelina.-

4.- Expte. Nº 4746/2010 y 8857/2011 - Cuenta corriente Nº 110.465 – Húsares Nº

925 – San Isidro.-

5.- Expte. Nº 2677/2008 – Cuenta corriente Nº 711.199 – Lynch Nº 2040 – Beccar.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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101

Ref.: Expte. N° 303-HCD-2015.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 0

VISTO lo actuado en el presente expediente

N° 303-HCD-2015, y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante,

respecto de la sanción de la Ordenanza N° 8961 con fecha 15 de noviembre de 2017,

mediante la cual se adhiere a la Ley Provincial de Acceso Justo al Hábitat N° 14.449 y su

Decreto Reglamentario N° 1062/2013, con el objeto de promocionar el derecho a la

vivienda y a un hábitat digno y sustentable; y

Considerando:

QUE de conformidad con lo establecido por el

Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del

Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;

POR ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8961

************* sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de

noviembre de 2017.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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102

Ref.: Expte. N° 14771-S-2016.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 1

PUBLICADO EN EDICIÓN EXTRA N° 1102

(del 29 de diciembre de 2017)

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103

Ref.: Expte. N° 15016-M-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 2

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE la Sra. Marta Motti es la heredera en

conjunto con sus hermanos de la propiedad;

QUE agrega constancias de haber adquirido

conjuntamente con su esposo el Sr. Sascaro las partes indivisas que a cada uno le

correspondía;

QUE desean regularizar la documentación de

titularidad para lo cual deben cancelar las deudas;

QUE manifiestan que la misma se generó a

causa de la falta de empleo del esposo que no pudo reinsertarse laboralmente, luego de

que perdiera su fuente de trabajo;

QUE actualmente ha logrado conseguir una

jubilación mínima con aportes que realizó con mucho esfuerzo y los ingresos del grupo

familiar son los correspondientes a su haber previsional y el de su esposa que es también

el mínimo;

QUE demostrando su intención de regularizar

esta situación fiscal, abona a resultas del presente el importe no controvertido, solicitando

se considere una quita en el total;

QUE en virtud de las facultades delegadas en

el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, el cual faculta al Departamento Ejecutivo

a disponer descuentos sobre los accesorios por mora cuando las causas lo justifiquen, por

tal motivo corresponde proyectar el pertinente acto administrativo;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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104

Ref.: Expte. N° 15016-M-2017.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Exímese del pago del 50% de los recargos e intereses por mora y el

************* 100% de la multa generados en la deuda de la Cuenta Corriente N°

230.300, en concepto de Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, por el

período 1984/01 a 2017/2B inclusive, que recae sobre el inmueble sito en Obispo Terrero

N° 515 de la Ciudad de San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- El beneficiario de lo dispuesto en el artículo precedente, deberá

************* regularizar el pago del porcentaje no eximido dentro de los diez (10)

días de notificado al valor de la cancelación de la deuda origen.-

ARTÍCULO 3°.- En caso de no cumplimentar lo indicado en el término previsto en el

************* artículo anterior, el beneficio otorgado por el presente se conservará

desde el día posterior al vencimiento de dicho plazo hasta el término de los sesenta (60)

días corridos posteriores, debiendo abonar los accesorios con los valores correspondientes

al día de su efectiva cancelación.-

ARTÍCULO 4°.- Transcurridos los plazos previstos en los artículos precedentes sin

************* haberse realizado la cancelación, el monto abonado “a resultas”, se

acreditará a la deuda con el total de los accesorios sin descuentos, calculados a la fecha

del pago de la deuda origen.-

ARTÍCULO 5º.- Dase intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de

************* Rentas para su conocimiento.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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105

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 3

ANULADO

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106

Ref.: Expte. Nº 15660-CH-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 4

VISTO la presentación efectuada en autos,

por el Sr. Eugenio Aníbal CHAGOYEN, DNI N° 21.170.708, con domicilio en la calle

Raúl Scalabrini Ortíz N° 1328 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido,

respecto de la eximición del pago del arancel municipal para la obtención de la Licencia

de Conducir; y

Considerando:

QUE la misma se halla contemplada en los

Alcances de la Ordenanza Fiscal Vigente (artículo 107);

QUE el informe de fojas 2 vuelta surge que el

peticionante es una persona de escasos recursos, con necesidades básicas insatisfechas,

siendo necesaria la licencia para realizar tareas laborales como remisero, ya que tiene

cuatro hijos menores de edad a su cargo;

QUE en virtud de lo expuesto, se recomienda

acceder a lo peticionado, procediendo a la confección del pertinente acto administrativo,

que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Eximir del 100% del arancel municipal que corresponda abonar

************* para la obtención de la licencia de conducir solicitada por el Sr.

Eugenio Aníbal CHAGOYEN, DNI N° 21.170.708, con domicilio en la calle Raúl

Scalabrini Ortíz N° 1328 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, debiendo

abonar el arancel provincial vigente a la fecha del trámite.-

ARTICULO 2º.- Déjase constancia que de no presentarse dentro de los sesenta (60) días

************* de notificado el presente, perderá el beneficio concedido.-

ARTICULO 3º.- Gírese a la Subsecretaría Administrativa de Tránsito para la

************* intervención que le compete.-

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107

Ref.: Expte. Nº 15660-CH-2017.-

//…

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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108

Ref.: Expte. N° 13053-S-2017

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 5

VISTO la presentación efectuada por la Sra.

Patricia Noemí Suarez; y

Considerando:

QUE la misma manifiesta que asumió la

responsabilidad del pago de las cuentas por la propiedad de su padre –fallecido-;

QUE solamente cuenta con un ingreso como

jubilada municipal, importe que apenas le permite sostener a su familia y a su madre, que

es una persona de edad avanzada;

QUE la Comuna detectó que la superficie

construida existente resulta ser mayor a la que figuraba en los registros municipales;

QUE se procedió a dar de alta en forma

retroactiva las diferencias emergentes por el período no prescripto;

QUE cuando le fue notificado el monto

adeudado, inmediatamente se apersonó y canceló el mismo en su valor origen, estimando

que no le correspondía asumir el cargo por mora ya que desconocía las diferencias a favor

del Municipio;

QUE, el artículo 46° de la Ordenanza Fiscal

vigente faculta al Departamento Ejecutivo a disponer quitas en los accesorios por mora

cuando las causas lo justifiquen;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Eximir el pago de los accesorios por mora generados en la deuda del

************** recobro de la obra de desagüe cloacal cargada en la cuenta corriente

N° 760.329 del año 2010/02 y de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales

por el período 2012-1Ad a 2017-6B inclusive.-

ARTÍCULO 2°.- Tome conocimiento del presente acto administrativo la Subdirección

************** de Tasas Inmobiliarias, dependiente de la Dirección General de Rentas

y el Departamento de Obras de Infraestructura.-

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109

Ref.: Expte. N° 13053-S-2017

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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110

Ref. Expte. N° 13436-J-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 6

VISTO el presente expediente relacionado con

la liberación al adquirente en subasta judicial, Carlos Ernesto ARRIAGADA, DNI N°

13.216.383, surgido de la deuda por tasas, derechos y contribuciones municipales hasta el

día 11 de noviembre de 2008, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble

ubicado en la Avenida Avelino Rolón N° 1979 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de

este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción VI, Sección D, Manzana 90E,

Parcela 12a, Polígono 00-17, cuenta corriente N° 642.248; y

Considerando:

QUE respecto de la deuda existente con

anterioridad a la fecha pre-citada, la misma se persigue por certificados incoados al

efecto;

QUE en autos se dispuso la liberación del

pago de las deudas al comprador en subasta hasta la fecha de toma de posesión;

QUE según lo expuesto por la Asesoría Legal

Municipal a fojas 4, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Libérese al adquirente en subasta judicial, Sr. Carlos Ernesto

************* ARRIAGADA, DNI N° 13.216.383, de la deuda por tasas, derechos y

contribuciones municipales hasta el día 11 de noviembre de 2008, fecha de toma de

posesión, correspondiente al inmueble ubicado en la Avenida Avelino Rolón N° 1979 de

la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, nomenclatura catastral:

Circunscripción: VI, Sección: D, Manzana 90E, Parcela 12a, Polígono 00-17, cuenta

corriente N° 642.248.-

ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la

************* prosecución del trámite.-

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111

Ref. Expte. N° 13436-J-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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112

Ref. Expte. N° 13438-J-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 7

VISTO el presente expediente relacionado con

la liberación al adquirente en subasta judicial, Beatríz Del Valle ALEGRE, DNI N°

17.037.839, surgido de la deuda por tasas, derechos y contribuciones municipales hasta el

día 17 de septiembre de 2015, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble

ubicado en la calle Monseñor Larumbe N° 12 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de

este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción III, Sección H, Manzana 514,

Parcela 1a, Polígono 10-01, cuenta corriente N° 383.248; y

Considerando:

QUE respecto de la deuda existente con

anterioridad a la fecha pre-citada, la misma se persigue por certificados incoados al

efecto;

QUE en autos se dispuso la liberación del

pago de las deudas al comprador en subasta hasta la fecha de toma de posesión;

QUE según lo expuesto por la Asesoría Legal

Municipal a fojas 4, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Libérese al adquirente en subasta judicial, Sra. Beatríz Del Valle

************* ALEGRE, DNI N° 17.037.839, de la deuda por tasas, derechos y

contribuciones municipales hasta el día 17 de septiembre de 2015, fecha de toma de

posesión, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Monseñor Larumbe N° 12 de la

ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción:

III, Sección: H, Manzana 514, Parcela 1a, Polígono 10-01, cuenta corriente N° 383.248.-

ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la

************* prosecución del trámite.-

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113

Ref. Expte. N° 13438-J-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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114

Ref. Expte. N° 13378-J-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 8

VISTO el presente expediente relacionado con

la liberación al adquirente en subasta judicial, Augusto Norberto MAISTERRA, DNI N°

31.008.250, surgido de la deuda por tasas, derechos y contribuciones municipales hasta el

día 8 de septiembre de 2017, fecha de toma de posesión, correspondiente al inmueble

ubicado en la calle Gervasio Posadas N° 812 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este

Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción VIII, Sección E, Fracción I, Parcela 8,

cuenta corriente N° 850.627; y

Considerando:

QUE respecto de la deuda existente con

anterioridad a la fecha pre-citada, la misma se persigue por certificados incoados al

efecto;

QUE en autos se dispuso la liberación del

pago de las deudas al comprador en subasta hasta la fecha de toma de posesión;

QUE según lo expuesto por la Asesoría Legal

Municipal a fojas 13, corresponde dar cumplimiento a lo ordenado, por lo que procede el

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Libérese al adquirente en subasta judicial, Sr. Augusto Norberto

************* MAISTERRA, DNI N° 31.008.250, de la deuda por tasas, derechos y

contribuciones municipales hasta el día 8 de septiembre de 2017, fecha de toma de

posesión, correspondiente al inmueble ubicado en la calle Gervasio Posadas N° 812 de la

ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, nomenclatura catastral: Circunscripción:

VIII, Sección: E, Fracción I, Parcela 8, cuenta corriente N° 850.627.-

ARTÍCULO 2°.- Gírense los presentes actuados a la Dirección General de Rentas para la

************* prosecución del trámite.-

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115

Ref. Expte. N° 13378-J-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 116: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

116

Ref. Expte. N° 6979-D-1993.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 4 9

VISTO el Decreto N° 1780/93 y ante la

necesidad de actualizar la nómina de los integrantes de la Comisión Ad-Honórem que

tendrá a su cargo la evaluación, investigación y estudio particular de propuestas de

asignación de nombre de calles o lugares públicos; y

Considerando:

QUE por el citado decreto se creó la Comisión

Asesora Ad-Honorem que evaluó, investigó y estudió las propuestas de asignación de

nombres a las calles o lugares públicos;

QUE el trabajo de dicha Comisión es de

mucha importancia ya que sus integrantes poseen formación académica y trayectoria

profesional, pero sobretodo, son conocedores de la historia de San Isidro, razón que

conlleva a que su experiencia sea más que calificada para expedirse sobre las propuestas;

QUE con el correr del tiempo se torna

necesario reemplazar a algunos de sus miembros o ampliar la nómina en otros casos;

QUE este Departamento Ejecutivo estima

oportuno la designación de una comisión Ad-Honórem –con sede en el Museo Beccar

Varela, sede del Museo Biblioteca y Archivo Histórico Municipal-, quien tendrá como

finalidad tales tareas y elevará un informe fundamentando las posibles aceptaciones y/o

designaciones de las propuestas estudiadas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto en todas sus partes y consecuencias el Decreto N° 1780

************* de 1993.-

ARTÍCULO 2°.- Integrar la Comisión Asesora Ad-Honórem que tendrá a su cargo la

************* evaluación, investigación de antecedentes y estudio en particular de

cada propuesta de asignación de nomenclatura de calles o lugares públicos, compuesta

por los siguientes miembros:

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117

Ref. Expte. N° 6979-D-1993.-

//…

- Amalia Elena Lagos de Rodríguez Perea (Presidenta del Instituto Histórico Municipal);

- Bernardo Pedro Lozier Almazán (Reconocido historiador, ex Director del Museo

Beccar Varela y Museo Pueyrredón);

- Jorge Tirigall (Presidente de la Asociación Hijos y Amigos de San Isidro);

- Jorge Lima (Genealogista, escritor);

- Carlos A. Dellepiane Calcena (Miembro vitalicio del Instituto Argentino de Ciencias

Genealógicas);

- Marcela Fugardo (Directora del Museo Beccar Varela, sede del Museo Biblioteca y

Archivo Histórico Municipal);

- Oscar Rebagliati (Presidente de la Asociación San Isidro Tradicional).-

ARTÍCULO 2°.- Dejar aclarado que la nueva Comisión, continuará funcionando en la

************* sede que se encuentra en el Museo Histórico Municipal.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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118

Ref. Expte. Nº 15316-D- 2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 0

VISTO el dictado del Decreto Nº 3200 con

fecha 4 de diciembre de 2006, mediante el cual se declaró el estado de emergencia

sanitaria en el ámbito del Partido de San Isidro, en virtud de la situación creada entre la

Asociación Profesional que los nuclea y los médicos anestesiólogos, lo cual ha derivado

en la suspensión de servicios de éstos profesionales; y

Considerando:

QUE esta contingencia impide el normal

desarrollo de las prácticas quirúrgicas, tanto las programadas como las de carácter

urgente;

QUE el municipio se encuentra imposibilitado

de derivar a otros Hospitales Provinciales o a los ubicados en el ámbito de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, en virtud de la saturación en que éstos se encuentran;

QUE resulta urgente solucionar ésta situación

dado que de prolongarse, se encontraría en alta situación de riesgo la salud de la

población;

QUE se hace necesario designar profesionales

“Médicos Anestesiólogos”, que dado a la situación de emergencia sanitaria descripta en el

Decreto mencionado Ut Supra, y en el marco de dicha norma, percibirán honorarios

superiores a los que perciben otros profesionales de la salud en las mismas condiciones de

labor;

QUE en virtud de ello, se deberá designar en

carácter de “Personal Mensualizado”, a los Profesionales que se detallan a continuación,

conforme el Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Designar en carácter de “Planta Temporaria – Personal Mensualizado”

************* Mensualizado”, conforme el artículo 24º inciso a) – apartado 2 – de la

Ordenanza Nº 8919, a los Profesionales que se detallan a continuación, con actividad

de “Médicos Anestesiólogos”, por el período comprendido entre el 1º y el 31 de octubre

de 2017.inclusive, con la retribución, y en la dependencia que en cada caso se

especifica:

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119

Ref. Expte. Nº 15316-D- 2017.-

//…

HOSPITAL MATERNO INFANTIL: (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 28 -O: 1.2.1.01.):

• Legajo Nº 66.810 – SALINA, Raúl Maximiliano – 215.738 módulos.-

• Legajo Nº 59.380 - ONTIVERO ANAUT, Eduardo Daniel – 78.485 módulos.-

• Legajo Nº 59.239 - ANGELACCIO, Gustavo Edgardo – 97.103 módulos.-

• Legajo Nº 65.532 – ESPINOZA, Diego Paul – 247.132 módulos.-

• Legajo Nº 64.552 – ACHILLES, Alejandro José – 472.725 módulos.-

• Legajo Nº 58.955 – RAVAZZOLI, Mario Alberto – 62.788 módulos.-

HOSPITAL CENTRAL DE SAN ISIDRO (J: 1.1.1.01.09.000 -C: 27 -O: 1.2.1.01.):

• Legajo Nº 58.952 - CRESPO, Félix Daniel – 78.485 módulos.-

• Legajo Nº 58.956 - NAKANE, Jorge Enrique – 78.485 módulos.-

• Legajo Nº 59.371 - GANTCHOFF, Eduardo Daniel – 78.485 módulos.-

• Legajo Nº 62.753 - LOPEZ ROLON, Iván Hernando – 102.938 módulos.-

• Legajo Nº 67.045 – CUENCA, Félix Ramón Domingo – 51.469 módulos.-

• Legajo Nº 63.879 – DE CARVALHO LOPEZ, Poliana Cristian – 51.469

módulos.-

• Legajo Nº 62.457 – GÓMEZ, Mariela – 51.469 módulos.-

• Legajo Nº 62.542 – SAUCEDO, Nelson – 102.938 módulos.-

• Legajo Nº 67.862 – COSENTINO, Jorge Adrián – 51.469 módulos.-

ARTÍCULO 2º.- Las designaciones realizadas en el artículo anterior por ser personal de

************* Planta Temporaria carecen de estabilidad, por lo cual podrán ser

limitadas –previo a la fecha citada - cuando razones de servicio así lo aconsejen

(conforme lo establece el artículo 32º del Convenio Colectivo de Trabajo).-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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120

Ref. Expte. Nº 2411 – A – 2007 y otro

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 1

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3 D) del

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en dos de los casos, los contribuyentes

omitieron presentar la DD.JJ (Declaración Jurada) para el año 2016 por razones de salud;

QUE el Expte. 9450/2010 no pudo ser hallado

pese a la exhaustiva búsqueda en la oficina donde figuraba, debiendo iniciarse un alcance

para continuar el trámite, en el cual se agregaron las constancias de las renovaciones

pendientes;

QUE en las Disposiciones Generales del

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal se prevé la posibilidad de considerar los años

intermedios entre dos solicitudes, aún cuando en ellos se hayan omitido efectuar el pedido

formal;

QUE se han presentado las Declaraciones

Juradas para el corriente 2017;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por los años 2016 y 2017 a excepción de las

cuotas que se hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno, a los

contribuyentes responsables encuadrados en el artículo 58 inciso 3D) de la Ordenanza

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121

Ref. Expte. Nº 2411 – A – 2007 y otro.

//…

Fiscal, por los inmuebles que a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas

corrientes que se consignan precedentemente.

-1.- Expte. Nº 2411/2007 - Cuenta corriente Nº 532.359 – Gral. Lamadrid Nº 863-

Boulogne.-

2.- Expte. Nº 9450/2010 – Cuenta corriente Nº 217.576 – Intendente Tomkinson Nº 340

– San Isidro.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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122

Ref.: Expte. N° 15478-S-2017.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 2

VISTO lo informado en autos por la

Subsecretaría de Niñez, Familia y Comunidad, respecto de la concurrencia de la

Licenciada María Fernanda Giordani y de la Profesora Patricia Fernández, en su carácter

de Consejera y Consejera Suplente respectivamente a la “SESIÓN PLENARIA DEL

CONSEJO PROVINCIAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (CPNyA)”, en

representación de la Comuna, a llevarse a cabo los días 28 y 29 de noviembre del

corriente año, en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, organizada por

la Dirección Provincial de Promoción y Protección de Derechos del Organismo Provincial

de la Niñez y Adolescencia; y

Considerando:

QUE a fojas 4, la Subsecretaría de Niñez,

Familia y Comunidad estima la suma total de Pesos Seis Mil ($ 6.000) en concepto de

viáticos y gastos, por lo que corresponde asignarles dicha suma con oportuna rendición de

cuentas;

QUE este Departamento Ejecutivo promueve

el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la concurrencia de la Licenciada María Fernanda Giordani y

************* de la Profesora Patricia Fernández, en su carácter de Consejera y

Consejera Suplente respectivamente a la “SESIÓN PLENARIA DEL CONSEJO

PROVINCIAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (CPNyA)”, en representación de la

Comuna, a llevarse a cabo los días 28 y 29 de noviembre del corriente año, en la Ciudad

de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, organizada por la Dirección Provincial de

Promoción y Protección de Derechos del Organismo Provincial de la Niñez y

Adolescencia, asignándoles la suma total de PESOS SEIS MIL ($ 6.000,00) en concepto

de viáticos y gastos, con oportuna rendición de cuentas.-

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123

Ref.: Expte. N° 15478-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presen

************* te, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto

General de Gastos.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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124

Ref. Expte. Nº 15554 -P- 2017.-

San Isidro, 23 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 3

VISTO la necesidad de contar en la

Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Comunidad, con un Director, que permita

mantener un nexo con la Entidades Civiles y O.N.G., y

Considerando:

QUE a tal fin, se propone al Licenciado

Daniel Roberto MATOS (Legajo Nº 51392), quien por su antigüedad y conocimiento es

la persona idónea para ocupar dicho cargo;

QUE en virtud de ello, se deberá reubicar al

mencionado Licenciado, en la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Comunidad,

manteniendo su actual situación de revista, a partir del

QUE procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo, que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Reubicar a partir del 1º de noviembre al Licenciado Daniel Roberto

************* MATOS (Legajo Nº 51.392), en la Subsecretaría de Niñez,

Adolescencia y Comunidad, con el cargo de Director, manteniendo su actual situación de

revista, .-

ARTÍCULO 2º.- Asignar a partir del 1º de noviembre funciones interinas de Director

************* General de Entidades Civiles y O.N.G. al Licenciado Daniel Roberto

MATOS (Legajo Nº 51.392), percibiendo la diferencia entre su categoría de revista 15 y

el cargo 16 y manteniendo sus actuales bonificaciones.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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125

Ref. Expte. Nro. 15576-M-2004 y otros.

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 4

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del

mencionado artículo;

QUE en virtud de lo expuesto confecciónese

el pertinente acto administrativo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando

en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios.

1.- Expte. Nº 15576/2004 -Cuenta corriente Nº 830.063 – Intendente Becco Nº 2559-

Beccar-

2.- Expte. Nº 2279/2005–Cuenta corriente Nº 391.092 – Pasaje Galileo Nº 2488-

Martínez-

3.- Expte. Nº 1722/2009– Cuenta corriente Nº 522.462– Luis María Drago Nº 108-

Planta Baja- Depto. “A” –Villa Adelina.-

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126

Ref. Expte. Nro. 15576-M-2004 y otros.

//…

4.- Expte. Nº 3387/2015– Cuenta corriente Nº 562.436– Martina Céspedes Nº 2955 –

Villa Adelina.-

5.- Expte. Nº 10214/2016 -Cuenta corriente Nº 420.128– Vélez Sarsfield Nº 1776-

Martínez.-

6.- Expte. Nº 8233/2014 - Cuenta corriente Nº 770.909- Mosconi Nº 3359- Casa Nº 2-

Beccar.-

7.- Expte. Nº 7650/2003 Cuerpo Nº 2-Cuenta corriente Nº 372.909– Azcuénaga Nº 1567 –

Planta Baja– Dpto. “A” - Martínez.-

8.- Expte. Nº 4416/1998 Cuenta corriente Nº 542.261 – Virrey Vertíz Nº 2062 – Planta

Baja- Depto. “C” –Villa Adelina.-

9.-Expte. Nº 5762/1996- Cuenta corriente Nº 522.399 – Los Paraísos Nº 490- Planta

Baja– Villa Adelina.-

10.-Expte. Nº 2017/1995 -Cuenta corriente Nº 542.843–Virrey Vertíz Nº 1456- - Planta

Alta- Depto. Nº 6-Villa Adelina.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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127

Ref. Expte. Nº 2358-P-2015.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 5

VISTO el Dictamen de la Junta Médica

Provincial, obrante en el Expediente Nº 4105-2358-2015, del Instituto de Previsión Social

de la Provincia de Buenos Aires, en el cual se hace constar la incapacidad laboral de la

trabajadora Ramona Luisa QUIROGA (Legajo Nº 12.851); y

Considerando:

QUE dicha trabajadora ha tomado

conocimiento de lo resuelto por la Dirección de Reconocimientos Médicos Provincial en

el mencionado expediente;

QUE se encuentra en condiciones de acogerse

al beneficio jubilatorio;

QUE la Subdirección de Jubilaciones y

Pensiones, de la Dirección General de Recursos Humanos, solicita se proyecte el

instrumento legal de cese de la trabajadora, a los fines jubilatorios por incapacidad

laboral, a partir del 1º de noviembre de 2017;

QUE, de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del la

trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo un

importe mensual en este caso correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus

haberes, a partir del 1º de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio como

anticipo de su jubilación;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria,

QUE la trabajadora Ramona Luisa

QUIROGA, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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128

Ref. Expte. Nº 2358-P-2015.-

//…

ARTÍCULO 1º.- Dar por concluida la relación de empleo con la Administración Munici-

************* pal, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio por incapacidad

laboral de la trabajadora Ramona Luisa QUIROGA (Legajo Nº 12.851), M.I. Nº:

10969.141, Clase 1952, con categoría 07 (48) - (J:1.1.1.01.09.000.– C:30. -O:1.1.1.07.) y

funciones de mucama, en el Centro Periférico Beccar, a partir del 1º de noviembre de

2017.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los importantes servicios prestados a lo largo de su

************* Trayectoria en esta Comuna.-

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex traba-

************* jadora Ramona Luisa QUIROGA (Legajo Nº 12.851), mediante el cual

el Municipio abonará el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de

los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 1º de noviembre de 2017,

como anticipo de su jubilación y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio.-

El anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $ 10.776 (pesos diez mil

setecientos setenta y seis).-

ARTÍCULO 4º.- El convenio cuya aprobación dispone el artículo precedente, pasa a

************* formar parte del presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- El pago del anticipo, cesará automáticamente si con anterioridad al

************* plazo estipulado fuera otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese y comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.-

ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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129

Ref.: Expte. 15710-O-2017.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 6

VISTO lo solicitado en estas actuaciones,

respecto de la devolución del pago abonado por liquidación errónea en concepto de

Derechos de Oficina (abonó Original por cinco (5) años, correspondiendo abonar Original

por un (1) año) sobre la Licencia de Conducir de la Sra. Marina OTERO, DNI N°

95.720.644; y

Considerando:

QUE el total abonado en demasía asciende a

la suma total de Pesos Quinientos Tres ($ 503,00);

QUE a fojas 8 Tesorería General deja

constancia del efectivo ingreso de dichos valores al Municipio;

QUE a fojas 9 la Contaduría General del

Municipio solicita el reintegro a la interesada de la suma abonada en demasía;

QUE por lo expuesto este Departamento

Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Reintegrar a la Sra. Marina OTERO, DNI Nº 95.720.644, con

************** domicilio en la calle Rivera Indarte N° 20 de la ciudad de San Isidro,

jurisdicción de este Partido, la suma de Pesos Quinientos Tres ($ 503,00), en concepto de

Derechos de Oficina liquidados en forma errónea sobre su Licencia de Conducir.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos vigente.-

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130

Ref.: Expte. 15710-O-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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131

Ref.: Expte. N° 16994-C-2016.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 7

VISTO el Decreto N° 35/2017, por medio del

cual se afectaron al uso oficial de las distintas dependencias municipales diversos

vehículos, asignando para el cumplimiento de las funciones que desarrollan con los

mismos, asimismo destacar la cantidad de vales de combustible semanales; y

Considerando:

QUE de acuerdo a lo informado a fojas 27/30

por Contaduría General corresponde ordenar el listado actualizado de la afectación de los

rodados propiedad de los funcionarios municipales;

QUE dichos vehículos son utilizados por cada

funcionario en cumplimiento de tareas específicas de cada área en particular, y en razón

de las necesidades emergentes de las mismas es que surge que los montos son de diferente

cuantía;

QUE, este Departamento Ejecutivo se expide

en forma favorable a lo requerido, disponiendo el dictado del acto administrativo

pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Afectar al uso oficial de las dependencias municipales que a

************* continuación se mencionan, los vehículos que en cada caso se indica, en

el Anexo adjunto cuyo texto pasa a formar parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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132

Funcionarios

A Dependencias varias VEHICULO PESOS

partir MARCA DOMINIO SEMANALES

1-1-17 1 Intendente Municipal (Posse) W.Passat JFG 086 4.200-4800

1-1-17 2 Asesor Departamento Ejecutivo (Prassel H) W. Golf HBT 014 840-960

1-1-17 3 Secretario Privado (Canal) 2640-3000

1-3-17 4 Director Sec. Privada (Quiroga) VW Suran PQF 890 840-960

1-1-17 5 Asesor Depto. Ejecutivo (Rivas) Suzuki Grand Vit IFT 178 840-960

1-1-17 6 Sec. Obras Publicas (Landivar) VW Gol Trend AA 625 XE 840-960

1-1-17 7 Secretaria General (Bereziuk) VW. Gol MXE 167 960-1100

1-1-17 8 Asesoria Coord. Producción, turismo. (Prassel C) Dodge Journey JBL 113 840-960

1-1-17 9 Asesor Obras Publicas (Garcia) CheryTiggo OPW 744 840-960

1-1-17 10 Dir. Gral. De Compras (Dominguez) VW Tiguan JFK 777 960-1100

1-8-17 10 Asesor (Domínguez) VW Tiguan JFK 777 960-1100

1-1-17 11 Sub Sec. Gral. deInsp.y Reg. Urbanos (Perez) Toyota Corolla LPF 742 840-960

1-1-17 12 Ases. De la Sec. De Producción (Sanchez Landa) W. Polo GVT 218 840-960

1-1-17 13 Sec. De la Niñez Adolec. Y Flia. (Hirsch) W. Polo FUV 200 840-960

Sec. De Niñez A y F (Hirsch) Toyota MZP 766 840-960

1-8-17 14 Dirección Gral. De Compras (Catania) VW Suran IJM 924 960-1100

1-1-17 15 Contaduría General (Conde) Fiat Marea CRY 937 960-1100

1-1-17 16 Sec. Salud Pública (Prado) W. Gol LHR 141 840-960

1-1-17 17 ARSI (Miletta) Honda Civic JRB 122 840-960

1-1-17 18 Sub. Sec. Accion Social (Maino) Ford Focus NYT 342 840-960

1-1-17 19 Dir. de Ordenamiento Vial (Vazquez) VW Gol JBI 282 840-960

1-1-17 20 Juzgado de Faltas (Vazquez Pol) Toyota Corolla PQD 746 840-960

1-1-17 21 Sub. Sec. de Tránsito (Godoy) Peugeot 308 OMP 329 840-960

1-1-17 22 Sec. de Integración Comunitaria (Flier) W. Gol NCT 152 840-960

1-1-17 23 Asesoría de Planeamiento Urbano (Breglia) Ford Fiesta LAU 908 840-960

1-1-17 24 Defensoría Munic. delConsum. (Mateos) Ford Ranger PJC 145 650-750

1-1-17 25 Asesor Adm. Hospital Materno (Suarez) Ford Focus KSF 561 840-960

1-1-17 26 Subs. Gral. Cuidados Comunitarios (Alcantara) Chevrolet Agile NWL 836 840-960

1-1-17 27 Asesoría General (Sabattini) Ecosport LBK 430 840-960

1-1-17 28 Dir. de Gestión Amb., Segur. y Hab. Ind. (Antoniassi) Honda City OGP 488 840-960

Dir. De Gestión Ambiental (Antoniassi) Honda HR-V AB576NK 840-960

1-1-17 29 Dir. de Bromatología (Rasines Alcaraz) Honda CRV DSX 046 840-960

1-1-17 30 Dir. de Inspecciones (Alonso) Peugeot Partner LDC 585 840-960

1-1-17 31 Sub. Sec. de Gestión Municipal (Giovanelli) Ford Focus JCP 223 780-900

1-1-17 32 Sub. Sec. Gral. de Gestión Municipal (Cuello) VW Polo HFX 386 780-900

1-1-17 33 Sub. Sec. de Espacio Público (Montemarani) Toyota Etios PLB 520 780-900

1-1-17 34 Direc. Mesa de Integración Social (Bulla) Peugeot 207 LNE 532 540-620

1-1-17 35 Sub. Sec. De Políticas de Salud (Viaggio) Audi A3 AA 228 VH 840-960

1-1-17 36 Tesorería Gral. (Mónaco) Peugeot 308 AA-285-AE 960-1100

1-1-17 37 Direcc. de Tránsito (Porcelli) Renault ClioMio MMS 927 840-960

37 Direcc. de Tránsito (Porcelli) Ford Fiesta AA006ZT 840-960

1-1-17 38 Subs. Gral. de Legal y Técnica (Oneto) Ford Ecosport NII 124 840-960

1-1-17 39 Sub. Sec. de Prevención Ciudadana (Suñer) VW Amarok MLV 658 840-960

1-1-17 40 Dir. Gral. deDesp. yLegislac. (Matos) Peugeot 408 KWY 749 840-960

40 Dir. Gral. deDesp. yLegislac. (Matos) CheryTiggo N° 5 AB858UV 840-960

1-1-17 41 Dir. dePlaneam. y Comunicación (Rodriguez) W Polo DWP 946 840-960

1-1-17 42 Sub Tesorero (Peirano) Peugeot 207 IBK 277 840-960

1-1-17 43 Secretaría Legal y Técnica (García Minuzzi) Toyota Corolla IVX 042 960-1100

1-1-17 44 Sub. Sec. de Gobierno y Gestión (Weinschelbaum) Ford Fiesta NII 018 840-960

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133

1-1-17 45 Secretaría de Modernización (García Beaumont) CheryTiggo PFO 580 840-960

1-2-17 46 Asesoría Secretaría General (Nigolian) Ford Ecosport AA191AN 840-960

1-4-17

47

Dirección Gral. De Barrido, Supervisión y

Coordinación Delegac. Municipales (Ferretti) VW Gol LIK 155 840-960

1-8-17 48 Asesor (Domínguez) VW Tiguan JFK 777 960-1100

1-8-17 49 Ceremonial (Rodríguez) Renault Kangoo AA521YO 1000

1-8-17 50 Centro de Desarrollo y Fort. R. Carrillo (Amoroso) VW Polo FUV 200 840

1-11-17 51 Secretario Plan. eInteg. Polit. Prod. (Piccardo) Ford Focus AB508ND 840-960

1-11-17 52 Secretario Desarrollo Econ. ySust. (Greig) Renault Scenic FEL483 840-960

Otras Dependencias

A DEPENDENCIA VEHICULO PESOS

partir MARCA DOMINIO SEMANALES

1-1-17 1 Dirección de Tesorería General (Mónaco) VW GOL JFQ 075 $ 960

1-1-17 2 Dirección Cuidado Comunitario (Suñer) VW GOL JKC 345 $ 22.460

1-1-17 3 Direcc. Gral. de Espacio Público (Campici) Móviles $ 22.580

20-3-17 $ 27.000

10-7-17 $ 39.000

15/11/17 44.000

1-1-17 4 Delegación San Isidro Bajo (Cordero) Maquinarias $ 1.080

1-1-17 5 Dirección de Cementerios (Alvarez) Maquinarias $ 2.340

1-1-17 6 Cementerio Central San Isidro (Cofre) Maquinarias $ 960

1-1-17 7 Dirección de Deportes (Scuderi) Lanchas $ 1.380

1-1-17 8 Secretaría Obras Públicas (Landivar) Maquinarias $ 27.360

1-1-17

9 Sub. Sec. Acción Social (Maino)

Micro Mercedes

Benz FTO 134 $ 3.000

1-1-17 10 Hospital Materno Infantil (Vazquez) Móviles AFQ 577 $ 2.880

1-1-17 11 Centro Periférico La Cava (Prado) Peugeot Partner KIR 317 $ 540

1-1-17 12 Sec. Privada (Urrere Pon) W. Golf GZF 795 $ 960

1-1-17 13 Sub. Dirección de Zoonosis (Hernandez) Móviles $ 3.240

1-1-17 14 Hospital Central (Asceti) M. Benz Sprinter HMK 652 $ 420

1-1-17 15 Central de Monitoreo (Perucca) Ford F-100 ISX 422 $ 2.700

1-11-17 $3.100

1-1-17 16 Asesoría Coor. Prod. Tur. Y Medio Amb. (Prassel Carlos) VW Gol EOQ 191 $ 420

1-1-17 17 Depto. Patrimonio (Romero) VW Gol FDJ 810 $ 840

25-4-17 $ 1.840

1-1-17 18 Dir. de Cultura (Morello) Grupo Electrógeno $ 1.320

15/11/17 $ 1950

1-1-17 19 Delegación La Horqueta (Casado) Ford Fiesta GJJ 011 $ 720

1-1-17 20 Dirección de Defensa Civil (Marquetti) Ford Ranger HBT 067 $ 1.380

1-1-17 21 Mesa de Integración (Pierre) VW Gol LHR 142 $ 480

1-1-17 22 Dirección de Ecología (Willy Brian) VW Gol MIQ 907 $ 480

1-1-17 23 Subs. de Inspecciones (Selmo) VW Suran GVK 173 $ 900

1-1-17 24 Unidad de Gestión Municipal (Cuello) Maquinarias $ 960

1-6-17 $ 1920

1-1-17 25 Secretaría de Integración Com. (Flier) Honda Civic LIW 005 $ 720

1-1-17 26 Dirección Adm. Sec. Salud Púb. (Gil) Citroën C4 OFF 545 $ 720

1-1-17 27 Delegación Beccar (Bigatti) Nissan Sentra RHW 465 $ 480

1-1-17 28 Control de Vectores (Balate) Móviles $ 6.000

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134

1-1-17 29 Informática (Duarte) VW Polo FSO 631 $ 720

1-1-17 30 Ordenamiento Vial (Vazquez) VW Gol LHR 140 $ 840

25-4-17 31 ARSI (Miletta) Fiat Doblo AB189PM $ 1.000

1-10-17

32 Subsec. de Prevención Ciudadana (Suñer)

Grúa Municipal

Ford Transit AB401CB $ 1.000

1-9-17 33 Subsec. de Comunicación (Narbais) VW Gol Trend LHR 119 $ 1.000

1-8-17 34 Centro de Des. y Fort. Ramón Carrillo (Amoroso) VW Polo FUV 200 $ 840

15-10-17 35 Subsec. Gral. de Economía (Mandolesi) Toyota Etios AB638KO $ 600

15-10-17 36 Dirección de Higiene Urbana (Blanco) Fiat Palio OYV 868 $ 600

15-10-17 37 Dirección de Barrido (Ferrero) Ford Fiesta GFZ 277 $ 600

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135

Ref.: Expte. N° 10653-S-2017.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 8

VISTO lo actuado en el presente expediente

N° 10653-S-2017, y la comunicación efectuada por el Honorable Concejo Deliberante,

respecto de la sanción de la Ordenanza N° 8959 con fecha 15 de noviembre de 2017,

mediante la cual se convalidó el Convenio Marco de Adhesión al Programa Nacional de

Asistencia y Colaboración en el Marco de la Emergencia celebrado con el Ministerio de

Seguridad de la Nación, por el cual la Comuna se compromete en el marco del Programa

Nacional, en el caso de sufrir una emergencia decretada como tal o debidamente

justificada, a remitir la solicitud de ayuda económica; y

Considerando:

QUE de conformidad con lo establecido por el

Artículo 108º, inciso 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del

Departamento Ejecutivo promulgar las Ordenanzas;

POR ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Promúlgase y cúmplase la Ordenanza Municipal N° 8959

************* sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de

noviembre de 2017.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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136

Ref.: Expte. N° 14862-D-2017.-

SAN ISIDRO, 24 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 5 9

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE la naturaleza de los hechos que dan

cuenta precedentemente, hacen necesario ordenar la instrucción de sumario

administrativo, con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;

QUE, adoptada que fuera la decisión en tal

sentido, corresponde designar al instructor sumariante;

QUE este departamento Ejecutivo promueve

el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instrúyase sumario

************* administrativo a los efectos de determinar las responsabilidades que

pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en este expediente Nro. 14862-D-

2017.-

ARTÍCULO 2°.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio Fabián

************* Leonardis (Legajo N° 11884).-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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137

Ref.: Expte. N° 15539-D-2017.-

SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 0

VISTO la renuncia presentada por la Doctora

Laura Isabel SANTAMARTA (Legajo N° 15190), a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 27 de noviembre de

2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 27

de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la Doctora Marta Isabel

SANTAMARTA, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Laura Isabel

************* SANTAMARTA (Legajo N° 15190), M.I. N° 10.498.779, Clase 1952,

con la retribución equivalente a Jefe de Servicio Perfil B Grado Hospital C 36 hs (código

322) (J:1.1.1.01.09.000 – C:27 – O:1.1.1.09) y funciones de Jefa de Servicio de Ortopedia

y Traumatología en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”, a partir

del 27 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.

Situación de revista: Profesional Hospital A 24 hs (código 201).-

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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138

Ref.: Expte. N° 15539-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Laura Isabel SANTAMARTA (Legajo N° 15190), que pasa

a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines

previsionales a partir del 27 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio

jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Treinta y Tres Mil

Ochocientos Sesenta y Nueve ($ 33.869,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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139

Ref.: Expte. N° 15931-D--2017.-

SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 1

VISTO la renuncia presentada por la Doctora

Noemí Esther VICENTINI (Legajo N° 17357), a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 30 de noviembre de

2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a

partir del 30 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la Doctora Noemí Esther VICENTINI,

se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Noemí Esther

************* VICENTINI (Legajo N° 17357), M.I. N° 6.494.336, Clase 1955, con la

retribución equivalente a Directora Asociada B Hospital C 48 hs (código 223)

(J:1.1.1.01.09.000 – C:27 – O:1.1.1.09) y funciones de Directora Asociada de Servicios

Centrales en el Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Ángel Posse”, a partir del 30

de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.

Situación de revista: Profesional Hospital A 24 hs (código 201).-

ARTÍCULO 2°.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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140

Ref.: Expte. N° 15931-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Noemí Esther VICENTINI (Legajo N° 17357), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los

fines previsionales a partir del 30 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el

beneficio jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Sesenta y Dos Mil

Doscientos Sesenta y Cuatro ($ 62.264,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 141: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

141

Ref.: Expte. N° 15542-D-2017.-

SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 2

VISTO la renuncia presentada por la Doctora

Susana Ángeles Matilde GUIDI (Legajo N° 16714), a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 27 de noviembre de

2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 27

de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la Doctora Susana Ángeles Matilde

GUIDI, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Susana Ángeles Matilde

************* GUIDI (Legajo N° 16714), M.I. N° 5.105.061, Clase 1945, con la

retribución equivalente a Directora B Hospital C 48 hs (código 123) (J:1.1.1.01.09.000 –

C:27 – O:1.1.1.09) y funciones de Directora del Hospital Central de San Isidro “Dr.

Melchor Ángel Posse”, a partir del 27 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio.

Situación de revista: Profesional Hospital A 48 hs (código 203).-

ARTÍCULO 2°.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

Page 142: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

142

Ref.: Expte. N° 15542-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Susana Ángeles Matilde GUIDI (Legajo N° 16714), que

pasa a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el

importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los

fines previsionales a partir del 27 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el

beneficio jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Ochenta y Tres Mil

Trescientos Ochenta y Tres ($ 83.383,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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143

Ref. Expte. Nº 16285-D-2017.-

San Isidro, 27 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 3

VISTO la nota de la Secretaría de Salud

Pública, obrante a fojas 1, y

Considerando:

QUE la Doctora Susana Angeles Matilde

GUIDI con funciones de Directora del Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel

Posse”, renunció a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, a partir del 27 de

noviembre de 2017;

QUE se hace necesario cubrir la citada

Dirección;

QUE por su experiencia, dedicación y

compromiso laboral, el Doctor Miguel Angel PEREYRA (Legajo Nº 18072) es la

persona idónea para ocupar el mismo;

QUE en virtud de ello, se deberá asignar

funciones interinas “cargo” de la Dirección del Hospital Central de San Isidro “Dr.

Melchor Angel Posse”, al mencionado Profesional, manteniendo su actual situación de

revista;

QUE procede en consecuencia al dictado del

acto administrativo, que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Asígnar funciones interinas a “cargo” de la Dirección del Hospital Cen-

************* tral de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, al Doctor Miguel Angel

PEREYRA (Legajo Nº 18072), con su actual situación de revista, a partir del 27 de

noviembre de 2017.-

ARTÍCULO 2º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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144

Ref. Expte. Nº 16286-D-2017.-

San Isidro, 27 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 4

VISTO la nota de la Secretaría de Salud

Pública, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE la Doctora Laura Isabel

SANTAMARTA (Legajo Nº 15190), a partir del 27 de noviembre de 2017, renunció para

acogerse al beneficio jubilatorio;

QUE su experiencia, dedicación y

compromiso laboral, llevado a cabo durante sus años de servicio en la Comuna, hacen que

su continuidad de colaboración sea bienvenida por el titular del Departamento Ejecutivo;

QUE en razón de ello se deberá designar a la

mencionada Profesional en carácter de Ad –Honorem, hasta tanto sea reemplazada en el

cargo de Jefa de Servicio de Ortopedia y Traumatología, en el Hospital Central de San

Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”;

QUE procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo, que así lo disponga,

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar a partir del 27 de noviembre de 2017, a la Doctora Laura

************* Isabel SANTAMARTA (Legajo Nº 15.190), con carácter de Ad

Honorem y funciones de Jefa de Servicio de Ortopedia y Traumatología, en el Hospital

Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, hasta tanto sea reemplazada en dicho

cargo.-

ARTÍCULO 2º.- La presente designación está exenta de retribución y no da derecho a re-

************* clamos posteriores.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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145

Ref. Expte. Nº 16287-D-2017.-

San Isidro, 27 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 5

VISTO la nota de la Secretaría de Salud

Pública, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE la Doctora Noemí Esther VICENTINI

(Legajo Nº 17357), a partir del 30 de noviembre de 2017, renunció para acogerse al

beneficio jubilatorio;

QUE su experiencia, dedicación y

compromiso laboral, llevado a cabo durante sus años de servicio en la Comuna, hacen

que su continuidad de colaboración sea bienvenida por el titular del Departamento

Ejecutivo;

QUE en razón de ello se deberá designar a la

mencionada Profesional en carácter de Ad –Honorem, hasta tanto sea reemplazada en el

cargo de Directora Asociada de Servicios Centrales, en el Hospital Central de San Isidro

“Dr. Melchor Angel Posse”;

QUE, procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo, que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar a partir del 30 de noviembre de 2017, a la Doctora Noemí

************* Esther VICENTINI (Legajo Nº 17.357), con carácter de Ad Honorem y

funciones de Directora Asociada de Servicios Centrales, en el Hospital Central de San

Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, hasta tanto sea reemplazada en dicho cargo.-

ARTÍCULO 2º.- La presente designación está exenta de retribución y no da derecho a re-

************* clamos posteriores.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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146

Ref.: Expte .Nro. 14628-D-2017

SAN ISIDRO, 27 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 6

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº.

600-630/2017;

QUE como consecuencia de aquél se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 329/2017, autorizado mediante Decreto Nro.

2585/2017;

QUE la Dirección General de Compras realizó

la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 151,

solicitando a fojas 153 la Secretaría de Obras Públicas la adjudicación a la oferta más

conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a Patricia Alejandra Ferrari CUIT Nº 27-18148157-4,

************** con domicilio en J.M. Gutiérrez Nº 1.722, de la localidad de Claypole,

Partido de Almirante Brown, para la contratación del servicio de “TRABAJOS VARIOS

EN EL SECTOR QUIRÓFANOS DEL HOSPITAL MATERNO INFANTIL”, por un

monto total de PESOS CINIENTOS CUARENTA MIL ($540.000).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes a la Partida

Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6, Categoría

Programática 01.02, Objeto del Gasto 3.3.1., del Presupuesto General de Gastos

pertinentes.-

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147

Ref.: Expte .Nro. 14628-D-2017

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION L.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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148

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 7

ANULADO

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149

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 8

ANULADO

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150

Ref.: Expte. N° 3179-S-2005.-

SAN ISIDRO, 23 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 6 9

VISTO el Convenio de Prórroga del Contrato

de Comodato suscripto con fecha 2 de noviembre del corriente año entre la Municipalidad

de San Isidro y Sociedad de Fomento “La Calandria”, representada por su Sr. Presidente

José Antonio Colo, DNI 13.754.618 y su Sra. Secretaria Patricia Analía Medrano, DNI

16.455.890, con domicilio en la calle La Calandria nº 962 de la Ciudad de Villa Adelina,

Partido de San Isidro, referente al Contrato de Comodato que fuera suscripto el 18 de

marzo de 2005; y

Considerando:

QUE corresponde registrar el convenio de

prórroga del citado contrato, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida

en el acto de que se trata;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- REGISTRAR la prórroga del Contrato de Comodato suscripto entre la

************* Municipalidad de San Isidro y Sociedad de Fomento “La Calandria”,

representada por su Sr. Presidente José Antonio Colo, DNI 13.754.618 y su Sra.

Secretaria Patricia Analía Medrano, DNI 16.455.890, mediante el cual las partes deciden

prorrogar el mismo por un plazo de 10 años a contar desde el 18 de marzo de 2015,

respecto a la planta baja del inmueble ubicado en la calle Lamadrid Nº 1523 de la ciudad

de Villa Adelina, texto que pasa a formar parte integrante del presente.-

ARTÍCULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV/rt

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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151

PRÓRROGA

CONTRATO DE COMODATO

Entre la Sociedad de Fomento “La Calandria”, con domicilio en la calle La Calandria N° 962 de la ciudad de Villa Adelina, Partido de San Isidro, representada en este acto por el Sr. Presidente, Sr. José Antonio Colo, DNI N° 13.754.618, y su Secretaría, Sra. Patricia Analía Medrano, DNI N° 16.455.890, en adelante denominada “LA COMODANTE” por una parte, y por la otra la Municipalidad de San Isidro, con domicilio en la calle 9 de Julio N° 526 del Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Ángel Gustavo Posse, DNI N° 16.345.447, cuya firma es refrendada por la Secretaria Legal y Técnica, Dra. María Rosa García Minuzzi, en adelante denominada “LA COMODATARIA”, en conjunto denominados “LAS PARTES”, se conviene celebrar el presente convenio de prórroga, en virtud de las cláusulas y condiciones que a continuación se detallan:

ANTECEDENTES:

QUE con fecha 18 de marzo de 2005 “LAS PARTES” celebraron un contrato mediante el cual LA COMODANTE dio en comodato a LA COMODATARIA la planta baja del inmueble ubicado en la calle Lamadrid N° 1523 de la localidad de Villa Adelina, Partido de San Isidro.

QUE en virtud del contrato supra citado LA COMODATARIA afectó el edificio dado en comodato a la instalación y funcionamiento del Jardín Municipal N° 12 “La Calandria”, como asimismo usufructuó la cancha de fútbol cubierta y el Salón de Usos Múltiples para la realización de eventos en los horarios en que no fueran utilizados por la Sociedad de Fomento.

QUE la COMODANTE se encuentra en desarrollo de un proceso de regularización de documentación e inscripción ante la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, comprometiéndose a cumplimentar los trámites pertinentes en el plazo de 2 años desde la fecha de suscripción del presente.

QUE asimismo, LA COMODATARIA se obligó a asumir el pago de impuestos nacionales y provinciales y tasas municipales, como así también de los servicios de Gas, Luz y Agua que se devengaren sobre el inmueble sobre el que versa el presente contrato.

QUE en la búsqueda de posibilitar un significativo ahorro energético y poner en valor las instalaciones del inmueble de la calle Lamadrid N° 1523 objeto del presente Comodato, LA COMODATARIA se compromete a reconvertir las instalaciones lumínicas del establecimiento a tecnología LED, lo cual redundará en un beneficio para LAS PARTES atento la naturaleza de tal sistema lumínico y el bajo consumo energético que requiere.

QUE a los efectos de que el Municipio continúe con las presentación de los servicios precedentemente enunciados, y a fin de afianzar las políticas tendientes a mejorar cada día la calidad de los servicios educativos y el desarrollo y fortalecimiento de las entidades intermedias del Distrito, LAS PARTES convienen:

PRIMERO: LAS PARTES deciden por el presente prorrogar el contrato celebrado en relación a la planta baja del inmueble ubicado en la calle Lamadrid N° 1523 de la ciudad de Villa Adelina, Partido de San Isidro, por un plazo de 10 años a contar desde el 18 de marzo de 2015.-

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152

SEGUNDO: LA COMODATARIA se compromete formalmente a pintar una vez por año la cancha de fútbol cubierta y el salón de usos múltiples del inmueble individualizado en la cláusula anterior.-

TERCERO: LA COMODATARIA reconvertirá las instalaciones lumínicas del establecimiento a la tecnología LED, lo cual redundará en un beneficio para LAS PARTES atento la naturaleza de tal sistema lumínico y el bajo consumo energético que requiere.

CUARTO: LA COMODANTE se compromete a finalizar los trámites de regularización de su personería ante los organismos públicos que resultaren competentes dentro del plazo de 2 años desde la fecha de suscripción del presente.

QUINTO: Por todo el período de prórroga pactado en el presente, se acuerda que el presente instrumento resulta continuación del celebrado oportunamente con fecha 18 de Marzo de 2005, debiéndose ajustar LAS PARTES a las cláusulas allí pactada en relación a los derechos y obligaciones asumidas en todo aquello que no sea modificado por el presente.

De conformidad con las cláusulas precedentemente enunciadas, previa lectura y ratificación, queda formalizado el presente contrato de prórroga de comodato, firmándose DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la ciudad de San Isidro, a los 2 días del mes de Noviembre del año 2017.-

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Presidente de la Sociedad de Fomento “La Calandria”, José Antonio Colo Sra. Secretaria de la Sociedad de Fomento “La Calandria”, Patricia Analía

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153

Ref. Expte. Nº 15922-P-2017.-

SAN ISIDRO, 27 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 0

VISTO la renuncia presentada por la Señora

Julia Rita KUZIS (Legajo Nº 30057), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio,

conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 30 de noviembre de 2017,

obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10º

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en

este caso, el importe correspondiente al sesenta y siete por ciento (67%) de sus haberes, a

partir del 1º de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la trabajadora Julia Rita KUZIS, se

encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Señora Julia Rita KUZIS (Legajo

************* Nº 30057), M.I. Nº 6.551.079, Clase 1951, al cargo y función de

Subsecretaria General (J:1.1.1.01.06.000.-C:01.01.-O:1.1.1.01.), incluida en los alcances

de los artículos 15º “Bonificación Disposición Permanente” (80%), y 17º “Bonificación

por Personal Superior y Jerárquico” (18%), ambos de la Ordenanza Nº 8919, a partir del

30 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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154

Ref. Expte. Nº 15922-P-2017.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex traba-

************** jadora Julia Rita KUZIS (Legajo Nº 30057), que pasa a formar parte del

presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe correspondiente al

sesenta y siete (67%) de los haberes computables a los fines previsionales a partir del 1º

de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio.-

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $ 106.327 (pesos ciento

seis mil trescientos veintisiete).-

ARTÍCULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo

************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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155

Ref.: Expte. N° 15935-D-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 1

VISTO la renuncia presentada por la Doctora

Liliana Alicia CARBONELL (Legajo N° 11424), a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 24 de noviembre de

2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a

partir del 25 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la Doctora Liliana Alicia

CARBONELL, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Liliana Alicia

************* CARBONELL (Legajo N° 11424), M.I. N° 10.401.890, Clase 1953, con

la retribución equivalente a Jefa Unidad Sanitaria Hospital “C” de 36 horas (código 722)

(J:1.1.1.01.09.000 – C:30 – O:1.1.1.09) y funciones de Directora del Centro Periférico La

Ribera a partir del 24 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio.-

Situación de revista: Profesional Hospital A 36 hs (código 202).-

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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156

Ref.: Expte. N° 15935-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Liliana Alicia CARBONELL (Legajo N° 11424), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los

fines previsionales a partir del 25 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el

beneficio jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Treinta y Un Mil

Cuatrocientos Cincuenta ($ 31.450,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 157: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

157

Ref.: Expte. N° 15541-D--2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 2

VISTO la renuncia presentada por la

trabajadora Graciela Silvia SANTA MARÍA (Legajo N° 6188), a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 30 de

noviembre de 2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 1°

de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la trabajadora Graciela Silvia SANTA

MARÍA, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por la trabajadora Graciela Silvia

************* SANTA MARÍA (Legajo N° 6188), M.I. N° 6.522.703, Clase 1951, con

categoría 13 (J:1.1.1.01.09.000 – C:01.01 – O:1.1.1.09) incluida en los alcances del

artículo 15° “Bonificación Disposición Permanente” (46%) de la Ordenanza N° 8919 y

funciones Técnicas en al Secretaría de Salud Pública, a partir del 30 de noviembre de

2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.

ARTÍCULO 2°.- Agradécese los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

Page 158: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

158

Ref.: Expte. N° 15541-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Graciela Silvia SANTA MARÍA (Legajo N° 6188), que

pasa a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el

importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los

fines previsionales a partir del 1° de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio

jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Veinticuatro Mil

Quinientos Setenta y Uno ($ 24.571,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

Page 159: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

159

Ref.: Expte. N° 15937-D-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 3

VISTO la renuncia presentada por el Doctor

Daniel Mario FISZMAN (Legajo N° 16654), a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 1° de diciembre de

2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes, a partir del 2

de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE el Doctor Daniel Mario FISZMAN, se

encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el Doctor Daniel Mario FISZMAN

************* (Legajo N° 16654), M.I. N° 7.610.634, Clase 1947, con la retribución

equivalente a Director “B” Hospital “C” de 48 horas (código 123) (J:1.1.1.01.09.000 –

C:01.01 – O:1.1.1.09) y actividad de Director de Programas de Salud, en la Secretaría de

Salud Pública, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, 1º de diciembre de 2017.

Situación de revista: Profesional Hospital A 24 hs (código 201).-

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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160

Ref.: Expte. N° 15937-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex

************* trabajador Daniel Mario FISZMAN (Legajo N° 16654), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al sesenta por ciento (60%) de los haberes computables a los fines

previsionales a partir del 2 de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio

jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Cuarenta y Dos

Mil Setecientos Noventa y Seis ($ 42.796,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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161

Ref.: Expte. N° 15938-D-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 4

VISTO la renuncia presentada por la

trabajadora Mónica Cristina BERRUEZO (Legajo N° 17434), a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 1° de

diciembre de 2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, a

partir del 2 de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la trabajadora Mónica Cristina

BERRUEZO, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar a partir del 1º de diciembre de 2017, la renuncia presentada por

************* la trabajadora Mónica Cristina BERRUEZO (Legajo N° 17434), M.I. N°

10.969.767, Clase 1953, categoría 1600 (J:1.1.1.01.09.000 – C:28 – O:1.1.1.09) incluida

en los alcances de los artículos 15° “Bonificación Disposición Permanente” (46%) y 17°

“Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%) ambos de la Ordenanza N° 8919 y

funciones de Directora General en el Hospital Materno Infantil, a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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162

Ref.: Expte. N° 15938-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Mónica Cristina BERRUEZO (Legajo N° 17434), que pasa

a formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los

fines previsionales a partir del 2 de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio

jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Sesenta y Seis Mil

Novecientos Trece ($ 66.913,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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163

Ref.: Expte. N° 15936-D-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 5

VISTO la renuncia presentada por el Doctor

Silvio TANENHOLZ (Legajo N° 11002), a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio,

conforme lo dispuesto por la Ley N° 9650, a partir del 23 de noviembre de 2017, obrante

a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10°

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza N° 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33° inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

Profesional a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso, el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 24

de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE el Doctor Silvio TANENHOLZ, se

encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que

le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el Doctor Silvio TANENHOLZ

************* (Legajo N° 11002), M.I. N° 8.627.072, Clase 1951, con la retribución

equivalente a Director Asociado “B” Hospital “C” de 48 horas (código 223)

(J:1.1.1.01.09.000 – C:28 – O:1.1.1.09) y actividad de Director Asociado, en el Hospital

Materno Infantil, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio, 23 de noviembre 2017.

Situación de revista: Profesional Hospital A 36 hs (código 202).-

ARTÍCULO 2°.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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164

Ref.: Expte. N° 15936-D-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex

************* trabajador Silvio TANENHOLZ (Legajo N° 11002), que pasa a formar

parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines

previsionales a partir del 24 de noviembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio

jubilatorio.

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de Pesos Cincuenta y Un

Mil Seiscientos Cuarenta y Cinco ($ 51.645,00).-

ARTÍCULO 4°.- El pago del anticipo cesará automáticamente sí, con anterioridad al

************* plazo estipulado, fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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165

Ref. : Expte. Nro. 16284-S-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 6

VISTO lo actuado en el presente expediente

administrativo; y

Considerando:

QUE la naturaleza de los hechos de que se da

cuenta precedentemente hace necesario ordenar la instrucción de sumario administrativo,

con el objeto de determinar las responsabilidades emergentes de ellos;

QUE, adoptada que fuera la decisión en tal

sentido, corresponde designar al instructor sumariante;

QUE ante la conducta de los trabajadores

Víctor Hugo SOLIS -legajo N° 62.177)- y Alejandro Dioniso UBALLES CHACON

DORR –legajo N° 66.955-, en el desempeño de sus funciones, según surge del informe de

fojas 54 vta. de la Asesoría Legal Municipal, resulta necesario separarlos del ámbito

donde prestan servicios, mediante la aplicación de una medida cautelar que no implica

sanción disciplinaria, consistente en una suspensión preventiva con encuadre en las

disposiciones del Artículo 79º de la Ordenanza n° 8850;

QUE por lo expuesto, este Departamento

Ejecutivo promueve el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1ro.- Por conducto de la Asesoría Legal Municipal, instruir sumario admi

************** nistrativo, a los efectos de determinar las responsabilidades que

pudieran emerger de los hechos de que se da cuenta en el presente cuerpo instrumental.-

ARTÍCULO 2do.- Designar instructor sumariante al Doctor Gregorio Horacio

************** Fabián LEONARDIS –Legajo N° 11.884-.-

ARTÍCULO 3ro.- El presente sumario deberá tener resolución definitiva dentro de los

************** sesenta (60) días siguientes a la recepción del presente cuerpo

instrumental por la Asesoría Legal Municipal.-

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166

Ref. : Expte. Nro. 16284-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 4to.- Suspender preventivamente a los trabajadores Víctor Hugo SOLIS -

************** legajo N° 62.177)- y Alejandro Dioniso UBALLES CHACON DORR

–legajo N° 66.955-, con encuadre en las disposiciones del Artículo 79º de la Ordenanza

N° 8850.-

ARTÍCULO 5to.- Regístrese. Comuníquese y publíquese. Tome conocimiento Dirección

************** General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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167

Ref.: Expte. N° 5181-S-2011 – Alcance 17.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 7

VISTO la Licitación Pública N° 16/2011,

referente al Servicio de preparación de menúes en cocido para pacientes del Hospital

Central de San Isidro, adjudicada a la empresa Lepak SRL; y

Considerando:

QUE dicha empresa solicita un

reconocimiento de mayores costos sobre el precio de la citada licitación;

QUE las contrataciones plurianuales, son

impactadas por las variaciones de los insumos y costos salariales que constituyen los

factores básicos de mayor incidencia de la estructura de costos de los mismos, por lo que

resulta conveniente al interés municipal comprometido, proceder a evaluar en forma

continua en qué medida las variaciones (incrementos o disminuciones) son afectadas por

la alteraciones continuas del actual contexto económico de dichas variables, modificando

sin solución de continuidad el normal devenir de este tipo de contratos, a fin de

resguardar la integridad del contrato celebrado y así garantizar la continuidad, cantidad y

calidad de las prestaciones contratadas en beneficio de los vecinos;

QUE ello, conlleva un estudio continuo y

exhaustivo a fin de evidenciar la existencia de situaciones que producen una afectación

clara de la ecuación económica financiera de las partes involucradas;

QUE este contrato específicamente reviste un

interés municipal especial, ya que cualquier alteración del mismo, podría provocar una

modificación sustancial en la calidad de las prestaciones requeridas por la Municipalidad

en beneficio de la calidad de vida de los vecinos;

QUE la Comisión Asesora para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas recomienda efectuar un reconocimiento de

mayores costos, autorizando un incremento del diez por ciento (10%) sobre el precio de la

prestación del servicio antes citado, devengado a partir del mes de septiembre de 2017

sobre el valor resultante de la aplicación del Decreto N° 1985/2017, resultando con la

aplicación de ese incremento un valor mensual de PESOS UN MILLON

NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES ($

1.925.753);

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168

Ref.: Expte. N° 5181-S-2011 – Alcance 17.-

//…

QUE este Departamento Ejecutivo comparte

el criterio expuesto por la Comisión Asesora de Licitaciones Públicas, promoviendo el

dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO.

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Incrementar en un DIEZ POR CIENTO (10%)el precio de la prestación

************* del servicio de preparación de menúes en cocido para pacientes del

Hospital Central de San Isidro a cargo de la empresa Lepak SRL, adjudicataria de la

Licitación Pública N° 16/2011, incremento a aplicar sobre el valor de los servicios

resultantes de lo dispuesto en el Decreto N° 1985/2017 y devengados a partir del mes de

setiembre de 2017, en un todo de acuerdo con el informe de la Comisión Asesora

Permanente de Licitaciones Públicas obrante a fojas 91 a 109.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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169

Ref.: Expte. N° 16122-S-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 8

VISTO la nota obrante a fojas 1 de estos

actuados presentada por el Comité de Docencia e Investigación del Hospital Central de

San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”; y

Considerando:

QUE en la misma da cuenta de la realización

de las “Jornadas Hospitalarias”, a llevarse a cabo el día 30 del noviembre del corriente

año, de 11:00 a 12:30 horas y el día 1° de diciembre de 2017 en el horario de 08:30 horas

a 12:30 horas en el Aula Magna del citado centro asistencial;

QUE durante el desarrollo de dicho evento

una importante cantidad de destacados profesionales de la salud expondrán diversas

conferencias acerca de distintas patologías que afectan a una parte de la población en

general;

QUE por todo lo expuesto, este Departamento

Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del

acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal las “Jornadas Hospitalarias”, a llevarse

************* a cabo el día 30 del noviembre del corriente año, de 11:00 a 12:30 horas

y el día 1° de diciembre de 2017 en el horario de 08:30 horas a 12:30 horas en el Aula

Magna del Hospital Central de San Isidro “Dr. Melchor Angel Posse”, organizadas por el

Comité de Docencia e Investigación del citado centro asistencial.-

ARTÍCULO 2°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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170

Ref.: Expte. N° 16122-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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171

Ref.: Expte. Nro. 15292-C-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de Noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 7 9

VISTO la nota presentada por el "CIRCULO

DE AJEDREZ DE VILLA MARTELLI - FILIAL SAN ISIDRO; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los gastos que demande la participación de la Campeona

Argentina de Ajedrez Sub 14 Femenina Anapaola Borda Rodas en la Olimpiada Mundial

de Ajedrez sub 16, que se realizará en la Ciudad de Ahmedabad de la India, del 10 al 20

de Diciembre de 2017;

QUE los gastos antes mencionados abarcarán

pasajes, alojamiento, alimentación, inscripción, acreditación y transporte a sala de juego;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SETENTA

Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO ($ 74.825), con oportuna rendición

de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el "CIRCULO DE AJEDREZ DE VILLA MARTELLI - FILIAL

SAN ISIDRO”, por la suma de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS

VEINTICINCO ($ 74.825), destinado a solventar los gastos que demande la participación

de la Campeona Argentina de Ajedrez Sub 14 Femenina Anapaola Borda Rodas en la

Olimpiada Mundial de Ajedrez sub 16, que se realiza en la Ciudad de Ahmedabad de la

India del 10 al 20 de Diciembre de 2017, con oportuna rendición de cuentas en un plazo

de noventa (90) días corridos.-

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172

Ref.: Expte. Nro. 15292-C-2017.-

//…

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro.1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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173

Ref.: Expte. Nro. 14162-B-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de Noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 0

VISTO la nota presentada por la “SOCIEDAD

DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado al mantenimiento de edificios, móviles, herramientas, equipos y

pago de servicios y haberes del personal de los tres cuarteles, correspondientes al mes de

Septiembre;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS

TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000), con oportuna rendición de cuentas en

un plazo de noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la “SOCEIDAD DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE SAN

ISIDRO”, por la suma de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 350.000),

destinado al mantenimiento de edificios, móviles, herramientas, equipos y pago de

servicios y haberes del personal de los tres cuarteles correspondientes al mes de

Septiembre, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días

corridos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

Page 174: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

174

Ref.: Expte. Nro. 14162-B-2017.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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175

Ref. Expte. Nº 15910-P-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 1

VISTO la renuncia presentada por la Doctora

Virginia Ubalda STELLA (Legajo Nº 7510), a efectos de acogerse al beneficio

jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 30 de noviembre de

2017, obrante a foja 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10º

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese de la

trabajadora a los fines jubilatorios, la misma tendrá derecho de seguir percibiendo, en este

caso el importe correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, a partir del 1º

de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad de la

beneficiaria;

QUE la Doctora Virginia Ubalda STELLA, se

encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Doctora Virginia Ubalda STELLA

************* (Legajo Nº 7510), M.I. Nº 11.677.655 Clase 1955, al cargo y función de

Juez de Faltas (J:1.1.1.0.01.000 - C:34 - O:1.1.1.01) y funciones en el Juzgado Municipal

Nº 1 incluida en los alcances de los artículos 15º “Bonificación Disposición Permanente”

(80%) y 17º “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%) de la Ordenanza Nº

8919, a partir del 30 de noviembre de 2017, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

Page 176: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

176

Ref. Expte. Nº 15910-P-2017.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y la ex

************* trabajadora Virginia Ubalda STELLA (Legajo Nº 7510), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al setenta por ciento (70%) de los haberes computables a los fines

previsionales a partir del 1º de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio

jubilatorio.-

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $ 122.900 (pesos ciento

veintidós mil novecientos).-

ARTÍCULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo

************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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177

Ref. Expte. Nº 15911-D-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 2

VISTO el Decreto N° 2781 de fecha 28 de

noviembre; y

Considerando:

QUE por el citado acto administrativo se ha

aceptado la renuncia de la Doctora Virginia Ubalda STELLA, a efectos de acogerse a los

beneficios de la jubilación ordinaria a partir del 1° de diciembre del corriente año;

QUE dicha profesional, de reconocida y

amplia trayectoria en el Partido, ha venido desempeñándose en distintos cargos en el

Juzgado de Faltas de San Isidro desde hace más de cuarenta años;

QUE habiendo ejercido funciones

administrativas en dicha área a partir del año 1977, pasó a ocupar el cargo de Secretaria

interina en el año 1986, siendo designada efectivamente en tal cargo a inicios del año

1990; posteriormente fue nombrada Jueza de Faltas interina, hasta su nombramiento

efectivo en dicho cargo a principios del año 2015;

QUE su designación como Jueza a cargo del

Tribunal de Faltas de este Municipio se efectuó con acuerdo del Honorable Concejo

Deliberante por Ordenanza N° 8810, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N°

8751/77 y sus modificatorias;

QUE la designación del reemplazante de la

Dra. Virginia Stella requiere de una minuciosa elección de los posibles postulantes, atento

la entidad del cargo a ocuparse, ello más allá del debido respeto al procedimiento a seguir

a esos efectos, lo cual también se ve agravado por la inminente culminación de las

sesiones del Honorable Concejo Deliberante para este año;

QUE lo expuesto precedentemente se

contrapone con la imperiosa necesidad de mantener el normal funcionamiento de ambos

juzgados durante la época estival, sobre todo cuando uno de ellos se encuentra afectado

por la sobrecarga que implicó la instauración del sistema de fotomultas;

QUE le experiencia, dedicación y compromiso

laboral asumido por la Dra. Virginia Stella durante toda su amplia trayectoria de servicio

en la Comuna, hacen que su continuidad en carácter de Ad-Honorem sea bienvenida ello

sin perjuicio de someter tal decisión al acuerdo del Honorable Concejo Deliberante, razón

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178

Ref. Expte. Nº 15911-D-2017.-

//…

por la cual se procede a dictar el presente acto ad-referéndum de la decisión del

Departamento Deliberativo pues, aunque haya sido designada con tal acuerdo, el hecho

material de la renuncia podría generar eventuales discordancias sobre el punto;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Designar a la Doctora Virginia Ubalda Stella (Legajo N° 7510), a partir

************* del 1° de diciembre de 2017, con carácter de ad-honorem y funciones de

Juez del Tribunal de Faltas.-

ARTÍCULO 2º.- La presente designación se dicta ad-referéndum de lo que disponga

************* oportunamente el Honorable Concejo Deliberante y está exenta de

retribución y no da derecho a reclamos posteriores.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

MGV

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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179

Ref. Expte. Nº 15912-P-2017.-

SAN ISIDRO, 28 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 3

VISTO la renuncia presentada por el

Arquitecto Oscar Alberto DESANTO (Legajo Nº 16868), a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 30 de

noviembre de 2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10º

in-ciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador

a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho de seguir percibiendo, en este caso el

importe correspondiente al sesenta y cinco (65%) de sus haberes, a partir del 1º de

diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad del

beneficiario;

QUE el Arquitecto Oscar Alfredo DESANTO,

se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el Arquitecto Oscar Alfredo

************* DESANTO (Legajo Nº 16868), M.I. Nº 11.299.372, Clase 1954, con

Categoría 16 (J:1.1.1.01.03.000-C:36-O:1.1.1.02), y funciones de Director General,

incluido en los alcances de los artículos 14º “Bonificación Mayor Dedicación Horaria”

(23%), 17º “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%) y 18º párrafo 14, todos

ellos de la Ordenanza Nº 8919, a partir del 30 de noviembre de 2017, a efectos de

acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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180

Ref. Expte. Nº 15912-P-2017.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex

************* trabajador Oscar Alfredo DESANTO (Legajo Nº 16868), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los

fines previsionales a partir del 1º de diciembre de 2017 y hasta que se otorgue el

beneficio jubilatorio.-

El monto del anticipo jubilatorio asciende a la suma mensual de $60.559 (pesos sesenta

mil quinientos cincuenta y nueve).-

ARTÍCULO 4º.- El pago del anticipo cesará automáticamente si con anterioridad al plazo

************* estipulado fuere otorgado el beneficio previsional.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio.- Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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181

Ref.: Expte. Nro. 17002 -D-2016.-

SAN ISIDRO, 29 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 4

VISTO el pedido de Suministro Nro. 700-

2134/2017; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquel se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Pública Nº 13/2017, autorizado mediante Decreto Nro.

128/2017.-

QUE la Comisión Asesora para la

Adjudicación de Licitaciones Públicas aconseja a fojas 158 proceder a la realización de

un segundo llamado, atento que del análisis de las ofertas presentadas resultó un único

oferente admisible;

QUE en consecuencia, se desestimó la oferta

correspondiente y realizó el segundo Llamado a la Licitación Pública Nº 13/2017

mediante Decretos Nº 1846/2017 y 1911/2017;

QUE realizada la apertura de las ofertas

presentadas, la mentada Comisión Asesora informa a fojas 332 que todos los oferentes se

ajustan a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, aconsejando proceder a la

adjudicación a la propuesta más conveniente para la Comuna;

QUE por lo expuesto, conforme surge del

informe obrante a fojas 335, corresponde proceder al dictado del acto administrativo

pertinente.

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- ADJUDICAR a la firma ADOX S.A., con domicilio en la calle Cerrito

************* N° 1225 del Partido de Ituzaingó, la Licitación Pública N° 13/2017,

correspondiente a la contratación del “SERVICIO DE ALQUILER DE EQUIPOS PARA

LA UNIDAD DE CUIDADOS INTENSIVOS DEL HOSPITAL CENTRAL DE SAN

ISIDRO, EL HOSPITAL MATERNO INFANTIL Y EL HOSPITAL CIUDAD DE

BOULOGNE”, a partir del 1° de diciembre de 2017 y por el término establecido por el

Pliego de Bases y Condiciones, por un importe mensual de PESOS TRESCIENTOS

DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS CON UN CENTAVO

($318.476,01).-

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182

Ref.: Expte. Nro. 17002 -D-2016.-

//..

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la jurisdicción 1.1.1.01.09.000-6,

Categoría Programática 27-28 y 29, Objeto del Gasto 3.2.2, del Presupuesto General de

Gastos pertinentes.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESP

Y

LEGISL L.F

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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183

Ref. Expte. Nº 13422-P-2012.-

SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 5

VISTO los actuados obrantes en el presente

expediente; y

Considerando:

QUE en virtud de ello, se deberá excluir a la

Licenciada Paula Jimena JORGE (Legajo N° 57361), de los alcances del artículo 14° de

la Ordenanza Nº 8919, e incluirla en los alcances del artículo 15º de la misma Ordenanza,

a partir del 1º de octubre de 2017;

QUE procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Excluir de los alcances del artículo 14º de la Ordenanza Nº 8919,

************* “Bonificación por Mayor Dedicación Horaria” (23%), a la Licenciada

Paula Jimena JORGE (Legajo N° 57361), con funciones de Directora en el Centro

Facilitador de Aprendizaje, a partir del 1º de octubre de 2017.

ARTÍCULO 2º.- Incluir en los alcances del artículo 15º de la Ordenanza Nº 8919,

************* “Bonificación por Disposición Permanente” (46%), a la Licenciada

Paula Jimena JORGE (Legajo N° 57361), a partir del 1º de octubre de 2017.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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184

Ref. Expte. Nº 12782-P-2017.-

SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 6

VISTO los actuados obrantes en el presente

expediente; y

Considerando:

QUE existen cargos vacantes en el

presupuesto de gastos vigente;

QUE el trabajador Guillermo Adolfo CERVI

(Legajo Nº 53718), por su antigüedad y concepto laboral es merecedor de una

promoción;

QUE procede en consecuencia a proyectar el

acto administrativo que así lo disponga;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- Promover a partir del 1º de noviembre de 2017, al trabajador Guillermo

************* Adolfo CERVI (Legajo Nº 53718), de su actual categoría 12

(J:1.1.1.01.01.000 -C:01.11 - O:1.1.1.05) a la categoría 13, con funciones administrativas

en la Dirección de Tasas Varias.-

ARTÍCULO 2º.- Incluir en los alcances del artículo 15º “Bonificación Disposición

************* Permanente” (46%), de la Ordenanza Nº 8919, a partir del 1º de

noviembre de 2017.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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185

Ref. Expte. Nº 16415-P-2017.-

SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 7

VISTO la renuncia presentada por el

Arquitecto Sergio Godofredo CESIO (Legajo Nº 11.675), a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 1º de

diciembre de 2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10º

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE, de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador

a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo un importe mensual

en este caso correspondiente al setenta por ciento (70%) de sus haberes, como anticipo de

su jubilación y hasta que le sea otorgado el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad del

beneficiario;

QUE el Arquitecto Sergio Godofredo CESIO,

se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar a partir del 1º de diciembre de 2017, la renuncia presentada

************* por el Arquitecto Sergio Godofredo CESIO (Legajo Nº 11.675), M.I.

Nº 5.099.338, Clase 1.948, con categoría 15 (percibiendo diferencia a categoría 16) -

(J:1.1.1.01.07.000.-C:01.01.-O:1.1.1.02.), incluido en los alcances del artículo 15º

“Bonificación Disposición Permanente” (46 %) y 17º “Bonificación Personal Superior y

Jerárquico” (18 %), ambos de la Ordenanza Nº 8919, y funciones de Director General, en

Viviendas – Secretaría de Obras Públicas, a efectos de acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

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186

Ref. Expte. Nº 16415-P-2017.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex traba-

************* jador Sergio Godofredo CESIO (Legajo Nº 11.675), que pasa a formar

parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe mensual de

$80.540 (pesos ochenta mil quinientos cuarenta) correspondiente al setenta por ciento

(70%) de los haberes computables a los fines previsionales, a partir del 2º de diciembre

de 2017, y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio, como anticipo de su jubilación y

con cargo de reintegro.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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187

Ref. Expte. Nº 16416-P-2017.-

SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 8

VISTO la renuncia presentada por el

trabajador Francisco Angel SPINELLI (Legajo Nº 16.669), a efectos de acogerse al

beneficio jubilatorio, conforme lo dispuesto por la Ley Nº 9.650, a partir del 1º de

diciembre de 2017, obrante a fojas 1; y

Considerando:

QUE atento a lo normado por el Artículo 10º

inciso a) del Convenio Colectivo de Trabajo, convalidado por Ordenanza Nº 8850, se

deberá aceptar la misma;

QUE de acuerdo con lo establecido por el

artículo 33º inciso f) del Convenio Colectivo de Trabajo, producido el cese del trabajador

a los fines jubilatorios, el mismo tendrá derecho a seguir percibiendo un importe mensual

en este caso correspondiente al sesenta y cinco por ciento (65%) de sus haberes, como

anticipo de su jubilación y hasta que le sea otorgado el beneficio jubilatorio;

QUE ello requiere la conformidad del

beneficiario;

QUE el trabajador Francisco Angel

SPINELLI, se encuentra en las condiciones antedichas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Aceptar a partir del 1 de diciembre de 2017, la renuncia presentada por

************* el trabajador Francisco Angel SPINELLI (Legajo Nº 16.669), M.I. Nº

8.237.512, Clase 1.949, con categoría 15 - (J:1.1.1.01.01.000.-C:01.09.- O:1.1.1.02.)

incluido en los alcances del artículo 14º “Bonificación Mayor Dedicación Horaria” (23%)

y 17º “Bonificación Personal Superior y Jerárquico” (18%), ambos de la Ordenanza Nº

8919 y funciones de Delegado General, en la Delegación Boulogne Bajo, a efectos de

acogerse al beneficio jubilatorio.-

ARTÍCULO 2º.- Agradecer los servicios prestados a la Comuna, durante su extensa

************* trayectoria laboral.-

Page 188: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

188

Ref. Expte. Nº 16416-P-2017.-

//…

ARTÍCULO 3º.- Aprobar el convenio entre la Municipalidad de San Isidro y el ex

************* trabajador Francisco Angel SPINELLI (Legajo Nº 16.669), que pasa a

formar parte del presente Decreto, mediante el cual el Municipio abonará el importe

mensual de $32.577 (pesos treinta y dos mil quinientos setenta y siete) correspondiente al

sesenta y cinco por ciento (65%) de los haberes computables a los fines previsionales, a

partir del 2 de diciembre de 2017, y hasta que se otorgue el beneficio jubilatorio, como

anticipo de su jubilación y con cargo de reintegro.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Notifíquese. Publíquese. Comuníquese al Instituto de

************* Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, con remisión de un

ejemplar del convenio. Resérvese en la Dirección General de Recursos Humanos.-

ARTICULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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189

Ref. Expte. Nº 2014-D-2012 y otros.

SAN ISIDRO, 29 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 8 9

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción fijados en el inciso 3-D del mencionado artículo para obtener

el beneficio, el que en estos casos, se estima que no debería superar el 50% de exención

de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR en un 50% del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y

************* Servicios Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se

hubieren abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes

responsables encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que

a continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan,

indicando en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes

individuales de los beneficiarios.

1.- Expte. Nº 2014/2012 – Cuenta corriente Nº 841.371 – Neuquén Nº 2236- Beccar.-

2.- Expte. Nº 4343/2017 - Cuenta corriente Nº 750.217 – Los Patos Nº 2.240 –

Beccar.-

3.- Expte. Nº 7518/2013 - Cuenta corriente Nº 370.849 – San Lorenzo Nº 1.767

Martínez.-

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190

Ref. Expte. Nº 2014-D-2012 y otros.

//…

4.- Expte. Nº 3569/2016 – Cuenta corriente Nº 631.902 – Catorce de Julio Nº 341-

Boulogne.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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191

Ref.: Expte .Nro. 13735-D-2017

SAN ISIDRO, 29 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 0

VISTO lo actuado en el presente cuerpo

instrumental; y

Considerando:

QUE a fojas 1 obra pedido de suministro Nº.

600-748/2017;

QUE como consecuencia de aquél se efectuó

el pertinente llamado a Licitación Privada Nº 332/2017, autorizado mediante Decreto Nro.

2591/2017;

QUE la Dirección General de Compras realizó

la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas Empresas a fojas 222,

solicitando a fojas 224 la Secretaría de Obras Públicas la adjudicación a la oferta más

conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1ro.- ADJUDICAR a XYLEM WATER SOLUTIONS ARGENTINA

************** S.A., con domicilio en Ruta Panamericana Km 24,5 24.625, de la

localidad de Don Torcuato, Partido de Tigre, la provisión de “ELECTROBOMBA

SUMERGIBLE Y DOS TABLEROS ELÉCTRICOS DE ALIMENTACIÓN PARA LA

ESTACIÓN DE BOMBEO EN EL BAJO SAN ISIDRO”, por un monto total de PESOS

QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS

($563.466,00).-

ARTÍCULO 2do.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************** presente Decreto, se atenderá con fondos provenientes a la Partida

Presupuestaria correspondiente a la Jurisdicción 1.1.1.01.07.000-4, Categoría

Programática 24.79, Objeto del Gasto 4.3.1, del Presupuesto General de Gastos

pertinentes.-

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192

Ref.: Expte .Nro. 13735-D-2017

//…

ARTÍCULO 3ro.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION L.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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193

Ref.: Expte .Nro. 14544-S-2017

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 1

VISTO la nota presentada por la “SOCIEDAD

GREMIAL DE VAREADORES”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los costos que demanda la transformación del sistema de

iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo

energético;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS SESENTA

Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON SESENTA CENTAVOS

($ 68.932,60), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días

corridos;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************** por la “SOCIEDAD GREMIAL DE VAREADORES”, por la suma de

PESOS SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON SESENTA

CENTAVOS ($ 68.932,60), destinado a solventar los costos que demanda la

transformación del sistema de iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual

permitirá reducir el consumo energético, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo

de noventa (90) días corridos.-

ARTÍCULO 2°.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************** debidamente autorizada/s a tal efecto.-

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194

Ref.: Expte .Nro. 14544-S-2017

//…

ARTÍCULO 3°.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION L.F.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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195

Ref.: Expte .Nro. 14161-C-2017

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 2

VISTO la nota presentada por el “CLUB

ATLÉTICO Y SOCIAL VILLA ADELINA”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los costos que demanda la transformación del sistema de

iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo

energético;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA CENTAVOS

($ 111.734,40), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días

corridos;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1°.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CLUB ATLÉTICO Y SOCIAL VILLA ADELINA”, por la

suma de PESOS CIENTO ONCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON

CUARENTA CENTAVOS ($ 111.734,40), destinado a solventar los costos que demanda

la transformación del sistema de iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual

permitirá reducir el consumo energético, con oportuna rendición de cuentas en un plazo

de noventa (90) días corridos.-

ARTÍCULO 2°.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************** debidamente autorizada/s a tal efecto.-

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196

Ref.: Expte .Nro. 14161-C-2017

//…

ARTÍCULO 3°.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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197

Ref.: Expte. Nro. 14566-E-2017.-

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 3

VISTO la nota presentada por la "SOCIEDAD

DE FOMENTO 9 DE JULIO”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los costos que demanda la transformación del sistema de

iluminación de la entidad a tecnología LED, lo cual permitirá reducir el consumo

energético;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE CON CINCUENTA Y

CUATRO CENTAVOS ($ 154.720,54), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de

noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por la "SOCIEDAD DE FOMENTO 9 DE JULIO”, por la suma de

PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS VEINTE CON

CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 154.720,54), destinado a solventar los costos

que demanda la transformación del sistema de iluminación de la entidad a tecnología

LED, lo cual permitirá reducir el consumo energético, con oportuna rendición de cuentas

en un plazo de noventa (90) días corridos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del Decreto

************* reglamentario Nro.1444/85.-

Page 198: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

198

Ref.: Expte. Nro. 14566-E-2017.-

//…

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de gastos pertinente.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION A.P.

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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199

Ref. Expte. Nro. 5465-C-2017

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 4

VISTO la nota presentada por el “CENTRO

DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA EDAD EL HARAS”; y

Considerando:

QUE la presentante solicita un apoyo

económico destinado a solventar los gastos correspondientes al alquiler de la propiedad

donde funciona la entidad, abono de impuestos y servicios, gastos administrativos y de

mantenimiento de cuenta bancaria, además de aquellas erogaciones referentes a artículos

de limpieza, mantenimiento general del establecimiento y viáticos de miembros de la

organización;

QUE la Subsecretaría de Niñez Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TREINTA

Y SEIS MIL ($ 36.000) pagadero en dos (2) cuotas iguales de PESOS DIECIOCHO

MIL ($ 18.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CENTROS DE JUBILADOS, PENSIONADOS Y TERCERA

EDAD EL HARAS” por la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 36.000)

pagadero en dos (2) cuotas iguales de PESOS DIECIOCHO MIL ($ 18.000) cada una,

destinado a solventar los gastos correspondientes al alquiler de la propiedad donde

funciona la entidad, abono de impuestos y servicios, gastos administrativos y de

mantenimiento de cuenta bancaria, además de aquellas erogaciones referentes a artículos

de limpieza, mantenimiento general del establecimiento y viáticos de miembros de la

organización, con oportuna rendición de cuentas en el plazo de noventa (90) días

corridos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

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200

Ref. Expte. Nro. 5465-C-2017

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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201

Ref. Expte. Nro. 14006-E-2017

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 5

VISTO la nota presentada por “EPAMM

(Equipo de Prevención del Abuso y del Maltrato en Menores y Discapacitados)

ASOCIACIÓN CIVIL”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado a solventar los gastos de realización de un cortometraje que será

presentado en eventos internacionales, el cual versará sobre las diferentes problemáticas

con las que trabaja la entidad;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS TREINTA

MIL ($ 30.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días

corridos;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por

************* “EPAMM (Equipo de Prevención del Abuso y del Maltrato en Menores

y Discapacitados)”, por la suma de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000), destinado a

solventar los gastos de realización de un cortometraje que será presentado en eventos

internacionales, el cual versará sobre las diferentes problemáticas con las que trabaja la

entidad, con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

Page 202: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

202

Ref. Expte. Nro. 14006-E-2017

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 203: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

203

Ref. Expte. Nº 10663-A-2008 y otros.

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 6

VISTO lo actuado en los cuerpos legales

mencionados en el presente, respecto a las solicitudes de exención de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales realizadas por los contribuyentes, obrando

los informes técnicos en cada uno de ellos; y

Considerando:

QUE en todos los casos, los beneficiarios son

jubilado/as o pensionado/as que cumplen con la mayoría de los requisitos incluidos en el

artículo 58º de la Ordenanza Fiscal vigente;

QUE en cada solicitud se verifican los

presupuestos de excepción para obtener el beneficio, en los términos del inciso 3-D del

mencionado artículo;

Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a:

ARTÍCULO 1º.- EXIMIR del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios

************* Generales por el año 2017 (a excepción de las cuotas que se hubieren

abonado, sobre las cuales no recae beneficio alguno), a los contribuyentes responsables

encuadrados en el artículo 57 de la Ordenanza Fiscal, por los inmuebles que a

continuación se detallan, inscriptos en las cuentas corrientes que se consignan, indicando

en cada caso los expedientes en los que se encuentran los antecedentes individuales de los

beneficiarios.

1.- Expte. Nº 10663/2008 – Cuenta corriente Nº 522.303 – Pichincha Nº 1346 –- Villa

Adelina.-

2.- Expte. Nº 7795/2006 - Cuenta corriente Nº 530.658 – Rioja Nº 725 – Boulogne.-

3.- Expte. Nº 12898/2008 - Cuenta corriente Nº 613.224 – B.S.I. ESC. 99 – P.B. Dpto.

“B” - Boulogne.-

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204

Ref. Expte. Nº 10663-A-2008 y otros.

//…

4.- Expte. Nº 3205/1999 – Cuerpo 2 - Cuenta corriente Nº 822.417 – Washington Nº

253 – P.B. - fondo - Beccar.-

5.- Expte. Nº 7998/2000 - Cuerpo 2 – Cuenta corriente Nº 720.774 – Posadas Nº

2566 – Beccar.-

6.- Expte. Nº 3047/2008 – Cuenta corriente Nº 411.785 – Puerto Rico Nº 2475 –

Martínez.-

7.- Expte. Nº 5960/2006 – Cuenta corriente Nº 770.833 – Uspallata Nº 1850 –

Beccar.-

8.- Expte. Nº 1469/1998 – Cuerpo 2 – Cuenta corriente Nº 530.404 – Gorriti Nº 1328 -

Boulogne.-

9.- Expte. Nº 11054/1999 – Cuerpo 2 – Cuenta Corriente Nº 373.079 – Castro Barros

Nº 1542 – P.B. Dpto. “B” - Martínez.-

10.- Expte. Nº 10557/2000 - Cuenta corriente Nº 383.329 – San Lorenzo Nº 1923 –

P.B. “2” - Martínez.-

ARTÍCULO 2º.- Tome conocimiento la Dirección General de Rentas y la Subdirección

************* de Tasas Inmobiliarias.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

ms

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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205

Ref. Expte. Nro. 11369-D-2017

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 7

VISTO la nota presentada por el “CLUB DE

LEONES DE BOULOGNE”; y

Considerando:

QUE la presentante solicita un apoyo

económico destinado a solventar los gastos de mantenimiento de las actividades del jardín

Maternal que dirige la mentada institución, al que concurren cincuenta y cinco (55) niños

de familias carenciadas;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS CIENTO

SESENTA MIL ($ 160.000), pagadero en cuatro (4) cuotas iguales de PESOS

CUARENTA MIL ($ 40.000) cada una, con oportuna rendición de cuentas;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- OTORGASE el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental

************* por el “CLUB DE LEONES DE BOULOGNE”, por la suma de

PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000), pagadero en cuatro (4) cuotas iguales de

PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000) cada una, destinado a solventar los gastos de

mantenimiento de las actividades del Jardín Maternal que dirige la mentada institución, al

que concurren cincuenta y cinco (55) niños de familias carenciadas, con oportuna

rendición de cuentas.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

Page 206: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

206

Ref. Expte. Nro. 11369-D-2017

//…

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

LF

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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207

Ref. Expte. Nro. 14543-O-2017

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 8

VISTO la nota presentada por la

“ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE LA ORQUESTA DE CONCIERTOS DE SAN

ISIDRO”; y

Considerando:

QUE la citada Institución solicita un apoyo

económico destinado a la compra de indumentaria para su Director, el maestro Hernán

Giotto, y la solista Alejandra Leuker;

QUE la Subsecretaría de Niñez, Familia y

Comunidad estima procedente otorgar un subsidio por un importe de PESOS DIEZ MIL

($ 10.000), con oportuna rendición de cuentas en un plazo de noventa (90) días corridos;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- OTORGAR el subsidio solicitado en el presente cuerpo instrumental por

************* la “ASOCIACIÓN CIVIL AMIGOS DE LA ORQUESTA DE SAN

ISIDRO”, por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000), destinado a la compra de

indumentaria para su Director, el maestro Hernán Giotto, y la solista Alejandra Leuker,

con oportuna rendición de cuentas, en un plazo de noventa (90) días corridos.-

ARTÍCULO 2º.- El subsidio otorgado deberá ser percibido por la/s persona/s

************* debidamente autorizada/s a tal efecto.-

ARTÍCULO 3º.- Serán de aplicación al presente las disposiciones del decreto

************* reglamentario Nro. 1444/85.-

ARTÍCULO 4º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente decreto, se atenderá con fondos provenientes de la Partida

correspondiente del Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

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208

Ref. Expte. Nro. 14543-O-2017

//…

ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AP

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sr. Secretario General Lic. Federico Bereziuk Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

Page 209: sanisidro.gob.arsanisidro.gob.ar/uploads/boletin/Boletines-Oficiales-2a...2 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION BOLETIN OFICIAL Nº 9 9 1 2da. Quincena

209

Ref.: Expte. Nº 13774-C-2017.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 7 9 9

VISTO la presentación efectuada por los Sres.

Hugo Javier Castiglione y Marcela María Corvalán Jofré, en su carácter de propietarios y

el Ingeniero Carlos Lerner en su carácter de profesional actuante, respecto a la factibilidad

de realizar la regularización edilicia de la vivienda unifamiliar existente, en el inmueble

designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 65, Parcela 8a,

ubicado con frente a la calle Acassuso N° 920 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de

este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona Rm1-Radio 7

conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo lo solicitado de

tratamiento particular por las oficinas técnicas;

QUE si bien no se registran antecedentes en

el Archivo Técnico municipal dada la antigüedad de la construcción, obra la valuación

catastral de ARBA con fecha de construcción de 1920 y en las hijuelas catastrales se

designa la antigüedad de la construcción de la vivienda en 1941;

QUE si bien se trata de una edificación

existente de antigua data que se apoya sobre Línea Municipal en ambos pisos, lo mismo

no provocaría desajustes urbanos en su entorno debido a la configuración edilicia de la

cuadra y los predios linderos, por lo que se estima posible lo solicitado en interpretación

del artículo 1.2.1.4.1. apartado B, inciso 5, ítem h del Código de Ordenamiento Urbano;

QUE además, resulta de aplicación el artículo

1.2.2.1. inciso 9 ítem a, dado que se trata de una vivienda con una superficie de parcela

inferior a 200 m²;

QUE, por lo expuesto, los organismos

técnicos que elaboraron los informes de fojas 56/57, opinan que, con el cumplimiento de

los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad

consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede

el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

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210

Ref.: Expte. Nº 13774-C-2017.-

//…

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Hacer saber a los Sres. Hugo Javier Castiglione y Marcela María

************* Corvalán Jofré, en su carácter de propietarios, que se autoriza la

regularización edilicia de la vivienda unifamiliar existente, en el inmueble designado

catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 65, Parcela 8a, ubicado con

frente a la calle Acassuso N° 920 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido,

según documentación de fojas 4, convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al

************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales y

administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se

detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

A1. Cumplir con los valores de FOS, FOT, Altura Máxima, Plano Límite y Fondo Libre,

conforme lo dispuesto en Hoja de Zona.

A2. Terreno Absorbente. Verificará el veinte por ciento (20%) de la superficie de la

parcela.

B. Condiciones Ambientales:

B1. Tratamiento Urbano Externo:

- Las veredas cumplirán lo reglamentado por el Código de Edificación de San

Isidro.

- Se preservará la forestación existente en la vía pública, en cumplimiento de la

Ordenanza N° 6610 y lo estipulado en el Decreto N° 501/10.

C. Condiciones Administrativas:

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211

Ref.: Expte. Nº 13774-C-2017.-

///…

C1. Se verificará la demolición del sector de galería semi-cubierta observado en

fotografías de fojas 12 y 52, previo al otorgamiento del plano aprobado.

C2. Cumplimentará las demás disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y

Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial

y/o municipal, resulten de aplicación.

C3. Se transcribirán en el Plano de Regularización Edilicia todos los condicionantes

urbanísticos, ambientales y administrativos.

ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de

************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los

Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24°

apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de

************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado

toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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212

Ref.: Expte. Nº 5417-B-2012.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 0

VISTO el Decreto N° 1674/2012 por el cual

se autorizó la construcción de un Local Comercial en el inmueble designado

catastralmente como Circunscripción VII, Sección H, Manzana 1, Parcela 5, ubicado con

frente a la Avenida Juan Segundo Fernández N° 1246 de la ciudad de San Isidro,

jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE a fojas 63 los interesados solicitan que,

habiéndose ejecutado los baños conforme al Plano de Permiso de Construcción aprobado

por Expediente N° 386/14, se acepte la ubicación de los mismos en el entrepiso, atento el

uso previsto para el local;

QUE a fojas 67, la Dirección General de

Ordenamiento Urbano considera que puede admitirse lo solicitado, atento que los

sanitarios ubicados en el entrepiso son de uso exclusivo del personal, sin acceso al

público, debiendo modificarse el Artículo 2°, apartado C, inciso 4 del Decreto

mencionado precedentemente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Modificar el Artículo 2°, apartado C, inciso 4 del Decreto N°

************* 1674/2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 2°.-

C4. Local: el acceso de público será al Local de Planta Baja. Se podrán ubicar los

sanitarios en el entrepiso, que tendrá como destino Anexo Local”.-

ARTÍCULO 2°.- Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes

************* disposiciones del Decreto N° 1674/2012.-

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213

Ref.: Expte. Nº 5417-B-2012.-

//…

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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214

Ref.: Expte. N° 1204-V-1986 y agregados.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 1

VISTO el Decreto n° 251/1963 obrante a fojas

5, por el cual se adjudicó a perpetuidad la bóveda ubicada en el Lote n° 2, Sección 12,

Fracción 3 del Cementerio Central de San Isidro, a nombre de los Sres. Susana Morillo de

Marini y Manuel León Morillo; y

Considerando:

QUE por Decreto N° 2729/1986, obrante a

fojas 22 se inscribió a perpetuidad el cincuenta por ciento (50%) correspondiente al Sr.

Manuel León Morillo a favor de la Sra. Susana Morillo de Marini, por transferencia que

le hiciere la Sra. Zulema Vivié de Morillo;

QUE la Dirección de Cementerios solicita

acceder a lo peticionado;

QUE a fojas 45/48 se acompaña Oficio

Judicial de inscripción de la mencionada bóveda a favor de la Sra. Ana María Gallegos de

Leonardi, DNI N° 1.661.686, librado en los autos caratulados “MORILLO SUSANA

MALVINA S/SUCESIÓN TESTAMENTARIA” (Expte. N° 77817/15), que tramitó por

ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 73;

QUE por lo expuesto, corresponde el dictado

del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Inscribir a perpetuidad a nombre de la Sra. Ana María Gallegos, DNI N°

************* 1.661.686, la bóveda ubicada en el Lote 2, Sección 12, Fracción 3 del

Cementerio Central de San Isidro.-

ARTÍCULO 2°.- La Dirección de Cementerios notificará el presente y dará comunicación

************* del mismo a la Administración del Cementerio Central de San Isidro.-

ARTÍCULO 3°.- Cumplido, gírese a la Dirección General de Rentas, quien por

************* intermedio de las dependencias pertinentes, deberá liquidar los

Derechos de Cementerio a abonarse.-

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215

Ref.: Expte. N° 1204-V-1986 y agregados.-

//…

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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216

Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 2

VISTO la presentación efectuada por la

Asociación Civil Barrio Parque Náutico “Boating Club”, en su carácter de propietario y el

Maestro mayo de Obras Héctor Daniel Gallo, en su carácter de profesional actuante,

respecto a la factibilidad de realizar la demolición parcial y ampliación de la edificación

existente con destino “Oficina y Depósito”, en el inmueble designado catastralmente

como Circunscripción VIII, Sección A, Fracción IV, Parcela 55b, ubicado con frente a la

calle Presidente Roca N° 885 esquina Pedro de Mendoza, de la ciudad de Beccar,

jurisdicción de este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona RbPN-Radio

1 conforme lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo lo solicitado de

tratamiento particular por las oficinas técnicas;

QUE se plantea la demolición de un sector de

la construcción localizada sobre el retiro lateral con frente a la calle Roca, mejorando la

situación con el predio lindero y manteniendo el sector ubicado hacia el fondo con el uso

“Sanitarios” en Planta Baja y “Oficinas” en Planta Alta, para ser destinados al uso interno

del Barrio Náutico;

QUE la propuesta ha sido evaluada desde el

punto de vista de la normativa vigente, considerando que los usos se encuentran

aprobados por Expediente N° 186/88;

QUE, por lo expuesto, los organismos

técnicos que elaboraron los informes de fojas 90/91, opinan que, con el cumplimiento de

los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad

consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede

el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

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217

Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-

//…

ARTÍCULO 1°.- Hacer saber a la Asociación Civil Barrio Parque Náutico “Boating

************* Club”, en su carácter de propietario, que se autoriza la demolición

parcial y ampliación de la edificación existente con destino “Oficina y Depósito” en el

inmueble designado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección A, Fracción IV,

Parcela 55b, ubicado con frente a la calle Presidente Roca N° 885 esquina Pedro de

Mendoza de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, según documentación de

fojas 6/7, convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al

************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de

funcionamiento y administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a

continuación se detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

A.1. Se deberán verificar los indicadores urbanísticos de FOS, FOT, Retiro de Frente,

Retiros Laterales, Altura Máxima y Plano Límite, conforme a lo determinado para la

Zona RbPN.

En aplicación del punto 2.5 de la Hoja de Zona, la altura máxima se tomará a partir

del nivel del terreno ± 0,00 metros, en el lugar donde se asienta la construcción

(Centro Geométrico de la Planta), debiéndose incluir en los planos a presentar. Por

encima de los planos indicados por dicho punto, se permitirá la ubicación de

instalaciones complementarias, las cuales deberán ser tratadas arquitectónicamente a

fin de armonizar con la construcción principal.

El nivel del terreno podrá modificarse en tanto se ajuste a lo establecido por el punto

2.10 de la Hoja de Zona, debiendo indicarse en los planos a presentar.

A.2. Fondo Libre: el mismo quedará establecido en 20,00 metros, medidos sobre el eje

noroeste (límite con el contrafrente de la vivienda lindera) y 10,37 metros sobre el

eje sudoeste.

A.3. Terreno/Superficie Absorbente: verificará el treinta y cinco por ciento (35%), como

mínimo, de la superficie de la parcela.

Deberá incluirse croquis y cálculo en plano.

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218

Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-

///…

A.4. Estacionamiento Vehicular: verificará cuatro (4) módulos de estacionamiento y lo

establecido en el artículo 1.2.2.1. inciso 4 del Código de Ordenamiento Urbano, en

lo que respecta al acceso y egreso de los vehículos en el predio.

B. Condiciones Ambientales:

B.1. Aceras Públicas. se ejecutarán conforme a lo reglamentado por el Código de

Edificación de San Isidro. Las veredas no perderán su continuidad en

correspondencia con los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con

rampas reglamentarias señalizadas.

B.2. Forestación: como principio general, se deberá respetar la forestación existente

dentro del predio y en la vía pública.

en caso de ser necesario reemplazar algún ejemplar por razones que así lo

justifiquen, la solicitud deberá ser analizada particularmente en el marco de lo

dispuesto por el artículo 1.2.1.17. inciso B del Código de Ordenamiento Urbano, la

Ordenanza N° 6610 y el Decreto Reglamentario N° 501/10, debiendo iniciar el

correspondiente expediente.

B.3. Los cercos de frente y divisorios de predios recibirán tratamiento particular

conforme lo establecido por el punto 2.14 de la Hoja de Zona.

B.4. Consideraciones Generales para la Etapa de Obra: se deberá dar cumplimiento a lo

establecido por el artículo 5.1.2.2. del Código de Edificación de San Isidro,

reglamentado por los Decretos Nros. 1617/14 y 1618/14, relativos a las

consideraciones generales para la etapa de obra.

Se encuentra totalmente prohibido el arrojo de cualquier residuo proveniente de la

obra o de camiones transportadores a la vía pública, redes pluviales, alcantarillas y

redes cloacales, entre otros, debiendo instrumentar los medios para su desecho

dentro del predio y su posterior retiro.

Los volquetes se deberán ajustar a lo dispuesto por la Ordenanza N° 7707.

C. Condiciones de Funcionamiento:

C.1. Se deja constancia que los usos “Oficina, Depósito y Taller” serán de uso interno

exclusivo para la Asociación Civil del Barrio Parque Náutico “Boating Club” para el

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219

Ref.: Expte. N° 11346-A-2017.-

////…

mantenimiento y limpieza de los sectores urbanísticos y náutico de uso público

dentro del barrio.

C.2. En lo que respecta al movimiento vehicular (carga y/o descarga de insumos,

estacionamiento de vehículos, etc.), deberán siempre permanecer dentro del predio,

no pudiendo ocupar la vía pública.-

Se evitará la generación de ruidos y molestias por las actividades, prohibiéndose las

labores en horarios nocturnos.

D. Condiciones Administrativas:

D.1. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y

Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden nacional, provincial

y/o municipal, resulten de aplicación.

D.2. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Plano Conforme a Obra todas

las condiciones urbanísticas, ambientales, de funcionamiento y administrativas.

ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de

************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los

Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24°

apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de

************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado

toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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220

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 3

ANULADO

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221

Ref. Expte. N° 7734-E-2017.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 4

VISTO los presentes actuados por los cuales

se solicita una quita en los accesorios de la deuda correspondiente a la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, del inmueble ubicado en Luis María

Campos N° 2141 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, identificado

catastralmente como Circunscripción VI, Sección A, Manzana 139, Parcela 10; Cuenta

Corriente N° 610.462; y

Considerando:

QUE el solicitante es el titular de la propiedad

junto a su esposa;

QUE se encuentran tramitando la escritura del

inmueble, gestión que se halla pronta a ser concluida y necesitan obtener la liberación de

la deuda;

QUE ambos tienen una hija menor a su cargo;

QUE el Sr. Armando Escobar se desempeña

como taxista y su esposa consiguió empleo recientemente;

QUE los ingresos del hogar abastecen

solamente las necesidades básicas;

QUE les resulta imposible cancelar el total de

la deuda reclamada, no obstante abonan a resultas del presente el importe origen;

QUE la propiedad se halla emplazada en la

zona denominada “Bajo Boulogne”, región que ha sufrido inundaciones;

QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra

facultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido

en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto

administrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;

POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Eximir del pago de los accesorios por mora, correspondientes a la Tasa

************* Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales, que recaen sobre el

inmueble ubicado en Luis María Campos N° 2141 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción

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222

Ref. Expte. N° 7734-E-2017.-

///…

de este Partido, identificado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A,

Manzana 139, Parcela 10; Cuenta Corriente N° 610.462, por el período 2011-6B hasta

2017/3A inclusive.-

ARTÍCULO 2°.- Tomar conocimiento las oficinas competentes de la Dirección General

************* de Rentas.-

ARTÍCULO 3°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Secretario Ejecutivo Agencia de Recaudación (ARSI) Cdor. Juan José Miletta

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223

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 5

ANULADO

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224

Ref.: Expte. N° 16117-S-2017.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 6

VISTO la nota obrante a fojas 1 elaborada por

la Subsecretaría General de Cultura; y

Considerando:

QUE en la misma da cuenta de la realización

del evento “Villancicos”, a llevarse a cabo el día martes 19 de diciembre del corriente

año, en las escalinatas de la Catedral de San Isidro;

QUE el mismo consiste en el desarrollo de un

concierto navideño de acceso libre y gratuito para aquellos vecinos que deseen acercarse a

compartir un momento de celebración y encuentro familiar;

QUE cabe destacar que el citado evento puede

suspenderse por factores climáticos y/o ajenos a su parte organizativa, siendo

reprogramado en tal caso fuera de la fecha estipulada;

QUE por todo lo expuesto, este Departamento

Ejecutivo comparte y promueve estas iniciativas, por lo que corresponde el dictado del

acto administrativo pertinente, declarando de interés municipal el citado evento;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Declarar de Interés Municipal la realización del evento “Villancicos”,

************* a llevarse a cabo el día martes 19 de diciembre del corriente año, en las

escalinatas de la Catedral de San Isidro.-

ARTÍCULO 2°.- El citado evento podrá suspenderse por factores climáticos y/o ajenos a

************* su parte organizativa, siendo en tal caso reprogramado fuera de la fecha

estipulada.-

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente partida del

Presupuesto General de Gastos pertinente.-

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225

Ref.: Expte. N° 16117-S-2017.-

//…

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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226

Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11

SAN ISIDRO, 30 de Noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 7

VISTO lo actuado en el presente expediente

administrativo; y

Considerando:

QUE el contrato con la empresa Benito

Roggio e Hijos S.A. –CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. – U.T.E., prestadora del Servicio

Complementario de Higiene Urbana para el Partido de San Isidro, adjudicataria en los

términos de la Licitación Pública Nº 17/2014, fue prorrogado mediante Decreto Nº

2512/2017;

QUE la Subsecretaria General de Espacio

Público solicita la ampliación de Servicios a Demanda, y la prórroga del Contrato hasta

el 31 de Marzo de 2018, como así manifiesta la necesidad de incorporar al Contrato

determinados servicios para la temporada de Verano, por las razones fundadas en su

Informe;

QUE la ampliación de los Servicios a

Demanda solicitada será de gran utilidad para mejorar el nivel de las prestaciones en

temporada de verano, precisándose camiones compactadores en cuatro turnos de 8 horas

cada uno para centros comerciales, avenidas y barrios de mayor demanda, camiones con

Grúa y Balde para levantamiento de podas, servicio adicional de lava-contenedores

complementarios para aumentar la frecuencia de desinfección durante el período estival,

lavados de aceras y calzadas en plazas públicas y centros comerciales y Camión

Desobstructor aspirador tipo Vactor, para limpieza integral de cuenca;

QUE por lo expuesto, la razonabilidad del

aumento de las prestaciones a cargo del contratista tiene por objeto responder a una serie

de necesidades que se plantean en la calidad de vida en la Comuna, entendiendo que con

la actual dotación de servicios no podrán ser atendidas con normalidad, más considerando

el notorio incremento acaecido en las solicitudes de prestaciones, las que adquieren

ambientalmente mayor importancia en época estival;

QUE asimismo, se aconseja efectuar una

prórroga de la presente prestación de servicios, hasta que se resuelva un nuevo llamado a

licitación pública;

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227

Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11

//…

QUE por lo expuesto y teniendo en cuenta el

informe técnico de la Subsecretaria General de Espacio Público de fojas 80/83, es

necesario promover el dictado del acto administrativo pertinente;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- PRORRÓGASE la vigencia del Servicio Complementario de

************* Higiene Urbana para el Partido de San Isidro, adjudicado en los

términos de la Licitación Pública Nº 17/2014, a la empresa Benito Roggio e Hijos S.A. –

CLIBA Ingeniería Ambiental S.A. – U.T.E, hasta el 31 de Marzo de 2018 o hasta que se

resuelva un nuevo llamado a licitación pública.-

ARTÍCULO 2º.- INCORPORASE al Servicio Complementario de Higiene Urbana

************* para el Partido de San Isidro, adjudicado en los términos de la Licitación

Pública Nº 17/2014, a la empresa Benito Roggio e Hijos S.A. – CLIBA Ingeniería

Ambiental S.A. – U.T.E, las siguientes tareas y servicios para los meses de Diciembre de

2017 al 31 de Marzo de 2018, según informe técnico de la Subsecretaria General de

Espacio Público de fojas 80/83 y el siguiente detalle:

a.- Camiones Compactadores

Cuatro turnos de 8 hs. por día de camión compactador, con la siguiente planificación de

Servicio:

-Un camión compactador, turno Mañana, de Lunes a Sábado de 8 a 16 hs. para

recolección de contenedores de 1m3, en Avenidas y Centros Comerciales.

-Dos camiones compactadores, turno Mañana, de Lunes a Sábado de 12 a 20 hs. para

recolección del producido del barrido manual.

-Un camión compactador turno noche, de Domingo a Viernes de 18 a 01 hs. para la

recolección de contenedores de 3 a 1 m3 en barrios de bajos recursos y socialmente

expuesto.

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228

Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11

///...

Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda

b.- Camión Roll Off con Grúa y Balde.-

-Dos turnos de 8 hs. de Roll Off con Grúa y Balde por día, en el turno tarde-noche, de

Domingo a Viernes de 16 a 23 hs, tendiente a reforzar el levante de podas en vía pública

debido al incremento notable y sostenido que se viene evidenciando en los últimos meses

y que es detectado diariamente por la Supervisión Municipal.

Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda

c.- Servicio Adicional de Lava-contenedores.-

-Un turno de 8 hs. de Lava-contenedores por día en el turno Mañana, de Lunes a Sábado

a partir de las 8 hs., tendiente a complementar a los servicios prestados actualmente y

acompañar al servicio mencionado en el punto 1 de las 8 am, limpiando el contenedor una

vez que queda vacío.

Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda tuno

de 8 hs de camión compactador para días normales

d.- Servicio Adicional de Lavado de Aceras en Centros Comerciales, Plazas Públicas

y Calzadas.-

-Servicio de Lava aceras, en el turno noche de 22 a 5 hs. para la limpieza de Espacios

Públicos, calzadas, aceras y centros comerciales con el objetivo de incrementar la

frecuencia definida originalmente.-

Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda

e.- Servicio Adicional de Camión Desobstructor y Aspirador Tipo Vactor.-

-Un turno de 8 hs. de Servicio de Camión Desobstructor (Vactor) en el turno mañana,

tendiente a reforzar la limpieza y desobstrucción de sumideros debido al incremento de

las precipitaciones proyectadas según el Servicio Meteorológico Nacional para lo que

resta del año 2017 y período estival del 2018. Se utilizará un equipo desobstructor cero

kilómetro de última tecnología especialmente diseñado para la limpieza de sumideros y

sus nexos, con un depósito de sólidos de 8 m³ y tanques de agua de 4000 lts.-

Corresponden a preciario cotizado en Licitación Pública, como Servicios a Demanda

turno “turno de 8 horas de Roll Off con Grúa y Balde para días normales

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229

Ref.: Expte. N° 12653-D-2014 – Cuerpo 11

////...

ARTÍCULO 3°.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el

************* presente, se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del

Presupuesto General de Gastos en vigencia.-

ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Ángel Gustavo Posse Sr. Subsecretario General Legal y Técnica Dr. Anselmo Martín Oneto

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230

Ref. Expte. Nº 11085-D-2017

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 8

VISTO las tareas de compaginación del

Boletín Oficial y de encuadernación de los Decretos que periódicamente realiza la

Dirección General de Despacho y Legislación; y

Considerando:

Que a raíz de la misma se ha detectado la

ausencia de los Folios Números 220/221 correspondiente al decreto número 103

(Expediente Nº 12914/16); 679/680/681 correspondiente al decreto número 330

(Expediente Nº 15531/16); 1900/1901 correspondiente al decreto número 959

(Expediente Nº 4885/17) y 2999/3000/3001correspondiente al decreto numero 1564

(Expediente Nº 4532/17), todos ellos realizados en el transcurso de este año 2017;

Que luego de una exhaustiva búsqueda, tanto

en la Dirección General de Despacho y Legislación, como así también en distintas

dependencias municipales y consultadas que fueran las distintas áreas a las que los

expedientes fueran girados en su oportunidad, no se han podido localizar ocho (8) de los

10 folios extraviados;

Que la Asesoría Legal Municipal, mediante

Dictamen Nº 8835, expone que a fojas 1 el Lic. Daniel Matos, Director General de

Despacho y Legislación denuncia el extravío de los folios rubricados por el Honorable

Tribunal de Cuentas, donde se hallaban redactados los decretos antes mencionados;

Que oportunamente, mediante Decreto Nº

2222 del 15 de septiembre de 2017, se dispuso la instrucción sumaria correspondiente;

Que a fojas 21 el Lic. Matos prestó

declaración testimonial, manifestando “que no se pudo individualizar al o los agentes que

pudieron cometer el error, atento que actúan en la realización de los distintos pasos del

acto administrativo diversas dependencias, pudiéndose encontrar los expedientes donde se

tramitaron los folios;

Que continúa el dictamen diciendo: “que no

existe la posibilidad fáctica de formular reproche sancionatorio alguno contra agentes de

la Comuna”;

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231

Ref. Expte. Nº 11085-D-2017

//…

Que en conclusión sumaria Nº 1144, obrante a

fojas 26, la Dirección de Sumarios de la Asesoría Legal Municipal concluye que

claramente surge la imposibilidad de individualizar a los posibles autores de la falta

administrativa, por lo tanto no existe posibilidad fáctica de formular reproche

sancionatorio alguno contra agentes de la Comuna, correspondiendo dar por finalizadas

tales actuaciones ;

Que lo folios 220/221 han sido encontrados

procediéndose a anular los mismos, los que llevan el Decreto Nº 103 del 9 de enero del

corriente;

Que en los folios 1900/1901 se transcribió el

Decreto Nº 959 de fecha 18 de abril de 2017, cuyas copias obran en el expediente Nº

4885-D-2017, encontrándose el mismo en la Dirección General de Recursos Humanos.

Dicho acto administrativo relativo al traslado y promoción del agente Marcelo Gómez

Legajo Nº 53949, fue notificado oportunamente, por lo que correspondería la confección

de un nuevo acto administrativo convalidando retroactivamente lo actuado en el expte.;

Que en los folios 2999/3001 se transcribió el

Decreto Nº 1564 de fecha 28 de junio del corriente, cuyas actuaciones corrieron en el

expte Nº 4532/2017, él que pudo hallarse en la contaduría General, no así los folios antes

mencionados;

Que en los folios 679/981 se dictó el Decreto

Nº 330 de fecha 2 de febrero de 2017 que obrara en el Expediente Nº 15531/16, el cual es

el único que se halla extraviado, correspondiendo proceder a ordenar su reconstrucción;

Que procede en consecuencia, el dictado del

acto administrativo pertinente;

Por ello, en ejercicio de las atribuciones que son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Dar por concluidas las actuaciones sumariales ordenadas por Decreto Nº

************* 220/2017 obrante a fojas 16/17, por no existir elementos probatorios que

permitan imputar falta alguna.-

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232

Ref. Expte. Nº 11085-D-2017

///…

ARTÍCULO 2º.- Anular de la registración de los Libros de Decretos correspondiente al

************* año 2017, la numeración de los siguientes decretos: 330 de fecha 2 de

febrero, correspondiendo a los folios 679/680 y 681; decreto número 959 del 18 de abril,

correspondiendo los folios 1900 y 1901 y decreto número 1564 del 28 de junio,

correspondiente a los folios 2999/3000 y 3001, por extravío de los mismos.-

ARTÍCULO 3º.- Asimismo, se deja constancia que los folios 220/221 que fueran

************* rubricados con el número de Decreto 103 de fecha 9 de enero del

corriente año, han sido encontrados, procediéndose con la prosecución del expediente

12914/2016.-

ARTÍCULO 4º.- Por conducto de Mesa General de Entradas procédase a la

************* reconstrucción del Expediente 15531-D-2016.-

ARTÍCULO 5º.- La Dirección General de Despacho y Legislación procederá a insertar

************* copia del presente Decreto en el lugar correspondiente al número cuya

anulación se dispone.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi

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233

Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

SAN ISIDRO, 30 de noviembre de 2017.-

DECRETO NÚMERO: 2 8 0 9

VISTO la presentación efectuada por MEDIA

PROPIEDADES S.A., en su carácter de propietario y el Arquitecto Diego Pascua en su

carácter de profesional actuante, respecto a la factibilidad de realizar la regularización de

modificaciones internas, ampliación de los edificios existentes, cambio de destino y

construcción de un nuevo “Estudio de TV–Filmación”, en el inmueble designado

catastralmente como Circunscripción VII, Sección C, Fracción I, Parcela 1k, ubicado con

frente a la calle Intendente Tomkinson N° 1750 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de

este Partido; y

Considerando:

QUE el predio se ubica en Zona ID conforme

lo establece el Código de Ordenamiento Urbano, siendo los destinos solicitados de Uso

Conforme, con tratamiento particular como Uso Puntual por las oficinas técnicas;

QUE se plantea la regularización de

modificaciones internas y cambio de destino que han sido evaluados y autorizados según

el Decreto N° 1988/07 y la ampliación de los edificios existentes, preservando la

estructura original aprobada del edificio;

QUE se propone, además, la construcción de

un nuevo estudio con frente a la calle Intendente Tomkinson, con nuevas áreas técnicas,

de apoyo y administrativas, reubicación y apertura de nuevo acceso y subsuelo de

estacionamiento, con una superficie aproximada de 4.758 m² distribuida en planta baja,

dos niveles superiores y un subsuelo con capacidad para 80 vehículos;

QUE los interesados han realizado las

cesiones correspondientes de las calles Intendente Tomkinson, Juan Clark, Jorge Newbery

y Liniers, según Plano de Mensura y Cesión de Calle N° 97-217-97, sin solicitar el

incremento establecido en el artículo 1.2.4.1. inciso 8) del Código de Ordenamiento

Urbano;

QUE a raíz de estas mejoras planteadas, se ha

solicitado superar el 10% de la altura máxima permitida para la cubierta del nuevo estudio

por razones técnicas, sin generar nuevos niveles, parámetro contemplado en la aplicación

del artículo 1.1.2.6. del Código de Ordenamiento Urbano, situación que no provocaría

desajustes al entorno, atento las características y alturas que poseen los edificios linderos;

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234

Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

//…

QUE, por lo expuesto, los organismos

técnicos que elaboraron los informes de fojas 48/52, opinan que, con el cumplimiento de

los requisitos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad

consultada, criterio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede

el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1°.- Hacer saber a MEDIA PROPIEDADES S.A., en su carácter de

************* propietario, que se autoriza la regularización de modificaciones internas,

ampliación de los edificios existentes, cambio de destino y construcción de un nuevo

“Estudio de TV–Filmación”, en el inmueble designado catastralmente como

Circunscripción VII, Sección C, Fracción I, Parcela 1k, ubicado con frente a la calle

Intendente Tomkinson N° 1750 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, según

documentación de fojas 42/43, convenientemente corregida.-

ARTÍCULO 2°.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda condicionado al

************* cumplimiento de las condiciones urbanísticas, ambientales, de

funcionamiento y administrativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a

continuación se detallan:

A. Condiciones Urbanísticas:

A1. Zonificación ID para la nueva actividad.

A2. Los valores de FOS y FOT quedarán limitados en 0,6 y 1,2 respectivamente,

tomados sobre la superficie resultante de la parcela (16.214,49 m²).

A3. Retiro de Frente:

Sobre la calle Intendente Tomkinson: 8,00 metros

Sobre este retiro podrán ubicarse los módulos de estacionamiento vehiculares

destinados a cortesía y servicios, la cabina de control de acceso y las salas de

instalaciones complementarias existentes, como ser: cámara transformadora de

electricidad, reguladores de gas, entre otros.

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Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

///…

Sobre la calle Jorge Newbery: deberán conservarse los retiros existentes aprobados

por Expediente N° 12476-D-96. Para las nuevas construcciones: 8,00 metros.

Sobre este retiro se ubican las instalaciones complementarias existentes, como ser:

subestación eléctrica y grupos electrógenos móviles, los cuales podrán admitirse de

forma temporal, debiendo insonorizarse y dar tratamiento arquitectónico.

Sobre la calle Juan Clark: deberán conservarse los retiros existentes aprobados por

Expediente N° 12476-D-96. Para las nuevas construcciones: 8,00 metros.

Sobre la calle Liniers: deberán conservarse los retiros existentes aprobados por

Expediente N° 12476-D-96. Toda construcción que no se encuentre aprobada deberá

retirarse y las futuras ampliaciones respetarán un retiro de frente de 8,00 metros.

Cuando el municipio lo solicite, deberá liberar al uso público las medias calle Juan

Clark y Jorge Newbery, cedidas según Plano N° 97-217-97, debiendo retirar todas

las instalaciones móviles de la nueva Línea Municipal y/o reubicarse dentro de la

parcela, debiendo prever también el tratamiento arquitectónico para estas

instalaciones.

A4. Terreno Absorbente: deberá verificar, como mínimo, el veinte por ciento (20%) de

la superficie de la parcela. Deberá indicarse en plano croquis y cálculo.

A5. Altura Máxima-Plano Límite:

La altura máxima será +13,20 metros con azotea inaccesible.

El Plano Límite se aceptará hasta los +16,20 metros, con las mínimas instalaciones

necesarias, como ser: sobre-recorrido de ascensor, ventilaciones e instalaciones

centrales del edificio y tanques de agua.

Toda instalación complementaria que se proyecte ubicar por sobre la altura máxima,

deberá justificarse técnicamente su instalación, conforme lo establece el artículo

1.2.1.10 del Código de Ordenamiento Urbano, debiendo estar retirado de los planos

de fachadas y darse tratamiento arquitectónico e insonorización, según lo dispuesto

en los artículos 1.1.2.3./1.2.2.24. y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código

de Ordenamiento Urbano. Deberá incluirse detalle en los planos de Permiso de

Construcción.

Las escaleras proyectadas de acceso a las instalaciones complementarias y azotea

para su mantenimiento, deberán ser de ancho mínimo reglamentario, al igual que la

envolvente que las contiene, pudiéndose ubicar según propuesta.

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Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

////…

A6. Estacionamiento:

- Oficinas: corresponde prever, como mínimo, un (1) módulo cada 20 m² de oficina

computable.

- Camarines: deberá contar con un (1) módulo por camarín.

- Depósito/Taller: un (1) módulo (3,00m x 8,00m) cada 200 m² de superficie para

carga y descarga según necesidad y forma de funcionamiento debidamente

documentada.

- Cada cincuenta (50) módulos se dispondrá de un (1) módulo, como mínimo, para

personas con movilidad reducida, los que deberán ser reservados y señalizados

reglamentariamente en las proximidades de los accesos a los edificios.

- Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio, debiendo ingresar

y/o egresar marcha adelante.

- Se indicarán los accesos y salidas vehiculares con señalización gráfica, sonora y

lumínica, para advertencia de los peatones. Deberá colocarse sobre la Línea

Municipal, alejada de los muros divisorios de predios.

- El acceso vehicular se retirará como mínimo 5,00 metros de la futura Línea

Municipal de la calle Intendente Tomkinson. Las barreras de control de acceso se

retirarán de la Línea Municipal a estas distancias, a fin de permitir la espera de los

vehículos sin afectar la circulación peatonal y vehicular sobre la vía pública,

pudiendo contar con portones de cierre nocturno sobre la Línea Municipal.

A7. La circulación vertical evitará la continuidad directa desde planta baja a subsuelo y

se conformará con caja de escalera, cumpliendo con lo establecido en la normativa

vigente.

A8. El edificio contará con accesibilidad, rampas y baños para personas con capacidades

diferentes, en cumplimiento con lo establecido en el Código de Edificación de San

Isidro.

A9. Cumplimentar con lo establecido en los artículos 3.10.2.1., 4.2.3.5. y concordantes

del Código de Edificación, relativos a vidrios de seguridad y accesibilidad

(ascensores y escaleras).

A10. Verificar condiciones constructivas en cuanto a superficies, dimensiones mínimas y

alturas de los locales, entre otros, según los Códigos de Ordenamiento Urbano y

Edificación de San Isidro.

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237

Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

/////…

B. Condiciones Ambientales:

B1. Tratamiento Urbano Exterior: las veredas se ejecutarán conforme lo reglamentado

por el Código de Edificación de San Isidro y no perderán su continuidad en

correspondencia de los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con

rampas reglamentarias y señalizadas.

- Deberán conformarse y acondicionar (sobre el frente de la calle Intendente

Tomkinson como consecuencia del corrimiento de la Línea Municipal) las veredas,

forestación, cercos reglamentarios y dársena de acceso.

- Deberá iniciar expediente para tal fin, ante la Dirección General de Ordenamiento

Urbano para su tratamiento.

B2. Los cercos de frente estarán constituidos por elementos que permitan transparencia

(rejas, alambre artístico o similar) y de acuerdo a lo establecido por el artículo

1.2.1.6. del Código de Ordenamiento Urbano, debiendo incluir su diseño en los

planos a presentar.

B3. Ajuste a las normativas ambientales y de control de ruidos, conforme a la legislación

vigente, respetando las normas usuales de convivencia urbana, evitando molestias

que pudieran afectar a los vecinos.

B4. Forestación:

Externa: se efectuará la reposición y plantación de nuevos ejemplares en las

veredas, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 1.2.1.17. del Código de

Ordenamiento Urbano, previendo los futuros ensanches y/o aperturas de calles.

Interna: se deberá realizar, siempre que resulte posible técnicamente, el trasplante de

las especies existentes. De tener que realizarse extracciones de ejemplares en

consideración a su estado fitosanitario, por su ubicación respecto de la implantación

propuesta y/o por seguridad, las mismas deberán ser solicitadas en el marco de lo

dispuesto por la Ordenanza N° 6610 y su Decreto Reglamentario N° 501/10.

B5. Residuos: deberá contar con un recinto dentro del predio, apto para contener los

desechos de todo el complejo, a fin de evitar que los mismos permanezcan en la vía

pública. Se tomarán los recaudos necesarios a fin de evitar olores, debiendo

mantenerse en recintos refrigerados. Su ubicación deberá verificar que el camión

recolector no interfiera en la circulación vehicular del área, pudiendo únicamente

ubicarse con frente a la calle. Se recomienda la separación diferenciada de éstos en

papel, plásticos y orgánicos.

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238

Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

//////…

B6. El proyecto deberá considerar en su diseño materiales, instalaciones y/o sistemas

que conlleven al ahorro de energía y la utilización de aguas de lluvias.

B7. Se deberá garantizar la adecuada canalización y escurrimiento de las aguas

pluviales, verificando pendientes, condiciones constructivas y drenajes a los ramales

ubicados en la vía pública, con la supervisión y autorización de la Secretaría de

Obras Públicas.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 1.2.2.25.2. del Código de Ordenamiento

Urbano en relación a reservorios y/o retardadores de aguas pluviales de las

superficies no permeables y cubiertas, deberá iniciarse expediente ante la Dirección

General de Ordenamiento Urbano para su estudio a fin de evaluar su ubicación,

capacidad y funcionamiento, considerando las características del terreno, el tipo de

proyecto y el lugar de emplazamiento.

B8. Los subsuelos deberán ejecutarse bajo el sistema de losas de supresión a fin de evitar

el ingreso de las aguas, producto del incremento del nivel de las napas.

B9. Consideraciones Generales para la Etapa de Obra:

Durante la etapa de construcción, deberá cumplimentarse con lo establecido en los

Decretos Nros. 1617/14 y 1618/14.

C. Condiciones de Funcionamiento:

C1. A efectos de los cálculos de los medios de salida, circulaciones, sanitarios y

estacionamiento, entre otros aspectos, se fijará una capacidad máxima establecida

conforme el artículo 4.4.1.1. del Código de Edificación de San Isidro para oficinas,

de una (1) persona cada 8,00 m². En base a dicha ocupación, se proyectarán los

sanitarios conforme lo establece el artículo 5.6.1.3. del Código de Edificación.

C2. En lo que respecta al movimiento vehicular (carga y/o descarga de materiales,

estacionamiento de vehículos de proveedores, entre otros), los móviles deberán

siempre permanecer dentro del predio, no pudiendo ocupar la vía pública.

- El uso del estacionamiento será obligatorio, libre y gratuito para quienes concurran

al lugar, debiéndose posibilitar el ingreso a empleados, visitantes, proveedores y

servicios.

- Se evitará la generación de ruidos y molestias por actividades, prohibiéndose la

circulación en honorarios nocturnos.

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Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

///////…

- Se señalizarán y reservarán claramente dentro del predio los espacios disponibles,

según porte y tamaño de los vehículos.

C3. En caso de verificarse inconvenientes en la circulación vehicular –acceso y/o

desarrollo de la actividad-, la Municipalidad podrá requerir la presentación de un

estudio de tránsito y/o Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.) en el marco de lo

dispuesto por Ordenanzas Nros. 7674 y 7709 (Texto Ordenado por Decreto N°

3112/00). Podrá solicitarse, a costo del emprendimiento, la mitigación de los

impactos negativos producidos, como la instalación de semáforos en los accesos

donde se generen los conflictos, entre otros.

C4. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las

actividades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y

contará con aprobación previa a su colocación.

C5. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones de

funcionamiento y seguridad, en oportunidad de gestionar la habilitación.

D. Condiciones Administrativas:

D1. Dado que el frente de la parcela está afectado por la traza de un tramo del arroyo a

cielo abierto, deberá verificarse la situación ante la autoridad provincial del agua

(ADA) por las restricciones que pudieren pesar para las nuevas construcciones y su

retiro a los bordes de dicho cauce. Esta situación deberá verificarse, previo

otorgamiento del Permiso de Construcción.

D2. Trama vial: atento a las características del uso previsto de Estación de TV-Estudios

de Grabación, sus dimensiones e implicancias urbanas en cuanto al funcionamiento,

se establece:

a) Calle Intendente Tomkinson: deberá materializarse su ensanche con el

corrimiento del cerco de frente, dársena de acceso y sus correspondientes obras

de infraestructura con intervención de la Secretaría de Obras Públicas,

pavimentación, red pluvial, veredas, iluminación, entre otros, según artículo

1.2.4.1. inciso 9) del Código de Ordenamiento Urbano.

b) No podrá incrementar el FOT, conforme lo dispuesto en el artículo 1.2.4.1.

inciso 8) del Código de Ordenamiento Urbano, atento el incremento en la altura

máxima solicitada en el marco del artículo 1.1.2.6. del mismo Código.

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240

Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

////////…

D3. Las ampliaciones y/o construcciones futuras no podrán ubicarse sobre los sectores

de las calles previstas para su ensanche y/o apertura.

D4. Presentar Memoria Técnica detallando los sistemas de ventilación mecánica e

iluminación de las diferentes áreas de trabajo que no cuenten con ventilación e

iluminación natural, según normativas vigentes (Código de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires, Ley de Higiene y Seguridad de Trabajo) y que por razones técnicas

no puedan ventilar al exterior.

D5. Con relación a las antenas de recepción de señal, se deberá presentar expediente para

su evaluación. Los planos y documentación correspondientes a la instalación y

ubicación de las mismas, deberán estar suscriptos por profesional con título

habilitante.

D6. De ser necesaria la colocación de una nueva cámara transformadora de energía

eléctrica y/o grupo electrógeno, se adecuará a las normativas municipales en

vigencia, debiendo aprobar previamente la obra civil, respetando los retiros y

espacios libres establecidos según los indicadores de la zona, dentro del área

edificable o bien ubicarse en subsuelo.

D7. Presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de

edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1. y subsiguientes del Código

de Edificación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado,

para el otorgamiento del Permiso de Construcción. La Dirección General de Obras

Particulares verificará la propuesta de instalaciones contra incendio.

D8. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas las normas de aplicación,

en el orden nacional, provincial y/o municipal y las establecidas en los Códigos de

Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro, entre otras: Medios de Salida:

sentido de apertura –hacia el exterior- y ancho de puertas, pasillos generales –

mínimo 1,50 metros-, escaleras –ancho mínimo 1,20 metros-, instalaciones

eléctricas según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa

complementaria del Código de Edificación de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires.

D9. Deberán cumplimentarse el resto de las condiciones establecidas en el Decreto N°

1988/07.

D10. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y en el Plano Conforme a Obra,

todos los condicionantes urbanísticos, ambientales, de funcionamiento y

administrativos.

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Ref.: Expte. Nº 2185-M-2016.-

/////////…

ARTÍCULO 3°.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General de

************* Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los

Derechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el artículo 24°

apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTÍCULO 4°.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que, dentro de

************* los ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado

toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO

Y

LEGISLACION

mlg

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse Sra. Secretaria Legal y Técnica Dra. María Rosa García Minuzzi Sr. Subsecretario General de Inspecciones y Registros Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. Perez

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242

RESOLUCIONES S L y T – S I R U y T

INSPECCIÓN GENERAL

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 962

EXPEDIENTE Nº: 12877-M-1995.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al desarrollo de actividades con el rubro

“VENTA DE GOLOSINAS ENVASADAS CON EXPENDIO A LA VÍA PÚBLICA”

como anexo del ya habilitado “AGENCIA DE PRODE – LOTERÍA Y QUINIELA”, sito

en la calle General Alvear N° 194 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido,

inscribiendo la actividad a nombre de Diego Norberto Salgado, quien ejerce la titularidad

desde el 18 de noviembre de 2014.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 963

EXPEDIENTE Nº: 13069-P-2016.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de PAESTO S.A. el establecimiento destinado al

desarrollo de actividades con el rubro “OFICINA COMERCIAL” sito en la Av. Sucre N°

1767 1° Piso, Oficinas 8 y 9 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 964

EXPEDIENTE Nº: 2214-E-1993.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 26 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades

detectado, al establecimiento sito en la calle Gazcón N° 610, 1° Piso, Depto. “B” de la

ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

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243

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 965

EXPEDIENTE Nº: 7368-L-1994.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2567 de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 966

EXPEDIENTE Nº: 8208-C-1990.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 21 de junio de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Padre Acevedo N° 2566/80 de la ciudad de Beccar,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 967

EXPEDIENTE Nº: 10308-C-2014.-

MOTIVO: Habilitar con carácter precario el establecimiento destinado al desarrollo de

actividades con el rubro “SERVICIO DE PAGO” sito en la Av. Bernardo de Irigoyen N°

45 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, a nombre de Luciano Javier

Caia.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 968

EXPEDIENTE Nº: 5781-M-2009.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Silvio Santiago Montaldo el establecimiento destinado

al desarrollo de actividades con el rubro “MECÁNICA LIGERA, AIRE

ACONDICIONADO, ELECTRICIDAD, REPARACIÓN INSTRUMENTAL”, en el

local sito en la calle Edison N° 1127/33 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido, habiendo iniciado actividades con fecha 9 de marzo de 2008.-

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244

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 969

EXPEDIENTE Nº: 3919-P-1984.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al rubro “VIVERO – VENTA DE PLANTAS”

sito en la Av. de Mayo N° 1146 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este

Partido, inscribiéndose la actividad a nombre de Mariano Rafael Lezcano, quien ejerce la

titularidad desde el 13 de agosto de 2015.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 970

EXPEDIENTE Nº: 14263-E-2015.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de EHM SALUD S.A. el establecimiento destinado al

desarrollo de actividades con el rubro “OFICINA ADMINISTRATIVA” sito en la calle

Rivadavia N° 215 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 971

EXPEDIENTE Nº: 3749-P-2014.-

MOTIVO: Habilitar con carácter precario el establecimiento destinado al desarrollo de

actividades con el rubro “OFICINA COMERCIAL” sito en la Ruta Panamericana N°

1804, 1° Piso, Oficina “B” de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido,

habiendo iniciado actividades con fecha 19 de mayo de 2014.

Por el mismo acto resolutivo se autoriza la ampliación de espacio físico a partir del 21 de

febrero de 2017.-

FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 972

EXPEDIENTE Nº: 11529-F-2017.-

MOTIVO: Autorizar al Sr. Propietario la extracción a su cargo de un ejemplar arbóreo

existente en el interior del predio identificado catastralmente como Circunscripción IV,

Sección A, Manzana 2, Parcela 16, debiendo replantarse un ejemplar de Jacarandá

Mimosifolia de diez a doce años de antigüedad.-

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245

FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 973

EXPEDIENTE Nº: 3976-L-2000.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de octubre de 2012 atento el cese de las

actividades habilitadas por el presente expediente, detectado por la Comuna, al

establecimiento sito en Gral. Alvear N° 486 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 974

EXPEDIENTE Nº: 12222-M-1993.-

MOTIVO: Reconocer con carácter precario el cambio de titularidad operado en el

comercio sito en la calle Sarratea N° 495, Local 5 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción

de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “AGENCIA DE PRODE Y

LOTERÍA” inscribiéndose el comercio a nombre de Miguel Angel Bartuccelli, quien

ejerce la titularidad desde el 18 de diciembre de 2014.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 975

EXPEDIENTE Nº: 1546-E-2007.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Paraná N° 3745, Local N° 3183, de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 976

EXPEDIENTE Nº: 6252-V-2007.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 24 de abril de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Albarellos N° 1916 – Local S-16, de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

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246

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 977

EXPEDIENTE Nº: 9051-G-2007.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del 28/06/2016 el trámite de habilitación iniciado

con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el local sito en

Araoz N° 2470 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 978

EXPEDIENTE Nº: 2974-Q-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 28 de marzo de 2017 el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el inmueble sito en General Alvear N° 260 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 979

EXPEDIENTE Nº: 8355-I-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 22 de agosto de 2017, el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el inmueble sito en Blanco Encalada N° 26 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 980

EXPEDIENTE Nº: 9179-P-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 31 de diciembre de 2016 el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el local sito en Juan Segundo Fernández N° 91 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de

este Partido.-

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247

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 981

EXPEDIENTE Nº: 11096-I-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del 9 de octubre de 2016 el trámite de habilitación

iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el inmueble

sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 982

EXPEDIENTE Nº: 12429-G-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 16 de agosto de 2017 el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el inmueble sito en Vicente Lopez N° 223 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 983

EXPEDIENTE Nº: 14308-C-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido de oficio a partir del día 5 de septiembre de 2017 el

trámite de habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar

actividades en el inmueble sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 Stand N00-GO005 de la

ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 984

EXPEDIENTE Nº: 15090-P-2016.-

MOTIVO: Tener por desistido de oficio a partir del día 4 de septiembre de 2017 el

trámite de habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar

actividades en el inmueble sito en Av. de Mayo N° 419 de la ciudad de Villa Adelina,

jurisdicción de este Partido.-

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248

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 985

EXPEDIENTE Nº: 12905-A-1992.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Edison N° 709 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 986

EXPEDIENTE Nº: 6213-M-1995.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de noviembre de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Blanco Encalada N° 2534 – 2° Piso, de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 987

EXPEDIENTE Nº: 11701-T-2005.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 24 de febrero de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bulnes N° 1826 de la ciudad de Boulogne,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 988

EXPEDIENTE Nº: 5784-F-2009.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 20 de junio de 2011, el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el establecimiento sito en Avda. del Libertador N° 14508 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

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249

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 989

EXPEDIENTE Nº: 11295-B-2009.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Olazabal N° 70 de la ciudad de Boulogne,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 990

EXPEDIENTE Nº: 1872-E-2014.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de mayo de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2506/2508 de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 991

EXPEDIENTE Nº: 4635-C-1965 y agregados.-

MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales a partir del 31 de mayo de 2017, al

comercio de autos.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 992

EXPEDIENTE Nº: 1706-G-1994.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 8 de octubre de 2010 atento el cese de las

actividades habilitadas por el presente expediente detectado por la comuna, al

establecimiento sito en la calle Eduardo Costa N° 1130 de la localidad de Acassuso,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 993

EXPEDIENTE Nº: 9139-T-2010.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de octubre de 2014, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Primera Junta N° 699 del Partido de San Isidro.-

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250

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 994

EXPEDIENTE Nº: 3896-S-2001.-

MOTIVO: Proceder a dar de baja de oficio de los registros municipales, a partir del 11 de

agosto de 2017, al establecimiento de autos.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 995

EXPEDIENTE Nº: 12114-V-2015.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de octubre de 2016, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Albarellos N° 1931 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 996

EXPEDIENTE Nº: 6112-G-1975.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de mayo de 2016 atento el cese de

actividades detectado por la Comuna, al establecimiento sito en Edison N° 1201 de la

ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 997

EXPEDIENTE Nº: 11139-D-2000.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 12 de noviembre de 2008 atento el cese de

actividades habilitadas por el presente expediente, detectado por la Comuna, al

establecimiento sito en Eduardo Costa N° 1934 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de

este Partido.-

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251

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 998

EXPEDIENTE Nº: 11416-M-1997.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017 atento el cese de actividades

comprobado, al establecimiento sito en Martín y Omar N° 460 – Local 10 de la ciudad de

San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 999

EXPEDIENTE Nº: 7476-D-1983.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 31 de julio de 2017 atento el cese de

actividades, al establecimiento sito en la calle Sarratea N° 1163 de la ciudad de Boulogne,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1000

EXPEDIENTE Nº: 2998-C-1997.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio de los registros municipales, a partir del 1 de diciembre

de 2016, al comercio destinado al desarrollo de actividades sito en Capitán Juan de San

Martín N° 1391 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 21 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1001

EXPEDIENTE Nº: 12473-F-1992.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 23 de junio de 2017 atento el cese de

actividades detectado por la Comuna al establecimiento sito en Córdoba N° 789 de la

ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1002

EXPEDIENTE Nº: 9154-L-1973 y agregado.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de agosto de 2017 al establecimiento sito

en Intendente Becco N° 816/26 de la ciudad de Beccar, Partido de San Isidro.-

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252

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1003

EXPEDIENTE Nº: 4901-M-1983.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017 atento el cese de actividades

presentado al establecimiento sito en Moisés Lebenshon N° 306 de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1004

EXPEDIENTE Nº: 6501-A-1983.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 4 de agosto de 2017 al establecimiento sito

en Paraná N° 1985 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1005

EXPEDIENTE Nº: 8231-K-1992.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bermejo N° 11 de la ciudad de Boulogne,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1006

EXPEDIENTE Nº: 4029-M-2005.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 3 de mayo de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Centenario N° 199 de la ciudad de

San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1007

EXPEDIENTE Nº: 6251-C-2006.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 28 de febrero de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Sucre N° 587 – Local 9 – P.B., de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

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253

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1008

EXPEDIENTE Nº: 9321-P-2013.-

MOTIVO: Tener por desistido de oficio a partir del 10 de noviembre de 2014 el trámite

de habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades

en el inmueble sito en Sarratea N° 599 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1009

EXPEDIENTE Nº: 13341-V-2013.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del 31 de enero de 2015 el trámite de habilitación

iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el inmueble

sito en Arenales N° 2081 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1010

EXPEDIENTE Nº: 13825-M-2013.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del 31 de julio de 2016 el trámite de habilitación

iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en el local sito

en José Ingenieros N° 3201 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1011

EXPEDIENTE Nº: 15847-M-2013.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del 31 de diciembre de 2016 el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el local sito en Avda. de Mayo N° 772 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este

Partido.-

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254

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1012

EXPEDIENTE Nº: 16116-P-2013.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del 30 de octubre de 2016 el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el inmueble sito en Av. Bernardo Ader N° 578 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de

este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1013

EXPEDIENTE Nº: 8027-T-2015.-

MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales al comercio de autos a partir del 30

de junio de 2017.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1014

EXPEDIENTE Nº: 8025-A-2015.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 3 de marzo de 2017 al establecimiento sito en Av. del

Libertador N° 18212 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1015

EXPEDIENTE Nº: 12820-T-2016.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Alexandro Carmelo Isgro el establecimiento destinado

al desarrollo de actividades con el rubro “VENTA DE INDUMENTARIA Y

ACCESORIOS” ubicado en Chacabuco N° 384 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de

este Partido.-

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255

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1016

EXPEDIENTE Nº: 703-F-2017.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Paola Inés Freccero el establecimiento destinado al

desarrollo de actividades con el rubro “VENTA DE ROPA DE MUJER Y

ACCESORIOS” ubicado en 9 de Julio N° 421 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de

este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1017

EXPEDIENTE Nº: 3784-S-2016.-

MOTIVO: Habilitar con carácter precario a nombre de Alejandro Svasember el

establecimiento destinado al desarrollo de actividades con el rubro “ALMACÉN DE

PRODUCTOS ORGÁNICOS” en el local sito en Vieytes N° 602 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1018

EXPEDIENTE Nº: 10247-S-2009.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Adolfo Augusto Sanchez el establecimiento destinado

al desarrollo de actividades con el rubro “VERDULERÍA Y FRUTERÍA” ubicado en

Yerbal N° 1305 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1019

EXPEDIENTE Nº: 6875-G-2014.-

MOTIVO: Modificar el artículo 1° de la Resolución SG-SIRUyT N° 549 de fecha 4 de

agosto de 2015.

Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada

normativa.-

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256

FECHA: 22 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1020

EXPEDIENTE Nº: 4770-S-2015.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Schmidt Luis Miguel el establecimiento destinado al

desarrollo de actividades con el rubro “VENTA DE ALIMENTOS PARA MASCOTAS

Y PLANTAS” ubicado en la calle Yatay N° 80 – Local 17 de la ciudad de Boulogne,

jurisdicción de este Partido.

Por el mismo acto resolutivo se reconoció a todos los efectos administrativos el cambio de

titularidad operado inscribiendo el comercio a nombre de Marisa Andrea Martino, quien

ejerce la titularidad desde el 23 de octubre de 2015.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1021

EXPEDIENTE Nº: 13065-I-1994.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 29 de mayo de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Azcuénaga N° 1252/56 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1022

EXPEDIENTE Nº: 4270-G-1991.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 27 de octubre de 2016 atento el cese de

actividades detectado al establecimiento sito en Dean Funes N° 908 de la ciudad de Villa

Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1023

EXPEDIENTE Nº: 5388-A-1993.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de diciembre de 2013 atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Sucre N° 2718 de la ciudad de

Beccar, jurisdicción de este Partido.-

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257

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1024

EXPEDIENTE Nº: 7043-D-1994.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016 atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Los Fortines N° 192 de la ciudad de Villa

Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1025

EXPEDIENTE Nº: 10851-S-1996.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Soldado de Malvinas N° 2276/80 de la ciudad de

Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1026

EXPEDIENTE Nº: 6452-S-2001.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de enero de 2017 atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850, Stand

SOS 26 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1027

EXPEDIENTE Nº: 4822-L-2008.-

MOTIVO: Reconocer el cambio de titularidad operado en el establecimiento destinado al

rubro “VENTA DE MUEBLES Y ARTÍCULOS DE DECORACIÓN” sito en Domingo

Savio N° 3076 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, inscribiéndose el

comercio a nombre de ASSAMBLAGE S.R.L. quien ejerce la titularidad desde el 15 de

abril de 2105.-

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258

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1028

EXPEDIENTE Nº: 11276-A-2006.-

MOTIVO: Proceder a dar de baja a partir del 30 de marzo de 2017, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Bernardo Ader N° 1273 de la

localidad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1029

EXPEDIENTE Nº: 11323-C-2013.-

MOTIVO: Dejar sin efecto el punto 8) del artículo 1° de la Resolución SLyT-SIRUyT

N° 601/2016.

Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada

normativa.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1030

EXPEDIENTE Nº: 11177-S-2006.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Martín y Omar N° 129, Local 21 de la ciudad de

San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1031

EXPEDIENTE Nº: 5244-M-1993.-

MOTIVO: Reconocer el cambio de titularidad operado en el escaparate destinado al

rubro “VENTA DE DIARIOS Y REVISTAS” ubicado frente al N° 810 de la calle Edison

entre Pasaje Galileo y Berutti, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

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259

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1033

EXPEDIENTE Nº: 1755-A-1998.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de septiembre de 2016 al establecimiento sito en la

Av. Bernardo de Irigoyen N° 37 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1034

EXPEDIENTE Nº: 1243-C-2000.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio de los registros municipales, a partir del 1 de diciembre

de 2016 al establecimiento sito en la Av. Centenario N° 428, Planta Alta, de la ciudad de

San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1035

EXPEDIENTE Nº: 7513-V-1992.-

MOTIVO: Dar de oficio a partir del 15 de octubre de 2016 al establecimiento sito en la

calle Juan B. Justo N° 308 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1036

EXPEDIENTE Nº: 10300-H-1988.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 30 de noviembre de 2016 al establecimiento

sito en la Av. Centenario N° 265 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1037

EXPEDIENTE Nº: 11317-F-1994.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 19 de septiembre de 2016 al establecimiento

sito en la calle Camino Real Morón a San Fernando – Av. Intendente Mauricio

Scatamacchia N° 1200 Local 16 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

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260

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1038

EXPEDIENTE Nº: 11318-F-1994.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 19 de septiembre de 2016 al establecimiento

sito en la calle Camino Real Morón a San Fernando – Av. Intendente Mauricio

Scatamacchia N° 1200, Local N° 16 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1039

EXPEDIENTE Nº: 7522-C-1994.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 29 de junio de 2017 al establecimiento sito

en la calle 9 de Julio 431 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1040

EXPEDIENTE Nº: 3989-X-1996.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de diciembre de 2016 al establecimiento

sito en la Av. Centenario N° 201 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1041

EXPEDIENTE Nº: 1841-M-1998.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio de los registros municipales a partir del 6 de diciembre

de 2016, al establecimiento sito en Luis María Drago N° 202 de la ciudad de Villa

Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1042

EXPEDIENTE Nº: 4953-M-1998.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 12 de diciembre de 2016 atento al cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Av. Andrés Rolón N° 702/4 de la ciudad de San

Isidro, jurisdicción de este Partido.-

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261

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1043

EXPEDIENTE Nº: 12777-F-1998.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de diciembre de 2016 al establecimiento

sito en Blanco Encalada N° 2538 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1044

EXPEDIENTE Nº: 15189-D-2015.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Liliana Beatríz Dobarro el establecimiento destinado al

desarrollo de actividades con el rubro “COMIDAS PARA LLEVAR – ROTISERÍA” sito

en la Av. Bernardo Ader N° 701 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1045

EXPEDIENTE Nº: 2852-H-1980.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al rubro “ALMACÉN – VERDULERÍA Y

FRUTERÍA”, sito en Camino Real Morón a San Fernando Av. Intendente Mauricio

Antonio Scatamacchia N° 101 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido,

quien ejerce la titularidad desde el 3 de marzo de 2016.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1046

EXPEDIENTE Nº: 8371-T-2006.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al rubro “VENTA DE ROPA Y LENCERÍA”

sito en la calle General Alvear N° 99 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido, inscribiéndose la actividad a nombre de BE WORLD S.A., quien ejerce la

titularidad desde el día 14 de agosto de 2015.-

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262

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1047

EXPEDIENTE Nº: 4486-E-2011.-

MOTIVO: Modificar el artículo 1° de la Resolución SLyT-SIRUyT N° 471/2016.

Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada

normativa.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1048

EXPEDIENTE Nº: 11661-C-2015.-

MOTIVO: Habilitar a nombre de Gustavo Hernán Carando el establecimiento destinado

al desarrollo de actividades con el rubro “FIAMBRERÍA, FRUTERÍA Y

VERDULERÍA” sito en Av. Sucre N° 443 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1049

EXPEDIENTE Nº: 8095-O-1966 –Cuerpo 2.-

MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales a partir del 18 de abril de 2017, al

local sito en la calle 25 de Mayo N° 233 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1050

EXPEDIENTE Nº: 1361-P-1996.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de agosto de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Paraná N° 3745 local 3010 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

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263

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1051

EXPEDIENTE Nº: 14956-E-2014.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 28 de febrero de 2017, atento el cese de actividades, al

establecimiento sito en Avellaneda N° 1358 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de

este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1052

EXPEDIENTE Nº: 2602-G-2000.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 4 de abril de 2017 al comercio de autos.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1053

EXPEDIENTE Nº: 11953-B-1994.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Rastreador Fournier N° 1717, de la ciudad de Villa

Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1054

EXPEDIENTE Nº: 11706-D-1995.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 28 de febrero de 2017, atento al cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 Local 406 de la

ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1055

EXPEDIENTE Nº: 154-S-1992.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 6 de mayo de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Amancio Alcorta N° 422 de la ciudad de Villa

Adelina, jurisdicción de este Partido.-

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264

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1056

EXPEDIENTE Nº: 2045-T-1995.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de octubre de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Dorrego N° 3140 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1057

EXPEDIENTE Nº: 15415-R-1995.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bacacay N° 561 de la ciudad de Boulogne,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1058

EXPEDIENTE Nº: 8030-M-2001.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 14 de octubre de 2015 al establecimiento sito

en Av. Fondo de la Legua N° 201 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1059

EXPEDIENTE Nº: 9761-V-2001.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 19 de septiembre de 2011 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Manzone N° 931 de la localidad de

Acassuso, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1060

EXPEDIENTE Nº: 9596-B-2001.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 16 de mayo de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Belgrano N° 66 Local 11 de la ciudad

de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

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265

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1061

EXPEDIENTE Nº: 10072-D-2001.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2015 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Bernardo de Irigoyen N° 2850 Local 215 de la

ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1062

EXPEDIENTE Nº: 12040-S-2001.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 7 de junio de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Juan Segundo Fernández N° 168 (Local

4) de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1063

EXPEDIENTE Nº: 5879-P-2002.-

MOTIVO: Dar de baja de a partir del 10 de febrero de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Julián Navarro N° 389 de la ciudad de Beccar,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1064

EXPEDIENTE Nº: 6307-D-2002.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 26 de diciembre de 2016 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Hipólito Yrigoyen N° 366 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

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266

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1065

EXPEDIENTE Nº: 14130-C-2002.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en José Figueroa Alcorta N° 55 de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1066

EXPEDIENTE Nº: 14591-P-2002.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 20 de septiembre de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Almirante Brown N° 80 de la ciudad de San Isidro,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1067

EXPEDIENTE Nº: 14343-P-2002.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 17 de junio de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Blanco Encalada N° 37 de la ciudad de San Isidro,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1068

EXPEDIENTE Nº: 13042-R-1999.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Cuyo N° 100 de la ciudad de Martínez, jurisdicción

de este Partido.-

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267

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1069

EXPEDIENTE Nº: 3515-S-1990.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Hipólito Yrigoyen N° 1672 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1070

EXPEDIENTE Nº: 9501-S-2006.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2016, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Pichincha N° 167 bis, de la ciudad de Boulogne.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1071

EXPEDIENTE Nº: 12195-D-1999.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de diciembre de 2016, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Tomkinson N° 2054 de la ciudad de Beccar,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1072

EXPEDIENTE Nº: 5059-L-2013.-

MOTIVO: Habilitar con carácter precario a nombre de Aníbal Carlos Lupo, el

establecimiento destinado al rubro “VENTA DE ROPA” en el local sito en Yatay N°

24/26 (locales 5B y 6B) de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1073

EXPEDIENTE Nº: 2957-J-1998.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2016 al establecimiento sito en la calle

Ladislao Martínez N° 248, Locales 2 y 3, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido.-

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268

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1074

EXPEDIENTE Nº: 12902-E-1987.-

MOTIVO: Modificar el inciso 10° del artículo 1° de la Resolución SG-SIRUyT N° 483

de fecha 14 de agosto de 2014.

Mantener en todas sus partes y consecuencias las restantes disposiciones de la citada

normativa.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1075

EXPEDIENTE Nº: 10719-F-1992.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al rubro “DEPÓSITO Y DISTRIBUCIÓN DE

PRODUCTOS PANIFICADOS Y PASTAS FRESCAS” sito en la calle Asamblea N°

48/50 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1076

EXPEDIENTE Nº: 10714-T-2005.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2016, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Av. del Libertador N° 13059 –Local 13- de la

ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1077

EXPEDIENTE Nº: 11695-G-2004.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2016, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Vicente López N° 324 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

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269

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1078

EXPEDIENTE Nº: 8419-D-2005.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de septiembre de 2016, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Santiago del Estero N° 2280 de la

ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1079

EXPEDIENTE Nº: 15117-D-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de junio de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Azcuénaga N° 1408 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1080

EXPEDIENTE Nº: 9067-S-2004.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de septiembre de 2016, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Santa Fe N° 1813 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1081

EXPEDIENTE Nº: 6028-H-2005.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de agosto de 2017, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en av. Bernardo Ader N° 1175 de la ciudad

de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

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270

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1082

EXPEDIENTE Nº: 15279-K-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 24 de agosto de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Belgrano N° 393 de la ciudad de San

Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1083

EXPEDIENTE Nº: 20768-F-1967.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de marzo de 2017, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Eduardo Costa N° 1124 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1084

EXPEDIENTE Nº: 15389-D-1999.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Av. de Mayo N° 495 de la ciudad de Villa Adelina,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1085

EXPEDIENTE Nº: 2775-D-1990.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de diciembre de 2016, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Av. Andrés Rolón N° 2560 puesto 97 de la ciudad

de Beccar, jurisdicción de este Partido.-

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271

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1086

EXPEDIENTE Nº: 13727-C-1992.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de julio de 2016 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Av. del Libertador N° 14492 Piso 1°

“A” de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1087

EXPEDIENTE Nº: 530-P-1990.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de septiembre de 2003, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Avelino Rolón N° 2614 L.B. 8 de la

ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1088

EXPEDIENTE Nº: 7270-CH-2005.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de diciembre de 2016, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en la Av. Centenario N° 281 de la ciudad

de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1089

EXPEDIENTE Nº: 9827-J-2005.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 30 de abril de 2015, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Arenales N° 2040 Piso 1° oficina 5 de

la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

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272

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1090

EXPEDIENTE Nº: 11864-B-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de agosto de 2016, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Caracas N° 1351 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 24 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1091

EXPEDIENTE Nº: 11697-L-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 5 de mayo de 2016, atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Juan Segundo Fernández N° 10 Piso 1°

“B” de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 28 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1092

EXPEDIENTE Nº: 4942-M-2005.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al rubro “BAR (capacidad máxima 17

comensales)”, sito en la calle 25 de Mayo N° 310 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción

de este Partido.-

FECHA: 28 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1093

EXPEDIENTE Nº: 11522-S-2017.-

MOTIVO: Autorizar al Sr. Mauricio Alberto Simone, en su carácter de propietario, la

extracción a su cargo de un ejemplar arbóreo de de Jacarandá Mimosifolia existente en la

vía pública del predio sito en Isabel la Católica N° 2182 esquina Ingeniero Marconi de la

ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, debiendo replantarse dos ejemplares de la

misma especie sobre Ingeniero Marconi e/o Isabel la Católica.-

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273

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1094

EXPEDIENTE Nº: 2463-R-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 21 de noviembre de 2005, al establecimiento

sito en Eduardo Costa N° 930 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1095

EXPEDIENTE Nº: 3923-C-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 23 de junio de 2016, al establecimiento sito

en Martín y Omar N° 129 Local N° 4 bis de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1096

EXPEDIENTE Nº: 6076-A-2003.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 26 de diciembre de 2016, al establecimiento sito en

Hipólito Yrigoyen N° 378 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1097

EXPEDIENTE Nº: 6415-M-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 5 de febrero de 2015, al establecimiento sito

en Av. Santa Fe N° 1152 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1098

EXPEDIENTE Nº: 6768-A-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de abril de 2017 al establecimiento sito en

Juan B. La Salle N° 591 local 655 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

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274

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1099

EXPEDIENTE Nº: 7542-G-2003.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 31 de enero de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en General Alvear N° 371 de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1100

EXPEDIENTE Nº: 8475-C-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 3 de octubre de 2016 al establecimiento sito

en Avda. de Mayo N° 750 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1101

EXPEDIENTE Nº: 9655-V-2003.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de marzo de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Avenida Avelino Rolón N° 2614/18 de la ciudad de

Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1102

EXPEDIENTE Nº: 11062-V-2003.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Avenida Santa Fe N° 1845 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1103

EXPEDIENTE Nº: 11151-A-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, al establecimiento

sito en Hipólito Yrigoyen N° 1524 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

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275

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1104

EXPEDIENTE Nº: 12000-N-2003.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en la Avenida del Libertador General San Martín N°

14.071 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1105

EXPEDIENTE Nº: 13256-T-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 11 de julio de 2016 al establecimiento sito en

la Avenida del Libertador General San Martín N° 14492 Locales 2, 4 y 6 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1106

EXPEDIENTE Nº: 13342-P-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, al establecimiento

sito en Juan Segundo Fernández N° 1267 Local 3 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción

de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1107

EXPEDIENTE Nº: 5463-S-2004.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 27 de diciembre de 2016 al establecimiento sito en

Vicente Lopez N° 332 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1108

EXPEDIENTE Nº: 5601-C-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 16 de febrero de 2017, al establecimiento

sito en Av. Bernardo Ader N° 1025 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este

Partido.-

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276

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1109

EXPEDIENTE Nº: 6397-R-2004.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 16 de junio de 2015 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Avenida del Libertador General San Martín N°

14.438 de la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1110

EXPEDIENTE Nº: 6400-S-2004.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2017 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Avenida Sucre N° 2580 de la ciudad de Beccar,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1111

EXPEDIENTE Nº: 7238-J-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de diciembre de 2016, al establecimiento

sito en Camino Real Morón a San Fernando Avda. Intendente Scatamacchia N° 1200

Local 26 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1112

EXPEDIENTE Nº: 9745-B-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 21 de diciembre de 2016 al establecimiento

sito en Figueroa Alcorta N° 2196 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1113

EXPEDIENTE Nº: 12473-M-2003.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 22 de junio de 2016, al establecimiento sito

en Medrano N° 1991 local 3 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

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277

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1114

EXPEDIENTE Nº: 2394-G-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, al establecimiento

sito en la Av. Andrés Rolón N° 1686 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1115

EXPEDIENTE Nº: 2672-L-2004.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de abril de 2014 atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Santiago del Estero N° 3358/60 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1116

EXPEDIENTE Nº: 4599-C-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 21 de julio de 2016, al establecimiento sito

en Albarellos N° 1916 local 15 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1117

EXPEDIENTE Nº: 5342-I-2004.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 26 de diciembre de 2016, al establecimiento

sito en Hipólito Yrigoyen N° 219 de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1118

EXPEDIENTE Nº: 7879-A-2008.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 28 de mayo de 2015 al establecimiento sito

en Bernardo de Irigoyen N° 2385 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

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278

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1119

EXPEDIENTE Nº: 9223-R-2008.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 30 de enero de 2017, al establecimiento sito

en Los Ceibos N° 1791 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1120

EXPEDIENTE Nº: 9459-C-2008.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1 de diciembre de 2016 al establecimiento

sito en La Calandria N° 465 de la ciudad de Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1121

EXPEDIENTE Nº: 1121-C-2009.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de junio de 2017 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Av. Centenario N° 145 de la ciudad de

San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1122

EXPEDIENTE Nº: 11418-G-2007.-

MOTIVO: Reconocer a todos los efectos administrativos el cambio de titularidad

operado en el establecimiento destinado al desarrollo de actividades con el rubro

“VENTA DE TELEFONÍA CELULAR Y ACCESORIOS” sito en Bernardo de Irigoyen

N° 2850 Góndola 10 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, inscribiendo

el establecimiento a nombre de GOT S.A. quien ejerce la titularidad desde el 4 de julio de

2016.-

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279

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1123

EXPEDIENTE Nº: 227-V-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 24 de mayo de 2017 atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Sucre N° 3072 de la ciudad de

Beccar, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1124

EXPEDIENTE Nº: 1855-M-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 6 de diciembre de 2016, atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Juan Segundo Fernández N° 1267 –local

9- primer piso de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1125

EXPEDIENTE Nº: 4546-R-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 1° de diciembre de 2016 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Gaboto N° 870 de la ciudad de San

Isidro, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1126

EXPEDIENTE Nº: 10054-C-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 4 de junio de 2010, atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Avelino Rolón n° 2193 de la ciudad

de Boulogne, jurisdicción de este Partido.-

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280

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1127

EXPEDIENTE Nº: 6010-CH-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 13 de junio de 2017, atento el cese de

actividades, al establecimiento sito en Martín y Omar N° 438 de la ciudad de San Isidro,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1128

EXPEDIENTE Nº: 8946-D-2003.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 30 de junio de 2017, atento el cese de actividades

presentado, al establecimiento sito en Dardo Rocha N° 1402 local N° 1 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1129

ANULADA

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1130

EXPEDIENTE Nº: 12308-S-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 17 de marzo de 2016 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en Hipólito Yrigoyen N° 353 de la ciudad

de Martínez, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1131

EXPEDIENTE Nº: 10737-B-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 15 de diciembre de 2015 atento el cese de

actividades presentado, al establecimiento sito en General Alvear N° 436 de la ciudad de

Martínez, jurisdicción de este Partido.-

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281

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1132

EXPEDIENTE Nº: 10785-L-2007.-

MOTIVO: Dar de baja de oficio a partir del 18 de diciembre de 2016 atento el cese de

actividades detectado, al establecimiento sito en Av. Andrés Rolón N° 2560 – Local 141

“C” de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 29 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT-SIRUyT Nº: 1133

EXPEDIENTE Nº: 2553-V-2009.-

MOTIVO: Tener por desistido a partir del día 27 de abril de 2017 el trámite de

habilitación iniciado con el objeto de solicitar autorización para desarrollar actividades en

el establecimiento sito en J. B. La Salle N° 591 locales 11, 12 y 13 de la ciudad de San

Isidro, jurisdicción de este Partido.-

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282

RESOLUCIONES S L y T

TRÁNSITO

FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT Nº: 427

EXPEDIENTE Nº: 4221-LL-2014.-

MOTIVO: Autorizar hasta el 31 de diciembre de 2017 a Norberto Llopiz, a desarrollar

actividades con el rubro “TRANSPORTE ESPECIAL DE PERSONAS”, Habilitado N°

268, utilizando a tal efecto el vehículo Marca: MERCEDES BENZ, Modelo: BMO390

VERSION 1420, Año: 1996, Dominio: ARU568, Motor: 153953, con capacidad para

transportar cuarenta y tres (43) personas sentadas con celadora.-

FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT Nº: 428

EXPEDIENTE Nº: 16099-H-2016.-

MOTIVO: Dar de baja a partir del 13 de septiembre de 2017 al Sr. Ernesto José Hilara y

al vehículo de su propiedad Marca: FIAT, Modelo: SIENA (F4) EL 1.4 8V, Año: 2016,

Dominio: AA474JJ, Motor: 310A20112661718, en la agencia de autos al instante

“EXPRESS” sita en Liniers N° 57/59/65 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este

Partido.-

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT Nº: 429

EXPEDIENTE Nº: 14293-D-2017.-

MOTIVO: Autorizar a desarrollar actividades correspondientes al servicio de AUTOS

AL INSTANTE a SERVICIOS MULTIPUNTO S.R.L., afectando el automotor Marca:

FIAT, Modelo: QUBO 1.4 8V DYNAMIC, Año: 2012, Dominio: LWX015, Motor:

10FSX16530480, en la agencia “EXPRESS” ubicada en Liniers N° 59/65 de la ciudad de

San Isidro, jurisdicción de este Partido, dejándose constancia que la vida útil del vehículo

caduca el 31 de diciembre de 2025.-

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283

FECHA: 23 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION SLyT Nº: 430

EXPEDIENTE Nº: 15085-D-2014.-

MOTIVO: Dar de baja de los registros municipales a partir del 12 de junio de 2017 al

vehículo Marca: TOYOTA, Modelo: ETIOS XLS 1.5 M/T, Año: 2014, Motor:

2NRV172061, afectado al servicio de AUTOS AL INSTANTE, propiedad de Sr.

Domingo Diaz Medeiros.

Autorizar a continuar desarrollando actividades al servicio de AUTOS AL INSTANTE a

Domingo Diaz Medeiros, afectando el automotor Marca: TOYOTA, Modelo: COROLLA

XEI 1.8 CVT, Año: 2017, Dominio: AB350DV, Motor: 2ZRM454322, en la agencia “La

Horqueta” ubicada en Blanco Encalada N° 2255 Local 28 de la ciudad de Beccar,

jurisdicción de este Partido, dejándose constancia que la vida útil del vehículo caduca el

31 de diciembre de 2030.-

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RESOLUCIONES SLyT-SIRUyT

OBRAS PARTICULARES

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 144

Expediente Nro 9177-13.-

Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Magallanes

N° 1072, de San Isidro, solicitado por Sebastián N. Casanello.-

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 145

Expediente Nro 7772-16.-

Apruébense los planos de regularización, del inmueble ubicado en la calle Ada Elflein N°

3035/45, de Beccar, solicitado por María C. Marchetti (UF 01) y Torquen S.A (UF 02).-

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 146

Expediente Nro 1805-16.-

Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Juan Marín

N° 248/54/64/76, de San Isidro, solicitado por Pampaki S.A (UF Nº 1), Isaac Alberto

Chamy y Teresa D. Samatob (UF Nº 2).-

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 147

Expediente Nro 4253-14.-

Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Av. del

Libertador N° 13647, de Martínez, solicitado por Vaquit San Isidro S.A (Dominio

Fiduciario).-

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 148

Expediente Nro 12287-17.-

Apruébense los planos de regularización, del inmueble ubicado en la calle Pte. Roca N°

587, de Beccar, solicitado por Gustavo F. Rossi y Silvia B. González.-

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FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 149

Expediente Nro 4717-11.-

Apruébense los planos de conforme a obra, del inmueble ubicado en la calle Martín y

Omar N° 666, de San Isidro, solicitado por María Martha del Corazón de Jesús de

Anchorena.-

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SLyT Nro.: 150

Expediente Nro 12995-17.-

Apruébense los planos de regularización, del inmueble ubicado en la calle Dr. Bagnati

esquina Maestra Rueda N° 1798, de Boulogne, solicitado por Ana Cecilia Savall.-

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RESOLUCIONES S. E. A. R.

A R S I

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 119

EXPEDIENTE Nº: 13380-T-2017

MOTIVO: Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el artículo 1° inciso “A” del

Anexo del Decreto N° 33/17 reglamentario del artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal

vigente, otorgando una reducción del 25% sobre el valor de la Tasa por Inspección de

Comercios e Industrias determinada para la cuenta N° 74.664.

Aplicar la reducción a partir del bimestre Noviembre-Diciembre 2017.

La vigencia del beneficio de reducción sobre la tasa será de un año calendario a partir de

la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio. Vencido el plazo, podrá requerirse su

renovación.

La falta de pago de cualquier tasa municipal por más de dos cuotas consecutivas o la

modificación de alguna de las circunstancias por las que se ha otorgado la reducción hará

caer el beneficio otorgado.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 120

EXPEDIENTE Nº: 12956-A-2017.-

MOTIVO: Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el artículo 1° inciso “A” del

Anexo del Decreto N° 33/17 reglamentario del artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal

vigente, otorgando una reducción del 50% sobre el valor de la Tasa por Inspección de

Comercios e Industrias determinada para la cuenta N° 73.741.

Aplicar la reducción a partir del bimestre Noviembre-Diciembre 2017.

La vigencia del beneficio de reducción sobre la tasa será de un año calendario a partir de

la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio. Vencido el plazo, podrá requerirse su

renovación.

La falta de pago de cualquier tasa municipal por más de dos cuotas consecutivas o la

modificación de alguna de las circunstancias por las que se ha otorgado la reducción hará

caer el beneficio otorgado.-

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FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 121

EXPEDIENTE Nº: 1145-A-2017.-

MOTIVO: Confirmar en concepto de Tasa de Gestión de Residuos a Grandes

Generadores el ajuste practicado y en consecuencia determinar respecto de la cuenta N°

61.871 correspondiente a los períodos Enero a Diciembre de 2016 con más los recargos e

intereses correspondientes.

Instruir sumario correspondiente a fin de determinar si la conducta del contribuyente

podría encuadrar en las sanciones previstas en el artículo 46° inciso b) o c) de la

Ordenanza Fiscal.

FECHA: 17 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 122

EXPEDIENTE Nº: 3447-A-2016.-

MOTIVO: No hacer lugar a la solicitud de prescripción de la deuda de la Tasa por

Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales correspondiente a la cuenta corriente N°

521.898.-

FECHA: 27 de noviembre de 2017.-

RESOLUCION A.R.S.I. Nº: 123

EXPEDIENTE Nº: 13754-A-2017.-

MOTIVO: Encuadrar lo solicitado en lo establecido en el artículo 1° inciso “A” del

Anexo del Decreto N° 33/17 reglamentario del artículo 82° bis de la Ordenanza Fiscal

vigente, otorgando una reducción del 25% sobre el valor de la Tasa por Inspección de

Comercios e Industrias determinada para la cuenta N° 73.649.

Aplicar la reducción a partir del bimestre Enero-Febrero 2018.

La vigencia del beneficio de reducción sobre la tasa será de un año calendario a partir de

la cuota sobre la que se obtuvo el primer beneficio. Vencido el plazo, podrá requerirse su

renovación.

La falta de pago de cualquier tasa municipal por más de dos cuotas consecutivas o la

modificación de alguna de las circunstancias por las que se ha otorgado la reducción hará

caer el beneficio otorgado.-

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R E S O L U C I O N E S S G – S O P

O B R A S P Ú B L I C A S

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 116

Expediente Nro. 12787-T-2010.-

Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de fecha 2 de agosto de 2013 y el Acta de

Recepción Definitiva de fecha 29 de septiembre de 2017, de la obra “TENDIDO DE

FIBRA ÓPTICA” ejecutada por la firma TELMEX ARGENTINA S.A., en la calle

Santiago del Estero N° 3089 entre García Merou y Emilio Frers de la ciudad de Martínez,

jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 117

Expediente Nro. 3134-C-2014.-

Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de fecha 12 de mayo de 2016 y el Acta de

Recepción Definitiva de fecha 24 de octubre de 2017, de la obra “TENDIDO DE FIBRA

ÓPTICA” ejecutada por la firma CABLEVISIÓN S.A., en las calles Colectora Oeste

Panamericana entre Maestro Granada y Wilde, Wilde ente Colectora Oeste Panamericana

y José María Moreno, José María Moreno entre Wilde y Mazza, Mazza entre José María

Moreno y Virrey Vértiz y Virrey Vértiz entre Mazza y Perito Moreno de la ciudad de

Villa Adelina, jurisdicción de este Partido.-

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 118

Expediente Nro. 8753-T-2016.-

Aprobar el Acta de Recepción Provisoria de fecha 5 de junio de 2013 y el Acta de

Recepción Definitiva de fecha 26 de septiembre de 2017, de la obra “TENDIDO DE

FIBRA ÓPTICA Y CONSTRUCCIÓN DE CÁMARAS” ejecutada por la firma

TELMEX ARGENTINA S.A., en la calle Mariano Lezica entre Coronel Cetz y Diego

Carman de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido.-

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FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCIÓN SG-SOP Nro.: 119

Expediente Nro. 14451-I-2017.-

Autorizar a la empresa INSTALMEC S.R.L. a realizar la obra “EXTENSIÓN DE RED

DE GAS NATURAL” en la calle Escalada N° 142 entre Estanislao del Campo y

Mendeville en la localidad de Acassuso, jurisdicción de este Partido.-

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R E S O L U C I O N E S

R E C U R S O S H U M A N O S

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1068

EXPEDIENTE Nº:12109 –P - 2017

MOTIVO: Rechazar Presentación Emiliano Hernán MUÑOZ

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1069

EXPEDIENTE Nº:15314 –P - 2017

MOTIVO:Modificar horas María Laura RECANATINI

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1070

EXPEDIENTE Nº: 15315 –P - 2017

MOTIVO: Modificar Horas Mensualizado Virginia RIVATA

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1071

EXPEDIENTE Nº: 15233–P - 2017

MOTIVO: Destino Trabajo Norberto ROMERO y otros

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1072

EXPEDIENTE Nº: 6428 –P - 2017

MOTIVO: Limitar / Designar Mensualizado Macarena B. BRONZUOLI

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1073

EXPEDIENTE Nº: 15311 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Federico J. FERNANDEZ y otros

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1074

EXPEDIENTE Nº: 15312–P - 2017

MOTIVO: Designar mensualizado Julián Osvaldo QUINTERO

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1075

EXPEDIENTE Nº:15249 –P - 2017

MOTIVO: Modificar Jornada Oscar BRANDI / Juan Pablo MOLINA

FECHA: 16de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1076

EXPEDIENTE Nº:15313 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado María Mercedes ANDRADA

FECHA: de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº:1077

EXPEDIENTE Nº:14852 –P - 2017

MOTIVO: Desig Mens / Incluir Art. 13º Verónica ANTIECO / Marisol COLAREZ

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1078

EXPEDIENTE Nº:15238 –P - 2017

MOTIVO: Excluir Art. 16º Nicolás FERRANTE / Juan Ignacio CASTRO

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1079

EXPEDIENTE Nº:15236 –P - 2017

MOTIVO: Asentar Destino Victor Daniel WEBER y otros

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº:1080

EXPEDIENTE Nº:14856 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Maximiliano O. CARRETE

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº:1081

EXPEDIENTE Nº: 15300 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Laura Fabiola FRIAS

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1082

EXPEDIENTE Nº: 14321 –P - 2017

MOTIVO: Designar Planta Docente José María OCAMPO

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1083

EXPEDIENTE Nº: 14263 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Rosana B. CLAROS

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1084

EXPEDIENTE Nº:15547 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado María N. GIMENEZ

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1085

EXPEDIENTE Nº: 15256 –P - 2017

MOTIVO: : Designar Mensualizado Germán M- DE GREGORI

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1086

EXPEDIENTE Nº: 15549 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado María E. ARREDONDO y otros

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1087

EXPEDIENTE Nº: 15548 –P – 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Marcelo A. FERNANDEZ

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FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1088

EXPEDIENTE Nº: 15253 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado José María VELAZQUEZ

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1089

EXPEDIENTE Nº:15546 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Rodrigo S. BORBA y otros

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1090

EXPEDIENTE Nº:15513 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Mariela A. CISNEROS

FECHA: 22 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1091

EXPEDIENTE Nº: 15516 –P - 2017

MOTIVO: Trasladar en Comision José M. GAMARRA

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1092

EXPEDIENTE Nº: 15510 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Walter Fabián MORALES

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1093

EXPEDIENTE Nº: 15509 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Valeria A. BALSAMO

FECHA: 24de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1094

EXPEDIENTE Nº: 15255 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Lucas Andrés VILLEGA y otros

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FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1095

EXPEDIENTE Nº: 15550 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Silvana A. FIORINO

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1096

EXPEDIENTE Nº:15515 –P - 2017

MOTIVO: Aceptar Renuncia Julio R. PONCE

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1097

EXPEDIENTE Nº: 15545 –P – 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Ezequiel M- GOMEZ

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1098

EXPEDIENTE Nº: 15511 –P - 2017

MOTIVO: Modif. Jornada / Limit y Desig Mens Sandra M GARCIA

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº:1099

EXPEDIENTE Nº:15934 –P - 2017

MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio Ana María BERRINI

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1100

EXPEDIENTE Nº:15933 –P - 2017

MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio José Bernardo GIMENEZ

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1101

EXPEDIENTE Nº: 15932 –P - 2017

MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio María Teresa BALPARDA BRITO

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FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1102

EXPEDIENTE Nº: 15536 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Mauro N SUAREZ

FECHA: de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1103

EXPEDIENTE Nº: 15537 –P - 2017

MOTIVO: ANULADA (Runcia y Convenio Rita JUNCO)

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1104

EXPEDIENTE Nº: 15529 –P - 2017

MOTIVO: Trasladar María Laura LUCIANO

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1105

EXPEDIENTE Nº: 15530 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Guillermo E. ZAPATA

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1106

EXPEDIENTE Nº: 15526 –P - 2017

MOTIVO: Trasladar Luis DI SARIO

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1107

EXPEDIENTE Nº: 15528 –P - 2017

MOTIVO: Asentar Destino Facundo E SOLIS / Maria C GOMEZ

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1108

EXPEDIENTE Nº: 15553 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Claudio R JUAREZ y otros

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FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1109

EXPEDIENTE Nº: 6828 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Tony C GUERRA

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1110

EXPEDIENTE Nº: 15523 –P - 2017

MOTIVO: Trasladar Provisoriamente María S GODOY

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1111

EXPEDIENTE Nº:15552 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Sebastián MUÑOZ y otros

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1112

EXPEDIENTE Nº: 15301 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado María Sara TUBÍAS

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1113

EXPEDIENTE Nº: 12417 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Giselle N LOPEZ

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1114

EXPEDIENTE Nº: 14307 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Karen CLAVIO

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1115

EXPEDIENTE Nº: 6437 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Gabriela S D´IPPOLITO

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297

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1116

EXPEDIENTE Nº: 15306 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Andrea S COTARELO

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1117

EXPEDIENTE Nº: 16290 –P - 2017

MOTIVO: Dejar sin Efecto Res784 Mario RECALDE

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1118

EXPEDIENTE Nº: 15525 –P - 2017

MOTIVO: Abonar Haberes Adeudados Miguel Petillo

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1119

EXPEDIENTE Nº: 15534 –P - 2017

MOTIVO: Modificar Funciones Matías AQUINO RUFINEZ

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1120

EXPEDIENTE Nº: 15558 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Leonardo F GONZALEZ

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1121

EXPEDIENTE Nº: 15540 –P - 2017

MOTIVO: Limitar Mensualizado Facundo A ZANOTTI AIRALA

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1122

EXPEDIENTE Nº: 12436 –P - 2017

MOTIVO: Limitar/ Designar Mensualizado María E: COBIELLA

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298

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1123

EXPEDIENTE Nº: 14322 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Karina FERRO/ Stefanía DI PAOLO

FECHA: 30 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1124

EXPEDIENTE Nº: 6436 –P - 2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Analía GIMENEZ

FECHA: 28 de noviembre de 2017

RESOLUCION RR.HH. Nº: 1125

EXPEDIENTE Nº: 15537 –P - 2017

MOTIVO: Renuncia y Convenio Jubilatorio Rita JUNCO

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R E S O L U C I O N E S

S A L U D P Ú B L I C A

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº: 941

EXPEDIENTE Nº:15250 -P-2017

MOTIVO: Promover Hernán E. SERRANO

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº: 942

EXPEDIENTE Nº: 1869-P-2017

MOTIVO:Limitar Jesica ROMAN VIDAL

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº: 943

EXPEDIENTE Nº:14326 -P-2017

MOTIVO:Limitar/Designar Mens. Silvia REYNAGA CARVAJAL

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº: 944

EXPEDIENTE Nº8338 -P-2017

MOTIVO: Limitar/Designar Mens. Carlos Emanuel GOMEZ

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:945

EXPEDIENTE Nº14320 -P-2017

MOTIVO: Desig Mens / Incluir Art. 16º/ ANEXO/ Gastón Nahuel GANDINI y otros

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FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:946

EXPEDIENTE Nº: 3962 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Laura Alejandra ALTAMIRANO

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:947

EXPEDIENTE Nº: 5336-P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizada Inés María FERNANDEZ DEL CASAL

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300

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:948

EXPEDIENTE Nº: 5327-P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizada María Elisabeth MOSCALIUK

FECHA: 16 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:949

EXPEDIENTE Nº: 14329-P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizada Claudia QUIROGA SILVA

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:950

EXPEDIENTE Nº:7850 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Francisco Javier LLAMA FIGUEROA

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:951

EXPEDIENTE Nº: 13188 -P-2017

MOTIVO: Designar Mens. Luciana A. MOLINA/ Delia S. RAMOS

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:952

EXPEDIENTE Nº: 14851 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Lidia CEJAS

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:953

EXPEDIENTE Nº: 14846 -P-2017

MOTIVO: Limitar/Designar Mensualizado Mauro Agustín HERNANDEZ

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:954

EXPEDIENTE Nº: 14847 -P-2017

MOTIVO:Designar Mens. María Pía LEVERATTO / Cyntia LOPEZ CHOQUE

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301

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:955

EXPEDIENTE Nº: 14853 -P-2017

MOTIVO: Design. Mens. Matías SUBILIBIA/María F. PITELLI/Andrea R. BERNI

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:956

EXPEDIENTE Nº: 14855 -P-2017

MOTIVO: Designar Mens Osvaldo PAGANINO/ Matías ACOSTA

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:957

EXPEDIENTE Nº:4866 -P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizada Lorena Cecilia MEDERO

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:958

EXPEDIENTE Nº:15308 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Yanina Beatriz LUNA

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:959

EXPEDIENTE Nº: 15309 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Vanessa E. MENDOZA NUÑEZ

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:960

EXPEDIENTE Nº: 1036 -P-2017

MOTIVO:Limitar Catalina Itatí ROLÓN

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:961

EXPEDIENTE Nº:13193 -P-2017

MOTIVO: Desig. Prof. Asistente 24 Hs. Flavia P. MONTI

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302

FECHA: 17 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:962

EXPEDIENTE Nº: 14341 -P-2017

MOTIVO:Reubicar Alejandra Rita ROMANO

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:963

EXPEDIENTE Nº:13182 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Alex Deymar PEREZ FERNANDEZ

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:964

EXPEDIENTE Nº: 10824 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Erika Yurema SOLANO SANCHEZ

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:965

EXPEDIENTE Nº: 5961 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Santiago Leonel MOCHI

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:966

EXPEDIENTE Nº: 6435 -P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizada Antonella MORARD SCOLARIS

FECHA:23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:967

EXPEDIENTE Nº: 8481 -P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizada Luz Claudia PRUDENCIO

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:968

EXPEDIENTE Nº14243 -P-2017

MOTIVO: Limitar/Designar Mens./Incluir Art 16º Anabela Verónica BOJORQUE

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303

FECHA:23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:969

EXPEDIENTE Nº:15319 -P-2017

MOTIVO:Designar Mensualizada Paola Vanesa PALLOTTI

FECHA:23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:970

EXPEDIENTE Nº:15252-P-2017

MOTIVO:Modif. Desig. Walter E. ABREGU y otros

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:971

EXPEDIENTE Nº: 6705-P-2017

MOTIVO: Limitar Edy APAZA MACHAHUAY

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:972

EXPEDIENTE Nº:12418 -P-2017

MOTIVO: Designar Jornalizado Pablo A. PAOLUCCI

FECHA: 23 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:973

EXPEDIENTE Nº: 15318 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Juan Ignacio ALEMANN

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:974

EXPEDIENTE Nº: 6896-P-2017

MOTIVO:Designar Mensualizada Micaela GARIBALDI

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:975

EXPEDIENTE Nº: 10587-P-2017

MOTIVO:Designar Mensualizada Rosana Cristina FERNANDEZ

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304

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:976

EXPEDIENTE Nº: 2483 -P-2017

MOTIVO: Limitar/ Desig. Mensualizada Ayelen Nelida ROZENZWAIG

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:977

EXPEDIENTE Nº: 13190-P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizado Melanie A. VERA y otros

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:978

EXPEDIENTE Nº: 8336 -P-2017

MOTIVO:Designar Jornalizado Camila Gisele SOTO

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº: 979

EXPEDIENTE Nº: 14309 -P-2017

MOTIVO: Limitar Daniel E. PALAVECINO

FECHA: 24 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:980

EXPEDIENTE Nº: 15527-P-2017

MOTIVO: Reconocer visitancia Ad-Honorem Alejandro REBOZOV

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:981

EXPEDIENTE Nº: 16288 -P-2017

MOTIVO: Aceptar Runcia./Aprobar convenio jubil. Angela NESCI

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:982

EXPEDIENTE Nº: 16289 -P-2017

MOTIVO: Aceptar Runcia./Aprobar convenio jubil. Amanda N. REVERBERI

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305

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:983

EXPEDIENTE Nº: 15939-P-2017

MOTIVO: Aceptar Runcia./Aprobar convenio jubil. Juan Pablo MOYA

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:984

EXPEDIENTE Nº: 13189-P-2017

MOTIVO:Limit. Desig. Mens. Paola VENECIA/ Desig. Mens. M. E. CARABAJAL

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:985

EXPEDIENTE Nº: 8476 -P-2017

MOTIVO: Designar Prof. Asistente 24Hs. Cintia E. MÁXIMO

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:986

EXPEDIENTE Nº: 15557 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizados Omar I. VILASECA y otros

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:987

EXPEDIENTE Nº: 2478 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Maria B. AGÜERO

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:988

EXPEDIENTE Nº: 4844 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizado y Jornalizado Martín UlisesZAPATA

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:989

EXPEDIENTE Nº: 8893 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada maribel Karin MINAYA MATEO

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306

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:990

EXPEDIENTE Nº: 15310 -P-2017

MOTIVO: Desig. Prof. Asistente 24 Hs. Damian PASCUCCI / Federico BERRA

FECHA: 29 de noviembre de 2017

RESOLUCION S.S.P. Nº:991

EXPEDIENTE Nº: 8892 -P-2017

MOTIVO: Designar Mensualizada Zoraida Elsa CARBONEL